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FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES SEDE ACADÉMICA MÉXICO MAESTRÍA EN POLÍTICAS PÚBLICAS COMPARADAS III PROMOCIÓN (2008-2009) La responsabilidad administrativa como política pública Una aproximación a los resultados del control sobre el poder Ejecutivo federal en México, 2000-2008 Tesis que para optar al grado de Maestro en Políticas Públicas Comparadas presenta: Fernando Martínez García Director de Tesis: Dr. Moisés Pérez Vega Lectores de Tesis: Dra. Arcelia Martínez Bordón Dr. Vidal Llerenas Morales México, Distrito Federal, Marzo de 2010

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  • FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES

    SEDE ACADMICA MXICO

    MAESTRA EN POLTICAS PBLICAS COMPARADAS

    III PROMOCIN (2008-2009)

    La responsabilidad administrativa como poltica pblica

    Una aproximacin a los resultados del control sobre el poder Ejecutivo federal

    en Mxico, 2000-2008

    Tesis que para optar al grado de Maestro en Polticas Pblicas Comparadas

    presenta:

    Fernando Martnez Garca

    Director de Tesis: Dr. Moiss Prez Vega

    Lectores de Tesis: Dra. Arcelia Martnez Bordn

    Dr. Vidal Llerenas Morales

    Mxico, Distrito Federal, Marzo de 2010

  • Resumen

    Es una realidad el establecimiento de diversos mecanismos para el control gubernamental y de sancin a servidores pblicos que han contrariado el orden normativo. Especficamente el control del Ejecutivo por la cantidad de recursos financieros, materiales y humanos con los que cuenta, adems de la preponderancia de la que goza en nuestro pas, ha sido una preocupacin constante. El anlisis de los postulados tericos en los que se sustenta la poltica de control sobre el Ejecutivo federal constituye el contenido general del presente trabajo, el cual se concreta en la poltica de responsabilidad administrativa de servidores pblicos en el mbito federal a cargo de dos organizaciones gubernamentales: la Auditora Superior de la Federacin y la Secretara de la Funcin Pblica, que, aunque en principio la lgica del control que realizan es diferente, ya que una realiza el control externo y la otra el interno, cuentan con facultades para sancionar administrativamente a servidores pblicos, llegando el caso, incluso, de que sancionen a un mismo servidor pblico por las mismas causas. Conforme a esto, el estudio diserta sobre las ventajas y desventajas de dicha situacin, comparando los resultados de una y otra organizacin durante el perodo 2000-2008. La perspectiva de la investigacin se centra en la construccin ms sustancial de la poltica de rendicin de cuentas, proponiendo el redimensionamiento terico y esencial de la misma, considerando en su diseo, implementacin y evaluacin a la sancin, especficamente, la administrativa.

    Palabras clave: poltica, rendicin de cuentas, responsabilidad administrativa, sancin, sanciones, resultados, non bis in dem.

  • A mi mejor maestro

    ngel Sixto Martnez Mendoza

    In memoriam

    Papamigo de mi vida todo el tiempo,

    Protector de mi miedo, vaso mo,

    Palabra clara, corazn resuelto

    (Jaime Sabines)

  • El primer gobernante de una sociedad no debe tener ms bandera

    que la ley; la felicidad comn debe ser su norte, e iguales los

    hombres ante su presencia, como lo son ante la ley; slo debe

    distinguir el mrito y la virtud para recompensarlos; al vicio y al

    crimen para procurar su castigo

    (Benito Jurez)

  • Agradecimientos

    Este trabajo implic un esfuerzo y dedicacin personal pero el mrito de llegar a

    su conclusin, despus de un largo camino, no fue exclusivo, por el contrario, es

    parte de un proceso interactivo que me permiti aprender y corregir no solo en lo

    profesional sino tambin en lo personal, con la satisfaccin de haber encontrado

    en el camino no solo diversos enfoques tericos y expertos en polticas pblicas,

    sino tambin nuevos amigos. En primer lugar quiero dejar constancia de mi

    agradecimiento a mis tutoras de FLACSO Mxico: a rsula Zurita quien desde la

    especialidad me ayud, orient y apoyo en todo momento; mi especial

    agradecimiento a Arcelia Martnez quien me gui durante toda la maestra; sus

    consejos y apoyo fueron invaluables para el entendimiento de las polticas

    pblicas, para concluir la maestra y por supuesto para elaborar y terminar la

    tesis. Igualmente mi gratitud para Moiss Prez, mi Director de tesis, por sus

    invaluables comentarios y observaciones que permitieron llevar a mejor trmino

    el trabajo; de la misma forma agradezco a Vidal Llerenas por su tiempo y

    dedicacin como lector de la tesis a pesar de su apretada agenda.

    Asimismo, mi agradecimiento para Eduardo Villarreal por su entrega y

    entusiasmo en la coordinacin de la maestra y por la presin que ejerca para

    terminar la tesis, sin duda alguna ayud; gracias tambin a Jos Del Tronco por

    su decidido apoyo en esta etapa final. Agradezco de igual manera a mis

    compaeros y amigos de la maestra quienes a travs de las largas, interesantes y

    entretenidas discusiones de los proyectos aportaron importantes elementos para

    realizar la investigacin, gracias por su apoyo Angie, Martha, Elsa, Henry, Juan

    Carlos, Sergio y David.

    Por supuesto mi agradecimiento permanente a mis paps, principalmente

    a ti Tito, por tus enseanzas de temple, fortaleza, serenidad, valenta y amor.

    Gracias a mis hermanos quienes siempre me han apoyado e incluso consentido,

    aguantndome hasta en los momentos de histeria. Igualmente a mis amigos

    quienes invariablemente han estado a mi lado (y estoy seguro de que seguirn

    estando); esas palabras de t puedes! constantemente me han motivado, por los

  • momentos juntos y los que vengan, gracias Keico, Tet, Gerar, Leidy, Isa, Sullys,

    Florecita, Adri, Emilio y Sandra. Especial agradecimiento para Sandra por

    compartir sus conocimientos sobre responsabilidades y quien de igual forma, a

    pesar de las cargas de trabajo y los bomberazos, me ayud en la revisin de la

    tesis, aportando, como siempre, valiosos comentarios.

    Del mismo modo agradezco al C.P.C. Juan Manuel Portal y a los

    Licenciados Oscar Ren Martnez, Marco Antonio Cardoso y Gibran Ernesto

    Silva por su apoyo incondicional y constante para el desarrollo de mi actividad

    profesional en la Auditora Superior de la Federacin as como para la

    realizacin de esta investigacin.

    Sin duda, las deficiencias y errores de la tesis no son ms que de mi

    exclusiva responsabilidad.

    A todos ustedes, muchas gracias, sinceramente.

    Fernando Martnez Garca

  • ndice general

    Agradecimientos Abreviaturas.

    i

    Introduccin ii CAPTULO I. EJES CONCEPTUALES

    1.1. Alcances de la transparencia. 8 1.2. Alcances de la rendicin de cuentas.. 11 1.3. Proyectos polticos y rendicin de cuentas... 15 1.4. El Estado de Derecho Democrtico.. 17 1.5. Interaccin de los tres conceptos... 22 Conclusiones del captulo. 25

    CAPTULO II. LA POLTICA DE CONTROL DE LA GESTIN PBLICA

    2.1. La poltica pblica y la poltica gubernamental 26 2.2. La poltica de control................................................................................. 27 2.2.1. Lo que se espera de la poltica de control del poder.. 28 2.3. Los diferentes tipos de control del poder.. 29 2.3.1. Controles horizontales y verticales 30 2.3.2. Control legislativo y ejecutivo-administrativo....... 31 2.4. La potestad sancionadora del Estado 33 2.5. La poltica de responsabilidad administrativa... 34 2.5.1. La responsabilidad administrativa como control de la gestin pblica...

    35

    2.5.1.1. La Responsabilidad Disciplinaria... 36 2.5.1.2. La Responsabilidad Resarcitoria o Econmica... 37 Conclusiones del captulo 38

    CAPTULO III. RGANOS DE CONTROL SOBRE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL EN MXICO

    3.1. El Ejecutivo Federal. Su descripcin y Justificacin de su control.

    40

    3.1.1. La necesidad de controlar al Ejecutivo federal.. 42 3.2. La Secretara de la Funcin Pblica 3.2.1. Naturaleza jurdica..... 43 3.2.2. Precisin de lo que es una Secretara de Estado.... 44 3.2.3. Un poco de historia: evolucin de la Secretara de la Funcin Pblica..

    45

    3.2.3.1. Regulacin previa a la creacin de una

  • Secretara de Contralora..... 45 3.2.3.2. Una secretara especfica para el control gubernamental... 46 3.2.3.3. El paso a la SECODAM.. 47 3.2.3.4. La Secretara de la Funcin Pblica y su actual crisis..

    48

    3.2.4. Atribuciones de la Secretara de la Funcin Pblica sobre control y sancin a servidores pblicos..

    54

    3.3. La Auditora Superior de la Federacin 3.3.1. Naturaleza jurdica... 56 3.3.2. Significado de la fiscalizacin superior. 56 3.3.3. Breve historia de la Auditora Superior de la Federacin 3.3.3.1. La fiscalizacin superior en el Mxico independiente 57 Perodos revolucionario y post-revolucionario................. 59 poca contempornea. 60 3.3.4. Las diferentes modalidades de rganos de fiscalizacin 62 3.3.5. Atribuciones de la Auditora Superior de la Federacin sobre control y sancin a servidores pblicos

    64

    Conclusiones del captulo 67 CAPTULO IV. LOS PROCEDIMIENTOS DE FINCAMIENTO DE

    RESPONSABILIDADES A CARGO DE LA SFP Y DE LA ASF

    4.1. Diferencias y semejanzas entre cada procedimiento 4.1.1. Su objetivo. 71 4.1.2. Unidades administrativas encargadas de sustanciarlos.. 72 4.1.3. Sustanciacin.. 73 4.1.4. Sanciones 77 4.1.5. Medios de impugnacin en sede administrativa.... 79 4.2. La calidad en los procedimientos.. 80 4.3. Resultados en el perodo 2000-2008 en torno al control realizado por cada organizacin

    4.3.1. De la Secretara de la Funcin Pblica.. 83 4.3.2. De la Auditora Superior de la Federacin. 4.3.3. Resultados globales del control sobre el Ejecutivo federal

    90 92

    4.4. Violacin del principio non bis in dem 97 Conclusiones del captulo 108

    CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DE POLTICA

    Conclusiones........ Ventajas y desventajas de la existencia de ambos procedimientos..

