extintores-seguridad

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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO – PUNO FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL Y ARQUITECTURA Y URBANISMO ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL TEMA: EXTINTORES CURSO: CONSTRUCCIONES I DOCENTE: Ing. PERCY AZA MORALES PRESENTADO POR: RAMOS QUISPE, FABIOLA NADIA

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TIPOS DE EXTINTORES

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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO PUNO

FACULTAD DE INGENIERA CIVIL Y ARQUITECTURA Y URBANISMO

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERA CIVIL

TEMA:EXTINTORESCURSO:CONSTRUCCIONES IDOCENTE: Ing. PERCY AZA MORALES

PRESENTADO POR:RAMOS QUISPE, FABIOLA NADIASEMESTRE: V CDIGO: 120138

PUNO-PER2015

EXTINTORES

1. INTRODUCCIN

A lo largo del tiempo los incendios han ocasionado grandes desastres y problemticas a sociedades enteras; ltimamente aumenta la preocupacin para dar soluciones asertivas que permitan combatir este tipo de peligros.

La Norma Tcnica Peruana 833 nos permite adquirir un amplio conocimiento respecto a los extintores porttiles ya sea: Servicio de inspeccin, verificacin, cartilla de inspeccin, mantenimiento, recarga, prueba hidrosttica y rotulado. La eleccin de un extintor apropiado y su correcto uso ser vital en una emergencia, ya que es el primer elemento utilizado en la iniciacin del fuego, de l depender que la propagacin de las llamas se evite o no.Para realizar una correcta eleccin del extintor hay que reconocer cul es el ms adecuado y qu tipo y eficacia conviene. Deben actuar sobre lo recomendado por los especialistas en seguridad, vigilar su mantenimiento y ubicacin correcta.

2. DEFINICIN DE EXTINTOR

Segn el diccionario de la Real Academia Espaola (2001)(1) define el extintor: Aparato para extinguir incendios, que por lo comn arroja sobre el fuego un chorro de agua o de mezcla que dificulta la combustin.

La Norma Tcnica Peruana 833.032 define que el extintor: Es todo aparato destinado a apagar incendios (NTP, 2006,P.3) (2)

El Cuerpo General de Bomberos voluntarios del Per (2004, CAP 12 P.3) (3) define que el extintor: Es todo aparato destinado a apagar un fuego en la fase inicial o incipiente de este, por medio de un agente extintor contenido en el mismo, expulsado bajo presin.

3. IDENTIFICACION DE LOS PELIGROS

El Instituto Nacional de Defensa Civil (2010, p. 69) (4), mencion:

Los peligros naturales y los inducidos por el hombre pueden afectar la vida y el patrimonio de nuestros hogares, industrias y comunidad en general.La identificacin de los peligros naturales o inducidos por el hombre en cada comunidad le sirve a los miembros del Comit de Defensa Civil para priorizar las acciones de prevencin que permitan proteger las zonas expuestas a peligros potencialmente dainos.

El objetivo del proceso de Reduccin del Riesgo segn el Instituto Nacional de Defensa Civil (2010, p. 70) (4) es: evitar o reducir el impacto adverso de los peligros para contribuir al desarrollo sostenible.

4. NORMAS DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL

El instituto Nacional de Defensa civil (2010, p. 97) (4):

Son Normas de seguridad en defensa Civil las disposiciones que al respecto emiten los rganos competentes del SINADECI conforme a ley, que tienen por finalidad proteger a la poblacin, el patrimonio y su entorno frente a un peligro de origen natural o inducido por el hombre.Las Normas de Seguridad en Defensa Civil son de cumplimiento obligatorio para los propietarios, conductores, administradores, apoderados y/o representantes de los objetos de inspeccin, lo cual ser verificado a travs de los procedimientos del ITSDC y visitas de Defensa Civil.

5. FUNCION DEL COMIT DE DEFENSA CIVIL

El instituto Nacional de Defensa civil (2010, p. 37) (4) tiene la facultad de hacer las siguientes supervisiones:

Supervisar la estimacin y reduccin de riesgo dentro de su mbito de responsabilidad. supervisar la ejecucin de Inspecciones Tcnicas de Seguridad en Defensa Civil de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Inspecciones Tcnicas de Seguridad en Defensa Civil.

