excmo - psoe requena€¦ · web viewley 24/2006, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de...

116
CUADRO RESUMEN TRANSFERENCIAS CCAA-EELL Y FONDOS REGIONALES CCAA-EELL ANDALUCÍA..................................................................... 2 ARAGÓN........................................................................ 5 ASTURIAS...................................................................... 9 BALEARES..................................................................... 14 CANARIAS..................................................................... 17 CANTABRIA.................................................................... 21 CASTILLA-LA MANCHA........................................................... 23 CASTILLA-LEÓN................................................................ 24 CATALUÑA..................................................................... 28 EXTREMADURA.................................................................. 36 GALICIA...................................................................... 39 LA RIOJA..................................................................... 43 MADRID....................................................................... 47 MURCIA....................................................................... 50 NAVARRA...................................................................... 53 PAIS VASCO................................................................... 57 VIZCAYA...................................................................... 57 ÁLAVA........................................................................ 59 GUIPÚZCOA.................................................................... 63 FEMP c/ Nuncio, 8 28005 Madrid (T) 913 643 706 (F) 913 664 503 www.femp.es [email protected]

Upload: others

Post on 06-Jul-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

CUADRO RESUMEN TRANSFERENCIAS CCAA-EELL Y FONDOS REGIONALES CCAA-EELL

ANDALUCÍA.....................................................................................................................................................................2ARAGÓN............................................................................................................................................................................5ASTURIAS.........................................................................................................................................................................9BALEARES......................................................................................................................................................................14CANARIAS......................................................................................................................................................................17CANTABRIA....................................................................................................................................................................21CASTILLA-LA MANCHA..............................................................................................................................................23CASTILLA-LEÓN............................................................................................................................................................24CATALUÑA.....................................................................................................................................................................28EXTREMADURA............................................................................................................................................................36GALICIA..........................................................................................................................................................................39LA RIOJA.........................................................................................................................................................................43MADRID...........................................................................................................................................................................47MURCIA...........................................................................................................................................................................50NAVARRA.......................................................................................................................................................................53PAIS VASCO....................................................................................................................................................................57VIZCAYA.........................................................................................................................................................................57ÁLAVA.............................................................................................................................................................................59GUIPÚZCOA....................................................................................................................................................................63VALENCIA......................................................................................................................................................................65

FEMP c/ Nuncio, 8 28005 Madrid (T) 913 643 706 (F) 913 664 503 www.femp.es [email protected]

Page 2: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

ANDALUCÍANORMATIVA TRANSFEREN

CIAS (BOE/BOCCAA

)

Transferencias corrientes y de

capital1

Gastos corrientes en bienes y servicios

NORMATIVA FONDO REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del

fondoFederación

FAMP2

(Federación Andaluza de Municipios y Provincias)ANDALUCÏA

Ley 16/2005, de 28 de diciembre, del Presupuestode la Comunidad Autónoma de Andalucía para elaño 2006

Diferencian entre presupuesto CCAA y de

OOAACCAA: 224.676.232 € (sin

PIE)OOAA:

7.379.000 €TOTAL=

232.055.232

En el art. 2 ,apartado 1, dentro de la función 8.1

Relaciones con las Corporaciones Locales,

establece una cuantía de 2.277.566.901 €

Diferencian entre

presupuesto CCAA y de

OOAACCAA:

524.422.372 € (sin PIE)OOAA:

226. 782.615 €

No existe. Las relaciones con Diputaciones se regula por Ley 11/1987, de 26 de diciembre,

Reguladora de las Relaciones entre La Junta y las Diputaciones

Provinciales.

Ayudas a entidades locales, universidades públicas andaluzas y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades de cooperación en el ámbito de competencias de la Consejería de Cultura.

Ayuda para el fomento de la cooperación transfronteriza. Ayudas anuales a las Corporaciones Locales para el fomento de la cooperación entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y las regiones de Algarbe y Alentejo.

No existe; sin embargo, hay un programa 81 B

denominado COOPERACIÓN ECONÓMICA Y RELACIONES

FINANCIERAS CON LAS CORPORACIONES

LOCALES

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 11/2006, de 27 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2007.

En el art. 2 ,apartado 1, dentro de la función 8.1

Relaciones con las Corporaciones Locales, establece una cuantía de

2.445.694.569 €(% var. 7,4%)

Ver año 2.006 Ver año 2.006

1 Incluye el Fondo Local.2 La Federación Andaluza de Municipios y Provincias sólo ha remitido parte del presupuesto relativo a transferencias por PIE a EELL. La información se amplía por Gabinete (Asesoría Asuntos Económicos) de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2006.

2

Page 3: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Gastos a Corporaciones Locales por participación en Ingresos del Estado

2.159.129.406 €

Cap. 4 Transferencias corrientes

2.151.703.309 €+

Cap.7 Transferencias de capital

7.426.097 €

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

LEY 24/2007, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2008.

Cap. 4 Transferencias corrientes

2.598.281.537 €+

Cap.7 Transferencias de capital

504.025.559 €

Incluye Transferencias a CCLL por PIE (crecimiento previsto del 6,7% sobre el

2007 ) 2.303.293.524 €

Transferencias corrientes 2.295.867.427€

+Transferencias de capital 7.426.097 €

No existe; sin embargo, hay un programa 81 B denominado COOPERACIÓN ECONÓMICA Y RELACIONES FINANCIERAS CON LAS CORPORACIONES LOCALES. Dentro de este programa, existe un programa denominado Nivelación de Servicios Municipales, con una dotación que asciende a 127.200.00 euros.

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Autónoma de Andalucía. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Presupuesto de la Comunidad

En el art. 2 ,apartado 1, dentro de la función 8.1

Relaciones con las Corporaciones Locales, establece una cuantía de

2.719.426.715 €

Política de Coordinación

En la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009, se prevé, dentro del Plan de Cooperación Municipal, el fondo de nivelación de servicios municipales.

En previsión del mandato contenido

Fondo de nivelación de servicios

municipales 2009159.000.000 €

La fórmula de reparto de los créditos del Fondo se regula anualmente mediante Orden, la última de las cuales es la Orden de 15 de febrero de 2008, por la que se establecen las transferencias a los

3

Page 4: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Autónoma de Andalucía para el año 2009. Ley 3/2008, de 23 diciembre

y Cooperación Financiera con las Corporaciones LocalesPROGRAMAS 81A Coop. Económica y Coordinación con las CC.LL. 284.388.739 81B Coop. Económica y Rel. Financieras con las CC.LL. 33.089.092 TOTAL 317.477.831 (incremento del 10,6% respecto al año anterior 10,6)

El Plan de Cooperación Municipal, en el que se recogen todas las medidas incluidas en el Presupuesto de la Comunidad que se ponen a disposición de los Ayuntamientos tiene en 2009 un importe de 1.315,3 millones de euros, de los cuales, el 65% se destina a transferencias de capital.

en el artículo 192.1 del nuevo Estatuto de Autonomía para Andalucía, a lo largo del ejercicio 2008 se inició, conjuntamente con la Consejería de Gobernación, el estudio sobre el diseño de la participación de las Entidades Locales en los tributos de la Comunidad Autónoma, que se instrumentará a través de un fondo de nivelación municipal de carácter incondicionado.

El Plan de Cooperación Municipal, en el que se recogen todas las medidas incluidas en elPresupuesto de la Comunidad que se ponen a disposición de los Ayuntamientos tiene en2009 un importe de 1.315,3 millones de euros, de los cuales, el 65% se destina a transferencias de capital.

Los créditos del Fondo para Nivelación de los servicios municipales están destinados a todos los municipios de Andalucía, con una consideración preferente hacia los pequeños municipios. La distribución del fondo utiliza un modelo que pretende contemplar adecuadamente criterios de capacidad y necesidad en los distintos municipios, a la vez que proporciona un marco financiero estable. Ello ocasionó que del conjunto de municipios de Andalucía se establecieran tres grandes grupos, a los que sobre el límite de la dotación presupuestaria para cada año se les asignaban diferentes incrementos respecto al periodo anterior.

Ayuntamientos Andaluces para la Nivelación de Servicios Municipales durante el ejercicio 2008:

• Para municipios de población igual o superior a 75.000 habitantes, se fija un porcentaje de incremento respecto a la dotación del año anterior del 3%.• Los municipios de población inferior a 75.000 habitantes que en la distribución inicial del Fondo deNivelación del ejercicio 2006 percibieron los mismos importes que en el ejercicio precedente, percibirían la cuantía inicial del ejercicio 2007.• El resto de municipios percibirían el importe inicial del ejercicio 2007 incrementados en un 6,6%.

Los Criterios de Distribución se encuentran regulados en la Orden de 4 de febrero de 2005, por laque se regula la distribución de las transferencias a los Ayuntamientos Andaluces para la Nivelaciónde Servicios Municipales en el ejercicio 2005, donde se detalla que la dotación presupuestaria

4

Page 5: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

se distribuirá de la siguiente manera:

a) El 47,3% del importe total, de las transferencias de Nivelación de Servicios se distribuirán por partes iguales entre todos los municipios.

b) El 38,7% del importe total, de las transferencias de Nivelación de Servicios se divide entre el número total de población equivalente de Andalucía (PEQ), correspondiéndole a cada municipio el producto del cociente anterior multiplicado por el número de su población equivalente.Para calcular la Población Equivalente de cada municipio (PEQ), se pondera la población de derecho (resultante de la revisión del Padrón Municipal del Instituto Nacional de Estadística) por un indicador sintético de las necesidades de financiación (FCP).Para el cálculo de este indicador sintético de ponderación se tomarán diferentes variables, a partir delSistema de Información Multiterritorial de Andalucía (SIMA), edición

5

Page 6: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

2004 del Instituto de Estadística de Andalucía (IEA).

c) Finalmente el 14% del importe total, de las transferencias de Nivelación de ServiciosMunicipales, se distribuirán de forma inversamente proporcional a la capacidad fiscal de cada municipio (calculada a partir de los datos fiscales de la AgenciaTributaria del Ministerio de Hacienda y del Catastro de Andalucía).

ARAGÓNNORMATIVA

TRANSFERENCIAS (BOE/BOCCAA)

Transferencias

corrientes y de capital3

Gastos corrientes en bienes y servicios

NORMATIVA FONDO REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del

fondoFederación

FAMCP4

(Federación Aragonesa de

Municipios Concejos y Provincias)ARAGÓN

Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón (arts. 260 y 261) (BOA , núm. 45, de 17 de abril de 1999; BOE num.

108, de 6 de mayo de 1999). Ley 12/2005, de

Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón (Anexo I.) (BOA

núm. 154, de 31 de

264.953.937,06 €

83.965.157,78 €

A COMARCAS:8.230.989,00

548.970.632,24 €

119.757.790,28 €

A COMARCAS:

53.456.863,00 €

Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

Decreto 7/2002, de 22 de enero, de subvenciones y ayudas con cargo al Fondo Local de Aragón (BOA, núm.11 , de 25 de

enero de 2002)

Fondo Local de Aragón (mirar art. 28 de la Ley 12/2005 y anexo I)

DECRETO 38/2006, de 7 de febrero, del

24.040.485,00 € Se excluyen Huesca, Teruel y Zaragoza.40% del fondo: en partes iguales por municipios.60% restante: 75% en proporción a los habitantes de derecho de cada municipio y el 25% en función de existencia de núcleos (40% en partes iguales en todos

3 Incluye el Fondo Local.4 La Federación Aragonesa de Municipios, Concejos y Provincias contesta al cuestionario pero creemos que está erróneo por la cuestión de la intermediación financiera (confusión entre gasto corriente y transferencia corriente). Se amplía la información por Gabinete.

6

Page 7: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

diciembre). Gobierno de Aragón (BOA nº 20, 17/02/06), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y transferencias con cargo al Fondo Local de Aragón.El Título II de este Decreto está dedicado a las transferencias destinadas a las Entidades Locales con regulación específica, en un intento por refundir y ordenar el conjunto de transferencias destinadas a las Entidades Locales con cargo al Fondo Local de Aragón. Especial relevancia adquiere en este apartado la regulación de las transferencias del Fondo de Cohesión Comarcal, en desarrollo de la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de Medidas de Comarcalización, dada la especial naturaleza de dicho fondo que se nutre con una parte de las cuantías del coste de las funciones y servicios transferidos a las Comarcas.

los núcleos y 60% en función de los habitantes de los mismos).

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 18/2006, de Presupuestos de la

Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio

2007Transferencias a

Entidades Locales, Título Sexto, arts. 28 y 29, y

Anexo I.En estos artículos se regula el denominado “Fondo Local de Aragón” y los Programas

de Apoyo a la Administración Local y de

Política Territorial.

Normas de gestión del Fondo Local de Aragón.Constituye el «Fondo Local de Aragón» el conjunto de transferencias destinadas a las Entidades Locales de Aragón que se incluyen en

Transferencias a Entidades

Locales266.998.071,26

Incluye Transferencias

a las Administraciones Comarcales

(Sección 26 Presupuestos de

Gastos)62.764.832,50 €

Cap. II Gastos corrientes en

bienes y servicios

1.000.000,00 €+

Cap. IV

Dentro de Transferenci

as a Entidades LocalesCap. II Gastos

Corrientes en bienes y servicios

13.925.928,11€

Transferencias a

Administraciones

Comarcales

Cap. II Gastos

corrientes en bienes y

Ley 18/2006, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2007.

Fondo de Cooperación Municipal (Sección 11, Presidencia y Relaciones Institucionales)Fondo de Cohesión Comarcal (Sección 26, Servicio Fondo Cohesión Comarcal)

Fondo de Cooperación

Municipal24.040.485,00 €

Fondo de Cohesión Comarcal

11.503.020,50 €(Gastos en bienes y servicios

1.000.000,00 €+Transferencias

Corrientes 3.150.906,00+Transferencias de

Capital 7.352.114,50 €)

Se excluyen Huesca, Teruel y Zaragoza.40% del fondo: en partes iguales por municipios.60% restante: 75% en proporción a los habitantes de derecho de cada municipio y el 25% en función de existencia de núcleos (40% en partes iguales en todos los núcleos y 60% en función de los habitantes de los mismos).

7

Page 8: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

los Presupuestos de la Comunidad Autónoma como apoyo al desarrollo y gestión de las distintas actividades de la competencia de aquéllas, según se recoge en el cuadro anexo correspondiente. Dicho Fondo se compone de los programas específicos de transferencias a Entidades Locales, así como de la parte destinada a éstas en programas sectoriales.

Transferencias Corrientes

8.400.636,00 €+

Cap. VIITransferencias

de Capital53.364.196,50 €

servicios1.000.000,00 €

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

LEY 7/2007, de 29 de diciembre, de Presupuestosde la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio

2008.

Transferencias a Entidades Locales y de

las actuaciones de política territorial, Título

Sexto, arts. 30 y 31, y Anexo I.

En estos artículos se regula el denominado “Fondo Local de Aragón” y los Programas

de Apoyo a la Administración Local y de

Política Territorial.

Normas de gestión del Fondo Local de Aragón.Constituye el «Fondo Local de Aragón» el conjunto de

transferencias destinadas a las Entidades Locales de

Aragón que se incluyen en

Transferencias a Entidades

Locales262.262.466,39

Incluye Transferencias

a las Administraciones Comarcales

(Sección 26 Presupuestos de

Gastos)61.592.105,00 €

Cap. IV Transferencias

Corrientes85.928.608,83 €

+Cap. VII

Transferencias de Capital

176.333.857,06 €

Fondo de Cooperación Municipal (Sección 11, Presidencia y Relaciones Institucionales)Fondo de Cohesión Comarcal (Sección 26, Servicio Fondo Cohesión Comarcal)

Fondo de Cooperación

Municipal24. 040.485 €

Fondo de Cohesión Comarcal

10.308.051 €Transferencias

Corrientes 1.546.208+Trans

ferencias de Capital

8.761.843 €)

Ver años anteriores

8

Page 9: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

los Presupuestos de la Comunidad Autónoma como

apoyo al desarrollo y gestión de las distintas

actividades de la competencia de aquéllas,

según se recoge en el cuadro anexo

correspondiente. Dicho Fondo se compone de los programas específicos de transferencias a Entidades

Locales, así como de la parte destinada a éstas en

programas sectoriales

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Autónoma de Aragón. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de Aragón 2009. Ley 10/2008, de 29 diciembre

Transferencias a Entidades Locales y de las actuaciones de política territorial, Título Sexto, arts. 32 y 33, y Anexo I.

En estos artículos se regula el denominado “Fondo Local de Aragón” y los Programas de Apoyo a la Administración Local y de Política Territorial.

Anexo I. Transferencias a

Transferencias a Entidades

Locales289.085.601,67

Fondo de Cooperación Municipal (Sección 11, Presidencia y Relaciones Institucionales)Fondo de Cohesión Comarcal (Sección 26, Servicio Fondo Cohesión Comarcal)

Fondo de Cooperación

Municipal24. 040.485 €

Fondo de Cohesión Comarcal

10.192.848 €Transferencias

Corrientes 1.528.927 €

+Transferencias de Capital 8.663.921

€)

Ver años anteriores

9

Page 10: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

las Entidades Locales

En este Anexo se recogen: Los créditos que constituyen el “Fondo Local de Aragón”, a que se refiere el artículo 32 del Texto Articulado de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2009, así como los créditos integrados en los programas de Apoyo a la Administración Local y de Política Territorial a que se refiere el artículo 33 del mismo texto.

10

Page 11: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

ASTURIASNORMATIVA

TRANSFERENCIAS (BOE/BOCCAA)

Transferencias corrientes y de capital

Gastos corrientes en bienes

y servici

os

NORMATIVA FONDO

REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del

fondoFederación

(FACC) 5

Federación Asturiana de

Concejos

Cada Dirección General tiene sus líneas de subvenciones.

En la Ley del Principado de Asturias, 6/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para el 2.006.se recoge en la DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA Del Pacto local:1. En el marco del Pacto local y para articular su desarrollo, se autoriza al Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía y Administración Pública, a realizar en el presupuesto del Principado de Asturias las adaptaciones que sean necesarias para transferir a favor de las entidades locales las partidas y cuantías que correspondan, en los procesos de traspaso y delegación de competencias, siempre que las mismas queden expresamente determinadas en las correspondientes disposiciones o acuerdos.2. La Administración de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias podrá suscribir convenios con las entidades locales para la prestación de servicios que hayan sido acordados en el marco del Pacto local. Cuando las características de la prestación de servicios así lo exigieran,

Cap. IV. Transferencias Corrientes a Corporaciones Locales:

39.454.009 €

Las transferencias a las Corporaciones Locales experimentan una disminución en los créditos gestionados directamente desde las diferentes secciones del presupuesto, 8.679.663 euros, pero en términos homogéneos y teniendo en cuenta que las subvenciones en materia de servicios de empleo que en 2005 se gestionaban desde la Consejería de Industria y Empleo y durante 2006 desde el Servicio Público de Empleo por un importe de 15.780.000 euros, realmente experimentan un crecimiento global de 7,1 millones de euros, lo que supone un crecimiento interanual del 14,7%.Las áreas más relevantes a las que van destinadas son: para la gestión de escuelas infantiles de 0-3 años con 4,2 millones de euros, para el Plan Concertado de Prestaciones Básicas y otras actuaciones en materia de gestión de servicios sociales se destinan más de 25 millones de euros, para el apoyo al municipalismo 1,5 millones de euros y para gestión de servicios de empleo 15,7 millones de euros.

5 Información conseguida por Gabinete.

11

Page 12: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

dichos convenios podrán extenderse a varios ejercicios pudiendo adquirirse compromisos de gasto, que tendrán la consideración de gasto plurianual a efectos presupuestarios.

