fondo nacional de seguridad pública 2012

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FONDO NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Subsecretaría de Prevención del Delito Ministerio del Interior y Seguridad Pública BASES CONVOCATORIA 2012

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FONDO NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Subsecretaría de Prevención del Delito

Ministerio del Interior y Seguridad Pública

BASES CONVOCATORIA 2012

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ÍNDICE PRESENTACIÓN

CONVOCATORIA I. ANTECEDENTES GENERALES 1. Postulantes 2. De las clases de proyectos, sus tipos, temáticas y tipologías 3. Duración de los proyectos 4. Montos máximos 5. Cantidad de proyectos por entidad postulante 6. Cuadro resumen para la presentación de proyectos 7. Solicitud de financiamiento adicional para la extensión de proyectos 8. Restricciones e inhabilidades 9. Aceptación de bases y propiedad intelectual 10. Autencidad de los datos aportados 11. Forma de computar los plazos 12. Idioma de los documentos acompañados 13. Presupuesto y moneda de los gastos

II .DE LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS 14. Consultas, aclaraciones y respuestas 15. Proceso de capacitación a entidades postulantes 16. Apoyo para la postulación de propuestas 17. Plazo de inscripción y entrega de proyectos 18. Forma de presentación de los proyectos 19. Contenido de las postulaciones 20. Formato de postulación 21. Orientaciones técnicas por área 22. Responsable del proyecto 23. Financiamientos y cofinanciamientos 24. Categorías de los gastos 25. Gastos de envío del proyecto 26. Devolución de antecedentes III. DEL PROCESO DE ADMISIBILIDAD, ANÁLISIS TÉCNICO Y ADJUDICACIÓN 27. Examen de admisibilidad 28. Criterios de calificación de los proyectos 29. Comité técnico 30. Comité de expertos 31. Facultades de los Comités 32. Incompatibilidades aplicables a miembros del comité técnico y de expertos 33. Información de resultados

IV. DE LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS Y EJECUCIÓN 34. Suscripción del convenio 35. Contenido del convenio 36. Vigencia del convenio 37. Entrega de los recursos y garantía 38. Causales de término anticipado 39. Control de la ejecución 40. Devolución de remanentes de recursos 41. Certificación de ejecución total de proyecto

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FONDO NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

BASES CONVOCATORIA 2012 CONVOCATORIA. La Subsecretaría de Prevención de Delito, en adelante “la Subsecretaría”, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.557, de Presupuesto del Sector Público año 2012, que aprueba el Programa de Gestión en Seguridad Ciudadana, en adelante “el Fondo”, invita a las entidades que se indican en las presentes Bases a postular a la Convocatoria 2012. En todo caso, se deja constancia que el Programa de Gestión en Seguridad Ciudadana es el símil del Fondo Nacional de Seguridad Pública, contemplado en el “Plan Chile Seguro”, el cual es administrado por la Subsecretaría de Prevención del Delito. I. ANTECEDENTES GENERALES 1. POSTULANTES. Podrán postular a esta Convocatoria tanto municipios como entidades privadas sin fines de lucro, con personalidad jurídica vigente, interesadas en realizar o ejecutar proyectos destinados a mejorar las condiciones de seguridad de la población, de acuerdo a los ejes del Plan Chile Seguro 2010-2014, a saber:

- Municipalidades, - Corporaciones Municipales - Organizaciones Comunitarias (Juntas de Vecinos, Uniones Comunales o

similares), - Universidades, Centros de Estudios o de Educación, - Entidades Religiosas, - ONGs o Fundaciones, - Otros privados sin fines de lucro.

2. DE LAS CLASES DE PROYECTOS, SUS TIPOS, TEMÁTICAS Y TIPOLOGÍAS. 2.1 Clases de Proyectos. Los proyectos serán clasificados como “Nuevos”, de “Continuidad” o de “Intervención Breve”.

i) Proyectos Nuevos: Son aquellos que apuntan a intervenir lugares o trabajar con personas que no hayan sido atendidas previamente o aquellos que cubran una demanda que anteriormente no se haya satisfecho en cierto territorio mediante recursos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

ii) Proyectos de Continuidad: Son aquellos del tipo de Intervención Social –explicado más adelante- que requieran recursos del Fondo para continuar con su atención y ejecución psicosocial.

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iii) Proyectos de Intervención Breve: Son aquellos del tipo de Intervención Situacional -explicado más adelante- que se encuentran limitados por su tiempo de ejecución, a saber, un máximo de 6 meses, y por el monto solicitado a la Subsecretaría, , el cual no puede superar los $5.000.000.

2.2 Tipos de Proyectos.

i) Proyectos de Intervención Social: Aquellos que implementan acciones y planes, cuyo objetivo es reducir aquellos factores de riesgo que incrementan la probabilidad de ocurrencia de delitos, violencia interpersonal y percepción de inseguridad dirigidos a disminuir factores de riesgo o a atender víctimas de delitos. Este tipo de proyecto está compuesto por las temáticas de Prevención Social, Asistencia a Víctimas y Reinserción Social -explicadas más adelante-.

ii) Proyectos de Intervención Situacional: Aquellos destinados a disminuir la probabilidad de comisión de delitos de oportunidad y reducir la percepción de inseguridad de la población en espacios urbanos. Este tipo de proyectos son equivalentes a aquellos de la temática de Prevención Situacional -explicados más adelante-.

iii) Proyectos de Innovación o Estudios: Aquellos que estén destinados a abordar las distintas temáticas de seguridad desde una perspectiva distinta a la tradicional, a través de la implementación de nuevas tecnologías y metodologías, del uso de nuevos mecanismos de cooperación, de la combinación y uso de procedimientos propios de otras materias, o por medio de estudios que busquen profundizar el entendimiento de problemáticas no resueltas de seguridad pública. Este tipo de proyectos está compuesto por las temáticas de Innovación y Estudios.

2.3 Temáticas de los Proyectos.

En cada Tipo de Proyecto existen diversas temáticas para abordar, según las siguientes

orientaciones generales:

i. PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL. i) Prevención Social: Proyectos dirigidos a disminuir factores de riesgo y potenciar factores protectores a las conductas violentas o transgresoras de ley, para prevenir el surgimiento de carreras delictivas en grupos vulnerables o en riesgo social. Tipologías de Prevención Social:

Prevención de conductas transgresoras y/o constitutivas de delitos de Niños/as y Adolescentes (NNA).

Prevención de la violencia escolar (VE). Prevención de la violencia interpersonal comunitaria a través del sistema de Justicia Local

(CC). ii) Asistencia a Víctimas: Proyectos destinados a apoyar y asistir a personas que hayan sido víctimas de un delito, así como también a mejorar la percepción de seguridad pública de comunidades expuestas a experiencias de victimización. Tipologías de Asistencia a Víctimas:

Atención de Víctimas de Violencia Intrafamiliar (AVIF).

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Atención de Víctimas de Delitos Violentos en proyecto conjunto con los Centros de Atención a Víctimas del Ministerio (AVD).

iii) Reinserción Social: Proyectos dirigidos a reinsertar socialmente y/o a rehabilitar a personas que hayan cometido delitos, o dirigidos a reducir la reincidencia de infractores de ley. Las tipologías pertenecientes a esta temática son: Tipologías de Reinserción Social:

Capacitación o colocación laboral y reinserción de ex condenados o personas cumpliendo medidas alternativas a la reclusión (RS).

Intervención en hombres que cometen actos de violencia contra su pareja o ex pareja mujer (AG).

2.3.2 PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SITUACIONAL. iv) Prevención Situacional: Proyectos destinados a disminuir la probabilidad de comisión de delitos de oportunidad y reducir la percepción de inseguridad de la población en espacios urbanos. Tipologías de Prevención Situacional:

Instalación y/o reparación de sistemas de televigilancia (CTV). Instalación de sistema de alarmas comunitarias (AC). Instalación y/o mejoramiento de alumbrado público peatonal (IL). Recuperación de Espacios y Equipamientos Públicos (puede incluir iluminación) (EP).

2.3.3 PROYECTOS DE INNOVACIÓN Y ESTUDIOS. v) Innovación y Estudios: Proyectos que estén destinados a abordar cualquiera de las temáticas antes descritas desde una perspectiva distinta a la tradicional, a través de la implementación de nuevas tecnologías y metodologías, del uso de nuevos mecanismos de cooperación, de la combinación y uso de procedimientos propios de otras materias, o por medio de estudios que busquen profundizar el entendimiento de problemáticas no resueltas de seguridad pública. Las tipologías que componen estos tipos de proyectos son, en primer lugar, aquellas de Innovación, y por otro lado las correspondientes a Estudios, siendo las siguientes: Tipologías de Innovación:

Innovación/Otros en Prevención Social (combinación de tipologías de dicha temática) (IPSO).

Innovación/Otros en Asistencia a Víctimas (combinación de tipologías de dicha temática) (IAV).

Innovación/Otros en Reinserción Social (combinación de tipologías de dicha temática) (IRS).

Innovación/Otros en Prevención Situacional (combinación de tipologías de dicha temática) (IPSI).

Innovación/Otros General (combinación entre diferentes temáticas o innovación tecnológica en seguridad pública) (IGT).

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Tipologías de Estudios:

Estudios en Seguridad Pública (ESP). 3. DURACIÓN DE LOS PROYECTOS. Plazo mínimo para la ejecución de los proyectos: Será de 6 meses. Plazo máximo para la ejecución de los proyectos: Se debe distinguir según Clase de Proyecto y Tipo de Intervención:

Proyectos Nuevos o de Continuidad de Intervención Social: 12 meses. Proyectos Nuevos de Intervención Situacional: 8 meses. Proyectos Nuevos de Innovación o Estudios: 12 meses. Proyectos de Intervención Breve de Intervención Situacional: 6 meses.

