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EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL DIA 7 DE ABRIL DE 2017 -------------------------------- 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Pregunta el Sr. Presidente si existe alguna observación que hacer al acta de la sesión celebrada el día 31 de marzo de 2017, y no formulándose ninguna, la misma fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes. 2.- DESPACHO DE OFICIOS.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, las propuestas contenidas en los informes emitidos por los Sres. Letrados Asesores Municipales, con los contenidos siguientes: 2.1.- La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 3/03/2017adoptó el siguiente acuerdo: “Con fecha 10 de febrero de 2017, se ha recibido del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de León el expediente administrativo y la Sentencia firme Nº 336/2016, dictada por ese Juzgado en el recurso contencioso- administrativo nº 211/2016, seguido por los trámites del Procedimiento Abreviado, interpuesto por contra la resolución del Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de León de fecha 16/06/2016, La Sentencia contiene el siguiente fallo: “Que debo estimar como estimo, el recurso presentado por la representación de contra la resolución del Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de León de fecha 16/06/2016, notificada el pasado día 17 de junio, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Providencia de Apremio, con referencia de cobro 160031385090 (identificación 1073166096), dictada en expediente ejecutivo número 2014-062586, para el cobro en vía ejecutiva de una multa en materia de tráfico impuesta por la Policía Local del Ayuntamiento de León; Resolución cuya nulidad se declara. Todo ello, sin hacer expresa condena en materia de costas procesales.”. En esta Sentencia, se estima el recurso contencioso-administrativo, procediendo la anulación de la providencia de apremio porque se ha apreciado defecto en la notificación.

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EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

DEL DIA 7 DE ABRIL DE 2017

--------------------------------

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Pregunta el Sr. Presidente si existe alguna observación que hacer al acta de la sesión celebrada el día 31 de marzo de 2017, y no formulándose ninguna, la misma fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes.

2.- DESPACHO DE OFICIOS.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, las propuestas contenidas en los informes emitidos por los Sres. Letrados Asesores Municipales, con los contenidos siguientes:

2.1.- La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día

3/03/2017adoptó el siguiente acuerdo:

“Con fecha 10 de febrero de 2017, se ha recibido del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de León el expediente administrativo y la Sentencia firme Nº 336/2016, dictada por ese Juzgado en el recurso contencioso-administrativo nº 211/2016, seguido por los trámites del Procedimiento Abreviado, interpuesto por contra la resolución del Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de León de fecha 16/06/2016, La Sentencia contiene el siguiente fallo: “Que debo estimar como estimo, el recurso presentado por la representación de contra la resolución del Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de León de fecha 16/06/2016, notificada el pasado día 17 de junio, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Providencia de Apremio, con referencia de cobro 160031385090 (identificación 1073166096), dictada en expediente ejecutivo número 2014-062586, para el cobro en vía ejecutiva de una multa en materia de tráfico impuesta por la Policía Local del Ayuntamiento de León; Resolución cuya nulidad se declara. Todo ello, sin hacer expresa condena en materia de costas procesales.”. En esta Sentencia, se estima el recurso contencioso-administrativo, procediendo la anulación de la providencia de apremio porque se ha apreciado defecto en la notificación.

Page 2: EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO …...de cobro 160031385090 (identificación 1073166096), dictada en expediente ejecutivo número 2014-062586, para el cobro en vía

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Esta Sentencia en el Fundamento de Derecho CUARTO, párrafo segundo dice: “… intentada la notificación en un domicilio que la Administración consideraba del actor, no intentó la misma en el que refleja el registro de la DGT, al que podía y debería haber accedido para realizar las mismas, por lo que el razonamiento sobre la ausencia de esa diligencia necesaria es el mismo que en el supuesto inverso …Y así, esos intentos de notificación del procedimiento sancionador se remitieron a la Avda. Padre Isla nº 12 1º E, mientras que la Providencia de Apremio se remite a la Avenida Padre Isla nº 12 4º d, de forma que ni siquiera se acredita como correcto ese primer domicilio al que se remiten las notificaciones del E.A. originario del Apremio, lo que determina la nulidad de la resolución impugnada”

2.2.- La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 3/03/2017 adoptó el siguiente acuerdo:

“Con fecha 16 de febrero de 2017, se ha recibido del Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo Nº 3 de León la sentencia firme Nº 21/2017, dictada por ese Juzgado en el recurso contencioso-administrativo nº 225/2016, seguido por los trámites del Procedimiento Abreviado, interpuesto por

contra la resolución del Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de León de fecha 16/06/2016,

La Sentencia contiene el siguiente fallo: “Estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por

contra la resolución del Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de León de fecha 16/06/2016, notificada el pasado día 17 de junio, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Providencia de Apremio, con referencia de cobro 160031384999 dictada en expediente ejecutivo número 2014-061655, para el cobro en vía ejecutiva de una multa en materia de tráfico”. En esta Sentencia, se estima el recurso contencioso-administrativo, procediendo la anulación de la providencia de apremio porque se ha apreciado defecto en la notificación. No obstante, esta misma sentencia, al final del párrafo 1.- de los Fundamentos de Derecho, autoriza al Ayuntamiento de León a retrotraer las actuaciones al momento de notificación de la providencia de apremio. Por tanto, la Recaudación Municipal notificará, de nuevo, la providencia de apremio al domicilio del interesado en la Avda. Padre Isla, 12-4ºD, que, de acuerdo con el volante de empadronamiento aportado en el acto de juicio, es el domicilio del recurrente. Y proseguirá la cobranza de la sanción.

2.3.- La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 3/03/2017adoptó el siguiente acuerdo:

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“Con fecha 24 de febrero de 2017, se ha recibido del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de León el expediente administrativo y la Sentencia firme Nº 30/2017, dictada por ese Juzgado en el recurso contencioso-administrativo nº 210/2016, seguido por los trámites del Procedimiento Abreviado, interpuesto por contra la resolución del Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de León de fecha 16/06/2016, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Providencia de Apremio,

La Sentencia contiene el siguiente fallo: “Estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por

contra resolución del Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de León de 16/06/2016, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra Providencia de Apremio, referencia de cobro 160031384809 dictada en expediente ejecutivo 2014-061256, para el cobro en vía ejecutiva de multa en materia de tráfico. Sin costas”. En esta Sentencia, se estima el recurso contencioso-administrativo, procediendo la anulación de la providencia de apremio porque se ha apreciado defecto en la notificación. No obstante en la parte final del F.D. 1 se añade: “sin perjuicio de que, en su caso, el Ayuntamiento practique nueva notificación cumpliendo los requisitos legales”. Por lo que ha de retrotraerse las actuaciones al momento de la notificación de la Providencia de Apremio.

