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  • 7/25/2019 Ffaa-reglamento Que Norma y Regula Procedimientos de Contratacion Dac

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    REGLAMENTO QUE NORMA Y REGULAPROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION, DAC

    Resolucin de la Aviacin Civil 306

    Registro Oficial 810 de 16-oct.-2012 Ultima modificacin: 14-oct.-2013 Estado: Vigente

    NOTA GENERAL:

    Sustityase la denominacin del Instituto Nacional de Contratacin Pblica por la deServicio Nacional de Contratacin Pblica que se contengan en la Ley Orgnica delSistema Nacional de Contratacin Pblica, otras leyes, reglamentos, normas o

    regulaciones; cualquier referencia al Servicio Nacional de Contratacin Pblica como"instituto", "INCP" o "INCOP", deber ser sustituida por la nueva denominacin y lassiglas "SERCOP", respectivamente.

    Dado por Disposicin transitoria tercera de Ley No. 0, publicada en Registro OficialSuplemento 100 de 14 de Octubre del 2013 .

    DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL

    Considerando:

    Que, el Art. 226 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador dispone: "...Lasinstituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras y servidores pblicos y las personas que acten en virtud de una potestad estatal ejercern solamentelas competencia y facultades que les sean atribuidas en la Constitucin y la Ley..."

    Que, el Art. 233 de la Constitucin de la repblica del Ecuador dispone que: "...Ningunaservidora ni servidor pblico estar exento de responsabilidad por los actos realizados enel ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y sern responsables administrativa,civil y penalmente por el manejo y administracin de fondos, bienes o recursos

    pblicos...".

    Que, la Direccin General de Aviacin Civil es una entidad autnoma de derecho pblicocon personera jurdica y fondos propios, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito;el Director General es la mxima autoridad de la Entidad, correspondindole laresponsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones institucionales, debiendo ejercercontrol sobre las actividades del personal y las competencias de la institucin.

    Que, la letra d) del numeral 2 del Art. 6 de la Codificacin de la Ley de Aviacin Civilestablece como atribucin y obligacin del Director General de Aviacin Civil:

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    "...Delegar la ejecucin de cualquier funcin dentro de esta Ley, a un funcionario,empleado o unidad administrativa bajo la jurisdiccin del Director... "

    Que, el artculo 4 del Reglamento de la Ley Orgnica del Sistema Nacional deContratacin Pblica dispone: "...En aplicacin de los principios de Derecho

    Administrativo son delegables todas las facultades previstas para la mxima autoridadtanto en la Ley como en este Reglamento General... ".

    Que, en el Reglamento Orgnico de gestin organizacional por procesos de la DireccinGeneral de Aviacin Civil, publicado en el registro Oficial, Edicin especial No. 32 demartes 16 de marzo del 2010, en la estructura bsica consta:

    Art. 17 numeral 1. La Coordinacin General Administrativa Financiera, encargada de"...Gestionar los procesos habilitantes de apoyo de la Direccin General de AviacinCivil, de manera que constituyan un aporte esencial para el eficiente desenvolvimiento delos procesos gobernantes y agregadores de valor... ".

    Art. 17 numeral 3.1.1. La Direccin Administrativa, cuya misin es "...Gestionar ladotacin, mantenimiento y control de suministros, bienes y servicios requeridos por lasreas de la institucin, aplicando la normativa vigente, a fn de lograr los objetivosinstitucionales... "

    Art. 28 numeral 1. Las Direcciones Regionales I, II y III, en lo referente a la GestinAdministrativa tiene como misin "...gestionar la dotacin de suministros, bienes yservicio requeridos por las reas de la regional, aplicando la normativa vigente, a fin delograr los objetivos institucionales..."

    Art. 56 numeral 1. La Escuela Tcnica de Aviacin Civil, en lo referente a la Gestin deCoordinacin Administrativa tiene como misin "...Gestionar los procesos habilitantes deapoyo de la Escuela Tcnica de Aviacin Civil, de manera que constituyan un aporteespecial para el eficiente desenvolvimiento del proceso gobernante y agregadores devalor... "

    Art. 62 numeral 1. La Direccin de Empresas, en lo referente a la Gestin AdministrativaFinanciera tiene como misin "...Gestionar la provisin de recursos materiales ydeterminar aspectos financieros relacionados con las empresas de la Direccin General deAviacin Civil, de acuerdo a planes, programas y proyectos... "

    Que, mediante Resolucin 061/2011 de 9 de marzo del 2011, se expide el Reglamentoque norma y regula los procedimientos de contratacin pblica de la Direccin Generalde Aviacin Civil

    Que, es necesario actualizar la normativa interna en lo que a Contratacin Pblica serefiere.

