evaluación ambiental estratégica del turismo costero...

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Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 1 Evaluación Ambiental Estratégica Del Turismo Costero Índice de Contenido I. Antecedentes Capítulo 1 1.1 Caracterización y perfil de la demanda turística y estimación del volumen de afluencia. Pág. 1 1.2. Síntesis de la política turística nacional que tiene incidencia en la faja costera. Pág. 5 Capítulo 2 2.1 Diagnóstico de las condiciones locales para asimilar el flujo turístico. Pág. 1 2.2 Existencia y vigencia de planes de desarrollo turístico, infraestructura, ordenamiento territorial y gestión ambiental Pág. 6 2.3 Política local que tiene incidencia en el desarrollo de la actividad turística y la gestión ambiental de los problemas derivados del turismo Pág. 15 2.4 Identificación de personal técnico clave requerido para las áreas de turismo y gestión ambiental en los municipios Pág. 17 2.5 Ordenanzas y otras regulaciones municipales para el control de la actividad turística y su gestión ambiental Pág. 18 2.6 Capacidades locales para la provisión de servicios de agua para consumo humano, alcantarillado sanitario y manejo de desechos sólidos Pág. 66 2.7 Obras de infraestructura sanitaria y servicios básicos previstas Pág. 72 2.8 Capacidad instalada de los servicios turísticos Pág. 77 2.9 Facilidades existentes para el visitante: sitios de parqueo, baterías sanitarias en áreas de playa, otras que se determinen durante el estudio Pág. 85

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Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 1

Evaluación Ambiental Estratégica Del Turismo Costero

Índice de Contenido

I. Antecedentes

Capítulo 1

1.1 Caracterización y perfil de la demanda turística y estimación del volumen de

afluencia. Pág. 1

1.2. Síntesis de la política turística nacional que tiene incidencia en la faja costera.

Pág. 5

Capítulo 2 2.1 Diagnóstico de las condiciones locales para asimilar el flujo turístico.

Pág. 1

2.2 Existencia y vigencia de planes de desarrollo turístico, infraestructura,

ordenamiento territorial y gestión ambiental

Pág. 6

2.3 Política local que tiene incidencia en el desarrollo de la actividad turística y la

gestión ambiental de los problemas derivados del turismo

Pág. 15

2.4 Identificación de personal técnico clave requerido para las áreas de turismo y

gestión ambiental en los municipios

Pág. 17

2.5 Ordenanzas y otras regulaciones municipales para el control de la actividad

turística y su gestión ambiental

Pág. 18

2.6 Capacidades locales para la provisión de servicios de agua para consumo

humano, alcantarillado sanitario y manejo de desechos sólidos

Pág. 66

2.7 Obras de infraestructura sanitaria y servicios básicos previstas

Pág. 72

2.8 Capacidad instalada de los servicios turísticos

Pág. 77

2.9 Facilidades existentes para el visitante: sitios de parqueo, baterías sanitarias

en áreas de playa, otras que se determinen durante el estudio

Pág. 85

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 2

Ámbito Económico

2.10 Caracterización económica de la estructura productiva del Sub-sector Turismo

(relación porcentual entre empresas grandes, medianas y pequeñas y

magnitud promedio de las inversiones)

Pág. 87

2.11 Tasa de crecimiento del sector empresarial turístico local. Pág. 90

2.12 Análisis cualitativo del recurso humano que emplea formal e informalmente el

Sub. Sector Turismo

Pág. 91

2.13 Personas ocupadas en el Sub-sector Turismo y crecimiento del mercado

laboral.

Pág. 92

2.14 Nivel de ingreso promedio en el sub-sector turismo y comparación con el nivel

de ingreso promedio en otros sectores productivos relevantes de la localidad

tales como la pesca, la agricultura y el comercio.

Pág. 93

2.15 Presupuesto municipal para la gestión ambiental y el desarrollo turístico.

Pág. 94

2.16 Contribución económica del sub-sector turístico al presupuesto municipal.

Pág. 95

Ámbito social

2.17 Indicadores básicos de calidad de vida en la localidad.

Pág. 96

2.18 Tendencias en el uso del suelo y conflictos relacionados

Pág. 114 2.19 Patrones culturales existentes en función de los siguientes indicadores: uso del

tiempo libre, hábitos de consumo, hábitos de trabajo por categorías de edad,

inducción del turismo a la generación de nuevas actividades productivas,

pertenencia, migración, emigración, valores colectivos, actitud de la población

local hacia el turista y el turismo. Para que la información sea útil al momento

de identificar impactos, ésta deberá enfocarse tanto en tiempo pasado (entre

5 y 15 años dependiendo el sitio) como en presente.

Pág. 115

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 3

Capítulo 3

3.1 Análisis Descriptivo de Impactos Ambientales

Pág. 1

3.2 Matriz De Valoración De Impactos Ambientales

Pág. 8

3.3. Breve Descripción de los Ecosistemas Costeros del Área de Influencia

Pág. 9

3.4 Sitios de Interés Turístico Actual y Potencial

Pág. 10

3.5 Breve Descripción de las Prácticas Ambientales utilizadas en los Negocios

Turísticos

Pág.11

Capítulo 4. Proyección de la demanda turística

4.1 Caracterización económica de la localidad: sectores productivos, población

económicamente activa, tasa de crecimiento económico y poblacional durante

los próximos 10 años e impacto del turismo sobre la tasa de crecimiento

económico.

Pág. 1

4.2 Proyección de la Población

Pág. 7

Capítulo 5

5.1 Registro de participantes durante el proceso de consultoría

Capítulo 6

6.1 Conclusiones y Recomendaciones

Anexo I: Fotografías

Anexo II: Planos del Cantón Salinas

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 4

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Local del

Cantón Salinas, Provincia del Guayas

Antecedentes

El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) reconoce al Ecuador como uno de los

pioneros en el Manejo Costero Integrado (MCI) en Latinoamérica. El establecimiento

formal del Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC) por Decreto Ejecutivo de

1989 constituyó un compromiso hacia la conservación y el uso sostenible de los recursos

costeros. Construyendo sobre esfuerzos previos, apoyados por USAID (1985-1992),

enfocados en mejorar la capacidad humana e institucional para el MCI, el Gobierno del

Ecuador y el BID acordaron continuar el apoyo a las operaciones del PMRC en 1992.

El Programa de Manejo de Recursos Costeros, PMRC en su Fase II, se encuentra

operando en base del Decreto Ejecutivo 772 de agosto del 2003, con el cual se conforma

el PMRC como una entidad adscrita a la Presidencia de la República.

Para responder al desafío de convertir al turismo en una verdadera oportunidad para

impulsar el desarrollo del país, el Ministerio de Turismo impulsó por primera vez, en el

año 2000, la formulación de un Plan de Competitividad Turística del Ecuador (PCTE),

orientado a posicionar al turismo ecuatoriano en los principales circuitos turísticos del

mercado mundial y como uno de los ejes del desarrollo nacional, mediante la superación

de los factores que afectan la calidad de los servicios, promoviendo la profesionalización

del recurso humano, elevando la calidad de los destinos turísticos y mejorando la

promoción internacional del país.

En el PCTE se diseñaron cinco clusters turísticos, siendo uno de ellos el del Litoral

ecuatoriano, para el cual se realizó un diagnóstico de las principales fortalezas que

puedan ser aprovechadas y las debilidades y amenazas que deben ser superadas para el

desarrollo del turismo costero. Entre los vacíos y debilidades se identificaron varios

aspectos relacionados con la falta de una política específica para el desarrollo del turismo

costero, que incorpore una estrategia dirigida a potenciar el turismo sostenible

relacionado con las múltiples oportunidades que ofrece la franja costera.

Para la aplicación del PCTE, se promovió la celebración del Acuerdo Nacional de

Voluntades, que contó con el aval del Presidente de la República, de ocho Ministros de

Estado, de la Cámara Nacional de Gremios Turísticos (FENACAPTUR), de la Asociación

Nacional de Municipalidades (AME), del CONCOPE, CEDENMA y de las Universidades del

país. Este fue un esfuerzo por movilizar a todos los actores vinculados al turismo, en una

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 5

estrategia coordinada y participativa para lograr consensos necesarios al desarrollo del

sector. Desgraciadamente este mecanismo no fue utilizado para movilizar el apoyo político

y canalizar los recursos necesarios para lograr los objetivos propuestos.

Las políticas de turismo han tenido una institucionalidad inestable. El Ministerio de

Turismo, como órgano rector y responsable de definir las políticas nacionales, normar las

actividades turísticas y velar por el desarrollo del sector, ha sufrido continuos cambios de

mando que han generado inestabilidad y debilidad en la definición de políticas sostenibles

para el desarrollo del sector.

A partir del año 2001, el Ministerio de Turismo impulsó un proceso de descentralización

de competencias, transfiriendo a los municipios la capacidad para planificar, ordenar y

definir políticas locales de turismo, en coordinación con los empresarios y comunidades

locales.

Los municipios descentralizados, han comenzado a ejecutar acciones para desarrollar el

turismo local, enmarcadas en los Planes Estratégicos de Turismo. Sin embargo hace falta

la formulación de una Política de Turismo Costero, tendiente a superar los problemas

identificados en el Plan Nacional de Competitividad Turística y a desarrollar sus propios

productos turísticos, con identidad regional y protección de los recursos.

Dicha Política de Turismo Costero debe propulsar el desarrollo del turismo como

alternativa productiva y minimizar el efecto adverso sobre los recursos naturales,

culturales y escénicos del litoral. La base para la formulación de esta Política debe

sustentar en gran medida la problemática ambiental generada por la actividad turística

sobre la faja costera.

Objetivo

El objetivo de la Consultoría es realizar una evaluación ambiental estratégica del turismo

en la faja costera.

Objetivos específicos

a) Identificar los impactos significativos presentes actualmente en sitios representativos

de la faja costera a causa del desarrollo de la actividad turística.

b) Identificar los impactos significativos potenciales que resultarían por el desarrollo del

turismo durante los próximos 5 y 10 años.

Alcance

En sintonía con las últimas tendencias en materia de evaluación ambiental de planes y

programas, el Programa de Manejo de Recursos Costeros PMRC II, con el auspicio del

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 6

Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha solicitado la realización de una Evaluación

Ambiental Estratégica (EAE) del Turismo Costero, con el objeto de incorporar las variables

ambientales en la planificación y ejecución del mismo, asegurando de esta forma su

sustentabilidad ambiental.

Más específicamente, la filosofía del EAE plantea:

a. Realizar una evaluación ambiental, a través de la cual se identifiquen los potenciales

impactos ambientales y sociales negativos del Programa y se definan medidas para

eliminarlos, mitigarlos o compensarlos.

b. Identificar estrategias y oportunidades en las cuales los aspectos ambientales sean un

aporte a la definición de alternativas de desarrollo, políticas y programas, y a la imagen

y visión de largo plazo del turismo costero, basándose en una macro zonificación,

especialmente en siete cantones ubicados en la franja costera ecuatoriana, que de

norte a sur cubren las localidades de Atacames, provincia de Esmeraldas, Canoa y

Puerto López, en la provincia de Manabí, Montañita, Salinas y General Villamil Playas,

en la provincia del Guayas, y Jambelí en la provincia de El Oro, tal como se observa en

el Cuadro 1. Los sitios sujetos a evaluación incluyen el área urbana de influencia

directa, contigua a la zona de playa de aproximadamente 500 metros, donde se

desarrollan las actividades turísticas.

Cuadro 1. Municipios y Balnearios seleccionados para la evaluación ambiental

Clave: A=Alta; B=Baja; M=Moderada; 1=Zona con prioridad para la conservación; 2=Zona de usos de baja intensidad; 3=Zona de usos intensivos en costas oceánicas; 4=Zona de usos intensivos en costas estuarinas

Zonificación: Macro zonificación propuesta por el PMRC I y la Fundación Ecocostas (Ochoa, Olsen

y Arriaga; 2000)

Evaluación Ambiental Estratégica

La Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) consiste en un proceso formal, sistemático y

global para evaluar las posibles repercusiones ambientales de las propuestas de políticas,

No. Municipio Balneario Densidad de uso

Zonificación

1 Atacames Atacames A 3

2 San Vicente Canoa M 3

3 Puerto López Puerto López M 2

4 Santa Elena Montañita A 3

5 Salinas Chipipe-San Lorenzo A 3

6 Playas Playas A 3

7 Santa Rosa Jambelí A 4

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 7

planes y programas durante su proceso de elaboración. Su aplicación debe permitir

mejorar la evaluación de los impactos ambientales indirectos, acumulativos y sinérgicos

que puedan derivarse de las políticas, planes y programas. Vale hacer notar que la EAE

todavía no está incluida como un instrumento obligatorio dentro de la legislación

ambiental ecuatoriana, aun cuando constituye una herramienta valiosa para el análisis de

conjunto de políticas, planes y programas que pueden incidir en el diseño y ejecución de

proyectos.

Actualmente en el Ecuador las evaluaciones ambientales se concentran a nivel de

proyectos, por lo que generalmente se aplica la metodología de Evaluación de Impacto

Ambiental (EIA), que ha logrado importantes avances en la minimización y corrección de

los impactos sobre el medio ambiente generados a raíz de la ejecución de proyectos. La

ejecución de un EIA forma parte de los requisitos exigidos por la legislación ambiental

nacional para la ejecución de proyectos, como fase previa al otorgamiento de la licencia

ambiental.

Debe precisarse que ambos instrumentos, tanto la Evaluación Ambiental Estratégica,

como la Evaluación de Impacto Ambiental, tienen un carácter complementario y, por lo

tanto, no se excluyen mutuamente.

Actualmente, son varios los Estados y regiones que están aplicando este tipo de

evaluación en sus procesos de planificación, tales como los Países Bajos, Dinamarca,

Canadá, entre otros. En el ámbito de la Unión Europea, en junio del 2001 fue aprobada la

Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la evaluación de

los efectos de determinados planes y programas sobre el medio ambiente con el doble

objetivo de introducir este instrumento en los Estados miembros donde aún no se está

aplicando y armonizar el procedimiento y los criterios de evaluación en toda la Unión

Europea. De ahí que la tendencia de aplicación de la EAE va creciendo, especialmente por

parte de organismos de cooperación bilateral, de apoyo y financiamiento externo, tales

como la CAF, Banco Mundial y el BID, como es el caso de proyectos relacionados con la

construcción de caminos vecinales en el Ecuador a cargo del Ministerio de Obras Públicas

(MOP, 2004).

De lo expuesto se establece la importancia de la aplicación de la EAE del Turismo Costero

en Balnearios específicos del Ecuador, para tener una visón de conjunto con miras al

desarrollo sustentable, y constituirse en un componente clave del manejo costero

integrado que promueve el PMRC en su Fase II.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 8

Capítulo 1

1.1. Caracterización del perfil de la demanda turística y estimación del

volumen de afluencia

El análisis de este tema ha considerado cifras oficiales manejadas por el I. Municipio de

Salinas, consultas a empresarios, revisión bibliográfica, y reportajes, que ha permitido

caracterizar el perfil de la demanda turística, así como la estimación del volumen de

afluencia al cantón Salinas, especialmente a las zonas de playa del sector de Chipipe y

San Lorenzo.

Las personas de procedencia extranjera, que visitan el cantón Salinas en la provincia del

Guayas, de acuerdo con datos del Municipio, son en su mayoría profesionales (41%), la

principal motivación del viaje son vacaciones (65%), el tipo de alojamiento utilizado es el

comercial (61%), se han enterado del balneario a través de programas de televisión e

Internet (42%). (Ver Tabla 1.1.)

Tabla 1.1. Características del Turista

Características del Visitante

Permanencia

en Ecuador

Principal

Ocupación Motivaciones

Fuentes de

Información

Sitios de

Alojamiento

Actividades

Realizadas

17 días

Profesionales

41% Vacaciones 65% Internet 22%

Alojamiento

Hotelero 61%

Visitas

culturales

33%

Estudiantes

21%

Visita a

Familiares y

Amigos 15%

Televisión

20%

Casa de

Familiares o

Amigos 36%

Compras 26%

Empleados

Privados 5%

Negocios o

Motivos

Profesionales

9%

Folletos 11%

El porcentaje

restante, en

otro tipo de

alojamiento

Visitas a

familiares y

amigos 14%

Otros 33% Otros 11% Agencias de

Viaje 7% Deportes 8%

Otros 40% Otros 19%

Fuente: Municipio del Cantón Salinas Elaboración Propia El gasto promedio diario por turista extranjero1 se ha calculado en $21.9, destinando el

25% para gastos de alojamiento, el 22% para gastos de alimentación, el 27% en

compras, el 13% en diversión y el 13% en Transporte Interno. La procedencia de los

1 Fuente: Ministerio de Turismo, Cantón Salinas, 2001.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 9

turistas extranjeros tiene su mayor porcentaje en los provenientes de Colombia con un

48%, luego con un 18% se encuentra Perú y con un 14% se tiene a Estados Unidos.

Para lograr identificar el perfil del grupo de visitantes nacionales, el grupo consultor ha

realizado entrevistas con personas involucradas en la actividad turística en el sector, al no

haber encontrado esta información en las diferentes instituciones relacionadas con el

tema.

De acuerdo con esta investigación, la mayoría de los visitantes nacionales corresponde a

grupos familiares (65%), que provienen en su mayoría de Guayaquil (70%), el 69%

utiliza alojamiento comercial y el 31% casas de familiares y amigos2. El número total de

visitantes nacionales en el año 2001 fue de 2.885.467 personas.

Existe un grupo, no determinado en su número, de excursionistas3 quienes provienen en

su mayoría de la ciudad de Guayaquil, y gastan $12 en promedio por persona.

El volumen de afluencia en Salinas aumenta en los feriados tales como Carnaval y

Semana Santa. Para Carnaval del año 2006, la Comisión de Tránsito del Guayas (CTG)

reportó la autorización de 1.207 viajes4 a la península de Santa Elena. En este grupo

estaban incluidos los tours a través de vehículos de transporte urbano y expresos

escolares. Si bien el acceso de los buses que participan de los denominados tours de

playa está prohibido al sector urbano, muchos de los turistas encuentran formas alternas

de ingresar a las playas de Chipipe y San Lorenzo, viajando desde Guayaquil a Santa

Elena en bus, y luego en camionetas, taxis y otros medios hasta Salinas, lo que hace que

en los feriados antes citados se haya sobrepasado la capacidad de carga turística

establecida.

De acuerdo con información del Consejo Provincial del Guayas, para el Carnaval de

Temporada 2006, se indicó que desde las 07h00 hasta las 13h00 más de 6 mil vehículos

livianos, 300 pesados y 3 extra pesados se dirigían a los distintos balnearios de la

Península de Santa Elena.

Capacidad Turística del Cantón Salinas:

- La capacidad de 3,135 plazas existentes en hoteles, hosterías, hostales de Salinas,

se ocupa casi en su totalidad en la temporada turística (Enero a Marzo) y en

feriados como Carnaval, Semana Santa y fin de año, pero en aproximadamente

30% en los meses de abril a diciembre.

2 Datos Municipio de Salinas año 2001, www.municipiodesalinas.gov.ec 3 Excursionista. Visitante que permanece menos de 24 horas fuera de su lugar de residencia habitual con fines de recreación. OMT 4 Diario El Universo sección El Gran Guayaquil, www.eluniverso.com. Febrero 25 y 26, 2006.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 10

- Estudios del PMRC5 (año 2000) indican escasez de recursos, tanto en el

transporte, accesibilidad y estacionamientos como en la indisponibilidad de

servicios de playa; todo ello causado por el excesivo número de visitantes que

saturan el área de Salinas.

- Por otro lado la capacidad actual de 2.494 plazas de restaurantes y sitios de

alimentos y bebidas, no cuenta en su totalidad con un número de empleados muy

alto en relación al número de sitios de alojamiento; la mayoría de los trabajadores

son contratados únicamente para la temporada turística alta.

- La situación en cuanto a plazas ya sea hoteleras como de restaurantes puede

aumentar si se observan las necesidades del turista y si es posible no sólo permitir

una temporada limitada.

A continuación se presentan datos obtenidos basándose en las capacidades de Carga

Efectiva y de Servicio Turístico, realizadas por el PMRC en la temporada 2000. La

metodología para realizar estas capacidades de carga fue la de Miguel Cifuentes.

Capacidades de Carga del Cantón Salinas. Temporada del 2000.

Balneario

Cap. Carga Efectiva

Pers/Días

Capacidad Servicios Turísticos

Pers/Días

Capacidad Carga

Turística Pers/Día

Número De Buses/Días

Buses De 40 Pax

Salinas 51.541 7.414 7.414 No permitido

Según este informe para realizar esta tabla se realizan los siguientes pasos:

1. Inventario de infraestructura turística.

2. Inventario de servicios básicos.

3. Establecer niveles de marea alta, baja y promedio de niveles de marea.

4. Determinar ancho total, espacio útil y largo de la playa.

5. Identificar los factores de corrección.

6. Identificar los factores de corrección dentro del área de ocupación.

7. Determinar la capacidad de carga física real y efectiva o permisible.

8. Determinar la capacidad de servicios turísticos.

5 Plan de Desarrollo Estratégico cantón Salinas, 2001. www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 11

Foto 1. Intenso movimiento en peaje. Carnaval, Temporada 2006.

Fuente: Diario El Universo, 2006

En el 2005 se generaron aproximadamente un millón de dólares durante el feriado en lo

que respecta a negocios.6 Es decir que las ganancias de los hoteles, restaurantes, bares,

discotecas y cafeterías (250 en el balneario) alcanzaron esa cantidad. Por otro lado se

estima que en el año 2004, la cifra bordeó los ochocientos mil dólares.

Durante el feriado de Carnaval de Salinas 2006 se destaca además la siguiente

información7:

- Su capacidad hotelera existente fue ocupada en su totalidad.

- El malecón, así como el centro del cantón y los improvisados estacionamientos se

vieron invadidos por la cantidad de comerciantes. Su resultado económico por

ende fue satisfactorio durante la mayoría de los días de feriado.

- La Capitanía del Puerto también informó los siguientes datos: (Ver Tabla 2)

Tabla 2. Estadísticas Cantón Salinas. Carnaval 2006

Estadística

Carnaval

Salinas 2006

Salvavidas Desaparecidos Ahogados Rescatados Otros

De 52 fijos se incrementaron 20

70 menores de edad

No hubo 10 personas

Se sacaron aprox. a 100 personas que dormían en

playas.

6 Fuente: Diario El Comercio, artículo emitido Lunes, 7 de Febrero del 2005. 7 Fuentes: *Diario El Universo, artículo emitido, Martes, 28 de Febrero del 2006. *Seminario – Taller: PLANES DE TEMPORADAS TURÍSTICAS PARA DESTINOS DE PLAYA, PMRC, Salinas, 21 -23 de marzo de 2005. David Parra Bozzano. Consultor AECIT

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 12

Volumen de Afluencia del Cantón Salinas. Carnaval, 2006

Para el Feriado de Carnaval 2006, el Cantón Salinas contó con un estimado de más de

200.000 personas, según lo informó la Directora de Turismo del Municipio Local8. El

promedio de turistas hacia el mismo balneario, durante los fines de semana, se calculó

alrededor de 5,000 personas. Se conoció además que los hoteles y hostales, se

ocuparon en su totalidad.9

Volumen de Afluencia del Cantón Salinas. Semana Santa, 2006

Según la fuente10, para el Feriado de Semana Santa en el Cantón Salinas, los viajes no

tuvieron gran acogida durante esta fecha.

Su movimiento turístico se reportó bajo dado que esperaban un promedio de 120,000

visitantes como el año anterior, mas se indicó el arribo de cerca de 80,000

únicamente. Tales cifras fueron reportadas por el Presidente de la Cámara de Turismo

de Salinas.

Foto 2. Fin de Temporada. Salinas Guayas

Fuente: Diario El Universo, 2006

1.2. Síntesis de la política turística nacional que tiene incidencia en la faja

costera.

8 Fuente: Diario El Universo, artículo emitido, Domingo Abril 16 del 2006 9 Fuente: Diario El Universo, artículo emitido, Domingo Abril 16 del 2006 10 Fuente: Diario El Comercio, artículo emitido, Domingo 16 de Abril del 2006.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 13

De acuerdo con la “Estrategia Ambiental para el Desarrollo Sostenible del Ecuador”

Noviembre, 1999, el Estado Ecuatoriano tiene definida la línea de acción en torno a los

principales recursos naturales, algunos de los cuales tienen directa vinculación con el

desarrollo del turismo costero, por lo que se procede a incluirlos a continuación.

Playas y Bahías

“Las playas y bahías forman un ecosistema que establece el equilibrio y la transición entre

el mar y el continente, gracias a lo cual poseen recursos específicos, entre ellos, un

paisaje de uso múltiple: turismo, formas diversas de transporte y por tanto de enlaces y

puertos, diversidad cultural. Siendo un ecosistema frágil, se ha visto afectado por las

presiones que ha generado el incremento de los asentamientos humanos, no siempre

acompañados de la necesaria infraestructura, y por las modificaciones en el usufructo de

sus recursos. Las playas y bahías son, además, áreas de descarga final de aguas y

desechos. El Ecuador impulsará el saneamiento y el ordenamiento territorial de las playas

y bahías, y creará los mecanismos de gestión ambiental para su manejo, a fin de

preservar, recuperar y potenciar el uso sostenible de sus recursos naturales”.

Políticas

El Estado Ecuatoriano:

1. Propende al ordenamiento de los asentamientos humanos y de las actividades

productivas.

2. Establece sistemas de información y monitoreo permanente de la afluencia,

capacidad de carga y calidad ambiental de las áreas costeras frágiles (como

playas, bahías, estuarios y arrecifes) que sirvan de insumo para la prevención y

mitigación de la contaminación.

3. Promueve y aplica planes de manejo en zonas donde intervienen diferentes

actores (turismo, pesca, investigación científica y comunidad) para incentivar el

desarrollo económico y social, protegiendo el ambiente.

4. Procura la cooperación técnica internacional para el manejo racional, responsable

y sostenible de los recursos costeros y marinos.

5. Impulsa la creación de mecanismos de información, promoción y comunicación

que estimulen la participación y la responsabilidad compartida de los usuarios de

estos ecosistemas frágiles a fin de garantizar el uso adecuado y su conservación.11

Turismo de naturaleza

11 Estrategia Ambiental para el Desarrollo Sostenible del Ecuador, noviembre 1999

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 14

Gracias a la extraordinaria biodiversidad y la amplia gama de pisos ecológicos y

microclimas, de los paisajes naturales y de su patrimonio cultural e histórico, el Ecuador

cuenta con condiciones favorables para impulsar un desarrollo dinámico de las actividades

turísticas, sobre todo las vinculadas al turismo de naturaleza en sus distintas modalidades.

El Ecuador promoverá el conocimiento, el respeto y la apreciación de los valores y

riquezas del país a través del turismo de ecuatorianos y extranjeros; propiciará el máximo

aprovechamiento del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas; y, promoverá el

disfrute de su rica naturaleza mediante el impulso de obras de infraestructura apropiadas

para el uso sostenible del turismo y el incremento de servicios de información y

comunicación.

Políticas

El Estado Ecuatoriano:

1. Impulsa la identificación y promoción de las potencialidades turísticas de las áreas

protegidas, los bosques protectores, las playas y bahías, nevados y otros recursos

escénicos.

2. Estimula la inversión turística en áreas protegidas, particularmente en el

mejoramiento de los servicios.

3. Establece sistemas de certificación de actividades turísticas sostenibles.

4. Desarrolla sistemas de información y capacitación en actividades de turismo de

naturaleza, encaminados a fortalecer la participación de las poblaciones locales.

5. Impulsa la reinversión de los beneficios generados por el turismo en actividades

que aporten al sostenimiento de las áreas protegidas, los bosques protectores, las

playas y otros recursos escénicos.

Gestión de la calidad ambiental

Uno de los grandes retos que enfrenta el Ecuador es el mejoramiento de la calidad

ambiental en los centros urbanos y en las áreas rurales. Por ello, son aspectos básicos de

la Estrategia Ambiental: la prevención y control de la contaminación mediante políticas y

regulaciones consistentes, el fomento de cambios tecnológicos orientados a lograr una

producción limpia, el auspicio de procesos productivos y de servicios que minimicen el

deterioro ambiental y el fortalecimiento de una cultura de la población para el manejo

responsable del ambiente en todos los ámbitos de la actividad y el consumo.

Se proponen políticas en los siguientes ámbitos:

1. Producción

2. Transporte

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 15

3. Obras de infraestructura

4. Ciudades y otros asentamientos humanos

Manglares

A más de los recursos bioacuáticos específicos que poseen, los manglares cumplen

importantes funciones ecológicas, de regulación de mareas, control de la salinidad,

estabilización de las riberas en la franja marino-costera. Aunque están legalmente

protegidos, el cambio de uso del suelo para actividades bioacuáticas y los asentamientos

humanos han provocado la deforestación de extensas zonas de manglar. El Ecuador se

propone la conservación de los manglares: no se permitirá su tala y se incentivará su

recuperación. Se propenderá a que las comunidades locales, que utilizan sus recursos

para la subsistencia, se constituyan en las principales defensoras y beneficiarias del

manglar, y se promoverán acuerdos con el sector empresarial para su uso sostenible.

Políticas

El Estado Ecuatoriano:

1. Detiene la tala de los manglares.

2. Impulsa la valoración de los servicios ambientales del manglar, particularmente en

lo atinente a la biodiversidad y la protección de la erosión y salinización de la

franja marino-costera.

3. Sanciona, a través de normas legales y ordenanzas municipales, la tala del

manglar, principalmente la ocasionada por la construcción de camaroneras y la

expansión urbana.

4. Promueve el uso sostenible del manglar y otorga en concesión algunas áreas a la

población local.

5. Fomenta el desarrollo de microempresas comunitarias para promover la

producción y disminuir la presión antrópica sobre los recursos.

Humedales

Los humedales son ecosistemas ricos y productivos que brindan abundantes recursos de

biodiversidad, agua, recreación, transporte y protección contra fenómenos naturales. La

extensión de las actividades humanas que no se basan en el uso sostenible ocasiona su

reducción y contaminación. El Ecuador impulsará la conservación y la recuperación de sus

humedales.

Políticas

El Estado Ecuatoriano:

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 16

1. Establece prioridades para la conservación de humedales de acuerdo con las

necesidades y las condiciones socioeconómicas del país y de las comunidades,

considerando su fragilidad y los servicios ambientales que prestan, particularmente

los manglares, los páramos, los bosques inundables, la llanura de inundación de la

cuenca del río Guayas, el sistema lacustre, los ríos y estuarios.

2. Evita la sobreexplotación de los ecosistemas de humedales (drenaje y

transformación).

3. Protege los ecosistemas de humedales que sirven de refugio y descanso a las

especies migratorias.

4. Fomenta la investigación y difusión de información nacional sobre humedales.

5. Utiliza el Marco de la Convención RAMSAR para promover la conservación de

humedales de gran valor natural.

Los gobiernos seccionales

Son agentes centrales de la gestión ambiental los gobiernos seccionales. Gran parte de la

planificación, el establecimientos de normas, el control y el monitoreo que contienen las

políticas de la Estrategia, además de las obras destinadas a la dotación de servicios

ambientales básicos, están bajo su gestión. El Ministerio del Ambiente apoya a los

organismos seccionales a través de asistencia técnica, capacitación, organización y diseño

de la gestión ambiental local, con lo que contribuirá a las agendas de desarrollo sostenible

local, al mejoramiento de la calidad ambiental y el aprovechamiento sostenible de los

recursos naturales. Mediante la acción de los gobiernos seccionales se viabiliza la

participación social y la descentralización de la gestión ambiental.

La Descentralización como Proceso de Cambio y Sostenibilidad

Dentro del Plan Nacional de Competitividad Turística, para el período 2000-2005, se

incluyó la visión de hacer del Ecuador un destino turístico de primera línea, propiciando el

desarrollo de productos diferenciados y de calidad de vida de la población con una

sostenibilidad social, económica y ambiental. Bajo este contexto se ha venido ejecutando

el proceso de descentralización que prioriza el trabajo con los municipios porque sus

características les permite garantizar la calidad como condición de la competitividad, ya

que el municipio tiene capacidad para legislar a nivel local, incentivar a los empresarios,

proteger al turista y precautelar su patrimonio.

A partir del 2000 se desarrolló el modelo de descentralización turística que se basa en tres

pilares fundamentales: el reforzamiento del carácter de autoridad nacional del Ministerio

de Turismo, en su rol de facilitador del desarrollo sector responsable de: normar, regular,

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 17

controlar y promocionar internacionalmente al país; el fortalecimiento institucional de los

municipios para asumir la gestión local del turismo y los consejos provinciales para

coordinar con actores y complementar la cadena de valor del turismo; y, el desarrollo de

procesos técnicos legales e institucionales para que la descentralización sea eficiente y

efectiva.

En el 2001 se aplicó este modelo en 36 municipios que pidieron competencias; y, en el

2002 se descentralizó a 24 nuevos cabildos, en total se han suscrito 60 convenios de

transferencia, cubriendo así todas las provincias del país y concentrando el 96% de la

Planta Turística Nacional. La descentralización del turismo exige que tanto la Autoridad

Central que traslada funciones, como los organismos seccionales que reciben las

competencias cuenten con la estructura y organización adecuadas para asumir las nuevas

funciones, por lo tanto exige un fortalecimiento institucional en tres ejes principales:

Capacitación, Asistencia Técnica, Sistema Integrado de Información Turística SIIT.

El resultado del proceso de descentralización turística se evidencia en la suma de

voluntades en lo político de los 60 alcaldes y más de 200 concejales para trabajar en

turismo; al personal técnico del Ministerio se han sumado recursos humanos calificados:,

entre los que se cuentan 60 directores municipales en Turismo y más de 100 funcionarios

que trabajan por el turismo. Al presupuesto del Ministerio se han complementado los

recursos económicos asignados por cada Municipio Descentralizado que contabilizan más

de 3 millones de dólares para el año 2003.

Se cuenta con la formulación de planes estratégicos y operativos en los 60 municipios; la

creación o fortalecimiento de las Unidades Municipales Técnicas de Turismo, la formación

de los consejos locales y el Programa Nacional de Dinamización Turística; además, se

realizaron propuestas de la consultoría de Productos Turísticos y del Plan de Marketing

internacional.

De acuerdo con el esquema del Ministerio de Turismo del Ecuador, se ha visto la

necesidad de mejorar y diversificar el producto existente con inversiones de carácter

público que mejoren la competitividad de los destinos y que permitan a las empresas la

estructuración y comercialización de nuevos productos mediante la recuperación y puesta

en valor de los recursos infrautilizados. Para el año 2004, la Unidad de Descentralización

y Gestión Local del Ministerio de Turismo, ha considerado estos avances dentro de su

presupuesto para lograr la efectividad y eficiencia en los niveles locales de tal forma que

coadyuven al desarrollo turístico nacional.

Marco Legal

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 18

Existe además un marco jurídico extenso en materia de legislación ambiental relacionada

con la prevención y control de la contaminación, y a la actividad turística, con aplicación al

proyecto de Evaluación Ambiental Estratégica del Tursimo Costero, por lo que en este

capítulo se presenta una síntesis de las leyes y reglamentos , con los artículos específicos

que se consideran aplicables para este caso.

Constitución Política del Ecuador

La Constitución Política de la República del Ecuador, es la norma fundamental que

contiene los principios, derechos y libertades de quienes conforman la sociedad

ecuatoriana y constituye la cúspide de la estructura jurídica del Estado. De esta norma se

desprenden las demás leyes, reglamentos, ordenanzas y demás disposiciones o

normativas legales que deben guardar estricta concordancia a fin de otorgar una debida

seguridad jurídica.

En el aspecto ambiental y turístico, la Constitución publicada en el Registro Oficial No. 1

del 11 de agosto de 1998, determina en el Art. 3, numerales 3 y 4, el deber primordial del

Estado de defender el patrimonio natural y cultural del país y proteger el medio ambiente;

preservar el crecimiento sustentable de la economía, y el desarrollo equilibrado y

equitativo en beneficio colectivo.

Este enfoque está en armonía con las nuevas tendencias que a nivel mundial se

manifiestan sobre el medio ambiente y que se hallan reconocidas y documentadas en

conferencias y convenios internacionales.

El numeral 6 del Art. 23 de la Carta Fundamental garantiza el derecho civil de las personas

a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación

permitiendo que la Ley restrinja el ejercicio de algunos derechos y libertades para proteger

el medio ambiente. Además, el numeral 20 del mismo artículo, garantiza el derecho de las

personas a una calidad de vida que asegure la salud, saneamiento ambiental y otros

servicios sociales necesarios.

La Constitución Política de la República del Ecuador, en la Sección VI del Medio Ambiente,

en su artículo 44 establece: “El Estado protege el derecho de la población a vivir en un

medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice un desarrollo

sustentable.

Se declara de interés público, y se regulará conforme a la Ley:” 12

12 Manual de Aplicación de Leyes y Reglamentos para las infracciones en el Manejo y Uso de los

Recursos Costeros, PMRC, 1998

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 19

a) “La preservación del medio ambiente, la conservación de los ecosistemas, la

biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país;”

b) “La prevención de la contaminación ambiental, la explotación sustentable de los

recursos naturales y los requisitos que deban cumplir las actividades públicas o

privadas que pueden afectar al medio ambiente; y,”

c) “El establecimiento de un sistema de áreas naturales protegidas y el control del

turismo receptivo y ecológico.”

El Art. 86 de esta norma suprema declara de interés público todo lo que se relacione con la

preservación del medio ambiente, conservación de ecosistemas, biodiversidad, integridad

del patrimonio genético del país, la prevención de la contaminación ambiental, el manejo de

recursos naturales y los requisitos que las actividades públicas y privadas deban cumplir a

fin de preservarlo. De igual forma, garantiza la conservación de la biodiversidad y servicios

ecológicos de conformidad con los convenios y tratados internacionales que el Ecuador

haya suscrito.

De la misma manera, en el Art. 87 se determina la potestad del Estado para tipificar

infracciones y determinar procedimientos para sancionar a personas naturales o jurídicas

que por acciones u omisiones no acaten las normas de protección del medio ambiente.

Estas normas deberán mantener un rol protagónico hasta que la sociedad alcance un nivel

de responsabilidad sustentable.

El Art. 88 señala que toda decisión estatal que pudiere afectar el medio ambiente deberá

contar previamente con los criterios de la comunidad, por lo cual ésta tendrá garantizada su

participación y deberá estar debidamente informada.

En el Art. 89 se establecen las medidas orientadas a promover en el sector público y

privado el uso de tecnologías ambientalmente limpias y energías alternativamente no

contaminantes, además de establecer estímulos tributarios para quienes cumplan acciones

ambientalmente sanas. Además en el Art. 91 se prevé la responsabilidad del Estado, sus

delegatarios y concesionarios por los daños ambientales, exigiendo tomar medidas

preventivas en caso de dudas sobre el impacto o consecuencias ambientales negativas y se

reconoce la acción popular para que cualquier persona natural o jurídica, o grupo humano

pueda ejercer las acciones previstas para la protección del medio ambiente.

Adicionalmente, en el Art. 97, numerales 16 y 19, señalan como deberes y

responsabilidades de los ciudadanos preservar un medio ambiente sano y utilizar los

recursos naturales de modo sustentable; así mismo, conservar el patrimonio natural del

país; aspectos que deben ser difundidos a la sociedad a través de la educación ambiental.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 20

El Art. 238 contempla dentro de la organización del país el establecimiento de regímenes

especiales de administración territorial por consideraciones demográficas y ambientales,

enfocadas a la protección de dichas áreas, pudiendo limitar dentro de ellas los derechos de

migración, trabajo o cualquiera otra que pueda afectar al medio ambiente.

El Estado según el Art. 248 tiene soberanía sobre la diversidad biológica, reservas naturales,

áreas protegidas y parques nacionales y su conservación, utilización o ejercicio de la

actividad económica se hará con la participación de las comunidades o poblaciones

involucradas y de la iniciativa privada de acuerdo a planes y programas que aseguren

desarrollo, conservación del medio ambiente y conforme a la legislación local y convenios

internacionales.

De las disposiciones antes descritas y que se encuentran contenidas en la Norma

Fundamental del Ecuador se desprenden una serie de leyes, reglamentos, ordenanzas y

diversas regulaciones en distintas materias que regulan las acciones previstas para la

protección del medio ambiente y el ejercicio de actividades turísticas, portuarias y fluviales

en áreas de reserva forestal y faunística, destinando a los diversos organismos e

instituciones del Estado, como Municipalidades la responsabilidad de hacer cumplir las

normas expedidas para este fin.

Ley de Turismo

La Ley de Turismo fue publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 733 del 27 de

diciembre de 2002 y señala en su Art. 1 como objetivo principal establecer el marco

jurídico relacionado con la promoción, desarrollo y regulación del sector turístico del

Ecuador, las atribuciones y facultades del Estado y los derechos y obligaciones de los

prestadores y usuarios de dichos servicios.

El Art. 2 define al Turismo como “el ejercicio de todas las actividades asociadas con el

desplazamiento de personas hacia lugares distintos al de su residencia habitual, sin ánimo

de radicarse permanentemente en ellos”.

De acuerdo con el Art. 3, se establecen como principios de la actividad turística, a la

iniciativa privada como pilar fundamental del sector; con su contribución mediante la

inversión directa, la generación de empleo y promoción nacional e internacional; la

participación de los gobiernos provincial y cantonal para impulsar y apoyar el desarrollo

turístico, dentro del marco de la descentralización; el fomento de la infraestructura

nacional y el mejoramiento de los servicios públicos básicos para garantizar la adecuada

satisfacción de los turistas; la conservación permanente de los recursos naturales y

culturales del país; y, la iniciativa y participación comunitaria indígena, campesina,

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 21

montubia o afro ecuatoriana, con su cultura y tradiciones preservando su identidad,

protegiendo su ecosistema y participando en la prestación de servicios turísticos, en los

términos previstos en esta Ley y sus reglamentos.

En el capítulo II Art. 5 se definen las actividades turísticas como las desarrolladas por

personas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de manera

habitual de una o más de las actividades de:

a) Alojamiento;

b) Servicio de alimentos y bebidas;

c) Transportación, cuando se dedica principalmente al turismo inclusive el transporte

aéreo, marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este fin;

d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte;

e) Intermediación; etc.

La operación turística en las áreas naturales del Estado, zonas de reserva acuáticas y

terrestres, parques nacionales y parques marinos estará reservada para armadores y

operadores nacionales (Art. 24).

Para el ejercicio de actividades turísticas se requiere obtener el registro de turismo y la

licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad del servicio que ofrece y se

sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes. Según el Art. 9, el Registro de

Turismo consiste en la inscripción del prestador de servicios turísticos, sea persona

natural o jurídica, previo al inicio de actividades y por una sola vez en el Ministerio de

Turismo, cumpliendo con los requisitos que establece el Reglamento de esta Ley. En el

registro se establecerá la clasificación y categoría que le corresponda.

El Ministerio de Turismo o los municipios y consejos provinciales a los cuales esta Cartera

de Estado, les transfiera esta facultad, concederán a los establecimientos turísticos,

Licencia única Anual de Funcionamiento; lo que de acuerdo con el Art. 10, les permitirá:

a) Acceder a los beneficios tributarios que contempla esta Ley;

b) Dar publicidad a su categoría;

c) Que la información o publicidad oficial se refiera a esa categoría cuando haga

mención de ese empresario instalación o establecimiento;

d) Que las anotaciones del Libro de Reclamaciones, autenticadas por un Notario

puedan ser usadas por el empresario, como prueba a su favor; a falta de otra; y,

e) No tener, que sujetarse a la obtención de otro tipo de Licencias de

Funcionamiento, salvo en el caso de las Licencias Ambientales, que por disposición

de la ley de la materia deban ser solicitadas y emitidas.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 22

Por otro lado, en el Art. 20 se establece la competencia de los Ministerios de Turismo y

del Ambiente, para coordinar el ejercicio de las actividades turísticas en las áreas

naturales protegidas; las regulaciones o limitaciones de uso por parte de los turistas; la

fijación y cobro de tarifas por el ingreso, y demás aspectos relacionados con las áreas

naturales protegidas que constan en el Reglamento de esta Ley.

El Ministerio de Turismo deberá sujetarse a los planes de manejo ambiental de las áreas

naturales protegidas, determinadas por el Ministerio del Ambiente.

Los municipios y gobiernos provinciales podrán establecer incentivos especiales para

inversiones en servicios de turismo receptivo e interno rescate de bienes históricos,

culturales y naturales en sus respectivas circunscripciones (Art.33).

Reglamento General de Actividades Turísticas

Este Reglamento forma parte de la legislación turística, otorga amplias facultades al

Ministerio de Turismo y regula la actividad hotelera, la actividad que realizan las agencias

de viajes, las actividades efectuadas por los guías profesionales de turismo, las

actividades de los casinos y salas de juego, y la promoción turística del país en el exterior.

Expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 3400 y publicado en el Registro Oficial No. 726

del 17 de diciembre de 2002, este Reglamento en su Art. 24 establece la

descentralización de atribuciones en materia turística: “Funciones y atribuciones de las

instituciones del régimen seccional autónomo.- En virtud de las disposiciones

constitucionales relacionadas con descentralización del Estado y lo que disponen los

artículos 9 y 10 de la Ley de Descentralización del Estado y Participación Social, en

materia turística procede la transferencia de funciones, atribuciones y recursos

relacionados con la planificación, coordinación, ejecutar y evaluar en el respectivo cantón

las actividades relacionadas con el turismo”.

“Las potestades de realizar el registro de turismo, la regulación y expedición de

normas técnicas a nivel nacional, la concesión de permisos temporales de funcionamiento

son privativas del Ministerio de Turismo quien ejercerá esas competencias a nivel

nacional con exclusividad”.

Art. 25.- Procedimientos y mecanismos de transferencia de potestades del Ministerio

de Turismo a las instituciones del régimen seccionar autónomo. La transferencia o

delegación referidas en la Ley de Turismo se realizará a través de los correspondientes

convenios de transferencia según los artículos 12 y 13 de la Ley de Descentralización del

Estado y Participación Social.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 23

Art. 26.- Gestión subsidiaria.- “De acuerdo a lo establecido en el artículo 17 de la Ley

de Descentralización del Estado y Participación Social, el Ministerio de Turismo, en

representación de la Función Ejecutiva podrá, sin necesidad de convenio, suplir la

prestación de un servicio o la ejecución de un proyecto u obra siempre y cuando se

demostrase su grave y sustancial deficiencia, paralización o indebida utilización de los

recursos asignados para esos fines por parte de un Municipio a favor de quien se

descentralizó las potestades referidas en este capítulo”.

“Esta gestión subsidiaria se practicará con la expedición del respectivo decreto

ejecutivo, debidamente justificado con indicadores de gestión, con la participación del

sector privado organizado y la sociedad civil a nivel municipal. La gestión referida en este

artículo no podrá durar más tiempo que el indispensable para normalizar la gestión

municipal, reflejada en los mencionados indicadores, período en el cual las transferencias

del gobierno central se suspenderán”.

En cuanto a las áreas turísticas protegidas, en el Art. 70 se determina que “La

declaratoria de estas áreas tendrá como finalidad la protección de recursos de los

entornos turísticos para, sobre esta base identificar y promocionar usos compatibles y

excluir usos no compatibles, considerando la seguridad, higiene, salud y preservación

ambiental, cultural y escénica. Además, en esas áreas el sector público debe priorizar la

dotación de servicios e infraestructura básica que garantice el desarrollo del sector y la

prestación de servicios de calidad”.

El Art. 156 define al Ecoturismo como “la modalidad turística ejercida por personas

naturales, jurídicas o comunidades legalmente reconocidas, previamente calificadas para

el efecto, a través de una serie determinada de actividades turísticas en áreas naturales

que correspondan o no al Sistema Nacional de Áreas Protegidas con el objeto de conocer

la cultura de las comunidades locales y la historia natural del ambiente que las rodea.

Dichas actividades deberán ejercerse con las debidas precauciones para no alterar la

integridad de los ecosistemas ni la cultura local y deberán generar oportunidades

económicas que permitan la conservación de dichas áreas y el desarrollo de las

comunidades locales.”

Ley de Gestión Ambiental

La presente ley establece los principios y directrices de política ambiental; determina las

obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado

en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta

materia (Art. 1). Fue publicada en el Suplemento del Registro Oficial # 418 del 10 de

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 24

septiembre de 2004, previo a su actual status de codificada, la expedición de la Ley de

Gestión Ambiental (Registro Oficial No. 245: 30-O7-99) normó por primera vez la gestión

ambiental del Estado y da una nueva estructuración institucional.

La gestión ambiental se sujeta a los principios de solidaridad, corresponsabilidad,

cooperación, coordinación, reciclaje y reutilización de desechos, utilización de tecnologías

alternativas ambientalmente sustentables y respecto a las culturas y prácticas

tradicionales (Art. 2). El proceso de Gestión Ambiental, se orientará según los principios

universales del Desarrollo Sustentable, contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de

1992, sobre Medio Ambiente y Desarrollo.

Los reglamentos, instructivos, regulaciones y ordenanzas que, dentro del ámbito de su

competencia, expidan las instituciones del Estado en materia ambiental, deberán observar

las siguientes etapas, según corresponda; desarrollo de estudios técnicos sectoriales,

económicos, de relaciones comunitarias, de capacidad institucional y consultas a

organismos competentes e información a los sectores ciudadanos.

Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente

La aplicación de la Ley de Gestión Ambiental se ve fortalecida con la expedición de la

Legislación Secundaria Ambiental, mediante Decreto Ejecutivo 3399 R.O. 725 del 16 de

Diciembre del 2002. El objetivo del Texto Unificado de legislación secundaria del

Ministerio es actualizar la legislación en materia ambiental y permitir ubicar con exactitud

la normativa vigente en cada materia.

El Texto Unificado contiene los siguientes capítulos:

Título Preliminar: De las Políticas Ambientales del Ecuador

Libro I: De la Autoridad Ambiental

Libro II: De la Gestión Ambiental

Libro III: Del Régimen Forestal

Libro IV: De la Biodiversidad

Libro V: De la Gestión de los Recursos Costeros

Libro VI: De la Calidad Ambiental

Libro IX: Del Sistema de Derechos o Tasas por los Servicios que Presta

el Ministerio del Ambiente y por el Uso y Aprovechamiento de Bienes

Nacionales que se Encuentren Bajo su Cargo y Protección.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 25

Sistema Único de Manejo Ambiental

Los principios del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA) son el mejoramiento, la

transparencia, la agilidad, la eficacia y la eficiencia así como la coordinación

interinstitucional de las decisiones relativas a proyectos propuestos con potencial impacto

y/o riesgo ambiental.

Con la expedición del SUMA se reglamenta al Sistema Único de Manejo Ambiental

señalado en los artículos 19 hasta 24 de la Ley de Gestión Ambiental, en lo referente a:

Marco institucional, mecanismos de coordinación interinstitucional y los elementos del

sub-sistema de evaluación de impacto ambiental, el proceso de evaluación de impacto

ambiental, así como los procedimientos de impugnación, suspensión revocatoria y registro

de licencias ambientales.

Así mismo, se establece como principio el desarrollo sustentable para la conservación del

patrimonio natural y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales (Art. 7), se

dispone como Autoridad Ambiental Nacional el Ministerio de Medio Ambiente que actúa

como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema Descentralizado de Gestión

Ambiental. Esta institución reguladora debe, entre otras cosas, determinar las obras,

proyectos e inversiones que requieran estudios de impacto ambiental aprobados.

Los diversos organismos estatales y entidades sectoriales intervienen de manera activa en

la descentralización de la gestión ambiental, prueba de aquello es que el Ministerio del

Ambiente asigna la responsabilidad de ejecución de los planes a todas las instituciones del

Estado que tienen que ver con los asuntos ambientales (Art. 13), siendo las

Municipalidades y Consejos Provinciales quienes están interviniendo en este ámbito con la

expedición de Ordenanzas Ambientales.

Los consejos provinciales y los municipios, dictarán políticas ambientales seccionales con

sujeción a la Constitución Política de la República y a la presente Ley. Respetarán las

regulaciones nacionales sobre el Patrimonio de Áreas Naturales Protegidas para

determinar los usos del suelo y consultarán a los representantes de los pueblos indígenas,

afro ecuatorianos y poblaciones locales para la delimitación, manejo y administración de

áreas de conservación y reserva ecológica.

Vale señalar que el Capítulo II dedicado a la evaluación de impacto ambiental y del control

ambiental, en el cual se establece que todas “las obras públicas, privadas o mixtas y los

proyectos de inversión privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados

previamente a su ejecución por los organismos descentralizados de control” (Art. 19),

requiriéndose de la respectiva licencia otorgada por el Ministerio del ramo. Para su

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 26

obtención establece como requisitos: estudios de impacto ambiental, evaluación de riesgos,

sistemas de monitoreo, auditorias ambientales (Art. 21).

La Ley de Gestión Ambiental es la normativa jurídica ambiental general a la que deben

sujetarse todas las instituciones públicas, privadas o mixtas en la ejecución de obras o

estudios, conforme se indica.

Se establece por tanto, de conformidad con esta ley, la obligatoriedad de elaborar un

Estudio de Impacto Ambiental en toda obra que suponga un riesgo ambiental.

Actualmente, la mayoría de Municipalidades del país están incorporando en sus

Ordenanzas la exigencia de realizar este estudio en toda obra nueva. Con esta medida el

Estado espera descentralizar su ámbito de acción y mejorar su efectividad y control en el

área ambiental.

La evaluación del impacto ambiental comprenderá:

a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el

suelo, el aire, el agua el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas

presentes en el área previsiblemente afectada;

b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, v vibraciones,

olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio

ambiental derivado de su ejecución; y,

c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que

componen el patrimonio histórico, escénico y cultural.

Además, según el Art. 38, las tasas por vertidos y otros cargos que fijen las

municipalidades con fines de protección y conservación ambiental serán administradas por

las mismas, así como los fondos que recauden otros organismos competentes, serán

administrados directamente por dichos organismos e invertidos en el mantenimiento y

protección ecológica de la jurisdicción en que fueren generados.

Reglamento Especial de Turismo en Áreas Naturales Protegidas

Expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 3045 y publicado en el Registro Oficial No. 656

del 5 de septiembre de 2002. Establece en su Art. 1 el régimen y procedimientos

aplicables a las actividades turísticas en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas que

serán reguladas por el Ministerio de Turismo y por el Ministerio de Ambiente en lo

relacionado con el uso sustentable de recursos naturales; y al otorgamiento de

autorizaciones y permisos de operación turística dentro del Sistema Nacional de Áreas

Naturales Protegidas –SNAP-. Además, se citan como políticas nacionales rectoras de las

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 27

actividades turísticas en las áreas del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas,

entre las más importantes: participación ciudadana en los beneficios culturales, sociales y

económicos que el turismo genere en estas áreas, promoción del turismo como

instrumento de gestión que contribuya la conservación del medio ambiente y

minimización de impactos ambientales que resulten de la actividad turística que se realice

en las áreas referidas.

En los Arts. 5 y 6 se indican las competencias del Ministerio del Ambiente en lo

concerniente a la planificación, autorización, manejo y supervisión de los usos turísticos

de los recursos naturales en estas áreas; autorización de la operaciones turísticas de

conformidad con las Leyes Especiales, planes regionales y de manejo; y las del Ministerio

de Turismo al que le compete la promoción, planificación y control de las actividades

turísticas, niveles de calidad de los servicios y actividades conexas.

El Art. 9 señala la determinación periódica del número de cupos de operación turística

por modalidad que se otorguen en cada área protegida, cupos que previo a su emisión

deberán contar con informes técnicos favorables del Ministerio del Ambiente y del

Ministerio de Turismo.

Las actividades turísticas que se realicen dentro del Sistema Nacional de Áreas Naturales

Protegidas (SNAP) deberán propender de conformidad al Art. 12 con el desarrollo del

turismo nacional, a la recuperación de áreas ecológicamente afectadas, a la capacitación y

educación ambiental y principalmente a la participación de las comunidades que permitan

el mejoramiento de la calidad de vida de la población de dicho sector.

Para el ejercicio de actividades turísticas en las áreas protegidas se requiere un plan de

manejo y corresponde al Ministerio del Ambiente el control de las actividades turísticas en

estas áreas de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 13 del Reglamento en análisis.

El Art. 14 detalla las funciones del Ministerio del Ambiente dentro del Sistema Nacional de

Áreas Naturales Protegidas, las cuales son:

1. Analizar y revisar los impactos ocasionados en los recursos naturales, culturales,

sociales y económicos;

2. Evaluar el desempeño ambiental y el cumplimiento permanente de los requisitos y

exigencias para el otorgamiento de la patente de operación turística;

3. Revisar el contenido de los planes regionales y de manejo del área protegida en lo

relacionado con la actividad turística y de ser necesario modificarlos; y,

4. Revisar el impacto de la gestión turística en las áreas del SNAP en coordinación

con el Ministerio de Turismo y el sector turístico privado.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 28

El 2do inciso del Art. 15 manifiesta que si se comprueba que alguna actividad turística

dentro del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas no se ajusta a las

disposiciones legales, será susceptible de sanciones.

El Art. 17 señala que las evaluaciones de impacto ambiental que se realicen para iniciar

actividades turísticas en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas deberán

cumplirse de conformidad con lo señalado en la Ley de Gestión Ambiental (Art. 21).

El Capítulo IV determina las modalidades turísticas permitidas en el sistema nacional de

áreas protegidas y entre los detallados en el Art. 25 se encuentran lo siguientes:

Turismo de Naturaleza: modalidad de turismo que se fundamenta en la oferta

de atractivos naturales de flora, fauna, geología, geomorfología, climatología,

hidrografía, etc.

Turismo Cultural: esta modalidad de turismo muestra y explica a los turistas los

atractivos culturales de un destino, tales cómo comunidades locales, indígenas,

manifestaciones y sitios culturales, históricos y arqueológicos.

Turismo de Aventura: en esta modalidad, el contacto con la naturaleza requiere

de grandes esfuerzos y altos riesgos, tales como rafting, regatas en ríos, surf,

deportes de vela, cabalgatas, buceo deportivo, caminatas, etc.

Turismo Científico o de investigación: mediante esta modalidad, los

científicos naturalistas pueden realizar investigaciones en ciencias naturales en el

área del SNAP.

El Art. 26 limita las modalidades de turismo, señalando que se realizarán con sujeción a

los respectivos planes regionales y de manejo de dichas áreas protegidas y, así mismo,

cada plan de manejo debe contener la determinación de modalidades de turismo, uso y

operación turística permitida y también las prohibidas.

Para poder realizar operaciones turísticas en las áreas del SNAP, se requiere la obtención

de la Licencia Anual de Funcionamiento y una patente de operación turística emitida por

el Ministerio de Turismo y Ministerio del Ambiente, respectivamente; de conformidad con

lo determinado por el Art. 28 del RETANP.

Código de Policía Marítima

Publicado en el Suplemento del Registro Oficial # 1202 del 20 de agosto de 1960, posee

normas y disposiciones que datan de hace más de 40 años, por lo cual algunas de ellas

resultan anacrónicas e inaplicables en la actualidad pese a su vigencia.

Otorga a las Capitanías de Puerto la responsabilidad de la vigilancia de la navegación de

todo tipo de embarcaciones que trafiquen en aguas de su respectiva jurisdicción.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 29

El mar territorial, la plataforma o zócalo continental y la playa del mar, cuya extensión se

determina o indica en el Título III del Libro II del Código Civil, y los ríos y grandes lagos

son de dominio nacional.

No se podrá ocupar permanentemente extensión alguna de bahía sobre ni bajo las

superficies de aguas sin autorización del Ministerio de Defensa Nacional, obtenida por

medio de la respectiva capitanía de puerto.

En la navegación fluvial, se impide llevar pasajeros o carga sobre las toldillas (cubierta

más alta) e impedir que las embarcaciones vayan sobrecargadas; prohibición que debe

ser supervisada por el Capitán de Puerto respectivo (Art. 42).

Del Art. 110 al 115 el Código se refiere a los muelles y desembarcaderos, los equipos e

implementos que precisan contar, como por ejemplo: elementos contra incendios,

elementos de salvamento e iluminación.

El Art. 116 establece la división de los buques según las aguas en que navegue:

embarcaciones fluviales, aptas para navegar solo en aguas tranquilas, estuarios, ríos, etc.;

y, según el servicio para el que se hayan construido en: buques de pasajeros.

Las embarcaciones fluviales deberán estar matriculadas en la Capitanía del Puerto de la

respectiva jurisdicción (Art. 127). Además se indica que las embarcaciones que realicen

navegación fluvial y costanera deben sujetarse al Reglamento Internacional para evitar

Choques en el Mar (aprobado por Gran Bretaña y modificado por la Cámara de Comercio

de Londres-1937).

La Sección IX determina las condiciones que deben cumplir las embarcaciones dedicadas

al transporte de pasajeros, principalmente condiciones de higiene, comodidad y seguridad

(Arts. 295 a 303).

Las playas del mar no pueden ser objeto de adjudicación ni concesiones que sea estable o

que obste a los propietarios o arrendatarios de los terrenos aledaños a ellas en su uso.

Exceptúense de la prohibición del inicio precedente las concesiones hechas por el

Congreso Nacional sin haber mediato reclamo de terceros y las que provengan de

sentencia judicial de última instancia en juicio contradictorio previa publicación de la

demanda antecedente, con anticipación de por lo menos treinta días respecto del fallo, en

un periódico del lugar donde se hallen ubicadas las playas o por carteles, durante seis

meses.

Las construcciones levantadas sobre playas indebidamente concebidas o adjudicadas no

pueden conservarse, a menos que pertenezcan a entidades de carácter social o hayan

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 30

sido adquiridas por particulares con justo título y por uno de los modos determinados

en el Código Civil.

Las obras o los materiales flotantes que se intente establecer en las playas o zonas de

bahía, en ningún caso deberán comprometer la libre y segura navegación; constituir

amenaza de embancamiento u obstrucción de los canales navegables; ni perjudicar a las

necesidades de la Marina de Guerra; de todo lo cual, al tramitar la solicitud, informarán

el capitán de puerto y los demás jefes de los despachos de trámite. Por tal razón las

solicitudes de ocupación de playas o zonas de bahía, además de expresar la ubicación

geográfica, deberán ir acompañadas de los planos horizontal y vertical correspondientes,

a escala adecuada para la clara apreciación de la obra que se intente hacer, o de los

materiales que se trate de instalar, escala que en ningún caso será a menos de 1/1.000,

y que expresará los resultados de las sondas, siquiera aproximadamente, y las líneas de

pleamar y baja marea, si se trata de zona de bahía, y los demás datos que se consideren

de utilidad.

La ocupación temporal de playa (Art. 85), para varar, embarcaciones con el fin de

realizar faenas de carga o descarga, carena, la concederá el capitán de puerto, a

condición de que aquella no interrumpa el tránsito ni perjudique a terceros. Para

obtener la concesión, el interesado elevará a dicha autoridad la solicitud de estilo, y, una

vez despachada favorablemente, si, de acuerdo con la Ley, debe pagar derechos,

obtendrá de la Colecturía de Aduana la carta de pago, con vista de la cual el capitán de

puerto le dará la matrícula.

Se prohíbe arrojar a los ríos, canales o esteros navegables, materiales que constituyan

peligro u obstrucción a la navegación o provoquen embaucamiento (Art. 93). Nadie

podrá arrojar piedras, fierros, basuras, tamo, desechos de madera, ramas o materiales de

los desmontes, ni algas ni otras plantas provenientes de las limpias, ni desechos o

residuos de cualquier material. El infractor será sancionado por el capitán de puerto o por

las autoridades que a éste representen, con multa, según el Art. 370, en cada caso.

Nadie podrá arrojar a las aguas residuos ni sustancias tóxicas ni nada que pueda ser

perjudicial para la existencia de los peces (Art. 106).

Ley de Aguas

Expedida mediante Codificación No. 16 y publicada en el Registro Oficial 339 del 20 de

mayo de 2004. En su Capítulo II De la Contaminación (Art. 22) prohíbe toda

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 31

contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarrollo de la flora o de

la fauna.

Adicionalmente, en su Art. 37 establece: Las concesiones de agua para consumo humano,

usos domésticos y saneamiento de poblaciones, se otorgarán a los Municipios, Consejos

Provinciales, Organismos de Derecho Público o privado y particulares, de acuerdo a las

disposiciones de esta Ley.

Código de Salud

Este código en su Art. 12 establece que: “Ninguna persona podrá eliminar hacia el aire, el

suelo o las aguas, los residuos sólidos, líquidos o gaseosos, sin previo tratamiento que los

conviertan en inofensivos para la salud. Los reglamentos y disposiciones sobre molestias

públicas, tales como, ruidos, olores desagradables, humos, gases, polvo atmosférico,

emanaciones y otras, serán establecidos por la autoridad de salud”.

Las excretas, aguas servidas, residuos industriales, no podrán descargarse, directa o

indirectamente, en quebradas, ríos, lagos, acequias o en cualquier curso de agua para

uso doméstico, agrícola, industrial o de recreación, a menos que previamente sean

tratados por métodos que los hagan inofensivos para la salud (Art.25).

Los residuos industriales no podrán eliminarse en un alcantarillado público, sin el permiso

previo de la autoridad que administre el sistema, la cual aprobará la solución más

conveniente en cada caso, de conformidad con la técnica recomendada por la autoridad

de salud (Art.28)

Ley Orgánica de Régimen Municipal

Esta Ley fue originalmente publicada en el Registro Oficial Suplemento 331 del 15 de

Octubre de 1971. Adquiere el carácter de orgánica, Ley No. 44, publicada en Registro

Oficial Suplemento No. 429 de 27 de Septiembre del 2004. De acuerdo con el Art. 2.

Cada Municipio constituye una persona jurídica de derecho público, con patrimonio

propio y con capacidad para realizar los actos jurídicos que fueren necesarios para el

cumplimiento de sus fines, en la forma y condiciones que determinan la Constitución y la

Ley.

A la Municipalidad le corresponde, cumpliendo con los fines que le son esenciales, de

acuerdo con el Art. 12, satisfacer las necesidades colectivas del vecindario, especialmente

las derivadas de la convivencia urbana cuya atención no competa a otros organismos

gubernativos.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 32

Los fines esenciales del Municipio, de conformidad con esta Ley, son los siguientes:

a) Procurar el bienestar material y social de la colectividad y contribuir al fomento y

protección de los intereses locales.

b) Planificar e impulsar el desarrollo físico del cantón y sus áreas urbanas y rurales;

y,

c) Acrecentar el espíritu de nacionalidad, el civismo y la confraternidad de los

asociados, para lograr el creciente progreso y la indisoluble unidad de la Nación.

d) Promover el desarrollo económico, social, medio ambiental y cultural dentro de su

jurisdicción.

En forma complementaria y solo en la medida que lo permitan sus recursos, el Municipio

podrá cooperar con otros niveles gubernativos en el desarrollo y mejoramiento de la

cultura, la educación y la asistencia social (Art.13).

Las municipalidades podrán ejecutar las obras o prestar los servicios que son de su

competencia en forma directa, por contrato o delegación, en las formas y condiciones

previstas en la Constitución Política de la República y la ley. Podrán también participar en

la conformación de entidades privadas, sin fines de lucro, individualmente o

mancomunadas con otras municipalidades o entidades del sector público (Art. 14).

En cualquier caso, sin perjuicio de los mecanismos de control ejercidos por la Contraloría

General del Estado, las municipalidades ejercerán la regulación y control de las obras o

servicios, a fin de garantizar su eficiencia, eficacia y oportunidad. Además, están

obligadas a facilitar y promover el control social.

Son funciones primordiales del Municipio, sin perjuicio de las demás que le atribuye esta

Ley, las siguientes (Art. 15):

1. Dotación de sistemas de agua potable y alcantarillado;

2. Construcción, mantenimiento, aseo, embellecimiento y reglamentación del uso de

caminos, calles, parques, plazas y demás espacios públicos;

3. Recolección, procesamiento o utilización de residuos;

4. Dotación y mantenimiento del alumbrado público;

5. Regular y controlar la calidad, elaboración, manejo y expendio de víveres

para el consumo público, así como el funcionamiento y condiciones sanitarias de

los establecimientos y locales destinados a procesarlos o expenderlos;

6. Ejercicio de la policía de moralidad y costumbres;

7. Control de construcciones;

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 33

8. Autorización para el funcionamiento de locales industriales, comerciales y

profesionales;

9. Servicio de cementerios;

10. Fomento del turismo;

11. Servicio de mataderos y plazas de mercado;

12. Planificar, coordinar y ejecutar planes y programas de prevención y atención

social;

13. Planificación del desarrollo cantonal;

14. Regular el uso de la vía pública en áreas urbanas y suburbanas de las cabeceras

cantonales y en las áreas urbanas de las parroquias rurales del cantón;

15. Ejercer el control sobre pesas, medidas y calidad de los productos que se

expenden en los diversos locales comerciales de la jurisdicción;

16. Promover y apoyar el desarrollo cultural, artístico, deportivo y de recreación,

para lo cual podrá coordinar con instituciones públicas o privadas afines;

17. Prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente en coordinación con las

entidades afines;

18. Contribuir al fomento de la actividad productiva y su comercialización, a través de

programas de apoyo a actividades como la artesanía, microempresarias y

productoras de la pequeña industria entre otros, en coordinación con organismos

nacionales, regionales, provinciales y parroquiales;

19. Colaborar y coordinar con la Policía Nacional, la protección, seguridad y

convivencia ciudadana;

20. Podrá planificar, organizar y regular el tránsito y transporte terrestre, en

forma directa, por concesión, autorización u otras formas de contratación

administrativa, en coordinación con los organismos de tránsito competentes, de

acuerdo con las necesidades de la comunidad;

21. Exigir y controlar que en toda obra pública o privada que suponga el acceso

público, en los edificios públicos o privados, en los lugares que se exhiban

espectáculos públicos y en las unidades de transporte público se diseñen,

establezcan, construyan y habiliten accesos, medios de circulación e instalaciones

adecuadas para personas con discapacidades; y,

22. Ejercer el control de la venta en espacios y vías públicas de toda obra artística

literaria, musical o científica, en cualquier formato, producida, reproducida o

distribuida, que se encuentren protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 34

En materia de higiene y asistencia social, la administración municipal coordinará su acción

con la autoridad de salud, de acuerdo en lo dispuesto en el Título XIV del Código de la

materia; y, al efecto, le compete (Art. 164): “Velar por el fiel cumplimiento de las normas

legales sobre saneamiento ambiental y especialmente de las que tienen relación con

ruidos, olores desagradables, humo, gases tóxicos, atmosféricos, emanaciones y demás

factores que pueden afectar la salud y bienestar de la población”.

En el tema de planeamiento y urbanismo, de acuerdo con el Art. 161, a la administración

municipal le compete:

a) Preparar un plan de desarrollo municipal destinado a prever, dirigir, ordenar y

estimular su desenvolvimiento en los órdenes social, económico, físico y

administrativo;

b) Elaborar programas y proyectos específicos a realizarse en el cantón;

c) Formular los planes reguladores de desarrollo físico cantonal y los planes

reguladores de desarrollo urbano;

d) Elaborar proyectos de urbanización y aprobar los que se presenten, que no

podrán ejecutarse sin dicha aprobación;

e) Proceder a la zonificación; estudiar y prever las posibilidades de crecimiento, y

determinar las zonas de expansión;

f) Conceder licencias para parcelaciones y reestructuraciones parcelarias, e

informar sobre las peticiones que reciba del Instituto Ecuatoriano de

Reforma Agraria y Colonización de modo previo a la aprobación de

lotizaciones y de parcelaciones de tipo agrícola o semiurbano, informe que

lo emitirá en base de las inspecciones que el Departamento Técnico

Municipal efectúe del respectivo sector y de acuerdo al Plan General de

Desarrollo Urbano del cantón, a fin de que tales lotizaciones o parcelaciones se

ejecuten con sujeción a las normas que faciliten la instalación de elementales

servicios de infraestructura y la observancia de lo dispuesto en las respectivas

ordenanzas o regulaciones;

g) Velar porque las disposiciones del Concejo y las normas administrativas sobre el

uso de la tierra y la ordenación urbanística en el territorio del cantón tengan cumplida

y oportuna ejecución;

h) Vigilar que en las carreteras del cantón y en las zonas urbanas o rurales, se

proteja el paisaje, evitando la construcción de muros, avisos comerciales o

cualquier otro elemento que obste su belleza y preservar retiros adecuados. La

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 35

administración podrá ordenar el derrocamiento de cualesquiera de estas construcciones o

el retiro de los anuncios e impedimentos o hacerlo por su cuenta, a costa del propietario;

i) Tramitar el permiso a que se refiere el Art. 634 del Código Civil, previa

delineación y compromiso escrito del propietario del predio, de respetar la

línea de fábrica y las demás condiciones establecidas por la Dirección de

Obras Públicas Municipales o la oficina técnica correspondiente, cuando se

trate de calles, plazas o parques;

j) Preparar los proyectos de ordenanza a que se refiere el Código Civil y en

especial las señaladas en los Arts. 633 y 636 de dicho Código;

k) Reglamentar, previa la aprobación del Concejo, el tipo de construcción de

edificios y la clase de materiales que deben emplearse, así como también

el ornato de las poblaciones y el aseo e higiene de las mismas. En este último

caso, los reglamentos y ordenanzas respectivos serán previamente aprobados

por el Servicio Sanitario Nacional, sin lo cual serán nulos;

l) Aprobar los planos de toda clase de construcciones, las que, sin este requisito, no

podrán llevarse a cabo.

Los planes reguladores de desarrollo físico cantonal y de desarrollo urbano constituyen

herramientas claves en la planificación de obras del ámbito turístico y ambiental, y están

contenidos en los siguientes artículos:

Art. 211. El planeamiento físico y urbanístico del territorio del cantón será obligatorio

para las municipalidades y comprenderá:

a) La formulación de planes reguladores de desarrollo físico cantonal; y,

b) La formulación de planes reguladores de desarrollo urbano.

Art. 212. Los planes reguladores de desarrollo físico cantonal deberán contener las

siguientes partes:

a) Zonificación de unidades de planeamiento;

b) Determinación de unidades de vida colectiva en el Municipio;

c) Determinación de unidades de trabajo técnico en función de infraestructura

regional, de coordinación y de mercado;

d) Análisis de estructuras físicas fundamentales: morfología, geología y

naturaleza de los suelos; climatología, flora y fauna terrestre y acuática;

e) Análisis de la infraestructura general: irrigación, drenaje, aducción de agua,

control de cursos de agua, vías de comunicación e instalaciones de producción,

transmisión y distribución de energía;

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 36

f) Análisis de ocupación y utilización del suelo;

g) Implantación industrial y residencial;

h) Concentraciones residenciales urbanas y viviendas rurales;

i) Análisis de estructuras demográficas y de distribución de la población por

sectores de actividad; y,

j) Estudios de factibilidad económica-financiera donde se equiparen los criterios de

planeamiento con las posibilidades económicas y financieras.

k) Análisis de los impactos ambientales de las obras.

En el proceso de planeamiento del desarrollo físico cantonal, según el Art. 213, se

mantendrá actualizada la información que determina el artículo anterior, más toda aquélla

que fuere necesaria para la planeación física.

Para el diseño de programas, planificación del desarrollo y ejecución de las obras en

zonas rurales se contará con la participación de las juntas parroquiales rurales y

comunidades respectivas.

Los Municipios y Distritos Metropolitanos efectuarán su planificación siguiendo los

principios de conservación, desarrollo y aprovechamiento sustentable de los recursos

naturales.

Conforme al Art. 217, el plan regulador de desarrollo urbano podrá contemplar estudios

parciales para la conservación y ordenamiento de ciudades o zonas de ciudad de gran

valor artístico e histórico o protección del paisaje urbano.

Para los efectos expresados podrán dictarse normas especiales para la conservación,

restauración y mejora de los edificios y elementos naturales y urbanísticos.

Los ríos y sus playas, las quebradas, sus lechos y taludes pueden ser usados por los

vecinos, de conformidad con las respectivas ordenanzas o reglamentos; pero la

explotación de piedras, arena y otros materiales solo podrán hacerse con el expreso

consentimiento del Concejo (Art.274)

El Concejo puede también permitir el uso o usufructo de las playas de mar, de los lagos y

de los ríos y los lechos de las quebradas y sus taludes, para cualquier negocio o

explotación industrial o agrícola.

Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental

Recientemente codificada y publicada en el Suplemento del Registro Oficial # 418 del 10

de septiembre de 2004. Esta Ley trata sobre la prevención y control de la contaminación

de los recursos aire, aguas y suelos y establece la prohibición de expeler y descargar

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 37

cualquier tipo de agente contaminante que pueda perjudicar la salud y vida humana, flora

y fauna.

La Ley de Prevención y Control de la Contaminación fue el principal instrumento

regulatorio en materia de protección ambiental, sin embargo ésta no empezó a ser

reglamentada hasta 1989. En 1996 se creó el Ministerio del Ambiente, lo cual hizo

suponer una consolidación de la gestión ambiental. A pesar de ello, debido al escaso

respaldo técnico que acompañó a la decisión política de crear este Ministerio, no se

efectuaron los ajustes institucionales que habrían permitido a éste concretar un esquema

eficaz de gestión, debido a que tuvo que superponerse a una estructura de administración

en materia ambiental existente, la cual no sufrió cambios de importancia en materia de

prevención y control de la contaminación.

En este esquema centralizado y disperso, la gestión se efectuó sectorialmente o enfocada

a recursos naturales específicos. Por ejemplo, el Ministerio de Desarrollo Urbano y

Vivienda, la Dirección General de la Marina Mercante y el Consejo Nacional de Recursos

Hídricos tienen competencias ambientales sobre el recurso agua, el Consejo Nacional de

Electricidad sobre el sector eléctrico, el Ministerio de Vivienda asume competencias en

Agua Potable, entre otros. El Ministerio del Ambiente se superpone a esta estructura

existente.

La Comisión Asesora Ambiental creada por la Presidencia de la República afirmó al

respecto: “La dispersión legal de la legislación ecuatoriana atenta contra la aplicación

efectiva de las normas relativas al medio ambiente, el problema de la dispersión jurídica

se encuentra también en otros países latinoamericanos que como el Ecuador han aplicado

un tratamiento sectorial a la gestión ambiental evitando que el medio ambiente sea una

consideración transectorial que afecta horizontalmente todas y cada una de las entidades

administrativas del Estado...” CAAM (1995).

La Constitución Política de 1998, establece como principio fundamental, que el gobierno

nacional es de “administración descentralizada”13. En concordancia con la política

descentralizadora nacional, la Ley de Descentralización del Estado, asignó roles en

materia ambiental a los municipios14.

En 1999, la Ley de Gestión Ambiental, con un enfoque descentralizador, se insertó en la

legislación y la gestión en materia ambiental a la par de reconocer al Ministerio del

13

Referencia: Art. 1 y 124 de la Constitución Política. 14 Referencia: Art. 9 de la Ley de Descentralización del Estado.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 38

Ambiente como la Autoridad Ambiental Nacional, se ratificó la participación de los

municipios y consejos provinciales en materia ambiental (Real, 1999).

Las municipalidades empiezan a incursionar en labores de prevención y control de la

contaminación ambiental a inicios de los años 90, amparados en la Ley de Régimen

Municipal de 1971 y luego apoyados por las reformas legales y constitucionales sobre

descentralización, que se efectuaron en ese período. Esta incursión en asuntos

ambientales se realiza básicamente debido a los escasos resultados obtenidos por las

instituciones del gobierno central en materia de gestión ambiental.

Al comentar el proceso de transferencia de atribuciones a favor de las municipalidades,

Duque et al. (2002), sostiene que “La situación ha empezado a cambiar por un lado por el

comienzo de la participación de las Municipalidades de las ciudades grandes en esta

gestión, por la creación del Ministerio del Ambiente y por la promulgación de la Ley de

Gestión Ambiental que en principio refuerza la gestión ambiental descentralizada y por

tanto la gestión de los municipios.”

En el panorama administrativo que se generó con las reformas legales citadas, es

evidentemente, el de un marco institucional en transición, en el que puede observarse

claramente como en torno al Ministerio del Ambiente, se disponen las entidades u

organismos recién creados (Consejo Nacional de Desarrollo Sustentable y Sistema

Descentralizado de Gestión Ambiental) o que están adquiriendo atribuciones ambientales

(gobiernos seccionales), con las entidades del gobierno central que tienen atribuciones

ambientales desde antes de las reformas legales y que en general no han descentralizado

hacia los gobiernos locales sus competencias. La transición es de un Estado que

administraba la gestión ambiental sectorialmente y de manera centralizada a un Estado

que intenta impulsar la administración ambiental de manera descentralizada y territorial.

La superposición o concurrencia de funciones de las instituciones públicas al interior de un

cantón crea la necesidad de probar un mismo hecho ante dos o más instituciones

diferentes lo cual contraría el espíritu mismo de la Ley de Modernización del Estado,

Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada. La

duplicación de obligaciones ambientales se produce en todos los ámbitos del medio

ambiente, más aún con la coexistencia de un esquema institucional de control por

sectores y un esquema territorial.

Como respuesta a la atomización de las competencias ambientales algunos especialistas

han propuesto a las entidades del gobierno central, la descentralización en materia de

gestión ambiental. Específicamente esta propuesta apunta a regulaciones

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 39

descentralizadas y enmarcadas en las disposiciones de la Constitución, Ley de Gestión

Ambiental, Ley de Modernización del Estado y la Ley de Descentralización y Participación

Ciudadana, que permitan obtener respuestas eficaces para la protección del medio

ambiente sin constituirse en el obstáculo de incertidumbre jurídico-administrativa

actualmente presente que atenta contra el progreso del Ecuador.

Un avance significativo en esa dirección se ha logrado con la expedición de los

reglamentos a La Ley de Gestión Ambiental: Sistema Único de Manejo Ambiental (Titulo I)

y Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la

Contaminación Ambiental (Titulo IV) del Libro 6 (De la Calidad) del Texto Unificado de

Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, expedido en Diciembre 16, 2002 y

Marzo 31, 2003. Estos reglamentos que han entrado en vigor establecen la obligatoriedad

de la coordinación interinstitucional para los reguladores que no hayan descentralizado

sus competencias e impulsan en el mediano plazo la descentralización tal como lo dispone

la Constitución y la Ley.

Ley Forestal y de Conservación de áreas Naturales y Vida Silvestre

Esta Ley fue expedida a través de la Codificación 17 y publicada en el Suplemento del

Registro Oficial # 418 del 10 de septiembre de 2004. Contiene normativas de protección

a los ecosistemas y la vida silvestre, manejo adecuado de esteros, áreas naturales,

manglares y otras formaciones naturales.

Dentro del contexto ecológico puede calificársela como la Ley más conservacionista, la

actividad ecológica se centra en la protección ambiental y conservación de la naturaleza, de

los gestores ambientalistas tanto del sector público como privado.

Los primeros capítulos de la Ley están referidos al "Régimen de Recursos Forestales” en los

que se regula el aprovechamiento y producción forestales con fines industriales y

económicos.

En el Titulo IV se establece que: “Cualquiera que sea la finalidad, prohíbese ocupar las

tierras del patrimonio de áreas naturales del Estado, alterar o dañar la demarcación de las

unidades de manejo u ocasionar deterioro de los recursos naturales en ella existentes. Se

prohíbe igualmente contaminar el medio ambiente terrestre, acuático o aéreo o atentar

contra la vida silvestre, acuática o aérea, existentes en las unidades de manejo (Art. 78).

Ley Reformatoria al Código Penal

De acuerdo a la Constitución y considerando que la ley debe tipificar infracciones y

determinar procedimientos para establecer responsabilidades penales por acciones u

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 40

omisiones en contra de las normas de protección ambiental, en el R. O. No. 2 del 25 de

Enero del 2000, se expide la Ley Reformatoria al Código Penal.

Las reformas al Código Penal tipifican los delitos contra el Patrimonio Cultural, contra el

Medio Ambiente y las Contravenciones Ambientales; además de sus respectivas

sanciones, todo esto en la forma de varios artículos que se incluyen al Libro II del Código

Penal. Estas reformas se explican a continuación.

Delitos contra el Medio Ambiente

El Art. 437 A, establece prisión de 2 a 4 años para todo aquel que produzca, introduzca,

deposite, comercialice, tenga en posesión o utilice desechos tóxicos peligrosos, sustancias

radioactivas u otras similares que por sus características constituyan peligro para la salud

humana o degraden y contaminen el medio ambiente.

El que infringiera las normas sobre protección ambiental, vertiendo residuos de cualquier

naturaleza, por encima de los límites fijados de conformidad con la ley será reprimido con

prisión de 1 a 3 años, si el hecho no constituyera un delito más severamente reprimido

(Art. 437 B).

El objetivo de la Reforma al Código Penal no es castigar solamente al infractor en materia

ambiental. Las modificaciones persiguen respaldar el cumplimiento de las leyes y

reglamentos vigentes al sancionar a los funcionarios o empleados públicos que actuando

por sí mismos o como miembro de un cuerpo colegiado, autoricen o permitan que se

viertan residuos contaminantes de cualquier clase por encima de los límites fijados de

conformidad con la ley (Art. 437 E).

Además otorga potestad al sistema judicial para ordenar, como medida cautelar, la

suspensión inmediata de la actividad contaminante, así como la clausura definitiva o

temporal del establecimiento, sin perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad

competente en materia ambiental (Art. 437 K).

Delitos contra el Patrimonio Cultural

Considerando que el artículo 62 de la Constitución Política de la República establece como

responsabilidad del Estado la conservación, restauración, protección y respeto del

patrimonio cultural, la ley reformatoria al Código Penal establece en su Art. 415 lo

siguiente: "(A) El que destruya o dañe bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de la

Nación, será reprimido con prisión de 1 a 3 años.

Ley de Transporte Marítimo y Fluvial

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 41

Expedida mediante Decreto Supremo 98 y publicada en el Registro Oficial # 46 del 1 de

febrero de 1972, esta Ley regula las actividades de transporte por agua realizadas en el

país y otorga funciones al Ministerio de Defensa Nacional, al CNMMP y a la DIGMER.

El Art. 7 señala las funciones de la DIGMER como ejecutora de la política de transporte

por agua, permite la delegación de una o más funciones a la Capitanía de Puerto

respectiva y establece la creación del Departamento de Tráfico Marítimo y Fluvial (Art. 9).

Reglamento de Derechos por Servicios de la Marina Mercante

Expedido mediante Acuerdo Ministerial 13 y publicado en el Registro Oficial No. 506 del

18 de enero de 2005, dispone en su Art. 15 que las instituciones de derecho público están

exentas del pago de derechos por ocupación de zonas de playa y bahía y se detallan los

servicios que presta la DIGMER como documentos de naves, registros, inspecciones a las

naves, inspecciones estatutarias, inspecciones de control de contaminación y permisos de

tráfico, entre los servicios principales.

Ley de Fortalecimiento y Desarrollo del Transporte Acuático

Expedida mediante Ley 18 y publicada en el Registro Oficial # 204 del 5 de noviembre de

2003, tiene por objeto declarar al transporte acuático del país como actividad de interés

nacional prioritaria.

El Art. 2 define ciertos términos empleados en el sector como abanderamiento, buque o

nave, transporte acuático. Así mismo, se reitera nuevamente las funciones del CNMMP en

el sector marítimo y fluvial; y beneficios tributarios en el caso de importación,

construcción de buques, equipos,

Ley de Descentralización del Estado y Participación Social.

Expedida en Registro Oficial 169 de 8 de Octubre de 1997. La descentralización del

Estado consiste en la transferencia definitiva de funciones, atribuciones, responsabilidades

y recursos, especialmente financieros, materiales y tecnológicos de origen nacional y

extranjero, de que son titulares las entidades de la Función Ejecutiva hacia los Gobiernos

Seccionales Autónomos a efectos de distribuir los recursos y los servicios de acuerdo con

las necesidades de las respectivas circunscripciones territoriales. La desconcentración del

Estado es el mecanismo mediante el cual los niveles superiores de un ente u organismo

público delegan en forma permanente el ejercicio de una o más de sus atribuciones así

como los recursos necesarios para su cumplimiento, a otros órganos dependientes,

provinciales o no, que forman parte del mismo ente u organismo.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 42

La participación social es el sistema por el cual se involucra activamente a todos los

sectores sociales en la vida jurídica, política, cultural y económica social del país, con la

finalidad de mejorar las condiciones de vida del habitante ecuatoriano, con miras a una

más justa distribución de los servicios y recursos públicos.

Finalidades principales. La descentralización del Estado y la participación social tienen

como finalidades principales:

a) Lograr equidad en la participación y distribución de los recursos financieros, materiales

y tecnológicos de origen nacional y extranjero del Estado y especialmente de la Función

Ejecutiva hacia los gobiernos seccionales autónomos, organismos de desarrollo regional y

organismos seccionales dependientes, contribuyendo así a la eficiencia en la prestación de

servicios públicos en favor de la comunidad

b) Incentivar las iniciativas y fortalecer las capacidades locales para consolidar una

gestión autónoma eficiente, entre otros medios, a través de la planificación y prestación

adecuada de servicios públicos a la comunidad respectiva

c) Definir las relaciones y responsabilidades entre la Función Ejecutiva y los Gobiernos

Seccionales Autónomos, en cuanto a las áreas de servicio a la comunidad, a fin de

optimizar la utilización de los recursos y servicios, y evitar la superposición de funciones

d) Fomentar y ampliar la participación social en la gestión pública así como promover la

autogestión de las fuerzas sociales comunitarias

e) Transformar integralmente la organización administrativa y financiera del Estado y de

las instituciones del sector público; así como redistribuir con justicia sus servicios y

recursos financieros, materiales y tecnológicos de origen nacional y extranjero, a efectos

de incrementar los niveles de eficacia, agilidad y productividad en la administración de las

funciones a su cargo

f) Fortalecer prioritariamente a las instituciones del régimen seccional autónomo, a través

de la transferencia definitiva de funciones, facultades, atribuciones, responsabilidades y

recursos que les permitan satisfacer de manera próxima y eficiente las demandas de la

comunidad, sobre todo en la prestación de servicios públicos.

