expediente judicial electrÓnico (eje) cumple su primer

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1 Corte Superior de Justicia de La Libertad Eliseo Giammpol Taboada Pilco CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL SALAS SUPERIORES Presidente Eliseo Giammpol Taboada Pilco Integrantes Dra. Rosa Elena Perales Rodríguez Dr. Oscar Eliot Alarcón Montoya Dr. Julio Alberto Neyra Barrantes Dr. Víctor Daniel Coronel Salaverry 1° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dr. Carlos Natividad Cruz Lezcano Dr. Félix Enrique Ramírez Sánchez Dr. Marco Antonio Celis Vásquez 5° SALA ESPECIALIZADA LABORAL Dr. Carlos Augusto Falla Salas Dra. María Isabel Angulo Villajulca Dr. Carlos Olmedo Veneros Gutiérrez 3° SALA PENAL DE APELACIONES Dra. Sara Angélica Pajares Bazán Dr. Carlos Eduardo Merino Salazar Dr. Manuel Federico Loyola Florián 3° SALA ESPECIALIZADA LABORAL 2° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dra. Hilda Rosa Chávez García Dra. Lilly del Rosario Llap Unchón de Lora Dr. Olegario David Florián Vigo 1° SALA PENAL DE APELACIONES Dr. Walter Ricardo Cotrina Miñano Dra. Ofelia Namoc de Aguilar Dr. Manuel Rodolfo Sosaya López 1° SALA ESPECIALIZADA LABORAL Dra. Diana Lily Rodríguez Chávez Dr. Víctor Antonio Castillo León Dra. Lola Emérida Peralta García 4° SALA ESPECIALIZADA LABORAL Dr. José Ricardo Cabrejo Villegas Dra. Liliana Janet Rodríguez Villanueva de Sosa Dr. Justo Vera Paredes 3° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dr. Augusto Ruidías Farfán Dr. Rolando Augusto Acosta Sánchez Dr. Carlos Alberto Anticona Luján 2° SALA PENAL DE APELACIONES Dr. Oscar Eliot Alarcón Montoya Dra. Cecilia Milagros León Velásquez Dr. Jorge Humberto Colmenares Cavero 2° SALA ESPECIALIZADA LABORAL Dr. Javier Arturo Reyes Guerra Dr. Juan Virgilio Chunga Bernal Dr. Luis Manuel Sánchez Ferrer Chávez SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE SÁNCHEZ CARRIÓN - HUAMACHUCO SALA DE APELACIONES TRANSITORIA ESPECIALIZADA EN EXTINCIÓN DE DOMINIO Dr. Víctor Alberto Martín Burgos Mariños Dr. Juan Iván Vojvodich Tocon Dr. Carlos David Carranza Rodríguez Dra. Wilda Mercedes Cárdenas Falcón Dr. Juan Rodolfo Segundo Zamora Barboza Dr. Manuel Estuardo Luján Túpez Dra. Mery Elizabeth Robles Briceño Dra. Sabina Olinda Salazar Díaz Dra. Loidith Victoria Ramírez Pezo EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO (EJE) CUMPLE SU PRIMER ANIVERSARIO DE IMPLANTACIÓN EN LA ESPECIALIDAD LABORAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD Al cumplirse el primer año de la puesta en funcionamiento del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la especialidad laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) de la corte de La Libertad, su presidente, Dr. Eliseo Giammpol Taboada Pilco saluda y felicita al Dr. Hector Lama More, Presidente del EJE y a la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) por el avance logrado con esta herramienta, que tiene el objetivo de fortalecer el uso de la tecnología en los procesos judiciales y continuar con la mejora de la administración de justicia. El 29 de octubre del 2020, se inició el proceso de implantación del EJE en la Corte Superior de Justicia de La Libertad (CSJLL), con doce órganos jurisdiccionales: dos salas superiores, siete juzgados especializados y tres juzgados de paz letrado laborales. Hasta la fecha, un 44 % de escritos fueron ingresados a los Expedientes Judiciales Electrónicos y más del 90% de demandas haciendo uso de la Mesa de Partes Electrónica (MPE). Asimismo, se redujo el tiempo de descarga de proveídos en un 56%. Esta implantación responde a la necesidad de innovar y mejorar la gestión judicial, facilitar el acceso a la información, además de dar seguimiento a los procesos de forma segura, con la reducción de costos administrativos, ahorro de tiempo y recursos para el justiciable, favoreciendo a la transparencia y reduciendo el impacto negativo en la ecología por el uso del material impreso. El Expediente Judicial Electrónico (EJE) es una de las principales herramientas que utiliza la actual gestión para seguir brindando una justicia pronta, cumplida y amable. Precio por palabra: S/0.18 N° 43290 / Martes, 2 de noviembre de 2021

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Page 1: EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO (EJE) CUMPLE SU PRIMER

1Corte Superior de Justicia de La Libertad

Eliseo Giammpol Taboada PilcoCONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL

SALAS SUPERIORES

PresidenteEliseo Giammpol Taboada Pilco

IntegrantesDra. Rosa Elena Perales RodríguezDr. Oscar Eliot Alarcón MontoyaDr. Julio Alberto Neyra Barrantes

Dr. Víctor Daniel Coronel Salaverry

1° SALA ESPECIALIZADA CIVILDr. Carlos Natividad Cruz LezcanoDr. Félix Enrique Ramírez SánchezDr. Marco Antonio Celis Vásquez