    En uso de sus atribuciones y facultades.

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    Resuelve:

    Art. 1 .- Expedir el Reglamento Sustitutivo que Norma y Regula los procedimientos decontratacin pblica de la Direccin General de Aviacin Civil, mediante los siguientes

    artculos:

    Art. 1 .- MISION: Definir las atribuciones y responsabilidades de los servidores yfuncionarios, involucrados en los procesos de contratacin a efectos de gestionar enforma eficiente los respectivos procesos.

    Art. 2 .- OBJETIVOS:

    - Optimizar los recursos humanos, materiales y financieros involucrados en los procesos.- Definir los procedimientos de ejecucin y control sobre las actividades decontrataciones y del archivo y documentacin relacionada.

    Art. 3 .- ALCANCE: La contratacin que efecte la DGAC y los procesosdesconcentrados, de carcter local.

    Art. 4 .- MECANISMOS DE CONTRATACION Y ADQUISICION:

    - Catlogo Electrnico- Infima Cuanta- Subasta Inversa Electrnica- Menor Cuanta- Cotizacin- Licitacin- Contratacin Integral por precio fijo- Contratacin Directa- Lista corta- Concurso Pblico- Procedimientos especiales- Rgimen Especial- Importacin.

    Art. 5 .- DELEGACION: Se delega a los servidores y funcionarios de la DireccinGeneral de Aviacin Civil la ejecucin de los procedimientos de contratacin pblica quese detallan en el Anexo 1.

    Los servidores y funcionarios en los montos y procedimientos de contratacin indicadosen el Anexo 1, tendrn las siguientes atribuciones:

    - Autorizar el inicio de los procesos de contratacin pblica y suscribir la correspondienteresolucin de inicio, asumiendo la responsabilidad en cuanto a la verdad de lasdeclaraciones que en las mismas hayan hecho y de que su contenido se encuentra dentro

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    de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, sin que sea necesario que exista lacertificacin, que de fe en cuanto al hecho de haberse otorgado y su fecha, realizado porel Secretario o Secretaria General de la Institucin.- Aprobar Pliegos de procesos de contratacin pblica, en observacin de la ResolucinINCOP 054-2011 o la que para el efecto se encuentre vigente.

    - Designar a:

    - Presidenta/e de la Comisin Tcnica.- Miembros que conformarn la Comisin Tcnica.- Secretaria/o de la Comisin Tcnica.- Servidores y servidoras a cargo de preguntas, respuestas y aclaraciones.- Servidores y servidoras responsables de la publicacin de los documentos relacionadosal proceso, en observacin de la Resolucin INCOP 053-2011 o la que para el efecto seencuentre vigente.

    Los delegados para la ejecucin de procesos de nfima acorde al anexo 1 debernobservar las disposiciones constantes en la Resolucin INCOP 022/2012 de 30 de mayode 2012 o la que se encuentre vigente.

    La adquisicin de bienes en el extranjero se efectuar de conformidad con lo dispuesto enla Resolucin No. INCOP-016-2009 de 10 de marzo de 2009, con la cual se expiden "Lasnormas para la certificacin de produccin nacional y autorizacin de importaciones por

    parte del Estado" as como las que emita al respecto el INCOP.

    Para la tramitacin de los procesos de contratacin los delegatarios debern observar ycumplir con la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica, suReglamento General, las Resoluciones y disposiciones del INCOP y la presenteResolucin.

    Nota: Artculo reformado por Resolucin de la Aviacin Civil No. 10, publicada enRegistro Oficial 883 de 31 de Enero del 2013 .

