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12 Excmo. Ayuntamiento de Toro ANEXO I RESUMEN DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES TÍTULO: REHABILITACIÓN Y REPOSICIÓN DE FIRMES EN DIFERENTES ZONAS DE LA CIUDAD DE TORO NÚMERO DE EXPEDIENTE: 604/2019 1.- Definición del objeto del contrato y necesidades administrativas a satisfacer: (Cláusula 7) El objeto del presente proyecto es la pavimentación de varias calles en diferentes zonas de la ciudad, consistentes básicamente en el fresado y reposición de la capa de rodadura del pavimento bituminoso existente, así como la reposición de la señalización horizontal. Además de lo mencionado se dota a las glorietas existentes e isletas de encintados de bordillo y se ejecutan dos actuaciones de pavimentación con hormigón en masa. Código CPV: 45233223-8 Trabajos de repavimentación de calzadas. Redactor del proyecto técnico: D. Jose Manuel Villar Barba, Ingeniero Técnico Municipal de Obras Públicas. Fecha de redacción del proyecto técnico: febrero de 2019. Fecha de aprobación del proyecto técnico: 27 de febrero de 2019. División en lotes: NO No se considera necesaria ni conveniente la división en lotes del objeto del contrato, dado que dentro del proyecto se contempla la actuación en un total de 12 zonas o calles de titularidad municipal, en concreto los que se relacionan a continuación: Excmo. Ayuntamiento de Toro Plza. Mayor, 1, Toro. 49800 (Zamora). Tfno. 980108100. Fax: 980108105

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Excmo. Ayuntamiento de Toro

ANEXO I

RESUMEN DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS

PARTICULARES

TÍTULO: REHABILITACIÓN Y REPOSICIÓN DE FIRMES EN DIFERENTES

ZONAS DE LA CIUDAD DE TORO

NÚMERO DE EXPEDIENTE: 604/2019

1.- Definición del objeto del contrato y necesidades administrativas

a satisfacer: (Cláusula 7)

El objeto del presente proyecto es la pavimentación de varias calles en

diferentes zonas de la ciudad, consistentes básicamente en el fresado y reposición

de la capa de rodadura del pavimento bituminoso existente, así como la reposición

de la señalización horizontal. Además de lo mencionado se dota a las glorietas

existentes e isletas de encintados de bordillo y se ejecutan dos actuaciones de

pavimentación con hormigón en masa.

• Código CPV: 45233223-8 Trabajos de repavimentación de

calzadas.

• Redactor del proyecto técnico: D. Jose Manuel Villar Barba,

Ingeniero Técnico Municipal de Obras Públicas.

• Fecha de redacción del proyecto técnico: febrero de 2019.

• Fecha de aprobación del proyecto técnico: 27 de febrero de

2019.

• División en lotes: NO

No se considera necesaria ni conveniente la división en lotes del objeto del

contrato, dado que dentro del proyecto se contempla la actuación en un total de 12

zonas o calles de titularidad municipal, en concreto los que se relacionan a

continuación:

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Plza. Mayor, 1, Toro. 49800 (Zamora). Tfno. 980108100. Fax: 980108105

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C/ VICENTE GONZALEZ Y PLAZA SAN FRANCISCO

PASEO DEL CANTO

RUA DE SANTA CATALINA

HERNAN JUAN

C/ VITORIANA VILLACHICA

REALIZACION DE UN PASO ELEVADO PARA PEATONES EN N 122-HERNAN

JUAN

ANTIGUA N 122 DESDE P.K. 427+00 A P.K. 427+180 TRAMO URBANO Y

ENCINTADO DE LAS ROTONDAS

ANTIGUA N 122 DESDE P.K. 424+300 TRAMO URBANO Y ENTRONQUES A

POLIGONO Y VIAS SERVICIO

CAMINO CEMENTERIO

ENTRADA AL POLIGONO NORTE

PAVIMENTACION DEL PASEO EN AVD TAGARABUENA

PAVIMENTACION DE APARCAMIENTOS EN CARRETERA MEDINA RIOSECO

Dado que se trata de diferentes calles municipales, parece lógico pensar que

las actuaciones a realizar en cada una de ellas, actuaciones similares en todas ellas

consistentes básicamente en el fresado y reposición de la capa de rodadura del

pavimento bituminoso existente, así como la reposición de la señalización

horizontal, serían susceptibles de llevarse a cabo de manera independiente debido

a la diversidad geográfica de la zona objeto de las obras que se contemplan dentro

del proyecto, de acuerdo con lo contemplado en el plano nº1 en el que figura la

ubicación de todos y cada uno de las calles.

