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Formulario de cambio de nombre Este formulario debe estar firmado por el actual titular de la cuenta.

Envíe el formulario completado a: Altice USA Attn: Shared Services 6 Corporate Center Drive, Melville, NY 11747 O Por fax al 516.977.0157

Motivo del cambio (seleccionar la situación que corresponda):

❑ Matrimonio ❏ Cambio de nombre legal Información de la cuenta:

Número de cuenta:

Nombre del actual titular de la cuenta:

Dirección del servicio:

Ciudad: Estado: Código postal:

Número de teléfono fijo:

Declaro y garantizo que soy el titular de la cuenta identificada anteriormente y que he cambiado legalmente mi nombre al nombre que aparece más abajo. Autorizo a Optimum a que cambie el nombre que aparece en esta cuenta, tal como se indica en este formulario. Acepto seguir siendo el responsable de esta cuenta, en lo referente al pago de todos los cargos relacionados con la cuenta y la responsabilidad por todos los activos de Optimum instalados en la dirección de servicio antes señalada.

N.º SS: - - Nuevo nombre del titular de la cuenta (impreso) * Si no se facilita, se requiere identificación con foto.

Firma del titular de la cuenta Fecha Se requiere para el procesamiento

El procesamiento requiere un período aproximado de 7 días hábiles.

* Si no desea facilitarnos su número de Seguridad Social, incluya una fotocopia de su identificación, que puede ser: licencia de conducir vigente, pasaporte, documento de identidad emitido por el gobierno federal o estatal, documento de identidad militar o tarjeta verde.

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Términos y condiciones generales del servicio Además de estos Términos y condiciones generales del servicio, el Suscriptor acepta cumplir con las condiciones de servicio para el servicio de Optimum correspondiente, tal como se establece en www.optimum.net, como Optimum TV, Optimum Online y Optimum Voice, así como el Aviso de privacidad del Cliente y las Condiciones de servicio del Pago de factura en línea, que podrán actualizarse de vez en cuando (denominados en su conjunto, “Condiciones de servicio”) y que se incorporan al presente mediante esta referencia. En caso de conflicto entre estos Términos y Condiciones a continuación y las Condiciones de servicio, prevalecerán las Condiciones de servicio.

ESTAS CONDICIONES CONTIENEN UN ACUERDO DE ARBITRAJE VINCULANTE QUE AFECTA SUS DERECHOS, INCLUIDA LA RENUNCIA A DEMANDAS COLECTIVAS Y JUICIOS ANTE JURADO. EL ACUERDO CONTIENE, ADEMÁS, LAS NORMAS PARA RENUNCIAR AL ARBITRAJE. CONSÚLTELAS DETENIDAMENTE.

1. Pago de cargos: Los cargos por un mes de Servicios, lo que incluye cualquier depósito y los cargos por instalación y Equipos, además de los cargos prorrateados, si los hubiese, para los

períodos no facturados previamente, se deben pagar en el momento de la instalación de los servicios. A partir de entonces, el Suscriptor acepta pagar mensualmente los cargos por Servicio recurrentes y los cargos por Equipos (si los hubiera) por adelantado, que incluyen tarifas, impuestos, cargos regulatorios, cuotas de franquicias, recargos (incluido un recargo por transmisión de Televisión y deportes) y otras tasas gubernamentales, hasta la fecha que se indica en la factura del Suscriptor. Los cargos por Servicios no recurrentes o los cargos por Equipos se reflejarán en la factura siguiente del Suscriptor, a las tasas aplicables vigentes en ese momento. Por ejemplo, al Suscriptor se le facturarán mensualmente los servicios Pay Per View, On Demand u otros servicios ordenados donde los cargos se apliquen en función del uso real o por órdenes realizadas durante el mes anterior. El Suscriptor acepta pagar todos los cargos mensuales incuestionables y todas las tarifas y los impuestos aplicables, tal como se detallan en la factura mensual de Altice y notificar a Altice acerca de los ítems cuestionados en un plazo de treinta (30) días a partir de la recepción o por un período mayor, tal como lo establece la ley correspondiente. La falta de pago de los cargos facturados (incluidos cheques devueltos por falta de fondos suficientes) puede ocasionar la interrupción del Servicio, el retiro de los Equipos de Altice (tal como se define más abajo) y/o la aplicación de un cargo por servicio o pago atrasado. Si el Suscriptor tiene más de una cuenta (comercial y/o residencial) de Altice, todos los servicios proporcionados por Altice en todas las ubicaciones pueden estar sujetos a interrupción, en el caso de que la cuenta continúe impaga. En el caso de que se deba recoger algún Equipo, se pueden aplicar cargos adicionales.