    Art. 6 .- COMISION TECNICA: Para cada proceso de contratacin cuyo presupuestoreferencial sea superior al valor que resulte multiplicar el coeficiente 0,000002 por elmonto del presupuesto Inicial del Estado, se conformar la correspondiente ComisinTcnica, que estar integrada de la siguiente manera:

    - Un profesional designado por la mxima autoridad, el servidor competente acorde a ladelegacin de procesos, quien la presidir.- El titular del rea requirente o su delegado.- Un profesional a fin al objeto de contratacin designado por la mxima autoridad o sudelegado.

    Art. 7 .- DOCUMENTOS PARTE DEL PROCESO PRECONTRACTUAL. En todo proceso de contratacin que supere el coeficiente de 0,000002 del presupuesto inicial del

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    estado, sea cual fuere el procedimiento a aplicar, se deber contar mnimo con lossiguientes documentos.

    Informe Motivado.- Debe contener la determinacin de la necesidad por parte de launidad requirente y emitir explcitamente la intencin de iniciar un proceso de

    contratacin segn sea el caso.

    Informe Especificacin Funcional.- La Direccin o unidad requirente, deber especificarcul es el alcance de funcionamiento o uso de los bienes o servicios a contratar. Puedeestar en conjunto con el Informe de Especificacin Tcnica.

    Informe Especificacin Tcnica.- Para que se cumpla el alcance de funcionamiento o usodefinido, la Direccin o la unidad tcnica desconcentrada, segn corresponda, debeespecificar las caractersticas tcnicas de los bienes o servicios a contratar, informe quedeber suscribirlo un profesional en la materia.

    Puede estar en conjunto con el Informe de Especificacin Funcional.Certificacin PAC/PAI- A peticin del rea que requiere la contratacin, el responsablede administrar el PAC/PAI, emitir un informe en el cual certifique que la contratacin,se encuentra dentro de la planificacin para el presente perodo.

    Informe Catlogo Electrnico.- La Unidad Administrativa desconcentrada, a peticin delrea que requiere la contratacin, debe certificar si el objeto de la contratacin, seencuentra incluido en el catalogo electrnico del portal Compras Pblicas.

    Informe Presupuesto Referencial.- La Unidad requirente, debe sustentar el presupuestoreferencial en un anlisis cuantitativo o comparativo, basndose en las especificacionesfuncionales y tcnicas definidas.

    Certificacin Presupuestaria.- El rea que requiere la contratacin de la UnidadAdministrativa desconcentrada debe adjuntar la certificacin presupuestaria, de laexistencia de disponibilidad de fondos previo el inicio del proceso de contratacin en el

    periodo que aplique.

    Informe Jurdico.- El rea que requiere la contratacin o la Unidad Administrativadesconcentrada, debe contar con el criterio de la Direccin o unidad de asesora jurdicadesconcentrada, segn corresponda, sobre el cumplimiento de las disposiciones legales yreglamentarias que norman la contratacin.

    Los documentos determinados como mnimos para el inicio de procesos de contratacin,deben ser referidos en la correspondiente Resolucin, identificando nmero dememorando (Sistema de gestin Documental QUIPUX), fecha, remitente del memorandoy cargo.

    Sin limitar la inclusin de textos adicionales que tengan como finalidad aclarar y

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    fundamentar el proceso de contratacin y con el fin de estandarizar el contenido de lasresoluciones de inicio de procesos de compras pblicas se observar lo dispuesto en elmemorando No. DGAC-YA-2011-0189-M de 15 de junio de 2011, observado que lostextos propuestos en dicho memorando, son los mnimos que deben constar en lasresoluciones de inicio de procesos de contratacin pblica,

    En el caso de "Obras," la Direccin o unidad de Ingeniera Aeroportuaria, segncorresponda, presentar los estudios, diseos completos y definitivos, planos y clculos,debidamente aprobados por las instancias correspondientes.

    Art. 8 .- INICIO DE PROCESO PRECONTRACTUAL:

    Los proyectos de resolucin de inicio y pliegos de los procesos, sern discutidos ycorregidos en una "mesa redonda" conformada por:

    - Servidor delegado por la mxima autoridad, segn el monto y jurisdiccin, para ejecutar

    procesos de contratacin pblica, en concordancia con el Artculo 5 de la presenteresolucin, o su delegado.- Director de Asesora Jurdica, responsable de la Unidad de Asesora Jurdica del

    proceso desconcentrado, su delegado.- Director o unidad requirente, su delegado.- Director Administrativo, responsable del la Unidad Administrativa del readesconcentrada, su delegado.

