factura electronica

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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA FACTURA ELECTRONICA ¿Qué es un Comprobante fiscal digital? Un Comprobante Fiscal Digital (CFD) de acuerdo a las disposiciones fiscales, es el documento digital que se recibe al adquirir un bien, un servicio o usar temporalmente bienes inmuebles. ¿Qué es una Factura Electronica? La factura electronica en México es la representación digital de un tipo de Comprobante Fiscal Digital (CFD) con validez fiscal, que utiliza los estándares definidos por el SAT (RMF “Anexo 20” de septiembre 1, 2004) en cuanto a forma y contenido Beneficios de la Factura electrónica Tiene exactamente la misma validez que las facturas en papel Mayor seguridad Se puede determinar la veracidad de estas facturas rápidamente utilizando los servicios en línea del SAT Agiliza la interacción entre clientes y proveedores aprovechando el intercambio electrónico de facturas Incremento en productividad: Reducción de tiempos en procesos administrativos. Rapidez y seguridad en el intercambio de información. Mejor servicio al cliente. Mejora la precisión de la información. Agiliza la interacción cliente - proveedor aprovechando el intercambio electrónico de facturas Ahorro en costos administrativos y de oficina: Reducción en volumen de papeleo, correo, fax y otros gastos fijos. Mejor utilización de espacios físicos. Evita recaptura de la información. Reducción de tiempos de edición y remisión Reducción en tiempos operativos Ciclo de resurtido y facturación. Generación de facturas ¿Quienes pueden emitir factura electrónica? Podrán optar por emitir factura electrónica: Personas físicas y las Personas morales que deseen optimizar, agilizar y automatizar su proceso de facturación. Personas físicas y las Personas morales que tengan certificado de firma electrónica avanzada vigente. Personas físicas y las Personas morales que lleven su contabilidad en sistemas electrónicos. (Fundamento legal: Artículo 29 noveno párrafo del Código Fiscal de la Federación) ¿Qué requisitos necesito para implementar la factura electrónica? Contar con un Certificado de Firma Electrónica Avanzada vigente Contar con uno o más certificados de sello digital Contar con un determinado rango de folios asignados por el SAT Tener una contabilidad simultanea. Envío de reporte mensual. (Fundamento legal: Artículo 29 noveno párrafo del Código Fiscal de la Federación) Conocer modelo de negocio ¿Qué es una contabilidad simultanea? Que al asignarse el folio, y en su caso serie, el sistema electrónico en que se lleve la contabilidad efectúe simultáneamente el registro contable en cuentas y subcuentas afectadas por cada operación. ¿Qué diferencia existe entre una factura electrónica y una en papel? Desde el punto de vista fiscal, ambas facturas tienen los mismos efectos y alcances, sin embargo, las facturas electrónicas cuentan con elementos de seguridad superiores a las tradicionales. Otra diferencia importante es la versatilidad, ya que a diferencia de las facturas en papel, las facturas electrónicas son creadas, enviadas y almacenadas por medios electrónicos y se pueden imprimir en caso de que así se requiera. ¿Qué es el comité de factura electrónica? Es un grupo de trabajo conformado por la industria cuyo objetivo es llegar a un acuerdo en cuanto a estándares y lograr soluciones prácticas a los problemas detectados durante su implantación. ¿Qué es la Firma Electrónica Avanzada (FEA)? La Firma Electrónica Avanzada (sello digital para en el caso de las facturas) son datos adjuntos a un mensaje electrónico vinculados a la información contenida y a la identidad de la persona que la origina. ¿Es obligatoria la Firma Electrónica Avanzada? La Firma Electrónica Avanzada (FEA) es obligatoria a partir de enero del 2005 y los contribuyentes que están obligados a obtenerla son: Si eres persona moral: sociedad civil, entidad del gobierno federal, estatal o municipal, así como la asociación en participación o fideicomiso. Si eres persona física con actividad empresarial, ya sea de régimen general o intermedio, comercio, industria, transportistas, siempre que sus ingresos el año anterior hayan sido de 1, 750,000 más. Si presta servicios profesionales y sus ingresos el año anterior fueron de 300,000 o más. Si renta bienes inmuebles y sus ingresos el año anterior fueron de 300,000 o más. Si percibe cualquier otro tipo de ingresos y el año anterior fueron de 300,000 o más Si es representante de personas que no sean residentes en México pero que en nombre suyo realicen actividades por las deban pagarse contribuciones.

