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contratos de trabajo

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  • 16-06-14

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    Contratos de Trabajo

    Carlos Viviani Msc. Ergonoma

    Contrato de trabajo

    Es una convencin (acuerdo de voluntades) por la cual el empleador y el trabajador dependiente se obligan recprocamente, ste a prestar servicios bajo dependencia o subordinacin del primero y aqul a pagar por estos servicios, una remuneracin determinada.

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    Contratos de trabajo

    Obligatorio existencia un documento escrito, para que las condiciones de trabajo de todo Jpo de trabajador (servicios, remuneraciones, horarios, etc.) queden esJpuladas.

    Contrato debe considerar Fecha y lugar donde se rma el contrato.

    Individualizacin de ambas partes (empleador y empleado) considerando: RUT, nombres, apellidos y domicilio.

    Fecha de inicio de acJvidades.

    Funciones que debe realizar el trabajador.

    Extensin de la jornada laboral.

    Tipo de remuneracin y monto bruto de sta.

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    Contrato debe considerar Especicar la forma en que el empleado podr hacer uso de su

    derecho a descanso semanal. Precisar si el trabajador ser beneciado con aguinaldos, bonos y

    asignacin de locomocin u otros benecios adicionales que el empleador les da como: alimentos, casa habitacin u otros.

    Duracin del contrato (en caso de ser a plazo jo, indicar cundo

    expira). Especicar si el trabajador vivir en la casa del empleador. Debe contener la rma de ambas partes.

    Tipos de trabajadores

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    Trabajador independiente

    Presta servicios a una o ms personas sin que lo vincule un contrato de trabajo no se congura una relacin de subordinacin y dependencia

    predomina el trabajo intelectual por sobre el material

    Trabajador dependiente

    Presta servicios a un empleador bajo contrato de trabajo cualquiera que ste sea-, a parJr del cual nace una serie de obligaciones para ambas partes.

    Hay vnculo de subordinacin y dependencia, por lo que corresponde suscribir un contrato de trabajo.

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    En la formalizacin del contrato debe quedar claramente establecido qu Jpo de contrato se trata.

    La ley contempla tres Jpos de contratos: a plazo jo, por obra o faena e indenidos.

    Contrato Indenido

    Es el contrato "de planta", ya que por su carcter slo se le puede poner trmino por renuncia, despido o muerte del trabajador.

    La ley exige que una vez al ao dicho contrato se actualice.

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    Contrato a plazo jo

    Como su nombre lo indica, es aquel que se dene porque, independientemente de la naturaleza del trabajo, Jene un plazo mximo de extensin, es decir, existe certeza respecto de la fecha de trmino.

    Contrato a plazo jo Duran como mximo 1 ao.

    Expiran por el cumplimiento del plazo mximo (empleador puede poner n anJcipado, pero deber pagar el total de las remuneraciones hasta la fecha original del vencimiento)

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    Contrato a plazo jo

    Admiten una sola renovacin debe ser dentro del ao (incluida la renovacin no puede en total superar un ao de extensin)

    Contrato a plazo jo

    Si hay una segunda renovacin, o la persona sigue desempeando sus tareas con el conocimiento del empleador ms all del ao, automJcamente pasa a ser un contrato indenido.

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    Contrato plazo jo: excepciones

    Trabajadores que ocupan cargos ejecuJvos (gerentes, por ejemplo) o bien Jenen un btulo profesional o tcnico. Para ellos, este contrato permite una duracin mxima de dos aos.

    Contrato plazo jo: excepciones

    Indemnizacin por aos de servicio corre transcurrido un ao en el cargo (si despiden antes de cumplir el ao, aunque tenga contrato indenido no tendr derecho a indemnizacin, salvo que en su contrato de trabajo haya pactado algo disJnto.)

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    Contrato plazo jo: excepciones

    Igualmente se admite una sola renovacin. La segunda da origen a un contrato indenido

    Contrato plazo jo: excepciones

    En muchas empresas se da la modalidad de contratar a tres meses plazo jo con una segunda renovacin por otros tres meses. Eso es perfectamente legal.

    Al cabo de ese Jempo, el trabajador puede ser desvinculado o bien conJnuar, pero ya en forma indenida.

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    Contrato por obra o faena

    Se caracteriza por: UJlizarse para contratar a alguien para desempear una tarea determinada, pero que no sabe con certeza en qu momento del Jempo concluir.

    Obra o faena

    No Jene duracin limitada en el Jempo. No Jene lmite de renovaciones.

    Se exJngue cuando se pone trmino a la obra o faena que le dio origen.

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    Cmo se u:liza el contrato por obra o faena?

    Debe especicar claramente la obra o faena a desempear y el moJvo por el cual a dicha obra o faena se le pondr trmino (debe ser una causal objeJva que no se preste para equvocos).

    Cmo se u:liza el contrato por obra o faena?

    Es importante que las personas que va a contratar bajo esta modalidad realicen una labor que corresponda a la naturaleza de este Jpo de contrato.

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    Cmo se u:liza el contrato por obra o faena?

    Este Jpo de contratos se uJliza mucho en la construccin para desarrollar proyectos inmobiliarios especcos-

    Cmo se u:liza el contrato por obra o faena?

    Tambin para contratar reemplazos de trabajadores que volvern a sus trabajos pero no se Jene fecha cierta de cundo Ej: postnatal o aquellos que van al extranjero a perfeccionarse y no se sabe bien cundo retornarn

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    Contrato a honorarios Acuerdo o convenio donde una

    persona se compromete a prestar, por un Jempo determinado, un servicio especco a otra, la cual a su vez se obliga a pagar por el servicio prestado.

    Este contrato se congura cuando no existe una relacin de subordinacin y dependencia, y por lo tanto no corresponde vincular al trabajador y al empleador por medio de un contrato de trabajo.

    Contrato a honorarios

    El Jempo de duracin de este contrato es el que toma realizar o prestar el servicio que se acord por parte del trabajador.

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    Contrato a honorarios

    Debido a que el contrato se rige por leyes civiles y no laborales, es el trabajador quien debe proceder a realizar las coJzaciones previsionales, no el empleador.

    Contrato a honorarios

    El trabajador debe presentar una boleta de honorarios al trabajador con el n de obtener la remuneracin por servicios prestados.

    Empleador debe retener el 10% de la remuneracin acordada para impuestos.

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    Si entre el trabajador contratado a honorarios y el empleador se cons:tuye un vnculo de subordinacin y dependencia, el empleador puede verse obligado a cons:tuir un contrato de trabajo

    Cundo hay subordinacin o dependencia?

    Obligacin de asistencia al trabajo; diaria o en los das que se designen en el contrato.

    Cumplimiento de horario.

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    Cundo hay subordinacin o dependencia?

    Que trabajador se encuentre bajo super vigilancia y scalizacin inmediata en el desempeo de sus funciones.

    Cundo hay subordinacin o dependencia?

    Obligacin de seguir las instrucciones, rdenes o directrices imparJdas por el empleador; que implique posibilidad de ser amonestado por el empleador en caso de desobediencia o incumplimiento. etc.