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FEDERACION MEXICANA DE FUTBOL ASOCIACION, A. C. REGLAMENTO INTERNO TERCERA DIVISION PROFESIONAL INDICE Integración.................................................................................................... 2 Objeto .................................................................................................. 2 Gobierno y Administración ........................................................................ 3 Asamblea Ordinaria .................................................................................... 3 Asamblea Extraordinaria ........................................................................... 4 Reuniones de Grupo .................................................................................. 4 Convocatorias ............................................................................................ 4 Comité Directivo ......................................................................................... 6 Reuniones de Comité Directivo ................................................................ 8 Del Presidente ............................................................................................ 8 Del Vicepresidente ..................................................................................... 9 Del Secretario ............................................................................................. 9 Del Prosecretario ....................................................................................... 9 Del Tesorero ............................................................................................... 10 Del Pro tesorero .......................................................................................... 10 De los vocales ............................................................................................ 10 De la Dirección General ............................................................................. 11 Jurisdicción ................................................................................................ 12 Ingresos ...................................................................................................... 12 Generalidades ............................................................................................ 14 Transitorios ................................................................................................ 14 1

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FEDERACION MEXICANA DE FUTBOL ASOCIACION, A. C. REGLAMENTO INTERNO

TERCERA DIVISION PROFESIONAL

INDICE

Integración.................................................................................................... 2

Objeto .................................................................................................. 2

Gobierno y Administración ........................................................................ 3

Asamblea Ordinaria .................................................................................... 3

Asamblea Extraordinaria ........................................................................... 4

Reuniones de Grupo .................................................................................. 4

Convocatorias ............................................................................................ 4

Comité Directivo ......................................................................................... 6

Reuniones de Comité Directivo ................................................................ 8

Del Presidente ............................................................................................ 8

Del Vicepresidente ..................................................................................... 9

Del Secretario ............................................................................................. 9

Del Prosecretario ....................................................................................... 9

Del Tesorero ............................................................................................... 10

Del Pro tesorero .......................................................................................... 10

De los vocales ............................................................................................ 10

De la Dirección General ............................................................................. 11

Jurisdicción ................................................................................................ 12

Ingresos ...................................................................................................... 12

Generalidades ............................................................................................ 14

Transitorios ................................................................................................ 14

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FEDERACION MEXICANA DE FUTBOL ASOCIACION, A. C. REGLAMENTO INTERNO

TERCERA DIVISIÓN PROFESIONAL.

I N T E G R A C I O N I N T E G R A C I O N ARTICULO 1° La Tercera División Profesional forma parte de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., y se integra con los Clubes de ésta División que están afiliados a la Federación y por lo tanto son titulares de los derechos y obligaciones establecidas en el Estatuto y Reglamento que la rigen. ARTICULO 2° Enunciativamente y sin perjuicio de que su número sea variable, la Tercera División Profesional está integrada por los Clubes mencionados en el Reglamento y Sistema de Competencia de cada Temporada.

O B J E T O O B J E T O ARTICULO 3° La Tercera División Profesional tiene por objeto:

a) Fomentar, organizar, dirigir y difundir la práctica del Futbol Asociación en todo el país.

b) Organizar el Futbol Profesional de Tercera División, sus competencias y torneos, tanto oficiales como amistosos.

c) Fomentar las buenas relaciones entre sus miembros y coordinar sus actividades de tal manera que las mismas se realicen de forma eficaz y conveniente, a través de las Juntas de Grupo.

d) Representar y defender sus intereses ante Autoridades y Entidades tanto nacionales como extranjeras, de acuerdo con las designaciones que le fueran otorgadas por la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C.

e) Intervenir y participar ante la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., en lo que se relacione con el manejo de las Selecciones Nacionales, de acuerdo con el Reglamento de la Comisión de Selecciones.

f) Intervenir y participar ante la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., en todas aquellas cuestiones que se refieren o afecten a la Tercera División Profesional y que le competen de acuerdo con el Estatuto.

g) Ejecutar los actos relativos al fomento y regularización de los aspectos del Futbol de la Tercera División Profesional.

h) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Estatuto y sus Reglamentos y aquellas que emanen de éstos, así como los de la Federación Internacional de Futbol Asociación y los de todos los organismos deportivos de los que sea miembro la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C.

i) Representar a la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., en cualquier evento en el que a juicio de la misma deba estar representada por éste Sector Profesional.

j) Desahogar en forma expedita las consultas que le formulen los clubes. k) Difundir la edición de las reglas de juego y todos aquellos boletines que

contribuyan al mejoramiento de Futbol Asociación. l) Recibir y analizar las solicitudes de afiliación de los clubes que deseen ingresar al

sector profesional, para posteriormente enviarlas a la Secretaria General, quien las

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someterá a consideración de la Asamblea General de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C.