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Page 1: FACTURA ELECTRONICA

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA FACTURA ELECTRONICA¿Qué es un Comprobante fiscal digital?Un Comprobante Fiscal Digital (CFD) de acuerdo a las disposiciones fiscales, es el documento digital que se recibe al adquirir un bien, un servicio o usar temporalmente bienes inmuebles.¿Qué es una Factura Electronica?La factura electronica en México es la representación digital de un tipo de Comprobante Fiscal Digital (CFD) con validez fiscal, que utiliza los estándares definidos por el SAT (RMF “Anexo 20” de septiembre 1, 2004) en cuanto a forma y contenidoBeneficios de la Factura electrónicaTiene exactamente la misma validez que las facturas en papelMayor seguridadSe puede determinar la veracidad de estas facturas rápidamente utilizando los servicios en línea del SATAgiliza la interacción entre clientes y proveedores aprovechando el intercambio electrónico de facturasIncremento en productividad:Reducción de tiempos en procesos administrativos.Rapidez y seguridad en el intercambio de información.Mejor servicio al cliente.Mejora la precisión de la información.Agiliza la interacción cliente - proveedor aprovechando el intercambio electrónico de facturasAhorro en costos administrativos y de oficina:Reducción en volumen de papeleo, correo, fax y otros gastos fijos.Mejor utilización de espacios físicos.Evita recaptura de la información.Reducción de tiempos de edición y remisiónReducción en tiempos operativosCiclo de resurtido y facturación.Generación de facturas¿Quienes pueden emitir factura electrónica?Podrán optar por emitir factura electrónica:Personas físicas y las Personas morales que deseen optimizar, agilizar y automatizar su proceso de facturación.Personas físicas y las Personas morales que tengan certificado de firma electrónica avanzada vigente.Personas físicas y las Personas morales que lleven su contabilidad en sistemas electrónicos. (Fundamento legal: Artículo 29 noveno párrafo del Código Fiscal de la Federación)¿Qué requisitos necesito para implementar la factura electrónica?Contar con un Certificado de Firma Electrónica Avanzada vigenteContar con uno o más certificados de sello digitalContar con un determinado rango de folios asignados por el SATTener una contabilidad simultanea.Envío de reporte mensual. (Fundamento legal: Artículo 29 noveno párrafo del Código Fiscal de la Federación)Conocer modelo de negocio¿Qué es una contabilidad simultanea?Que al asignarse el folio, y en su caso serie, el sistema electrónico en que se lleve la contabilidad efectúe simultáneamente el registro contable en cuentas y subcuentas afectadas por cada operación.¿Qué diferencia existe entre una factura electrónica y una en papel?Desde el punto de vista fiscal, ambas facturas tienen los mismos efectos y alcances, sin embargo, las facturas electrónicas cuentan con elementos de seguridad superiores a las tradicionales. Otra diferencia importante es la versatilidad, ya que a diferencia de las facturas en papel, las facturas electrónicas son creadas, enviadas y almacenadas por medios electrónicos y se pueden imprimir en caso de que así se requiera.¿Qué es el comité de factura electrónica?Es un grupo de trabajo conformado por la industria cuyo objetivo es llegar a un acuerdo en cuanto a estándares y lograr soluciones prácticas a los problemas detectados durante su implantación.¿Qué es la Firma Electrónica Avanzada (FEA)?La Firma Electrónica Avanzada (sello digital para en el caso de las facturas) son datos adjuntos a un mensaje electrónico vinculados a la información contenida y a la identidad de la persona que la origina.¿Es obligatoria la Firma Electrónica Avanzada?La Firma Electrónica Avanzada (FEA) es obligatoria a partir de enero del 2005 y los contribuyentes que están obligados a obtenerla son:Si eres persona moral: sociedad civil, entidad del gobierno federal, estatal o municipal, así como la asociación en participación o fideicomiso.Si eres persona física con actividad empresarial, ya sea de régimen general o intermedio, comercio, industria, transportistas, siempre que sus ingresos el año anterior hayan sido de 1, 750,000 más.Si presta servicios profesionales y sus ingresos el año anterior fueron de 300,000 o más.Si renta bienes inmuebles y sus ingresos el año anterior fueron de 300,000 o más.Si percibe cualquier otro tipo de ingresos y el año anterior fueron de 300,000 o másSi es representante de personas que no sean residentes en México pero que en nombre suyo realicen actividades por las deban pagarse contribuciones.¿Para que me sirve la FEA?La Firma Electrónica avanzada permite “firmar” o asegurar diversas transacciones que el Servicio de Administración tributaria (SAT) irá liberando gradualmente como son:Generación de Factura electrónicaGeneración de PedimentosDictámenes.Declaraciones provisionales.Declaraciones anuales.Devoluciones.Avisos al RFC.Expedientes electrónicos, entre otros