Cap. VII. Transferencias de Capital56.789.442 €

Respecto a las Corporaciones Locales, y al igual que en capítulo de Transferencias corrientes experimentan una disminución en los créditos gestionados directamente desde las diferentes secciones del presupuesto de 12.345.795 euros en términos homogéneos y teniendo en cuenta las subvenciones en materia de servicios de empleo que en 2005 se gestionaban desde la Consejería de Industria y Empleo y durante 2006 desde el Servicio Público de Empleo por un importe de 13.000.000 euros, prácticamente no experimentan variaciones entre ejercicios.

ACTUALIZACIONES

AÑO 2007

Ley del Principado de Asturias para el 2.007.Se recoge en la DA 6ª Pacto LocalEn el marco del Pacto Local y para articular su desarrollo, se autoriza al Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía y Administración pública, a realizar en el presupuesto del Principado de Asturias las adaptaciones que sean necesarias para transferir a favor de las entidades locales las partidas y cuantías que correspondan, en los procesos de traspaso y delegación de competencias, siempre que las mismas queden expresamente determinadas en las correspondientes disposiciones o acuerdos.La Administración del Principado de Asturias podrá suscribir convenios con las entidades locales para la prestación de servicios que hayan sido acordados en el marco del Pacto Local.Cuando las características de la prestación de servicios así lo exigieran, dichos convenios podrán extenderse a varios ejercicios, pudiendo adquirirse compromisos de gasto que tendrán la consideración de gasto plurianual a

Cap. IV. Transferencias Corrientes a Corporaciones Locales:

47.565.953 € (Var. 20,56%)Las transferencias a las Corporaciones Locales experimentan un incremento en los créditos gestionados directamente desde las diferente secciones del presupuesto de 8.111.944 euros; este incremento se localiza fundamentalmente en el área de gestión de servicios sociales, ya que la previsión de la entrada en vigor de la Ley de promoción de Autonomía Personal supone la gestión de muchas de las medidas de apoyo a través de los ayuntamientos, de ahí el incremento de las dotaciones a este sector.

Cap. VII. Transferencias de Capital 65. 160.683 € (Var. 14,74%)

Respecto a las Corporaciones Locales, y al igual que en el capítulo de Transferencias corrientes experimentan un incremento en los créditos gestionados directamente desde las diferentes secciones del presupuesto de 8.371.241 euros.

12

Page 13: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

efectos presupuestarios.

DA 7ª Subvenciones a Entidades LocalesEn el marco de la política de colaboración con las entidades locales, y para contribuir a la financiación de sus gastos de funcionamiento, se podrán suscribir con aquéllas convenios por los que se adquieran compromisos de gastos que hayan de extenderse a varios ejercicios presupuestarios, que tendrán la consideración de gasto plurianual a efectos presupuestarios

ACTUALIZACIONES

AÑO 2008

Proyecto de Ley Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el 2008

Prorrogados los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2007 durante el ejercicio 2008.

DECRETO 286/2007, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA APLICACIÓN DE LA PRÓRROGA DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA 2007 DURANTE EL EJERCICIO 2008.

Cap. IV. Transferencias Corrientes a Corporaciones Locales:

55.782.585 €

Cap. VII. Transferencias de Capital71.977.072 €

Existe un Fondo especial de cooperación para concejos de menor población.Programa 125A COLABORACIÓN CON LAS ENTIDADES LOCALES.469 SUBVENCIONES EN OTRAS MATERIAS.

Fondo especial de cooperación para concejos de menor población 2.850.000 €

ACTUALIZACIONES

AÑO 2009

Principado de Asturias. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de Asturias 2009. Ley 5/2008, de 30 diciembre

Disposición adicional tercera. Pacto Local.

1. En el marco del Pacto Local y para articular su desarrollo, se autoriza al Consejo de Gobierno, a propuesta de la

Cap. IV. Transferencias Corrientes a Corporaciones Locales:

55.807.575 €

Cap. VII. Transferencias de Capital84.973.210 €

Las transferencias corrientes a las corporaciones locales recogen dotaciones por importe superior a los 55 millones de euros, que representa el 2,5 % del total. Del total

NOVEDAD

Fondo de Cooperación Municipal. De nueva creación en esta Ley de Presupuestos de Asturias para 2009.

8.500.000 € Podrán ser beneficiarios del mismo los municipios asturianos con población igual o inferior a 40.000 habitantes, conforme a los últimos datos oficiales disponibles

13

Page 14: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Consejería de Economía y Hacienda, a realizar en el presupuesto delPrincipado de Asturias las adaptaciones que sean necesarias para transferir a favor de las entidades locales las partidas y cuantías que correspondan, en los procesos de traspaso y delegación de competencias, siempre que las mismas queden expresamente determinadas en las correspondientes disposiciones o acuerdos.2. La Administración del Principado de Asturias podrá suscribir convenios con las entidades locales para la prestación de servicios que hayan sido acordados en el marco del Pacto Local.Cuando las características de la prestación de servicios así lo exigieran, dichos convenios podrán extenderse a varios ejercicios, pudiendo adquirirse compromisos de gasto que tendrán la consideración de gasto plurianual a efectos presupuestarios.

Como novedad en este presupuesto, está la constitución del Fondo de Cooperación Municipal.Desarrollo Disposición Adicional Primera de la Ley del Principado de Asturias 6/2008, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de acompañamiento a los presupuestos Generales para 2009.

transferido a la Administración Local, adquiere especial protagonismo, la financiación de acciones de servicios sociales para ayuda a personas dependientes, y en especial la ayuda a domicilio para la que se consignan créditos por importe superior a 34 millones de euros.

Respecto a las transferencias de capital a las corporaciones locales, dentro de la asignación global de 84,9 millones de euros cabe destacar como significativas las dirigidas a las infraestructuras básicas, que suponen 31 millones de euros, las ligadas al ámbito educativo y cultural se sitúan en torno a los 20 millones de euros, y cabe destacar como novedoso el Fondo de Cooperación Municipal por importe de 8,5 millones de euros y de carácter incondicionado dirigido a municipios con menos de 40.000 habitantes.

La Disposición Adicional Primera de la Ley del Principado de Asturias 6/2008, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de acompañamiento a los presupuestos Generales para 2009, regula el nuevo Fondo de Cooperación Municipal, que tiene carácter incondicionado y con el que se pretende dar respuesta a las demandas de las entidades locales de contar con una mayor financiación destinada a la mejora de las dotaciones de infraestructuras básicas, espacios públicos y demás inversiones de uso público que en ejercicio de

del Instituto Nacional de Estadística.

Reglamentariamente se establecerá el régimen de gestión y funcionamiento del Fondo y los criterios en virtud de los cuales los concejos participarán en el mismo, debiendo tenerse en cuenta, en todo caso, las características demográficas y geográficas, con especial atención a los de menor población así como las garantías precisas para asegurar la aplicación de las cantidades asignadas al Fondo a las finalidades descritas en la Disposición Adicional Primera, con respeto a la autonomía municipal en la concreta utilización de los mismos.

En tanto no se apruebe la normativa a que se refiere el apartado anterior, cada concejo recibirá del Fondo

14

Page 15: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

su autonomía determinen.

El Fondo estará adscrito a la Consejería competente en materia de cooperación local.

El Fondo tiene como objeto sufragar los gastos de capital de los concejos cuando resulten necesarios para asegurar la correcta dotación de las infraestructuras básicas, la mejora de espacios públicos, así como para otras inversiones destinadas al uso público.

Podrán ser beneficiarios del Fondo los concejos asturianos con una población igual o inferior a 40.000 habitantes, de acuerdo con las cifras oficiales provenientes de

presupuestado para el ejercicio 2009 las siguientes cantidades:A. En concepto de cuota fija, 50.000 euros.B. En concepto de cuota variable, la cantidad que resulte de la aplicación de los siguientes parámetros:

a. Población: La cantidad máxima serán 60.000 euros distribuidos de la siguiente forma:

-Hasta 2.500 habitantes: 15 euros por habitante.

-A partir de 2.500 habitantes: 5 euros por habitante.

b. Índice de envejecimiento. Se distribuirán 400.000 euros de forma directamente proporcional a los índices de envejecimiento de la población obtenidos a partir de datos oficiales publicados por el Instituto Nacional de

15

Page 16: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

la revisión anual del Padrón Municipal del Instituto Nacional de Estadística.

Estadística.

c. Superficie. Se distribuirán 250.000 euros de forma directamente proporcional a la superficie de cada concejo, expresada en kilómetros cuadrados.

d. Orografía. Se distribuirán 250.000 euros de forma directamente proporcional al porcentaje de kilómetros cuadrados de cada concejo de pendiente superior al 20 %.

e. Núcleos de población. La cantidad restante se distribuirá de forma directamente proporcional al número de núcleos de población con un mínimo de 5 habitantes con que cuente cada concejo, según el Nomenclátor anual elaborado por el Instituto Nacional de Estadística.

16

Page 17: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

17

Page 18: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

BALEARESNORMATIVA TRANSFEREN

CIAS (BOE/BOCCAA

)

CAPITULO 4 (transferencias

corrientes)CAPITULO 7 (de

capital)6

CAPÍTULO 2 (Gastos corrientes en bienes

y servicios)

NORMATIVA FONDO REGIONAL CCAA-

EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Federación

FELIB7

(Federación de Entidades

Locales de las Illes Balears)(BALEARES)

Ley 12/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2006 (BOIB 196, 31 diciembre 2005)

147.581.643,00 € 66.787.689,95 €

Decreto 22/2005, de 4 de marzo, que regula el régimen jurídico, los criterios de distribución y el funcionamiento del Fondo de Cooperación Municipal.Desde el año 2001 en la LPG de la Comunidad figura una partida económica llamada “fondo de cooperación municipal”, destinada a repartirse entre los municipios de las Islas Baleares, de acuerdo con los criterios de que fije el Consejo de Gobierno.

7.307.979 € Población, solidaridad, insularidad, doble insularidad, incremento de población, medidas de protección del territorio, municipios de interior, municipios pequeños, municipios con diversos núcleos de población, renta municipal, presión fiscal municipal.

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007

Transferencias a corporaciones locales

157.424.132,00 €

Cap. IV94.910.570,00 €

+Cap. VII

62.513.562,00 €

Fondo de Cooperación Municipal, creado en 2005. Según la LPG 2007 la partida económica llamada “fondo de cooperación municipal”, dentro de las transferencias de capital, representa un 0,40% del Presupuesto, experimentando un crecimiento del 57,78% respecto al año anterior.

11.530.000 € Población, solidaridad, insularidad, doble insularidad, incremento de población, medidas de protección del territorio, municipios de interior, municipios pequeños, municipios con diversos núcleos de población, renta municipal, presión fiscal municipal.

6 Incluye, en su caso, el Fondo Local.7 Información facilitada por la Federación de Entidades Locales de las Illes Balears (contesta al cuestionario) y completada por Gabinete (Asesoría Asuntos Económicos)

18

Page 19: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

Ley 5/2007, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2008.

Transferencias a corporaciones locales

170.949.829,00 €(% sobre el total 2008 5,14%)

Cap. IV 100.749.977 €+

Cap. VII 70.199.852 €

Fondo de Cooperación Municipal

Regulado en el artículo 205 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, que ha sido modificado para el artículo 32.3 de la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y económico-administrativas.

En desarrollo: Decreto 22/2005, de 4 de marzo, que regula el régimen jurídico, los criterios de distribución y el funcionamiento del Fondo de Cooperación Municipal.

Cuantía: Ley 5/2007, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2008. Previsto en la Sección Conselleria de Presidencia, Centro de gasto Direcció General d´Administracions Públiques, Programa 124ª Cooperació i relaciones amb els ens territorials i relacions interadministratives

14.365.608 € Población, solidaridad, insularidad, doble insularidad, incremento de población, medidas de protección del territorio, municipios de interior, municipios pequeños, municipios con diversos núcleos de población, renta municipal, presión fiscal municipal.

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Autónoma de les Illes Balears. PRESUPUESTOS DE

Transferencias a corporaciones locales

193.949.840 €

Fondo de Cooperación Municipal

Regulado en el artículo 205

16.799.575 €

Ley 9/2008, de 19 diciembre,

De acuerdo con la Resolución del Consejero de Presidencia de fecha 11 de marzo de 2009, el reparto del fondo de cooperación local del año 2009

19

Page 20: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de las Illes Balears 2009. Ley 9/2008, de 19 diciembre

Cap. IV 109.929.939 €+

Cap. VII 84.019.901 €

de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, que ha sido modificado para el artículo 32.3 de la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y económico-administrativas.

En desarrollo: Decreto 22/2005, de 4 de marzo, que regula el régimen jurídico, los criterios de distribución y el funcionamiento del Fondo de Cooperación Municipal.

Resolución del Consejero de Presidencia por la cual se fijan loscriterios y los porcentajes aplicables para hacer el reparto del fondo de cooperación local del año 2009, de fecha 11 de marzo de 2009 (BOIB 17/03/09)

Cuantía para 2009: Ley 9/2008, de 19 diciembre, de Presupuestos de las Illes Balears para 2009. Previsto en la Sección Conselleria de Presidencia, Centro de gasto Direcció General d´Administracions Públiques, Programa 124ª Cooperació i relaciones amb els ens territorials i relacions interadministratives

de Presupuestos de las Illes Balears para 2009. Previsto en la Sección Conselleria de Presidencia, Centro de gasto Direcció General d´Administracions Públiques, Programa 124ª Cooperació i relaciones amb els ens territorials i relacions interadministratives

tiene que hacerse de acuerdo con los criterios y porcentajes siguientes:

a) La población con el 70,25 %, ya que con este porcentaje quiere tenerse en cuenta la población de cada municipio.

b) La solidaridad con el 21 % que se desglosa así: un 7 % que debe repartirse en cuantías idénticas entre todos los municipios, un 5 % para los municipios de menos de 25.000 habitantes, un 3 % para los municipios de menos de 15.000 habitantes, un 3 % para los municipios de menos de 7.500 habitantes y un 3 % para los municipios de menos de 3.000 habitantes. Estos porcentajes anteriores son acumulativos. De esta manera, con estos porcentajes se pretende hacer uno reparto equitativo entre todos los municipios de las Illes Balears y, a la vez, beneficiar de manera acumulativa los municipios con menos población.

c) La insularidad con el 1,6 %, ya que este porcentaje se considera suficiente para compensar la insularidad de los municipios de las islas de Menorca, Ibiza y Formentera.

d) La doble insularidad con el 0,15 %, ya que se considera que este porcentaje es suficiente para compensar la doble insularidad de Formentera.

e) La sierra de Tramuntana con el 7 %, ya que este porcentaje es para repartir una cantidad igual entre los municipios de la sierra de Tramuntana que cumplan estos dos requisitos: 1) tener

20

Page 21: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

menos de 5.000 habitantes y 2) tener más del 40 % de territorio protegido.

Asimismo, en dicha Resolución se acuerda:Aplicar los criterios y los porcentajes mencionados anteriormente respecto de la cantidad global del fondo de cooperación local, considerando las cantidades comprometidas en los diversos convenios suscritos con cargo al fondo de cooperación local.

Acordar como regla aplicable sólo al criterio de la solidaridad aquella por la que si un municipio, a causa del incremento absoluto de la población, queda excluido de algún criterio acumulativo de la solidaridad en el reparto del fondo de un ejercicio respecto al ejercicio inmediato anterior y el número de habitantes de este municipio que lo hace excluir del criterio mencionado no se ha incrementado más de un 5 % respecto al límite del criterio acumulativo de la solidaridad, aunque que por número absoluto de habitantes tendría que quedar excluido del criterio de la solidaridad, se mantendrá el municipio dentro de este criterio acumulativo de la solidaridad durante un período transitorio de 3 años, a contar desde el ejercicio en que haya quedado excluido. Si durante este período transitorio el número de habitantes del municipio que hace superar el criterio mencionado se ha incrementado más de un 5 %, este municipio quedará excluido del criterio acumulativo de la solidaridad en el ejercicio que haya superado el 5 %. En todo caso, una vez finalizado este período transitorio, el

21

Page 22: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

municipio quedará excluido de este criterio.

Establecer que a los municipios que tienen suscritos convenios con cargo al fondo de cooperación local, que son Calvià, Campos, Escorca, Fornalutx, Marratxí, Palma, Pollença, Santanyí y Selva, se les aplicarán los criterios de reparto expuestos anteriormente y que se sustraerá el importe anual del Convenio de la aportación del fondo de cooperación local que les corresponda.

CANARIASNORMATIVA

TRANSFERENCIAS (BOE/BOCCAA)

CAPITULO 4 (transferencias

corrientes)CAPITULO 7 (de

capital)8

CAPÍTULO 2

(Gastos corrientes en bienes

y servici

os)

NORMATIVA FONDO REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del

fondo Federació

n

FECAM9

(Federación Canaria de Municipios)CANARIAS

Ley 14/1990, de 26 de julio, de Reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico (BOC nº 96, 1 de agosto de 1990; BOE nº 225, 19 de septiembre de 1990). Ley 9/2005, de 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad

171.868.248,00 €

Fondo Canario de Financiación Municipal

(171.203.907,00)+

Transferencias a Cabildos por traspaso de

competencias (664.341,00 €)

0 € Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal

171.203.907,00 €

Incluye:Cap 4:

Transferencias corrientes

(85.414.861 €)Cap. 6: Inversiones reales (374.185,00

€)

Población (68%), solidaridad (16%), insularidad periférica (1%), extensión territorial (2%), espacios naturales protegidos (2%), plazas alojativas turísticas (2%), dispersión territorial (5%), las

8 Incluye, en su caso, el Fondo Local.9 Información facilitada por la Federación Canaria de Municipios (contesta al cuestionario) y completada por Gabinete (Asesoría Asuntos Económicos)

22

Page 23: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Autónoma de Canarias para el 2006.

Cap 7: Transferencias de

capital (85.414.861 €)

unidades escolares (4%)

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 12/2006, de 28 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el 2007.

176.420.860,00 €(% Var.07/06 2,6%)

Fondo Canario de Financiación Municipal

(175.506.958,00)+

Transferencias a Corporaciones Locales:

913.902,00

Transferencias a Cabildos por traspaso de

competencias (713.902,00)

+ Otras transferencias a Cabildos (200.000,00)

Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal

Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el 2007

175.506.958,00 €

Incluye:Cap 4:

Transferencias corrientes

(87.553.479 €)Cap. 6: Inversiones reales (400.000 €)

Cap 7: Transferencias de

capital (87.553.479 €)

Población (68%), solidaridad (16%), insularidad periférica (1%), extensión territorial (2%), espacios naturales protegidos (2%), plazas alojativas turísticas (2%), dispersión territorial (5%), las unidades escolares (4%)

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

LEY 14/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2008.

Transferencias a corporaciones locales

426.614.595 €

Cap. 4 Transferencias Corrientes329.795.504

Incluye Fondo Canario de Financiación Municipal

95.816.735,00 €

+Cap. 6 Inversiones

reales . 402.356 €

Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal.Mediante Ley 3/1999, de 4 de febrero, se regula el Fondo Canario de Financiación Municipal, constituyendo un texto que, como en su exposición de motivos se señala, tiene por finalidad financiar a los ayuntamientos con fondos de libre disposición sin perder de vista en su totalidad el sistema de coordinación y saneamiento de las haciendas municipales.

