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fiiñacot INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES INSURGENTES SUR 452; COL. ROMA SUR, DELEG. CUAUHTÉMOC, C.P. 06760, TELEFONO 52 65 74 00 EXT. 7611 CONTRATO- PEDIDO STPS S[CRE'li\.lÚA l)f:I. TRAHAJO Y 'PRlVISIÓN SOCIAi. ~ '-, ¿ ,_ ? NO. DE SOLICITUD: 10001684 FECHA DE CELEBRACION VIGENCIA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION: ADJUDICACION DIRECTA AÑO: MES: DIA: DEL: 01 .08.2018 FUNDAMENTO LEGAL: ART 41 FRACC. 1 DE LA LAASSP NO. DE PEDIDO: 4500001335 2018 07 31 AL: 10.10 . 2018 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CAAS 2018 PROVEEDOR : 100002377 CONFEDERACION PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA. LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO: Centro de Convenciones y DOMICILIO: INSURGENTES SUR 950 INT.1-2 COL. DEL VALLE, DELEG. BENITO JUAREZ C.P . 03100, CD. DE MÉXICO Exposiciones de To luca. ubicado en: Miguel Alemán Va l dés 175, San Pedro R.F.C .: CPR290926CV5 Totoltepec, 50226 Toluca de Lerdo, x. GARANTIA DEL SERVICIO : FECHA DE LA PRESTACION DEL SERVICIO: GARANTIA DE CUMPLIMIENTO: EL DIA 10.10.2018 SI X NO MONTO : 100,000 .00 No. PARTIDA DESCRIPCl --N" C>E"COS' "BIENES/SERVIClOS C;ttNTIDAO úNID7'O M$'NTO Y!'.i!LARI .. Q 01 38401 "EXPOSICIONES" "PARTICIPACION DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES EN EL IBF INOVAT/ON & BUSSINES FORUM" SER 1,000,000.00 QUE COMPRENDE.- Participación de evento : El Instituto Fonacot, participara en el I BF ln ovation & Bussines Forum , organizado por la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX), por medio de un stand en el cual personal del In stituto tendrá un trato más personalizado hacia los asistent es a dicha evento el cual incluye los siguientes elementos: Antes del evento: Lego en flyer Lego en sitio web Lego en campañas E-mailing Lego en escenografía de rueda de prensa Derecho de uso de imagen del evento Agradecimiento en redes socia le s (you tube, Face book, twitter) Durante el evento Lego en back y en Counter de registro Lego en gafet es Lego en impresos del evento Lego en loop en escenografía principal Lego de señalética Lego en banners del recinto Banner con lo en eventos sociales Distribución de papelería de la empresa en the welcome pack Espacio para stand y servicios de stand brindados por el recinlo 6x3 Derecho a ll evar edecanes para su stand Video corporalivo antes de una ponencia Dere cho a carnets ( 4) Lego en cubre respaldos de asientos 4 banners de la empresa en Salón de Negocios - Lego en playeras de staff Loop en pantallas zona VIP TIEMPOS DE ENTREGA. - La fecha de entrega del servicio será de acuerdo a la información proporcionada por el administrador del evento. IMPORTE CON LETRA: UN MILLON DE PESOS 001100 M.N. ANTICIPO: NIA - C. Francisco Javier L ópez Díaz Representante Legal Después del evento Lego en e-mail a la base de datos de quien asistió al evenlo. Lego en video memoria del evento SUBTOTAL I.V.A. ación Mercados. TOTAL MONTO IOTA!,, _ 1,000,000.00 1,000,000.00

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fiiñacot INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES INSURGENTES SUR 452; COL. ROMA SUR, DELEG. CUAUHTÉMOC, C.P. 06760, TELEFONO 52 65 74 00 EXT. 7611

CONTRATO- PEDIDO

STPS S[CRE'li\.lÚA l)f:I. TRAHAJO

Y 'PRlVISIÓN SOCIAi.

~ '-, ¿,_ ?

