francisco fabián macías haro mayo, 1995 de tra… · el ramo de diversos se encuentra dentro de...

25
Los Seguros que Integran al Ramo de Diversos en México Francisco Fabián Macías Haro Mayo, 1995 Serie Documentos de Trabajo Documento de Trabajo No. 58

Upload: trandien

Post on 02-Oct-2018

213 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Los Seguros que Integran

al Ramo de Diversos en México

Francisco Fabián Macías Haro

Mayo, 1995

Serie Documentos deTrabajo Documento de Trabajo No. 58

Índice

Introducción 1

1. Seguro contra Robo con Violencia y Asalto 1

2. Seguro sobre Dinero y Valores para Negociaciones Industriales y Comerciales (Exceptuando Instituciones Financieras) 6

3. Seguro contra Rotura de Cristales 8 4. Ramos Técnicos 10 Consideraciones 19 Bibliografía 21 Notas 22

1

Los Seguros que Integran al Ramo de Diversos en México Francisco Fabián Macías Haro* Introducción El Ramo de Diversos se encuentra dentro de la operación de daños del sector asegurador mexicano y en él se agrupan aquellos seguros que por cubrir riesgos con características tan particulares, no se pueden incluir en ninguno de los otros seis ramos de dicha operación. Actualmente en México, ocupa el tercer lugar en primas, con aproximadamente el 12% de la emisión dentro de su operación y los seguros más comunes que lo conforman son: • Seguro contra robo con violencia y asalto • Seguro sobre dinero y valores • Seguro contra rotura de cristales • Seguro de calderas y recipientes sujetos a presión • Seguro de rotura de maquinaria • Seguro para equipo de contratistas y maquinaria pesada móvil • Seguro de equipo electrónico • Seguro de montaje de maquinaria • Seguro de obras civiles en construcción • Seguro de obras civiles terminadas El presente estudio tiene como objetivo describir el Ramo de Diversos a través de los seguros que lo integran; para ello se encuentra organizado en diez secciones, en cada una de las cuales se mencionan las características operativas de los seguros de referencia. Al final, se resumen algunas consideraciones. Es importante señalar que para efectos de este estudio se han tomado tarifas modelo1; sin embargo, esto no implica que las características técnicas y operativas de los seguros que aquí se presentan sean aplicadas por cada una de las compañías que se encuentran autorizadas para operar el Ramo de Diversos en el Sector Asegurador Mexicano.2 Asimismo, a lo largo del documento se hace referencia a los cambios más sobresalientes entre la tarifa modelo actual y la tarifa anterior.3 1. Seguro contra Robo con Violencia y Asalto En el Seguro contra Robo con Violencia y Asalto se cubren las pérdidas o los daños de los bienes asegurados y los daños de los bienes muebles e inmuebles provocados por el robo. El término "con violencia" se refiere principalmente a que debe haber rastro físico, del exterior al interior,4 de la intromisión al lugar donde se encuentran los bienes asegurados; como por ejemplo, daños en las puertas, en la cerraduras de las mismas o rotura de ventanas. Además, dentro de la cobertura básica se incluyen las pérdidas o daños a consecuencia de robo por asalto o intento de asalto mediante el uso de violencia moral o física sobre las personas. Al respecto, es importante mencionar que anteriormente, el asalto no se incluía dentro de la cobertura básica;5 sin embargo, debido a las condiciones socioeconómicas del país, era y sigue siendo indispensable contar con dicha cobertura en caso de siniestro.

2

Análogamente, las exclusiones de este seguro son el robo sin violencia, los siniestros causados por mala fe o negligencia del asegurado o en aquellos que intervengan personas por las cuales el asegurado sea civilmente responsable. Asimismo, este seguro no cubre las pérdidas ocasionadas por robo durante y después de riesgos sociales o políticos, tales como alborotos populares, motines, huelgas, guerras y tampoco durante y después de la ocurrencia de riesgos propios de la naturaleza, como las erupciones volcánicas, los huracanes, terremotos e inundaciones o cualquier evento de carácter catastrófico. Tampoco cubre aquellas pérdidas ocasionadas por actos de autoridades legalmente reconocidas con motivo de sus funciones. Existen dos tipos de seguros contra robo con violencia y asalto: "en domicilio" (o para casas habitacionales) y "de mercancías" (o para locales comerciales). En ambos casos, para obtener una mejor apreciación del riesgo y una cotización más adecuada, es importante analizar ciertas variables que influyen de manera directa en la ocurrencia de siniestros. Dentro de dichas variables se encuentran: a) Las características de los bienes que se desean asegurar, tales como su convertibilidad a

efectivo, ya que los bienes de fácil conversión son más susceptibles al robo. Así también, la relación existente entre su tamaño y el valor de los mismos, proporciona un mejor enfoque de la exposición al riesgo.

b) Los materiales, el diseño y la ubicación del inmueble son determinantes al momento de

ocurrir un siniestro. Un edificio o local de construcción maciza6 y que en su diseño cuente con protecciones y sistemas de seguridad, presentará una menor exposición al riesgo. Además, existe mayor peligro cuando las construcciones se encuentran en zonas altamente expuestas, ya sea por la vigilancia de la zona o por el tipo de establecimientos vecinos.

c) La situación moral o financiera del asegurado, sobre todo en el caso del Seguro contra

Robo de Mercancías, puede orientar a la compañía aseguradora sobre la probabilidad de que el seguro haya sido contratado con objetivos fraudulentos. De esta manera, la ocurrencia de siniestros podría no ser del todo fortuita.

Además, es importante mencionar que en este tipo de seguros el aumento de la población y el crecimiento de las ciudades, impacta considerablemente en la tasa de siniestralidad. A continuación se analizan las características generales de estos seguros. 1.1. Seguro contra Robo con Violencia y Asalto en Domicilio Mediante este seguro se protegen los bienes contenidos en casas habitacionales y existe una gran variedad de objetos que se pueden cubrir, siendo los más comunes los siguientes: • Muebles, cortinas, alfombras, cuadros y libros. • Maquinas de coser y escribir, aparatos fotográficos y enseres menores. • Porcelana, cristalería, cerámica y envases de cocina. • Vestidos, pieles, lencería, platería, orfebrería y relojes. • Joyas y objetos de arte, acompañados del avalúo de un experto. • Dinero y/o cheques.