En consonancia con lo expuesto, se expresa en su articulado que el citado Fondo tiene por objeto dotar a los municipios canarios de recursos económicos destinados, en partes iguales, para gastos de libre

192.035.826,00 €

Cap 4: Transferencia

corrientes (95.816.735,00 €)Cap 6: Inversiones reales (402.356,00)

Cap. 7: Transferencias de

capital (95.816.735,00 €)

Población (68%), solidaridad (16%),

insularidad periférica (1%), extensión territorial (2%),

espacios naturales protegidos (2%), plazas

alojativas turísticas (2%), dispersión

territorial (5%), las unidades escolares

(4%)

En el ejercicio 2008 se incorporará el municipio de El Pinar al Fondo Canario de Financiación Municipal

Para el año 2008 se

23

Page 24: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Incluye Fondo Canario de Financiación Municipal

402.356,00 €

+Cap. 7. Transferencias de

Capital.96.416.735 €

Incluye Fondo Canario de Financiación Municipal

95.816.735,00 €

disposición y para saneamiento económico financiero o, si se cumplen los indicadores previstos en la Ley, a inversión. La citada Ley determina los porcentajes que deben alcanzar los indicadores de saneamiento económico financiero previstos en la misma para que la parte del Fondo con destino a saneamiento o inversión sea destinada a inversión, cuya no obtención determinaría que la citada parte del Fondo deba ser destinada a saneamiento económico financiero. Asimismo determina la Ley el valor que han de tener los condicionantes de libre disposición denominados gestión recaudatoria y esfuerzo fiscal para que la parte del Fondo con destino a gastos de libre disposición no se reduzca en su cuantía.

DECRETO 19/2008, de 19 de febrero, por el que se determina para el año 2008 la valoración del condicionante de libre disposición gestión recaudatoria previsto en la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal.

Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el 2008

establece en el 80 por ciento el porcentaje que debe superar la valoración del condicionante de cuantía de libre disposición denominado gestión recaudatoria previsto en el artículo 13 de la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal.

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Autónoma de Canarias. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de Canarias 2009. Ley 5/2008, de 23 diciembre

Transferencias a corporaciones locales

459.417.231 €(Incremento 08/09 del

7,7%)

Cap. 4 Transferencias Corrientes

402.560 (aumento

0,1%)(en 2008 402.356)

Fondo Canario de Financiación Municipal

Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal.

Desarrollo: DECRETO 58/2009, de 19 de mayo, por el que se determina para

228.557.150 € (incremento del

18,8% respecto al año anterior)

Cap. 7: Transferencias de

capital

Población (68%), solidaridad (16%),

insularidad periférica (1%), extensión territorial (2%),

espacios naturales protegidos (2%), plazas

alojativas turísticas

24

Page 25: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

En la política de “Aportaciones a Corporaciones Locales” los créditos consignados a dicha finalidad experimentan un crecimiento de un 4,2 por cien. En esta política se incluyen por primera vez en un único fondo en el capítulo IV de la Sección 20 “Transferencias a Corporaciones Locales” de este Presupuesto, y a petición de los CabildosInsulares, los créditos para las transferencias que financian tanto los costes correspondientes a los gastos de funcionamiento como los de capital por los traspasos y delegaciones de competencias a los Cabildos Insulares. Así como también por primera vez en este Presupuesto se incluye también en dicha Sección el Fondo Canario de Financiación Municipal destinado a gasto corriente y que antes se consignaba en la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad.

Los créditos consignados para compensar el coste de las competencias transferidas a los Cabildos Insulares se han actualizado, en este primer ejercicio que se agrupan en el fondo de la Sección 20,

343.632.985 €(Incremento 08/09 del

4,2%)Incluido Fondo Canario de

Financiación Municipal+

Cap. 6 Inversiones reales.

402.560 €(Incremento 08/09 del

0,1%)Incluido Fondo Canario de

Financiación Municipal +

Cap. 7. Transferencias de Capital.

115.381.686 €(Incremento 08/09 del

19,7%)Incluido Fondo Canario de

Financiación Municipal

La Sección 20 de Transferencias a corporaciones locales experimenta un incremento del 7,7 por cien, con unos créditos totales de 459 millones de euros.

En esta sección se incluyen las transferencias, tanto corrientes como de capital, que constituyen el Fondo Canario de Financiación Municipal, que experimentan un aumento del 18,8 por cien en aplicación del sistema de actualización previsto en la Ley 3/1999, de 4 de febrero que lo regula.

el año 2009 la valoración del condicionante de libre disposición gestión recaudatoria previsto en la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal.

Cuantía: Ley de Presupuestos de Canarias 2009, Ley 5/2008, de 23 diciembre

Los créditos consignados para atender el Fondo Canario de Financiación Municipal, se han incrementado en un 18,8% como consecuencia de los criterios de actualización previstos en la normativa reguladora del Fondo.

PROGRAMA: 912C FONDO CANARIO DE FINANCIACIÓN MUNICIPAL

Este programa presupuestario incluye las dotaciones para hacer frente a los compromisos derivados de la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario deFinanciación Municipal, modificada por la Ley 2/2000, de 17 de julio, de medidas económicas, en materia de organización administrativa y gestión relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de establecimiento de normas tributarias, y Ley 2/2002, de 27 de marzo, de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador.

113.876.117 €Cap 4:

Transferencia corrientes

113.876.117 €Cap 6: Inversiones

reales804.916 €

(2%), dispersión territorial (5%), las unidades escolares

(4%)

Para el año 2009 se establece en el 77 por ciento el porcentaje que debe superar la valoración del condicionante de cuantía de libre disposición denominado gestión recaudatoria, previsto en el artículo 13 de la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal.

25

Page 26: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

en función de los criterios previstos en la Ley 9/2003, de medidas tributarias y de financiación de las Haciendas Territoriales de Canarias. Así, para los que financian el coste corriente de las competencias transferidas esta actualización se ha efectuado en función de la variación registrada por el Fondo de Suficiencia consignado en los Presupuestos Generales del Estado a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias, lo que supone una disminución de un 3,41% con respecto al ejercicio anterior, y los que financian el coste de capital en función de la variación media de las inversiones de la Comunidad Autónoma de Canarias, lo que supone una disminución de un 4,3 por cien. No obstante lo anterior, las líneas de actuación referentes al área de menores crecen en función del coste por plazas existentes para acogimiento residencial de menores, resaltando que en este Presupuesto los créditos

Además se consignan los créditos que financian las competencias transferidas y delegadas a los cabildos insulares, actualizadas de acuerdo con lo que se establece en la Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales.

Por último, se incluyen en ella las dotaciones iniciales para la aplicación de la Ley 8/2007, de 13 de abril, del Estatuto de Capitalidad compartida de las ciudades de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.

26

Page 27: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

que se consignan para esta finalidad como consecuencia del especifico procedimiento de actualización se encuentran separadas en dicha sección.

Los créditos consignados para atender el Fondo Canario de Financiación Municipal, se han incrementado en un 18,8% como consecuencia de los criterios de actualización previstos en la normativa reguladora del Fondo.

CANTABRIANORMATIVA TRANSFEREN

CIAS (BOE/BOCCAA

)

Transferencias

corrientes y de capital10

Gastos corrientes en bienes y servicios

NORMATIVA FONDO

REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Federación

FCM11

(Federación de Municipios de

Cantabria)CANTABRIA

Ley 5/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de Cantabria para el año 2006

Ley 8/1999, de 28 de abril, por la que se regulan las Comarcas de Cantabria

Ley 6/1994, de 19 de mayo, de regulación de las

CAP. 4:

31.785.928,00 €

CAP. 7:

26.162.132,00 €

TOTAL:

57.948.060,00 €

0 Decreto 100/2004 de 14 de octubre, por el que se crea la Comisión de Administración Local

Comisión que, entre otras funciones, determina los criterios de reparto.

Decreto

FONDO DE COOPERACIÓN A

MUNICIPIOS

13.780.000,00

FONDO DE COOPERACIÓN

ECONOMICA CON MANCOMUNIDADES:

900.000,00 €

La dotación del Fondo vendrá determinada por el crédito

Los determina la Comisión de Administración Local para proceder a su distribución directa o para su incorporación en el articulado de la correspondiente Ley de Presupuestos.

El Fondo de Cooperación Municipal creado por el Decreto 109/2006, se divide en dos partes, una parte fija que cumple funciones de nivelación y solidaridad y una parte variable que atiende a la singularidad de cada municipio en función de la población y extensión. Su distribución anual se realiza mediante el sistema de asignación fija que afecta a los municipios de población superior a 20.000 vecinos y al Valle de Villaverde, en atención a su condición de enclave, y mediante un sistema de asignación variable que se aplica al resto de municipios.

10 Incluye en Capítulo 4 (transferencias corrientes) la cantidad correspondiente al Fondo de Cooperación Municipal y al Fondo de Cooperación económica a Mancomunidades.11 Información conseguida por Gabinete (Asesoría Asuntos Económicos). La Federación de Municipios de Cantabria no contesta al cuestionario.

27

Page 28: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Entidades Locales Menores de Cantabria

109/2006, de 26 de octubre, por el que se crea y regula el Fondo de Cooperación Municipal.

presupuestario que se consigne anualmente en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 18/2006,de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de Cantabria para el año 2.007

Total Transferencias

a corporaciones

locales72.270.000,00 €

Cap.4 Transferencias

corrientes41.689.879,00 €

+Cap. 7

Transferencias capital

30.580.121,00 €

Ley 18/2006, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de Cantabria para el año 2.007. Sección 2, Servicio 3, Programa 458 A. Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos. Dirección General de Administración Local.Actuación en el ámbito local.

Fondo de Cooperación

Municipal14.427.660,00

Asistencia económica a

Mancomunidades1.000.000,00

Siguen vigentes los criterios de distribución descritos para el 2006.

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

Ley de Cantabria 6/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2008.

Total Transferencias

a corporaciones

locales69.926.861 €

Cap.4 Transferencias

corrientes39.702.851 €

+Cap. 7

Transferencias capital

30.224.010 €

Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de Cantabria para el año 2.008. Sección 3, Servicio 3, Programa 458 A. Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos. Dirección General de Administración Local.Actuación en el

Fondo de Cooperación

Municipal 15.149.043 €

Cooperación Económica a

Mancomunidades1.100.000 €

Siguen vigentes los criterios de distribución descritos para el 2006.

28

Page 29: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

ámbito local.

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Autónoma de Cantabria. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de Cantabria 2009. Ley 8/2008, de 26 diciembre

Total Transferencias

a corporaciones

locales80.059.442

Cap.4 Transferencias

corrientes48.397.136 €

+Cap. 7

Transferencias capital

31.662.306 €

Decreto 109/2006, de 26 de octubre, por el que se crea y regula el Fondo de Cooperación Municipal.

Cuantía: Ley de Presupuestos de Cantabria 2009. Ley 8/2008, de 26 diciembre.Sección 03, empleo y bienestar social. Servicio 03 Dirección General de Administración Local. Programa 458 A Actuaciones en el ámbito local.

Fondo de Cooperación

Municipal 15.452.024 €

(Incremento 08/09 2%)

Cooperación Económica a

Mancomunidades. Asistencia económica

mancomunidades de la región en la prestación de

servicios municipales1.142.626 €

Siguen vigentes los criterios de distribución descritos para el 2006.

CASTILLA-LA MANCHA

NORMATIVA TRANSFEREN

CIAS (BOE/BOCCAA

)

Transferencias corrientes y de

capital12

Gastos corrientes en bienes

y servici

os

NORMATIVA FONDO

REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Federación

FMPCM13 Ley 13/2005, de 211.669.640,00 € 207.447.9 Ley 3/91, de 14 de 59.640.000,00 El Fondo Regional de Cooperación Local, destina el 12 Incluye el Fondo Local.13 La Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha facilita información (contesta al cuestionario). Se amplía por Gabinete.

29

Page 30: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

(Federación de Municipios y Provincias de

Castilla-La Mancha)

(CASTILLA LA MANCHA)

Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2006. (D.O.C.M.nº 254 de 31 de diciembre de 2005)

70,00 €(SIN PIE)

marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha, ) (D.O.C.M. nº 25, de 27 de marzo de 1991), modificada por las Leyes 13/1999 de 15 de diciembre (D.O.C.M.nº 81 de 24 de diciembre de 1999) y 9/2000 de 21 de diciembre (D.O.C.M. nº 131, de 29 de diciembre de 2000 ) (TITULO VIII , artículos 78 a 83)

95% de su cuantía a los Municipios, el 4% a las Mancomunidades y establece una reserva del 1% para atender actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles que puedan presentarse. La parte del Fondo destinada a Municipios, se distribuye el 30% para Municipios menores de 2000 habitantes, y con carácter no específico; 30% para financiar obras y servicios de competencia municipal en municipios de más de 2000 habitantes, con preferencia de los que supongan prestación de servicios mínimos obligatorios. (El cálculo de la cantidad que deba recibir cada Municipio se realizará atendiendo a los criterios establecidos en el Decreto 12/2000, de25 de enero que establece los criterios de reparto, que tienen en cuenta variables tales como el número de habitantes, la existencia de núcleos de población, el esfuerzo fiscal, el número de unidades escolares y cualquier otra variable que se considere oído el Consejo Regional de Municipios) El 40% restante se destinará a financiar programas en sectores relacionados con la Educación, Empleo, Cultura, Deportes, Bienestar Socia, Sanidad, Medio Ambiente, Caminos rurales, Ciclo Hidráulico y Residuos Sólidos Urbanos.

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 16/2006, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2007. (D.O.C.M.nº 50 de 27 de febrero de 2006)

1.029.429.060,00 €

Transferencias corrientes a

Corporaciones Locales

270.986.000,00 €+

Transferencias de capital a

Corporaciones Locales

758.443.060,00 €(incluye Participación de las corporaciones locales en los tributos

del Estado, 563.264.300,00 €)

Fondo Regional de Cooperación LocalPresupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2007.

60.832.800 € Vigentes los criterios de distribución año 2.006.

30

Page 31: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

Ley 15/2007, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha para 2008

968.093.190 €

Transferencias corrientes a

Corporaciones Locales

181.001.750 €+

Transferencias de capital a

Corporaciones Locales

787.091.440 €(incluye Participación de las corporaciones locales en los tributos

del Estado, 574.529.580 €)

Fondo Regional de Cooperación LocalPresupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2008

64.482.780 €

(Transferencias corrientes

36.755.190+Transferencias de

capital27.727.590)

Vigentes los criterios de distribución año 2.006.

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de Castilla-La Mancha 2009. Ley 10/2008, de 19 diciembre

1.092.228.520 €

Transferencias corrientes a

Corporaciones Locales

303.087.090 €+

Transferencias de capital a

Corporaciones Locales

789.141.430 €(incluye Participación de las corporaciones locales en los tributos

del Estado, 585.635.170 €)

Fondo Regional de Cooperación LocalSección 22. Administraciones Públicas y Justicia. Órgano Gestor 04 Dirección General de Administración Local. Programa 121C Relación y Coordinación con Corporaciones Locales.

64.769.610 €

Transferencias corrientes

37.042.020+

Transferencias de capital 27.727.590

Vigentes los criterios de distribución año 2.006.

31

Page 32: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

CASTILLA-LEÓN

NORMATIVA TRANSFEREN

CIAS (BOE/BOCCAA

)

Transferencias

corrientes y de capital14

Gastos corrientes en bienes y servicios

NORMATIVA FONDO

REGIONAL CCAA-EELL

Fondo15 Criterios de distribución del fondo

Federación

FMPCL16

(Federación de Municipios y Provincias de Castilla-León)

CASTILLA LEÓN

Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla-León.

CAP. 4:80.250.361,00 €

CAP. 7:304.859.837,00

€TOTAL:

388.110.198,00

- La Ley 14/2005, de Presupuestos Generales de la C. Autónoma, art. 32, regula el Fondo de Cooperación Local de Castilla y León.

Decreto 53/2002, de 4 de abril, regulador del Fondo de Cooperación Local de la Comunidad de Castilla y León. (fecha de publicación 8-abril-2002, Nº Boletín 66)

FONDO DE APOYO

MUNICIPAL:6.088.643,00 €PACTO LOCAL:

19.000.000,00 €

El Fondo de Cooperación Local de Castilla y León se estructura en las siguientes líneas de actuación:-Fondo para inversiones de municipios mayores de 20.000 mil habitantes.-Fondo territorializado, destinado a las Diputaciones Provinciales, para inversiones en municipios menores de 20.000 mil habitantes.-Fondo para inversiones de mancomunidades municipales y demás Entidades Locales que agrupen varios municipios.-Fondo para inversiones de Entidades Locales incluidas en zonas de acción especial.-Fondo para inversiones complementarias de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León. Fondo para Entidades Locales con tratamiento preferencial por el alcance supramunicipal de sus servicios.

Las subvenciones con cargo a los créditos presupuestarios de los diferentes subconceptos del fondo de Cooperación Local se concederán por Orden del titular de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, cualquiera que sea su importe.

Una vez que las Entidades Locales beneficiarias hayan acreditado la contratación de los proyectos subvencionados con cargo al Fondo de Cooperación Local, la Junta de Castilla y León librará a dichas entidades el importe total de las ayudas concedidas.

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 16/2006, de 29 de diciembre, de Presupuestos

Total Transferencias

a

Ley 16/2006, de 29 de diciembre, de Presupuestos

Fondo de Cooperación

Local

Fondo de Apoyo Municipal.1. El Fondo de Apoyo Municipal tendrá carácter incondicionado, y se destinará a los Municipios con población

14 Incluye en Capítulo 4 (transferencias corrientes) la cantidad correspondiente al Fondo de Cooperación Municipal y al Fondo de Cooperación económica a Mancomunidades.15 Incluido en transferencias corrientes y de capital. 16 Información conseguida por Gabinete. La Federación de Municipios y Provincias de Castilla-León no facilita información (no contesta al cuestionario)

32

Page 33: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007.

Corporaciones Locales

435.756.911 €

Cap.4 Transferencias

corrientes98.917.283 €

+Cap. 7

Transferencias capital

336.839.628 €

Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007.Plan de cooperación Local.Artículo 26º.- Fondo de Apoyo Municipal.Artículo 27º.- Fondo de Cooperación Local.Pacto Local.

55.633.704 €

Pacto Local26.000.000 €

Fondo de Apoyo

Municipal6.088.643 €

de derecho igual o superior a 20.000 habitantes, para el pago de los gastos generados por la implantación, mejora, ampliación o mantenimiento de servicios públicos no susceptibles de ser financiados con tasas o precios públicos.2. El titular de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, previo informe de la Federación Regional de Municipios y Provincias, aprobará la distribución de los créditos a que se refiere el apartado anterior.3. Aprobada la distribución, se librará trimestralmente el importe que corresponda a cada municipio. Dentro del mes siguiente al ejercicio económico financiado, el Ayuntamiento remitirá a la Dirección General de Administración Territorial cuenta justificativa de la aplicación de los fondos.

Fondo de Cooperación Local. El Fondo de Cooperación Local de Castilla y León se estructura en las siguientes líneas de actuación:- Fondo para inversiones de Municipios mayores de veinte mil habitantes.- Fondo territorializado, destinado a las Diputaciones Provinciales, para inversiones en municipios menores de veinte mil habitantes.- Fondo para inversiones de Mancomunidades municipales y demás entidades locales que agrupen varios municipios.- Fondo para inversiones de entidades locales incluidas en zonas de acción especial.- Fondo para inversiones complementarias de las entidades locales de la Comunidad de Castilla y León.- Fondo para entidades locales con tratamiento preferencial por el alcance supramunicipal de sus servicios.

Las subvenciones con cargo a los créditos presupuestarios de los diferentes subconceptos del Fondo de Cooperación Local se concederán por Orden del titular de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, cualquiera que sea su importe.

Una vez que las entidades locales beneficiarias hayan acreditado la contratación de los proyectos subvencionados con cargo al Fondo de Cooperación Local, la Junta de Castilla y León librará a dichas entidades el importe total de las ayudas concedidas.

33

Page 34: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

Ley 10/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2008

Total Transferencias

a Corporaciones

Locales469.805.532 €

Cap.4 Transferencias

corrientes109.579.747 €

+Cap. 7

Transferencias capital

360.225.785 €

Ley 10/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2008Plan de cooperación Local.Artículo 26º.- Fondo de Apoyo Municipal.Artículo 27º.- Fondo de Cooperación Local.Pacto Local.

Pacto Local33.000.000 €

Fondo de Apoyo

Municipal6.271.302 €

Ayudas cohesión territorial102.565 €

Ver criterio año 2007

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Autónoma de Castilla y León. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de Castilla y León 2009. Ley 18/2008, de 23 diciembre.