NO. DE SOLICITUD: 10001684

FECHA DE CELEBRACION VIGENCIA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION: ADJUDICACION DIRECTA AÑO: MES: DIA: DEL: 01 .08.2018 FUNDAMENTO LEGAL: ART 41 FRACC. 1 DE LA LAASSP

NO. DE PEDIDO: 4500001335

2018 07 31 AL: 10.10.2018 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CAAS 2018

PROVEEDOR: 100002377 CONFEDERACION PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA. LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO: Centro de Convenciones y

DOMICILIO: INSURGENTES SUR 950 INT.1-2 COL. DEL VALLE, DELEG. BENITO JUAREZ C.P. 03100, CD. DE MÉXICO Exposiciones de Toluca. ubicado e n: Miguel Alemán Valdés 175, San Pedro R.F.C .: CPR290926CV5 Totoltepec, 50226 Toluca de Lerdo, Méx.

GARANTIA DEL SERVICIO : FECHA DE LA PRESTACION DEL SERVICIO: GARANTIA DE CUMPLIMIENTO: EL DIA 10.10.2018 SI X NO MONTO : 100,000.00

No. PARTIDA DESCRIPCl --N"C>E"COS'"BIENES/SERVIClOS C;ttNTIDAO úNID7'O M$'NTO Y!'.i!LARI .. Q

01 38401 "EXPOSICIONES"

"PARTICIPACION DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES EN EL IBF INOVAT/ON & BUSSINES FORUM"

SER 1,000,000.00

QUE COMPRENDE.- Participación de evento: El Instituto Fonacot, participara en el IBF lnovation & Bussines Forum , organizado por la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX), por medio de un stand en el cual personal del Instituto tendrá un trato más personalizado hacia los asistentes a dicha evento el cual incluye los siguientes elementos:

Antes del evento:

Lego en flyer Lego en sitio web Lego en campañas E-mailing Lego en escenografía de rueda de prensa Derecho de uso de imagen del evento Agradecimiento en redes sociales (you tube, Facebook, twitter)

Durante el evento

Lego en back y en Counter de registro Lego en gafetes Lego en impresos del evento Lego en loop en escenografía principal Lego de señalética Lego en banners del recinto Banner con lo en eventos sociales

Distribución de papelería de la empresa en the welcome pack Espacio para stand y servicios de stand brindados por el recinlo 6x3

Derecho a llevar edecanes para su stand Video corporalivo antes de una ponencia Derecho a carnets ( 4)

Lego en cubre respaldos de asientos 4 banners de la empresa en Salón de Negocios ­Lego en playeras de staff Loop en pantallas zona VIP

TIEMPOS DE ENTREGA. - La fecha de entrega del servicio será de acuerdo a la información proporcionada por el administrador del evento.

IMPORTE CON LETRA: UN MILLON DE PESOS 001100 M.N.

ANTICIPO: NIA

~ -C. Francisco Javier López Díaz Representante Legal

Después del evento

Lego en e-mail a la base de datos de quien asistió al evenlo. Lego en video memoria del evento

SUBTOTAL

I.V.A. ación Mercados. TOTAL

MONTO IOTA!,, _

1,000,000.00

1,000,000.00

Page 2: fiiñacot - fonacot.gob.mx · Amando Mastadl!Aguario, Titular de la Notaria no.121 del entonces Disf1ilo Federal hoy Ciudad de México, facuKades ... cuya vigencia comprenda el periodo

PEDIDO que celebran por u11a parte El INSTITUTO FONACOT, en lo suces ivo "El Instituto" y por la otra "El Prestador del Servicio" , sel1a lado en el anverso del presenle instrumento, al tenor de las Declaraciones y Cféiusulas siguientes:

DECLARAC I ONES

1 DECLARA EL REPRESENTANTE DEL INSTITUTO FONACOT: Que el INSTITUTO FONACOT es un organismo público descentralizado de interés social. con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como con autosuficiencia presupuesta! y sectorizado en la Secretaria del Trabajo y Previsión Socia l, de conformidad con lo establecido en la Ley del lnsUtuto del Fondo Nacfonal para el Consumo de los Trabajadores, publicada en el Diario Oficial Ue la Federación, el 24 de abril del 2006.

11. Que su representado se encuentrn inscrito en el Registro Federal de Co11trlbuyentes de. la Secretada de Hacienda y Créd ito Público, con fa clave IFN060425C53.

111. Que cuenta con facultades legales suficientes para obligar a su representado en los términos y condiciones de este "pedido" como se desprende de la esclitura pública nürnero 214 ,594, del 29 do octubre de 2015 otorgada.ante la fe del Lic. Euliquio López Hemandez, notario público número 35 del entonces Distrito Federal hoy Ciudad de México.