3

Las exclusiones adicionales a las generales son las simples pérdidas o extravíos,7 así como las pérdidas o daños a los bienes asegurados cuando éstos, se encuentren en patios, azoteas, jardines o en cualquier otro lugar al aire libre al momento del siniestro. Para efectos de tarificación existe una clasificación de los bienes asegurables y de acuerdo al grupo en que éstos se encuentren y dependiendo si es casa unifamiliar, casa en condominio o con fines de descanso, se les aplica la cuota correspondiente. La clasificación de acuerdo al tipo de bien es: Tipo I. Menaje de casa; artículos artísticos, deportivos y electrónicos cuyo valor sea menor o igual a 500 días de Salario Mínimo General Vigente para el Distrito Federal (S.M.) con excepción de dinero, títulos de crédito, cheques y pagarés, en los cuales el máximo valor asegurable en este grupo es de 150 días de S.M.; Tipo II. Objetos artísticos, deportivos, electrónicos o de difícil reposición con un valor mayor a 500 días de S.M.; Tipo III. Joyas de valor, artículos de oro y plata, armas y colecciones de cualquier clase. Cabe destacar que estos límites se modificaron en 1994 ya que la tarifa anterior contemplaba para el Tipo I, un valor máximo de 150 días de S.M. para cualquier artículo y para el Tipo II, un valor mayor al límite correspondiente a los artículos del Tipo I; es decir, de más de 150 días de S.M. Cabe señalar que en la tarifa anterior y para efectos de aplicación de cuotas, no se consideraba el tipo de vivienda; es decir, si era unifamiliar, condominio o de descanso. Las cuotas básicas de la tarifa actual están hechas para inmuebles de construcción maciza, pero en caso de no contar con las características necesarias de este tipo de construcción se les aplican recargos. Asimismo, los descuentos dependen de protecciones con que cuente el inmueble. Por ejemplo, si la edificación está construida con techos de teja, láminas de asbesto, cemento o metálicas y sobre armazones de fierro o madera, la cuota básica correspondiente se recarga 25%. También influye en la cotización del riesgo el tipo de ventanas, las protecciones de las mismas y los tragaluces, que en caso de no reunir los requisitos necesarios se le aplica un recargo. De la misma manera, se aplican recargos cuando la construcción tiene uno o más colindantes sin fincar. Sin embargo, como se mencionó anteriormente, la localidad donde se encuentre la construcción también incide en la realización de siniestros, pero esta variable no se considera dentro de la tarifa base. Análogamente, existen descuentos directamente relacionados con las protecciones o medidas de seguridad con que cuenten los inmuebles objeto del seguro, como por ejemplo: veladores exclusivos con o sin armas, alarmas locales8 y alarmas centrales, así como también si existe una caja fuerte dentro de la localidad asegurada. La diferencia entre alarma local y central consiste en que ésta última se encuentra conectada por hilo telefónico directo a una central de seguridad, donde proporcionan apoyo inmediato. Los recargos y descuentos a la cuota básica se aplican de la siguiente manera: en primer lugar, se aplica la suma de los recargos en los porcentajes que correspondan a las características generales del inmueble; al resultado obtenido (Cuota Recargada) se le aplican los descuentos respectivos con lo que se obtiene la cuota final, es decir:

CF = (CBx(1+R))x(1-D) donde: CF: Cuota Final; CB: Cuota Básica; R: Suma de los Recargos; D: Suma de los Descuentos.

4

La vigencia de este seguro, por lo general es de un año y la prima se paga en una sola exposición. Es importante mencionar que existen cuotas tanto para casas unifamiliares como para condominios; sin embargo, en caso de que sean con fines de descanso, estas cuotas se recargan en un 50%. Asimismo, el coaseguro para los artículos clasificados dentro del tipo I es del 10% y para cualquier artículo dentro de las demás clasificaciones es del 20%. Anteriormente, si el inmueble contaba con alarma contra robo y los colindantes se encontraban fincados, el coaseguro se podía reducir hasta el 10%, lo cual no sucede en la tarifa actual. 1.2. Seguro contra Robo con Violencia y Asalto de Mercancías La cobertura de este seguro ampara los siguientes bienes, clasificados en dos tipos: Tipo A. Las mercancías, materias primas, productos en proceso o terminados, la maquinaria,

mobiliario y demás equipo necesario para el negocio. También se pueden cubrir bienes de terceras personas que se encuentren bajo la responsabilidad del asegurado y sobre los cuales exista un contrato. Mediante este seguro puede cubrirse la pérdida de artículos fuera de lo común o de arte que estén dentro del local y que su valor sea menor a 500 días de S.M.

Tipo B. Obras de arte o artículos diferentes a los usados para fines del negocio con un valor

mayor a 500 días de S.M. Así también los daños a los bienes muebles e inmuebles provocados por el robo.

Otras exclusiones para este seguro son, además de las generales, que si al momento de ocurrir un siniestro el asegurado no lleva un control contable que permita determinar el monto de la pérdida, este seguro no opera. Además, cuando se trata de negocios dedicados a la compraventa de vehículos automotores, los mismos no están cubiertos bajo este seguro. Por otra parte, el robo de títulos, obligaciones, monedas, billetes de banco, cheques y pagarés así como los contenidos en cajas fuertes, bóvedas y cajas registradoras tampoco son objeto de este seguro. Al respecto, es importante señalar que existe el Seguro sobre Dinero y Valores para Negociaciones Industriales y Comerciales, el cual complementa dicha cobertura en el Seguro de Robo con Violencia y Asalto de Mercancías. Para efectos de tarificación de este seguro, las mercancías se clasifican en 5 diferentes grupos de acuerdo a su exposición al riesgo. En el siguiente cuadro se presentan ejemplos de las mercancías que contiene cada grupo.

5

Ejemplos de Mercancías que Pertenecen a cada Grupo de la Tarifa en el Seguro de Robo de Mercancías

Grupo Mercancía

Grupo I Implementos para Agricultura Centros Recreativos Frutas y Legumbres Materiales para Construcción

Grupo II Tiendas de Abarrotes Bares y Discotecas Boliches y Billares Tiendas de Bicicletas y Motocicletas

Grupo III Antigüedades Boutiques Tiendas de Discos Mobiliario de Hoteles

Grupo IV Telas en General Galerías de Arte Perfumerías Tiendas Departamentales

Grupo V Mueblerías Refinación de Oro y Plata Artículos para Fotografía Videoclubs

A diferencia del Seguro de Robo con Violencia y Asalto en Domicilio, en el de Mercancías las cuotas aplicables corresponden a diferentes límites de suma asegurada y a cada uno de los diferentes grupos de giros de negocio. Para ello, existen dos primeras capas de 2,000 días de S.M. y una tercera con el excedente de 4,000 días de S.M. y la aplicación de estas cuotas se hace en base a los excedentes de cada capa. Es decir, existen cuotas para cada grupo de mercancías para los primeros 2,000 días de S.M., para los siguientes 2,000 días de S.M. y para el excedente de 4,000 días de S.M. de suma asegurada. Las cuotas básicas se hicieron en base a locales que se encuentren en edificios de construcción maciza; sin embargo, si no cumplen con este requisito, al igual que en el de Domicilio, existen recargos por el tipo de construcción, por las protecciones de las ventanas, los tragaluces y los colindantes, así como para los aparadores del negocio y las puertas de acceso a los inmuebles. Por ejemplo, las puertas de un negocio con vista a la calle deben estar protegidas con cortinas o rejas de fierro al igual que los aparadores interiores con vista a los pasillos del edificio, ya que en caso de no contar con dichas protecciones se les aplica un recargo a las cuotas básicas. Por otra parte, los descuentos están directamente relacionados con las protecciones contra robo con que cuenten los establecimientos que se quieren asegurar, como por ejemplo, por cada velador armado existe un descuento del 10%.9 Así también existen descuentos por el tipo de alarmas que se tengan y si los inmuebles están ubicados en centros comerciales. Es

6

importante mencionar que existe un descuento máximo aplicable del 40% por todas las protecciones contra robo y este límite no se contemplaba en la tarifa anterior. A diferencia del Seguro de Robo con Violencia y Asalto en Domicilio, en el de mercancías existe un deducible del 10% de la suma asegurada a cargo del asegurado, además de la participación del mismo sobre la pérdida en otro 10%. 2. Seguro sobre Dinero y Valores para Negociaciones Industriales y Comerciales (Exceptuando Instituciones Financieras) Como se mencionó anteriormente, este seguro cubre el robo o la pérdida de dinero en efectivo, valores y otros documentos negociables y no negociables tales como letras de cambio, pagarés, cheques, acciones, bonos financieros, hipotecarios o de ahorro y cédulas hipotecarias, por mencionar algunos. La cobertura básica se compone de dos partes, siendo la primera de ellas la correspondiente a los riesgos dentro del local, que abarca el robo con violencia en cajas fuertes o bóvedas de seguridad, robo por asalto dentro y fuera de las cajas fuertes, bóvedas de seguridad, cajas registradoras, así como los daños materiales a las mismas. Las pérdidas o daños a los bienes materiales ocasionadas por incendio y/o explosión, también quedan cubiertos. La segunda parte de la cobertura básica se refiere a los riesgos fuera del local, como son las pérdidas, daños o robo que sufran los bienes asegurados bajo ciertas circunstancias como: • cuando los bienes se encuentren en tránsito y estén físicamente en poder de algún

empleado o funcionario el cual tenga como propósito efectuar alguna operación relativa al negocio.