5° SALA ESPECIALIZADA LABORALDr. Carlos Augusto Falla Salas

Dra. María Isabel Angulo VillajulcaDr. Carlos Olmedo Veneros Gutiérrez

3° SALA PENAL DE APELACIONESDra. Sara Angélica Pajares Bazán

Dr. Carlos Eduardo Merino SalazarDr. Manuel Federico Loyola Florián

3° SALA ESPECIALIZADA LABORAL

2° SALA ESPECIALIZADA CIVILDra. Hilda Rosa Chávez García

Dra. Lilly del Rosario Llap Unchón de LoraDr. Olegario David Florián Vigo

1° SALA PENAL DE APELACIONESDr. Walter Ricardo Cotrina Miñano

Dra. Ofelia Namoc de AguilarDr. Manuel Rodolfo Sosaya López

1° SALA ESPECIALIZADA LABORALDra. Diana Lily Rodríguez ChávezDr. Víctor Antonio Castillo LeónDra. Lola Emérida Peralta García

4° SALA ESPECIALIZADA LABORALDr. José Ricardo Cabrejo Villegas

Dra. Liliana Janet Rodríguez Villanueva de SosaDr. Justo Vera Paredes

3° SALA ESPECIALIZADA CIVILDr. Augusto Ruidías Farfán

Dr. Rolando Augusto Acosta SánchezDr. Carlos Alberto Anticona Luján

2° SALA PENAL DE APELACIONESDr. Oscar Eliot Alarcón Montoya

Dra. Cecilia Milagros León VelásquezDr. Jorge Humberto Colmenares Cavero

2° SALA ESPECIALIZADA LABORALDr. Javier Arturo Reyes GuerraDr. Juan Virgilio Chunga Bernal

Dr. Luis Manuel Sánchez Ferrer Chávez

SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE SÁNCHEZ CARRIÓN - HUAMACHUCO

SALA DE APELACIONES TRANSITORIA ESPECIALIZADA

EN EXTINCIÓN DE DOMINIO

Dr. Víctor Alberto Martín Burgos MariñosDr. Juan Iván Vojvodich Tocon

Dr. Carlos David Carranza Rodríguez

Dra. Wilda Mercedes Cárdenas FalcónDr. Juan Rodolfo Segundo Zamora Barboza

Dr. Manuel Estuardo Luján Túpez

Dra. Mery Elizabeth Robles BriceñoDra. Sabina Olinda Salazar Díaz

Dra. Loidith Victoria Ramírez Pezo

EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO (EJE) CUMPLE SU PRIMER ANIVERSARIO DE IMPLANTACIÓN EN LA ESPECIALIDAD LABORAL

DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD

Al cumplirse el primer año de la puesta en funcionamiento del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la especialidad laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) de la corte de La Libertad, su presidente, Dr. Eliseo Giammpol Taboada Pilco saluda y felicita al Dr. Hector Lama More, Presidente del EJE y a la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) por el avance logrado con esta herramienta, que tiene el objetivo de fortalecer el uso de la tecnología en los procesos judiciales y continuar con la mejora de la administración de justicia.

El 29 de octubre del 2020, se inició el proceso de implantación del EJE en la Corte Superior de Justicia de La Libertad (CSJLL), con doce órganos jurisdiccionales: dos salas superiores, siete juzgados especializados y tres juzgados de paz letrado laborales. Hasta la fecha, un 44 % de escritos fueron ingresados a los Expedientes Judiciales Electrónicos y más del 90% de demandas haciendo uso de la Mesa de Partes Electrónica (MPE). Asimismo, se redujo el tiempo de descarga de proveídos en

un 56%.

Esta implantación responde a la necesidad de innovar y mejorar la gestión judicial, facilitar el acceso a la información, además de dar seguimiento a los procesos de forma segura, con la reducción de costos administrativos, ahorro de tiempo y recursos para el

justiciable, favoreciendo a la transparencia y reduciendo el impacto negativo en la ecología por el uso del material impreso.

El Expediente Judicial Electrónico (EJE) es una de las principales herramientas que utiliza la actual gestión para seguir brindando una justicia pronta, cumplida y amable.

Precio por palabra: S/0.18N° 43290 / Martes, 2 de noviembre de 2021

Page 2: EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO (EJE) CUMPLE SU PRIMER

2 Corte Superior de Justicia de La Libertad Martes, 2 de noviembre de 2021 Precio por palabra: S/0.18

deberán apersonarse con su Documento Nacional de Identidad si son nacionales y carne de extranjería en caso de ser extranjeros, en caso el postor sea una persona jurídica deberá presentar su RUC, el poder de representación y el Documento Nacional de Identidad de su representante, todas estas documentales deberán ser remitidos en archivo PDF al correo del martillero público [email protected] .Los postores interesados deberán inscribirse en el REDIJU de la Corte Superior de Justicia de La Libertad antes del remate judicial, debiendo remitir en archivo PDF los documentos señalados en el párrafo anterior a los correos: [email protected] y [email protected] .HONORARIOS DEL MARTILLERO: Los honorarios del martillero Público serán pagados por el adjudicatario una vez culminada la diligencia de remate, los mismos que están regulados por el D.S Nº 008-2005-JUS, de conformidad con el artículo 732º del Código Procesal Civil y están afectos al IGV.

BRIGTHE ALARCON GONZALEZMARTILLERO PUBLICO

REG. N° 269

CINTHYA MILAGROS HIDALGO CIÑASECRETARIO JUDICIAL

MÓDULO CIVIL CORPORATIVOSUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

CSJLL

FP/ 28,29 octubre 02 novS/. 372.00Comprobante de pago/ 0F012-0008759

SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICOExp. 01903-2018-0-1601-JR-CI-02

(REMATE EN MODALIDAD VIRTUAL)En el proceso seguido por el sucesor procesal CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO SA - CAJA TRUJILLO contra JOSE FRANCISCO MARTIN CASUSOL MORALES, TANIA ANTICONA GARCIA sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, ante el 2° JUZGADO CIVIL DE TRUJILLO, a cargo de la Jueza Dra. GUISSELLA DEL CARMEN SORIANO RAMIREZ Especialista Legal Dra. CINTHYA MILAGROS HIDALGO CIÑA, se ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Alto Trujillo, Barrio 2, Sector T3, Mz. W, Lt. 5, distrito de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, inscrito en la Partida P14103203 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° V – Sede Trujillo, Oficina Registral de Trujillo. VALOR DE TASACIÓN: US$. 26,944.20 (veintiséis mil novecientos cuarenta y cuatro con 20/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$. 15,268.38 (quince mil doscientos sesenta y ocho con 38/100 dólares americanos) que constituyen las 2/3 partes del valor de la tasación menos el 15%.GRAVÁMENES: As.00010 HIPOTECA a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Trujillo hasta por la suma de S/ 45,000.00 Escritura pública N° 4212 22/07/2016 Notario Público Blanca Cecilia Oliver Rengifo De Kobasigawa.

