exposición de la estructura del estado peruano - diplomado..[1]

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Estructura del Estado Peruano Abog. Edson J. Herrera Garay Docente Universitario.

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Exposición de La Estructura Del Estado Peruano - Diplomado..[1]

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Estructura del Estado Peruano

Estructura del Estado PeruanoAbog. Edson J. Herrera GarayDocente Universitario.

El autor de la Ley era el Inca.Inca, promulgaba la Ley de acuerdo con su Consejo ImperialEra asesorado por los Amautas (No slo interpretaban las leyes, sino que el mismo Inca los consultaba frecuentemente sobre asuntos de nueva legislacin).La Ley emanaba del Hijo del Sol, su incumplimiento-desobediencia, se pagaba con la muerte.Antecedentes: Imperio Incaico

2Abog. Edson J. Herrera GarayNo se poda alegar ignorancia de la Ley, porque esta se voceaba y al final eran recogidas y conservadas por los quipucamayoc en sus quipus para ser utlilizadas.A los jueces se les denominaba Hucha-CamayocAlos gobernadores de provincia se les denominaba Tocricoc-Michoc.Cpac Apo Uatac, era alcalde de corte exclusivo para la nobleza.Uatac- Camayoc, alguacil mayor para aprender a los plebeyos. Chacnay- Camayoc, era el alguacil menor. Antecedentes: Imperio Incaico

3Abog. Edson J. Herrera GarayLos seres humanos fueron considerados personas naturales y slo en situaciones de excepcin tratados como cosas (Vctimas para sacrificios, mujeres donadas por el Inca, servidores ofrecidos en tributo).A las personas naturales se les reconoci el derecho ala vida y a la propiedad privada.Propiedad privada individual (Animales en pequea cantidad, ropa, menaje domstico, instrumentos de trabajo).Propiedad privada colectiva (Comunidades contaron con algunos bienes libres como ganado, pastos, aguas, salinas, lea , paja, caza y pesca).Propietario de la tierra el Imperio, que se las entregaba a sus tributarios en posesin.Antecedentes: Imperio Incaico

4Abog. Edson J. Herrera GarayDerecho Incaico no fue igual para todos: Se reconocieron divisiones horizontales (costumbres regionales) y verticales (clases sociales).Clases sociales se tom en cuenta el sexo, la edad, y el cargo si lo haba.Tambin existieron otros fueros: Para la Nobleza, el Clero y para los Militares.Antecedentes: Imperio Incaico

5Abog. Edson J. Herrera GarayDelitos se circunscriban a infracciones de orden pblico (contra el Derecho Constitucional y Administrativo).Delitos se circunscriban a infracciones de orden social (violaciones a la vida, al orden familiar y contra la propiedad).No haban abogados , ni escribanos, no se conocieron los conceptos de apelacin y de revisin, finalmente los verdugos (Equico) cumplan el mandato y reciban sus pagas en especie.Antecedentes: Imperio Incaico

6Abog. Edson J. Herrera GarayLa penas ms frecuentes fueron: Muerte, castigos corporales, castigos privativos de la libertad, castigos econmicos y castigos de honor.A las crceles se les llam Zaucay: Para grandes delincuentes y reos comunes.Crceles (Huatay Huasi) llamadas Pinas: Para delincuentes no juzgados que esperaban sentencia.Carcelera perpetua, que se ejecutaba en el Samca Huasi. Antecedentes: Imperio Incaico

7Abog. Edson J. Herrera GarayCaractersticas del procedimiento judicial en el Incario: Sencillez, acusacin de oficio, celeridad, instancia nica, pena tasada, jerarqua en la aplicacin de la pena de acuerdo con la naturaleza del delito y con la persona del delincuente.Lo Decuriones, eran funcionarios que tenan como misin atender las necesidades de los pobladores y de otro ser fiscales y acusadores de cualquier delito que los hombres a su cargo cometiesen.El funcionario que descuidaba el cumplimiento de su deber as como la no acusacin del delito de su sbdito, hacan que ste incurra en pena.Antecedentes: Imperio Incaico

8Abog. Edson J. Herrera Garay

9Abog. Edson J. Herrera GarayFormas de Estado:1.- Estado Unitario: Estado Unitario stricto sensu Estado Unitario desconcentrado Estado Unitario descentralizado2.- Estado Complejo: La Confederacin. El Estado Federal.