• el robo con violencia o asalto. • la incapacidad física de la persona portadora de dichos bienes la cual sea ocasionada por una

enfermedad repentina o un accidente. • los accidentes del vehículo que transporta a las personas responsables del manejo de los

bienes asegurados. Los riesgos que no contempla la cobertura básica pero que se pueden cubrir mediante convenio expreso son, el robo con violencia de dinero y valores, cuando el asegurado no cuente con caja fuerte o bóveda y el local se encuentre cerrado al público, asimismo el robo con violencia o robo por asalto de dinero y valores a bordo de vehículos de servicio, de reparto o de cobranza. Las exclusiones típicas de este seguro son básicamente las mismas que para el Seguro de Robo con Violencia y Asalto (en ambas modalidades); sin embargo, este seguro no opera si no existe un control contable que permita determinar la cuantía de las pérdidas sufridas al momento del siniestro. La tarifa del Seguro sobre Dinero y Valores para Negociaciones Industriales y Comerciales contempla tres diferentes tipos de cuotas para cada uno de los cuatro grupos de giros del negocio que se aseguran, uno para riesgos dentro del local, otro para fuera del local y un

7

tercero como límite único y combinado. Es decir, la clasificación de giros para este seguro se compone de cuatro grupos de acuerdo a su exposición al riesgo y para cada uno de ellos se tiene una cuota para la cobertura dentro del local, una para fuera del local y otra para el límite único y combinado. Al respecto, las cuotas correspondientes a la cobertura de fuera del local se encuentran limitadas en cuanto al monto de suma asegurada para el cual son aplicables dichas cuotas. En este caso, las cuotas básicas están relacionadas con aquellos bienes asegurados de cualquier giro de mercancías de hasta 1,000 días de S.M. de suma asegurada, pero si tienen un valor mayor existen factores que van desde el 10% y hasta el 75%, los cuales se recargan directamente en las cuotas básicas. Por otra parte, si el establecimiento no cuenta con una caja fuerte se recarga a la cuota básica de la cobertura dentro del local en un 35%. Este seguro, a diferencia del de Robo con Violencia y Asalto de Mercancías, contempla tres diferentes recargos de acuerdo a la entidad federativa en que se encuentre el local comercial. Para tal efecto, la República Mexicana se divide en: • Jalisco, Sinaloa y Michoacán. • Nayarit, Guerrero y México. • Resto de los estados. Por el contrario, existe un número mayor de descuentos aplicable a las cuotas básicas y que en general se encuentran relacionados con los veladores armados, con el tipo de alarma, con los servicios de seguridad que se tengan contratados; incluso para aquellos establecimientos ubicados dentro de centros comerciales existe un descuento en la tarifa analizada. Adicionalmente, la tarifa contiene cuotas para cubrir los riesgos de camiones repartidores y/o cobradores, riesgos que como se mencionó anteriormente se pueden contratar bajo convenio expreso con la compañía. De esta manera, las cuotas para esta cobertura están en función de rangos de suma asegurada de acuerdo al monto que se quiera contratar por camión. Para este seguro también existe un único deducible del 10% de la suma asegurada y 4 diferentes modalidades de coaseguros. En todos los casos, la participación del asegurado sobre la pérdida es del 10%; sin embargo, la variante en ellos es el monto mínimo contratado como coaseguro. Es decir, el contratante establece la cantidad mínima en la que participa de cada siniestro y dicha cantidad está expresada en días de S.M. y van desde 50 hasta 200. Los beneficios que se obtienen como asegurado o contratante en establecer un mayor monto mínimo de coaseguro se reflejan principalmente en el recargo que existe para cada caso, ya que dicho recargo es menor mientras aumente la cantidad mínima de participación en la pérdida. Como ejemplo, se tiene en la tarifa base que para un coaseguro del 10% de la pérdida y con un monto mínimo de 50 días de S.M., el recargo en la cuota básica es del 30%, pero si el monto mínimo es de 200 días de S.M., la cuota básica no se recarga por este concepto. Para los tipos de riesgos que cubre este seguro es de suma importancia que el asegurado participe en la pérdida, provocando con ello que se tomen mejores medidas preventivas, minimizando así la probabilidad de ocurrencia de un siniestro. A continuación se presentan ejemplos de los giros que contiene la clasificación de este seguro.

8

Ejemplos de los Giros de Mercancías que Pertenecen a cada Grupo de la Tarifa del Seguro sobre Dinero y Valores

Grupo Giro

Grupo I Implementos para Agricultura Talleres de Carpintería Ceras, Velas y Veladoras Destilerías Industriales

Grupo II Centros Recreativos Frutas y Legumbres Boliches y Billares Florería y Regalos

Grupo III Hoteles Artículos Deportivos Tiendas de Discos Galerías de Arte

Grupo IV Materiales para Construcción Tiendas de Abarrotes Bares y Discotecas Telas en General Boutiques Tiendas Departamentales

Fuente: Manual del Ramo de Diversos; AMIS, 1994. Como se puede observar en el cuadro anterior, la clasificación de giros está en base a la exposición al riesgo propio de dinero y valores, por lo que un giro en específico puede tener poca exposición en cuanto al Seguro de Robo con Violencia y Asalto de Mercancías, pero una mayor exposición en el Seguro sobre Dinero y Valores. 3. Seguro contra Rotura de Cristales Existe una gran variedad de cristales que están expuestos al riesgo de rotura; sin embargo, no todos son sujetos de aseguramiento. La probabilidad de ocurrencia de una eventualidad varía de acuerdo al grosor y tipo del cristal. Algunos de ellos son los siguientes: • Vidrio de ventanas que generalmente se fabrica en 3 diferentes espesores: espesor simple

(0.6-2 mm.), espesor mediano (2.8-3 mm.) y espesor doble (3.8-4 mm.). En la actualidad, las grandes edificaciones contemplan ventanas con espesores mayores a 4 mm.

• Cristal de espejo. • Vidrio aislante, el cual usado en ventanas proporciona alta protección calorífica, un elevado

aislamiento anti acústico y protección contra la formación de agua condensada. Generalmente, se compone de dos láminas herméticamente soldadas o pegadas guardando un espació de 10 mm. aproximadamente entre sí, el cual se rellena de aire seco o de otros gases aislantes.

