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DECLARACION TESTIMONIAL DEL HECTOR SOTIL PONCE DE LEON, IDENTIFICADO CON DNI NRO

Lima, 17 de Abril del 2008.

Ofc.No. -1er. JIP-IIZJPNP.MEA.

Seor

: COMANDANTE PNP.

JUEZ INSTRUCTOR PERMANENTE DE TURNO DE LA III- ZJPNP. AREQUIPA.

Asunto

: SOLICITO DILIGENCIAMIENTO DE EXHORTO.

Ref.

: EXP.No.42003-2006-0082.

Es honroso dirigirme a Ud., con la finalidad de REMITIR, adjunto al presente, los Exhorto No. 105-1JIP. a fin de que se sirva disponer su diligenciamiento, recepcionando la declaracin Testimonial del Cmdte.PNP. Jos Miguel BRIONES SILVA; necesario para ser merituada en la causa de la referencia, seguida contra el Cap.PNP. Juan SALAZAR MORI Y Otro, por el delito de Desobediencia, fecho al cual sea devuelto debidamente diligenciado a este 1JIP-IIZJPNP. sito en el Jr. Puno No.274, Lima, con el carcter MUY URGENTE..

Agradecer disponga el acuse de recibo con la diligencia solicitada, para los efectos de Ley, bajo compromiso de reciprocidad en casos anlogos. Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimiento de mi especial consideracin y alta estima.

Dios guarde a Ud.

VDSM/Mjea.

Lima, 28 de Setiembre del 2007.

Ofc.No. -119-06-1er. JIP-IIZJPNP.MEA.

Seor

: COMANDANTE PNP.

JUEZ INSTRUCTOR SUSTITTUTO PNP.-HUARAZ.

Asunto

: SOLICITO DEVOLUCION DE EXHORTO.

Ref.

: Ofc.No.2270-1er.JIP-IIZJPNP., del 06-AGO-07.

Es honroso dirigirme a Ud., con la finalidad de solicitar la DEVOLUCION, Del Exhorto No. 119-A-07 y 119-B, con las declaraciones Testimoniales de los civiles Pedro Domingo HUACANCA MISHTI y Mario CASIMIRO ARANIBAR, a este 1JIP-IIZJPNP. sito en el Jr. Puno No.274, Lima, con el carcter MUY URGENTE, necesario para mejor resolver en la Causa No.42001-2006-0096, seguida contra el SOS.PNP. Domingo N. MENDOZA MONTES, por el delito de Desobediencia.

Agradecer disponga el acuse de recibo con la diligencia solicitada, para los efectos de Ley, bajo compromiso de reciprocidad en casos anlogos. Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimiento de mi especial consideracin y alta estima.

Dios guarde a Ud.

VDSM/Mjea.

EXHORTO No. 41 - 2007- 1JIP-IIZJPNP.

A NOMBRE DE LA NACION.

PARA

: Cmdte. PNP. Juez del JIS-IIZJPNP.CHIMBOTE.

DEL

: Cmdte.CJ.PNP. Juez del 1JIP-IIZJPNP.

HACE SABER: Que en la causa No.42012-2004-0033, seguida contra el Cmdte.PNP. Eduardo CABALLERO ABREGU y SOT2.PNP. Valerio VILLAR HORNA, por la comisin del delito de Desobediencia; el Juzgado de conformidad a lo prescrito en el Art.395 del Cdigo de Justicia Militar de mil novecientos ochenta, ha resuelto comisionarlo a fin de que tenga a bien recepcionar la declaracin Testimonial del SOT2.PNP. Julian ACOSTA MARIN, Urb. Nicolas de Garatea Mz. 17, Lte.17, Nuevo Chimbote, conforme al siguiente pliego interrogatorio:

1.- Para que diga; sus generales de ley; dijo:---------------------------------------------------

2.- Para que diga; si conoce a los inculpados Cmdte.PNP. Eduardo CABALLERO ABREGU, asi como al SOT1.PNP. Valerio VILLAR HORNA de ser asi, desde cuando en que circunstancias y si tiene algn grado de amistad enemistad o parentesco con el referido; DIJO:------------------------------------------------------------------

