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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Aprobado: Consejo de Facultad Página 1 mayo 2014 FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2014

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 1 mayo 2014

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y

EMPRESARIALES

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Y

FUNCIONES

2014

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 2 mayo 2014

INDICE

TITULO PRIMERO: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES 0 6 CAPÍTULO I: GENERALIDADES 06 SECCIÓN I: DE LA FINALIDAD 06 SECCIÓN II: BASE LEGAL 06 SECCIÓN III: ALCANCE 06 TITULO SEGUNDO: DE LA MISION, FUNCIONES Y ESTRUCTUR A ORGÁNICA 07 CAPÍTULO I: DE LA MISION, FUNCIONES Y ESTRUCTURA ÓR GANICA 07 SECCIÓN I: DE LA MISIÓN 07 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES 07 SECCIÓN III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA 08 ORGANIGRAMA DE LA FACULTAD 09 TITULO TERCERO: DEL ÓRGANO DE GOBIERNO 10 CAPÍTULO I: DEL CONSEJO DE FACULTAD 10 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA Y ESTRUCTURA 10 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO DE FACULTAD 10 TITULO CUARTO: DEL ÓRGANO DE DIRECCION 12 CAPITULO I: DEL DECANO 12 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DEL DECANO 13 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL DECANO 13 SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DE LA SECRETARÌA DEL DECANATO

(Órgano de apoyo de la Facultad) 14 CAPÍTULO II: DE LA SECRETARÍA ACADÉMICA 15 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DE LA SECRETARÍA ACADÉMICA 15 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL SECRETARIO ACADÉMICO 15 CAPÍTULO III: DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA 16 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA - SECRETARÍA ADMINISTRATIVA 16 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL SECRETARIO ADMINISTRATIVO 17 TITULO QUINTO: ÓRGANO ADSCRITO A LA FACULTAD 19

CAPITULO I: DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y

EMPRESARIALES 19 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DEL DEPARTAMENTO CIENCIAS

ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES 19 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO

ACADÉMICO DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES 19 TITULO SEXTO: DE LOS ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE ASESO RAMIENTO 21 CAPÍTULO I: DEL COMITÉ CONSULTIVO 21 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DEL COMITÉ CONSULTIVO 21 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL COMITÉ CONSULTIVO 21

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 3 mayo 2014

CAPITULO II: DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN 22 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA - DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN 22 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN 22 SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DEL ASISTENTE TÉCNICO DE

PLANIFICACIÓN 23 TITULO SEPTIMO: DE LOS ÓRGANOS DE APOYO 24 CAPÍTULO I: DE LA OFICINA DE REGISTROS ACADÉMICOS Y MATRÍCULA 24 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DE LA OFICINA DE REGISTROS

ACADÉMICOS Y MATRÍCULA 24 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DE LA OFICINA DE REGISTROS

ACADÉMICOS Y MATRÍCULA 24 CAPÍTULO II: DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS 25 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS 25 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS 25 CAPÍTULO III: DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA 26 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA - DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA 26 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA 26 SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA 27 SECCIÓN IV DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL DE APOYO 27 CAPÍTULO IV: DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO E INFORMÁTI CA 29 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO E

INFORMÁTICA 29 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO E

INFORMÁTICA 30 SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DEL LABORATORIO 30 SECCIÓN IV: DE LAS FUNCIONES DEL ASISTENTE ADMINISTRATIVO 31 SECCIÓN V: DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL TÉCNICO 32 TITULO OCTAVO: DE LOS ÓRGANOS DE LINEA 34 CAPÍTULO I: ESCUELAS ACADÉMICO PROFESIONALES 3 4 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA 34 SECCIÓN II: DEL OBJETIVO 34 SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES GENERALES DE LAS ESCUELAS

ACADÉMICO PROFESIONALES 34 CAPITULO II: ESCUELAS ACADÉMICO PROFESIONALES DE LA FACEE. 36 SECCIÓN I: DE LAS FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE ESCUELA 36 SECCIÓN II: DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS ESCUELAS ACADEMICO

PROFESIONALES. 38 SECCIÓN III: DE LA NATURALEZA - COORDINADOR ACADÉMICO 39 SECCIÓN IV: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO 40 SECCIÓN V: DE LA NATURALEZA - DE LAS ÁREAS ACADÉMICAS 41 SECCIÓN VI: DE LA NATURALEZA - DEL COORDINADOR ADMINISTRATIVO 41 SECCIÓN VII: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR ADMINISTRATIVO 42 SECCIÓN VIII: DE LA NATURALEZA - LAS COMISIONES DE TRABAJO

DOCENTE 42

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 4 mayo 2014

SECCIÓN IX: DE LAS FUNCIONES DE LAS COMISIONES DE TRABAJO

DOCENTE 42 SECCIÓN X: DE LA NATURALEZA - COMITÉ CONSULTIVO 43 SECCIÓN XI: DE LA NATURALEZA - ÓRGANO DE APOYO 43 SECCIÓN XII: DE LAS FUNCIONES DE LA SECRETARIA 44

CAPÍTULO III: ÓRGANOS DE EJECUCIÓN DE LA ESCUELA A CADÉMICO -

PROFESIONAL DE TURISMO, HOTELERÍA Y GASTRONOMÍA 4 5 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA - DE LOS ÓRGANOS DE EJECUCIÓN 45 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL CENTRO DE

PRACTICA 45 SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL CENTRO DE

SERVICIOS PRODUCTIVOS 46 SECCIÓN IV: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DEL CENTRO DE VIAJES Y

TURISMO 46 SECCIÓN V: DE LAS FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR DEL MESÓN

DEL ESTUDIANTE 47 SECCIÓN VI: DE LAS FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR DEL TALLER DE

LAVANDERÍA 48 CAPÍTULO IV: ÓRGANO DE EJECUCIÓN DE LA ESCUELA ACA DÉMICO PROFESIONAL ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS GLOBALES 4 8 SECCIÓN I: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL PROGRAMA

DE IDIOMAS 48 CAPÍTULO V: PROGRAMA DE ESTUDIOS PROFESIONALES POR EXPERIENCIA

LABORAL CERTIFICADA – EPEL 49 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA 49 SECCIÓN II: DEL OBJETIVO 50 SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES GENERALES DEL EPEL 50 SECCIÓN IV: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DE EPEL 51 SECCIÓN V: DE LAS FUNCIONES DE LA SECRETARIA DEL PROGRAMA EPEL 53 SECCIÓN VI: DE LAS FUNCIONES DE LOS ASISTENTES DEL PROGRAMA EPEL 53 SECCIÓN VII: DE LAS FUNCIONES DEL ASISTENTE DE COORDINACION DEL

EPEL 53 CAPÍTULO VI: OFICINA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y PROYECCIÓN SOCIAL 54 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA 54 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DE LA OFICINA DE EXTENSIÓN

UNIVERSITARIA Y PROYECCIÓN SOCIAL 55 SECCIÓN III: DE LAS HORAS LECTIVAS PARA LAS PRÁCTICAS. 66 CAPÍTULO VII: PROGRAMA DE TUTORIA 56 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA 56 SECCIÓN II: DEL OBJETIVO 57 SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES GENERALES DEL PROGRAMA DE TUTORIA 57 SECCIÓN IV: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DEL PROGRAMA DE TUTORIA 58 SECCIÓN V: REQUISITOS EXIGIDOS AL PROFESOR TUTOR 59

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 5 mayo 2014

CAPÍTULO VIII: INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN ECONÓMIC AS, SOCIALES Y EMPRESARIALES Y DEL MEDIO AMBIENTE 61 SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA 61 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL INSTITUTO DE INVESTIGACION Y DEL MEDIO AMBIENTE 62 SECCIÓN III: ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN

Y DEL MEDIO AMBIENTE 62 SECCIÓN IV: DE LA NATURALEZA - DEL COMITÉ DIRECTIVO 63 SECCIÓN V: DE LAS FUNCIONES DEL COMITÉ DIRECTIVO 63 SECCIÓN VI: DE LA NATURALEZA - DEL DIRECTOR DEL INSTITUTO 64 SECCIÓN VII: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DEL INSTITUTO 64 SECCIÓN VIII: DE LA NATURALEZA - DE LOS PROFESORES INVESTIGADORES 65 SECCIÓN IX: DE LA NATURALEZA - DE LOS ASISTENTES INVESTIGADORES 66 SECCION X: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL INSTITUTO

DE INVESTIGACION DE ESTUDIOS TURISTICOS 66 CAPÍTULO IX: DEL CENTRO DE INNOVACIÓN Y CREATIVIDAD EMPRESARIAL 66

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA 66 SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE 67 SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL DE APOYO 68

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 6 mayo 2014

TITULO PRIMERO

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I: GENERALIDADES SECCIÓN I: DE LA FINALIDAD Artículo 1º.- El presente manual tiene por finalidad determinar la estructura orgánica de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, asignar y delegar responsabilidades a cada uno de los trabajadores docentes y no docentes, así como sus funciones de acuerdo a lo previsto en la Ley Universitaria y el Estatuto de la Universidad Ricardo Palma. Artículo 2º .- De conformidad con el artículo 9º del estatuto: “La Facultad es la unidad académica fundamental, la que imparte la formación académica y profesional”. La integran profesores, estudiantes y graduados con quienes colaboran permanentemente los trabajadores administrativos.” SECCIÓN II: BASE LEGAL Artículo 3º. - La base legal de este manual se sustenta en:

a) Ley Universitaria Nº 23733, Artículo 4°, incisos a) y b) b) Estatuto de la Universidad Ricardo Palma, Artículos 9°, 10, 11°, 12°, 14° y

15°. c) Reglamento de Organización y Funciones de la FACEE.

SECCIÓN III: ALCANCE Artículo 4º .- Las normas que se establecen en el presente manual son de aplicación y cumplimiento obligatorio para todos los docentes y personal administrativo, asignado a cada una de las unidades orgánicas de la Facultad, en el ámbito de su competencia.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 7 mayo 2014

TITULO SEGUNDO DE LA MISION, FUNCIONES Y ESTRUCTURA

ORGÁNICA DE LA FACULTAD

CAPÍTULO I: DE LA MISION, FUNCIONES Y ESTRUCTURA ÓRGANICA

SECCIÓN I: DE LA MISIÓN Artículo 5° .- La Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, tiene como misión ; “formar profesionales competitivos, con base ética y de alta calidad académica con énfasis en la investigación científica, desarrollo tecnológico y humanista aplicadas a las ciencias económicas y empresariales, coherentes con el desarrollo nacional y global, que formulen soluciones innovadoras y sostenibles”.

SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES Artículo 6º .- La Facultad tiene las funciones siguientes: a) Formular el perfil de formación académica y profesional de las carreras de

Administración y Gerencia, Administración de Negocios Globales, Contabilidad y Finanzas, Economía, Marketing Global y Administración Comercial y Turismo, Hotelería y Gastronomía y diplomados.

b) Fomentar y conducir las actividades de investigación científica y tecnológica en las áreas y disciplinas de su competencia, relacionados preferentemente con los problemas nacionales y conducentes al desarrollo del país.

c) Programar y ejecutar con sentido crítico las acciones de proyección social, extensión universitaria y responsabilidad social.

d) Apoyar a través de las prácticas pre-profesionales, las prestaciones de servicios específicos, orientados a contribuir con la solución de los problemas sociales, empresariales e institucionales.

e) Concertar y trasmitir las políticas de desarrollo, de los valores culturales, éticos y cívicos, en el marco de las disciplinas de su ámbito.

f) Promover y desarrollar actividades de capacitación. g) Determinar el número de vacantes, para la admisión de estudiantes de

cada una de las carreras profesionales de la Facultad, a nivel de pre grado.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 8 mayo 2014

h) Dirigir y firmar los convenios específicos con instituciones, públicas y

privadas, nacionales e internacionales, conducentes al mejoramiento de la Facultad, para la contribución del desarrollo de sectores o áreas críticas en el país.

i). Promover la creación y desarrollo de nuevas Escuelas Académico Profesionales y Centros de Producción en las especialidades de las ciencias económicas y empresariales.

SECCIÓN III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 7º .- La Estructura Orgánica de la Facultad es la siguiente:

Órgano de Gobierno • Consejo de Facultad

Órgano de Dirección • Decanato

Órgano Adscrito a la Facultad • Departamento Académico de Ciencias Económicas y

Empresariales Órganos Consultivo y de Asesoramiento

• Comité Consultivo • Oficina de Planificación

Órganos de Apoyo • Oficina de Registros Académicos y Matrícula • Oficina de Grados y Títulos • Biblioteca Especializada • Laboratorio de Cómputo e Informática

Órganos de Línea • Escuelas Académico Profesionales, • Programa de Estudios Profesionales por Experiencia Laboral • Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social • Programa de Tutoría • Instituto de Investigación Económicas, sociales y del Medio Ambiente • Centro de Innovación y Creatividad Empresarial (CICE)

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 9 mayo 2014

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 10 mayo 2014

TITULO TERCERO DEL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA

FACULTAD

CAPÍTULO I: DEL CONSEJO DE FACULTAD SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA Y ESTRUCTURA Artículo 8º .- El gobierno de la Facultad es responsabilidad del Consejo de Facultad; que es presidido por el Decano, es elegido de conformidad con artículo 37º de la ley universitaria Nº 23733 y el artículo 84º del Estatuto de la Universidad. Artículo 9° .- El Consejo de Facultad cumple funciones de decisión, coordinación y supervisión de la Facultad Artículo 10º .- El Consejo .Facultad está constituido por:

a) El Decano, profesor principal elegido por el Consejo de Facultad, quien lo preside

b) Tres representantes de los profesores en la categoría principales. c) Dos representantes de los profesores en la categoría asociados. d) Un representante de los profesores en la categoría auxiliares. e) La representación estudiantil en número igual al tercio de los

miembros de consejo; f) Un representante de los graduados en calidad de supernumerario.

SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO DE FACULTA D Artículo 11° .- Las atribuciones del Consejo de Facultad: a) Formular y aprobar el Reglamento de Organización y Funciones, que

deberá ser ratificado por el Consejo Universitario. b) Elegir al Decano entre los profesores principales de la Facultad; que

cumpla con los requisitos exigidos en el art. 98 del Estatuto de la Universidad.

c) Declarar la vacancia del Decano de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Estatuto de la Universidad.

d) Aprobar y elevar al Consejo Universitario el cuadro de necesidades de la Facultad.

e) Aprobar y coordinar el currículo de formación profesional y elevarlo al Consejo Universitario para su ratificación.

f) Evaluar los proyectos de Investigación y proponerlos al Consejo Universitario para su ratificación.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 11 mayo 2014

g) Aprobar los planes de extensión universitaria y proyección social, los de educación continua y los de producción de bienes y presentación de servicios, elaborados por los órganos y comisiones respectivas de la Facultad.

h) Proponer al Consejo Universitario para su aprobación, la creación, la fusión y supresión de Escuelas Académico Profesionales, Institutos de Investigación y de Extensión Universitaria y Proyección Social, y de Producción de Bienes y Prestación de Servicios u otros órganos.

i) Proponer al Consejo Universitario las plazas vacantes para el concurso de docentes en coordinación y a propuesta de la jefatura del Departamento Académico respectivo.

j) Aprobar los grados académicos y distinciones de Bachiller, Títulos profesionales, Diplomados y distinciones académicas y proponerlas al Consejo Universitario para su ratificación.

k) Proponer al Consejo Universitario el número de vacantes para el Concurso de Admisión, en concordancia con el plan de desarrollo y el presupuesto de la Universidad.

l) Designar las comisiones técnicas, académicas y de asesoría de la Facultad.

m) Autorizar las publicaciones oficiales de la Facultad. n) Proponer al Consejo Universitario el receso de la Facultad, cuando

su funcionamiento no garantice el normal desarrollo de sus actividades académicas.

o) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de la Facultad y otras disposiciones aprobadas por la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y del Consejo de Facultad.

p) Los Consejos de Facultad sesionarán ordinariamente, por lo menos cada quince días.

q) Todas las demás funciones que sean de su competencia y emanen de la alta dirección.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 12 mayo 2014

TITULO CUARTO DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN

CAPITULO I: DEL DECANO SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DEL DECANO Artículo 12º.- El Decano es la autoridad designada por el Consejo de Facultad, para ejercer su representación ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria. Artículo 13º .- El Decano preside las sesiones de consejo y ejecuta sus acuerdos, de conformidad con el artículo 100° del Estatuto de la Universidad. Artículo 14º.- El cargo de Decano es ejercido por un profesor ordinario, a dedicación exclusiva e incompatible con cualquier otra función o actividad pública o privada. Artículo 15°.- El Decano es elegido por la mayoría absoluta del número legal de los miembros del Consejo de Facultad, por un periodo de tres años de conformidad con el artículo 98° del Estatuto de la Universidad Ricardo Palma. Artículo 16°.- El cargo de Decano es vacado por:

a) Renuncia expresa del Decano y aceptación del Consejo de Facultad. b) Impedimento físico o mental permanente, debidamente comprobado. c) Observar conducta inmoral, gravemente reprensible. d) Incumplir las funciones asignadas en el estatuto, reglamento general,

el presente manual y/o a los acuerdos del consejo.

Artículo 17°.- Declarada la vacancia del decanato, asume el cargo el profesor principal, más antiguo en la categoría en el Consejo de Facultad y en la Facultad, quien convocará a elecciones, para cubrir la vacante dentro de un plazo no mayor de quince días. En el caso de igualdad de condiciones entre los docentes, se tomará en cuenta la antigüedad docente en la Universidad.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 13 mayo 2014

SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL DECANO Artículo 18°.- Las atribuciones y responsabilidades del Decano son las siguientes:

a) Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Facultad.

b) Dirigir la gestión académica y administrativa de la Facultad, ejecutar los acuerdos de Consejo.

c) Integrar la Asamblea Universitaria y el Consejo Universitario, cumplir y hacer cumplir, el estatuto, el reglamento general y el presente manual.

d) Elaborar el cuadro de necesidades del personal docente y proponerlo al Consejo de Facultad, para su aprobación.

e) Supervisar las actividades académicas de la Facultad y el funcionamiento de sus diferentes dependencias, de conformidad con el plan de acciones establecido.

f) Proponer al Consejo de Facultad. la racionalización del personal no docente de la Facultad, así como la infraestructura, equipos y otros patrimonios.

g) Emitir resoluciones, con cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad, si la urgencia del caso lo requiriera o cuente con la delegación de la Facultad.

h) Firmar los diplomas de grado de bachiller y título profesional correspondientes a cada una de las especialidades de las escuelas académico profesionales de la Facultad, previa resolución del Consejo Universitario.

i) Elevar al rectorado oportunamente, el proyecto del presupuesto anual debidamente fundamentado para el año académico siguiente, conjuntamente con el plan académico y las actividades de la Facultad, previa aprobación por el Consejo de Facultad.

j) Aprobar las resoluciones de los integrantes del jurado de tesis y exámenes profesionales.

k) Emitir informes para fines de evaluación de los docentes en relación con las actividades de enseñanza, investigación, proyección social, capacitación y las labores administrativas, de acuerdo a lo establecido en el plan académico.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 14 mayo 2014

l) Velar por el cumplimiento de los planes de estudio y los proyectos de investigación, extensión universitaria y proyección social, y producción de bienes y servicios.

m) Promover y autorizar las publicaciones de la Facultad con acuerdo de Consejo de Facultad.

n) Proponer ante el Consejo de Facultad. los permisos solicitados por el personal docente y administrativo por un tiempo máximo de treinta días.

o) Otras funciones propias de su competencia, que le sean asignadas por la Alta Dirección.

SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DE LA SECRETARIA DEL DECANATO (órgano de apoyo de la Facultad) Artículo 19°.- Las atribuciones y responsabilidades de la Secretaria del Decanato de la Facultad son las siguientes

a) Despachar con el Decano de la Facultad, la correspondencia recepcionada por su despacho.

b) Despachar y atender con el Secretario Académico sobre los acuerdos del Consejo de Facultad y las decisiones del Decano; las comunicaciones dirigidas al Señor Rector, Señores Vice Rectores, y otros funcionarios de la Universidad.

c) Despachar y atender al Secretario Administrativo sobre la documentación correspondiente a la asignación tareas al personal, infraestructura referente a las reparaciones, arreglos, modificaciones, pintado, etc., separación del auditorio, solicitud de requerimientos, distribución de personal por vacaciones, permiso, descansos enfermedades, etc.

d) Elaboración de documentos en base a las indicaciones del Decano y/o Secretario Académico y Secretario Administrativo: cartas, oficios, circulares, informes, resoluciones, etc.

e) Registrar el ingreso y salida de la documentación en el sistema informático de la Universidad del trámite documentarios de la Universidad, como de la recepción, despacho y archivo de los documentos.

f) Seguimiento y gestión de documentos, por medio del procesador utilizando el sistema electrónico, para ubicarlo, periodo de su demora y en el mejor de los casos la decisión adoptada.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 15 mayo 2014

g) Mantener actualizado el sistema de archivo de la correspondencia

recibida y remitida por la Escuela, tanto manual como computarizado.

h) Redactar, digitar e imprimir la correspondencia, que en forma rutinaria que se genera en la Facultad.

i) Distribuir oportunamente la correspondencia con destino interno y externo.

j) Tipear el acta de cada una de las secciones realizadas en el Consejo de Facultad, primero en el libro de actas y luego en las hojas tramadas para su archivo respectivo..

k) Recepcionar y realizar llamadas telefónicas de acuerdo a las necesidades de la oficina.

l) Archivar documentos despachado y recepcionado; por fecha, dependencia y asuntos

m) Atención a los alumnos, docentes, y padres de familia de las diferentes Escuelas Académicos Profesionales de la Facultad.

n) Otras labores (copias, entrega de documentos, etc.) o) Las otras funciones propias de su competencia, que le sean

asignadas por el Decano de la FACEE y los Secretarios Académico y Administrativo.

CAPÍTULO II: DEL LA SECRETARÍA ACADÉMICA

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DE LA SECRETARÍA ACADÉ MICA Artículo 20º.- La Secretaría Académica de la Facultad es el órgano de apoyo de la Facultad. Está a cargo de un profesor ordinario, al que se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo; quien presta servicios al órgano de gobierno, de dirección y a las unidades funcionales de la Facultad. Artículo 21º.- El Secretario Académico de la Facultad, es nombrado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano, actúa como Secretario del Consejo de Facultad y del decanato, con voz pero sin voto, es el fedatario de la Facultad, con su firma certifica los documentos oficiales de la Facultad.

SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL SECRETARIO ACADÉMI CO Artículo 22°.- Las atribuciones y responsabilidades del Secretario Académico de la Facultad son las siguientes:

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 16 mayo 2014

a) Producir, registrar y transcribir las resoluciones, constancias y disposiciones emanadas de los órganos de gobierno de la Facultad y disponer la pertinente difusión.

b) Recortar y mantener al día el libro de actas y las hojas tramadas de las secciones del Consejo de Facultad, para ser empastadas..

c) Apoyar al Consejo de Facultad y al Decano en la elaboración del contenido de la agenda de la sección del Consejo de Facultad, realizar las convocatorias a los integrantes del Consejo.

d) Archivar y preservar la documentación oficial de la Facultad, Secretaría Académica y Administrativa de la FACEE.

e) Refrendar las transcripciones de las resoluciones y demás documentos oficiales otorgados por la Facultad y realizar su registro.

f) Tramitar la documentación oficial, tanto interna como externa. g) Informar sobre el estado del trámite de los expedientes, prestando

orientación adecuada a los recurrentes. h) Uniformar las tareas de la secretaría y archivo de las secretarías

periféricas de la Facultad. i) Difundir las comunicaciones oficiales de interés general para

conocimiento de la comunidad universitaria. j) Extender certificaciones de documentos oficiales de la Facultad. k) Disponer la publicación de las revistas de la Facultad, memoria

anual del Decano e investigaciones aprobadas por el consejo, así como las demás publicaciones propias de la Facultad.

l) Establecer, en coordinación con el decanato, el protocolo institucional.

m) Las otras funciones propias de su competencia, que le sean asignadas por el Consejo de Facultad y el Decano de la FACEE.

CAPÍTULO III: DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA - SECRETARÍA ADMINISTR ATIVA Artículo 23°.- La Secretaría Administrativa, es un órgano de apoyo de la Facultad. Está a cargo de un profesor ordinario, al que se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo; que presta servicios al órgano de gobierno y de dirección como el Secretario Académico y a las unidades funcionales y de línea de la Facultad.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 17 mayo 2014

Artículo 24º.- El Secretario Administrativo de la Facultad, es nombrado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano.

SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL SECRETARIO ADMINI STRATIVO Artículo 25°.- Las atribuciones y responsabilidades del Secretario Administrativo de la Facultad son las siguientes:

a) Organizar, coordinar y ejecutar con el Decano, Secretario Académico, Directores de Escuela, personal administrativo y personal de servicio; las actividades que se deben realizar para la solución de los problemas, en beneficio de los profesores y alumnos de la Facultad.

b) Coordinar con la Oficina de Planificación de la Oficina Central; las mejoras en infraestructura de la FACEE, para que se prevean los recursos presupuestales.

c) Llevar el control de la asistencia de los docentes de la Facultad, estableciendo las tardanzas, faltas y permisos que han sido autorizados, informando su consolidación respectiva, a la oficina de personal vía el Decano de la FACEE.

d) Coordinar, y tramitar con las oficinas administrativas de la Universidad las compras de máquinas, equipos y enseres, que se requieren para el mejor funcionamiento de la Facultad.

e) Programar y coordinar los eventos que se realizan en el auditorio y otros ambientes de la FACEE, para el mejor funcionamiento del mismo.

f) Programar y supervisar el mantenimiento del inventario de útiles de oficina, necesarios para el mejor funcionamiento de la Facultad.

g) Supervisar el mantenimiento de las relaciones funcionales, entre las diversas dependencias de la Facultad.

h) Atender las necesidades de los docentes en equipamiento portátil. i) Custodiar, capacitar y promover el uso adecuado de los equipos

técnicos, que cuenta la Facultad. j) Supervisar permanentemente la higiene, limpieza y seguridad de la

Facultad. k) Ejecutar las tareas de control y cumplimiento del personal no

docente. l) Informar sobre la conservación y mantenimiento del local e

inventarios del activo fijo.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 18 mayo 2014

m) Ejecutar oportunamente, el aprovisionamiento de recursos materiales.

n) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones que emita el Decano y el Secretario Académico.

o) Las otras funciones propias de su competencia, que le sean asignadas por el Decano de la FACEE

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 19 mayo 2014

TITULO QUINTO

ÓRGANO ADSCRITO A LA FACULTAD

CAPITULO I: DEL DEPARTAMENTO CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DEL DEPARTAMENTO CIENC IAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES

Artículo 26º.- El Departamento Académico de Ciencias Económicas y Empresariales, de conformidad con el artículo 18º, inciso c) del estatuto de la URP, tiene como finalidad impulsar sus actividades, de la cual forma parte, de acuerdo con el artículo 12º del estatuto, depende jerárquicamente y funcionalmente del Rector de la Universidad. Artículo 27º.- El Departamento Académico de acuerdo al artículo 15º del estatuto, es una unidad de servicio académico, que reúne a los profesores que cultivan disciplinas afines. Participa como miembro nato en los procesos de admisión a la carrera docente, promoción, ratificación y remoción de los mismos. Artículo 28º.- El Departamento Académico está a cargo de un docente ordinario principal o asociado a tiempo completo o a dedicación exclusiva. Artículo 29º.- El jefe del Departamento Académico es elegido, por los profesores ordinarios del Departamento, al que pertenecen. Artículo 30º.- El encargado de la jefatura del Departamento tendrá los mismos derechos y obligaciones que el Decano elegido. Artículo 31º.- En caso de la vacancia o ausencia; por un período mayor de tres meses del Jefe de Departamento Académico, el Rector, encargará la jefatura, al profesor principal más antiguo perteneciente al Departamento, hasta que el titular se reincorpore o se convoque a elecciones complementarias. Artículo 32º.- Los docentes adscritos al Departamento Académico serán convocados a reuniones académicas, por el Jefe del Departamento Académico, por lo menos una vez por el semestre. SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DEL DEPARTAM ENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES Artículo 33º.- Las atribuciones y responsabilidades del jefe del Departamento Académico son las siguientes:

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 20 mayo 2014

a) Representar al Departamento Académico en los Consejos de Facultad y Consejo Universitario ampliado, cuando sea invitado para la aprobación de la carga lectiva y otras actividades académicas que se le requiera;

b) Coordinar las actividades académicas de los docentes del Departamento Académico, con los Decanos, Directores de las Escuelas Académico-Profesionales de la Universidad, por las asignaturas pertenecientes al Departamento Académico.

c) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones reglamentarias de la Universidad, los acuerdos del Departamento y Consejo Universitario en lo que le concierne a su Jefatura.

d) Presidir las reuniones del Departamento Académico a su cargo. e) Elaborar el plan de actividades del Departamento Académico,

concordado con el plan de actividades de las Facultades. f) Coordinar con los directores de las Escuelas Académicos

Profesionales, la elaboración de los sílabos. g) Presentar al Consejo de Facultad las propuestas de las cargas

lectivas de los profesores nombrados y contratados, ascensos, ratificaciones y contrataciones de los docentes del Departamento.

h) Presentar al Consejo de Facultad, el plan de capacitación, de perfeccionamiento y especialización de los docentes

i) Presentar las propuestas de los coordinadores del Departamento Académico ante las unidades académicas.

j) Proponer al Consejo de Facultad, para su aprobación la contratación o invitación de profesores no ordinarios.

k) Evaluar permanentemente a los docentes a su cargo y coordinar con los Decanos, las rectificaciones necesarias para el buen desarrollo académico.

l) Supervisar en coordinación con la dirección de cada escuela; el proceso de enseñanza-aprendizaje, el desarrollo de las asignaturas y de los proyectos de investigación que realizan los profesores de acuerdo al plan presentado y aprobado.

m) Proponer al Consejo de Facultad, para su aprobación, el otorgamiento del año sabático para los profesores, previo informe.

n) Las demás funciones propias de su competencia y las que le asigne el Rectorado.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 21 mayo 2014

TITULO SEXTO

DE LOS ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE ASESORAMIENTO

CAPÍTULO I: DEL COMITÉ CONSULTIVO

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DEL COMITÉ CONSULTIVO Artículo 34º.- El Comité Consultivo es el órgano asesor del Consejo de Facultad y del Decano, su misión es recomendar la solución a los problemas académico-administrativos en diferentes campos, transferir experiencias y conocimientos. Artículo 35º.- Está conformado por docentes ordinarios y contratados entre ellos ex Decanos, profesionales y docentes de reconocido prestigio académico y profesional, designados por el Consejo de Facultad a propuesta del Decano.

SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL COMITÉ CONSULTIVO Artículo 36°.- Las atribuciones y responsabilidades del Comité Consultivo son las siguientes:

a) Prestar asesoría directa al Consejo de Facultad y al Decano, con la información técnica adecuada para la toma de decisiones en asuntos de carácter académico-administrativo.

b) Formular y/o revisar los proyectos de normas académico-administrativos relativos a áreas específicas de la Facultad.

c) Desarrollar procesos técnicos relacionados con la gestión académica y administrativa de la Facultad, encomendados por el Decano.

d) Opinar sobre los proyectos de implementación del plan de desarrollo de la Facultad a solicitud del Consejo de Facultad.

e) Asesorar al Decano en los asuntos que éste lo requiera para su consideración, a título personal o por encargo del consejo.

f) Otras funciones que sean solicitadas por los órganos de dirección de la Facultad en el ámbito de su competencia.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 22 mayo 2014

CAPITULO II: DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA - DE LA UNIDAD DE PL ANIFICACIÓN Artículo 37°.- La Unidad de Planificación es el órgano descentralizado de la Oficina Central de Planificación, asignado al Decanato de FACEE, responsable de promover y coordinar los procesos técnicos de planeación y presupuestos, para el logro de los objetivos, políticas y metas institucionales. Está a cargo de un Asistente Técnico de Planificación.

SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DE LA UNIDAD DE PLANI FICACIÓN Artículo 38°. - Las funciones de la Unidad de Planificación son las siguientes:

a) Proponer las políticas académicos y administrativas de la Facultad en concordancia con los lineamientos del plan de desarrollo de la Universidad.

b) Definir y proponer los objetivos del plan de desarrollo de la Facultad con metas cuantificables.

c) Orientar y coordinar las tareas de la formulación de los planes operativos de las unidades orgánicas de la Facultad; así como consolidar los planes de acuerdo con la política de desarrollo y las directivas técnicas correspondientes.

d) Evaluar periódicamente el cumplimiento de los objetivos, metas y acciones previstas en los planes, detectando los problemas y recomendando las soluciones correctivas que sean necesarias, presentando informes periódicos al Decano.

e) Identificar y evaluar proyectos y programas de desarrollo de acuerdo con los objetivos, metas y políticas del plan de desarrollo de la Universidad y efectuar el seguimiento al plan operativo de la Facultad.

f) Coordinar y evaluar el proceso informático y estadístico para los requerimientos de la planificación de la Facultad.

g) Participar en la formulación y evaluación del presupuesto de la Facultad, asegurando que expresen los lineamientos de los planes de desarrollo e informar periódicamente de su cumplimiento al Decano y proponer las medidas correctivas del caso.

h) Emitir opinión previa en las modificaciones de los proyectos y convenios.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 23 mayo 2014

i) Absolver consultas y brindar el asesoramiento y apoyo que requieran las demás oficinas de la Facultad.

j) Realizar estudios sobre el uso racional de los recursos materiales, servicios y del potencial humano.

k) Cumplir los encargos que expresamente le asigne el Decano en materia de su competencia.

SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DEL ASISTENTE DE PLAN IFICACIÓN Artículo 39°.- Las atribuciones y responsabilidades del Asistente de Planificación son las siguientes:

a) Representar la Oficina de Planificación Central de la Universidad. b) Informar al Decano referente a las políticas, del cumplimiento de los

planes y programas de desarrollo para ser aprobados por el Consejo de .Facultad.

c) Ejecutar la formulación y evaluación del plan táctico y operativo, en concordancia con el plan de desarrollo y los lineamientos de política de la Universidad.

d) Brindar asesoría permanente y oportuna al Decano en asuntos relacionados con la planificación de la Universidad

e) Realizar acciones de coordinación funcional con las diferentes dependencias de la Facultad y Universidad, tendientes a optimizar resultados.

f) Evaluar el cumplimiento de planes de trabajo de los órganos y personal de la Facultad.

g) Realizar estudios sobre situaciones críticas que limitan el desarrollo de la Facultad y dar opinión sobre proyectos presentados.

h) Las otras funciones que le sean asignadas por el Jefe de la Oficina de Planificación de la Oficina Central, Decano de la FACEE y los órganos competentes.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 24 mayo 2014

TITULO SEPTIMO DE LOS ÓRGANOS DE APOYO

CAPÍTULO I: DE LA OFICINA DE REGISTROS ACADÉMICOS Y MATRÍCULA

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DE LA OFICINA DE REGIS TROS ACADÉMICOS Y MATRÍCULA Artículo 40°.- La Oficina de Registros Académico y Matricula es un órgano de apoyo de la Facultad, depende jerárquica y funcionalmente del decanato. Es la encargada de programar y ejecutar el proceso de registros académicos y de matrícula, en concordancia con lo establecido en el reglamento general de matrícula de la Universidad. Artículo 41° - La Oficina de Registros Académicos y Matrícula está a cargo de un docente ordinario, a quien se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo. Es nombrado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano. SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DE LA OFICINA DE REGISTROS ACADÉMICOS Y MATRÍCULA Artículo 42°.- Las atribuciones y responsabilidades de la Jefatura de la Oficina de Registros Académicos y Matrícula son las siguientes:

a) Programar, dirigir y controlar el proceso del registro académico de los estudiantes de las carreras de Administración y Gerencia, Administración de Negocios Globales, Contabilidad y Finanzas, Economía, Marketing Global y Administración Comercial, y Turismo, Hotelería y Gastronomía.

b) Informar y orientar a los estudiantes sobre los trámites académico- administrativos de su competencia.

c) Dirigir y controlar el proceso de registro de notas de calificación de los profesores.

d) Preparar y distribuir la documentación pertinente en cada proceso de matrícula.

e) Coordinar el proceso de matrícula con el Centro de Cómputo, la Oficina de Planificación y las Escuelas Académico Profesionales de la FACEE.

f) Las otras funciones de su competencia que le asigne el Decano.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 25 mayo 2014

CAPÍTULO II: DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS Artículo 43°.- La Oficina de Grados y Títulos es un órgano de apoyo de la Facultad, depende jerárquica y funcionalmente del decanato. Es el órgano encargado de programar y conducir el proceso de graduación y titulación de los egresados de las carreras profesionales de la FACEE. Artículo 44°.- La Oficina de Grados y Títulos está compuesta por una comisión integrada por profesores ordinarios, como representantes de cada una de las Escuelas Académico Profesional de la FACEE. El Presidente de la Oficina de Grados y Títulos, es el profesor ordinario de mayor jerarquía, a igual jerarquía, la preside el profesor de mayor antigüedad en la Universidad, a quien se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo. Los integrantes son nombrados por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano; SECCIÓN II : DE LAS FUNCIONES DE LA OFICINA DE GRA DOS Y TÍTULOS Artículo 45°.- Las atribuciones y responsabilidades de la Presidencia de la Comisión de la Oficina de Grados y Títulos son las siguientes:

a) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el Proceso de graduación y titulación en todas sus formas. b) Verificar la conformidad de los expedientes para la obtención del

grado académico o título profesional. c) Proponer los métodos, técnicas y procedimientos adecuados para la

obtención del grado académico y título profesional. d) Mantener un registro de inscripciones de tesis, cuidando que éstas

sean inéditas. e) Proponer el nombramiento de los jurados examinadores y fechas en

que se realizarán los exámenes y sustentaciones. f) Orientar e informar a los egresados, sobre los procesos de

graduación y/o titulación. g) Promover, organizar e implementar eventos científicos y/o

tecnológicos afines. h) Proyectar y supervisar el desarrollo de los programas de titulación

extraordinaria. i) Mantener actualizado el padrón de graduados y titulados, desde la

fundación de la Universidad.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 26 mayo 2014

j) Mantener los expedientes, indicando el estado del trámite en que se encuentran, así como el archivo documentario.

k) Evaluar los informes de los asesores de tesis. I) Formular el plan operativo de la oficina. l) Gestionar la provisión de servicios y recursos requeridos. m) Las otras funciones que le asigne el Decano en materia de su

competencia.

CAPÍTULO III: DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA - DE LA BIBLIOTECA ES PECIALIZADA Artículo 46 °.- La Biblioteca Especializada, es un órgano de apoyo encargado de seleccionar, organizar y proveer los libros a los usuarios de la información bibliográfica de acuerdo con los criterios técnicos establecidos. Artículo 47 °.- La biblioteca está conformada por dos áreas: el centro de documentación y la biblioteca virtual; ambas conforman la biblioteca especializada Artículo 48°.- La biblioteca especializada depende jerárquica y funcionalmente de la decanatura de la Facultad. Artículo 49°.- La Jefatura es desempeñada por un docente ordinario principal o asociado, a quien se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo, es propuesto por el Decano de la Facultad y aprobado por el Consejo de Facultad.

SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DE LA BIBLIOTECA ESPEC IALIZADA Artículo 50°.- Las funciones de la Biblioteca Especializada son las siguientes:

a) Planificar, organizar, catalogar, y controlar la información bibliográfica de la Facultad.

b) Ofrecer los servicios de lectura en sala de referencia y de reproducción, tanto física como virtual, así como de los préstamos a domicilio y de préstamos inter bibliotecario a nivel local y nacional.

c) Promover la creación e integración a redes de intercambio bibliográfico.

d) Coordinar y realizar la selección de información bibliográfica con participación de los docentes para su adquisición y gestionar su aprobación por el Consejo de Facultad.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 27 mayo 2014

e) Sistematizar la información, captando, procesando, almacenando y difundiendo a la comunidad universitaria sobre los avances científicos y tecnológicos en las áreas académicas que ofrece la Facultad.

f) Proponer al Decano la suscripción de revistas, diarios, folletos y boletines especializados para mantener actualizada la hemeroteca.

g) Velar por el adecuado mantenimiento de los ambientes de lectura y ubicación de libros, así como una esmerada conservación del material bibliográfico.

h) Coordinar con las Escuelas Académicas Profesionales de la FACEE la reproducción de separatas, confección de boletines y otros documentos de divulgación.

i) Organizar el centro de investigación bibliográfica para los estudiantes, docentes y público en general.

j) Todas las demás funciones que le asigne el Decano y el Consejo de Facultad y que sea de su competencia.

SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DE BIBLIOTEC A ESPECIALIZADA Artículo 51°.- Las atribuciones y responsabilidades del Jefe de la Biblioteca especializada son las siguientes:

a) Supervisar y hacer cumplir las funciones del personal a su cargo. b) Ejercer la gestión administrativa de la Biblioteca Especializada. c) Formular las directivas correspondientes para la administración del

servicio de la biblioteca especializada, biblioteca virtual y la hemeroteca.

d) Propiciar el acrecentamiento del fondo de información bibliográfica de la biblioteca especializada.

e) Efectuar periódicamente el inventario de material bibliográfico. f) Informar periódicamente sobre el servicio prestado.

SECCIÓN IV: DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL DE APOYO Artículo 52º.- Las atribuciones y responsabilidades del Auxiliar de la Biblioteca 1, son las siguientes:

a) Procesar los complementarios de los nuevos libros. b) Digitar los listados en Excel de los nuevos materiales adquiridos. c) Reordenar las colecciones con los nuevos libros. d) Atender y orientar bibliográficamente a los usuarios. e) Otorgar constancias de no adeudar material a la biblioteca.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 28 mayo 2014

f) Elaborar, coordinar la impresión de alertas bibliográficas. g) Preparar listados para el inventario anual. h) Ubicar y orientar a los usuarios en el sistema Absysnet. i) Elaborar la estadística de atención semestral. j) Preparar la publicación de los artículos solicitados por otras

oficinas. k) Participar y controlar el Inventario general. l) Atender al público. m) Mantener el orden y el silencio en las instalaciones de la biblioteca. n) Las demás funciones que establezca el jefe de de la biblioteca

especializada y que sean de su competencia. Artículo 53º.- Las atribuciones y responsabilidades del Auxiliar 2 de la Biblioteca son las siguientes:

a) Ingresar los registros bibliográficos a la base de datos Absysnet. b) Etiquetar los nuevos libros. c) Apoyar la clasificación y catalogación de libros y revistas. d) Elaborar el backup en ms word de Ingresos a la base de datos. e) Recepcionar los documentos destinados a la biblioteca, turno tarde. f) Elaborar las constancias de no adeudar libros a egresados. g) Orientar a los alumnos y servicio de referencia. h) Participar en el inventario anual. i) Atender al público en la entrega del material bibliográfico. j) Mantener el orden y el silencio en las instalaciones de la biblioteca. k) Las demás funciones que establezca el Jefe de la biblioteca.

Artículo 54º.- Las atribuciones y responsabilidades del Auxiliar 3 de la biblioteca son las siguientes:

a) Forrar los libros que se reciben en la biblioteca. b) Clasificar los nuevos libros para su ingreso. c) Orientar a los usuarios sobre el sistema absysnet. d) Atender al público en la entrega del material bibliográfico. e) Mantener el orden y el silencio en las instalaciones de la biblioteca. f) Asistir en la preparación de los presupuestos operativos y

específicos. g) Recepcionar las solicitudes de no adeudar libros a la biblioteca. h) Realizar el inventario anual. i) Las demás funciones que establezca el jefe de la biblioteca.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 29 mayo 2014

Artículo 55º.- Las atribuciones y responsabilidades de la Secretaria de la Biblioteca son las siguientes:

a) Recepcionar y archivar los documentos, libros y revistas llegados a la Biblioteca.

b) Redactar y digitar los oficios, cartas, informes y correspondencia en general de la oficina.

c) Elaborar las estadísticas de los usuarios deudores y no deudores. d) Colaborar en la preparación de Alertas Bibliográficas y en idioma

Inglés. e) Colaborar en la preparación de los presupuestos de la Biblioteca. f) Atender al público en la entrega del material bibliográfico. g) Mantener el orden y el silencio en las instalaciones de la Biblioteca. h) Asistir en el archivo y kárdex de revistas. i) Las demás funciones que establezca el Jefe de la biblioteca.