9

• Cristal compuesto de varias láminas, que muy similar al anterior, aminora el peligro de robo y de lesiones debido a su alta resistencia. • Lunas, cubiertas, vitrinas, y cristales decorados. De esta manera, el Seguro contra Rotura de Cristales funciona siempre y cuando estén debidamente instalados en el inmueble respectivo. Asimismo, se pueden proteger bajo convenio expreso las lunas, cubiertas, vitrinas, divisiones y cualquier otro cristal de la misma índole así como el decorado de los cristales y sus marcos. Es decir, esta cobertura también incluye aquellos cristales con carácter de colección o que tienen un valor especial por su antigüedad o diseño (vitrales) y que por su exclusividad, la reposición de los mismos es difícil y costosa. Debido a lo anterior, principalmente las empresas y edificios que cuentan con gran cantidad de cristales y que la rotura de los mismos pueda provocar un gran desembolso para los mismos, son los que recurren a este tipo de aseguramiento. La cobertura básica de este seguro abarca las pérdidas o daños materiales de los cristales asegurados y los gastos de remoción y reinstalación de los mismos, causados por rotura accidental súbita e imprevista o por actos vandálicos. Adicionalmente se pueden asegurar bajo convenio expreso los daños originados por reparaciones, alteraciones y remodelaciones del inmueble o del mismo cristal, ya sea que esté o no debidamente colocado. Por otra parte, este seguro excluye los daños causados a los cristales con espesor menor a 4 milímetros. Asimismo, los siniestros causados por mala fe o negligencia del asegurado y los daños a consecuencia de guerras, hostilidades y cualquier evento de esta naturaleza no quedan cubiertos por este seguro. Las exclusiones también contemplan aquellas pérdidas ocasionadas por actos de autoridades legalmente reconocidas con motivo de sus funciones, las raspaduras, ralladuras u otros defectos superficiales que puedan sufrir los cristales de cualquier espesor y la responsabilidad civil por los daños causados a terceros en sus bienes o en sus personas por la rotura de los cristales asegurados. Para efectos de la tarifa y de acuerdo al giro o uso del inmueble donde se encuentran los cristales, se tienen 6 grupos de acuerdo a la exposición al riesgo. De esta manera, dentro del Grupo 1 se clasifican los cristales de las habitaciones particulares, los condominios y los consultorios médicos; dentro del Grupo 2, se contemplan los cristales de hospitales, clínicas, oficinas, bancos, centros deportivos, comercios fuera de centro comerciales y hoteles hasta de tres estrellas. El Grupo 3 se compone de museos, galerías, agencias de automóviles, salas cinematográficas, teatros, auditorios, hoteles de más de tres estrellas, centros de enseñanza, tiendas departamentales y centros comerciales; en el Grupo 4 se encuentran las embajadas, sindicatos, oficinas de partidos políticos, radiodifusoras y televisoras y, el Grupo 5 incluye los cristales que tienen carácter de colección o de un valor especial tales como vitrales antiguos, cristales curvos o esculturales. Para cada uno de los grupos anteriores se tiene una cuota básica sobre la suma asegurada y existe un coaseguro del 5% de la pérdida en cada caso, con un límite mínimo de 2 y 3 días de S.M., el primero para los cristales del Grupo 1 y el segundo para los demás grupos.

10

Al respecto, es importante señalar que la tarifa anterior de este seguro contemplaba para cada grupo, una serie de cuotas básicas y adicionales por rangos de sumas aseguradas. La cuota básica se aplicaba sobre el límite inferior del rango correspondiente y al excedente de dicho límite se le aplicaba una cuota adicional. En la tarifa actual, en el caso de contratar cobertura para cristales decorados, existe un recargo del 5% sobre la prima anual correspondiente al giro respectivo y, para cubrir también los cristales durante reparaciones o remodelaciones del inmueble, dicha prima se recarga en 20%, aunque en la tarifa anterior se contemplaba un recargo del 1% por día de reparación o remodelación. Además, anteriormente existía la posibilidad de contratar de manera adicional la remoción de los cristales mientras no quedaran debidamente colocados y por lo cual se aplicaba un recargo del 10% a la prima anual, sólo por un periodo de trabajo de cinco días; y por cada día extra se recargaba 1% más. Por último, es importante mencionar que en esta cobertura no se incluyen los cristales de los automóviles, ya que se encuentran incluidos en el seguro respectivo. 4. Ramos Técnicos Además de los seguros mencionados, existen los llamados ramos técnicos, que en otros países se les denomina seguros de ingeniería, debido principalmente a la intervención constante de ingenieros en la suscripción de los mismos. Estos seguros se pueden clasificar en dos grupos, de acuerdo a la función y finalidad de cada cobertura. Una de las diferencias principales entre estos dos grupos es precisamente la duración de dicha cobertura, ya que en el primero, son pólizas anuales y renovables:

• Calderas y recipientes sujetos a presión • Rotura de maquinaria • Equipo para contratistas y maquinaria pesada móvil • Equipo electrónico

En el segundo grupo, por las características de cada seguro, la cobertura termina con la entrega de la obra.

• Montaje de maquinaria • Obras civiles en construcción • Obras civiles terminadas

De esta manera, con todos estos seguros se protege el buen funcionamiento de las máquinas, aparatos e instalaciones de las obras y su construcción hasta el momento en que pasan a manos del dueño e incluso después del periodo de pruebas. A continuación se presentan cada uno de éstos seguros. 4.1. Seguro de calderas y recipientes sujetos a presión Este es el más antiguo de los ramos técnicos y la cobertura surgió de las inspecciones de seguridad para comprobar el adecuado funcionamiento de las calderas de acuerdo a la reglamentación existente. Los objetos más comunes cubiertos bajo esta póliza son todo tipo de

11

calderas y recipientes que hayan sido diseñados para trabajar sujetos a una presión superior (alta presión) o inferior (al vacío) a la presión atmosférica, tales como las calderas a vapor, calentadores, tuberías de vapor y de agua, receptores de aire, receptores de vapor y otros recipientes sujetos a la presión de aire o de vapor. A nivel Internacional, la cobertura del Seguro de Calderas y Recipientes Sujetos a Presión incluye dos aspectos importantes; los daños materiales que sufran las calderas y los recipientes sujetos a presión, u otra propiedad del mismo asegurado y, la responsabilidad civil por daños a terceros en sus propiedades o en sus personas, siempre y cuando todos estos daños sean a consecuencia de la explosión de la instalación asegurada e incluso algunos otros riesgos que se presentan más adelante. En México, para efectos de este seguro, las calderas y recipientes sujetos a presión se clasifican en dos tipos: con fogón11 y sin fogón12. De esta manera, la cobertura básica del seguro son los daños materiales a las calderas y recipientes sujetos a presión pero, adicionalmente se pueden contratar los gastos extraordinarios,13 los contenidos de las calderas y las tuberías de las mismas. De forma general, los riesgos que se encuentran cubiertos son la rotura, la deformación y el agrietamiento de las calderas y/o recipientes, todos ellos provocados por presión y, para los bienes asegurables dentro del grupo de con fogón se cubren además, la explosión de gas proveniente del combustible no quemado dentro de la caldera y/o recipiente y, la quemadura por insuficiencia de fluidos dentro de la caldera. Por su parte, las exclusiones típicas de este seguro se componen por actos mal intencionados del contratante o sus representantes, por defectos existentes de los equipos asegurados, por daños causados por incendio, por explosión ocurrida fuera de las calderas o de los recipientes sujetos a presión, así como las actividades de guerra y hostilidades, huelga y conmoción civil. Así también quedan excluidos de este seguro los riesgos de rotura, desgaste o deterioro paulatino a consecuencia del uso y los daños ocasionados por fenómenos de la naturaleza como terremotos, erupción volcánica, huracán, ciclón, tempestad, vientos tempestuosos, heladas, granizo, inundaciones y hundimientos. Otras exclusiones son los daños ocasionados por reparaciones temporales efectuadas a los equipos, así como tampoco queda amparado dentro de este seguro la acción de someter normalmente los equipos a presión superior a la máxima autorizada, el uso de energía atómica o fuerza radioactiva y la caída de chimeneas que no estén soportadas directamente por la estructura de la caldera o del recipiente y las fallas electromecánicas. Por último, pero no menos importante, quedan excluidos los daños a terceros y las pérdidas consecuenciales. En el Seguro de Calderas y Recipientes sujetos a Presión, las sumas aseguradas son muy elevadas debido a las características de sus coberturas y, lamentablemente, pocos países tienen un número suficientemente grande de estadísticas propias como para crear mejores bases tarifarias. Al respecto, la suma asegurada total se compone por la destinada propiamente para los equipos, la cual será la correspondiente al monto necesario para una nueva adquisición de la misma clase y capacidad, incluyendo el costo de transporte, montaje y, en caso de haber, los derechos aduanales y, de la suma asegurada para los contenidos de las calderas, por la cual se deberá solicitar un monto igual al máximo valor de reposición de los fluidos. Debido a la complejidad de este seguro, resulta conveniente que el asegurado tome ciertas medidas preventivas con objeto de disminuir la probabilidad de ocurrencia de un siniestro. Por lo anterior, al menos una vez al año un experto debe hacer una revisión detallada de las instalaciones aseguradas dando fe de su buen estado por lo que se pueden detectar a tiempo