Hay un error en la identificación del momento al que ha de retrotraerse el expediente administrativo, que ha de ser al primer requerimiento para que el titular del vehículo pueda identificar la primera infracción, la de no respetar el conductor de un vehículo la luz roja no intermitente del semáforo, expte. 2014-044207. Esa notificación se envió a la Avda. Padre Isla, 12, 1 E, en cuya dirección hay un error en la planta y el piso, siendo la correcto Avda. Padre Isla, 12-4º D, a cuyo domicilio correcto ha de enviarse de nuevo la notificación. Por tanto, será la Policía Local quien retrotraerá las actuaciones a ese momento del procedimiento. Y será la Recaudación Municipal quien tramitará la devolución de lo anulado por la sentencia. De este acuerdo la Asesoría dará traslado a la Policía Local y a la Recaudación Municipal. 3.- EXPEDIENTES DE AUTORIZACIÓN Y DISPOSICIÓN DE GASTOS.-

3.1.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, la propuesta formulada por el Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior, que cuenta con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 31 de marzo de 2017, con el contenido siguiente:

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“Autorizar y disponer un gasto por importe de 5.445,00 euros a favor de la Empresa MEDIAPLANET PRODUCCIONES S.L. con CIF número B24686982 correspondiente a instalación de una pantalla gigante LED de 8 m2 en la Plaza de la Virgen de la Regla y retransmisión en directo para toda la provincia y por internet a través de la señal de la 8 TV León del Acto “El Encuentro” en la Procesión de Los Pasos Semana Santa 2017”. 3.2.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, el informe propuesta emitido por el Técnico de Administración General que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, asi como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 6 de abril de 2017, con el contenido siguiente: “Autorizar y Disponer un gasto en cuantía de 12.500,00 euros, cantidad exenta de IVA, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.9330.21200 del Estado de Gastos del Presupuesto Municipal del Ejercicio 2017, en concepto de cuotas de gastos de comunidad y derramas, año 2017, correspondientes a los inmuebles de los que es propietario el Ayuntamiento de León sitos en la Avda. del Padre Isla, núm. 5 y en la Gran Vía de San Marcos, núms. 6 y 8 de la Ciudad de León, con fachada y acceso por la Calle de Fajeros, en favor de la “COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PADRE ISLA, 5 Y GRAN VÍA DE SAN MARCOS, 6 Y 8”, de la que forma parte.

4.- PRÓRROGA DEL CONTRATO DE SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO EN LAS ESPECIALIDADES PREVENTIVAS DE MEDICINA DEL TRABAJO, SEGURIDAD EN EL TRABAJO, HIGIENE INDUSTRIAL Y ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA PARA EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN.- Vista la propuesta que formula la Adjuntía de Contratación del Servicio de Asuntos Generales, adopta el siguiente acuerdo: Primero.- Prorrogar por segunda y última vez el contrato suscrito con la entidad “MGO by Westfield, S.L.” con CIF B-87200994, cuya finalización se produce en fecha 23 de marzo de 2017, por un periodo que abarca desde el día 24-03-2017 al día 23-03-2018, cuantificando el importe anual en 89.626,00 euros, IVA incluido al 21%. Segundo.- La entidad adjudicataria deberá depositar fianza complementaria a la fianza definitiva existente en el expediente, por importe de 8.059,00 euros, que corresponde al 5% del importe anual de la prórroga concertada. Asimismo, deberán presentar recibo actual de la póliza de seguro que hubiesen justificado a la firma del contrato. Tercero.- Notificar el presente acuerdo a la entidad adjudicataria, a la Sra. Técnico Municipal de Prevención de Riesgos Laborales, y a la Intervención Municipal de Fondos.”

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5.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS CONSISTENTES EN LA INSTALACIÓN DE VARIOS SISTEMAS DE CLIMATIZACIÓN EN CEAS DEPENDIENTES DE LA CONCEJALÍA DE BIENESTAR SOCIAL.- Vista la propuesta publicada en el perfil del contratante por el Negociado de Contratación, se acuerda lo siguiente: 1º.- Adjudicar la presente obra a la entidad “ACI Noroeste, S.L.” con CIF B- 15866304 en la oferta presentada que asciende a 70.248,00 euros, más IVA por 14.752,08 euros, lo que totaliza 85.000,08 euros, no siendo posible determinar orden decreciente de clasificación al ser una única plica. El plazo de ejecución de cuatro meses, se contará a partir de la firma del correspondiente Acta de Replanteo, y el plazo de garantía es de dos años, desde el Acta de Recepción. 2º.- La parte adjudicataria deberá formalizar la presente adjudicación, en documento administrativo, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir de la recepción de la notificación del presente acuerdo, que podrá realizarse por medio de correo electrónico, de conformidad con lo permitido en el art. 151.4 del TRLCSP. 3º.- A los efectos previstos en los artículos 151.4. y 156 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDL 3/2011 de 14 de noviembre), el presente acuerdo se publicará en el Perfil del contratante de este Ayuntamiento, y se notificará a todos los licitadores que presentaron propuesta en su momento, según datos obrantes en el expediente de razón. “ 6.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO CONSISTENTE EN EL MANTENIMIENTO DE APLICACIONES DE CONTABILIDAD (SICALWIN), SUBVENCIONES (MÓDULO DE SUBVENCIONES), GESTOR DE EXPEDIENTES PARTE ECONÓMICA (FIRMADOC BPM), FACTURAS@, REGISTRO E/S (ACCEDE REGISTRO SÓLO DURANTE 2016) Y PADRÓN (ACCEDE PADRÓN)”.- .- Vista la propuesta publicada en el perfil del contratante por el Negociado de Contratación, se acuerda lo siguiente: 1º.- Adjudicar el presente servicio a favor de la entidad “Aytos Soluciones Informáticas, SLU” con CIF B- 41632332 en base a la oferta formulada que consiste en: Importe anual ofertado de 26.249,48 euros, más IVA al 21% que importa 5.512,39 euros, lo que totaliza 31.761,87 euros anuales. El plazo de duración inicial del contrato es de cuatro años con dos posibles prórrogas anuales, hasta un total de seis años. En consecuencia la totalidad del importe del contrato, IVA incluido, por los seis años asciende a 190.571,22 euros. Las prórrogas se deberán acordar por el órgano competente.