3.- Para que diga: Unicar, cargo o funcin que desempeo el da treintiuno de Diciembre del dos mil cinco y priemro de Enero del dos mil seis; Dijo:-----------------

4.- Para que diga; si es verdad que usted practico el examen de dosaje etilico a la persona de Edwin Paul MILLA DIAZ, el da primero de Enero del dos mil seis a horas cero una; DIJO:.--------------------------------------------------------------------------------

5.- Para que diga; cual fue el resultado de la prueba cualitativa del referido examen y si de dicho resultado tuvo conocimiento el infractor MILLA DIAZ y su custodio SOT2.PNP. VILLAR HORNA; DIJO:------------------------------------------------

6.- Para que diga; si procedio en forma reglamentaria respecto a la informacin del resultado cualitativo del examen realizado y en que documento fue plasmado adems si entrego dicho resultado al custodio SOT2.PNP. VILLAR HORNA; DIJO:------------------------------------------------------------------------------------------------------

7.- Para que diga: si tiene algo mas que agregar quitar o variar a su presente declaracin; DIJO:-----------------------------------------------------------------------------------

En tal virtud mucho agradecer su diligenciamiento, con cargo a reciprocidad, fecho me sea devuelto al Jr. Puno No.274-278, Lima, Librado en la ciudad de Lima a los veintidos das del mes de Agosto del dos mil siete.

EXHORTO No. 119 -A- 2007- 1JIP-IIZJPNP.

A NOMBRE DE LA NACION.

PARA

: Cmdte. PNP. Juez del JIS-IIZJPNP.HUARAZ.

DEL

: Cmdte.CJ.PNP. Juez del 1JIP-IIZJPNP.

HACE SABER: Que en la causa No.42012-2004-0013, seguida contra el SOS.PNP. Domingo Nicolas MENDOZA MONTES, por la comisin del delito de Desobediencia; el Juzgado de conformidad a lo prescrito en el Art.395 del Cdigo de Justicia Militar de mil novecientos ochenta, ha resuelto comisionarlo a fin de que tenga a bien recepcionar la declaracin Preventiva del Civil Mario CASIMIRO ARANIBAR, quien domicilia en el Cacerio de Cochac S/N Independencia- Huaraz y/o Barrio Challua- Huaraz, conforme al siguiente pliego interrogatorio:

1.- Para que diga; sus generales de ley; dijo:---------------------------------------------------

2.- Para que diga; si conoce a los inculpados SOS.PNP. Domingo Nicolas MENDOZA MONTES, asi como al SO1.PNP. Antonio Jos BUSTINZA GARCIA de ser asi, desde cuando en que circunstancias y si tiene algn grado de amistad enemistad o parentesco con los referido; dijo:-------------------------------------------------

3.- Para que diga: si es verdad que usted fue testigo presencial respecto a los hechos que el Sub Oficial Superior Polica Nacional Domingo Nicolas MENDOZA MONTES, entreg delante suyo un documento al Sub Oficial de Primera Polica Nacional Antonio Jos BUSTINZA GARCIA, aproximadamente entre fines de Enero del dos mil cinco, conteniendo adjunto un billete de cinco dlares americanos presuntamente adulterado, para efectos de un peritaje solicitado por una Fiscala de la jurisdiccin, de ser asi narre en forma veraz y detallada los hechos coantecidos; DIJO:--------------------------------------------------------------------------

4.- Para que diga; si tiene algo mas que agregar quitar o variar a su presente declaracin; DIJO:-------------------------------------------------------------------------------------

En tal virtud mucho agradecer su diligenciamiento, con cargo a reciprocidad, fecho me sea devuelto al Jr. Puno No.274-278, Lima, Librado en la ciudad de Lima a los dieciocho das del mes de Junio del dos mil siete.

EXHORTO No. 119 -B- 2007- 1JIP-IIZJPNP.

A NOMBRE DE LA NACION.

PARA

: Cmdte. PNP. Juez del JIS-IIZJPNP.HUARAZ.

DEL

: Cmdte.CJ.PNP. Juez del 1JIP-IIZJPNP.