12

anomalías en los equipos. Además, las calderas y recipientes no se deben operar para otros fines para los que no fueron construidos y, siguiendo los reglamentos legales y administrativos relacionados con este tipo de instalaciones, se puede evitar o disminuir la pérdida en caso de siniestro. Con relación a la tarifa, ésta se compone de cuotas básicas para calderas de baja presión y calentadores, otras para generadores de vapor y otras, de carácter temporal, para calderas sin especificaciones. Asimismo, se tienen cuotas básicas para recipientes sujetos a presión con y sin fogón divididas a su vez en tres grupos de acuerdo al tipo de recipiente. El Grupo I contempla aquellos recipientes que contengan un sólo fluido que no sufra un proceso químico; el Grupo II son aquellos equipos que operen con dos o más fluidos y donde se lleven a cabo procesos físicos y, el Grupo III se integra de aquellos recipientes en donde se efectúen procesos químicos. La siguiente tabla muestra un ejemplo de aquellos recipientes que pertenecen a cada grupo.

Agrupación de Recipientes Sujetos a Presión para Efectos de la Tarifa de Recipientes Sujetos a Presión

Grupo I Tanques de agua Tanques de Gas Butano Cilindros para secado de telas

Grupo II Condensadores Enfriadores de aire Intercambiadores de calor

Grupo III Reactores Columnas para destilación de petróleo Columnas de desintegración molecular

Fuente: Manual del Ramo de Diversos; AMIS, 1994. Por otra parte existen recargos y descuentos para el aseguramiento de las calderas en los cuales intervienen como variables la edad del equipo, el tipo de combustible usado en las mismas y el número de calderas que se aseguren. Para los recipientes sujetos a presión se tienen también recargos por el uso de fogón y por el recubrimiento de los mismos recipientes. 4.2. Seguro contra rotura de maquinaria Este seguro cubre los daños que puedan sufrir las máquinas estacionarias y/o móviles, así como las instalaciones y aparatos usados en la industria y el comercio. Sin embargo, la cobertura se encuentra limitada en cuanto a los gastos originados por el desgaste natural, ya que toda máquina tiene una cierta vida útil y no es función de este seguro pagar una nueva cuando deje de funcionar la máquina asegurada. Además, no se pueden asegurar los combustibles u otros líquidos que contenga la maquinaria ni tampoco las bandas, cadenas, cables, herramientas cambiables y revestimientos, entre otras partes de fácil desgaste. Los riesgos que se cubren bajo esta modalidad de seguro son los daños materiales que sufra la maquinaria asegurada debido al descuido o sabotaje del mismo personal operativo, los errores en el diseño, en la construcción y en el montaje, la rotura provocada por fuerza centrífuga, los daños causados por problemas eléctricos y en general, cualquier otro riesgo que no este

13

específicamente señalado como exclusión. Por lo anterior, se trata de un seguro a todo riesgo debido a que la extensión de la cobertura está limitada por las exclusiones. Asimismo, se cuenta con una gran cantidad de coberturas que se pueden contratar adicionalmente y en las cuales se definen los riesgos que cubren y las limitaciones de cada una de ellas, tales como: 1) Explosión física; 2) Explosión en motores de combustión interna; 3) Fuerza centrífuga; 4) Inundación para plantas de fuerza de Servicio Público; 5) Explosión para generadores enfriados por hidrógeno; 6) Envíos por expreso y tiempo extra; 7) Flete aéreo; 8) Casco para máquinas móviles; 9) Derrame de tanques; 10) Bandas y cadenas transportadoras; 11) Bombas sumergidas y bombas para pozos profundos; 12) Cables metálicos no eléctricos; y 13) Robots y maquinaria con mandos electrónicos. Por su parte, las exclusiones se componen por los actos de dolo y mala fe del asegurado, administradores o personas responsables de la dirección técnica de la empresa, los defectos de preexistencia de los cuales se tenga conocimiento antes de contratar el seguro y, los daños causados por un incendio o por su extinción, por terrorismo, por actos de una autoridad con motivo de sus funciones y por fenómenos naturales. Los defectos estéticos y las pérdidas consecuenciales tampoco son objeto de este seguro. Por otro lado, para que surta sus efectos este seguro, el asegurado debe tener en cuenta ciertos cuidados que de acuerdo al tipo de maquinaria debe realizar revisiones y reacondicionamientos cada cierto periodo de tiempo, que pueden ir desde 1 hasta cada 3 años o, cada cierto número de horas reales de uso. En lo que respecta a la tarifa del Seguro contra Rotura de Maquinaria, cabe mencionar que es una de las más extensas ya que contempla cuotas al millar por grupos de giros del negocio, que abarcan desde una planta termoeléctrica hasta un salón de boliche. Para cada cuota se especifica un porcentaje de deducible, que va desde 0.5% hasta el 5.0% de la suma asegurada. Asimismo, los recargos existentes a las cuotas básicas están en función de la cobertura que se contrate, como por ejemplo en los riesgos de inundación y enfangamiento o, envíos por expreso y tiempo extra, así como para la cobertura de flete aéreo y riesgos de explosión y fuerza centrífuga. Por el contrario, encontramos descuentos aplicables a la tarifa por aumento de deducible, por volumen de maquinaria asegurada o cuando se trata de una maquinaria nueva. Es importante mencionar que, para efectos de este seguro, las máquinas agrícolas y de la industria de la construcción representan un mayor riesgo ya que normalmente trabajan bajo condiciones menos favorables. En general, las máquinas muy usadas representan también un riesgo diferente, ya que el grado de los daños aumenta considerablemente si no se les da el mantenimiento adecuado durante la