IV. No lenernln9una relación de parenlesco o afinidad con el PRESTADOR en términos de la rracclón XX del Articulo 8º de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

v. Que su represenlado Hene su domicilio en Avenida lnsurgenles Sur No. 452, primer piso, Colonia Roma Sur. C.P. 06'760, De legactón Cuauhtémoc, en la Ciudad de México, mismo que señala para los fines y erectos legales del presente "Pedido".

11.- DECLARA EL REPRESENTANTE DEL PROVEOOR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD: l. Que su rep,esentada se conslttuyo el 26 de septiembre de 1929, de conformidad con lo dispueslo por la fracción

XVI de apartado A del Articulo 123 Constitucional, asi como por los artfculos 356 a 358. de la ley Federal ctel Trabajo y esté registrada ante la Secreta1ia del Trabajo y Previsión Social hajo núrnero 103, expediente 10/3523.

ti. Que cuenta con facuKades legales suficientes para obligar a su rep,esentada en los lérminos y condiciones del instrumento número 105,029 Libro 1753 de fed1a 12 lle noviembre de 2012, otorgada ante la fe del Lic. Amando Mastadl!Aguario, Titular de la Notaria no.121 del entonces Disf1ilo Federal hoy Ciudad de México, facuKades que bajo protesta de decir verdad a la fecha no le han s~o revoc.\das o modificadas y se identifica con su c1edencial para votar con fotografia y clave de elector expedida por el Registro Federal de Electores del 1nstiluto Federal Electoral.

111. Que no tiene impedimento legal alguno para contratar con la Administración Pública Federnl, por lo que manifiesta bojo protesta de decir veidad que no se encuentra en ninguno de los supuestos estahlecklos por el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones. Arrendamienlos y Servicios de l Sector Público, ni participan con ella personas flsicas o morales que se encuentran inhabilitadas por la Sec,etaria de la Función Pública, en Ié11ninos del artículo 60 de la ciada Ley.

tv. Que su representada tiene la expetiencia, capacidad técnica, financiera y legal. asl como los elcmc11tos técnicos, humanos y maletiales para obliyarse al objeto del "Pedido".

v. Que se encuentra al corriente en el cumplhniento de las obligaciones fiscales, en ténninos Ue lo p1evisto en el articulo 32-0 del Código Fiscal de la Federación, de oonformidad con la Opinión de Cumplimiento de obligaciones fiscales presentada en sentido positivo

VI. Que para los fines y erectos legales del presenle "Pedido" señala corno domicilio de su represen lada el ubicado en INSURGENTES SUR 950 INT. 1-2 COL. DEL VALLE, DELEG. BENITO JUAREZ C.P. 03100, CIUDAD DE MÉXICO.

VII. Que declara bajo protesta de decir verdad que su represenlada se encuentra insc,ita en el RC{lislro Federal de Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico bajo el número. - CPR290926CV5

vm. Que se encuentra al corriente en el ó.nnplimiento de sus obligaciones laborales en observancia a lo dispuesto por la regla Quinta del "Acue(!.lo ACDO, SAI.HCT.101214/261.P.DlR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social. relativo a las RC{llas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en msletia de seguridad soclal", publicada en el Diaño Oficla l de la Federación el 27 de febrero de 2015, de confom1idad con la Opinión de Cumplimiento de obligaciones fiscales en Maleria de Segwidad social en sentido positivo.

IX. Que SlJ representada se encuentra al corrlc11\e en c1 cumplimiento de sus obligaciones en materia lle aportaciones patronales y e11tero de descuentos, en observancia a lo dispuesto por el ~Acuerno del H. Consejo de Administración del Instituto del Fontlo Nacional de la Vivienda para los Trahajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de apor1aciones palronales y entero de descuentos~. publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2017. de conformidad con la constancia de situación fiscal emitida por el lnslilulo del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. con fecha 25 de julio de 2018, en el sentkJo de que no se identificaron adeudos ante el INFONAVIT.

X. Que, bajo protesta de decir verdad, manifiesta que su representada se encuentra clasificada corno empresa PEQUEÑA.

XI. Que declara bajo protesta de declrvertlad que su representada no se encuentra dentro del supuesto del articulo 49 fracción lX de lo Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Expuestas las declaraciones anteriores, las partes se sujetan a las siguientes:

CLÁUSULAS . PRIMERA.- OBJETO DEL PEDIDO.- "El Prestador del Servicio" se obliga ante "El Instituto" a realizar la prestación de los servicios c¡ue se describen en el anverso del presente "Pedido".