Jr. Independencia N° 179 Lote A-1, Int. 101 - TrujilloTeléfono: 044-294438

SEGUNDO REMATE JUDICIAL VIRTUAL(EXPEDIENTE: 01863-2019-0-1601-JR-CI-02)

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A., contra KONCRET INVERSIONES E.I.R.L. y FREDDY NELSON RODRIGUEZ ANGULO sobre EJECUCION DE GARANTIAS, en el Expediente Nº 01863-2019-0-1601-JR-CI-02, por mandato del Segundo Juzgado Civil de Trujillo que despacha la Dra. Gissella del Carmen Soriano Ramirez, interviniendo como especialista legal la Dra. Cinthya Milagros Hidalgo Ciña, ha dispuesto sacar a remate Público en SEGUNDA CONVOCATORIA, El inmueble ubicado en Unidad 02, Mz. I, Lote 12, Cuarta Etapa de la Urbanización Las Quintanas, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; cuya área, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Electrónica Nº 11207902 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Trujillo - Zona Registral V - Sede Trujillo.TASACION COMERCIAL: US$ 42,940.00 (CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA CON 00/100 DOLARES AMERICANOS)PRECIO BASE DEL REMATE: US$ 24,332.67 (VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 67/100 DOLARES AMERICANOS) monto que resulta ser el equivalente al precio base del primer remate menos el 15% (quince por ciento).CARGAS Y GRAVÁMENES: 1.-HIPOTECA: A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A., hasta por la suma de S/ 121,989.00 Soles, conforme a la escritura pública N° 416 de fecha 23.03.2018, otorgada ante notario público de Trujillo Miguel Angel Pajares Alva e inscrita en el asiento D00001 de la Partida Electrónica Nº 11207902 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Trujillo - Zona Registral V - Sede Trujillo.2.-EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Hasta por la suma de S/ 44,000.00 Soles a favor de BANCO PICHINCHA EX BANCO FINANCIERO, ordenado por el Cuarto Juzgado de Paz Letrado Civil de Trujillo, inscrito en el asiento D00002 de la Partida Electrónica Nº 11207902 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Trujillo - Zona Registral V - Sede Trujillo.FECHA Y HORA DE REMATE: 09 de Noviembre del 2021 a horas 09:00 a.m..LUGAR DE REMATE: Sala de Remates Virtual de la CSJLL, el remate será llevado a cabo de manera virtual mediante el aplicativo Google Meet, siendo el enlace de conexión: meet.google.com/cqn-syxv-tbk, debiendo los postores conectarse al enlace antes del inicio de la hora indicada para el acto de remate, de preferencia con 10 minutos de anticipación.LOS POSTORES: Serán admitidos como postores quienes antes del remate presenten certificado judicial electrónico por una cantidad no menor al diez por ciento (10 %) del valor de la tasación comercial, es decir no menor a US$ 4,294.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS); asimismo presentarán la tasa judicial correspondiente por participación en remate de bien inmueble el mismo que se paga de acuerdo al valor comercial del inmueble materia de remate, debiendo consignar el Número de expediente, Juzgado e identificación del participante. Los postores

DÍA Y HORA LUGAR DEL REMATE: El 11 de noviembre del 2021 a las 09:00 horas de forma Virtual debido a la coyuntura y a lo decretado por el gobierno debido a la emergencia sanitaria en el link https://meet.google.com/iie-cxtg-hbh LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de las tasación consignando el mismo mediante certificado de depósito en el banco de la Nación a nombre del juzgado que ordena el remate (01903-2018-0-1601-JR-CI-02); deberá adjuntar Tasa Judicial por derecho a participar en el remate judicial, consignando número de expediente y generales de ley, presentar DNI y tratándose de personas jurídicas deberán además exhibir la Vigencia de Poderes correspondiente, también informar en este el correo electrónico “Gmail” y su usuario (estas constancias y documentos deberán enviarse mediante correo electrónico en formato PDF con termino máximo de una hora antes del remate al correo del martillero público [email protected] quien verificará los mismos y autorizará su participación en el mismo (por Resolución administrativa N° 544-2020-P-CSJLL-PJ están obligados a inscribirse ante el REDIJU-CSJLL a los correos [email protected] y [email protected] adjuntando los mismos documentos) Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV de acuerdo a Ley y serán cancelados al finalizar el acto de remate, según lo prescrito en las Ley 28371 y 27728 y Artículo 18 del Reglamento aprobado por D.S. Nº 008-2005-JUS.- Gladys Castro Pérez Vargas de Navarrete, Martillero Público con Reg. 260.