14

vida útil de la maquinaria. Cuando ocurre un siniestro en alguna máquina, es posible que la misma sea de gran importancia para el buen desempeño o funcionamiento de la empresa, y puede ocasionar pérdidas para la misma. Sin embargo, como se mencionó anteriormente, en México se excluye del riesgo de pérdidas consecuenciales ocasionadas por la rotura de la maquinaria asegurada. 4.3. Seguro para equipo de contratistas y maquinaria pesada móvil Este seguro tiene como objetivo principal, proteger los equipos móviles de los contratistas contra un accidente externo, sin considerar la rotura de maquinaria.14 Como ejemplo de estos tipos de bienes tenemos las excavadoras, cargadores, aplanadoras, barredoras, palas mecánicas, mezcladoras de concreto, grúas y remolques entre otros. Es así que estos bienes quedan cubiertos por los daños materiales provocados por los riesgos de incendio, explosión, huracán, inundación, terremoto, derrumbes y colisiones que sufran directamente los bienes o los medios de transporte de los mismos. También se cubre el riesgo de robo total de cada unidad asegurada. Adicionalmente, se pueden contratar bajo convenio expreso con la compañía de seguros, los daños ocasionados por huelgas, disturbios y, los gastos extraordinarios como horas extras de trabajo y fletes de transporte. Por el contrario, existe un mayor número de riesgos definidos que este seguro no cubre, siendo los más notables los daños causados por exceder la capacidad de carga de los medios de transporte en que viaje la maquinaria asegurada,15 así como exceder las capacidades establecidas para cada maquinaria o incluso, los daños provocados por utilizar el equipo para otras tareas para las que no fue construido o, por actos de terrorismo o de autoridades con motivo de sus funciones, por guerras y por disturbios eléctricos. También se excluyen los vehículos autorizados para circular en carreteras, las partes cambiables y los materiales que no puedan cuantificarse en el momento del siniestro, tales como refrigerantes, lubricantes y carburantes. Aunado a lo anterior, existen otras exclusiones típicas en todos los seguros analizados en este documento, tales como dolo o mala fe del asegurado y el desgaste paulatino normal. Cabe hacer mención que cuando los bienes asegurados son transportados por vía marítima, ya sea tráfico de altura o de cabotaje, este seguro no opera. Sin embargo, existe la posibilidad de asegurarlo mediante una póliza de transporte de mercancías. Con relación a la tarifa, ésta se divide en grupos de maquinaria de acuerdo al uso para el cual fueron construidas y cada uno contempla cuotas básicas expresadas como porcentaje de la suma asegurada. Es así que se tienen grupos para maquinaria autopropulsada o remolcada, para maquinaria fija o semifija, para grúas, para maquinaria destinada a la minería y obras subterráneas, para aquellas que trabajen en presas, puentes, puertos y muelles, para maquinaria agrícola y equipo ferroviario entre otras. Para cada una de estas cuotas básicas, al momento de cotización, se les aplican recargos y descuentos que, en el caso de los primeros, corresponden principalmente a las coberturas adicionales contratadas y, para los segundos, están en función del aumento de deducible16 y por monto de suma asegurada de toda la maquinaria.

15

Asimismo, este seguro se caracteriza debido a que los riesgos que cubre están en función de las características geológicas de la región donde las máquinas trabajen. Por ello, a las cuotas básicas también se les aplican recargos y descuentos relacionados directamente con el estado o en algunos casos municipios del mismo donde se utilicen las maquinas aseguradas. Como ejemplo de este punto, para el estado de Michoacán existe un recargo del 10% en la cuota básica y, por el contrario, si la máquina se utiliza en el estado de Aguascalientes se considera un descuento del 10%. Por supuesto, existen algunas entidades como Guanajuato, que por su situación geográfica no se consideran en la tarifa ni recargos ni descuentos. 4.4. Seguro de equipo electrónico El término de Equipo Electrónico comprende, para efectos del seguro, todos los sistemas eléctricos que generalmente requieren de energía moderada. De esta manera, la cobertura básica se enfoca a los daños materiales que puedan sufrir los equipos mencionados. Por describir algunos tenemos a los:

• Equipos de procesamiento de datos, usado en la investigación, comercio, administración y en la industria.

• Equipos electrónicos y de radiación para usos médicos, como los rayos X empleados en el diagnóstico y terapias de enfermedades, aparatos de radio terapias como los rayos Beta y Gamma y equipo de esterilización; lo que en otras palabras engloba a todo equipo eléctrico y de radiación en hospitales, consultorios médicos y dentales, y laboratorios.

• Equipos de comunicación, de teléfonos, de faxes, radares, transmisores de radio y televisión y equipos de transmisión en la navegación.

• Equipos diversos, donde se pueden englobar a los equipos de televisión destinados a fines industriales, así como el equipo usado en los estudios de cine.

Asimismo, los riesgos asegurables dentro de la cobertura básica, bajo convenio expreso y los riesgos excluidos de este seguro son: Riesgos asegurados Los riesgos contra los que se pueden asegurar las instalaciones eléctricas objeto de este seguro son:

• Incendio, rayo y explosión, que aunado al humo o a los daños por extinguir el fuego, provoca grandes pérdidas.

• Corto circuito. • Fallas en el diseño, manufactura, ensamble y materiales defectuosos. • Falta de profesionalismo, negligencia o actos mal intencionados por parte de sus

empleados o trabajadores y otras terceras personas. • Robo con violencia, debido a que algunos equipos asegurados son a menudo muy

pequeños y costosos. Riesgos excluidos

• Pérdidas o daños causados por el uso ordinario como la corrosión. • Dolo o mala fe del asegurado. • Defectos existentes antes de contratar el seguro.

16

• Pérdidas consecuenciales. • Defectos estéticos.

Riesgos cubiertos bajo convenio expreso

• Terremoto, erupción volcánica, huracán y ciclón. • Tormentas, granizo y heladas. Estas eventualidades involucran o afectan

particularmente a las instalaciones al aire libre. • Gastos de transporte. Sólo en caso de ser necesario para su reparación. • Fallas en el aire acondicionado de las instalaciones y gastos extras. • Robo sin violencia. • Huelgas, alborotos populares y vandalismo.

En caso de contratar el endoso de terremoto, la tarifa que se usa es la correspondiente a dicho riesgo, la cual se anexa mediante un endoso a la póliza principal del seguro de incendio. En cuanto a la tarifa correspondiente al Seguro de Equipo Electrónico, se cuenta con un desglose por tipo de equipo y cada rubro se encuentra a su vez dividido en diferentes tipos de instalaciones. Por ejemplo, para el tipo de instalaciones y equipos de procesamiento electrónico de datos, existen aquellas destinadas para fines administrativos y equipos periféricos; dentro de las instalaciones de telecomunicaciones se encuentran las centrales telefónicas y los conmutadores. De esta manera, se tienen 9 diferentes agrupaciones de equipos, incluyendo los dos mencionados, para los cuales existen cuotas mínimas al millar para las coberturas básicas que varían desde 2‰ hasta 80‰ sobre la suma asegurada; sin embargo, la mayoría de estas cuotas se encuentran entre 4‰ y 20‰. Es importante mencionar las cuotas básicas tienen asociados deducibles básicos, mismos que oscilan entre 0.4% y 25% sobre la suma asegurada. 4.5. Seguro de montaje de maquinaria Este seguro ofrece una cobertura apropiada y lo más completa posible para los riesgos comprendidos en el montaje de maquinas, aparatos y estructuras metálicas. También las máquinas, aparatos y equipos que se utilicen en el montaje, los gastos por remoción de escombros en caso de siniestro y la responsabilidad civil a terceros, son objeto de este seguro. Generalmente, la cobertura ampara los daños causados por los siguientes riesgos:

• Fuego, explosión, impacto de rayo, caída de aeronaves, por agua u otras medidas de extinción de incendio.

• Inundación, lluvia, nieve, avalanchas, maremotos, tormentas, huracán y ciclón. • Terremoto, hundimiento o deslizamiento de tierra y avalancha de rocas. • Robo y hurto. • Errores de montaje, negligencia, impericia, inexperiencia y sabotaje. • Corto circuito, sobretensión y arco voltaico. • Presiones extremas o rotura por fuerza centrífuga.

Por el contrario, las exclusiones de esta cobertura son:

• Daños por defectos del material, errores de construcción y de taller, debido a que estos daños no tienen relación directa con el montaje.

17

• Averías por vicio propio de los equipos asegurados. Sin embargo, los accidentes de montaje causados por este tipo de averías sí están asegurados.

• Los daños resultantes de dolo o negligencia grave del asegurado. • Perjuicios provenientes de penalizaciones por retraso, sanciones por incumplimiento,

deficiencias de rendimiento y otros perjuicios financieros. • Los daños causados por guerras o actividades bélicas o confiscación de los bienes

asegurados. • Consecuencias de huelga e insurrección. • Daños causados por energía nuclear.