Si el Suscriptor decide pagar mediante el pago automático recurrente con tarjeta de crédito, tarjeta de débito o cámara de compensación automatizada, el Suscriptor autoriza a Altice a cobrar de dichas cuentas. El hecho de no recibir una factura no exime al Suscriptor de su obligación de pago. La falta de pago del saldo total adeudado se considerará como un incumplimiento de este Acuerdo y puede ser motivo de cancelación del Servicio, del retiro de los Equipos de las instalaciones del Suscriptor y/o la imposición de un cargo por mora (“Cargo por mora”), según la ley correspondiente. El Cargo por mora que se imponga al Suscriptor será un estimado razonable anticipado de los costos de gestión de las cuentas por cobrar. El Cargo por mora no es un interés, un cargo por servicio de crédito ni una comisión financiera.

Cargos mensuales: Su suscripción mensual comienza el primer día a partir de la fecha de instalación y se renueva mensualmente a partir de entonces, comenzando el primer día del siguiente período de facturación que se le ha asignado hasta que usted la cancele. El cargo por servicio mensual se facturará al inicio del período de facturación que se le ha asignado y todos los meses a partir de entonces, a menos que usted cancele su(s) servicio(s) o hasta que lo(s) cancele. LOS PAGOS NO SON REEMBOLSABLES Y NO EXISTEN REEMBOLSOS NI CRÉDITOS PARA EL/LOS PERÍODO(S) DE SUSCRIPCIÓN UTILIZADO(S) EN FORMA PARCIAL.

Usted puede cancelar el/los Servicio(s) durante el tiempo comprendido hasta el último día del período de facturación anterior al período de servicio que desea cancelar y dicha cancelación se hará efectiva al finalizar el período de facturación actual. El acceso a los Servicios continuará ofreciéndose, si es posible, en la ubicación solicitada o, si se muda, en su nueva ubicación, si esta se encuentra en un área con servicio de Altice (sujeto a cargos por instalación).

2. Propiedad de Altice: Todos los equipos, incluidos, cables, líneas, amplificadores, cajas de sistema de cable, tarjetas de acceso, controles remotos, tarjetas para cable, unidades de batería de reserva, módems y enrutadores, entre otros, entregados y/o instalados por Altice o en nombre de este (“Equipos”) para que el Suscriptor haga uso del servicio en la ubicación correspondiente, continúan siendo propiedad de Altice, excepto el cableado de la parte del Suscriptor del punto de demarcación en la ubicación del Suscriptor donde se ofrece el servicio, ya sea instalado por Altice o por el Suscriptor, ya que este se considerará propiedad del Suscriptor y no Equipo de Altice y, por consiguiente, la reparación y el mantenimiento de este cableado es responsabilidad del Suscriptor, a menos que se acuerde lo contrario entre el Suscriptor y Altice. El punto de demarcación es un punto a doce (12) pulgadas, aproximadamente, en el área exterior por donde entra la conexión para el cable en la ubicación del Suscriptor en que se brinda el servicio. Ninguno de los Equipos se convertirá en una instalación permanente ni la distribución, instalación y/o el uso de los Equipos, lo que incluye a modo enunciativo pero no limitativo las cajas del sistema de cable y/o los decodificadores, se considerarán un alquiler de dichos Equipos. La propiedad de Altice tiene como fin brindar servicio y permanecer en la ubicación específica donde se ofrece el servicio y no puede utilizarse fuera de dicha ubicación sin la autorización de Altice. El Suscriptor debe devolver el Equipo en caso de sustitución de uso o de cancelación del Servicio. El incumplimiento de lo establecido generará la aplicación de un cargo que se determinará según el programa de cargos vigente de Altice para Equipos no devueltos, cuyo monto deberá pagarse de inmediato. El Suscriptor acepta pagar dicho cargo, ya sea por pérdida de los Equipos (por robo u otro motivo), daño o destrucción. Para obtener más información sobre la reparación de los Equipos y la responsabilidad financiera por su reparación, consulte la Sección 4.