De acuerdo con lo indicado en el artículo 99.3 de la LCSP: "se considerarán en

todo caso motivos válidos, a efectos de justificar la no división en lotes del objeto del

contrato el hecho de que la división en lotes del objeto del contrato conllevase el riesgo de

restringir injustificadamente la competencia o el hecho de que, la realización independiente

de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultara la correcta

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ejecución del mismo desde el punto de vista técnico, o bien que el riesgo para la correcta

ejecución del contrato proceda de la naturaleza del objeto del mismo, al implicar la

necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse

imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas

diferentes".

En relación a esto, se considera que la división en lotes de la obra dificultaría

sustancialmente, más que la propia ejecución de las obras, que también, la

coordinación de las mismas, ya que para el caso que nos ocupa y debido a la

especialidad del contrato, que como ya se ha indicado contempla la actuación en

un total de 12 calles de titularidad municipal, procedería la división del mismo en 12

lotes, ya que cabría la posibilidad de realizar independientemente cada una de las

actuaciones contempladas en el mismo, división que, aparte de factible, sería

completamente irracional desde el punto de vista de la ejecución de las obras, ya

que la ejecución de las mismas debe realizarse con maquinaria pesada con elevado

coste horario y que conlleva importantes gastos de transporte e implantación de la

misma, que será completamente inasumible para la ejecución de alguna de las

actuaciones contempladas con actuaciones en las mismas de escasa entidad.

Por ello, y teniendo en cuenta todo lo anteriormente expuesto, se considera

suficientemente justificada la no división en lotes propuesta en base a lo indicado

en el artículo 99.3 de la LCSP.

• Contrato reservado de conformidad con la D.A. 4ª LCSP: NO

• Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: el Excmo.

Ayuntamiento de Toro (Zamora) tiene la competencia de prestar el servicio

de pavimentación de las vías públicas, para lo cual se procederá a la

reposición de la pavimentación de varias calles en diferentes zonas de la

ciudad.

Por tanto las necesidades administrativas a satisfacer con la celebración del

presente contrato son claras y se encuentran perfectamente definidas y

convenientemente justificadas en base a lo indicado en el artículo primero de la Ley

27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la

Administración Local, siendo necesario por tanto proceder a la pavimentación de las

vías públicas recogidas en el Proyecto.

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2.- Poder adjudicador y Órgano de contratación. (Cláusula 4)

• Poder Adjudicador: Excmo. Ayuntamiento de Toro (Zamora).

• Órgano de contratación: Alcaldia del Ayuntamiento de Toro.

3.- Responsable del contrato, Dirección facultativa de la obra,

Coordinador de Seguridad y Salud y Unidad encargada del seguimiento y

ejecución del contrato. (Cláusula 5 y 6):

• Dirección facultativa: D. Jose Manuel Villar Barba Ingeniero de Obras

Públicas Municipal.

• Coordinador de Seguridad y Salud: D. Jose Manuel Villar Barba

Ingeniero de Obras Públicas Municipal.

• Unidad encargada del seguimiento y ejecución del contrato:

Concejalía de Obras y Urbanismo - Servicio de Obras Públicas.

4.- Contrato sujeto a recurso especial en materia de contratación

previo a la interposición del contencioso-administrativo (Cláusula 3): NO

5.- Valor Estimado del contrato (Cláusula 8)

• Valor estimado del contrato: 282.940,00 Euros.

• Método de cálculo aplicado para calcular el valor estimado: En función

de precios unitarios a partir del estado de mediciones del Proyecto de Construcción

de “Rehabilitación y Reposición de Firmes en diferentes zonas de la Ciudad de Toro”.

6.- Presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara

(Cláusulas 8 y 9)

• Presupuesto base de licitación:

Presupuesto (IVA excluido): 233.834,71 Euros.

I.V.A. (21%): 49.105,29 Euros

• Cofinanciación: SI Diputación provincial de Zamora: 100%

Documento y fechas que acreditan la plena disponibilidad de las

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aportaciones comprometidas: RC nº 2019.2.0003338.000 de fecha 12 de junio de

2019.

Aportación por ejercicios:

Anualidad Importe (IVA incluido): 2019 - 282.940,00 euros.

• Aplicación presupuestaria: 2019 1532 61905 – Pavimentación de

Calles.

