ficha tÉcnica servicio de transporte de alimentos...
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FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Azuay
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos
del Azuay, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 850 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 66,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Azuay deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 850 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
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6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
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FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Azuay, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
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entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 5 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Azuay, descrito en la presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Azuay.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
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cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
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FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Bolívar
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Bolívar, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 300 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 160,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
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FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Bolívar deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 300 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
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6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
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GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
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FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
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PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Bolívar, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 3 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Bolívar, descrito en la presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Bolívar.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
4
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Cañar
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Cañar, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 250 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 74,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Cañar deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 250 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Cañar, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 3 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Cañar, descrito en la presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Cañar.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
4
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Carchi
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Carchi, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 150 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 74,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Carchi deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 150 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Carchi, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 2 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Carchi, descrito en la presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Carchi.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
4
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Chimborazo
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Chimborazo, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en
varias entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 550 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 65,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Chimborazo deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 550 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Chimborazo,
desde el centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por
3
la entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 5 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Chimborazo, descrito en la presente
ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Chimborazo.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
4
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Cotopaxi
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Cotopaxi, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 500 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 75,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Cotopaxi deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 500 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Cotopaxi, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 5 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Cotopaxi, descrito en la presente
ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Cotopaxi.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
4
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia El Oro
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
El Oro, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 550 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 65,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de El Oro deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 550 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de El Oro, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 5 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de El Oro, descrito en la presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de El Oro.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
4
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Esmeraldas
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Esmeraldas, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 650 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 60,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Esmeraldas deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 650 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Esmeraldas, desde
el centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 5 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Esmeraldas, descrito en la presente
ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Esmeraldas.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
4
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Guayas
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Guayas, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 2500
toneladas métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 44,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Guayas deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 2500 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Guayas, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 10 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Guayas, descrito en la presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Guayas.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
4
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Imbabura
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Imbabura, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 500 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 55,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Imbabura deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 500 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Imbabura, desde
el centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 5 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Imbabura, descrito en la presente
ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Imbabura.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
4
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Loja
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Loja, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 500 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 97,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Loja deberá contar
con una capacidad de transportar aproximadamente 500 toneladas métricas, durante diez días
laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Loja, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 5 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Loja, descrito en la presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Loja.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
4
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Los Ríos
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Los Ríos, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 650 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 80,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Los Ríos deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 650 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Los Ríos, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 5 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Los Ríos, descrito en la presente
ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Los Ríos.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
4
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Manabí
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Manabí, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 1250
toneladas métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 85,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Manabí deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 1250 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Manabí, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 10 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Manabí, descrito en la presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Manabí.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
4
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Morona Santiago
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Morona Santiago, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en
varias entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 200 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 98,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Morona Santiago
deberá contar con una capacidad de transportar aproximadamente 200 toneladas métricas, durante
diez días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad
contratante, considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Morona Santiago,
desde el centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por
3
la entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 2 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Morona Santiago, descrito en la
presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Morona Santiago.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
4
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Napo
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Napo, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 200 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 103,20 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Napo deberá contar
con una capacidad de transportar aproximadamente 200 toneladas métricas, durante diez días
laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Napo, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 2 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Napo, descrito en la presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Napo.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
4
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Pastaza
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Pastaza, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 100 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 87,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Pastaza deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 100 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Pastaza, desde el
centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 2 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Pastaza, descrito en la presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Pastaza.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
4
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Pichincha
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Pichincha, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 2400
toneladas métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 55,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Pichincha deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 2400 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Pichincha, desde
el centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 10 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Pichincha, descrito en la presente
ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Pichincha.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
4
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Santa Elena
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Santa Elena, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en
varias entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 200 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 75,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Santa Elena deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 200 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Santa Elena,
desde el centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por
3
la entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 2 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Santa Elena, descrito en la presente
ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Santa Elena.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
4
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Santo Domingo
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Santo Domingo, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en
varias entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 400 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 55,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Santo Domingo
deberá contar con una capacidad de transportar aproximadamente 400 toneladas métricas, durante
diez días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad
contratante, considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Santo Domingo,
desde el centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por
3
la entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 3 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Santo Domingo, descrito en la
presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Santo Domingo.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
4
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Sucumbíos
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Sucumbíos, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en varias
entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 200 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 80,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Sucumbíos deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 200 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Sucumbíos, desde
el centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por la
3
entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 2 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Sucumbíos, descrito en la presente
ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Sucumbíos.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
4
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Tungurahua
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Tungurahua, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante, en
varias entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas, urbano
marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10 días
laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de transporte
de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 450 toneladas
métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 65,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
2
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
3
UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4
FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Tungurahua deberá
contar con una capacidad de transportar aproximadamente 450 toneladas métricas, durante diez
días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad contratante,
considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
2
6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
7
GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
8
FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
9
PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Tungurahua,
desde el centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos asignados por
3
la entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de cada cantón y
parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 5 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Tungurahua, descrito en la presente
ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
15
TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
17
CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Tungurahua.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
4
manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
6
Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
7
Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
5
8
Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
10
Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo
1
FICHA TÉCNICA
PRODUCTO:
SERVICIO DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, CON CONDUCTOR Y
AYUDANTE- Provincia Zamora Chinchipe
DESCRIPCIÓN DE USO:
El servicio comprende la distribución de alimentos procesados desde la
bodega/centro de distribución respectivo a todos los establecimientos educativos de
Zamora Chinchipe, asignados acorde a la planificación de la Entidad Contratante,
en varias entregas (4 o 5) durante el año escolar, cubriendo las zonas urbanas,
urbano marginales y rurales de la Provincia, con un plazo de entrega total de 10
días laborables por cada entrega. La presente ficha comprende el servicio de
transporte de los alimentos para una única entrega por una cantidad estimada de 200
toneladas métricas.
CPC NIVEL 5 64339
CPC NIVEL 9 643390113
PRECIO DE ADHESIÓN $ 102,00 USD/TM No incluye IVA
ATRIBUTOS ESPECÍFICOS
N° ESPECIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
1 PERSONAL
Personal mínimo requerido por vehículo:
Para carga inferior y hasta 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 1 Ayudante
Para carga superior a 7 toneladas métricas:
- 1 Conductor
- 2 Ayudantes
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FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN/
EXPERIENCIA
El conductor deberá contar con Licencia de Conducir (profesional), de acuerdo al tipo de
vehículos que presenten en la flota para la prestación del servicio. Deberá probar una experiencia
mínima de dos años en el manejo de transporte de carga pesada a través de facturas, contratos
similares, actas entrega recepción o certificados de trabajo.
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UNIFORMES DE
PERSONAL E
IDENTIFICACIÓN
El proveedor proporcionará a cada conductor como mínimo la siguiente ropa de trabajo e
implementos de seguridad:
Conductor:
• Chaleco de Seguridad (color tomate con cintas reflectivas).
• Guantes de protección para carga
• Casco de seguridad según normativa vigente.
• Zapatos de seguridad industrial de acuerdo a normativa vigente.
Ayudante:
• Equipo de protección industrial para carga
• Faja de protección lumbar
• Guantes de nitrilo
• Botas con punta de acero
• Mascarillas
• Gorra para el sol
• Gafas de protección visual
Adicionalmente, el personal deberá contar con un carnet de identificación donde conste el logo y
nombre de la empresa, nombres y apellidos del personal, número de cédula.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
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FORMA DE LA
GENERACIÓN
DE LA ORDEN
DE COMPRA
En la orden de compra la entidad seleccionará al proveedor con la capacidad productiva suficiente
para brindar el servicio de transporte de carga de alimentos a toda la Provincia (totalidad de
establecimientos programadas por la Entidad Contratante), acorde a los requerimientos de la
entidad. Se realizarán órdenes de compra por cada entrega a realizarse en el año.
5 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
El proveedor que presente la oferta para prestación del servicio de transporte de alimentos
procesados para distribuir a los establecimientos educativos de la Provincia de Zamora Chinchipe
deberá contar con una capacidad de transportar aproximadamente 200 toneladas métricas, durante
diez días laborables a partir de la fecha de inicio de distribución determinada por la entidad
contratante, considerando las especificaciones técnicas determinadas en la presente ficha.