HACE SABER: Que en la causa No.42012-2004-0013, seguida contra el SOS.PNP. Domingo Nicolas MENDOZA MONTES, por la comisin del delito de Desobediencia; el Juzgado de conformidad a lo prescrito en el Art.395 del Cdigo de Justicia Militar de mil novecientos ochenta, ha resuelto comisionarlo a fin de que tenga a bien recepcionar la declaracin Preventiva del Civil Pedro Domingo HUACANCA MISHTI, quien domicilia la Av. Raymondi No.101-Huaraz, conforme al siguiente pliego interrogatorio:

1.- Para que diga; sus generales de ley; dijo:---------------------------------------------------

2.- Para que diga; si conoce a los inculpados SOS.PNP. Domingo Nicolas MENDOZA MONTES, asi como al SO1.PNP. Antonio Jos BUSTINZA GARCIA de ser asi, desde cuando en que circunstancias y si tiene algn grado de amistad enemistad o parentesco con los referido; dijo:-------------------------------------------------

3.- Para que diga: si es verdad que usted fue testigo presencial respecto a los hechos que el Sub Oficial Superior Polica Nacional Domingo Nicolas MENDOZA MONTES, entreg delante suyo un documento al Sub Oficial de Primera Polica Nacional Antonio Jos BUSTINZA GARCIA, aproximadamente entre fines de Enero del dos mil cinco, conteniendo adjunto un billete de cinco dlares americanos presuntamente adulterado, para efectos de un peritaje solicitado por una Fiscala de la jurisdiccin, de ser asi narre en forma veraz y detallada los hechos coantecidos; DIJO:--------------------------------------------------------------------------

4.- Para que diga; si tiene algo mas que agregar quitar o variar a su presente declaracin; DIJO:-------------------------------------------------------------------------------------

En tal virtud mucho agradecer su diligenciamiento, con cargo a reciprocidad, fecho me sea devuelto al Jr. Puno No.274-278, Lima, Librado en la ciudad de Lima a los dieciocho das del mes de Junio del dos mil siete.

EXHORTO No. 172 - 2007- 1JIP-IIZJPNP.

A NOMBRE DE LA NACION.

PARA

: Cmdte. PNP. Juez del JIS-IIZJPNP.HUANUCO.

DEL

: Cmdte.CJ.PNP. Juez del 1JIP-IIZJPNP.

HACE SABER: Que en la causa No.42003-2005-0154, seguida contra el Tnte.PNP. Jos Manuel LOZANO CORALES y SOT3.PNP. Lucio Basilio LLANO BARRIENTOS, por la comisin del delito de Abuso de Autoridad; el Juzgado de conformidad a lo prescrito en el Art.395 del Cdigo de Justicia Militar de mil novecientos ochenta, ha resuelto comisionarlo a fin de que tenga a bien recepcionar la declaracin Testimonial del CIVIL Wilyngram MAIZ ROJAS, quien domicilia: Jr. Tupac Amaru No.728- Paucarbamba, Amarilis - Huanuco y/o en el Jr. Maria Arguedas No.144, Amarilis- Huanuco, conforme al siguiente pliego interrogatorio:

1.- Para que diga; sus generales de ley; dijo:---------------------------------------------------

2.- Para que diga; si conoce a los inculpados Tnte.PNP. Jos Manuel LOZANO CORALES y SOT3.PNP. Lucio Basilio LLANO BARRIENTOS y a la agraviada Maricela RIVERA PEA, de ser asi, desde cuando en que circunstancias y si tiene algn grado de amistad enemistad o parentesco con el referido; DIJO:-----------------

3.- Para que diga: Que labores realiz y donde se encontraba el da 30-SET-03, a horas 00.20; Dijo:---------------------------------------------------------------------------------------

4.- Para que diga; narre en forma veraz y detallada los hechos y circuntancias en que fue intervenido por personal policial el da 30-SET-03 a horas 00.20, en la jurisdiccin de Colquijirca, explique los motivo; DIJO:.---------------------------------------

5.- Para que diga; si la seora identificada como Maricela RIVERA PEA viajaba en el omnibus que de placa VG-5060 de la Empresa Trans Inter S.A, que usted conducia, en que asiento, si contaba con el boleto respectivo, adems si se encontraba registrada en el manifiesto de pasajeros; DIJO:--------------------------------