GLADYS CASTRO PÉREZ VARGAS DE NAVARRETEMARTILLERO PÚBLICO REG. Nº 260

CINTHYA MILAGROS HIDALGO CIÑASECRETARIO JUDICIAL

MÓDULO CIVIL CORPORATIVOSUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

CSJLL FP/ 28,29 octubre 02 novS/. 339.00Comprobante de pago/ 0F012-0008760

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICOEn los seguidos por el SERVICIOS COBRANZAS E INVERSIONES SAC SCI, SUCESOR PROCESAL DE SCOTIABANK PERU SAA, con ALFA CONSTRUCTORES SAC, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente Nº 00383-2013-0-1601-JR-CI-02, el 2º Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad a cargo del Señor Juez GUISSELLA DEL CARMEN SORIANO RAMIREZ, Especialista Legal CINTHYA MILAGROS HIDALGO CIÑA, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la Carretera Panamericana Sur, Distrito de Moche, Provincia de Trujillo, el mismo que consta inscrito en la Partida Nº 11007071 del Registro de Propiedad Inmueble de Trujillo, registrándose la hipoteca en el asiento D00002 de dicha partida; TASACION en la suma de US$. 1’424 166.00 (UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO SESENTA Y SÉIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), siendo la BASE del remate las dos terceras partes del valor de tasación del inmueble, esto es, la suma de US$.

949,444.00 (NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS).CARGAS Y GRAVAMENES:1. HIPOTECA: inscrita en el asiento D00002 de la Partida Electrónica 11007071 del registro de Predios de la Oficina Registral Trujillo, a favor del SCOTIABANK PERU S.A.A hasta por la suma de US$.548,856.00, en garantía de una línea de crédito otorgada a su favor por US$.381,000.00; así consta de la Escritura Pública N° 1000 de fecha 31/03/2010 extendida ante Notario Público Doris Isabel Paredes Haro.2. MEDIDA CAUTELAR DE INHIBICIÓN DE BIENES: inscrita en el asiento D00003 de la Partida Electrónica 11007071 del registro de Predios de la Oficina Registral Trujillo. Por Resolución N° 02 de fecha 28.10.2011, expedida por el Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Libertad Dr. Raúl Ipanaque Anastacio, y Resolución N° 07 de fecha 18.01.2012, expedida por el Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de La Libertad Dra. María Cecilia Rojas Guanilo, se ha resuelto: DECLARAR FUNDADO el requerimiento Fiscal hecho por el Sr. Fiscal Dr. Felipe Elias Silva, solicitando dictar la ORDEN DE INHIBICIÓN SOBRE EL PREDIO INSCRITO EN LA PRESENTE PARTIDA ELECTRÓNICA, dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO (carpeta fiscal 22.2010) contra MARCO ANTONIO BENAVIDES BARGALLO, VICTORIA ELENA MORENO GODOY, MATILDE EMILIA BARGALLO VDA DE BENAVIDES, MATCONSA EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL MARCO ANTONIO BENAVIDES BARGALLO, MATCONSA EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL MATILDE BARGALLO DE BENAVIDES, BRUNO BRACAMONTE MORENO, ALFA CONSTRUCTORES S.A.C. EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL BRUNO BRACAMONTE MORENO Y YANSI MARGARITA VIDAL VILLARUEL por los delitos de PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS Y FORMAS AGRAVADAS DE TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS en agravio de EL ESTADO. Exp. N* 40312010.3. MEDIDA CAUTELAR DE INCAUTACIÓN: Inscrita en el asiento D00004 de la Partida Electrónica 11007071 del registro de Predios de la Oficina Registral Trujillo. Mediante Resolución Judicial N°55 de fecha 23.07.2015 expedida por el Juez del Sexto Juzgado de Investigación preparatoria de Trujillo Dra. Irma Marina Riverte Chico, se ha ordenado la variación de la Medida Cautelar de INHIBICION inscrita en el Asiento DO0003 de la presente partida, al de la Medida Cautelar de INCAUTACION sobre el inmueble inscrito en la presente Partida Electrónica; en los seguidos por el Estado Peruano, contra MARCO ANTONIO BENAVIDES BARGALLO; BRUNO BRACAMONTE MORENO; VICTORIA ELENA MORENO GODOY; YANSI MARGARITA VIDAL VILLARUEL; ALFA CONSTRUCTORES SAC y otros, por el Delito de Lavado de Activos agravados provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas, en el Exp.N°4031-2010. 4. CESIÓN DE HIPOTECA Y RESTRICCIÓN CONTRACTUAL: Inscrita en el asiento D00005 de la Partida Electrónica 11007071 del registro de Predios de la Oficina Registral Trujillo. La hipoteca y restricción contractual inscritas en el asiento DO0002 de la presente partida se transfiere en cesión a favor del SERVICIOS COBRANZAS E INVERSIONES S.A.C., inscrita en la partida N° 11154186 del Registro de Personas Jurídicas

1. REMATE JUDICIAL

Page 3: EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO (EJE) CUMPLE SU PRIMER

3Corte Superior de Justicia de La Libertad

HONORARIOS Del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario (Art. 17 y 18 del D.S. N°008-2005-JUS-Reglamento de la Ley N°27728- Ley del Martillero Publico) y están afectos al IGV. Raúl José Fernando Zevallos Díaz. - MARTILLERO PUBLICO- Registro Nacional Nº 114 telf. 4401381 (Lima) Cel. 998104095.

RAUL ZEVALLOS DIAZMARTILLERO PUBLICO REG. 114

CINTHYA MILAGROS HIDALGO CIÑASECRETARIO JUDICIAL

MÓDULO CIVIL CORPORATIVOSUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

CSJLL

FP/ 26,27,28,29 octubre 02,03 noviembreS/. 1638.00Comprobante de pago/ 0F012-0008748

EDICTOEn el EXP 0161-2021-0-1607-JP-CI-01, RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, seguido por PONCIANO QUIROZ AGUIRRE, solicita la rectificación de su partida de nacimiento, que por error no se consignó el SEXO, lo cual pido se consigne el sexo MASCULINO, en la misma partida que fue asentada con fecha 12 de octubre de 1987, el Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Tayabamba Pataz, Dr. Juan Palacios Mantilla, ha ordenado Mediante Res. N° 01 de fecha 11 de octubre del año 2021; se emplace mediante edicto por el término de tres días hábiles y consecutivos.