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¿Qué es un certificado digital?Es un archivo con extensión *.cer que asocian una llave pública con la identidad de su propietario. Existen dos tipos de certificados digitales: los certificados de Firma electrónica Avanzada y el certificado de sello digital.¿Qué es un certificado de Firma Electrónica avanzada?Tipo de certificado digital que identifica a personas físicas o morales y da poder para obtener Certificados de Sello Digital, Solicitud de folios y para firmar el Reporte Mensual, entre otros servicios.¿Qué es un certificado de sello digital?Tipo de certificado digital para uso exclusivo de los comprobantes fiscales digitales.¿Cuál es la relación de la firma electrónica avanzada con la emisión de facturas electrónicas?La firma electrónica avanzada juega un papel crucial en la facturación electrónica, ya que sin ella las facturas electrónicas quedarían sin validez legal ante las autoridades fiscales¿Qué es SICOFI?El Sistema Integral de Comprobantes Fiscales (SICOFI) es una aplicación del SAT que cuenta con un Módulo del Emisor de Comprobantes Fiscales, mismo que se encarga de asignar folios y recibir reportes mensuales de facturas electrónicas emitidas vía web.¿Qué es el SOLCEDI?La aplicación de Solicitud del Certificado Digital (SOLCEDI) es utilizada para que el Contribuyente (Persona Moral o Física) pueda generar un archivo de requerimiento, con el cual realizará el proceso para obtener un Certificado Digital que ocupará en sus movimientos de tipo fiscal¿Qué es la IES?La infraestructura extendida de seguridad, es un sistema diseñado y administrado por Banco de México, con el propósito de fortalecer la seguridad de la información que se transmite tanto en los sistemas de pago como entre el sistema financiero mexicano y el instituto central. La IES esta basada en el uso de firmas electrónicas mediante la aplicación de algoritmos criptográficos para garantizar la confidencialidad e integridad de la información que se transmite, y a su vez, acreditar la identidad del remitente.¿Cuál es el fundamento legal para la factura electrónica?Código Fiscal de la Federación Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004¿Se deben conservar las facturas electrónicas?Sí; los contribuyentes deberán conservar y registrar en su contabilidad los comprobantes fiscales digitales que emitan. El registro en su contabilidad deberá ser simultáneo al momento de la emisión de los comprobantes fiscales digitales. Los comprobantes fiscales digitales, así como los archivos y registros electrónicos de los mismos se consideran parte de la contabilidad del contribuyente, quedando sujetos a lo dispuesto por el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación. (Fundamento Legal: Artículo 29 fracción IV del Código Fiscal de la Federación)¿Cuánto tiempo se conserva una factura electrónica?La ley obliga a todos los contribuyentes a conservar las Facturas Electrónicas por un periodo mínimo de 5 años en el formato original (XML) ó en papel en el caso de los receptores que reciban el comprobante impreso.¿Cuánto tiempo se conserva una factura electrónica?La ley obliga a todos los contribuyentes a conservar las Facturas Electrónicas por un periodo mínimo de 5 años en el formato original (XML) ó en papel en el caso de los receptores que reciban el comprobante impreso.¿Es válida legal y fiscalmente la factura electrónica?Si, tiene la misma validez fiscal y legal que una factura en papel siempre y cuando cuenten con un sello digital amparado por un certificado expedido por el Servicio de Administración Tributaria, cuyo titular sea la persona física o moral que expida los comprobantes.¿Seguirán siendo válidos las facturas y otros comprobantes fiscales en papel?Sí, tanto las facturas como los otros comprobantes fiscales tradicionales o en papel van a seguir conviviendo con los digitales. Ambos cuentan con la misma validez para efectos fiscales. Es importante señalar que los contribuyentes que opten por emitir comprobantes fiscales digitales, no podrán emitir otro tipo de comprobantes fiscales, salvo los que determine el Servicio de Administración Tributaria.¿La Factura Electrónica es el único tipo de comprobante con validez fiscal que se puede emitir por medios electrónicos?El Código Fiscal de la Federación en su artículo 29 contempla la posibilidad de que los contribuyentes emitan comprobantes por las operaciones que realicen, mediante documentos digitales a los cuales denomina Comprobantes Fiscales Digitales, razón por la cual se pueden expedir cumpliendo los requisitos señalados en el mismos ordenamiento, facturas ,recibos de honorarios, recibos de arrendamiento, notas de cargo etc. La factura electrónica en uno de los tipos más comunes de Comprobantes Fiscales Digitales pero no el único.¿Cómo funcionan las facturas electrónicas?La factura electrónica es un método de facturación que utiliza tecnología digital para generar y resguardar este tipo comprobantes fiscales digitales. Cada factura que se emite cuenta con un sello digital, así como un folio que indica el número de la transacción. Las facturas electrónicas pueden ser enviadas y guardadas utilizando medios electrónicos. Los contribuyentes que opten por emitir facturas electrónicas, deberán enviar un reporte mensual al SAT que contenga la información de todas las facturas que emitieron a sus clientes. A su vez, los clientes podrán verificar la validez del comprobante recibido, ingresando a este portal en la sección de Validación de Certificados Digitales.¿Qué se hará para aquellos receptores que no puedan recibir la factura en electrónico?Los contribuyentes que decidan emitir facturas electrónicas deberán proporcionar a sus clientes en documento impreso el comprobante electrónico cuando así les sea solicitado. (Fundamento legal: Artículo 29 fracción IV del Código Fiscal de la Federación). La factura electrónica puede imprimirse en cualquier tipo de papel (no requiere de un formato o forma preimpresa en especifico) y tienen la misma validez que las facturas tradicionales.En caso de tener varias sucursales, ¿se tendrán varios certificados de sellos digitales para cada una de éstas?Los contribuyentes podrán tramitar la obtención de un certificado de sello digital para ser utilizado por todos sus establecimientos o locales, o bien, tramitar la obtención de un certificado de sello digital por cada uno de sus establecimientos (Fundamento legal: Artículo 29 fracción I párrafo tercero del Código Fiscal de la Federación).¿Qué pasará con las ventas a público en general?Para los efectos de lo señalado en la fracción IV del artículo 29-A, se tendrá por cumplida dicha obligación en los casos de comprobantes fiscales digitales globales que amparen una o más operaciones efectuadas con público en general, cuando en el mismo se consigne el RFC genérico XAXX010101000.¿Qué sucederá con los comprobantes simplificados?Los comprobantes simplificados no podrán emitirse como facturas electrónicas puesto que no tienen efectos fiscales (no pueden deducirse), por lo que seguirán imprimiéndose estas últimas en papel.¿En qué consiste la solicitud de folios?La solicitud de folios consiste en proporcionar al contribuyente folios válidos para usarlos en su proceso de facturación electrónica. Para solicitar dichos folios, deberá ingresar a la página web del Sistema Integral de Comprobantes Fiscales (SICOFI). Una vez dentro del portal, deberá realizar lo siguiente: Ingrese su RFC, Seleccione su serie y rango de folios, Indique la ruta o localización del certificado de Tu Firm@ (Firma Electrónica Avanzada), indique la ruta o localización de su llave privada (*.key) asociada a dicho certificado de Tu Firm@. Al terminar dicho proceso, usted contará con uno o varios rangos de folios asignados por el SAT.¿Puedo emitir facturas electrónicas y facturas tradicionales paralelamente?Los contribuyentes que opten por emitir comprobantes fiscales digitales no podrán expedir otro tipo de comprobantes fiscales, salvo que lo determine el Servicio de Administración Tributaria (Fundamento legal: Artículo 29 fracción VI segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación). Para efectos de migrar el esquema de facturación, el SAT definirá un plazo para mantener un esquema hibrido (electrónico y en papel) y deberán cumplir los requisitos señalados en el párrafo 2.22.12 del DOF agosto31, 2004¿Cómo se puede tramitar un certificado de sello digital?