Municipios. La Función Ejecutiva transferirá definitivamente a los municipios las

funciones, atribuciones, responsabilidades y recursos, especialmente financieros,

materiales y tecnológicos de origen nacional y extranjero, para el cumplimiento de las

atribuciones y responsabilidades que se detallan a continuación: a) Planificar, coordinar,

ejecutar y evaluar, bajo parámetros de eficiencia, calidad total y mejoramiento continuo,

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 43

programas integrales de salud, nutrición y seguridad alimentaria, de atención y

prevención de la violencia doméstica, con énfasis en los grupos de mayor riesgo social;

niños(as), jóvenes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y de la tercera

edad, entre otros, garantizando la participación activa de la comunidad, de las

organizaciones de salud formales y tradicionales, y de otros sectores relacionados; b)

Construir, dotar, equipar y mantener la infraestructura física de los servicios de atención

primaria de salud garantizando la aplicación de las normas de bioseguridad; c) Construir,

dotar, equipar y mantener la infraestructura física en los establecimientos educativos en

los niveles preescolar, primario y medio; d) Coadyuvar a la preservación y conservación

de los bienes patrimoniales culturales y naturales en coordinación con los organismos

competentes y en función de las políticas correspondientes y de acuerdo con la Ley de

Patrimonio Cultural; e) Construir, dotar, mantener y equipar instalaciones deportivas, de

educación física y de recreación; f) Controlar, conservar y administrar puertos y muelles

fluviales no fronterizos; g) En coordinación con el respectivo Consejo Provincial de

Tránsito, los municipios podrán planificar, regular, supervisar y tomar acciones

correctivas, respecto de la calidad de servicio que prestan los medios de transporte

público de carácter cantonal e intercantonal, con excepción de las competencias previstas

en leyes especiales que se refieren a esta materia. La Policía Nacional ejercerá el control

del tránsito vehicular y el transporte terrestre de conformidad con la Ley de Tránsito y

Transporte Terrestres y su Reglamento, con la misma excepción antes señalada; h)

Planificar, ejecutar y administrar programas de vivienda de interés social urbano marginal

y rural, de acuerdo con las políticas nacionales que se dicten al respecto; i) Controlar,

preservar y defender el medio ambiente. Los municipios exigirán los estudios de impacto

ambiental necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura que se realicen en

su circunscripción territorial; j) Velar y tomar acción para proteger la inviolabilidad de las

áreas naturales delimitadas como de conservación y reserva ecológica; k) Administrar el

catastro rural cantonal con sujeción a las disposiciones legales vigentes; l) Fortalecer la

planificación, ejecución, control y evaluación de proyectos y obras de saneamiento básico;

m) Construir, mantener y administrar caminos vecinales al interior de los respectivos

cantones; n) Planificar, coordinar, ejecutar y evaluar en el respectivo cantón las

actividades relacionadas con el turismo; y, o) Las demás que le correspondan conforme a

la Ley.

Nota: Artículo reformado por Ley No. 000, publicada en Registro Oficial 116 de 2 de Julio

del 2003. LEY DE DESCENTRALIZACION DEL ESTADO Y PARTICIPACION SOCIAL Art. 11.-

Los recursos asignados a los consejos provinciales y municipales establecidos en la Ley

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 44

Especial de Distribución del 15% del Presupuesto del Gobierno Central para los Gobiernos

Seccionales se invertirán en base a la siguiente fórmula: a) 50% del monto proporcional a

la población con necesidades básicas insatisfechas; y, b) 50% en relación a la población.

El monto a distribuirse por parte de los consejos provinciales será en relación a las

necesidades básicas insatisfechas y población en referencia al cantón con la provincia y

los municipios de las parroquias con el cantón.

Políticas y lineamientos nacionales. Las políticas y lineamientos generales que fija el

Presidente de la República en lo concerniente a los sectores de la educación, salud,

bienestar social, vivienda, medio ambiente, vialidad, turismo y otros, deberán observar

obligatoriamente los gobiernos seccionales autónomos y las personas jurídicas creadas

por Ley para la prestación de los servicios públicos descentralizados.

Art. 39.- En cada parroquia rural habrá una Junta Parroquial integrada por cinco

miembros principales y sus respectivos suplentes, elegidos por los ciudadanos con

domicilio electoral en la respectiva jurisdicción parroquial, mediante votación popular

directa, en la forma y época que se establezca en la Ley de Elecciones. Todas las

organizaciones políticas y candidatos independientes en la presentación e inscripción de

candidaturas presentará, al menos, una candidata mujer como principal y una candidata

como suplente. Los miembros de las Juntas Parroquiales durarán en sus funciones cuatro

años, pudiendo ser reelegidos por una sola vez. De su seno se elegirá a un Presidente,

quien durará dos años en sus funciones, pudiendo ser reelecto.

Las Juntas Parroquiales Rurales se integrarán con, por lo menos, el treinta por ciento

(30%) de mujeres como principales y el treinta por ciento (30%) como suplentes. Nota:

Artículo agregado por Ley No. 1, publicada en Registro Oficial Suplemento 20 de 18 de

Febrero del 2000.

Atribuciones de las juntas parroquiales. Corresponden a las juntas parroquiales las

siguientes atribuciones: a) Plantear al municipio, luego de receptar las propuestas de los

comités o federaciones barriales, las obras y proyectos de trascendencia para la

parroquia, con la finalidad de que sean incluidos, de acuerdo a su prioridad, en el Plan de

Desarrollo Municipal. Las solicitudes para la realización de obras o la prestación de

servicios en la parroquia podrán ser canalizadas a través de las juntas parroquiales, las

que describirán el proyecto u obra y proporcionarán al municipio los datos básicos para su

estudio y posterior ejecución; b) Designar de entre sus miembros, comités de gestión y

vigilancia encargados de evaluar la eficiencia, oportunidad y calidad de las obras y

servicios en ejecución o a ejecutarse en la respectiva parroquia; c) Formular sugerencias

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 45

respecto de los programas de obras, de la respectiva administración municipal o

provincial, según el caso; d) Evaluar el cumplimiento de las obras que se ejecuten en la

parroquia, en función del cronograma de ejecución respectivo y formular las propuestas

del caso para su finalización; e) Informar periódicamente a su comunidad sobre las

acciones que desarrollen en su representación; f) Plantear reclamos y solicitudes ante los

órganos de la administración respectiva, a nombre de la parroquia, sobre cuestiones de

interés de la comunidad los cuales deberán tener respuesta en el plazo de 15 días; g)

Sesionar ordinariamente cada quince días y extraordinariamente cuando lo convoque el

presidente o las dos terceras partes de sus miembros, para tratar asuntos considerados

de prioridad; h) Presentar proyectos de ordenanzas a los municipios respectivos; e, i) Las

demás que le asignen en las respectivas ordenanzas municipales. Las juntas parroquiales

tendrán personería jurídica.

Art. 45.- Desarrollo de la comunidad.- En cada municipio se conformará una Unidad

de Desarrollo de la Comunidad, encargada de: a) Proporcionar apoyo legal y técnico,

según los requerimientos de la comunidad; b) Atender a la capacitación requerida por

parte de las organizaciones categorizadas en el presente Capítulo; c) Promocionar y

fomentar la autogestión comunitaria, con énfasis en proyectos productivos y de servicio;

y, d) Las demás que le asigne el respectivo concejo municipal.

Art. 46.- Ley Especial.- La presente Ley tiene el carácter de especial, por consiguiente

prevalecerá sobre toda otra disposición legal que se le oponga. Derógase la Segunda

Disposición Transitoria de la Ley publicada en el Registro Oficial No. 27 de 20 de marzo de

1997 y que suspende la ejecución de la descentralización hasta enero de 1998.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 46

Capítulo 2

2.1. Diagnóstico de las condiciones locales para asimilar el flujo turístico.

Para el análisis de este ítem se tomó como referencia los estudios de capacidad de carga

turística del PMRC 2001 realizada para el cantón Salinas, y se actualizó información

relevante al año 2006 proveniente de varias fuentes, tales como el Plan de Desarrollo

Estratégico el cantón Salinas 2002, el catastro de los locales que brindan servicios

turísticos realizado por la Subsecretaría de Turismo y del Litoral, cuyas estadísticas

actualizadas han sido incorporadas al presente estudio de evaluación ambiental

estratégica del turismo costero.

Se conoce además, que el PMRC ha contratado en el año 2006 un estudio de consultoría

para actualizar las cifras de la capacidad de carga turística en varios cantones costeros,

aunque esta información no ha estado disponible a la fecha de elaborar el presente

informe. Una síntesis de la metodología existente empleada en el 2001 para determinar la

capacidad de carga antes citada se presenta a continuación.

Conceptos de Capacidad de Carga Turística

(Física, Real, Efectiva y de Servicios Turísticos)

Capacidad de Carga Física (CCF), está dada por la relación entre el espacio

disponible y la necesidad de espacio por visitante (factor social).

Capacidad de Carga Real (CCR), somete a la CCF a una serie de factores de

corrección (reducción) que son particulares a cada sitio y por sus características

efectúan una reducción en la capacidad de carga.

Capacidad de Carga Efectiva (CCE), es el número de visitantes y / o turistas que

soporta un espacio abierto en función de los servicios que posee para la completa

satisfacción del visitante. Se determina en base al cálculo de la dimensión de playa

(ancho y largo de la misma y con el promedio de los niveles de marea alta y baja),

disminuyendo los espacios correspondientes a desembocaduras de ríos, torres

salvavidas, zonas rocosas, áreas de botes, entre otros (factores de correlación).

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 47

CCF > CCR > CCE

La obtención de la Capacidad de Carga Efectiva es la que nos mostrará cuantos turistas

pueden ocupar un área física determinada, tomando en cuenta la realidad de cada zona,

pero no los servicios con que cuenta esa localidad para promocionar bienestar a sus

visitantes. Para determinar el número de turistas que puede recibir una playa es necesario

definir la Capacidad de Carga de Servicio Turístico, a través de los parámetros

involucrados en el área de servicios (Capacidad de Carga de buses, de establecimientos

de alimentación, de hospedaje, de servicios higiénicos o baterías sanitarias y de

seguridad). A continuación se puntualiza la definición de cada una de estas capacidades:

a). Capacidad de carga de buses.- consiste en determinar el total de buses que puede

recibir un balneario de conformidad con el número de pasajeros que transporta cada

unidad, a esto se agregan los visitantes en autos, el transporte particular cantonal e

intercantonal, y los residentes permanentes o temporales en la comunidad. Esta

capacidad de buses está íntimamente relacionada con la capacidad física para el parqueo

de las unidades de transporte que tiene cada balneario.

b). Capacidad de establecimiento de alimentación.- este factor nos indicará el

número de mesas y sillas que existe para atender a los visitantes, tomando en cuenta que

uno de ellos ocupará la silla durante dos horas aproximadamente, siendo ocho horas

laborales por día.

c) Capacidad de hospedaje.- es determinada a través del número de camas

disponibles en los lugares de alojamiento de balnearios.

d). Capacidad de servicios higiénicos o baterías sanitarias.- constituye uno de los

requisitos primordiales para poder desarrollar el turismo en cualquier área. Es la

capacidad de uso de cada servicio; está considerado que sólo se utiliza 72 veces por día.

e). Capacidad de servicios de seguridad.- es el número de visitantes que pueden ser

atendidos por un equipo de servicios de seguridad (policía, defensa civil, salvavidas,

marinos, médicos, etc.), considerando las temporadas alta, media y baja.

La comparación de las capacidades de carga efectiva y de servicios turísticos es la que

nos dará como resultado la Capacidad de Carga Turística (CCT) de los balnearios. La

relación de estas capacidades puede representarse de la siguiente manera:

Si CST < CCE => CCT = CCE

Si CST > CCE => CCT = CST

Si CST > CCE => CCT = CST = CCE

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 48

Tabla 2.1.1 Capacidad de Carga del Cantón Salinas.

Fuente Cap. Parque Buses/Día

Capacidad Hospedaje Plaza/ Día

Capacidad

Restaurante

Plaza/Día

Capacidad SS.HH Por

Día

Cap. Servicios De Seguridad

Pers./Día

Cap. Servicios Turísticos Pers./Día

PMRC

(2000) 20 2,220 7,220 1,152 26,500 7,475

PMRC

(2001) 0* 2,220 7,220** 1,152 26,500 7,475

MINTUR

(2006) -- 3,135 2,494*** -- -- --

Fuente: Estudio de Capacidad de Carga, PMRC, 2001. Elaboración propia

(*) La población residente y la flotante de Salinas saturan los servicios que oferta esta localidad.

Queda, de esta manera justificada que en este balneario no deben ingresar buses con tours

diarios. Por consiguiente, en el año 2001, el PMRC informó que la nueva Capacidad de Parqueo de

Buses es de 0 debido al inconveniente ya mencionado.

(**) Corresponde a la Capacidad de Carga Turística, que señala el número de mesas y sillas

existentes para la atención de los visitantes, tomando en cuenta que cada uno de ellos ocupará la

silla durante dos horas aproximadamente, siendo ocho horas laborables por día.

(***) Corresponde al número de plazas existentes en el Cantón Salinas.

Condiciones locales del cantón Salinas

Las condiciones locales del cantón Salinas se desglosan en algunas tablas, en ellas se

encuentra información clave tanto de Estudios Estratégicos anteriores como de los

Cuestionarios emitidos por el PMRC para el Feriado de Carnaval 2006.

En la Tabla 2.1.2 se explican sugerencias a realizar en el Cantón Salinas. Las actividades

involucran los sectores de:

Uso del Suelo

Equipamiento

Legislación

Medio Ambiente

Sociología Urbana

Administración Pública

Infraestructura Básica

Infraestructura Vial y Transporte

Dichos puntos tienen Actores principales para su correcto funcionamiento y

contribución al desarrollo. Entre ellos se encuentran:

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 49

Municipio de Salinas, Santa Elena y La Libertad, el Ministerio de Salud Pública, el

Consejo Cantonal de Salud, Legisladores, Proyecto Modersa, Líderes del Sector y

Comunidad, Medios de Comunicación, Áreas de Salud de los tres cantones

(Salinas, La Libertad y Santa Elena) y Acción Intersectorial según contaminación.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 50

15 Fuente: Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Cantonal de Salinas, 2001.

Tabla Explicativa de la Evaluación Ambiental Estratégica15

Tabla 2.1.2

Sectores Qué Hay Qué Debe Haber Actores

Uso Del Suelo El hospital cuenta con aproximadamente media hectárea de

terreno sin utilizarse

Ampliaciones: áreas administrativas, ampliación de consulta externa y

hospitalización

Ministerio de Salud Pública

Municipio de Salinas

Proyecto Modersa

Equipamiento

Equipo de RX obsoleto en el hospital

Equipamiento de los sub centros incompleto con afectación de la capacidad resolutiva

Nuevos equipos de Rayos X

Equipamiento completo de los sub centros

Ministerio de Salud Pública a través del área de salud 26

Legislación

Código de la salud obsoleto (tiene más de 30 años de haberse promulgado). Es de ámbito nacional.

Área de salud constituida por disposición ministerial

Nuevo Código de la Salud para todo el país

Conformación del Consejo peninsular de Salud

Legisladores

Ministerio de Salud pública

Líderes del sector

Medios de comunicación

Municipios de Santa Elena, Libertad y Salinas

Áreas de salud de los tres cantones

Líderes y comunidad

Ministerio de salud pública

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 51

Medio Ambiente Contaminación de suelo, aire y agua. Descontaminación Acción intersectorial según sea el tipo de

contaminación

Sociología

Urbana Pobreza y desempleo, que lleva a la desnutrición

Diversas iniciativas contra la pobreza; generación de empleo

Diversos actores. Acción multi sectorial

Administración Pública

Infragestión del hospital y del área de salud

Modernización de la gestión.

Actualización de la Plan estratégico local de salud

Consejo cantonal de salud

Infraestructura

Básica Insalubridad por carencia de agua potable y

alcantarillado Red de agua potable y alcantarillado Municipio

Infraestructura Vial Y

Transporte

Buen acceso a los hospitales y sub centros Mantener vías Municipio.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 52

Potencialidades de Salinas

1. Ubicación estratégica nacional e internacional

2. Aeropuerto de pista larga

3. Infraestructura de base

4. Prestigio como centro de actividades náuticas

El propósito del cantón Salinas junto con sus potencialidades turísticas es de convertirse

en una “Ciudad Balneario”. Es decir, que como meta tiene la de transformarse en la

primera ruta comercial del orbe.

En la actualidad se trabaja para que este plan tenga un resultado positivo en el plazo que

se tiene previsto.

La visión más importante es cambiar la imagen que tiene de ser un atractivo vacacional

solo en períodos cortos y con ciertas limitaciones hacia los turistas. Estaríamos lidiando

entonces con un cantón que se maneje a la altura de las famosas entidades

internacionales que cuentan con promoción de sus playas durante todo el año de corrido.

Fomentando la capacitación para el cambio nuestro mercado se ampliaría.

Dentro del Plan de Desarrollo Estratégico Participativo del Cantón Salinas se exponen

sugerencias que se resumen en:

Mejorar las vías de acceso desde la carretera incluyendo las calles principales y

secundarias del malecón y playa en general.

Vista de la Calle principal, Malecón de Salinas. Temporada 2006

Foto 2.1.1

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 53

Vista de calles secundarias. Cantón Salinas. Temporada 2006

Foto 2.1.2

Ofrecer mayor información turística en lugares establecidos. La mayoría de los

turistas nacionales no la necesitamos pues conocemos las playas, pero con gran

facilidad un turista extranjero puede sentir frustración y pocas ganas de regresar

al observar la falta de señalización existente.

Tener un mayor y mejor nivel de educación, tanto en la instrucción primaria como

secundaria y superior. Es una gran manera de captar familias que tengan mejores

perspectivas.

Fomentar el desarrollo de la cultura en los habitantes mediante charlas,

exposiciones, conciertos y tiendas bien implementadas.

Contar con lugares provistos de tecnología más avanzada e instalar cabinas de

Internet, teléfono, etc., y así brindar al turista una mayor facilidad de acceso a la

comunicación.

2.2 Existencia y vigencia de planes de desarrollo turístico, infraestructura,

ordenamiento territorial y gestión ambiental.

Salinas cuenta con diversos proyectos a realizar durante los próximos 10 años. En dichos

planes considerados estratégicos se deriva información que generaría progreso tanto en

el sector turístico como en su gestión ambiental y ordenamiento de terreno.

Los servicios que se instalen, deberán cumplir con todos los requisitos del organismo

turístico regulador. Las actividades que podrán instalarse son:

Agencias de Viaje de Turismo Receptivo

Agencias de Viaje de Turismo Nacional

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 54

Operadoras de Turismo Recreacional

Deportes Acuáticos

Ecoturismo

Pesca Deportiva

Establecimiento de Comidas y Bebidas

Información Turística

Artesanías

Establecimientos de Alojamiento

Proyectos Estratégicos para el Cantón Salinas16

Entre los planes sobresalen:

1. Zona Franca Turística Peninsular (Zofrapen)

2. Humedal Velasco Ibarra: Complejo Eco turístico

3. Salinas, Punto de Partida de la “Ruta del Sol”

4. Santa Rosa Centro Comercial del Mar

5. Anconcito, Terminal Pesquero Peninsular

6. Centro Cívico y Comercial

7. Malecón Internacional: Salinas – Chipipe

8. Rescate de Playas y Mar

9. Parque Petrópolis

10. Pozos de Sal: Mina Nueva, Ecuasal, las salineras de propiedad militar y los

criaderos de larvas.

11. Reserva Militar: Apertura de Aeropuerto para Vuelos Comerciales

12. La Puntilla

13. Country Club

14. Parque Acuático y Jardín Botánico

15. Regeneración Urbana de Salinas

16. Malecones contemplativos de Mar Bravo

16 Información y gráficos obtenidos de las páginas Web: www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 55

17. Centro de Arte y Cultura

18. Agencia de Desarrollo Local

Síntesis de los Proyectos Estratégicos del Cantón Salinas

1. Zona Franca Turística Peninsular (Zofrapen)

Se plantea la idea de una Zona Franca de servicios turísticos, apuntando al mercado

nacional e internacional. Deberá contar con las facilidades y accesibilidad necesaria tales

como servicios aeroportuarios cercanos, servicios básicos, transportación aérea, terrestre

y marítima, telecomunicaciones, internet, etc., en donde su infraestructura interior y

exterior cumpla con los diseños, características técnicas y estándares determinados que

hagan efectiva su , ejecución, conjuntamente con el cumplimiento estricto de las normas

de conservación ambiental.

Mapa de Zona Franca Turística (Zofrapen)

Imagen 2.2.1

2. Humedal Velasco Ibarra: Complejo Eco Turístico

El proyecto se divide en tres franjas de desarrollo:

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 56

La primera, cota 30 m.s.n.m contendrá: zonas forestales, Complejos hoteleros,

Restaurantes, Parqueos, Locales de diversión;

La segunda, cota 20 m.s.n.m tendrá: Lotes residenciales verdes, Restaurantes

cafeterías, Fincas Vacacionales y agrícolas, y Paseos peatonales y a caballo;

La tercera, cota 10 m.s.n.m: Paseos en el humedal y área de reserva ecológica,

Recreación activa y diversiones infantiles, Estación Fluvial, Estación de buceo,

Muelles flotantes, etc.

*Contará con la presentación de las especies tanto de flora y fauna más representativas y

su importancia en la cadena alimenticia. (Imagen 2.2.2)

Vista del Complejo Eco turístico

Imagen 2.2.2

3. Salinas, Punto de Partida de la “Ruta del Sol”

La costa azul, en el circuito desde Salinas hasta Puerto López en Manabí, ofrece una

atractiva variedad de bondades y riquezas turísticas.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 57

Partiendo desde Salinas se puede encontrar: deportes extremos, observación de aves y

ballenas, amaneceres y atardeceres cálidos y la variedad gastronómica ofrecida; siendo

esta, “la ciudad con la mejor infraestructura turística de toda la Ruta del Sol”.

Eje para la RUTA DEL SOL

Imagen 2.2.3

4. Santa Rosa Centro Comercial del Mar

El proyecto incluirá:

Creación de un sistema de manipulación, eviscerado y conservación del producto

hasta su venta final

Regeneración urbana integral incluyendo tráfico, peatonización de vías,

mejoramiento de servicios básicos e infraestructura

Mejoramiento de la calidad de construcciones en la zona

Control Sanitario Integral

Construcción de aceras, bordillos y parterres arborizados

Algo importante de recalcar es que Santa Rosa necesitará además de su debida publicidad

en cuanto a sus lugares para descansar, comer y disfrutar. El proyecto global contempla a

su vez varios sub proyectos, dentro de la regeneración urbana de esta parroquia,

teniendo como objetivo el mejorar las facilidades para el movimiento de botes,

automotores, pescadores y público en general, dando una mayor accesibilidad al muelle

para compartir las experiencias de los pescadores.

5. Anconcito, Terminal Pesquero Peninsular

Proyecto integral para el desarrollo y manejo del Terminal Pesquero, tomando en

consideración los aspectos operacionales, de servicios, seguridad, uso de suelo y

ambiente; mejorando las condiciones actuales de zonas de desembarque y de las áreas

operativas en tierra.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 58

En el proyecto se deberá tomar en cuenta además el aspecto social, las condiciones

ambientales y la situación económica de sus pobladores.

6. Centro Cívico y Comercial

La propuesta es integrar ambos centros y trasformarlos en una unidad desarrollando una

conexión peatonal que solucione estéticamente el cambio de nivel. También debe integrar

fluidamente el Centro recreado con el malecón y la playa.

7. Malecón Internacional: Salinas – Chipipe

Creación de un malecón peatonal y Semi-peatonal buscando el correcto mantenimiento

del malecón en Chipipe. (Imagen 2.2.4)

Entre los sub proyectos puntuales se encuentra:

Mercado Artesanal

Áreas de Patinaje, Bicicleta, Caminatas, etc.

Áreas de parqueo

Servicios higiénicos, duchas y

Práctica de deportes de playa

Rescate del Antiguo Muelle

Visión del futuro Malecón Internacional: Salinas – Chipipe

Imagen 2.2.4

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 59

8. Rescate de Playas y Mar

Se pretende realizar:

Saneamiento del Mar, a través del reemplazo de los pozos sépticos y el re

encauzamiento de las alcantarillas

Instalación de módulos de servicios sanitarios públicos y facilidades a lo largo de la

playa para prevenir la contaminación.

Construcción de un Muelle de piedra y Recuperación de las playas mediante

dragado, la ubicación y su efecto preciso deben ser fijados luego de un estudio de

mareas.

Habilitar el acceso a las playas colindantes con el área petrolera de Petrópolis, las

Conchas, Costa de Oro y Carolina en el Norte y de las Salineras en el Sur.

9. Parque Petrópolis

En esta área privada lo que se procura alcanzar es una concurrencia durante el año

entero. Su tema principal sería similar al que encontramos en Florida, EEUU denominado

“Sea World”. Este parque temático, incluiría juegos mecánicos y puntos estratégicos para

observar especies marinas como Lobos de Mar, Delfines e incluso Ballenas.

Su colindancia al pueblo pesquero de santa Rosa brinda la posibilidad de realizar

importantes aportes a su regeneración urbana.

Vista futura del Parque Petrópolis

Imagen 2.2.5

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 60

10. Pozos de Sal: Mina Nueva, Ecuasal, las salineras de propiedad militar y los

criaderos de larvas.

Estas áreas privadas podrán ser sede de actividades complementarias como zonas de

descanso, restaurantes y hotelería alrededor de la observación del mar y de los pozos.

11. Reserva Militar: Apertura de Aeropuerto para Vuelos Comerciales

De gran potencial turístico, pero destinada en la actualidad a usos castrenses de tres

ramas: ejército, marina y fuerza aérea.

La apertura de este Aeropuerto sería de gran conveniencia a todos los que necesitemos

movilizarnos al balneario desde lugares distantes.

12. La Puntilla

Lugar ideal para desarrollar miradores sobre el Pacífico, museo de geología y corrientes

marinas, restaurantes.

13. Country Club

Su meta de funcionamiento es el multiplicarse a más meses del año y servir de impulso al

deporte y al desarrollo de otras áreas semejantes.

14. Parque Acuático y Jardín Botánico

Proyectos a desarrollarse en la Antigua Pista Aérea de la Dirección de Aviación Civil, el

primero en un área de 2.5 Has, que tendrá Lagos artificiales, Piscina con olas y

Toboganes, constituyéndose en un gran centro recreativo familiar

El segundo, en un área de 12.5 Has, con el apoyo del “Tropical Garden” de Miami,

quienes donarían semillas y el asesoramiento técnico del proyecto, conteniendo a su vez

un mini zoológico con la fauna nativa de la zona

15. Regeneración Urbana de Salinas

La regeneración urbana se basará en el Alcantarillado Sanitario, asfaltado integral de

calles mas aceras y bordillos, pudiéndolo complementar con una propuesta de

arborización global de aceras y parterres centrales.

16. Malecones contemplativos de Mar Bravo

Implantación de Malecones contemplativos a lo largo de la vía a Punta Carnero y

Anconcito, a más de la construcción de defensas para la creación de recesos de agua

mansa.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 61

17. Centro de Arte y Cultura

Proyecto cuyo centro se ubicará en los terrenos de Emapsa. Aquí darán cita Festivales

Nacionales e Internacionales de Arte y Cultura, como los ya conocidos en Viña del Mar y

Acapulco.

18. Agencia de Desarrollo Local

Surge un nuevo enfoque estratégico de desarrollo local sustentado en el uso de las

potencialidades endógenas del territorio con un nuevo tipo de gestión de los gobiernos

locales.

Otros proyectos para el Cantón Salinas (Ver Imagen 2.2.6)

Grandes Líneas Estratégicas de Desarrollo17 para Cantón Salinas

Imagen 2.2.6

Ordenamiento Territorial18 propuesto para Salinas.- Imagen 2.2.7

17 PEP.- Plan Estratégico Participativo, Salinas. www.municipiodesalinas.gov.ec. www.salinasecuador.com. 18 PEP.- Plan Estratégico Participativo, Salinas. www.municipiodesalinas.gov.ec. www.salinasecuador.com

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 62

Salinas cuenta con un porcentaje del 56% establecido a su territorio eminentemente

residencial. Las razones para impedir su expansión en esta área se deben en su mayoría a

las condiciones físicas que enfrenta, ya sea por terrenos privados por parte de las Fuerzas

Armadas o empresas tales como Petroecuador.

Muy a pesar de contar con un espacio relativamente limitado, este cantón cuenta con

zonas aptas para su desarrollo urbano. Cabe señalar además que su arquitectura no

cuenta con grandes infraestructuras, sin dejar a un lado que existen algunos edificios

destinados a la vivienda o a los negocios.

En general se puede marcar que Salinas, como terreno para habitar, está sobre tierra

firme y segura. Caso aparte es el observado en Anconcito, que cuenta con suelos

erosionados y acantilados que presentan cierta amenaza y/o riesgo a los que se alojan en

dichas zonas.

Como dicho anteriormente, un aspecto negativo es la falta de equipamiento importante

para suplir las necesidades de los turistas más aún en temporada alta en la que su

densidad bruta de habitantes de 29 hab. /ha, se duplica a más de 60 hab. /ha.

Gestión Ambiental19

Ideales para el mejoramiento en Salinas:

Equilibrio ecológico y uso de fuentes renovables de energía.

Restaurar un desarrollo armonioso con la naturaleza.

Efectuar una auditoria energética con una evaluación de usos y costumbres. Por

ejemplo, el uso de fuentes renovables de energía es posible en tanto tiene una

buena exposición solar durante el año.

2.3 Política local que tiene incidencia en el desarrollo de la actividad

turística y la gestión ambiental de los problemas derivados del turismo.

19 PEP.- Plan Estratégico Participativo, Salinas. www.municipiodesalinas.gov.ec. www.salinasecuador.com

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 63

Existen algunos inconvenientes dentro de la política local de la actividad turística realizada

en Salinas. Ninguna ruta de transporte, ya sea inter o intra cantonal, brinda un adecuado

servicio a la población peninsular, su razón de peso es la saturación de cooperativas en

pocas vías y la ausencia de terminales y paradas intercantonales. En feriados dicha

condición tiende a empeorar puesto que existe además una falta tremenda en los

sistemas de parqueos, afectando el tránsito y transporte cantonal.

Como alternativa se podrían considerar otras vías de ingreso a Salinas, ya sea por aire

mediante la habilitación del aeropuerto de La FAE para el uso de civiles; como también el

acceso marino a través de embarcaciones turísticas pequeñas adecuadas a las exigencias

requeridas.

Para facilitar el Uso de los buses como medio de transporte se ofrece la siguiente tabla:20

(Ver Tabla 2.3.1)

Horarios de Buses

Tabla 2.3.1 Empresa Destino 1er bus Ultimo Frecuencia Precio Teléfono

Costa Azul Guayaquil 3:20 20:40 15 min $3.40 278.1416

CLP Guayaquil 3:30 20:30 15 min $3.40

Trans Occidentales

Quito 20:00 - - $9.00 278.1845

Trans Esmeraldas

Quito 19:30 21:30 60 min $9.00 278.6670

Todo el transporte público se organiza en La Libertad, por ende, toda la planificación se

realiza desde esta ciudad, respondiendo a la óptica de su ciudad, siendo la frecuencia

diaria superior a 100 vehículos.

Recorrido de Transporte Público21

Imagen 2.3.1

20 Información obtenida de la página Web: www.salinasecuador.com 21 Gráfico obtenido de: www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 64

Taxi ruta

En la Península existen varias líneas de buses que circulan por las vías principales uniendo

Santa Elena con La Libertad y Salinas. El pasaje de un tramo cuesta $0.30 y todo el

recorrido $0.50.

Desde La Libertad hasta Salinas circulan los Taxi rutas. Son taxis que tienen un recorrido

fijo y suben hasta cinco pasajeros en viaje comunitario. El pasaje cuesta $0.30 fijo y es

significativamente más rápido que el bus. Salen del centro de La Libertad y llegan hasta

Chipipe.

2.4 Identificación del personal técnico clave requerido para las áreas de

turismo y gestión ambiental en los municipios.

Para el Cantón Salinas se recomienda un especialista en Planificación Turística que

tenga a su cargo las áreas de:

Oferta y demanda turística

Animación y Recreación de Playa

Establecimiento de la Afluencia de Turistas/Estadísticas

Promoción y difusión del balneario

Propuesta de Planes de desarrollo turístico

Manejo de las Estadísticas Económicas de Ingresos Turísticos

Propuesta de creación de nuevos atractivos turísticos

Propuesta de plan de equipamiento de infraestructura en la zona de playa

Actualización periódica de inventarios de planta turística y atractivos

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 65

Para el Medio Ambiente se deben evaluar las condiciones de:

Manejo integral de Desechos Sólidos

Auditorias de cumplimiento de normas ambientales para el Tratamiento de Agua

Potable y Aguas Residuales

Propuestas de desarrollo de Áreas Protegidas

Monitoreo de la Calidad de Agua de Mar en la zona de playa

Monitoreo de la Calidad de Aire (ruido, emisiones)

Ambas áreas (Turismo y Medio Ambiente) deben vigilar que los futuros proyectos estén

acorde a sus Planes Estratégicos y políticas/normas/regulaciones ambientales y turísticas

vigentes.

2.5 Ordenanzas y otras regulaciones municipales para el control de la

actividad turística y su gestión ambiental.

Las ordenanzas municipales dictadas para el Cantón Salinas, en general tienen cobertura

para la protección del medio ambiente y se resumen en: (Tabla 2.5.1)

Ordenanzas Municipales sobre Gestión Ambiental y Actividad Turística para el

Cantón Salinas

Tabla 2.5.1

No.

Tipo de Ordenanza Fecha de Expedición

1 Saneamiento Ambiental No tiene fecha

2 Requisitos ambientales para la ejecución de las obras civiles, establecimientos industriales y comunidad en el Cantón Salinas

No tiene fecha

3 Prevención y control de la contaminación por aguas residuales, desechos industriales y otras fuentes fijas en el recurso agua del Cantón Salinas

22 de Junio

4 Normas particulares relativas a la protección de la atmósfera frente a la contaminación por ruidos, olores, humo, gases, emanación de tóxicos.

No tiene fecha

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 66

5 Disposición de desechos sólidos 11 Junio 1996

6 Para el cobro de la tasa por servicios de limpieza de pozos sépticos y fumigación de domicilios dentro del cantón

25 de mayo del 2001

7 Reglamenta el funcionamiento del concurso “Barrio Limpio”

28 Noviembre 2003

8 Delimita el área de reserva para el funcionamiento del relleno sanitario en el Cantón Salinas que incluye bosque protector

11 y 14 Junio 1996. Ratificada 28 Junio 1996

9 Manejo de Residuos Generados por Grandes Productores

16 Julio 1997

10

Reglamento Interno para el manejo del relleno sanitario de residuos sólidos del cantón Salinas

22 Junio 2001

11

Determinación y Recaudación de la tasa de recolección y disposición de basura

28 Julio 1993

Fuente: Registros Oficiales. Municipio de Salinas. Elaboración propia.

Entre los documentos analizados, no se encontró ninguna Ordenanza Municipal

relacionada con el Manejo Costero Integrado (MCI), especialmente en el Uso de Playas y

Bahía que es conveniente implementar para un mejor desarrollo del Cantón Salinas.

Se recomienda la elaboración de:

Un plano que indique los diferentes Usos de Playa de acuerdo a todas las

actividades que se desarrollen en la misma.

Mapa turístico en el cual se señalen los diferentes atractivos que ofrece el

balneario (bares, barras, discotecas, hoteles, hostales, hospederías, restaurantes,

centros comerciales, locutorios, cybers, patrimonios culturales, museos, etc.)

Elaboración de una Ordenanza Municipal que regule el Manejo Costero Integrado

(MCI), especialmente el Uso de Playas y Bahías en el cantón Salinas.

A continuación se presenta el texto de algunas de las Ordenanzas Municipales

relacionadas con la gestión ambiental y el turismo.

Ordenanza que Norma La Organización, Funcionamiento Y Control De

Mercados Municipales en el Cantón Salinas.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 67

Art. 1.- La organización, funcionamiento y control de los mercados municipales del

cantón Salinas, existentes en la actualidad y los que se construyeren en el futuro, se

regirán por las disposiciones de la presente ordenanza.

Art. 2.- Los mercados municipales se clasificarán en: mercados de venta de productos de

primera necesidad, ventas artesanales, venta de mariscos.

Art. 3.- En cada mercado habrá un Inspector de Servicios Municipales quien será el

responsable ante las autoridades municipales sobre el funcionamiento y control del

mercado y del área exterior del mismo.

Art. 4.- Para la organización, funcionamiento y control de cada mercado, el Municipio

dictará un reglamento especial.

TITULO I

De La Adjudicación De Puestos

Art. 5.- Las personas que aspiren ocupar un puesto en los edificios o áreas de los

mercados municipales, se inscribirán en la Oficina de la Dirección Municipal de Higiene y

obtendrán un certificado de esta inscripción.

Art. 6.- Los puestos de los mercados serán adjudicados por el Director de Higiene

Municipal, previa solicitud de los interesados y del cumplimiento de los requisitos previstos

en el respectivo reglamento.

Cuando dos o más personas solicitaren la adjudicación de un mismo puesto vacante, se

tomará como base la responsabilidad y seriedad del solicitante, prefiriéndose a los

ciudadanos que por más tiempo hubieren sido vendedores en la población donde se

encuentre el mercado.

Art. 7.- El canon de arrendamiento de los puestos y locales de los mercados municipales,

serán fijados por el Jefe de la Dirección Financiera, de acuerdo a la cantidad de metros

cuadrados de construcción, que para el efecto determine la Jefatura de Planeamiento

Urbano.

Art. 8.- Una misma persona no podrá ocupar más de un puesto en los mercados del

cantón.

Art. 9.- El plazo de arrendamiento de estos locales a personas particulares será de mi

año, pudiendo renovarse el contrato por períodos iguales, mientras los usuarios paguen

puntualmente las pensiones locativas, y acaten las leyes, ordenanzas, reglamentos y

demás disposiciones de las autoridades municipales.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 68

Art. 10.- Los contratos de arrendamiento de un puesto o local en los mercados

municipales serán intransferibles.

Art. 11.- Cuando el arrendatario tenga que ausentarse o tenga que cerrar el puesto por

una semana, el Comisario Municipal del cantón o de la parroquia le concederá la licencia.

Si la ausencia fuere hasta por un mes, la licencia le concederá el Director de Higiene

Municipal. Para un lapso mayor, el permiso le dará el Alcalde del cantón.

TITULO II

Terminación Del Contrato

Art. 12.- Mientras una solicitud de concesión o renovación de matrícula se tramite, el

Comisario concederá al solicitante un certificado provisional para ocupar el puesto. Tal

certificado se lo exhibirá en un lugar visible y se lo conservará aún después de suscribir el

contrato respectivo.

Los trámites de concesión y renovación de matrículas concluirá el 20 de diciembre de

cada año.

Art. 13.- A los arrendatarios de los puestos de morcado municipales que no hubieren

renovado su matrícula o contrato de arrendamiento en el plazo expresado en el artículo

anterior, se le suspenderá por ocho días el uso del puesto, y en caso que no renovare en

el lapso de suspensión, el puesto se declarará vacante y terminará el contrato respectivo.

Art. 14.- Si un usuario o comerciante cambiare de giro de mercadería de ventas sin

conocimiento y autorización del respectivo funcionario municipal, se cancelará su contrato

y matrícula.

Art. 15.- Si el usuario de mi puesto lo traspasare a otra persona, terminará su contrato

de arrendamiento y caducará su matrícula.

Art. 16.- Si cumplido el tiempo de la licencia, en todos los casos contemplados en este

articulo, el usuario no concurriere a laborar en su puesto en los siete días subsiguientes a

la terminación de la licencia, el contrato de arrendamiento de tal local caducará y el local

podrá arrendarse a otra persona.

Art. 17.- Cuando un puesto permaneciere cerrado o abandonado por un lapso mayor de

diez días, sin que el arrendatario haya solicitado licencia, tal puesto se considerará

disponible. En este caso, el Comisario Municipal, con intervención de dos de los

arrendatarios contiguos al local abandonado, lo abrirán y harán el alistamiento de las

mercaderías y enseres que hubiera en él.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 69

El Comisario Municipal guardará bajo su responsabilidad los objetos de este alistamiento.

Art. 18.- En el plazo de treinta días contados desde la fecha del alistamiento, el ex

arrendatario o quienes justifiquen tener derecho para ello, podrán reclamar la, mercadería

que será entregada con orden del Comisario Municipal, previo el pago de los cánones de

arrendamiento, incluido el mimes que ha permanecido guardada la mercadería.

Art. 19.- De no ser reclamada la mercadería y demás enseres en el plazo indicado en el

artículo anterior, con la intervención del Comisario Municipal, y de un arrendatario del

sector, se rematará las especies en pública subasta. El producto de este remate se

depositará en la Tesorería Municipal y el ex arrendatario o quien justifique tener derecho,

podrá reclamar dicho valor, deducidas las pensiones de arrendamiento y el 25% en

concepto de indemnización a la Municipalidad.

TITULO III

Del Pago De Pensiones De Arrendamiento

Art. 20.- El pago de los cánones de arrendamiento se hará en la Oficina de Recaudación

Municipal, por mensualidades anticipadas.

Art. 21.- El cobro de los cánones de arrendamiento atrasados se hará por la vía coactiva,

sin perjuicio de la suspensión del uso del puesto, el mismo que se iniciará si el usuario ha

dejado de pagar dos pensiones.

TITULO IV

De Las Obligaciones De Los Usuarios

Art. 22.- Son obligaciones de los usuarios:

a) Pagar cumplidamente las pensiones de arrendamiento, de acuerdo a lo convenido en el

contrato respectivo;

b) Usar el puesto o local arrendado únicamente para la venita de las mercaderías o

artículos para los cuales se lo haya destinado;

c) Velar por la conservación de su local para que se vea en perfecto estado de servicio;

d) Informar a la Comisaría Municipal cualquier irregularidad que se presentare en el

servicio del local que arrienda en forma oportuna, a fin de que se adopten las medidas del

caso;

e) Permitir a las personas legalmente autorizadas, el examen de las mercaderías o la

inspección sanitaria del puesto en cualquier momento;

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 70

f) Usar pesas y medidas debidamente aferidas;

g) Mantener claramente visibles para el público los precios de los productos, en tableros

que se colocarán en la entrada del puesto;

h) Tener permanentemente en su puesto ni depósito con tapa para recolectar la basura;

i) Observar con el público la debida cortesía y atención;

j) Asistir a los cursos de capacitación y adiestramiento que se dicten para los usuarios de

los mercados:

k) Usar diariamente el uniforme señalado por la Dirección Municipal de Higiene;

l) Cumplir con el horario de funcionamiento establecido por la Dirección Municipal de

Higiene; y,

m) Acatar las disposiciones que dicten las autoridades municipales.

TITULO V

De Las Prohibiciones

Art. 23.- Se prohíbe a los usuarios de puestos en los mercados municipales:

a) Cambiar el tipo de giro de mercaderías sin la autorización respectiva;

b) Mantener o vender en su puesto mercaderías extrañas a las de su tipo o giro,

especialmente bebidas alcohólicas, drogas o productos estupefacientes, artículos de

contrabando y otras especies ilícitas;

c) Conservar temporal o permanentemente explosivos o materiales inflamables;

d) Mantener en el puesto o portar cualquier tipo de armas;

e) Usar pesas y medidas no aprobadas oficialmente;

f) Ejecutar o patrocinar actos reñidos con la moral y las buenas costumbres, expender

bebidas alcohólicas;

g) Ocupar espacio mayor del área arrendada y permitir la presencia de vendedores no

autorizados;

h) Instalar en el puesto cocinas, cocinetas, braceras, reverberos, a excepción de aquellos

en los que la especie de giro exigiera esa instalación, pero en ningún caso usará

artefactos que funcionen a gasolina;

i) Mantener en el puesto a los niños lactantes o de corta edad;

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 71

j) Pernoctar en el mercado, ya sea en el puesto o en cualquier otro lugar de sus

instalaciones;

k) Mantener en el puesto o criar animales domésticos o de cualquier otra clase;

l) Obstruir con sus productos las entradas, salidas, vías internas, corredores y pasillo de

circulación del mercado;

m) Atraer compradores con aparatos amplificadores de sonido, aparatos que sólo podrán

ser utilizados por el personal de la Municipalidad para suministrar información que

interese a los empleados, usuarios y público;

n) Encender velas o luminarias en el puesto o local;

o) Realizar juegos de azar,

p) Destacar comisiones, agentes vendedores o familiares, en las entradas y otras áreas

interiores y exteriores del mercado, que no sean las de su propio puesto;

q) Realizar o introducir mejoras en los puestos o locales, sin previa autorización de la

Dirección Municipal de Higiene; y,

r) Las demás acciones que señalen las autoridades municipales

TITULO VI

De Las Sanciones

Art. 24.- Las violaciones a las disposiciones del presente capítulo serán sancionadas por

el Comisario Municipal, así:

a) Multa del 20% del salario básico unificado, dependiendo de la gravedad de la falta y

las características y volumen del negocio;

b) Suspensión del puesto o local de ventas hasta treinta días, según la gravedad de la

falta;

c) Decomiso de las mercaderías cuando éstas no reúnan las condiciones higiénicas

necesarias o se encontraren ocupando lugares no autorizados. Si las mercaderías

decomisadas se encuentran aptas para el consumo humano serán entregadas,

inmediatamente, a las guarderías infantiles del Patronato Municipal y/o a otros centros de

asistencia social del cantón, previa la suscripción de una acta de entrega-recepción o del

recibo correspondiente; y,

d) Cancelación del contrato de arrendamiento y de la matrícula.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 72

Para la sanción se oficiará al Comisario Municipal, quien actuará y aplicará la sentencia de

conformidad con lo previsto en el Art. 450 y siguientes del Código de Procedimiento

Penal, debiendo realizarse las recaudaciones de las multas por intermedio de la Oficina de

Recaudaciones Municipales.