JENNY MILAGRITOS MARIN VASQUEZSECRETARIA

JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PATAZCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD

FP/ 29 oct 02,03 novS/. 78.00Comprobante de pago/ 0B012-0010469

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Civil de Chepén Exp N° 0003-2021, Juez Dr. Segundo Bustamante Rojas, Especialista. Dr. Víctor Hernández Espinoza BLANCA DUANY SALDAÑA ALFARO representada por ONTERE VICTORIANO GIURA ALVA, demanda PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO en vía de proceso abreviado contra SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES, PROCURADURÍA PUBLICA A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES, MUNCIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO MENOR LIMONCARRO, PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL DEL CENTRO POBLADO MENOR LIMONCARRO, MUNCIPALIDAD DISTRITAL DE GUADALUPE, PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL DE LA MUNCIPALIDAD DISTRITAL DE GUADALUPE, ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL-COFORPRI, PROCURADURIA PUBLICA DE COFOPRI y contra COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS LIMONCARO LTDA en la persona de su representante legal; respecto del inmueble ubicado Sector La Gallera - Limóncarro del Distrito de Guadalupe, Provincia de Pacasmayo, Región La Libertad, sin UC por estar en la zona de expansión urbana, conocida como calle Las Poncianas del Centro Poblado Menor de Limóncarro, predio denominado “Villa Aurea” con un área de 0.3705 has y un perímetro de

EDICTO PENALEXP. N° 00434-2021-5

1° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE LOS OLIVOS- SEDE HUANDOYJUEZ: ANASTACIO CASSANAESP. TUPIAEn Los Olivos EN AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA siendo las 09:16 a.m. del día 20.10.2021, dirige la presente audiencia JESSICA MARISSEL ANASTACIO CASSANA, Juez del 1° Juzgado De Investigación Preparatoria Transitorio De Los Olivos - Corte Superior De Justicia De Lima Norte, mediante videoconferencia virtual a través del aplicativo hangouts meet - google, para realizar la AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA en el EXPEDIENTE N 0434-2021-5-0903-JRPE-01, RESUELVE: (…) .2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA para el día 02 y 03 DE NOVIEMBRE DEL 2021 A HRS. 09:00 A.M. dejando constancia que el trabajo de los días mencionados serán un trabajo continuo- maratónico- para que puedan agendar los sujetos procesales con la debida antelación. 3. ORDENO que NILA VIVIANA VALQUI LUNAN deberá ser notificada vía edicto electrónico ello por 3 días consecutivos a través del oficio que se remitirá en el diario el Peruano, Portal Electrónico y otro de mayor circulación en la Jurisdicción de Huánuco. 4. MIGUEL ANIBAL ROJAS MENDOZA, deberá ser notificado conforme las documentales que va adjuntar el ministerio público para agotar su debido emplazamiento. Debiendo también ser notificado vía edicto electrónico ello por 3 días consecutivos a través del oficio que se remitirá en el diario el Peruano, Portal Electrónico y otro de mayor circulación en la Jurisdicción de Trujillo. (…). REQUIERASE a los sujetos procesales referidos cumplan con señalar correo electrónico y número de celular para la conectividad de la audiencia y presentarlo mediante la plataforma SIREJUD o MPE.

JESSICA MARISSEL ANASTACIO CASSANAJUEZ

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIATRANSITORIO DEL MÓDULO PENAL DE LOS

OLIVOSCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE

FP/ 29 oct. 02, 03 nov.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 00283-2014-92-1608-JR-PE-01EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN; Juez: Dra. Sánchez Haro Silvia, Especialista: Paola Karin Rojas Cruzado. Pone de conocimiento de las agraviadas: EVELYN VIVIANA RODRÍGUEZ SAAVEDRA, DORA ALEXY CHÁVEZ UBILLUS, FLOR ENEYDA CENTURIÓN VÁSQUEZ, ROSA ELVIRA MORE REMAYCUNA, TATIANA ROXANA GARCÍA YASCARIBAY, PRIMITIVA MELANIA MARTINES VALLEJOS Y MARPIA LUISA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ; que mediante resolución N° SEIS se dispone la PROGRAMACIÓN de la audiencia pública de CONTROL DEL REQUERIMIENTO FISCAL DE ACUSACIÓN para el día 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, A HORAS 12.00 DEL MEDIO DÍA, mediante el aplicativo de Google Hangouts Meet; y deberá coordinar con varios minutos de antelación con la Asistente de Audio: Isabel Cristina Céspedes Flores al número de contacto: 969415426; asimismo, se pone de conocimiento de las agraviadas el correo de mesa de partes [email protected] para ingresar escritos.Huamachuco, 26 de octubre del 2021.

FP/ 29 oct. 02, 03 nov.