6.- Para que diga; si es verdad que la pasajera Maricela RIVERA PEA, objeto de maltratos, por parte de los efectivos policiales que intervieneron el omnibus que conducia, de ser asi, narre en que conto dichos maltratos; DIJO:------------------------7.- Para que diga: si es verdad que la pasajera Maricela RIVERA PEA, efectuo su denuncia de los maltratos en el Control de la Oroya; DIJO:----------------------------

8.- Para que diga; si el policia que intervino le solicito embarcar a su famila, DIJO:-

9.- Para que diga; si durante la intervencin se percato de la presencia de l vehculo Satation Wagon de placa SN-1952, color blanco; DIJO:-------------------------

10.- Para que diga: si tiene algo mas que agregar quitar o variar a su presente declaracin; DIJO:-----------------------------------------------------------------------------------

En tal virtud mucho agradecer su diligenciamiento, con cargo a reciprocidad, fecho me sea devuelto al Jr. Puno No.274-278, Lima, Librado en la ciudad de Lima a los doce das del mes de Diciembre del dos mil siete.-Interviene el Seor Juez que suscribe por vacaciones del Titular.

EXHORTO No. 54 - 2007- 1JIP-IIZJPNP.

A NOMBRE DE LA NACION.

PARA

: Cmdte. PNP. Juez del JIS-IIZJPNP.HUANUCO.

DEL

: Cmdte.CJ.PNP. Juez del 1JIP-IIZJPNP.

HACE SABER: Que en la causa No.42003-2005-0154, seguida contra el Cap.PNP. Juan Martn RUIZ RIOS y Otro, por la comisin del delito de Exceso en la facultad de Mando y Otro; el Juzgado de conformidad a lo prescrito en el Art.395 del Cdigo de Justicia Militar de mil novecientos ochenta, ha resuelto comisionarlo a fin de que tenga a bien recepcionar la declaracin Testimonial del CIVIL Andrs Eduardo PORTUGAL RAMON, quien domicilia: Jr. Bolivar No.349, Huanuco, conforme al siguiente pliego interrogatorio:

1.- Para que diga; sus generales de ley; dijo:---------------------------------------------------

2.- Para que diga; si conoce a los inculpados Cap.PNP. Juan Martn RUIZ RIOS y SOB.PNP. Csar GARCIA MECA y al agraviadO Freddy Omar LEYVA ALVAREZ, de ser asi desde cuando en que circunstancias y si tiene algn grado de amistad enemistad o parentesco con los referido; DIJO:---------------

3.- Para que diga: Que labores realiz y donde se encontraba el da 18-JUL-06, a horas 22.00; Dijo:---------------------------------------------------------------------------------------

4.- Para que diga; narre en forma veraz y detallada los hechos ocurridos el dieciocho de Julio del dos mil seis, a horas veintidos y treinta aproximadamente respecto a la intervencin que fueron objetos en tercer piso del inmueble situado en la Calle Alejandro Villanueva nmero doscientos noventa, de la Urbanizacin Apolo, La Victoria. DIJO:.----------------------------------------------------------------------------

5.- Para que diga; si en la intervencin objeto de agresin por parte de algun efectivo policial, de ser si puede identificarlo; DIJO:------------------------------------------

6.- Para que diga: si tiene algo mas que agregar quitar o variar a su presente declaracin; DIJO:-----------------------------------------------------------------------------------

En tal virtud mucho agradecer su diligenciamiento, con cargo a reciprocidad, fecho me sea devuelto al Jr. Puno No.274-278, Lima, Librado en la ciudad de Lima a los doce das del mes de Diciembre del dos mil siete.- Interviene el Seor Juez que suscribe por vacaciones del Titular..-

EXHORTO No. 173 - 2007- 1JIP-IIZJPNP.

A NOMBRE DE LA NACION.

PARA

: Cmdte. PNP. Juez del JIS-IIZJPNP.HUANUCO.

DEL

: Cmdte.CJ.PNP. Juez del 1JIP-IIZJPNP.