6. NTP 833.026-2012-EXTINTORES PORTTILES. Servicio de mantenimiento y recarga. Requisitos de equipamiento.

a. OBJETO.Esta Norma Tcnica Peruana NTP 833.026 establece los requisitos de equipamiento que se deben cumplir en los servicios de inspeccin, mantenimiento, recarga y prueba hidrosttica de extintores. (NTP, 2012,P.1) (5).

b. CAMPO DE APLICACIN.Segn la Norma Tcnica Peruana (2012,p.2) (5), se aplica:A las empresas de mantenimiento y recarga que prestan servicios a extintores, as como a las organizaciones que con personal propio ejecutan los servicios a los extintores, y en actividades de evaluacin de conformidad a las citadas empresas de mantenimiento y recarga por parte de las organizaciones sean de seguros o certificadoras.

c. SERVICIO.Se encuentran comprendidos por los siguientes servicios:

Diagrama 1. Servicios. (Elaboracin propia)

d. AGENTES EXTINTORESPara brindar los servicios de mantenimiento y recarga se debe contar con materiales de recarga y de impulsin que cumplan con las Normas Tcnicas correspondientes (2012,p.3-4) (5):

i. Gas carbnico: Deber cumplir con la NTP 311.120.ii. Polvo qumico seco: Deber cumplir con lo establecido en la NTP350.034-1iii. Polvo seco para fuegos Clase D: Usados para ciertos metales combustibles y reactivos qumicos que requieren estos agentes asi como tcnicas especiales de extincin son recomendables por el fabricante. Deber ser consultada la NTP 350.062-4.iv. Agentes espumgenos: Mientras no exista la NTP respectiva, los concentrados debern cumplir con las Normas del pas de origen u otra Norma Internacional equivalente.v. Otros agentes: Agentes limpios, agentes a base de agua, agentes halogenados.

7. NTP 833.030-2012-EXTINTORES PORTTILES. Servicio de inspeccin, mantenimiento, recarga y prueba hidrosttica. Rotulado.

a. OBJETO.La Norma Tcnica Peruana (2012) (6) establece:La forma, dimensiones e informacin mnima contenida en rtulos o etiquetas, collar de verificacin del servicio, en los extintores porttiles; as como las marcas grabadas a efectuarse sobre el cilindro del extintor como consecuencia del servicio peridico efectuado, o informacin requerida por norma tcnica.

b. DEFINICIONES.Para los propsitos de esta Norma Tcnica Peruana (2012) (6) se aplican las siguientes definiciones:i. Inspeccin: Es la verificacin externa del extintor con la finalidad de dar una seguridad relativa sobre la operatividad del mismo.ii. Mantenimiento: Es el examen completo del extintor de acuerdo a la NTP 350.043-1 y al manual del fabricante realizado en el taller de una empresa de mantenimiento y recarga competente, con el fin de dar seguridad de que un extintor operar eficientemente. Incluye un examen y evaluacin de cualquier dao fsico o condicin que evite su operacin. Adems, cualquier reparacin necesaria o reemplazo.iii. Recarga: Es el reemplazo de la carga del extintor por otra de caractersticas acordes con la capacidad de carga, capacidad o potencial de extincin, y el rotulado del extintor, segn los requisitos establecidos en las Normas Tcnicas Peruanas.iv. Cilindro de alta presin (incluidos cartuchos y cilindros que contienen el agente impulsor o gas expelente): Son aquellos que contienen nitrgeno, aire comprimido, dixido de carbono u otros gases expelentes que estn comprimidos a una presin mayor de 3450 KPa a 21 C (500 psi a 70 F).v. Cilindro de baja presin. Son aquellos que contienen los agentes de extincin y el agente impulsor como: nitrgeno, aire comprimido u otros gases comprimidos a una presin de trabajo hasta 3450 KPa a 21 C (500 psi a 70 F).vi. Capacidad de carga: Es la cantidad del contenido neto del agente de extincin, con la que se prueba y consigue la capacidad o potencial de extincin (rating).vii. Carga: Es la cantidad de agente de extincin en kilogramos o litros que contiene un extintor.