de Lima. Así consta en la Escritura N° 614 del 13/01/2017, otorgada ante el notario de Lima Alfredo Paino Scarpalti. 5. ANOTACIÓN DE DEMANDA: Inscrita en el asiento D00006 de la Partida Electrónica 11007071 del registro de Predios de la Oficina Registral Trujillo. Por resolución N° 2 de fecha 22.10.2018, suscrita por Félix Enrique Ramírez Sánchez juez del Juzgado Mixto Permanente del Módulo Básico de Justicia de La Esperanza de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, en los seguidos por Ricardo Ruy Gonzalez Rosell contra Alfa Constructores S.A.C. y otro, sobre Nulidad de Acto Jurídico; se DICTA MEDIDA CAUTELAR DE ANOTACIÓN DE DEMANDA sobre el predio inscrito en la presente partida. Exp. N°96-2017-62. Así consta del parte judicial de fecha 31.10.2018 (con certificación de los actuados por secretaria judicial Carolina Errivares Alvarado). 6. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN: Inscrita en el asiento D00007 de la Partida Electrónica 11007071 del registro de Predios de la Oficina Registral Trujillo. Hasta por la suma de S/.3,900.00 soles sobre el predio inscrito en la presente partida, propiedad del ejecutado ALFA CONSTRUCTORES SAC, ordenado por Resolución Coactiva N°3 de fecha 08/11/2018, del Expediente N°030557-2016-SUNAFIL, suscrita por el ejecutor coactivo del Banco de la Nación Antonio Cabello Mancisidor en el procedimiento coactivo seguido por el Banco de La Nación por concepto de multa impuesta al deudor por la Superintendencia de Fiscalización Laboral.7. ANOTACIÓN PREVENTIVA DE INICIO DE TRATO DIRECTO: Inscrita en el asiento D00002 de la Partida Electrónica 11007071 del registro de Predios de la Oficina Registral Trujillo. Al amparo del artículo 16.2 del D. Leg. N“ 1192, modificado por el D. Leg. N° 1330, se anota preventivamente el inicio de trato directo de la adquisición del inmueble inscrito en la presente partida registral, con un área afectada de 375.69 m2 (signado con código interno RV4-T1-MO59), para la ejecución de la obra vial: “Red Vial N°4: Tramo Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme PN1N”, para lo cual se ha establecido contar con un área de derecho de vía de 48.00 m. (24 m. a cada lado del nuevo eje de la carretera dual o multicarril) y 32.00 m. (16.00 m. a cada lado del eje de c/u de las calzadas separadas), aprobado por Resolución Ministerial N0 716-2008-MTC/02 del 22.09.2008, a favor de PROVIAS NACIONAL. La presente anotación preventiva tiene una vigencia máxima de un (01) año o hasta que el sujeto activo informe la transferencia registral del bien inmueble a su favor, lo que ocurra primero. Así consta del Oficio N° 20474-2019-MTC/20.22.4 del 03.06.2019, Oficio N° 21247-2019MTC/20.22.4 del 07.06.2019 y Oficio N“ 21248-2019-MTC/20.22.4 del 07.06.2019, ambos remitidos por Ing. Carlos Alberto Saavedra Zavaleta, Subdirector de la Subdirección de Derecho de Vía de Provías Nacional del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y del cargo de notificación al titular de este predio.DIA Y HORA DEL REMATE: Viernes 12 de noviembre del 2021 a horas 10:00 amLUGAR DEL REMATE: LUGAR DEL REMATE: EN LA SALA DE REMATES VIRTUAL de la Corte Superior de Justicia de la Libertad, ingresando 15 minutos antes al inicio de la subasta, al siguiente Link, de GOOGLE MEET: https://meet.google.com/djh-ubzu-ytpLOS POSTORES. - Oblarán (Garantía) el 10% del valor de tasación, depositando en el Banco de la Nación a través de un Certificado de Depósito Judicial por el importe de US$.142,416.60así como adquirirán en el Banco de la Nación el arancel judicial respectivo (Código 07153) indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI o RUC, estando obligados a inscribirse ante el REDIJU- CSJLL, a los correos [email protected] y [email protected] proporcionando copia de DNI o Carne de Extranjería de ser el caso, copia del arancel y del Depósito Judicial en formato PDF. Solo se permitirá la inscripción como postor a las personas que envíen la documentación requerida hasta 1 hora antes del inicio de la subasta programada. De ser el caso, el Postor que resulte Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo señalado por el Artículo 739° del Código Procesal Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artículo 741° del acotado Código.

266.32 metros lineales sin inscripción registral y que Por Resolución N° TRES, se resuelve ADMITIR a trámite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio en la vía de proceso abreviado, se tiene por ofrecidos los medios probatorios, TRASLADO de la demanda por el plazo de diez días hábiles y de Treinta Días hábiles solo para la codemandada COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS LIMONCARO LTDA quien será emplazada por edicto electrónico, bajo apercibimiento de seguir el proceso en rebeldía o nombrar curador procesal según sea el caso, PUBLÍQUESE un extracto de la demanda por tres veces con intervalo de tres días en el diario oficial “El Peruano”, diario la Republica y diario Ultimas Noticias de Pacasmayo, Chepén 04 de Junio del año 2021. Dr. Víctor Hernández Espinoza Especialista Judicial.

VÍCTOR RAMIRO HERNÁNDEZ ESPINOZASECRETARIO JUDICIAL

JUZGADO CIVIL DE CHEPÉNCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD

FP/ 21,27 oct 02 novS/. 210.00Comprobante de pago/ 0B012-0010462

PUBLICACION POR EDICTOExp. 00066-2013. Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Santiago de Chuco; en el proceso de División y Partición de Bienes, se ha expedido la Resolución Veinticuatro con la cual se resuelve Declarar la sucesión procesal de los demandados Asunción Amadeo Benites Sánchez y Gregorio Agustín Benites Sánchez, en consecuencia Notifíquese mediante edictos a la referida sucesión, a efectos que en el plazo de TREINTA DIAS se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal.

DR. JORGE E. OLIVERA ALDANASECRETARIO JUDICIAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD

FP/ 21,27 octubre y 02 noviembreS/. 64.80Comprobante de pago/ 0F012-0008733

EDICTOExp.49-2021, tramitado en el Juzgado Civil de Santiago de Chuco que despacha el Juez Katia Soledad Agreda Gaitan Secretario Fernando Esquivel Gonzales en los seguidos por ELMER BAGNER ZAVALETA CRUZ sobre PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES contra Compañía Minera Quiruvilca S.A., se ha ordenado mediante resolución Nº 01 de fecha 17-09-2021 se notifique mediante edictos a las codemandadas EJECUTORES MINEROS 86 S.A, PRAGMINSA NEGOCIOS MINEROS S.A.C; concediéndoles el plazo de veinte días a fin que se acerquen a la secretaria a recabar las copias de la demanda, anexos y resolución admisoria, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Santiago de Chuco, 22-10-2021.

