evolución histórica del derecho internacional público

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EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO ERIKA PATRICIA ALVARADO YANES ROBERTO ANDRES ESTARITA PAREJA LINA MARCELA MARTÍNEZ DURANGO DRA. ASTRID MARTÍNEZ MORANTE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS PROGRAMA DE DERECHO OCTAVO SEMESTRE, GRUPO C UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR

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Page 1: Evolución Histórica Del Derecho Internacional Público

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

ERIKA PATRICIA ALVARADO YANES

ROBERTO ANDRES ESTARITA PAREJA

LINA MARCELA MARTÍNEZ DURANGO

DRA. ASTRID MARTÍNEZ MORANTE

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS

PROGRAMA DE DERECHO

OCTAVO SEMESTRE, GRUPO C

UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR

BARRANQUILLA, ATLANTICO

2015-II

Page 2: Evolución Histórica Del Derecho Internacional Público

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

¿POR QUÉ ES IMPORTANTE REVISAR Y ESTUDIAR LA HISTORIA DEL DERECHO PÚBLICO?

El Derecho Internacional Público es un ordenamiento jurídico que regula el comportamiento de los Estados y otros sujetos internacionales, en sus competencias propias y relaciones mutuas, sobre la base de ciertos valores comunes, para realizar la paz y cooperación internacionales, mediante normas nacidas de fuentes internacionales específicas. O más brevemente, es el ordenamiento jurídico de la Comunidad Internacional. Es importante para interpretar el presente, para comprender además la evolución y el desarrollo del hombre de su sociedad y sus instituciones.

EVOLUCION HISTORICA

ANTES DE LA ERA CRISTIANA

En documentos que reposan en la biblioteca de la ONU se encuentra que en el año 1300 A.C se celebró un tratado de paz que perpetua de alianza y extradición entre un Faraón Egipcio y el rey de los hititas. El judaísmo se hace presente regulando la guerra y la paz mediante el Deuteronomio (V Libro del Pentateuco escrito Por Moisés). En la India se conoció el Código de Manu, en donde aparecen los primeros vestigios de lo que hoy se conoce como las embajadas permanentes. Son los chinos quienes inician las relaciones diplomáticas.1

EDAD ANTIGUA (SIGNADA POR LOS IMPERIOS DE GRECIA Y ROMA)

En medio de un pueblo dividido por barbaros y cultos, surgen instituciones que son vestigios del derecho internacional. Instituciones de Grecia:

PROXENIAS: Institución que protegía a extranjeros en tránsito; estas instituciones son el origen de los consulados.

ANFICTIONIAS: Eran ligas religiosas que se preocupaban por la protección y salvamento de templos, mausoleos, panteones e iglesias; donde se refugiaban los habitantes cuando eran atacados por los bárbaros.

LIGAS HELENICAS: Regulan las relaciones entre las Repúblicas que conformaban la antigua Grecia.

CRUZADAS

1 Víctor M. Sánchez. Derecho internacional público. Huygens Editorial. Madrid, 2010. p. 43 Y ss. Luis Fernando Álvarez Londoño. Historia del Derecho Internación Publico. Universidad Javeriana. Bogotá, 2000.

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Instituciones que regulaban las relaciones de intercambio comercial entre las Repúblicas. El basamento legal son las leyes rodias que regulaban el comercio marino entre Grecia y los pueblos con los que mantenían ese tipo de comercio.

EDAD MEDIA: (DERECHO CRISTIANO MEDIEVAL)

Esta fue la época más oscura vivida por la humanidad. Predomina el feudalismo, donde el Papa era el mayor feudal y este junto con los señores feudales promovieron la institución de una empresa de una conseja que decía que el trabajo era una maldición publica, el trabajo estaba destinado a los seres inferiores, es decir, a los desposeídos. Se consideraba que los señores feudales eran hijos de Dios y por ello no podían trabajar. Se acordaban guerras territoriales entre los señores feudales no para obtener más tierras si no para obtener más gentes que mermaba la riqueza feudal.

Se da el esfuerzo de la Iglesia por disminuir las luchas prohibidas, las guerras feudales o las privadas. La actividad militar era encabezada por el ideal caballeresco a partir de un código de honor. Se recurría frecuentemente al arbitraje en donde el papa era una instancia importante El derecho de los tratados se reforzaba por la tradición, los juramentos y los rehenes.2

Sin embargo se notan instituciones como el cristianismo, que mitigan la acción de los feudales, por otro lado la iglesia, creaba figuras como la paz de Dios que se lleva a cabo en los templos, y la tregua de Dios, que era día de descanso en la guerra.