    110 114

    Prospectiva y recomendaciones de poltica pblica. 116 Bibliografa... 127

  • ndice de anexos, cuadros y grficas

    Anexo 1 Tesis judicial: Servidores Pblicos. El procedimiento administrativo de responsabilidad y el relativo al pliego de responsabilidades siguen distintos fines segn las leyes que los rigen. Tesis judicial: Responsabilidades Administrativas de los Servidores Pblicos. Los particulares que desempeen una comisin por encargo del Gobierno Federal estn sujetos a las sanciones disciplinarias que deriven de la infraccin a La Ley Federal Relativa y obligados a responder por su conducta cuando ocasionen un dao patrimonial a la Hacienda Pblica.

    137

    Anexo 2 Tesis judicial: Pliegos de Responsabilidades fincados a funcionarios pblicos.- Son crditos fiscales.

    140

    Anexo 3 Tesis judicial: Derecho Administrativo Sancionador. Para la construccin de sus propios principios constitucionales es vlido acudir de manera prudente a las tcnicas garantistas del derecho penal, en tanto ambos son manifestaciones de la potestad punitiva del Estado. Tesis judicial: Derecho Administrativo Sancionador Electoral. Le son aplicables los principios del ius puniendi desarrollados por el derecho penal.

    141

    Cuadro 1. Comparativo de la actual LOAPF y propuestas de reforma de 15 de septiembre de 2009..

    52 Cuadro 2. Comparativo de los procedimientos de responsabilidades sustanciados por la SFP y la ASF

    74

    Cuadro 3. Sustanciacin del recursos administrativo en Cada procedimiento..

    80

    Cuadro 4. Resoluciones de no responsabilidad y responsabilidad por sector..

    88

    Cuadro 5. Presupuesto de la Administracin Pblica Federal 93

    Cuadro 6. Universo de auditoras y entidades fiscalizadas. 94

  • Cuadro 7. Control va procedimiento administrativo. 94 Cuadro 8. Recuperaciones efectivas por el trabajo de fiscalizacin (auditora y seguimiento de las observaciones)

    95

    Cuadro 9. Presupuesto de cada rgano fiscalizador 95

    Diagrama de flujo para la imposicin de sanciones administrativas resarcitorias por la Auditora Superior de la Federacin..

    65

    Grfica 1. Sector desarrollo social y recursos renovables... 84

    Grfica 2. Sector desarrollo econmico..

    84

    Grfica 3. Sector educacin y cultura. 85

    Grfica 4. Sector energa. 85

    Grfica 5. Sector hacienda.. 86

    Grfica 6. Sector salud

    86

    Grfica 7. Sector seguridad nacional..

    87

    Grfica 8. Control interno y facultad de atraccin de la SFP..

    87

    Grfica 9. Impacto cuantitativo del control global realizado por la SFP

    88

    Grfica 10. Sanciones econmicas determinadas por la SFP.

    89

    Grfica 11. Procedimientos instaurados por la ASF... 91

    Grfica 12. Procedimientos instaurados por la ASF por sectores administrativos.

    91

  • i

    Abreviaturas

    ASF. Auditora Superior de la Federacin.

    CPEUM. Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.

    LFRASP. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores

    Pblicos.

    LFRCF. Ley de Fiscalizacin y Rendicin de Cuentas de la Federacin.

    LOAPF. Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal.

    OIC. rganos Internos de Control.

    SFP. Secretara de la Funcin Pblica.

  • ii

    Introduccin

    El estudio y conocimiento de los asuntos pblicos siempre me ha despertado un gran

    inters personal. Con formacin inicial de abogado, he tenido la suerte de desarrollar mi

    actividad profesional dentro del campo del llamado Derecho pblico, primero en un

    despacho dedicado a la materia, despus y a la fecha, en el sector gubernamental. Los

    estudios realizados y la prctica profesional, me han ayudado a comprender de manera

    general el trabajo que puede realizar un estudioso de las polticas y como el

    entendimiento de lo pblico es algo ms complejo que la sola visin que ofrece el

    Derecho.

    Dado lo anterior, he tenido la inquietud de realizar estudios diversos a los

    estrictamente jurdicos para entender de mejor manera el aspecto formal y prctico de las

    cuestiones pblicas. Conforme avanzo en ese entendimiento, voy reafirmando mi inters

    sobre la materia y adems, constato la importancia de la interrelacin de las diversas

    disciplinas para la formacin del conocimiento de lo social, como es el caso del Derecho

    y las polticas pblicas cuyo enfoque se caracteriza por ser de carcter multidisciplinario.

    Es justamente la interrelacin entre Derecho y polticas pblicas la que muestro en esta

    investigacin, para abordar el problema pblico objeto de anlisis: la efectividad de los

    mecanismos de rendicin de cuentas a travs de las sanciones administrativas,

    especficamente las impuestas por las instancias de control con funciones fiscalizadoras

    y sancionatorias.

    De tal suerte, abordo el tema de la responsabilidad administrativa como parte de

    las polticas pblicas de rendicin de cuentas en el orden federal mexicano, en donde,

    tanto la Secretara de la Funcin Pblica (SFP), jerrquicamente subordinada al

    Ejecutivo federal, como la Auditora Superior de la Federacin (ASF), adscrita a la

    Cmara de Diputados del Congreso de la Unin, pero con autonoma tcnica y de

    gestin, tienen facultades para instruir procedimientos de fincamiento de

    responsabilidades administrativas a los servidores pblicos que provoquen un dao al

    patrimonio de las entidades federales o de la hacienda pblica federal.

    Ambas dependencias operan bajo el argumento de hacer efectivos los principios

    de la transparencia y la rendicin de cuentas, pero con diferentes lgicas o perspectivas

  • iii

    en cuanto a su pertenencia a diferentes rganos del Estado. Cada de una de dichas

    entidades pblicas rige su actuar en la materia con base en una ley especfica: la SFP

    aplica lo establecido en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los

    Servidores Pblicos, mientras que la ASF lo establecido en la Ley de Fiscalizacin y

    Rendicin de Cuentas de la Federacin1. Esta situacin permite observar que ambos

    ordenamientos regulan procedimientos de fincamiento de responsabilidades

    administrativas que, de manera general, persiguen la misma finalidad: la disciplina en el

    servicio pblico y la reparacin de los daos causados al patrimonio del Estado.

    Tal situacin, como lo explico en el desarrollo de la investigacin, deja abierta la

    puerta para que en determinado caso, en contra de un mismo servidor pblico se lleven a

    cabo procedimientos simultneos por los mismos hechos ante autoridades de la misma

    naturaleza (administrativa) y, se aplique el mismo tipo de sancin por la misma conducta

    (econmico-administrativa), situacin traducida en la violacin al principio

    constitucional non bis in dem en cuanto a la aplicacin de sanciones: a nadie puede

    imponrsele dos o ms sanciones de la misma naturaleza por la misma conducta y

    nadie puede ser juzgado dos veces por la misma causa; en tal sentido, la ejecucin de

    ambas polticas disciplinarias lejos de vigorizar, podra trastocar los principios del

    Estado de Derecho Democrtico.

    Adicional a lo anterior, cabe mencionar que se estn destinando recursos

    pblicos de dos organizaciones gubernamentales para la misma finalidad, aunque el

    mbito de actuacin de la SFP se circunscribe nicamente al rgano Ejecutivo federal,

    no as el de la ASF que tiene facultades de auditar y, en su caso, sancionar a todos los

    rganos y rdenes de gobierno. Pese a ello, la ASF podra tener una actuacin acotada

    en cuanto al control del Ejecutivo federal, sobre todo por sus limitados recursos

    humanos y la imposibilidad material de practicar auditoras en cada dependencia y

    entidad bajo la subordinacin o coordinacin del propio Ejecutivo. Mientras tanto, la

    gran mayora de las mencionadas dependencias y entidades cuenta con un rgano

    interno de control adscrito a la SFP, aunque las revisiones hechas por el propio Ejecutivo

    por lo general, son cuestionadas al percibirse poca credibilidad de las mismas.

    1 El 29 de mayo de 2009 se public en el Diario Oficial de la Federacin la Ley de Fiscalizacin y Rendicin de Cuentas que abrog la Ley de Fiscalizacin Superior de la Federacin.

  • iv

    Ante tal situacin, me surgi la inquietud de realizar una investigacin comparativa para

    explorar la lgica y mecanismos de cada uno de los procedimientos mencionados,

    haciendo una descripcin detallada de los mismos, as como tambin para verificar si

    existen casos en los que ambos procedimientos hayan sido instaurados en contra de la

    misma persona, adems del impacto que, en cuanto a la reparacin de los daos

    causados o determinados al patrimonio del Estado, cada organizacin pblica ha tenido.

    Considero que la problemtica planteada se inserta en las fases de diseo y

    evaluacin de la poltica de responsabilidad administrativa contextualizada dentro de las

    polticas de rendicin de cuentas. Ante esto, se emplea una perspectiva de comparacin

    primeramente para describir y explicar el proceso de polticas most similar en esas fases,

    y posteriormente evaluar los principios que fundamentan los procedimientos estudiados

    precisando las ventajas y desventajas de la poltica analizada. La dimensin comparativa

    de la investigacin tiene lugar en la exploracin y descripcin entre casos similares, al

    ser unidades de anlisis dos procedimientos de fincamiento de responsabilidades

    instrumentados por diversas autoridades administrativas, cuya finalidad es hacer guardar

    la disciplina en el servicio pblico. Es as como contextualizo el control que tanto la SFP

    como la ASF realizan sobre el poder Ejecutivo federal. De acuerdo con lo que precisan

    Meny y Theoning:

    El anlisis comparado les ha devuelto su importancia (a las polticas pblicas), valorando la necesidad de restituir el contexto histrico, poltico-administrativo y cultural de las polticas. Sin esta contribucin difcilmente podran explicarse las divergencias observadas en la aplicacin simultnea de polticas elaboradas en respuesta a problemas idnticos (Meny y Theonig, 1992: 229).