3. Interrupción del Servicio: Todos los servicios de Altice se ofrecen "TAL CUAL" y "SEGÚN DISPONIBILIDAD". Bajo ninguna circunstancia, Altice será responsable por algún tipo de falla o interrupción del servicio, lo que incluye sin limitación las fallas e interrupciones que se produzcan en forma total o parcial por circunstancias razonablemente ajenas a Altice. Se otorgará crédito con respecto a la tarifa de suscripción mensual recurrente del Suscriptor, sujeto a la ley correspondiente, por interrupciones que cumplan las condiciones de los Servicios de Altice.

4. Reparación de los Equipos de Altice: Altice reparará y/o reemplazará los Equipos defectuosos, si los hubiese, siempre y cuando el daño no haya sido provocado por mal uso u otras operaciones o manejos inadecuados por parte del Suscriptor. Altice no se hace responsable del mantenimiento o de la reparación de equipos suministrados por el Suscriptor, incluidos entre otros, aparatos de televisión u otros equipos de video, computadoras, módems o cualquier equipo relacionado que proporcione por el Suscriptor. Altice no da ninguna garantía respecto a los Equipos o Servicios suministrados por Altice o respecto a la compatibilidad de los Equipos con equipos provistos por el Suscriptor.

5. Propiedad del Suscriptor: Altice no se hace responsable y no tiene responsabilidad alguna por las condiciones o por la reparación de ningún equipo y/o software provisto por el Suscriptor, excepto en el caso en que Altice ejecute automáticamente las actualizaciones requeridas de software o firmware directamente a los equipos provistos por el Suscriptor, cuando sea necesario para facilitar el/los servicio(s) de Altice. El Suscriptor es responsable de la reparación y del mantenimiento del equipo y/o software provisto por el Suscriptor. El Suscriptor es responsable, además, de la reparación y del mantenimiento del cableado dentro de la ubicación donde se presta el servicio, a menos que el Suscriptor y Altice hayan acordado algo diferente. Altice no se responsabiliza por ninguna pérdida o deficiencia del Servicio de Altice ocasionada, en forma total o parcial, por mal funcionamiento, defectos u otros motivos provocados por los equipos y/o software provistos por el Suscriptor.

6. Impuestos: El Suscriptor acepta pagar los impuestos locales, estatales o federales gravados con respecto a los Servicios, al Equipo, a la instalación, o a los cargos por servicio en los que se incurran con respecto a este.

7. Cuidado de la propiedad de Altice: El Suscriptor acepta que ni él ni ninguna otra persona (excepto el personal autorizado de Altice) abrirá los Equipos, los manipulará, les dará mantenimiento, los modificará o los retirará de la dirección donde se realizó inicialmente la instalación del servicio. Toda modificación manipulación, retiro, etc. o uso de equipos que permitan recibir los Servicios sin autorización o la recepción de Servicios en una cantidad no autorizada de tomas o en una ubicación no autorizada es considerado un robo de servicio y está prohibido.

8. Acceso a las instalaciones del Suscriptor: El Suscriptor autoriza a Altice y a sus empleados, agentes, contratistas y representantes a acceder y a pasar a las instalaciones del Suscriptor para instalar, inspeccionar, dar mantenimiento y/o reparar los Equipos y, al cancelar el Servicio, a retirarlos de las instalaciones. Si Altice no retira sus Equipos esto no se considerará como abandono.

9. Cesión o transferencia: El Suscriptor no puede ceder o transferir este Acuerdo ni los Servicios y/o los Equipos suministrados por Altice, sin una autorización específica por escrito de Altice.

10. Cancelación del Servicio: Salvo que se cancele de conformidad con los términos del presente o las Condiciones de servicio, este acuerdo se renovará automáticamente mes a mes. El Suscriptor reconoce que al momento de la renovación, todos los precios quedan sujetos a cambios.