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6 FRECUENCIA DE
PAGO
El pago se realizará contra entrega del servicio, y dependerá de las toneladas métricas de producto
efectivamente entregadas, registradas en el sistema informático de logística establecido por la
Entidad Contratante (de ser el caso), y validadas por la misma.
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GARANTÍA,
SEGUROS Y
ANTICIPO
GARANTÍA POR ANTICIPO
El anticipo podrá ser de hasta el 40% del presupuesto referencial a la emisión de la orden de
compra, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo
establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se
liquidará al final, previa presentación de la factura correspondiente y la suscripción del acta de
entrega recepción definitiva. El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor
para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que
contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento
de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del
valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico.
PÓLIZA DE SEGUROS POR RIESGOS
Una vez recibida una orden de compra el proveedor presentará una póliza de seguros de transporte
interno contra todo riesgo por 24 horas del día, 7 días a la semana para responder por pérdida o
daño del producto materia de transporte, con una cobertura mínima correspondiente al 100 % del
valor de la carga.
SEGUROS ADICIONALES
Sistema Público para pago de Accidentes de Tránsito (Sppat), actualizado, Seguro del vehículo,
todo riesgo.
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FORMA Y
REQUISITOS PARA
EL PAGO
El pago corresponderá a las toneladas de productos alimenticios procesados para establecimientos
educativos efectivamente entregados. Los pagos se realizarán por cada entrega.
Los pagos se realizarán con cargo a la partida presupuestaria de la entidad generadora de la orden
de compra y se efectuará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica previo a la
presentación de los siguientes documentos:
• Acta de entrega recepción para cada entrega del servicio anual
• Notas de entrega y otros documentos habilitantes que la entidad considere necesario, totalmente
legibles, sin tachones ni enmendaduras, debidamente suscritas por los respectivos involucrados en
el proceso de entrega;
• Informe único de satisfacción del administrador del contrato, el cual se remitirá para el pago final
y definitivo del servicio.
• Factura respectiva
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PLAZO DE
EJECUCIÓN DEL
SERVICIO
El horario de prestación del servicio será acordado entre la entidad contratante y el proveedor.
Una vez formalizada la orden de compra, en un plazo no mayor a dos días la entidad contratante
realizará con el proveedor la capacitación en el manejo logístico y sistemas asociados para la
prestación del servicio. Posterior a la capacitación recibida, el proveedor en un plazo no mayor a
tres días deberá realizar el procedimiento correspondiente al sistema informático de logística
establecido por la entidad contratante (de ser el caso).
Una vez el proveedor cuente con el cronograma y planes de distribución autorizado por la entidad
contratante, la entidad determinará la fecha de inicio y fin de distribución, el proveedor deberá
cumplir con la entrega total de la carga a todos los establecimientos asignados, en un plazo
máximo de 10 días laborables.
10 COBERTURA
La emisión de la orden de compra del servicio de Transporte Comercial de Carga Liviana, Media
y Pesada, se regirá a la contratación de proveedores provinciales, de no existir oferta local se
podrá contratar proveedores de provincias adyacentes al lugar donde se demanda el servicio; el
proveedor deberá garantizar un conocimiento global de la Provincia tanto a nivel urbano, urbano
marginal y rural.
El proveedor deberá considerar los artículos 63 y 74 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
11 ÁREA DE
INTERVENCIÓN
Se ejecutará el servicio intraprovincial de transporte de alimentos procesados de acuerdo a la
ubicación de los establecimientos educativos correspondientes a la provincia de Zamora
Chinchipe, desde el centro de distribución/bodega provincial –origen hasta los establecimientos
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asignados por la entidad contratante, ubicados en sectores urbanos, urbano marginales y rurales de
cada cantón y parroquia de la provincia.
El proveedor se encargará de determinar de manera óptima las rutas de transporte de la mercancía,
considerando los horarios de atención en los establecimientos, así como las Ordenanzas
Municipales establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga
pesada en cada localidad.
El servicio de transporte de alimentos llegará al destino final (sitios carrosables y no carrosables; a
excepción de requerirse transporte aéreo para el efecto) en el lugar correspondiente para la
entrega.