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El proceso para obtener el certificado de sello digital es muy similar al de firma electrónica avanzada, ya que, nuevamente, usted va a tener que usar el programa SOLCEDI y generar un archivo de requerimiento para obtener el Certificado de Sello Digital. Una vez generado este archivo, deberá ingresar nuevamente a este portal en la sección Generación del certificado y enviar su requerimiento vía web.¿Cómo se obtienen los folios para facturas electronicas?Todos los contribuyentes que opten por la emisión de facturas electrónicas deberán tramitar un certificado de sello digital, así como una solicitud de rango de folios. La solicitud de folios consiste en proporcionar al contribuyente folios válidos (iniciando con el folio 1) para usarlos en su proceso de facturación. - Para solicitar dichos folios, deberá ingresar a la página web del Sistema Integral de Comprobantes Fiscales (SICOFI). Una vez dentro del portal, deberá realizar lo siguiente: - Ingrese su RFC. - Seleccione su serie y rango de folios. - Indique la ruta o localización del certificado de Tu Firm@ (Firma Electrónica Avanzada). - Indique la ruta o localización de su llave privada (*.key) asociada a dicho certificado de Tu Firm@. Al terminar dicho proceso, usted contará con uno o varios rangos de folios asignados por el SAT.¿Cuándo y a través de qué medio se debe proporcionar al SAT la información de las facturas electronicas que se hayan expedido?Se deberá proporcionar mensualmente al Servicio de Administración Tributaria, a través de medios electrónicos, la información correspondiente a las facturas electrónicas que se hayan expedido con los folios asignados utilizados en el mes inmediato anterior a aquél en que se proporcione la información. Consulte la sección de reporte de movimientos al SAT para obtener más información. (Fundamento legal: Artículo 29 fracción III inciso c. del Código Fiscal de la Federación)¿Cómo será la numeración de las facturas electrónicas que se emitan?La emisión de comprobantes fiscales digitales deberá iniciar con el folio número 1 de todas las series que se utilicen. (Fundamento legal: Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004, último párrafo del 2.22.6)¿Qué tratamiento se les dará a las notas de crédito, es decir, se puede usar el esquema de comprobante digital para las notas de crédito?Si, el CFD no solo es factura electrónica, sino notas de crédito, notas de cobro, recibo de arrendamiento, recibo de honorarios, donativos y carta porte por lo que cualquiera de estos documentos tendrá el mismo tratamiento técnico.¿Qué es el juego de llaves?Archivos necesarios para la generación y validación de la Firma Electrónica Avanzada. El juego de llaves esta conformado por una llave privada (*.key) la cual NO debe ser revelada a nadie ya que con ella se genera la FEA o sello digital, y la llave pública contenida dentro del certificado digital que valida la FEA.¿Cómo se expresa una factura electrónica?Hasta el momento en formato XML definido por el SAT para datos fiscales y para datos comerciales (códigos de barras, no de pedido, no. de proveedores, etc.) podrá realizarse dentro del XML en la “addenda”. AMECE recomienda estandarizar esta información para su fácil manipulación.¿Qué datos deberá contener mi factura electrónica impresa?Las impresiones de los comprobantes fiscales digitales deberán cumplir con los requisitos señalados en la fracciones I, II, III, IV, VI y VII del artículo 29-A del Código (nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal, RFC de quien los expida, folio, Lugar y fecha de expedición, RFC de la persona a favor de quien se expida, Valor unitario, importe total, monto de los impuestos, Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación), También deberán cumplir con los requisitos establecidos en las reglas de operación (La cadena original con la que se generó el sello digital, Sello digital, Número de serie del Certificado de sello digital, Número de referencia bancaria y/o número de cheque con el que se efectúe el pago, la leyenda “Este documento es una impresión de un comprobante fiscal digital”, se deberá incluir la serie en su caso, Unidad de medida)¿Cuáles son los requisitos técnicos para generar y entregar sus propias facturas electrónicas?La forma de expresar un comprobante fiscal digital, este deberá contemplar además de las reglas básicas de XML y conformarse al esquema publicado en el DOF, la siguiente forma: El XML se debe construir sin caracteres en blanco, tabuladores o retornos de carro entre los elementos que lo conforman. Dichos caracteres restringidos si podrán ser utilizados dentro de los valores de los atributos que conforman el comprobante fiscal digital.¿Cómo se genera la FEA o sello digital?Para la generación de sellos digitales se utiliza criptografía de clave pública aplicada a una cadena original. Los pasos para generarlos son: - Generar cadena Original en formato UTF-8 - Generar la función hash (resumen ó digestión) a partir de la cadena original utilizando el algoritmo MD5 (función de un solo sentido tal que para cualquier entrada produce una salida compleja de 16 bytes denominada "digestión".) - Encriptar la función hash utilizando el algoritmo RSAPrivateEncrypt y la llave privada del emisor. Para desencrptar se utiliza el algoritmo RSAPublicDecrypt y la llave publica del emisor. - Convertir La encripción a base 64. Para mayor especificación dirigirse al anexo 20 del DOF 1 septiembre, 2004. en su rubro D¿Qué es la cadena original?Se entiende como cadena original, a la secuencia de datos formada con la información contenida dentro del comprobante fiscal digital, establecida en el Rubro C “Estándar de comprobante fiscal digital extensible” de este anexo. Siguiendo para ello las reglas y la secuencia especificadas en el Anexo 20 del DOF 1 septiembre, 2004 en su rubro D.

REQUISITOS FISCALES SAT PARA IMPLEMENTAR LA FACTURA ELECTRONICAFechas: Las fechas de los Comprobantes Fiscales Digitales asi como el registro contable de los mismos deberán ser de 14 posiciones: Año (4), Mes (2), Día (2), Hora (2), minuto (2) y segundo (2).Contabilidad Simultánea: Al asignarse el folio, y en su caso la serie, el sistema electrónico en que se lleve la contabilidad efectúe simultáneamente el registro contable en las cuentas y subcuentas haciendo referencia exacta en dicho registro de la fecha y hora en que se genero el comprobante fiscal digital.En caso de no poder afectar de manera simultánea los registros contables, se considerará que se cumple con dicho requisito cuando el registro contable se realice dentro del término de 24 horas siguientes a la generación del comprobante fiscal digital dejando evidencia de la fecha y hora de transmisión.Domicilios Fiscales: Los componentes de un domicilio deberán estar por separado, siendo estos: calle, número interior, número exterior, colonia, localidad, referencia, municipio, estado, país y código postal.