    El flujograma de inicio de proceso de compra en el portal de compras pblicas consta enel Anexo 2.

    Art. 9 .- CONTRATOS: Los contratos que por su naturaleza o expreso mandato de Ley,los requieran, se formalizarn en escritura pblica dentro del trmino de 15 das desde lanotificacin de la adjudicacin.

    Los contratos cuya cuanta sea igual o superior a la base prevista para la licitacin se protocolizarn ante Notario Pblico. Los gastos derivados del otorgamiento del contratoson de cuenta del contratista.

    Las contrataciones que se realicen por el sistema de catlogo se formalizarn con la ordende compra y acta de entrega.

    Las contrataciones de menor cuanta se instrumentarn con la factura correspondiente, sin perjuicio que se puedan elaborar documentos que contengan las obligaciones particularesque asuman las partes.

    Los dems contratos se otorgarn por documentos suscritos entre las partes sin necesidadde escritura pblica.

    Art. 10 .- PROCESO DE INFIMA CUANTIA: En los procesos de nfima cuanta se

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    observar lo siguiente:

    1. Determinacin de la necesidad:

    - Identifica y define la necesidad (formulario 1150 suscrito por el responsable de la

    Unidad Desconcentrada o su Director respectivo).- Si amerita, se especificar las caractersticas tcnicas y funcionales de los bienes oservicios, previo la correspondiente cotizacin, (con firma elaborado por:)

    2. Proforma -

    Las proformas, son los nicos documentos validos para realizar el cuadro comparativo enel procedimiento de nfima cuanta. Servirn como fuente de anlisis para los clculos de

    precios referenciales.

    Las proformas para ser consideradas validas dentro de un proceso de contratacin pblica

    en la DGAC, debern cumplir con las exigencias por parte del SRI y debern contener:- Numero de RUC- Razn Social- Direccin- Telfono

    La actividad econmica del proveedor que presenta la pro forma deber ser congruentecon los bienes y servicios que se requieren. En caso de no ser congruente no podr serconsiderada vlida dentro del proceso de contratacin.

    La Unidad Administrativa desconcentrada deber:

    - Proformar y recomendar el proveedor (En los casos que se requiera, esta gestin puedeefectuarla el Administrador Aeroportuario).- Verificar que el proveedor NO conste en el Registro del INCOP como proveedor fallidoo incumplido.- Elaborar Cuadro Comparativo.

    3. Seleccin -

    Para documentar el proceso de seleccin y adjudicacin, se utilizar el formato "CuadroComparativo de Cotizaciones" (Anexo 3).

    La elaboracin del Cuadro Comparativo es responsabilidad de la Unidad Administrativadesconcentrada o de quienes cumplan estas funciones.

    El formato a utilizar para "Cuadro Comparativo de Cotizaciones" esta presentado en elAnexo 3

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    El Servidor responsable del proceso de compra o contratacin conforme con ladelegacin respectiva, deber autorizar la adjudicacin al proveedor dejando constanciaescrita mediante la suscripcin en el correspondiente Cuadro Comparativo.

    4. Ejecucin -

    La Unidad Administrativa desconcentrada deber:

    - Solicitar la Certificacin Presupuestaria.- Ejecutar la adquisicin por mecanismo de nfima cuanta. (En los casos que se requiera,esta gestin puede efectuarla el administrador aeroportuario).- Elaborar la orden de gasto para la respectiva suscripcin del servidor delegado.- Publicar en portal COMPRASPUBLICAS una vez confirmado el pago por UnidadFinanciera.

    El correspondiente servidor delegado, deber verificar el cumplimiento de la casustica de

    la Contratacin antes de autorizar el uso del procedimiento de nfima cuanta.Siempre que sea posible, se exhorta a los delegatarios que previamente a definir el

    proveedor de los bienes o servicios y obras requeridas, se cuente con al menos tres proformas.

    Los procesos de adquisicin y contratacin mediante el uso del procedimiento de nfimacuanta que sean de carcter nacional, sern autorizados por el Analista 3 de la DireccinAdministrativa y operativamente apoyado por el personal de adquisiciones yabastecimientos de la Direccin Regional I.