La cooperación económica de la Comunidad de Castilla y León con las entidades locales

Total Transferencias

a Corporaciones

Locales363.746.443 €

Cap.4 Transferencias

corrientes113.470.007 €

+Cap. 7

Transferencias capital

250.276.436 €

Ley de Presupuestos de Castilla y León 2009. Ley 18/2008, de 23 diciembre.

Fondo de Apoyo Municipal.

Fondo de Cooperación Local.

Fondo de Cooperación

Local57.454.186 €

Pacto Local40.000.000 €

Fondo de Apoyo

Municipal6.271.302 €

Fondo de Apoyo Municipal.El titular de la Consejería de Interior y Justicia, previo informe de la Federación Regional de Municipios y Provincias, aprobará la distribución de los créditos del Fondo de Apoyo Municipal.Aprobada la distribución, se librará trimestralmente el importe que corresponda a cada municipio. Dentro del mes siguiente al ejercicio financiado, el Ayuntamiento remitirá a la Dirección General de Administración Territorial cuenta justificativa de la aplicación de los fondos.

Fondo de Cooperación Local.El Fondo de Cooperación Local de Castilla y León se estructura en las siguientes líneas de actuación:- Fondo para inversiones de municipios mayores de veinte mil habitantes.- Fondo territorializado, destinado a las diputaciones provinciales, para inversiones en municipios menores de veinte mil habitantes.

34

Page 35: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

comprendidas en su territorio se realizará a través del Plan de Cooperación Local.

El Plan de Cooperación Local está constituido por el Fondo de Cooperación Local, el Fondo de Apoyo Municipal, los créditos de Pacto Local y el conjunto de transferencias corrientes y de capital de carácter sectorial que, destinadas a las entidades locales de Castilla y León, figuren con tal carácter o denominación en esta ley. La gestión de los créditos de cooperación local de todas las Secciones se efectuará en los términos que dispongan las consejerías.

- Fondo para inversiones de mancomunidades municipales y demás entidades locales que agrupen varios municipios.- Fondo para inversiones de entidades locales incluidas en zonas de acción especial.- Fondo para inversiones complementarias de las entidades locales de la Comunidad de Castilla y León.- Fondo para entidades locales con tratamiento preferencial por el alcance supramunicipal de sus servicios.

35

Page 36: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

CATALUÑANORMATIV

A TRANSFER

ENCIAS (BOE/BOC

CAA)

Transferencias

corrientes y de

capital

Gastos

corrientes en

bienes y

servicios

NORMATIVA FONDO

REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Federación

Federación de Municipios de

Cataluña (FMCNET) 17

Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006 (D.O. GENERALIDAD DE CATALUÑA, 31/12/05)(Arts. 42 a 47) (*)

Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006 (D.O. GENERALIDAD DE CATALUÑA, 31/12/05)TÍTULO VI Participación de los entes locales en los ingresos del Estado y de la Generalidad(Arts. 42 a 47)

La participación de los entes locales en los ingresos de la Generalidad es de 115.255.484,80 euros, con la siguiente distribución:

a) 80.862.590 euros, consignados en la aplicación GO 03 D/460.1101/711, "Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Ayuntamientos", deben distribuirse entre los municipios.La aplicación GO 03 D/460.1101/711 del presupuesto del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas en concepto de

"Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Ayuntamientos"La participación de libre disposición, con un importe de 73.362.590 euros, se distribuye del siguiente modo: a) Al municipio de Barcelona, 4.600.000 euros.b) Al resto de los municipios de Cataluña, 68.762.590 euros, que deben distribuirse de acuerdo con los siguientes criterios: Primero. Atendiendo a la población como indicador de gasto, una cantidad para cada municipio, calculada de acuerdo con la siguiente fórmula: P = 20.000 + (H1 x 21) + (H2 x 9,5) + (H3 x 7,2) + (H4 x 5) + (H5 x 3,6)En la cual: P = participación del municipioH1 = número de habitantes entre 1 y 1.000H2 = número de habitantes entre 1.001 y 5.000H3 = número de habitantes entre 5.001 y 20.000H4 = número de habitantes entre 20.001 y 50.000H5 = número de habitantes por encima de 50.000Segundo. Atendiendo al mayor gasto asociado a la plurinuclearidad, 5.000.000 de euros distribuidos entre los municipios de menos de

17 Información conseguida por Gabinete.

36

Page 37: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

participación de los municipios en los ingresos de la Generalidad financia:a) La participación de libre disposición.b) La participación para el fomento de la prestación supramunicipal de servicios.

b) 34.074.624,80 euros, consignados en la aplicación GO 03 D/460.1100/711 "Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Consejos Comarcales", deben distribuirse entre las comarcas.

50.000 habitantes con núcleos de población diferenciados fuera de la entidad capital de municipio, y del siguiente modo: en proporción al número de núcleos de población habitados .salvo los existentes en la entidad capital de municipio., 2.500.000 euros, y en proporción a la población en núcleos fuera de la entidad capital de municipio, con un máximo de 1.000 habitantes por núcleo, 2.500.000 euros.Tercero. Atendiendo al mayor gasto asociado a la capitalidad comarcal, una cantidad fija de 1.000.000 de euros, de los cuales 6.000 euros son para cada capital y 760.000 euros se distribuyen en proporción a la población comarcal fuera de la capital. Terrassa y Sabadell se distribuyen las correspondientes cantidades en función de su población.Cuarto. Atendiendo al gasto por la gestión del territorio, 1.209.571 euros repartidos proporcionalmente a la superficie de cada municipio.

De acuerdo con lo que dispone la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial del Valle de Arán, se establece un porcentaje de participación en los ingresos de la Generalidad en favor del Valle de Arán de un 1,86% de la aplicación presupuestaria GO 03 D/460.1100/711 del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas. El 98,14% restante de dicha aplicación presupuestaria se distribuye entre el resto de las comarcas de acuerdo con los siguientes criterios y teniendo en cuenta que los datos de población son los referentes al padrón de habitantes del año 2004: a) Atendiendo al número de habitantes de la comarca: Primero. En función de la población, agrupada por intervalos, 703.490 euros para las comarcas con población superior a 75.000 habitantes o una densidad de población superior a 100 habitantes/km2 y 577.830 euros en los demás casos.Segundo. En función de la población comarcal, 2.827.350 euros.Tercero. En función de la población comarcal ponderada por la inversa de la renta comarcal, 2.827.350 euros.b) Atendiendo al principio de solidaridad interterritorial, 1.493.500 euros distribuidos en proporción directa a la superficie de cada comarca y 666.236,77 euros distribuidos en función del número de municipios de cada comarca, ponderando con el factor 2 los municipios que tienen hasta 500 habitantes, con el factor 1,5, los que tienen entre 501 y 2.000 habitantes y con el factor 1, el resto.

37

Page 38: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

c) 318.270 euros, consignados en la aplicación GO 03 D/460.1102/711, "Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Entidades municipales descentralizadas", deben distribuirse entre las entidades municipales descentralizadas.

La aplicación GO 03 D/460.1102/711, "Fondos de Cooperación Local de Cataluña, entidades municipales descentralizadas", dotada con 318.270 euros, se distribuye entre las entidades municipales descentralizadas de Cataluña existentes a 1 de enero de 2006, del siguiente modo, teniendo en cuenta que los datos de población son los correspondientes al padrón de habitantes del año 2004: a) Una cantidad fija, de acuerdo con los siguientes tramos de población: Primero. 3.000 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población de 100 habitantes o menos.Segundo. 5.000 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población entre 101 y 500 habitantes.Tercero. 8.000 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población entre 501 y 1.000 habitantes.Cuarto. 12.000 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población de más de 1.000 habitantes.b) La cantidad restante se distribuye en proporción al número de habitantes de cada entidad municipal descentralizada.

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2007 (aprobados y presentados al Parlamento el 30 de marzo de 2007)

Transferencias corrientes a

las entidades locales:

2.704.400.000 euros

(+19%)

Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2007. Título VI. Participación de los entes locales en los ingresos del Estado y de la Generalidad(Arts. 44 a 48)

La participación de los entes locales en los ingresos de la Generalidad es de 130.092.838,10 euros, con la siguiente distribución:

a) 94.668.156 euros, consignados en la aplicación GO 03 D/460.1101/711, "Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Ayuntamientos", deben distribuirse entre los municipios.La aplicación GO 03 D/460.1101/711 del presupuesto del Departamento de

"Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Ayuntamientos"La participación de libre disposición, con un importe de 86.668.156 euros, se distribuye del siguiente modo: a) Al municipio de Barcelona, 4.800.000 euros.b) Al resto de los municipios de Cataluña,81.868.156 euros, que deben distribuirse de acuerdo con los siguientes criterios: Primero. Atendiendo a la población como indicador de gasto, una cantidad para cada municipio, calculada de acuerdo con la siguiente fórmula: P = 23.800 + (H1 x 24,99) + (H2 x 11,31) + (H3 x 8,56) + (H4 x 5,60) + (H5 x 4,00)En la cual: P = participación del municipioH1 = número de habitantes entre 1 y 1.000H2 = número de habitantes entre 1.001 y 5.000H3 = número de habitantes entre 5.001 y 20.000H4 = número de habitantes entre 20.001 y 50.000

38

Page 39: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Gobernación y Administraciones Públicas en concepto de participación de los municipios en los ingresos de la Generalidad financia:a) La participación de libre disposición.b) La participación para el fomento de la prestación supramunicipal de servicios.

b) 35.096.864 euros, consignados en la aplicación GO 03 D/460.1100/711 "Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Consejos Comarcales", deben distribuirse entre las comarcas.

H5 = número de habitantes por encima de 50.000Segundo. Atendiendo al mayor gasto asociado a la plurinuclearidad, 5.450.000 de euros distribuidos entre los municipios de menos de 50.000 habitantes con núcleos de población diferenciados fuera de la entidad capital de municipio, y del siguiente modo: en proporción al número de núcleos de población habitados .salvo los existentes en la entidad capital de municipio., 2.725.000 euros, y en proporción a la población en núcleos fuera de la entidad capital de municipio, con un máximo de 1.000 habitantes por núcleo, 2.725.000 euros.Tercero. Atendiendo al mayor gasto asociado a la capitalidad comarcal, una cantidad fija de 1.190.591,55 de euros, de los cuales 7.143,55 euros son para cada capital y 904.849,55 euros se distribuyen en proporción a la población comarcal fuera de la capital. Terrassa y Sabadell se distribuyen las correspondientes cantidades en función de su población.Cuarto. Atendiendo al gasto por la gestión del territorio, 1.440.104,97 euros repartidos proporcionalmente a la superficie de cada municipio.

De acuerdo con lo que dispone la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial del Valle de Arán, se establece un porcentaje de participación en los ingresos de la Generalidad en favor del Valle de Arán de un 1,86% de la aplicación presupuestaria GO 03 D/460.1100/711 del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas. El 98,14% restante de dicha aplicación presupuestaria se distribuye entre el resto de las comarcas de acuerdo con los siguientes criterios y teniendo en cuenta que los datos de población son los referentes al padrón de habitantes del año 2004: a) Atendiendo al número de habitantes de la comarca: Primero. En función de la población, agrupada por intervalos, 724.594,70 euros para las comarcas con población superior a 75.000 habitantes o una densidad de población superior a 100 habitantes/km2 y 595.164,90 euros en los demás casos.Segundo. En función de la población comarcal, 2.912.170,54 euros.Tercero. En función de la población comarcal ponderada por la inversa de la renta comarcal, 2.912.170,54 euros.b) Atendiendo al principio de solidaridad interterritorial, 1.538.305,12 euros distribuidos en proporción directa a la superficie de cada comarca y 686.224,13 euros distribuidos en función del número de municipios de cada comarca, ponderando con el factor 2

39

Page 40: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

c) 327.818,10 euros, consignados en la aplicación GO 03 D/460.1102/711, "Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Entidades municipales descentralizadas", deben distribuirse entre las entidades municipales descentralizadas.

los municipios que tienen hasta 500 habitantes, con el factor 1,5, los que tienen entre 501 y 2.000 habitantes y con el factor 1, el resto.

La aplicación GO 03 D/460.1102/711, "Fondos de Cooperación Local de Cataluña, entidades municipales descentralizadas", dotada con 327.818,10 euros, se distribuye entre las entidades municipales descentralizadas de Cataluña existentes a 1 de enero de 2006, del siguiente modo, teniendo en cuenta que los datos de población son los correspondientes al padrón de habitantes del año 2004: a) Una cantidad fija, de acuerdo con los siguientes tramos de población: Primero. 3.090 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población de 100 habitantes o menos.Segundo. 5.150 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población entre 101 y 500 habitantes.Tercero. 8.240 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población entre 501 y 1.000 habitantes.Cuarto. 12.360 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población de más de 1.000 habitantes.b) La cantidad restante se distribuye en proporción al número de habitantes de cada entidad municipal descentralizada.

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

Ley 16/2007 de 21 de diciembre, Presupuestos de la Generalitat de Catalunya 2008

Transferencias corrientes a

las entidades locales

3.420.054.637,21 €

Transferencias de capital a las

entidades locales

354.862.412,78 €

Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2008. Título VI. Participación de los entes locales en los ingresos del Estado y de la Generalidad(Arts. 43 a 48)

La participación de los entes locales en los ingresos de la Generalidad es de 147.318.150,56 euros, con la siguiente distribución:

a) 110.830.728,00 euros, consignados en la aplicación GO 03 D/460.1101/711, "Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Ayuntamientos", deben distribuirse entre los municipios.

"Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Ayuntamientos"La participación de libre disposición, con un importe de 102.330.728,00 euros, se distribuye del siguiente modo: a) Al municipio de Barcelona, 5.000.000 euros.b) Al resto de los municipios de Cataluña, 97.330.728 euros, que deben distribuirse de acuerdo con los siguientes criterios: Primero. Atendiendo a la población como indicador de gasto, una cantidad para cada municipio, calculada de acuerdo con la siguiente fórmula: P = 28.500 + (H1 x 29,75) + (H2 x 13,46) + (H3 x 10,17) + (H4 x 6,26) + (H5 x 4,40)En la cual: P = participación del municipio

40

Page 41: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

La aplicación GO 03 D/460.1101/711 del presupuesto del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas en concepto de participación de los municipios en los ingresos de la Generalidad financia:a) La participación de libre disposición.b) La participación para el fomento de la prestación supramunicipal de servicios.

b) 36.149.769,92 euros, consignados en la aplicación GO 03 D/460.1100/711 "Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Consejos Comarcales", deben distribuirse entre las comarcas.

H1 = número de habitantes entre 1 y 1.000H2 = número de habitantes entre 1.001 y 5.000H3 = número de habitantes entre 5.001 y 20.000H4 = número de habitantes entre 20.001 y 50.000H5 = número de habitantes por encima de 50.000Segundo. Atendiendo al mayor gasto asociado a la plurinuclearidad, 5.760.000 de euros distribuidos entre los municipios de menos de 50.000 habitantes con núcleos de población diferenciados fuera de la entidad capital de municipio, y del siguiente modo: en proporción al número de núcleos de población habitados .salvo los existentes en la entidad capital de municipio., 2.880.000 euros, y en proporción a la población en núcleos fuera de la entidad capital de municipio, con un máximo de 1.000 habitantes por núcleo, 2.880.000 euros.Tercero. Atendiendo al mayor gasto asociado a la capitalidad comarcal, una cantidad fija de 1.415.460,36 de euros, de los cuales 8.492,76 euros son para cada capital y 1.075.749,96 euros se distribuyen en proporción a la población comarcal fuera de la capital. Terrassa y Sabadell se distribuyen las correspondientes cantidades en función de su población.Cuarto. Atendiendo al gasto por la gestión del territorio, 1.872.755,54 euros repartidos proporcionalmente a la superficie de cada municipio.

De acuerdo con lo que dispone la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial del Valle de Arán, se establece un porcentaje de participación en los ingresos de la Generalidad en favor del Valle de Arán de un 1,86% de la aplicación presupuestaria GO 03 D/460.1100/711 del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas. El 98,14% restante de dicha aplicación presupuestaria se distribuye entre el resto de las comarcas de acuerdo con los siguientes criterios y teniendo en cuenta que los datos de población son los referentes al padrón de habitantes del año 2006: a) Atendiendo al número de habitantes de la comarca: Primero. En función de la población, agrupada por intervalos, 746.332,54 euros para las comarcas con población superior a 75.000 habitantes o una densidad de población superior a 100 habitantes/km2 y 613.019,85 euros en los demás casos.Segundo. En función de la población comarcal, 2.932.903,23 euros.Tercero. En función de la población comarcal ponderada por la

41

Page 42: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

c) 337.652,64 euros, consignados en la aplicación GO 03 D/460.1102/711, "Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Entidades municipales descentralizadas", deben distribuirse entre las entidades municipales descentralizadas.

inversa de la renta comarcal, 2.932.903,23 euros.b) Atendiendo al principio de solidaridad interterritorial, 1.584.406,40 euros distribuidos en proporción directa a la superficie de cada comarca y 706.810,85 euros distribuidos en función del número de municipios de cada comarca, ponderando con el factor 2 los municipios que tienen hasta 500 habitantes, con el factor 1,5, los que tienen entre 501 y 2.000 habitantes y con el factor 1, el resto.

La aplicación GO 03 D/460.1102/711, "Fondos de Cooperación Local de Cataluña, entidades municipales descentralizadas", dotada con 337.652,64 euros, se distribuye entre las entidades municipales descentralizadas de Cataluña existentes a 1 de enero de 2008, del siguiente modo, teniendo en cuenta que los datos de población son los correspondientes al padrón de habitantes del año 2006: a) Una cantidad fija, de acuerdo con los siguientes tramos de población: Primero. 3.182,70 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población de 100 habitantes o menos.Segundo. 5.304,50 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población entre 101 y 500 habitantes.Tercero.8.487,20 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población entre 501 y 1.000 habitantes.Cuarto. 12.730,80 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población de más de 1.000 habitantes.b) La cantidad restante se distribuye en proporción al número de habitantes de cada entidad municipal descentralizada.

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Autónoma de Catalunya. PRESUPUESTOS DE LA GENERALIDAD. Ley de Presupuestos de Cataluña 2009Ley 15/2008, de 23 diciembre

Transferencias corrientes

a las entidades locales:

3.499.600.000€ (Variación 2009/2008,

2,3 %)

Transferencias de capital

Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2009. Título VI. Participación de los entes locales en los ingresos del Estado y de la Generalidad(Arts. 46 a 50)

La participación de los entes locales en los ingresos de la Generalidad es de 151.818.150,56 euros, con la siguiente distribución:

a) 114.236.105,32 euros, consignados en la aplicación GO 03 D/460.0003/711, "Fondos de Cooperación Local de

“Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Ayuntamientos"La aplicación GO 03 D/460.0003/711 del presupuesto del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas en concepto de participación de los municipios en los ingresos de la Generalidad financia:a) La participación de libre disposición, con un importe de 105.736.105,32 eurosb) La participación para el fomento de la prestación supramunicipal de servicios, con un importe de 8.500.000 euros.

42

Page 43: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Soporte financiero a los entes locales:3.214,3 millones de euros (Variación 2009/2008, 1,0%)

Esta política, dentro de los Presupuestos para 2009, comprende:Participación en los Tributos del Estado 2.917,2 millones de euros (Variación 2009/2008, 1,0%)Fondos de Cooperación Local de Catalunya (participación en los ingresos de la Generalitat) 205,0 millones de euros (Variación 2009/2008, 15,5%)Ayudas a obras y servicios de los entes

a las entidades locales:

300.300.000 €(Variación

2009/2008, -15,4%)

Cataluña. Ayuntamientos", deben distribuirse entre los municipios.