11. Cancelación por parte de Altice: Altice puede, a su elección, cancelar este Acuerdo, desconectar algún servicio o todos los servicios y retirar los Equipos por determinado motivo que puede ser, por ejemplo, si el Suscriptor o cualquier usuario de la cuenta o los servicios del Suscriptor viola o incumple este Acuerdo y/o las Condiciones de servicio de Altice o de Terceros y los acuerdos aquí incluidos mediante referencia; en todos los casos según se determine a criterio exclusivo y buena fe de Altice. Otros motivos para la cancelación pueden ser, por

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ejemplo, cuando el emisor de la tarjeta de crédito del Suscriptor rechaza un cargo o falla cualquier otro método de pago.

12. Violaciones de este Acuerdo: Se considerará una violación de este Acuerdo por parte del Suscriptor o cualquier usuario de la cuenta o los servicios del Suscriptor (1) la participación en conductas prohibidas por este Acuerdo (o por los términos y condiciones incluidos aquí mediante referencia); o (2) el incumplimiento de las conductas exigidas por este Acuerdo; cada caso se determina a criterio exclusivo y buena fe de Altice. Además, si la conducta que se especifica a continuación está o no prohibida en alguna otra parte por este Acuerdo, se considerará una violación de este Acuerdo si:

a. El Suscriptor o cualquier usuario de la cuenta o los servicios del Suscriptor incumple las reglas y normas de Altice o no paga los cargos facturados;

b. El Suscriptor o cualquier usuario de la cuenta o los servicios del Suscriptor no facilita o mantiene la exactitud de la información de inscripción o la información que se requiere en el proceso de inscripción es incorrecta, incompleta o está ausente;

c. El Suscriptor o cualquier usuario de la cuenta o los servicios del Suscriptor participa en alguna actividad ilegal o prohibida relacionada con el uso de cualquier Servicio Optimum;

d. El Suscriptor o cualquier usuario de la cuenta o de los servicios del Suscriptor acosa o amenaza a algún empleado o agente de Altice o abusa de este;

e. El Suscriptor o cualquier usuario de la cuenta o los servicios del Suscriptor se niega a facilitar a Altice el acceso razonable a la ubicación del servicio o no permite a Altice diagnosticar y/o resolver problemas relacionados con un servicio, cuando sea necesario dicho acceso o la interacción con el cliente para proporcionar la debida atención al cliente; o

f. La ayuda al cliente y/o la asistencia técnica que se requiera brindar al Suscriptor o a cualquier usuario de la cuenta o los servicios del Suscriptor se considera excesiva a criterio exclusivo y buena fe de Altice.

13. Efecto de la cancelación por parte de Altice: El Suscriptor acepta que en caso de cancelación por parte de Altice, según lo dispuesto en la Sección 11, Altice y Terceros proveedores no tendrán más obligaciones con el Suscriptor o cualquier usuario de la cuenta o los servicios del Suscriptor. Si Altice no retira los Equipos, esto no se considerará como abandono. El Suscriptor deberá pagar un cargo razonable por el retiro de equipos y/o los honorarios de abogados a Altice, en caso de que Altice considere necesario el retiro forzoso de equipos o para preservar y proteger sus derechos según este Acuerdo. Además, salvo que esté expresamente prohibido por la ley, el Suscriptor también comprende y acepta que en caso de cancelación por parte de Altice, según lo dispuesto en la Sección 11, Altice, a su criterio exclusivo y buena fe, puede rechazar o rehusar una nueva solicitud de servicio o bloquear el acceso a algún componente de los Servicios Optimum o su uso por parte del Suscriptor o cualquier antiguo usuario de la cuenta o los servicios del Suscriptor.

14. Depósito de garantía: Todo depósito de garantía brindado por el Suscriptor para los Equipos o el Servicio de Altice deberá pagarse con la primera factura mensual. Estos depósitos de garantía se devolverán al Suscriptor en un plazo de sesenta (60) días a partir de la cancelación del servicio de Altice, siempre y cuando el Suscriptor haya hecho todos los pagos correspondientes de su cuenta y el Suscriptor haya devuelto los Equipos de Altice sin ningún daño.