ARTICULO 4° La Tercera División Profesional gozará de autonomía en su régimen interno, pero sus actos no podrán contravenir ni oponerse a lo que establece el Estatuto y los Reglamentos de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C. ARTICULO 5° El ejercicio anual y económico de la Tercera División Profesional se inicia el día 1º de Enero y concluye el día 31 de Diciembre de cada año, y el deportivo inicia en el mes de agosto y concluye en el mes de junio.

GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN ARTICULO 6° La Tercera División Profesional realizará su objeto y cumplirá sus funciones a través de:

a) Asamblea de clubes. b) Comité Directivo. c) Dirección General.

ARTICULO 7° La Asamblea de clubes es el órgano supremo de la Tercera División Profesional. ARTICULO 8° Solo asistirán a las Asambleas los clubes que se encuentran en el ejercicio de sus derechos y estarán representados por una persona que será el Presidente, Vicepresidente o Apoderado legal de los derechos de afiliación debidamente acreditado ante la Tercera División Profesional. ARTICULO 9° La Asamblea de clubes de la Tercera División Profesional podrá ser:

a) Ordinaria. b) Extraordinaria.

ASAMBLEA ORDINARIA ASAMBLEA ORDINARIA

ARTICULO 10° La Asamblea Ordinaria se efectuará cuando menos una vez al año, en el lugar, fecha y hora que señale la convocatoria. Esta Asamblea Ordinaria tendrá como objeto lo siguiente:

a) En su caso, y de coincidir con el plazo, elegir a las personas que deban ocupar los puestos del Comité Directivo, de acuerdo con las disposiciones del Estatuto de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C.

b) Designar a los Delegados que representen a la Tercera División Profesional en las Asambleas Generales de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., de acuerdo con el Estatuto de la misma, determinando cual de ellos ejercerá el voto de la División.

c) En su caso, Exposición y Aprobación del Reglamento y Sistema de Competencia del ejercicio deportivo siguiente.

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ASAMBLEA EXTRAORDINARIA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

ARTICULO 11° La Asamblea Extraordinaria se reunirá cuando lo juzgue necesario el Comité Directivo, o el 75% de los clubes que la integran, y en ella se tratará cualquier asunto, que no sea materia de la Asamblea Ordinaria.

REUNION DE GRUPO REUNION DE GRUPO ARTICULO 12° Se llevarán a cabo por lo menos una vez al año reuniones de trabajo en cada uno de los grupos que integran esta División, que serán presididas por el Presidente del Comité Directivo, el Director General de la División y el vocal del grupo, asimismo los Presidentes, Vicepresidentes o Apoderados legales de los derechos de Afiliación de cada uno de los equipos del grupo. La orden del día para la celebración de estas reuniones la fijará el Comité Directivo.

CONVOCATORIAS CONVOCATORIAS ARTICULO 13° La convocatoria para la Asamblea ya sea Ordinaria, Extraordinaria o Reunión de Grupo deberá realizarse por el Comité Directivo con una anticipación de por lo menos 10 días de la fecha fijada para su celebración, debiendo señalar lugar, fecha y hora en que se efectuará y contener el orden del día respectivo. La convocatoria deberá ser mediante circular que se envié a los clubes por correo electrónico. El orden del día para las Asambleas Ordinarias deberá contener únicamente los puntos que específicamente señala este reglamento. El orden del día para las Asambleas Extraordinarias deberá contener únicamente los puntos que hayan sido propuestos, ajustándose al siguiente procedimiento.

a) Los asuntos propuestos por el Comité Directivo deberán ser dados a conocer a los clubes con la convocatoria, en los términos que señala el presente Reglamento.

b) Los asuntos que deseen tratar los clubes deberán ser presentados por escrito al Comité Directivo durante los 6 días siguientes de la notificación de la celebración de la Asamblea, a fin de poder preparar y enviar la convocatoria en los términos que señala el artículo.