Situación excepcional: Solo para el caso de proyectos de Intervención Social se podrá solicitar un plazo de ejecución que supere los 12 meses de duración al requerir financiamiento adicional, de acuerdo al punto N° 7 de las presentes Bases. 4. MONTOS MÁXIMOS DE FINANCIAMIENTO. Como regla general cada entidad podrá adjudicarse un máximo de $40.000.000. El monto máximo será entregado únicamente a los postulantes que demuestren, conforme los criterios establecidos en este acto, la necesidad de recibir dichos recursos de forma que el monto solicitado sea coherente con los objetivos y la duración del proyecto. Conforme los Tipos de Intervención, los montos máximos serán:

Proyectos Nuevos o de Continuidad: no podrán superar los $40.000.000 cada uno.

Proyectos de Intervención Breve: no podrán superar los $5.000.000 cada uno.

Dependiendo de la cantidad de proyectos presentados que se consideren admisibles y en función de la calificación que se le otorgue a cada uno, la Subsecretaría podrá reservar fondos para una segunda convocatoria y/o utilizarlos para la entrega del financiamiento adicional solicitado en los proyectos adjudicados en esta Convocatoria, en los casos y en los términos en que proceda, de acuerdo con los previsto en el punto N° 7 de las presentes Bases. Como excepción se podrá otorgar financiamiento adicional, de acuerdo a las reglas establecidas en el punto N° 7 de las presentes Bases. 5. CANTIDAD DE PROYECTOS POR ENTIDAD POSTULANTE. Cada entidad podrá presentar un máximo de 3 proyectos, de la forma que se señala a continuación:

Proyectos Nuevos o de Continuidad: dos (2) proyectos por cada entidad. Proyectos de Intervención Breve: un (1) proyecto por entidad postulante.

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Cada entidad deberá declarar la prioridad que le otorgará a cada uno, de 1 a 3. En el caso de municipios que cuenten con Corporación Municipal, y que presenten proyectos a través de ésta, serán considerados como un solo postulante. En caso de recibir más de tres (3) proyectos provenientes de una misma entidad, la Subsecretaría solamente admitirá los dos primeros que reciba, correspondientes a la clasificación Nuevo o de Continuidad y el primero que reciba de Intervención Breve. 6. CUADRO RESUMEN PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS. El siguiente cuadro, resume los aspectos claves en la elaboración de proyectos para la presente Convocatoria, explicados anteriormente.

- Prevención con Niños/as y Adolescentes (NNA).

- Prevención de la Violencia Escolar (VE)

- Convivencia Comunitaria (CC)

- Atención de Víctimas de Violencia Intrafamiliar (AVIF)

- Atención de Víctimas de Delitos Violentos en proyecto

conjunto con los Centros de Atención a Víctimas del

Ministerio (AVD)

- Reinserción laboral de ex condenados o personas

cumpliendo medidas alternativas a la reclusión (RS)

- Intervención en hombres que cometen actos de violencia

contra su pareja o expareja mujer (AG) 

- Cámaras de Televigilancia (CTV)

- Alarmas Comunitarias (AC)

- Iluminación de Espacios Públicos (IL)

- Recuperación de Espacios y Equipamientos Públicos

(puede incluir Iluminación) (EP)

- Estudios en Seguridad Pública (ESP)

- Innovación/Otros en Prevención Social (combinación de

tipologías de dicha temática) (IPSO)

- Innovación/Otros en Asistencia a Víctimas

(combinación de tipologías de dicha temática) (IAV)

- Innovación/Otros en Reinserción Social (combinación

de tipologías de dicha temática) (IRS)

- Innovación/Otros en Prevención Situacional

(combinación de tipologías de dicha temática) (IPSI)

- Innovación/Otros General (combinación entre diferentes

temáticas/tecnologías) (IGT)

- Cámaras de Televigilancia (CTV)

- Alarmas Comunitarias (AC)

- Iluminación de Espacios Públicos (IL)

- Recuperación de Espacios y Equipamientos Públicos

(puede incluir Iluminación) (EP)

6 a 12

meses

6 meses

CLASIFICACIONES DURACIÓN

Proyectos de

Innovación o

Estudios

Estudios

Innovación

Proyectos de

Intervención Breve

(hasta 1 proyecto de

$5.000.000)

Proyectos de

Intervención

Situacional

Prevención

Situacional

Una misma entidad podrá

presentar y adjudicarse sólo

1 proyecto de un máximo de

$5.000.000 en cualquiera de

estas tipologías.

6 a 8

meses

Proyectos Nuevos o

de Continuidad

(hasta 2 proyectos

de $40.000.000 c/u)

Proyectos de

Intervención

Social

Prevención

Social

OBSERVACIONESTIPOLOGÍASTEMÁTICASTIPOS

Prevención

Situacional

6 a 12

meses Una misma entidad podrá

presentar hasta 2 proyectos

de un máximo de

$40.000.000 c/u en

cualquiera de estas

tipologías, pero en todo este

concurso una misma entidad

no podrá adjudicarse más de

$40.000.000 en total. La

única excepción a dicho

máximo está contemplado

en el punto de las Bases

denominado "solicitud de

financiamiento adicional

para la extensión de

proyectos", exclusivamente

para los proyectos de las

Temáticas de Prevención

Social, Asistencia a Víctimas

y Reinserción Social.

Asistencia a

Víctimas

Reinserción

Social

Proyectos de

Intervención

Situacional

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7. SOLICITUD DE FINANCIAMIENTO ADICIONAL PARA LA EXTENSIÓN DE PROYECTOS. Excepcionalmente, las entidades que postulen con Proyectos Nuevos o de Continuidad enmarcados en el Tipo de Intervención Social, podrán solicitar un monto extra de hasta $40.000.000 adicionales para extender el proyecto por hasta 12 meses más. Por tanto, el monto máximo a solicitar por entidad en este caso será de $80.000.000 (sumando el proyecto original y su extensión) y su plazo máximo de ejecución será de 24 meses (sumando el proyecto original y su extensión). Al ser la extensión de carácter excepcional, un proyecto podrá ser adjudicado por su propuesta original de 12 meses sin necesariamente ser adjudicada la extensión, por tanto, el proyecto original -de 12 meses- deberá poder desarrollarse armónicamente sin necesariamente adjudicarse un financiamiento adicional (por hasta 12 meses adicionales). Requisitos para optar a financiamiento adicional. En definitiva, para optar a este financiamiento adicional se deben cumplir copulativamente las siguientes condiciones:

• La extensión sea sobre un proyecto del tipo Intervención Social, es decir, que verse sobre las temáticas de Prevención Social, Asistencia a Víctimas o Reinserción Social.

• El proyecto original tenga una duración de 12 meses.

• La extensión no supere los 12 meses de duración (máximo de 24 meses entre el proyecto

original y su extensión).

• Que el monto del financiamiento adicional sea menor o igual al del proyecto original y no supere los $40.000.000.

• La extensión del proyecto y el financiamiento adicional solicitado se destine a la

continuación del proyecto original, es decir, que la extensión sea coherente metodológica y financieramente con el proyecto original.

• Se señale en la Ficha de Inscripción Online el monto adicional a solicitar y la duración de la

extensión del proyecto.

• Se le otorgue prioridad número 1 al proyecto presentado que está solicitando extensión. Al postular, el proyecto debe adjuntar el Anexo denominado “Formulario de solicitud de financiamiento adicional para la extensión del proyecto”, en el cual se argumente la solicitud de financiamiento adicional, incorporando una Carta Gantt adicional de la extensión y el flujo presupuestario de ésta, señalando la cantidad de beneficiarios directos e indirectos de la extensión y considerando nuevamente un 5% para la evaluación, junto con todas las restricciones presupuestarias y de compras de las presentes Bases. Dicho anexo se encontrará publicado en www.fnsp.cl.

• Que, en la etapa de evaluación del Comité de Expertos, el proyecto haya sido evaluado satisfactoriamente (nota de corte definida por el Comité).

• Que el Comité de Expertos declare que la extensión del proyecto es coherente

metodológicamente y financieramente con el proyecto original (en el caso que el Comité de Expertos no se pronuncie se replicará la decisión del técnico). El proyecto original será

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calificado de acuerdo a la pauta de evaluación expuesta en el punto N° 28 de las presentes Bases y la declaración del Experto se encontrará al final de dicha pauta.

• Que la solicitud no implique que la entidad supere el 2% del monto total de los recursos

asignados al Fondo, en la Ley de Presupuestos del año correspondiente.

• Que, tratándose de entidades privadas sin fines de lucro, éstas cuenten con los medios necesarios para garantizar, mediante boleta de garantía o póliza de seguro, los recursos adicionales otorgados por la Subsecretaría.