15. Contenido y Servicios: Todo el contenido, los servicios de programas. los paquetes de programas, la cantidad de canales, las asignaciones de canales, los canales transmitidos, los servicios interactivos, el correo electrónico, las ofertas de datos y otros servicios están sujetos a cambios de conformidad con la ley aplicable.

16. Tarifas: Todas las tarifas están sujetas a cambios de conformidad con la ley aplicable.

17. Cargo por mora: Si tu cuenta venció hace 30 días, se incluirá un mensaje recordatorio en tu factura mensual. Si su saldo adeudado continúa sin pagarse, se le puede aplicar un cargo por mora, además del saldo adeudado anterior, a la tarifa de Altice vigente en aquel momento. Si su cuenta continúa sin saldarse, sus servicios pueden cancelarse. Usted puede evitar el pago de cargos por mora si paga puntualmente su factura mensual. Los cargos por mora cobrados no se consideran intereses ni sanciones. Altice espera que usted pague por los Servicios puntualmente y Altice no concede crédito a los clientes.

18. Descargo de responsabilidad: Altice no asume ningún tipo de responsabilidad por ningún programa, servicio, contenido o información que se distribuya en o a través de los Servicios y Altice niega expresamente cualquier responsabilidad por el uso que usted haga de estos. Además, Altice no se hará responsable por los productos, mercancías o premios promocionados o comprados a través del uso de los Servicios.

19. Derecho a hacer consultas sobre créditos: Usted autoriza a Altice a hacer consultas y a recibir información acerca de sus experiencias crediticias, incluidos su informe crediticio, por parte de otros, a ingresar esta información en sus archivos y a divulgar esta información sobre usted a determinados terceros para fines comerciales razonables.

20. LIMITACIONES DEL SERVICIO DE ALARMA MONITOREADO DE LA ESTACIÓN CENTRAL Si bien proporcionaremos una conexión de cable para que los servicios de Optimum Voice estén disponibles para usar con sus actuales sistemas de seguridad y protección contra incendios, usted tiene la responsabilidad de hacer un seguimiento con su proveedor de servicios de alarma para confirmar si tiene su número de teléfono actual correcto y hacer las pruebas operativas periódicas que su proveedor de monitoreo de la estación central pueda recomendar. Usted comprende, además, que en caso de una interrupción, su servicio de Optimum Voice no estará disponible para contactar a su proveedor de monitoreo de la estación central.

Altice no admite el uso de ningún servicio de Optimum Voice como conexión para (i) sistemas de alerta médica de emergencia o (ii) sistemas de monitoreo de alta seguridad (UL 681 o similar). Si tiene alguno de estos sistemas, debe usar una conexión alternativa.

21. Comunicaciones telefónicas con usted respecto a su cuenta o servicio de Optimum: Usted acepta que Altice y sus agentes puedan llamarlo o enviarle mensajes de texto al número de teléfono (línea fija o móvil) que nos facilitó, mediante un sistema de llamada automático y/o mensaje grabado, para servicios no promocionales y/o asuntos relacionados con su cuenta como las confirmaciones de citas, alertas del servicio, problemas de facturación y cobro o problemas sobre la recuperación de la cuenta. Acepta notificarnos: (1) si alguno de los números de teléfono cambió; (2) si ya no está activo; o (3) si se transfirió de una línea fija a un número de teléfono móvil. Para gestionar sus preferencias de contacto, ingrese a su cuenta en http://www.optimum.net.

22. Arbitraje Excepto en los casos que se indican más abajo en "Demandas excluidas", los conflictos que surjan entre usted y Altice, e incluso los de sus respectivas casas matrices, subsidiarias, filiales, directivos, directores empleados, agentes, predecesores y sucesores, deben solucionarse mediante arbitraje vinculante en cada caso en particular, según esta Disposición de arbitraje.

La solución de su conflicto con Altice a través de arbitraje significa que usted contará con una audiencia imparcial ante un árbitro neutral, en lugar de ser en un tribunal ante un juez o jurado. USTED ACEPTA QUE AL CONCERTAR ESTE ACUERDO, USTED Y ALTICE RENUNCIAN AL DERECHO A JUICIO CON JURADO Y AL DERECHO A FORMAR PARTE DE UNA DEMANDA COLECTIVA, REPRESENTATIVA O POR FISCAL GENERAL PRIVADO.