La participación de libre disposición, con un importe de 105.736.105,32 euros, se distribuye del siguiente modo: a) Al municipio de Barcelona, 5.000.000 euros.b) Al resto de los municipios de Cataluña, 100.736.105,32 euros, que deben distribuirse de acuerdo con los siguientes criterios:

Primero. Atendiendo a la población como indicador de gasto, una cantidad para cada municipio, calculada de acuerdo con la siguiente fórmula: P = 29.335 + (H1 x 30,59) + (H2 x 13,79) + (H3 x 10,43) + (H4 x 6,35) + (H5 x 4,44)En la cual: P = participación del municipioH1 = número de habitantes entre 1 y 1.000H2 = número de habitantes entre 1.001 y 5.000H3 = número de habitantes entre 5.001 y 20.000H4 = número de habitantes entre 20.001 y 50.000H5 = número de habitantes por encima de 50.000

Segundo. Atendiendo al mayor gasto asociado a la plurinuclearidad, 5.760.000 de euros distribuidos entre los municipios de menos de 50.000 habitantes con núcleos de población diferenciados fuera de la entidad capital de municipio, y del siguiente modo: en proporción al número de núcleos de población habitados .salvo los existentes en la entidad capital de municipio., 2.880.000 euros, y en proporción a la población en núcleos fuera de la entidad capital de municipio, con un máximo de 1.000 habitantes por núcleo, 2.880.000 euros.

Tercero. Atendiendo al mayor gasto asociado a la capitalidad comarcal, una cantidad fija de 1.457.924,06 de euros, de los cuales 8.747,54 euros son para cada capital y 1.108.022,46 euros se distribuyen en proporción a la población comarcal fuera de la capital. Terrassa y Sabadell se distribuyen las correspondientes cantidades en función de su población.Cuarto.

Cuarto. Atendiendo al gasto por la gestión del territorio, 2.092.618,33 euros repartidos proporcionalmente a la superficie de cada municipio.

Las edades de la población y la estructura de los núcleos son los

43

Page 44: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

locales 92,1 millones de euros (Variación 2009/2008, -15,3%) b) 37.234.263,02 euros,

consignados en la aplicación GO 03 D/460.0002/711 "Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Consejos Comarcales", deben distribuirse entre las comarcas.

c) 347.782,22 euros, consignados en la aplicación GO 03 D/460.0004/711, "Fondos de Cooperación Local de Cataluña. Entidades municipales descentralizadas", deben distribuirse entre las entidades municipales descentralizadas.

correspondientes al padrón de habitantes del año 2007.

La dotación de la participación para el fomento de la prestación supramunicipal de servicios, con un importe de 8.500.000 euros, se distribuirá entre los municipios proporcionalmente a las cantidades de libre disposición que resulten de aplicar los criterios que establece el apartado anterior.

De acuerdo con lo que dispone la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial del Valle de Arán, se establece un porcentaje de participación en los ingresos de la Generalidad en favor del Valle de Arán de un 1,86% de la aplicación presupuestaria GO 03 D/460.0002/711 del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas. El 98,14% restante de dicha aplicación presupuestaria se distribuye entre el resto de las comarcas de acuerdo con los siguientes criterios y teniendo en cuenta que los datos de población son los referentes al padrón de habitantes del año 2007:

a) Atendiendo al número de habitantes de la comarca: Primero. En función de la población, agrupada por intervalos, 753.800,00 euros para las comarcas con población superior a 75.000 habitantes o una densidad de población superior a 100 habitantes/km2 y 660.775,00 euros en los demás casos.

Segundo. En función de la población comarcal, 2.932.903,23 euros.Tercero. En función de la población comarcal ponderada por la inversa de la renta comarcal, 2.932.903,23 euros.b) Atendiendo al principio de solidaridad interterritorial, 1.584.563,42 euros distribuidos en proporción directa a la superficie de cada comarca y 706.810,85 euros distribuidos en función del número de municipios de cada comarca, ponderando con el factor 2 los municipios que tienen hasta 500 habitantes, con el factor 1,5, los que tienen entre 501 y 2.000 habitantes y con el factor 1, el resto.

La aplicación GO 03 D/460.0004/711, "Fondos de Cooperación Local de Cataluña, entidades municipales descentralizadas", dotada con 347.782,22 euros, se distribuye entre las entidades municipales descentralizadas de Cataluña existentes a 1 de enero de 2009, del siguiente modo, teniendo en cuenta que los datos de población son los correspondientes al padrón de habitantes del año 2007, de la

44

Page 45: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

manera siguiente: a) Una cantidad fija, de acuerdo con los siguientes tramos de población: Primero. 3.278,18 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población de 100 habitantes o menos.Segundo. 5.463,64 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población entre 101 y 500 habitantes.Tercero. 8.741,82 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población entre 501 y 1.000 habitantes.Cuarto. 13.112,72 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población de más de 1.000 habitantes.b) La cantidad restante se distribuye en proporción al número de habitantes de cada entidad municipal descentralizada.

45

Page 46: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

EXTREMADURANORMATIVA TRANSFEREN

CIAS (BOE/BOCCAA

)

Transferencias

corrientes y de

capital18

Gastos corrientes en bienes y servicios

NORMATIVA FONDO

REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Federación

FEMPEX19

(Federación de Municipios y Provincias de Extremadura)

(EXTREMADURA)

Ley 5/2005, de 27 de diciembre de

Presupuestos Generales de la

Comunidad Autónoma de

Extremadura para 2006 (DOE

Extraordinario nº 5, de 30 de diciembre

de 2005)

244.427.620,00 €

423.852.048,00 €

Capítulo II de la Ley 5/2005, de

27 de diciembre de Presupuestos Generales de la

Comunidad Autónoma de Extremadura

para 2006 (DOE Extraordinario nº5, de 30 de diciembre de

2005) Arts. 37 a 40.

29.958.252,00 € División en dos secciones: primera, Sección Incondicionada (15.650.000,00 €) y Sección de Empleo –financiación condicionada- (14.308.252,00 €). La Sección incondicionada se reparte una cantidad fija de 15.000,00 € a cada municipio por cada municipio y el resto, proporcionalmente en función del número de habitantes de cada Entidad Local. La Sección condicionada de Empleo se reparte mediante dictado de disposiciones “ad hoc” por parte del órgano competente de la Junta de Extremadura y requiere cofinanciación mínima del 10% de la Corporación beneficiaria, limitación máxima de las ruadas a 2,5 veces el salario mínimo interprofesional por cada contratación, el 50% de los empleos subvencionados a cada municipio se destinarán a desempleados mayores de 45 años o de más de un año en el desempleo.Además se adiciona un fondo solidario para 2006 con una finalidad reequilibradora de 1.857.130,00 €.

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 10/2006, de 27 de diciembre,

de Presupuestos Generales de la

Comunidad Autónoma de

Extremadura para 2007

266.286.134 €

Cap 4 (Transferenci

as corrientes)

181.603.520 €+

Cap 7(Transferencias de capital)

Cap. II de la Ley 10/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2007 Arts. 36 a 41

Fondo de Cooperación

Municipal31.755.748 €

Fondo de Solidaridad1.968.560 €

El Fondo Regional de Cooperación Municipal para el ejercicio 2007 tendrá una dotación de 31.755.748 euros agrupados en dos Secciones, Incondicionada, que tendrá una dotación presupuestaria de 16.589.000 euros, y de Empleo, que tendrá una dotación presupuestaria de 15.166.748 euros.

La participación de cada municipio y entidad local menor de la Comunidad Autónoma en el Fondo Regional de Cooperación Municipal será la suma resultante de los siguientes conceptos:a) Una cantidad fija de 15.000 euros, por cada municipio o entidad local menor.b) La cantidad que resulte de distribuir proporcionalmente al

18 Incluye el Fondo Local.19 La Federación de Municipios y Provincias de Extremadura facilita información (contesta al cuestionario). Se amplía por Gabinete.

46

Page 47: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

84.682.614 € número de habitantes del respectivo término municipal o entidad local menor, la diferencia entre el total del crédito presupuestado y la suma de las participaciones del apartado a). A estos efectos, no se computarán los habitantes de las entidades locales menores en la población del municipio al que pertenezcan.La cuantía asignada a cada municipio o entidad local menor tendrá la afectación que determina en cada sección el Fondo.

La cantidad de 16.589.000 euros de la asignación del Fondo Regional de Cooperación Municipal, lo será en afectación incondicionada, pudiéndose destinar a cualquier finalidad prevista en los presupuestos municipales.El pago de esta participación de afectación incondicionada se realizará por la Consejería de Desarrollo Rural dividida en cuatro plazos iguales y dentro de cada trimestre natural.

En afectación condicionada, se destinará la cantidad de15.166.748 euros.La dotación de esta sección Condicionada del Fondo se destinará a cofinanciar políticas municipales de empleo, subvencionando estrictamente costes laborales correspondientes a la contratación de desempleados, de programas propios o subvencionados por las Administraciones Públicas en la parte correspondiente a la aportación municipal. La ayuda prevista en este artículo, en ningún caso, podrá financiar la creación de puestos de trabajo funcionariales o de la plantilla laboral fija de las respectivas corporaciones locales.

Además se adiciona un fondo solidario para 2006 con una finalidad reequilibradora de 1.968.560 €.

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

LEY 6/2007, de 27 de diciembre, de

PresupuestosGenerales de la

Comunidad Autónoma de

Extremadura para 2008.

(BOE 31 de enero 2008)

279.345.548 €

Cap 4 (Transferenci

as corrientes)

184.358.409 €+

Cap 7(Transferenci

Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2008 Título V. Arts. 45 a 48

Fondo de Cooperación

Municipal36.000.000 €

Fondo SolidarioNo está previsto en la LPG 2008

El Fondo Regional de Cooperación Municipal para el ejercicio 2008 tendrá una dotación de 36 millones de euros agrupados en tres Secciones, Incondicionada, que tendrá una dotación presupuestaria de 17,5 millones de euros; Condicionada, que tendrá una dotación presupuestaria de 17,5 millones de euros; y de Contingencias, que tendrá una dotación presupuestaria de un millón de euros.

La participación de cada municipio y entidad local menor de la Comunidad Autónoma en el Fondo Regional de Cooperación

47

Page 48: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

as de capital)94.987.139 €

Municipal será la suma resultante de los siguientes conceptos:a) Una cantidad fija de 17.000 euros, por cada municipio o entidad local menor.b) La cantidad que resulte de distribuir proporcionalmente al número de habitantes del respectivo término municipal o entidad local menor, la diferencia entre el total del crédito presupuestado y la suma de las participaciones del apartado a). A estos efectos, no se computarán los habitantes de las entidades locales menores en la población del municipio al que pertenezcan.La cuantía asignada a cada municipio o entidad local menor tendrá la afectación que determina en cada sección el Fondo.

La cantidad de 17,5 millones de euros de la asignación del Fondo Regional de Cooperación Municipal, lo será en afectación incondicionada, pudiéndose destinar a cualquier finalidad prevista en los presupuestos municipales.El pago de esta participación de afectación incondicionada se realizará por la Consejería de Desarrollo Rural dividida en cuatro plazos iguales y dentro de cada trimestre natural.

En afectación condicionada, se destinará la cantidad de 17,5 millones de euros.El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura determinará las políticas a las que afecta esta Sección Condicionada, para ello dictará las disposiciones correspondientes para la configuración, gestión y asignación de las ayudas previstas en este artículo.

Un millón de euros de la Sección de Contingencias se destinarán a proyectos extraordinarios de interés municipal en los que sea necesaria la cooperación de la Junta de Extremadura. Los gastos y la autorización de los proyectos afectados, con independencia de su cuantía, requerirá autorización expresa del Consejo de Gobierno.

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Autónoma de Extremadura.

291.745.280 €

Transferenci

Ley de Presupuestos de Extremadura

Fondo de Cooperación

Municipal

Criterios de distribución del Fondo Regional de Cooperación Municipal.

48

Page 49: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de Extremadura 2009. Ley 5/2008, de 26 diciembre

as corrientes a

Corporaciones Locales

210.468.648 €+

Transferencias de capital

a Corporacione

s Locales81.276.632 €

2009. Ley 5/2008, de 26 diciembre. Arts. 45 y siguientes.

Decreto 8/2009, de 23 de enero, por el que se afecta a fines concretos y regula una parte del Fondo Regional de Cooperación Municipal (DOE de 29 de enero de 2009).

37.160.000 € El Fondo Regional de Cooperación Municipal para el ejercicio 2009, se destinará en su totalidad por las Entidades Locales a las finalidades previstas en los presupuestos municipales, de acuerdo con el artículo siguiente.

La participación de cada municipio y entidad local menor de la Comunidad Autónoma en el Fondo Regional de Cooperación Municipal será la suma resultante de los siguientes conceptos:a) Una cantidad fija de 17.000 euros, por cada municipio o entidad local menor.b) La cantidad que resulte de distribuir proporcionalmente al número de habitantes del respectivo municipio o entidad local menor, la diferencia entre el total del crédito presupuestario y la suma de las participaciones del apartado a). A estos efectos, no se computarán los habitantes de las entidades locales menores en la población del municipio al que pertenezcan.

El pago del Fondo de Cooperación Municipal se realizará por la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural dividida en cuatro pagos iguales y dentro de cada trimestre natural.

Determinación a fines concretos.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en el ejercicio de sus competencias de coordinación y superior dirección de la política regional, atendiendo a las circunstancias socio-económicas concurrentes y previa consulta con la FEMPEX, podrá determinar en el primer trimestre de cada ejercicio, mediante Decreto, y a propuesta conjunta de las Consejerías de Agricultura y de Desarrollo Rural y de Administración Pública y Hacienda, la afectación a fines concretos de cantidades integrantes del citado Fondo.

Decreto 8/2009, de 23 de enero, por el que se afecta a fines concretos y regula una parte del Fondo Regional de Cooperación Municipal (DOE de 29 de enero de 2009).

Por el citado Decreto se afecta a la creación de empleo en el ámbito local la cantidad de 18.580.000 euros, del Fondo Regional de Cooperación Municipal de la anualidad 2009, del total establecido en el artículo 45 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2009.

49

Page 50: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

GALICIANORMATIVA TRANSFEREN

CIAS (BOE/BOCCAA

)

Transferencias

corrientes y de capital20

Gastos corrientes en bienes

y servici

os

NORMATIVA FONDO REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Federación

FEGAMP21

Federación Gallega de

Municipios y Provincias(GALICIA)

Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2006

341.410.719,00 €

___ Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2006 (art.49)Decreto 5/2004, de 8 de enero, por el que se regula el fondo de cooperación período 2002-2004

Decreto 197/2006, de 19 de octubre, por el que se regula la distribución del fondo complementario del fondo de cooperación local para el año 2006. (BO Galicia nº 216, 9 de nov de 2006)

Acuerdo entre la Junta de Galicia y la Federación Gallega de Municipios y Provincias por el que se establece el contenido del pacto local que regirá en la Comunidad Autónoma de Galicia. Recoge disposiciones sobre la regulación del fondo de cooperación durante el período

90.228.881,00 €

Distingue un fondo principal y otro adicional. PRINCIPAL: Se detrae el 1% para la FEGAMP, repartiéndose el resto entre todos los municipios por tramos (menos de 15.000 habitantes, entre 15.000 y 50.000, y más de 50.000 habitantes) en función de los habitantes, superficie y núcleos de población.ADICIONAL: Se distribuye mediante cuotas fijas determinadas por número de habitantes y decrecientes por tramos de población.

20 Incluye el Fondo Local.21 La Federación Gallega de Municipios y Provincias facilita información (contesta al cuestionario), se completa por Gabinete.

50

Page 51: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

2006-2009.

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 14/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2.007

Transferencias a

Corporaciones Locales

885.235.060 €

Transferencias Corrientes a

las Corporaciones

Locales778.968.000 €

+Transferencias de capital a las Corporaciones

Locales106.267.060 €

Ley 14/2006 de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2.007

92.461.463 €

Ver año 2.006

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

Ley 16/2007, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008.

Participación de las corporaciones locales en los tributos del Estado830.379.888 euros

Transferencias a Corporaciones

Locales956.088.955 €

Transferencias Corrientes a las Corporaciones

Locales830.379.888 €

+Transferencias de capital a las Corporaciones

Locales119.499.067 €

Fondo de Cooperación Local.

Ley 16/2007, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008. Título V, art. 52.

Adicionalmente, como consecuencia del acuerdo suscrito entre la Xunta de Galicia y la Federación Gallega de Municipios y Provincias, para el pacto local, el fondo complementario se incrementará en 6.000.000 de euros para el año 2008.

104.082.175 €

+6.000.000

€(fondo

complementario 2008)

Con arreglo a lo indicado en la disposición adicional octava de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo, el porcentaje, debidamente homogeneizado, de participación del Fondo de Cooperación Local en la recaudación líquida de los capítulos I, II y III del presupuesto de ingresos de la Administración general queda establecido en el 2,5692135% para el ejercicio de 2008.

Ese porcentaje se desagrega de la forma siguiente:• Un 1,8945459% corresponde a un

fondo principal que será objeto de distribución entre todos los municipios de Galicia.

• Un 0,3599439% corresponde al fondo adicional establecido en la disposición adicional sexta de la Ley 13/2004, de 29 de diciembre, para su distribución entre los ayuntamientos con población inferior a 15.000 habitantes.

51

Page 52: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

• Un 0,3147237% se asigna al fondo complementario establecido en los artículos 49.Dos de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, y 47.Tres de la Ley 14/2006, de 28 de diciembre.

Adicionalmente, como consecuencia del acuerdo suscrito entre la Xunta de Galicia y la Federación Gallega de Municipios y Provincias, para el pacto local, el fondo complementario se incrementará en 6.000.000 de euros para el año 2008.

Por lo que respecta a los fondos principal y adicional mencionados en el apartado Uno de este artículo, los criterios de distribución continuarán siendo, en tanto no sean modificados por la Comisión Gallega de Cooperación Local, los establecidos en el Decreto 5/2004, de 8 de enero, por el que se regula el Fondo de Cooperación Local durante el período 2002-2004, y se extienden al año 2008 las referencias incluidas en la citada disposición sobre el año 2004.

En lo referente a la distribución del fondo complementario continuarán aplicándose, en tanto no sean modificados por la Comisión Gallega de Cooperación Local, los criterios establecidos en el Decreto 197/2006, de 19 de octubre, por el que se regula la distribución del fondo complementario del Fondo de Cooperación Local para el año 2006.

La Comunidad Autónoma podrá retener de las cantidades que correspondan a los ayuntamientos como participación en el Fondo de Cooperación Local, para su posterior compensación, el importe de las deudas firmes, líquidas y exigibles, contraídas por los ayuntamientos con la Comunidad Autónoma, con sus organismos autónomos y con las entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma que no tengan que adecuar por ley su actividad al ordenamiento jurídico privado.

52

Page 53: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Autónoma de Galicia. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de Galicia de 2009. Ley 16/2008, de 23 diciembre

Título V. Corporaciones Locales. Financiación y Cooperación Económica con las Corporaciones Locales.

Participación de las corporaciones locales en los tributos del Estado837.853.307 euros.

Transferencias a

Corporaciones Locales

965.584.095 €

Transferencias Corrientes a

las Corporaciones

Locales837.853.307 €

+Transferencias de capital a las Corporaciones

Locales127.730.788 €

Fondo de Cooperación Local.Ley de Presupuestos de Galicia de 2009. Ley 16/2008, de 23 diciembreArt. 55

La aportación de la Xunta de Galicia, con recursos propios, a la financiación de las entidades locales se hará efectiva a través del Fondo de Cooperación Local, como instrumento de participación específico de las mismas en los tributos de la Comunidad Autónoma.

Adicionalmente, como consecuencia del acuerdo suscrito entre la Xunta de Galicia y la Federación Gallega de Municipios y Provincias, para el Pacto local, el fondo complementario se incrementará en 6.000.000 de euros para el año 2009.