Series y Folios: Se deberá utilizar una serie distinta a la utilizada en papel y el folio para cada serie Inicia con 1. En caso de manejar paralelamente comprobación en papel y digital, convivirán, folios y series de ambos esquemas de comprobación fiscal, en los sistemas electrónicos (administrativos y contables).Número de Aprobación: El sistema electrónico debe incluir un campo para almacenar el número de aprobación, que la autoridad designa a un rango de folios solicitados, asi como el año en que fueron aprobados. De tal forma que el campo tendrá el siguiente formato: AAAA+Numero de aprobación (Donde A = Año).

Validaciones: Que el sistema electrónico tenga validaciones que impidan la duplicidad de folios y en el caso de series, al momento de asignarse a los comprobantes fiscales digitales, asegurándose que los folios asignados correspondan con el tipo de comprobante fiscal digital y número de aprobación.Nota: Los tipos de datos, formatos y longitudes se encuentran definidos en el Anexo 20 publicado en el DOF del 1 de septiembre del 2004.Resguardo (de Comprobantes Fiscales Digitales): deberá realizarse en electrónico y en su formato original (XML). Adicionalmente deberá considerarse el resguardo dentro del domicilio fiscal, en caso contrario deberá notificarse al SAT a través de un escrito.Acuses:El sistema deberá integrar la información de los acuses de recibo asi como notificaciones de error.Tambien puede visitar la pagina Requisitos del Software. o REQUISITOS FISCALES SAT para Implementar la Factura Electronica

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CONTABILIDAD SIMULTANEA FACTURA ELECTRONICA¿Qué es una contabilidad simultanea?Que al asignarse el folio, y en su caso serie, el sistema electrónico en que se lleve la contabilidad efectúe simultáneamente el registro contable en cuentas y subcuentas afectadas por cada operación.Contabilidad Automatizada y Simultanea: La contabilidad de la empresa debe ligarse automáticamente a la Factura Electronica, sin necesidad de capturas manuales u otro tipo de intervención humana. La información necesaria para facturar debe ser tomada directamente del sistema contable; y al mismo tiempo, toda factura que se genere deberá modificar la contabilidad de la empresa.

El proceso de comunicación entre el sistema contable y la solución de factura electronica debe realizarse por lo menos cada 24 horas. Si una aplicación no tiene la capacidad de procesar información externa a través de un archivo plano, no cumple con los requerimientos del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para Factura Electronica.

¿Quien esta obligado? De acuerdo a las reglas y definiciones realizadas por el SAT la factura electrónica será obligatoria para las empresas cuya facturación anual supere los $ 4,000.000.00 millones de pesos en un año. Las de menor a este importe podrán seguir utilizando facturas impresas.

CFD La Factura Electrónica como esta en estos momentos seguira funcionando y podrán adaptarse las compañía a más tardar el 31 de Diciembre del 2011.(CFD) Solicitar folios y sellos digitales para su uso.

Facturas impresas por imprentas autorizadas Las empresas que cuenten con facturas en papel impresas por imprentas autorizadas tendrán una vigencia de 2 años para su uso hasta agotarse "Sin importar el monto menor o mayor a $2,000.00", al concluir su vigencia deberán de utilizar factura electrónica.

El contribuyente ahora podrá solicitar al SAT folios y sellos para poder emplear una factura impresa, en donde el SAT les entregará un holograma para su uso por ende las imprentas autorizadas para 2011 ya no serán necesarias para solicitar la impresión."Importes menores a $2,000.00 pesos"

PACFD Los PACFD o Prestadores Autorizados de Comprobantes Fiscales Digitales a más tardar el 30 de abril deberán de soportar el nuevo modelo de PAC, si no lo llegan a cumplir su función de PACFD termina el 30 de junio del 2011 y por ende no podrán dar el servicio a sus clientes que los contraten.

PAC A partir del 1 de enero de 2011 deberán de existir los PAC que serán los proveedores autorizados para realizar la validación, timbrado, sellado y agregar los folios del SAT a la Nueva Factura Electrónica denominada CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) los PAC deberán de tener una infraestructura robusta para ofrecer este servicio a los contribuyentes en donde estarán obligados a ofrecer algunas alternativas gratuitas a los contribuyentes.

MICROE El SAT ya tiene la solución gratis para contribuyentes cuyos ingresos sean menores a $ 4,000.000.00 millones de pesos denominado MICROE que el contribuyente podrá utilizar además de servir para crear CFD ó CFDI les permite llevar la contabilidad, ingresos, egresos, nómina y que esta conectado con el SAT.

CFDA Nace una nueva figura para aportar a sus agremiados o asociados el uso del CFD para el sector primario, en donde no esta obligado a cumplir con los requerimientos para funcionar como PAC.

Se incluyen el codigo de barras en dos dimensiones para realizar la representación impresa del CFD que vendra a sustituir el sello y cadena original de la actual versión del CFD, cambia la versión del anexo 20 y se incluyen nuevos nodos de timbrado en el CFD.Opina en Twitter esta iniciativa SiguenosMás información contactenosBusiness Cases es un portal que contiene información sobre un proceso de integración Order to Cash enfocado a empresas interesadas en la emisión y recepción con Clientes y Proveedores dentro del sistema ERP SAP ECC utilizando la configuración estándar de acuerdo a la vertical que se tenga integrada.Uno de los componentes principales de este modelo es utilizar la consultoría de expertos en modelos de integración B2B con experiencia en SAP en los diferentes modulos que les permitirá eliminar soluciones satelites o dependencia externa de Software

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Factura ElectrónicaEl SAT comunico que todas las compañías con ingresos mayores a 4 millones de pesos debderán de adaptar el modelo de factura electrónica, las alternativas para este tema son:

CFDComo se conoce actualmente, se entiende que los que se adhieren antes del 31 de diciembre pueden seguir utilizando el esquema

Formas Pre ImpresasPor Imprentas Autorizadas, estas seguirán hasta que termine su vigencia que es de 2 años al concluir su vigencia el contribuyente se debe de subir a Factura Electrónica.