12 SUPERVISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
La supervisión durante la prestación del servicio estará a cargo del proveedor, quien velará por la
calidad de la prestación del mismo, sin ocasionar perjuicio alguno a la entidad contratante ni a los
establecimientos educativos.
La entidad contratante podrá realizar inspecciones y monitoreos del servicio en operación cuando
lo considere necesario, sin necesidad de previo aviso al proveedor.
La administración de la orden de compra se realizará por parte de un delegado técnico
(administrador) designado por la entidad contratante, quien verificará y controlará el
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la presente ficha para la prestación del
servicio.
La entidad contratante deberá brindar una capacitación al proveedor posterior a la generación de la
orden de compra y previo al inicio de la ejecución del servicio, referente al objeto de la prestación
del mismo.
13 FLOTA MÍNIMA
REQUERIDA
El proveedor deberá presentar una flota mínima de 2 vehículos de carga pesada al momento de
catalogarse para la prestación del servicio en la Provincia de Zamora Chinchipe, descrito en la
presente ficha.
Adicionalmente podrá emplear vehículos de carga liviana, media y/o pesada acorde a la capacidad
de prestación del servicio de transporte de alimentos; acondicionados para el objeto de la
contratación.
14 EQUIPO MÍNIMO
REQUERIDO Un computador
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TIEMPO MAXIMO
DE VIDA UTIL DEL
EQUIPO
Considerar los años de vida útil para los vehículos que presten el servicio de transporte de carga en
diferentes modalidades según la Resolución No. 080-DIR-2010-CNTTTSV.
16 MATERIALES Y
HERRAMIENTAS
Furgón metálico, o furgón mixto con láminas de tol al interior (paredes y piso)
Amarres o cadenas de seguridad de carga,
Botiquín, kit básico de herramientas, extintor, llanta de emergencia
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CONDICIONES
PARTICULARES
DE LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
El proveedor adjudicado de la orden de compra deberá contar con la flota de vehículos
necesarios para cumplir con la entrega total de los productos determinados por la entidad
contratante a todos los establecimientos educativos programados para el efecto, en la
provincia de Zamora Chinchipe.
El proveedor deberá elaborar el cronograma y planes de distribución, optimizando las rutas
de transporte, tomando en consideración el plazo máximo de entrega (10 días laborables a
partir de la fecha de inicio de la distribución determinada por la entidad contratante), los
horarios de atención en los establecimientos educativos y las Ordenanzas Municipales
establecidas sobre los horarios de circulación de transportes de carga media y carga pesada en
cada localidad.
El proveedor se encargará de registrar debidamente en el sistema informático de logística
según determine la entidad contratante, la flota de vehículos con el personal asignado a las
unidades de transporte así como la capacidad de carga, el cronograma y planes de
distribución a los establecimientos educativos de la Provincia, para la adecuada prestación
del servicio. La entidad contratante deberá revisar el cronograma y planes de distribución
elaborados por el proveedor de manera inmediata, y proceder con la autorización en el
sistema.
El servicio incluye la descarga de alimentos y apilamiento en los establecimientos de entrega.
La entidad contratante será responsable de garantizar la carga de los alimentos en las
unidades de transporte desde las bodegas/centros de distribución de los productos, de la
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manera más óptima y efectiva para la adecuada transportación de los mismos, sin afectar el
cronograma prestablecido.
El proveedor deberá cumplir con la norma de apilamiento dentro de las unidades de
transporte, para lo cual deberá contar con los vehículos apropiados en capacidad para recibir
el producto estibado y ordenado en el interior de las unidades.
El proveedor deberá registrar en la documentación respectiva, suscrita con la bodega/centro
de distribución, todas las diferencias o discrepancias con relación a la cantidad, calidad,
características y especificaciones de los productos recibidos en las unidades de transporte.
El transportista deberá contar con licencia profesional vigente; y con el SPPAT vigente
(según la Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial,
publicada el 31 de diciembre de 2014, deberá portar el SPPAT); y matrícula del vehículo
vigente.