c. GENERALIDADESSegn la NTP (2012) (6):i. El rtulo podr ser de plstico, metlico u otro material que resista a la accin de la intemperie.ii. Las etiquetas estn autoadhesivas.iii. El tamao de las etiquetas para los servicios de mantenimiento y recarga, y prueba hidrosttica, podr ser A7 (74 mm x 105 mm) A8 (52 mm x 74 mm) de acuerdo a la NTP 272.001.iv. Las letras de la informacin establecida para las etiquetas de mantenimiento y recarga, y de prueba hidrosttica sern de color negro de acuerdo a la NTP 399.009.v. El espacio reservado para la informacin de la empresa que realiza el servicio contendr, nombre de la empresa, direccin, telfono, no aceptndose otro tipo de informacin o propaganda.

d. ETIQUETA DE MANTENIMIENTO Y RECARGA.La etiqueta del servicio de mantenimiento y recarga ser aplicada sobre el extintor luego de darse el servicio, segn lo establecido en la NTP 350.043-1, tendr una vigencia anual e indicar lo siguiente: Empresa de mantenimiento y recarga que realiz el servicio. Fecha de vencimiento. Agente de extincin. Nmero correlativo de etiqueta.

e. ETIQUETA DE INSTRUCCIONES DE USOLa NTP (2012,p.5) (6) afirma que:Las instrucciones de uso estarn indicadas en una etiqueta firmemente adherida a la parte del cilindro que resulta ms visible cuando el extintor se encuentra en su posicin y ubicacin. Esta instrucciones deben proporcionarse conforme a las NTP de fabricacin de los extintores.

f. ETIQUETA DE PRUEBA HIDROSTTICAi. La etiqueta de prueba hidrosttica (vase Figura 1) ser colocada al extintor luego de pasar la prueba hidrosttica segn lo establecido en la NTP 350.043-1. Esta etiqueta no es la aplicacin para cilindros de alta presin (gas carbnico, nitrgeno, etc).

FIGURA 1-Etiqueta de servicio de prueba hidrosttica (NTP, 2012) (6).

ii. Cilindros de baja presin: Segn la NTP (2012) (6), La etiqueta debe ser fijada al cilindro por medio de un proceso que no sea el calor. Estas etiquetas deben ser autodestructivas cuando se intentan retirarla del cilindro del extintor. La etiqueta debe incluir la siguiente informacin:-Mes y ao en que se llev a cabo la prueba, indicado por una perforacin.-La presin de prueba utilizada.-El nombre de la empresa que realiza la prueba hidrosttica (la empresa debe reunir el equipamiento para la prueba indicado en la NTP 833.026-1)-Nmero correlativo de la etiqueta.

g. MARCADO DE REGISTRO DE PRUEBA HIDROSTTICALa NTP (2012, p.7) (6), indica que:En los cilindros de alta presin y cartuchos que pasan la prueba hidrosttica, debe estamparse el mes, ao, y la identificacin de la empresa que realiz la preba, el cual debe mantenerse siempre legible. Cada prueba hidrosttica ser refrendada por un Informe de Ensayo que seale: marca, nmero de serie, la presin de prueba, fecha y resultado de la prueba.

h. COLLAR DE VERIFICACIN DEL SERVICIOLa NTP (2012, p.7-8) (6), indica que:i. Cada extintor presurizado de hasta 12 kg de capacidad nominal que haya sido sometido a mantenimiento que incluya examen interno o que haya sido recargado tendr un collar de verificacin del servicio ubicado alrededor del cuello del cilindro.ii. El collar consistir en un anillo de una sola pieza de material plstico o metlico cuyo dimetro interior no permitir que ste una vez instalado sea retirado del cuello del cilindro a menos que la vlvula ser retirada.iii. El collar no deber interferir con la operacin del extintor.iv. El collar deber incluir el mes y ao en que se realiz el servicio y estar indicado por perforaciones (vase Figura 2).v. Cuando se ha realizado la prueba hidrosttica y se recarga el extintor, la fecha en el collar de verificacin deber ser la misma que la fecha de la etiqueta de la prueba hidrosttica o ms reciente.