Artículo 56 º.- Las atribuciones y responsabilidades del Bibliotecario son las siguientes

a) Clasificar los libros, revistas y CDS, siguiendo las clasificaciones Dewey 20 ed.

b) Describir la información bibliográfica según normas marc21. c) Catalogar los libros siguiendo las normas AACR2. d) Indexar la colección ingresada. e) Elaborar el código de barras. f) Registrar en las hoja de entradas, cada unidad bibliográfica. g) Corregir los ingresos anteriores a la base de datos. h) Verificar los ingresos de registros bibliográficos a la base de datos

absysnet. i) Atender al público usuario de la biblioteca. j) Participar en el inventario anual.

k) Las demás funciones que establezca el director de la biblioteca y

que sea de su competencia.

CAPÍTULO IV: DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO E INFORMÁTICA SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA DEL LABORATORIO DE CÓMP UTO E INFORMÁTICA

Artículo 57°.- El Laboratorio de Cómputo e Informática es un órgano de apoyo de la Facultad altamente especializado, responsable de aplicar los

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 30 mayo 2014

avances tecnológicos y de informática, a la formación profesional, a la investigación científica, la extensión universitaria y proyección social y a la administración de los sistemas de información. Artículo 58°.- El laboratorio de cómputo e informática desarrolla sus actividades en tres turnos, en los horarios de atención de; lunes a viernes de 7:30 hasta las 22:30hrs y los sábados de 8:00 a 19:00hrs. Artículo 59°.- El jefe del laboratorio de cómputo e informática estará a cargo de un profesor principal o asociado, de un docente ordinario, a quien se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo. propuesto por el Decano de la Facultad y aprobado por el CONSEJO DE FACULTAD. SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL LABORATORIO DE CÓM PUTO E INFORMÁTICA Artículo 60°- Las funciones del Laboratorio de Cómputo e Informática son las siguientes:

a) Planear, organizar, dirigir y controlar el procesamiento de datos mediante el uso del procesador para proporcionar información oportuna y adecuada de su competencia, para una eficaz toma de decisiones.

b) Apoyar y asesorar en la enseñanza de procesamiento de datos, dar soporte al uso de programas para las especialidades de la Facultad; así como, el desarrollo de sistemas de instrucción con ayuda del computador.

c) Crear el archivo de datos, que deriven en bancos de información de usos.

d) Desarrollar la prestación de actividades de capacitación para estudiantes, docentes, profesionales, administrativos y público en general en las áreas de su competencia.

e) Promover la investigación brindando el apoyo a los sistemas de procesamiento de datos.

f) Desarrollar la prestación de servicios de computación e informática para terceros en coordinación con la oficina de bienes y servicios.

g) Otras funciones que decida la decanatura y que sean de su competencia.

SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DEL LABORAT ORIO Artículo 61°.- Las atribuciones y responsabilidades del Jefe del

Laboratorio, son las siguientes: a) Dirigir y controlar el cumplimiento de las funciones señaladas en el

artículo anterior.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 31 mayo 2014

b) Desarrollar la gestión administrativa del laboratorio de cómputo. c) Formular las directivas correspondientes para la administración del

servicio del laboratorio de cómputo. d) Coordinar la participación de los docentes en la actualización de los

softwares especializados. e) Organizar y llevar a cabo en forma periódicamente el inventario del

Hardware y Software asignado a la Facultad. f) Informar periódicamente al Decano sobre los servicios prestados. g) Las demás funciones que establezca el Decano que sean de su

competencia.

SECCIÓN IV: DE LAS FUNCIONES DEL ASISTENTE ADMINIST RATIVO Artículo 62°.- Las atribuciones y responsabilidades del Asistente Administrativo las siguientes:

a) Elaborar el anteproyecto de presupuesto de la unidad. b) Realizar el estudio y análisis de los nuevos procedimientos y

métodos de trabajo. c) Realizar los descargos o pagos contra cada proyecto de

compromiso. d) Confeccionar formatos de órdenes de pago por diferentes

conceptos, tales como: pagos a docentes de actividades extracurriculares y pagos de servicios no personales.

e) Participar en la selección, supervisión y control del personal de apoyo y practicantes.

f) Realizar seguimiento a los pagos para su cancelación oportuna. g) Elaborar solicitudes de dotación de equipos y materiales para la

dependencia. h) Recepcionar y revisar los comprobantes de pago elaborados con los

avances de actividades extracurriculares, pagos de servicios no personales.

i) Elaborar y tramitar oficios de actividades desarrolladas por el labic. j) Solicitar la verificación presupuestaria, ante la unidad de

planificación y programación presupuestaria. k) Suministrar equipos de trabajo al personal de la dependencia, por

encargo del Decano. l) Recibir y tramitar solicitud de servicios de mantenimiento y

reparaciones de las máquinas y/o equipos de la dependencia. m) Redactar y transcribir correspondencia y documentos diversos. n) Brindar apoyo logístico en actividades especiales.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 32 mayo 2014

o) Recopilar, clasifica y analiza información para los planes y programas.

p) Coordinar y hacer el seguimiento a las acciones administrativas emanadas por la unidad.

q) Llevar y mantener actualizado archivo de la unidad. r) Atender e informar al público en general. s) elaborar formatos diversos relacionados con la actividad de la

unidad. t) Verificar la disponibilidad presupuestaria de la unidad. u) Transcribir y mantener actualizado en el sistema toda la información

relacionada con el proceso de compras. v) Transcribir y dar acceso a la información operando un

microcomputador. w) Complementar las normas y procedimientos en materia de

seguridad integral, establecidos por la organización. x) Mantener en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier

anomalía. y) Elaborar informes periódicos de las actividades realizadas. z) Las demás funciones que establezca el director del centro de

cómputo y que sean de su competencia.

SECCIÓN V: DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL TÉCNICO Artículo 63. Las atribuciones y responsabilidades del Personal Técnico las siguientes:

a) Gestionar el mantenimiento y/o reparación de los equipos multimedia de las aulas, laboratorios y oficinas administrativas destinados a alumnos, empleados y docentes de la FACEE.

b) Generar y asesorar a las autoridades en planes de mejoras de dichas aulas.

c) Asesorar para la adquisición de Software y Hardware del Laboratorio.

d) Establecer las políticas de seguridad de las aulas. e) Administrar y mantener los espacios físicos destinados a proyectos

de investigación, desarrollo e innovación. f) Brindar soporte y asesoramiento a docentes de la Facultad que

dicten materias que utilicen la herramienta informática. g) Administrar, mantener y gestionar los espacios destinados al servicio

directo a los alumnos.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 33 mayo 2014

h) Administrar los servidores de gestión de Repositorio, Login del Laboratorio y de las aulas de la FACEE.

i) Administrar y controlar el inventario de los equipos existentes en la FACEE.

j) Administrar y controlar el inventario de IP de los ambientes de la FACEE.

k) Las demás funciones que establezca el Jefe del Centro de Cómputo y que sean de su competencia.

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TITULO OCTAVO DE LOS ÓRGANOS DE LINEA

CAPÍTULO I: ESCUELAS ACADÉMICO PROFESIONALES

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA Artículo 64°.- Las Escuelas Académico Profesionales de Administración y Gerencia; Administración de Negocios Globales; Contabilidad y Finanzas; Economía, Marketing Global y Administración Comercial y Turismo, Hotelería y Gastronomía; son los órganos académicos de línea; jerárquica y funcionalmente dependen del decanato de la Facultad, realizan funciones académico – Administrativas. Artículo 65°.- Las Escuelas Académico Profesionales son las unidades académicas que agrupan a los docentes de disciplinas afines, encargados de la formación de los estudiantes como profesionales en sus carreras. Artículo 66° .- La dirección de cada escuela, está a cargo de un docente ordinario, Principal o Asociado, designado por el Consejo de Facultad a propuesta del Decano, por un período de tres (3) años, ratificado anualmente; de un docente ordinario, a quien se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo o dedicación exclusiva.

SECCIÓN II: DEL OBJETIVO Artículo 67°.- El objetivo de las Escuelas Académico Profesionales es: formar profesionales de alto nivel académico, que respondan a las exigencias de la sociedad, por los avances administrativos, económicos, contables, científicos y tecnológicos, ofrecer programas curriculares actualizados que propicien la excelencia, adecuar permanentemente los sílabos de las asignaturas, que ayuden en el desarrollo del proceso de enseñanza - aprendizaje y ofrecer procedimientos optimizados de atención de los alumnos de las Escuelas. SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES GENERALES DE LAS ESCU ELAS ACADÉMICO PROFESIONALES Artículo 68°.- Las funciones generales de las Escuelas son las siguientes:

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a) Formar profesionales competentes en base a la rigurosidad académica en cada una de las especialidades, preparándolos para la creación de empresas; desempeñarse en cargos gerenciales y realizar investigaciones de las necesidades de la sociedad; diseñando y aplicando modelos de estrategias para el desarrollo empresarial, regional, nacional y global.

b) Planificar, organizar y realizar estudios relacionados con la oferta y demanda del sector empresarial, mercado laboral y avance tecnológico del país, que sustenten los planes de estudio para los futuros profesionales que se deben formar.

c) Planificar, desarrollar y actualizar el plan de estudios y sílabos de las carreras profesionales, tomando en cuenta las metodologías válidas de la tecnología educativa profesional.

d) Diseñar y mantener actualizado el perfil profesional de la carrera, potenciando el contenido de la estructura curricular aprobada.

e) Coordinar con las oficinas del centro pre - universitario, admisión y la escuela de posgrado de la Universidad; para fortalecer las acciones académicas comunes.

f) Planificar, organizar y evaluar el proceso de matrícula, identificando las deficiencias, planteando soluciones correctivas de horarios y normas vigentes, para superar las deficiencias en los programas informáticos y asignación de aulas.

g) Mantener la relación de coordinación funcional con el jefe del departamento académico, para la asignación de la carga lectiva de los docentes.

h) Organizar la creación y mantener, el padrón actualizado de los egresados de las escuelas académicos profesionales, velando por su autenticidad.

i) Proponer al Decano la participación de los docentes en certámenes nacionales e internacionales, de acuerdo a su especialidad.

j) Planificar, coordinar y supervisar la elaboración del plan táctico y el presupuesto de la escuela, en función a las directivas de los órganos correspondientes y las necesidades académicas.

k) Programar, organizar y evaluar periódicamente el desarrollo y funcionamiento del currículo de estudios de las carreras, proponer los cambios necesarios de la modernización y eficacia.

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l) Organizar, dirigir y evaluar los sílabos de cada una de las asignaturas y proponer los cambios necesarios para su optimización.

m) Planificar, coordinar y dirigir, la participación activa en los programas de promoción de las carreras, en eventos y charlas a los postulantes que organiza el centro pre - universitario y la oficina de admisión de la URP, de forma tal, que permitan captar e incrementar el número de postulantes.

n) Planificar, organizar y dirigir, el óptimo asesoramiento de los estudiantes: en la matrícula, convalidaciones, reincorporaciones, traslados y otros que hagan expeditivo el procesamiento de la información.

o) Planificar, organizar, coordinar y dirigir; los planes y programas para el logro de los objetivos a corto, mediano y largo plazo de acuerdo con el plan estratégico y táctico de la Universidad, los que propician el desarrollo de investigaciones.

p) Organizar y coordinar con la oficina de extensión universitaria y proyección social de la Facultad, la participación de profesores y alumnos en los proyectos de prácticas pre profesionales que los requieran, para el cumplimiento de su plan de estudios; asimismo, ejerciendo una permanente supervisión.

q) Planificar, organizar, dirigir el desarrollo y actualización del plan de estudios y sílabos del programa EPEL, según corresponda su aprobación, respetando su modalidad.

CAPITULO II: DE LAS ESCUELAS ACADÉMICO PROFESIONALES DE LA FACEE.

SECCIÓN I: DE LAS FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE ES CUELA ACADEMICO PROFESIONALES Artículo .69º.- Las atribuciones y responsabilidades de los Directores de Escuela Académico Profesionales son:

a) Convocar y presidir las reuniones de los órganos de ejecución y de asesoría de la escuela.

b) Planificar, organizar y dirigir las actividades conducentes al logro de los objetivos de la escuela, mediante la realización de presupuestos y planes operativos de mejoramiento.

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c) Planificar y organizar la estructura de la escuela, funciones y procedimientos administrativos para su eficaz funcionamiento.

d) Coordinar con el Decano de la Facultad, la conformación de comisiones de trabajo específicos, cuando las necesidades así lo requieran.

e) Planificar, organizar e implementar, el estudio de mercado de carácter académico revisando el plan curricular, con el propósito de hacerlas más competitivas para el desarrollo de la profesión.

f) Planificar, organizar y dirigir el diseño, reproducción y distribución del material de publicidad y de promoción de la escuela; divulgando la competitividad y promoviendo el interés que permita la captación de postulantes.

g) Planificar, organizar y aprobar, la programación de conferencias, seminarios y actividades académicas similares, dirigida a los estudiantes de la Universidad; valederas para obtener la condición del egresado.

h) Coordinar, revisar, evaluar y aprobar los sílabos de las asignaturas, elaboradas por los docentes de la escuela, concordantes con la sumilla del curso.

i) Organizar, coordinar y verificar la data académica de la escuela para que esté actualizada (currículo, sílabos, listado de docentes, etc.).

j) Informar al decanato, las deficiencias en los proceso de matrícula de la escuela y solicitar la aprobación de las medidas correctivas.

k) Organizar y dirigir la asesoría de los estudiantes en los trámites de matrícula, convalidación, reincorporación, traslado externo e interno de manera que hagan expeditivo su procesamiento.

l) Aprobar el informe de convalidación de los egresados y estudiantes de la escuela que lo soliciten.

m) Planificar, organizar, coordinar y solicitar la aprobación del decanato de los programas de promoción de eventos y charlas de difusión, para los postulantes, en coordinación con, el centro pre - universitario y la oficina de admisión, que permita el incremento del número de postulantes.

n) Analizar el estado situacional de la escuela y plantear alternativas de mejora o solución.

o) Fomentar, organizar y conducir el desarrollo de las investigaciones científicas en el ámbito de su especialidad.