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2º.- Se acuerda la retención del precio como forma excepcional de constitución de la garantía definitiva que asciende a 7.874,84 euros (según determina el art. 96.2 del TRLCSP modificado por la Ley 14/2013 de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización y la Cláusula 19.B de los Pliegos Modelo de Cláusulas Administrativas rectores de la contratación).

3.- La parte adjudicataria deberá formalizar la presente adjudicación, en documento administrativo, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir de la recepción de la notificación del presente acuerdo, que podrá realizarse por medio de correo electrónico, de conformidad con lo permitido en el art. 151.4 del TRLCSP. 4º.- A los efectos previstos en los artículos 151.4. y 156 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDL 3/2011 de 14 de noviembre), el presente acuerdo se publicará en el Perfil del contratante de este Ayuntamiento, y se notificará a todos los licitadores que presentaron propuesta en su momento, según datos obrantes en el expediente de razón.

5º.- Notificar el presente acuerdo al adjudicatario, al Técnico responsable del expediente y a la Intervención Municipal de Fondos, fundamentalmente en lo relativo al contenido del apartado segundo para su ejecución.“ 7.- DACIÓN DE CUENTA DEL ACTA DE SUSPENSIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Y DEL ACTA DE REINICIO DE LAS MISMAS RELATIVO A LAS OBRAS DEL PLAN DE ASFALTADO DE LA CIUDAD DE LEÓN, AÑO 2016.- Se da cuenta del documento recibido con fecha 14-02-2017, en el Negociado de Contratación relativo al “Acta de suspensión de las obras de Plan de asfaltado de la ciudad de León, año 2016”, suscrita en fecha 02-12-2016, por el Director facultativo de las obras, El Ingeniero Municipal de Vías y obras, D. Javier Herrero González y por la entidad adjudicataria , la suspensión de las obras con carácter temporal parcial, debido a la concurrencia de días festivos a lo largo del mes de diciembre y las condiciones climatológicas adversas que desaconsejan el extendido de MBC y afecta a los trabajos de fresado y extendido de aglomerado de las calles que se indican a continuación: Glorieta Santo domingo, calles: Alfonso V, Gil y Carrasco, Alfonso VI, Séneca, Buen Suceso, Batalla de Clavijo, Obispo Panduro, Reino de León I y II, Juan Alvarez Posadilla, Santa Ana, Calvo Sotelo (Trobajo del Cerecedo) y Avda. José Aguado. Se remite con fecha 17-03-2017 el documento “Acta de Reinicio” de las referidas obras, suscrita con fecha 03-03-2017 por el Director facultativo de las obras, el Ingeniero Municipal de Vías y obras, D. Javier Herrero González y por la entidad adjudicataria “Aglomerados León, S.L., , manifestando que una vez han mejorado las condiciones climatológicas, se comprueba la viabilidad de continuidad de los trabajos de fresado y extendido de

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aglomerado de las calles a las que se hace referencia y que se han detallado en el Acta de suspensión”, acordando el reinicio de las obras con fecha 13-03-2017. Consta incorporado el preceptivo informe de fiscalización favorable de la Intervención Municipal de Fondos, todo ello en cumplimiento de lo establecido en los pliegos rectores de dicha contratación, en consecuencia, en uso de las atribuciones que me confiere el Decreto de la Alcaldía de fecha 15-06-2015, se propone la aprobación de las citadas Actas de suspensión temporal parcial y de reinicio de la referida obra, indicando que el plazo de ejecución material de las citadas obras es de tres meses, el plazo finalizaría el día 13-05-2017. 8.- DACIÓN DE CUENTA DEL ACTA DE PARALIZACIÓN TEMPORAL Y ACTA DE LEVANTAMIENTO DE LA PARALIZACIÓN TEMPORAL DE LAS OBRAS DE RECUPERACIÓN Y ADECUACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS EN LAS CALLES CAPILLA Y MERCADO DE LA PLAZA DEL GRANO, FASE 1”.- Se da cuenta del oficio de remisión recibido con fecha 23-02-2017, en el Negociado de Contratación, adjuntando “Acta de paralización temporal de las obras”, de fecha 21-12-2016, oficio de remisión del Informe Preliminar e Informe Preliminar de la excavación de sondeos y el Acta de levantamiento de la paralización temporal de las obras junto con la Notificación del acuerdo de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultura. El citado acta de paralización temporal de las obras ha sido suscrita por la Dirección Facultativa de las obras, , Arquitecto, Dña. Enery Acevedo González, Dña. Mª Angeles Gabela Merino y Doña. Mónica Prada Corral Arquitectas del Instituto Leonés de Renovación Urbana y Vivienda (ILRUV) , Dª Begoña Gonzalo Orden, Arquitecto del Ayuntamiento de León , Directora facultativa de las obras y responsable municipal del contrato y D. Pedro García Fierro, Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de León, dirección de ejecución, y por la entidad adjudicataria “Domingo Cueto, S.A.”, , indicando que la citada dirección facultativa de las obras suspende temporalmente la ejecución del resto de las obras del proyecto hasta que se produzca el Acuerdo de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de dar por finalizados los sondeos arqueológicos. El Acta de levantamiento de paralización temporal de las obras, de fecha 06-02-2017, suscrita por las personas participes en el acta anterior, hacen constancia de que por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de León de 02 de Febrero de 2017, se ha dado por finalizada la excavación de los cuatro sondeos arqueológicos efectuados en el seno de las obras y que por la Dirección Facultativa de dichas obras se levanta la suspensión temporal y se ordena la ejecución del resto de las obras del proyecto, que continuarán con el preceptivo control arqueológico de las mismas. Consta incorporado el preceptivo informe de fiscalización favorable de la Intervención Municipal de Fondos, todo ello en cumplimiento de lo establecido en