Antecedentes: La Repblica10Abog. Edson J. Herrera GarayFormas de Gobierno:1.- Formas Clsicas: *Monarqua *La Repblica2.- Formas Modernas:2.1.- Sistemas Polticos: Gobierno Absolutista Gobierno Liberal Gobierno Marxista-Leninista Gobierno Fascista Gobierno Social de Derecho Antecedentes: La Repblica11Abog. Edson J. Herrera Garay2.2.- Regmenes Polticos: Gobierno de Asamblea Gobierno Directorial Gobierno Parlamentario Gobierno Presidencial Gobierno Mixto o Compuesto Gobierno Autocrtico Antecedentes: La Repblica12Abog. Edson J. Herrera GarayEste modelo se abri paso con la experiencia francesa y norteamericana del siglo XVIII.Antecedentes: La RepblicaRepresentacineleccinalternanciaresponsabilidadAtributosEn el ejercicio del poder13Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin de 1823:Fue de tendencia liberal, reconoci el sistema Republicano.Design la religin Catlica como religin oficial.Estableci el sitema tripartito de poderes.Son electores los mayores de edad, los analfabetos y los poseedores de alguna renta.Antecedentes: La Repblica

14Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin de 1826:Llamada Constitucin Vitalicia, reconoce cuatro poderes.Poder Legislativo resida en tres cmaras: Tribunos (04 aos), Senadores (08 aos) y Censores (vitalicios).Poder Ejecutivo estaba integrado por un presidente vitalicio, un vice-presidente y 04 ministros de Estado.Para ser considerado ciudadano se requera: Tener nacionalidad peruana, saber leer y escribir, tener un empleo o industria o profesar una ciencia o arte.Antecedentes: La Repblica

15Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin de 1828:Fue de tendencia liberal.Podan sufragar todos los hombres libres nacidos en Per, mayores de 21 aos.Ejercicio de la soberana resida en tres poderes: Legislativo, ejecutivo y judicial.Poder Legislativo: Diputados y senadores.Antecedentes: La Repblica

16Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin de 1834:La Confederacin Per Boliviana, conformda por tres Estados: Estado Sud-peruano, Nor peruano y Bolivia.Se niega el derecho a voto de a los soldados, cabos y sargentos, se excluye a los sirvientes, domsticos y mendigos, mantienen este derecho los mendigos.Antecedentes: La Repblica

17Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin de 1839:Distingue por primera vez nacionalidad de ciudadana.Distingue dos clases de peruanos: De nacimiento y por naturalizacin.Para gozar de la ciudadana, se deba tener 25 aos o ser casado, saber leer y escribir y tener una renta.El mandato presidencial se ampli de 04 a 06 aos y no haba vice-presidencia. Antecedentes: La Repblica

18Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin de 1856:Se redujo el mandato presidencial de 06 a 04 aos.Se crea el Consejo de Ministros, eliminndose as el Consejo de Estado.El Congreso era unicamenral, poda intervenir en el nombramiento de militares.La obediencia militar estaba subordinada a la Constitucin y a las Leyes.El derecho de sufragio era para todos los peruanos que sepan leer y escribir.Antecedentes: La Repblica

19Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin de 1860:Se regres al rgimen bicameral.Se prohibi el ejercicio pblico de otras religin que no sea la Catlica, Apostlica y Romana.La reeleccin se prohibi, y se consideraron 02 vice-presidencias.Se establece el voto directo y pblico y se suprime el derecho a votar de los analfabetos.Antecedentes: La Repblica

20Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin de 1867:Establece la libertad de la enseza primeria, media y superior y as la aprobacin para fundar universidades que no atenete contra la moral y seguridad pblica.Se da el sufragio popular directo para todos os ciudadanos mayores de 21 aos, pero se mantiene la prohibicin de reeleccin inmediata.Se suprimen las vice-presidencias. En vez del Fiscal de la Nacin , se establece el cargo de Fiscal General Administrativo.Antecedentes: La Repblica

21Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin e 1920:Se mantienen suprimidas las vice-presidencias.Se eliminan los diputados y senaduras suplentes.Se prohibe percibir ms de un sueldo pagadero por el Estado.La garanta sociales aparecen y se consolidan, como: Salario mnimo, la funcin social de la propiedad, la conciliacin y el arbitraje obligatorio entre los conflictos entre capital y trabajo.Los servicios asistenciales se consolidan como el fomento de la maternidad, la proteccin del nio y la defensa de la raza indgena.Se crean Congresos Regionales para fomentar la descentralizacin.Reconocimiento que la contribucin sobre la renta ser progresiva.Se declara al profesorado como una carrera pblica.La ratificacin de parte del senado de los embajadores y ministros plenipotenciarios. Antecedentes: La Repblica

22Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin de 1933:Los ministros pueden ser diputados y senadores, pueden concurrir a los debates de las cmaras y ser interpelados o censurados.Se consolida el sufragio popular directo.Se mantiene el sistema de renovacin total del parlamento.No se reconoce el voto de los menores de 20 aos, el de los miembros de las fuerzas armadas y el de las mujeres en elecciones generales. Se ampla el voto a los religiosos.Se mantienen la libertad de prensa, creencia y conciencia.Se ampli a seis aos el mandato presidencial.Antecedentes: La Repblica

23Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin de 1979:Se da un nuevo articulado fundamental de los derechos sociales, econmicos, culturales, eductivos, polticos y de trabajo.Se proclama la soberana y jurisdiccin de las 200 millas martimas.La aceptacin de la doble nacionalidad, siempre en base al principio de reciprocidad.Se prohibe que cualquier peruano sea privado de su nacionalidad.La intervencin de la juventud en la vida poltica, ratificndose el voto a los mayores de 18 aos.Se eliminan las diferencias entre hijos legtimos e ilegtimos.Se da la igualdad de oportunidad para la mujer en todos los campos.Se estipulan 02 vice- presidencias.No se permite la reeleccin inmediata.Consagra la jornada de 08 horas y la estabilidad laboral, la prteccin en el trabajo de los menores, de las mujeres y de los trabajadores nocturnos, la irrenunciabilidad de los derechos laborales y el acceso de estos y sus familiares a la seguridad social.El derecho de los padres a intervenir e la eduacacin de los hijos.La constitucionalizacin de los partidos polticos.La irretroactividad de la Ley salvo para las cuestiones laborales, tributarias y procedimiento penal. Antecedentes: La Repblica

24Abog. Edson J. Herrera GarayConstitucin de 1993:Aparece el Referendum como consulta popular.El voto es obligatorio desde los 18 hasta los 60 aos, luego pasa a ser facultativo.El Congreso es unicameral, 120 congresistas, se elimina la participacin de los ex-gobernantes en el congreso.La Leyes slo son retroactivas en materia penal, ya no en lo laboral y tribitario.Se ampla a que pueden ser ministroa adems los miembros de las Fuerzas Armadas y Polica Nacional en actividad.Se ampla la pena de muerte (caso de terrorismo).Se crea la Defensora del Pueblo.Se permite la reeleccin inmediata.El sistema electoral se divide en tres: JNE, ONPE y RENIEC.En lo referente a la libertad de creacion se especifica la propiedad de las creaciones y su producto.

Antecedentes: La Repblica

25Abog. Edson J. Herrera Garay

26Abog. Edson J. Herrera GarayDesde la antigedad se haba intuido que la separacin de poderes era una garanta contra la arbitrariedad. Aristteles sostuvo que en todo Gobierno deba existir una asamblea deliberante para los asuntos de inters pblico, un cuerpo de funcionarios y un cuerpo de jueces. En la Edad Moderna, los sostenedores del Derecho Natural, especialmente Grocio, enunciaron indirectamente la teora de la separacin de poderes, pero es con Locke que se percibe la utilidad de esta doctrina y se la enuncia claramente. En la obra "Ensayo sobre el Gobierno Civil", demuestra la utilidad de la separacin de poderes como garanta de libertad. Distingue slo dos rganos del Estado: Legislativo y Ejecutivo. El Legislativo es el poder supremo, delegado por la comunidad poltica; el gobierno debe realizarse por medio de leyes fijas y con jueces conocidos. Para hacer viable la ejecucin de las leyes, es menester el Poder Ejecutivo, que se caracteriza por ser ininterrumpido y contar con fuerza permanente. Locke trata tambin de un tercer poder, el Federativo, al que atribuye las relaciones internacionales y la seguridad externa, pero advierte que dicho poder ha de ser ejercido por las mismas personas que el Ejecutivo, por lo que en realidad viene a ser una funcin de ste.Principio de Separacin de Poderes

27Abog. Edson J. Herrera GarayMontesquieu afirma que la libertad slo es posible en un Estado cuya Constitucin establezca medios para impedir los excesos del poder, pues todo hombre investido de autoridad abusa de ella. Para que no se abuse del poder, es necesario que, por la disposicin de las cosas, "el poder detenga al poder".