Si la duplicación del financiamiento es finalmente adjudicada, cualquier otro proyecto de la misma entidad dejará de ser parte del concurso. Con todo, la suma total de los financiamientos adicionales posibles para la presente Convocatoria, no podrá superar los $400.000.000. Los proyectos que se adjudiquen financiamiento adicional serán transferidos en dos cuotas, la primera correspondiente al proyecto original de 12 meses, la cual no podrá superar los $40.000.000, y una segunda cuota correspondiente a la extensión del proyecto por un monto máximo de $40.000.000 (máximo de $80.000.000 entre el proyecto original y la extensión). Informe de Ejecución de Actividades y Gastos Asociados al Proyecto. La transferencia de la segunda cuota estará supeditada a la entrega, por parte de la entidad beneficiaria, en el mes de noviembre de 2012, de un Informe de Ejecución de Actividades y Gastos asociados al proyecto. La Subsecretaría deberá aprobar los respectivos informes de ejecución dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su entrega, o en su defecto, formular observaciones al mismo o rechazarlo, caso en que se no se efectuará la transferencia de la segunda cuota. Una vez aprobados los respectivos informes, la Subsecretaría transferirá dicha cuota entre los meses de diciembre de 2012 y enero de 2013. Transferencia de la segunda cuota. La transferencia de la segunda cuota estará, inicialmente, contemplada para el mes de enero de 2013 con cargo a los recursos contemplados para el Fondo para ese año, lo que estará condicionado a que la Ley de Presupuestos del año 2013 para el Sector Público contemple la existencia del Fondo y que la suma de los financiamientos adicionales no supere el 15% de los recursos contemplados en él. Con todo, en caso que el presupuesto de la Subsecretaría goce de recursos disponibles, el financiamiento adicional de que trata este número podrá ser entregado en el mes de diciembre de 2012. 8. RESTRICCIONES E INHABILIDADES. No podrán postular proyectos las entidades que, al momento de presentarlos, se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Con rendiciones de cuentas pendientes de recursos transferidos por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que no hubiesen sido presentadas dentro del plazo establecido en el convenio respectivo.

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b) Que hayan puesto término anticipado a la ejecución de un proyecto, sin la autorización del

Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en caso que ello fuere procedente, o contraviniendo las normas contenidas en el convenio suscrito al efecto.

c) Que tengan entre sus directores, administradores, socios y/o representantes, a personas

que posean la calidad de autoridades o funcionarios directivos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

d) Que tengan entre sus directores, administradores, socios y/o representantes a personas

que posean la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, de autoridades o funcionarios directivos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

e) Que tengan entre sus directores, administradores, socios y/o representantes a personas

que se hallen condenadas por crimen o simple delito.

f) Aquellas a las que se les ha puesto término anticipado a un contrato previo suscrito con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por causal imputable a esa entidad, dentro de los dos años anteriores a su postulación.

g) Aquellas cuya existencia legal se extinga en el plazo propuesto para la ejecución del

proyecto.

h) Aquellas a las que afecte cualquier otra inhabilidad legal, judicial o administrativa para contratar con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y/o sus organismos o programas dependientes.

Al momento de postular se deberá acompañar copia u original de declaración jurada ante notario, del representante legal de la respectiva entidad señalando que esta última no se encuentra en ninguna de las situaciones previstas precedentemente. La declaración en original deberá ser acompañada por la entidad en caso que se adjudique uno o más proyectos. Cualquier contravención a la presente disposición, supondrá la inmediata exclusión del proyecto postulado. 9. ACEPTACIÓN DE BASES Y PROPIEDAD INTELECTUAL. Por la sola postulación de un proyecto a esta Convocatoria, se entiende para todos los efectos legales, que el postulante conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes Bases y acepta los resultados de la Convocatoria. Asimismo, por el hecho de presentar un proyecto, se considerará que el postulante declara no tener derecho de propiedad intelectual ni de ninguna naturaleza similar sobre la idea en qué consiste su proyecto. En consecuencia, el postulante renuncia irrevocablemente a cualquier reclamación o ejercicio de cualquier derecho o acción en caso que (i) siendo adjudicado el proyecto, posteriormente este mismo sea realizado además por la Subsecretaría u otra entidad pública, o (ii) no siendo adjudicado, posteriormente el proyecto, en iguales o similares condiciones a las que haya sido presentado, sea ejecutado por la Subsecretaría u otras entidades públicas.

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Como así, los resultados, conclusiones, publicaciones, estadísticas o cualquier insumo producido por el desarrollo del producto, serán propiedad de la Subsecretaría y no podrán ser comunicados o informados, en ningún caso, sin la autorización escrita de ésta. 10. AUTENTICIDAD DE LOS DATOS APORTADOS. Por la circunstancia de efectuar su postulación, se entenderá que el postulante declara y se compromete a que todos los antecedentes presentados constituyen documentación o información fidedigna e íntegra. En caso de presumirse falsedades en los antecedentes de una postulación, todos los proyectos del postulante serán declarados inadmisibles y la Subsecretaría remitirá los antecedentes al Ministerio Público, Tribunales de Justicia, o a quien corresponda. 11. FORMA DE COMPUTAR LOS PLAZOS. Los plazos señalados en estas Bases son de días hábiles, salvo que se exprese lo contrario. Se entenderá como día hábil todos los días de la semana excepto sábados, domingos y festivos. 12. IDIOMA DE LOS DOCUMENTOS ACOMPAÑADOS. Toda documentación relativa a la postulación deberá ser presentada en idioma español. Cuando se trate de documentación presentada en otro idioma, el postulante deberá acompañar a su postulación el documento original junto a una traducción oficial, la que será de su exclusivo costo y responsabilidad. 13. PRESUPUESTO Y MONEDA DE LOS GASTOS. Todos los ítems de dinero de las postulaciones, incluyendo el presupuesto y las cotizaciones, deberán expresarse en pesos chilenos ($), con todas sus cifras, incorporando los impuestos asociados a la naturaleza del gasto. Esto significa que en los montos totales solicitados se entienden incluidos los impuestos respectivos. En ningún caso se aceptará que a la cantidad total solicitada o a alguno de sus componentes, se agregue la frase “más impuesto” o “más IVA”. La variación de los costos efectivos del proyecto respecto de los contemplados en el presupuesto presentado será de absoluta responsabilidad y cargo del postulante.

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II. DE LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS 14. CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS. El período de formulación de consultas formales acerca del contenido, sentido y alcance de estas Bases, vencerá a las 15:00 horas del día lunes 2 de abril de 2012. Los postulantes podrán formular las consultas formales que estimen necesarias acerca del contenido, sentido y alcance de estas Bases, sólo a través de la página web www.fnsp.cl . Luego de analizar las consultas formuladas por los postulantes, la Subsecretaría publicará las respuestas y aclaraciones en la página web www.fnsp.cl, a partir del día martes 3 de abril de 2012 y hasta el término del plazo estipulado para presentar postulaciones. En este proceso se citará cada consulta, sin hacer mención al postulante que la haya formulado, y luego se entregará la respuesta correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Subsecretaría podrá consolidar las consultas relacionadas al mismo tema, publicando una sola respuesta general. La Subsecretaría se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio, sean inconducentes, no correspondan directamente al proceso en curso, se hayan efectuado fuera del plazo dispuesto para ello o a través de una vía distinta de la página web. Las respuestas entregadas contribuirán a determinar el sentido y alcance de las presentes Bases, debiendo considerarse obligatorias para los interesados en la preparación de sus postulaciones. 15. PROCESO DE CAPACITACION A ENTIDADES POSTULANTES. Jornadas de Capacitación. En cada una de las regiones del país se realizarán Jornadas de Capacitación voluntarias, en las cuales se explicará detalladamente el proceso de postulación y presentación de propuestas al Fondo, para todos los interesados. Además, estas Jornadas de Capacitación pretenden contribuir a una adecuada lectura e interpretación de la Bases de esta Convocatoria. Las Jornadas de Capacitación se realizarán, primordialmente, en las Intendencias Regionales y su programación se encontrará disponible en la página web www.fnsp.cl. Los gastos derivados de la asistencia a estas capacitaciones, serán de exclusiva responsabilidad de la entidad postulante. Sin perjuicio de lo eventualmente discutido y/o precisado en estas Jornadas, los requisitos y alcances oficiales de esta Convocatoria son aquellos expresados en las presentes Bases, las respuestas y aclaraciones de las mismas, y cualquier otro documento publicado en la página web www.fnsp.cl respecto a la Convocatoria 2012. 16. APOYO PARA LA POSTULACIÓN DE PROPUESTAS. Para complementar el apoyo a los postulantes, se encontrará disponible en la página web www.fnsp.cl, un “Tutorial para la Presentación de Proyectos 2012”.

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Adicionalmente se implementará una Mesa de Ayuda Telefónica, que tendrá la labor de asesorar y orientar técnicamente a los postulantes en el proceso de elaboración y presentación de proyectos al Fondo, cuyo fin dice relación con entregar asistencia particular en la elaboración de cada proyecto, y no respecto del contenido, sentido y alcance de las Bases, para lo cual debe basarse a lo establecido en el punto N°14, de este pliego de condiciones. El número de contacto es el (02) 5502655, y atenderá consultas hasta el jueves 29 de marzo, en el siguiente horario continuado: de lunes a viernes de 9:30 a 17:00. 17. PLAZO DE INSCRIPCIÓN Y ENTREGA DE PROYECTOS El plazo de inscripción online de proyectos para esta Convocatoria vence impostergablemente, para todas las regiones del país, a las 15:00 horas del día lunes 9 de abril de abril de 2012. A su vez, el plazo de entrega de proyectos vence impostergablemente, para todas las regiones del país, a las 17:00 horas del día lunes 9 de abril de 2012. 18. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS. La presentación de proyectos a esta Convocatoria consta de 2 etapas obligatorias: Etapa 1: Ficha de Inscripción Online del Proyecto. La inscripción del proyecto corresponde a una etapa obligatoria previa a la presentación y se realiza sólo a través de la página web www.fnsp.cl. En ella, cada postulante deberá completar la Ficha de Inscripción Online, donde se consignan antecedentes generales de la entidad postulante y del proyecto, así como un resumen breve de la intervención propuesta. Una vez realizada esta inscripción, el sistema entregará un Código de Proyecto, y permitirá la impresión de la Ficha de Inscripción, que obligatoriamente deberá acompañarse en formato papel y en dos (2) copias al ingresar los antecedentes del proyecto. La página web no permitirá adjuntar ningún tipo de documento anexo a la inscripción del proyecto. Etapa 2: Presentación del Proyecto. La presentación de cada proyecto deberá hacerse únicamente en formato papel, adjuntando los documentos descritos en el punto N°19, en un (1) sobre cerrado con la siguiente leyenda en su exterior:

SOLO ABRIR POR EQUIPO EVALUADOR Sres. Fondo Nacional de Seguridad Pública Agustinas 1235, 2°piso Santiago Entidad Postulante: Nombre de fantasía del proyecto: Código de Proyecto: (El que se asigna en la Ficha de Inscripción) Clasificación: (Nuevo, de Continuidad o Intervención breve)

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Es importante considerar que cada proyecto es una postulación distinta, por lo cual deberá entregarse un sobre cerrado con todos los antecedentes descritos para cada uno de los proyectos. Así por ejemplo, si una entidad presenta tres (3) proyectos, deberá ingresar tres (3) sobres de postulación. Los antecedentes deberán ser entregados en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Prevención del Delito, ubicada en Agustinas 1235, segundo piso, Santiago, o en las Oficinas de Partes de las Intendencias Regionales, a excepción de la Región Metropolitana, respetando el plazo definido en el punto 17 de estas Bases. Para todos los efectos de esta Convocatoria, se considerará como fecha y hora de recepción aquella estampada en el sobre por la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Prevención del Delito, o de la Intendencia Regional respectiva. 19. CONTENIDO DE LAS POSTULACIONES. El sobre de postulación deberá incluir los siguientes antecedentes obligatorios, los cuales serán considerados para el examen de admisibilidad de cada uno de los proyectos. a. Antecedentes Legales y Administrativos Obligatorios. Los siguientes antecedentes deberán incluirse para cada uno de los proyectos que presente un postulante. Es decir, el análisis de admisibilidad se hará por cada uno de los sobres presentados, proyecto por proyecto. Los antecedentes legales y administrativos obligatorios por tipo de entidad son los siguientes:

i) Municipalidades:

Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente del Alcalde(sa). Declaración Jurada notarial, firmada por el Alcalde(sa), declarando que, de ser necesario,

el municipio cuenta con la infraestructura adecuada para el desarrollo del proyecto postulado.

Declaración Jurada notarial, firmada por el Alcalde(sa), declarando que ni él(ella) ni ninguna de las personas que integran el municipio que representa, se encuentran en alguno de los casos de restricción o inhabilidad contemplados en el punto N°8 de las presentes Bases.

En el caso de proyectos con aporte propios o de terceros, Declaración Jurada notarial firmada por el(los) representante(s) legal(es) de la persona jurídica que realizará dicho aporte, declarando que se comprometen a realizar un aporte de (indicar cantidad en pesos según lo estipulado en el proyecto), para la ejecución del proyecto.

ii) Entidades privadas sin fines de lucro:

Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente, del(los) representante(s) legal(es) del

postulante. Certificado de inscripción en el Registro Único de Personas Jurídicas Receptoras de

Fondos Públicos (disponible en el portal www.registros19862.cl).

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Declaración jurada notarial, firmada por el (los) representante(s) legal(es) de la persona jurídica que presenta el proyecto, declarando que, de ser necesario, cuenta con la infraestructura adecuada para el desarrollo del proyecto postulado.

Declaración Jurada notarial, firmada por el (los) representante(s) legal(es) de la persona jurídica que presenta el proyecto, declarando que ni él ni ninguna de las personas que integran la entidad que representa, se encuentran en alguno de los casos de restricción o inhabilidad contemplados en el punto N°8 de las presentes Bases.

Certificado de Vigencia de la entidad y nómina del directorio vigente, emitidos con no más de 60 (sesenta) días hábiles de anterioridad, por la autoridad respectiva.

Fotocopia simple del Rol Único Tributario de la entidad. En el caso de proyectos con aporte propio y/o de terceros, Declaración Jurada

Notarial, firmada por el (los) representante(s) legal(es) de la persona jurídica que realizará dicho aporte (propio y/o de terceros), declarando que se comprometen a realizar un aporte de (indicar cantidad en pesos según lo estipulado en el proyecto), para la ejecución del proyecto.

Con todo, al momento de postular, se aceptarán copias de las declaraciones juradas ante notario, sin embargo, al momento de adjudicar deberán entregar las versiones originales, sin las cuales no se procederá a la firma del convenio respectivo. b. Antecedentes Técnicos Obligatorios. Para todos y cada uno de los proyectos se exigirá lo siguiente:

2 copias de la Ficha de Inscripción del Proyecto impresa, obtenida desde la página web www.fnsp.cl, según se detalla en la etapa 1 del punto N°18.

2 copias del Formato de Presentación de Proyectos 2012 impreso. Este Formato se resume en el punto N° 18 de estas Bases y contiene el detalle de la descripción técnica del proyecto.

1 CD de respaldo debidamente caratulado con toda la información contenida en el sobre de postulación. Para los proyectos de Intervención Situacional es obligatorio incluir fotografías del lugar a intervenir (de día y noche) y mapas en formato Google Earth. El archivo con el link del mapa en Google Earth deberá ser incluido en este CD. Para ayuda vea el Instructivo para generar links con focalización territorial en Google Earth. La información contenida en este CD será considerada como parte de los antecedentes obligatorios para la postulación.

Las postulaciones que no contengan los antecedentes legales/administrativos o técnicos descritos anteriormente, serán declaradas inadmisibles. Tanto los antecedentes legales y administrativos, como los antecedentes técnicos obligatorios deberán presentarse perforados en una carpeta de vinil transparente de tamaño carta, incluyendo un índice de contenidos para facilitar el análisis de admisibilidad del proyecto. No se aceptarán postulaciones manuscritas. 20. FORMATO DE POSTULACIÓN. El Formato de Presentación de Proyectos 2012, será el documento oficial de exposición de proyectos para esta Convocatoria, y contiene el detalle para la presentación del diseño técnico de los

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proyectos. Este formato está disponible para ser descargado en la página web www.fnsp.cl . No se aceptarán postulaciones en otro formato. 21. ORIENTACIONES TÉCNICAS POR ÁREA. En el Anexo 1 se presentan Orientaciones Técnicas para cada temática incluida en el Fondo, que de acuerdo a la experiencia recogida por esta Subsecretaría han probado ser pertinentes, de manera que se exige su consideración por parte de los postulantes, a fin de lograr una adecuada elaboración de los proyectos a presentar. 22. RESPONSABLE DEL PROYECTO. Obligatoriamente, cada proyecto deberá identificar a un profesional que será el Responsable del mismo, y asumirá como contraparte ante la Subsecretaría para los efectos técnicos y administrativos de la postulación. En el caso de ser adjudicado un proyecto, se deberá definir al Coordinador del mismo, acompañando sus antecedentes curriculares al momento de la firma de convenio. Éste será un profesional seleccionado por la entidad ejecutora para todo el proceso de ejecución del proyecto y su evaluación, cuyo perfil deberá corresponder con el descrito en la versión final aprobada del proyecto, y cuyo nombramiento deberá ser visado por la Subsecretaría. Bajo ningún caso el profesional seleccionado como Coordinador podrá recibir remuneraciones con cargo al proyecto si al mismo tiempo percibe remuneraciones por parte de la entidad ejecutora o de la Subsecretaría. En caso de incumplimiento reiterado de sus funciones durante la ejecución del proyecto, la Subsecretaría podrá solicitar a la Municipalidad la remoción del Coordinador del Proyecto, lo que deberá hacerse en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la fecha de recepción de dicha solicitud en la entidad ejecutora o ante el ente ejecutor. 23. FINANCIAMIENTOS Y COFINANCIAMIENTOS. Los postulantes podrán solicitar el financiamiento total o parcial para la ejecución del o los proyectos, los que podrán contemplar otras fuentes adicionales de financiamiento para su desarrollo, ya sean aportes propios o de otros organismos públicos o inversión privada, como donaciones, cooperación internacional u otras fuentes que los postulantes deberán precisar en su proyecto. Debiendo para tal efecto tener presente que:

a) La solicitud de recursos al Fondo deberá ajustarse a los montos máximos establecidos en las presentes Bases.

b) En el caso que el costo total del proyecto exceda los recursos solicitados al Fondo, en el

Formato de Presentación de Proyectos 2012 se deberá indicar el monto y origen de los recursos comprometidos con que ya cuenta el postulante, los que serán aportados por el postulante o por terceros. El monto restante por financiar, equivale a lo que se solicita al Fondo.

Para efectos de las presentes Bases, se entenderá por: Aportes Propios: Aquellos que son realizados por la entidad que postula el proyecto, para la ejecución del mismo, provenientes de fuentes distintas de este Fondo.

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Aportes de Terceros: Aquellos que son realizados por personas naturales o jurídicas, distintas de la entidad que postula el proyecto, y que deben consignarse en un documento que acredite el aporte y los recursos que involucra, según lo establece el punto N° 19 de estas Bases.

c) En caso que un proyecto reciba recursos inferiores a los solicitados en su postulación o no considere en su presupuesto los recursos obligatorios para evaluación según lo estipulado en el punto N° 24, la entidad ejecutora deberá, al momento de la firma del Convenio de Ejecución con la Subsecretaría, presentar una readecuación presupuestaria que se ajuste al financiamiento que le fue asignado, o bien una declaración jurada que garantice el financiamiento con aportes propios o de terceros de la diferencia entre lo solicitado y lo asignado. Dicha propuesta de readecuación deberá ser aprobada por la Subsecretaría antes de la firma del respectivo convenio.

d) La Subsecretaría no solventará ni reembolsará gastos de ninguna naturaleza

realizados con anterioridad a la fecha de transferencia de los recursos de la presente Convocatoria, ni posteriores a la ejecución del proyecto, ni aquellos no presentados en el presupuesto del proyecto.