MICRO EEs una herramienta gratis que otorga el SAT para que puedan realizar además de los procesos de nómina, ingresos, traslados también CFD "solo aplica para empresas cuyos ingresos no sean mayores a 4 millones de pesos.

Nuevas Facturas ImpresasA partir del 1 de enero cuaquier contribuyente podrá solicitar directamente al SAT folios y holograma para utilizarlo en las facturas impresas menores a $2,000.00 para ello se utiliza la firma electrónica. El contribuyente lo puede realizar ya no dependerán de las imprentas autorizadas.

CFDI (Comprobantes Fiscal Digital por Internet 2011)Este es un nuevo modelo que esta implementado el SAT, de acuerdo a las definiciones el modelo de operación es el siguiente:

Se genera el CFD en donde ahora se adicional y se convierten en opcionales los siguientes campos. Folio de factura (este es que se obtenga del ERP) Serie (Es opcional) Tipo de cambio (Campo opcional para definir el tipo de cambio a autilizar) Moneda (Campo Opcionas, para expresar la moneda)

Se genera el XML y se firma con el certificado de sello digital de la empresa.

Se remitirá a un PAC (Prestador Autorizado de Certificación)

Que es un PACLas reglas mencionan que un PAC es una empresa que tiene la autorización por parte del SAT a realizar los siguientes requerimientos: Validar el CFD (XML). Validar la vigencia del sello digital (Del Emisor). Integrar un timbrado. Regresar al Contribuyente el Timbrado. Enviar en línea al SAT todas las facturas timbradas.

EL PAC solicitará al SAT un Certificado de Sello Digital para integrarlo al timbrado de los CFDI , el SAT menciona que este servicio es gratuito por parte del PAC para cualquier empresa.

Que contiene el Timbrado Versión UUID Fecha Timbrado Sello CFD Número de Certificado del SAT

El resultado de la validación de un CFDI, asignación de un folio fiscal e incorporación del sello digital del SAT se entenderá como el Timbrado Fiscal Digital. El folio fiscal digital será referido como el UUID

Esta información se regresará al contribuyente para integrarlo al CFD en donde se tiene la facilidad de integrar la ADDENDA que se este utilizando.

COMO SE CANCELA UN CFDIPara cancelar un CFDI ahora la comunicación es directamente con el SAT en donde podrá recibir rangos de 0 – 500 CFDI para realizar la cancelación, que datos debe de llevar la cancelación del CFDI: RFC del emisor Fecha Folios a cancelas (0-500) Timbrado. Sello Digital

Para esta comunicación es vía Web Services utilizando XML-Signature.

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Para la representación impresa del CFDI cambia v.s. el CFD, en donde se integrar nuevos componentes y se eliminan otros. Se integrar el código de dos dimensiones (QR Code)

¿Cuantos PAC existen actualmente?Al 8 de septiembre del 2010 aún no existe ningún PAC, solo existen los PACFD que tendrán que adaptar el modelo de PAC a más tardar el 30 de abril del 2011, en caso de no hacerlo su vigencia como PACFD solo existirá hasta el segundo semestre del 2011.

Que implica ser un PAC, a nivel de procesos es tener una infraestructura tecnologica como lo hacen hoy en día los Bancos con sus transacciones en línea, pasar las validaciones del SAT y dejar una fianza superior al millon de pesos. Además de no estar su centro de procesamiento junto a gasolinerías o lugares de alto riesgo.

Publicado por Factura Electrónica en 12:14 PM 0 comentarios lunes, septiembre 06, 2010La nueva Factura electrónica en 2011 el CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet)Mario Pérez Villeda, [email protected] (Fuente SAT)De acuerdo a las publicaciones y comunicado de prensa del SAT del 3 de septiembre del 2010 el SAT definio el nuevo esquema de la Factura Electrónica¿Quien esta obligado? De acuerdo a las reglas y definiciones realizadas por el SAT la factura electrónica será obligatoria para las empresas cuya facturación anual supere los $ 4,000.000.00 millones de pesos en un año. Las de menor a este importe podrán seguir utilizando facturas impresas.

CFD La Factura Electrónica como esta en estos momentos seguira funcionando y podrán adaptarse las compañía a más tardar el 31 de Diciembre del 2011.(CFD) Solicitar folios y sellos digitales para su uso.

Facturas impresas por imprentas autorizadas Las empresas que cuenten con facturas en papel impresas por imprentas autorizadas tendrán una vigencia de 2 años para su uso hasta agotarse "Sin importar el monto menor o mayor a $2,000.00", al concluir su vigencia deberán de utilizar factura electrónica.

El contribuyente ahora podrá solicitar al SAT folios y sellos para poder emplear una factura impresa, en donde el SAT les entregará un holograma para su uso por ende las imprentas autorizadas para 2011 ya no serán necesarias para solicitar la impresión."Importes menores a $2,000.00 pesos"

PACFD Los PACFD o Prestadores Autorizados de Comprobantes Fiscales Digitales a más tardar el 30 de abril deberán de soportar el nuevo modelo de PAC, si no lo llegan a cumplir su función de PACFD termina el 30 de junio del 2011 y por ende no podrán dar el servicio a sus clientes que los contraten.

PAC A partir del 1 de enero de 2011 deberán de existir los PAC que serán los proveedores autorizados para realizar la validación, timbrado, sellado y agregar los folios del SAT a la Nueva Factura Electrónica denominada CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) los PAC deberán de tener una infraestructura robusta para ofrecer este servicio a los contribuyentes en donde estarán obligados a ofrecer algunas alternativas gratuitas a los contribuyentes.

MICROE El SAT ya tiene la solución gratis para contribuyentes cuyos ingresos sean menores a $ 4,000.000.00 millones de pesos denominado MICROE que el contribuyente podrá utilizar además de servir para crear CFD ó CFDI les permite llevar la contabilidad, ingresos, egresos, nómina y que esta conectado con el SAT.