SI USTED HA SIDO UN SUSCRIPTOR EXISTENTE DURANTE AL MENOS LOS 30 DÍAS PREVIOS A LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE ESTE ACUERDO Y HA ESTADO ANTES INVOLUCRADO EN UN ACUERDO DE ARBITRAJE CON ALTICE, YA SE LE APLICAN LAS CONDICIONES DE ESTA DISPOSICIÓN DE ARBITRAJE. SI USTED SE HIZO SUSCRIPTOR EN UN PLAZO DE 30 DÍAS A PARTIR DE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE ESTE ACUERDO Y NO DESEA ESTAR SUJETO A DICHA DISPOSICIÓN DE ARBITRAJE, DEBE NOTIFICAR POR ESCRITO A ALTICE EN EL PLAZO DE LOS 30 DÍAS POSTERIORES A LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL ACUERDO, A TRAVÉS DE UN CORREO ELECTRÓNICO A [email protected] O POR CORREO POSTAL A ALTICE RESEARCH & SUPPORT, 200 JERICHO QUADRANGLE, JERICHO, NY 11753 ATTN. ARBITRAJE SU NOTIFICACIÓN POR ESCRITO A ALTICE DEBE INCLUIR SU NOMBRE, DIRECCIÓN Y NÚMERO DE CUENTA DE ALTICE, ASÍ COMO UNA DECLARACIÓN PRECISA DE QUE USTED NO DESEA SOLUCIONAR LOS CONFLICTOS CON ALTICE POR MEDIO DE ARBITRAJE. SU DECISIÓN A LA RENUNCIA A ESTA DISPOSICIÓN DE ARBITRAJE NO TENDRÁ EFECTOS NEGATIVOS EN SU RELACIÓN CON ALTICE O LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALTICE A USTED. LA RENUNCIA A ESTA DISPOSICIÓN DE ARBITRAJE NO TIENE EFECTO EN NINGÚN OTRO ACUERDO DE ARBITRAJE PRESENTE O FUTURO QUE PUEDA TENER CON ALTICE.

Como el/los servicio(s) que se le brinda(n) incluye el comercio interestatal, la Ley de Arbitraje Federal ("FAA"), no la ley de arbitraje estatal, debe regir el arbitraje de todos los conflictos que surjan dentro de esta Disposición de arbitraje. No se aplicarán los estatutos estatales sobre arbitraje. Usted y Altice aceptan que se aplicará y regirá la ley estatal o la ley federal correspondiente, según proceda, al contenido de todas las demandas o causas de demanda, vías de recursos y perjuicios que surjan entre usted y Altice.

El arbitraje lo dirigirá la American Arbitration Association ("AAA"), 1101 Laurel Oak Road, Suite 100, Voorhees, NJ 08043, según las Reglas de Arbitraje Comercial de la AAA y los Procedimientos suplementarios para los conflictos relacionados con los consumidores, modificadas por esta Disposición de arbitraje. Para obtener copias de estas reglas de la AAA, puede ingresar www.adr.org o llamar al 1.800.778.7879. Si la AAA no hace cumplir esta Disposición de arbitraje según se ha estipulado, no podrá actuar como organización de arbitraje para solucionar su conflicto. Si se diera esta situación o si, por algún motivo, la AAA no pudiera actuar como organización de arbitraje, las partes aceptarán una organización de arbitraje sustituta o arbitraje ad hoc que hará cumplir esta Disposición de arbitraje con respecto al conflicto. Si las partes no logran llegar a un acuerdo, las partes conjuntamente solicitarán a un tribunal con

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jurisdicción que designe una organización de arbitraje o arbitraje ad hoc que haga cumplir esta Disposición de arbitraje como está estipulada. Si existe un conflicto entre esta Disposición de arbitraje y las reglas de la AAA, prevalecerá esta Disposición de arbitraje.

Un único árbitro solucionará el conflicto entre usted y Altice. La participación en el arbitraje puede traer consigo hallazgos limitados. El árbitro respetará las reclamaciones de privilegio reconocidas por la ley y tomará medidas razonables para proteger la información confidencial y de propiedad, incluida la información de identificación personal del suscriptor.