Art. 25.- Las sanciones previstas en el artículo anterior serán, sin perjuicio de las

establecidas en el Código de Salud y su reglamento, el Código Penal y otras disposiciones

legales.

Según el caso, para su aplicación, se pondrá al infractor a órdenes de la autoridad

competente.

TITULO VII

De Las Ferias Libres De Productos

Art. 26.- El Municipio podrá organizar fuera de las áreas de aglomeración las ferias libres

de productos de primera necesidad y se realizarán en los días, horas y lugares

determinados por la Dirección Municipal de Higiene.

Los adjudicatarios que tienen sus puestos permanentes dentro de los mercados no

podrán salir a vender los productos en los lugares destinados para las ferias libres.

Las autoridades municipales fomentarán y darán las facilidades del caso para la

realización de las ferias libres con mayor frecuencia, toda vez que son favorables para la

economía popular.

Para el efecto se dictará el reglamento pertinente.

TITULO VIII

Disposiciones Transitorias

Art. 27.- En cada increado municipal habrá una balanza o romana a cargo del respectivo

empleado, la que servirá para el control del peso.

Art. 28.- El asignatario de un puesto municipal de ventas, así como sus empleados

encargados del manipuleo de los víveres, deben reunir las condiciones de higiene exigidas

por el Código de Salud y la Dirección Municipal de Higiene para el efecto.

Art. 29.- Los adjudicatarios de locales en los mercados municipales estarán obligados a

conservarlos en las mejores condiciones y en caso de daños o deterioros, deberán hacer

las reparaciones respectivas, a sus costas.

Para responder por estos daños harán un depósito bancario de garantía por el valor que

la Dirección Municipal de Higiene lo determine.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 73

Art. 30.- Se prohíbe el traspaso de dominio de un negocio instalado en un puesto o local

municipal. Caso contrario se aplicará lo dispuesto en el Art. 15.

TITULO IX

De Las Ventas Ambulantes

Art. 31.- Se prohíbe en forma terminante las ventas ambulantes en parques, malecón,

avenidas, puentes, portales y aceras y calles circundantes a excepción de las autorizadas

por la Dirección Municipal de Higiene.

Art. 32.- Quienes incumplieren con lo dispuesto en el presente capitulo serán

sancionados con una multa del 10% del salario básico unificado o el decomiso de la

mercancía. En caso de reincidencia, se aplicará el máximo de la sanción contemplada en

el inciso anterior.

Art. 33.- Quienes expendieren mercancías desde vehículos automotores, por el sistema

al por mayor y/o por menor, en sitios y horarios que no sean los determinados por la

Dirección Municipal de Higiene, serán sancionados con el decomiso de los productos o

mercancías, o con una multa que fluctuará entre el 10% y 20% del salario básico

unificado, de acuerdo a la gravedad de la infracción y a la condición de reincidencia.

Art. 34.- Los productos decomisados según lo establecido en el presente capitulo, serán

entregados a las guarderías infantiles del Patronato Municipal y/o a los demás centros de

asistencia social del cantón Salinas, previa la suscripción de una acta de entrega-

recepción.

Art. 35.- Todas las transgresiones a este capitulo, serán juzgadas y sancionadas por el

Comisario Municipal, siguiendo el trámite establecido por el Código de Procedimiento

Penal para las contravenciones.

Art. 36.- De la ejecución de las disposiciones del presente capítulo se encargará la

Dirección de Higiene Municipal, la Comisaría del ramo, la Policía Municipal y la Policía

Nacional, al tenor de lo que establece el Art. 72. Numeral 42 de la Ley de Régimen

Municipal.

TITULO X

De Las Pesas Y Medidas

Art. 37.- En todas las transacciones comerciales del cantón, se utilizará el Sistema

Internacional de Unidades, en cumplimiento de la Ley de Pesas y Medidas y de

conformidad al plan nacional para la implantación del SI. (Sistema Internacional).

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 74

Art. 38.- Sólo las pesas, medidas, aparatos y equipos que tengan certificados de

contrastación conferido por el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN), serán

utilizados para controlar las pesas y medidas en la jurisdicción de este cantón.

Art. 39.- El Comisario Municipal tendrá a su cargo el control del cumplimiento de la Ley

de Pesas y Medidas, y la aplicación de las disposiciones contenidas en este capítulo.

Art. 40.- Toda persona natural o jurídica, antes de iniciar actividades comerciales que

requieran el uso de pesas, medidas, aparatos y equipos para pesar, medir previamente

obtendrá, de parte de la Comisaría Municipal de Higiene, la aferición, sello y registro de

los mismos, so pena de incurrir en las sanciones previstas en la ley.

Art. 41.- La aferición o contrastación a que se refiere el artículo anterior, se controlará

por lo menos cada tres meses.

Art. 42.- Las pesas, medidas, aparatos y equipos que no tengan los certificados, sellos

de aferición o contrastación municipal, serán decomisados.

Art. 43.- En caso de violación a las disposiciones de este capítulo los infractores serán

sancionados con las siguientes penas, dependiendo de la gravedad de la infracción:

a) Comiso de los objetos, artículos o mercaderías que hubieren servido para cometer la

infracción;

b) Multas que oscilarán entre el 25% y 50% del salario básico unificado;

c) Suspensión temporal del establecimiento comercial; y,

d) Clausura definitiva, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales a que hubiere lugar.

Art. 44.- El Comisario Municipal tendrá a su cargo la custodia y conservación de los

equipos de pesar y medir, así como las pesas y medidas de la Municipalidad, que sirvan

para la aferición de pesas y medidas dentro del cantón.

Art. 45.- Las infracciones a dicho artículo, realizadas con el conocimiento o complicidad

del empleado o empleados responsables del control, se sancionarán conforme a la Ley de

Pesas y Medidas, sin perjuicio de la destitución del cargo al empleado o empleados y más

acciones a que hubiere lugar.

Art. 46.- Quedan sin efecto las demás ordenanzas promulgadas anteriormente.

Dado y firmado en la sala de sesiones del Palacio Municipal de Salinas, a los diez días del

mes de noviembre del dos mil uno.

f) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde del cantón Salinas.

f) Pablo A. Balón González. Secretario Municipal (E).

Certificación

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 75

La Ordenanza que Norma la Organización, Funcionamiento y Control de Mercados

Municipales en el Cantón Salinas, que antecede, fue discutida y aprobada en las sesiones:

ordinaria del veintidós de septiembre y extraordinaria del cinco de octubre del dos mil

uno, aprobándose inclusive la redacción en esta última y en la sesión extraordinaria del

diez de noviembre del dos mil uno, se conoce el oficio N0 1695-SJM-2001 del 18 de

octubre/01, suscrito por él señor Subsecretario Jurídico Ministerial, Enc. del Ministerio de

Economía y Finanzas.

f.) Pablo A. Balón González. Secretario Municipal (E).

Salinas, a los trece días del mes de noviembre del dos mil uno, a las nueve horas,

conforme lo dispone el Art. 128 de la Ley de Régimen Municipal, pásese la presente

ordenanza al señor Alcalde, para su sanción.

Ordenanza que regula el pago de la tasa de habilitación y control de los

establecimientos comerciales e industriales en el cantón Salinas.

Art. 1. - La tasa de habilitación y control es anual y deberá ser cancelada hasta el 31 de

agosto de cada año.

Las inspecciones municipales se efectuarán entre los meses de enero y abril de cada año.

Los locales que no hubiesen recibido boletas de inspección hasta el 30 de abril, y los que

se abriesen posteriormente, deberán por propia cuenta notificar tal hecho a la

Municipalidad y liquidarán la tasa de acuerdo a lo dispuesto en la presente ordenanza.

Los locales que inicien sus actividades comerciales pagarán proporcionalmente a las

fracciones del año calendario, entendiéndose para efecto del cálculo de la tasa, que el

mes comenzado se considera mes terminado.

Solo a partir del 1 de septiembre de cada año, la no cancelación de la tasa

correspondiente al año en referencia, el local será sancionado con la clausura.

Art. 2. - La Municipalidad efectuará las inspecciones correspondientes de todos los

locales o establecimientos comerciales, industriales o artesanales durante los primeros

cuatro meses de cada año, y dejará una boleta de notificación de haberlo hecho. En dicha

boleta constarán las situaciones que deben ser enmendadas en razón de las ordenanzas

municipales. Las observaciones realizadas deberán ser remediadas dentro del plazo

determinado en la inspección que no podrá ser menor de quince días, ni mayor de

noventa. Vencido el plazo, la boleta de inspección pasará a la Comisaría Municipal y

Vigilancia para que establezca las sanciones correspondientes.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 76

Art. 3. - La tasa de habilitación se pagará por cada establecimiento comercial o industrial

que una misma persona natural o jurídica fuese propietaria y se la fija de acuerdo a la

siguiente tabla:

a) Locales o establecimientos clasificados como grandes: 20 dólares;

b) Locales o establecimientos clasificados como pequeños: 10 dólares; y,

c) Locales o establecimientos clasificados como pequeño medio: 5 dólares.

Para el efecto de determinar el tamaño de los locales se aplica lo dispuesto en el artículo

8 de la Ordenanza que regula los requisitos municipales para ejercer actos de comercio

dentro del cantón Salinas y para el funcionamiento de locales comerciales, industriales,

financieras, que regula la cuantía del pago del impuesto mensual de patente.

Art. 4. - Están exentos de la tasa, los locales donde funcionen las actividades de las

personas naturales o jurídicas, del impuesto de patente de comerciantes.

Art. 5. - Las personas naturales o jurídicas que mediante actos deliberados u ocultación

la manera imponible produzca la evasión tributaria o ayuden a dicha finalidad, incurrirán

en multa de hasta el triple del tributo evadido o intentado evadir.

Art. 6. - La no declaración del impuesto de patente de comerciantes, o de la tasa de

habilitación y control dentro de un término de seis meses desde la fecha es exigible, esta

obligación se entenderá como acto de evasión tributaria.

Art. 7. - La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación en el

Registro Oficial.

Dado y firmado en la sala de sesiones del Palacio Municipal de Salinas, a los veintisiete

días del mes de octubre del dos mil.

f.) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde de Salinas.

f) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal (E).

El Ilustre Concejo Cantonal de Salinas

Considerando:

Que las entidades del Estado conformadas por la Comisión de Estudios para el Desarrollo

de la Cuenca del Río Guayas, CEDEGE, y las municipalidades de los cantones de Santa

Elena, La Libertad y Salinas, mediante escritura pública celebrada el 14 de diciembre de

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 77

1999, constituyeron la Compañía Agua de la Península, AGUAPEN S. A., la misma que

tiene por objeto dedicarse, entre otras actividades, a la prestación de los servicios

públicos de agua potable, alcantarillado sanitario y alcantarillado pluvial en la Zona II de

la Península de Santa Elena. En los sectores en que CEDEGE ha construido obras de

infraestructura para tal efecto;

Que es deber del Directorio de la compañía, reglamentar de manera clara y expedita, la

provisión, uso y prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y

drenaje pluvial en las jurisdicciones cantonales de Salinas; y,

En uso de las atribuciones del Directorio, previstas en los estatutos de la compañía,

Expide:

El siguiente Reglamento para la provisión, uso y prestación de los servicios de agua

potable, alcantarillado sanitario, drenaje pluvial, en el cantón Salinas.

TITULO I

De La Provisión, Uso y Prestación de los Servicios de Agua Potable,

Alcantarillado y Drenaje Pluvial

Art. 1.- DE LA PROVISIÓN.- Es de competencia exclusiva de la Compañía Agua de la

Península, AGUAPEN S. A., la provisión, administración y prestación de los servicios de

agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial en la denominada Zona II de la

Península de Santa Elena, de acuerdo con los estatutos de constitución de la compañía,

leyes y reglamentos que rigen la materia.

El ámbito de la competencia será el cantón Salinas, en los sectores en que CEDEGE ha

construido obra de infraestructura.

En casos excepcionales, en que una persona natural o jurídica, por alguna razón

debidamente justificada, deba auto proveerse por otros medios del servicio de agua

potable o del servicio de alcantarillado sanitario, AGUAPEN deberá aprobar dichas

razones, para lo cual autorizará y supervisará su instalación y utilización. Al efecto cobrará

el valor correspondiente que se determine en el reglamento de la estructura tarifaria.

Art. 2.- DEL USO.- El uso de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y

drenaje pluvial es obligatorio, conforme lo establece el Código de Salud. Todo predio, sin

excepción, considerando en el Plan Regulador de Desarrollo Urbano, situado en zonas

donde exista instalada infraestructura de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje

pluvial, deberá hacer uso de los mismos.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 78

Art. 3.- DE LA PRESTACIÓN.- La prestación del servicio de agua potable comprende las

labores de producción, distribución y comercialización.

La prestación del servicio de alcantarillado sanitario comprende las labores de recolección,

conducción, tratamiento y disposición final de las aguas servidas.

La prestación del servicio de drenaje pluvial comprende las labores de recolección,

conducción y disposición final de las aguas lluvias.

Art. 4.- RÉGIMEN PARA LA PRESTACIÓN.- Todos los asuntos inherentes a la provisión,

uso y prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y drenaje pluvial, se

regirán por las disposiciones de este reglamento, el cual se lo considera incorporado a los

contratos de prestación de servicios suscrito entre AGUAPEN y sus clientes o abonados.

Art. 5.- GLOSARIO DE TÉRMINOS.- A los efectos del presente reglamento, las palabras y

expresiones que se citan a continuación tienen los siguientes significados:

Agua potable.- Agua apta para el consumo humano.

Agua servida.- Agua cloacal o residual, no tratada, recolectada de los diferentes tipos de

clientes.

Clientes o abonados.- Las personas naturales o jurídicas que reciben los servicios de

AGUAPEN, por lo cual se obligan a reconocerle una contraprestación económica; entre el

cliente y AGUAPEN existe un vínculo jurídico contractual.

Concesionaria.- Es la sociedad anónima o compañía de responsabilidad limitada

legalmente constituida en Ecuador por el adjudicatario, que celebrará el contrato con

AGUAPEN.

Conexión convencional de agua potable o guía domiciliaria.- Es la acometida de las

instalaciones del cliente con las instalaciones del servicio público de agua potable a cargo

de AGUAPEN. El límite entre las instalaciones del cliente y de AGUAPEN es la línea de

fábrica. La llave de control y el medidor forma parte de las instalaciones a cargo de

AGUAPEN.

Además se considerará conexión aquella que tenga relación con el servicio independiente

que se otorgue a cada local que forma parte de un inmueble sujeto al régimen de

propiedad horizontal, igualmente, aquella que brinde un servicio independiente a un

inmueble que forma parte de un grupo de viviendas que, en su conjunto, formen parte de

una propiedad comunitaria.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 79

Descargo o conexión convencional de alcantarillado sanitario.- Es la acometida de las

instalaciones del cliente con las instalaciones del servicio público de alcantarillado

sanitario a cargo de AGUAPEN. El límite entre las instalaciones del cliente y de AGUAPEN

es la línea de fábrica.

Además se considerará conexión aquella que tenga relación con el servicio independiente

que se otorgue a cada local que forma parte de un inmueble sujeto al régimen de

propiedad horizontal, igualmente, aquella que brinde un servicio independiente a un

inmueble que forma parte de un grupo de viviendas que, en su conjunto, formen parte de

una propiedad comunitaria.

Conexión no convencional de agua potable.- Es una acometida orientada a proveer de

agua potable a un cliente intermedio (pileteros o tanqueros) de los que se abastecen

clientes a partir de métodos precarios (mangueras o recipientes).

Directorio.- El Directorio de AGUAPEN, es el máximo organismo de la institución.

AGUAPEN.- Es la Compañía de Agua de la Península, que presta los servicios públicos de

agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial en la península de Santa Elena, en

el área provista de infraestructura sanitaria construida por CEDEGE, en condiciones de

exclusividad regulada.

Exclusividad regulada.- Derecho de prestación, administración y demás atribuciones

relacionadas con los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje

pluvial en la península de Santa Elena, asignada en forma única y exclusiva a AGUAPEN,

de conformidad con los términos y condiciones previsto en los estatutos de la compañía y

este reglamento.

Instalaciones.- Comprende los sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje

pluvial.

Instalación de agua potable.- Comprende todo el sistema de obras y equipamiento

necesarios para la captación, tratamiento, conducción, almacenamientos, bombeos y

distribución de agua hasta la llave domiciliaria y medidor.

Instalación de alcantarillado sanitario.- Comprende todo el sistema de obras y

equipamiento necesarios para evacuar las aguas residuales desde la acometida

domiciliaria hasta la recepción final en el cuerpo receptor de agua.

Instalación para drenaje pluvial.- Comprende el sistema de sumideros, tuberías, pasos

viales, cunetas, cajones, colectores, canales y bombeo para evacuar las aguas lluvias

hacia los cuerpos receptores.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 80

Línea de fábrica.- Es la línea límite frontal de un predio hasta donde pudiera avanzar la

construcción sobre éste, de conformidad con la ordenanza municipal respectiva.

Servicio.- Los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial

al ser prestado en el ámbito de competencia de AGUAPEN, de acuerdo a las disposiciones

de la ley y otras normas jurídicas positivas existentes y el presente reglamento.

TITULO II

Del Servicio De Agua Potable

CAPITULO I

De la Producción y Distribución

Art. 6.- DE LA PRODUCCIÓN." Comprende la captación del agua cruda ya sea en los ríos,

canales, embalses, subsuelo u otros medios y su tratamiento para convertirla en agua

potable.

Art. 7.- DE LA DISTRIBUCIÓN.- Son los diversos mecanismos por los cuales AGUAPEN,

directamente o a través de terceros, transporta y distribuye el agua potable para el

consumo de sus clientes en la península de Santa Elena.

Los mecanismos de distribución del agua potable se los realizan por redes y la entrega

por conexiones domiciliarias, bocatomas y piletas comunitarias.

7.1 Distribución por conexiones domiciliarias.- Consiste en la provisión directa de agua

potable a un predio mediante una conexión domiciliaria. El uso de este sistema de

distribución será obligatorio en los sectores donde exista instalada infraestructura y redes

domiciliarias.

7.2 Distribución por bocatomas.- Consiste en la provisión de agua potable a una estación

de bocatoma donde se abastecen camiones cisternas, quienes distribuyen agua potable

en los sectores donde no exista infraestructura ni redes de distribución.

7.3 Distribución por piletas comunitarias.- Consiste en la provisión de agua potable a una

pileta comunitaria, de donde se abastecen las personas que residen en sectores que

teniendo infraestructura de distribución principal, no tienen conexiones domiciliarias.

Art. 8.- DE LA COMERCIALIZACIÓN.- Comprende las actividades de registro del cliente,

instalación de la conexión, establecimiento del consumo, facturación, recaudación y

atención de reclamos.

CAPITULO II

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 81

De las Categorías

Art. 9.- CATEGORÍAS.- El servicio de agua potable se clasifica de acuerdo la naturaleza de

su uso o destino, en las siguientes categorías:

a) Categoría residencial o de servicio doméstico;

b) Categoría comercial;

c) Categoría industrial; y,

d) Servicio oficial y de asistencia social.

Art. 10.- CATEGORÍA RESIDENCIAL O DE SERVICIO DOMESTICO.- Se entiende al

suministro de agua potable a inmuebles utilizados para vivienda.

Art. 11.- CATEGORÍA COMERCIAL.- Se entiende al suministro de agua potable a los

inmuebles en los que funcionan locales destinados a actividades comerciales tales como:

Edificios de oficinas comerciales o profesionales, bares fuentes de soda, cafeterías, salas

de espectáculos, clubes locales deportivos, almacenes, bazares, peluquerías, salones de

belleza, centro de atención de salud privados con fines de lucro, establecimientos

educacionales particulares, estaciones de servicio (sin lavado de carros), terminales

aéreos, marítimos, terrestres y fluviales, mercados y supermercados, comisariatos,

despensas, talleres artesanales encargados de la confección de: ropa, muebles,

mecánicos o automotrices, imprentas, encuadernación, confección de artículos de cabuya,

paja toquilla, 'mimbre, talleres fotográficos, panaderías, frigoríficos, tintorerías,

talabarterías, hojalaterías, estaciones de radio y canales de televisión; y demás inmuebles

o locales que por su destino guarden relación con el presente enunciado, o con servicios

análogos.

Art. 12.- CATEGORÍA INDUSTRIAL.- Se entiende al suministro del servicio de agua

potable a los inmuebles, locales e instalaciones donde se desarrollan actividades

productivas orientadas a la obtención o transformación de la materia prima, tratamiento

de insumos destinados a la semi- elaboración o elaboración de un artículo final, así como

las actividades que por su naturaleza generen elévanos consumos de agua potable, tales

como:

Empresas: de cerveza, bebidas gaseosas, agua mineral, agua destilada o purificada,

fábricas de hielo, helados, refrescos, fábricas de cemento, plantas de hormigón pre-

mezclado, empacadoras de camarón, refinerías de aceite comestible, fábricas de jabones,

detergentes, fábricas de clavos, tomillos, alambre galvanizado, industrias cartoneras,

destilerías de alcohol, fábricas de textiles, manufacturas de cuero, industrias procesadoras

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 82

de madera, manufacturas de papel y cartón, manufacturas de productos químicos

industriales, fábricas manufacturas de productos, laboratorios, lavadoras de carros.

Empresas: eléctricas y de teléfonos, elaboradoras de materiales para la construcción en

general, petroleras, petroquímicas, de gas, de caucho, plásticos, de crianza y

procesadoras de animales de consumo humano; procesadoras de alimentos balanceados

y sus derivados, molinos e industria de granos, ingenios de azúcar, etc.; industrias metal

mecánicas, guías provisionales para urbanizaciones y en general actividades que tengan

relación con lo enunciado o con actividades análogas.

Art. 13.- SERVICIO OFICIAL Y DE ASISTENCIA SOCIAL.- Se entiende al suministro de

agua potable a edificios e instalaciones de las instituciones consideradas en el Art. 118 de

la Constitución de la República en concordancia con el Art. 383 de la Ley Orgánica de

Administración Financiera y Control las que pagarán el 50% de la tarifa de la categoría a

la corresponda.

Por tratarse de una tasa de contraprestación de servicio que tiene forzosamente un costo

de producción, operación, mantenimiento, servicio de la deuda interna y externa e

inversión permanente, en ningún caso cabe la exoneración total; salvo que una legislación

especial establezca lo contrario, conforme lo establece el Art. 31 del Código Tributario.

Art. 14.- DEFINICIÓN DE CATEGORÍAS USO MÚLTIPLE.- Aquellos predios o inmuebles

que tengan la calidad de residencial-comercial, residencial-industrial o comercial-

industrial, serán clasificados por AGUAPEN, en una sola categoría, atendiendo a que el

uso o consumo comercial o industrial de los servicios de agua potable y alcantarillado que

presta la compañía, exceda del 50%, "AGUAPEN clasificará al predio en la categoría

superior". El usuario podrá solicitar la instalación de una guía adicional, de acuerdo con

las categorías del predio o inmueble.

Art. 15.- CAMBIO DE CATEGORIA.- Si el usuario cambia la naturaleza del servicio deberá

comunicarlo a la empresa por escrito y con anticipación al cambio, con el fin de hacer las

modificaciones en la categoría correspondiente.

Si se comprobare que el usuario ha modificado el uso del inmueble, sin haberlo

comunicado a la empresa, se le cobrará el valor de la diferencia de la tarifa entre las

categorías que correspondan por período de un año, e inmediatamente se le clasificará en

el grupo de servicio que le corresponda, salvo que justifique que el tiempo de

modificación sea menor a un año.

CAPITULO III

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 83

De La Comercialización

Sección I

Del Registro del Cliente e Instalación de la Conexión Domiciliaria

Art. 16.- SOLICITUD DEL SERVICIO.- Todo propietario o poseedor de un predio, ya sea

personalmente, a través de apoderado o representante legal, debe solicitar el servicio de

agua potable para el respectivo predio, siempre que conste debidamente catastrado en el

Registro Municipal.

El interesado presentará la solicitud en el formato elaborado por AGUAPEN, adjuntando

copia de la cédula de ciudadanía y certificado de registro catastral.

Para el caso de personas jurídicas, además de los requisitos señalados en el párrafo

anterior, deberá adjuntarse copla actualizada del nombramiento inscrito del representante

legal y copia del R.U.C.

Cuando se solicite el servicio para un predio con edificación, además de los requisitos

señalados anteriormente, deberá presentar el "Certificado de Registro Catastral o

Certificado de Regularización" entregado por la Municipalidad a la que pertenezca el

inmueble.

En el caso que sea para un solar vacío, en el que se vaya a edificar, deberá presentar el

correspondiente formulario de aprobación de planos, conforme lo establece la Ordenanza

reglamentaria para el control y aprobación de planos de edificaciones en el cantón, donde

se encuentre el inmueble.

Cuando se solicite una conexión de servicio de agua potable, para predios de uso

industrial, propiedad horizontal o edificios mayores a cuatro plantas útiles, cuya

instalación de tubería sea superior a 1" de diámetro, además de lo indicado anteriormente

deberán entregarse memorias técnicas y planos que justifiquen el diámetro solicitado, lo

que deberá ser aprobado por AGUAPEN.

Art. 17.- NUMERO DE GUIAS POR PREDIOS.- En los predios que tengan frente a una

sola calle, no se podrá solicitar la instalación de más de una conexión domiciliaria, salvo

los casos de predios constituidos en régimen de propiedad horizontal.

Art. 18.- APROBACIÓN DE LA SOLICITUD, INSTALACIÓN DE LA CONEXIÓN DE

SERVICIO Y PAGO.- Aprobada la solicitud de la conexión de servicio, el cliente deberá

pagar el valor total de la instalación de acuerdo a la liquidación que para el efecto realice

AGUAPEN.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 84

El valor de la liquidación se lo hará en base a las condiciones existentes en el predio y en

el sistema de agua potable.

La solicitud de servicio presentada por el cliente y aprobada por AGUAPEN, se constituye

en el "Contrato de Prestación de Servicios", a cuyas disposiciones, a más de las señaladas

en el presente reglamento, se someten las partes.

Art. 19.- SERVICIO PROVISIONAL.- Cuando la persona natural o jurídica solicite el

servicio de agua potable a AGUAPEN para un predio, por primera vez, en el que se vaya a

edificar, la empresa una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el

artículo anterior, podrá otorgar el servicio provisional, por el período que se determine en

la correspondiente autorización municipal mediante conexión de servicio de hasta máximo

V4" de diámetro.

Art. 20.- SERVICIO DEFINITIVO.- Una vez que el solicitante hubiere terminado la

edificación, la empresa otorgará el servicio definitivo de agua potable, para lo cual el

cliente, deberá obtener el "Certificado de Registro Catastral" o "Certificado de

Regularización", en la Municipalidad donde se encuentre el inmueble, según lo

establezcan las ordenanzas respectivas.

Art. 21.- REGISTRO DE CLIENTES.- Otorgado el servicio de agua potable, de manera

provisional o definitiva, el propietario o posesionarlo del predio será incorporado al

registro de clientes, en calidad de "Cliente".

El otorgamiento de los servicios de agua potable y alcantarillado, no constituye el

reconocimiento de derecho real o personal sobre la propiedad del terreno, del cliente o

abonado por parte de AGUAPEN.

Art. 22.- RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE ANTE AGUAPEN.- Al estar integrado el

registro de clientes de AGUAPEN, con la base de datos del catastro municipal, los

nombres o designación de los clientes de AGUAPEN cambiarán de oficio, a medida que se

cambie la información del catastro municipal de los cantones donde se preste el servicio.

El propietario del predio que conste en el catastro municipal y por ende en el registro de

clientes de AGUAPEN, será responsable ante ésta por el cumplimiento de las obligaciones

derivadas del contrato de prestación de servicio, en especial del pago de los consumos y

de las deudas pendientes.

Art. 23.- INSTALACIÓN DE LAS CONEXIONES.- Las conexiones del servicio de agua

potable serán instaladas por personal técnico autorizado por AGUAPEN, en base a las

normas y especificaciones técnicas determinadas por la empresa.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 85

Art. 24.- INSTALACIÓN DEL MEDIDOR.- El uso del medidor es obligatorio en todas las

conexiones de servicio de agua potable, y su instalación la realizará AGUAPEN, con cargo

al cliente, en un lugar de fácil acceso al personal encargado de la toma de la lectura,

control o reparación y que garantice la seguridad del medidor, conforme a los diseños y

especificaciones técnicas que AGUAPEN señale.

Cuando por circunstancias excepcionales y especiales, determinadas por AGUAPEN no sea

posible instalar el medidor en las conexiones de servicio de hasta Vi' de diámetro,

AGUAPEN podrá conectar el servicio de agua directamente, en forma transitoria, cobrando

los valores correspondientes mediante un promedio estimado en consideración a la

categoría y número de personas que harán uso de los servicios. Instalado el medidor,

AGUAPEN hará la reliquidación correspondiente.

Art. 25.- PROVISIÓN DEL MEDIDOR.- El suministro del medidor lo hará AGUAPEN, con

cargo al cliente, siempre que tenga medidores en stock.

De no contar AGUAPEN con medidores en stock, el suministro lo podrá realizar el cliente,

siempre y cuando cumpla con las especificaciones técnicas de la empresa y pase las

pruebas del banco de medidores de AGUAPEN.

Art. 26.- INSTALACIÓN DE CONEXIONES NO AUTORIZADAS.- AGUAPEN es la única

autorizada para poner en funcionamiento una conexión de agua potable, así como

también para que se realicen trabajos en las tuberías de distribución y en los medidores.

La intervención arbitraria del cliente en las partes indicadas, lo hará responsable de todos

los daños que ocasione a AGUAPEN y de las sanciones que se señalan en el Art. 80 de

este reglamento, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubiere

lugar.

En caso de detectarse conexiones no autorizadas se facturará consumos presuntivos de

un año conforme al consumo promedio de usuarios del mismo diámetro dentro del sector

en el que se encuentra la conexión no autorizada, además de las multas previstas en el

Título VIII de este reglamento.

Art. 27.- CAMBIO DE DIÁMETRO DE CONEXIÓN NO AUTORIZADO.- Si el cliente

cambiare arbitrariamente y sin autorización de AGUAPEN el diámetro de la conexión

(acometida), se le aplicará igual sanción que la establecida en el segundo inciso del

artículo precedente.

Art. 28.- PROHIBICIÓN DE USO DE BOMBAS DE SERVICIO.- Es prohibido el uso de

bombas de succión para proveérsele agua potable, conectadas desde la red de

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 86

distribución. El incumplimiento de esta disposición se sancionará según lo establecido en

el Art. 80 de este reglamento.

Art. 29.- PROHIBICIÓN DE SUMINISTRAR AGUA POTABLE A OTRO PREDIO.- El servicio

de agua potable proporcionado por AGUAPEN beneficiará de manera exclusiva al predio

para el cuál fue solicitado. Queda prohibida cualquier derivación para proporcionar agua

potable a otro predio.

Está terminantemente prohibido al cliente vender agua potable a terceros, sin la debida

autorización de AGUAPEN. De contravenir esta prohibición, se le aplicarán las sanciones

que se especifiquen en este reglamento.

Sólo en casos excepcionales, por razones debidamente justificadas, que tengan que ver

con la naturaleza de la actividad que realice el cliente y las condiciones del predio, el

Directorio de AGUAPEN, podrá autorizar el suministro 'de agua potable a terceros, para lo

cual se deberá firmar un convenio.

Art. 30.- PROTECCIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS - INSTALACIONES.- Es obligación del

cliente mantener las instalaciones en perfecto estado de conservación tanto en lo que se

refiere a las tuberías y accesorios interiores y exteriores así como del medidor. En caso de

sustracción o inutilización del medidor, AGUAPEN procederá a la reposición o reparación

del mismo, según sea el caso, con cargo al cliente.

EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS REPARACIONES, SE DARÁ DURANTE LAS 24

HORAS DEL DÍA, DE MANERA INMEDIATA.

Art. 31.- SELLO DE SEGURIDAD DEL MEDIDOR.- Todo medidor llevará un sello de

seguridad y el cliente no podrá abrirlo o alterar su integridad. Este sello será revisado

periódicamente por personal de AGUAPEN. Si el cliente observare fallas en el

funcionamiento del medidor, deberá notificar por escrito a AGUAPEN para que proceda a

su revisión de ser necesario.

AGUAPEN podrá cambiar el diámetro del medidor de agua potable y de la correspondiente

acometida, cuando determine que el consumo es superior al de la capacidad del medidor

instalado.

Art. 32.- INSTALACIÓN INTRADOMICILIARIA.- Todos los trabajos de instalación y

reparación de las instalaciones de agua potable desde el punto destinado al medidor hacia

y en el interior del predio serán efectuados por el cliente.

Art. 33.- CIERRE PROVISIONAL O DEFINITIVO.- Para obtener el cierre provisional o

definitivo del servicio de agua potable, el cliente presentará por escrito la solicitud,

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 87

indicando los motivos y el predio por el cual solicita el cierre. AGUAPEN previa inspección

dispondrá el cierre. Si es provisional AGUAPEN continuará facturando el cargo fijo, hasta

la reapertura del servicio. Si es definitivo, AGUAPEN dará de baja al cliente en la cuenta

respectiva del registro de clientes.

Por la deuda que quedare pendiente se le emitirá al cliente un título de crédito y de no

ser satisfecha ésta, la empresa podrá cobrar dicha deuda por la vía coactiva.

Art. 34.- CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.- AGUAPEN podrá suspender el

servicio de agua potable en las siguientes circunstancias:

a) Cuando el agua potable se contamine con substancias nocivas a la salud, para lo cual

solicitará la intervención de las autoridades de salud.

b) Cuando AGUAPEN estime necesario hacer reparaciones o mejoras en el sistema de

provisión, distribución, producción, en cuyo caso AGUAPEN no será responsable de los

daños o perjuicios que pudiere sufrir el cliente. Al efecto AGUAPEN publicitará la

suspensión del servicio con la debida anticipación; y,

c) Por las demás causas señaladas en este reglamento.

SECCIÓN II

Del Registro del Cliente y de la Provisión por Bocatoma o Pileta

Art. 35.- POR BOCATOMA.- AGUAPEN podrá suministrar agua potable en bloque a los

propietarios o administradores de las estaciones de bocatomas, instaladas dentro de la

península de Santa Elena.

Una vez que se haya firmado el contrato para el suministro de agua potable en bloque,

entre AGUAPEN y el propietario o Administrador de la estación de bocatoma, éstos

pasarán a ser incorporados en el registro de clientes del sistema comercial de la empresa,

en calidad de "Cliente".

En las estaciones de bocatomas se podrán abastecer camiones cisternas (tanqueros) para

distribuir agua potable única y exclusivamente a los sectores donde no existe instalada

infraestructura para prestar el servicio de agua potable mediante conexiones domiciliarias.

Art. 36.- SURTIDORES O POR PILETA.- En los sectores donde existe instalada la

infraestructura principal para la prestación del servicio de agua potable y no existe redes

domiciliarias, AGUAPEN podrá proveer de agua potable mediante el sistema de pileta

comunitaria.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 88

Para el efecto, AGUAPEN en base al Registro Catastral Municipal identificará a los

propietarios o posesionarios de los predios que se van a proveer de dicha pileta y los

incorporará en el registro de clientes del sistema comercial bajo tal calidad.

Los moradores que se abastezcan mediante el sistema de piletas comunitarias, deberán

nombrar un representante,- solo para efectos de la operación del sistema, ya que el pago

de los consumos que se generen en dicha pileta, los facturará y cobrará AGUAPEN

proporcionalmente a todos los clientes que se benefician.

SECCIÓN III

De La Determinación de los Consumos, de la Facturación y Recaudación

Art. 37.- VALORES FACTURADOS.- Por la provisión del servicio de agua potable el cliente

pagará los valores que se facturarán mensualmente, a base del Reglamento de la

Estructura Tarifaria aprobado por el Directorio de AGUAPEN.

Art. 38.- RESPONSABILIDAD EN EL PAGO.- El cliente será el único responsable ante

AGUAPEN por el pago de los valores facturados.

En casos de pérdida o mal funcionamiento del medidor, la factura se emitirá conforme al

Reglamento de la Estructura Tarifaria.

Art. 39.- EMISIÓN DE PLANILLAS Y SU DETALLE.- AGUAPEN emitirá facturas mensuales

por los servicios que preste al cliente y procederá al cobro respectivo, efectuando la

entrega del aviso-factura (planilla) en el predio servido: En las facturas se podrán incluir

cobros por conexiones, reparaciones, multas y otros conceptos relacionados con los

servicios que presta AGUAPEN.

El pago de la factura lo harán los clientes en las ventanillas de los bancos o locales

autorizados por AGUAPEN.

Art. 40.- SANCIONES POR MORA EN EL PAGO.- Los clientes deberán realizar los pagos

en la fecha señalada en el aviso factura (planilla), en caso de mora, se cobrará la factura

con el interés legal vigente.

Al cliente que por cualquier motivo o circunstancia no pagare más de dos facturas,

AGUAPEN podrá proceder al corte del servicio de agua potable, dejando constancia escrita

de la fecha de esta diligencia, registrando la lectura del medidor y cualquier otra

información que se considere necesaria.

Durante el tiempo que permanezca cortado, AGUAPEN emitirá la factura con el valor que

le corresponda de acuerdo al Reglamento de la Estructura Tarifaria.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 89

Art. 41.- DE LA ACCIÓN COACTIVA.- A los clientes que por cualquier causa no pagaren

tres o más facturas (planillas), a más de la sanción señalada 'en el artículo anterior,

AGUAPEN les podrá emitir un título de crédito.

De no satisfacerse la obligación del título de crédito emitido, la empresa, a través del Juez

de Coactivas, iniciará la acción coactiva, con sujeción al Título IX del presente reglamento.

Art. 42.- PAGO PROMEDIO POR RECLAMO PENDIENTE.- En caso que el cliente tuviere

un reclamo pendiente de resolución, tiene la obligación de Seguir pagando mensualmente

el consumo promedio correspondiente a los seis últimos meses anteriores al período que

motivó el reclamo, caso contrario se le aplicará la sanción de corte establecida en el Art.

40. Atendido el reclamo mediante resolución, se realizará la reliquidación correspondiente

de acuerdo a la ley.

Art. 43.- RECONEXION DEL SERVICIO.- Para reconectar un servicio que haya sido

suspendido por mora en el pago o por infracciones al reglamento, será necesario que el

cliente pague el valor de la deuda o rectifique las anomalías que motivaron la suspensión

o cierre del servicio.

Art. 44.- NO HABRÁ DERECHO A INDEMNIZACIÓN.- El cliente o abonado no podrá exigir

a AGUAPEN indemnizaciones por contingencias ocurridas en la prestación de los servicios

de agua potable y alcantarillado sanitario, por la acción u omisión de terceros o causa de

fuerza mayor o caso fortuito.

SECCIÓN IV

De la Atención de Reclamos

Art. 45.- TIPOS DE RECLAMOS.- Para efectos de la recepción y resolución de reclamos,

éstos se dividen en reclamos que tengan por objeto la calidad y eficiencia de la prestación

de los servicios y reclamos que tenga relación con defectos de facturación o

establecimiento de cargos que no estuvieren previstos en el reglamento.

Art. 46.- TERMINO PARA LA PRESENTACIÓN DEL RECLAMO.- Se dará trámite a los

reclamos que se presenten en el término de veinte días (Art. 110 del Código Tributario)

contados a partir del vencimiento de la planilla que lo genera. Vencido este plazo no se

aceptarán reclamos. En atención a lo dispuesto en el Art. 125 del Código Tributario, los

reclamos serán resueltos en un término máximo de 90 días.

La presentación de un reclamo, no exime al cliente o usuario del pago del consumo

mensual, estableciendo un promedio de los 6 últimos consumos mensuales anteriores al

del reclamo.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 90

La diferencia entre el valor facturado y el pagado por el usuario, se constituye en el

objeto del reclamo, que será dilucidado luego de las investigaciones correspondientes.

Art. 47.- DE LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECLAMOS.- Los clientes que

desearan presentar un reclamo relacionado con la prestación del servicio de agua potable,

deberán hacerlo de manera verbal o escrita, en las oficinas de atención al cliente,

personalmente o a través de apoderado.

En ambos casos deberán adjuntar copia de la cédula del cliente, documento que acredite

la calidad del reclamante y cualquier otro documento que sustente su reclamo.

Una vez presentado el reclamo por parte del cliente, en la forma establecida en los

párrafos anteriores, la Oficina- de Atención al Cliente de AGUAPEN le entregará un

comprobante, en el que constará el número del reclamo, la fecha de presentación, el

motivo del reclamo, y la fecha en que será atendida su petición.

Art. 48.- ERRORES EVIDENTES DE FACTURACIÓN.- En caso de detectarse errores

evidentes de facturación, deberán ser rectificados de oficio o a petición* del cliente, sin

necesidad de levantar un expediente, de la siguiente manera:

a) De oficio.- Si el error evidente es detectado por la propia empresa, la corrección se

hará sin necesidad de presentación de reclamo, debiendo dejar constancia de la

rectificación. Esta corrección deberá ser solicitada por quien detectó el error y aprobada

por el responsable del área comercial; y,

b) A petición del cliente.- Si el error evidente es detectado por el cliente, y éste lo reporta

a la Oficina de Atención al Cliente, su rectificación se hará siguiendo lo establecido en la

letra a) de este artículo.

Art. 49.- ERRORES DE MEDICIÓN:

a) Determinado por iniciativa de AGUAPEN.- AGUAPEN en cualquier momento podrá, a su

costo efectuar revisión de medidores. Si de la revisión llegare a establecerse fallas en el

medidor que determinen un error de las mediciones en más o en menos, AGUAPEN

reliquidará las facturas de los últimos seis meses para el cobro o devolución de los valores

erróneamente facturados; y,

b) Determinado a petición del cliente.- AGUAPEN deberá efectuar la revisión de medidores

que éste solicite. Si de la revisión llegare a establecerse fallas en el medidor que

determinen un error de las mediciones en más o en menos, AGUAPEN reliquidará las

facturas de los últimos seis meses para el cobro o devolución de los valores erróneamente

facturados. El costo de la revisión será de cargo del cliente.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 91

Art. 50.- DE LAS RECLAMACIONES Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS.- Sin perjuicio de lo

antes expuesto, el cliente podrá presentar sus reclamos de carácter tributario de

conformidad con las normas, que constan en el Título II, del Libro Segundo del Código

Tributario, con los recursos que se disponen en el mismo.

TITULO III

Del Servicio de Alcantarillado

CAPITULO I

De las Modalidades del Servicio

Art. 51.- SERVICIO DE ALCANTARILLADO.- El servicio de alcantarillado que comprende

las labores de conducción, tratamiento y disposición final de las aguas servidas,

generalmente se prestará a través del sistema de redes de alcantarillado y por excepción

los clientes construirán sistemas de pozos sépticos.

EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS REPARACIONES, SE DARÁ DURANTE LAS 24

HORAS DEL DÍA, DE MANERA INMEDIATA.

Art. 52.- POR REDES DOMICILIARIAS.- Todo predio, sin excepción, situado en zonas

donde exista instalada infraestructura y sistema de alcantarillado sanitario, deberá

obligatoriamente hacer uso del mismo.

Las conexiones domiciliarias internas serán instaladas de acuerdo con las normas técnicas

del INEN, las del presente reglamento y las especificaciones técnicas que para el efecto

determine AGUAPEN.

En caso de observarse fallas técnicas en las instalaciones intradomiciliarias que afecten a

los sistemas existentes o si éstas fueren diferentes a. las normas antes mencionadas,

AGUAPEN dispondrá su rectificación, sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar.