Los asuntos se tratarán en el siguiente orden:

a) Los propuestos por el Comité Directivo. b) Los propuestos por los clubes presentados con la anticipación

Reglamentaria. ARTICULO 14º Para modificar el orden del día de una Asamblea Extraordinaria, se requiere la mitad más uno de los votos de los Clubes asistentes a la misma. ARTICULO 15° Las asambleas serán presididas por el Presidente del Comité Directivo, asistido por el Secretario y Tesorero del mismo, y en caso de falta o ausencia del

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Presidente, por el Vicepresidente en primer lugar, por el Secretario en segundo lugar y por el Tesorero en tercer lugar. ARTICULO 16° Para que una Asamblea se considere legalmente instalada en primera convocatoria, deberán estar presentes por lo menos la mitad más uno de los clubes que integran este Sector Profesional, y para segunda convocatoria bastara con los que se encuentren presentes. Para que una Reunión de Grupo se considere legalmente instalada en primera convocatoria, deberán estar presentes por lo menos la mitad más uno de los clubes que integran el grupo respectivo, y para segunda convocatoria bastara con los que se encuentren presentes. Para el caso de que por falta de tiempo no se pudiera resolver la totalidad de los asuntos previstos en la orden del día en ambos casos, se hará un receso, debiendo continuarse dentro de las 48 horas siguientes y en este caso se continuará con el número de afiliados que se encuentren presentes. ARTICULO 17º Serán validos y obligatorios los acuerdos de Asamblea tomados por la mayoría de los asistentes y entrarán en vigor el día de su aprobación. ARTICULO 18° En las votaciones, cada club representará un voto, el cual será emitido por el Presidente, Vicepresidente o Apoderado legal de los derechos de afiliación debidamente acreditado. En caso de que una votación resultare empatada, se decretará un receso de 10 minutos a fin de que los votantes pudieran reconsiderar su decisión, acto seguido se procederá a una segunda votación y de persistir, el empate, el Presidente o quien presida la reunión decidirá mediante su voto de calidad. ARTICULO 19° De las Asambleas y de las reuniones de Grupo se levantará un Acta que firmará el Presidente y Secretario o las personas que reglamentariamente los sustituyan, agregándose los documentos que se hayan presentado. ARTICULO 20º No podrán asistir como representantes de los clubes a las asambleas y reuniones de Grupo de la Tercera División Profesional:

a) Miembros de la Comisión Disciplinaria, de la Comisión de Árbitros, y de los colegios o asociaciones de Árbitros Profesionales.

b) Jugadores Profesionales en activo de Futbol Afiliados a la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C.

c) Personas que se dediquen habitualmente a promover espectáculos o giras deportivas.

d) Comentaristas o Críticos Deportivos en cualquier medio de difusión. e) Directivos de Clubes que no estén debidamente acreditados ante la

Tercera División Profesional. ARTICULO 21º Ningún Presidente o Vicepresidente podrá representar a más de un club en una Asamblea, ni tampoco un Directivo acreditado por un club podrá representar a otro. Ninguna persona podrá pertenecer a 2 directivas de Clubes de la Tercera División Profesional.