    As, el estudio se realiz bajo una perspectiva comparada para explorar y describir la

    poltica de responsabilidad administrativa de servidores pblicos en el orden federal

    mexicano, a travs de la recopilacin y anlisis de datos principalmente cualitativos y

    algunos cuantitativos, con la intencin de caracterizar sus elementos en el contexto de

    las organizaciones gubernamentales que la implementan, conocer sus objetivos,

    autoridades o instancias, consecuencias, resultados, etctera, determinando con base en

    ello, sus ventajas y desventajas. La investigacin abarca el perodo comprendido entre

    los aos 2000 a 2008, ya que por un lado es a partir del ao 2000 en que la ASF inici

  • v

    sus operaciones con sus nuevas facultades despus de la transicin de la Contadura

    Mayor de Hacienda a sta nueva concepcin de entidad de fiscalizacin y, por otro lado,

    la informacin proporcionada por la SFP cubre hasta octubre de 2008. Conforme a esto,

    formul las siguientes preguntas para orientar el trabajo:

    Pregunta general

    Cules son las ventajas y desventajas de que existan dos procedimientos de

    responsabilidades administrativas, regulados por diversas leyes e instrumentados

    por diversas autoridades, que persiguen la misma finalidad en el orden federal

    mexicano?

    Preguntas especficas

    Cul es la lgica o perspectiva con la que operan la Secretara de la Funcin

    Pblica y la Auditora Superior de la Federacin (Naturaleza jurdica, finalidad,

    estructura orgnica, tcnica de gestin pblica que utilizan, etctera)?

    Cules son las caractersticas y diferencias de cada uno de los procedimientos

    (objetivos, operacin, autoridades o instancias, consecuencias, etctera)?

    Cuntos procedimientos han instruido una y otra dependencia en el perodo

    comprendido de los aos 2000 a 2008?

    A cunto asciende el monto de las sanciones econmicas impuestas por la SFP y

    la ASF?

    Se pueden identificar algunos procedimientos que han instruido la SFP y la ASF

    por la misma causa en contra del mismo servidor pblico, imponindole cada una

    por su parte, una sancin econmico-administrativa?

    En este tenor y con la revisin del estado del arte, formul la siguiente hiptesis de

    trabajo:

  • vi

    La existencia de dos procedimientos con la misma finalidad permite el

    fortalecimiento del sistema de control sobre el rgano Ejecutivo del Estado,

    pero, paradjicamente, contribuye al menoscabo de principios constitucionales,

    lo que afecta la validez del Estado Democrtico de Derecho.

    Con la respuesta a las interrogantes planteadas, adems de verificar la hiptesis,

    pretendo aportar elementos para fortalecer el anlisis de polticas de rendicin de

    cuentas, en uno de sus ejes: enforcement (la sancin) y hacer propuestas tendientes a

    hacer ms efectivo el fincamiento de responsabilidades administrativas en el marco de

    las polticas rendicin de cuentas y, vigencia o fortalecimiento del Estado de Derecho

    Democrtico. Esto, pues la sancin ha sido desconsiderada como parte primordial de los

    mecanismos de rendicin de cuentas.

    La investigacin est estructurada en cuatro captulos; en los dos primeros

    delimito el marco terico conceptual en el que se inscribe el problema de investigacin;

    en el tercero hago una descripcin de las dos entidades pblicas que llevan a cabo los

    procedimientos de fincamiento de responsabilidades administrativas, mismos que

    explico en el cuarto captulo, en donde tambin apunto los resultados logrados en cada

    mbito y, por ltimo, preciso las conclusiones generales as como algunas sugerencias

    de poltica. En este sentido, como lo propongo en la conclusiones, podran considerarse

    futuras investigaciones sobre la sancin en el marco de la rendicin de cuentas, que tal

    parece, como lo considera Merino (2009), se qued detenida en el derecho a la

    informacin, lo que puede generar transparencia pero no rendicin de cuentas.

    El trabajo se topa con la limitacin de falta de investigacin de campo sobre el

    sentir de los actores involucrados en la operacin de los procedimientos analizados, para

    conocer su opinin sobre las consideraciones y resultados presentados; asimismo no

    existe precisin sobre las sanciones econmicas impuestas por la Auditora Superior de

    la Federacin, ya que los responsables de la misma manifestaron que es difcil saber el

    monto real de las sanciones, debido a los diferentes medios de impugnacin que pueden

    oponer los particulares. Estas circunstancias no fueron atendidas bsicamente por los

    lmites temporales de la investigacin, como lo explico en el contenido de la misma.

  • vii

    Tambin considero importante hacer una aclaracin, ste no es propiamente un estudio

    de carcter jurdico sino que abordo la responsabilidad administrativa desde el enfoque

    de polticas pblicas, presentando elementos que permiten identificarla precisamente

    como una poltica pblica para entender su construccin, operacin y algunos de sus

    resultados, empero, colateralmente, tambin muestro la importancia y trascendencia de

    la teora y tcnicas jurdicas (herramientas utilizadas para el anlisis) en el

    entendimiento y xito de la poltica pblica analizada.

  • 8

    CAPTULO I. EJES CONCEPTUALES

    Para comprender el significado y finalidad de los procedimientos tendientes a la

    imposicin de sanciones administrativas, instrumentados tanto por la Auditora Superior

    de la Federacin como por la Secretara de la Funcin Pblica, considero importante en

    este primer captulo, desarrollar de manera analtica los principales postulados y

    conceptos tericos que sustentan y orientan las polticas de rendicin de cuentas. En este

    sentido, es necesario comprender los alcances de los trminos de transparencia,

    rendicin de cuentas y Estado de Derecho Democrtico, la relacin que guardan entre

    ellos y cmo dichas categoras analticas tienen un lugar dentro del campo de las

    polticas pblicas.

    Lo anterior, pues desde mi perspectiva, es en atencin a los principios que

    inspiran el Estado de Derecho Democrtico que se regulan y sancionan las conductas de

    los servidores pblicos, constituyndose de este modo el sistema de responsabilidades de

    los servidores pblicos, dentro del cual, se ubica la responsabilidad administrativa con

    un doble carcter: disciplinario y econmico. Por ello, inicio el captulo con la

    descripcin de los conceptos de transparencia, rendicin de cuentas y Estado de Derecho

    Democrtico, precisando la relacin que tienen entre s, haciendo nfasis en la rendicin

    de cuentas por estar directamente vinculada con los fines de la investigacin; para,

    posteriormente, explicar y entender la poltica de control de la gestin pblica.

    1.1. Alcances de la transparencia

    La idea de transparencia en los regmenes polticos surge en fechas recientes como

    consecuencia de una reflexin de carcter econmico que inicia con la globalizacin de

    los mercados, as como por la necesidad de contar con mayor y mejor informacin sobre

    su verdadero funcionamiento a partir de las regulaciones y la probidad de cada pas. De

    ah que los promotores principales de las mejores prcticas de transparencia hayan sido,

    al menos en un principio, los grandes organismos econmicos internacionales como la

    Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmico (OCDE) y el Banco

    Mundial, ya que la implementacin de polticas de transparencia y rendicin de cuentas

    son parte de la propuesta de dichos organismos, dentro de lo que se conoce como la

  • 9

    segunda generacin de reformas en Amrica Latina.2 No obstante, el concepto actual de

    transparencia se ha revalorizado en contextos de regmenes democrticos, a grado tal de

    considerarla una caracterstica imprescindible en los mismos.

    Ahora bien, cabe precisar que el vocablo transparencia en sentido lato, significa

    lo que puede verse con claridad. Cuando trasladamos el concepto a una organizacin y,

    en el caso que nos ocupa una organizacin pblica, la transparencia implica que dicha

    organizacin deje ver su actuacin de manera clara, tal cual y est desarrollando su

    funcin para cumplir con los fines que le fueron encomendados. En este sentido, es

    necesario que la informacin generada se difunda y est disponible para quien la solicite.

    Como lo seala Rodolfo Vergara (2005: 9), cuando hablamos de transparencia las

    organizaciones pblicas deben informar a la sociedad sobre sus criterios de decisin, sus

    procesos, sus rutinas y sus resultados; en este mismo sentido se pronuncian Sergio

    Garca y Cristina Cobos (2005: 109) para quienes la transparencia nos remite al

    mecanismo a travs del cual el escrutinio se vuelve efectivo, permitiendo que la

    informacin sea abierta y est al alcance de quien la solicite. Las vas para llevar a cabo

    la transparencia son diversas: desde boletines editados por la organizacin, hasta la

    publicacin en pgina electrnica va Internet.

    Por su parte, Oliver define a la transparencia como dejar que la verdad est

    disponible para que otros la vean sin tratar de ocultar u opacar el significado o alterar los

    hechos para poner las cosas bajo una mejor luz (Oliver citado por Aguilar, 2006: 28).

    Este entendimiento de la transparencia, bsicamente pasivo, est cambiando, pues

    crecientemente transparencia significa apertura activa, es decir, los gobiernos no

    solamente deben permitir que los ciudadanos los observen, sino tambin deben divulgar

    efectivamente la informacin que poseen.

    Conforme lo anterior, la transparencia implica la obligacin de las

    organizaciones pblicas de difundir la informacin que generen en el desempeo de sus

    funciones, o bien, proporcionarla a quien la solicite para que conozcan su actuacin,

    estructura y organizacin, siempre y cuando la informacin no se encuentre clasificada 2 La propuesta de una segunda generacin de reformas en Amrica Latina por parte de los organismos internacionales, proviene de la constatacin del fracaso de las reformas de primera generacin relativas a la liberalizacin financiera y comercial de los mercados nacionales y su insercin en una economa globalizada- a fin de generar las condiciones necesarias para la superacin de los problemas ms apremiantes de la regin.

  • 10

    como reservada o confidencial en los trminos de las leyes de la materia,3 ya que lo

    transparente permite ver todo con detalle. Esto implica tambin el derecho de acceso a la

    informacin.

    Tenemos entonces que, la transparencia en el gobierno se refiere a

    organizaciones pblicas que informan a la sociedad sobre sus criterios de decisin, sus

    procesos, sus rutinas y sus resultados; solicitando que las organizaciones que conforman

    el gobierno hagan del dominio pblico informacin con la cual disean, ponen en

    prctica y evalan las polticas pblicas que estn bajo su responsabilidad. Para ello es

    necesario que las prcticas de transparencia se plasmen tanto en las rutinas y

    procedimientos de las organizaciones pblicas, como en el conjunto de valores (cultura

    organizacional) que influyen cotidianamente en los comportamientos de los actores

    organizacionales de todos los niveles.