Art. 53.- POR POZOS SÉPTICOS.- Exclusivamente en las zonas donde no exista instalada

infraestructura y sistema de alcantarillado sanitario, las conexiones de aguas servidas de

los predios, evacuarán a un sistema particular aprobado por AGUAPEN; cuyos costos de

construcción de operación y de mantenimiento, estarán a cargo del propietario,

posesionarlo o tenedor. Estas conexiones a sistemas privados tendrán carácter temporal

hasta que la conexión a la red de recolección de alcantarillado sanitario sea posible.

En este caso, el cliente podrá solicitar a AGUAPEN el servicio de extracción de sedimentos,

para lo cual pagará el valor establecido en este reglamento.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 92

Art. 54.- PROHIBICIONES.- Prohíbese utilizar el alcantarillado para drenar substancias,

líquidos y desechos tóxicos o peligrosos, y aguas con temperaturas altas no adecuadas,

así como aguas con presencia de colorantes. Además, la calidad del efluente deberá

cumplir con los parámetros indicados en el reglamento de la Ley para la prevención y

control de contaminación ambiental y del Código de la Salud.

Prohíbese también descargar aguas servidas en el sistema de aguas lluvias.

En el caso de infracciones, al cliente se le cargarán las multas indicadas en el Capítulo

VIII de este reglamento. Como está dispuesto en el artículo 82, el pago de estas multas

no exonerará al cliente de la indemnización de daños y perjuicios que deba reconocer a

favor de AGUAPEN o de terceros y de las responsabilidades de carácter penal a que

hubiere lugar.

En el caso de reincidencia del no cumplimiento en la calidad de los efluentes drenados al

alcantarillado, a más de las sanciones previstas en este reglamento, AGUAPEN podrá

proceder al corte del servicio de agua potable del cliente.

CAPITULO II

De la Comercialización

Art. 55.- TASA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO.- En el caso del servicio de

alcantarillado prestado a través de redes domiciliarias, AGUAPEN facturará y cobrará los

valores correspondientes, conforme al Reglamento de Estructura Tarifaria.

En el caso de pozos sépticos o letrinas, cuando el cliente solicite la extracción de

sedimentos, se le facturará y cobrará de acuerdo a lo establecido en el Título VII de este

reglamento.

Art. 56.- DETERMINACIÓN DE LA TASA DE ALCANTARILLADO EN FUENTES

ALTERNATIVAS DE AGUA POTABLE.- En el caso de clientes, que tengan fuentes

alternativas de agua potable para su propio uso, según se establece en el inciso segundo

del Art. 1 de este reglamento, deberán instalar los medidores que AGUAPEN determine, a

fin de establecer el volumen de agua obtenido por tales medios, para efectos de la

facturación de la contraprestación por el servicio de alcantarillado sanitario.

Art. 57.- RECLAMOS POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO.- En caso que los clientes

desearen presentar un reclamo referente al alcantarillado sanitario, se observará lo

dispuesto en los artículos 45, 46, 47, 48, 49 y 50 de este reglamento.

TITULO IV

Del Servicio de Drenaje Pluvial

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 93

Art. 58.- DRENAJE PLUVIAL.- La prestación del servicio de drenaje pluvial que

comprende las labores de recolección, conducción y disposición final de las aguas lluvias,

se lo hará a través de la siguiente infraestructura:

> En áreas con calles pavimentadas con bordillos y cunetas, la infraestructura que

corresponde a AGUAPEN está compuesta de: sumidero, tirante, ducto, colector y/o

canales revestidos de hormigón.

> El servicio de mantenimiento se realizará durante las 24 horas del día.

> En áreas sin pavimentar: canales naturales, esteros y ríos.

Art. 59.- OBLIGACIÓN DE ÜRBANIZADORES.- En caso de que un promotor de

infraestructura urbana, sea público o privado, construya una urbanización, calles o similar,

a más de las obligaciones que le impone este reglamento, deberá construir y entregar a,

AQUABEN el sistema de drenaje pluvial a dicha obra, a conformidad de ésta.

Art. 60.- PROHIBICIÓN.- Prohíbese levantar construcciones o edificaciones que

obstruyan los sistemas de drenaje naturales del cantón Salinas.

Art. 61.- TASA POR MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE DRENAJE PLUVIAL.- AGUAPEN

será la responsable del mantenimiento de los sistemas de drenaje pluvial del cantón

Salinas, por lo cual percibirá el valor de la tasa creada para el efecto.

TITULO V

De los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Drenaje Pluvial para

Urbanizaciones, Regímenes de Propiedad Horizontal y Similares

Art. 62.- FACTIBILIDAD.- El promotor de una urbanización, lotización, propiedad

horizontal o similares, solicitará a AGUAPEN, la factibilidad del abastecimiento del servicio

de agua potable y de alcantarillado, para lo cual presentará una solicitud dirigida al área

comercial, adjuntando planos del anteproyecto, memorias técnicas preliminares con la

debida responsabilidad técnica legalizada y certificado de uso de suelo.

Así mismo presentará el estudio de impacto ambiental, el que deberá cumplir con la

legislación y normativa pertinente.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 94

Art. 63.- APROBACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS.- De otorgarse la factibilidad por parte

de AGUAPEN, el promotor presentará a la empresa los estudios y diseños del sistema de

agua potable y alcantarillado sanitario y pluvial para su aprobación. Esta presentación la

hará mediante comunicación dirigida al responsable del área comercial, previo el pago de

la tasa correspondiente.

Art. 64.- DE LA FISCALIZACIÓN.- Aprobado los estudios y diseños por AGUAPEN, ésta

fiscalizará los trabajos de ingeniería relacionados con la construcción de los sistemas de

agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial. Para el efecto, ambas partes

firmarán un contrato de fiscalización, debiendo el promotor pagar previamente la tasa

correspondiente.

Art. 65.- OBLIGACIÓN POR VARIACIÓN DE DISEÑO.- Cualquier variación del diseño

aprobado, deberá ser nuevamente aprobado por AGUAPEN.

Art. 66.- RESPONSABILIDAD DEL PROMOTOR.- Es de entera responsabilidad del

promotor el diseño y la construcción de los sistemas de agua potable, alcantarillado

sanitario y drenaje pluvial, los que se ejecutarán a su cuenta y cargo.

Art. 67.- DEL SERVICIO PROVISIONAL DE AGUA POTABLE.- El promotor para proceder a

la construcción de las obras de infraestructura, podrá obtener de AGUAPEN el servicio

provisional de agua potable, en el caudal y tiempo que justifique.

Art. 68.- DE LOS SERVICIOS DEFINITIVOS.- Cuando se hubieren terminado de construir

la infraestructura de los sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje

pluvial de las urbanizaciones, lotización, propiedad horizontal o similar, el promotor, bajo

la fiscalización de AGUAPEN, hará las conexiones con la infraestructura de los sistemas de

AGUAPEN.

El promotor realizará por su cuenta, obligatoriamente las conexiones individuales de cada

predio de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario. Concluidos los trabajos,

entregará al área comercial de AGUAPEN el listado y los planos de las conexiones de

servicio, para su inclusión en el registro de clientes.

Mientras la urbanización, lotización, propiedad horizontal o similar, no haya sido recibida

por parte de AGUAPEN, el pago del consumo generado por los servicios de agua potable y

alcantarillado corresponderá exclusivamente al promotor, para lo cual se colocará a costa

de éste un medidor general en el punto de conexión.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 95

Realizada la recepción, la facturación por consumo se emitirá para cada cliente, en base a

los consumos individuales registrados en los medidores instalados en cada predio o

inmueble. La obligación de instalar medidores individuales es del promotor.

Art. 69.- DE LA RECEPCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA.- AGUAPEN dará por recibida la

infraestructura de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial,

cuando previamente se emitan los informes de aprobación de los trabajos por parte de la

Unidad de Fiscalización de AGUAPEN, bajo cuya responsabilidad se hayan realizado los

trabajos de supervisión y control de la ejecución de las obras para los servicios indicados.

Una vez efectuada la recepción de los trabajos correspondientes a los servicios de agua

potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial, la infraestructura de estos servicios

pasarán a ser propiedad de AGUAPEN, sin más trámite. La División de Contabilidad de

AGUAPEN procederá al registro contable y valorización de la infraestructura de acuerdo

con la información y documentación proporcionada por la Unidad de Fiscalización de

AGUAPEN.

Art. 70.- LOTIZACIONES INDUSTRIALES.- Para los casos de urbanizaciones o

lotizaciones industriales, a más de los diseños antes indicados, los promotores deberán

presentar memorias descriptivas del sistema de tratamiento y evacuación de aguas

servidas para la aprobación de AGUAPEN, y su construcción se realizará bajo la

fiscalización de AGUAPEN, en los términos antes indicados.

TITULO VI

De los Derechos y Obligaciones de Aguapen y de los Clientes

CAPITULO I

De los Derechos y Obligaciones de Aguapen

Art. 71.- Derechos de AGUAPEN.- Son derechos de AGUAPEN:

1. Ejercer el control y custodia de las instalaciones y las redes destinadas a la prestación

de los servicios.

2. Percibir los importes que correspondan por la prestación de los servicios a su cargo.

3. Inspeccionar las conexiones de servicios cuando sea necesaria la actualización del

registro de clientes o de otros datos que requiera AGUAPEN, relacionados con los

servicios.

4. Aplicar, cuando se comprobare violación de las obligaciones de los clientes y previo

descargo de los mismos, las sanciones previstas en este reglamento, sin perjuicio de

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 96

formular las denuncias pertinentes ante la justicia penal para el caso de comprobarse

fraude o violación a las normas de protección del medio ambiente o daño a las

instalaciones de los servicios.

5. Tener acceso a las instalaciones intradomiciliarias cuando AGUAPEN presuma que las

instalaciones internas se encuentren en condiciones perjudiciales para el sistema o

violando la presente reglamentación.

Art. 72.- OBLIGACIONES DE AGUAPEN.- Son obligaciones de AGUAPEN:

1. Suministrar los servicios de agua potable y alcantarillado a los clientes en la cantidad y

calidad establecida con las normas técnicas aplicables, bajo las condiciones definidas en el

artículo 1 de este reglamento.

2. Atender oportunamente los reclamos de los clientes relacionados a la prestación o

facturación de los servicios.

3. Asistir y asesorar a los clientes sobre el correcto diseño, construcción y mantenimiento

de las instalaciones internas y sobre los medios de acción preventiva a adoptar para el

mejor desarrollo de la prestación de los servicios y su aprovechamiento.

4. El servicio de mantenimiento de las reparaciones, se dará durante las 24 horas del día,

de manera inmediata.

CAPITULO II

De los Derechos y Obligaciones de los Clientes

Art. 73.- DERECHOS DE LOS USUARIOS, ABONADOS O CLIENTES.- Son derechos de los

clientes:

1. Recibir los servicios de provisión de agua potable y alcantarillado sanitario en la calidad

y cantidad establecida en las normas técnicas aplicables, bajo las condiciones definidas en

el artículo 1 de este reglamento.

2. Formular denuncias y reclamos sobre irregularidades en la prestación de los servicios o

su anormal cumplimiento.

3. Ser informado con antelación suficiente de los cortes de servicios programados por

razones operativas, salvo situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.

4. Reclamar a AGUAPEN por los errores de facturación.

5. Recibir de AGUAPEN atención oportuna y completa sobre sus reclamos.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 97

6. Recibir asesoramiento y asistencia respecto al correcto diseño, construcción y

mantenimiento de las instalaciones internas y sobre los medios de acción preventiva a

adoptar para el mejor desarrollo de la prestación de los servicios y su aprovechamiento.

Art. 74.- OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS, ABONADOS O CLIENTES.- Son obligaciones

de los clientes:

1. Cumplir con los reglamentos vigentes en cuanto a la conexión y desconexión de los

servicios, absteniéndose de obtener servicios alternativos de agua y alcantarillado

sanitario sin el conocimiento y la debida autorización de AGUAPEN.

2. Mantener en buen estado las instalaciones intradomiciliarias o internas desde la

conexión domiciliaria, evitando pérdidas de agua o fuga de efluentes. De existir fuga de

agua potable que eleve el consumo del cliente, éste deberá cubrir dicho costo.

3. Pagar puntualmente los servicios que se le presten y los cargos aprobados por

AGUAPEN correspondientes a conexión, desconexión, reconexión, provisión e instalación

de medidores y los demás previstos en este reglamento.

4. Permitir inspecciones de AGUAPEN a las conexiones de servicio en los casos previstos

en este reglamento.

5. Denunciar fugas o pérdidas en las cañerías de las instalaciones.

6. Abstenerse de manipular las instalaciones y los medidores alterando los registros de los

mismos.

7. Abstenerse de descargar a la red de aguas servidas o pluviales, efluentes cloacales o

industriales que se consideren sustancias tóxicas o peligrosas. Prohíbese utilizar el

alcantarillado para drenar substancias, líquidos y desechos tóxicos o peligrosos y aguas

con temperaturas altas no adecuadas, así como aguas con presencia de colorantes.

Además, la calidad del efluente deberá cumplir con los parámetros indicados en el

reglamento de la Ley para la prevención y control de contaminación ambiental y del

Código de la Salud.

8. Abstenerse de descargar aguas servidas en el sistema de aguas lluvias.

TITULO VII

Servicios Administrativos y Técnicos prestados por Aguapen

Art. 75.- CARGOS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.- AGUAPEN, por los servicios

administrativos y técnicos que presta a sus clientes, los mismos que se detallarán más

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 98

adelante, cobrará los cargos correspondientes establecidos en el presente reglamento.

Lo5 servicios que no estén definidos serán cobrados a su costo real.

Art. 76.- SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.- Considérense como servicios administrativos,

entre otros, los siguientes:

Moneda Valor Unidad

US$

1. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1.1. Estados de cuenta

US$ 1,00 U

Por cada solicitud

1.2 Certificado de no adeudar a AGUAPEN

US$ 1,00 U

Por cada certificado

Por certificación de pago realizado (caso de pérdida o para rebaja en caso de contribución

especial de mejoras)

US$ 1,00 U

1.3 Copia de planos

Solicitud presentada a AGUAPEN

US$ 1,00 U

Adicionalmente se cancelará el valor de cada copia de acuerdo al costo real de la misma

1.4 Formulario para liquidación de contribución

Especial de mejoras y la subcategoría C (Servicio brindado con motivos de obstrucciones

producidas por edificaciones, reedificaciones, adiciones y reparaciones)

US$ 1,00 U

Art. 77.- SERVICIOS TÉCNICOS.- Considérense como servicios técnicos, entre otros, los

siguientes:

Moneda Valor Unidad

US$

2. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

2.1. Estudio y revisión de documentos

Para trámite de propiedad horizontal, de acuerdo al número de departamentos, oficinas y

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 99

locales comerciales

Por servicios de agua potable y alcantarillado:

a. Hasta 4 unidades

US$ 11,50 U

b. Entre 5 y 10 unidades

US$ 24,00 U

c. Entre 11 y 20 unidades

US$ 32,50 U

d. Entre 21 y 30 unidades

US$ 40,00 U

e. Entre 31 y 50 unidades

US$ 56,50 U

f. Desde 51 unidades en adelante US $ 64,60 U

2.2 A nivel de consulta de factibilidad

a. Lotización, urbanización o parcelación:

Mínimo: US $ 15 más por cada m2; US $ 0,0005 m2; Máximo US $ 100

b. Para industrias: US$ 0,01 m2

Mínimo US $ 20 más por cada m2 Máximo US $ 100

c. Para bodega, lubricadoras, lavadoras, gasolineras y otros similares: US $ 0,01 m2

Mínimo US $ 20 más por cada m2; Máximo US $ 100

2.3 Revisión de proyectos

De agua potable, alcantarillado y/o cisternas de tratamiento para lotizaciones,

parcelaciones, industrias, lavadoras y lubricadoras de vehículos, gasolineras y en general

todo proyecto de alcantarillado que requiera intervención de AGUAPEN, pagarán los

siguientes cargos:

a. Hasta 5 ha:

En adelante por cada hectárea adicional US $ 35,00

US$ 5,00

b. Para industrias:

Mínimo US $ 30; Máximo US $ 200; US $ 0,05 m2

Moneda Valor Unidad US$

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 100

c. Para bodega, lubricadoras, lavadoras, gasolineras y otros similares:

Mínimo US $ 20; US $ 0,05 m2; Máximo US $100

2.4. Localización de fugas de agua potable en las tuberías intradomiciliarias US $ 20,00

2.5 Exámenes microbiológicos de agua y determinación de cloro residual en agua potable

US$. Según Art.79

2.6 Análisis físico, químico y bacteriológico de las aguas residuales

US$. Según Art.79

2.7 Por servicios que demanden levantamientos planimétricos por cada m2

US$ 0,10 m2

2.8 Levantamiento topográfico con planimetría y altimetría por cada m2

US$ 0,20 m2

2.9 Extracción de pozos sépticos y letrinas dentro del perímetro urbano (por viaje)

> Residencial 10,00; > Comercial 10,00; > Industrial 30,00

2.10. Para el caso de las parroquias rurales, a más de los valores indicados en el numeral

11.9., se pagará, previo una inspección, el valor por movilización del equipo y del

personal, de acuerdo a la distancia establecida mediante el kilometraje de la parroquia de

que se trate, de acuerdo a la jurisdicción cantonal al que presta sus servicios AGUAPEN S.

A. de la siguiente manera:

> De hasta 5 Km. fuera de la jurisdicción cantonal 20,00

> De 5 hasta 10 Km. fuera de la jurisdicción cantonal 30,00

> De 10 Km. en adelante fuera de la jurisdicción cantonal 40,00

El valor de la movilización será prorrateado entre los usuarios que solicitaron los servicios,

a través de las juntas parroquiales, las que deberán coordinar previamente con la

Subgerencia Operativa de Alcantarillado

Art. 78.- DEL COBRO.- Los servicios administrativos, técnicos y especiales serán

solicitados por los interesados en las oficinas de Atención al Cliente del Área Comercial de

AGUAPEN, donde se les emitirá un recibo por el valor correspondiente, el mismo que

deberá ser pagado en cualquiera de las ventanillas de los bancos autorizados.

Una vez que se haya verificado el pago, AGUAPEN procederá a prestar el servicio

solicitado.

Art. 79.- DETERMINACIÓN PROVISIONAL POR SERVICIOS TÉCNICOS.- En caso que el

valor por los servicios técnicos no se pueda determinar anticipadamente, el solicitante

pagará por ellos un-valor provisional fijado por AGUAPEN, a cuenta del valor que resulte

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 101

de la liquidación final. El solicitante pagará la diferencia dentro de los tres días siguientes

a la fecha en que le sea requerido su pago.

TITULO VIII

De las Infracciones y Multas

Art. 80.- INFRACCIONES Y MULTAS.- AGUAPEN aplicará a sus clientes o abonados las

multas que se determinan en el presente título, por las infracciones que a continuación se

indican:

INFRACCIÓN MULTAS

1. Uso de conexión clandestina o cambio de diámetro no autorizado.

1.5 Veces el valor de la conexión según diámetro, sin perjuicio de lo previsto en el artículo

19.

2. Violación del sello de seguridad del medidor de agua potable o uso de dispositivos que

alteren el registro del medidor o que tiendan a evitar el registro de consumos.

0.5 Veces al valor de la conexión según diámetro.

3. Daños en el medidor imputable al cliente,

1.0 Vez al valor de la conexión según diámetro.

4. Captación directa de agua potable mediante bombas u otros dispositivos.

5. Ilegal reconexión del servicio de agua potable.

0.5 Veces el valor de la conexión según diámetro.

6. Evacuación de aguas servidas o lluvias en sectores no autorizados.

7. Evacuación a las alcantarillas de sustancias, líquidos y desechos tóxicos o peligrosos.

8. Venta o provisión de agua potable a terceros, sin la autorización de AGUAPEN.

El 200% de la tarifa referencial de agua potable.

9. Daños causados en los sistemas de captación, tuberías de conducción, red de

distribución, válvulas de control o cualquier parte constitutiva de los sistemas de agua

potable y alcantarillado sanitario.

Art. 81.- REINCIDENCIA.- En caso de reincidencia en la comisión de las infracciones, el

valor de las mismas se duplicará cada vez que se presente.

Art. 82.- OBLIGACIONES DEL INFRACTOR.- La imposición de multas por las infracciones

cometidas por los clientes, así como su pago, no exime a éstos de la obligación de

ejecutar las acciones que sean necesarias para corregir la infracción cometida.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 102

Así mismo, la imposición de las multas y su pago no exonerará al cliente de la

indemnización de daños y perjuicios que deba reconocer a favor de AGUAPEN o de

terceros y de las responsabilidades de carácter penal a que hubiere lugar.

Art. 83.- COBRO DE MULTAS.- De no ser pagadas las multas en el tiempo requerido,

AGUAPEN procederá al cobro de las multas antes establecidas por la vía coactiva, con

sujeción al Título IX del presente reglamento.

TITULO IX

Del Ejercicio de la Acción Coactiva

Art. 84.- FACULTAD DE LA ACCIÓN COACTIVA.- Al tenor de lo dispuesto en el Art. 118

de la Constitución de la República, CEDEGE y las municipalidades que conforman

AGUAPEN, forman parte de las instituciones del Estado y como tales, están facultadas

para el ejercicio de la acción coactiva, la misma que tiene por objeto hacer efectivo el

pago de lo que por cualquier concepto, se deba al Estado y a las demás instituciones del

sector público, conforme lo señala el Art. 993 del Código de Procedimiento Civil.

Art. 85.- EJERCICIO DE LA ACCIÓN COACTIVA.- La acción coactiva, se ejercerá para el

cobro de los impuestos que se fijen a favor de AGUAPEN; tasas y tarifas por la prestación

de sus servicios; contribuciones especiales de mejoras; intereses por mora;

arrendamiento de sus bienes inmuebles; compraventa de bienes muebles e inmuebles;

garantías presentadas por seriedad de ofertas; fiel cumplimiento de contratos; anticipos;

multas por uso clandestino de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario y

pluvial; y, por cualquier otro concepto que se estuviere adeudando a la Compañía Agua

de la Península.

La acción coactiva será ejercida por el Tesorero de AGUAPEN; de quien haga sus veces.

Art. 86.- EMISIÓN DE TÍTULOS DE CRÉDITO.- El Director Financiero o quien haga sus

veces de AGUAPEN emitirá los títulos de créditos respectivos, en la forma y con los

requisitos establecidos en los artículos 150 y 151 del Código Tributario y cobrados

mediante la acción coactiva, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 158 del mismo

cuerpo legal y 1000 del Código de Procedimiento Civil.

Art. 87.- CUERPOS LEGALES APLICABLES A LA ACCIÓN COACTIVA.- La acción coactiva

se ejercerá de conformidad con lo dispuesto en el Título II, Capítulo V, Sección Primera

del Libro Segundo del Código Tributario y Sección Trigésima Primera del Código de

Procedimiento Civil; y, los reglamentos y resoluciones que el Directorio de AGUAPEN,

dicte para el efecto.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 103

DISPOSICIONES FINALES

Art. 88.- DEROGATORIA.- Deróguense- los reglamentos e instructivos existentes, en

cuanto se opongan al presente reglamento.

Art. 89.- APLICACIÓN REGLAMENTARIA.- El presente reglamento será aplicado por

AGUAPEN o quien la suceda en la administración de los servicios de agua potable y

alcantarillado en la península de Santa Elena; ya sea por cambio de denominación o por

delegación al sector privado.

Art. 90.- VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO.- El presente reglamento entrará en

vigencia desde la fecha de su promulgación en el Registro Oficial y sus disposiciones,

prevalecerán sobre cualesquier otras que se le opongan.

Dado y firmado en la sala de sesiones del Palacio Municipal de Salinas, a los veintisiete

días del mes de marzo del dos mil tres.

f.) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde del cantón.

f.) Pablo Balón González, Secretario Municipal (E).

SECRETARIA MUNICIPAL DEL CANTÓN SALINAS.- CERTIFICA: Que el Reglamento para la

provisión, uso y prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario,

drenaje pluvial, en el cantón Salinas, fue discutido y aprobado en las sesiones ordinarias

celebradas por el Ilustre Concejo Cantonal <le Salinas, el veintisiete de febrero y

veintisiete de marzo del dos mil tres.

Salinas, 23 de marzo del 2005. f.) Pablo A. Balón González, Secretario, Municipal (E).

Salinas modifica valores prediales para 2006-2007

Una ordenanza municipal del cantón Salinas, publicada en el Registro Oficial No. 239 del

29 de marzo de 2006, determina nuevos valores prediales para el bienio 2006-2007.

El suelo ha sido valorado de acuerdo al proceso de comparación con precios de venta de

solares, para lo cual se ha zonificado y sectorizado al cantón, mediante un plano

valorativo aprobado por el Concejo, además se realizó una investigación de mercado de

todos los inmuebles que están en venta en el perímetro del cantón Salinas, señala el

artículo 8 de la mencionada ordenanza.

Anota otras consideraciones como aspectos geométricos, topográficos y servicios de

infraestructura básica que tiene cada sector. Las edificaciones para ser avaluadas se las

clasificó según su tipología.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 104

Se incorporó también a la ordenanza la tabla de clasificación de los predios declarados al

Régimen de Propiedad Horizontal, ubicados en el perímetro cantonal de Salinas.

El artículo 14 de la ordenanza señala: El Concejo Cantonal de Salinas, después de revisar,

estudiar, analizar y aprobar los valores del metro cuadrado del suelo y los valores de las

edificaciones, ha considerado conveniente establecer el dos punto por mil para cobrar el

impuesto predial urbano para el bienio 2006-2007; a excepción de los terrenos que están

destinados a la explotación de sal, que se les fija en el valor de $ 1,50 el metro cuadrado

del suelo, en razón de ser zonas no urbanísticas que no cuentan con ningún servicio de

infraestructura básica. A continuación se presenta el texto de la ordenanza citada.

El I. Concejo Cantonal

De Salinas

Considerando:

Que, ante el crecimiento poblacional que se ha producido en el cantón Salinas en los

últimos años, se torna imprescindible implementar un catastro, actualizado, objetivo y real

de toda la propiedad inmobiliaria ubicada dentro del perímetro urbano del cantón, para

contar con un registro adecuado que sustente las normas técnicas y legales y así poder

asumir los retos que impone la realidad socio-económica que atraviesa nuestro país;

Que, en uso de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 64.- Deberes y

Atribuciones de la Ley Orgánica de la Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Municipal, la

corporación edilicia, para cumplir con los fines municipales, tiene el deber de ejercer la

facultad legislativa cantonal a través de ordenanzas, dictar acuerdos o resoluciones, de

conformidad con sus competencias determinar las políticas a seguirse y fijar las metas de

la Municipalidad, tomando en consideración los principios constitucionales de igualdad,

proporcionalidad y generalidad;

Que, ante la imperiosa necesidad de cumplir con las obras prioritarias de la comunidad, lo

que conlleva a contar con la disponibilidad económica suficiente; el Concejo Cantonal

asume la responsabilidad de mejorar y optimizar sus ingresos tributarios para lo cual hace

uso de lo que la ley le faculta y procede a actualizar los avalúos de la propiedad urbana

ubicada dentro del perímetro de Salinas;

Que, en el cantón Salinas, se han implementado los servicios básicos de infraestructura,

tales como: redes de agua potable, alcantarillado pluvial, conformación y arreglo de

calles, alcantarillado para la evacuación de aguas servidas, bordillos, mejoramiento de

alumbrado público, recolección de basura, aseo de calles, así como también cuenta con

un equipamiento de la materia técnica y humana para atender las necesidades de la

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 105

comunidad en lo atinente al área social, de salud y de educación, hechos que constituyen

el factor preponderante para que en la actualidad los predios hayan adquirido una

considerable plusvalía;

Que, en fiel acatamiento a lo establecido en el Art. 314.4 de la Ley Orgánica de Régimen

Municipal, cuyo texto tipifica que "las Municipalidades, realizarán en forma obligatoria

actualizaciones generales de catastro y de la valorización de la propiedad Urbana y Rural

cada bienio", estableciendo separadamente el valor de los terrenos y de las edificaciones,

valores que se determinarán aplicando los principios técnicos que rige la materia;

Que, de conformidad con el mandato contenido en el Art. 316 de la Ley Orgánica de

Régimen Municipal se establece que los predios urbanos, serán valorados mediante

aplicación de los elementos de valor del suelo, valor de las edificaciones y valor de

reposición previstos en esta ley; con este propósito, el Concejo Cantonal deberá aprobar

mediante ordenanza, el plano del valor de la tierra: Los factores de aumento o reducción

del valor del terreno se determinarán por los aspectos geométricos, topográficos,

accesibilidad a determinados servicios, como agua potable, alcantarillado y otros servicios,

así como también se consideran los factores y características técnicas de cada una de las

edificaciones, para su respectiva valoración de las edificaciones;

Que, la actualización del catastro, en su concepto general puede definirse como el

inventario de elementos físicos sociales, económicos, legales, culturales y humanos que

conforman un territorio, toda vez que un catastro trata de identificar y registrar diversos

componentes del entorno; tales como el relieve, las divisiones territoriales, las

edificaciones, el uso del suelo, las actividades productivas, la población etc., y de manera

particular las relaciones entre sus componentes; y, en uso de las atribuciones legales que

le confiere la ley,

Expide:

La Ordenanza Que Establece La Tabla Valorativa De La Tierra Para El Bienio

Comprendido Entre El Primero De Enero Del 2006 Hasta El 31 De Diciembre Del

2007 Y Las Normas Técnicas Para El Calculo Del Valor Zonal E Individual Del

Suelo Y De Las Edificaciones.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 106

Art. 1.- La Ilustre Municipalidad de Salinas, mediante la presente Ordenanza municipal

reglamenta el Catastro Predial Urbano y la tabla valorativa que se aplicará a la propiedad

urbana del cantón, así como también establece los principios, normas, procedimientos

técnicos y parámetros específicos para determinar el avaluó general de las propiedades

inmobiliarias ubicadas en esta jurisdicción cantonal, el mismo que regirá en el bienio

2006-2007.

Art. 2.- La Municipalidad de Salinas, para establecer los avalúos descritos en el artículo

anterior, ha procedido a zonificar y sectorizar el cantón, tomando como eje principal, el

trayecto de la avenida Carlos Espinoza Larrea, considerando además, las condiciones

físicas, geométricas y servicios básicos con que cuenta cada sector, de acuerdo a como

consta en el plano valorativo de la tierra debidamente aprobado por el Concejo Cantonal.

Art. 3.- La Municipalidad de Salinas, a través de la Dirección Financiera, notificó por la

prensa y por boletas individuales a los propietarios, haciéndoles conocer la realización del

nuevo avalúo, con el objeto de que en caso de encontrarse en desacuerdo con la

valoración de su propiedad, el contribuyente podrá impugnarla dentro del término de

quince días a partir de la fecha de la notificación del nuevo avalúo ante el organismo

correspondiente, el mismo que deberá pronunciarse en un término de treinta días, de

acuerdo a como lo dispone el Art. 314.4 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.

Art. 4.- Con la finalidad de mantener constantemente actualizado el catastro predial

urbano, la Municipalidad impone a los propietarios de predios urbanos, la obligatoriedad

de notificar al Departamento de Catastro y Avalúos, toda modificación, demolición y

refacción que realice en su inmueble, a fin de que se tome debida nota en los registros

catastrales.

Art. 5.- Todas las transferencias de dominio de inmuebles, después de ser elevada a

escritura pública e inscrita en el Registro de la Propiedad, debe obligatoriamente el

propietario dentro del plazo máximo de treinta días proceder a perfeccionarlas,

ingresándola al Catastro Predial para la elaboración del respectivo registro en el

Departamento de Catastro y Avalúos.

Art. 6.- Todas las edificaciones nuevas y refacciones que se construyan de acuerdo a los

planos y avalúos de la obra debidamente aprobados por el Concejo Cantonal, cuando ya

estén concluidas, deben los propietarios por obligación cumplir con el proceso de

inspección final, que lo realizará la Dirección de Planificación Física, organismo que

oportunamente notificará al Departamento de Catastro y Avalúos a objeto de que en

forma inmediata proceda a incorporar a la ficha catastral todos los cambios operados en

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 107

el inmueble, a fin de imponer el nuevo avalúo comercial del predio, y éste a su vez

notificará a la Dirección Financiera, para que emita su pronunciamiento, referente a la

exoneración de pago de impuestos prediales por construcción nueva que consta

estipulada en el literal d) del Art. 332 de la Ley de Régimen Municipal.

Art. 7.- Con el propósito de ejercer un estricto control de todos los registros del Catastro

Predial, la Municipalidad, mantendrá en completo orden el archivo de las fichas técnicas

para el manejo manual de toda la información sobre los predios, así como también dentro

del sistema catastral computarizado, a objeto de brindar a la comunidad un servicio ágil y

veraz. El formato de la ficha técnica tendrá el siguiente contenido:

Identificación o razón social del propietario o arrendatario, número de cédula de

ciudadanía, registro único de contribuyentes, identificación del predio, clave catastral,

forma de adquisición del inmueble, historia de dominio, graficación del plano descriptivo

del predio, con linderos y mensuras, avalúos de solar, de edificación y comercial, año de

construcción de la edificación, características de la construcción, fotografía del predio,

exención de impuestos/notas y observaciones.

Art. 8.- Los avalúos que contiene la tabla valorativa materia de la presente ordenanza,

han sido determinados bajo la aplicación de las normas y principios que a continuación se

detallan:

8.1.- El suelo ha sido valorado de acuerdo al proceso de comparación con precios de

venta de solares de condiciones similares u homogéneas del mismo sector, para lo cual,

se ha zonificado y sectorizado al cantón, mediante un plano valorativo debidamente

aprobado por el Concejo Cantonal, además se ha realizado una investigación de mercado

de todos los inmuebles que están en venta en el perímetro del cantón Salinas, también se

ha considerado los aspectos geométricos, topográficos, servicios de infraestructura básica

que tiene cada sector; factores que proporcionan la información adecuada, sobre el libre

mercado de la oferta y la demanda del suelo y por sobretodo avocar conocimiento de

todas y cada una de las características técnicas de los terrenos, para poder aplicar un

avalúo justo y real, acorde a lo que determina la ley, mas aún, para el cálculo de los

nuevos costos del suelo por metro cuadrado en los diferentes sectores del cantón, dando

de esta manera cumplimiento al Art. 316 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, se

han considerado los siguientes parámetros:

a.- El costo por metro cuadrado de los suelos establecidos por el IGM para el quinquenio

2001-2005;

b.- El índice de inflación;

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 108

c.- El crecimiento salarial;

d.- La variación del índice de precios al consumidor;

e.- El indicador del crecimiento de la plusvalía de un terreno, de acuerdo a su sector;

f.- La variación del índice de desempleo; y,

g.- Valor por contribución de mejoras.

8.2. Las edificaciones para ser avaluadas se las ha clasificado de acuerdo a su tipología,

considerando:

8.2.a Estado físico.- Los materiales empleados en la construcción, la edad de la

edificación, el grado de conservación, las posibles inversiones que se tenga que realizar

para la restitución de la vida útil de la edificación, todo esto, proporciona la información

necesaria para considerar el factor de depreciación que se debe aplicar a las edificaciones.

8.2.b.- Las características técnicas.- Independientemente de la calidad del material

utilizado en las edificaciones, se ha considerado la estructura, el acabado, el diseño, el

tipo de material del techo, piso, tumbado, baños etc., para de acuerdo a esto, poder

clasificar el tipo de construcción y por ende definir el valor del metro cuadrado de la

construcción y así poder determinar su avalúo correspondiente, tomando como base lo

anteriormente descrito, se ha elaborado cuadros que contienen todos y cada una de las

características técnicas que tiene cada edificación y además se toma como referencia los

datos proporcionados por el Colegio de Arquitectos, Cámara de la Construcción, dando

cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica de Régimen Municipal, deduciendo el

valor del metro cuadrado de la construcción bajo los cuadros anexados a esta ordenanza

municipal.

Art. 9.- Dentro de la presente ordenanza, se ha incorporado también a los predios

declarados bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, cuyo catastro, se hará en forma

separada de acuerdo al título y alícuota de cada condómino; determinando el avalúo

comercial del suelo; las ventajas que ofrece la funcionalidad del edificio, el estado de

conservación del departamento y las mejoras con las que cuenta, alícuota de terreno y

garaje; características técnicas del departamento, suite, local comercial etc.

Aplicando la multiplicación del valor del metro cuadrado del suelo con la superficie del

terreno, y este resultado a su vez, se lo multiplica también por el porcentaje de la alícuota

del terreno, se obtendrá el valor del suelo del predio, al valor obtenido en esta operación,

se debe sumar el avalúo de la edificación y así se definirá el avalúo comercial del predio

de propiedad horizontal.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 109

Esta operación matemática permite aplicar un avalúo real y equitativo a los predios

declarados al Régimen de Propiedad Horizontal y por sobretodo clasificar a estos predios,

en razón de que existen edificios de esta naturaleza calificados como de lujo y otros que

tienen un tipo de construcción de estrato social medio alto, a quienes se les aplicará un

avalúo acorde a sus condiciones; así como también se tomará como factor que incide

sobre el avalúo a calcular la respectiva depreciación de acuerdo al año de construcción de

cada edificio.

Se incorpora también a esta ordenanza, la tabla de clasificación de los predios declarados

al Régimen de Propiedad Horizontal ubicados en el perímetro cantonal de Salinas.

Art. 10.- Los valores deducidos en esta tabla valorativa de la tierra, multiplicado por la

superficie de cada solar, más el valor resultante de la multiplicación del metro cuadrado

de la construcción por el área de cada edificación, constituyen el avalúo comercial real y

actual de cada predio y, por ende el valor catastral, el mismo que servirá como base, para

la liquidación del valor a pagar, por concepto de impuestos prediales, conforme a lo que

establece la Ley Orgánica de Régimen Municipal.

Art. 11.- De acuerdo a lo que dispone el Art. 320 de la Ley de Régimen Municipal a las

corporaciones edilicias se les otorga la potestad de resolver que al valor de la propiedad

urbana se les aplique un porcentaje que oscilará entre un mínimo de 0,25º/oo y un

máximo de 5º/oo, antecedente legal que constituye el fundamento, para que el Concejo

Cantonal de Salinas, después de revisar y analizar todos los valores de terrenos y

edificaciones, contenida en esta tabla, considere conveniente aplicar el rango dos punto

por mil, para efecto del cobro de impuestos prediales para el bienio 2006-2007.

Art. 12.- En fiel acatamiento a lo que dispone la Ley Orgánica de Régimen Municipal, se

tomará en consideración todas las exoneraciones establecidas en dicho cuerpo legal, tales

como: La exención del pago de los impuestos prediales a los inmuebles que estén

inmersos en los literales a), b), c), d), e) y f) del Art. 331 de Ley de Régimen Municipal y

las exoneraciones por los cuales estipulan los literales a), b), c) y d) Art. 332 de la misma

ley; así como también lo dictaminado por la Ley del Anciano y la Ley del Turismo etc.

Art. 13.- DETERMINACION DE AVALUO DEL SUELO A APLICAR EN LAS DIFERENTES

ZONAS DE VALOR.- Para poder determinar los valores de las diferentes zonas, se ha

desarrollado, una fórmula matemática que toma en consideración las disposiciones que

anteceden, y que además nos otorga como resultado un costo similar, a los obtenidos en

la investigación de mercado.-

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 110

Art. 14.- El Concejo Cantonal de Salinas, después de revisar, estudiar, analizar y aprobar

los valores del metro cuadrado del suelo y los valores de las edificaciones, ha considerado

conveniente establecer el dos punto por mil (2,00) para cobrar el impuesto predial urbano

para el bienio 2006-2007; y así cumplir con lo dictaminado en el Art. 320 de la Ley

Orgánica de Régimen Municipal, a excepción de los terrenos que están destinados a la

explotación de sal, que se le fija en el valor de $ 1,50 el metro cuadrado del suelo, en

razón de ser zonas no urbanísticas que no cuentan con ningún servicio de infraestructura

básica.

Art. 15.- Para aquellos casos, en donde al aplicarse el rango del 2º/oo, aprobado por el

Concejo Cantonal, los propietarios de los inmuebles tendrían que pagar por concepto de

impuestos prediales un valor inferior al cancelado, por este concepto en el año 2005, lo

que contraviene con lo establecido en la disposición transitoria de la Ley Orgánica

Reformatoria de la Ley de Régimen Municipal, se les aplicará la fórmula matemática

adicional que consta en el Anexo 4, cuyo incremento del impuesto predial en promedio no

supere el 10%.

Art. 16.- A todos los predios que estén ubicados en zonas de expansión urbana y las

áreas que no cuenten con infraestructura urbana, tales como vías, alumbrado público,

alcantarillado sanitario y pluvial, y servicios de agua potable, se consideran áreas no

urbanizadas, de acuerdo a lo que se establece en el plano valorativo de la tierra. A estas

áreas se aplicará el valor de suelo de US$ 4,43 el m2; el mismo que regirá hasta que sean

debidamente lotizadas. Realizadas las lotizaciones en estas áreas el cálculo del impuesto

predial se basará en lo dispuesto en el Art. 14 (Anexo Nº 1)

Art. 17.- Para los predios ubicados en zonas de expansión urbana y áreas sin

infraestructura urbana, cuyos planos de ubicación se adjunta, se aplicará directamente un

valor del impuesto predial, calculado en base de un incremento del 10% sobre el valor del

impuesto predial aplicado en el 2005, a excepción de aquellos predios en donde se haya

actualizado el avalúo catastral por obras físicas realizadas al interior del predio, que será

considerado para el cálculo final del impuesto predial en el 2006.

FACTORES QUE DETERMINAN EL VALOR DE UNA CONSTRUCCION

Art. 18.- Independientemente a lo establecido en el Art. 8, numerales 8.2, 8.2.a, 8 2.b,

se ha considerado conveniente clasificar la tipología de la construcción, en la que se

impone valores a cada una de las características de la construcción, tales como cimientos,

cadenas, columnas, vigas, entrepiso, paredes, cubierta, escaleras, pisos, puertas

exteriores, puertas interiores, ventanas, vidrios, enlucidos tumbados, baños, cocina,

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 111

closet, pintura, fachada, instalaciones eléctricas, sanitarios etc., conforme se demuestra

con los cuadros adjuntos y que forman parte de la presente ordenanza municipal.

La suma de los valores de las características técnicas va a proporcionar el avalúo del

metro cuadrado de la construcción; (anexo Nº 2) en el que se demuestra con los valores

de rango máximo y mínimo aplicable, así como también el valor a pagar con la inclusión

de la Contribución Especial de Mejoras.

Se consideran los factores de infraestructura básica con su valor promedio, así como

también los factores de forma y de ubicación con su respectivo costo promedio y por

sobretodo en las edificaciones se toma como factor de valoración a la depreciación que

debe aplicarse a cada uno de los inmuebles de acuerdo a la edad de las construcciones,

valores de cada factor que se calcularán de manera automática. Se deja constancia que

todos los factores están incorporados al sistema catastral computarizado en actual

vigencia. (Ver anexo Nº 2)

Art. 19.- Los notarios y Registrador de la Propiedad del Cantón Salinas, informarán a la

Oficina de Catastro y Avalúos de la Municipalidad de Salinas, que es la encargada de la

formación del catastro, dentro de los 10 primeros días de cada mes, el registro completo

de las transferencias totales o parciales, de las particiones entre condóminos de las

adquisiciones por remate y de otras causas, así como de las hipotecas que hubiera

autorizado o registrado.

Así mismo es obligación de los notarios y Registrador de la Propiedad del Cantón Salinas,

exigir la presentación de los recibos del impuesto predial urbano por el año en que se va

a celebrar la escritura y por el año inmediato anterior como requisito previo para autorizar

una escritura de venta, partición, permuta, u otra forma de transferencia de dominio así

como para su registro.

El incumplimiento de esta disposición será sancionada por el Alcalde con 10 salarios

unificados por cada vez que se incumpla la obligación, que aquí se le impone a los

notarios y Registrador de la Propiedad el Cantón Salinas.

Disposiciones Generales

PRIMERA.- Forma parte de esta ordenanza la Tabla y el Plano Valorativo de la Tierra, que

regirá en el bienio 2006-2007 en el cantón Salinas, (Anexo 1).

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 112

SEGUNDA.- La tipología y características técnicas de las construcciones existentes en el

cantón y que constan en el anexo 2, forman parte de esta ordenanza.

TERCERA.- Para efectos de fijar el valor para las ventas de terrenos que efectúe la

Municipalidad de Salinas, a favor de sus legítimos arrendatarios, para la fijación del canon

anual de arrendamiento y para la determinación del valor imponible para el cobro del

impuesto predial urbano y sus adicionales, se tendrá como base el avalúo catastral. El

canon de arrendamiento de los solares municipales se lo calculará de acuerdo con la tabla

porcentual que consta en el Anexo Nº 3 con un incremento del 100% y se aplicará el

procedimiento empleado para calcular el avalúo predial urbano.