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COMITÉ DIRECTIVO COMITÉ DIRECTIVO ARTICULO 22° El Comité Directivo de la Tercera División Profesional estará integrado por Presidente, Vicepresidente, Secretario, Pro secretario, Tesorero, Pro tesorero, un vocal titular y un suplente por cada uno de los grupos, todos ellos deberán ser Presidentes o Vicepresidentes de sus equipos pero tratándose de equipos sin derecho de ascenso deberá ser un apoderado designado por el equipo del que es filial. Se deberá elegir al Presidente, Vicepresidente, Secretario, Pro Secretario, Tesorero y Pro Tesorero, mediante el proceso de elección abierta a través de planillas. Las planillas presentadas deberán tener la firma de aceptación de los candidatos y no podrá ninguna persona aparecer en más de una planilla. El registro de dichas planillas se abrirá 90 días antes de la clausura de la Copa del Mundo de la FIFA, y se cerrará 2 días antes del inicio de la Copa del Mundo de la FIFA, debiendo presentarse en la Dirección General de esta División, con copia a la Secretaria General de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C. La Dirección General de esta División revisará conjuntamente con el departamento jurídico los documentos que avalen dicha (s) planilla (s). Los vocales titulares y suplentes serán electos en la misma Asamblea de elecciones debiendo registrar su candidatura individualmente en los mismos plazos señalados para el registro de planillas. Para cualquier puesto dentro del Comité Directivo, solo deberá aparecer una persona por equipo. En el caso de que algún miembro del Comité elegido a través de planilla dejé por cualquier causa de pertenecer al Comité Directivo o algún Grupo quede sin vocal titular y/o suplente por no presentar su candidatura o no reunir los requisitos establecidos en este reglamento, el lugar quedará acéfalo, pero se podrán registrar para una nueva elección a mas tardar 30 días antes de la celebración de la siguiente Asamblea General Ordinaria que convoque la División. La elección de vocales titulares y suplentes se realizará por los equipos de cada uno de sus respectivos Grupos. ARTICULO 23° El Presidente del Comité Directivo será miembro del Consejo Nacional de la Federación Mexicana de Futbol Asociación A. C., tal como lo establece su estatuto. ARTICULO 24º Los miembros del Comité Directivo de la Tercera División Profesional, durarán en su cargo cuatro años y se desempeñarán con carácter honorífico a excepción del Presidente, por lo tanto no recibirán remuneración alguna y solo podrán solicitar el reembolso de los gastos que le origine el desempeño de sus funciones. Los miembros del Comité Directivo electos mediante proceso de votación podrán ser reelectos. ARTICULO 25° El sistema de renovación del Comité Directivo se llevará a cabo en el año que se efectué el Campeonato Mundial de FIFA y deberá realizarse como mínimo 6 días

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antes de la Asamblea General de la Federación Mexicana de Futbol, Asociación, A. C., en que se dé el reconocimiento oficial a los miembros del Consejo Nacional designados que se efectuará dentro de los 90 días posteriores a la fecha de Clausura de la Copa del mundo.

El resultado de la elección será comunicado al Consejo Nacional de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., con el fin de que en la Asamblea General se le dé el reconocimiento oficial y entrarán en funciones en la fecha de la Asamblea que los designe. En caso de renuncia o separación reglamentaria de cualquier miembro del Comité Directivo, quien lo supla únicamente completará el periodo para el que fue electo el Titular. ARTICULO 26° Para ser miembro del Comité Directivo se requiere:

a) Ser mayor de Edad. b) Desempeñar el cargo de Presidente o Vicepresidente de un club de esta División. c) Desempeñar el cargo de Apoderado en un club filial sin derecho de ascenso. d) No desempeñar cargo en diferente Federación Deportiva. e) No ser comentarista o persona relacionada con algún medio de comunicación. f) No ser miembro de ningún cuerpo técnico, ni jugador activo de cualquier división

profesional. g) Ser una persona de reconocida capacidad y solvencia moral. h) No ser parte ni haber participado en negocios de dudosa reputación o en

conductas delictivas, a juicio del Consejo Nacional. i) No estar inhabilitado para ejercer el comercio

ARTICULO 27° Son facultades y obligaciones del Comité Directivo de la Tercera División Profesional:

a) Aplicar y exigir el estricto cumplimiento del Estatuto y Reglamentos de la Federación Mexicana de Futbol, Asociación, A. C. y de la FIFA.

b) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de las Asambleas y si un club se niega a respetarlos se sancionará conforme a la gravedad del asunto, pudiendo solicitar en su caso por conducto del Consejo Nacional a la Asamblea General de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., la desafiliación del equipo responsable.

c) Representar por conducto de su presidente a la Tercera División Profesional ante el Consejo Nacional de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., y cualesquiera de sus Directivos ante otros organismos Deportivos Nacionales o Extranjeros.

d) Elaborar los proyectos de Reglamentos de Competencia de los Torneos Oficiales de esta División, así como los proyectos de los Reglamentos correspondientes a los Torneos o partidos amistosos Nacionales o Extranjeros de esta División.

e) Resolver los asuntos, protestas y consultas que sean sometidas a su consideración por los Clubes de esta División. En el caso en que se trate algún asunto de club o Clubes que estén representados en el Comité Directivo, se escucharán sus argumentos y puntos de vista, pero sus miembros no tendrán derecho a votar debiendo retirarse de la junta hasta que se resuelva lo conducente.