    3 La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental establece en los artculos 13, 14 y 18 los catlogos de informacin considerada como reservada y confidencial: Artculo 13. Como informacin reservada podr clasificarse aqulla cuya difusin pueda: I. Comprometer la seguridad nacional, la seguridad pblica o la defensa nacional; II. Menoscabar la conduccin de las negociaciones o bien, de las relaciones internacionales, incluida aquella informacin que otros estados u organismos internacionales entreguen con carcter de confidencial al Estado Mexicano; III. Daar la estabilidad financiera, econmica o monetaria del pas; IV. Poner en riesgo la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona, o V. Causar un serio perjuicio a las actividades de verificacin del cumplimiento de las leyes, prevencin o persecucin de los delitos, la imparticin de la justicia, la recaudacin de las contribuciones, las operaciones de control migratorio, las estrategias procesales en procesos judiciales o administrativos mientras las resoluciones no causen estado. Artculo 14. Tambin se considerar como informacin reservada: I. La que por disposicin expresa de una Ley sea considerada confidencial, reservada, comercial reservada o gubernamental confidencial; II. Los secretos comercial, industrial, fiscal, bancario, fiduciario u otro considerado como tal por una disposicin legal; III. Las averiguaciones previas; IV. Los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio en tanto no hayan causado estado; V. Los procedimientos de responsabilidad de los servidores pblicos, en tanto no se haya dictado la resolucin administrativa o la jurisdiccional definitiva, o VI. La que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores pblicos, hasta en tanto no sea adoptada la decisin definitiva, la cual deber estar documentada. Cuando concluya el periodo de reserva o las causas que hayan dado origen a la reserva de la informacin a que se refieren las fracciones III y IV de este Artculo, dicha informacin podr ser pblica, protegiendo la informacin confidencial que en ella se contenga. No podr invocarse el carcter de reservado cuando se trate de la investigacin de violaciones graves de derechos fundamentales o delitos de lesa humanidad. Artculo 18. Como informacin confidencial se considerar: I. La entregada con tal carcter por los particulares a los sujetos obligados, de conformidad con lo establecido en el Artculo 19, y II. Los datos personales que requieran el consentimiento de los individuos para su difusin, distribucin o comercializacin en los trminos de esta Ley. No se considerar confidencial la informacin que se halle en los registros pblicos o en fuentes de acceso pblico.

  • 11

    1.2. Alcances de la rendicin de cuentas

    En una aproximacin amplia de la rendicin de cuentas, puede decirse que sta implica

    la obligacin de cumplir con las tareas asignadas, informar y responder por la actuacin

    realizada. Se entiende principalmente como un mecanismo de control sobre los

    detentadores del poder poltico y los responsables de la administracin pblica. De este

    modo, la rendicin de cuentas conlleva un derecho y una obligacin; el derecho del

    ciudadano a que le informen y la obligacin del funcionario de informar como una

    forma de control de la accin gubernamental. Schedler sostiene: Hoy en da el concepto

    de la rendicin de cuentas (accountability), que ya forma parte del lenguaje poltico

    cotidiano en la comunidad internacional, expresa de manera ntida esta preocupacin

    continua por controles y contrapesos, por la supervisin y restriccin del poder

    (Schedler, 2004: 9).

    El estudio de los sistemas de control del poder representa la segunda generacin

    del anlisis poltico; la primera se ocupa de los mecanismos de acceso al poder, mientras

    que la segunda generacin se centra en cmo se ejerce el poder poltico y cmo se

    controla el mismo. As, se consideran necesarios la rendicin de cuentas, donde se

    incluyen los mecanismos de control y fiscalizacin. Madison sostuvo que Si los

    hombres fuesen ngeles el gobierno no sera necesario (citado por Manjarrez 2003:44);

    en este sentido [a] la rendicin de cuentas, las realidades del poder le dan su razn de

    ser. Su misin est en reducir las incertidumbres del poder, limitar sus arbitrariedades,

    prevenir y remediar sus abusos, volver predecible su ejercicio, mantenerlo dentro de

    ciertas normas y procedimientos preestablecidos (Schedler, 2004: 24). Conforme a esto,

    es lgico decir que la demanda y establecimiento de mecanismos de rendicin de

    cuentas surgen por la opacidad del poder.

    Igualmente Schedler (2004) explica que la rendicin de cuentas se constituye de

    los siguientes elementos esenciales y que l llama los pilares de la rendicin de cuentas:

    la obligacin de los funcionarios y polticos de informar y justificar sus decisiones ante

    el pblico (answerability) y la capacidad de sancionar a polticos y funcionarios

    (enforcement). De este modo, la rendicin de cuentas puede ser entendida en tres ejes:

    informacin (acceso a ella, transparencia); justificacin y, en su caso, sancin,

    precisamente es ste ltimo eje el que importa para los fines del presente trabajo. En este

  • 12

    sentido, la rendicin de cuentas se entiende generalmente como un proceso en que las

    autoridades y los polticos comunican a la poblacin la pertinencia de sus decisiones y

    acciones de gobierno, y son susceptibles de recibir una sancin en caso de conductas

    contrarias a los principios y disposiciones que rigen su actuar.

    La precisin de Schedler (2004) de considerar dentro de los pilares de la

    rendicin de cuentas el elemento de sancin o castigo por el comportamiento impropio o

    ilegal de los servidores pblicos, resulta importante ya que para que exista una efectiva

    rendicin de cuentas y sta cumpla con la finalidad de coadyuvar a la vigencia del

    Estado de Derecho, es necesario contar con mecanismos de punibilidad y penalidad4 que

    repriman o inhiban las conductas indebidas de los que tienen la responsabilidad moral y

    legal de comportarse con probidad, ajustndose a lo establecido en las disposiciones

    vigentes. Ejercicios de rendicin de cuentas que nada ms exponen una conducta

    inapropiada, sin imponer los castigos correspondientes, frecuentemente se ven como

    ejercicios dbiles de rendicin de cuentas Si camina de la mano con la impunidad, la

    rendicin de cuentas aparece ms como un acto de simulacin que una restriccin real al

    poder (Schedler, 2004:16).

    Por otra parte, a mi parecer, tambin es importante el elemento contractual que

    Ugalde (2002) seala como caracterstica de la rendicin de cuentas, a travs del cual

    existe una delegacin de autoridad del principal al agente que implica un contrato ya sea

    de carcter informal (verbal o social) o de carcter formal a travs de leyes y reglas

    escritas. En este sentido puede entenderse el establecimiento de la rendicin de cuentas

    como una de las clusulas del contrato social. Con base en ello, el propio Ugalde define

    a la rendicin de cuentas como:

    La obligacin permanente de los mandatarios o agentes para informar a sus mandantes o principales de los actos que llevan a cabo como resultado de la delegacin de autoridad que se realiza mediante un contrato formal o informal y que implica sanciones en caso de incumplimiento. Los mandantes o principales supervisan tambin a los mandatarios o agentes para garantizar que la informacin proporcionada sea fidedigna (Ugalde, 2002:14).

    4 Utilizo los trminos punibilidad y penalidad que ofrece la teora del delito, aplicada por analoga al caso de la responsabilidad administrativa de los servidores pblicos. As, de acuerdo a la teora del delito la punibilidad es la amenaza o posibilidad de aplicar una sancin, con el fin de garantizar el orden social, lo que difiere de la penalidad que propiamente es la sancin o castigo impuesto a quien comete la infraccin o delito.

  • 13

    La tesis de la rendicin de cuentas como parte de un acuerdo de voluntades, la

    encontramos tambin en los estudios de Manjarrez (2003:44), para quien la rendicin de

    cuentas es un acuerdo social mediante el cual:

    a) las partes confieren y aceptan derechos y responsabilidades, incluyendo las especificacin de fines, metas, regulaciones y la provisin de recursos para cumplir tales fines; b) las partes que adquieren responsabilidades informan sobre el cumplimiento de las mismas o, por lo menos, ponen a disponibilidad informacin sobre su desempeo; c) las partes delegantes de responsabilidades cumplen su deber de requerir tales informes, y; se establecen recompensas y sanciones asociadas conforme a los resultados obtenidos en el uso de las responsabilidades y los recursos asignados.

    Conforme lo anterior, la rendicin de cuentas implica el establecimiento de reglas del

    juego para el control del ejercicio del poder y el desempeo de la administracin pblica

    que, ciertamente pueden instituirse a travs de mecanismos consensuales como el

    compromiso y deber tico de los funcionarios pblicos y las leyes relativas pero, no

    necesariamente inspiran la conformacin del pacto social, incluso, desde otra

    perspectiva, puede ser vista como parte de las estrategias de los nuevos paradigmas de la

    gestin pblica y de las recomendaciones de los organismos financieros multilaterales5.

    No obstante, como lo preciso ms adelante, se ha caracterizado a la transparencia

    y a la rendicin de cuentas como requisitos indispensables en los regmenes

    democrticos para que la ciudadana est en condiciones de evaluar y conocer el

    desempeo de sus gobernantes, de tal suerte, se reconocen seis funciones de la rendicin

    de cuentas: (Cfr. Secretara de la Funcin Pblica, 2008: 33-35):

    Funcin Informativa. Establece los mecanismos para que el servidor pblico

    informe sobre su actuacin y evolucin de su situacin patrimonial, por ejemplo, a

    travs de las declaraciones patrimoniales.

    5 Sobre el particular Vergara (2005:28) seala: En los ltimos aos nos encontramos con que diversos organismos internacionales como la OCDE y el Banco Mundial han comenzado a presionar a los gobiernos nacionales por transparentar su informacin y explicar sus decisiones. Desde la perspectiva de la gestin pblica y el anlisis organizacional, la transparencia ha cobrado importancia recientemente porque las reformas administrativas en diversos pases, inspiradas en la Nueva Gestin Pblica (NGP), la han llevado a convertirse en un importante mecanismo de control sobre polticos y funcionarios de todos los niveles

  • 14

    Funcin Argumentativa. Puede ubicarse dentro de lo que Schedler (2004) llama

    justificacin, pues el servidor pblico debe explicar sus actos y decisiones por

    disposicin de ley o requerimiento de autoridad competente para verificar la legalidad

    del acto o, incluso a solicitud de los ciudadanos.

    Funcin Preventiva. Los controles institucionales y las revisiones peridicas a

    las que est sujeto el servidor pblico, por ejemplo a travs de auditoras, constituyen

    medidas preventivas orientadas a incentivar al servidor pblico a que cumpla cabalmente

    sus funciones y se abstenga de realizar una conducta irregular.

