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FLETES MARITIMOS ROXANA HUFFINGTON

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Muestra Los tipos de fletes, recargargos

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Page 1: FLETES MARITIMOS

FLETES MARITIMOS

ROXANA HUFFINGTON

Page 2: FLETES MARITIMOS

TERMINOS QUE HACEN PARTE DEL FLETE

• Flete basico: está vinculado al alquiler de un medio de transporte. Es el costo de efectuar el transporte marítimo de un puerto a otro. En esta tarifa se consideran los términos de embarque que condicionan el costo final del flete básico.

• Liner Terms: En términos de línea o de muelle implica que las operaciones de carga, estiba, desestiba y descarga están cotizadas dentro del flete. Se excluyen el costo de las operaciones previas al gancho en la carga y posteriores a éste en la descarga.

• Contratación F.I. (Free In): Implica que los gastos correspondientes a la operación de carga no están incluidos en el flete y correrán por cuenta de la mercadería. Sí están incluidos los gastos de estiba y descarga.

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•Contratación F.I.O.S.T. (Free In and Out and Stowed and Trimmed): Ídem al anterior, pero excluye el gasto de paleo del grano por cuenta del transportista, quedando a cargo de la mercadería. •Contratación F.I.O.S. (Free In and Out and Stowed): El flete cotizado no incluye los gastos de las operaciones de carga, descarga y estiba. •Contratación F.I.L.O. (Free In, Liner Out): Los gastos de carga son por cuenta de la mercadería y los gastos de descarga por cuenta del armador o transportista. •Contratación L.I.F.O. (Liner In, Free Out): Los gastos de carga son por cuenta del armador o transportista y los gastos de descarga por cuenta de la mercadería.•Contratación F.I.S.L.O. (Free In and Stowed, Liner Out): El flete cotizado no incluye las operaciones de carga y estiba. La descarga en condiciones de línea, es decir por cuenta del armador. •Flete ALL IN: Flete que incluye todas las operaciones de embarque / desembarque, estiba / desestiba, tracción hasta el terminal de almacenamiento u almacén.

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FACTORES QUE INTERVIENEN EN LA FIJACION DEL FLETE

Naturaleza del producto. Tonelaje que ha de transportarse. Disponibilidad de la carga. Posibilidad de robo. Posibilidad de daño. Valor de la mercancía. Tipo de embalaje. Estiba. Relación peso-medida. Peso excesivo. Largo excesivo. Competencia de productos de otras fuentes de abastecimiento. Cargas por vías alternas.

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Competencias con otros transportistas. Costos directos de operación. Distancias entre puertos. Costos de manipulación de la carga. Uso de ayudantes. Necesidades de entregas o servicios especiales. Cargos fijos en determinadas etapas del transporte. Seguros. Instalaciones portuarias. Reglamentaciones portuarias. Cobros y derechos de puertos. Derechos de canales. Localización de puertos. Posibilidad con contar con carga de regreso.

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LIQUIDACIONES DE FLETE

A los efectos de liquidación de los fletes, el sistema métrico en el modo marítimo se basa en la relación peso-volumen es de 1 a 1. Es decir una tonelada es equivalente a 1 metro cúbico.

Es posible negociar, en todos los tráficos, tarifas por contenedor completo. En este caso, las mismas se denominan “box rates” y están todos los costos de subida a bordo y estiba.

El término All in, especifica que todos los costos de la expedición marítima están incluidos en el flete. Estos son el recargo por combustible y el alquiler del contenedor.

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Este alquiler se limita a unos pocos días antes de la carga a buque y, generalmente, a cinco días luego de la descarga del buque en destino.

Dependiendo del origen o destino, los gastos de tierra, comúnmente denominados Terminal Handling Charge, corren por cuenta de la cara.

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En los buques de línea regular, por regla general, los fletes son negociados en condiciones llamadas “Liner terms” o términos de línea. Esto incluye la mano de estiba tanto en muelle como en bodega, desde el gancho y hasta el mismo en destino. A partir de allí, la carga deberá pagar los servicios de estiba de tierra.

Terminal Handling ChargeManejo de la carga o contenedor. Valor por tonelada, metro cúbico o por contenedor.Tasas a las cargas.Valor por tonelada de peso bruto de mercadería.Manipuleo de contenedor vacío.Recepción o entrega de la unidad vacía en la terminal.

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El flete marítimo en servicios de línea regular está definido en dólares (US$) por cada tonelada o metro cúbico (lo que más convenga al naviero) y de acuerdo al producto. Cubre el traslado de la mercancía desde el costado del buque en el puerto de origen hasta igual punto en el puerto de destino.

El flete está conformado por una tarifa básica para cada producto y una gama variable de recargos aplicables por tráfico y para todas las mercancías movilizadas en cada uno de ellos. • La tarifa básica: es el valor específico de transporte de un producto

determinado entre dos áreas geográficas.

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Los recargos son factores de ajuste a la tarifa básica que compensan las variaciones en los costos o en las condiciones de operación. Los más utilizados actualmente son:

• El recargo monetario (currency adjustment factor CAF): aplicable en los tráficos con Europa y el Lejano Oriente busca compensar las variaciones en la relación de cambio entre el dólar y las demás monedas extranjeras. Se aplica como un porcentaje de la tarifa básica.

• El recargo de combustible (Bunker Adjustment Factor – BAF): busca compensar las variaciones en el precio del combustible y se establece como un valor en dólares por cada unidad de flete (tonelada o metro cúbico, según como se esté liquidando en cada caso el flete).

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NOTAS ADICIONALES

Pueden existir adicionalmente recargos de carácter portuario para compensar incrementos en la congestión del puerto o disminución en la productividad de las operaciones. En tales eventos el naviero establece una cantidad determinada en dólares por cada unidad de peso o volumen .

Para mercancías extrapesadas o extradimensionadas se cobran recargos en dólares por cada tonelada o por cada metro que exceda los límites establecidos (5 Ton. por pieza y 12 metros de longitud).

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Cuando se trata del transporte de mercancías en contenedor, el flete puede ser establecido como un valor integral por contenedor (All in) o como una liquidación normal (tarifa básica mas recargos) que incluya el arriendo del contenedor y sujeto a una mínima utilización del mismo. En todos los eventos el agente marítimo que representa a cada naviero le suministrará al embarcador los valores que incluye la liquidación y su magnitud.

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EJEMPLOS

Barranquilla - Hamburgo – Algodón: Tarifa Básica = US$180 x Ton. o m³. Recargo monetario = 20% del valor de la tarifa básica. Recargo por combustible = US$ 10 x Ton. o m³.

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Cartagena - New York -- Telas Vinílicas:

Tarifa Básica = US$120 por cada 2000 libras o 40 pies³. Recargo por combustible=US$6 por cada 2000 libras o 40 pies³ . Recargo portuario = US$9 por cada 2000 libras o 40 pies³. Recargo documentación = US$ 25 por cada B/L.