Todos los problemas los decidirá el árbitro, excepto aquellos relacionados con el arbitraje, el alcance o la aplicabilidad de esta Disposición de arbitraje o la interpretación de sus prohibiciones de procesos legales colectivos, representativos y con fiscal general privado y la ayuda no individualizada la decidirá un tribunal de jurisdicción competente. El árbitro está limitado y obligado por las condiciones de esta Disposición de arbitraje. Aunque el árbitro está obligado a regirse por las reglas de arbitrajes previos que involucren al mismo cliente, en la medida que la ley correspondiente lo disponga, el árbitro no está obligado a regirse por las reglas de otros arbitrajes que involucren a otros clientes. El árbitro dictará un laudo por escrito, pero no es necesario que presente una declaración de motivos, a menos que una de las partes lo solicite. Un laudo que dicta el árbitro puede llevarse a cualquier tribunal con jurisdicción sobre las partes a efectos de su cumplimiento.

A menos que las partes acuerden lo contrario, las audiencias de arbitraje se realizarán en un lugar que a usted le convenga, en el área donde recibe el/los servicio(s). Si el monto en conflicto es inferior a $50,000, Altice acepta que usted elija si solo se utiliza el arbitraje sobre la base de los documentos enviados al árbitro, mediante audiencia telefónica o audiencia presencial, como lo establecen las reglas de la AAA.

Si el monto en conflicto excede los $75,000 o la demanda busca alguna forma de desagravio por mandato judicial, ambas partes pueden apelar el laudo a un panel de tres árbitros dirigido por la AAA, mediante un aviso por escrito de la apelación en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de presentación del laudo escrito de arbitraje. Los miembros del panel de tres árbitros se seleccionarán según las reglas de la AAA. El panel de tres árbitros emitirá su fallo en el plazo de ciento veinte (120) días a partir de la fecha del aviso de apelación de la parte que apela. La decisión del panel de tres árbitros será definitiva y vinculante, y estará sujeta al derecho de revisión judicial que existe según la FAA.

Usted acepta que si no notifica a Altice por escrito en el plazo de un (1) año a partir de la fecha del/de los hecho(s) en cuestión que provocaron el conflicto; entonces, en tanto lo permita la ley, usted renuncia al derecho de interponer ante cualquier foro, incluido arbitraje o tribunal, una demanda por este hecho, situación o conflicto.

Altice pagará los honorarios de presentación de arbitraje, del árbitro y los costos administrativos, en los arbitrajes iniciados por Altice. Si usted inicia un arbitraje, usted será responsable del pago de una parte de los honorarios de arbitraje, como se indica a continuación: Si usted busca una compensación por un valor de hasta $1,000, su parte de los honorarios se fijará en el límite de $25 y si usted inicia un arbitraje para obtener una compensación valorada entre $1,001 y $10,000, su parte de los honorarios se fijará en el límite de $100. Si usted inicia un arbitraje para obtener una compensación por un monto superior a los $10,000, los honorarios de presentación de arbitraje, del árbitro y los costos administrativos se asignarán según las reglas de la AAA. Si usted no puede pagar su parte de estos honorarios, puede solicitar a AAA una exención de cuotas. Además, Altice considerará el reembolso de su parte de estos honorarios si usted indica que no puede pagarlos y, si procede, pagará directamente todas estas cuotas tras su solicitud por escrito, antes del inicio del arbitraje. Usted es responsable de todos los costos y gastos adicionales en los que pueda incurrir en el arbitraje, incluidos los honorarios y los gastos de abogados o testigos expertos, entre otros, a menos que el árbitro determine que la ley vigente exige que Altice pague dichos costos y gastos.

Si el árbitro concluye que su demanda es poco seria o que se ha presentado con un propósito indebido (según las normas de las Reglas Federales de Procedimiento Civil 11(b)), entonces las reglas de la AAA dictaminarán la asignación de cuotas de arbitraje y usted acepta reembolsar a Altice las cantidades que Altice ha pagado en su nombre. Además, en tales casos, el árbitro tendrá el mismo poder de decisión que tendría un tribunal para exigirle que pague los honorarios y los gastos de abogados en los que incurrió Altice. Si el demandante es Altice, el árbitro tendrá el mismo poder de decisión para exigirle a Altice que pague los honorarios y los gastos de sus abogados, si el árbitro dictamina que la demanda de Altice es poco seria o se ha presentado con un propósito indebido.