Principio de Separacin de Poderes28Abog. Edson J. Herrera GarayMontesquieu: La razn aconseja no confiar a los encargados del poder la totalidad de las facultades, sino distribuidas entre los diversos rganos, de modo que, celoso cada cual de su propia competencia, impida toda extralimitacin de los otros. No siendo suficiente como lmite del poder la consideracin abstracta del bien comn, la separacin de rganos no constituye una desconfianza respecto del Estado sino una precaucin adoptada contra la tendencia a la arbitrariedad que tiene toda persona que ejerce autoridad.Principio de Separacin de Poderes29Abog. Edson J. Herrera GarayEl uso inicial del concepto de "libertades pblicas", lo encontramos en Francia. La primera vez en que aparece el trmino "Liberts Publiqus" en un texto es en el artculo 25 de la Constitucin del II Imperio de 1852, en donde se hace al Senado el guardin de la Constitucin y de las libertades pblicas. Libertades Pblicas

30Abog. Edson J. Herrera GarayLas libertades pblicas son un elemento esencial para un sistema poltico. El nmero y el contenido de las libertades pblicas definen un rgimen, cmo se organizan y cmo se protegen. Sin proteccin no hay eficacia. Las libertades pblicas deben ser protegidas ante el aplicador del derecho y el legislador. Hay cuatro contenidos que permiten proteger las libertades pblicas:1. Principio de legalidad2. La reserva jurdica 3. La rigidez constitucional 4. Respeto al contenido esencial de los derechos

Libertades Pblicas31Abog. Edson J. Herrera GarayColliard, haciendo hincapi en la falta de precisin de que adolece el trmino, propone una definicin que podra girar en torno a tres factores:Las relaciones entre el individuo y el poder poltico.El carcter colectivo de estas libertades.Su carcter negativo frente a las prestaciones positivas.

Libertades Pblicas32Abog. Edson J. Herrera GarayCaractersticas:

a)Las libertades pblicas son derechos cuyo reconocimiento no resulta grato al poder.b)Las libertades pblicas, categora intermedia entre los derechos individuales y los polticos.c)Las libertades pblicas son las que mayor carga de politizacin contienen.d)Las libertades pblicas como derechos limitados.Libertades Pblicas33Abog. Edson J. Herrera GarayGeneralmente se han considerado como libertades pblicas, las siguientes:

1. Libertad religiosa o ideolgica2. Libertad de enseanza3. Libertad de ctedra4. Libertad de reunin5. Libertad de asociacin (destacan la asociacin poltica y la sindical)6. Libertad personal, residencia o ambulatoria movilizacin.7. Libertad de expresin8. Derecho de peticin

Libertades Pblicas34Abog. Edson J. Herrera GarayGobernabilidad: Eficacia, confianza, legitimidad, estabilidad.Gobernabilidad Democrtica

35Abog. Edson J. Herrera GarayDemocracia:Partidos Polticos, voto sufragio, opinin, ciudadana, DD.HH. Medios de comunicacin, igualdad poltica, conflicto, protesta. Movilizacin:consenso, nuevos Mov. Sociales, informacin comunicacin, dilogo, polticas de concertacin, negociacin; cultura e identidad.Lucha contra la pobreza: Presupuesto participativo, mesas de concertacin, polticas sociales; instituciones, desarrollo humano, crecimiento econmico, estado de derecho, sociedad civil.Gobernabilidad Democrtica36Abog. Edson J. Herrera GarayGobernabilidad: Aos 70Gobernanza: Aos 80

Gobernabilidad DemocrticaMedios de comunicacinArmas de destruccin masivaFinancieroRecursos naturalesCientfico tecnolgicoBusca monopolizar37Abog. Edson J. Herrera Garay