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p) Proponer la suscripción de convenios que beneficien al desarrollo de la escuela y a la formación profesional del estudiante, ejerciendo la permanente supervisión.

q) Proponer la capacitación de los docentes en lo referente a los avances científicos del desarrollo profesional.

r) Programar y proponer la organización de eventos académicos de carácter nacional e internacional que contribuyan a la formación profesional de los estudiantes, que comprenda el avance de la ciencia y la tecnología en áreas del conocimiento.

s) Evaluar permanentemente el plan curricular, proponiendo los cambios y reajustes que hubiere lugar.

t) Velar por el abastecimiento oportuno de los requerimientos de materiales y equipos necesarios para el logro de las metas trazadas.

u) Resolver en primera instancia los problemas derivados de las actividades académicas y administrativas de su competencia.

v) Proponer al decanato el número de vacantes para el concurso de admisión, en todas sus modalidades.

w) Rendir cuenta documentada de los recursos financieros asignados. x) Planificar, organizar y dirigir las actividades académicas -

administrativas del programa de estudios profesionales por experiencia laboral, EPEL, hacia el logro de sus objetivos en coordinación con el coordinador del programa.

y) Formular la memoria anual de las actividades desarrolladas durante el año lectivo, debe contener información académica, económica, infraestructura y equipamiento.

z) Otras funciones que le asigne el Decano y que sean de su competencia.

SECCIÓN II: DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS ESCUELAS ACA DEMICO PROFESIONALES.

Artículo 70º.- Las Escuelas tienen la siguiente estructura orgánica:

Órganos de Dirección • Dirección

Órganos de Ejecución • Coordinación Académica • Coordinación Administrativa • Comisión de trabajo docente

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Órgano de Asesoría • Comité Consultivo

Órgano de Apoyo

• Secretaría Solo las siguientes escuelas en su estructura orgánica, cuentan con órganos de ejecución; la Escuela Académica Profesional de Turismo, Hotelería y Gastronomía y la Escuela Académica Profesional de Administración de Negocios Globales; los órganos de ejecución son siguientes:

Escuela Académico Profesional de Turismo, Hotelería y Gastronomía

• Órganos de Ejecución o Instituto de Estudios Turísticos o Centro de Prácticas o Centro de Servicios Productivos

• Escuela Académico Profesional de Administración de Negocios Globales

• Órgano de Ejecución o Coordinador del Programa de Idiomas

Artículo 71º.- El centro de servicios de producción están constituidos por:

a. Centro de Viajes y Turismo b. Mesón del Estudiante c. Taller de Lavandería d. Servicios de Producción e. Taller de Coordinación de Servicios Productivos

Artículo 72°.- Las Escuelas Académico Profesionales de Administración y Gerencia, Contabilidad y Finanzas y Marketing Global y Administración Comercial; orgánica y funcionalmente coordina sus actividades académicas con el Programa de Estudios Profesionales por Experiencia Laboral (EPEL).

SECCIÓN III: DE LA NATURALEZA - COORDINADOR ACADÉ MICO Artículo 73º.- Es el órgano encargado de ejecutar las acciones planificadas por la Dirección de la Escuela y que aseguran el adecuado funcionamiento académico de la unidad.

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Artículo 74º.- Deberá coordinar con la Dirección y Áreas Académicas para asegurar la actualización del Plan Curricular y la modernización de los sílabos de la carrera. Artículo 75º.- Elaborar los pedidos y asegurar el aprovisionamiento bibliográfico para mantener permanentemente actualizada la Biblioteca de la Facultad. Artículo 76 º.- Efectuar las Convalidaciones y otras actividades académicas que permitan al estudiante realizar sus trámites en la respectiva Escuela. SECCIÓN IV: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉ MICO DE LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL Artículo 77º.- Las atribuciones y responsabilidades del Coordinador Académico son las siguientes:

a) Planificar y evaluar el estudio de mercado a nivel académico del currículo de estudio de las diferentes especialidades, con el propósito de hacerla competitiva para el desarrollo de la profesión de los estudiantes.

b) Revisar y evaluar permanentemente el currículo de estudios y los perfiles profesionales de la carrera, a efectos de determinar las acciones para alcanzar dichos perfiles. Para el cual deberá promover la participación y coordinación entre los docentes que dicten una misma asignatura con el objetivo de compatibilizar los contenidos de los sílabos, planes de clase, bibliografía, separata y controlar su desarrollo.

c) Diseñar, reproducir y distribuir el material de promoción de la Escuela que divulgue su competitividad y promueva el interés por la carrera profesional que permita la mayor captación de postulantes.

d) Programar y proponer la aprobación de conferencias, seminarios y actividades académicas similares, para el alumnado de la Escuela valederas para obtener la condición de egresado.

e) Revisar y evaluar los sílabos de las asignaturas que presentan los docentes de la Escuela, para comprobar que se esté cumpliendo con los lineamientos de uniformidad de su estructura y contenido de acuerdo a la sumilla del curso.

f) Organiza y dirigir las actividades necesarias conducentes al logro de los objetivos de la Escuela, mediante la realización de planes y presupuestos.

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g) Organizar, implementar y dirigir el estudio de mercado, de carácter académico del currículo de estudios de la carrera, con el propósito de hacerla competitiva.

h) Organizar, coordinar y verificar la data académica de la Escuela para mantenerla actualizada (currículo, sílabos, listado de docentes, etc).

i) Revisar, coordinar y determinar las deficiencias del proceso de matrícula de la Escuela y proponer las medidas correctivas

j) Apoyar los eventos que realice la Escuela. k) Asesorar a los estudiantes en trámites de matrícula, convalidación,

reincorporación, traslado externo e interno y otros que hagan expeditivo su procesamiento.

l) Elaborar la convalidación de cursos para obtener la condición de egresado de los estudiantes que lo soliciten y emitir su informe y opinión.

m) Programar, organizar y participar activamente en los programas de promoción de la carrera en eventos, charlas a los postulantes organizados por el Centro Pre Universitario y la Oficina de Admisión y otros que permitan incrementar el número de postulantes.

n) Llevar un control de la ejecución o avances de los contenidos de los sílabos.

o) Las demás funciones que le asigne el Director de la Escuela y que sean de su competencia.

SECCIÓN V: DE LA NATURALEZA - DE LAS ÁREAS ACADÉMI CAS Artículo 78 º.- Las Áreas Académicas, son los órganos que a través de los coordinadores de área, proveen de la información académica para mantener permanentemente actualizados los sílabos de la carrera. Artículo 79°.- Los coordinadores de las Áreas Académicas realizan funciones bajo la supervisión y directivas del Director de la Escuela. SECCIÓN VI: DE LA NATURALEZA - DEL COORDINADOR ADMINISTRATIVO

Artículo 80º.- Es el órgano encargado de elaborar, en coordinación con la Dirección y la Unidad de Planificación de la Facultad, el presupuesto de la Escuela. Artículo 81º.- Coordinar y hacer el seguimiento de la ejecución presupuestal para asegurar el adecuado funcionamiento del Programa Presupuestal.

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Artículo 82º.- Coordinar las acciones administrativas con las Unidades diversas de la Facultad y otras que aseguren el adecuado aprovisionamiento y la logística que permita ejecutar con éxito eventos académicos de la Escuela. SECCIÓN VII: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR ADMINISTRATIVO

Artículo 83 º.- Las atribuciones y responsabilidades del Coordinador Administrativo son las siguientes:

a) Programar, organizar y participar en forma activa en los programas de promoción de la carrera en los eventos y charlas dirigidas a los postulantes que son organizados por el Centro Pre Universitario y/o la Oficina de Admisión y otras actividades que permitan incrementar el número de postulantes.

b) Apoyar los eventos que organice la Escuela. c) Planificar, organizar y dirigir el diseño, reproducción y distribución del

material de publicidad y promoción de la Escuela divulgando la competitividad y promoviendo el interés por la carrera profesional que permita la captación de postulantes

d) Proponer y organizar la programación de las conferencias, seminarios y actividades académica similares, para los alumnos de la Escuela, valederas para el diploma del egresado.

e) Diseñar y ejecutar el programa de prácticas pre profesionales para los alumnos de la escuela;

f) Las demás funciones que le asigne el director de la escuela que sean de su competencia.

SECCIÓN VIII: DE LA NATURALEZA - LAS COMISIONES D E TRABAJO DOCENTE

Artículo 84º.- Las comisiones de Trabajo Docente, son dependencias que funcionan temporalmente y para fines específicos. Las Comisiones serán presididas por uno de los docentes que la conformen, con Facultades y atribuciones asignadas específicamente por el Director de la Escuela o el Decano, las que serán formalizadas por el Consejo de Facultad, en el caso que fuese necesario. La Comisión depende del Decano o del Director de la Escuela. SECCIÓN IX: DE LAS FUNCIONES DE LAS COMISIONES DE T RABAJO DOCENTE Artículo 85º.- Las atribuciones y responsabilidades de las Comisiones de Trabajo Docente son las siguientes:

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a) Asistir y participar activamente a las reuniones de trabajo de la comisión ad-hoc

b) Realizar el trabajo encomendado dentro del plazo previsto. c) Reportar oportunamente a quien corresponda el avance del trabajo

encomendado y/o sobre las limitaciones que no le permitan cumplir con el objetivo para el que fue propuesto.

d) Concurrir y participar cuando se le requiera, en las reuniones del Comité Directivo de la Escuela y cuando lo requiera el Decano de la Facultad.

e) Emitir el informe final incluyendo las conclusiones y sugerencias pertinentes.

SECCIÓN X: DE LA NATURALEZA - COMITÉ CONSULTIVO Artículo. 86°.- Es el Órgano de Asesoría de la Dirección, está encargado de opinar y/o recomendar sobre los asuntos que se pongan a su consideración. Está conformado por profesionales y técnicos expertos nacionales y/o extranjeros del más alto nivel en la especialidad, es presidido por el Director de la Escuela. Artículo . 87°.- Los miembros del Comité Consultivo son propuestos por el Director de la Escuela al Decano para su consideración y aprobación del Consejo de Facultad. Artículo . 88°.- Es función del Comité Consultivo, asesorar a la Dirección en la determinación de la visión de futuro, recomendando las políticas y estrategias que permitan el desarrollo y competitividad de la Escuela. Artículo. 89°.- Los integrantes del Comité Consultivo tienen vigencia de tres años y se reúnen ordinariamente una vez al año y/o cuando las circunstancias lo ameriten.

SECCIÓN XI: DE LA NATURALEZA - ÓRGANO DE APOYO Artículo 90º.- Es el órgano de apoyo de la Escuela que depende jerárquica y funcionalmente del Director de Escuela. Artículo 91º.- El cargo será ocupado por una persona con estudios de secretariado, o diplomado en un Instituto de reconocido prestigio y con la experiencia necesaria para el cargo. Artículo 92º.- El órgano de apoyo en las Escuelas es el siguiente:

- Secretaría

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SECCIÓN XII: DE LAS FUNCIONES DE LA SECRETARIA Artículo 93º.- Las atribuciones y responsabilidades de la Secretaría son las siguientes:

a) Atender y proporcionar la información pertinente a los alumnos, padres de familia, docentes y público en general, que lo soliciten, vía telefónica o por cualquier otro medio disponible.

b) Despachar diariamente con el Director de la Escuela e informarle de los acontecimientos que hayan ocurrido en la Escuela.

c) Recepcionar y registrar la correspondencia interna y externa, que se genere en la Escuela.

d) Mantener actualizado el sistema de archivo de la correspondencia recibida y remitida por la Escuela, tanto manual como computarizado.

e) Redactar, digitar e imprimir la correspondencia, que en forma rutinaria se genera en la Escuela.

f) Distribuir oportunamente la correspondencia con destino interno y externo.

g) Derivar a los profesores coordinadores a las personas que tengan interés en obtener información académica y/o administrativa especializada.

h) Apoyar a los coordinadores para la programación, organización y ejecución de los eventos propios de la Escuela.

i) Formular y actualizar la base de datos referente a los alumnos que han solicitado y han sido atendidos para otorgarles la constancia de egresado de la Escuela.

j) Formular y mantener actualizada la base de datos de los alumnos que han sido advertidos, amonestados, suspendidos y separados definitivamente por bajo rendimiento académico.

k) Elaborar y mantener actualizada la base de datos del personal docente de la Escuela, referida básicamente a su condición de docente, fecha de ingreso, curso que dicta, dirección, teléfono fijo y móvil, profesión y grados académicos.

l) Elaborar y mantener la base de datos actualizada de la Escuela que contenga: Currículo de estudios de la carrera desde su creación, planes de estudios y su tiempo de vigencia, sílabos por cada semestre académico, tablas de convalidación y sus modificaciones.

m) Elaborar y mantener actualizado un listado de alumnos de la carrera con direcciones de correo electrónico y teléfono, etc.

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n) Elaborar y mantener un archivo de los alumnos de la Escuela que están desarrollando prácticas pre profesionales en las diferentes empresas e instituciones del país.

o) Mantener actualizada la página Web de la “Bolsa de Trabajo” de la Escuela.

p) Mantener impreso y empastado el currículo de estudio, los planes de estudios y los sílabos de los cursos de la carrera, correspondientes a cada Plan de Estudios.

q) Manejar las llaves de acceso a las oficinas y velar por una apropiada presentación del orden, seguridad y limpieza de la Escuela.

r) Las demás funciones que le asigne el Director de la Escuela y que sean de su competencia.

