forense susy

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CUESTIONARIO FORENSE 1. ¿EL DERECHO DE DEFENSA SOLO SE DA EN INSTANCIA JUDICIAL O ES APLICABLE EN TODOS LOS ENTES DEL ESTADO? El derecho al debido proceso tiene un ámbito de proyección sobre cualquier tipo de proceso o procedimiento, sea éste judicial, administrativo o entre particulares.  Así, se ha establecido que el derecho reconocido en el inciso 3) del artículo 3!." de la #onstitución no sólo tiene un espacio de aplicación en el ámbito $judicial$, sino también en el ámbito administrativo$ 2. SI SE VU LNERA EL DERECHO DE DEFENSA EN CEDE FI SCAL: ¿QUE RECURSO DEBE INTERPONER EL DENUNCIADO Y QUIEN LO RESUELVE? %e ha se&alado que 'uno de los derec hos constitucionales pro cesales más relevantes es el derecho de de(ensa, reconocido en el inciso ) del artículo 3!* de la #onsti tu ción. '+or vi rtud de él se a ranti-a qu e las pe rson as , en la determinación de sus derechos y obliacio nes, cualquiera sea su naturale -a civil, mercantil, penal, laboral, etc.), no queden en estado de inde(ensión/ 3. ¿PUED E CONV AL IDAR SE LA VULN ERAC IÓN AL D ERECHO DE DEFENSA EN LA INSTANCIA JUDICIAL? %e desprende una doble obliación por parte de los óranos judiciale s. 0a primera se plasma en la obliatoriedad de que toda persona sea in(ormada inmediata, adecua damente y por escrito de la causa o las ra-ones de su detención, así como de los (und amentos jurídico1( ácticos por lo s cual es se le emite auto de enjuiciamiento y se le procesa. %olo de esta manera puede aranti-arse que el acusado pueda estructurar y plani(icar su de(ensa en (orma e(ectiva para poder a(rontar el debate contradictorio. 0a seunda e2ienci a se plasma en el derecho de todo justiciable de comunicarse personalmente con un de(ensor de su elección y a ser asesorado por éste desde que es citado o detenido por cualquier autoridad, con lo que se aranti-a que la persona tena pleno conocimiento de los aspectos jurídicos que con(orman el principio acusatorio y que pueda orani-ar e(iciente y oportunamente su de(ensa. 4. ¿EL PRINCIPIO DE TR ASCENDENCIA EN QU É CON SI ST E Y PUEDE CONVALIDAR LA INFRAC CIÓN A UNA NORA CONSTITUCIONAL O PROCESAL? %e advierte que el escrito de la recurrente solicitando se reprorame la vista de la causa obra nte a (oja s. nt ríns ecamente contie ne uno de nul idad donde no se precisa el estado de inde(ensión o aravio, por tanto, no se ha considerado que el estado de nulidad procesal no podría a(ectar el debido proceso ya sea por ser subsana ble el vicio, por convalidación , o porque el acto ha cumplido su (inalidad y además porque el aravio que se produ-ca en el proceso a las partes debe ser 

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Page 1: Forense Susy

 

CUESTIONARIO FORENSE

1. ¿EL DERECHO DE DEFENSA SOLO SE DA EN INSTANCIA JUDICIAL O ESAPLICABLE EN TODOS LOS ENTES DEL ESTADO?

El derecho al debido proceso tiene un ámbito de proyección sobre cualquier tipo

de proceso o procedimiento, sea éste judicial, administrativo o entre particulares.

 Así, se ha establecido que el derecho reconocido en el inciso 3) del artículo 3!."

de la #onstitución no sólo tiene un espacio de aplicación en el ámbito $judicial$,

sino también en el ámbito administrativo$

2. SI SE VULNERA EL DERECHO DE DEFENSA EN CEDE FISCAL: ¿QUERECURSO DEBE INTERPONER EL DENUNCIADO Y QUIEN LO RESUELVE?

%e ha se&alado que 'uno de los derechos constitucionales procesales más

relevantes es el derecho de de(ensa, reconocido en el inciso ) del artículo 3!*

de la #onstitución. '+or virtud de él se aranti-a que las personas, en la

determinación de sus derechos y obliaciones, cualquiera sea su naturale-a civil,

mercantil, penal, laboral, etc.), no queden en estado de inde(ensión/

3. ¿PUEDE CONVALIDARSE LA VULNERACIÓN AL DERECHO DE DEFENSA ENLA INSTANCIA JUDICIAL?%e desprende una doble obliación por parte de los óranos judiciales. 0a primera

se plasma en la obliatoriedad de que toda persona sea in(ormada inmediata,

adecuadamente y por escrito de la causa o las ra-ones de su detención, así como

de los (undamentos jurídico1(ácticos por los cuales se le emite auto de

enjuiciamiento y se le procesa. %olo de esta manera puede aranti-arse que el

acusado pueda estructurar y plani(icar su de(ensa en (orma e(ectiva para poder 

a(rontar el debate contradictorio.

0a seunda e2iencia se plasma en el derecho de todo justiciable de comunicarse

personalmente con un de(ensor de su elección y a ser asesorado por éste desde

que es citado o detenido por cualquier autoridad, con lo que se aranti-a que la

persona tena pleno conocimiento de los aspectos jurídicos que con(orman el

principio acusatorio y que pueda orani-ar e(iciente y oportunamente su de(ensa.

4. ¿EL PRINCIPIO DE TRASCENDENCIA EN QUÉ CONSISTE Y PUEDECONVALIDAR LA INFRACCIÓN A UNA NORA CONSTITUCIONAL OPROCESAL?

%e advierte que el escrito de la recurrente solicitando se reprorame la vista de la

causa obrante a (ojas. ntrínsecamente contiene uno de nulidad donde no se

precisa el estado de inde(ensión o aravio, por tanto, no se ha considerado que el

estado de nulidad procesal no podría a(ectar el debido proceso ya sea por ser 

subsanable el vicio, por convalidación, o porque el acto ha cumplido su (inalidad y

además porque el aravio que se produ-ca en el proceso a las partes debe ser 

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trascendente, toda ve- que el n4cleo de la nulidad es el perjuicio cierto e

irreparable. En ese sentido el criterio de las nulidades procesales deber ser 

restrictivo ya que la declaración de nulidad es un remedio e2cepcional de 4ltima

ratio y sólo debe ser aplicado cuando apare-ca una in(racción insubsanable de

al4n elemento esencial de un acto procesal, lo cual no ha sucedido en el

presente caso, pues el acto procesal 1 vista de la causa 1 ha lorado su (inalidad

al e2pedirse la sentencia recurrida que resuelve el presente con(licto de intereses5

no siendo atendibles sus aleaciones.1 .$

6o, %e4n el cual sólo deben declararse y sancionarse la nulidad en caso de duda

sobre los de(ectos o vicios que se alean, salvo que se haya a(ectado el derecho

de una de las partes.

E2ie un aravio real7 'no hay nulidad sin aravio/. Este principio se conecta con el

principio de (inalidad instrumentalidad de las (ormas) con arrelo al cual es más

importante que el aravio a la (orma, que la (inalidad del acto se cumpla. %i ésta se

concreta, no hay nulidad.

!. ¿CUAL ES EL EFECTO EN EL CASO DE DECLARARSE LA NULIDAD Y EN ELCASO DE DECLARARSE INFUNDADO?0a (inalidad de la nulidad procesal es la de aseurar la arantía de la de(ensa en el

proceso. #on la (alta de una debida noti(icación se ha visto a(ectado de modo real

y concreto el derecho de de(ensa u otro derecho constitucional directamente

implicado en el caso concreto.