24. CATEGORÍAS DE LOS GASTOS. Los recursos financieros a los que opten los proyectos deberán estar directamente relacionados con los objetivos del proyecto, ser coherentes y concordantes entre sí y no ser considerados como parte de las restricciones que se mencionan en el presente punto. Será causal de término del convenio de ejecución del proyecto o descalificación del mismo, la falta de justificación en gastos, lo que se dispondrá por resolución fundada que para tal efecto dicte la Subsecretaría, a menos que el postulante justifique el ítem de gasto. El presupuesto total del proyecto, debe presentar todos sus gastos debidamente justificados y los valores deben encontrarse consignados de acuerdo a valores de mercado. Categorías de Gastos Presupuestarios:

a. Gastos en Personal: Se considerará el financiamiento para el pago de remuneraciones a personal debidamente justificado como indispensable para la ejecución del proyecto. Este personal deberá actuar como complemento a los recursos humanos que pueda aportar la propia entidad ejecutora para el desarrollo de las actividades. Las remuneraciones esporádicas de servicios que no revistan las características antes descritas, deberán incluirse como remuneraciones menores, en el ítem de Gastos de Operación, indicando rubro y monto.

b. Gastos de Operación: Son los necesarios para la realización del proyecto y están destinados a financiar la producción y realización de éste, tales como arriendo de equipos, materiales de trabajo y cualquier otro material fungible, es decir, que su uso lo extinga durante la ejecución del proyecto. Se podrá incluir también recursos para transporte de los beneficiarios directos, siempre que no superen el 10% del monto total solicitado al Fondo.

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c. Gastos en Infraestructura:

Este tipo de gastos está contemplado de forma especial para los proyectos de la Temática de "Prevención Situacional", para la habilitación o reparación de espacios, u otros costos semejantes considerados en un proyecto. Respecto de ellos deberán acompañarse dos (2) cotizaciones que acrediten los montos propuestos. De todas formas, la realización de gastos de infraestructura deberá ser justificada y atingente, por lo que todos los gastos que se propongan deberán documentar apropiadamente que su ejecución tendrá relación directa con el cumplimiento de los objetivos del proyecto. En el caso de las Municipalidades, se podrá presentar un itemizado referencial de estos gastos considerando valores de mercado.

d. Gastos en Equipamiento: Esta categoría considerará el financiamiento del equipamiento estrictamente necesario para implementar y ejecutar el proyecto, y como complemento al equipamiento que aporta la entidad ejecutora. La pertinencia de los equipos propuestos deberá estar justificada adecuadamente en la postulación. Estos gastos deberán desglosarse en la presentación del proyecto y acompañar dos (2) cotizaciones que acrediten los montos. Al término de la ejecución de cada proyecto, los bienes que se adquieran y que sean financiados por el presente Fondo, ingresarán al patrimonio de la entidad responsable y deberán ser destinados al cumplimiento de fines equivalentes a los contemplados en el proyecto respectivo, debiendo permanecer en dominio de la entidad ejecutora y no pudiendo ser enajenados sino hasta transcurridos cinco años contados desde el término del respectivo proyecto.

e. Gastos en Difusión: Se entiende esta categoría como el pago de servicios específicamente vinculados con la difusión del proyecto, desde los gastos propios relacionados a las ceremonias de lanzamiento, inauguración y cierre, hasta la impresión o publicidad atingente a éste. El financiamiento solicitado para esta categoría deberá comprender entre el 3% como mínimo y el 5% como máximo del aporte total solicitado al Fondo. La Subsecretaría entregará a las entidades ejecutoras los formatos tipos para el desarrollo de los materiales de difusión, los cuales tendrán los espacios necesarios para el logo de la entidad ejecutora y el mensaje particular del proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, los materiales de difusión desarrollados bajo de estas planillas tienen que ser aprobados de todas formas por la Subsecretaría. Se prohíbe a las diferentes entidades realizar cualquier actividad, publicación, difusión, u otro acto que tenga por objeto la comunicación del proyecto adjudicado, sin la previa aprobación y autorización de la Subsecretaría, cualquiera sea la fuente de financiamiento a la cual se haya imputado el gasto en difusión. La ejecución de cualquiera de los actos mencionados precedentemente sin la debida aprobación y autorización de la Subsecretaría, constituirá un incumplimiento grave de las obligaciones previstas en las presentes Bases, facultando a esta Secretaría de Estado para poner término anticipado al Convenio, conforme a las causales expresadas en el punto N° 38 de estas Bases y para requerir el cobro íntegro de la garantía contemplada en el punto N° 37, cuando proceda.

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f. Gastos en Evaluación: Este ítem es obligatorio y debe corresponder al 5% del total del aporte solicitado al Fondo, excepto para la Temática de “Estudios” y los proyectos clasificados como de “Intervención Breve”. Se entiende como esta categoría el pago de equipos y servicios a un evaluador externo para la aplicación y tabulación de datos de los instrumentos de evaluación de resultados, que la Subsecretaría de Prevención del Delito entregará a los ejecutores, como parte del proceso de seguimiento técnico de los proyectos adjudicados, excepto para los proyectos de Innovación quienes deberán diseñar la evaluación de su proyecto, realizarla y entregar los resultados analizados. Restricciones a los gastos presupuestarios:

a. Restricción en el Gasto en personal. Los proyectos que versen sobre la Temática de Prevención Situacional que destinen más del 10% del monto solicitado al Fondo a gastos en personal serán evaluados negativamente y la Subsecretaría podrá ajustar dicho porcentaje en la versión final aprobada del proyecto.

b. Alimentación. Para los proyectos del tipo de Intervención Social, podrán presentar el gasto en insumos de alimentación con cargo al Fondo, siempre y cuando esté destinado a los beneficiarios directos del proyecto, en actividades propias del mismo y que tengan directa relación con el cumplimiento de los objetivos planteados. En todos los casos, este gasto debe estar presente en el detalle del presupuesto del proyecto, en el ítem de Operaciones. Se exceptúan a esta restricción, los gastos que se incurrirán en banquetearía o cocktail en las ceremonias de lanzamiento, inauguración y cierre, los cuales, de todas formas, deben estar previsto en la tabla presupuestaria del proyecto aprobado, en el ítem de Difusión.

c. Movilización. Sólo se podrá financiar con cargo al Fondo la movilización para los beneficiarios directos del proyecto, siempre y cuando este gasto se encuentre presente en el detalle de gastos del presupuesto del proyecto, en el ítem Gastos de Operación. No se autorizará la contratación de servicios de transporte para los profesionales e integrantes del equipo del proyecto, ni tampoco el gasto de dicho equipo por la vía de entregar fondos a rendir u otra modalidad. De presentarse estos casos, serán rechazados, y corresponderá a la entidad ejecutora modificar la rendición de cuentas respectiva.

d. Telefonía Móvil. No se financiará la compra de equipos de telefonía móvil en modalidad de prepago, ni por vía de la contratación de planes de telefonía móvil. Sólo se autorizará la compra de tarjetas de prepago con un máximo de $10.000 mensuales, para un número máximo de 4 equipos por proyecto. Para ello, en la rendición en la que se comenzarán a imputar estos gastos, la entidad deberá informar el listado de personas y números telefónicos involucrados en el gasto, presentando además los respaldos del mismo, (boletas de carga, tarjetas u otros). Por último, dicho gasto deberá estar detallado en el presupuesto del proyecto aprobado, en el ítem Gastos de Operación.

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e. Difusión. Sólo se podrá financiar con cargo al Fondo aquellos gastos relacionados con la elaboración de materiales de difusión y organización de actividades y/o eventos relacionados con el desarrollo del proyecto, lo que incluye gastos de producción y banquetería, si corresponde al detalle expresado en el presupuesto del proyecto aprobado, en el ítem de Difusión.

f. Notebook. No se puede imputar a la glosa presupuestaria del Fondo la compra de computadores portátiles.

g. Cuenta Bancaria. Los costos en que se incurrirá por la mantención de la cuenta bancaria que recepcionará los fondos solicitados, si el proyecto resultare ganador de la presente Convocatoria, serán de exclusiva responsabilidad de la entidad ejecutora, la que no podrá bajo ninguna instancia imputar tal cobro al aporte solicitado al Fondo. En caso que un proyecto no cumpla con lo establecido como “Categoría de los Gastos” y sus respectivas restricciones y resultara finalmente adjudicado, la Subsecretaría podrá realizar una readecuación presupuestaria para cautelar que los gastos que se contemplen en el convenio respectivo se sujeten a las disposiciones de las presentes Bases. 25. GASTOS DE ENVÍO DEL PROYECTO. El costo de envío de los antecedentes será de cargo exclusivo del postulante. Las postulaciones cuya fecha de recepción sea posterior a la fecha de cierre de la Convocatoria o sean remitidas “por pagar” serán devueltas al remitente y se tendrán como no presentadas a la Convocatoria. 26. DEVOLUCIÓN DE ANTECEDENTES. La Subsecretaría no devolverá los antecedentes, documentos o información de los proyectos postulados.