    Funcin sancionadora. El servidor pblico que comete una falta administrativa o

    un delito debe ser sancionado; la sancin adems de castigar la conducta contraria al

    orden normativo, tiene como finalidad inhibir la realizacin de conductas similares y

    reparar el dao causado a la sociedad, a la organizacin gubernamental o a la persona

    afectada.

    Funcin legitimadora. En la medida en que el servidor pblico realice su gestin

    de manera transparente, conforme a las disposiciones que rigen su actuar, legitimar su

    actuacin ante la ciudadana quien le tendr respeto y confianza.

    Funcin poltico-electoral. Si el servidor pblico es visto como responsable y

    probo ante la opinin pblica, la ciudadana muy posiblemente lo recompensar con su

    voto en caso de que compita para un cargo de eleccin popular y, por el contrario, si la

    conducta del sujeto es cuestionable en tanto no se condujo conforme a lo esperado, la

    ciudadana puede emitir un voto de castigo, eligiendo otra opcin poltica.

    Las anteriores funciones, desde mi punto de vista, quedan comprendidas dentro

    del sentido formal y el sustantivo en los que se entiende la rendicin de cuentas de

    acuerdo con Monsivis (2005). sta descripcin, a mi modo de ver, sintetiza de manera

    precisa y concreta el mecanismo de rendicin de cuentas:

    Formalmente, la rendicin de cuentas se puede definir como la estructura de procedimientos que garantizan a uno o varios principales la capacidad de vigilar, controlar y sancionar a agentes especficos El sentido sustantivo de la rendicin de cuentas se refiere a los procesos y momentos especficos en los que los agentes o depositarios de responsabilidad poltico-administrativa, deben ofrecer justificaciones pblicas acerca de sus acciones presentes, pasadas y previsibles, dada la posibilidad real de que sean sancionados por las instancias correspondientes. (Monsivis, 2005: 42).

  • 15

    1.3. Proyectos polticos y rendicin de cuentas

    La rendicin de cuentas puede materializarse a travs de varias formas dependiendo de

    las caractersticas propias de los regmenes polticos y las sociedades en que se

    implementa, es decir, en trminos de Isunza (2005) de acuerdo al proyecto poltico6 de

    los sujetos sociales. Para el anlisis de la rendicin de cuentas, Isunza identifica tres

    grandes proyectos polticos: el democrtico, el neoliberal y el corporativo-clientelar.

    En el proyecto poltico democrtico encontramos una amplia participacin

    ciudadana para el reconocimiento y respeto de derechos y control comn de la cosa

    pblica, pues el proyecto democrtico se basa en el ejercicio y ampliacin de los

    derechos individuales y sociales, as como en la co-responsabilidad ciudadana. Las

    polticas pblicas son la herramienta del Estado para cumplir con su responsabilidad de

    garantizar el ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos (Cfr. Hevia, 2005: 70-71).

    En este sentido, a la variada tipologa de la rendicin de cuentas, Isunza (2005)

    introduce el concepto de rendicin de cuentas transversal en donde la sociedad civil

    juega un papel decisivo en el control gubernamental:

    [Es] un tipo de control y participacin que apela a derechos y que se cristalizan en torno a polticas pblicas. La RdC [rendicin de cuentas] transversal no se contrapone a los mecanismos de RdC vertical (elecciones), horizontal (equilibrio y mutuo control entre poderes del Estado) ni social (movilizaciones sociales activadoras de los dems mecanismos, escndalos y dems usos de medios masivos de informacin); por el contrario la RdC transversal profundiza la propuesta de control social de lo pblico, abriendo una va para la participacin ciudadana cogestiva con miras a la responsabilizacin poltica de los servidores pblicos (electos o no).

    Por otra parte, de acuerdo con la visin del proyecto poltico neoliberal-conservador, se

    identifica a los ciudadanos como clientes, en este sentido, es necesaria la comunicacin

    entre el Estado y la sociedad civil para conseguir resultados ptimos. Esta es la utilidad

    de la participacin no tanto la satisfaccin y control del inters general y, aunque hay

    una defensa de derechos, principalmente de los empresarios, es moralmente aceptable

    para el proyecto neoliberal la no universalidad de vigencia de derechos. La lgica del

    proyecto poltico neoliberal tambin utiliza el argumento del establecimiento de la

    6 Isunza (2005:21) cita a Evangelina Dagnino (2002) para quien el proyecto poltico abarca los conjuntos de creencias, intereses, concepciones del mundo, representaciones de lo que debe ser la vida en sociedad, etctera, como lo que orienta la accin poltica de los diferentes sujetos.

  • 16

    rendicin de cuentas como parte de las recomendaciones de los organismos financieros

    internacionales.

    Este proyecto poltico considera el uso de la RdC como un mecanismo indispensable para el xito de las reformas polticas, econmicas y sociales que obligan a sus acreedores del tercer mundo a aplicar. La tesis de las agencias del crdito internacional es simple: las reformas econmicas de desregulacin para combatir la pobreza en la regin no tiene resultados exitosos, no por un problema de diseo o de filosofa, sino porque los gobiernos encargadas (sic) de ejecutarlas son ineficientes y corruptos. El modelo no es incorrecto, es su aplicacin la deficiente. De ah que la transparencia y la RdC resultan mecanismos indispensables y necesarios para disminuir la corrupcin y mejorar la eficiencia de las polticas. Cuando esto tenga lugar, el modelo al fin rendir los frutos tantas veces prometidos. (Hevia, 2005: 72).

    A su vez, el proyecto corporativo-autoritario de acuerdo con Isunza (2005), se

    caracteriza por la simulacin y sumisin como modo de vida, en virtud de esto, la lgica

    de la dimensin exigitiva de la rendicin de cuentas pierde su razn de ser, pues el

    Estado acta conforme a los intereses del grupo dominante, la subordinacin es una

    prctica cotidiana. La rendicin de cuentas es un obstculo para el desarrollo de las

    acciones de gobierno, por el contrario, la opacidad representa beneficios y ventajas.

    Puede observarse que de acuerdo a los diferentes usos que Hevia (2005)

    encuentra al concepto de la rendicin de cuentas en los diferentes proyectos polticos, la

    rendicin de cuentas tiene mayor significacin en el proyecto poltico democrtico, en

    donde es reconocido como un derecho y puede encontrarse en sus diversas modalidades.

    Bajo el contexto del proyecto neoliberal, la rendicin de cuentas se encuentra limitada y

    su nica finalidad es transparentar el gobierno, no para el beneficio social sino para el

    xito de las polticas de los organismos rectores supranacionales; la rendicin de cuentas

    es entendida en este contexto, como un antdoto contra el fracaso de las polticas

    pblicas. Tratndose del proyecto corporativo-autoritario, la rendicin de cuentas es un

    obstculo para los intereses de los grupos clientelares.

    En el caso de Mxico el discurso dominante sobre los mecanismos de

    transparencia y rendicin de cuentas se inspira el proyecto democrtico, de tal suerte, lo

    tomo como referencia para el anlisis de la problemtica de este estudio. As, la

    transparencia y rendicin de cuentas se enmarcan en las discusiones sobre los valores o

    principios democrticos que deben regir en las sociedades precisamente democrticas y,

  • 17

    especficamente, en los debates sobre quin y por qu debe controlar la gestin

    gubernamental, o an ms, si debe controlarse.

    La gestin gubernamental como instrumento del poder poltico para la

    consecucin de sus fines, debe ser transparente y rendir cuentas para que la sociedad

    pueda evaluar el desempeo de los servidores pblicos, debido a que como

    representantes de la sociedad en su conjunto, tienen el mandato de servir a la

    colectividad (el cual aceptan tcita o expresamente). La colectividad, por su parte, tiene

    el derecho de exigir cuentas, de conocer cmo se ejercitan los recursos de todos, cules

    son los resultados obtenidos y de que se castigue a los responsables de conductas

    contrarias a los principios y normas vigentes. Por ello es que se idean mecanismos que

    permitan la aplicacin de sanciones a los que violentan el orden legal establecido,

    respetando las garantas constitucionales, tal es el caso de los dos procedimientos que,

    como veremos a detalle, an cuando responden a diferentes lgicas del control del

    poder, llegan a tener materialmente la misma finalidad, cuestionndose entonces su

    existencia.

    1.4. El Estado de Derecho Democrtico

    Una poltica de rendicin de cuentas, como lo es la de responsabilidad administrativa de

    los servidores pblicos, encuentra su fundamento terico en los postulados de la

    democracia y el Estado de Derecho. En la poca contempornea los regmenes polticos

    buscan su reconocimiento como democrticos donde impere el Estado de Derecho;

    tal parece que esas caractersticas les aseguran una inherente aceptacin social que se

    traduce en legitimidad y fuerza para dichos regmenes. Adems han surgido dentro de

    las sociedades diversos sectores que luchan por una vida democrtica. En el mbito

    cientfico y acadmico an se debate sobre la concepcin de la democracia y sobre

    cules son sus caractersticas, generndose una variada clasificacin sobre la misma. Por

    ejemplo, se habla de Democracia representativa, directa, constitucional, liberal,

    deliberativa, parlamentaria, etctera. Son varios los autores dedicados a desentraar el

    significado y contenido de democracia y Estado de Derecho, generndose un gran

    debate al respecto, sin embargo, al menos en la concepcin contempornea de esos

    conceptos, en mucho son coincidentes.

  • 18

    Desde la antigua Grecia se concibi a la democracia como el gobierno o poder de

    muchos o del pueblo, a partir de entonces, como lo anot, se han generado una variedad

    de conceptos y clasificaciones de la misma hasta llegar a nuestros das en los que

    democracia parece ser una palabra sine qua non en el vocabulario de los polticos. A

    pesar de que se han identificado diversas formas o tipos de democracia, el denominador

    comn que presentan es que todas las definiciones reconocen la participacin ciudadana

    en la gestin de lo pblico, ya sea directamente o a travs de representantes, quienes

    deben tutelar los derechos de la colectividad.

    Jean-Francois Prudhomme sostiene que la participacin ciudadana: Vincula al

    depositario de la soberana, el pueblo, con el ejercicio de la autoridad poltica y

    constituye, sin duda, uno de los elementos que distingue a los regmenes democrticos

    de los autoritarios (Prudhomme, 1999: 93). Se entiende entonces que una de las

    principales caractersticas de la democracia es la participacin de la colectividad en las

    decisiones polticas, sin embargo por la imposibilidad de la participacin directa de cada

    uno de los individuos, es necesaria la representacin de los mismos en los rganos de

    decisin del Estado.