SEGUNDA.- MONTO.- Las partes convienen que el monto a pagar por el objeto de este "Pedido" es el estipulado en el anverso del mismo, por lo que "El Prestador del Servicio" no podrá exigir por ninglln otro concepto una cantidad mayor.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DEL PAGO DE LOS SERVICIOS.- El INSTITUTO FONACOT pagará al PRESTADOR DEL SERVICIO el coslo de los servicios dentro de los veinte días naturales posteriores a la presenlación de la factura correspondienté, en el domicilio ubicado en Av. Insurgentes 452, Col. Roma Sur, C.P. 06760, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario comprendido de las 09:00 a las 14:30 horas, de lunes a viernes; la factura deberá contener todos los requisllos que establecen las disposiciones fiscales, en los lénninos establecidos en el anverso. mediante depósito interbancario. El INSTITUTO FONACOT no realizará ninglln pago si no han sido prestados previamente los servicios contratados, no se cuenta con la conformidad.del area usuaria , no se entreguen las garanllas o se incumflla con cualquier otro requisito solicitado en el presente Contralo-Pedido.

CUARTA. LUGAR Y FORMA DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS. los servicios con lratados, serán prestados dentro de la fecha o plazo convenidos y en los domicilios .señalados al anverso. Todos los gastos de transpo1tación correrán a cargo del PRESTADOR DEL SERVICIO. la prestación se considerará concluida hasta la recepción de to~ servicios por parte del INSTITUTO FONACOT en los términos y condiciones pactadas en este instrumento y en él o en los luga,es convenidos.

QUINTA. GARANTIA DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS. El PRESTADOR DEL SERVICIO otorga una garanlia por la calidad de los servicios, cuya vigencia comprenda el periodo se1"\alado al anverso, conlando a pailir de la feclHI de e11treya, lendrá por objeto que el PRESTADOR DEL SERVICIO responda por los defectos en sus materiales, mano de obra o vicios ocultos. obligándose a sustitu ir los servicios por otros nuevos y en las mismas condiciones convenidas en el presente Instrumento juriclico. Si el PRESTADOR DEL SERVICIO, denlro de los 15 dias nalurales a la reclamación no sustituye los servicios, se obliga a devolver al INSTITUTO FONACOT el irnpo,te de los servicios pagados y 110 prestados, más los intereses generados a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación de l Ejercicio Fisca l vigente con pena convenciona l, haciendo electiva la fianza de cumplimiento de conlrato. Se procederá de igual manera lralándo~e de saneamiento por evicción.

SEXTA.- GARANTiA DE CUMPLIMIENTO.- Para garantizar las obligaciones de esle "Pedido" "El Proveedor de los Bienes" se obliga a enlregar a "El Instituto" dentro de los 10 (diez} días naturales posteriores a la firma del p1esenle instrumento lega l, una Fianza de cumplimiento, expedida por una lnstilución Affanzadora debidamente autoiizada para ello , a favor del lnstih1to, por la cantidad equiva lente al 10% del monto Total del presente "Pedido". sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, salvo que la entrega de k.ls bienes se realicen dent,o del citado plazo atento a los dispueslo en la fracción 11 del articulo 48 de la ley de Adquisiciones, Arrendarnienlos y Servicios del Sector Público.

SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA. la nanza n que se refiere la cláusula que antecede será liberada por el INSTITUTO FONACOT a través de la Subdirección Genera l de Administración, una vez que el PRESTADOR DEL SERVICIO demuestre haber cumplido con la totalidad de tas obligaciones adquilidas en el presente contrato: para liberar 1a fianza sera indispensable la manifestación expresa y por escrito del INSTITUTO FONACOT, con fundarnenlo en el artlculo 103 del Regla1he11to de la Ley de Adquisicio 11es, Arrendamien1os y Servicios del Sector Público.

OCTAVA. OBSERVACIONES AL CONTRATO-PEDIDO. Convienen las parles en que el INSTITUTO FONACOT queda facultado para hacer las observaciones que estime per1inentes para el mejor cumplimiento del objeto de este Con lrato-Pedklo, las cuales serán atendidas de inmediato por et PRESTADOR DEL SERVICIO.