HACE SABER: Que en la causa No.42003-2005-0154, seguida contra el Tnte.PNP. Jos Manuel LOZANO CORALES y SOT3.PNP. Lucio Basilio LLANO BARRIENTOS, por la comisin del delito de Abuso de Autoridad; el Juzgado de conformidad a lo prescrito en el Art.395 del Cdigo de Justicia Militar de mil novecientos ochenta, ha resuelto comisionarlo a fin de que tenga a bien recepcionar la declaracin Testimonial del CIVIL Rolando Carlo CANTEO GAVINO, quien domicilia: Jr. Oswaldo Reynoso S/N Mz.P, Lte.1, San Luis, Sector 4, Amarilis - Huanuco, conforme al siguiente pliego interrogatorio:

1.- Para que diga; sus generales de ley; dijo:---------------------------------------------------

2.- Para que diga; si conoce a los inculpados Tnte.PNP. Jos Manuel LOZANO CORALES y SOT3.PNP. Lucio Basilio LLANO BARRIENTOS y a la agraviada Maricela RIVERA PEA, de ser asi, desde cuando en que circunstancias y si tiene algn grado de amistad enemistad o parentesco con los referido; DIJO:---------------

3.- Para que diga: Que labores realiz y donde se encontraba el da 30-SET-03, a horas 00.20; Dijo:---------------------------------------------------------------------------------------

4.- Para que diga; si es verdad que el da 30SET03, a horas 00.20, el Omnibus de la Empresa Trans Inter S.A., en el que viajaba de Huanuco a Lima, fue intervenido por, personal policial en la localidad de Colquijirca. DIJO:.---------------------------------

5.- Para que diga; si es verdad que el personal policial intervino a la pasajera Maricela RIVERA PEA, de ser asi narre en forma veraz y detallada los hechos ocurrido en dicha intervencin; DIJO:-------------------------------------------------------------

6.- Para que diga; si es verdad que la pasajera Maricela RIVERA PEA, objeto de maltratos, por parte de los efectivos policiales que intervieneron el omnibus que conducia, de ser asi, narre en que conto dichos maltratos; DIJO:------------------------

7.- Para que diga; si se percato de la presencia del vehculo Station Wagon de placa SN-1952, color blanco; DIJO:---------------------------------------------------------------8.- Para que diga; si es verdad que los policias intervinientes trataron de hacer subir a la fuerza al civil Maricela RIVERA PEA al interior del vehiculo clor blanco; DIJO:------------------------------------------------------------------------------------------------------9.- Para que diga: si es verdad que la pasajera Maricela RIVERA PEA, efectuo su denuncia de los maltratos en el Control de la Oroya; DIJO:----------------------------

10.- Para que diga; si el policia que intervino le solicito embarcar a su famila, DIJO:-

11.- Para que diga: si tiene algo mas que agregar quitar o variar a su presente declaracin; DIJO:-----------------------------------------------------------------------------------

En tal virtud mucho agradecer su diligenciamiento, con cargo a reciprocidad, fecho me sea devuelto al Jr. Puno No.274-278, Lima, Librado en la ciudad de Lima a los doce das del mes de Diciembre del dos mil siete.- Interviene el Seor Juez que suscribe por vacaciones del Titular..-

EXHORTO No. 105 - 2008- 1JIP-IIZJPNP.

A NOMBRE DE LA NACION.

PARA

: Cmdte. PNP. Juez del JIP-DE TURNO, IIIZJPNP.AREQUIPA.

DEL

: Cmdte.CJ.PNP. Juez del 1JIP-IIZJPNP.

HACE SABER: Que en la Causa No.42003-2006-0082, seguida contra el Cap.PNP. Juan SALAZAR MORI y SO1.PNP. Grimaldo VALENTIN YZAGUIRRE, por la comisin del delito Contra la Integridad Institucional- Desobediencia; el Juzgado de conformidad a lo prescrito en el Art.395 del Cdigo de Justicia Militar de mil novecientos ochenta, ha resuelto comisionarlo a fin de que tenga a bien recepcionar la declaracin Testimonial del Cmdte.PNP. Jos Miguel BRIONES SILVA, conforme al siguiente pliego interrogatorio:

1.- Para que diga; sus generales de ley; dijo:---------------------------------------------------

2.- Para que diga; si conoce a los inculpados Cap.PNP. Juan SALAZAR MORI, SO1.PNP. Grimaldo Walter VALENTIN YZAGUIRRE y civil Mateo Alejandro MORALEZ LOPEZ, de ser asi, desde cuando en que circunstancias y si tiene algn grado de amistad enemistad o parentesco con los referidos; DIJO:--------------

3.- Para que diga: Unidad, Cargo o Funcin que desempe en los meses de SETIEMBRE Y OCTUBRE-2005; Dijo:-----------------------------------------------------------

4.- Para que diga; si es verdad que cuando desempeaba el cago de Comisario de Surquillo entre los meses de Setiembre y Octubre del dos mil cinco, el civil Mateo Alejandro MORALES LOPEZ, le dio a conocer que en las investigaciones sobre accidente de transito que sufriera su menor hijo Roger Mateo MORALES DEL AGUILA, se estaba cometiendo irregularidades, por parte de los Inculpados sealados anteriormente quines tenia a su cargo la investigacin, de ser asi que acciones tomo sobre el particular; DIJO:.--------------------------------------------------------

5.- Para que diga; si el civil Mateo Alejandro MORALES LOPEZ, en la investigacin sobre accidente de trnsito antes referido hizo llegar sus escritos, indique si fueron diligenciados en forma oportuna; DIJO:-----------------------------------

6.- Para que diga; si en su condicin de Comisario de Surquillo, imparti las recomendaciones reglamentarias, para que los Jefes de seccin cumplieran con sus labores a cabalidad y en lo plazos establecidos por ley.; DIJO:----------------------

En tal virtud mucho agradecer su diligenciamiento, con cargo a reciprocidad, fecho me sea devuelto al Jr. Puno No.274-278, Lima, Librado en la ciudad de Lima a los quince das del mes de Agosto del dos mil ocho.- Interviene el Secretario que suscribe por vacaciones del Titular.---------------------------------------

EXHORTO No. 54 - 2008- 1JIP-IIZJPNP.

A NOMBRE DE LA NACION.

PARA

: Cmdte. PNP. Juez del JIS-MOYOBAMBA.

DEL

: Cmdte.CJ.PNP. Juez del 1JIP-IIZJPNP.

HACE SABER: Que en la causa No.45004-2005-0005, seguida contra el SOB.PNP. Jos F. PICCONE PAREJA y SO3.PNP. Jorge L. BUSTAMANTE LOZANO, por la comisin del delito de Desobediencia y Otro; el Juzgado de conformidad a lo prescrito en el Art.395 del Cdigo de Justicia Militar de mil novecientos ochenta, ha resuelto comisionarlo a fin de que tenga a bien Notificar al SO3.PNP. Jorge L. BUSTAMANTE LOZANO, la Resolucin de fecha 05-SET-2008, la misma que RESUELVE declarar infundada LA excepcin de Cosa Juzgada deducida por el referido Inculpado.

En tal virtud mucho agradecer su diligenciamiento, con cargo a reciprocidad, fecho me sea devuelto al Jr. Puno No.274-278, Lima, Librado en la ciudad de Lima a los veinticinco das de Setiembre del dos mil ocho.- Interviene el Seor Juez que suscribe por vacaciones del Titular.-

UNIDAD: Comisara de Pacayzapa.

Lima, 07 de Agosto del 2009.

Ofc.No. -1er. JIP-IIZJPNP.MEA.

Seor

: COMANDANTE CJ. PNP.

JUEZ INSTRUCTOR DEL JUZGADO DE INSTRUCCIN SUSTITUTO.HUARAZ.

Asunto

: SOLICITO DILIGENCIAMIENTO DE EXHORTO.

Ref.

: EXP.No.42001-2009-0018.