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los pliegos rectores de dicha contratación, en consecuencia, en uso de las atribuciones que me confiere el Decreto de la Alcaldía de fecha 15-06-2015, se propone la aprobación de las citadas Actas de paralización temporal de las obras y de levantamiento de la paralización temporal de la referida obra, indicando que el plazo de ejecución material de las citadas obras es de ocho meses, debiendo ajustarse a lo establecido en el apartado I.6. “Plan de Obra” del Proyecto rector del expediente. 9.- CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE PRODUCTOS QUÍMICOS Y DE DESINFECCIÓN PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS PISCINAS MUNICIPALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEON, AÑO 2017.- Vista la propuesta que formula la Adjuntía de Contratación, se acuerda: 1º.- Aprobar el expediente de contratación del suministro de referencia, utilizando el procedimiento negociado sin publicidad en función de su cuantía, así como los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cuadro de Características Particulares rectores de la presente contratación. Incorporar Certificación del acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 23-03-2012 en que se aprueban los modelos de Pliegos de Cláusulas Administrativas para los contratos de suministros, junto con el informe jurídico correspondiente, de forma genérica en cumplimiento con lo establecido en el art. 115 del TRLCSP. 2º.- Aprobar el gasto que asciende a un total de 59.825,00 euros más IVA al 21%, lo que totaliza un importe de 72.388,25 euros figurando incorporado el preceptivo informe de fiscalización del gasto expedido sin reparos por la Intervención de Fondos con fecha 4 de abril de 2017, según el cual existe consignación presupuestaria para el presente gasto, así como el documento contable RC que corresponda. 3º.- Continuar con la tramitación del expediente administrativo hasta su definitiva conclusión, remitiendo invitación a las empresas aptas para la realización del suministro objeto de contratación, según relación que consta incorporada en el expediente facilitada por el Servicio afectado.” 10.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE LAS OBRAS DE ALTA TENSIÓN, BAJA TENSIÓN Y ALUMBRADO PÚBLICO EN EL RECINTO FERIAL DE LEÓN, AVDA. INGENIERO SÁENZ DE MIERA, S/N DE LEÓN.- Vista la propuesta publicada en el perfil del contratante por el Negociado de Contratación, se acuerda lo siguiente: 1º.- A la vista de lo establecido en la Cláusula 12 del PCAP, quedaran excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por los licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o NO aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia, siendo por lo que se

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procede a la exclusión de las plicas señaladas con los número 1 y 2, al NO haber procedido a la subsanación de las deficiencias requeridas, que se corresponden con las empresas “DOMOTEC LEON, S.L.”, (C.I.F. B- 24481848) y “

2º.- De conformidad con el informe técnico suscrito por el Sr. Técnico Industrial Municipal, D. Fernando Ibañez Abaigar, se procede a la siguiente clasificación de los licitadores:

Ofertante Importe € IVA € Total € Puntos

FERNANDEZ DE LA MATA, INSTALACIONES ELÉCTRICAS S.A.

320.000,00

67.200,00

387.200,00

100

ELDU ELECTROAPLICACIONES, S.A. 321.716,10 67.560,38 389.276,48 99

ELECTRICIDAD CONDE SALAN 324.984,39 68.246,72 393.231,11 98

3º.- Adjudicar la presente obra a favor de la entidad FERNANDEZ DE LA

MATA INSTALACIONES ELÉCTRICAS, S.A (FERMASA) con CIF A-24026445, en la cantidad de 320.000,00 € con IVA de 67.200,00 € y la cantidad total de 387.200,00 € IVA incluido con cargo a la reserva de crédito. El plazo de ejecución de las obras de dos meses a contar desde la firma del Acta de comprobación del replanteo.

4º.- La parte adjudicataria deberá formalizar la presente adjudicación, en

documento administrativo, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir de la recepción de la notificación del presente acuerdo, que podrá realizarse por medio de correo electrónico, de conformidad con lo permitido en el art. 151.4 del TRLCSP.

5º.- A los efectos previstos en los artículos 151.4. y 156 del Texto

Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDL 3/2011 de 14 de noviembre), el presente acuerdo se publicará en el Perfil del contratante de este Ayuntamiento, y se notificará a todos los licitadores que presentaron propuesta en su momento, según datos obrantes en el expediente de razón.” 11.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE LAS OBRAS DE SUSTITUCIÓN Y ADECUACIÓN DEL SISTEMA DE DOMÓTICA DEL AUDITORIO CIUDAD DE LEÓN.- Vista la propuesta publicada en el perfil del contratante por el Negociado de Contratación se acuerda lo siguiente: 1º.- Proceder al rechazo de la Plica nº 2, correspondiente a la entidad ”SISTEMAS ELECTRICOS y TELECOMUNICACIONES, S.A.”, con CIF A- 39079629 puesto que presenta un único sobre que contiene el resumen de la oferta y el presupuesto, por lo que de conformidad con lo establecido en la Cláusula 12.C.6 del PCAP se debe proceder al rechazo de la misma por NO presentar la oferta en tres sobres cerrados en los términos establecidos en el apartado E de la cláusula 11 del PCAP, o incluir en el sobre “B” y/o “C” datos que

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15.- AYUDAS DE URGENCIA SOCIAL. MARZO II.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Familia y Servicios Sociales, con el contenido siguiente:

PRIMERO: Denegar las ayudas solicitadas a los siguientes interesados, en base a la motivación que indica: EXPT. : AUS/17/150

Causa de denegación: En base al art. 14.1.b) que la finalidad para la que se solicita la ayuda no pueda ser calificada de extrema urgencia o no resuelve la necesidad para la que se solicita por tratarse de una situación cronificada para la que existen otras prestaciones de carácter periódico. EXPT. : AUS/17/151