127.730.788 €

+6.000.000

€(fondo

complementario 2008)

Con arreglo a lo indicado en la disposición adicional octava de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo, el porcentaje, debidamente homogeneizado, de participación del Fondo de Cooperación Local en la recaudación líquida de los capítulos I, II y III del presupuesto de ingresos de la Administración general queda establecido en el 2,7113961% para el ejercicio de 2009.Ese porcentaje se desagrega de la forma siguiente:

Un 1,8945459% corresponde a un fondo principal que será objeto de distribución entre todos los municipios de Galicia.

Un 0,3599439% corresponde al fondo adicional establecido en la disposición adicional sexta de la Ley 13/2004, de 29 de diciembre, para su distribución entre los ayuntamientos con población inferior a 15.000 habitantes.

Un 0,4569063% se asigna al fondo complementario establecido en los artículos 49.Dos de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, 47.Tres de la Ley 14/2006, de 28 de diciembre, y 52.Tres de la Ley 16/2007, de 26 de diciembre.

Adicionalmente, como consecuencia del acuerdo suscrito entre la Xunta de Galicia y la Federación Gallega de Municipios y Provincias, para el Pacto local, el fondo complementario se incrementará en 6.000.000 de euros para el año 2009.

Además, en el año 2009 se incluirán 3.000.000 de euros en concepto de compensación extraordinaria del año 2005.

Por lo que respecta a los fondos principal y adicional mencionados en el apartado Uno de este artículo, los criterios de distribución continuarán siendo, en tanto no sean modificados por la Comisión Gallega de Cooperación Local, los establecidos en el Decreto 5/2004, de 8 de enero, por el que se regula el Fondo

53

Page 54: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

de Cooperación Local durante el período 2002-2004, y se extienden al año 2009 las referencias incluidas en la citada disposición sobre el año 2004.En lo referente a la distribución del fondo complementario continuarán aplicándose, en tanto no sean modificados por la Comisión Gallega de Cooperación Local, los criterios establecidos en el Decreto 197/2006, de 19 de octubre, por el que se regula la distribución del fondo complementario del Fondo de Cooperación Local para el año 2006. Estos criterios también se aplicarán a la distribución de la compensación extraordinaria del año 2005.

La Comunidad Autónoma podrá retener de las cantidades que correspondan a los ayuntamientos como participación en el Fondo de Cooperación Local, para su posterior compensación, el importe de las deudas firmes, líquidas y exigibles, contraídas por los ayuntamientos con la Comunidad Autónoma, sus organismos autónomos y las entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma que no tengan que adecuar por Ley su actividad al ordenamiento jurídico privado.

LA RIOJANORMATIVA TRANSFEREN

CIAS (BOE/BOCCAA

)

Transferencias corrientes y de

capital

Gastos corrientes en bienes

y servici

os

NORMATIVA FONDO REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Federación

Federación Riojana de

Municipios22

Ley 12/2005, de 16 de diciembre, de Presupuestos

En la Ley de Presupuestos se contemplan las

54

Page 55: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

AÑO 2006 Generales de la Comunidad de La Rioja para el año 2.006.

transferencias corrientes y de capital a las Corporaciones Locales.

Transferencias Corrientes a

Corporaciones Locales:

18.633.402 €

Transferencias de Capital a

Corporaciones Locales:

30.827.043 €

AÑO 2007 Ley 10/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de la Rioja para el año 2.007.

Total Transferencias a las Corporaciones

Locales57.480.359,00 €

Transferencias Corrientes a

Corporaciones Locales:

22.734.760,00 €+

Transferencias de Capital a

Corporaciones Locales:

34.745.599,00 €

Art. 32 LPG Se crea el Fondo de Cooperación Local de La Rioja en virtud de lo establecido en el artículo 113 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.

El Fondo de Cooperación Local de La Rioja, a través de sus diferentes líneas de actuación, es el instrumento general de cooperación económica de la Comunidad Autónoma de La Rioja con las Entidades Locales de su territorio para la financiación de las obras y servicios municipales, contribuyendo al principio de suficiencia financiera de las mismas.

La dotación presupuestaria

21.612.723 €

La cuantía total del Fondo asciende a 21.612.723 euros, y se estructura en las siguientes líneas de actuación: Sección de capitalidad; Sección de cabeceras de comarca; Sección de municipios con población superior a 2.000 habitantes; Sección de pequeños municipios; Sección de otras líneas finalistas.

22 Información conseguida por Gabinete.

55

Page 56: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

correspondiente al Fondo de Cooperación Local de La Rioja se gestionará por la Consejería con competencias en materia de Administraciones Públicas y Política Local, a través de la Dirección General de Política Local.

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

Ley 5/2007, de 21 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2008

Total Transferencias a las Corporaciones

Locales63.384.210¡ €

Transferencias Corrientes a

Corporaciones Locales:

25.938.560 €+

Transferencias de Capital a

Corporaciones Locales:

37.445.650 €

Fondo de Cooperación Local de La Rioja, regulado en el Cap. VI de la LPG 2008, artículos 32 a 37.

22.063.175 €

La cuantía total del Fondo asciende a 22.063.175,00 euros, y se estructura en las siguientes líneas de actuación: Sección de capitalidad; Sección de cabeceras de comarca; Sección de municipios con población superior a 2.000 habitantes; Sección de pequeños municipios; Sección de otras líneas finalistas.

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Autónoma de La Rioja. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de La Rioja 2009. Ley 4/2008, de 23 diciembre

Total Transferencias a las Corporaciones

Locales60.109.697 €

Transferencias Corrientes a

Corporaciones Locales:

26.624.323 €+

Transferencias de

Fondo de Cooperación Local de La Rioja, regulado en el Cap. VI de la LPG 2009, artículos 32 a 37.

En virtud de lo establecido en el artículo 113 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja, el Fondo de Cooperación Local de La Rioja, a través de sus diferentes líneas de actuación es el instrumento general de cooperación

22.039.127 €

La cuantía total del Fondo asciende a 22.039.127 euros, y se estructura en las siguientes líneas de actuación: Sección de capitalidad; Sección de cabeceras de comarca; Sección de municipios con población superior a 2.000 habitantes; Sección de pequeños municipios; Sección de otras líneas finalistas.

La cuantía total del Fondo asciende a 22.039.127 euros, y se estructura en las siguientes líneas de actuación: Sección de capitalidad; Sección de cabeceras de comarca; Sección de municipios con población superior a 2.000 habitantes; Sección de

56

Page 57: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Capital a Corporaciones

Locales:33.485.374 €

económica de la Comunidad Autónoma de La Rioja con las Entidades Locales de su territorio para la financiación de las obras y servicios municipales, contribuyendo al principio de suficiencia financiera.

pequeños municipios; Sección de otras líneas finalistas.

Sección de capitalidad.1. La aplicación presupuestaria 04.03.4411.461.00, con un importe de 3.065.165,00 euros, tiene como destinatario al ayuntamiento de Logroño, en su condición de capital de la Comunidad Autónoma de La Rioja reconocida en el artículo 4 del Estatuto de Autonomía de La Rioja.2. La efectividad de la transferencia quedará condicionada a la suscripción del correspondiente convenio en el que se determinará el destino de los fondos, así como la periodicidad con la que se realizarán las aportaciones a lo largo del ejercicio 2009.3. Los conceptos financiados con cargo a la presente sección deberán ser gastos imputados al presupuesto de la entidad para el ejercicio 2009. La entidad local beneficiaria remitirá a la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local certificación acreditativa de la incorporación de las cantidades recibidas al presupuesto correspondiente al citado ejercicio, así como la documentación complementaria que se deduzca del convenio suscrito.4. Las asignaciones derivadas de esta sección estarán sujetas a control financiero, con el alcance que reglamentariamente se determine.

Sección de cabeceras de comarca.1. La aplicación presupuestaria 04.03.4411.461.01, con un importe total de 2.887.352,00 euros, tiene como destinatarios a los municipios considerados cabeceras de comarca, a excepción del de Logroño, cuya relación se recoge en el anexo VIII de esta Ley, atendiendo a la concentración de servicios de interés para los municipios de su entorno respectivo.2. La cuantía correspondiente a cada uno de los beneficiarios vendrá determinada por el resultado agregado de las siguientes cuotas:a) Cuota fija: determinada en la tabla que se recoge en el anexo VIII.

57

Page 58: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

b) Cuota variable: correspondiente a la cuantía resultante de minorar en el importe total de la presente sección la cantidad asignada a la totalidad de las cuotas fijas, y repartida de forma proporcional al indicador de población de cada uno de los beneficiarios. Para determinar este indicador se tendrán en cuenta los datos de población suministrados por el Instituto Nacional de Estadística correspondientes a 1 de enero del ejercicio anterior al de distribución de la presente línea de actuación.En el anexo VIII se recoge la fórmula para la determinación de la cuantía correspondiente a cada beneficiario de acuerdo con los anteriores criterios. 3. La efectividad de la transferencia quedará condicionada a la suscripción del correspondiente convenio en el que se determinará la cuantía de la sección en cada caso, de acuerdo con los indicadores determinados en la presente Ley, el destino de los fondos, así como la periodicidad con la que se realizarán las aportaciones a lo largo del ejercicio 2009.4. A la presente sección le será de aplicación lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 33 de esta Ley por el que se regula la sección de capitalidad.

Sección de municipios con población superior a 2.000 habitantes.1. La aplicación presupuestaria 04.03.4411.461.02, con un importe total de 1.694.002,00 euros, tiene como destinatarios, atendiendo a sus circunstancias específicas de población, a los municipios con una población superior a 2.000 habitantes no incluidos en la sección de cabeceras de comarca ni en la sección de capitalidad. Para determinar dicha población se tendrán en cuenta los datos de población suministrados por el Instituto Nacional de Estadística correspondientes a 1 de enero del ejercicio anterior al de distribución de la presente sección.2. La cuantía correspondiente a cada uno de los beneficiarios vendrá determinada por el resultado agregado de las siguientes cuotas:a) Cuota fija: consistente en una cuantía de 15.000 euros.

58

Page 59: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

b) Cuota variable: correspondiente a la cuantía resultante de minorar al importe total de la presente sección la cantidad asignada a la totalidad de las cuotas fijas, y repartida de forma proporcional al indicador de población de cada uno de los beneficiarios. Para determinar este indicador se tendrán en cuenta los datos de población suministrados por el Instituto Nacional de Estadística correspondientes a 1 de enero del ejercicio anterior al de distribución de la presente línea de actuación.3. La efectividad de la transferencia quedará condicionada a la suscripción del correspondiente convenio en el que se determinará la cuantía de la sección en cada caso, de acuerdo con los indicadores determinados en la presente Ley, el destino de los fondos, así como la periodicidad con la que se realizarán las aportaciones a lo largo del ejercicio 2009.4. A la presente sección será de aplicación lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 33 de esta Ley por el que se regula la sección de capitalidad.

Sección de pequeños municipios.1. Los municipios incluidos en el Consejo Riojano de Pequeños Municipios, en atención a la dificultad que supone la prestación de servicios en igualdad de condiciones con los municipios de mayor población, son destinatarios de la presente sección con cargo a la partida presupuestaria 04.03.4411.761.02, con una dotación de 451.607,00 euros. La financiación procedente de esta sección tendrá carácter finalista.2. La gestión y justificación de la financiación derivada de esta sección se sujetará a lo que dispongan las bases reguladoras que se establezcan al efecto.Artículo 37. Sección de otras líneas finalistas.Se integran finalmente en el Fondo de Cooperación Local de La Rioja el resto de líneas de financiación condicionada a favor de las entidades locales riojanas, cuya financiación se realice con cargo a los créditos previstos en la «sección 04.03» del vigente Presupuesto. Su gestión y liquidación se sujetará a lo que disponga en cada caso su normativa reguladora.

59

Page 60: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

MADRIDNORMATIV

A TRANSFER

ENCIAS (BOE/BOC

CA)

Transferencias

corrientes y de

capital

Gastos corrientes en bienes

y servici

os

NORMATIVA FONDO REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Federación

MADRID. (FMMADRID) 23Federación de Municipios de Madrid

Ley 6/2005 de 23 de diciembre,de la Asamblea de Madrid, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2006. (BOCM 30/12/2005)

352.174.700,00 €

Cap. IV. Transferenci

as Corrientes:

206.020.267 €Incluido Fondo

Regional de Cooperación Municipal:8.737.426 €

+Cap. VII.

Transferencias de Capital:146.154.433 €

Cap. IIGastos

Corrientes:

106.587.319 €

Ley 6/2005 de 23 de diciembre,de la Asamblea de Madrid, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2006. (BOCM 30/12/2005) Fondo Regional de Cooperación Municipal: 8.737.426 €

Regulado por Decreto 66/2003, de 22 de mayo, por el que se crea el Fondo Regional de Cooperación Municipal de la Comunidad de Madrid, destinado a sufragar gastos corrientes de los Ayuntamientos.

Fondo Regional de Cooperación Municipal:8.737.426 €

El Fondo Regional de Cooperación Municipal de la Comunidad de Madrid tiene como objeto sufragar determinados gastos corrientes de los Ayuntamientos necesarios para el funcionamiento y mantenimiento de las infraestructuras, equipamientos y zonas verdes municipales, que hayan sido ejecutados con cargo a programas regionales de inversiones y servicios de Madrid.

Los Criterios aplicables serán los siguientes (Anexo Decreto 66/2003):-Criterio de Población: Anualmente, se distribuirá conforme a este criterio un 60 por 100 de la dotación Adicional al Fondo Regional de Cooperación Municipal que se repartirá por importes iguales entre todos los Ayuntamientos de los Municipios beneficiarios que cumplan con el requisito de población establecido en el artículo 5.2 del presente Decreto, de acuerdo con la definición de variables de este Anexo.

-Criterio de Ingresos Corrientes Municipales. Anualmente, se distribuirá conforme a este criterio un 20 por 100 de la dotación Adicional al Fondo Regional de Cooperación Municipal que se repartirá entre todos los Ayuntamientos de los Municipios beneficiarios que cumplan con el requisito de población establecido en el artículo 5.2 del presente Decreto, de acuerdo con la definición de variables de este Anexo, y conforme a la siguiente metodología:

23 Información conseguida por Gabinete

60

Page 61: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

DECRETO 73/2005, de 28 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid para el período 2006-2007, con una aportación de la Comunidad de Madrid de 300.000.000 de euros (fondo regional de cooperación municipal madrid.doc)

Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid para el período 2006-2007, con una aportación de la Comunidad de Madrid de 300.000.000 de euros

a) Se tomará como base del cálculo el importe de ingresos corrientes certificados por cada Ayuntamiento, obteniendo una cifra total para el mismo.b) Se sumarán todas las cifras totales obtenidas, conforme a lo señalado en la letra a), y se calculará la media.c) Tendrán derecho a reparto por el criterio de ingresos, aquellos Ayuntamientos en los que, cumpliendo con el criterio de población, la cifra obtenida conforme a lo señalado en la letra a), sea igual o inferior a la cantidad resultante de incrementar en un 30 por 100 la media obtenida conforme a lo señalado en la letra b).d) La cantidad repartida a cada Ayuntamiento será inversamente proporcional a la cifra obtenida para el mismo, conforme a lo señalado en la letra a).

-Criterio Medioambiental. Anualmente, se distribuirá conforme a este criterio un 20 por 100 de la dotación adicional al Fondo Regional de Cooperación Municipal, que se distribuirá entre todos los Ayuntamientos que cumplan con el requisito de población establecido en el artículo 5.2 del presente Decreto, de acuerdo con la definición de variables de este Anexo, y conforme a la siguiente metodología:Por una parte en función de la superficie protegida de cada municipio, sobre la superficie protegida del total de municipios con población igual o inferior a 5.000 habitantes, y por otra parte en función de la superficie total de cada municipio sobre el total de la superficie de los municipios con población igual o inferior a 5.000 habitantes, mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

Totaln= X ( 2Pn + Sn ) 3 P S  Siendo:TOTALN= Importe correspondiente al municipio n.X= Importe disponible.Pn= Superficie protegida en el municipio n.P= Superficie protegida total en los N municipios.Sn= Superficie del municipio n.S= Superficie total de los N municipios.

61

Page 62: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.Programa de Inversiones y Servicios.(arts. 127 a 135)

Este Programa de Inversiones y Servicios asigna una cantidad fija en función de los indicadores socioeconómicos aplicables de forma homogénea a todos los municipios, garantizando una aportación mínima equivalente a la recibida en el Programa de Inversiones anterior prorrateada en función de la duración de este Programa Regional de Inversiones. Además de este criterio, se ha ponderado la inversión mediante una asignación lineal por tramos de población y, otra, directamente proporcional a la superficie protegida y aquellos otros criterios que obedezcan a la singularidad del municipio.

Igualmente, de conformidad con el artículo 130.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, se han tenido en cuenta especialmente los proyectos realizados por mancomunidades de municipios, a los efectos de la inclusión en este Programa de las actuaciones supramunicipales.

Por otra parte, el artículo 133 de la citada Ley, regula la creación del Fondo Regional de Cooperación Municipal destinado a sufragar gastos corrientes de los Ayuntamientos, ya que desde los Programas de Inversiones precedentes se ha producido una evolución en las necesidades en el servicio público municipal que, además de requerir inversión en infraestructuras, equipamientos y zonas verdes, conlleva unos gastos de mantenimiento y conservación de las mismas.

Asimismo, el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, contempla la celebración de convenios de cooperación entre la Comunidad de Madrid y sus Entidades Locales como mecanismo de impulso eficaz en la gestión de asuntos de su interés común, con pleno respeto a la autonomía de las entidades que los celebren. Lo que supone un refuerzo del principio de cooperación regulado en el Capítulo III del Título V de la citada Ley.

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 3/2006, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad

356.302.473,00 €

Transferencias corrientes240.625.622,0

Cap. IIGastos

Corrientes:

120.301.789 €

Fondo Regional de Cooperación Municipal:

8.200.000,00 €

Ver criterios de distribución año 2006

62

Page 63: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

de Madrid para 2007.

0 €Incluido Fondo

Regional de Cooperación Municipal:

8.200.000,00 €+

Transferencias de capital115.676.851,0

0 €

Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid para el período 2006-2007, con una aportación de la Comunidad de Madrid de 300.000.000 de euros

Ver criterios de distribución año 2006

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

Ley 5/2007, de 21 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Madrid para el año 2008

Transferencias corrientes245.290.743 €

Incluido Fondo

Regional de Cooperación Municipal:

6.779.135 €+

Transferencias de capital99.049.110 €

Cap. IIGastos

Corrientes:

134.446.802€

Fondo Regional de Cooperación

Municipal:6.779.135 €

Ver criterios de distribución año 2006

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad de Madrid. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de Madrid 2009. Ley 2/2008, de 22 diciembre

349.308.284 €

Transferencias corrientes258.138.750 €

Incluido Fondo

Regional de Cooperación Municipal:

2.228.656 €+

Transferencias de capital91.169.534 €

Cap. IIGastos

Corrientes:

87.180.170 €

Fondo Regional de Cooperación Municipal

Plan Cooperación Obras y Servicios de competencia municipal

Ley de Presupuestos de Madrid 2009. Ley 2/2008, de 22 diciembre

Regulado por Decreto 66/2003, de 22 de mayo, por el que se crea el Fondo Regional de Cooperación Municipal de la Comunidad

Fondo Regional de Cooperación

Municipal:2.228.656 €

Plan Cooperación Obras y Servicios de competencia

municipal12.000.000 €

Ver criterios de distribución del Fondo Regional de Cooperación Municipal en el año 2006

63

Page 64: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

de Madrid, destinado a sufragar gastos corrientes de los Ayuntamientos.

64

Page 65: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

MURCIANORMATIVA TRANSFEREN

CIAS (BOE/BOCCAA

)

Transferencias corrientes y de

capital24

Gastos corrientes en bienes y servicios

NORMATIVA FONDO

REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Federación

FMRM25

Federación de Municipios de la

Región de Murcia(MURCIA)

Ley 9/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2006 (BORM, nº 301, del 31 de diciembre de 2005.