CAPÍTULO III: ÓRGANOS DE EJECUCIÓN DE LA ESCUELA ACADÉMICO- PROFESIONAL DE TURISMO, HOTELERÍA Y GASTRONOMÍA

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA - DE LOS ÓRGANOS DE E JECUCIÓN Artículo 94º.- Los Órganos de Ejecución son los órganos encargados de realizar las acciones conducentes al logro de los objetivos de las Escuelas de la Facultad, que dependen jerárquica y funcionalmente de la dirección de cada Escuela. Artículo 95º.- Los responsables de los órganos de ejecución son profesores de la especialidad, designados a propuesta del Decano, y aprobados por el Consejo de Facultad, por un periodo de tres años, los que pueden ser ratificados, por un período adicional. Artículo 96º.- La escuela académico profesional de Turismo, Hotelería y Gastronomía, como responsable de las unidades orgánicas de servicio de producción podrá proponer a docentes de la especialidad, y por excepción a personal no docente, previa evaluación de un comité de selección integrado por tres docentes, presidida por el director de la Escuela quien comunica la propuesta al Decano de la FACEE, para la aprobación del Consejo de Facultad. El Comité estará integrado por el Director de la Escuela, Coordinador Académico y el Coordinador Administrativo, opcionalmente puede participar otros profesionales. SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DELCOORDINADOR DEL CEN TRO DE PRÁCTICAS Artículo 97°.- Las atribuciones y responsabilidades del Coordinador del Centro de Prácticas son las siguientes:

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a) Planificar, organizar y evaluar el programa de prácticas anuales y semestrales pre profesionales, orientadas al perfil del egresado.

b) Difundir el programa de prácticas pre-profesionales. c) Promover la realización de convenios marco y específicos con

entidades nacionales y extranjeros, orientados a concretar las prácticas de los alumnos.

d) Velar por el adecuado cumplimiento de los convenios. e) Programar, organizar y ejecutar la capacitación previa de los

alumnos en temas específicos que garanticen un eficiente desempeño y seguridad.

f) Llevar el récord de las prácticas realizadas por los alumnos. g) Informar al Director y Coordinador Académico sobre los resultados

de las prácticas realizadas por los alumnos; h) Otras funciones que le asigne el Director de la Escuela, que sean de

su competencia. SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL C ENTRO DE SERVICIOS PRODUCTIVOS Articulo 98°.- Las atribuciones y responsabilidades del Coordinador del Centro de Servicios Productivos son las siguientes:

a) Planificar, organizar y dirigir la elaboración de los planes, proyectos y presupuestos de las unidades que conforman el Centro.

b) Planificar, organizar y dirigir los sistemas de control y evaluación del cumplimiento de las normas y disposiciones relacionadas con los ingresos, egresos, depósitos, rendición de cuenta, compras, existencias y costos en las unidades del Centro.

c) Presentar al Director y al Coordinador Académico informes periódicos sobre la ejecución de los planes, programas, proyectos y acciones de control y evaluación.

d) Administrar los programas de mantenimiento de equipos e instalaciones de las unidades del Centro.

e) Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad, atención y servicio, higiene y salubridad en las unidades del Centro.

f) Promover la realización de las prácticas en las unidades del Centro. g) Otras funciones que le asigne el Director de la Escuela y que sean

de su competencia. SECCIÓN IV: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DEL CENTRO D E VIAJES Y TURISMO Articulo 99°.- Las atribuciones y responsabilidades del Jefe del Centro de Viajes y Turismo son las siguientes:

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 47 mayo 2014

a) Planificar, organizar y dirigir la elaboración de los planes, programas, proyectos y presupuestos de la Unidad.

b) Planificar, organizar, dirigir y ejecutar los planes, programas y proyectos con instituciones de desarrollo relacionados con el turismo y con los gobiernos nacional, regional y local; en el marco de los convenios marco y específicos.

c) Promover la realización de convenios con instituciones nacionales y extranjeras con la finalidad de potenciar la presencia de nuestros estudiantes en el mundo laboral.

d) Planificar, organizar y dirigir la programación de viajes de estudio de los alumnos en coordinación con tos docentes de las asignaturas involucradas.

e) Promover y atender los viajes de estudio programados por otras carreras profesionales, así como delegaciones representativas de nuestra casa de estudios.

f) Administrar los recursos que se generen, informando permanentemente a la Dirección.

g) Organizar, supervisar y evaluar el programa de actividades del personal a su cargo.

h) Rendir cuenta documentada de los recursos financieros asignados para el cumplimiento de sus funciones.

i) Las demás funciones que le asigne el Director de la Escuela y que sean de su competencia.

SECCIÓN V: DE LAS FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR DEL M ESÓN DEL ESTUDIANTE Articulo 100°.- Las atribuciones y responsabilidades del Administrador del Mesón del Estudiante son las siguientes:

a) Planificar, organizar y dirigir los procesos de atención al cliente, producción de alimentos, compras de insumos y suministros, ventas de alimentos y otros productos alimenticios; costos de producción y mantenimiento, higiene, salubridad y seguridad.

b) Formular, ejecutar y controlar el plan y presupuesto. c) Planificar y ejecutar controles en los diferentes procesos. d) Dirigir y aprobar la programación de la producción de alimentos, el

plan de compras de insumos y suministros, la programación de eventos, el plan de atención y servicio al cliente.

e) Cumplir y hacer cumplir normas de higiene, salubridad y seguridad. f) Supervisar e informar al Coordinador Académico y Coordinador del

Centro de Prácticas sobre las prácticas que realicen los alumnos.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 48 mayo 2014

g) Planificar, organizar y controlar el Fondo Fijo Operativo, los ingresos producidos por las ventas, los egresos por compras y gastos del personal.

h) Presentar informes mensuales sobre las diferentes actividades y movimiento económico.

i) Organizar, supervisar y evaluar el programa de actividades del personal a su cargo.

j) Ejecutar los depósitos bancarios, llevando el registro de los mismos. k) Las demás funciones que le asigne el Director de la Escuela y que

sean de su competencia.

SECCIÓN VI: DE LAS FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR DEL TALLER DE LAVANDERÍA

Artículo 101°.- Las atribuciones y responsabilidades del administrador del taller de lavandería las siguientes:

a) Planificar, organizar y dirigir los procesos de atención al cliente, producción de servicios, compra de insumos y suministros, ventas, costos, mantenimiento, higiene, salubridad y seguridad.

b) Ejecutar el plan y presupuesto aprobado. c) Planificar y ejecutar controles en los diferentes procesos operativos. d) Velar por el cumplimiento de las normas de higiene, salubridad y

seguridad. e) Dirigir, supervisar e informar al Coordinador del Centro de Prácticas,

respecto de las prácticas realizadas por los alumnos. f) Presentar informes semanales del movimiento económico. g) Planificar, organizar y controlar los ingresos y egresos por compras y

gasto de personal. h) Presentar informes mensuales al Director de la Escuela sobre las

diferentes actividades del personal a su cargo. i) Otras funciones que le asigne el Director de la Escuela y que sean

de su competencia.

CAPÍTULO IV: ÓRGANO DE EJECUCIÓN DE LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS GLOBALES SECCIÓN I: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL P ROGRAMA DE IDIOMAS Artículo . 102°.- Las atribuciones y responsabilidades del Coordinador del

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Programa de Idiomas de la Escuela son las siguientes:

a) Brindar servicio de calidad de la enseñanza de idiomas a los estudiantes de la Escuela, para su óptimo desempeño tanto en el ámbito nacional como internacional.

b) Actualizar el plan co-curricular y los sílabos. c) Organizar actividades extracurriculares relacionadas al área d) Seleccionar el material didáctico y bibliográfico. e) Seleccionar los suministros. f) Coordinar y programar las fechas de matrícula y de exámenes. g) Confeccionar los cuadros de alumnos por niveles de formación en

idiomas. h) Elaborar planes de capacitación a los docentes. i) Confeccionar los horarios de clases. j) Atender las solicitudes de los alumnos y padres de familia. k) Proponer al Director de Escuela el programa de idiomas para el

semestre académico y ciclo especial de verano, en las modalidades regular y a distancia.

l) Efectuar el control de asistencia y registro de notas del Programa de idiomas.

m) Elaborar el listado de alumnos por grupos y niveles. n) Las demás funciones que le asigne el Director de la Escuela y que

sean de su competencia

CAPÍTULO V: PROGRAMA DE ESTUDIOS PROFESIONALES POR EXPERIENCIA LABORAL CERTIFICADA - EPEL

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA Artículo 103°.- El programa de estudios profesionales por experiencia laboral certificada (EPEL), es un órgano de línea, jerárquica y funcionalmente dependen del decanato de la Facultad, realiza funciones académico – administrativas. Artículo 104°.- La coordinación del EPEL, está a cargo de un docente ordinario, en la categoría de Principal o Asociado, de un docente ordinario, a quien se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo, profesional de alguna de las especialidades de las carreras que se dictan, designado por el Consejo de Facultad a propuesta del Decano y ratificado periódicamente. Artículo 105°.- El coordinador del EPEL, dirige las actividades académicas en coordinación con los directores de las escuelas académico

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profesionales correspondientes a las especialidades que se aplican y desarrollando planes curriculares actualizados.

SECCIÓN II: DEL OBJETIVO Artículo 106°.- El objetivo del programa EPEL, es formar profesionales competitivos, en cada una de las especialidades profesional que se desarrollan, por esta modalidad, respondiendo a las exigencias de la sociedad, al ofrecer programas curriculares actualizados que propicien la excelencia. Cuentan con una adecuada y permanentemente actualización de los sílabos, que ayuden al desarrollo del proceso de enseñanza - aprendizaje y ofrezcan procedimientos optimizados para la atención de los alumnos del EPEL.

SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES GENERALES DEL EPEL Artículo 107°.- Las funciones generales del programa EPEL son las siguientes:

a) Formar profesionales competentes en los campos de Administración y Gerencia, Contabilidad y Finanzas y Marketing Global y Administración Comercial, formados en base a la rigurosidad académica de cada una de las especialidades. Estarán preparados para la creación de empresas, desempeñarse en cargos gerenciales y realizar investigaciones que requiere la sociedad.

b) Planificar, organizar y realizar estudios relacionados con la oferta y demanda del sector empresarial, mercado laboral y avance tecnológico del país, que sustenten los planes de estudio para los futuros profesionales que se deben formar.

c) Planificar, desarrollar y actualizar el plan de estudios y sílabos de las carreras profesionales, tomando en cuenta las metodologías válidas de la tecnología educativa profesional.

d) Diseñar y mantener actualizado el perfil profesional de la carrera, potenciando el contenido de la estructura curricular aprobada en coordinación con los directores de las escuelas profesionales..

e) Planificar, organizar y evaluar el proceso de matrícula, identificando las deficiencias, planteando soluciones correctivas de horarios y normas vigentes, para superar las deficiencias en los programas informáticos y asignación de aulas.

f) Mantener la relación de coordinación funcional con los jefes de los departamentos académicos, para la asignación de la carga lectiva de los docentes.

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g) Organizar la creación y mantener, el padrón actualizado de los

egresados de las escuelas académicos profesionales, velando por su autenticidad.

h) Planificar, coordinar y supervisar la elaboración del plan táctico y el presupuesto del programa, en función a las directivas de los órganos correspondientes y las necesidades académicas.

i) Programar, organizar y evaluar periódicamente el desarrollo y funcionamiento del currículo de estudios de las carreras, proponer los cambios necesarios de la modernización y eficacia, en coordinación con los directores de las escuelas profesionales.

j) Organizar, dirigir y evaluar los sílabos de cada una de las asignaturas y proponiendo los cambios necesarios para su optimización.

k) Planificar, coordinar y dirigir, la participación activa en los programas de promoción de las carreras en eventos y con la oficina de admisión de la URP, de forma tal, que permitan captar e incrementar el número de postulantes.

l) Planificar, organizar y dirigir, el óptimo asesoramiento de los estudiantes; en la matrícula, convalidaciones, reincorporaciones y otros que hagan expeditivo el procesamiento de la información.

m) Planificar, organizar, coordinar y dirigir; los planes y programas para el logro de los objetivos a corto, mediano y largo plazo de acuerdo con el plan estratégico y táctico de la Universidad.

n) Planificar, organizar, dirigir el desarrollo y actualización del plan de estudios y sílabos del programa EPEL, según corresponda por su aprobación.

SECCIÓN IV: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DE EPE L Artículo 108º.- Las atribuciones y responsabilidades del coordinador EPEL son las siguientes;

a) Planificar, organizar y dirigir las actividades conducentes al logro de los objetivos del programa, mediante la realización de presupuestos y planes operativos de mejoramiento.

b) Planificar y organizar la estructura de la coordinación, funciones y procedimientos administrativos para su eficaz funcionamiento.

c) Coordinar con el Decano de la Facultad y los directores de escuela, la conformación de comisiones de trabajo específicas, cuando las necesidades lo requieran.

d) Planificar, organizar y dirigir el diseño, reproducción y distribución del material de publicidad y de promoción de la escuela; divulgando la

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competitividad y promoviendo el interés que permita la captación de postulantes.

e) Planificar, organizar y aprobar, la programación de conferencias, seminarios y actividades académicas similares, dirigida a los estudiantes de la Universidad; valederas para obtener la condición de egresado.

f) Coordinar, revisar, evaluar y aprobar los sílabos de las asignaturas, elaborados por los docentes del programa, concordantes con la sumilla del curso.

g) Organizar, coordinar y verificar la data académica de la coordinación para que esté actualizada (currículo, sílabos, listado de docentes, etc.).

h) Informar al decanato, las deficiencias en los proceso de matrícula de la coordinación y solicitar la aprobación de las medidas correctivas.

i) Organizar y dirigir la asesoría de los estudiantes en los trámites de matrícula, convalidación, reincorporación, traslado interno de manera que hagan expeditivo su procesamiento.

j) Analizar el estado situacional del programa EPEL y plantear alternativas de mejora o solución.

k) Fomentar, organizar y conducir el desarrollo de las investigaciones científicas en el ámbito de su especialidad;

l) Proponer la suscripción de convenios que beneficien al desarrollo del programa y la formación profesional del estudiante, ejerciendo la permanente supervisión.

m) Evaluar permanentemente el plan curricular, proponiendo los cambios y reajustes que hubiere lugar, en coordinación con los directores de escuela.

n) Velar por el abastecimiento oportuno de los requerimientos de materiales y equipos necesarios para el logro de las metas trazadas.

o) Resolver en primera instancia los problemas derivados de las actividades académicas y administrativas de su competencia.

p) Proponer al Decano el número de vacantes para el concurso de admisión, en todas sus modalidades.

q) Formular la memoria anual de las actividades desarrolladas durante el año lectivo, debe contener información académica, económica, infraestructura y equipamiento.

r) Otras funciones que le asigne el Decano y que sean de su competencia.

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SECCIÓN V: DE LAS FUNCIONES DE LA SECRETARIA DEL PR OGRAMA EPEL Artículo 109 º.- Las atribuciones y responsabilidades de la Secretaria del Programa EPEL son las siguientes;:

a) Mantener organizada la documentación que se emite y recibe (Trámite Documentario).

b) Coordinar reuniones y atender o efectuar llamadas telefónicas. c) Emisión de correspondencia bajo numeración correlativa y

codificada, de acuerdo al Departamento que le ordene y su remisión inmediata.

d) Recibir, registrar, clasificar y distribuir la documentación que ingresa y sale de la Oficina.

e) Dar cuenta inmediatamente al Coordinador de EPEL los casos que demandan soluciones vigentes.

f) Redactar y transcribir documentación de acuerdo a las instrucciones y requerimientos del Coordinador de EPEL.

g) Organizar el control y seguimiento de los documentos y/o expedientes.

h) Solicitar, tramitar y recepcionar los materiales y/o útiles de oficina asignados a la Oficina.

i) Otras funciones que le asigne el coordinador de EPEL, y sean de su competencia.

SECCIÓN VI: DE LAS FUNCIONES DE LOS ASISTENTES DEL PROGRAMA DEL EPEL Artículo 110 º.- Las atribuciones y responsabilidades de los Asistentes del Programa del EPEL son las siguientes;:

a) Matricular a los alumnos durante los procesos respectivos. b) Asesorar y atender a los alumnos y docentes. c) Brindar información acerca del proceso de admisión. d) Entregar material didáctico a los docentes. e) Brindar Información telefónica acerca del Programa a los

interesados. f) Enviar E-mails con información y comunicados a los docentes y

alumnos. g) Asesorar en la matrícula a los alumnos que lo requieran.