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III. DEL PROCESO DE ADMISIBILIDAD, ANÁLISIS TÉCNICO Y ADJUDICACIÓN 27. EXÁMEN DE ADMISIBILIDAD. Recibidos los proyectos, la Subsecretaría procederá a determinar, caso a caso, la admisibilidad de éstos, debiendo comprobar que la postulación dé cumplimiento a los requisitos establecidos en las presentes Bases. Los requisitos de admisibilidad se resumen en la siguiente tabla: Requisito Detalle Entidad Pública Entidad Privada

sin fines de lucro

Plazo de Postulación

Ingresa el sobre de postulación antes de las 17:00 horas del lunes 9 de abril de 2012.

X X

Antecedentes Legales y Administrativos Obligatorios

Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente, del (los) representante(s) legal(es) del postulante.

X X

Certificado de inscripción en el Registro Único de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos

X

Declaración Jurada notarial de infraestructura.

X X

Declaración Jurada notarial de inhabilidades.

X X

Declaración Jurada notarial de aportes comprometidos, en el caso de proyectos con aporte propio y/o de terceros.

X X

Certificado de Vigencia de la entidad y nómina del directorio vigente.

X

Fotocopia simple del Rol Único Tributario de la entidad.

X

Antecedentes Técnicos Obligatorios

2 copias de Ficha de Inscripción del Proyecto

X X

2 copias de Formato de Presentación de Proyectos 2012.

X X

CD de respaldo X X La nómina de proyectos declarados inadmisibles se publicará en el sitio www.fnsp.cl, junto con los fundamentos de la inadmisibilidad. A contar de la fecha de la publicación, el responsable de un proyecto declarado inadmisible tendrá cuatro (4) días hábiles para impugnar fundadamente la declaración de inadmisibilidad. Ésta debe

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hacerse mediante un correo electrónico dirigido a [email protected]. No se aceptarán documentos no adjuntos previamente, ni consultas por teléfono. Una vez revisada la impugnación, se publicará la respuesta a la misma en la página web www.fnsp.cl Los proyectos que hayan dado cumplimiento a las formalidades exigidas serán declarados admisibles y pasarán a ser clasificados de acuerdo a lo señalado en los puntos siguientes de las presentes Bases. 28. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LOS PROYECTOS. Los criterios de calificación técnica que a continuación se indican tienen por objeto cuantificar la calidad y factibilidad técnica y operacional de los proyectos, así como promocionar la participación de los principales actores locales, de otros actores sociales; además de distribuir pertinentemente los recursos de acuerdo a criterios de necesidad, de maximización de los beneficios sociales y de satisfacción de las necesidades locales en términos de seguridad ciudadana: - Problemática a Intervenir (20%) Identificar claramente, con información cuantitativa, confiable y verificable, la naturaleza y magnitud del problema que se pretende abordar. Serán bien considerados los proyectos que presenten antecedentes estadísticos relativos a la temática de seguridad pública, para justificar por qué es necesario intervenir en un territorio o grupo en particular. Para ello, se pueden considerar cifras de victimización, de percepción de temor, incidencia de denuncias u otras que el postulante considere relevantes para la presentación del proyecto. También deben aportar antecedentes respecto de si existen o no proyectos de similar naturaleza en el territorio en que se ejecutarán y, si corresponde, su cobertura. Por último, se calificará si el postulante explica la forma en que el proyecto contribuirá a resolver la problemática descrita. - Calidad del Proyecto (30%) Se evaluará la calidad del diseño de la intervención, considerando la relación lógica y de coherencia entre el problema que se aborda, la intervención y los resultados esperados. En esta dimensión se calificarán aspectos del proyecto como:

- Objetivos generales y específicos.

- Población objetivo/focalización territorial: que incluya antecedentes de vulnerabilidad y/o perfil social de la población, e identifique, describa y cuantifique adecuadamente el territorio focalizado, agregando imágenes representativas del proyecto. Para los proyectos de Intervención Situacional es obligatorio incluir fotografías del lugar a intervenir (de día y noche) y mapas en formato Google Earth. El archivo con el link del mapa en Google Earth deberá ser incluido en el CD que se adjunta al proyecto. Para ayuda vea el Instructivo para generar links con focalización territorial en Google Earth.

- Metodología de intervención: conceptos claves, líneas y etapas de intervención, principales

actividades y coordinaciones de redes. Adicionalmente, que la metodología sea coherente con los objetivos planteados y las orientaciones técnicas.

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- Duración del proyecto: que las actividades propuestas sean coherentes con el plazo de ejecución y que se expresen en las Cartas Gantt indicadas en el Formato de Presentación del Proyecto.

- Vinculación con redes institucionales, comunitarias u otras. Se deben adjuntar al proyecto

las cartas de apoyo y de compromiso de las instituciones con que se trabajará conjuntamente.

En el sitio web www.fnsp.cl se encontrarán publicadas las Orientaciones Técnicas para cada temática incluida en el Fondo, que de acuerdo a la experiencia recogida por la Subsecretaría, han probado ser pertinentes. - Necesidad y Coherencia Presupuestaria (10%) Para estos efectos, los postulantes deberán argumentar respecto de dicha necesidad, presentando la información financiera, técnica, estadística o de otra naturaleza que estimen pertinente. Para la selección de los proyectos se analizará el monto solicitado y la propuesta presupuestaria, es decir, el presupuesto debe ser adecuado respecto a los objetivos planteados, las metas y la cobertura propuesta, como así, el proyecto debe cumplir con los requisitos y restricciones de gastos y el equipo ejecutor debe adecuarse a las necesidades de la intervención, en cuanto al número de integrantes, perfil profesional de éstos y las remuneraciones a percibir. Es importante enfatizar que esta dimensión del análisis técnico está referida no sólo a la existencia de aporte propio o de terceros, sino principalmente a cómo el postulante argumenta respecto de la relevancia de contar con el apoyo del Fondo para su proyecto. - Variables y Resultados Esperados del Proyecto (10%) Para el caso de la(s) variables(s) o factores de riesgo de seguridad pública que el proyecto(s) pretenden intervenir, todos los proyectos presentados al Fondo deberán escoger (las) y definir (las) en relación a la intervención propuesta. Estas variables son las que se enumeran a continuación:

- Victimización. - Percepción de Temor. - Denuncias. - Vulnerabilidad. - Reincidencia. - Factores de riesgo de violencia o delincuencia. - Factores protectores de violencia o delincuencia.

En cuanto a los resultados e indicadores, se calificará la presencia, calidad y viabilidad de los resultados esperados y los indicadores propuestos por el proyecto para medir el cumplimiento y avance de las actividades planeadas, el logro de los objetivos propuestos, y la cobertura del proyecto, con especial énfasis en la capacidad para generar resultados medibles. Publicadas en el sitio web www.fnsp.cl se encontrarán las Orientaciones Técnicas por área temática, las cuales incluyen ejemplos de indicadores atingentes a los posibles tipos de proyectos a presentar.

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- Pertinencia de la Intervención (30%) El proyecto presentado deberá ser pertinente respecto al territorio, por ello, en este punto, se establecen dos escalas estandarizadas para clasificar los proyectos. La primera, corresponde a una escala elaborada en base a los casos policiales del año 2011, para inducir que el proyecto se enmarque en un territorio caracterizado por alta frecuencia de delitos. La segunda escala es en función de la disponibilidad presupuestaria por habitante, para inducir que el proyecto se enmarque en un territorio carente de recursos para la ejecución de iniciativas del tipo que financia la presente Convocatoria. Por último, y considerando que los municipios son garantes de las necesidades de la comunidad local, será evaluado positivamente aquellos proyectos de privados sin fines de lucro que presenten carta de apoyo y compromiso del Alcalde de la comuna a intervenir. - Plan e Instrumento de Evaluación. Sólo los proyectos de Innovación tendrán que proponer un plan e instrumento de evaluación, los cuales deberán ser coherentes con las variables, indicadores y objetivos planteados, como así, que el instrumento sea factible de ser aplicado. En el caso de los proyectos de la Temática de Estudios y aquellos de Tipo de Intervención Breve no se requerirá la aplicación de instrumentos. En el primer caso no aplica metodológicamente y en el segundo los recursos asignados y la representatividad de los eventuales resultados son muy bajos. Estos son los únicos proyectos que no deberán considerar un 5% en evaluación. Para el resto de los proyectos, será la Subsecretaría la que entregará a las entidades ganadoras de la presente Convocatoria, un instrumento de evaluación para identificar los resultados que tuvo el proyecto con su aplicación, por medio de una comparación entre el estado anterior y el posterior a la ejecución. La Subsecretaría será la encargada de informar y capacitar en su debido momento a las entidades ganadoras de la presente Convocatoria y en función de cada tipología de proyecto. Sin embargo, estos proyectos sí deberán considerar un 5% obligatorio del monto solicitado para gastos asociados a dicha evaluación. De forma general, las calificaciones de los proyectos tendrán una escala de 1 a 7, de acuerdo a la siguiente tabla de evaluación objetiva:

- De 1 a 2: Muy malo. - De 2 a 3: Malo. - De 3 a 4: Insuficiente. - De 4 a 5: Suficiente. - De 5 a 6: Bueno. - De 6 a 7: Muy bueno.