Ley 6/1998, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia

CAP. 4: 1º) Con cargo al Plan de

Cooperación Local:11.119.691,00 €.2º) Con cargo al

Programas sectoriales:32.932.917,00 €.

TOTAL CAP. 4:44.052.608,00 €.

CAP. 7: 1º) 30.106.740,00 €

2º) Plan operativo Local + Fondo de Cooperación

municipal: 29.643.983,00 €3º) Programas

Sectoriales: 100.683.103,00 €

TOTAL CAP 7:100.683.103,00 €

TOTAL CAP. 4 + CAP. 7 =144.735.711, 00 €

Ley 9/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2006 (BORM, nº 301, del 31 de diciembre de 2005.

Ley 6/1998, de 25 de agosto, de Régimen

Local de la Región de Murcia

40.763.764, 00 €26

Se distribuye en función de los criterios establecidos en diversas órdenes de ayudas económicas (régimen de subvenciones)

Fondo de Cooperación Municipal para el año 2006.Cuadro distribución del Fondo de Cooperación Municipal para el año 2006 entre los municipios de la Región de Murcia menores de 50.000 habitantes según el anexo de proyectos nominativos aprobado por ley 10/2005, de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Murcia, para el ejercicio 2.006.Gastos corrientes <5.000 hab: 714.818,00 €Gastos corrientes > 5.000 hab: 3.414.661,00 €Inversiones: 996.455,00 €Fuente: Dirección General de Administración Local Servicio de Cooperación Económico Local.(en la web www.carm.es)

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad

Plan de Cooperación Local

43.390.000,00 €

Cap. IV. Transferencias

Plan de Cooperación LocalLey 13/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos

44.462.994,00 €

TRANSFERENCIAS CORRIENTESFondo Coooper.Munic.Aytos De Menos De 5000 Habitantes (1.108.021 €)Fondo Coooper.Munic.Aytos De 5000 A 50000 Habitantes (4.091.184 €)

24 Incluye el Fondo Local.25 Información conseguida por Gabinete (Asesoría Asuntos Económicos) de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Murcia para el año 2006. La Federación de Municipios de la Región de Murcia no contesta al cuestionario.26 Suma CAPITULO 4 y CAPTULO 7 del Fondo de Cooperación Local.

65

Page 66: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2007.

corrientes11.662.329,00 €

+Cap. VII.

Transferencias de capital

31.727.671,00 €

Transferencias corrientes a entidades

locales por otros programas sectoriales

63.775.308,00

Transferencias de capital a entidades locales por otros

programas sectoriales54.209.898,00

Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2007.

Fondo de Cooperación MunicipalLey 13/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2007.

6.596.954,00 €

Convenios Singulares Ayuntamientos Reg. De Murcia (6.119.564 €)Caja De Cooperacion Local (44.310 €)Otras Actuaciones En Mat.Desarrollo Y Cooper.Local (299.250 €)

+TRANSFERENCIAS DE CAPITALFondo De Cooperación Municipal (1.397.749 €)P.O.L.Ayuntamientos De Menos De 50.000 Habitantes (3.798.427 €)Fondo De Pedanias (12.828.439 €)Caja De Cooperacion Local (2.714.936 €)Plan De Obras Y Servicios (10.988.120 €)

Fondo Coooper.Munic.Aytos De Menos De 5000 Habitantes (1.108.021 €)Fondo Coooper.Munic.Aytos De 5000 A 50000 Habitantes (4.091.184 €)

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2008

180.490.932 €(Incluye el Plan de Cooperación Local.

46.212.994 €)

Transferencias corrientes a entidades

locales69.817.512 €

+Transferencias de capital a entidades

locales110.673.420 €

442.471 € Plan de Cooperación Local

46.212.994 € TRANSFERENCIAS CORRIENTESFondo Coooper.Munic.Aytos De Menos De 5000 Habitantes (1.218.823€)Fondo Coooper.Munic.Aytos De 5000 A 50000 Habitantes (4.254.832 €)Convenios Singulares Ayuntamientos Reg. De Murcia (6.427.049 €)Caja De Cooperacion Local (47.412 €)Otras Actuaciones En Mat.Desarrollo Y Cooper.Local (314.213 €)

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

66

Page 67: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Fondo De Cooperación Municipal (1.495.592 €)Fondo De Pedanias (13.341.623 €)Caja De Cooperacion Local (2.904.982 €)Plan De Obras Y Servicios (11.757.288 €)

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Región de Murcia. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley de Presupuestos de Murcia 2009. Ley 8/2008, de 26 diciembre

Total transferencias entidades locales

181.074.868 €

Transferencias corrientes a entidades

locales72.226.306 €

+Transferencias de capital a entidades

locales108.848.562 €

Plan de Cooperación Local

Ley de Presupuestos de Murcia 2009. Ley 8/2008, de 26 diciembreCAPÍTULO IICooperación con las Entidades Locales.Artículo 44 y 45

Dentro de la política de Relaciones con la Administración Local, dotada con 57,38 millones €, que crece un 17,5% respecto al ejercicio anterior en su consignación presupuestaria, se recoge el programa 444A “Plan de Cooperación Local” que, con una dotación de 54,21 millones €, concentra el 94,5% de los recursos asignados a esta Política. El objetivo básico de la misma es la colaboración con las Corporaciones Locales en materia de infraestructuras y

54.210.000 € TRANSFERENCIAS CORRIENTESFondo Coooper.Munic.Aytos De Menos De 5000 Habitantes (1.218.823€)Fondo Coooper.Munic.Aytos De 5000 A 50000 Habitantes (4.254.832 €)Convenios Singulares Ayuntamientos Reg. De Murcia (6.427.049 €)Caja De Cooperacion Local (47.412 €)Otras Actuaciones En Mat.Desarrollo Y Cooper.Local (314.213 €)

TRANSFERENCIAS DE CAPITALFondo De Cooperación Municipal (1.495.592 €)Fondo De Pedanias (13.341.623 €)Caja De Cooperacion Local (2.904.982 €)Plan De Obras Y Servicios (11.757.288 €)

67

Page 68: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

equipamientos básicos, contribuir a la corrección de desequilibrios intermunicipales y colaborar en el sostenimiento de los gastos corrientes.

Pagos con cargo al Plan de Cooperación Local De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional sexta de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el procedimiento para la concesión de las subvenciones previstas con cargo al Plan de Cooperación Local, será el establecido en el Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las Entidades Locales, y demás normativa de desarrollo. El acto de concesión, por la Consejera de Presidencia y Administraciones

68

Page 69: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Públicas, tendrá lugar una vez prestada la conformidad por el Ministerio de Administraciones Públicas al Plan de cada anualidad.

NAVARRANORMAT

IVA TRANSFERENCIAS (BOE/BOCCAA)

Transferencias corrientes y de

capital27

Gastos corrientes en bienes

y servici

os

NORMATIVA FONDO

REGIONAL CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Federación

27 Incluye el Fondo Local.

69

Page 70: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

FNMC28

(Federación Navarra de Municipios y

Concejos)NAVARRA

Ley 18/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la de Navarra para el 2006

Ley Foral 17/2004 por la que se establece la cuantía y fórmula de reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para los ejercicios 2005 a 2008.(BON nº de 150 15/12/2004)

Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de

CAP. 4: 204.662.623,00 €

CAP. 7:101.037.783,00 €

TOTAL:305.700.406,00 €

0 Ley Foral 17/2004, de 3 de diciembre, por la que se establece la cuantía y fórmula de reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para los ejercicios 2005 a 2008.

Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la

Administración Local de Navarra.

Fondo de Transferencias

corrientes29:

158.106.202,00 €(incluidas en Transferencia

corrientes cap. 4)

Fondo de transferencias de

capital:54.773.428,00 €

(incluidas en Transferencia de

capital cap. 7)

Plantea un reparto del Fondo de Transferencias Corrientes que aplica el principio de equidad horizontal, distribuyéndolo en relación directa a las necesidades de gasto de cada entidad local y de manera inversa a su capacidad fiscal. El sistema de reparto se articula en tres niveles. Primero, se realiza una asignación al Municipio de Pamplona proporcional al número de habitantes respecto a los habitantes de Navarra. En segundo lugar, se establece una redistribución del Fondo restante entre los demás Municipios; y, por último, se fija una participación de los Concejos en la cantidad asignada a su Municipio, proporcional al número de habitantes del Concejo.El sistema de reparto del segundo nivel se fundamenta en la obtención para cada Municipio de dos índices, uno de necesidades de gasto y otro de capacidad fiscal. El índice de capacidad fiscal tiene una ponderación del 0,3386 (estos recursos son las contribuciones territoriales urbana y rústica, el impuesto sobre actividades económicas, el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y el valor catastral del comuna).El índice de necesidades de gasto se obtiene de la combinación lineal de tres variables: la población de cada entidad, la extensión del suelo urbano neto y la población con edad igual o superior a 65 años. El tercer nivel de reparto establece la participación de los Concejos a partir de la dotación asignada al Municipio. Esta participación se calcula multiplicando la asignación del Municipio por el 30 por 100 y por la proporción de los habitantes del Concejo sobre la población total del Municipio.

28 Información conseguida por Gabinete (Asesoría Asuntos Económicos) de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Navarra para el año 2006. La Federación Navarra de Municipios y Concejos no contesta al cuestionario.29 Distingue entre dos tipologías de fondos con cargo a capítulo 4 y 7.

70

Page 71: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Navarra.

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para 2007.

Cap. 4 Transferencias corrientes

178.021.412,00 €+

Cap. 7 Transferencias de capital

70.361.519,00 €

7.879.344,00 €

Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para los ejercicios 2005 a 2008.

Fondo de Transferencias

corrientes167.276.362,00 €

(incluidas en Transferencia

corrientes cap. 4)

Fondo de transferencias de

capital54.773.428,00 €

(incluidas en Transferencia de

capital cap. 7)

Ver criterios de distribución año 2.006

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Foral de Navarra. PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Ley Foral de Presupuestos de Navarra 2009. Ley Foral 21/2008, de 24 diciembre

Transferencias a Entidades Locales

358.982.711 €(% Variación

09/08-12,53)

Transferencias corrientes

251.033.440 €(% Variación

09/08-0,56)

+Transferencias capital

107.949.271 €(% Variación

09/08-31,66)

Transferencias corrientesPara el ejercicio 2009 los Presupuestos Generales de

“Fondo de transferencias corrientes”,de carácter generalista, sin un destino concreto, finalista, al que deban aplicarlo las entidades locales.

“Fondo de transferencias de capital”. Ésta es la primera vez en la que no todo el importe tiene carácter finalista. De los 56.197.537 euros, 40 millones, el 71,17%, serán de libre designación por las entidades locales.

Fondo de Transferencias

corrientes188.602.591 €(incluidas en Transferencia

corrientes cap. 4)

Fondo de transferencias de

capital56.197.537 €(incluidas en

Transferencia de capital cap. 7)

“Fondo de transferencias corrientes”. Este fondo tiene carácter generalista, sin un destino concreto, finalista, al que deban aplicarlo las entidades locales.

“Fondo de transferencias de capital” esta es la primera vez en que no todo el importe tiene carácter finalista. De los 56.197.537 euros, 40 millones, el 71,17%, serán de libre designación por las entidades locales.

71

Page 72: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Navarra incluirán dotaciones para transferencias corrientes a entidades locales por importe de 251.033.440 euros. Este importe se distribuye en multitud de transferencias corrientes, un gran número de ellas con carácter finalista (las de menor importe en el conjunto total) y unas pocas de carácter generalista (las que suponen un mayor volumen económico). Entre estas segundas destacan los 188.602.591 euros que constituyen el denominado “Fondo de transferencias corrientes”, y que equivalen al 75,13% del total. El resto, 62.430.849 euros, sí tienen un destino concreto, finalista, al que deberán aplicarlo las entidades locales perceptoras de las mismas.

Para los años 2007 y 2008, las tasas de crecimiento de las transferencias corrientes a la AdministraciónLocal fueron del 8,88% y 13,18% respectivamente; para el año 2009, han disminuido un 0,56% en relación a las del ejercicio anterior, aunque la media anual acumulada del periodo2006-2009 da una tasa de crecimiento del 7%. En cuanto al “Fondo de

72

Page 73: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

transferencias corrientes”, éste ha aumentado un 6,88% respecto al año 2008.

Transferencias capitalEl Presupuesto de gastos para el ejercicio 2009 recoge unas dotaciones de 107.949.271 euros para cofinanciar inversiones de las entidades locales. Para los años 2007 y 2008, las tasas de crecimiento de las transferencias de capital a las entidades locales fueron del 22,2% y del 25,89% respectivamente.Para el año 2009, las transferencias de capital disminuyen un 31,66%. En cuanto al denominado “Fondo de transferencias de capital” esta es la primera vez en que no todo el importe tiene carácter finalista. De los 56.197.537 euros, 40 millones, el 71,17%, serán de libre designación por las entidades locales.Del mismo modo que en el caso de las transferencias corrientes, en las de capital también existe el Fondo de participación de las entidades locales en los impuestos de Navarra alcanzando los 56.197.537 euros, como se ha citado anteriormente, un 52,06%

73

Page 74: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

del total. Este importe supone un incremento de un 2,6% sobre el establecido en 2008, de acuerdo con lo aprobado en la Ley Foral del Plan de Inversiones Locales para el período 2009-2012.

74

Page 75: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

PAIS VASCO30NORMATIVA

TRANSFERENCIAS (BOE/BOCCAA)

CAPITULO 4

(transferencias

corrientes)

CAPITULO 7 (de

capital)

CAPÍTULO 2

(Gastos corriente

s en bienes y servicios

)

NORMATIVA FONDO REGIONAL

CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Asociación de Municipios

Vascos-EUDEL

VIZCAYANorma Foral 12/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2006. Título VI. Cap.I. De los ingresos municipales.Cap. II Del Fondo Foral de Financiación Municipal (Udalkutxa)

La Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales .

Los Municipios del Territorio Histórico de Vizcaya participan en los tributos concertados, en los no concertados y en los demás ingresos públicos susceptibles

En Vizcaya, las participaciones de los Municipios en los ingresos por tributos concertados constituyen el Fondo Foral de Financiación Municipal, Udalkutxa, regulado en la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales(arts.40 a 42).

El fondo se dota en la Norma Foral de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2006.

602.226.603 € 1. El crédito presupuestario destinado a la financiación delAyuntamiento de Bilbao se cifra en 228.000.105 euros.

2. Los créditos presupuestarios destinados a la financiaciónde Imprevistos y a la Asociación de Municipios a los que se refierela Norma Foral 5/1989, de Haciendas Locales, se cifran respectivamenteen 4.516.700 euros y en 903.340 euros.

3. El crédito presupuestario destinado a la financiación delconjunto de Municipios, excluido Bilbao, se cifra en 368.806.458euros que se distribuirán entre ellos de acuerdo a los criterios definidosen la Norma Foral de Haciendas Locales. Los criterios fijados en la Norma 9/2005 son:

a) Cada municipio percibirá, en función de sus necesidades mínimas, una asignación de ochenta y un mil ciento treinta y siete euros (81.137,00). b)El resto del Fondo Foral de Financiación Municipal (Udalkutxa) se distribuirá con arreglo a las siguientes

30 Información conseguida por Gabinete

75

Page 76: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

de tal participación de acuerdo con la normativa vigente.

Los recursos que en virtud del art. 51 del Concierto Económico correspondan a las Corporaciones Locales por aportación indirecta mediante participaciones en tributos no concertados, tendrán carácter extrapresupuestario, y su distribución se hará con los mismos porcentajes que resulten de la participación en los tributos concertados.

consideraciones: El 80 por 100 en función del número de

habitantes de derecho de cada municipio. El 13 por 100 en función del número de

habitantes de derecho a que se refiere el apartado anterior, ponderado por el esfuerzo fiscal municipal.

El 7 por 100 restante, en función del número de unidades escolares de Educación Primaria, Educación Infantil y Especial existentes en centros públicos

El 60 por 100 se distribuirá en función del número de unidades escolares, siendo el 4 por 100, el 18 por 100 y el restante 18 por 100 distribuidos respectivamente en función de las playas, paro y dispersión.

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Norma Foral 4/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2007.

800.179.503 €

Transferencias corrientes a Municipios

y Entes Locales

749.833.043 € (aumenta un

10,57% respecto al

año anterior)+

Transferencias de capital a Municipios

y Entes Locales

50.346.460 € (aumenta un

Fondo Foral de Financiación Municipal. Norma Foral 4/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2007. Arts. 38 a 42

712.050.356 € El crédito presupuestario destinado a la financiación del Fondo Foral de Financiación Municipal -Udalkutxa-, al que hace referencia la Norma Foral de Haciendas Locales, se cifra en 712.050.356 euros.

De conformidad con lo dispuesto a estos efectos en la Norma Foral de Haciendas Locales, los créditos presupuestarios son los siguientes:a) El crédito presupuestario destinado a la financiación del Ayuntamiento de Bilbao se cifra en 269.578.851 euros.b) Los créditos presupuestarios destinados a la financiación de Imprevistos y a la Asociación de Municipios a los que se refiere la Norma Foral 5/89, de Haciendas Locales, se cifran respectivamente en 5.340.378 euros y en 1.068.076 euros.c) El crédito presupuestario destinado a la financiación del conjunto de Municipios, excluido Bilbao, se cifra en 436.063.051 euros que se distribuirán entre ellos de acuerdo a los criterios definidos en la Norma Foral de Haciendas Locales. Los criterios de distribución serán

76

Page 77: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

0,71% respecto al

año anterior)

los establecidos en la Norma Foral de Haciendas Locales.

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

NORMA FORAL 9/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2008.

862.926.997

Transferencias corrientes a Municipios

y Entes Locales

843.019.997 € +

Transferencias de capital a Municipios

y Entes Locales

19.907.000 €

Fondo Foral de Financiación Municipal, Udalkutxa, regulado en la Norma Foral 9/2007, de 27 de diciembre, de Haciendas Locales(arts.38 a 43).

845.103.452 € El crédito presupuestario destinado a la financiación del Fondo Foral de Financiación Municipal -Udalkutxa-, al que hace referencia la Norma Foral de Haciendas Locales, se cifra en 712.050.356 euros.

De conformidad con lo dispuesto a estos efectos en la Norma Foral de Haciendas Locales, los créditos presupuestarios son los siguientes:a) El crédito presupuestario destinado a la financiación del Ayuntamiento de Bilbao se cifra en 269.578.851 euros.b) Los créditos presupuestarios destinados a la financiación de Imprevistos y a la Asociación de Municipios a los que se refiere la Norma Foral 5/89, de Haciendas Locales, se cifran respectivamente en 5.340.378 euros y en 1.068.076 euros.c) El crédito presupuestario destinado a la financiación del conjunto de Municipios, excluido Bilbao, se cifra en 436.063.051 euros que se distribuirán entre ellos de acuerdo a los criterios definidos en la Norma Foral de Haciendas Locales. Los criterios de distribución serán los establecidos en la Norma Foral de Haciendas Locales.

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

NORMA FORAL 8/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2009.

970.927.294 €

Transferencias corrientes a Municipios

y Entes Locales

875.796.812 € (Se incluye la Participación Municipal en

Tributos concertados845.599.982

Fondo Foral de Financiación Municipal —Udalkutxa—

NORMA FORAL 8/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2009. Arts. 38 a 43.

Norma Foral de Haciendas Locales

848.072.090 € De conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional 4ª de la Ley 2/2007 de 23 de marzo, de aportaciones para el quinquenio 2007-2011, y los acuerdos adoptados en el Consejo Vasco de Finanzas Públicas de 15 de Octubre y el Consejo Territorial de Finanzas de Bizkaia de 21 de Octubre de 2008, el crédito presupuestario para el año 2009 destinado a la financiación del Fondo Foral de Financiación Municipal —Udalkutxa—, al que hace referencia la Norma Foral de Haciendas Locales, se cifra en 848.072.090,00 euros.

