“fortalecimiento institucional del tripartismo y promoción del diálogo social en el perú”
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“Fortalecimiento Institucional del Tripartismo y Promoción del Diálogo Social en el Perú”. LOS DERECHOS SUJETOS A NEGOCIACIÓN COLECTICVA Gianina Echevarría Gutarra Programa Laboral de Desarrollo - PLADES. NEGOCIACIÓN COLECTIVA. Convenio 154 OIT - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
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“Fortalecimiento Institucional del Tripartismo y Promoción del
Diálogo Social en el Perú”
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LOS DERECHOS SUJETOS A NEGOCIACIÓN COLECTICVA
Gianina Echevarría GutarraPrograma Laboral de Desarrollo - PLADES
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NEGOCIACIÓN COLECTIVAConvenio 154 OITConvenio 154 OIT
Artículo 2º .- Artículo 2º .- (…) l(…) la expresión negociación colectiva comprende todas las negociaciones que tienen lugar entre un empleador, un grupo de empleadores o una organización o varias organizaciones de empleadores, por una parte, y una organización o varias organizaciones de trabajadores, por otra, con el fin de:
• fijar las condiciones de trabajo y empleo, o • regular las relaciones entre empleadores y trabajadores, • regular las relaciones entre empleadores o sus organizaciones
y una organización o varias organizaciones de trabajadores, o lograr todos estos fines a la vez.
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Decreto Ley de Relaciones Colectivas de TrabajoDecreto Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo
• Artículo 41º LRCT.- Artículo 41º LRCT.- Convención colectiva de trabajo es el acuerdo destinado a regular las remuneraciones, las condiciones de trabajo y productividad y demás, concernientes a las relaciones entre trabajadores y empleadores.
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
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Tipos de negociación por contenido:
• Salarios y jornadas • Relaciones entre la organización sindical y la
empresa• Gestión de la empresa
Límites:
• Exclusiones parciales (mínimos o máximos)• Exclusiones totales
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
CARÁCTER IRRENUNCIABLE DE LOS DERECHOS RECONOCIDOS POR LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY
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NC: CONTENIDOSRemuneraciones Siempre mayor a la RM (S/. 750)
Asignación Familiar Siempre mayor al 10% de la RM
GratificacionesSiempre que no sea inferior a una remuneración en julio y en diciembre
Compensación por Tiempo de Servicios
Siempre que no sea inferior a media remuneración en mayo y noviembre
VacacionesSiempre que no sea inferior a la remuneración del trabajador y a los 7 días consecutivos de descanso físico
Indemnización por despido
Siempre que no sea inferior a una remuneración y media ordinaria mensual por cada año completo de servicios con un máximo de doce (12) remuneraciones
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NC: CONTENIDOS
Horas extrasSiempre que no sea inferior al 25% por las dos primeras y 35% por cada hora siguiente y sin obligatoriedad (trabajo forzoso)
Jornada de trabajo Siempre que no sea mayor a 8 horas diarias o 48 semanales
Licencias (maternidad/paternidad)
Siempre que no sea inferior a 90 y 4 días, respectivamente
Lactancia Siempre que no sea inferior a una hora diaria y al año de vida del hijo o hija.
UtilidadesSegún los porcentajes establecidos en la ley de la materia
SSTEn capacitación: no menor de 4 anuales para los trabajadores o establecer capacitaciones periódicas para los miembros de Comité
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NC: CONTENIDOSLey de Presupuesto vs derecho a la negociación colectiva
6.1 Prohíbase en las entidades del nivel de Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, el reajuste o incremento de remuneraciones, (…) y beneficios de toda índole, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento. (…) El Seguro Social de Salud (EsSalud), los arbitrajes en materia laboral y la Empresa Petróleos del Perú (Petroperú S.A.) se sujetan a las limitaciones legales establecidas por la presente norma.(Ley Nº 29626)
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• En la actualidad:
NEGOCIACIÓN COLECTIVA: CAMBIOS
Cambios en las formas de organización del trabajo
Re –adecuación de prioridades
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Cambios culturales en el mundo del trabajo: “nuevo tipo de trabajador”
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Demandas tradicionales
Demandas actuales
Negociación de la distribución de la riqueza
Administración del proceso productivo.Incorporación de la dimensión de género (democracia)
NEGOCIACIÓN COLECTIVA: CAMBIOS
NUEVA ACTITUD SINDICAL
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NEGOCIACIÓN COLECTIVA
• Acuerdos para acordar• Administración del convenio colectivo y solución de
controversias• Condiciones salariales vinculadas a la productividad y al
cumplimiento de metas empresariales. • Formación profesional en el trabajo y para el trabajo• Gestión de la producción (análisis de procesos e
innovaciones)• Temas de responsabilidad social empresarial y los códigos de
conducta empresariales • Formalización de los contratos de trabajo
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FORMAS DE PARTICIPACIÓN SINDICAL
Derecho a la información
Derecho a la consulta
Derecho a negociar acciones
o planes
Derecho a participar en la
toma de decisiones
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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Consejo Nacional de
Trabajo y PLADES agradecen su atención
www.trabajo.gob.pe
www.plades.org.pe