FERNANDO ESQUIVEL GONZALESSECRETARIO JUDICIAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD

FP/ 29 oct 02,03 novS/. 93.00Comprobante de pago/ 0B012-0010470

Martes, 2 de noviembre de 2021 Precio por palabra: S/0.18

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA

2. EDICTOS CLASIFICADOS

4. EDICTOS PENALES

3. NOTIFICACIONES POR EDICTO

Page 4: EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO (EJE) CUMPLE SU PRIMER

4 Corte Superior de Justicia de La Libertad Martes, 2 de noviembre de 2021 Precio por palabra: S/0.18

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

concurrencia de las partes. En caso, no concurran las partes o que solo concurra una de ellas, las audiencias se reprogramarán dentro de los 10 días hábiles siguientes.

ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que los magistrados y servidores

jurisdiccionales que excepcionalmente realicen labores presenciales o remotas por el tiempo de 8 horas el día lunes 11 de octubre de 2021, se encuentran exentos de recuperas las horas programadas a partir del martes 12 de octubre de 2021 conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 161-2021-PCM. En el supuesto que las labores realizadas el día lunes 11 de octubre de 2021 sean realizadas en menos de 8 horas, se contabilizaran a su favor para la recuperación de horas que estableció el mismo Decreto Supremo.

ARTÍCULO QUINTO: DISPONER que la Oficina Desconcentrada de Control de

la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, supervise el cumplimiento de la presente disposición.

ARTÍCULO SEXTO: COMUNICAR la presente resolución por los medios más

céleres y efectivos a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de La Libertad, Dirección de la Defensoría Pública de La Libertad, Establecimientos Penitenciarios, y a quienes corresponda para conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO SÉPTIMO: COMUNICAR la presente resolución al Consejo Ejecutivo

del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo Distrital, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de La Libertad, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Servicios Judiciales, Oficina de Imagen y Comunicaciones para su difusión.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia" Trujillo, 27 de octubre de 2021 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° -2021-P-CSJLL-PJ VISTO: La Resolución Administrativa N° 000347-2021-CE-PJ, de fecha 26 de octubre de 2021, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, remitida por el Sistema de Gestión Documental a través de la Hoja de Envío N° 004998-2021-SG-CE-PJ en el Expediente N° 016912-2021-SG-CE; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: El Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante del Poder Judicial en cada Distrito Judicial y, como máxima autoridad administrativa local, es el responsable de dirigir la política institucional en la sede a su cargo, dictando las medidas pertinentes para el adecuado funcionamiento de las dependencias que la conforman, según lo establecen los incisos 1, 3, 6 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado por Resolución Administrativa N° 090-2018-CE-PJ. SEGUNDO: Ante la emisión del Decreto Supremo N° 161-2021-PCM que declaró días no laborables, para los trabajadores del sector público a nivel nacional, entre otros, el martes 02 de noviembre de 2021, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000347-2021-CE-PJ de fecha 26 de octubre de 2021, dispuso como medida excepcional, que el día martes 2 de noviembre de 2021, las labores jurisdiccionales y administrativas del Poder Judicial se realicen con normalidad; habilitándose la referida fecha para la realización de audiencias, juicios orales y otras actuaciones judiciales, programadas en dicho día, no afectando el cómputo de los plazos procesales. TERCERO: Asimismo, en la precitada Resolución Administrativa, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que los jueces, juezas y personal jurisdiccional o administrativo que opten en hacer uso del feriado no laborable, deberán presentar a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y Corte Superior de Justicia; así como a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y Gerencia General del Poder Judicial, según sea el caso, la respectiva solicitud; debiendo efectuar la recuperación de las horas dejadas de laborar, a partir del siguiente día hábil. Encargando a la Oficina de Control de la Magistratura y las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, supervisar el cumplimiento de la presente disposición.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000716-2021-P-CSJLL-PJTrujillo, 28 de Octubre del 2021

Firmado digitalmente por TABOADAPILCO Eliseo Giammpol FAU20159981216 softPresidente De La Csj De La LibertadMotivo: Soy el autor del documentoFecha: 28.10.2021 13:07:02 -05:00

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

CUARTO: Estas medidas obedecen a que la emisión del Decreto Supremo N° 161-2021-PCM ocasiona al interno del Poder Judicial diversas consecuencias procesales, como el quiebre (dejar sin efecto lo avanzado) de juicios orales de juzgamiento (materia penal) y la reprogramación de actos procesales previamente agendados, con el consiguiente perjuicio de la actividad jurisdiccional; así como a las partes procesales. Por ello, conscientes del retraso de las actividades jurisdiccionales ocasionado por la pandemia del COVID - 19, y teniendo en cuenta que en armonía con lo establecido por el artículo 122° de la mencionada Ley Orgánica, la actividad jurisdiccional comprende todo el año calendario y no puede ser interrumpida por ningún motivo, salvo las excepciones que establece la ley y los reglamentos; como Órgano de Gobierno del Poder Judicial consideró necesario dictar medidas administrativas que coadyuven al impulso de los procesos en general, garantizando así la tutela procesal efectiva de los justiciables. QUINTO: En ese sentido, corresponde a esta Presidencia de Corte adoptar las medidas complementarias para su cumplimiento, disponiendo lo pertinente de conformidad con el apartado 9 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución N° 90-2018-CE-PJ, el cual señala que es función de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia dar cumplimiento a las disposiciones emitidas por los órganos rectores gubernamentales y las disposiciones administrativas de los órganos de dirección. Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 90° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y demás disposiciones mencionadas, SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: EJECUTAR la Resolución Administrativa Nº 000347-2021-CE-PJ expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; en consecuencia, DISPONER la labor excepcional por el día martes 02 de noviembre de 2021 en la Corte Superior de Justicia de La Libertad, debiendo realizarse las labores jurisdiccionales y administrativas con normalidad; habilitándose la referida fecha para la realización de audiencias, juicios orales y otras actuaciones judiciales, programadas en dicho día, no afectando el cómputo de los plazos procesales.