    Una clasificacin frecuente en la teora democrtica es aquella que distingue

    entre conceptos formales, procedimentales o minimalistas y, conceptos sustantivos. Esta

    clasificacin se realiza a partir de los elementos considerados necesarios y suficientes

    para ponderar a un rgimen poltico como una democracia de acuerdo con el nfasis

    puesto en el cumplimiento de procedimientos o los resultados y contenidos de las

    acciones de gobierno.

    Como representante de la primera postura encontramos a Norberto Bobbio que

    define a la democracia como el establecimiento y respeto de las reglas del juego

    (Bobbio, 2005: 18) precisamente por los que deben sujetarse a esas reglas, como la

    renovacin peridica y transparente de los detentadores del poder poltico a travs de

    elecciones limpias. En la misma corriente se ubica Robert Dahl (1991) (citado por

    Ansolabehere y Salazar, 2006-2007:19), quien enumera siete caractersticas que definen

    a un gobierno democrtico (o polirquico segn su propia terminologa): 1) los

    representantes electos realizan el control poltico sobre el gobierno; 2) estos

    representantes son elegidos en elecciones libres e imparciales; 3) prcticamente todos los

  • 19

    adultos tienen derecho a votar; 4) los ciudadanos tiene derecho a concurrir como

    candidatos a cargos electivos en el gobierno; 5) existe el derecho de libertad de

    expresin, incluyendo el derecho a la crtica y a las instituciones; 6) los ciudadanos

    tienen a su disposicin medios alternativos de informacin, y 7) los ciudadanos pueden

    organizarse libremente en partidos, organizaciones o grupos de inters que gozan de

    autonoma.

    Ahora bien, para las posturas sustantivas o no procedimentales, la democracia

    conlleva al reconocimiento y respeto de ciertos valores adjetivados como democrticos,

    tales como la igualdad, la libertad, la no discriminacin, la seguridad jurdica, el respeto

    al derecho de las minoras, entre otros; reconocimiento hecho principalmente por las

    estructuras de organizacin del poder del Estado, pero tambin por la colectividad (quien

    debe estar plenamente consciente de dichos valores) en tanto partcipes de una vida

    democrtica para beneficio de todos los miembros de la sociedad. Algunos de los

    principales representantes de esta corriente son Luigi Ferrajoli y Ernesto Garzn Valds

    (citados por Ansolabehere y Salazar, 2006-2007:21), quienes pugnan por la Democracia

    Constitucional basada en los derechos fundamentales de los individuos. Incluso, hay

    visiones ms extremas de democracia sustantiva segn las cuales implica no solo la

    igualdad formal-legal sino igualdad de condiciones socioeconmicas.

    Lo cierto es que resulta de vital importancia para la democracia tanto, en el

    lenguaje de Bobbio, las reglas del juego, como los valores o principios que inspiran y en

    los que se sustentan los regmenes democrticos que deben garantizarlos en el orden

    constitucional. De este modo la democracia representa una serie de reglas y principios o

    valores que deben ser garantizados para todos; especficamente concibo a la democracia

    tal y como se establece en el inciso a) de la fraccin II del artculo 3 de la Constitucin

    Poltica de nuestro pas: no solamente como una estructura jurdica y un rgimen

    poltico, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento

    econmico, social y cultural del pueblo.

    En cuanto toca al Estado de Derecho, igual que sucede con la democracia, no

    existe una concepcin homognea sobre aqul, e igualmente, encontramos nociones

    formales o procedimentales como la de Joseph Raz (1982), as como nociones

    sustantivas como la de Elas Daz (1998). Lo que caracteriza a un Estado de Derecho, en

  • 20

    trminos formales, es que las disposiciones jurdicas deben ser prospectivas, abiertas y

    claras; dichas disposiciones deben ser relativamente estables; el poder judicial debe ser

    independiente; los juicios deben ser pblicos; los tribunales deben ser accesibles,

    etctera (Cfr. Raz, 1982: 268-273). Esta visin deja fuera los contenidos del derecho,

    fundamentalmente la vigencia de los derechos fundamentales, la legitimidad de la

    produccin de las leyes. No slo no importan los contenidos, sino tampoco, el tipo de

    gobierno del que emana las normas.

    En el extremo opuesto encontramos las nociones sustantivas. En este caso, la

    preocupacin fundamental est asociada con el contenido de las normas y su forma de

    produccin, esto es, sin un marco normativo que garantice los derechos fundamentales y

    sin un gobierno democrtico, no podramos hablar de vigencia del Estado de Derecho.

    Cabe destacar sin embargo que, mientras en el primer caso el concepto de Estado de

    Derecho no requiere de adjetivos, en el segundo s; para distinguirlo del primero los

    autores hacen referencia a un Estado Democrtico de Derecho o Estado de Derecho

    Democrtico.

    El Estado de Derecho debe verse no slo como atributo genrico del sistema

    legal y del funcionamiento de los tribunales, sino tambin, y principalmente, como el

    fundamento de la autoridad legalmente ejercida por un Estado y un gobierno que

    coexiste con un rgimen democrtico en tres sentidos: 1) sanciona y garantiza los

    derechos participativos, las libertades polticas y las garantas del rgimen democrtico;

    2) sanciona y garantiza los derechos civiles de toda la poblacin; y 3) establece redes de

    accountability (transparencia y rendicin de cuentas) que someten a control de legalidad

    los actos de todos los agentes pblicos y privados, incluyendo a los funcionarios

    gubernamentales de mayor jerarqua.

    Con base en lo anterior y de acuerdo con Elas Daz, el Estado de Derecho

    Democrtico, no se limita a la plena vigencia y respeto de un orden legal, sino que debe

    contener fundamentalmente las siguientes caractersticas (Daz, 1998: 44):

    a) Imperio de la ley: ley como expresin de la voluntad general. b) Divisin de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. c) Legalidad de la Administracin: actuacin segn la ley y suficiente control

    judicial. d) Derechos y libertades fundamentales: garanta jurdico-formal y efectiva

    realizacin material.

  • 21

    Por su parte, Mireille Roccatti (2008) seala adems de las anteriores caractersticas del

    Estado de Derecho, la de equidad social: Uno de los objetivos del Estado es el lograr la

    justicia social, armonizando los intereses de la comunidad y; distribuyendo con

    oportunidad y acierto los bienes y servicios que demanda la poblacin. De esta forma es

    factible garantizar el apoyo pleno de un pas, dentro de un ambiente de respeto y

    colaboracin entre los integrantes del grupo social al que se pertenece (Roccatti, 2008:

    11). En este sentido se habla incluso de Estado social y democrtico de Derecho como

    una categora caracterizada por la solidaridad social bajo reglas democrticas.

    Tomando como referencia lo anterior, en el contexto del proyecto poltico

    democrtico, agregara a su caracterizacin el establecimiento de redes de accountability

    para hablar de Estado de Derecho Democrtico, referido principalmente a las

    limitaciones del poder poltico para que ste no se torne absoluto. En este sentido, debe

    ser garantizado y respetado por el propio poder, siendo indispensable su sometimiento a

    la ley y respeto a la misma (imperio de la ley), adems de un sistema de frenos y

    contrapesos que controle el ejercicio del poder para que exista un equilibrio (divisin de

    poderes o distribucin de funciones), la actuacin de la administracin pblica en el

    marco de la ley, esto es la aplicacin de la ley a casos concretos a travs de actos

    debidamente fundados y motivados, que los mismos sean susceptibles de ser revisados

    por las autoridades jurisdiccionales competentes, las que a su vez deben ser

    independientes e imparciales (legalidad de la administracin) y el reconocimiento y

    garanta de proteccin de los llamados derechos fundamentales o humanos.

    Ahora bien, precisando an ms la relacin entre Democracia y Estado de

    Derecho, cabe decir que se requiere de un Estado de Derecho verdaderamente

    democrtico, capaz de asegurar los derechos polticos, las libertades civiles y los

    mecanismos de accountability (transparencia y rendicin de cuentas) que preserven la

    igualdad poltica de todos los ciudadanos y fijen lmites a los abusos del poder estatal y

    privado. Esta descripcin es precisamente el sustento terico, e incluso, ideolgico, en el

    que se enmarca el control administrativo de la actuaciones de los servidores pblicos;

    tema del presente anlisis.

  • 22

    1.5. Interaccin de los tres conceptos

    Con lo expuesto hasta aqu puede advertirse la ntima relacin que guardan los

    conceptos de transparencia, la rendicin de cuentas y el Estado Democrtico de

    Derecho, mismos que confluyen en los postulados del proyecto poltico democrtico.

    Para que exista el Estado de Derecho Democrtico son necesarios los mecanismos de

    transparencia y rendicin de cuentas. La transparencia es parte de la rendicin de cuentas

    an cuando puede existir sin sta y, la rendicin de cuentas presupone a su vez la

    transparencia. Estas prcticas se consideran un ejercicio necesario para la gobernabilidad

    democrtica y un elemento central de las democracias representativas contemporneas.

    Tericamente suele ubicrseles como instrumentos que pueden utilizarse para controlar

    el abuso del poder y garantizar que los gobernantes cumplan con transparencia,

    honestidad, eficiencia y eficacia el mandato otorgado por los ciudadanos a travs de la

    eleccin, ya que los dota de mecanismos para el control de los polticos y los burcratas

    e impulsa cambios en la cultura y participacin poltica de la sociedad civil.

    Las prcticas de accountability son caracterstica indispensable de los regmenes

    democrticos puesto que permiten la transparencia de la accin gubernamental y la

    posibilidad de los ciudadanos de vigilar y actuar participativamente en las cuestiones de

    inters general. Esto implica conocer los resultados obtenidos en la gestin

    gubernamental, el destino real de los recursos pblicos, as como tambin la sujecin de

    los funcionarios pblicos al orden legal establecido; en caso contrario, permite la

    determinacin y aplicacin de la sancin correspondiente. Rodolfo Vergara seala que:

    El funcionario pblico debe garantizar un uso eficaz y eficiente de los recursos y

    adems ser capaz de mostrar que su comportamiento sigui en todo momento las reglas

    establecidas (2005: 16).