EDAD MODERNA

Trajo un giro de 109º para la evolución del Derecho Internacional, se da fin a la guerra de treinta años emprendida por dos pueblos germanos (Guerra Santa entre creyentes y protestantes) y en los últimos cuatro años se dan dos acuerdos el primero de ellos el acuerdo de Munsterly el segundo el acuerdo Osnabruck y estos producen el tratado de Westfalia que marcaran hechos importantísimos para el Derecho Internacional Público en el 1648.

BASES DEL TRATADO DE WESTFALIA3

Por primera vez se establece en esas embajadas creadas el concepto de extraterritorialidad de las sedes diplomáticas.

Igualdad de los Estados. Surge por primera vez un principio de autodeterminación de los pueblos. Se ratifica el principio divino de los Reyes. Se adopta el idioma francés como lenguaje diplomático.

2 Luis Manuel Marcano Salazar. Fundamentos de derecho internacional público: introducción al estudio de la historia de las instituciones del derecho internacional público y su impacto en las relaciones internacionales. Los libros de El Nacional. Caracas, 2005. p. 15 y ss.3 Sergio Guerrero Verdejo. Derecho internacional público. Plaza y Valdés. México D.F., 2004. p. 25.

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Entre otros estos son los hechos estos son los hechos fundamentales que abrieron las puertas para la concatenación de otros hechos que nutrieron mucho y en poco tiempo al Derecho Internacional Público.

Independencia de las trece colonias Británicas en 1776, donde se ratifica el principio de autodeterminación de los pueblos, la declaración de los derechos del hombre que se había producido en Virginia en 1770 y que establece otro principio del Derecho Internacional Público, aun en boga Principio de Reconocimiento de los gobiernos de facto (este último es una de las razones por las cuales el Derecho Internacional Público es un derecho especial).

En 1780 se produce por vía pública y documental de la Declaración de Neutralidad por Catalina II de Inglaterra. Paralelamente a estos hechos aun el feudalismo tenía una fuerte presencia en Europa. Después de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre se produce la Revolución Francesa en 1789 que produce hechos importantísimos.

Quiebra del feudalismo. Se instaura desde ese momento el Estado Liberal, lo que esta concatenado a una

cantidad de principios desde el punto de vista de la libertad. Ese planteamiento de Estado Liberal involucra por primera vez la soberanía popular. Se le legitimidad y codificación al Derecho Internacional Público. Se ratifica la igualdad jurídica de los Estados. En 1810 se inicia la Revolución Americana en Caracas (hecho importantísimo para

el Derecho Internacional Americano) Consecuencialmente al Congreso de Viena y a ese planteamiento nace la Doctrina

de Monroe en 1823 (James Monroe 5º Presidente de USA) que propone la no intervención de Europa y América.

El último caso de la edad moderna fue la guerra de secesión ocurrida en 1860 en USA, esta era termina en siglo XIX.

Se reconoce el principio de equilibrio de fuerzas reproducido por el artículo II del tratado de paz entre Gran Bretaña y España:

Igualdad religiosa Igualdad relativa de los Estados Establecimiento de relaciones diplomática permanente Aplicación de los principios de autodeterminación de los pueblos La adopción del idioma francés como lengua diplomática

SISTEMA INTERNACIONAL DE TRANSICIÓN (1789 – 1945)

Comienza cuando termina la I Guerra Mundial, se le llama así dado a que la tendencia de usar la fuerza como instrumento de política exterior no acabó con el fin de la guerra, sino al finalizar la II guerra mundial. Temas importantes en esta etapa:

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Urgencia de desarme Prohibición de alianza para el ataque. Constitución de un tribunal de arbitraje, Libertad de comercio Abandono de las colonias Se da el tratado de Paris en 1814, en su artículo 32 que manifiesta que debía

convocarse a un congreso general de todos los beligerantes. Posteriormente se suscribe un tratado en parís que modifica algunas normas, del primer tratado.

Se creó congreso de Viena ( Crea un clima de estabilidad en Europa) Se desarrolló el inicio del derecho internacional fluvial, se establece la libre

navegación, abolición de la trata de esclavos negros. En 1945 En Núremberg, son juzgados y condenados a muertes algunas líderes del

partido nacional socialista por genocidio.