Causa de denegación: En base al art. 6.1.b) superar los ingresos anuales el equivalente a 1,2 veces el IPREM. EXPT. : AUS/17/152

Causa de denegación: En base al art. 14.1.b) que la finalidad para la que se solicita la ayuda no pueda ser calificada de extrema urgencia o no resuelve la necesidad para la que se solicita por tratarse de una situación cronificada para la que existen otras prestaciones de carácter periódico. EXPT. : AUS/17/153

Causa de denegación: En base al art. 14.1.b) que la finalidad para la que se solicita la ayuda no pueda ser calificada de extrema urgencia o no resuelve la necesidad para la que se solicita por tratarse de una situación cronificada para la que existen otras prestaciones de carácter periódico. EXPT. : AUS/17/154

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Causa de denegación: En base al art. 14.1.b) que la finalidad para la que se solicita la ayuda no pueda ser calificada de extrema urgencia o no resuelve la necesidad para la que se solicita por tratarse de una situación cronificada para la que existen otras prestaciones de carácter periódico. EXPT. : AUS/17/155

Causa de denegación: En base al art. 14.1.e) no haber recibido el mismo recurso dentro de los dos años consecutivos anteriores a la solicitud. EXPT. : AUS/17/156

Causa de denegación: En base al art. 14.1.b) que la finalidad para la que se solicita la ayuda no pueda ser calificada de extrema urgencia o no resuelve la necesidad para la que se solicita por tratarse de una situación cronificada para la que existen otras prestaciones de carácter periódico.

SEGUNDO: Archivar, tal y como dispone el Art.12 de la Ordenanza Reguladora, en relación con el Art. 68 de la ley 39/15 de 1 de Octubre de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, las siguientes solicitudes de ayudas, en base a la motivación que se indica EXPT : AUS/17/157

ARCHIVAR POR DESISTIMIENTO AL NO APORTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.” 16.- RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA. MARZO 2017.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Familia y Servicios Sociales, con el contenido siguiente: Primero.- ARCHIVAR las solicitudes del Servicio de Teleasistencia, que nos ha remitido la Gerencia de Servicios Sociales, por fallecimiento del interesado antes de iniciar el trámite.

EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDOS Fecha fallecimiento

206/16/TAS 01/11/2016

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Segundo.- ARCHIVAR las solicitudes del Servicio de Teleasistencia, que nos ha remitido la Gerencia de Servicios Sociales por no estar empadronado en el municipio de León. EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDOS

160/16/TAS

Tercero.- Aceptar el DESISTIMIENTO de las solicitudes presentadas por los siguientes solicitantes. EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDOS

205/16/TAS

Cuarto.- En virtud de lo establecido en el art. 68.1 de la ley 39/2015 de uno de octubre, y con los efectos previstos en el art. 21.1 de la citada Ley, TENER POR DESISTIDO de su solicitud a los siguientes solicitantes por falta de aportación de la documentación formalmente requerida: EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDOS Requerimiento recibido el:

153/16/TAS 21/12/2016

038/17/TAS 06/03/2017

035/17/TAS 06/03/2017

215/16/TAS 10/02/2017

154/16/TAS 10/11/2016

226/16/TAS 16/02/2017

219/16/TAS 08/02/2017

220/16/TAS 08/02/2017

620/16/TAS 08/02/2017

221/16/TAS 08/02/2017

207/16/TAS 08/02/2017

216/16/TAS 08/02/2017

213/16/TAS 08/02/2017

225/16/TAS 14/02/2017

Quinto.- CONCEDER, a la persona indicada, el Servicio de Teleasistencia, por el que deberá abonar la cuota mensual indicada. Para el cálculo de la cuota mensual que deberá abonar el interesado, se aplican los criterios establecidos en el Acuerdo Regulador de Precios Públicos por la prestación del servicio y utilizando los datos disponibles. Teniendo en cuenta que los ingresos pueden ser revisados, esta cuota puede ser modificada.

EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDOS PRECIO PUB.

079/17/TAS 8,77 €

005/17/TAS 7,14 €

010/17/TAS 8,77 €

028/17/TAS 8,77 €

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098/16/TAS 8,77 €

006/17/TAS 8,77 €

043/17/TAS 8,77 €

044/17/TAS 7,07 €

169/16/TAS 8,77 €

146/13/TAS 8,77 €

054/17/TAS 8,77 €

057/17/TAS 0 €

058/17/TAS 8,77 €

059/17/TAS 8,77 €

062/17/TAS 8,77 €

002/17/TAS 8,77 €

228/16/TAS 8,77 €

063/17/TAS 7,14 €

024/17/TAS 8,77 €

055/17/TAS 8,77 €

148/14/TAS 8,77 €

064/17/TAS

8,77 €

065/17/TAS 8,77 €

016/17/TAS 8,65 €

070/17/TAS 7,14 €

078/17/TAS 8,77 €

003/17/TAS 8,77 €

060/17/TAS 8,77 €

061/17/TAS 8,77 €

013/17/TAS 8,77 €

056/17/TAS 8,77 €

066/17/TAS 8,77 €

083/17/TAS 2,82 €

082/17/TAS 8,77 €

081/17/TAS 8,77 €

080/17/TAS 8,77 €

071/10/TAS 8,77 €

Sexto.- Se acepta la RENUNCIA procediéndose a la extinción del servicio de teleasistencia de las siguientes personas:

EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDOS Fecha comunicación de la baja

002/05/TAS 27/03/2017

167/10/TAS 24/03/2017

024/02/TAS 27/03/2017

110/11/TAS 24/03/2017

171/11/TAS 22/03/2017

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141/15/TAS 10/03/2017

004/15/TAS 31/03/2017

088/15/TAS 08/03/2017

00G/99/TAS 08/03/2017

101/02/TAS 08/03/2017

048/14/TAS 08/03/2017

167/14/TAS 03/03/2017

161/10/TAS 02/03/2017

150/16/TAS 24/02/2017

068/13/TAS 22/02/2017

129/10/TAS 17/02/2017

154/09/TAS 20/02/2017

147/15/TAS 20/02/2017

078/12/TAS 20/02/2017

021/03/TAS 17/02/2017

Séptimo.- Incoar procedimiento para la EXTINCIÓN del servicio de Teleasistencia causando baja definitiva en el mismo por fallecimiento del titular del servicio.

EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDOS Fecha comunicación de la baja

117/13/TAS 25/02/2017

004/03/TAS 02/01/2017

187/11/TAS 07/03/2017

17.- DACIÓN DE CUENTA DE INCORPORACIÓN AL CONVENIO FIRMADO CON ENTIDADES DEL PROGRAMA INCORPORA DE LA CAIXA POR PARTE DE LA FUNDACIÓN BANCARIA CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA LA CAIXA.- Se da cuenta de la propuesta emitida por la Concejala Delegada de Familia y Servicios Sociales, cuyo contenido literal es el siguiente: “Vista la utilidad de la firma de un Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de León y las entidades integradas en el Programa INCORPORA LEÓN, Asociación Valponasca, COCEMFE León, Proyecto Joven León y ASPAYM Castilla y León, en orden a coordinar los esfuerzos de todas las entidades implicadas.

Considerando, la providencia de inicio de fecha 22 de marzo de 2017 de la Concejala de Familia y Servicios Sociales, en la que se manifiesta la necesidad de incorporar a dicho convenio a la Fundación Bancaria Caja de Ahorros de Barcelona La Caixa (CIF nº G 58899998) al ser la entidad promotora del programa INCORPORA LEÓN.

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Considerando el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que dispone “Son convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.”

Considerando el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de

Régimen Jurídico del Sector Público, que dispone: “1. Las Administraciones Públicas, sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes y las Universidades públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público y privado, sin que ello pueda suponer cesión de la titularidad de la competencia. 3. La suscripción de convenios deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Considerando el Decreto del Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de León de fecha 16 de junio de 2015, en relación con las competencias generales que se delegan, “corresponden a los Concejales Delegados por Delegación de esta Alcaldía, las competencias generales que desarrollarán en el ámbito de las materias propias de su Concejalía, ejerciéndose todas las facultades que corresponden al Alcalde sin limitación ni condición alguna para su ejercicio, salvo las que el Alcalde avoque en cualquier momento o se reserve en resolución posterior.” Se procede a la adopción del siguiente A C U E R D O:

Dar cuenta de la incorporación como entidad firmante de la FUNDACION BANCARIA CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELON LA CAIXA con CIF nº G 58899998 y domiciliada en Barcelona, Avenida Diagonal 621-629 al Convenio firmado con fecha 3 de enero de 2017 con las entidades integradas en el programa INCORPORA LEON

18.- APROBACIÓN DE CONTRATOS MENORES DE SUMINISTROS, SERVICIOS Y PRIVADOS DE ESPECTÁCULOS, DERIVADOS DE LA APROBACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO 2017 DEL CENTRO DE LOS OFICIOS.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por la Técnico de Administración General de Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo, asi como con el informe favorable de la Intervencion Municipal de fecha 30 de marzo de 2017, con el contenido siguiente: PRIMERO: Autorizar y Disponer el gasto consistente en CURSOS DE VERANO 2017 DEL CENTRO DE LOS OFICIOS, por un importe total de

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20.- EXPEDIENTE DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por la Técnico de la Unidad de Responsabilidad Patrimonial, que cuenta con el visto bueno del Jefe del Servicio de Asuntos Económicos, con el contenido siguiente:

“Visto el escrito presentado por León, en cuya virtud se inicia

procedimiento de responsabilidad patrimonial de esta administración municipal, en reclamación de indemnización de daños y perjuicios sufridos por la misma a consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos de aquella dependientes, la Técnico que suscribe, tiene el honor de emitir el siguiente informe:

En consecuencia, no pudiendo entenderse suficientemente probada la relación de causalidad entre el hecho imputado a esta Administración, esto es, entre el funcionamiento del servicio, y el daño irrogado, y siendo dicha prueba condición sine qua non para el reconocimiento de toda responsabilidad patrimonial al ser un elemento configurador de la misma, al no haber quedado acreditados el lugar y circunstancias de la caída, se considera procedente la desestimación de la pretensión aducida por la parte interesada.

Es por lo que La Técnico que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local la adopción de acuerdo desestimatorio de la pretensión aducida por la parte interesada en los términos y por las causas expuestas, una vez recibido dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León para cuyo fin le será remitido, a la mayor brevedad posible, copia del expediente de referencia conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley 1/02, de 9 de abril, reguladora del Consejo Consultivo de Castilla y León. “

21.- CONTRATO MENOR DE SERVICIO DE IMPRESIÓN DE MATERIAL DIDÁCTICO Y DIVULGATIVO DE LOS DOCUMENTOS DEL ARCHIVO MUNICIPAL PARA REPARTIR EN LAS VISITAS GUIADAS DE LA CASONA DE PUERTA CASTILLO.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por la Técnico de Administración General de Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo, asi como con el informe favorable de la Intervencion Municipal de fecha 27 de marzo de 2017, con el contenido siguiente: 1º.- Adjudicar el CONTRATO MENOR DE SERVICIO PARA LA CONTRATACIÓN DE LA IMPRESIÓN DE MATERIAL DIDÁCTICO Y DIVULGATIVO DEL ARCHIVO MUNICIPAL PARA REPARTIR EN LAS VISITAS GUIADAS DE LA CASONA DE PUERTA CASTILLO: expte.: ARC 2/2017, a favor de la entidad PRODUCCIONES MIC, S. L., con CIF B24301871, por ser la empresa que ha presentado la oferta económica más ventajosa para el Ayuntamiento de León por importe total de 6.136,00 € IVA incluido y por ajustarse

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al precio de licitación estipulado de 8.447,97 € IVA incluido y especificado por esta empresa en el modelo de oferta económica (Anexo I a las bases rectoras de la contratación), y por cumplir las prescripciones y características técnicas establecidas publicadas el día 6 de marzo de 2017 en el Perfil del Contratante. El plazo de ejecución se contará a partir de la fecha del presente acuerdo.