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que los Jueces Superiores, Jueces

Especializados, Jueces Mixtos y Jueces de Paz Letrados que opten por hacer uso del feriado no laborable el día martes 02 de noviembre de 2021, deberán presentar su solicitud a la Presidencia Corte Superior de Justicia, hasta el día viernes 29 de Octubre de 2021 a las 13:00 horas. Debiendo efectuar la recuperación de las horas dejadas de laborar, a partir del siguiente día hábil.

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que el personal jurisdiccional y administrativo que opten en hacer uso del feriado no laborable, deberán presentar su solicitud dirigida a la Oficina de Recursos Humanos y Bienestar, a través de los Administradores y Sub Administradores de la sede respectiva, quienes se encargarán de acopiar y remitir de manera virtual como plazo máximo el día viernes 29 de Octubre de 2021 a las 09:00 horas. Debiendo efectuar la recuperación de las horas dejadas de laborar, a partir del siguiente día hábil.

ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que la Oficina Desconcentrada de Control de

la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, supervise el cumplimiento de la presente disposición.

ARTÍCULO QUINTO: COMUNICAR la presente resolución al Consejo Ejecutivo

del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo Distrital, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de La Libertad, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Servicios Judiciales, Oficina de Imagen y Comunicaciones para su difusión.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia" Trujillo, 27 de octubre de 2021 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° -2021-P-CSJLL-PJ VISTO: La Resolución Administrativa N° 000347-2021-CE-PJ, de fecha 26 de octubre de 2021, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, remitida por el Sistema de Gestión Documental a través de la Hoja de Envío N° 004998-2021-SG-CE-PJ en el Expediente N° 016912-2021-SG-CE; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: El Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante del Poder Judicial en cada Distrito Judicial y, como máxima autoridad administrativa local, es el responsable de dirigir la política institucional en la sede a su cargo, dictando las medidas pertinentes para el adecuado funcionamiento de las dependencias que la conforman, según lo establecen los incisos 1, 3, 6 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado por Resolución Administrativa N° 090-2018-CE-PJ. SEGUNDO: Ante la emisión del Decreto Supremo N° 161-2021-PCM que declaró días no laborables, para los trabajadores del sector público a nivel nacional, entre otros, el martes 02 de noviembre de 2021, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000347-2021-CE-PJ de fecha 26 de octubre de 2021, dispuso como medida excepcional, que el día martes 2 de noviembre de 2021, las labores jurisdiccionales y administrativas del Poder Judicial se realicen con normalidad; habilitándose la referida fecha para la realización de audiencias, juicios orales y otras actuaciones judiciales, programadas en dicho día, no afectando el cómputo de los plazos procesales. TERCERO: Asimismo, en la precitada Resolución Administrativa, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que los jueces, juezas y personal jurisdiccional o administrativo que opten en hacer uso del feriado no laborable, deberán presentar a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y Corte Superior de Justicia; así como a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y Gerencia General del Poder Judicial, según sea el caso, la respectiva solicitud; debiendo efectuar la recuperación de las horas dejadas de laborar, a partir del siguiente día hábil. Encargando a la Oficina de Control de la Magistratura y las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, supervisar el cumplimiento de la presente disposición.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000716-2021-P-CSJLL-PJTrujillo, 28 de Octubre del 2021

Firmado digitalmente por TABOADAPILCO Eliseo Giammpol FAU20159981216 softPresidente De La Csj De La LibertadMotivo: Soy el autor del documentoFecha: 28.10.2021 13:07:02 -05:00

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

CUARTO: Estas medidas obedecen a que la emisión del Decreto Supremo N° 161-2021-PCM ocasiona al interno del Poder Judicial diversas consecuencias procesales, como el quiebre (dejar sin efecto lo avanzado) de juicios orales de juzgamiento (materia penal) y la reprogramación de actos procesales previamente agendados, con el consiguiente perjuicio de la actividad jurisdiccional; así como a las partes procesales. Por ello, conscientes del retraso de las actividades jurisdiccionales ocasionado por la pandemia del COVID - 19, y teniendo en cuenta que en armonía con lo establecido por el artículo 122° de la mencionada Ley Orgánica, la actividad jurisdiccional comprende todo el año calendario y no puede ser interrumpida por ningún motivo, salvo las excepciones que establece la ley y los reglamentos; como Órgano de Gobierno del Poder Judicial consideró necesario dictar medidas administrativas que coadyuven al impulso de los procesos en general, garantizando así la tutela procesal efectiva de los justiciables. QUINTO: En ese sentido, corresponde a esta Presidencia de Corte adoptar las medidas complementarias para su cumplimiento, disponiendo lo pertinente de conformidad con el apartado 9 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución N° 90-2018-CE-PJ, el cual señala que es función de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia dar cumplimiento a las disposiciones emitidas por los órganos rectores gubernamentales y las disposiciones administrativas de los órganos de dirección. Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 90° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y demás disposiciones mencionadas, SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: EJECUTAR la Resolución Administrativa Nº 000347-2021-CE-PJ expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; en consecuencia, DISPONER la labor excepcional por el día martes 02 de noviembre de 2021 en la Corte Superior de Justicia de La Libertad, debiendo realizarse las labores jurisdiccionales y administrativas con normalidad; habilitándose la referida fecha para la realización de audiencias, juicios orales y otras actuaciones judiciales, programadas en dicho día, no afectando el cómputo de los plazos procesales.

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que los Jueces Superiores, Jueces

Especializados, Jueces Mixtos y Jueces de Paz Letrados que opten por hacer uso del feriado no laborable el día martes 02 de noviembre de 2021, deberán presentar su solicitud a la Presidencia Corte Superior de Justicia, hasta el día viernes 29 de Octubre de 2021 a las 13:00 horas. Debiendo efectuar la recuperación de las horas dejadas de laborar, a partir del siguiente día hábil.