SECCIÓN VII: DE LAS FUNCIONES DEL ASISTENTE DE COOR DINACION DEL EPEL Artículo 111 º.- Las atribuciones y responsabilidades del Asistente de

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Coordinación del Programa del EPEL son las siguientes;

a) Elaborar e Ingresar horarios de clase al Programa APOLO. b) Monitoreo de Aulas y Control de Asistencia Docente. c) Elaborar los reportes de asistencia y recuperación de clases. d) Apoyar durante el proceso de matrícula. e) Coordinar con los expositores de las conferencias. f) Elaborar los reportes para el pago de los docentes. g) Atender a los docentes y alumnos con información cierta que

corresponde a EPEL

CAPÍTULO VI: OFICINA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y PROYECCIÓN SOCIAL

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA

Artículo 112 °.- Es el órgano de línea de la Facultad, encargado de intercambiar conocimientos culturales, científicos, tecnológicos y artísticos con la comunidad local, regional y nacional, a través de estudios, eventos, publicaciones, convenios, exposiciones, capacitación, asesoramiento y proyectos de cooperación con sectores de la sociedad para impulsar el desarrollo integral. Artículo 113 °.- ¨La Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social estará a cargo de un Jefe designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano. El Jefe de la Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social, será un profesor ordinario principal o asociado, a quien se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo. La Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social, mantiene una relación funcional con la Oficina Central de Extensión Universitaria y Proyección Social de la U.R.P.. Artículo 114 °.- La Facultad presta servicios de extensión universitaria y proyección social a la comunidad, en el ámbito urbano y rural a través de actividades y servicios de capacitación, asistencia técnica y divulgación; orientada preferentemente hacia los sectores menos favorecidos económicamente. Artículo 115 °.- La Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social, en coordinación con la Sección de Pos-Grado y el Instituto de Investigaciones, formularán semestralmente los proyectos de prácticas de proyección social y extensión universitaria y sus respectivas normas de evaluación para el reconocimiento de las prácticas pre profesionales obligatorias para optar el grado académico de bachiller.

Artículo 116 °.- Toda actividad de extensión universitaria y proyección social se orienta al desarrollo integral de la comunidad a nivel local, regional,

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nacional y responde a los planes de estudios de la Facultad en concordancia con el Plan de Desarrollo de la Universidad, cuyos resultados son evaluados y aprobados por el Consejo de Facultad.

SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DE LA OFICINA DE EXTENSION UNIVERSITARIA Y PROYECCION SOCIAL

Artículo 117 °.- Son atribuciones y responsabilidades del Jefe de la Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social son las siguientes:

a) Elaborar el plan operativo anual de la oficina, previa coordinación con los otros órganos de la Facultad que sean afines a sus tareas, en función de un diagnóstico que es elevado al decanato para su aprobación.

b) Velar por el fiel cumplimiento del plan de extensión universitaria y proyección social de la Facultad.

c) Diagnosticar la problemática de la comunidad con el propósito de planificar sus actividades de extensión hacia ella.

d) Promover las prácticas pre-profesionales de extensión y proyección social que se realizan en función de las necesidades de la comunidad.

e) Organizar y promover la participación sistemática e institucionalizada de profesores y estudiantes de la Facultad en tareas de extensión y proyección social.

f) Coordinar con el decanato y las escuelas el otorgamiento de los certificados o diplomas correspondientes, según reglamento interno.

g) Llevar el registro de los participantes y de las acciones de extensión universitaria y proyección social desarrolladas.

h) Establecer convenios con instituciones nacionales y/o extranjeras con fines de realizar prácticas pre profesionales de extensión universitaria y proyección universitaria.

i) Desarrollar actividades de extensión universitaria y proyección social de acuerdo a las características y disponibilidad de recursos de la Facultad.

j) Organizar eventos internos con el fin de exponer, discutir y divulgar a toda la comunidad universitaria los trabajos de extensión universitaria y proyección social que se realizan, y publicar el resumen anual informativo de estas actividades.

k) Coordinar y propiciar la realización de prácticas pre-profesionales en instituciones públicas o privadas.

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l) Motivar la participación de docentes y estudiantes para el desarrollo de las actividades programadas de esta oficina.

m) Programar y dirigir eventos de capacitación relacionados con la micro y pequeña empresa orientados a la comunidad.

n) Orientar el desarrollo de trabajos en la comunidad, ligados a la problemática social y laboral.

o) Organizar y dirigir la emisión de publicaciones, como producto de la investigación social y laboral en la comunidad.

p) Establecer relaciones con el sector empresarial y celebrar convenios para desarrollar las prácticas pre profesionales de los estudiantes.

q) Todas las demás funciones que le asigne el Decano y el Consejo de Facultad y que sea de su competencia.

SECCIÓN III: DE LAS HORAS LECTIVAS PARA LAS PRÁCTIC AS. Artículo 118°.- Los profesores de la Facultad realizan labores de extensión universitaria y proyección social, como una función obligatoria en el proceso de enseñanza de las clases teóricas, consideradas en las diferentes unidades del sílabo de la respectiva asignatura a su cargo. Artículo 119°.- La Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social está encargada de coordinar las prácticas a realizarse fuera del campus universitario. Los estudiantes deben participar con arreglo al plan de estudios de la respectiva carrera y según corresponda, como prácticas de la asignatura, o como proyección social y extensión universitaria, para acumular créditos.

CAPÍTULO VII: PROGRAMA DE TUTORIA SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA Artículo 120°.- El Programa de Tutoría es un órgano de línea; jerárquica y funcionalmente depende del decanato de la Facultad, realiza funciones académico – administrativas. Artículo 121°.- El Programa de Tutoría es, un servicio educativo complementario al servicio de formación académico profesional, desarrollado por docentes tutores en forma individual y/o grupal, por medio tutorías académicas, seminarios extracurriculares y tutorías virtuales Artículo 122°- El Programa de Tutoría, es una unidad académica que agrupa a los docentes tutores que ejercen la labor y acción de tutoría, consiste en dar ayuda sistemática al estudiante (tutorado) de la FACEE que le permita

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adquirir un mejor conocimiento de sus capacidades y habilidades para tomar las mejores decisiones y como solución de sus problemas personales y académicos. Artículo 123°.- El Programa de Tutoría, está a cargo de un docente ordinario, Principal o Asociado, a quien se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo; designado por el Consejo de Facultad y a propuesta del Decano, ratificado anualmente. Artículo 124.- El Programa de Tutoría, es un comité compuesto por seis profesores ordinarios (tutores), uno por cada especialidad, quienes desarrollaran el programa de tutoría de la FACEE.

SECCIÓN II: DEL OBJETIVO Artículo 125°.- La tutoría tienen por objetivo desarrollar un proceso de orientación sistemática a los estudiantes de la FACEE, durante un periodo de su formación profesional con la finalidad de permitirles encontrar la superación en su rendimiento académico, solucionar los problemas académicas y desarrollar hábitos para el trabajo universitario, reflexiones y convivencia social.

SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES GENERALES DEL PROGRAM A DE TUTORIA

Artículo 126°.- Las funciones generales del programa de tutoría son las siguientes:

a) Proponer las políticas y estrategias de tutoría y orientación educativa relacionadas con las áreas de la tutoría y la educación superior basada en valores.

b) Formular y ejecutar investigaciones que permitan sustentar y reajustar las políticas y estrategias de tutoría y orientación educativa.

c) Proponer capacidades y contenidos de aprendizaje vinculados a la educación para ser incorporados en los currículos de diferentes modalidades del sistema educativo.

d) Establecer las necesidades, proponer contenidos y estrategias de formación docente relacionadas con la tutoría y orientación educativa, que deberán tener en cuenta la formación continua de los docentes.

e) Producir, publicar, distribuir y evaluar el uso de los materiales educativos para las diferentes modalidades de la educación relacionadas con la tutoría y orientación educativa.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 58 mayo 2014

f) Coordinar con los diferentes sectores públicos, privados y la

sociedad civil a nivel nacional. g) Promover el intercambio de experiencias significativas a nivel

nacional e internacional para mejorar las acciones de tutoría y orientación educativa.

SECCIÓN IV: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DEL PROGRAMA DE TUTORIA

Articulo . 127º.- Las atribuciones y responsabilidades del Jefe del programa de tutoría son las siguientes:

a) Programar y desarrollar entrevistas individuales con los alumnos cuando estos lo necesiten.

b) Organizar actividades de « bienvenida y recepción » a los ingresantes a principio de ciclo, organizar charlas de orientación de los curso como también de sus derechos deberes y normas de la Facultad.

c) Explicar a los alumnos las funciones y tareas que tiene el profesor como tutor. Realizar reuniones con los alumnos con la finalidad de preparar las sesiones de evaluación, así como comentar y tomar decisiones tras el resultado de las mismas.

d) Analizar con los profesores tutores; las dificultades académicas de los alumnos. Promover y coordinar actividades que fomenten la convivencia, la integración y la participación de los alumnos en la vida de la Facultad.

e) Recoger información sobre aspectos académicos, personales y familiares de sus alumnos, organizando y llevando a cabo actividades de refuerzo educativo a los alumnos que lo necesiten.

f) Realizar actividades con los alumnos de técnicas de trabajo intelectual.

g) Diseñar con el equipo educativo un Plan de Acción Tutorial para todo el curso. Transmitir a los profesores información sobre el alumnado que les pueda ser útiles para el desarrollo de las tareas docentes, evaluadoras y orientadoras.

h) Preparar, coordinar y moderar las sesiones de evaluación. Establecer reuniones de coordinación para lograr la colaboración con los demás tutores.

i) Procurar la colaboración de los padres en relación con el trabajo personal de sus hijos. Preparar actividades extracurriculares con la colaboración de los padres.

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j) Tener entrevistas individuales con los padres sobre la formación personal y rendimiento académico de sus hijos. Informar al alumnado sobre posibles itinerarios académicos y profesionales para su inserción en el mundo laboral.

k) Coordinar grupos de discusión sobre temas formativos de interés para los padres con miras a la educación de sus hijos. Realizar grupos de discusión con su grupo de alumnos en relación a temas actuales (violencia, alcoholismo, crisis de valores, etc.).

l) Resolver situaciones de disciplina y mejorar el clima en el aula, dar cumplimiento a las tareas administrativas.

m) Realizar actividades de refuerzo y recuperación con los alumnos, al tener conocimiento su bajo rendimiento.

n) Tratar los problemas personales y familiares. Atención educativa a las necesidades de cada alumno.

o) Orientación vocacional y profesional, fomentar la participación del alumnado.

p) Planificación y coordinación con el profesorado, seguimiento y evaluación de los alumnos, desarrollar valores en los alumnos.

q) Las demás funciones que le otorgue el Decano, que sea de su competencia.

SECCIÓN V: REQUISITOS EXIGIDOS AL PROFESOR TUTOR

Artículo 128º.- Las cualidades exigibles de un buen tutor son las siguientes;

a) Tener dominio de la materia y saber cómo enseñar la materia. b) Estimular y motivar al alumnado, utilizando la dinámica de grupos. c) Favorecer la comunicación con los alumnos, conocer las

características psicopedagógicas de la edad de los alumnos. d) Tener y manifestar interés por los alumnos, respetar la iniciativa de

los alumnos; ser sincero y saber escuchar. e) Tener una buena formación sobre técnicas de tutoría (entrevista,

observación). f) Poder realizar una programación general de acción tutorial a nivel de

centro. g) Disponer del tiempo necesario para realizar esta función en los

horarios del centro.

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h) Estar dispuesto a realizar coordinaciones entre los tutores de

acuerdo a la problemática que se vaya encontrando. i) La formación del tutor debe permitir resolver tareas de su cargo que

son múltiples y variadas. j) Estar dispuesto a que su labor de tutor no sea reconocido

socialmente. k) Estar dispuesto a darle la solución adecuada, cuando encuentre

dificultades en la práctica tutorial. l) Realizar curso de formación para los alumnos a su cargo. m) Las demás funciones que le otorgue el Decano, que sea de su

competencia. Artículo 129 º.- Las atribuciones y responsabilidades, del profesor tutor en su concepción global del proceso educativo de un grupo de alumnos por un periodo de tiempo (un ciclo académico) está de acuerdo a las relaciones siguientes;

En relación con el alumnado

a) Facilitar una buena integración de la Facultad y el grupo de compañeros, fomentando la participación en las actividades de la FACEE.

b) Asesorar a los estudiantes en los momentos más críticos c) Orientar e informar académicamente y profesionalmente d) Realizar un seguimiento global de los procesos de aprendizaje del

alumno e) Facilitar el autoconocimiento de los alumnos f) Encauzar las demandas, inquietudes, quejas del alumnado ante la

autoridad de la FACEE.

En relación con los profesores del grupo

g) Informar, consensuar y desarrollar Planes de Acción de Tutoría relacionados con las actividades derivadas de él, en sus tres aspectos: alumnado, personal y profesional.

h) Intercambiar con el profesorado del curso información sobre las características del alumnado y sus implicaciones en la programación, evaluación y en la relación educativa.

i) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo. j) Colaborar en: las adaptaciones curriculares, intervención educativa

específica, diversificación curricular y actividades de refuerzo.

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En relación con las familias

k) Facilitar el conocimiento de la Facultad, y la etapa educativa a los padres de familia de las que son motivo de tutoría.

l) Informar del proceso educativo individual y recabar su colaboración ll) Recoger la información que la familia puede proporcionar con vistas

a un mejor conocimiento del alumno y su contexto socio-familiar m) Facilitar a los padres de familia asesoramiento en aspectos como:

resolución de problemas de aprendizaje, y conducta, organización y planificación del estudio, toma de decisiones académicas y profesionales.

CAPÍTULO VIII: INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN ECONÓMICA S, SOCIALES Y EMPRESARIALES Y DEL MEDIO AMBIENTE

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA Artículo 130°.- Es un órgano de línea de la Fcultad, que permite la creación y transferencia de conocimientos y tecnologías apropiadas para el mejoramiento de la formación profesional y el desarrollo de la cultura, a través del Banco de Datos de los proyectos, trabajos de investigación y de la labor de investigación de los docentes de la Facultad; Artículo 131°.- La investigación como función primordial de la Facultad, se realiza en las ciencias y tecnologías de las disciplinas y especialidades de las carreras profesionales y la sección de pos - grado; donde se identifica, analiza y orientada a la solución de los problemas de su competencia. Artículo 132°.- Anualmente, a 30 días de iniciado el primer semestre académico, se aprueba el plan de investigación del Instituto de Investigación, elaborado en coordinación con las direcciones de las Escuelas Académico Profesionales, la Sección de Pos-Grado, y el Jefe de Departamento Académico de Ciencias Económicas y Empresariales; quienes impulsan a los profesores a asumir y desarrollar investigaciones especializadas vinculados a la realidad nacional. Artículo 133°.- El instituto de Investigación planificará y desarrollará investigaciones en el marco de las características del educando, la problemática del docente, la estructura y funcionamiento del currículo, y de los recursos disponibles; con el propósito de apoyar la educación nacional, la

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validez de los métodos y técnicas instrucciones, a través de la experimentación, como condición previa, para la generalización de sus resultados. Artículo 134.- El Instituto de Investigación y del medio ambiente depende jerárquica y funcionalmente de la decanatura de la Facultad. SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL INSTITUTO DE INVE STIGACION Y DEL MEDIO AMBIENTE

Artículo 135°.- Las funciones del Instituto de Investigación y del Medio Ambiente son las siguientes:

a) Diseñar e implementar las políticas de investigación en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

b) Fomentar la realización de investigación; básicas, aplicadas y tecnológicas, en el ámbito de su competencia.

c) Coordinar la realización de actividades y proyectos de investigación multidisciplinarios del Instituto.

d) Promover y asesorar la ejecución de proyectos de investigación de la Facultad, propiciando la participación de los docentes, alumnos y egresados.

e) Producir y transferir tecnología de la investigación a la comunidad científica del país.

f) Publicar y difundir los trabajos de investigación del área y afines, para uso de la comunidad universitaria.

g) Presentar anualmente al Consejo de Facultad un plan de trabajo para su aprobación.