    Adicionalmente, la transparencia y rendicin de cuentas ayudan a combatir la

    corrupcin, pues los funcionarios encuentran dificultades para anteponer sus particulares

    intereses o el del grupo al que pertenecen a los intereses generales. Al respecto, Vergara

    sostiene: A la larga la transparencia ayuda a que las dependencias de gobierno no sean

    desviadas de sus objetivos pblicos para servir a intereses privados, por ejemplo, los

    intereses de los funcionarios que las controlan (2006: 23). Justamente, la transparencia

    y rendicin de cuentas pueden ser vistas como instrumentos que ayudan a combatir la

  • 23

    corrupcin, pues los funcionarios al sentirse observados inhiben su actuacin al

    encontrar dificultades para anteponer su inters particular al general.

    En este orden de ideas, el xito de los regmenes democrticos depende en gran

    medida de las prcticas de accountability, las cuales permiten que las acciones del

    gobierno puedan vigilarse y castigarse; la gobernabilidad democrtica se vigoriza a

    travs de los mecanismos de autocorreccin y aprendizaje que la transparencia permite,

    por lo que es de suma importancia la disponibilidad de la informacin que permita

    evaluar el desempeo real del gobierno y los representantes adems de exigirles cuentas

    para reconocer su trabajo o sancionarlos.

    En el Estado de Derecho Democrtico la ciudadana tiene (o tendra que tener) la

    posibilidad de acceder a los mecanismos de participacin ciudadana, exigir que la

    autoridad le rinda cuentas de su actuacin y decisiones, as como de los resultados

    obtenidos, en su caso, ejercitar las acciones jurdicas procedentes cuando considere que

    sus derechos y/o garantas constitucionales estn siendo violentadas. Es decir que los

    ciudadanos participan activamente en la vida poltica del pas, en su control, en la

    hechura de las polticas, pero adems el gobierno asume una actitud responsable

    cultivando las tradiciones democrticas de comunicar al pblico con evidencias y

    argumentos convincentes sus decisiones. Como lo sostiene Aguilar (1997) los

    gobernantes y administradores deben estar dispuestos y sobre todo obligados a dar

    explicaciones, a ofrecer argumentos valorativos, debatir, persuadir, aprender y si es

    necesario, corregir. Esto es, deben estar sujetos a los diversos tipos de control existentes.

    Para mayor claridad considero oportuno precisar que la transparencia y la

    rendicin de cuentas s bien se interrelacionan ampliamente, no son sinnimos. La

    transparencia no conlleva necesariamente a la rendicin de cuentas, pero, en dado caso,

    s la potencializa. Como vimos anteriormente, no es fcil la conceptualizacin de la

    rendicin de cuentas y mucho menos su operacin, la rendicin de cuentas implica un

    proceso ms complejo que la transparencia. Gracias a la transparencia los agentes

    gubernamentales dejan ver su actuacin, informan al ciudadano sus decisiones y las

    consecuencias de las mismas. Por otro lado, para que haya una efectiva rendicin de

    cuentas, deben considerarse de manera integral, no por separado, tanto la informacin, la

    justificacin y la sancin. Lpez Aln y Merino (2009:7) sostienen que rendir cuentas

  • 24

    es un concepto que no slo es tericamente complejo, sino que su definicin prctica y

    operacin supone la muy elaborada y fina articulacin de un amplio conjunto de normas,

    actores, instituciones y procedimientos. Pedir que se rindan cuentas es cosa fcil.

    Disear y operar una poltica pblica con ese propsito es mucho ms difcil. Los

    mismos autores afirman:

    La autntica rendicin de cuentas es algo ms que la transparencia: es una tarea obligada y permanente, con actores claramente identificados que llevan a cabo la vigilancia, el control y la sancin sobre los contenidos sustantivos del ejercicio gubernamental, en todas sus facetas, en un entorno legal y democrtico explcito y abierto, que identifica con claridad las obligaciones que cada servidor pblico debe cumplir. Nada menos (Lpez Aylln y Merino, 2009:15).

    Bajo esta visin, los mecanismos de responsabilidades de servidores pblicos revisten

    una importancia fundamental como parte esencial del sistema de rendicin de cuentas de

    un Estado de Derecho Democrtico. A pesar de ello, en el caso especfico de nuestro

    pas, los sistemas de responsabilidades no se han diseado como una parte sustancial de

    la rendicin de cuentas. Como lo sealan Lpez Aylln y Merino, (2009:34) puede

    decirse que el problema reside en que el sistema de responsabilidades ha sido diseado,

    acaso, como un mecanismo destinado a evitar la corrupcin, pero no como una pieza

    central de una poltica completa y bien definida de la rendicin de cuentas. Es por ello

    que apremia el anlisis y la revisin de los sistemas de responsabilidades desde un

    enfoque, precisamente, de polticas de rendicin de cuentas.

    En la experiencia mexicana como mecanismos de control, se disearon, entre

    otros, dos procedimientos de fincamiento de responsabilidades administrativas, como

    parte de la actividad de la Auditora Superior de la Federacin y de la Secretara de la

    Funcin Pblica, dichos procedimientos se instauran en contra de servidores pblicos al

    presumirse una conducta irregular que afecta la disciplina en el servicio pblico o bien,

    al patrimonio del Estado, ante esto, considero oportuno explicar las diferentes

    perspectivas que inspiran ambos mecanismos de control, para estar en posibilidades de

    abordar en los siguientes captulos, las particularidades de los mismos y ver,

    concretamente, la importancia de que la lgica de su diseo e implementacin se inserte

    bajo la perspectiva de una poltica pblica de rendicin de cuentas.

  • 25

    Conclusiones del captulo

    En las lneas anteriores, precis las caractersticas de los conceptos indispensables para

    el entendimiento del contexto terico en que se ubican los procedimientos de

    fincamiento de responsabilidades administrativas de los servidores pblicos, apuntando

    la necesidad de afianzar la responsabilidad de los servidores pblicos como parte de las

    polticas de rendicin de cuentas. En este sentido, advert la correlacin que existe entre

    transparencia, rendicin de cuentas y Estado de Derecho Democrtico. El entendimiento

    de dichos conceptos por separado resultara difcil o incompleto, sin embargo, aclar que

    no son sinnimos al contener cada uno particularidades propias. Especficamente la

    rendicin de cuentas implica un proceso complejo de interaccin de actores,

    instituciones y organizaciones.

    De igual forma, tomando como base la tesis de los diferentes proyectos polticos

    de Isunza (2005), ubiqu a las llamadas prcticas de accountability como elemento

    trascendente en el proyecto poltico democrtico, al ser requisito indispensable para

    poder determinarlo. Tom como referencia terica dicho proyecto para efectos del

    anlisis, ya que de acuerdo a mi apreciacin el discurso dominante en los regmenes

    polticos es su caracterizacin como democrticos, especficamente en el caso de

    Mxico.

  • 26

    CAPTULO II. LA POLTICA DE CONTROL DE LA GESTIN PBLICA

    Los conceptos analizados en el captulo anterior, guardan ntima relacin con las

    polticas de control de la gestin o administracin pblica, situacin que nos ayuda a

    explicarla y entenderla. En este captulo abordo precisamente dicha poltica en la que

    encontramos diferentes mecanismos o tipos de control del poder, como los horizontales

    o verticales dependiendo de la relacin que guardan entre s los actores sujetos a control

    y los que lo realizan, as como el control que ejercen los diferentes rganos del Estado

    en el marco del sistema de frenos y contrapesos, originado por la clsica visin de

    Montesquieu sobre la divisin del poder.

    De la misma forma, hago el anlisis conceptual del sistema de responsabilidades

    de servidores pblicos, y de la responsabilidad administrativa con su doble carcter:

    disciplinario y econmico, determinada en ejercicio de la potestad sancionatoria del

    Estado; tpicos ubicados dentro del control de la gestin pblica. Ahora bien, considero

    conveniente antes de explicar la poltica de control gubernamental, sealar lo que se

    entiende por poltica pblica y su diferencia con una poltica gubernamental, para una

    mayor precisin conceptual.

    2.1. La poltica pblica y la poltica gubernamental

    De manera general puede entenderse a las polticas pblicas como las estrategias a

    implementarse para la solucin de un problema pblico especfico, adems, son el objeto

    de estudio de la disciplina con el mismo nombre. La caracterstica distintiva del enfoque

    de polticas pblicas es la solucin de problemas (problem-solving) que van en

    detrimento del bienestar pblico o en trminos de Lasswell (1992), que afectan la

    dignidad humana. De acuerdo con Lasswell (1992), el surgimiento de la ciencia de

    polticas se da en razn de que no exista una disciplina que por s sola pudiera estudiar

    el proceso de toma de decisiones y el diseo de estrategias orientadas a la resolucin de

    problemas fundamentales del hombre en sociedad.

    Es pertinente aclarar que una poltica gubernamental no necesariamente reviste el

    carcter de pblica, ya que la primera puede implementarse a discrecin del gobierno

    (con los lmites jurdico-administrativos existentes) sin la necesidad de contar con la

  • 27

    intervencin del pblico ciudadano. An cuando el gobierno jurdicamente es

    reconocido como pblico, no implica que sus actos o decisiones (polticas

    gubernamentales) tengan por ese solo hecho la caracterstica de ser pblicas. Para que

    una accin o poltica de gobierno sea pblica es indispensable la discusin, opinin,

    reflexin y decisin de las estrategias a seguir en el espacio pblico por el pblico

    ciudadano. Como lo sealan Baza y Valenti (1995:53), sostener que polticas

    gubernamentales y polticas pblicas son equivalentes significa asumir,

    subrepticiamente, el principio ideolgico caracterstico de los estados totalitarios y

    autoritarios: el monopolio burocrtico gubernamental de lo pblico..., de all que no

    puede considerarse como pblica una poltica gubernamental si es descalificada o

    rechazada por el conjunto o la mayora de los ciudadanos por no estar convencidos con

    la misma.

    La poltica pblica, para serlo, necesita de la intervencin y/o participacin del

    gobierno, la sociedad poltica y la sociedad civil; es decir, la discusin de los problemas

    que afectan a la comunidad poltica por la propia comunidad para juntos consensar o

    determinar las mejores acciones a seguir, se necesitan formular argumentos que

    permitan la racionalidad de las decisiones pblicas, el por qu se justifica esa accin y

    no otra. En todo Estado y todo gobierno debe ser permanente la habilidad para saber

    encontrar o disear las acciones que busquen lograr los fines colectivos.