El transportista deberá disponer del PERMISO DE OPERACIÓN, otorgado por la Agencia
Nacional de Tránsito; y el CERTIFICADO DE OPERACIÓN REGULAR.
Los gastos mínimos a cubrir por el Proveedor serán: Alimentación, alojamiento en casos
necesarios, arreglo y mantenimiento del vehículo en general, combustible, repuestos para el
vehículo, peajes, entre otros.
Contar con un sistema de Posicionamiento global GPS, según lo determina la Resolucion-
097-DIR- 2013-ANT,
Los Proveedores deberán contar con la revisión vehicular semestral según lo establece la
Resolución No. 017-2012-ANT, de 29 de febrero de 2012. En aquellas ciudades que no
existan centros de revisión debidamente autorizados, la verificación vehicular técnico
mecánica será realizada por los técnicos de las Unidades Administrativas Provinciales de la
ANT, de acuerdo al artículo 31 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT.
El proveedor deberá contar con la matriculación de las unidades de carga conforme lo
establece la Resolución No. 003-DIR-2012-ANT, de 03 de febrero de 2012.
El Proveedor deberá cumplir las normas para transporte terrestre de mercancías y objetos
existentes y que apliquen al tipo de carga transportada, según la Resolución 009-DIR-2015, el
cumplimiento de estas normas y reglamentos serán solicitadas por la entidad contratante y
deberán aplicarse durante el periodo de tiempo descrito en la orden de compra.
18 INFRACCIONES Y
SANCIONES
INFRACCIONES MULTAS O SANCIONES
1
No disponer de los permisos y/o documentos
necesarios durante la prestación del servicio
de transporte de alimentos, acorde a la
normativa legal de funcionamiento y
operación.
Multa del 1 x 10 diario del monto total del
flete de cada ruta mientras persistan las
condiciones de la infracción.
2
El personal no cuenta con la maquinaria, o
herramienta suficiente para ejecutar las
actividades del servicio.
3
Incumplimiento de las condiciones adecuadas
de los vehículos para la prestación del
servicio acorde a la normativa legal vigente.
4
Incumplimiento injustificado de la ejecución
del servicio acorde al cronograma y planes de
distribución, horarios establecidos para
entrega, plazos de entrega de los productos
alimenticios.
5
El personal no cuenta con el equipo de
protección para la prestación del servicio, o la
credencial respectiva.
Llamado de atención por escrito hasta por
dos veces.
Al tercer llamado de atención multa diaria
del 1 x 10 del monto total del flete de cada
ruta.
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Falsificar o alterar documentos habilitantes
y/o firmas de los involucrados en el proceso
antes, durante o después de la prestación del
servicio, previo al pago.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 del valor total de la orden de
compra. En caso de reincidencia, exclusión
del proveedor del Catálogo Inclusivo.
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Incumplimiento en la entrega de los productos
en las cantidades determinadas por la entidad
contratante, de ser responsabilidad del
proveedor.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta.
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Incumplimiento en la entrega de los productos
en su destino final y quedarse con la carga de
forma arbitraria y unilateral, sin mediar
explicación racional o justificación aceptable.
Multa del 1 x 10 del monto total del flete
por ruta, además la Entidad Contratante
denunciará el hecho a las autoridades y
cobrará el valor del producto al proveedor.
9 Trato grosero o soez, por parte del personal al
cliente.
Llamado de atención por escrito, en caso
de reincidencia separación temporal del
personal con su debido reemplazo
inmediato y multa del 1 x 10 del monto del
flete por ruta.
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Prestación del servicio bajo los efectos de
bebidas alcohólicas o sustancias sujetas a
fiscalización.
Separación temporal del personal con su
debido reemplazo inmediato, y multa del 1
x 100 de la orden de compra. En caso de
reincidencia exclusión del proveedor del
Catálogo Inclusivo.
11
Provocar afectaciones al inmueble de los
establecimientos educativos durante la
prestación del servicio como: rotura de
vidrios, tuberías de agua potable, entre otros.
Descuento por el monto equivalente al
costo de reparación del inmueble afectado.
12 Incumplimiento general del servicio. Exclusión del proveedor del Catálogo
Dinámico Inclusivo