La cobertura de este seguro comienza al momento de descargarse los bienes asegurados en el predio donde se instalará la maquinaria, y vence una vez instalada la misma. Para el Seguro de Montaje de Maquinaria se han fijado tarifas regulares, conformes a condiciones de negocio normales, es decir, sin circunstancias agravantes. Es imposible determinar tasas de primas fijas para todos los proyectos y riesgos posibles, por lo que la prima debe calcularse para cada caso. Es importante tener en cuenta el aumento de precios y salarios cuando se trate de proyectos de larga duración, ya que la suma asegurada puede variar por los efectos de la inflación y provocar al momento de ocurrir un siniestro, que dicha suma asegurada sea inferior al valor real de los bienes. 4.6. Seguro de obras civiles en construcción Este seguro contiene coberturas más amplias para los contratistas, que tan sólo el equipo de los mismos, por ejemplo: Ejecución deficiente

El no utilizar los materiales adecuados puede ocasionar derrumbes en las construcciones en proceso o ya terminadas. Los muros de las excavaciones deben estar lo suficientemente anclados para prevenir que resbalen y se desplomen ocasionando graves pérdidas. Así también, en la excavación deben ser prioritarios el montaje del desagüe y de los cierres de las tuberías para evitar inundaciones a consecuencia de las precipitaciones abundantes.

Fallas de manejo y descuido del personal

La maquinaria de construcción debe estar perfectamente asegurada y colocada en lugares donde se pueda hacer uso de ellas sin provocar accidentes o la pérdida de las mismas.

Incendio

Se deben tomar en cuenta todas las precauciones necesarias para evitar accidentes causados por los efectos del fuego. Es así que los contratistas deben revisar los depósitos de gas y combustibles de las construcciones a su cargo, de manera tal que se encuentren protegidos para evitar que cualquier descuido pueda provocar un incendio.

18

Errores en el diseño

Al diseñarse las construcciones, sobre todo de gran magnitud, deben considerarse todos los posibles riesgos, a fin de evitar deformaciones en las mismas, que puedan originar derrumbes. Se deben examinar las características físicas del terreno, con el fin de adoptar las medidas de protección necesarias.

Fuerzas de la naturaleza

En este tipo de accidentes, los fenómenos naturales pueden causar grandes pérdidas en las construcciones, ya sean en proceso o terminadas. Por ejemplo, los temporales y las tempestades pueden provocar derrumbes en las naves industriales, sobre todo en aquellas situadas en lugares más propensos a estas eventualidades y donde existe un mayor grado de humedad.

Todos los riesgos anteriores son objeto de este seguro, que de no contar los contratistas con dichas coberturas, podrían ocasionarles graves pérdidas. 4.7. Seguro de obras civiles terminadas La idea fundamental de este seguro es ampararse contra los peligros externos que no sean imputables ni al contratista original ni al operario o propietario en su calidad de contratantes del seguro y que no sean provocados ni por vicio propio ni por mantenimiento deficiente. Generalmente, se aseguran mediante esta cobertura las carreteras, pistas de aeropuertos, puentes, túneles, presas, instalaciones de canales, de vertederos y portuarias, diques secos, líneas aéreas, mástiles de radio transmisión, tuberías que no transporten sustancias inflamables, sistemas de irrigación, depósitos de agua y sistemas de alcantarillado. Una vez terminada la obra y puesta en servicio, los propietarios y operadores de las estructuras de ingeniería civil se deben amparar principalmente contra los riesgos propios de la naturaleza debido a las condiciones geológicas de la zona. La cobertura de este seguro abarca los daños o pérdidas, súbitos e imprevistos, causados a las instalaciones aseguradas por colisión de vehículos terrestres, embarcaciones acuáticas y aeronaves o parte de los mismos. También por terremoto, volcanismo, maremoto, huracanes, inundaciones, hundimientos del terreno, caída de rocas, heladas, hielo, nieve, aludes, vandalismo de personas aisladas, incendio, impacto de rayo y explosión. Las exclusiones principales son los actos intencionales o la negligencia del asegurado, las pérdidas, daños o erogaciones causadas por vicio propio, desgaste, empeoramiento paulatino, dilatación o contracción a consecuencia de cambios extremos en la temperatura. Así también, los daños causados por un mantenimiento deficiente, los daños consecuenciales, guerra y riesgos nucleares. Los riesgos de huelga y conmoción civil pueden cubrirse mediante convenio expreso con la compañía.

19

Además, el asegurador debe tomar en cuenta que los riesgos a cubrir no presenten una antiselección según objeto y ubicación de la obra amparada. Así, deben tomarse en cuenta los siguientes aspectos:

• Situación geográfica del riesgo. • La Topografía. • Agravación especial por inundación, huracanes, terremotos y maremotos, debido a una

situación muy expuesta. • Clase de riesgo, estado de la obra y el mantenimiento regular. • Experiencias durante el periodo de construcción. • Las medidas tomadas en consideración dentro del diseño de la construcción.

Consideraciones Como se ha mostrado, el Ramo de Diversos es muy amplio y heterogéneo, ya que comprende una variedad de seguros y coberturas muy diferentes entre sí, por lo que para hacer un análisis técnico es necesario contar con información confiable y desglosada por tipo de seguro, la cual estará disponible en cuanto entre en vigor el Sistema Estadístico del Sector Asegurador (SESA). Sin embargo, por lo que respecta a la parte operativa de estos seguros, se han obtenido como resultado de este estudio, las siguientes consideraciones para cada seguro. En México, los seguros contra Robo con Violencia y Asalto, tanto en domicilio como de mercancías, son en conjunto uno de los sub ramos más representativos en la emisión de Diversos; con la actual situación económica del país podría aumentar la siniestralidad, sobre todo en aquellas zonas donde existe una gran acumulación de valores propensos al robo. Sin embargo, se pueden presentar conflictos en cuanto reclamaciones se refiere, debido a que si no hay rastro físico de la intromisión al lugar que alberga los bienes asegurados, se puede prestar a acciones de mala fe por parte del asegurado, por lo que en muchas ocasiones no se indemniza el siniestro. Asimismo, en este seguro no se puede contratar adicionalmente la cobertura de Responsabilidad Civil ya que ésta se basa principalmente en la indemnización de los daños ocasionados a terceras personas como consecuencia del desarrollo de alguna actividad o por el uso de ciertos bienes propiedad del asegurado y en el seguro de robo no se presentan estos casos. Por otra parte, en cuanto al Seguro sobre Dinero y Valores para Negociaciones Industriales y Comerciales, es de gran importancia para aquellos locales comerciales que por el giro del negocio manejan un gran flujo de efectivo al día. Asimismo, no existe una tarifa específica para cubrir el riesgo de robo de dinero y valores en instituciones financieras por lo que al contar con información suficiente al respecto se podrían crear las bases técnicas para una tarificación adecuada.17 Con relación al Seguro contra Rotura de Cristales, éste podría llegar a ser una cobertura catastrófica, sobre todo por cubrir los riesgos de alborotos populares, conmoción civil y otros riesgos similares, debido a las edificaciones que con tecnología de punta se construyen actualmente, cuentan con grandes cantidades de cristales en su estructura. Es importante