NOVENA. PENA CONVENCIONAL.. Las penas convencionales que se aplicarán por atrasos en la prestación del objeto de contralación serán las sil)uienles: un monto equ ivalente al 1 % del monto lolal de cada evenlo, por cada dla natural de airoso en el inicio Ue la prestación del servicio. Un monto equivalente al 2% del costo de los servicios no prestados oportunamente por cada dia natura l de atraso en la !cella pactada de cada evenlo y su rescisión al acumular el 10% del va lor total del pedido. DEDUCTIVAS. -A razón del 1% (uno por cienlo) del monto total del pedido sin LV.A. por cada dla natural de incumplimiento parcial o deficiente en los servicios objeto clel presente anexo tócnico y su recisión al acumular el 10% del valor total de l servicio.

OECIMA. PATENTES Y MARCAS. El PRESTADOR DEL SERVICIO será responsable exclusivo de cualquier reclamación derivada del uso o explotación de patenles o marcas de los servicios vendidos al INSTITUTO FONACOT.

DECIMA PRIMERA. MODIFICACIONES AL "PEDIDO".- Solamente en casos juslificados, se podrán pactar incrernenlos en la canlidart rle servicios , cte acuerdo al a11iculo !52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del sector Pú\Jlico.

DECIMA SEGUNDA. RESPONSABILIDAD SOBRE LOS SERVICIOS.- "El Prestador del Servicio" será responsable de los servicios preslados a satisracción de "El Instituto". Asimismo, "El Prestador del Servicio" será responsable solidario por la negligencia, impericia o dolo en que incunan sus trabajadores en la prestación de los servicios.

DÉCIMA TERCERA. SUPERVISIÓN.- El área requirente de "E l Instituto" sera la responsable de administrar y vigila, el cumplimienlo de las obligaciones del presente "Pedido", a través del sel"Vldor público que tenga a bien designar como Administrador del "Pedido", de conformidad a lo estab lecido en el articulo 64 del Reglamento de la Ley Ue Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

DE.CIMA CUARTA. RESPONSABILIDAD PENAL, CIVIL O ADMINISTRATIVA. - "El Instituto", estará libre de toda responsabilidad de naturn leza penal, civil o administrativa, ya sea de carácter federal o estata l que se genere en relación a la adquisición objeto del presente "Pedido". En caso de presenlarse cualquier demanda en contra de "El Instituto". "El Prestador del Servicio" se obliga a responder por ello, asi corno rembolsar a " El Instituto". cualqu ier canlitlad que por ese motivo hubiere lenido que erogar.

DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- Ninguna de las parles será responsable de cualquier relrnso o incumplimiento del presente ''Peliido", que resulle directa o indirectamente de caso fo1tuito o de ruerza mayor, cuando éslos sean debidamente juslificados y demostrados por la pnrle correspondien te.

DECIMA SEXTA. CAUSAS DE RESCIS ION. Se1át1 causas ele rescisión del presente Contrato-Pedido, sin responsabilidad para el INSTITUTO FONACOT, si el PRESTADOR DEL SERVICIO: a) No prestar los servicios objeto de este Conlralo­Pedido en la fecha pactada. b) No prestar los servicios de conformidad a lo estalllecklo en el presente Contrato-Pedido, o sin motivo justificado no acata las indicaciones del INSTITUTO FONACOT. c) Por cuolquler causa deja de tener C8pacidod técnica y los elemenlos necesarios para proporcionar los servicios adquiridos. d) SI el PRESTADOR DEL SERVICIO cede en forma parcial o total a terceras personas los derechos u obligaciones derivados del presente Contrato-Pedido. e) No da al INSTITUTO FONACOT las facilidades y datos necesnrios para la supervisión y verificación de los servicios contrnlados. 1) Se declara en quiebra o suspensión de pagos o le sobreviene una huelga o por cualquier causa aná loga. g) En genera l, por cualquier lncumplimienlo a las ol,,ligaclones pactadas en el presente Contrato-Pedido.