USTED ACEPTA ARBITRAR SU CONFLICTO Y HACERLO DE FORMA INDIVIDUAL; NO SE PERMITEN ARBITRAJES COLECTIVOS, REPRESENTATIVOS NI POR FISCAL GENERAL PRIVADO. Usted y Altice aceptan que cada parte puede presentar demandas contra la otra, solo de forma individual y no pueden participar como miembros de un colectivo o servir como demandante nombrado en un presunto proceso de demanda colectiva, representativa o de fiscal general privado. Esta Disposición de arbitraje no permite y prohíbe explícitamente el arbitraje de todo tipo de demanda conjunta, colectiva o representativa. Además, aunque el árbitro puede conceder la compensación que podría conceder cualquier tribunal, que sea individualizada para el demandante y no afecte a otros titulares de cuentas de Altice, ni usted ni Altice, ni el laudo del árbitro, pueden buscar compensación no individualizada que pudiese afectar a otros titulares de cuentas. Además, el árbitro no puede agrupar o unir las demandas de más de una persona, a menos que todas las partes lo acepten por escrito.

Si algunas de las prohibiciones detalladas en el párrafo anterior se consideran inaplicables para una demanda en particular, entonces dicha demanda (y solo esa demanda) debe apartarse del arbitraje y llevarse al tribunal. En tal caso, o en cualquier otro caso en que una demanda entre usted y Altice se lleve ante un tribunal en lugar del arbitraje, usted y Altice renuncian a juicio ante jurado, mediante este Acuerdo. Si se determina que alguna otra parte de esta Disposición de arbitraje es inaplicable, entonces al resto de esta Disposición de arbitraje se le concederá plena validez y aplicación. Las condiciones de la Disposición de arbitraje se mantendrán en vigencia después de la cancelación, la modificación o el vencimiento de este Acuerdo.

Para los fines de este Acuerdo, el término “Demandas excluidas” se refieren a las demandas por cualquiera de las partes relacionadas con los derechos de propiedad intelectual de una de las partes o el robo o la piratería de los productos o servicios de Altice. Además, usted o Altice pueden interponer demandas ante un tribunal de demandas de montos menores de su jurisdicción, si dicho tribunal comunitario tiene jurisdicción sobre las partes y la acción y la demanda cumplen con las prohibiciones de procesos colectivos, representativos y de fiscal general privado, y de compensación no individualizada analizados anteriormente. Usted también puede solicitar la atención de las agencias ejecutivas o administrativas, federales, estatales y locales.

23. Acuerdo completo: Estos Términos y Condiciones (incluidas las Condiciones de servicio) constituyen el acuerdo completo entre el Suscriptor y Altice. Ningún compromiso, declaración o garantía por parte de un agente o un representante de Altice relacionado con la venta, la instalación, el mantenimiento o la cancelación de los Servicios o los Equipos de Altice serán vinculantes para Altice, salvo que se incluya expresamente en el presente documento.

24. Enmienda Altice puede, a criterio exclusivo, cambiar, modificar, añadir o eliminar partes de estos Términos y Condiciones en cualquier momento. Altice puede notificar al Suscriptor acerca de dichos cambios a los Términos y Condiciones mediante la publicación de un aviso sobre los cambios en el sitio web de Optimum o enviándole un aviso por correo electrónico o correo postal. Si el Suscriptor continúa haciendo uso del/de los servicio(s) de Optimum correspondiente(s) después del aviso de cambios, modificaciones o enmiendas, se considerará como una aceptación, por parte del Suscriptor, de tales modificaciones. Si el Suscriptor no acepta las modificaciones de estos Términos y Condiciones, debe interrumpir inmediatamente el uso del/de los servicio(s) de Optimum y notificar a Altice que el Suscriptor cancela este Acuerdo, según la política vigente en ese momento.

Entrada en vigencia el 10 de octubre de 2016