7.- Garantías (Cláusula 14 y 17):

• Definitiva: SÍ

Porcentaje: 5% del precio ofertado por el licitador, excluido el I.V.A.

• Complementaria: SÍ

Porcentaje: 5% del precio ofertado por el licitador, excluido el I.V.A., en los

casos en que la oferta del adjudicatario resultara inicialmente incursa en presunción

de anormalidad.

ENTIDAD BANCARIA y número de cuenta donde se pueden realizar los

ingresos:

CAJA RURAL DE ZAMORA: ES4230850013901096944424

8.- Revisión de precios. (Cláusula 38)

• Procede: NO

9.- Régimen de pagos. (Cláusula 39)

• Expedición de certificaciones: Periodicidad mensual

• Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: Por materiales

acopiados: SÍ

Por instalaciones y equipos: SÍ

Importe de la garantía: Se constituirá una garantía por idéntico importe al de

los abonos a cuenta.

• Las facturas expedidas por los contratistas o proveedores deberán

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tramitarse a través de FACe, indicando la obra de referencia, Nº de certificación,

Expediente de la unidad tramitadora (604/2019) y aplicación presupuestaria:

153.619.05

10.- Plazo de ejecución y lugar de ejecución. (Cláusula 27 y 49)

• Plazo Total: TRES (3) MESES

• Plazos Parciales: NO

• Recepciones parciales: NO

• Lugar de ejecución: Termino Municipal de Toro (Zamora).

11.- Procedimiento (Cláusulas 10 y 12):

• Tramitación anticipada: NO

• Procedimiento: Abierto.

• Tramitación: Ordinaria.

12.- Perfil de contratante. (Cláusula 11)

• La dirección de acceso al perfil de contratante del Ayuntamiento de

Toro es: [https:// contrataciondelestado.es/wps/portal/licRecientes]

13.- Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos

(Cláusula 11)

Los interesados en el procedimiento de licitación podrán solicitar información

adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria con una

antelación de DOCE (12) DÍAS antes de la finalización del plazo de presentación de

las proposiciones.

14.- Forma de las proposiciones (Cláusula 15)

Los interesados presentarán sus proposiciones en un archivo electrónico, que

deberá contener la documentación indicada en la Cláusula 15ª del presente PCAP.

El archivo electrónico firmado por el propio licitador o persona que lo

represente, deberá indicar el número de referencia y la denominación del contrato

al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa, su

correspondiente NIF, correo electrónico y teléfono. Y los archivos incluidos en los

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mismos, asimismo deberán autorizar al Ayuntamiento para consultar los datos

contenidos en el ROLECE.

15.- Lugar y plazo de presentación de las proposiciones (Cláusula

14)

El archivo electrónico conteniendo la documentación que se indica en este

pliego deberá presentarse electrónicamente en la Plataforma de contratación del

Sector Público (https://contrataciondelestado.es), de acuerdo con lo previsto en la

“Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas” que podrán

encontrar en el siguiente enlace:

https://contrataciondelestado.es/wps/portal/guiasAyuda

En la citada guía se documenta cómo el licitador debe preparar y enviar la

documentación que compone las ofertas mediante la “Herramientas de Preparación

y Presentación de Ofertas”.

A estos efectos, es requisito inexcusable ser un usuario registrado de la

Plataforma de Contratación del Sector Público y rellenar tanto los datos básicos

como los datos adicionales (Ver Guía de Utilización de la Plataforma de Contratación

del Sector Público para Empresas – Guía del Operador Económico disponible en el

anterior enlace).

En el presente procedimiento de licitación no se admitirán aquellas ofertas

que no sean presentadas a través de los medios descritos.

• PLAZO: VEINTESEIS (26) DÍAS NATURALES a partir del siguiente a su

publicación.

16.- Solvencia económica, financiera y técnica (Cláusula 13).

Solvencia Económica y Financiera: Volumen anual de negocios referido el

mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de

constitución o de inicio de la actividad del empresario por importe igual o superior a

los 233.834,71€ (IVA excluido).

La declaración de esta solvencia se realizara mediante una declaración del

empresario indicando el volumen de negocio global de la empresa.

Solvencia técnica: La acreditación de la solvencia técnica se efectuará

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mediante la relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, que sean del

mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del

grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos

correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de

mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del

contrato (163.684,3€).

17.- Clasificación admitida para acreditar la solvencia (Cláusula 13)

En los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros la

clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que en función del objeto del

contrato corresponda, que servirá para acreditar la solvencia económica y

financiera y solvencia técnica para contratar.