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f) Administrar los recursos de la Tercera División Profesional. g) Revisar y aprobar los Balances Generales y Estados financieros así como los

presupuestos de Ingresos y Egresos correspondientes, y aprobarlos para su presentación a la Asamblea General de la Federación.

h) Delegar funciones, otorgar poderes generales o especiales, designar comisiones y en general ejecutar todos los actos tendientes para el mejoramiento del Futbol Profesional.

i) Revisar y aprobar el informe de actividades deportivas del ejercicio anterior. j) Revisión y análisis de las solicitudes de afiliación de los clubes que deseen

ingresar al sector profesional, así como de las solicitudes de cambios de nombre y sede para ser turnadas a la Secretaria General de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., para el tramite correspondiente.

k) Revisar y modificar el presente Reglamento, para enviarlo al Consejo Nacional de la F. M. F. para su aprobación final.

l) Establecer el importe que deberán liquidar los clubes de nuevo ingreso por sus derechos de afiliación y su forma de pago.

REUNIONES DEL COMITÉ DIRECTIVO REUNIONES DEL COMITÉ DIRECTIVO

ARTICULO 28° Las reuniones de Comité Directivo serán validas cuando asistan por lo menos la mitad más uno de sus miembros y las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los asistentes y en caso de empate, resolverá el voto de calidad del Presidente o de quien reglamentariamente lo sustituya. ARTICULO 29° Las reuniones del Comité Directivo podrán celebrarse en su sede Social o fuera de ella. Las convocatorias para las reuniones del Comité Directivo deberán realizarse con una anticipación de por lo menos 10 días de la fecha fijada. ARTICULO 30° De las reuniones del Comité Directivo se levantará un Acta que contenga las resoluciones y acuerdos aprobados, debiendo firmarla el Presidente y el Secretario o quienes los suplan, las copias de las actas que sean necesarios extender por cualquier motivo justificado serán autorizadas por el Secretario del Comité o por quién reglamentariamente lo sustituya. ARTICULO 31° Son funciones del Comité Directivo:

DEL PRESIDENTE DEL PRESIDENTE Funciones del Presidente del Comité Directivo:

a) Representar a la Tercera División Profesional en la Asamblea General de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., y en el Consejo Nacional como miembro del mismo, y ante las Autoridades del Gobierno de la República Mexicana y Organismos Deportivos Nacionales y/o Extranjeros.

b) Presidir las Asambleas de Clubes, reuniones de Grupo y reuniones del Comité Directivo de la Tercera División Profesional y en su caso emitir su voto.

c) Cuidar de la ejecución de las Resoluciones y Acuerdos emanados de la Asamblea de clubes y del propio Comité Directivo, previa aprobación del Consejo Nacional.

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d) Autorizar con su firma los contratos y convenios que involucre a la Tercera División Profesional.

e) Someter a la consideración del Comité Directivo de la Tercera División Profesional para su discusión y en su caso aprobación, el Balance General y los Estados Financieros del ejercicio anterior, así como el presupuesto de Ingresos y Egresos del siguiente ejercicio y el informe de actividades deportivas del ejercicio anterior para ser enviados a la Asamblea General de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C.,

f) Someter a la consideración del Comité Directivo de la Tercera División Profesional para su discusión el informe deportivo del ejercicio anterior.

g) Informar en las Reuniones de Grupo de la Tercera División Profesional para su discusión y en su caso aprobación, el Balance General y los Estados Financieros del ejercicio anterior.

h) En los casos de urgencia, resolver o tomar medidas necesarias en asuntos propios de la Tercera División Profesional, dando cuenta de sus gestiones en la siguiente junta del Comité Directivo.

DEL VICEPRESIDENTE DEL VICEPRESIDENTE

El Vicepresidente del Comité Directivo de la Tercera División Profesional suplirá ausencias temporales o definitivas del Presidente, lo auxiliará en las gestiones de gobierno que lo requieran y desempeñará las comisiones que acuerde el Comité Directivo.