Es honroso dirigirme a Ud., con la finalidad de REMITIR, adjunto al presente, los Exhorto No. 33 - 09-1JIP. a fin de que se sirva disponer su diligenciamiento, recepcionando la declaracin Testimonial del SO3.PNP. Vladimir MAGUIA HUERTA; necesario para ser merituada en la causa de la referencia, seguida contra el Cmdte.PNP. Lus A. MORALES MARCHINARES y Otros, por el delito de Desobediencia, fecho al cual sea devuelto debidamente diligenciado a este 1JIP-IIZJPNP. sito en el Jr. Puno No.274, Lima, con el carcter MUY URGENTE..

Agradecer disponga el acuse de recibo con la diligencia solicitada, para los efectos de Ley, bajo compromiso de reciprocidad en casos anlogos. Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideracin y alta estima.

Dios guarde a Ud.

VDSM/Mjea.

EXHORTO No. 33 - 2009- 1JIP-IIZJPNP.

A NOMBRE DE LA NACION.

PARA

: Cmdte. PNP. Juez del JIS-HUARAZ.

DEL

: Cmdte.CJ.PNP. Juez del 1JIP-IIZJPNP.

HACE SABER: Que en la Causa No.42001-2009-0018, seguida contra el Cmdte.PNP. Lus A. MORALES MARCHINARES y Otros, por la comisin del delito de Desobediencia; el Juzgado de conformidad a lo prescrito en el Art.395 del Cdigo de Justicia Militar de mil novecientos ochenta, ha resuelto comisionarlo a fin de que tenga a bien recepcionar la declaracin Testimonial del SO3.PNP. Vladimir MAGUIA HUERTA, conforme al siguiente pliego interrogatorio:

1.-preguntado para por sus generales de ley; dijo:---------------------------------------

2.-preguntado para que diga: si conoce a los inculpados Comandante Polica Nacional Lus Antonio Morales Marchinares, Capitn Jos Carlos Viera Quispe, Teniente Miguel Angel Lozano Cordova, Teniente Jhonny Stevens Tanabe Alonzo, Teniente Evelin Melina Huigua Pisango, y Sub Oficial Tcnico de Tercera Jos Enrique Villafan Arteaga,, de ser asi diga desde cuando y si tiene algn grado de amistad enemistad o parentesco con el referido; dijo:.---------------------------------------------------------------------------------------

3.-preguntado para que diga: en que fecha realizo sus estudios como alumno en la Escuela Tcnica Superior de Yungay, dijo;.-----------------------------

4.-preguntado para que diga: si durante su formacin como alumna de la Escuela Tcnica Superior de Yungay, fue objeto de maltrato fsico, psicolgico y/o moral, por algn oficial que laboraba en dicho centro de formacin de ser asi narre veraz y detallada los hechos, dijo:.----------------------

5.- preguntado para que diga; si usted fue testigo presencial de algn hecho de agresin, fsica, psicolgica o moral, por parte de oficiales en contra de otros alumnos de la Escuela Tcnica superior de ser asi narre en forma veraz y detallada los hechos; dijo:.---------------------------------------------------------------------

6.- preguntado para que diga: si tiene algo ms que agregar quitar o variar a su presente declaracin, dijo:-------------------------------------------------------------------

En tal virtud mucho agradecer su diligenciamiento, con cargo a reciprocidad, fecho me sea devuelto al Jr. Puno No.274-278, Lima, Librado en la ciudad de Lima a los quince das del mes de Agosto del dos mil ocho.-------

Lima, 07 de Agosto del 2009.

Ofc.No. -1er. JIP-IIZJPNP.MEA.

Seor

: COMANDANTE CJ. PNP.

JUEZ INSTRUCTOR DEL PRIMER JUZGADO DE INSTRUCCIN PERMANENTE DE LA III-ZJPNP. AREQUIPA.

Asunto

: SOLICITO DEVOLUCION DE EXHORTO.

Ref.

: a) Ofc.No.1667-1er.JIP-IIZJPNP-MEA, del 24-JUN-2009.

b) EXP.No.42001-2009-0018.

Es honroso dirigirme a Ud., con la finalidad de SOLICITAR LA DEVOLUCION debidamente diligenciado del Exhorto No. 33 - 09-1JIP. Remitida con el documento de la referencia (a) con la declaracin Testimonial de la SO3.PNP. Carla Etel PINARES FLORES; necesario para ser merituada en la causa de la referencia, seguida contra el Cmdte.PNP. Lus A. MORALES MARCHINARES y Otros, por el delito de Desobediencia, fecho al cual sea devuelto debidamente diligenciado a este 1JIP-IIZJPNP. sito en el Jr. Puno No.274, Lima, con el carcter MUY URGENTE..