Clasificaciones:

GRUPO G Viales y pistas

SUBGRUPO 4 Con firmes de mezclas bituminosas

CATEGORIA 2 Cuantía superior a 150.000 euros e inferior o igual a 360.000

euros

18.- Habilitación empresarial. (Cláusulas 13 y 21)

• Procede: NO

19.- Medios que se exige adscribir a la ejecución de la obra

(Cláusula 21)

Efectiva disposición de los medios que el adjudicatario se comprometió a

dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.

Debido al tipo de obras a ejecutar, se deberá solicitar a los licitadores

declaración responsable acreditativa de la disponibilidad de los siguientes medios:

- Planta discontinua de fabricación de mezclas bituminosas en caliente,

con una producción mínima horaria de doscientas (200) toneladas, a una distancia

no superior a cien (100) kilómetros del centro del término municipal de Toro,

entendiendo como tal la Plaza Mayor de Toro, distancia que será medida por

cualquier tipo de vía pavimentada abierta al tráfico rodado de vehículos.

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- Equipo de extendido de mezclas bituminosas en caliente.

20.- Criterios de adjudicación (Cláusula 12)

Se atiende a una pluralidad de criterios, entre los que estarán, por este

orden, los que se relacionan a continuación:

A. Aspectos Sociales.

B. Reducción de plazos de ejecución.

C. Ampliación del plazo de garantía.

D. Ampliación del porcentaje para control de calidad externo de la obra.

E. Mejora de la Seguridad Vial.

F. Mejoras Ambientales y Paisajísticas.

A. Aspectos Sociales: tendrá un máximo de QUINCE (15) PUNTOS.

Se valorará la contratación o subcontratación por el licitador de personas

pertenecientes a los colectivos con mayores dificultades de inserción al que se

hace referencia en el artículo 145 de la ley 9/2007 de contratos del sector

público, que intervengan directamente en la realización de Mejoras Ambientales

y Paisajísticas u otras de la obra objeto del contrato.

El criterio de puntuación será el siguiente:

1 PUNTO por cada persona contratada de alguno de los colectivos de personas

con discapacidad, personas desfavorecidas, miembros de grupos vulnerables,

personas con riesgo de exclusión social. Para ello se presentara declaración

jurada acreditando el compromiso de contratar (o que en la empresa ya existen)

para la ejecución del presente contrato un porcentaje de plantilla y número

concreto de personas en la situación anteriormente citada.

5 PUNTOS por cada subcontratación que se realice con Centros Especiales de

Empleo o Empresas de Inserción; los planes de igualdad de género que se

apliquen en la ejecución del contrato. Para ello se presentara declaración jurada

acreditando el compromiso de subcontratar las unidades de obra que el licitador

estime con Centros Especiales de Empleo o Empresas de Inserción.

B. Reducción del plazo de ejecución, tendrá un máximo de CINCO (5)

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PUNTOS.

Se valorará la reducción del plazo de ejecución material de la obra,

justificado convenientemente con un programa de trabajo detallado y acompañado

de los documentos de estudio que justifiquen la solución propuesta para garantizar

que el plazo ofrecido puede ser razonablemente cumplido sin menoscabo de la

calidad de la ejecución de la obra.

Sin la adecuada justificación, no se valorarán las propuestas de reducción de

plazo de ejecución material de la obra objeto de licitación.

El criterio de puntuación de la reducción del plazo de ejecución será el siguiente:

OP-P

PV-P50 xP

Siendo:

P0: puntuación del plazo de ejecución de la oferta a valorar.

P: plazo de ejecución previsto en el proyecto.

PV: plazo de ejecución ofertado en la oferta a valorar

OP: plazo de ejecución ofertado en la oferta que ofrece menor plazo de

ejecución.

En este caso se otorgarán 5,00 puntos a la oferta que presenta el menor

plazo de ejecución, 0,00 puntos a la oferta que no reduce el plazo de ejecución

propuesto y al resto, puntuación de forma proporcional.

C. Ampliación del plazo de garantía: tendrá un máximo de DIEZ (10)

PUNTOS.

Ampliación del plazo de garantía legal por encima de mínimo establecido en

el presente ANEXO.

El criterio de puntuación de la ampliación del plazo de garantía será el siguiente:

G-GM

G-GV100 xG

Siendo:

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G0: Puntuación del plazo de garantía en la oferta a valorar.