FIGURA 2-Collar de verificacin del servicio, (NTP- 2012,p.8) (6)

i. TARJETA DE INSPECCINLas inspecciones obligan al que las efectu a colocar una tarjeta de inspeccin en el extintor, donde figure de acuerdo a la NTP (2012,p.8) (6) Empresa que brinda el servicio de mantenimiento y recarga. Nmero de tarjeta. Nmero de extintor Fecha del ltimo mantenimiento y recarga Fecha de inspeccin Nombre o iniciales y firma del inspector

j. ROTULADO DE CAPACIDAD DE CARGA.La cantidad del agente de extincin debe verificarse por peso. La cantidad del agente de extincin utilizado en la recarga debe ser igual a la capacidad de carga indicada en el rotulado del extintor de acuerdo a la NTP 350.043-1.

FIGURA 3-Tarjeta de Inspeccin (anverso y reverso)- (NTP- 2012,p.10) (6)

FIGURA 4-Etiqueta informativa que advierte la falta de extintor-(NTP- 2012,p.11) (6)

8. NTP 833.032-2006 EXTINTORES PORTTILES PARA VEHCULOS AUTOMOTORES.

a. OBJETOEsta Norma Tcnica Peruana establece la seleccin y los requisitos de los extintores para la proteccin de los vehculos automotores.

b. CAMPO DE APLICACINEsta Norma Tcnica Peruana se aplica a vehculos automotores que tienen ms de dos ruedas.

c. DEFINICIONESPara propsitos de esta Norma Tcnica Peruana se aplican las definiciones siguientes (2):i. Capacidad de carga del vehculo: Carga mxima y permitida que puede transportar un vehculo sin que exceda el Peso Bruto Vehicular.ii. Capacidad nominal: Es la mxima cantidad expresada en litros de agua que puede ser contenida en el cilindro de un extintor.iii. Carga: Es la cantidad de agente extintor en kilogramos o litros que contiene un extintor.iv. Descarga controlada: Es la descarga del agente extintor por medio de dispositivos que permiten que el flujo de salida sea controlado a voluntad del operador en todo momento.v. Extintor para vehculo automotor: Es todo extintor porttil que rene condiciones y caractersticas de seguridad adicionales y especficas, para la proteccin contra incendios que puedan originarse en vehculos automotores.vi. Peso bruto vehicular: Peso neto del vehculo ms su capacidad de carga.vii. Soporte: Elemento de sujecin del extintor para vehculo automotor que permite absorber las vibraciones, movimientos verticales u horizontales propios del vehculo y evita el roce de metal con metal.viii. Vehculo: Medio capaz de desplazamiento pudiendo ser motorizado o no, que sirve para transportar personas o mercancas.ix. Vehculo automotor: Vehculo que tiene motor y traccin propia.

La inspeccin peridica del extintor debe incluir la verificacin de lo siguiente: El extintor deber estar cargado con polvo qumico seco ABC, estar instalado en su soporte, en un lugar visible y de fcil acceso para el conductor del vehculo. Soporte fijado al vehculo, con abrazadera o mecanismo que asegure firmemente al extintor y deber ser de apertura rpida. Extintores en el exterior de la cabina, instalados en un gabinete de proteccin con soporte de extintor. Las instrucciones de operacin deben estar visibles, legibles y redactada en castellano Que los sellos, precintos, pasadores de seguridad e indicadores de operacin no hayan sido removidos de su lugar, falten ni estn rotos. Examinar cualquier evidencia de dao fsico, corrosin, fugas u obstruccin en la manguera. En los extintores presurizados, observar que el manmetro o el indicador muestre la presin de operacin de trabajo. Que las etiquetas de mantenimiento, recarga, pruebas hidrostticas y tarjetas de inspecciones sean provistas nicamente por empresas de mantenimiento y recarga y que estas se encuentren en su lugar con fecha vigente acorde a la NTP 833.030 (2). Que el extintor instalado no sea un extintor descartable.