DEL SECRETARIO DEL SECRETARIO Son funciones del Secretario del Comité Directivo:

a) Asistir a las juntas del Comité Directivo y Asamblea General, para el caso de las juntas de Grupo asistirá cuando sea integrante del mismo.

b) Refrendar con su firma los contratos que se involucre a la Tercera División Profesional.

c) Redactar, firmar y enviar las Convocatorias para las Asambleas, Reuniones de Grupo de Clubes y juntas del Comité Directivo.

d) Transcribir en las Actas los acuerdos y resoluciones de las Asambleas de Clubes y de las reuniones del Comité Directivo.

e) Dar fe con su firma en unión del Presidente del Comité, de las Actas de las Asambleas de Clubes y de las reuniones de Grupo y del Comité Directivo.

f) Cuidar del Archivo y documentación de la Tercera División Profesional. g) En ausencia temporal del Presidente y del Vicepresidente, asumir las

funciones que este Reglamento otorga a los mencionados Directivos. h) Dar seguimiento a los acuerdos del Comité Directivo y de la Asamblea de

Clubes. i) Mantener actualizado el seguimiento de acuerdos tomados e informar al

Comité Directivo en cada sesión, el estado de los mismos.

DEL PRO SECRETARIO DEL PRO SECRETARIO El Pro Secretario desempeñara las siguientes funciones:

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a) Asistir a las juntas de Comité Directivo y Asamblea General, para el caso de las juntas de Grupo asistirá cuando sea integrante del mismo.

b) Participar en las deliberaciones y emitir su voto. c) Desempeñar las comisiones que le sean encomendadas por la Asamblea

de Clubes o por el Comité Directivo. d) Suplir las ausencias del Secretario y colaborar con el desempeño de sus

actividades.

DEL TESORERO DEL TESORERO Son funciones del Tesorero del Comité Directivo:

a) Asistir a las juntas de Comité Directivo y Asamblea General, para el caso de las juntas de Grupo asistirá cuando sea integrante del mismo.

b) Supervisar los ingresos que por diversos conceptos obtenga la Tercera División Profesional y él depósito de fondos en las instituciones bancarias que estime convenientes, así como el retiro de fondos o reembolsos de gastos justificados.

c) Vigilar la contabilidad de la Tercera División Profesional para efecto de que los libros se encuentren al corriente y reflejen con exactitud las operaciones realizadas. En esta tarea podrá ser asesorado por especialistas en la materia.

d) Formular el Balance General y Estados Financieros del Ejercicio anterior, certificados por auditoria externa, así como los presupuestos de Ingresos y Egresos del siguiente ejercicio.

e) Gestionar y comprobar que los clubes cubran oportunamente sus cuotas y adeudos por las participaciones con la Tercera División Profesional.

f) Proponer y gestionar todo tipo de actividades económicas de la Tercera División Profesional.

g) En Ausencia del Presidente, Vicepresidente y Secretario, asumir las funciones que este Reglamento otorga a los mencionados Directivos.

DEL PRO TESORERO DEL PRO TESORERO

El Pro Tesorero de la Tercera División Profesional desempeñará las siguientes funciones:

a) Asistir a las juntas de Comité Directivo y Asamblea General, para el caso de las juntas de Grupo asistirá cuando sea integrante del mismo.

b) Participar en las deliberaciones y emitir su voto. c) Desempeñar las comisiones que le sean encomendadas por la Asamblea

de Clubes o por el Comité Directivo. d) Suplir las ausencias del Tesorero y colaborar con el desempeño de sus

funciones.

DE LOS VOCALES DE LOS VOCALES Los vocales del Comité directivo tienen las siguientes funciones:

a) Asistir a las juntas de Comité Directivo, Asamblea General y Reuniones de su Grupo.

b) Participar en las deliberaciones y emitir su voto.

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c) Tener una comunicación adecuada y oportuna con los Directivos de los Clubes de su Grupo, para informar al Comité Directivo acerca de la problemática de los clubes, y vigilar el cumplimiento de los mismos.

d) Desempeñar las comisiones que le sean encomendadas por la Asamblea de Clubes o por el Comité Directivo.

e) En el caso de los suplentes, estos solo entraran en funciones cuando el titular renuncie o sea separado de su cargo, y en ese caso tendrá las funciones enumeradas en los incisos anteriores de este articulo.