SECCIÓN III: ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y DEL MEDIO AMBIENTE Artículo 136°-. La estructura orgánica del Instituto, esta constituida por los siguientes niveles jerárquicos:

ÓRGANOS DE DIRECCIÓN

• Comité Directivo • Jefe del Instituto

ÓRGANOS INVESTIGADORES

• Profesores investigadores

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ÓRGANOS DE APOYO Y ADMINISTRATIVOS

• Personal de apoyo y administrativos

SECCIÓN IV: DE LA NATURALEZA - DEL COMITÉ DIRECTIV O Artículo 137°.- El Comité Directivo es el órgano consultivo y de coordinación; está conformado por el Jefe del Instituto, quien lo preside y seis docentes, uno por cada Escuela Académico Profesionales de la Facultad, que la representan. Artículo 138°.- El Presidente del Comité Directivo es designado por el Decano de la Facultad, así como los representantes de las Escuelas Académico Profesionales, la propuesta deben ser aprobadas por los Órganos de Gobierno. Artículo 139°.- Los miembros del Comité Directivo de Instituto de Investigación son propuestos por un periodo de tres (3) años, y son ratificados al final de cada año, por el Consejo de Facultad.

SECCIÓN V: DE LAS FUNCIONES DEL COMITÉ DIRECTIVO Artículo 140°.- Las atribuciones y responsabilidades del Comité Directivo son las siguientes:

a) Asesorar al Jefe del Instituto en las propuestas y definición de la política de investigación en el área y en general en asuntos de su competencia.

b) Aprobar a nivel del Instituto la formulación de planes, proyectos de investigación y los programas de acción concreta.

c) Coordinar en forma permanente la formulación de los planes y proyectos de investigación, así como los programas de acción concreta.

d) Evaluar y aprobar las investigaciones disciplinarias. Las investigaciones multidisciplinarías serán evaluadas y aprobadas por el Consejo de Investigación del Centro de Investigación de la Universidad.

e) Evaluar y aprobar los proyectos de investigación, antes del mes de diciembre de cada año, para su realización en el año siguiente.

f) Realizar sesiones ordinarias cada 30 días y extraordinarias a iniciativa del Jefe o petición del 50% de sus miembros.

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SECCIÓN VI: DE LA NATURALEZA – DE LA JEFATURA DEL I NSTITUTO Artículo 141°.- El Jefe del Instituto de Investigación es un profesor Ordinario en la categoría de Principal, con los grado de Doctor o Maestro, designado por el Decano de la Facultad y aprobado por los Órganos de Gobierno de la Universidad, a quien se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo. Artículo 142°.- En ausencia o impedimento temporal del Jefe; será remplazado por el profesor Principal o Asociado más antiguo, que sea miembro del Comité Directivo.

SECCIÓN VII: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DEL INSTITU TO Artículo 143°.- Las atribuciones y responsabilidades del Jefe del Instituto son las siguientes;

a) Formular y proponer al Decano de la Facultad, la política de investigación a corto, mediano y largo plazo.

b) Formular, proponer y programar los proyectos de investigación en el ámbito de su competencia.

c) Dirigir, supervisar y controlar la ejecución de las investigaciones realizadas por los investigadores y órganos de ejecución del Instituto tales como talleres y laboratorios.

d) Dirigir, supervisar y controlar la ejecución de acciones de transferencias de tecnología, acopio de información, así como, su publicación y difusión de las investigaciones.

e) Presidir las sesiones del Comité Directivo y ejecutar los acuerdos. f) Cumplir y hacer cumplir el reglamento del Instituto de Investigación. g) Elabora la Memoria anual sobre las actividades del Instituto.

SECCIÓN VIII: DE LA NATURALEZA - DE LOS PROFESORES INVESTIGADORES

Artículo 144 °.- Los profesores investigadores, son los docentes de la Universidad que participan en proyectos de investigación y están registrados como tales. Artículo 145°.- Los profesores investigadores de acuerdo a la Ley Universitaria y el Estatuto de la Universidad Ricardo Palma, son los docentes que ostentan los más altos grados académicos, además de su alto nivel académico participan en la conducción de uno o más proyectos de investigación.

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 65 mayo 2014

Artículo 146°.- Los docentes investigadores se clasifican en dos categorías;

- Permanentes. - Temporales.

Artículo 147°.- Los investigadores permanentes, son los docentes de la Universidad que tengan como labor fundamental, la responsabilidad de realizar el trabajo de investigación dentro del Instituto. Artículo 148 °.- Los docentes investigadores, presentarán los proyectos de investigación al Jefe del Instituto para ser presentados al Decano de la Facultad, para su aprobación. Artículo 149°.- La designación de los docentes investigadores son propuestos por decisión del Decano de la Facultad, la misma que será aprobado por los Órganos de Gobierno. Artículo 150°.- Los docentes investigadores informarán mensualmente al Instituto los avances que hubieran realizado, debiendo demostrar los logros o productos que han desarrollado, semestralmente. Artículo 151°.- El Instituto de Investigación contará con docentes de la Universidad temporalmente o contratados para desarrollar proyectos de investigación específicos o impulsar los que se encuentran en curso, y son propuestos por el Decano de la Facultad y aprobado por los Órganos de Gobierno. SECCIÓN IX: DE LA NATURALEZA - DE LOS ASISTENTES INVESTIGADORES Artículo 152°.- Los asistentes de investigación son los colaboradores de apoyo académico de los docentes investigadores del Instituto. Artículo 153°.- Los asistentes investigadores son los estudiantes, egresados, graduados o titulados, que deseen apoyar a uno o más proyectos de investigación de los docente investigadores. Artículo 154°.- Para ser Asistentes de Investigación se requiere;

a) Ser o haber sido estudiante de la Universidad Ricardo Palma. b) Acreditar un promedio ponderado equivalente al quinto superior.

Artículo 155°.- Los Asistentes de Investigación realizan funciones ad-honorem, y por excepción serán remuneradas, su participación es aprobada por los Órganos de Gobierno, a propuesta del Decano de la Facultad. Artículo 156°.- Los Asistentes de Investigación al finalizar el proyecto de investigación recibirán una certificación de la Facultad, por la labor desarrollada en el Instituto de Investigación.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 66 mayo 2014

SECCIÓN X: DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL IN STITUTO DE INVESTIGACIÓN DE ESTUDIOS TURÍSTICOS

Artículo . 157º.- Las atribuciones y responsabilidades del Coordinador del Instituto de Investigación de Estudios Turísticos son los siguientes:

a) Proponer las líneas o ejes de investigación orientadas al desarrollo académico, priorizando las investigaciones conducentes a la licenciatura y posgrado.

b) Promover, organizar y realizar investigaciones multidisciplinarias en el campo de su competencia para propiciar el desarrollo sostenible del turismo en el país.

c) Promover y apoyar las investigaciones conducentes a la tesis de la Licenciatura, Maestría y Doctorado.

d) Fomentar y establecer relaciones de intercambio con otras instituciones de investigación similares.

e) Promover y organizar actividades de difusión de los resultados de las investigaciones, planes, programas y proyectos.

f) Impulsar la suscripción de convenios con instituciones del sector público y privado para el desarrollo del turismo.

g) Otras funciones que le asigne el Director del Instituto y que sean de su competencia.

CAPÍTULO IX: DEL CENTRO DE INNOVACIÓN Y CREATIVIDAD EMPRESARIAL - CICE

SECCIÓN I: DE LA NATURALEZA Artículo 158°.- Es un órgano de línea de la Facultad, encargada de diseñar y construir instrumentos conceptuales, metodológicos, técnicos y de información susceptibles de ser aplicados con eficacia y eficiencia por empresas e instituciones. Artículo 159°.- El CICE es el órgano encargado de propiciar estudios, programas de capacitación, talleres, eventos, publicaciones, convenios, asesoramiento y proyectos de cooperación; los cuales permitirán la participación de docentes, estudiantes y especialistas invitados. Artículo 160°.- El CICE creado de conformidad a los artículos 12° y 22° del Estatuto, y por analogía con los demás órganos de línea estará a cargo de un jefe designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 67 mayo 2014

Artículo 161°.- La Jefatura del centro de Innovación y creatividad empresarial - CICE estará a cargo de un profesor ordinario principal o asociado, a quien se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo. El centro de innovación y creatividad empresarial - CICE, depende directamente del decanato. Artículo 162°.- La Facultad, por medio del CICE, presta servicios a la comunidad, en el ámbito urbano y rural a través de las actividades y servicios de capacitación, información, consultoría, asesoría y divulgación; orientada preferentemente hacia la pequeña y mediana empresa e instituciones públicas y privadas. Artículo 163°.- El centro de innovación y creatividad empresarial - CICE, en coordinación con los departamentos académicos, escuelas académico profesionales, la sección de pos-grado y el Instituto de Investigación, formularán semestralmente los proyectos de talleres de sus principales actividades y de acuerdo a sus normas de evaluación, para el reconocimiento de las prácticas pre-profesionales o de actividades académicas obligatorias como requisitos para optar el grado académico de bachiller. Artículo 164°.- Toda actividad de innovación y creatividad empresarial se orientará a promover el desarrollo empresarial e institucional en concordancia con los planes de estudios de la Facultad y del plan de desarrollo de la Universidad, cuyos resultados serán evaluados y aprobados por el Consejo de Facultad.

SECCIÓN II: DE LAS FUNCIONES DEL JEFE DEL CICE Artículo 165°.- Son atribuciones y responsabilidades del Jefe del Centro de Innovación y Creatividad Empresarial; las siguientes funciones:

a) Elaborar el plan operativo anual del CICE, previa coordinación con los demás órganos de la Facultad, que sean afines a sus tareas, en función de un diagnóstico y elevarlo al decanato para su aprobación.

b) Velar por el fiel cumplimiento del plan del centro de innovación y creatividad empresarial de la Facultad.

c) Elaborar el diagnóstico de la problemática de la comunidad con el propósito de planificar sus actividades de innovación y creatividad empresarial orientados hacia ella.

d) Promover las prácticas pre-profesionales y actividades académicas que se realizan en función de las necesidades de la comunidad empresarial.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 68 mayo 2014

e) Organizar y promover la participación sistemática e institucionalizada de profesores y estudiantes de la Facultad en tareas de innovación y creatividad empresarial.

f) Coordinar con las Escuelas y el decanato el otorgamiento de los certificados o diplomas correspondientes, según el reglamento.

g) Llevar el registro de los participantes y de las actividades de innovación y creatividad empresarial desarrolladas.

h) Establecer convenios con instituciones nacionales y/o extranjeras con fines de organizar programas de capacitación y eventos.

i) Desarrollar actividades de innovación y creatividad empresarial autofinanciados.

j) Organizar eventos internos y externos con el fin de exponer, analizar, promover y divulgar, a toda la comunidad universitaria y del país, los trabajos de innovación y creatividad empresarial que se realizan, publicar el resumen anual informativo.

k) Coordinar y propiciar la realización de actividades con instituciones públicas o privadas.

l) Motivar la participación de docentes y estudiantes en el desarrollo de las actividades programadas de innovación y creatividad empresarial.

m) Programar y ejecutar el premio a la creatividad, con el propósito de motivar, difundir, promover y reconocer la innovación en la micro y pequeña empresa, cuyos aportes tengan trascendencia empresarial y académica en la comunidad local o nacional.

n) Orientar el desarrollo de trabajos en la comunidad, ligados a la problemática empresarial y laboral.

o) Organizar y dirigir la edición de publicaciones, como producto de su actividad.

p) Las demás funciones que le asigne el Decano.

SECCIÓN III: DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL DE APOYO Artículo 166°.- Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaria del CICE las siguientes funciones.

a) Atender a los participantes del diplomado b) Elaborar y Publicar en la página Web la realización de cada uno de

los diplomados c) Recepcionar y despachar con el Jefe las comunicaciones

relacionadas con los diplomados

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Aprobado: Consejo de Facultad Página 69 mayo 2014

d) Captar alumnos para el inicio de los diplomados. e) Preparar la correspondencia y documentación que requiera la

gestión de diplomados. f) Administrar los documentos del diplomado, archivar documentos. g) Apoyar en la gestión de aulas y equipos. h) Editar los materiales académicos para su reproducción i) Clasificar y archivar las separatas, de acuerdo a indicaciones del

coordinador académico. j) Participar en el control de asistencia de alumnos y expositores. k) Entrega de materiales a los participantes l) Colaborar con los expositores durante el dictado de clases. m) Elabora los diplomas y constancias de notas. n) Otras funciones que asigne el coordinador académico y que sean de

su competencia.

Artículo 167°.- Son atribuciones y responsabilidades del Asistente Administrativo del CICE las siguientes funciones.

a) Programar el requerimiento de los bienes y servicios que se necesitan en cada uno de los diplomados.

b) Gestionar y administrar los bienes y servicios. c) Formular el presupuesto del diplomado, en función a la estructura

académica. d) Coordinar la infraestructura y equipo para el desarrollo de los

cursos. e) Participar en el control de asistencia de alumnos y expositores. f) Verificar y preparar los informes sobre los pagos de los

participantes. g) Informar a los participantes sobre sus pagos. h) Registrar notas y presentación de los mismos al coordinador

académico y Jefe del CICE para su verificación. i) Informar mensual a Contabilidad de los ingresos captados por

Diplomado. j) Entregar el informe de los ingresos y egresos a la dirección de

economía con el visto bueno de la Jefatura.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Aprobado: Consejo de Facultad Página 70 mayo 2014

k) Controlar las notas de los participantes. l) Colaborar con los coordinadores en las tareas propias de los

diplomados. m) Apoyar en los cronogramas de promoción de los diplomados.

n) Elaborar las diplomas y constancias de notas o) Las otras funciones que designe el Jefe y que sean de su

competencia.