    Art. 11 .- INTEGRIDAD DE INFORMACION MECANISMOS DE INFIMA CUANTIAY PORTAL

    Las cantidades, unidades, textos, descripciones y conceptos detallados en la diferentedocumentacin que se procese al respecto deben guardar consistencia, siendo deresponsabilidad de los servidores responsables, velar por el fiel cumplimiento de laintegridad de la informacin, en consecuencia se deber guardar congruencia entre losolicitado, lo registrado en el sistema de bodegas y la factura y en el caso de nfimacuanta desde el Formulario 1150, solicitud de adquisicin, certificacin de fondos,factura y nota de ingreso.

    Art. 12 .- CUSTODIA DE LA DOCUMENTACION

    La documentacin de respaldo correspondiente a procesos de contratacin cuyo precioreferencial este entre lo que resulte de multiplicar los coeficientes 0,0000002 y 0,000015con el monto del presupuesto Inicial del Estado, reposar en la Unidad de AsesoraJurdica desconcentrada sin perjuicio de que se mantenga respaldos fsicos y digitales enlas unidades donde se gestion la publicacin y administracin del proceso en el portal decompras pblicas.

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    La documentacin de respaldo correspondiente a procesos de contratacin cuyo precioreferencial sea superior a lo que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000015 con elmonto del presupuesto Inicial del Estado, reposar en la Direccin de Asesora Jurdicasin perjuicio de que se mantenga respaldos fsicos y digitales en las unidades donde se

    gestion la publicacin y administracin del proceso en el portal de compras pblicas.

    La documentacin de respaldo correspondiente a procesos de contratacin de nfimacuanta, reposar en la Unidad Administrativa desconcentrada que haya gestionado lacompra, sin perjuicio de la que se mantenga en el rea Financiera como sustento del

    pago.

    La documentacin considerada relevante para ser archivada y custodiada ser aquelladeterminada en el Art. 7 del presente Reglamento y la establecida en el Art. 5 numerales5.1 y 5.14 de la Resolucin DGAC No. 294/2012, adicional a toda aquelladocumentacin que tengan como finalidad aclarar y fundamentar el proceso de

    contratacin.Los servidores y funcionarios delegados, sern responsables de mantener bajo suadministracin, control, ejecucin y archivo todas las resoluciones que expidan parainiciar los procedimientos de contratacin pblica; y, tendrn la obligacin dentro de las24 horas contadas a partir de la expedicin de las resoluciones, remitir copia certificadade las mismas a la Direccin de Secretara General para su registro y archivo respectivo.

    Nota: Artculo reformado por Resolucin de la Aviacin Civil No. 10, publicada enRegistro Oficial 883 de 31 de Enero del 2013 .

    Art. 2 .- En caso de duda sobre la aplicacin del presente Reglamento, el Director Generalde Aviacin Civil, las resolver.

    Art. 3 .- Dergase la Resolucin No. 061/2011 de 9 de marzo de 2011.

    DISPOSICIONES TRANSITORIAS

    - Hasta que se encuentre en funciones el Analista 3 de la Direccin Administrativa, elDirector Administrativo autorizar los procesos de nfima cuanta de carcter nacional.

    El presente Reglamento entrar en vigencia a partir de su aprobacin, sin perjuicio de su publicacin en el Registro Oficial.

    Comunquese, ejectese y publquese.

    Dada en la Direccin General de Aviacin Civil en Quito, Distrito Metropolitano, 4 deseptiembre del 2012.

    f.) Ing. Fernando Guerrero Lpez, Director General de Aviacin Civil.

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    CERTIFICO.- Que expidi y firm la resolucin que antecede el Ingeniero FernandoGuerrero Lpez, Director General de Aviacin Civil en la ciudad de Quito, el 4 deseptiembre del 2012.

    f). Rita Huilca Cobos, Directora de Secretaria General de la DGAC.

    Es fiel copia del original que reposa en los archivos de la Direccin General de AviacinCivil.- CERTIFICO: Quito a 21 de septiembre del 2012.- f.) Lic. Pablo Rodrguez Eguez,Secretario General, encargado.

    Anexo 1Anexo 2Anexo 3

    DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL

    CUADRO COMPARATIVO COTIZACIONES Nota: Para leer Anexos, ver Registro Oficial 810 de 16 de Octubre de 2012, pgina 30.