G: Plazo de garantía mínimo e igual a UN (1) AÑO.

GV: Plazo de garantía de la oferta a valorar.

GM: plazo de garantía de la oferta con mayor plazo de garantía.

En este caso se otorgan 10,00 puntos a la que ofrece mayor ampliación del

plazo de garantía, 0,00 puntos a la oferta que no amplía el plazo de garantía y al

resto, puntuación de forma proporcional.

D. Ampliación del porcentaje para control de calidad externo de la obra:

tendrá un máximo de TREINTA (30) PUNTOS.

Se valorará la mayor cantidad económica que, dentro del precio de contrato

ofertado, el licitador ofrece para que se realice un control de calidad externo, tanto

sobre las propias unidades y materiales de obra, como sobre cualquier actuación

municipal que coadyuve al control de la calidad en la ejecución de la obra:

asistencia a la dirección de obra, topografía, control de la seguridad y salud en la

obra, fiscalización material de la inversión, difusión de la utilización de la obra, etc.

Esta oferta deberá realizarse en porcentaje sobre el precio de licitación IVA excluido,

por encima del 1% que con carácter obligatorio se establece en la cláusula 27 de

este pliego.

El criterio de puntuación para la ampliación del porcentaje para control de calidad

externo de la obra será el siguiente:

1%-CM

1%-CV300 xC

Siendo:

C0: puntuación del porcentaje del control de calidad de la oferta concreta.

CV: porcentaje ofertado en la oferta a valorar.

CM: porcentaje ofertado en la oferta que ofrece mayor porcentaje.

Solo se tendrá en cuenta a efectos de valoración las ofertas que propongan

un porcentaje para realizar el control de calidad externo igual o inferior al 4% del

precio de licitación IVA excluido.

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En este caso se otorgarán 30,00 puntos a la oferta que ofrece mayor

porcentaje, 0,00 puntos a la que únicamente ofrece un 1% y al resto de forma

proporcional.

E. Mejora de la Seguridad Vial: tendrá un máximo de VEINTICINCO (25)

PUNTOS.

Se valorará la mayor cantidad económica que, dentro del precio de contrato

ofertado, el licitador ofrece para mejorar la seguridad vial en el transcurso de las

obras y los meses posteriores a la realización de estas.

Las mejoras irán enfocadas a mejorar la señalización de obra y desvíos

provisionales, así como mantenimiento de marcas viales de entronques y vías

afectadas por las obras que como consecuencia de estas y del intenso tráfico que

se produce en la ejecución se vea deteriorada la señalización horizontal. Las marcas

viales realizadas en la obra que se hayan erosionado en los meses siguientes a la

realización de las obras también serán objeto de repintado.

El criterio de puntuación para la mejora de la seguridad vial obra será el siguiente:

SvM

SvV250 xSv

Siendo:

Sv0: Puntuación de la mejora de la seguridad vial de la oferta concreta.

SvV: Cantidad Económica que el licitador ofrece para mejora de la seguridad

vial (precio de licitación IVA excluido).

SvM: oferta que ofrece mayor cantidad económica para mejora de la

seguridad vial.

Se otorgarán 25,00 puntos a la oferta que ofrece mayor cantidad

económica, y al resto de forma proporcional.

F. Mejoras Ambientales y Paisajísticas: tendrá un máximo de QUINCE (15)

PUNTOS.

Se valorará la mayor cantidad económica que, dentro del precio de contrato

ofertado, el licitador ofrece para realizar mejoras ambientales y paisajísticas dentro

de las obras realizadas.

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Las actuaciones ambientales a proponer irán enfocadas a mejorar la gestión

de los residuos generados en la propia obra para su reutilización.

Por otro lado se valorara las actuaciones paisajísticas encaminadas a

integrar la obra con el entorno, teniendo especial consideración la restitución de los

árboles talados como consecuencia de las obras, por otros de su misma especie en

la propia obra, así como acondicionamiento de zonas ajardinadas que pudiesen ser

afectadas por las obras.

El criterio de puntuación para las mejoras ambientales y paisajísticas será el

siguiente:

AM

AV150 xA

Siendo:

A0: Puntuación de la mejora ambiental y paisajística de la oferta concreta.

AV: Cantidad Económica que el licitador ofrece para mejora ambiental y

paisajística (precio de licitación IVA excluido).

AM: Oferta que ofrece mayor cantidad económica para la mejora ambiental y

paisajística.

Se otorgarán 15,00 puntos a la oferta que ofrece mayor cantidad

económica, y al resto de forma proporcional.