CFDA Nace una nueva figura para aportar a sus agremiados o asociados el uso del CFD para el sector primario, en donde no esta obligado a cumplir con los requerimientos para funcionar como PAC.

Se incluyen el codigo de barras en dos dimensiones para realizar la representación impresa del CFD que vendra a sustituir el sello y cadena original de la actual versión del CFD, cambia la versión del anexo 20 y se incluyen nuevos nodos de timbrado en el CFD.

Publicado por Factura Electrónica en 12:34 PM 0 comentarios viernes, septiembre 03, 2010La nueva Factura Electrónica para 20113 de Septiembre del 2010Mario Pérez [email protected]

El día de hoy el SAT en una conferencia de prensa a definido las nuevas tendencias de la Factura Electrónica para el 2011 y años siguientes, lo que se tiene ya definido son las siguientes características y alcances:

Es obligatorio para los contribuyentes que facturen mas de 4,000.000.00 de pesos al año hacer factura electrónica.Los contribuyentes con ingresos menores a los 4,000.000.00 podrán seguir sin utilizar factura electrónica.El contribuyente podrá solicitar folios al SAT para las facturas impresas en papel (Ya no será necesario ir a una Imprenta Autorizada)

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El modelo actual de factura electrónica convivirá con los nuevos modelos de factura electrónica "SI LO IMPLEMENTAN ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2010"Las facturas impresas por Imprentas autorizadas se podrán seguir utilizando hasta que termine su vigencia (2 años) y al concluir su vigencia. El contribuyente deberá de migrar a la factura electrónica CFDI.Los PACFD como se conocen hoy estarán vigentes hasta el 31/julio/2011.El SAT ponde una herramienta gratuita para hacer CFD "MICROE"Para 2011 aparece ahora un TIMBRADO para las Facturas ElectrónicasSe utilizará un código bidimensional.Se integran nuevas figuras a la emisión del CFD:

CFD, el Comprobante Fiscal Digital.CFDI, el Comprobante Fiscal Digital a través de Internet o Factura Electrónica.CSD, el certificado de sello digital.CESD, el certificado especial de sello digital.CBB, el código de barras bidimensional.PSECFDI, el proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet.PSGCFDA, el prestador de servicios de generación de CFD a sus agremiados.

La nueva Factura Electrónica para el 2011, el día de mañana 3 de Septiembre del 2011 se publicará toda la información relacionada a las reglas que operarán para el 1 de Enero del 2011 la modalidad de la Factura Electrónica para México en donde se definirán las reglas de operación y funcionamiento para la emisión de Compobantes Fiscales Digitales que despejará todas las dudas que se han tenido entorno a estos nuevos cambios que muchas empresas de Software y Consultores han construido alrededor de este tema.

Uno de los cambios es que los PACFD (Proveedores Autorizados de Comprobantes Fiscales Digitales) tendrán a tener modificaciones en el servicio.

Existirá un nuevo  jugador en el tema de CFD nombrado PAC.Se integrará el nuevo Anexo 20

Y se realizarán cambios en algunas obligaciones de acuerdo a los modelos de operación y funcionamiento.

Como ya se esperaba, el pasado 3 de septiembre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dió a conocer en su página de Internet el ANTEPROYECTO DE PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2010 Y SUS ANEXOS 1-A y 20, difusión que se dio en medio de una conferencia de prensa por parte de la autoridad fiscal.Posteriormente, el 14 y 23 de septiembre, se publica en el Diario Oficial de la Federación la PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2010 Y SUS ANEXO 1-A, y 20, exactamente con el mismo contenido anticipado en el anteproyecto.Con lo anterior, a la fecha se tienen las reglas sobre la comprobación fiscal para 2011, mismas que han generado gran cantidad de incógnitas y mitos. Que hemos conocido durante la impartición de cursos, charlas, conferencias y asesorías con empresarios, colegas, Cámaras y clientes, los cuales hemos incluido en el presente documento para poder prepárale a enfrentar mucho mejor el cambio que ésta transición representar, he aquí los más relevantes.MITO: La factura electrónica será el único medio de comprobación fiscal en 2011.Realidad: De acuerdo con la última información proporcionada por el SAT, esto no será así, porque a partir del 1 de enero de 2011 se tendrán 2 grandes esquemas de comprobación fiscal en lo general, como son la comprobación fiscal digital y aquella que es papel, como alternativa de comprobación y mecanismo de transición.Estos medios a la fecha ya se tiene, pero serán diversos a los que usamos hoy como tales.INCOGNITA: ¿Cuáles son las alternativas de comprobación fiscal digital en 2011?Respuesta: De acuerdo con las reglas, se prevén 4 esquemas de comprobación fiscal digital en 2011, que son:Comprobante Fiscal Digital a través de Internet o Factura Electrónica (CDFI), este tipo de comprobación fiscal se basa en la certificación por parte de SAT o por parte de un tercero autorizado expresamente para ello.

Comprobante fiscal Digital (CFD), este esquema reconoce el procedimiento de comprobación digital vigente en 2010, donde no se realiza la certificación y en consecuencia se tienen que solicitar previamente folios al SAT y se elabora un reporte de facturación mensual. Esta situación garantiza que aquellos que hubieran invertido en el mismo hasta 2010, lo puede seguir utilizando, sin desembolsar dinero nuevamente.

Comprobante Fiscal Digital a través de Internet por adquirente de bienes o servicios, este esquema de comprobación fiscal está previsto para aquellos clientes de personas físicas dedicadas a sector primario, arrendamiento para la colocación de anuncios publicitario panorámicos y antenas de telefonía, y pequeños mineros, en este caso el comprobante lo expide el cliente no el proveedor.