ARTICULO 32° Cualquier miembro del Comité Directivo que deje de asistir sin causa justificada a 3 juntas consecutivas, será removido de su cargo por el Comité Directivo, siendo sustituido por el suplente o quien tenga el rango inmediato inferior, informando del cambio en la siguiente Asamblea. El miembro del Comité Directivo que tenga necesidad de ausentarse de sus funciones por un término de 60 días, deberá comunicarlo por escrito al propio Comité para solicitar el permiso correspondiente. En los casos de renuncia o sustitución definitiva de algún Directivo, el Comité dará cuenta a la Asamblea de Clubes o de Grupo para sí fuera el caso de algún vocal se proceda a elegir al nuevo directivo. En el caso de los vocales de Grupo si el suplente mantiene los requisitos previstos en él artículo 26º de este Reglamento entrará en funciones en forma automática.

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL ARTICULO 33º El Director General será nombrado por el Presidente de la Tercera División Profesional. El ejercicio del cargo del Director General deberá ser remunerado y tiene las siguientes facultades y obligaciones:

a) Atender los asuntos de la Tercera División Profesional de acuerdo con los lineamientos fijados por el Comité Directivo, coordinando sus actividades con el miembro del Comité correspondiente, según la materia a que la gestión corresponda.

b) Integrar la organización administrativa necesaria para el eficiente manejo, trámite y control de los asuntos de la Tercera División Profesional.

c) Programar y preparar las Asambleas de los Clubes, las juntas de Comité Directivo y las reuniones de Grupo de la Tercera División Profesional.

d) Dar cumplimiento a los acuerdos y resoluciones de Comité Directivo, Asamblea y Reunión de Grupo de la Tercera División Profesional, previamente aprobadas.

e) Organizar la documentación relativa al registro de jugadores y autorizarla de acuerdo a lo que se señalan los Reglamentos correspondientes.

f) Cuidar del archivo y documentación de la Tercera División Profesional. g) Promover el Futbol, fundamentalmente el de la Tercera División

Profesional. h) Reunir todos los datos necesarios para la preparación del informe de

actividades del ejercicio correspondiente.

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i) Representar al Comité Directivo o en particular algunos de sus miembros de acuerdo con la designación que le sea otorgada.

j) Recibir las consultas de los Clubes para someterlas al conocimiento y resolución de los miembros del Comité Directivo.

k) Tramitar cambios de fecha, horarios y estadios para los diversos partidos conforme al Reglamento de Competencia y contestar la correspondencia.

l) Revisar semanalmente las cedulas arbítrales de los partidos. m) Formular las resoluciones de las protestas presentadas por los clubes, de

acuerdo con el fallo emitido por el Comité Directivo. n) Vigilar el cumplimiento de las labores del personal administrativo. o) Atender los asuntos relacionados con la afiliación de clubes.

JURISDICCIÓN JURISDICCIÓN ARTICULO 34° La jurisdicción social y deportiva de la Tercera División Profesional se extiende a sus clubes, a sus directivos, entrenadores, jugadores, así como al personal de la Federación Mexicana de Futbol asignado a esta División. Las resoluciones que dicte el Comité Directivo serán inapelables.

INGRESOS INGRESOS ARTICULO 35º La Tercera División atenderá sus gastos con los siguientes ingresos:

a) Cuota fija anual para cada club afiliado, aprobada por el Comité Directivo de la División.

b) Recibir los beneficios económicos que se deriven de las actividades de la Federación, previa resolución del Consejo Nacional

c) Cuota fija o participación sobre los ingresos de los partidos amistosos de carácter internacional que organice la Tercera División Profesional.

d) Cuota fija y/o participación de los ingresos que deberán enterar los equipos de la Tercera División Profesional a la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., por partidos que celebren en el extranjero.

e) Participación de cualquier ingreso de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., que provenga de la Tercera División Profesional.

f) El porcentaje que le corresponda por el contrato de exclusividad de balones para el Sector Profesional.

g) Patrocinios, donativos y subvenciones que le otorguen. h) Cualquier otro ingreso autorizado por la Asamblea de clubes o Consejo

Nacional. ARTICULO 36º Los clubes de la Tercera División Profesional deberán de satisfacer los requisitos que contiene el Estatuto y Reglamento de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C. ARTICULO 37º Para el cumplimiento de sus obligaciones deportivas y económicas, los clubes deberán acreditar ante el Comité Directivo de la Tercera División Profesional y la Secretaría General de la Federación Mexicana de Futbol, estar legalmente constituidos y registrados en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de su jurisdicción.