Agradecer disponga el acuse de recibo con la diligencia solicitada, para los efectos de Ley, bajo compromiso de reciprocidad en casos anlogos. Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideracin y alta estima.

Dios guarde a Ud.

CEAC/Mjea.

CONTIENE: Ofc.No.2084-1er.JIP-IIZJPNP.

SEOR : Cmdte.CJ.PNP.

JUEZ INSTRUCTOR DEL PRIMER JUZGADO DE

INSTRUCCIN PERMANENTE DE LA III-ZJPNP.

AREQUIPA

PTE.

1.-PREGUNTADO PARA POR SUS GENERALES DE LEY; DIJO: Llamarse como queda dicho y estar identificado con el documento anotado al margen, ser natural de Casma, de veintin aos de edad, con un aos de servicios, soltero, catlico, instruccin superior, laborando actualmente en la Comisara de Huallanca-Churcos-Huaraz, domiciliado en la Avenida libertad Manzana C,. dos lote diecisiete Casma.---------------------------------------------------------------------------------

2.-PREGUNTADO PARA QUE DIGA: SI CONOCE A LOS INCULPADO COMANDANTE POLICA NACIONAL LUS ANTONIO MORALES MARCHINARES, CAPITN JOS CARLOS VIERA QUISPE, TENIENTE MIGUEL NGEL LOZANO CORDOVA, TENIENTE JHONNY STEVENS TANABE ALONZO, TENIENTE EVELIN MELINA HUIGUA PISANGO, Y SUB OFICIAL Tcnico DE TERCERA JOS ENRIQUE VILLAFAN ARTEAGA,, DE SER ASI DIGA DESDE CUANDO Y SI TIENE ALGUN GRADO DE AMISTAD ENEMISTAD O PARENTESCO CON EL REFERIDO; DIJO: Que, si lo conoce por razones de haber sido alumno en la Escuela Tcnica Superior de Yungay, donde ellos trabajaban, no teniendo ninguna relacin de amistad enemistad o parentesco con el referido.------------------------------------------------------------------------------------------

3.-PREGUNTADO PARA QUE DIGA: EN QUE FECHA REALIZO SUS ESTUDIOS COMO ALUMNO EN LA ESCUELA TECNICA SUPERIOR DE YUNGAY, DIJO; Que, ingrese el quince o diecisis de Junio del dos mil siete y egrese el treinta de Abril del dos mil ocho.------------------------------------------------------

4.-PREGUNTADO PARA QUE DIGA: SI DURANTE SU FORMACION COMO ALUMNO DE LA ESCUELA TECNICA SUPERIO DE YUNGAY, FUE OBJETO DE MALTRATO FISICO, PSICOLOGICO Y/O MORAL, POR ALGUN OFICIAL QUE LABORABA EN DICHO CENTRO DE FORMACION DE SER ASI NARRE VERAZ Y DETALLADA LOS HECHOS, DIJO: Que, No.-----------------------------------

5.- PREGUNTADO PARA QUE DIGA; SI USTED FUE TESTIGO PRESENCIAL DE ALGUN OTRO HECHO DE AGRESION POR PARTE DE OFICIALES EN CONTRA DE OTROS ALUMNOS DE LA ESCUELA TECNICA SUPERIOR DE SER ASI NARRE EN FORMA VERAZ Y DETALLADA LOS HECHOS; DIJO: Que, solamente haba visto que los Oficiales quemaron las zapatillas del alumno GALVEZ, no recordando quien fue.---------------------------------------------------------------

6.- PREGUNTADO PARA QUE DIGA: SI TIENE ALGO MS QUE AGREGAR QUITAR O VARIAR A SU PRESENTE DECLARACIN, DIJO: Que No. Sin ms que agregar se da por terminada la presente diligencia, firmando de su conformidad luego que lo hizo el seor Juez, por ante mi que da fe.--------------------

EL TESTIGO.