Comprobante fiscal Digital expedido a través de organizaciones o asociaciones que reúnan a productores y comercializadores agrícolas, este esquema se apoya primordialmente en un tercero que es una organización o asociación que reúna a los mencionados, para lo cual deberán conseguir una autorización con el SAT para emitir dichoscomprobantes sin que se requiera de alguna certificación.

Estas serían las alternativas, que en lo general las aplicables para cualquier empresa son las primeras dos.MITO: ¿Qué opciones se tienen para la comprobación fiscal en papel?Realidad: En el esquema de comprobación fiscal en papel, se pone énfasis en reconocer un mecanismo de transición, esquema que si evidencia la desaparición de la figura del impresor autorizado, como generador único para la impresión de comprobantes fiscales, dado que serán los contribuyentes por su propia cuenta quienes podrán generarlos con elementos que les proporcionará el SAT. De esta forma, a los mismos se les deberá adicionar un Código de Barras Bidimensional (CBD) como dispositivo de seguridad, que proveerá la autoridad fiscal, y que se deberá imprimir con el comprobante fiscal en papel.

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De esta forma, en la comprobación fiscal se plantean dos esquemas:o Comprobante fiscal Impreso hasta $2,000, podríamos decir que este es un esquema general de comprobación en papel aplicable para todos los contribuyentes.

o Comprobante fiscal impreso sin tope sobre el monto, adicional al anterior, este esquema de comprobación fiscal será opcional y de transición para aquellos contribuyentes que hayan tenido ingresos acumulables hasta cuatro millones de pesos en el último ejercicio fiscal declarado o por el que hubieren tenido la obligación de presentarla, así como aquellos que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citada cantidad, que podrán imprimir sus propios comprobantes adicionándoles el CBD, que comentábamos anteriormente.

En este caso se indica que el código de barras bidimensional deberá ser impreso en un área no menor a 2.75 centímetros cuadrados, ejemplo:_______ 2.75 cm______Mito: Los comprobantes adquiridos hasta 2010 están topados para comprobar operaciones hasta $2,000 pesosRealidad: Evidentemente, la revolución en materia de comprobación fiscal en México ya comenzó, será un cambio trascendental e histórico que para mejor incorporación al mismo, se permitirá que aquellos que estén ya familiarizados con los comprobantes impresos adquiridos por un impresor autorizado, los puedan seguir utilizando durante su periodo de vigencia (2 años), sin ningún límite o tope sobre el monto que comprueban, siempre y cuando no hayan optado por un esquema de impresión digital en 2010, y en caso de ser así cumplan con diversos requisitos como el de ser dictaminado.INCOGNITA: ¿Soy impresor autorizado qué puedo hacer frente a este cambio? Respuesta: Con las reglas, se confirma que desaparece la obligatoriedad que teníamos para adquirir nuestros comprobantes fiscales con un impresor autorizado, no obstante el mismo puede seguir auxiliando a los contribuyentes sobre el procesos de impresión, y en su caso se puede convertir en proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales a través de internet (PSCFDI).De esta forma, para el cumplimiento e interés de la segunda opción se puede verificar la ficha 153/CFF Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI, que hemos adjuntado al final de este documento, y sobre el cual para su análisis y cumplimiento seguimos a sus órdenes.INCOGNITA: ¿Qué medidas me recomiendan para proteger la deducción de mis erogaciones en 2011, con todo este cambio?Respuesta: A la fecha tanto los esquemas impresos como los digitales, para que proceda la deducción se debe de verificar que los mismos se hayan expedido conforme a las disposiciones fiscales, razón por la que debemos incluir dentro de nuestro control interno corporativo como requisito de registro contable el verificar si el comprobante cumple o no.Este requisito es importante, dado que aquellos que deseen deducir el gasto, compra o inversión, en su caso deberán verificar el mismo, y de no hacerlo no solo se expone a una latente crédito fiscal, sino que las penas se han endurecido tanto hasta elevar dicho incumplimiento como un conducta tipificada al delito asimilado al de defraudación fiscal, razón que será de gran relevancia y atención para todos los empresarios y contribuyentes.En todos los casos, existen particularidades y excepciones, pero creemos que se debe formar como cultura empresarial la verificación de comprobantes sobre sus folios y autorizaciones de cara al 2011, antes de su registro contable, y en su caso igualmente buscar asesoría especialidad al respecto, dado que con sencillos procedimientos podríamos están blindando el patrimonio y la tranquilidad de los empresarios, pero este tema se vuelve algo adicional en lo que deben pensar las empresas, con la misma prontitud que los esquemas digitales o impresos.INCOGNITA: ¿Coexistirán los esquemas de facturación 2010 con los 2011?Respuesta: Sin lugar a dudas, se mantiene el esquema de facturación digital 2010 siempre que se realice por medios propios, dado que los proveedores de folios o de comprobantes fiscales digitales, únicamente se mantendrán hasta el primer semestre de 2011.COMENTARIOS FINALESDe esta forma, podemos observar cómo todas las empresas, contribuyentes, impresores autorizados, contadores, asesores de empresas, encargados de facturación o de cuentas por pagar, gerentes de área y en general todas las personas que operarán alguno de estos modelos de facturación, debemos remitirnos a buscar información especializada a efecto de poder enfrentar esta paulatina transición de los medios impresos a los medios digitales, sobre todo cuando al realizar una inversión o gasto, se puedan reconocer tanto los beneficios reales como los fiscales y comerciales para planificar el esquema idónea para el negocio. Convirtiendo un gasto natural en un beneficio inteligente y seguro a mediano y largo plazo.Igualmente, hacemos extensiva nuestra invitación a participar en nuestro curso de capacitación: Un siglo y ¿la factura electrónica?, donde por primera vez en México analizamos los modelos de facturación 2011 y sus diversas modalidades a detalle, entre otros temas y casos prácticos. No se quede fuera e inscríbase cuanto antes al teléfono (55)4169.1205Agradecemos sus comentarios a nuestro correo: [email protected]© 2010