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ARTICULO 38º Ningún club podrá participar en un torneo o temporada oficial si no tiene cubiertas totalmente las obligaciones económicas, legales y deportivas que como afiliado le resulten. ARTICULO 39º Los clubes adoptaran la denominación que les sea conveniente, siempre y cuando no sea igual, similar o equivalente a la de cualquier otro club afiliado, dicha denominación estará exenta de toda tendencia política, religiosa o racial que pudiera desnaturalizar las contiendas deportivas. ARTICULO 40º Las competencias en que participen los equipos de la Tercera División Profesional, se regirán por el Reglamento General de Competencia aprobado por la Asamblea de clubes y el Consejo Nacional y supletoriamente por el Reglamento de Competencia de la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C., y por las disposiciones de la FIFA. ARTICULO 41º Son derechos de los clubes de la Tercera División Profesional:

a) Concurrir a través de sus representantes a las Asambleas y reuniones de su Grupo de los clubes.

b) Tomar parte en las competencias oficiales organizadas por el Sector. c) Presentar ponencias, estudios y recomendaciones ante quien corresponda. d) Deliberar y votar en los asuntos que se traten en las Asambleas y reuniones de

su Grupo. e) Recibir los beneficios que la Asamblea de clubes de la Tercera División

Profesional acuerde y los que se deriven de su carácter de afiliado a la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A. C.

f) Participar en la elección de Presidente del Comité Directivo y demás miembros del mismo.

g) Recibir los premios o distinciones a las que se hagan acreedores los equipos. h) Ascender en su caso a la Segunda División Profesional. i) Las demás que señale el Estatuto y Reglamentos de la Federación Mexicana

de Futbol Asociación, A. C. ARTICULO 42º Son obligaciones de los clubes de la Tercera División Profesional:

a) Asistir a las Asambleas y reuniones a que sean convocados. b) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y Reglamentos de la Federación Mexicana

de Futbol Asociación, A. C., así como los Reglamentos y disposiciones de la Tercera División Profesional, y la FIFA.

c) Observar y acatar las leyes vigentes que regulen actividades con el Futbol Profesional.

d) Enterar oportunamente las participaciones, cuotas o cualquier otro cargo que apruebe el Comité Directivo de la División.

e) Participar en las competencias oficiales de la División. f) Proporcionar jugadores que el Consejo Nacional a través de la Comisión de

Selecciones Nacionales solicite, con el fin de integrar cualquiera de las Selecciones Nacionales.

g) Informar al Comité Directivo de la Tercera División Profesional la constitución de su mesa directiva y de los cambios que sufriera la misma, mediante escritura publica inscrita en el Registro Publico de la Propiedad de la localidad correspondiente..

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h) Garantizar a los equipos visitantes y cuerpo arbitral todas las seguridades necesarias para su protección personal, desde su llegada a la ciudad, durante el desarrollo de los partidos y hasta su retiro.

i) Cumplir en sus términos, las resoluciones que emitan las Comisiones temporales o permanentes.

ARTICULO 43º Son torneos oficiales de la Tercera División Profesional:

a) Torneo de Apertura y Clausura de cada temporada. b) Aquellos que apruebe la Asamblea de clubes por situaciones especiales.

GENERALIDADES GENERALIDADES

ARTICULO 44º Lo no previsto en el presente Reglamento será resuelto por el Comité Directivo de la Tercera División Profesional.

TRANSITORIOS TRANSITORIOS El presente Reglamento fue autorizado por el Comité Directivo de la Tercera División Profesional en su reunión celebrada el día 28 de junio del 2007. El presente Reglamento fue finalmente aprobado por el Consejo Nacional el día 2 de agosto del 2007, entrando en vigor al día siguiente de su aprobación. Se abroga el Reglamento de la Tercera División Profesional anterior a este y todas las disposiciones que se opongan al mismo.

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