CUARTA.- A petición de los señores contribuyentes, la Dirección Financiera, podrá emitir

los títulos de crédito en forma anual, trimestral y semestral, considerando las rebajas

porcentuales que establece el segundo inciso del Art. 334 de la Ley Orgánica de Régimen

Municipal, así como también los recargos que establece el tercer acápite del mencionado

cuerpo legal.

Esta disposición se establece con el propósito de otorgar facilidades a los contribuyentes y

para este efecto el Departamento de Sistema debe incorporar a la red automatizada,

todas las condiciones necesarias para llevar a cabo este beneficio a los contribuyentes.

QUINTA.- Forma parte de esta ordenanza municipal, los informes que emite la Comisión

Especial Avaluadora, designada por el Concejo Cantonal de Salinas.

SEXTA.- Las notificaciones que se efectuaron, previo a la realización del Censo Catastral;

las mismas que fueron entregadas por el personal que laboró en el Plan Estratégico

Participativo, se incorporan como parte de la presente ordenanza municipal.

SEPTIMA.- A objeto de cumplir con lo dictaminado en los incisos segundo y tercero del

Art. 314.4 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, la Dirección Financiera Municipal

procedió a notificar mediante boletas a los propietarios de los inmuebles, haciéndoles

conocer el nuevo avalúo que se aplicará a su propiedad, proceso que también forma parte

de la presente ordenanza.

OCTAVA.- La investigación de mercado, realizada por el Departamento de Catastro y

Avalúos, para obtener la información veraz, de los precios de los inmuebles ubicados en el

perímetro cantonal de Salinas que están en venta en el mercado de la libre oferta y la

demanda, forma parte de la presente ordenanza.

NOVENA.- Se deroga de manera expresa, la ordenanza que establece la Tabla Valorativa

de la Tierra para el quinquenio comprendido entre el 1º de enero del 2001 hasta el 31 de

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 113

diciembre del 2005, las normas técnicas para el cálculo del valor zonal e individual de la

tierra y edificaciones, las normas que fueron discutidas y aprobadas en las sesiones

ordinarias, celebradas del 24 marzo y extraordinaria del 31 de marzo del 2001 y

publicadas en el Registro Oficial 364 del 9 de julio del 2001.

Disposiciones Transitorias

PRIMERA.- De conformidad con lo determinado en el Art. 133 de la Ley Orgánica de

Régimen Municipal, se promulga la presente ordenanza; en los medios de comunicación

competentes.

SEGUNDA.- La presente ordenanza, entrará en vigencia a partir del primero de enero del

2006 hasta el 31 de diciembre del 2007, sin perjuicio de publicación en el Registro Oficial.

Dada y firmada en la sala de sesiones del Palacio Municipal de Salinas, a los 16 días del

mes de noviembre del 2005.

f.) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde del cantón.

f.) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal.

Certificación: La Ordenanza que establece la Tabla Valorativa de la Tierra para el bienio

comprendido entre el primero de enero del dos mil seis hasta el treinta y uno de

diciembre del dos mil siete y las normas técnicas para el cálculo del valor zonal e

individual del suelo y de las edificaciones, fue discutida y aprobada por el Ilustre Concejo

Cantonal de Salinas, en las sesiones ordinarias del once y dieciséis de noviembre del dos

mil cinco, aprobándose inclusive la redacción en esta última.

f.) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal.

Salinas, a los diecisiete días del mes de noviembre del dos mil cinco, a las nueve horas,

conforme lo dispone el Art. 128 de la Ley de Régimen Municipal, pásese la presente

ordenanza al señor Alcalde para su sanción. Notifíquese.

f.) Lcda. Gladys Espinoza de Idrovo, Vicealcaldesa del cantón.

PROVEYO Y FIRMO el decreto que antecede la señora Lcda. Gladys Espinoza de Idrovo,

Vicealcaldesa de Salinas, a los diecisiete días del mes de noviembre del dos mil cinco, a

las doce horas.

f.) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal.

Razón: Salinas, a los dieciocho días del mes de noviembre del dos mil cinco, a las nueve

horas.- Notifíquese en el decreto que antecede al señor Vinicio Yagual Villalta, Alcalde de

Salinas, en persona informó.- Lo certifico.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 114

f.) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde del cantón.

f.) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal.

Sanción: Salinas, a los dieciocho días del mes de noviembre del dos mil cinco, a las diez

horas, de conformidad con el Art. 72 numeral 31 y Art. 129 de la Ley de Régimen

Municipal, habiendo observado el trámite de ley, el Alcalde sancionó la presente

ordenanza.- Publíquese.

f.) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde de Salinas.

PROVEIDO: Sancionó y firmó la presente ordenanza el señor Vinicio Yagual Villalta,

Alcalde de Salinas, a los dieciocho días del mes de noviembre del dos mil cinco.

f.) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal.

2.6 Capacidades locales para la provisión de servicios de agua para consumo

humano, alcantarillado y manejo de desechos sólidos.

Provisión de agua potable para la capacidad local del cantón Salinas22

Existen 2 entidades involucradas directamente con el manejo de la cobertura de agua

potable: AGUAPEN y CEDEGE.

AGUAPEN

Considerada como la primera corporación en la Asociación de Municipios para administrar

servicios públicos (agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial, tratamiento de agua,

recolección y reciclaje de desechos sólidos) desde su conformación el 14 de diciembre de

1999.

Su área de servicio incluye otras localidades del Cantón Santa Elena: Atahualpa, Ancón,

Anconcito, Ballenita, San Pablo, Jambelí, Palmar, Monteverde, Pechiche, Colonche y toda

la franja costera desde Ballenita hasta Palmar.

Dentro de la Península de Santa Elena, se llevan a cabo Obras Complementarias de

Infraestructura que se dividen en ZONA I y ZONA II: la primera corresponde al sector de

Playas y el segundo a la región de Salinas. (Mapa 2.6.1)

Obras Complementarias de Infraestructura en la Península de Santa Elena

ZONA II

Mapa 2.6.123

22 Información obtenida de la Página Web: www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com 23 Mapa obtenido de: Características de los Sistemas de Aguapen, Mario Costas.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 115

En la Zona II, correspondiente al Cantón Salinas se encuentran los Sistemas de Agua

Potable (AAPP) y Aguas Servidas (AASS) con su porcentaje de abastecimiento según el

sector. (Mapa 2.6.2)

• Estación de Bombeo de Agua Cruda

• Línea de Impulsión/Conducción-Inst. 98%

• Planta de Tratamiento Atahualpa

Sistema de AAPP/AASS:

• Atahualpa/Ancón Anconcito-Inst. 100%

• Santa Elena: Inst. 100 %

• Ballenita/San Pablo: Inst. 60 %

• Libertad/Salinas/Muey: Inst. 50 %

Sistema de AAPP:

• Prosperidad/ El Tambo: Inst.30 %

Obras Complementarias de Infraestructura de la Península de Santa Elena

Zona II

Zona I

Zona II

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 116

Mapa 2.6.224

Sistema de Abastecimiento de Agua Potable, Zona II (Ver Anexos)

Esquema de Instalaciones25

Tabla2.6.1

CEDEGE

24 Mapa obtenido de: Características de los Sistemas de Aguapen, Mario Costas 25 Información de Esquema obtenido de: Características de los Sistemas de Aguapen, Mario Costas

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 117

Es la principal accionista y la institución que da el soporte técnico para el mejor

desempeño de sus funciones.

La mayor parte de los beneficios totales los reciben los habitantes de las zonas

urbanas, dado que la realidad de los de zonas rurales radica en el abastecimiento de

tanqueros o derivaciones del acueducto o por pozos someros con agua de calidad

dura o salobre.

En la actualidad se suministra agua potable a 175,000 personas. (Ver Imagen 2.6.1)

Para el progreso en cuanto a la Cobertura de Agua Potable, se tiene previsto un

proyecto apuntando hacia el año 2010. Este ideal, habría de proveer de servicio a

266.000 personas, y para el año 2030 a 555.000 personas.

Cobertura del Sistema de Agua Potable26 de Salinas

Imagen 2.6.1

Sistema de Alcantarillado27 (Ver Anexos)

Hasta la llegada del Proyecto de Alcantarillado Pluvial y Sanitario de CEDEGE, fue

deficitario, abasteciendo tan sólo a una parte de la población, expulsando las aguas

directamente al mar, causando contaminación.

Desde el 2002, se ha realizado:

26 Gráfico obtenido de la página Web: www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com 27 Información obtenida de la Página Web: www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 118

• La construcción de un sistema de alcantarillado para las áreas urbanas de Salinas,

Santa Rosa, José Luis Tamayo y La Libertad. En la

margen izquierda de la vía a Punta Carnero, contando con lagunas de oxidación de

tipo facultativa y de maduración, con un área se 18,7 Has, cuya descarga se

realizará a un estero que da hacia al Océano Pacífico.

• La Red de Alcantarillado Sanitario de La Libertad, Salinas y Muey, registra los

siguientes datos generales.

Datos Generales de la Red de Alcantarillado Sanitario

Tabla 2.6.2

Datos generales de la red de alcantarillado sanitario de La

Libertad, Salinas y Muey.

Longitud total de

la red 75427 m

Número de

ramales 87

Número de pozos 983

Estaciones de

bombeo 6

Caudal máximo 1.67 m3/s

Excavación 314,838.2 m3

Cobertura del Sistema de Alcantarillado Sanitario Imagen 2.6.2

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 119

Residuos Sólidos Para el transporte y recolección de basura del cantón:

Salinas cuenta como Guayaquil con recursos para mantener y promover su buena imagen

de turismo. Lamentablemente en el país aún no existe la conciencia formada de cómo

tratar lo que ingerimos y utilizamos. Poco se puede lograr si no existe la colaboración

necesaria de parte de sus propios habitantes. A pesar de ello, un buen inicio lo brinda

actualmente el Municipio de Salinas que se encuentra encargado del transporte y

recolección de los desechos sólidos de dicho cantón.

La recolección y el transporte de residuos sólidos (basura) poseen un 70% de efectividad

de cobertura. Las parroquias tanto urbanas como rurales son las beneficiadas. Lo horarios

en que se desenvuelven dichas actividades son diurnos y vespertinos. Sería conveniente

señalar algún tipo de ordenanza hacia los turistas que arrojan todo cuanto ingieren hacia

las calles; cuya peor parte la llevan las playas que están infestadas de botellas, fundas,

cáscaras de algún alimento, colillas de cigarro, etc., logrando la contaminación de todo el

espacio físico que los rodea.

Servicio de Barrido

El servicio de barrido de calles es diario en el sector del Malecón y alrededores de Chipipe,

Segunda avenida, mercado, Dunas, la zona céntrica en Santa Rosa, Muey y Anconcito,

realizándose de forma eventual en sectores en los que se forman hacinamientos.

Disposición Final de los Desechos

*Relleno Sanitario: Localizado en el sector de la Diablica en la Parroquia de Anconcito

Estado: Deficiente infraestructura

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 120

Puntos Negativos: Causa Impactos Ambientales Negativos, manejo de mayoría

de desechos sin la adecuada supervisión.

Puntos Positivos: Extensión 10ha.

Vida Útil: 20 años siempre y cuando mejoran sus condiciones de manejo

Actualmente (2006) el PMRC ha contratado los estudios de diseño definitivo para un

nuevo relleno sanitario. El manejo de desechos sólidos para el cantón Salinas presenta un

estado de cobertura. (Gráfico 2.6.1)

Cobertura de Desechos Sólidos en Salinas

Gráfico 2.6.1

70%

30%

0% 20% 40% 60% 80%

Porcentaje de Beneficio

Cobertura

Déficit

Esta

do

de

Co

be

rtu

ra

Cobertura de Desechos Sólidos

Información obtenida de la Página Web: www.municiodesalinas.gov.ec

Elaboración Propia

2.7 Obras de de infraestructura sanitaria y servicios básicos previstos.

Salinas en la actualidad cuenta con algunas desventajas en su infraestructura sanitaria y

servicios básicos.

Para su progreso se consideran diversos aspectos que se incluyen en el Programa de

Acciones Prioritarias, que describen:

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 121

• Los problemas más preocupantes de la zona,

• Las acciones recomendadas para la solución de los mismos

• Los responsables y Co-participantes que deberán asumir su rol para la mejora del

Cantón Salinas.

Se debe además insistir en determinadas reformas que beneficien al Plan de Desarrollo

Estratégico principal del Cantón Salinas en cualquier gobierno existente; para así

garantizar su cumplimiento en el desarrollo del mismo.

Para lo mencionado, se presenta el siguiente Programa de Acciones Prioritarias.

(Tabla 2.7.1)

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 122

Tabla 2.7.1 Programa De Acciones Prioritarias.28

Descripción Del Problema Acciones Recomendadas Responsabilidad Y Co Participación

Servicio Básico De Recolección Y Tratamiento De Aguas Servidas

Domesticas.

- Gestionar como parte del directorio de Aguapen, la pronta culminación de las obras de alcantarillado sanitario del cantón salinas y de los sistemas de tratamiento de aguas servidas.

Alcalde Del Cantón

- Regularizar y normar con el carácter de obligatorio la conexión domiciliaria de las edificaciones con servicio de alcantarillado sanitario y establecer las sustancias prohibidas de disponer en el sistema de alcantarillado, a fin de preservarlo de taponamientos y asolvamientos prematuros y

evitar riesgos por sustancias inflamables.

Concejo Cantonal.

Aguapen

Dirección De Salud E Higiene

- Regular las normas de descarga de talleres e industrias, acogiéndose en primera instancia a la reglamentación nacional ambiental referente al recurso agua, actualmente vigente. (r.o. 204 del 5

de junio de 1989).

Concejo Cantonal

Aguapen

Dirección De Salud E Higiene

Deficiencia de servicio de alcantarillado pluvial.

Una vez en pleno funcionamiento el sistema de alcantarillado sanitario y el tratamientos de las aguas servidas, concebido de manera independiente al alcantarillado pluvial, se recomienda

gestionar en conjunto con Aguapen el proyecto de alcantarillado pluvial y así evitar conexiones al alcantarillado sanitario que restara capacidad al sistema de tratamiento.

Alcalde del cantón.

Recolección y disposición final de desechos sólidos.

Habilitar el relleno sanitario construido con financiamiento del bede. Conseguir las memorias técnicas del diseño y operación del relleno.

Dirección de obras publicas,

Dirección de salud e higiene

Establecer los horarios y rutas de los recolectores municipales y normar los procedimientos (revisar memoria de estudio financiado con el banco del estado). Fijar y publicar los horarios de

recolección. Aplicar multas o sanciones por incumplimiento.

Alcalde del cantón.

Concejo Cantonal

Una vez en funcionamiento el relleno sanitario, clausurar el botadero de basura actual. Para ser efectiva la clausura no se debe permitir el ingreso de vehículos particulares para la disposición de

Dirección de Obras Públicas.

28 Plan de Desarrollo Estratégico Urbano Cantonal del Cantón Salinas. Componente: Medio Ambiente

Fase I: Análisis y Diagnóstico de la Contaminación Ambiental del Cantón Salinas. Fase II: Identificación de imagen objetivo.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 123

desechos.

Realizar un estudio de cierre técnico del botadero de basura actual y diseño de cobertura final de uso no extensivo y conservacionista, con su respectivo plan de manejo ambiental. Este estudio

debe comprender un diagnóstico de la situación actual del botadero, la generación de lixiviados y gases como el metano, dióxido de carbono, gas sulfhídrico, productos de la descomposición de la

basura, la factibilidad y diseños definitivos de las alternativas para el adecuado cierre del botadero. El estudio debe comprender estudios topográfico, hidrológicos, geológico, de suelo, aspectos de

hidrometereología, hidro-geología, vegetación existente.

Alcalde del cantón

Dirección de plan de desarrollo

Actividad de la pesca artesanal desorganizada e impactos ambientales por desechos

producidos en los puertos de anconcito y santa rosa.

Realizar un censo de pescadores y comerciantes, a fin de proponer sus reubicación, dejando la zona de playa libre de actividad.

Municipio de Salinas.

Capitanía del Puerto

Realizar un proyecto para el Terminal pesquero y de mariscos que cuenta con infraestructura adecuada que canalice la recuperación de los residuos de la evisceracion, mediante la instalación de colectores de agua sangre, colocación de baldosas o azulejos sobre el suelo de los locales de

faenamiento, con el fin de facilitar la limpieza y evitar acumulación de sangre y restos de vísceras. Además, la sangre recuperada en los colectores y filtrada posteriormente, podría ser

comercializada a las industrias de harina de pescado. Este equipamiento debe ser ubicado fuera del área de desembarque en la playa y coordinados con la capitanía del puerto de salinas, DIGMER

y las cooperativas de pescadores.

Municipio de Salinas

Capitanía del Puerto

DIGMER.

Cooperativa de pescadores.

Concientización y educación ambiental a los pescadores y comerciantes, para que haya mayor organización, ordenamiento y limpieza en el desembarque y comercialización de los productos de

la pesca.

Programa de Manejo de Recursos Costeros.

Municipio de salinas

Dirección general de intereses marítimos

Cooperativa de pescadores.

Realizar un inventario y determinar el funcionamiento de las denominadas “pampas” existentes en el cantón salinas, con la finalidad de realizar un ordenamiento de este sector productivo artesanal

y minimizar los potenciales impactos ambientales que esta actividad produciría.

Adicionalmente, incentivar acuerdos entre los pescadores y quienes procesan harina de pescado que permitan recolectar con mayor frecuencia y a bajo costo los desechos de la pesca.

Municipio de Salinas.

Dirección de plan de desarrollo

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 124

Explotación Indiscriminada De La Sal.

Regular la explotación de la sal por parte de los poceros y prohibir la sobreexplotación del recurso, no concediendo permisos en terrenos municipales, donde en su lugar pueden desarrollarse un

proyecto de área verde o parque, de interés comunitario.

Municipio de Salinas

Dirección del plan de desarrollo.

Desalojo De Arena En Volquetas De La Playa

Establecer sanciones a personas que desalojan arena de la playa del cantón, todas las cuales están consideradas para fines recreativos de acuerdo al ministerio de turismo, en concordancia con lo establecido en la ley de régimen municipal, ordenanza de espacio y vía pública (Art. 100), por el

daño ambiental en la zona de playa y bahía.

Comisarios municipales en coordinación con la Capitanía del Puerto (zona rural principalmente),

Policía Nacional y Comisión de Tránsito del Guayas.

Municipalidad realice los estudios oceanográficos necesarios para determinar el transporte litoral de sedimentos, e identificar depósitos marinos de arena donde se puede extraer mediante dragas

hidráulicas

Municipalidad de Salinas.

Instituto Oceanográfico de la Armada.

Falta De Medidas De Prevención Para La Construcción Y Operación

De Gasolineras Y Estaciones De Servicio.

Ordenanza de depósitos de combustible, gasolineras y estaciones de servicio que regule la emisión de permisos de construcción y distancias mínimas de seguridad (normas de Petroecuador para

almacenamiento de combustible) a respetar para la instalación de nuevas estaciones de servicio, gasolineras y depósitos de combustible. La verificación de cumplimiento de normas de

construcción debe ser considerada para la emisión del permiso de funcionamiento anual. Las medidas de prevención de incendios, deben coordinarse con el Cuerpo de Bomberos de la

localidad.

Municipio de Salinas.

Dirección de Plan de Desarrollo.

Cuerpo de Bomberos.

Contaminación De Los Drenajes O Alcantarillado Por Aceites Y

Grasas Provenientes De Gasolineras, Estaciones De

Servicio Y Depósitos De Combustible.

- Normar, a través de la ordenanza de gasolineras, la construcción de trampas de grasa en lavadoras de autos y lubricadoras.

- además, normar la construcción de canaletas de recolección de aguas lluvias alrededor de las islas de despacho de combustible de las gasolineras,

- también, normar la construcción de sistemas de separación agua – combustible en los drenajes de lavado de piso del área de despacho de combustible.

Municipio de Salinas

Dirección de Plan de Desarrollo

Aguapen

Erosión De La Playa De San Lorenzo.

Un estudio específico de obra portuaria debe asesorar al Yacht Club de Salinas en el diseño u obra necesaria como medida compensatoria al impacto ambiental producido por la construcción

del espigón. Este estudio, a ser realizado de manera urgente, debe ser fiscalizado y aprobado por la municipalidad y la dirección general de la marina mercante.

Municipio de Salinas

Yacht Club Salinas

DIGMER.

Contaminación Del Agua De Mar Y Playa Por Desechos Sólidos.

La municipalidad debe extender un certificado al vendedor ambulante previo a la obtención del permiso municipal para que puedan ofrecer el servicio de venta de comida en la playa. Este

permiso debe ser condicionado a que los vendedores ofrezcan el servicio de recolección de los

Municipio de Salinas

Dirección de Salud e Higiene

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 125

residuos que se generan e instalar depósitos contenedores temporales.

Contaminación Del Agua De Mar Por Aguas Domésticas.

Una vez en funcionamiento el servicio de recolección de alcantarillado sanitario, la municipalidad debe exigir, que los usuarios cercanos al malecón de salinas evacuan sus descargas de aguas

servidas domésticas hacia dicha canalización, clausurando las evacuaciones clandestinas hacia el alcantarillado pluvial.

Municipio de salinas

Aguapen

Comisarios municipales.

Contaminación De Agua De Mar Por Derrames De Hidrocarburos.

La municipalidad y la DIGMER, en coordinación con la administración del Yacht Club y Puerto Lucía, deben concienciar a los propietarios de embarcaciones para que establezcan mecanismos de

prevención de derrames de hidrocarburos al mar.

Municipio de Salinas

DIGMER/ Capitanía del Puerto

Yacht club

Contaminación Por Ruido De Bares, Discotecas Y Otros Control

De Diversión.

Establecer vía ordenanza que todos los establecimientos de diversión y principalmente los de atención nocturna, en horas de descanso colectivo, deban cumplir con la reglamentación en

cuanto al control de ruido establecida en la reforma al reglamento para la prevención y control de la contaminación ambiental y otras fuentes, originado por la emisión de ruido, r. O. 377 del 6 de agosto de 1998., considerando el uso de suelo establecido: residencial, comercial o industrial.

Municipio de salinas

Dirección de Plan de Desarrollo

Los establecimientos deben ser cerrados, con una infraestructura adecuada consistente en paredes y cubiertas de material que no permita la transferencia del ruido hacia el exterior; el sistema de evacuación de olores y gases generados en el interior del establecimiento deberá constar de

extractores y filtros si es el caso, evacuados a través de ductos técnicamente construidos. Además, deberán obtener del cuerpo de bomberos un certificado de seguridad y prevención del sistema de

defensa contra incendios y ubicación de las salidas de emergencia.

Dirección de Plan de Desarrollo

Comisaría de Construcciones.

Contaminación Por Gases Tóxicos A La Atmósfera Y Grasas Al Alcantarillado Sanitario De

Talleres Artesanales.

En los talleres de mantenimiento automotriz debe regularse vía ordenanza que estos cuenten con el espacio interior suficiente con área de parqueo suficiente para la demanda de trabajo. Además, el

espacio donde se realiza los trabajos deberán ser pavimentados, debiendo construirse una canalización interna que permita el desalojo del agua de limpieza de pisos hacia una trampa de

grasa que deberá ser construidas conforme especificaciones de CEDEGE ó ECAPAG, según sea lo procedente, debiendo ser aprobado su diseño y obtenerse el certificado de inspección final por parte

de dicha institución.

Dirección de Plan de Desarrollo

Comisaría de Construcciones.

Los talleres de ebanistería deberán aislar el área de corte y pulido. Esta área deberá estar provista de un sistema de extracción con filtros para la retención de material articulado, construyendo las

paredes, mediciones y cubierta a una altura suficiente que no perturbe a los vecinos. En los talleres donde se utiliza pintura y lacas para vehículos o muebles, deberá disponer de áreas

debidamente equipados para esta actividad, debiendo proveerse de sistemas de extracción y filtros para el tratamiento de gases.

La evacuación de los gases de solventes o material articulado deberá realizarse a través de un ducto o chimenea de altura suficiente, que no perturbe a moradores u ocupantes de la propia

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 126

edificación o de edificios vecinos.

Contaminación Por Grasas Y Olores De Restaurantes Y

Negocios Afines.

Debe regularse, vía ordenanza, la construcción de trampas de grasa para las aguas residuales de la cocina, debidamente canalizadas hacia el sistema de alcantarillado sanitario. Para la evacuación de los gases y olores de cocina se deberán proveer de campanas de extracción y filtros. El

ducto o chimenea de evacuación deberá sé de una en altura suficiente, que no perturbe moradores u ocupantes de la propia edificación o de las edificaciones cercanas a los establecimientos.

Municipio de Salinas

Dirección de Justicia y Vigilancia

Comisarios Municipales.

Arborización.

Establecer un plan rector de áreas verdes dentro del cantón. Por el momento, la administración municipal debe disponer el inicio de las actividades dispuestas para cada propietario de solar o

edificación, de sembrar o reponer árboles donde no los hubiese o hubieran desaparecido por algún motivo, conforme la ordenanza de arboricultura y forestación.

Municipio de Salinas

Dirección de Salud, Higiene y Justicia y Vigilancia.

Proyecto Preservación Ambiental De La Represa Velasco Ibarra

Realizar términos de referencia para contratación de estudio de diagnostico integral de la zona y elaboración de un plan de manejo ambiental que determine el uso ambientalmente sustentable y de

preservación de la represa.

Municipio de Salinas en coordinación con Municipio de La Libertad.

Colaboración o auspicio: Fundación Natura, ESPOL.

Camal Municipal.

Apoyar en la gestión de la municipalidad de la libertad en convertir al camal municipal en único para la región peninsular.

Clausurar camales clandestinos no municipales y sin el respectivo control veterinario.

Alcalde del cantón.

Dirección de higiene y justicia y vigilancia.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 127

Otra de las visiones puntales es:

Medio Ambiente y energía renovable

En este punto existen dos aspectos fundamentales a considerar: equilibrio ecológico y uso

de fuentes renovables de energía, este último requerirá inicialmente efectuar una

auditoria energética de Salinas con una evaluación de usos y costumbres.

2.8 Capacidad instalada de los servicios turísticos

Hotel

Tabla 2.8.1

Categoría No. de Plazas

Lujo 206

Primera 407

Segunda 719

Tercera 60

Total 1,392

*Establecimiento que proporciona alojamiento, normalmente durante un tiempo corto. Los hoteles

a menudo ofrecen servicios adicionales como restaurante, piscina o guardería para niños. Su

símbolo es la letra H.

Hotel Residencia

Tabla 2.8.2

Categoría No. de Plazas

Tercera 57

Cuarta 60

Total 117

Hotel Apartamento

Tabla 2.8.2

Categoría No. de Plazas

Primera 135

Total 135

Hostal

Tabla 2.8.3

Categoría No. de Plazas

Primera 120

Segunda 329

Tercera 450

Total 899

* Tipo de alojamiento turístico desaparecido en la mayoría de las Comunidades Autónomas, que

designa a una Pensión sin estrellas. Su símbolo son las letras HS.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 128

Hostal Residencia

Tabla 2.8.4

Categoría No. de Plazas

Segunda 85

Tercera 152

Total 237

Hostería

Tabla 2.8.5

Categoría No. de Plazas

Primera 34

Segunda 51

Total 85

Motel

Tabla 2.8.6

Categoría No. de Plazas

Primera 40

Total 40

*Tipo de alojamiento turístico caracterizado por estar próximo a carreteras y ofrecer alojamiento y

garaje o aparcamiento independiente para estancias de corta duración. Su símbolo es la letra M.

Pensión

Tabla 2.8.7

Categoría No. de Plazas

Primera 30

Segunda 53

Tercera 147

Total 230

*Alojamiento hotelero que no reúne las condiciones mínimas del grupo hoteles. Su símbolo es la

letra P.

No. Total de Plazas de Alojamiento: 3,135

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 129

Por Hospedaje29

Tabla 2.8.8

Catastro Turístico de la Provincia del Guayas, 2006.

Propietario Dirección Categoría Hab. Plazas

Hostal

Carruaje El Guillermo Villagomez Darques Malecón 517 Y Rumiñahui Primera 14 37

Francisco I Olga Graciela Luna León De Fierro Av. General Enrique Gallo Y Rumiñahui Primera 12 34

Tropical El Amada Ditto Valencia Av. J.M. Velasco Ibarra Y Luis A. Flores Primera 16 49

Cocos Ing. Otón Arboleda Sánchez Malecón Y Calle 19 Fidon Tomala Segunda 12 56

Florida Ernesto Waldemar Duran Wauge Malecón Y Calle 2da. Segunda 16 42

Francisco II Olga Graciela Luna León Malecón 723 Y Las Palmeras Segunda 18 36

Gemelos Los Maria Soledad Vaca Viteri Cdla. Costa De Oro Av. 8va. Y Abdón Calderón Segunda 12 24

Italiana Blanca Silva Luque Cdla Italiana Calle 54 Y 3ra. Segunda 24 48

Maniatan Julio Mantilla Cárdenas Cdla. Italiana Calle 54 Entre Av. 37-38 Solar 20 Diagonal Al Colegio Rubira Segunda 14 32

Palacio del Mar Zoila Rosa Palacios Pilelle Av. 25 Y Calle 33 Segunda 22 51

Palmeras Las Esile S.A. Enríquez Gallo Y Rumiñahui Esq. Segunda 16 40

Riviera Inn Malta Castagneto Maria Carolina Avenida Octava S/N Calle 26 Segunda 0 0

Albita Milton Naranjo Valencia Av. 7 Y Calle 23 Tercera 13 30

Delfín El Clelia Domínguez Ulloa Av. Gral. Enríquez Gallo Y Calle 18 Tercera 13 20

Dorado In Jorge Eduardo Ortega Yépez Calle Rumiñahui Y Gral. Enrique Gallo Tercera 16 64

Grey Francisco Javier Rodríguez Alvarado Barrio Bazan Av. 8 E/ 19 Av. Y 20 aja. Tercera 20 50

Internacional Mendoza Valencia Maria Carmen Carretero A Salinas Tercera 44 84

Mayrita Eduardo Aguirre Flores Cdla. Franco Rodríguez (Aeropuerto FAE). Tercera 14 28

Olas Las Bolívar Rene Pacheco Salazar Calle La Palmera S/N Av. 5ta. Frente A Cevichelandia Tercera 19 49

Refugio El Olga Rodríguez Flores Los Ficus Y Rafael De La Cuadra Tercera 13 37

Rocas Las León Darío Martínez Herrera Calle 22 Y Gral. Enríquez G Tercera 13 38

Yulee Carlos Elizalde Caballero Mercedes De Jesús Y Eloy Alfaro Tercera 25 50

Hostal residencia

Tres Ciros Soubel S.A. Av. 12 Entre Calles 40 Y 43 Segunda 8 33

29 Fuente: Subsecretaría de Turismo del Litoral, Catastro 2006. Cámara Provincial de Turismo, Capítulo Salinas.

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 130

Galería Héctor Ordóñez Rueda Av.22 De Diciembre Y Guayas Y Quil Segunda 17 52

Oro Del Mar Luis Gonzalo Hidalgo Av. 2a. Y Calle 27 Tercera 66 152

Hostería

Puerto Aguaje Napoleón Sotomayor Punta Carnero Vía A Libertad Primera 12 34

Ecológica El Faro Gabriel Eduardo Faidutti Cdla Milina Mz. G Solar 1-2-3-4 Segunda 7 14

Reposo Del Guerrero El Luis Felipe Lucero Solís Calle 53 Y Av. 43 Segunda 11 37

Hotel

Barceló Colon Miramar Rafael Alberto Terán López Malecón E/38 Y 40 Lujo 90 206

Chipipe Andrés Ramiro Orellana Henríquez Chipipe, Calle 12ava S/N E/Av. Cuarta Y Quinta, Detrás Del Municipio De Salinas Primera 47 67

Mediterráneo Zelidh Aleam Chong Freire Av. Antonio José De Sucre Y 24 De Mayo Primera 33 198

Aragosta José Francisco Falquez Zambra Av. Carlos Espinoza Larrea Segunda 30 109

Da Vinci Mario Sinito Gelsomino Cdla. Costa De Oro Vía Salinas Segunda 18 52

Don Mincho Hnos. Naranjo Miranda Carretero Libertad – Salinas Segunda 70 160

Oasis Jonás López Calle 44 Entre Av. 20 Y 21 Segunda 31 80

Salinas Jorge Sotomayor Gral. Enríquez Y Av. José Alberto Estrella Segunda 35 68

Salinas Costa Azul Jorge Sotomayor Av. José Estrella Y Gral. Enríquez Segunda 46 87

Sun Beach Salinas Hotel Mario Enrique Granizo Villagomez Cdla. Italiana Calle 53 S/N, Vía Salinas, A Una Cuadra Del Colegio Rubira Primera 49 142

Suite Salinas Jorge F. Sotomayor Zambrano Gral. Enrique Gallo Y José A. Estrella Segunda 56 163

Fiesta Continental Walter Sánchez Arreaga Av. 53ava Y Calle 47ava. Tercera 30 60

Hotel Residencia

Oro Del Mar # 2 Luis Gonzalo Hidalgo Calle 18 Y Av. 5ta Cuarta 30 60

Santa Rosa Mariana Molina Pico Calle 60 Y Av. 46 Esq. Barrio 1 Ero De Enero Tercera 36 57

Hotel Apartamento

Calypso 1 Jorge Luis Macchiavello Malecón De Salinas Primera 48 120

Travel Suites Maria Cecilia Alvarado Rodrigue Av. Quinta E/ Calle Trece Y Catorce Primera 10 15

Motel

Can Cun Máximo Pachay Anchundia. Vía Punta Carnero Primera 20 40

Pensión

Le Petit Jardín Prodilar S.A. Av. De Las Americas Y Av. Gral. Enrique Gallo Primera 9 30

Carloncho Carlos A. Fernández Guilpi Av. Segunda Y Malecón Segunda 8 16

Diamond Of The Sea Lidice Macias Zambrano Av. Once Intercepción Calle 38 Segunda 9 9

Porto Rapallo Nelly Guillermina Pauta Machare Av. 6(Eduardo Aspiazu) Entre Calle 23 Y 22 Segunda 9 28

Buta-K Maria Romero Valladares Rosendo Aviles Y Jaime Roldós Diagonal Al Club De Leones Tercera 9 30

Campi Justo Eliecer Campos Martín Gral. Enríquez Entre La 26 Y 38 Tercera 8 10

Cantábrico Betty De Bonfanti Av. Eloy Alfaro Y Gabriel Santos Tercera 9 22

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 131

Jorsan Loor José Antonio Lorenzo Lorenzo General Enríquez Gallo Y Martha Valverde Tercera 9 39

Mar Y Arena Lilian Annabelle Romero Palacios José Alberto Estrella Y Av. Los Ficus (Av. 15 Y Calle 27) Tercera 8 27

Villa Venecia Jacinto Armando Barreto Zúñiga Esteros De Salina Av. No 7 E/ 27 Y 29 Tercera 6 19

No. Total de Plazas 3135

Plazas de Alimentación

Tabla 2.8.9

Categoría No. de Plazas

Segunda 515

Tercera 1399

Cuarta 580

Total 2494

Por Restaurantes30

Tabla 2.8.10

Establecimiento Propietario Dirección Categoría # Mesas # Plazas Telef.

Amazon Guillermo López Rodríguez Malecón entre 24 de mayo y L.Baz Segunda 15 60 2773671

Delicias del Ecuador Isabel Pérez Lalaleo Cdla. Puerta del Sol Mz K solar 26 Segunda 14 56 2777715

Don Ciro 2 Ciro Valerio Suárez Vera General Enríquez Gallo y Av. 2da. Segunda 16 64 2773780

Elizabeth Saavedra Elizabeth Saavedra Av. Malecón y calle 24 de mayo Segunda 9 47 2773200

Jimmy Rodeo Steak Jaime Rodríguez Novas Av. General Enríquez Gallo S/N y 21 Segunda 10 40 2770483

Mar y Tierra Milton Muñoz Santos Malecón y Av. 7 Segunda 26 104 2774193

Saavedra Jorge Enrique Saavedra Calle 26 y Av. 9Na Segunda 6 24 2774263

Trattoria Pizzería La Bella Auliria Esperanza Bravo Vélez Malecón de Salinas y Rumiñahui Segunda 15 60 2771361

Vrouw María Carlos Aurelio Benítez Assemany Calle No. 21 y Malecón No. 517 Segunda 15 60 2770214

Al Paso Carmen Luzbel Tomalá Pazan Eloy Alfaro y Segunda Avenida Tercera 9 36

Bar de Oyster Brenda Riera Moreno Calle Principal de Salinas Malecón 88 y Tercera 8 32

30 Fuente: Cámara Provincial de Turismo, Capítulo Salinas, 2006

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 132

Calle 5C

Brisas del Mar Georgina Frutos Medina General Enríquez y la 23 Tercera 10 40

Brostizado Super Pollo Roberto Oña Gómez General Enríquez Gallo y calle 20 Tercera 4 16

Cevichería Anita Ana Abigail Parrales Alcívar Av. Gral. Enríquez Gallo y Av. 2da Tercera 6 24

Cevichería Carmita 2 Carmen Alejandrina Pozo Salazar Gral. Enríquez Gallo calle 18 Tercera 10 40

Cevichería El Velero Germania Álvarez Carcelén Avenida 6 entre calles 8 y 9 Tercera 8 32 2772070

Cevichería Graciela Marlene Pozo Gonzabay Av. 6 calle 8 y 9 sector mercado Tercera 8 32 2772378

Chifa Chung Wha Express Flor León Zapata Malecón S/N y calle 38 (Carbo Viteri) Tercera 6 24 2770497

Chifa Taiwán Víctor Cruz Echeverría Av. Gral. Enríquez E/E 20 y 21 Tercera 10 40 2772163

Comedor Don Walter Walter Zúñiga Calle Guayas y Quil y Av. Malecón Tercera

Cozzoli`s Tiófilo Fuente Caicer Malecón entre calle 37 y la 38 Tercera 15 44 2778418

D`Hugo David Barrera Eleodora Peña y María González Tercera

D`Luis Luis Toala Salazar Eleodora Peña y María González Tercera

Don Jorge Jorge Vélez Gral. Enríquez y Arnaldo López Tercera

Don Juanito Juan Félix Aguirre Vélez Calle 23 y Gral. Enríquez Gallo Tercera 8 32

El Dorado María Isabel Gonzabay Tomalá Salinas Calle 23 y Malecón Tercera 6 24

El Capitán Jacinto Echeverría Malecón E/E Luis Gilbert y Rafael de la

Cuadra Tercera

El Chechito Lorenzo Guale de la O Sixto Durán Y Eleodora Peña Tercera

El Marinero I Laura Rodríguez Gral. Enríquez y Luis Alberto Tercera

El Pibe Néckler Cedeño Calle 23 y Avenida Malecón Tercera

Empanadas Milán Milán Koviccic Borislav Calle 3era E/ la 26 y la 27 Tercera 6 24

Gordo de María Sandra Ronquillo Pérez Calle 53 entre Dunas Tercera 2778278

Gringo Mariana González Gral. Enríquez y Rumiñahui Tercera

Herminia María del Carmen Rocafuerte Malecón y calle 25 Tercera 8 32 2771049

Holmurguesa Ketty Rodríguez Carpio Av. Malecón y calle 23 Tercera 10 40 2771049

Huakamole Don Seve Nelly Zambrano Av. Eloy Alfaro y Calle Santander Tercera 6 24 94787405

Joel Joel Eugenio Cuenca Zamora Malecón y Calle 25 Tercera 6 24 2771270

Karen Elsa Quinde Baque Las Palmeras y María Serrano Tercera

Kentucky Fried Chicken Juan Carlos Serrano Valdivieso Sector Chipipe Mz. 55 Tercera 10 40 2772756

La Manabita Lucía Loor Las Palmeras y Gral. Enríquez Tercera

La Ostra de César Luis Villalva Punta Carnero Tercera

Latino María Intriago Las Palmeras y María Serrano Tercera

La Lojanita 1 Nelly Germania Guerrero Álvarez Enríquez Gallo Tercera 12 48 2774328

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 133

Luv`n Oven Bertilda Marret Av. Malecón y Rumiñahui Tercera

El Madrileño J&M Mericielo del Jesús Freire Alonso Av. Gral. Enríquez Gallo y Calle Principal Tercera 8 32

Mamma Mia Jorge Nimbriotis Carlos Espinoza y Venezuela Tercera

Marnier Grace María Fuentes Martínez Av. Malecón S/N y José Estrella Tercera 10 40 2774730

Mediterráneo 1 Mauro Sebastián Tomalá Rosales Av. Gral. Enríquez Gallo y av. 24 Tercera 14 56 2770405

Mediterráneo 2 Víctor Hugo Rodríguez Chong Leonardo Avilés y Eduardo Aspiazu Tercera 8 39 2771778

Alguita Josefina Bravo Gral. Enríquez Gallo Tercera

La Ostra Nostra Danilo Ramírez González Av. Eloy Alfaro y Calle los Almendros Tercera 25 100 2774028

El Paladar Costeño Teodora Raquel Chalen Ruiz Av. Gral. Enríquez calle 23 y 24 Tercera 10 40 2771175

El Patacón Enrique Antonio Guerrero Zunino General Enríquez y Calle 38 Tercera 10 40 2774337

Picantería Vanessa Nora Elena Roca Murillo Av. 5 y calle 18 sector del mercado Tercera 5 20 2778231

Piccola Italia Ana Norero Carlos Espinoza Larrea Gasolinera

Texaco Tercera 20 80 2779294

Popular Guillermo Peña Benavides Malecón y Av. 26 Tercera 10 40

Quisquella La Bella Auliria Esperanza Bravo Vélez

Av. Malecón junto edif. Las Canarias

local 2 Tercera 10 40 2771335

Rest. Botticelli Sra. Susana Velastegui Rodríguez Av. Almendros y 6ta Esquina (chipipe) Tercera 2770143

Rest. Dorado Grill Sr. Xavier Ortega Villacís Gral. Enríquez Gallo y Fidón Tomalá Tercera 99616956

Rest. La Bella Vita Sr. Salvatore Gangi Dino Av. Malecón Edf. Las Canarias Tercera 2930406

Rest. La Casa del Arbol Sra. Martha Seminario Dávila Av. Gral. Enríquez Gallo y Fidón Tomalá Tercera 2786846

Rest. Pollo Horneado Stav Manuel José Cimadevilla Caicedo Av. Malecón y Calle 37 Tercera 2771473

Rest. Punta Carnero Sr. Leonardo Cherrez Chang Ajoy Vía Punta Carnero Tercera 2782210

Rest. Señor Ceviche Sra. Lila María Tabara Cortés Av. 17 s/n y calle 51 San Lorenzo Tercera 2778113

Restaurantes Oh Mar Jorge Ceballos Malecón y calle Rumiñahui Tercera 15 60

Rincón Colombiano Antonio Giraldo González Gral. Enríquez y Av. 24 Tercera

Robertito Ramiro Roberto María González y Leonardo Avilés Tercera

Roberto II Roberto Toala Salazar Las Palmeras y Gral. Enríquez Tercera

El Sabor Marinero Galo Quishpe Huanoluisa Gral. Enríquez Gallo y la 1 Tercera 8 32 2773029

El Sabrosón María Ausencio Suárez Calle 6 Av. Segunda Tercera 6 24 2772251

Sea Wolf Miguel Villalobos Av. Malecón y Rafael de la Cuadra Tercera

Selva del Mar Martha Asencio Romero Av. Gral. Enríquez E/ 22 y 23 Tercera 6 24 9345462

Típico Sabor Esmeraldeño Luis Antonio Ortiz Aguirre 23 y Segunda Enríquez Gallo Tercera 10 40 2773173

Víctor Andrés María Irina Arevalo Arevalo Calle 18 y Gral. Enríquez Tercera 7 28

La Yapla José Hanz Saman Behr Gral. Enríquez Gallo y calle 20 Tercera 4 16 2773197

Bayrito Filomeno Vélez Vélez Av. 27 y Gral. Enríquez Cuarta 12 48 2772908

Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 134

Camino e Hijos Feliz María Camino Benítez Gral. Enríquez Gallo e/ la 17 y la 18 Cuarta 5 20 2771879

Carloncho 2 Carlos Hernández Gral. Enríquez y José A. Estrella Cuarta 10 40

Carmita Carmen Alejandrina Pozo Salazar Av. 3era. Y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20

Cevichería Isabelita Reyna Isabel Lavayen Salinas Calle 17 y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20

Checito Henry Gregoria Genoveva Pozo Gonzabay Las Palmeras y María Luz González Cuarta 6 24 2771663

Chelita Cecilia Tigrero Lainez Calle 17 y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20

Clavijo Olegario Clavijo Las Palmeras y María Serrano Cuarta

Comedor Albita Alba Susana Tomalá Pozo Av. 2da y calle 27 Cuarta 4 16

D`Yuri Edwin Leonidas Guerrero Álvarez Gral. Enríquez y calle 18 Cuarta 4 16

Gloria Gloria Tomalá Santiesteban Calle 17 y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20

Janeth del Rocío Marcia Máxima Pozo Liriano Av. 3era. Y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 6 24

Karina Adelina Bernabé Tigrero Av 5ta. Y calle 17 Cuarta 7 28

Kléber Dick Borbor Salazar Las Palmeras y Gral. Enríquez Cuarta 4 16

Lojanito José Aurelio Tintina Jombo La 23 y Gral. Enríquez Cuarta 10 40

Mar y Sol Juana Severino González Av. 2 y calle 12 frente a Iglesia de

Chipipe Cuarta 9 36 97411505

Martha Eva Preciada Martha Lainez Tigrero Calle 17 y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20

Niña Etmy Yoconda de la O Av. Gral. Enríquez y Eleodora Peña Cuarta 4 16

Patricia Ebilio Nemesio Panchana Guales Calle 17 y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20

Pikeos León Edgar Gerardo León Piedraita Calle Eleodora Peña S/N Gral. Enríquez Cuarta 6 24 2770475

Roberto Augusto Antonio Toala Ruiz Eleodora Peña Villao y Gral. Enríquez Cuarta 6 24

Rocío María Pascuala Guale Pozo Av. 3era. Y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20

Super Fausto Petra Amada Tigrero del Pezo La 23 y Gral. Enríquez Cuarta 8 28

El Típico María Arandina Lucas Mero Rumiñahui y Av. Eduardo Aspiazu Cuarta 6 24 2774108

Xuxa Jacinta Orrala Rodríguez Calle 5 y Av. 17 Cuarta 4 16

No. Total de Plazas 2494

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 135

2.9 Facilidades existentes para el visitante: sitios de parqueo, baterías sanitarias en áreas de playa, otras que se determinen durante el estudio.