SISTEMA POSTEROR A LA II GUERRA MUNDIAL

Se crea la ONU Fin de la guerra fría Se establecen tribunales especiales para juzgar crímenes de lesa humanidad,

genocidios, crímenes de guerra Se crea tribunal con jurisdicción internacional

EPOCA CONTEMPORANEA

Arranca con el siglo XX, se suceden hechos espectaculares por que los Estados comienzan a convertirse en poderosos por la industrialización. En 1914 se produce la guerra entre serbios y austriacos y nace la primera guerra mundial, termina en 1918-1919 con el tratado de Versalles, nace la Liga de las Naciones. Surge la segunda guerra mundial 1939-1945, fecha para la cual nace la ONU, representando el acontecimiento más resaltante para el Derecho Internacional Público.

En la actualidad, las intervenciones por parte de organismos internacionales ocurren con mayor acentuación al tener como propósito establecer o restablecer regímenes democráticos. En este sentido, la Organización de los Estados Americanos aprobó el 11 de septiembre de 2001,4 la Carta Democrática Interamericana en la cual insta a los diferentes gobiernos a promover la democracia dentro del sistema interamericano, señalando además que la misma resulta esencial para el desarrollo social, político y económico de los pueblos, a quienes se les ha de instar a cultivar los valores democráticos.5

La comunidad mundial se encuentra ante un proceso de evolución de los principios que sustentan las relaciones entre los diferentes sujetos internacionales. El dinamismo que ha logrado esta rama de la ciencia jurídica ha sido consecuencia de la continua

4 CARTA DEMOCRÁTICA INTERAMERICANA. Organización de Estados Americanos. Asamblea General del 11-09-2001. 5 Manuel Becerra Ramírez. Derecho Internacional Público. Mc Graw Hill - Interamericana Editores. México D.F., 1997. p. 139.

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motivación que han tenido para ello sus miembros dado que, en la sociedad cosmopolita crecen con vivificante interés las relaciones internacionales y éstas son reguladas por un marco jurídico uniforme y armónico que permite abandonar la praxis de vivir en comunidades aisladas ante el auge de los problemas internacionales mediante los procesos de apertura, integración y globalización que en el ámbito mundial han acontecido, logrando con ello, que la justicia no sea meramente formal sino material, en la solución de los conflictos planteados.6

De esta manera, constituye propuesta y práctica del Derecho Internacional de la actualidad, no solamente dar solución a dichos conflictos, sino así mismo ofrecer las soluciones considerando de relevancia el uso de la equidad en la aplicación del Derecho.7 De esta forma, ante la comunidad internacional adquiere verdadera existencia la justicia material que impone la aplicación de un derecho armónico y conforme con la naturaleza de las relaciones internacionales.

Ello indica que la sociedad cosmopolita se encuentra en un proceso transformador irreversible. Ante la encrucijada que plantean los problemas actuales de la vida, las soluciones no existen como una ciencia cierta. Los dilemas de la sociedad, representados en problemas económicos, políticos, financieros, culturales y de desarrollo, tanto en la esfera pública como privada, en el ámbito nacional como internacional, plantean renovados retos a la existencia del género humano viviendo en comunidad. Los cambios en la fenomenología social producen nuevos cambios y ante ello, la constante que debe estar necesariamente presente en la existencia misma es que ante el proceso de transformación, el componente humano requiere de preparación.

La adquisición de renovados conocimientos brinda la mejor posibilidad de prevención. Las generaciones actuales y futuras han de estar listas para actuar adecuadamente ante las innumerables interacciones de los seres humanos. Ante los problemas que plantea la sociedad cosmopolita de la actualidad, bajo las premisas globalizantes que mueven al mundo, ésta debe estar preparada y, en el campo específico de la materia, bajo un espíritu de continua renovación con la disposición crítica de adecuación ante los cambios que experimenta. Es menester acotar que el Derecho Internacional se encamina bajo esa premisa, la aceptación de un contexto territorial que es la humanidad entera sin las fronteras que delimitan su espacio interactivo. Ante la situación de convivencia en espacios geográficos cercados por límites fronterizos que demarcan a los Estados, como formas representativas políticas, se impone así mismo el espacio abierto e ilimitado de la comunidad internacional.

6 Manuel Díez de Velasco. Instituciones de Derecho Internacional Público. Tomo I. Editorial Tecnos. S.A. Madrid, 1983. P. 652. 7 Charles Rousseau. Derecho Internacional Público. Ediciones ARIEL. Barcelona, 1966.