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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA, HABITACION LOCAL COMERCIAL CONSTE por el presente el documento el contrato de ARRENDAMIENTO que celebran de una parte Don(ña) MARIA LUISA SCHRADER ROMERO DE DAVILA con DNI 00120058, (ci , ce , ruc )________ con domicilio en el Jr. Antúnez de Mayolo MZ 179 LT 2- Pucallpa , que en lo que sigue del presente contrato será llamado EL ARRENDADOR y de la otra parte don(ña) PAULO CESAR RODRIGUEZ IBAÑEZ con DNI 18107195 (CI, CE RUC) ____________ con domicilio en ____________________ que en adelante será llamado EL ARRENDATARIO según las siguientes clausulas: PRIMERA : EL ARRENDADOR da en arrendamiento a EL ARRENDATARIO , que el inmueble de su propiedad ubicado en Jr. Antúnez de Mayolo MZ 179 LT 2 , Distrito de Yarina - Cocha , Provincia de Coronel Portillo , Departamento de Ucayali , en el cual tiene una área de 85 m 2 que el ARRENDATARIO declara conocer y recibe toda conformidad. SEGUNDA : EL ARRENDATARIO destinara el inmueble, materia del presente contrato únicamente como VIVIENDA quedando prohibido variar su finalidad. TERCERA: El plazo de arrendamiento comienza el contrato a partir del 16/02/2015 hasta el 16/08/2015 es de 06 meses; a cuyo vencimiento EL ARRENDATARIO se obliga a desocupar el bien arrendado sin necesidad de notificación, requerimiento o aviso previo por parte de EL ARRENDADOR. CUARTA: La renta común pactada es de QUINIENTOS Y 00/100 nuevos soles (S/.500.00) mensuales y por adelanto 01 primeros meses, la renta queda fijada en forma mensual y se abonara en el domicilio de EL ARRENDADOR si necesidad de requerimiento previo. QUINTA: EL ARRENDATARIO declara que recibe el bien arrendado en perfecto estado; con sus llaves, chaspas, servicio higiénico, instalación eléctrica, pisos, puertas y demás servicios e instalaciones en perfecta estado de funcionamiento, obligándose a conservarlos y devolverlos en óptimas condiciones sin más deterioro que el proveniente del uso cuidadoso de ellos. Cualquier interrupción, desperfecto o rotura que se produzca durante la vigencia de este contrato en tales instalaciones, servicios y objetivos deberá ser reparado o repuesto por EL ARRENDATARIO, de su cuenta, a entera satisfacción por EL ARRENDADOR.

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA, HABITACION LOCAL COMERCIALCONSTE por el presente el documento el contrato de ARRENDAMIENTO que celebran de una parte Don(a) MARIA LUISA SCHRADER ROMERO DE DAVILA con DNI 00120058, (ci , ce , ruc )________ con domicilio en el Jr. Antnez de Mayolo MZ 179 LT 2- Pucallpa , que en lo que sigue del presente contrato ser llamado EL ARRENDADOR y de la otra parte don(a) PAULO CESAR RODRIGUEZ IBAEZ con DNI 18107195 (CI, CE RUC) ____________ con domicilio en ____________________ que en adelante ser llamado EL ARRENDATARIO segn las siguientes clausulas:PRIMERA: EL ARRENDADOR da en arrendamiento a EL ARRENDATARIO , que el inmueble de su propiedad ubicado en Jr. Antnez de Mayolo MZ 179 LT 2 , Distrito de Yarina - Cocha , Provincia de Coronel Portillo , Departamento de Ucayali , en el cual tiene una rea de 85 m2 que el ARRENDATARIO declara conocer y recibe toda conformidad.SEGUNDA: EL ARRENDATARIO destinara el inmueble, materia del presente contrato nicamente como VIVIENDA quedando prohibido variar su finalidad.TERCERA: El plazo de arrendamiento comienza el contrato a partir del 16/02/2015 hasta el 16/08/2015 es de 06 meses; a cuyo vencimiento EL ARRENDATARIO se obliga a desocupar el bien arrendado sin necesidad de notificacin, requerimiento o aviso previo por parte de EL ARRENDADOR.CUARTA: La renta comn pactada es de QUINIENTOS Y 00/100 nuevos soles (S/.500.00) mensuales y por adelanto 01 primeros meses, la renta queda fijada en forma mensual y se abonara en el domicilio de EL ARRENDADOR si necesidad de requerimiento previo. QUINTA: EL ARRENDATARIO declara que recibe el bien arrendado en perfecto estado; con sus llaves, chaspas, servicio higinico, instalacin elctrica, pisos, puertas y dems servicios e instalaciones en perfecta estado de funcionamiento, obligndose a conservarlos y devolverlos en ptimas condiciones sin ms deterioro que el proveniente del uso cuidadoso de ellos. Cualquier interrupcin, desperfecto o rotura que se produzca durante la vigencia de este contrato en tales instalaciones, servicios y objetivos deber ser reparado o repuesto por EL ARRENDATARIO, de su cuenta, a entera satisfaccin por EL ARRENDADOR. SEXTA: El uso o consumo de los servicios de agua, luz, telfono, etc. Que utilice EL ARRENDATARIO que corresponden al bien arrendado, ser exclusiva cuenta del mismo.CLAUSULA ADICIONAL: EL ARRENDATARIO representa el local como VIVIENDA. En fe de lo cual los contratantes firman el presente documento en seal de conformidad. Por ambas partes en la Ciudad de Pucallpa 16 de Febrero del ao 2015.

____________________________ ______________________________ Firma del Propietario Firma del InquilinoMARIA LUISA SCHRADER DE DAVILA PAULO CESAR RODRIGUEZ IBAEZ DNI 00120058 DNI 18107195