9. PREVENCIN Y EXTINCIN DE INCENDIOS

El Reglamento Nacional de Edificaciones- NORMA G.050 Seguridad durante la Construccin (2014, p. 25) (7), establece:

Segn las caractersticas de la obra: dimensiones, maquinarias y equipos presentes, caractersticas fsicas y qumicas de los materiales y sustancias que se utilicen en el proceso de construccin, as como el nmero mximo de personas que puedan estar presentes en las instalaciones; se debe prever el tipo y cantidad de dispositivos apropiados de lucha contra incendios y sistemas de alarma.Los equipos de extincin destinados a prever y controlar posibles incendios en forma peridica y estar debidamente identificados y sealizados de acuerdo a lo establecido en las Normas Tcnicas Peruanas vigentes sobre extintores. Adyacente a los equipos de extincin, figurar el nmero telefnico Central de Bomberos.Todo vehculo de transporte del personal o maquinaria de movimiento de tierras, debe contar con extintores de acuerdo a lo establecido en las Normas Tcnicas Peruanas vigentes sobre extintores.El acceso a los equipos de extincin ser directo y libre de obstculos.El aviso de NO FUMAR o NO HACER FUEGO se colocar en lugares visibles, donde exista riesgo de incendio.El prevencionista tomar en cuenta las medidas indicadas en las normas tcnicas peruanas vigentes sobre extintores.El personal de obra debe ser instruido sobre prevencin y extincin de los incendios tomando como referencia lo establecido en la NTP 350.043 (INDECOPI).

Segn la RESOLUCIN 02400 DE 1979, (22 de mayo) (8) . De la extincin de incendios:

Todo establecimiento de trabajo deber contar con extintores de incendio de tipo adecuado a los materiales usados y a la clase de riesgo. El equipo que se disponga para combatir incendios, deber mantenerse en perfecto estado de conservacin y funcionamiento, y sern revisados como mnimo una vez al ao.

10. EQUIPOS PARA COMBATIR INCENDIOS

El Reglamento de Seguridad Industrial (1964, p.29) (9). Presenta las siguientes condiciones generales:

Art. 142:Todos los establecimientos industriales estarn provistos de suficiente equipo para la extincin de incendios que se adapte a los riesgos particulares que estos presentan, las personas entrenadas en el uso correcto de este equipo, se hallarn presentes durante todos los perodos normales de trabajo.Art. 143:El equipo y las instalaciones que presenten grandes riesgos de incendio, debern ser construidos e instalados, siempre que sea factible, de manera que sea fcil aislarlos en casos de incendio, si es posible automticamente.Art. 144:Los conductos de ventilacin, los transportadores automticos y dems instalaciones anlogas que presenten grandes riesgos de incendio, debern hallarse provistos de dispositivos corta-fuegos o de extincin automtica.

El Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con electricidad (2013, p.41) (10). Menciona el uso de extintores en el Artculo 75:Artculo 75.- Uso de extintores:La Entidad elaborar un estudio para la implementacin de extintores de incendios porttiles en las diferentes reas del centro de transformacin. La Entidad tambin efectuar capacitacin y entrenamiento para familiarizar a los trabajadores con los principios generales del uso del extintor de incendios y los riesgos involucrados con la fase inicial de la lucha contra el fuego.

11. PARTES DEL EXTINTOR

Segn Aguilera (2005, p. 17) (11), el extintor se compone de los siguientes elementos:

Manija de carga Manija de disparo Manmetro Zona de vlvulas Cilindro contenedor Tubo sifn Seguro Marchamo Cinturn Manguera y boquilla EtiquetasFIGURA 5 Partes del extintor (Aguilera - 2005, p. 17) (11).