20

hacer referencia a los eventos naturales dentro de esta cobertura ya que las construcciones mencionadas, estarían lo suficientemente expuestas a sufrir una catástrofe en caso de cubrir este tipo de riesgos dentro del seguro de cristales. Por otro lado, el Seguro de Calderas y Recipientes sujetos a Presión, puede contratarse como complemento a la cobertura de explosión en el seguro de incendio, cubriendo así los daños ocasionados por la explosión al predio e instalaciones propiedad del mismo asegurado, los daños a terceras personas a consecuencia directa de dicha explosión y los daños sufridos por el bien mismo que explotó. Es importante mencionar que la cobertura básica de este seguro se extiende incluso a cubrir los daños ocasionados cuando, por la presión o vacío del agua, se deforma alguna parte de la caldera o recipiente y ello hace inseguro su utilización. Lo anterior requiere de un peritaje profesional que avale el peligro si se continúa usando dicha maquinaria, por lo que el costo del seguro, en este caso se encarece. En el seguro de rotura de maquinaria es indispensable que se lleven a cabo los mantenimientos adecuados para evitar la ocurrencia de siniestros por descuido del asegurado. Para ello es importante que se realicen inspecciones periódicas a la maquinaria asegurada en la cartera o al menos a una muestra de la misma. El Seguro de Equipo de Contratistas se puede ver como un complemento al Seguro de Rotura de Maquinaria; sin embargo, existe una gran cantidad de requisitos (como los programas de excavación y las medidas de seguridad para el equipo) para otorgar esta cobertura por lo que muchas veces se opta por el auto seguro tomando medidas preventivas para este tipo de riesgos. Con relación al Seguro de Equipo Electrónico, cabe mencionar que si se contrata bajo convenio expreso la cobertura de terremoto, este seguro podría dar origen, a grandes acumulaciones de riesgos, por lo que en esos casos se hace necesario un mejor control de esta cobertura. Por su parte, para el Seguro de Obras Civiles en Construcción, la suma asegurada va aumentando conforme avanza la construcción de la obra y por ello se hace indispensable contemplar una estimación del riesgo a futuro para conservar las reservas necesarias en caso de ocurrencia de un siniestro. Finalmente se puede observar que existe un gran número de riesgos dentro del Ramo de Diversos y que no se les puede dar un tratamiento en común, por lo que para la realización de un análisis más detallado es necesario contar con información estadística que proporcione una visión más realista del comportamiento de estos seguros en nuestro país. Este documento tuvo como finalidad hacer un análisis descriptivo de los seguros que integran al Ramo de Diversos en México, por lo que para una información más detallada de algún seguro en particular, es conveniente que el lector recurra a las publicaciones de referencia en la bibliografía. Además, es importante mencionar que existen otros seguros que cuentan con mayor grado de especialización, como el Seguro contra Interrupción Fílmica y el Seguro de Anuncios Luminosos, de los cuales se cuenta con muy poca documentación al respecto.

21

Bibliografía "El Seguro de Montaje"; Münchener Rück; República Federal de Alemania, 1990. "Seguro de Pérdida de Beneficios por Rotura de Maquinaria"; Münchener Rück; República Federal de Alemania, 1987. "Seguro Contra Todo Riesgo Para Contratistas"; Münchener Rück; República Federal de Alemania, 1983. "Seguro de Obras Civiles Terminadas"; Münchener Rück; República Federal de Alemania, 1982. "Seguro de Ingeniería"; Suiza de Reaseguros; Zurich, Suiza, 1981. "Seguro de Ingeniería; Documentación"; Suiza de Reaseguros; Zurich, Suiza, 1981. "Seguro de Ingeniería"; MAPFRE, S.A.; Madrid, España, 1979. "El Seguro de Robo"; Suiza de Reaseguros; Zurich, Suiza. "Insurance Perspectives"; Robert J. Gibbons, George E. Rejda y Michael W. Elliott; American Institute for Chartered Property Casualty Underwriters; Pennsylvania, 1992. "El Seguro de Daños por Agua"; Münchener Rück, República Federal de Alemania, 1987. "Manual del Ramo de Diversos, Reglamentos y Tarifas"; Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS); México, 1991. "Manual del Ramo de Diversos, Reglamentos y Tarifas"; Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS); México, 1994. "Seguro de Rotura de Cristales", Münchener Rück, República Federal de Alemania.

22

Notas

• Las opiniones que aparecen en este artículo son del Autor y no necesariamente coinciden con las de la C.N.S.F. El Autor agradece los valiosos comentarios de Emma M. Izquierdo, Ma. Esther Garza, Israel Avilés y Jorge Morales.

1 Las tarifas modelo fueron tomadas del “Manual del Ramo de Diversos”, publicado por la

Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) en marzo de 1994. 2 Debido a la Desregulación del Sector Asegurador Mexicano, cada compañía puede utilizar

la tarifa más adecuada a su cartera o tiene la opción de apegarse a la tarifa modelo publicada por la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros.

3 Las tarifas anteriores consideradas en este documento fueron tomadas del “Manuel del

Ramo de Diversos”, publicado por la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) en octubre de 1991.

4 El uso de violencia del Exterior al Interior del inmueble significa que debe haber señales

visibles de la penetración al lugar; es decir, en el caso de daños en las puertas y cerraduras, estos deben ser en la parte exterior de las mismas así como también, al existir rotura de cristales, la mayor parte de los restos quedan dentro del inmueble.

5 La tarifa anterior, contemplaba el Asalto como cobertura adicional, aplicando un recargo

del 50% a las cuotas de la cobertura básica. 6 Se puede definir como de <construcción maciza>, aquellas edificaciones que están

construidas de materiales como concreto, cemento armado, sin paredes falsas como las prefabricadas, con paredes exteriores de piedra o ladrillo y entrepisos de la misma construcción.

7 Para estos casos existen las fianzas de fidelidad las cuales garantizan al beneficiario la reposición o reparación de los daños patrimoniales que le hayan ocasionado sus empleados. El esquema de la fianza se compone por tres partes principales; a saber, fiado, beneficiario y fiador. El fiado es el deudor principal y por quien se obliga el fiador o la institución afianzadora.

8 Para efectos de este seguro, debe entenderse como alarma local aquella con una red de

cintas magnéticas instaladas en las puertas, ventanas y otras entradas, así como en vidrios y que se encuentra conectada con timbres instalados en la propia localidad, mismos que funcionan con pilas eléctricas, por lo que están exentas de fallas por suspensión de servicio público de energía o alumbrado.

9 Para este tipo de descuento existen límites que varían de una compañía a otra; sin

embargo el descuento máximo generalmente es del 30% es decir, dicho descuento es aplicable hasta un máximo de 3 guaridas.

10 Algunos cristales cuentan con un decorado tal como plateado, dorado, teñido, pintado,

grabado, rótulos y realces por nombrar algunos y este tipo de características suelen encarecer el valor de reposición del cristal por lo que el Seguro contra Rotura de Cristales contempla adicionalmente la protección de los mismos. Es importante señalar que para algunos decorados como el plateado o dorado, debe existir un límite máximo de

23

antigüedad del mismo para poder ser asegurable, ya que por el paso del tiempo existe un desgaste paulatino normal.

11 Un recipiente con fogón se define para efectos de este seguro como aquel en el cual se

convierta en estado gaseosos (vapor) cualquier líquido. 12 La principal diferencia entre recipientes con fogón y sin fogón es que éstos últimos no son

calentados directamente por fuego o con gases provocados por cualquier tipo de combustión.

13 Los gastos extraordinarios son aquellos en que se incurren necesariamente para reparar

definitivamente los bienes asegurados de la manera más rápida posibles. 14 Para tener una cobertura completa se puede contratar adicionalmente un Seguro contra

Rotura de Maquinaria. 15 En este caso, sólo aplica si el asegurado es el encargado de trasportas la mercancía, ya

que son situaciones que él mismo debe prever. 16 Para el Seguro de Equipo de Contratistas y Maquinaria Pesada Móvil se considera en

cualquier caso un deducible mínimo de 2% sobre la suma asegurada.

17 Es importante mencionar que Aseguradora Mexicana tiene autorización, por parte de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para aplicar una tarifa para este tipo de riesgos, misma que registro a raíz de la nacionalización de la Banca en 1981.