De conformidad con lo dispuesto a estos efectos en laNorma Foral de Haciendas Locales, los créditos

77

Page 78: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

€)

+Transferencias de capital a Municipios

y Entes Locales

95.130.482 €(Se incluye la Participación Municipal en

Tributos concertados1.200.000 €)

Disposición Adicional 4ª de la Ley 2/2007 de 23 de marzo, de aportaciones para el quinquenio 2007-2011

presupuestarios para el año 2009 son los siguientes:a) El crédito presupuestario destinado a la financiación del Ayuntamiento de Bilbao se cifra en 321.076.027,00 euros.b) Los créditos presupuestarios destinados a la financiación de Imprevistos y a la Asociación de Municipios a los que se refiere la Norma Foral 9/2005 de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, se cifran respectivamente en 6.360.541,00 euros y en 1.272.108,00 euros.c) El crédito presupuestario destinado a la financiación del conjunto de Municipios, excluido Bilbao, se cifra en 519.363.414,00 euros que se distribuirán entre ellos de acuerdo a los criterios definidos en la Norma Foral de Haciendas Locales.

Los criterios de distribución serán los establecidos en la Norma Foral de Haciendas Locales.

ÁLAVA

Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Álava para el año 2006.

Norma Foral 19/1997, de 30 de junio, reguladora del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava. (BOTHA nº 77 de 9 de julio de 1997)

Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Álava para el año 2006.

171.155.680 € La Norma Foral 19/1997, de 30 de junio, recoge la participación de las Entidades Locales (Cuadrillas, Ayuntamientos y Concejos) en la imposición concertada. Su Título III está dedicado a la distribución anual del importe de la dotación del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales, dotado para cada ejercicio con al menos el 50% de los recursos disponibles del Territorio Histórico. Las aportaciones que reciben del Fondo las Entidades Locales, con cargo a la cantidad presupuestada, constituyen un recurso ordinario de sus respectivas Haciendas, de libre disposición y no condicionado para el sostenimiento de todos los servicios que deben prestar conforme a la legislación de régimen local.

Se distinguen cuatro tipos de participaciones:a) Participación por la prestación de servicios, que, en su caso se traspasen desde la Diputación Foral de Álava a las Entidades Locales alavesas.

b) Participación fija de 67.613,86 euros a cada Cuadrilla y otras dotaciones a las Cuadrillas, afectadas a la financiación de gastos concretos.

78

Page 79: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

c) Participación básica de Concejos, Ayuntamientos y Cuadrillas: 27% del FOFEL una vez deducidas las dos participaciones anteriores. Se calcula en función de la prestación de los servicios públicos locales básicos de cada núcleo de población. La cantidad resultante para cada servicio se distribuye un 70% en función del índice de población de cada núcleo y un 30% en función del índice de dispersión de cada núcleo en que el servicio es prestado. Determinada la cantidad correspondiente a cada servicio, se destina a la Entidad Local que efectivamente preste el servicio de que se trate.

d) Participación complementaria de los Ayuntamientos en función de los servicios de carácter municipal que según su tamaño deben prestar: 73% del FOFEL una vez deducidas las participaciones a) y b) anteriores. La asignación correspondiente a cada ayuntamiento con cargo a la participación complementaria se determina de la siguiente manera:

1. 21.035,42 euros fijos a cada Ayuntamiento.

2. El resto: 59% en proporción a la población de derecho

de cada Municipio. 5% según esfuerzo fiscal per cápita de cada

Municipio, ponderado por su población de derecho.

12,25% entre Ayuntamientos de más de 1.000 habitantes, según su población de derecho.

9,5% entre Ayuntamientos de más de 5.000 habitantes, en proporción a su población de derecho.

9,25% entre Ayuntamientos de 15.000 o más habitantes, según su población de derecho.

5% a los Ayuntamientos de más de 50.000 habitantes.

Vigentes los Presupuestos Generales

79

Page 80: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

del Territorio Histórico de Álava para el año 2006, hasta que no se aprueben los Presupuestos del año 2007.

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

Norma Foral de ejecución presupuestaria para el 2008.

En la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 2/2007 indica que los órganos forales de los Territorios Históricos, sin perjuicio de sus facultades reconocidas en el Concierto Económico y en la Ley 27/1983 de 25 de Noviembre, utilizarán el criterio de riesgo compartido, al establecer anualmente la participación de los entes locales en los ingresos concertados correspondientes a los Territorios Históricos.

Igualmente, el Consejo Vasco de Finanzas Públicas recomienda a los órganos forales de los Territorios Históricos que destinen a través de la financiación general y en su caso de los planes específicos de inversión, a los entes locales deellos dependientes, en concepto de participación en la recaudación por tributos concertados, comomínimo el 54,70% del

218.111.020 €

80

Page 81: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

resultado de la expresión definida en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 2/2007.

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Norma Foral de ejecución presupuestaria para el 2009.

Norma Foral que recoge y regula los Presupuestos Generales del Territorio Histórico deÁlava para el ejercicio 2009.

El título VI recoge los Compromisos institucionalesy la financiación de los municipios del TerritorioHistórico de Álava (Fondo Foral de Financiaciónde las Entidades Locales de Álava y Plan Foral deObras y Servicios).

Dentro del presupuesto, y en relación con la Administración Local destaca el programa de Financiación Local

Los contenidos de este programa giran en torno a las

Principales programas:

Inversiones Entidades Locales (Cap. 7)62.264.558,68

Fondo Foral de Financiación de Entidades Locales por participación en tributos concertados. (Cap 4)197.690.870 €

Participación Ayuntamientos Tributos no concertados152.344,25 €

Fondo Foral de Financiación de Entidades Locales por participación en tributos concertados.

En la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 2/2007 indica que los órganos forales de los Territorios Históricos, sin perjuicio de sus facultades reconocidas en el Concierto Económico y en la Ley 27/1983 de 25 de Noviembre, utilizarán el criterio de riesgo compartido, al estableceranualmente la participación de los entes locales en los ingresos concertados correspondientes a losTerritorios Históricos.

Igualmente, el Consejo Vasco de Finanzas Públicas recomienda a los órganos forales de los Territorios Históricos que destinen a través de la financiación general y en su caso de los planes específicos de inversión, a los entes locales deellos dependientes, en

197.690.870 €

13.985.780 €

El cálculo se realizará para el citado ejercicio de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 2/2007, de 23 de marzo, de Metodología de distribución de Recursos y de Determinación de las Aportaciones de las Diputaciones Forales a la financiación de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2007-2011.

81

Page 82: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

transferencias corrientes de la Diputación a las Entidades Locales en base a la normativa reguladora.

La partida del Fondo Foral de Financiación de Entidades Locales absorbe la mayor parte de su presupuesto, y queda regulada, hasta la entrada en vigor de una nueva normativa, por la Norma Foral 19/1997. Supone, de hecho, la fuente de financiación más importante con que cuentan la mayor parte de las Entidades Locales alavesas.

La participación de los Ayuntamientos en los Tributos No Concertados tiene naturaleza de pura transferencia de fondos de la Diputación a los Ayuntamientos en la misma cuantía que previamente ha sido establecida por la Administración del Estado.

Con el subprograma “Financiación Aseguramiento Concejos” se pretende incentivar a estas

concepto de participación en la recaudación por tributos concertados, como mínimo el 54,70% del resultado de la expresión definida en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 2/2007.

Plan Foral de Obras y ServiciosEl Plan Foral de Obras y Servicios se presupuesta en la cantidad de 13.985.780,00 euros, en concepto de financiación total correspondiente al ejercicio 2009 en aplicación de lo dispuesto en la citada Disposición Adicional Cuarta de la Ley 2/2007, de 23 de marzo.

82

Page 83: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Entidades Locales a procurar la cobertura de diversos riesgos a cuya responsabilidad habrían de hacer frente lo cual no sería posible en muchos casos dada la precariedad de medios económicos de que disponen. La Diputación financia el 50% del coste de las primas.

La Línea Foral de Entidades Locales se dota para complementar las ayudas financieras que se otorgan a las Entidades Locales a través del Plan Foral de Obras y Servicios, de forma que puedan hacer frente al coste no subvencionado de las obras que acometen.

GUIPÚZCOA

Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Guipúzcoa para el 2006.

Norma Foral 15/1994, reguladora del Fondo Foral de Financiación Municipal, FFFM.

Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Guipúzcoa para el 2006.

361.224.580 €

Conforme a lo dispuesto en la Norma Foral 15/1994, la cuantía total del FFFM se distribuirá del siguiente modo:

El 99,85% entre los Municipios de Gipuzkoa según los criterios siguientes:

1,2% entre Municipios de hasta 1.100 habitantes, con los importes fijos:

Hasta 200 ................................. 84.141,69 euros

De 201 a 400 ............................ 72.121,45 “

De 401 a 600 ............................ 60.101,21 “

83

Page 84: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

De 601 a 1.000 ......................... 36.060,73 “

De 1.001 a 1.100 ...................... 24.040,48 euros

90% en proporción directa a los habitantes de derecho de los Municipios.

2,15% se asignará a Donostia-San Sebastián, por razón de capitalidad.

3% en proporción inversa a la renta de cada Municipio ponderada por el número de sus habitantes de derecho.

3,5% en proporción directa al esfuerzo fiscal de cada Municipio ponderado por el número de sus habitantes de derecho.

El 0,15% restante del total de la cuantía del Fondo se destina a la financiación específica de la Asociación de Municipios Vascos, EUDEL.

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Guipúzcoa para el 2007.

443.160.157 €

Transferencias corrientes a Municipios

y Entes Locales

414.179.624 €+

Transferencias de capital a Municipios

y Entes Locales

28.980.533 €

Fondo Foral de Financiación Municipal para el año 2007.Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Guipúzcoa para el 2007, artículos 26 y 27 y anexo IV, según norma 15/1994.

379.428.826 € La dotación del Fondo Foral de Financiación Municipal (FFFM) se fija para el 2007 en la cantidad de 379.428.826 euros, en concepto de participación en los recursos del Concierto Económico de conformidad con lo previsto en el artículo 2 de la Norma Foral 15/1994, reguladora del Fondo Foral de Financiación Municipal.

El 99,85% del importe mencionado en el apartado anterior se distribuirá entre los municipios del Territorio Histórico, según el detalle recogido en el Anexos IV de los Presupuestos, de conformidad con lo dispuesto en la Norma Foral 15/1994 (Ver año 2.006)

El 0,15% restante se destinará a la financiación específica de la Asociación de Municipios Vascos (EUDEL).

Presupuestos Generales Fondo Foral de 458.059.648 € El 99,85% del importe mencionado en el apartado

84

Page 85: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

del Territorio Histórico de Guipúzcoa para el 2009.

Financiación Municipal para el año 2008.Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Guipúzcoa para el 2009, Título IV, Art.28 y anexo IV.

anterior se distribuirá entre los municipios del Territorio Histórico, según el detalle recogido en el Anexos IV de los Presupuestos, de conformidad con lo dispuesto en la Norma Foral 15/1994 (Ver año 2.006)

El 0,15% restante se destinará a la financiación específica de la Asociación de Municipios Vascos (EUDEL).

ACTUALIZACIONES AÑO 2009 Presupuestos Generales

del Territorio Histórico de Guipúzcoa para el 2009.

Fondo Foral de Financiación Municipal para el año 2009.Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Guipúzcoa para el 2009, Título IV, Art.28 y anexo IV.

444.278.830 € El 99,85% del importe mencionado en el apartado anterior se distribuirá entre los municipios del Territorio Histórico, según el detalle recogido en el Anexos IV de los Presupuestos, de conformidad con lo dispuesto en la Norma Foral 15/1994 (Ver año 2.006)

El 0,15% restante se destinará a la financiación específica de la Asociación de Municipios Vascos (EUDEL).

VALENCIANORMATIVA TRANSFEREN

CIAS (BOE/BOCCAA

)

CAPITULO 4 (transferencias corrientes)CAPITULO 7 (de capital)31

CAPÍTULO 2

(Gastos corriente

s en bienes y servicios

)

NORMATIVA FONDO REGIONAL

CCAA-EELL

Fondo Criterios de distribución del fondo

Federación

FVMP 32

(Federación Valenciana de Municipios y

Ley 15/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat

264.170.540,00 €33 CAPÍTULO 4

(DIRECTO)34):54.134.250,00 €

0 NO EXISTEHablan de un fondo de cohesión condicionado

(creado en 2004) pero no

No existe fondo, estando

prevista su creación en el

No existe fondo, estando prevista su creación en el Anteproyecto de Ley de de Régimen Local de la Comunidad Valenciana y el nuevo Estatuto de Autonomía39

31 Incluye, en su caso, el Fondo Local.32 La Federación Valenciana de Municipios y Provincias contesta al cuestionario pero facilita información confusa. Se amplía por Gabinete.33 Información facilitada por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

85

Page 86: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Provincias)(VALENCIA)

Valenciana para el ejercicio 2006 (DOGV, nº 5166, de 30 de diciembre de 2005)

CAPÍTULO 4 (MIXTO)35:

107.931.310,00CAPÍTULO 7 DIRECTO)36):

61.311.290,00CAPÍTULO 7 (MIXTO)37:

109.781.080,00TOTAL CAP. 4+CAP.7=

333.157.930,00 €(ver desglose en apdo. criterios de reparto del

fondo)

lo hemos encontrado. Anteproyecto de Ley de de

Régimen Local de la

Comunidad Valenciana y el nuevo Estatuto de Autonomía38

DESGLOSE TRANSFERENCIAS (en miles de euros.)

CAP.4: 53.481,36 € (directo)+ 652, 89 € (FVMP) + 103.092,16 € (mixto) + 4.839,15 € (FSE) = 162.065,56 €

CAP 7: 59.180,60 € (directo)+186,81 (FVMP)+ 1.943,88 (FEDER) + 103.799,99 (indirecto)+ 5.981,09 (FEDER)= 171.092,37

ACTUALIZACIONES AÑO 2007

Ley 11/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2007

Coordinación y Relaciones

Financieras con Entes

Territoriales

Transferencias corrientes

8.120.000,00 €Transferencias

de capital3.641.400,00 €

Transferencias a

En los Presupuestos para el 2007 se dotan diversas líneas presupuestarias para financiar el Fondo de Cohesión Territorial, con la finalidad de potenciar el desarrollo integral de los Municipios de la Comunitat Valenciana.La convocatoria de las ayudas a cargo del Fondo de Cohesión Territorial de la Comunidad Valenciana

10.200.000,00 € El Fondo de Cohesión Territorial tiene por finalidad principal ayudar a las localidades menos favorecidas dentro del Plan de Mejora de Municipios de la Comunidad, contribuyendo de esta forma a la solidaridad y al equilibrio territorial, dicho fondo está dotado con 10.200.000 euros. A las ayudas podrán acudir todos los Ayuntamientos y entidades de ámbito territorial inferior al municipal que cuenten con una población inferior a 1.500 habitantes, el 52,82% de los municipios valencianos.

El Fondo se compone de dos líneas de ayudas: La primera se destina a la financiación de infraestructuras y equipamientos de municipios y entidades locales

34 Transferencias cuyos destinatarios finales son sujetos pertenecientes a la Administración Local (Entidades Locales).35 Transferencias cuyos destinatarios finales son sujetos pertenecientes a la Administración Local (Entidades Locales) y otros sujetos de derecho privado (entidades sin ánimo de lucro etc…), pero cuyo tratamiento contable se hace de manera conjunta en la Ley de Presupuestos.36 Transferencias corrientes cuyos destinatarios finales son sujetos pertenecientes a la Administración Local (Entidades Locales).37 Transferencias corrientes cuyos destinatarios finales son sujetos pertenecientes a la Administración Local (Entidades Locales) y otros sujetos de derecho privado (entidades sin ánimo de lucro etc…), pero cuyo tratamiento contable se hace de manera conjunta en la Ley de Presupuestos.38 Información facilitada por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.39 Información facilitada por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

86

Page 87: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Ayuntamientos en Programas

Sectoriales (Infraestructura y transporte, cultura y deporte, sanidad, agricultura, pesca

y alimentación, territorio y vivienda y bienestar social)44.610.594,00 €

se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

menores; la segunda financia estudios y eventos de interés local, así como la promoción institucional de estas entidades.

Por tercer año consecutivo, la Secretaria Autonómica de Cohesión Territorial de la Generalitat ha puesto en marcha las ayudas a cargo del Fondo de Cohesión Territorial de la Comunidad Valenciana. La convocatoria de dichas ayudas se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Durante el año 2005 las ayudas del Fondo beneficiaron a un total de 239 pequeños municipios de la Comunidad Valenciana por un importe global de 3.811.295,07 euros. La acogida de este Fondo de Cohesión fue muy satisfactoria y supuso una significativa ayuda para la economía, muchas veces casi de subsistencia, de Ayuntamientos y Pedanías cuya población no supera los 1500 habitantes. El importe medio recibido por cada Ayuntamiento y pedanía ascendió a más de 15.900 euros.

Durante 2005 los pequeños municipios invirtieron principalmente las cantidades recibidas en reformas de sus edificios ( Casas Consistoriales, archivos, bibliotecas, polideportivos, centros sociales, colegios…), en equipamientos informáticos, conciertos, exposiciones, presentaciones de escudos y banderas, actos de promoción turística, ferias, muestras de productos típicos, estudios paisajísticos y de historia local, mercados medievales, siendo asimismo muy numerosas las creaciones de páginas Web municipales a cargo de estas ayudas.

Este Plan junto con el de Revitalización de las Comarcas de Interior de la Comunidad Valenciana ha supuesto una sustancial mejora de la calidad de vida y la reactivación de los municipios de interior, lo que ha contribuido a fijar la población existente y a disminuir los índices de despoblamiento. Las medidas desarrolladas van desde pactos territoriales de empleo, búsqueda de viveros de

87

Page 88: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

nuevos sectores empresariales, mejora del entorno medio ambiental, explotación de las energías alternativas, fomento del turismo de interior y mejora en las redes de telecomunicaciones (AVANTIC), etc

Este Fondo de Cohesión Territorial constituye el avance de lo que será el Fondo de Cooperación Municipal regulado en el nuevo Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.

ACTUALIZACIONES AÑO 2008

Ley de la Comunidad Autónoma de Valencia 15/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2008.

293.715.290 €

Transferencias corrientes

192.099.590 €+

Transferencias de capital

101.615.700 €

En algunas líneas de gasto (no relevantes en número ni en importe) los beneficiarios también son entidades sin

ánimo de lucro y personas físicas,

fundaciones, asociaciones e Instituciones.

Fondo de Cohesión Territorial

10.404.000 €

Transferencias corrientes

6.762.600 €+

Transferencias de capital

3.641.400 €

Ver criterios en el año 2007

ACTUALIZACIONES AÑO 2009

Comunidad Valenciana. PRESUPUESTOS DE LA GENERALIDAD. Ley de Presupuestos de la Comunidad Valenciana 2009.

288.817.780 €

Transferencias corrientes

181.529.710 €+

Transferencias de capital

Fondo de Cohesión Territorial

Beneficiarios: Ayuntamientos de la Comunidad Valenciana.Finalidad: Apoyo al desarrollo integral de los

6.000.000 €

Transferencias corrientes

3.000.000 €+

Transferencias de capital

Ver criterios en el año 2007

88

Page 89: Excmo - PSOE Requena€¦ · Web viewLey 24/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2007 Transferencias a corporaciones

Ley 17/2008, de 29 diciembre

107.288.070 €

En algunas líneas de gasto (no relevantes en número ni en importe) los beneficiarios también son entidades sin

ánimo de lucro y personas físicas,

fundaciones, asociaciones e Instituciones.

municipios de la Comunidad Valenciana.Aportación de la Comunidad no condicionada.

3.000.000 €

89