2º.- Autorizar y Disponer el gasto expuesto en el apartado anterior, a favor de la entidad y por el importe consignados.” 22.- CONTRATO MENOR DE SERVICIO DERIVADO DE LA RENOVACIÓN DE LA ADHESIÓN AL CONVENIO DE COLABORACIÓN RED.ES (AÑO 2017) PARA LA PRESTACIÓN DEL PAGO TELEMÁTICO EN LA ADMINISTRACION PÚBLICA LOCAL.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos, que cuenta con el visto bueno del Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior, asi como con el informe favorable de la Intervencion Municipal de fecha 5 de abril de 2017, con el contenido siguiente: 1º.- Adjudicar el contrato de Renovación adhesión durante el año 2017 tomando como base el convenio aprobado en Junta de Gobierno Local el trece de diciembre de dos mil trece, a favor de Entidad Pública Empresarial Red.es con identificación fiscal Q2891006E, en base a la oferta formulada por la misma, que consiste en un precio de 7.935,74 euros IVA excluido que asciende a 1.666,50euros, lo que totaliza un importe de 9.612,24 euros, según Modelo de oferta económica recogido como Anexo I a las Bases rectoras de la contratación. El plazo de ejecución se contará a partir de la fecha del presente acuerdo. 2º.- Autorizar y Disponer el gasto expuesto en el apartado anterior, a favor de la entidad y por el importe consignados.” 23.- EXPEDIENTES DE LICENCIA AMBIENTAL Y OBRAS.- Se acordó aprobar los dictámenes emitidos por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible, en reunión celebrada el día 4 de abril de 2017, cuyos contenidos son los siguientes:

- Conceder a ROMIRER PÁRAMO, S.L.L. la licencia ambiental para CROISSANTERÍA-DESPACHO DE PAN/BOLLERÍA-DEGUSTACIÓN CAFÉ-CAFÉ-BAR-PRENSA Y REVISTAS-OBRADOR (Ampliación de actividad a Obrador y Ampliación de superficie) en C/ Marqueses de San Isidro, 13 con fachada a C/Arcipreste de Hita, 5; superficie útil ampliada: 50,44 m2; superficie útil TOTAL (considerando la ampliación): 111,44 m2; Aforo: 21 personas (no se modifica); de acuerdo con el proyecto o documentación técnica de la actividad que obra en el expediente, con las siguientes medidas correctoras:

Todas las contenidas en el Proyecto o documentación técnica de la

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actividad aportados al expediente, en tanto en cuanto hayan sido objeto de informe favorable por los técnicos municipales.

Asimismo se acuerda conceder a ROMINER PÁRAMO, S.L.L., licencia de obras para acondicionamiento de local destinado a panadería-bar-cafetería con obrador (AMPLIACIÓN DE SUPERFICIE Y AMPLIACIÓN DE ACTIVIDAD) en la calle Arcipreste de Hita nº 5-bajo. Las obras se realizarán de conformidad con el proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos designados en la solicitud presentada el 10 de octubre de 2016, habiéndose dictaminado el expediente relativo a la licencia ambiental por la Ponencia Técnica Municipal en reunión celebrada el 21 de marzo de 2017.

24.- EXPEDIENTE EXPROPIATORIO DE LAS PARCELAS SITAS EN LOS NÚMEROS 6 Y 8 DE LA CALLE RUIZ DE SALAZAR, CALIFICADAS COMO SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES (SG–EL) Y AFECTOS AL ÁMBITO DENOMINADO SG 11-01 DEL PGOU DE LEÓN. ACUERDO DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE VALORACIÓN.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, cuyo contenido es el siguiente:

1º.- Dar cuenta del acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de

Valoración, en reunión celebrada el día 1 de marzo de 2017, notificado a este Ayuntamiento el posterior día 22, en el que se fija el justiprecio de los bienes sujetos a expropiación, sitos en los números 6 y 8 de la calle Ruiz de Salazar, en la cantidad de TRESCIENTOS CATORCE MIL CINCUENTA Y TRES EUROS con SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (314.053,76 €), incluido el 5% del premio de afección, de acuerdo con el siguiente detalle:

Parcela número 6.- CIENTO SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS

OCHO EUROS CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS – 163.308,29 € – (incluido el 5% del premio de afección).

Parcela número 8.- CIENTO CINCUENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA

Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y SIETE – 150.745,47 € – (incluido el 5% del premio de afección). 2º.- Aceptar la valoración contenida en el mencionado acuerdo, a la vista de lo informado por el Sr. Arquitecto Municipal de Gabinete de Urbanismo el día 27 de marzo de 2017, no interponiendo recurso de reposición contra el mismo. 3º.- Autorizar y Disponer un gasto en la cuantía adicional de 668,66 euros, cantidad exenta de IVA, resultante de la diferencia entre la valoración fijada por la Comisión Territorial de Valoración y la aprobada por este Ayuntamiento a la vista de la hoja de aprecio municipal, con cargo a la aplicación presupuestaria 2017 06 15120 60903 del Estado de Gastos del Presupuesto Municipal del Ejercicio 2017, en concepto de diferencia de justiprecio expropiación de los inmuebles sitos en los

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números 6 y 8 de la calle Ruiz de Salazar, calificados como Sistema General de Espacios Libres, SG – EL y afectos al ámbito denominado SG 11 – 01 del PGOU de León, en favor de

, en su calidad de propietarios expropiados, de acuerdo con el siguiente detalle:

… 167,17 € … 167,17 € … 167,16 € … 167,16 €

25.- EXPEDIENTE EXPROPIATORIO DE LA PARCELA SITA EN EL

NÚMERO 10 DE LA CALLE RUIZ DE SALAZAR, CALIFICADA COMO SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES (ACTUACIÓN AISLADA AA 11-03). ACUERDO DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE VALORACIÓN.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, cuyo contenido es el siguiente: 1º.- Dar cuenta del acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Valoración, en reunión celebrada el día 1 de marzo de 2017, notificado a este Ayuntamiento el posterior día 17, en el que se fija el justiprecio del bien sujeto a expropiación, sito en el número 10 de la calle Ruiz de Salazar, en la cantidad de 161.513,00 €, que, incrementada en el correspondiente premio de afección del 5%, asciende a un total de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS con SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (169.588,65 €). 2º.- Aceptar la valoración contenida en el mencionado acuerdo, a la vista de lo informado por el Sr. Arquitecto Municipal de Gabinete de Urbanismo el día 23 de marzo de 2017, no interponiendo recurso de reposición contra el mismo. 3º.- Autorizar y Disponer un gasto en la cuantía adicional de 12.394,68 euros, cantidad exenta de IVA, resultante de la diferencia entre la valoración fijada por la Comisión Territorial de Valoración y la aprobada por este Ayuntamiento a la vista de la hoja de aprecio municipal, con cargo a la aplicación presupuestaria 2017 06 15120 6093 del Estado de Gastos del Presupuesto Municipal del Ejercicio 2017, en concepto de diferencia de justiprecio expropiación del inmueble sito en el número 10 de la calle Ruiz de Salazar, afectado por la Actuación Aislada de Expropiación (AA 11-03) delimitada en el Plan General de Ordenación Urbana de León, en el ámbito del Plan Especial de Ordenación, Mejora y Protección de la Ciudad Antigua, en favor de , en su calidad de propietario expropiado. ” URGENCIA.- Fuera del Orden del Día y previa declaración de urgencia, se acordó incluir el siguiente asunto:

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26.- EXPEDIENTES DE LICENCIA DE OBRAS.- Se acordó aprobar los dictámenes emitidos por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible, en reunión celebrada el día 4 de abril de 2017, cuyos contenidos son los siguientes:

- Aprobar las modificaciones al proyecto de ejecución presentadas el 22 de marzo de 2017, conforme al cual se otorgó a INMUEBLES Y NAVES S.L , licencia de obras para construcción de edificio destinado a 9 viviendas, garajes y anexos en la calle Joaquín Costa nº 6-8, por anterior acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 20 de enero de 2017. Dichas modificaciones consisten en los siguientes aspectos:

En la planta sótano dónde se elimina el servicio higiénico que pasa a la planta baja dentro del mismo garaje.

En la planta primera se elimina el dúplex de la vivienda D, pasando a

vivienda independiente el espacio bajo –cubierta. Estas modificaciones no generan aumento del presupuesto. Con dicha modificación el proyecto pasa de ser edificio de 9 viviendas a

edificio de 10 viviendas. Nueva relación de usos: Planta sótano 10 trasteros 16 plazas de garaje Planta baja garaje 1 -10 plazas Garaje 2 -11 plazas Sala de caldera Planta primera 5 viviendas Planta bajo-cubierta 5 viviendas __________

TOTAL 10 viviendas

- Aprobar las modificaciones al proyecto de ejecución presentadas el 2 de

marzo de 2017, conforme al cual se otorgó a GUROVALSO S.L., licencia de obras para acondicionamiento de local destinado a GASTROBAR en la calle Serrano nº 38 bajo, por anterior acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 20 de enero de 2017. Dichas modificaciones consisten en mantener los huecos existentes en la fachada cambiando la carpintería.

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- Conceder a DECOLESA licencia de obras para derribo de edificio situado en la calle Carreras nº 25 y calle Pelayuelo nº 3. Las obras se realizarán de conformidad con el proyecto presentado y bajo la dirección de los Técnicos que figuran en la solicitud de licencia, Asimismo se acuerda comunicar a los interesados el acuerdo de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de León, adoptado en sesión celebrada el 22 de febrero de 2017, cuyo contenido es el siguiente:

1.- AUTORIZAR el proyecto de demolición de edificaciones en C/ Carreras n° 25 y C/ Pelayuelo n° 3 de León, con la siguiente PRESCRIPCIÓN:

A) La intervención a realizar en el edificio con nivel de protección III en el Plan Especial de Ordenación, Mejora y Protección de la Ciudad Antigua de León se deberá ajustar a lo establecido en el mismo en relación con la conservación de estructuras y de fachadas, procediendo al desmontaje exclusivamente de aquellos elementos perjudiciales para la conservación del inmueble y la seguridad en el solar.

B) Deberá mantenerse la fachada de planta baja del inmueble como cerramiento del solar en tanto no se realicen obras de reposición de la edificación, con el fin de conservar la imagen del conjunto histórico.

2.- INFORMAR FAVORABLEMENTE la propuesta de sustitución.

27.- CONTRATACION DEL SERVICIO DE RECONOCIMIENTOS GINECOLÓGICOS PARA LAS TRABAJADORAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEON.- Vista la propuesta que formula la Adjuntía de Contratación, se acuerda: 1º.- Aprobar el expediente de contratación del servicio de referencia, utilizando el procedimiento negociado sin publicidad en función de su cuantía, y la tramitación ordinaria, así como los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cuadro de Características Particulares rectores de la presente contratación. Incorporar Certificación del acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 23-03-2012 en que se aprueban los modelos de Pliegos Particulares para los contratos de servicios, junto con el informe jurídico correspondiente, de forma genérica en cumplimiento con lo establecido en el art. 115 del TRLCSP. 2º.- Aprobar el gasto que asciende a un total de 59.200,00 euros exentos de IVA al año. La duración del presente contrato será hasta finales de 2017. Consta incorporado el preceptivo informe de fiscalización del gasto emitido sin reparos con fecha 5 de abril de 2017, por la Intervención Municipal, constatando la existencia de crédito presupuestario para el presente gasto. 3º.- Continuar con la tramitación del expediente administrativo hasta su

Page 26: EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO …...de cobro 160031385090 (identificación 1073166096), dictada en expediente ejecutivo número 2014-062586, para el cobro en vía

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definitiva conclusión, remitiendo invitación a las empresas aptas para la realización del servicio objeto de contratación, según relación que facilita el Servicio afectado.”

Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia dio por finalizada esta sesión, siendo las diez horas y diez minutos, de la que se extiende la presente acta, que firma el Sr. Alcalde, conmigo, la Secretaria, que doy fe.