    2.2. La poltica de control

    Dentro de las polticas pblicas, podemos localizar las de control y fiscalizacin. El

    control de la administracin o gestin pblica es parte de la rendicin de cuentas como

    caracterstica particular de los regmenes democrticos, que pareciera reconocen la

    desconfianza poltica por la propia naturaleza humana. Crespo (2001) seala que los

    seres humanos en primer lugar buscan la satisfaccin de intereses y ambiciones

    personales por encima de los intereses de los dems. En el mismo sentido se pronuncia

    Escalante (2000), quien al analizar la poltica, critica que sea vista como abstracciones

    jurdicas, ideolgicas e institucionales, olvidndose de que los polticos, como cualquier

    ser humano, tienen intereses, pasiones y propsitos propios, siendo por lo tanto

    corruptibles pues al parecer no existe ser humano que renuncie a su inters propio en

  • 28

    favor del inters general; en todo caso, lo ms a lo que pudiera llegarse sera tratar que

    ambos intereses sean coincidentes en el mayor grado posible.

    Bajo tales perspectivas, se requiere de una organizacin e institucionalizacin del

    poder y su control, a travs de mecanismos y sistemas que permitan u obliguen a los

    servidores pblicos a conducirse conforme al inters general. De esta forma, se

    establecen mecanismos de control del poder a travs del diseo e implementacin de

    polticas pblicas para tales fines.

    2.2.1 Lo que se espera de la poltica de control del poder

    El anlisis de polticas est enfocado en su concepcin tradicional al estudio de la toma

    de decisiones del gobierno, buscando las ms ptimas, eficaces y eficientes en su

    produccin de beneficios pblicos para la colectividad. Domina un enfoque

    predecisional y racionalista que sigue el esquema de la teora de la eleccin racional

    o solucin racional de problemas, cuyos pasos esenciales, de acuerdo con Aguilar

    (1997:21) son: a) determinar el objetivo y ordenar las preferencias; b) indicar las

    opciones de accin que, por los medios que emplean y las consecuencias que ocasionan,

    se consideran idneas para llegar al objetivo; c) comparar las opciones en trminos de su

    eficiencia tcnica y econmica; d) elegir y poner en prctica la opcin ptima eficiente;

    y e) evaluar resultados, aprender y corregir.

    Lo que se busca con el anlisis predecisional es mejorar la calidad y la eficiencia

    de la decisin, que est soportada no solo tcnica y econmicamente sino tambin

    comunicativamente (socializada). Una vez puesta en prctica la poltica pblica debe ser

    evaluada, apareciendo entonces el modelo posdecisional. En la concepcin de Majone

    (citado por Aguilar, 1997: 24-25) en el proceso de poltica hay algo ms que

    decisiones, hay tambin actividades de argumentacin explicativa (emprica) y

    justificatoria (valorativa) para ofrecer al pblico ciudadano las razones por las que un

    gobierno decidi hacer una cosa y no otra, escoger ciertos objetivos, metas e

    instrumentos y no otros. En democracia, las decisiones colectivas deben explicarse,

    argumentarse y difundirse. Debe existir un anlisis predecisional de factibilidad poltica

    llevada a cabo tomando en consideracin los argumentos y las evidencias que debern

    presentarse posdecisionalmente al pblico con el propsito de que la poltica decidida

  • 29

    sea susceptible de consenso o, por lo menos, capaz de disminuir las inconformidades y

    ataques descalificadores.

    Respecto al tema de la presente investigacin, se han desarrollado polticas

    tendientes a controlar el desempeo gubernamental o gestin pblica como parte del

    andamiaje institucional para el control del poder. Los actos de los que realizan o ejercen

    una funcin pblica estn sujetos a vigilancia y revisin para persuadir se apeguen a los

    principios y normas que rigen su actividad, o bien, verificar que dichas conductas se

    apegaron al orden normativo, las conductas contrarias al mismo son de carcter punible.

    De lo que se trata entonces, sobre todo en contextos de Estados de Derecho

    Democrticos, es de la salvaguarda del principio de legalidad, el sometimiento de la

    autoridad a la ley. De manera general el principio de legalidad puede enunciarse como

    aquello que la autoridad solo puede hacer al estarle expresamente permitido, es decir,

    cuando el actuar de los que realizan la gestin pblica sale de los mrgenes impuestos o

    permitidos en las normas, la conducta se torna irregular o ilegal, arbitraria y punible.

    2.3. Los diferentes tipos de control del poder

    Precis lneas arriba la preocupacin por el control del poder con el nimo de garantizar

    la sana convivencia colectiva; para lograr esa aspiracin se han establecido diversos

    tipos o tcnicas de control las cuales a su vez informan la clasificacin de la rendicin de

    cuentas. Frente a lo que Ackerman (2006) denomina la crisis de la democracia electoral,

    ante la insuficiencia del voto ciudadano (a travs del cual nombran y llaman a cuentas

    por su desempeo) para garantizar un buen ejercicio gubernamental y la vigencia del

    Estado de Derecho, se han establecido varios mecanismos de control que obedecen a

    diferentes lgicas.

    sta investigacin no tiene como objeto ofrecer un estudio detallado sobre todas

    las tipologas existentes sobre el control del poder, sino nicamente una explicacin

    general de aquellas que se relacionan directamente con el control que realizan las dos

    organizaciones pblicas base de la investigacin: la Auditora Superior de la Federacin

    y la Secretara de la Funcin Pblica, quienes buscan la tutela de la legalidad en los

    actos de la administracin pblica.

  • 30

    2.3.1. Controles horizontales y verticales

    En primer trmino, siguiendo a Karl Loewenstein (1976, citado por Mrquez, 2003: 26),

    encontramos los controles horizontales y verticales; los primeros operan en el cuadro del

    aparato estatal mientras que los segundos lo hacen al nivel en el que la maquinaria

    estatal se enfrenta a la sociedad. Esta misma clasificacin la retoma Dromi (1983), quien

    explica que los controles horizontales comprenden la vinculacin que guardan los

    rganos entre s en paridad de situacin, mientras que los controles verticales se refieren

    a los derivados de una vinculacin jerrquica tanto poltica como administrativa y

    comprende los fenmenos poltico-administrativos del federalismo, regionalismo,

    centralizacin, descentralizacin, desconcentracin, delegacin, etctera. Lowenstein

    (1976) a su vez, dividi los controles horizontales en intraorgnicos e interorgnicos: los

    primeros operan dentro de la propia estructura organizacional, su funcin es limitar y

    vigilar el funcionamiento de la organizacin; los segundos funcionan entre las diversas

    organizaciones que cooperan en la gestin pblica.

    Los anteriores tipos de control son considerados por Guillermo ODonnell

    (citado en Manual de Acceso a la Informacin, Transparencia y Rendicin de Cuentas,

    1994: 29-30) mecanismos de rendicin de cuentas. De hecho, retoma la clasificacin de

    Lowenstein (1976), y divide la rendicin de cuentas en horizontal y vertical. Mientras

    que la primera se refiere al control entre rganos del propio Estado (ASF y SFP), la

    segunda tiene un doble carcter al referirse tanto a la rendicin de cuentas vertical

    electoral, realizado mediante el voto ciudadano a travs de elecciones libres y

    peridicas, as como a las relaciones de la sociedad hacia el Estado, es decir el control

    que la sociedad realiza sobre la administracin pblica. Cabe precisar que a ste ltimo

    tipo de control se le conoce como rendicin de cuentas social o societal, trmino

    acuado por Peruzzotti y Smulovitz (2002) para quienes:

    La Accountability social es un mecanismo de control vertical, no electoral, de las autoridades polticas basado en las acciones de un amplio espectro de asociaciones y movimientos ciudadanos, as como tambin en acciones mediticas. El objeto de esto, es monitorear el comportamiento de los funcionarios pblicos, exponer y denunciar actos ilegales de estos y activar la operacin de agencias horizontales de control. La Accountability social puede canalizarse tanto por vas institucionales y como no institucionales.

  • 31

    Igualmente, Schedler (2004: 34) sostiene La rendicin de cuentas societal se basa en la

    capacidad de los ciudadanos, asociaciones cvicas y medios de comunicacin para

    vigilar, interpelar y sancionar a polticos y funcionarios. De esta forma se entiende que

    este tipo de rendicin de cuentas puede llevarse a cabo a travs de mecanismos

    institucionales o jurdicos al activar los ciudadanos el aparato jurisdiccional del Estado;

    mediante la movilizacin social para influir en la opinin pblica; o bien, por un manejo

    meditico para hacer visible la conducta de los actores sujetos a control. Formalmente en

    esta clase de rendicin de cuentas, no existe posibilidad de aplicar sanciones; sin

    embargo, las mismas pueden constituirse materialmente ya sea por la actividad de los

    rganos jurisdiccionales o por el dao a la reputacin y fama pblica de los

    responsables, lo que inevitablemente acarrea consecuencias polticas negativas para

    ellos.

    Conforme lo anterior, se observa que los controles horizontales y verticales se

    insertan en el marco de la rendicin de cuentas, circunstancia tambin apreciada respecto

    a los controles legislativos y ejecutivos. Debe concluirse entonces que los mecanismos

    de control del poder, tienen que ser considerados como parte del sistema de rendicin de

    cuentas.

    2.3.2. Control legislativo y ejecutivo-administrativo

    Esta tipologa de control, parte de la clsica divisin del poder para su ejercicio en las

    funciones legislativa, ejecutiva y jurisdiccional. 7 Estas funciones se instituyen para

    evitar el poder absoluto, adems para que los rganos que las ejercen vigilen

    mutuamente su actuacin, constituyendo un sistema de frenos y contrapesos. Los

    controles establecidos en cada una de las esferas de los rganos del Estado pueden

    buscar un control poltico, sin embargo, de manera general se busca el control de la

    legalidad de los actos de la administracin pblica. Es precisamente este tipo de control,

    el que importa en el presente trabajo.

    7 Por no ser aplicable de manera directa al tema que nos ocupa, dejo de lado el control jurisdiccional que se identifica como la revisin realizada por los rganos formal y materialmente jurisdiccionales, ubicados principalmente en el mbito del rgano judicial del Estado, aunque cabe decir que, finalmente las controversias suscitadas por las determinaciones de los dems rganos pueden terminar en el mbito judicial.

  • 32

    Para el control del rgano Ejecutivo federal encontramos mecanismos tanto de control

    interno como externo. El control interno o administrativo:

    Consiste en el uso de los medios jurdicos para anular o rectificar la gestin pblica ilegal o ineficaz, a travs de medios tcnicos denominados procedimientos administrativos, que son controles administrativos propiamente dichos, auditoras y procesos de determinacin de la legalidad de los actos de las autorid