Ahora bien, en lo que concierne a los factores de calificación a los que deberán acogerse los proyectos, cabe indicar que éstos se ponderarán según la siguiente tabla:

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ANÁLISIS TÉCNICO DEL PROYECTO

1. PROBLEMÁTICA A INTERVENIR (20%)

Ítem de Análisis Técnico

A. El proyecto identifica claramente, con información cuantitativa, confiable y verificable, la naturaleza y magnitud del problema que se pretende abordar, y su expresión en el territorio a intervenir. (30%)

B. El proyecto es pertinente de acuerdo a la situación socio delictual del territorio que pretende intervenir. (40%)

C. Se explica la forma en que el proyecto contribuirá a resolver la problemática descrita. (30%)

2. CALIDAD DEL PROYECTO (30%)

Ítem de Análisis Técnico

D. Existe una relación lógica y coherente entre el problema que se aborda y los objetivos generales y específicos del proyecto. (20%)

E. El proyecto identifica, describe y cuantifica adecuadamente el territorio focalizado y la población objetivo que será beneficiada por la intervención. (15%)

F. La metodología de intervención propuesta (conceptos claves, etapas, actividades de la intervención y coordinación con redes) es coherente con los objetivos planteados y con las orientaciones técnicas. (15%)

G. Las actividades propuestas en el proyecto son coherentes con el plazo de ejecución (Carta Gantt). (15%)

H. Existe coherencia entre la metodología, las líneas de intervención, las etapas y actividades del proyecto. (15%)

I. El proyecto presenta coordinaciones institucionales y/o comunitarias que servirán como red de apoyo al mismo. (20%)

3. NECESIDAD Y COHERENCIA PRESUPUESTARIA (10%)

Ítem de Análisis Técnico

J. El presupuesto del proyecto presenta información financiera, técnica o estadística adecuada respecto de la necesidad de financiamiento, como de los objetivos planteados, las metas y la cobertura propuesta. (40%)

K. El proyecto cumple con los requisitos y restricciones de gastos. (30%).

L. El equipo ejecutor propuesto en el proyecto se adecua a las necesidades de la intervención, en cuanto al número de integrantes, perfil profesional de éstos y las remuneraciones a percibir. (30%)

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4.VARIABLES Y RESULTADOS ESPERADOS DEL PROYECTO (10%)

Ítem de Análisis Técnico

M. El proyecto define y justifica la(s) variable(s) y/o factor(es) de seguridad pública que serán afectadas por la intervención propuesta. (50%)

N. Los resultados esperados presentados por el proyectos son factibles según lo planteado. (50%)

5. PERTINENCIA DE LA INTERVENCION (30%)

Ítem de Análisis Técnico

O. El proyecto se enmarca en un territorio caracterizado por alta frecuencia de delitos. Evaluación asignada en función de los casos policiales 2011. (70%)

P. El proyecto se enmarca en un territorio carente de recursos para la ejecución de iniciativas como la presentada. Evaluación asignada en función de la disponibilidad presupuestaria por habitante. (20%)

Q. Respecto a la comuna donde se llevará a cabo la totalidad o mayor parte de la intervención, se cuenta con carta de compromiso y apoyo del municipio, el cual es garante de las necesidades de la comunidad local. (10%)

6. PLAN E INSTRUMENTO DE EVALUACION (sólo para proyectos de la temática de Innovación)

Ítem de Análisis Técnico

R. El proyecto presenta un plan e instrumento de evaluación factible de aplicar y coherente con las variables, indicadores y objetivos planteados del proyecto.

La calificación del punto “6. El Plan e Instrumento de Evaluación”, exclusivo para los proyectos de Innovación, ponderará un 10% de la nota final mientras que el resultado de los otros cinco puntos mantendrá su misma proporción dentro del 90% restante. La pauta recién expuesta será utilizada en dos instancias que se detallan en los siguientes puntos, a saber: Comité Técnico y Comité de Expertos, y la calificación de la misma será el promedio entre ambas instancias. En caso que el Experto no se pronunciase respecto a la calificación, la Subsecretaría entenderá que se está asintiendo la opinión del Técnico. 29. COMITÉ TÉCNICO. La etapa del Comité Técnico consiste en una primera evaluación técnica de los proyectos por parte de un equipo de profesionales con experiencia en evaluación de proyectos y formación en seguridad pública de la Subsecretaría, quienes calificarán y realizarán recomendaciones técnicas y metodológicas a todos los proyectos admisibles, conformado por los Jefes de Divisiones y Departamentos de la Subsecretaría, o quienes éstos designen al efecto. La designación del equipo referido será mediante la emisión de un documento emanado de la Coordinación del Fondo, en el cual se manifestará la composición del Comité Técnico. El número de

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integrantes del Comité Técnico será definido en función del total de proyectos admisibles que se presenten. Una vez evaluados los proyectos por el Comité Técnico, y consolidados los datos de las calificaciones propuestas, pasarán la totalidad o parte de ellos al Comité de Expertos, que se describe en el punto siguiente. La cantidad de proyectos que pasarán a dicha segunda etapa será determinada de acuerdo al número de proyectos admisibles y sus calificaciones. 30. COMITÉ DE EXPERTOS. El Comité de Expertos será integrado por reconocidos académicos y/o expertos relacionados a las políticas públicas o de seguridad ciudadana, y será presidido por el Subsecretario de Prevención del Delito. La designación del referido Comité será mediante la emisión de un documento emanado de la Coordinación del Fondo, en el cual se manifestará la composición final de dicho cuerpo colegiado, cuyos nombres serán comunicados a los postulantes, mediante publicación en la página web www.fnsp.cl. Dicho Comité realizará una segunda evaluación técnica de los proyectos. De ser necesario realizarán recomendaciones técnicas y metodológicas. 31. FACULTADES DE LOS COMITÉS. Se generará un listado preliminar de ganadores, el cual podrá ser corregido, de acuerdo a las recomendaciones del Comité Técnico y de Expertos. En ese sentido los proyectos podrán ser ajustados en sus montos, para velar por el correcto uso de los recursos públicos, como también, podrán ser corregidos con objeto que la asignación de recursos beneficie a un grupo diverso de postulantes y a un universo amplio de poblaciones. Por otra parte los Comités podrán retirar un proyecto de la presente Convocatoria, siempre de forma fundada, en los casos siguientes: a) Cuando se proponga satisfacer una demanda que ya se abarca con otro programa de Gobierno; b) Cuando se proponga satisfacer una demanda que se abarcará con otro proyecto, mejor evaluado, dentro de la presente Convocatoria; c) Cuando el proyecto no sea atingente a los objetivos planteados por el Plan Chile Seguro; d) En caso que la entidad incurra en las inhabilidades y/o incumpla las condiciones establecidas en las presentes Bases. Por último, en esta etapa, los Comités, podrán participar en la aplicación de criterios para una distribución del Fondo de acuerdo a principios de necesidad, de maximización de los beneficios sociales y de satisfacción de las necesidades locales en términos de seguridad ciudadana, pudiendo promocionar la participación de los principales actores locales y otros actores sociales, limitar la cantidad de proyectos a adjudicar a una misma entidad; definir un porcentaje mínimo a entregar por tipo de entidad, por temática y/o por territorio, y/o considerando variables poblacionales de los territorios, índices de victimización, población beneficiaria, casos policiales y toda aquellas variables atingentes con los criterios antes señalados. Finalmente, la Subsecretaría, a proposición de los Comités, podrá declarar desierta toda o parte de esta Convocatoria, por motivos fundados, no existiendo obligación de indemnizar a los postulantes.

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Los proyectos serán seleccionados y adjudicados por medio de la dictación del correspondiente acto administrativo que así lo sancione. 32. INCOMPATIBILIDADES APLICABLES A MIEMBROS DEL COMITÉ TÉCNICO Y DE EXPERTOS. En caso de que algún miembro del Comité Técnico o del Comité de Expertos sea cónyuge, hijo, adoptado, o tenga parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado, o de parentesco por afinidad en segundo grado, con alguno de los postulantes de la presente Convocatoria, deberá inhabilitarse en la evaluación del proyecto presentado por aquel postulante. Queda expresamente prohibido a los miembros del Comité Técnico o del Comité de Expertos, participar a título remunerado o gratuito en la elaboración o ejecución de los proyectos seleccionados. De forma excepcional se aceptará que los Expertos, en su calidad de reconocidos académicos y/o expertos relacionados a las políticas públicas o de seguridad ciudadana, participen en la presente Convocatoria, a través de las instituciones que representan, siempre y cuando se cumplan copulativamente las siguientes condiciones:

No califiquen proyectos de las temáticas en que sus instituciones hayan presentado. No califiquen proyectos presentados por un tipo de entidad similar a las suyas. Se abstengan de emitir opiniones o sugerencias respectos a criterios que puedan

beneficiar el o los proyectos que presentaron sus instituciones. 33. INFORMACIÓN DE RESULTADOS. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de término del proceso de selección y asignación de fondos, la Subsecretaría publicará en la página web www.fnsp.cl la nómina de los proyectos ganadores, incluyendo el nombre de la entidad postulante, código del proyecto, área temática y los recursos asignados. La Subsecretaría procederá a informar a los titulares cuyos proyectos resulten seleccionados, por medio de correo electrónico enviado a la dirección indicada en la Ficha de Inscripción del proyecto. Con todo, la ejecución de los proyectos adjudicados a entidades privadas sin fines de lucro podrá ser encargada a un Municipio, siempre y cuando, la entidad privada adjudicataria presente a la Subsecretaría de Prevención del Delito una carta compromiso suscrita por el Alcalde de la Municipalidad respectiva, en la que se obligue a asumir la ejecución del proyecto adjudicado. En el caso descrito, el respectivo Convenio deberá celebrarse entre la entidad privada sin fin de lucro que presentó el proyecto adjudicado, la Municipalidad que asume la ejecución del proyecto respectivo y la Subsecretaría de Prevención del Delito.