DECIMA SEPTIMA. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN. El incumplirnierllo del PRESTADOR DEL SERVICIO a cualquiera de sus obligaciones pacladas en el presente Contrato-Pedido, lo hará rescindible sin necesidad de juicio o declaración judicia l previos , baslando para ello una notificación por escrito por parle del INSTITUTO FONACOT, contando el PRESTADOR DEL SERVICIO con cinco dias hábiles para alegar lo que a su derecho convenga ante el INSTITUTO FONACOT, dicho escrito será evaluado por éste, de cuyo aná lisis conjuntamen1e con las causas que motivaron la notificación se dictaré la resolucfón final.

DÉCIMA OCTAVA. CES IÓN DE DERECHOS. El PRESTADOR DEL SERVICIO no podré en forma alguna ceder ni transferir en forma total o parcial los derechos y ob\igacionos derivados de este Contrato-Pedido, sa lvo los derechos de cobro, los que solo podrán sor cedidos con la aceptación expresa que por escrilo otorgue el INSTITUTO FONACOT al PRESTADOR DEL SERVICIO.

DÉCIMA NOVENA. CONFIDENC IALIDAD.-. " El Prestador del Servicio" se obliga a no divulgar 1a información que le sea proporcionada para cumplir con el objeto de este "Pedido", asl como los datos y resultados obtenidos con molivo del mismo, ya sea a través de publicaciones, conferencias, informaciones o de cua lquier otra rorrna o 111edio, sin la autorización expresa y por escri!o del " Instituto", pues dichos datos y resultados son propiedad de esta última. "El Instituto podrá ejercer en cualquier tiempo, las acciones legales que se deriven de la violación a esta cláusula.

VIGESIMA. RESTRICCIÓN DE SUBCONTRATACIÓN Y CES IÓN DE DERECHOS.­" EI Prestador del Servicio" se obliga a no subcontratar ni a ceder en fonna parcial, ni tota l a terceras personas físicas o morales, los dered10s y obligaciones derivadas de este "Pedido", con excepción de los derechos de cobro; en cuyo caso, "El Prestador del Servicio" del>erá solicitar previamente la conformidad a " El Instituto".

VIGESIMA PR IMERA. TERMINACION ANTICIPADA. El INSTITUTO FONACOT podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato -Pedido mediante comunicación por esciito con 10 (diez) días habites de antelación al PRESTADOR DEL SERVIC IO, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los sc,viclos originalmente contratados, y se dernueslre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pacladas se ocasionaría alglln dai"\o o perjuicio al INSTITUTO FONACOT quedando únlcamenle obligado el INSTITUTO FONACOT a reembolsar al PRESTADOR DEL SERVICIO los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén comprobados y se relacionen directamente con el Contrato-Pedido correspondiente, lo anterior de coníorrnldall con lo previsto en el último p:irrafo del articulo 54 de la Ley de Adqu isiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 66 de su Regtarnenlo.

VIGESIMA SEGUNDA DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS.- "El Instituto" se reserva el dered,o de ejercilar, en cualquier momento, la acción legal correspondiente contra "El Prestador del Servicio" por ca lidad. defectos y vicios ocultos de los servicios objeto de este " Pedido".

VIGESIMA TERCERA. LEGIS LACIÓN Y TRIBUNALES COMPETENTES. Para cualquier controversia que se suscite en la inlerpretación, cumplimiento y ejecución del presen te Contrato-Pedido, asi corno para todo aquello que no esté expresamente estipu lado en el mismo, las partes se someten, ent re otras, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y a la nom1ativitlad que por el Cart!cter de entidad paraesta tal de la Administración Pública Federal del INSTITUTO FONACOT sea aplicable y a la Jurisdicción de los Tribunales competentes en la Ciudad de México, Oislrilo Federal; por lo tan to, renuncian expresamente al fuero que pudiera corresponderles. por razón de su domicilio presente o futuro .

Leido que fue por las partes y enteradas de su contenido y alcance legal, se firma el presente "Pedido", por 3 tantos por los que en él intervinieron, corno constancia de !i~ aceptación, en la Ciudad de México. ~-

Fer
Cuadro de texto
Eliminado: una palabra del quinto renglón del décimo párrafo. Datos de la Identificación Oficial Credencial para Votar con fotografía. Fundamento Legal: artículo 116 Primer párrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; artículo 113 fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; artículo 3 fracción IX, 6, 18 primer párrafo y artículo 31 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; así como el lineamiento Trigésimo Octavo fracción I de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la elaboración de versiones públicas. Motivación: Se considera información confidencial la que contiene datos personales concernientes a una persona física identificada o identificable.