21.- Ofertas con valores anormales o desproporcionados. (Cláusula

18)

• Procede: SÍ

• Criterios adjudicación y designación de los parámetros objetivos que

permiten identificar que una oferta se considera anormal: Se aplicarán en relación

con el criterio mejor propuesta económica, los criterios establecidos en el artículo

85 del RGLCAP, en base a lo previsto en el artículo 149 de la LCSP.

22.- Condiciones especiales de ejecución (Cláusula 33).

Condiciones especiales de ejecución, (previstas en el artículo 202.2 LCSP):

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• Se establecerán medidas de minimización y reutilización del consumo

de agua necesaria para la ejecución de la obras.

• Se realizará la limpieza de maquinaria y equipos con productos no

contaminantes y en lugares adecuados para ello.

• Los materiales de construcción, tierras y residuos se depositarán en

un espacio habilitado al efecto para ello, donde se colocará una barrera de control

de sedimentos.

• Se adoptarán las medidas precisas para minimizar los ruidos y

vibraciones que puedan ocasionar molestias a los vecinos y trabajadores, realizando

los trabajos que impliquen estos inconvenientes en horarios compatibles con los

normales de descanso de los ciudadanos.

• Los residuos que genere la obra se deberán tratar de acuerdo con el

plan que ha de presentarse y aprobar el Promotor. Los materiales susceptibles de

reciclado se depositarán en contenedores independientes para facilitar su

tratamiento.

• La maquinaria que se emplee en la obra deberá cumplir

estrictamente toda la normativa vigente en materia de consumo energético,

emisiones de gases y ruidos, y se garantizará el empleo de maquinaria y métodos

de trabajo menos contaminantes y que suponga un mayor ahorro energético.

• Uso de materiales reciclados o, como mínimo, materiales fácilmente

reciclables.

• Se utilizará preferiblemente pinturas de base acuosa, libre de

disolventes orgánicos.

23.- Contingencias que pueden dar lugar a la suspensión de la

formalización del contrato. (Cláusula 23)

• Procede: Las previstas en la Cláusula 23ª del PCAP.

24.- Modificaciones previstas en el pliego de cláusulas

administrativas particulares. (Cláusula 34)

• Procede: NO

25.- Cesión del contrato (Cláusula 36)

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• Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser

cedidos por el contratista a un tercero: SI, de conformidad con lo dispuesto en el

segundo párrafo del artículo 214.1 LCSP.

26.- Subcontratación (Cláusula 37)

• Subcontratación: SÍ

Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato a

subcontratar, su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas:

NO.

27.- Pólizas de seguros. (Cláusula 21)

• Procede: Sí, Seguro de Responsabilidad Civil (RC)

• Momento de entrega de las pólizas: de acuerdo con lo previsto en la

cláusula 20ª del PCAP.

28- Otras penalidades. (Cláusula 48)

• Procede: las previstas en la cláusula 48 del PCAP.

29.- Otras causas de resolución del contrato. (Cláusula 54)

• Procede: las previstas en la cláusula 54 del PCAP.

30.- Ensayos, análisis e informes específicos previstos en el artículo

145 del GLCAP. (Cláusula 30)

Los gastos derivados de la realización de los ensayos y análisis de materiales

y unidades de obra y de los informes específicos que se recaben, serán de cuenta

del contratista hasta un importe del 1% del precio de la obra.

31.- Plazo de aviso de terminación de la ejecución de la obra.

(Cláusula 49)

• Plazo de aviso de terminación de la ejecución de la obra: 15 días

hábiles.

32.- Plazo de garantía (Cláusulas 51)

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Se establece el plazo mínimo de 1 año, que podrá ser ampliado por el

licitador en su oferta.

33.- Deber de confidencialidad. (Cláusula 44)

• Duración: 5 años desde el conocimiento de esa información.

DILIGENCIA: La extiendo yo, la Secretaria General de la Corporación para hacer constar que el documento denominado Anexo I, resumen del Pliego de Cláusulas administrativas Particulares rector del procedimiento de contratación de las obras de rehabilitación y reposición de firmes en diferentes zonas de la ciudad de Toro, integrado por 33 puntos (16 páginas), ha sido aprobado por el Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación mediante Resolución dictada con fecha 5 de julio de 2019.

En Toro, en la fecha referenciada al margenVº BºEl Alcalde- Presidente,Fdo. : Tomás del Bien Sánchez. La Secretaria General.

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