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IV. DE LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS Y EJECUCIÓN. 34. SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO. A partir de la fecha de publicación de los resultados de la Convocatoria, comenzará a correr un plazo de diez (10) días hábiles para que el representante legal de la entidad seleccionada, o su representante debidamente autorizado, concurra a la Subsecretaría a suscribir el convenio de ejecución del respectivo proyecto. Dicho plazo será prorrogable únicamente ante hechos constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor de acuerdo a lo señalado en el artículo 45 del Código Civil o el impedimento provenga de causas ajenas a la voluntad del adjudicatario. Según el tipo de entidad adjudicataria, la documentación que deberá ser presentada para la firma del convenio es la siguiente: Municipalidades:

Documento que acredite la representación legal del Alcalde. Fotocopia simple del Rol Único Tributario del Municipio. Antecedentes curriculares del Coordinador Responsable del proyecto.

Entidades privadas sin fines de lucro:

Póliza de Seguro o Boleta de Garantía Bancaria. Documentos que acrediten la representación legal y facultades de quien(es)

suscribirá(n) el Convenio respectivo. Fotocopia simple del Rol Único Tributario de la entidad adjudicataria del proyecto. Antecedentes curriculares del Coordinador Responsable del proyecto.

Es importante señalar que si las declaraciones juradas ante notario que se hayan presentado al momento de postular no fueron las originales, se deberán entregar las versiones originales en esta etapa. La documentación que se presente en esta etapa, no debe tener una fecha de emisión superior a 60 (sesenta) días contados desde su presentación. 35. CONTENIDO DEL CONVENIO. El Convenio de Ejecución del Proyecto seleccionado consignará los derechos y obligaciones de las partes que lo suscriben, y contendrá, a lo menos, las siguientes menciones:

a) La individualización completa de las partes y del proyecto seleccionado. b) El monto de los fondos adjudicados al proyecto, forma de transferencia, cantidad de cuotas

mediante las cuales se transferirán los recursos, y la obligación de que éstos sean destinados exclusivamente al cumplimiento de los objetivos previstos en el proyecto.

c) El presupuesto final aprobado del proyecto, detallado por ítem. d) Las garantías exigidas para asegurar su cumplimiento, extendidas según lo previsto en el

punto 37 de las presentes Bases.

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e) Las sanciones administrativas y judiciales derivadas de su incumplimiento. f) Los plazos y la forma de presentación de los Informes de Avance, el Informe que libera el

Financiamiento Adicional y el Informe Final del proyecto. El contenido y oportunidad de cada informe se señalará previa y expresamente en cada contrato, de acuerdo a las necesidades del proyecto de que se trate.

g) La forma de rendir los gastos efectuados y la documentación exigida para su debida acreditación y respaldo, los plazos para la rendición de cuentas y las sanciones por incumplimiento. Con todo, la rendición de cuentas debe ajustarse a lo previsto en la Resolución N° 759 de 2003, de la Contraloría General de la República, o la que se dicte al efecto.

h) La publicidad del Fondo, señalando que se debe exhibir, de manera visible y clara, que las obras, bienes o actividades de los proyectos seleccionados se financian con el aporte del Fondo.

i) Toda otra mención que resguarde los intereses de la Subsecretaría. La redacción del convenio y su contenido final serán definidos por la Subsecretaría. Anexo a dicho convenio irá la versión final aprobada del proyecto, el cual podrá ser corregido por la Subsecretaría, previo aviso a la entidad adjudicataria, en cuanto al cumplimiento de las cláusulas de las presentes Bases, como así, la Subsecretaría podrá solicitar información adicional a la entidad adjudicataria respecto a su proyecto. 36. VIGENCIA DEL CONVENIO. El Convenio de Ejecución del Proyecto seleccionado comenzará a regir sólo una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe, a contar de la fecha de la transferencia de los recursos, y regirá hasta su completa ejecución de conformidad al plazo señalado en el mismo. El plazo se expresará en meses y corresponderá a la duración declarada por el postulante o corregida en su defecto en la versión final aprobada del proyecto, aumentada en tres meses. 37. ENTREGA DE LOS RECURSOS Y GARANTÍA. Una vez suscrito el convenio de ejecución y tramitado totalmente el acto administrativo que lo apruebe, serán entregados los recursos por la Subsecretaría a través de depósito en la cuenta bancaria de la entidad ejecutora. A los proyectos de hasta $40.000.000 se les transferirán los recursos en una única cuota. A los proyectos con financiamiento adicional adjudicado (hasta $80.000.000 en total), se les transferirán los recursos en dos cuotas. El monto de cada cuota dependerá de lo declarado por el postulante o lo corregido en su defecto en la versión final aprobada del proyecto. De forma excepcional las entidades privadas sin fines de lucro que se adjudiquen proyectos de entre $5.000.000 y $40.000.000 podrán solicitar, fundadamente, la transferencia de los recursos en dos cuotas iguales; la primera a ser entregada una vez suscrito el convenio de ejecución y tramitado totalmente el acto administrativo que lo apruebe, y la segunda en diciembre de 2012. La solicitud fundada para la transferencia en dos cuotas deberá señalar que las cuotas sean iguales y que aquello no perjudica la correcta ejecución del proyecto. En todo caso, la transferencia de la segunda cuota estará supeditada a la entrega, por parte de la entidad beneficiaria, en el mes de noviembre de 2012, de un Informe de Ejecución de Actividades y Gastos asociados al proyecto. La Subsecretaría

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deberá aprobar los respectivos informes de ejecución dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su entrega, o en su defecto, formular observaciones al mismo o rechazarlo, caso en que se revocaría la transferencia de la segunda cuota. Los proyectos de entidades privadas sin fines de lucro deberán garantizar, mediante Póliza de Seguro o Boleta de Garantía Bancaria, el 100% del valor de la única cuota o de la primera cuota, la cual deberá tomarse por el período total de duración del proyecto, aumentado en 120 días corridos y deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable a favor de la Subsecretaría de Prevención del Delito. La glosa que debe contener cada garantía será del siguiente tenor: “El presente documento se extiende para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de ejecución del proyecto (señalar código del proyecto)”. 38. CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO. La Subsecretaría podrá poner término anticipado a los convenios respectivos, suspendiendo total o parcialmente, la entrega de recursos y ordenará la adopción de las medidas correspondientes para hacer efectiva la garantía otorgada por el responsable del proyecto y obtener el reintegro de los recursos transferidos, sin perjuicio del derecho de accionar judicialmente para obtener la restitución de los fondos adjudicados y entregados, en el evento que concurra alguna de las siguientes causales:

a) Porque la entidad responsable no inicia oportunamente la ejecución del proyecto en el plazo indicado en el Convenio.

b) Por disolución de la entidad de derecho privado sin fin de lucro responsable del proyecto. c) Por presentarse un estado de notoria insolvencia de la entidad responsable. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Por fuerza mayor. f) Por incumplimiento de las obligaciones contempladas en las presentes Bases. g) Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio de Ejecución del

Proyecto, por causas o hechos imputables a la entidad responsable. h) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.

39. CONTROL DE LA EJECUCIÓN. La Subsecretaría estará facultada para fiscalizar y supervisar la adecuada ejecución de los proyectos seleccionados, verificando para estos efectos el estricto cumplimiento de la Resolución N° 759 del año 2003, de la Contraloría General de la República, de las Bases de la presente Convocatoria y del Convenio de Ejecución del Proyecto suscrito. Dicha Resolución estará disponible a través de la página web www.fnsp.cl. Las entidades ejecutoras deberán disponer las medidas conducentes a facilitar las acciones de supervisión, auditoría y evaluación de los proyectos, tanto en sus aspectos técnicos como administrativo-financieros, manteniendo a disposición de éste la documentación e información que dé cuenta de las actividades y etapas de ejecución de los proyectos. Asimismo, en el evento que alguna de las entidades receptoras de los recursos no diese cumplimiento a la ejecución del proyecto respectivo, en los términos indicados en las letras a), b) y c), del punto N° 41 de las presentes Bases, la Subsecretaría podrá inhabilitar a la entidad postulante y su responsable para presentar proyectos hasta por dos (2) años a cualquiera de los fondos y programas administrados por la Subsecretaría, contados desde la fecha de notificación por carta

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certificada de la respectiva resolución en que se declare la inhabilidad, ello, sin perjuicio de las eventuales responsabilidades civiles o penales que pudiesen concurrir. En la eventualidad que el proyecto no pueda continuar su ejecución por un hecho constitutivo de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado por el ejecutor del proyecto, la entidad devolverá los recursos adjudicados que no hayan sido aún ejecutados, poniéndose, por este sólo hecho, fin al contrato suscrito entre las partes. 40. DEVOLUCIÓN DE REMANENTES DE RECURSOS. En el caso de existir recursos remanentes, una vez ejecutado íntegramente el proyecto en los términos señalados en el Convenio o en su respectiva readecuación presupuestaria aprobada, éstos deberán ser reintegrados a la Subsecretaría en un plazo máximo de 30 días, contados desde el término del plazo de vigencia del Convenio. 41. CERTIFICACIÓN DE EJECUCIÓN TOTAL DE PROYECTO. La Subsecretaría certificará la total ejecución del proyecto seleccionado, siempre y cuando concurran conjuntamente los siguientes requisitos:

a) Ejecución íntegra de todas las actividades comprometidas en el proyecto seleccionado, o en su respectiva readecuación debidamente autorizada.

b) Aprobación del Informe de Sistematización Final por parte de la Subsecretaría.

c) Rendición satisfactoria de los recursos adjudicados.

Certificada la ejecución total del proyecto seleccionado, la Subsecretaría procederá a devolver las garantías entregadas por el responsable al momento de suscripción del Convenio, en un plazo máximo de 30 días contados desde la certificación de la ejecución total del proyecto. Las garantías serán entregadas en dependencias de la Subsecretaría de Prevención del Delito, ubicadas en Agustinas 1235, piso 2, comuna y ciudad de Santiago.