Las partes del extintor pueden variar dependiendo principalmente del agente que utiliza y del modelo

MANEJO DE EXTINTORES

Segn el Cuerpo General de Bomberos voluntarios del Per (2004, CAP 12, p.15-16) (3), el manejo de extintores se realiza mediante los siguientes pasos:

Descolgar el extintor asindolo por la manija de acarreo o asa fija y dejarlo sobre el suelo en posicin vertical. Sacar el pasador de seguridad tirando de su anillo y coger la boquilla de la manguera del extintor y colquese a pocos metros del fuego en posicin sin riesgo para el operador. Presionar la palanca de accionamiento del cabezal del extintor realizando una pequea descarga de comprobacin, para evitar riesgos al momento de enfrentar al fuego. Dirigir el chorro a la base de las llamas con movimiento de barrido. En caso de incendio de lquidos proyectar superficialmente el agente extintor efectuando un barrido evitando que la propia presin de impulsin provoque derrame del lquido incendiado, aproximarse lentamente al fuego hasta un mximo aproximado de un metro.

12. SELECCIN Y DISTRIBUCION DE LOS EXTINTORES.

Segn el Cuerpo General de Bomberos voluntarios del Per (2004, CAP 12 p.3) (3):

La seleccin y distribucin de los extintores tiene que estar acordes al estudio y de seguridad y riesgos que determinara el nmero, tamao, ubicacin, distancia y limitaciones de los extintores.Estos debern estar identificados segn la clase de fuego que pueden combatir y su capacidad relativa de extincin, pruebas de conductividad elctrica (100,00 voltios) y pruebas especiales. Esta designacin esta expresada por nmeros (coeficientes) y letras siendo aplicable para su uso acorde a la NTP.

13. EXTINTORES NO PERMITIDOS

Segn el Cuerpo General de Bomberos voluntarios del Per (2004, CAP 12 P.3) (3), los siguientes extintores porttiles no renen las mnimas condiciones de seguridad, estn obsoletos y no aptos, por lo que deben ser reconocidos para ser utilizados: Soda Acida Espuma Qumica Tetracloruro de Carbono De agua operados por cartucho de CO2 De cilindro de Bronce o cobre remachado o con ribetes Descartables Extintores infladores

14. CONCLUSIN

Despus de haber estudiado todo lo que respecta a los extintores para la lucha contra incendios, me doy cuenta que en la prevencin est la respuesta para superar crisis que tienen su origen en estos fenmenos; por ello usar extintor ya sea en viviendas, lugares pblicos o vehculos es imprescindible ya que garantiza la vida integral de las personas.

15. REFERENCIAS BIBLIOGRFICAS

(1) Real Academia Espaola (2001). Diccionario de la lengua espaola (22 .ed). Madrid, Espaa. Consultado en http://www.rae.es/rae.html

(2) Norma Tcnica Peruana 833.032 (2006) EXTINTORES PORTTILES PARA VEHCULOS AUTOMOTORES.

(3) Cuerpo General de Bomberos voluntarios del Per. Curso Contra Incendios para bomberos alumnos. (primera edicin Lima, noviembre de 2004). Direccin General del Centro de Instruccin-DIGECIN.

(4) Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI)- Per. Manual de conocimientos bsicos para comits de defensa civil y oficinas de Defensa Civil. (secta edicin - Lima, agosto de 2010). CECOSAMI E IMPRESIN DIGITAL S.A.

(5) Norma Tcnica Peruana 833.026 (2012).EXTINTORES PORTTILES. Servicio de mantenimiento y recarga. Requisitos de equipamiento.

(6) Norma Tcnica Peruana 833.030 (2012.-EXTINTORES PORTTILES. Servicio de inspeccin, mantenimiento, recarga y prueba hidrosttica. Rotulado.

(7) Reglamento Nacional de Edificaciones, NORMA G.050. (sexta edicin, 2014). Editorial Megabyte, Lima.

(8) RESOLUCIN 02400 DE 1979, (22 de mayo), Lima.

(9) Reglamento de Seguridad Industrial, Decreto Supremo N 42-F (22 de mayo de 1964). Lima

(10) Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con electricidad (2013, 4 de abril), Ministerio de Energa y Minas, Lima.

(11) Aguilera, G. (2005). Manual de Combate y Prevencin de Incendios Bsico. (1 edicin): FIRE & RESCUE.