Entre las facilidades existentes para el visitante en el cantón Salinas se puede establecer lo siguiente:

Sitios de Parqueo:

Salinas no cuenta con espacio físico determinado de parqueo para el transporte público o privado. Se señalan más bien las calles principales y

secundarias del Cantón Salinas para suplir dicha necesidad. (Ver Anexo de Fotos)

Baterías Sanitarias en Áreas de Playa

Existen Baterías Sanitarias Portátiles que se instalan a lo largo de las playas (San Lorenzo y Chipipe) más que nada durante su Temporada Alta

para beneficiar a los turistas. (Ver Anexos de Fotos)

La siguiente tabla enumera datos complementarios relacionados con:

Asistencia Social,

Cultura/turismo

Seguridad civil y

Servicios.

La siguiente Normativa de Referencia de Equipamiento Urbano Complementario, indica su Frecuencia de Uso, su Espacio Requerido

(construcción y Terreno), y la Población que la ocupa o utiliza. (Ver Tabla 2.9.1)

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 136

Normativa de Referencia de Equipamiento Urbano Complementario

Tabla 2.9.1

Normativa De Referencia De Equipamiento Urbano Complementario31

Equipamiento

Frecuenc

ia

de Uso

Espacio Requerido Población

Construcció

n

Terre

no Base

Asistencia Social

31 Distribución Espacial (Equipamiento Urbano), Volumen I del Plan Participativo de Salinas, Septiembre 2000.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 137

Guardería .15 m²/hab.

600

m²/mi

n.

2000

habitantes

Cultura/Turismo

Iglesia 10% de la

población 1 m²/asist.

1.5

m²/ha

b.

25000

habitantes

Hotel 1 cama /

100 hab. .05 m²/hab.

.10

m²/ha

b.

Biblioteca 70% de la

población .01 m²/hab.

.02

m²/ha

b.

50000

habitantes

Seguridad Civil

Retén Policial .005

m²/hab.

200

20000

habitantes

Estación De

Bomberos .01 m²/hab.

500

50000

habitantes

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 138

Cuartel Policía 5 m²/500

hab. 600 m²

2000

Servicios

Telefonía .06 m²/hab.

1200

min.

20000

habitantes

Correos

.08

m²/habita

ntes

.02 m²/hab.

400

min.

20000

habitantes

Cementerio

1.25% de

la

población

.17 m²/hab. 25500

150000

habitantes

Comercio/Abaste

c.

Gasolinera 75% de la

población

400-

500

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 139

Ámbito Económico 2.10 Caracterización económica de la estructura productiva del sub- sector Turismo (relación porcentual entre empresas grandes,

medianas y pequeñas y magnitud promedio de las inversiones)

2.10.1 Empresas Pequeñas, Medianas y grandes

De manera formal en los catastros de la Sub-secretaría de Turismo del Litoral no se clasifican a las empresas dedicadas a las actividades turísticas

como pequeñas, medianas o grandes; de la misma manera no se establece el monto de las inversiones de empresas dedicadas a la actividad

turística.

Tomando en consideración el número de empleados. Del total de 238 empresas, 235 son consideradas pequeñas que emplean entre 1 a 25

personas, que representan el 99% de la planta turística; y 3 empresas consideradas medianas ya que emplean más de 25 personas, y representan

el 1% de la planta turística de Salinas.

Tipo de empresas dedicadas al turismo de acuerdo al número de personas empleadas, año 2006

Tabla 2.10.1

Número de personas empleadas

1-25 Más de 25

Número de

establecimientos 235 3

Tipo de empresa Pequeñas Medianas

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 140

99% 1%

Fuente: Catastro 2006- Subsecretaría de Turismo del Litoral

Elaboración propia

2.10.2 Característica de las inversiones

Ya que no existe un registro o estadística de Salinas donde se consideren el monto de las inversiones en los establecimientos dedicados a la

actividad turística. Se ha caracterizado las inversiones de acuerdo a la propiedad de la empresa.

2.10.2.1 Inversiones de acuerdo a la propiedad de la empresa: Se han caracterizado las inversiones de acuerdo al tipo de administración en

dos grupos:

-Inversión de tipo familiar o de persona natural corresponde a los establecimientos pequeños, muchos de ellos administrados por sus

propietarios o registrados a nombre de personas naturales.

-Inversión corporativa: corresponde a los establecimientos medianos y/o grandes que son manejadas a través de una empresa o persona

jurídica, y que generalmente cuentan con una organización y estructura más formal en sus operaciones.

Tipo de inversiones en establecimientos de Turismo de acuerdo a la Propiedad de la Empresa.

Tabla 2.10.2.

Tipo de inversión

Propiedad. Familiar-Persona natural Propiedad

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 141

Fuente: Catastro 2006- Subsecretaría de Turismo del Litoral

Elaboración propia

De acuerdo a los datos mostrados en la tabla 2.10.2, el 91% de los establecimientos son de tipo familiar o registrados por personas naturales, y el

9% corresponde a inversiones de tipo corporativo, es decir son administrados por empresas formalmente constituidas.

Es necesario aclarar que los establecimientos registrados por personas jurídicas pueden ser también de tipo familiar.

2.10.2.2 Inversiones en construcción de complejos de recreación en la provincia del Guayas.

En el Anuario de Edificaciones y Construcciones del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) existen estadísticas acerca del monto de

inversiones dedicadas a la construcción de complejos de recreación en la provincia del Guayas, así como el monto de las inversiones dedicadas a la

construcción en Salinas en los años 1994 y 1996. Sin embargo no se muestra el monto de las inversiones en construcción de la planta turística en

Salinas. (Ver Tabla 2.10.2.2)

Variación en la inversión en construcción de Complejos Recreacionales en el ámbito provincial, años 1994 1996 y 2004

Tabla 2.10.2.2.

D E S C R I P C I Ó N AÑOS

Corporativa

Número de establecimientos 216 22

Porcentaje 91% 9%

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 142

1994 en dólares

1996 en dólares

2004 en dólares

1 Monto de inversiones para todo tipo

de construcción- provincia del Guayas 136.422.623 85.371.162 291.173.200

2 Monto de inversiones para

construcción con uso comercial en

provincia del Guayas

50.055.799 8.958.742 51.547.400

3 Inversiones para todo tipo

construcción en Salinas 6.005.663 1.928.644

información no

disponible

4 Inversiones en construcción de Complejo Recreacional en la

provincia Guayas

1.475.008 588.500 1.627.840

5

Relación % de Inversiones para

Complejos de Recreación con respecto al Total de inversiones para

construcción con uso comercial de la provincia (descripción 4 /descripción

2)

2.95% 6,57% 3,16%

6 Relación porcentual del valor de

inversiones en descripción 3 con los

valores en descripción 1.

4,40% 2,26% información no

disponible

Fuente: INEC, “Anuario de Edificaciones 1994,1996 y 2004”

Elaboración propia

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 143

La descripción 5 de la tabla 2.10.2.2 muestra que en el ámbito de la provincia del Guayas las inversiones en complejos de recreación ha crecido

apenas en un 0.21 % en un periodo de 10 años. Es importante destacar que la inversión en complejos de recreación no incluye a todas las

inversiones que se puedan realizar en el Sector del Turismo como son construcción de hoteles, restaurantes, sitios de esparcimiento y otros de la

planta turística instalada en la provincia de los cuales no hay una referencia estadística.

La información de la última estadística en inversiones de construcción del año 2004 no revela datos referentes a las inversiones en construcción de

todo tipo de edificaciones en Salinas, razón por la cual en la descripción 6 no es posible hacer una relación de estas inversiones con respecto a las

de la provincia del Guayas, tal como en los años 1994 y 1996, periodo en el cual se registra un decrecimiento del 2.14%.

La casi nula información estadística sobre las actividades productivas y particularmente sobre las del turismo obliga a utilizar metodologías

alternativas que solamente permiten estimar el crecimiento de las inversiones relativas al Turismo.

2.11 Tasa de crecimiento del sector empresarial turístico local.

La tasa de crecimiento del sector turístico empresarial del cantón Salinas es un indicador que no se ha encontrado en las estadísticas de turismo de

las diferentes entidades relacionadas con el tema. Por lo que en el presente estudio se establece la relación entre el número de establecimientos

registrados en el Catastro de la Sub secretaría de Turismo en dos diferentes años (2003 y 2006).

Tasa de crecimiento anual de la Planta Turística registrada en los años 2003 y 2006

Tabla 2.11

TIPO DE ESTABLECIMIENTO

AÑOS Variación porcentual en periodo

2003-2006 2003 2006

Agencias de Viaje 7 10 43%

Hoteles y sitios de alojamiento 39 48 23%

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 144

Casinos, termas y balnearios 1 3 200%

Bares 7 12 71%

Cafeterías y Fuentes de soda 17 27 59%

Restaurantes 89 122 37%

Discotecas 12 13 8%

Peñas y salas de baile 3 3 0%

TOTALES 175 238 36%

Fuente: Catastros 2003 y 2006. Subsecretaría de Turismo del Litoral

Elaboración propia

De acuerdo a esta información en el año 2003 se encontraban registrados 175 establecimientos de la planta turística aumentando en promedio del

36 % en un periodo de 3 años.

La mayoría de los establecimientos de la planta turística registrada han tenido un incremento significativo, los sitios de alojamiento han

incrementado en un 23% en el periodo descrito, lo cual evidencia el incremento de turistas (quienes pernoctan en Salinas) lo que trae como

consecuencia el aumento en los consumos de otros elementos de la planta, como restaurantes (12% anual), agencias de viajes (14% anual) y

fuentes de soda (20% anual).

Sin embargo el mayor número de establecimientos de la planta turística son los de alimentación, evidenciando el consumo de los residentes

temporales (población flotante) y excursionistas32 que visitan la localidad.

Crecimiento de la planta turística registrada en los años 2003 y 2006

Gráfico 2.11.

32 Excursionista: Visitante que permanece menos de 24 horas fuera de su lugar de residencia habitual, no utilizando servicio de alojamiento comercial. OMT

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 145

0

20

40

60

80

100

120

140

Agencias de

Viaje

Hoteles y

sitios de

alojamiento

Casinos,

termas y

balnearios

Bares Cafeterías y

Fuentes de

soda

Restaurantes Discotecas Peñas y

salas de baile

2003 2006

2.12 Análisis cualitativo del recurso humano que emplea formal e informalmente el Sub. Sector Turismo.

2.12.1 Perfil del recurso humano que emplea el turismo.

No se han realizado estudios respecto al perfil y calificación del recurso humano empleado por el sector Turismo en Salinas, sin embargo se toma

como referencia los datos del nivel educativo de los Censos de Población de 1990 y 2001 que muestran que el nivel educativo promedio de la

población del cantón Salinas fue de 6.0 y 6.2 grados respectivamente. Lo que equivale a decir, que en promedio, la población tiene para el año

2001 un nivel de instrucción primario y que con relación al año 1990 la mejoría no es significativa. En el ámbito de la ciudad de Salinas el promedio

de escolaridad es de 6.5 años.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 146

Todos estos datos dan una referencia en cuanto al nivel de educación de las personas empleadas en la actividad turística, suponiendo que la

mayoría de quienes trabajan en el sector turismo en Salinas provienen de ella.

De acuerdo a los datos de la tabla 2.12, el 20,79% de la Población económicamente activa de Salinas tiene nivel primario terminado de educación; y

el 20,30% la secundaria terminada; siendo estos los porcentajes más representativos.

Valores relativos de la PEA por nivel de instrucción en la rama de Hoteles y Restaurantes

Tabla 2.12

Nivel de Instrucción Número de personas V. Relativo

1 Primario (4-6 año) 84 20,79%

2 Secundario (4-6 año) 82 20,30%

3 Secundario (0-3 año) 57 14,11%

4 Superior 50 12,38%

5 No declarado 48 11,88%

6 Primario (0-3 año) 33 8,17%

7 Educación Básica 20 4,95%

8 Ninguno 16 3,96%

9 Educación Media 6 1,49%

10 Post Bachiller 6 1,49%

11 Centro de Alfabetización 1 0,25%

12 Post grado 1 0,25%

TOTAL 404 100%

Fuente: INEC, Censo de Población y Vivienda año 2001

Elaboración Propia

2.13 Personas ocupadas en el Sub-sector Turismo y crecimiento del mercado laboral.

La información con respecto a estos temas en el cantón Salinas es muy escasa, especialmente respecto al sector informal.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 147

De acuerdo a información proporcionados por el Departamento de Turismo del Municipio de Salinas, la actividad turística decrece aproximadamente

en un 50% en la temporada baja; sin embargo este valor es un estimado, por lo que no se puede llegar a una conclusión acertada con respecto al

número de personas ocupadas por el sector turismo de manera formal e informal y por temporadas turísticas.

En la tabla 2.13 se muestran el número de personas ocupadas, agrupadas de acuerdo a los diferentes establecimientos de la planta turística.

Número de personas ocupadas en la planta turística, años 2003 y 2006

Tabla 2.13

TIPO DE ESTABLECIMIENTO Número de personas ocupadas

año 2003

Número de personas

ocupadas año 2006

Variación porcentual en

periodo

Agencias de Viaje 30 35 16,7%

Hoteles y sitios de alojamiento 335 424 26,6%

Casinos 10 28 180,0%

Bares 15 26 73,3%

Cafeterías y Fuentes de soda 38 57 50,0%

Restaurantes

279 401 43,7%

Discotecas

75 94 25,3%

Peñas y salas de baile 13 13 0,0%

TOTALES 795 1078 35,6%

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 148

Fuente: Catastro 2006. Subsecretaría de Turismo del Litoral

Elaboración propia

De acuerdo a los datos mostrados en la tabla 2.13, se evidencia un crecimiento positivo en el número de personas ocupadas en la planta turística

cuyo incremento porcentual en últimos tres años ha sido en promedio del 35.6%.

Los sitios de alojamiento son los que demandan la mayor de cantidad de personal en el 39.33% en el año 2006.

2.14 Nivel de ingreso promedio en el sub-sector turismo y comparación con el nivel de ingreso promedio en otros sectores

productivos relevantes de la localidad tales como la pesca, la agricultura y el comercio.

En cuanto a remuneraciones se refiere, el ingreso mensual de los empleados de nivel operativo en los diferentes establecimientos de la planta

turística, tomando en consideración 20 días laborables, está comprendido entre $100 a $13033

Las remuneraciones de los empleados de nivel alto y propietarios de establecimientos que administran los mismos, no están incluidas en el presente

estudio ya que estos datos no nos fueron proporcionados. No obstante se asume que el ingreso de este grupo oscila entre $500 y $1.200 promedios

mensuales, resultado de entrevistas realizadas con ejecutivos de negocios formales representativos del Turismo en Salinas.

2.14.2 Comparación del nivel de ingreso promedio en otros sectores productivos relevantes con el Turismo.

Los sectores productivos relevantes en Salinas son Agricultura, silvicultura, caza y pesca (20.2% respectivamente de la población económicamente

activa de acuerdo al Censo de Población del año 2001); sin embargo el ingreso promedio mensual de tales actividades a nivel local es una

información no disponible. Se ha realizado una comparación de los ingresos promedios de estas actividades a nivel nacional, con los generados por

el sector turismo como promedio a nivel local.

Ingreso promedio mensual por rama de actividad a nivel Nacional, año 2005

33 Fuente: Sondeo realizado con administradores de establecimientos turísticos pequeños, por el equipo consultor de este estudio en el mes de abril del 2006.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 149

Tabla 2.14.2.

Rama de Actividad Ingreso US$ Trabajadores

no calificados

Pesca y criaderos 121

Agricultura, ganadería y caza 106

Sector Turismo en Salinas 130 Fuente: Encuesta Empleo, Desempleo y Subempleo, INEC 2005

Elaboración propia.

De acuerdo a estas cifras el ingreso promedio mensual relativo al Turismo, es superior al de ingreso percibido por trabajadores no calificados en las

ramas de actividad descritas en la tabla anterior.

Los datos presentados son comparados en dos ámbitos diferentes, nacional y local, y son tomados en consideración el presente estudio, al no

existir información a nivel local de ambas actividades que permitan hacer una comparación más acertada.

2.15 Presupuesto municipal para la gestión ambiental y el desarrollo turístico.

De acuerdo a datos proporcionados por el Departamento Financiero del Municipio de Salinas, el Presupuesto general total para el año 2006 es de

$8.233.884,79 de los cuales se destinan el Gestión Ambiental el 8% y para desarrollo turístico el 0.44%.

Presupuesto del Departamento de Medio Ambiente e Higiene, año 2006

Tabla 2.15 a)

Nº DETALLE PRECIO ANUAL

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 150

Fuente: Dirección Financiera Municipio de Salinas

Elaboración propia

Presupuesto del Departamento de Turismo, año 2006

Tabla 2.15 b)

Fuente: Dirección Financiera Municipio de Salinas

Elaboración propia

2.16 Contribución económica del sub.-sector turismo

al presupuesto municipal

El Presupuesto del Municipio de Salinas para el año 2006 en

el rubro de Permiso, Licencias y Patentes prevé una

aportación de $15.875,5834 por concepto de pagos de tasas,

licencias y patentes de funcionamiento de establecimientos

turísticos que corresponden al 0.19% del Presupuesto

General para el año 2006.

La tabla 2.16 muestra la relación porcentual de los rubros

correspondientes a Gestión Ambiental, Desarrollo Turístico y los ingresos obtenidos por Permiso, Licencia y Patentes con respecto al presupuesto del

año 2006. Es importante destacar que si bien los ingresos por conceptos de Permisos, Licencias y Patentes de Turismo apenas representan el

0.19% en relación con el Presupuesto General del Municipio, representan el 43.89% de los valores presupuestados destinados para Desarrollo

Turístico.

34 Información proporcionada por el Departamento de Contabilidad del Municipio de Salinas.

MENSUAL

1.- 32 Obreros 20.094,12 241.129,44

2.- 19 Eventuales 3.420,00 41.040,00

3.- 3 Vehículos contratados 20.160,00 241.920,00

4.- Equipos de biodiversidad: gorras, guantes, mascarillas

Camisetas tipo buzo

30.000,00

5.- Equipo de Trabajo: machetes, lampas, escobas 10.000,00

6.- Combustible, lubricantes, repuestos, accesorios 116.646,00

Total Presupuesto del Departamento de

Medio Ambiente e Higiene 680.735,44

Presupuesto Departamento de Turismo

Nº DETALLE PRECIO

MENSUAL ANUAL

1.- 1 Funcionario 800,00 10.560,00

2.- 3 Empleados 1.220,46 16.345,98

3.- 3 Viáticos y Subsistencia 148,00 1.776,00

4.- Elaboración de afiches, postales, etc.

7.490,00

Total Presupuesto del Departamento de Turismo

36.171,98

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 151

Relación porcentual de rubros correspondientes a Turismo y Gestión Ambiental con respecto al Presupuesto General, año 2006

Tabla 2.16

Rubros Valores

presupuestados en US$

Relación % con

respecto al

presupuesto General

1.- Gestión Ambiental 680.735,44 8,27%

2.- Desarrollo Turístico 36.171,98 0,44%

3.- Permiso, Licencia y

Patentes 15.875,58 0,19%

Presupuesto General del año 2006………………………. $ 8.233.884,79

Fuente: Dirección Financiera Municipio de Salinas

Elaboración propia

Ámbito Social

2.17 Indicadores básicos de calidad de vida en la localidad

Uno de los objetivos generales de los planes para el desarrollo turístico, es el de “fortalecer las capacidades de los líderes y agentes locales

vinculados al turismo en los destinos de playa, para que logren aplicar los conceptos y herramientas de la planificación del turismo sostenible, para

el manejo de las temporadas turísticas de playa”35, lo que exige tener un conocimiento del medio, en la medida que el turista entre otros aspectos

35 / PARRA BOZZANO, David. Seminario – Taller “Planes de Temporadas Turísticas para destinos de Playa”. Manta 6 al 8 de marzo del 2005.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 152

demandará servicios, bienes, seguridad y una determinada actitud de la población que genere el ambiente adecuado para el desarrollo de las

actividades del turismo.

La aproximación al concepto de calidad de vida se realiza a través de la medición de las necesidades, cuyas carencias se traducen en aspectos de

malestar en las personas, los hogares o en el seno de la sociedad. En el caso específico, se tratará de los niveles de la calidad de vida de los

habitantes del balneario de Salinas, los que también generan impactos en la población visitante.

Para este análisis situacional se considera el mayor número de aspectos disponibles en dimensiones tales como:

1) Aspectos Demográficos.

2) Infraestructura de la Vivienda y del Hogar.

3) Educación.

4) Salud.

5) Aspectos Económicos.

Este análisis, se realizará con los datos disponibles de los Censos de Población y de Vivienda de los años 1990 y 2001, será ampliado y actualizado

con información proveniente de registros administrativos, fin de profundizar el conocimiento de la realidad del balneario de la ciudad de Salinas y

su potencialidad para el desarrollo del turismo.

2.17.1 Aspectos Demográficos.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 153

En el período 1982 al 2001, la población del cantón salinas se incrementó en 1.9 veces. Al inicio del período, el cantón había alcanzado una

población de 26.165 habitantes y hacia fines del año 2001, en base a resultados definitivos del censo de población 2001, se registran 49.572

habitantes. Mientras que, el país en el mismo lapso incrementó en 1.5 veces la población, lo que evidencia un crecimiento demográfico más

dinámico del cantón salinas. Observándose también, que en el periodo intercensal (1982 – 2001) el cantón, viene aumentando su importancia

relativa frente a la población total del país, concentrando en el año 2001 el 0.41 por ciento de la población (Ver Tabla 2.17.1).

Población nacional, cantonal y porcentaje de la población cantonal respecto a la nacional. Periodo 1982 – 2001

Tabla 2.17.1

Año Población país Población salinas

(*) Porcentaje (%)

1.982 8.138.974 26.165 0.32 1.990 9.697.979 32.434 0.33 2.001 12.156.608 49.572 0.41

(*) Para fines de comparabilidad con la actualidad, en los años 1982 y 1990 se excluye la población de la parroquia rural la libertad que

posteriormente se transformó en cantón.

Fuente: INEC, “resultados definitivos de los censos de población de 1982, 1990 y 2001”.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 154

A través del tiempo, la población del cantón ha experimentado un incremento sostenido en su ritmo o velocidad de crecimiento, lo cual se expresa,

entre otros aspectos, en las variaciones de las tasas intercensales. En el periodo 1990 - 2001 la población de salinas tuvo un crecimiento

demográfico promedio anual del 3.86 por ciento, que significa un incremento absoluto de aproximadamente 1.558 personas por año. El crecimiento

demográfico promedio en el ecuador fue de 2.05 por ciento, lo que muestra que el cantón salinas creció a casi dos puntos porcentuales más rápido

que el resto del país en el periodo 1990 - 2001, acelerando también su crecimiento en relación al periodo intercensal 1982 - 1990 (ver Tabla

2.17.2).

Tasas de crecimiento demográfico del país y del cantón salinas (%)

Periodo 1982 – 2001 Tabla 2.17.2

Periodo Tasa crecimiento país

(%) Tasa crecimiento

salinas (%) 1982 – 1990 2.19 2.68 1990 – 2001 2.05 3.86

Fuente: INEC, “resultados definitivos de los censos de población de 1982, 1990 y 2001”.

Debe resaltarse que las tasas de crecimiento observadas en salinas, son mayores que las del país, alcanzando un nivel preocupante, mientras el

ritmo de crecimiento del país baja, la de salinas aumenta, lo que debe llevar a prever el incremento de la demanda de servicios y empleos de la

población; como un ejemplo, con las tasas de crecimiento demográfico registradas en el periodo 1990 – 2001, de mantenerse constantes, la

población del ecuador se duplicará en 34 años, mientras que, la de salinas lo hará en 18 años.

2.17.1.1 Grado de urbanización

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 155

El cantón salinas tiene, a fines del año 2001, la mayor parte de su población residiendo en el área urbana como se observa en la tabla 2.17. 3,

aunque en el año 1982 residían en el núcleo amanzanado el 67.8 por ciento. El incremento poblacional, tiende a concentrarse en el área rural,

destacándose que está perdiendo peso la población urbana.

Población urbana y rural del cantón salinas

Tabla 2.17.3

Año Población

urbana %

Población rural

%

1982 17.748 67.8 8.417 32.2 1990 19.298 59.5 13.136 40.5 2001 28.650 57.8 20.922 42.2

Fuente: INEC, “resultados definitivos de los censos de población de 1982, 1990 y 2001”.

2.17.1.2 Estructura etaria y de sexo de la población

La distribución de la población por edad en el cantón salinas, muestra el denominado proceso de envejecimiento que ha tenido su población en el

período 1982 – 2001. Mientras en 1982 la población de 0 a 14 años de edad representaba el 41.1 por ciento, para el año 2001 constituye el 34.2

por ciento.

Las personas que tenían edades entre 15 y 59 años y que representan a los adultos en edades productivas o que demandan trabajo, su peso

relativo varía en el período observado, de 54.1 a 58.1 por ciento, aumentando su importancia; el proceso comentado se explica fundamentalmente

por el descenso de la fecundidad. Igual tendencia muestra el grupo de 60 y más años de edad (ver tabla 2.17.4).

Distribución relativa de la población, según grandes grupos de edad y tasa de dependencia demográfica. Años 1982 – 2001.

Tabla 2.17.4

Grupos de Salinas 1982 Salinas 1990 Salinas 2001

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 156

edad 0 – 14 10.747 12.820 16.960 15 – 59 14.157 18.021 28.800

60 y más 1.261 1.593 3.812 Grupos de

edad % % %

0 – 14 41.1 39.5 34.2 15 – 59 54.1 55.6 58.1

60 y más 4.8 4.9 7.7 T.d.d. 84.8 80.0 72.1

Fuente: INEC, “resultados definitivos de los censos de población de 1982, 1990 y 2001”.

Sin embargo, la estructura por edad demuestra que la población de salinas es todavía relativamente joven, donde el 34.2 por ciento de la población

tiene menos de 15 años de edad, que corresponde a una pirámide poblacional de edades de base ancha, característica de los países en vías de

desarrollo.

La estructura por edad de la población es un factor determinante en la dimensión de la demanda por servicios básicos fundamentales, como son:

Salud, preferentemente en niños de 0 a 5 años y adultos de 60 y más años de edad;

Educación, preferentemente en niños y jóvenes de 6 a 14 años;

Trabajo, preferentemente en jóvenes y adultos de 15 a 59 años;

Previsión social, preferentemente en adultos de 60 y más años de edad.

Otra forma de describir la estructura por edad de la población está dada por la Tasa de Dependencia Demográfica (T.D.D.), que expresa el número de

personas en edades que se definen como inactivas (menores de 15 años y personas de 60 y más años de edad) o dependientes por cada cien

habitantes en edades que se definen activas (15 a 59 años de edad). En el cuadro 4 se advierte que la relación de dependencia ha disminuido de 84.8

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 157

por cien en el año 1982 a 80 en el año 1990 y a 72 en el año 2001, lo que significa que por cada cien personas en edad activa existen menos

dependientes en el año 2001. El descenso se debe a la reducción porcentual de los menores de 15 años y al aumento de la población activa, fenómeno

que se explica por el descenso de la fecundidad.

Esta medida de mucho interés demográfico, no expresa la efectiva relación de dependencia, ya que la población económicamente activa no es ni la

totalidad de las personas comprendidas en el grupo de edad de los 15 a 59 años, ni corresponde, en muchos casos sólo a este grupo etario o de

edad. Sin embargo, esta menor proporción expresa la reducción de la tasa de dependencia familiar y desde luego genera una distribución más

equitativa en el gasto familiar.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 158

Al considerar la distribución de la población por sexo, se observa para 1990 que el número de hombres por cada cien mujeres (índice de

masculinidad), en Salinas fue de 102.9, lo que evidencia un predominio de los hombres como consecuencia de una migración diferencial por sexo.

Un comportamiento parecido tendiendo hacia el equilibrio muestran los datos del censo de población del 2001, en el que el índice de masculinidad

del cantón es de 102.5 hombres por cada 100 mujeres, mientras que el país tiene una relación hombre – mujer de 98.0 para el año 2001 (Ver Tabla

2.17.5).

Salinas y Ecuador. Población por Sexo e Índice de Masculinidad Años

1990 – 2001.

Tabla 2.17.5

Jurisdicción Año Hombres Mujeres Im =

(h/m)*100 Salinas 1990 16.452 15.982 102.9

2001 25.095 24.477 102.5 Ecuador 1990 4.796.412 4.851.777 98.9

2001 6.018.353 6.138.255 98.0 IM = Índice de masculinidad. Fuente: INEC, “resultados definitivos de los censos de población de 1990 y 2001”.

2.17.1.3 Densidad Demográfica

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 159

En el 2001 año, que corresponde a la ejecución del VI Censo de Población, el cantón Salinas tenía un total de 49.572 habitantes distribuidos en una

superficie total de 68.7 Km2 registrando una densidad poblacional de 721.6 habitantes/km2, muy superior a la densidad de 472.1 habitantes/km2

alcanzada en el año 1990, lo que significa un incremento del 52.8 por ciento en 11 años (ver Tabla 2.17.6).

Salinas: Densidad Demográfica. Año 1990 – 2001

Tabla 2.17.6

Año Población Extensión km2 Densidad pob/km2

1990 32.434 68.7 472.1 2001 49.572 68.7 721.6

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población de 1990 y 2001”.

2.17.2 Infraestructura de la Vivienda y del Hogar.

Históricamente los centros poblados ubicados fuera de las capitales provinciales han sufrido la falta de inversión en los servicios sociales básicos, en

ellos habitan en gran parte familias de bajos niveles educativos y económicos, características propias de las familias pobres y de precarias

condiciones de vida.

El Censo de Vivienda del 2001 registró un total de 18.287 viviendas en el cantón Salinas. De las cuales el 54.0 por ciento corresponden a viviendas

ocupadas con personas presentes, el 21.4 por ciento a ocupadas con personas ausentes, el 15.7 por ciento a las viviendas desocupadas y el 8.7 por

ciento corresponden a viviendas en construcción. Se registran 36 viviendas colectivas como son: hospitales, cuarteles, cárceles, conventos, etc.

Igual comportamiento tiene la cabecera cantonal, donde se encuentra el balneario de Salinas. El alto porcentaje de viviendas ocupadas con

personas ausentes o desocupadas tiene su explicación por el hecho que estas viviendas son utilizadas en las temporadas vacacionales (ver Tabla

2.17.7).

Salinas: Total de Viviendas por Condición de Ocupación. Censo 2001

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 160

Tabla 2.17.7

Condición de Ocupación Cantón % Cabecera* %

Viviendas Ocupadas Personas Presentes 9.870 54.0 5.881 46.3

Viviendas Ocupadas Personas Ausentes 3.919 21.4 3.628 28.6

Viviendas Desocupadas 2.878 15.7 2.355 18.5

Viviendas en Construcción 1.584 8.7 807 6.4

Viviendas Colectivas 36 0.2 29 0.2

Total Viviendas 18.287 100.0 12.700 100.0

* Viviendas de cabecera cantonal están comprendidas en el total del cantón.

Fuente: INEC. “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.

2.17.2.1 Viviendas y promedio de ocupantes

El promedio de ocupantes por vivienda con personas presentes en el cantón Salinas fue de 5.0 en el año 2001, mientras que para la ciudad de

Salinas fue de 4.9 conforme se puede apreciar en la Tabla 2.17.8. El promedio del cantón es superior al 4.3 que se registró para la provincia del

Guayas.

Población y Viviendas Particulares Ocupadas con Personas Presentes y Promedio de Ocupantes por Vivienda en Salinas

Tabla 2.17.8

Cantón Salinas Población Viviendas Ocupadas Personas Presentes

Promedio Ocupantes

Cabecera Cantonal 28.650 5.881 4.9

Resto cantón 20.922 3.989 5.2

Total 49.572 9.870 5.0

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.

2.17.2.2 Abastecimiento de agua

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 161

En la ciudad de Salinas, de las 5.881 viviendas particulares ocupadas con personas presentes registradas en el 2001, el 54.3 por ciento recibe agua

por tubería dentro de la vivienda, el resto carece de este servicio o tienen otras formas de abastecerse de agua como por tubería fuera de la

vivienda o del edificio, situación más complicada en el área rural del cantón que tiene una cobertura del 38.6 por ciento.

Abastecimiento de Agua

Tabla 2.17.9

Cantón Salinas Tubería dentro de

Vivienda %

No recibe agua por Tubería

%

Cabecera Cantonal 3.196 54.3 2.685 45.7

Resto Cantón 1.541 38.6 2.448 61.4

Total 4.737 48.0 5.133 52.0

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.

Lo observado, significa que una de cada dos viviendas no dispone cómodamente de este servicio en sus propios hogares. El problema es más grave

en los hogares rurales. A pesar de lo precario de la situación, se observan avances de cobertura en relación al año 1990, cuando el cantón registró

el 10.0 por ciento de la viviendas recibían agua por tubería dentro de la vivienda; en tanto que 18.0 y 7.7 por ciento correspondían al área urbana y

rural respectivamente.

2.17.2.3 Origen del Agua de Consumo Humano

Este servicio está vinculado a las condiciones y calidad de la vida y tiene relación directa con la salud de la población. En el año 2001, se contabilizó

en la ciudad de Salinas, 4.773 viviendas que reciben agua de la red pública lo que representa el 81.2 por ciento de las viviendas ocupadas;

mientras, un 14.5 por ciento de las viviendas obtienen el agua para consumo humano de carros repartidores o “tanqueros” (852 viviendas);

destacándose el hecho que las viviendas del área rural, el 88.3 por ciento (3.522 viviendas) reciben el agua por “red pública” (ver Tabla 2.17.10).

Origen del Agua de Consumo Humano

Tabla 2.17.10

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 162

Cantón Salinas Red

Pública % Tanquero %

Otras Formas

%

Cabecera Cantonal 4.773 81.2 852 14.5 256 4.3

Resto Cantón 3.522 88.3 292 7.3 175 4.4

Total 8.295 84.0 1.144 11.6 431 4.4

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.

Este servicio también muestra mejoría en relación al año de 1990, que registró en el cantón una cobertura del 95.6 por ciento por “tanqueros” y 2.8

por ciento por red pública.

2.17.2.4 Eliminación de aguas servidas

En el área urbana del cantón Salinas, las formas dominantes de evacuar las aguas servidas, según indican los resultados del censo de vivienda

realizado en noviembre del 2001, es a través de “pozo séptico” con un porcentaje de 66.6 por ciento, seguido por “red pública de alcantarillado” y

“pozo ciego” con el 13.3 y 11.5 por ciento respectivamente, “otra forma” (a cielo abierto) representa el 8.6 por ciento; mientras que, en el resto del

cantón Salinas, el 90.5 por ciento elimina las aguas servidas vía pozos sépticos, ciegos u otra forma. Como se desprende de la información existe

una alta contaminación del suelo (ver Tabla 2.17.11).

Eliminación de Aguas Servidas

Tabla 2.17.11

Servicio Disponible – Cantón Cabecera Cantonal

% Resto

Cantón %

Red pública de Alcantarillado 785 13.3 380 9.5

Pozo Ciego 677 11.5 1.007 25.2

Pozo Séptico 3.915 66.6 1.546 38.8

Otra forma 504 8.6 1.056 26.5

Total 5.881 100.0 3.989 100.0

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 163

En el año 1990, la cobertura de la red pública de alcantarillado apenas cubría el 1.2 y 4.1 por ciento para el área urbana y rural respectivamente.

2.17.2.5 Energía Eléctrica La cobertura del servicio eléctrico para el año 2001 en las viviendas particulares ocupadas de la ciudad de Salinas fue del 93.7 por ciento; existiendo

369 viviendas que sus ocupantes denunciaron no disponer del servicio. En el resto del cantón la cobertura alcanza al 91.7 por ciento de las

viviendas (ver Tabla 2.17.12).

Servicio de Energía Eléctrica en las Viviendas Ocupadas.

Tabla 2.17.12

Cantón Salinas Si tiene % No tiene %

Cabecera Cantonal 5.512 93.7 369 6.3

Resto Cantón 3.659 91.7 330 8.3

Total 9.171 92.9 699 7.1

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.

El problema de la energía eléctrica, en general es menos grave que las carencias de servicios de agua y de eliminación de las aguas servidas. Sin

embargo, la mejoría lograda en 11 años es mínima, inclusive el desarrollo de nuevos asentamientos en el área rural no se ha cubierto

satisfactoriamente, como se observa en la Tabla 2.17.13.

Cobertura del Servicio Eléctrico en las Viviendas. Año 1990 – 2001

Tabla 2.17.13

Cantón Cobertura 1990 (%) Cobertura 2001 (%)

Cabecera Cantonal 92.7 93.7

Resto Cantón 91.9 91.7

Total 92.1 92.9

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 1990 y 2001”.

2.17.2.6 Servicio Telefónico

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 164

En el cantón Salinas la mayoría de las viviendas ocupadas no cuentan con el servicio telefónico para el año 2001; a partir de los datos que

suministra el Censo de Vivienda se registra para la ciudad de Salinas que 1 de cada 3 viviendas disponen del servicio, en el área rural la relación es

de 1 por cada 7 viviendas (ver Tabla 2.17.14).

Servicio Telefónico en las Viviendas Ocupadas

Tabla 2.17.14

Cantón Salinas Si tiene % No tiene %

Cabecera Cantonal 2.008 34.1 3.873 65.9

Resto Cantón 634 15.9 3.355 84.1

Total 2.642 26.8 7.228 73.2

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.

En el año 1990, la cobertura cantonal era del 12.1 por ciento, en tanto que, el 22.0 por ciento de las viviendas del área urbana disponían del

servicio.

2.17.2.7 Hacinamiento

El hacinamiento familiar dimensiona el espacio disponible por persona en la vivienda donde residen los hogares, y se expresa como el número

promedio de personas por dormitorio. Este indicador de la comodidad familiar sugiere la estructura adecuada de la vivienda en relación con el

número de miembros de la familia.

Frecuentemente se considera como normal una relación de dos personas por dormitorio, por tanto existirá hacinamiento cuando en promedio existe

3 ó más personas por dormitorio. Los resultados del Censo de Población y Vivienda permite sostener que el 52.2 por ciento de las viviendas

ocupadas de la ciudad de Salinas disponen de 3 o más personas por dormitorio, es decir más de la mitad de los hogares viven en condiciones de

hacinamiento, situación que es más grave en el área rural donde el 63.3 por ciento de los hogares tienen más de 3 personas por dormitorio (ver

Tabla 2.17.15).

Número de Personas por Dormitorio

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 165

Tabla 2.17.15

Cantón Total

Viviendas Menos de 1 1 a 2 3 a 4 5 y más

Cabecera 5.881 95 2.716 1.756 1.314

Resto 3.989 14 1.449 1.525 1.001

Total 9.870 109 4.165 3.281 2.315

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.

En el año 1990 el 49.0 por ciento de las viviendas de la ciudad de Salinas eran ocupadas por más de tres personas por dormitorio, evidenciándose

un deterioro de las condiciones de habitabilidad en relación al 2001, en la medida que, el grado de hacinamiento familiar es un indicador

fundamental para analizar niveles de la calidad de vida y de la pobreza, aunque el indicador, merece incorporar en su medición el espacio vital, el

área construida y las características arquitectónicas de las viviendas.

2.17.3 Educación y Analfabetismo

La educación tiene como objetivo el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida, es un derecho inherente a la persona humana

y no un privilegio. La democratización de la educación y el desarrollo socio económico están fuertemente relacionados, por tanto es justo reconocer

que el nivel educativo es el indicador más relevante y explícito de las condiciones de vida y de los estados de pobreza en la población. La educación

permite mayor movilidad social y ocupacional, mejorar ingresos y el poder adquisitivo de la familia; la educación es la mejor inversión social y

económica que nunca produce pérdida, ayuda a mejorar las condiciones de vida y superar los estados de pobreza. Educar es cultivar la inteligencia

y la personalidad de hombres y mujeres dispuestos a participar positivamente en la vida y desarrollo de su pueblo. El desarrollo turístico camina

junto a una población con altos niveles de instrucción formal.

2.17.3.1 Población en Edad Escolar que asiste a clases

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 166

La asistencia escolar mide el grado de escolaridad de la población de 6 y más años de edad, es decir qué parte de la población es atendida por los

centros y programas educativos. Asumiendo que la mayor asistencia escolar de la población en edad escolar, evitará futuros estados de

analfabetismo y mejorará los niveles educativos de la población.

La población comprendida entre los 6 a 19 años de edad del cantón Salinas muestra un déficit o una falta de cobertura educativa en el orden del

33.2 por ciento, lo que se evidencia al relacionar los 14.908 habitantes que los resultados definitivos del censo de población registra para el grupo

de edad indicado con las personas que para el mismo grupo de edad indicaron no estar asistiendo actualmente (4.956 habitantes) a un centro de

instrucción o educación. El problema de falta de cobertura se agudiza conforme aumenta la edad de la población, el déficit en los grupos de 6 a 9 y

10 a 14 años, siendo grave, no es mayor por cuanto entre esas edades recién empiezan a incorporarse al sistema educativo y el nivel primario y el

ciclo básico se encuentran con mayor cobertura en el país (ver Tabla 2.17.16).

Cobertura y déficit educativo en el Cantón Salinas

Tabla 2.17.16

Cantón – Grupo de edad Población que

Asiste %

Cobertura Población que No

Asiste %

Déficit

Cabecera Cantonal

6 a 9 2.090 86.7 322 13.3

10 a 14 2.304 76.7 700 23.3

15 a 19 1.055 37.9 1.729 62.1

Total 5.449 66.5 2.751 33.5

Resto del Cantón

6 a 9 1.883 87.5 268 12.5

10 a 14 1.791 74.9 600 25.1

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 167

15 a 19 829 38.5 1.327 61.5

Total 4.503 67.2 2.195 32.8

Total

6 a 9 3.973 87.1 590 12.9

10 a 14 4.095 75.9 1.300 24.1

15 a 19 1.884 38.1 3.066 61.9

Total 9.952 66.8 4.956 33.2

Fuente: INEC, Resultados Definitivos del Censo de Población del 2001.

Se encontró a nivel del área urbana que de cada 10 niños de 6 a 14 años, asistían a las escuelas 8 educandos. En otras palabras, a nivel del área

urbana, los porcentajes de niños y jóvenes que no asisten a clases es alto, 13.3 por ciento para el grupo de 6 a 9 años y 25.1 por ciento para el

grupo de 10 a 14 años.

La información disponible no permite describir la calidad de la educación que recibió ó está recibiendo la población, los indicadores de estudio se

refieren a la eficiencia o cobertura del sistema educativo.

2.17.3.2 Analfabetismo

El analfabetismo constituye uno de los fenómenos sociales que traduce la naturaleza y tendencia de la política educativa y económica del país. Por

este motivo el analfabetismo es uno de los indicadores básicos para analizar los niveles de vida, los analfabetos son los más pobres y los

marginados de la dinámica de desarrollo social y económico.

El porcentaje de la población analfabeta, expresa en forma resumida la eficiencia del sistema educativo, considerando que su objetivo es asegurar

que toda la población sin excepción, aprenda cuando menos a leer y escribir, que alcancen educación primaria completa, así como formar y

capacitar la fuerza laboral y social para el desarrollo nacional.

En el año 2001, fecha en que se realizó el VI Censo de Población, se registró 2.596 analfabetos que representa una tasa de 6.8 analfabetos por

cada 100 habitantes mayores de 10 años de edad en el cantón Salinas.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 168

El nivel de analfabetismo medido sobre la población de 10 años y más de edad, en la ciudad de Salinas registra una tasa de analfabetismo del 5.9

por ciento lo que corresponde 1.330 personas que no saben leer y escribir en el año 2001 (ver Tabla 2.17.17). En relación al año 1990 no se

observa mayor cambio, cuando se registró una tasa de analfabetismo de 6.2 por ciento que expresa a 892 personas en la ciudad.

Tasas de Analfabetismo medido sobre la población de 10 años y más de edad.

Tabla 2.17.17

Cantón Salinas Pob. 10 años y más Analfabetos Tasa en %

Cabecera Cantonal 22.467 1.330 5.9

Resto Cantón 15.540 1.266 8.1

Total 38.007 2.596 6.8

Fuente: INEC, Resultados Definitivos del Censo de Población del 2001.

Debe quedar consignado que en los datos presentados no se alude en ningún momento al analfabetismo “funcional” o por “desuso”, esto es,

aquellas personas que siendo adultas y teniendo un cierto nivel de escolaridad (por lo general menor al 4to. grado), por la inactividad intelectiva o

por ausencia de actividades complementarias que le induzcan a reafirmar los conocimientos asimilados, van olvidándose de esos conocimientos

originarios lo que redunda o deviene en analfabetismo “funcional”. Se estima que incluyendo dicha población, la cifra de analfabetismo, se elevaría.

2.17.3.3 Nivel Educativo de la población

El nivel educativo se expresa por el número promedio de grados de estudios aprobados por la población de 10 y más años de edad. Los Censos de

Población de 1990 y 2001 muestran que el nivel educativo promedio de la población del cantón Salinas fue de 6.0 y 6.2 grados respectivamente. Lo

que equivale a decir, que en promedio, la población tiene para el año 2001 un nivel de instrucción primario y que en relación al año 1990 la mejoría

no es significativa. A nivel de la ciudad de Salinas el promedio de escolaridad es de 6.5 años.

A nivel cantonal así como del área urbana y rural, se observa que la mayor proporción de la población de 5 años y más de edad tiene niveles de

instrucción primaria, como se observa en la Tabla 2.17.18. (Ver Tabla)

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 169

Población de 5 años y más de edad según Niveles de Instrucción Formal

Tabla 2.17.18 Nivel de educación Área Urbana Área Rural Total Cantón

Primario 13.497 11.118 24.615

% 53.1 61.1 56.4

Secundario 6.226 3.827 10.053

% 24.5 21.0 23.0

Post - Bachillerato 145 75 220

% 0.6 0.4 0.5

Superior y Postgrado 1.751 623 2.374

% 6.9 3.4 5.4

Ningún nivel o no declara 3.813 2.561 6.374

% 15.0 14.1 14.6

Total 25.432 18.204 43.636

Fuente: INEC, Resultados Definitivos del Censo de Población del 2001.

En la ciudad de Salinas, donde están concentrados la mayoría de los centros educativos más importantes y de mayor prestigio, la población tiene

mayor acceso a la educación, lo cual se traduce en una mayor proporción de nivel secundario.

2.17.4 Salud.

El interés nacional de acuerdo a lo establecido en la “Agenda de Desarrollo Humano” se orienta a que todos los integrantes de la sociedad tengan

acceso universal a los servicios de salud, a través de un Programa de Aseguramiento Universal en Salud, proceso que tiene como finalidad: a)

extender la cobertura de salud integral (preventiva y curativa); b) elevar la calidad y eficiencia de los servicios de salud, y c) mejorar la situación

laboral del personal de salud.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 170

La infraestructura de salud localizada en el cantón Salinas lo constituyen en forma dominante los establecimientos sin internación, que son

establecimientos de consulta externa que disponen de personal médico que suministran atención primaria y de emergencia, además disponen de

equipos básicos como mesas ginecológicas y de parto, excluyendo los que se relacionan con internación hospitalaria como: cirugía, salas de parto,

camas de trabajo de parto y de recuperación post-operatoria (ver Tabla 2.17.19).

Establecimientos de Atención Médica ubicados en el Cantón Salinas

Tabla 2.17.19

Establecimiento Total

Hospital General y Cantonal (con internación) 1

Clínica particular (con internación) 2

Centro de Salud (sin internación) 1

Subcentro de Salud (sin internación) 1

Dispensario Médico (sin internación) 2

Total 7

Fuente: INEC. Anuario de Recursos y Actividades de Salud. Año 2004.

La mayor cantidad de médicos y paramédicos institucionalizados o sea en relación de dependencia con instituciones, se encuentra en la ciudad de

Salinas (ver Tabla 2.17.20).

Médicos y Paramédicos Institucionalizados en el Cantón Salinas

Tabla 2.17.20 Tipo de Profesional Total

Médico General 10

Médico Residente 6

Médico Rural 8

Obstetriz 2

Enfermera 4

Auxiliar de Enfermería 22

Estudiante Interno 12

Odontólogo 3

Total 67

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 171

Fuente: Trabajo de campo 2006- Jefatura Provincial de Salud del Guayas.

Las principales causas de hospitalización para el año 2004 en el cantón Salinas, captadas a través de los establecimientos hospitalarios con

internación son: en primer lugar el parto normal (26.5 por ciento); en segundo lugar las cesáreas (17.1 por ciento); luego las diarreas y las fiebres

tifoideas, etc. (5.4 por ciento); siguen: los abortos (3.8); apendicitis (2.5 por ciento); colecistitis (2.1); entre otras enfermedades. Resaltando que

este comportamiento es parecido al registrado en otros años.

2.17.5 Aspectos económicos

La dinámica económica, la participación de la población en el mercado del empleo y la distribución del ingreso son elementos determinantes en los

niveles de vida de la población.

La Población Económicamente Activa (PEA) es aquella parte de la población dedicada a la producción de bienes y servicios de una sociedad. El

concepto en lo fundamental mantiene consistencia a través de los diversos Censos de Población realizados en el país, permitiendo por ende la

comparabilidad de los datos censales; sin embargo, presenta diferencias sobre el límite de edad para el ingreso a la PEA: el Censo de 1990 investigó

la PEA desde los 8 años de edad, mientras que el Censo del 2001 la consideraron a partir de los 5 años de edad respectivamente.

Con la finalidad de permitir la comparabilidad de los datos, el presente análisis considerará la PEA a partir de los 12 años de edad. Resaltando el

hecho que el Censo de Población realizado en noviembre del 2001, registró 16 niños de 5 a menos de 12 años de edad participando en la

producción de bienes y servicios en la ciudad de Salinas, de los cuales 12 son niños y 4 son niñas.

2.17.5.1 Tendencias del Crecimiento de la PEA En el año 1990, se registró 6.262 personas como Población Económicamente Activa en la ciudad de Salinas. En el 2001 su número alcanzó a 9.779,

o sea, se multiplicó por 1.6 veces en un periodo de 11 años. La causa principal es sin duda, el crecimiento de la población operado dentro del

mismo periodo. El crecimiento medio anual de la PEA en cifras absolutas que se produce entre 1990 y 2001, es de aproximadamente 320 personas

al año (ver Tabla 2.17.21). Se observa una mayor aceleración en la tasa de crecimiento de la PEA (4.05 por ciento).

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 172

Salinas: Población Total, Población Económicamente Activa de 12 años y más de edad y Tasas de Crecimiento. Censos 1990 y 2001

Tabla 2.17.21

Concepto Población Total PEA Total

Año 1990 19.298 6.262

Año 2001 28.650 9.779

Tasa Crecimiento 1990 – 2001 (%) 3.59 4.05

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001”

2.17.5.2 Tendencias en la proporción de la PEA

No toda la población de la ciudad participa en las actividades económicas. Hay grupos enteros de población, como el de los niños menores de cierta

edad, que no participan en absoluto. Hay por otra parte, grupos que tienen una alta participación, como los hombres adultos jóvenes (entre 30 y 45

años); lo que depende del grado de desarrollo alcanzado y de las pautas socio culturales respecto del trabajo femenino.

La proporción de la PEA sobre la población total (tasa bruta de actividad) ha seguido una tendencia creciente en los últimos 11 años, pasando de

32.4 por ciento en 1990 a 34.1 en el 2001. Lo que se explica por los cambios en la estructura de edad y sexo de la población como consecuencia de

altas tasas de fecundidad prevaleciente en el pasado y el cambio de criterios en relación a la integración de la mujer en la fuerza de trabajo. La

proporción de mujeres activas sobre el total de la población femenina tiene una tendencia de crecimiento más dinámica que de los hombres, casi

duplicando (1.9 veces) su participación en números absolutos (ver Tabla 2.17.22).

Población, PEA y Tasa Bruta de Actividad (TBA) por Sexo. Censos 1990 y 2001

Tabla 2.17.22

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 173

Concepto Año 1990 Año 2001

Población Total 19.298 28.650

Hombres 9.699 14.459

Mujeres 9.599 14.191

PEA Total 6.262 9.779

PEA Hombres 5.177 7.666

PEA Mujeres 1.085 2.113

TBA Total (%) 32.4 34.1

TBA Hombres (%) 53.4 53.0

TBA Mujeres (%) 11.3 14.9

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001”

2.17.5.3 Tasa Refinada de Actividad Económica

La PEA al relacionarla con la población de 12 años y más de edad permite obtener un indicador que se denomina Tasa Refinada de Actividad

Económica, que muestra una mejor visión sobre la participación de la población en las actividades productivas y de servicios.

La Tasa Refinada de Actividad Económica muestra en su conjunto una disminución de la participación de la PEA en las actividades productivas y de

servicios, a consecuencia del incremento porcentual de la población de 12 años y más de edad en relación a la población total. Esta tendencia se

mantiene en el área urbana como rural; sin embargo, es diferencial desde una óptica de género, los hombres presentan una tendencia a disminuir

su participación en el último periodo intercensal analizado, tanto en el área urbana como rural, y las mujeres a aumentar su participación en el nivel

cantonal, lo que está determinado por el comportamiento en el área urbana, (ver Tabla 2.17.23).

Tasa Refinada de Actividad Económica por Área y Sexo. Censos 1990 y 2001

Tabla 2.17.23 Área y Sexo Censo 1990 (%) Censo 2001 (%)

Total 46.8 45.3

Hombres 76.2 71.9

Mujeres 17.4 18.2

Urbana 47.1 46.0

Hombres 77.5 71.7

Mujeres 16.4 20.0

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 174

Rural 46.6 44.3

Hombres 75.8 72.1

Mujeres 17.6 15.6

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001”

2.17.5.4 PEA por Ramas de Actividad

La distribución de la PEA por ramas de actividad permite observar una descripción de la organización de la economía, que junto a la clasificación por

ocupaciones y categoría ocupacional, brinda un panorama de la organización del trabajo de una sociedad.

La proporción de PEA de la ciudad de Salinas que se ocupaba de las actividades agropecuarias constituía en 1990 el 19.0 por ciento del total, en el

2001 la proporción se incrementa ligeramente, demostrando que gran parte de la actividad del sector primario está definido por las actividades

pesqueras (ver Tabla 2.17.24).

Ciudad de Salinas: PEA por Ramas de Actividad Económica. Censos 1990 y 2001

Tabla 2.17.24 Rama de Actividad % 1990 % 2001

Agricultura, selvicultura, caza y pesca 19.0 20.2

Explotación de minas y canteras 0.8 0.8

Manufactura 11.1 8.8

Electricidad, gas y agua 0.2 0.4

Construcción 16.1 12.4

Comercio, hoteles y restaurantes 13.8 18.0

Transporte 4.2 4.0

Establecimientos financieros 2.2 4.8

Servicios 28.2 18.8

Actividades no bien especificadas (*) 3.4 11.1

Trabajador nuevo 1.0 0.6

(*) En el año 2001, incluye a no declarado. Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001”

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 175

El sector secundario que incluye la explotación de minas, la industria manufacturera, la producción de energía y agua, y la construcción abarca el

22.4 por ciento de la PEA total para el 2001, lo que significa que está perdiendo capacidad de generar empleo si se compara con la proporción de

1990 (22.4 por ciento). Dentro del sector se destaca el comportamiento de la construcción que en el 2001 representa el 12.4 por ciento de la PEA a

pesar de reducirse en relación a 1990, seguido por la manufactura que también se ha reducido en el último periodo intercensal, pasando de 11.1 a

8.8 por ciento).

El sector Terciario, que incluye el comercio, el transporte, las actividades financieras y los servicios, es el que se muestra como el principal

generador de empleo, a pesar de perder peso a lo largo del periodo observado. Destacándose que el servicio constituye el grupo de mayor

importancia dentro del sector con el 18.8 por ciento para el 2001. Seguido del grupo comercio. Merece destacarse que para el 2001, los Servicios es

la segunda actividad que concentra la fuerza de trabajo de la ciudad de Salinas, ubicándose delante del comercio y la construcción; a pesar que los

servicios han perdido posicionamiento en la medida que en el año 1990 era la actividad económica que más población concentraba (28.2 por

ciento).

2.17.5.5 Establecimientos económicos

Definiendo al establecimiento económico como la unidad económica que, bajo un propietario o control único, o bajo una sola entidad jurídica, se

dedica exclusiva o principalmente a una clase de actividad económica en una ubicación única; el potencial económico de la ciudad de Salinas es

grande, se registran alrededor de 1.212 establecimientos económicos, distribuidos entre actividades de manufactura (106), comercio (841) y

servicio (265).

Es de destacar que en promedio existen 23.6 habitantes por establecimiento económico en la ciudad de Salinas; si se lo relaciona con la PEA de 12

años y más de edad, el promedio es de 8.1 personas por establecimiento.

2. 18 Tendencias en el uso del suelo y conflictos relacionados

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 176

El turismo debe constituirse en el mediano plazo en una de las ramas más importantes del sector servicios y una de las de mayor crecimiento a nivel

local. El turismo de mar y playa es un fenómeno masivo entre los meses de enero a abril y es una actividad que requiere de una gran

infraestructura y complejos servicios que no siempre han tenido una adecuada cobertura y planificación, por lo que el movimiento de personas a

disfrutar de las playas se ha convertido en un constante problema al medio ambiente natural y social. No solo ha transformado el aspecto físico de

las zonas turísticas, sino que ha generado graves trastornos ecológicos: destrucción de ecosistemas, disminución de la cantidad y calidad del agua,

empobrecimiento y contaminación de los suelos, extinción de múltiples especies de la fauna, afectación severa de la flora, depredación pesquera y

contaminación de mar, así como procesos de aculturación, migración, fenómenos de crecimiento poblacional y urbano desordenado, falta de

servicios públicos, entre otros.

El cantón Salinas tiene una extensión de 68.7 km2, distribuidos entre la cabecera cantonal con su correspondiente periferia (25.8 km2.) y dos

parroquias rurales: Anconcito (8.8 km2) y José Luis Tamayo o Muey (34.1 km2).

En el área de playa, los conflictos por el uso del suelo están determinados por la actividad económica que impera en ellos, las actividades de pesca

están localizadas en el sector de Salinas que se conoce con el nombre de Santa Rosa, no afectando las actividades turísticas, cumpliéndose con las

ordenanzas de uso del suelo del cantón. Destacándose el hecho que alrededor del 18.4 por ciento de la PEA de 12 años y más de edad de la ciudad

de Salinas se dedica a la pesca (1.797 personas), debiéndose agregar la población que participa de la actividad en labores conexas como la

comercialización, mantenimiento de motores, etc. En la práctica, participan mayor cantidad de personas en las actividades de pesca, los que

provienen de otras localidades a operar en Santa Rosa. Esta actividad con una adecuada infraestructura en los alrededores podría ser utilizada como

un punto de atracción turística.

Otro problema se presenta entre los turistas y la población residente, por cuanto los que llegan se consideran con plenos derechos sobre la playa,

aptitud que molesta a los residentes que consideran que forman escándalos, ensucian la playa y la ciudad.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 177

Un problema que reclama los turistas es que falta infraestructura, especialmente de baños públicos, los que están muy lejos de sus necesidades;

además de la necesidad de regular precios para los servicios de hoteles y alimentación, por cuanto consideran que los costos de estos servicios son

muy altos. Así como dotar de determinadas infraestructura: arreglos de calles, parques, etc.

2.19 Patrones culturales existentes

El turismo como fenómeno de desplazamiento de un lugar de residencia permanente a otro temporal, no solo es un movimiento de personas que

implica transporte, alojamiento y alimentación, sino es un fenómeno social complejo, con múltiples facetas que involucran la esfera de lo

económico, lo social-cultural y lo ambiental.

Mediante el turismo se pretende satisfacer necesidades vitales, culturales o deseos personales del diverso tipo. Es decir, en tanto práctica social, el

turismo no está condicionado por un instinto biológico, sino que depende de un sistema de valores colectivos dominantes que estructura un

conjunto de roles económicos y sociales orientados hacia el fin.

La gran cantidad de factores que se presentan en el funcionamiento del sistema turístico hacen que muchas instituciones y entidades del sector

privado participen, pero no se puede dejar de lado que, el turismo se da en la práctica en el ámbito geográfico de las localidades, cuyos integrantes

deben tener una participación activa en este sistema.

Junto al interés del turista está el interés de la población local que puede ver impactado de forma positiva o negativa su habitat, así como obtener

beneficios económicos. Por lo que la participación de la población local, constituye una vía fundamental para garantizar el compromiso de la

comunidad con los bienes patrimoniales del territorio y el cuidado de su entorno.

Por no existir información disponible sobre determinados patrones culturales de la población y que son de interés para el turismo, se procedió a

realizar dos encuestas: una dirigida a los habitantes locales, para conocer características culturales, como uso del tiempo libre, hábitos de consumo,

hábitos de trabajo y actitud local hacia el turismo y el turista; y, otra hacia turistas locales que visitan el balneario de Salinas.

2.19.1 Encuesta sobre “Hábitos de consumo y uso del tiempo libre de la población local”

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 178

Se encuestaron a 81 personas mayores de 15 años, para lo cual se utilizó el referente del Censo de Población y Vivienda realizado en el año 2001,

procediéndose a seleccionar zonas censales, dentro de ellas, los sectores censales y dentro de los sectores las manzanas y finalmente las viviendas,

utilizando para el efecto la cartografía censal respectiva de la ciudad de Salinas, el instrumento (formulario) utilizado para la recolección de los datos

se incorpora en los Anexos.

2.19.1.1 Horas que la población acostumbra a dormir diariamente

El desgaste que sufre el ser humano en su diario vivir, exige su reposición y una de esas formas es mediante el sueño, observándose un

comportamiento similar para los hombres y las mujeres, que conforme avanza en la edad tiende a dedicar al descanso un poco más de tiempo. En

promedio la población de Salinas duerme alrededor de 8.5 horas diariamente.

Horas promedio que duermen los habitantes de la ciudad de Salinas

Tabla 2.19.1.1

Grupo de Edad Hombres Mujeres

15 – 29 8.3 8.6

30 – 49 7.8 8.6

50 y más 8.1 9.3 Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

2.19.1.2 Población que practica deporte El 34.5 por ciento de los hombres entrevistados declararon realizar algún deporte, mientras que solo el 1.9 por ciento de las mujeres respondieron

positivamente, por lo que existe una actitud cultural que margina a las mujeres de estas prácticas que ayudan a la salud. También se observa que la

tendencia a practicar deportes decae conforme avanza la edad. Los hombres que declararon practicar deporte lo hacen en un promedio de 10.8 días

al mes.

Salinas: Porcentaje de Población que práctica algún tipo de deporte

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 179

Tabla 2.19.1.2

Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No

15 – 29 71.4 28.6 6.7 93.3

30 – 49 30.8 69.2 0.0 100.0

50 y más 11.1 88.9 0.0 100.0

Total 34.5 65.5 1.9 98.1

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

2.19.1.3 En la última semana vio o miró programas de televisión

El desarrollo de los medios de comunicación masivos han atraído a las personas a observar sus programas, cambiando los modos de vida de las

familias, que antaño se reunían para conversar temas familiares y de la comunidad, en la actualidad el 86.4 por ciento del total de entrevistados

declaró mirar la televisión en la última semana de la entrevista.

Salinas: Porcentaje de Población que mira televisión

Tabla 2.19.1.3

Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No

15 – 29 57.1 42.9 100.0 0.0

30 – 49 84.6 15.4 95.0 5.0

50 y más 55.6 44.4 94.1 5.9

Total 69.0 31.0 96.2 3.8

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

Los hombres conformen aumentan en edad, aumenta su interés en ver televisión; en tanto que, las mujeres de mayor edad miran la televisión en

menor proporción, lo que podría estar asociado a que dedican tiempo para realizar labores domésticas.

2.19.1.4 En la última semana escuchó música en su hogar

La mayoría de la población escucha música en el hogar, aunque en mayor proporción lo hacen los hombres que las mujeres.

Salinas: Porcentaje de Población que escucha música en su hogar

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 180

Tabla 2.19.1.4

Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No

15 – 29 100.0 0.0 93.3 6.7

30 – 49 84.6 15.4 80.0 20.0

50 y más 88.9 11.1 47.1 52.9

Total 89.7 10.3 73.1 26.9

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

2.19.1.5 Escucha radio diariamente

El comportamiento observado en escuchar radio es bastante similar entre los hombres y las mujeres y en proporciones casi parecidas entre los

distintos grupos de edad, aunque sólo el 82.7 por ciento de los entrevistados declaró escuchar radio diariamente durante la última semana.

Salinas: Porcentaje de Población que escucha radio diariamente

Tabla 2.19.1.5

Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No

15 – 29 100.0 0.0 93.3 6.7

30 – 49 84.6 15.4 90.0 10.0

50 y más 88.9 11.1 52.9 47.1

Total 89.6 10.4 78.8 21.2

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

2.19.1.6 En la última semana leyó algún diario o periódico

Se desprende de la información recogida que tres de cada cinco hombres leen diarios o periódicos; mientras que, dos de cada cinco mujeres leen.

En conjunto, el 49.4 por ciento de los encuestados leen periódicos o diarios (ver Tabla 2.19.1.6).

Salinas: Porcentaje de Población que lee diarios o periódicos

Tabla 2.19.1.6

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 181

Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No

15 – 29 42.9 57.1 53.3 46.7

30 – 49 76.9 23.1 60.0 40.0

50 y más 44.4 55.6 17.6 82.4

Total 58.6 41.4 44.2 55.8

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

2.19.1.7 En los últimos 15 días vio videos en su hogar El 45 por ciento de los hogares entrevistados en Salinas declararon disponer de DVD y lo utilizan en promedio uno de cada tres personas en el

hogar (ver Tabla 2.19.1.7).

Salinas: Porcentaje de Población que vio videos en su hogar

Tabla 2.19.1.7

Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No

15 – 29 28.6 71.4 33.3 66.7

30 – 49 46.2 53.8 45.0 55.0

50 y más 22.2 77.8 11.8 88.2

Total 34.5 65.5 30.8 69.2

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

2.19.1.8 Libros leídos en lo que va del año Alrededor de dos de cada diez hombres y una de cada diez mujeres declararon haber leído algún libro, menos textos o manuales de estudio, en lo

que va del año, siendo los mayores porcentajes de lectura entre los 15 a 29 años de edad, como se desprende de la Tabla 2.19.1.8

Salinas: Porcentaje de Población que ha leído libros

Tabla 2.19.1.8

Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No

15 – 29 28.6 71.4 6.7 93.3

30 – 49 30.8 69.2 10.0 90.0

50 y más 0.0 100.0 17.6 82.4

Total 20.7 79.3 11.5 88.5

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 182

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

En el 10.0 por ciento de las viviendas investigadas, sus integrantes declararon disponer de una biblioteca para uso del hogar.

2.19.1.9 Uso del Internet en el mes

Este servicio necesario en un mundo globalizado y que permite acceder en tiempo real a conocimientos y eventos, solo fue utilizado por el 2.5 por

ciento de los entrevistados durante el mes previo a la entrevista.

2.19.1.10 Se bañó en el mar

En promedio la población que habita en Salinas, durante el mes de abril se bañó casi una vez en el mar, siendo más frecuente la salida al mar en la

población más joven, como se observa en la Tabla 2.19.1.10

Promedio de veces al mes que la Población se baña en el mar

Tabla 2.19.1.10

Grupo de Edad Hombres Mujeres

15 – 29 3.0 1.0

30 – 49 0.5 1.1

50 y más 0.2 0.2

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

2.19.1.11 Fue al cine

A la pregunta “En el presente año, ¿cuántas veces fue al cine? Solo el 2.5 por ciento respondió que fue al cine, la respuesta de la mayoría de los

entrevistados fue “ninguna vez”, lo que tiene relación con la ausencia de cines en la ciudad de Salinas (los cines están ubicados en la ciudad de La

Libertad) y falta de costumbre, lo que lleva a que los habitantes prefieran ver videos o programas de televisión.

2.19.1.12 Fue al teatro o a un concierto

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 183

El 9.9 por ciento de los entrevistados declaró haber asistido al teatro o algún concierto, mientras que la mayoría señaló no haber asistido en lo que

va del año.

2.19.1.13 Fue a visitar museos

Solo el 3.7 por ciento de los entrevistados respondió haber asistido a visitar un museo en lo que va del año, la casi totalidad de los entrevistados no

acostumbra visitar museos.

2.19.1.14 Actividad artística realizada El 1.2 por ciento de los entrevistados respondió que realizó alguna actividad artística en lo que va del año, lo que refleja el nivel de desarrollo

artístico de la población.

2.19.1.15 Fue al circo Es corriente en la vida de ciudades como Salinas que de forma regular o para determinadas fechas, el circo llegue a visitarlos, ocasión que es

aprovechada por la población para tener momentos de ocio y esparcimiento (ver Tabla 2.19.1.15).

Promedio de veces en lo que va del año que la Población asiste al circo

Tabla 2.19.1.15

Grupo de Edad Hombres Mujeres

15 – 29 0.4 0.1

30 – 49 0.0 0.1

50 y más 0.1 0.0

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

2.19.1.16 Sale en las noches los fines de semana

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 184

Existe la tendencia de que los hombres salgan las noches de los fines de semana en Salinas, aunque la tendencia decae con la edad; mientras que,

la mayoría de las mujeres permanecen en casa, manteniéndose una vieja costumbre machista que considera al hombre de la calle y las mujeres

para las labores de casa (ver Tabla 2.19.1.16).

Porcentaje de Población que sale los fines de semana en las noches

Tabla 2.19.1.16

Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No

15 – 29 42.9 57.1 13.3 86.7

30 – 49 53.8 46.2 5.0 95.0

50 y más 11.1 88.9 5.9 94.1

Total 37.9 62.1 7.7 92.3

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

2.19.1.17 Acceso a actividades culturales

Más de la mitad de la población entrevistada considera que en la actualidad es más fácil acceder a las actividades culturales que hace cinco años, en

tanto que, alrededor de un cuarto de entrevistados consideran que la situación es igual y una proporción parecida consideran que la situación ha

empeorado o sea que es más difícil.

Percepciones de la Población sobre facilidades para acceder a actividades culturales en relación hace cinco años, en porcentaje

Tabla 2.19.1.17

Grupo de Edad Más difícil Más fácil Igual

15 – 29 22.7 54.6 22.7

30 – 49 21.2 54.6 24.2

50 y más 23.1 50.0 26.9

Total 22.2 53.1 24.7

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

2.19.1.18 Horas trabajadas por día

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 185

De las personas que reportaron estar trabajando, se estableció que en promedio trabajan 9.2 horas por día, lo que deja entrever que la mayoría

trabaja bajo la modalidad de lo que se clasifica como subempleo.

2.19.1.19 Consumo de cigarrillos de forma diaria El 1.2 por ciento de los entrevistados declaró fumar de forma diaria, lo que muestra que este tipo de adicción no tiene mayor cabida en la población

de Salinas.

2.19.1.20 Consumo de bebidas alcohólicas en los últimos 15 días

El 11.1 por ciento de la población respondió que consumió bebidas alcohólicas en los quince días antes de la entrevista, destacándose que el 100.0

por ciento de los que bebieron son hombres.

2.19.1.21 Con quienes consumió bebidas alcohólicas en los últimos 15 días

De las personas que consumieron bebidas alcohólicas, la mayoría lo hizo en compañía de compañeros de trabajo seguido por amigos o amigas,

como se desprende de la información de la Tabla 2.19.1.21

Personas con las que consumió bebidas alcohólicas

Tabla 2.19.1.21

Con quienes tomó en los últimos 15 días Porcentaje

Compañeros de estudio 0.0

Compañeros de trabajo 55.6

Vecinos del barrio 0.0

Amigos – Amigas 44.4

Familiares 0.0

Otros 0.0

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 186

2.19.1.22 Lugar dónde consumió bebidas alcohólicas

La esquina de la casa y el bar son los lugares que los habitantes de Salinas prefieren para ingerir bebidas alcohólicas, seguidos de las discotecas o

en la vivienda o casa (ver Tabla 2.19.1.22).

Lugar donde consumen bebidas alcohólicas los habitantes de Salinas

Tabla 2.19.1.22

Lugar dónde consumen bebidas alcohólicas Porcentaje

Bar 33.3

Restaurante 0.0

Discoteca 11.1

Parque 0.0

Tienda 0.0

Playa 0.0

Esquina de la casa 44.4

En la vivienda o casa 11.1

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

2.19.1.23 Lugar dónde compraron la mayor parte de los alimentos La tendencia de los miembros de los hogares de Salinas es adquirir los alimentos que consumen en los mercados o ferias, seguido de las tiendas o

despensas; mientras que en, el tercer lugar de las preferencias, son los comisariatos o supermercados (ver Tabla 2.19.1.23).

Lugar dónde compraron la mayor parte de los alimentos en los últimos 15 días

Tabla 2.19.1.23

Lugar dónde compraron Porcentaje

Tienda o despensa 26.7

Mercados o ferias 60.0

Comisariatos o supermercados 11.7

Sitios o puestos en la calles 1.7

Otro 0.0

Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 187

2.19.1.24 Actitud frente a los turistas

La mayoría de la población encuestada considera que los turistas que visitan Salinas no le causan problemas, actitud que concentra el 93.8 por

ciento, de las respuestas de la población; mientras que, un 6.2 por ciento de la población considera que los turistas le causan problemas, por cuanto

arman escándalo en la playa y en las discotecas, dejan sucia la playa y la ciudad.

2.19.1.25 Beneficios que le dejan los turistas

El 65.4 por ciento de la población encuestada considera que los turistas no le benefician en nada; seguido por un 28.4 por ciento de pobladores que

consideran que aumentan sus ventas (víveres, bazar, gaseosas, comida, artesanías, etc.); el restante 6.2 por ciento consideran que también se

benefician por cuanto brindan servicios y sus ingresos mejoran.

2.19.1.26 Percepción de la cantidad de dinero que dejan los turistas diariamente

La percepción de la población es que un turista nacional en un día de visita (día y noche) gasta en promedio 19 dólares; mientras que, un turista

extranjero, gasta un promedio de 47 dólares.

2.19.1.27 Percepción de los residentes locales sobre obras o actividades a realizar para mejorar el turismo hacia Salinas

Las sugerencias que la población considera para mejorar el turismo tienen relación con obras de infraestructura que aportan bienestar y calidad de

vida, así como normas que el Plan Regulador contempla. Algunas sugerencias expresan el interés de quien las sugiere, sin embargo, se listan estas

a continuación.

Mejorar presentación y atracciones en el malecón;

Pavimentación de las calles;

Que el transporte sea más ágil;

Que pongan mejores baños y más luz en el malecón;

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 188

Que limpien a diario y mejor la playa;

Que instalen baños en o cerca de la playa y que sean fijos;

Que haya sitios donde botar basura;

Que organicen al turista que visita Salinas, que lo instruyan;

Control de vendedores en la playa;

Alcantarillado en el sector;

Arreglo de las parques;

Mejor atención al turista en los restaurantes;

Se debe abaratar costos en todo: hotel y comida;

Mejorar alumbrado público;

Arreglo de las calles;

Fuentes de trabajo

Los pocos baños son sucios con mal olor;

Cambiar otra forma de Servicios Higiénicos

Más seguridad a los bañistas;

Más control de la policía, muchos robos;

Que hagan mercado artesanal y todos estén en un solo sitio;

Que la basura sea recogida continuamente;

Que el turista sea educado con anuncios (publicidad);

Dar mejor trato al turista

Mejorar recolección de basura;

Hoteles en la parroquia Santa Rosa;

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 189

Los centros de recreación son caros;

Un mercado en la parroquia; y,

Que administren mejor el turismo.

2.19.2 Encuesta sobre turismo y uso del tiempo libre

La Encuesta sobre Turismo fue aplicada de forma indistinta entre visitantes a la playa de Salinas y técnicamente se denomina como muestreo de

voluntarios por no tener carácter aleatorio y probabilístico. Se aplicó a 60 turistas.

2.19.2.1 Frecuencia con la que salen los fines de semana fuera de la ciudad

Entre las personas que se entrevistó, se estableció que en lo que va de la temporada, esto es entre enero y abril del 2006, el 28.3 por ciento de los

entrevistados declaró que salió de la ciudad una vez; el 26.7 por ciento lo ha hecho dos veces; el 21.7 por ciento salió tres veces; y, el 23.3 por

ciento salió 4 veces y más.

2.1.9.2.2 Tipo de transporte utilizado para movilizarse

El 23.3 por ciento de los entrevistados declaró que utilizó transporte público para su movilización a la playa; mientras que, el 76.7 por ciento utilizó

transporte privado.

2.19.2.3 Promedio de personas que viajan por salida

Al constituirse las salidas fuera del lugar de residencia habitual una forma de descanso y de ocio, la mayor cantidad de personas entrevistadas

disfruta saliendo en compañía. Del total de entrevistados, el 55.0 por ciento declaró que viaja en un grupo de 5 y más personas; el 23.3 por ciento

de los entrevistados forma parte de un grupo de 4 personas y el restante 21,7 por ciento forma parte de grupos compuestos de 1 a 3 personas.

2.19.2.4 Gasto promedio por día

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 190

Los entrevistados declararon que en promedio gastan 30 dólares por día. Lo que se distancia bastante a la percepción que tiene la población local

de que un turista nacional gasta alrededor de 19 dólares por día.

2.19.2.5 Percepción de los visitantes de las obras o las actividades a realizar para mejorar el turismo

A continuación se listan las sugerencias que dieron los entrevistados, dejando notar que muchas respuestas se repitieron pero todas tienen un papel

importante:

Vigilantes para controlar que no ensucien la playa y los servicios higiénicos;

Juegos recreativos y parques para los niños;

Playas privadas y públicas;

Kioscos en el malecón para venta de colas y agua, etc.;

Que organicen a los que alquilan botes, deben estar en un sitio específico;

Educar al turista con anuncios;

Que coloquen “tachos” para la basura;

Comedores más cerca de la playa;

Que retiren los botes más lejos de la playa;

Más salvavidas, seguridad en la playa;

Cabañas de diversión;

Limpieza total de la playa y de forma diaria;

Que den un mejor trato los empleados de los restaurantes;

En las noches más control policial;

Que no se orinen en la noche en la playa porque hay mal olor en el ambiente;

Control de hospedaje y comedores, cobran muy caro;

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 191

Control de vendedores en la playa

Más baños y servicios higiénicos en la playa, solo hay unos cuantos y sucios;

Que bajen precios en todo, son inaccesible;

Que la gente no tome licor en el malecón;

Un lugar de información turística;

Farmacias a orillas del malecón;

Mejorar las calles aledañas al malecón;

Pavimentación de calles alrededor del malecón;

Control de transporte público;

Los que alquilan carpas deben dar fundas de basura;

En las noches hay mucho ruido, que haya mas control de los centros nocturnos;

Renovar locales, son viejos; y,

El paseo en bote es muy caro.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 192

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 193

Capítulo 3

3.1 Análisis Descriptivo De Impactos Ambientales

El Cantón Salinas es un balneario que está creciendo a un ritmo vertiginoso y se está transformado en una ciudad con problemas parecidos a

ciudades litorales como Guayaquil, Machala o Manta. Estos problemas se traducen en impactos ambientales significativos con una potencial

afectación a la actividad turística actual y futura.

3.1.1 Cobertura de agua potable

Basándose en datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), aproximadamente 5 de cada 10 viviendas tenían servicio de agua

potable entregada a través de una conexión domiciliaria al año 2001. En el año 2002, entró en operaciones AGUAPEN con la finalidad de mejorar el

abastecimiento de agua para todos los cantones de la Península de Santa Elena (La Libertad, Santa Elena y Salinas). AGUAPEN es una Ccompañía

constituida el 14 de diciembre de 1999, con el objeto de dedicarse a la prestación de servicios públicos de alcantarillado sanitario, alcantarillado

pluvial, tratamiento de aguas servidas, de agua potable, de recolección y reciclaje de desechos sólidos en la Ppenínsula de Santa Elena, que abarca

los cantones de Salinas, Santa Elena, La Libertad, en la Provincia del Guayas.

Al año 2006, aproximadamente 8 de cada 10 viviendas están siendo abastecidas de agua potable de acuerdo a información suministrada por

AGUAPEN, habiendo mejorado sustancialmente el servicio de abastecimiento de agua potable en Salinas. Sin embargo, muchas viviendas no están

conectadas al sistema debido a que dichas conexiones están contempladas en futuras fases de expansión

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 194

Adicionalmente, la planta de potabilización ubicada en Atahualpa tiene una capacidad total de 69.120 m3 diarios que se espera sean requeridos al

año 2010. La planificación de la planta considera incrementar dos etapas más hasta producir 138.240 m3 diarios en el año 2030. La planta está

entregando aproximadamente 13.500 m3 diarios al año 2006 que son distribuidos a Salinas, La Libertad, Santa Elena, Ancón, Anconcito, San Pablo,

Palmar, Monteverde, Pechiche y Colonche. En el caso de Salinas, AGUAPEN cuenta con un reservorio de 5.000 m3 para cubrir la demanda hasta el

año 2010.

Considerando lo anteriormente mencionado, el servicio de agua potable presenta un impacto negativo de intensidad media a la expansión

turística del cantón Salinas. La principal razón de esta valoración es que si bien existe capacidad de entrega de agua potable por parte de la planta

potabilizadora, las redes de distribución actuales no tienen capacidad total para dicha entrega. Por lo tanto, deberán realizarse inversiones en la

expansión de la red para poder distribuir la capacidad total de la planta cuando se lo requiera.

3.1.2 Cobertura de alcantarillado sanitario

De acuerdo al INEC, la principal forma de evacuar las aguas servidas en el año 2001 era a través de pozo séptico (7 de cada 10 viviendas).

Adicionalmente, el pozo ciego era otra forma de evacuación (2 de cada 10 viviendas). Finalmente, aproximadamente 1 de cada 10 viviendas podía

descargar sus aguas residuales a una red de alcantarillado público.

En la actualidad, AGUAPEN se encarga del servicio de alcantarillado sanitario como parte de la concesión. La red de alcantarillado implementada

por AGUAPEN cubre las áreas urbanas de Salinas y Muey en una franja de 9 Km. 3.5 Km. La red fue diseñada para servir a 130.000 personas al

año 2030. Sin embargo, la implementación de las conexiones domiciliarias a la red no era parte de la responsabilidad de la Concesionaria, lo que ha

influenciado en el grado de cobertura real del sistema. La mayoría de las viviendas no conectadas todavía infiltran sus aguas servidas en fosas

sépticas o descargan ilegalmente a un drenaje pluvial, que constituyen una fuente potencial de contaminación de las zonas costeras especialmente

de playas de uso turístico.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 195

Adicionalmente, cabe señalar que existe un sistema de tratamiento que consiste en cuatro lagunas de estabilización (tratamiento biológico) ubicadas

en la vía a Punta Carnero. No existen datos disponibles sobre la eficiencia real de remoción del sistema. Sin embargo, se pudo conocer que este

sistema de tratamiento tiene capacidad para servir al mismo número de personas consideradas en el diseño de la red más las aguas servidas

generadas por el Cantón La Libertad.

Mientras no se solucione el problema de conexiones domiciliarias a la red de alcantarillado, el impacto ambiental generado es significativamente

negativo y de intensidad alta frente a una expansión turística del balneario.

3.1.3 Cobertura de alcantarillado pluvial

AGUAPEN también se encarga de este servicio. Sin embargo, se conoce que la concesionaria no reconstruyó el sistema pluvial en un 100% de la

superficie urbana. La cobertura actual del sistema solamente se limita al área céntrica y sectores adyacentes del balneario de Salinas.

Adicionalmente, existen algunos terrenos baldíos en donde se produce anegamiento (ver foto). Esta situación genera un problema sanitario

significativo debido a la proliferación de vectores de enfermedades (principalmente mosquitos)

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 196

Cabe señalar, que el alcantarillado pluvial existente en la zona de San Lorenzo contempla la descarga de aguas lluvias hacia la Bahía cuyo periodo

de renovación del agua es muy largo. Esto potencialmente ocasiona un impacto significativo a la calidad del agua. En el estudio de Impacto

Ambiental del Diseño del Alcantarillado Pluvial realizado por CEDEGE (2001) se recomendaba que dichos ramales debieran ser redirigidos con el

flujo de la red hacia Mar Bravo (sector de Punta Carnero) en donde el agua de mar tiene un período de renovación más corto y el impacto era

menor. Sin embargo, las recomendaciones de dicho estudio todavía no han sido implementadas y se desconoce cuando se lo realizará.

Desde un punto de vista de expansión turística de la zona, el actual sistema de alcantarillado pluvial representa un impacto negativo y de

intensidad alta principalmente a la calidad del agua usada por los bañistas en el Sector de San Lorenzo.

3.1.4 Gestión de desechos sólidos

Al año 2000, existían trece carros recolectores de basura, de los cuales siete están en funcionamiento y el resto debían ser reparados. Existen 65

personas que trabajan en el Departamento de Higiene encargado de la colección de desechos sólidos. Se trabajan 6 días a la semana (Plan

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 197

Estratégico de Salinas, ESPOL, 2002). Al año 2006, la situación ha mejorado ligeramente, pero todavía se observan lugares en donde se hacinan los

desechos tal como se observa en las fotografías de abajo.

Es común observar que ciertos ciudadanos incineren basura a cielo abierto transfiriendo contaminación a la atmósfera (generación de humos y

gases tóxicos dependiendo del tipo de desecho incinerado).

Los desechos sólidos colectados son vertidos en un botadero a cielo abierto que se encuentra ubicado en la vía hacia Punta Carnero, a pocos metros

de la entrada a las instalaciones de la compañía petrolera CGC y cerca del Sistema de Tratamiento de aguas servidas. Este botadero de basura

sirve tanto a la población de La Libertad como a Salinas. El sitio de disposición es plano por lo que no existe material arcilloso de préstamo

suficiente para cubrir los desechos. Cabe señalar que en el sitio existen algunas familias que se dedican al reciclaje informal (chamberos).

Potencialmente, los lixiviados generados podrían estar contaminando el agua subterránea cuyo drenaje es en dirección al mar, existe además un

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 198

sitio para relleno sanitario en la vía a Anconcito. Por otro lado, se conoce que en el año 2006 el PMRC ha auspiciado los estudios de diseño

definitivo del nuevo relleno sanitario para Salinas, aunque esta información no estuvo disponible a la fecha de elaborar el presente informe.

Otro aspecto importante es lo que se hace con la gestión de desechos hospitalarios. En Salinas existen 6 centros de salud (incluidos dos hospitales)

de importancia. Solamente en el Hospital Dr. Jorge Garcés, se entierran los desechos en el terreno de dicho centro de salud. En el resto de

centros, el Municipio se encarga de colectar los desechos. Los desechos biomédicos son clasificados como peligrosos.

De no mejorase el servicio, el impacto ambiental resultante es negativo y de intensidad media para el crecimiento turístico de este balneario.

3.1.5 Pavimentación y lugares de parqueo

Menos del 50% de las vías de la ciudad de Salinas no están pavimentadas. La deficiencia en la pavimentación de vías genera una afectación a la

calidad del aire debido al polvo levantado con el paso vehicular. Por tal motivo, para implementar un plan de expansión turística de este balneario

es necesario considerar una rehabilitación completa de la vialidad de la población. Esto facilitaría el acceso a las diversas zonas turísticas y

permitiría implementar un mejor sistema de drenaje de aguas lluvias a través de cunetas y sumideros. En las fotos que se presentan a continuación

se puede observar el estado de algunas calles interiores del cantón Salinas (Marzo 2006).

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 199

Desde el punto de vista turístico, las calles adyacentes a la playa presentan un déficit de capacidad de estacionamiento acorde a la capacidad de

carga de playa. Aproximadamente se requieren 4000 estacionamientos para abastecer a los propietarios actuales de edificios en la zona del

malecón. Adicionalmente, no existe una infraestructura de estacionamientos públicos que supla la falta de parqueo en las calles. Debido a esto, el

impacto resultante es negativo y de intensidad alta.

3.1.6 Pesca artesanal en Santa Rosa

Santa Rosa es una parroquia de Salinas que está ubicada al Oeste de Petrópolis fuera del área turística tradicional. Es un puerto con una

significativa actividad pesquera que involucra la descarga de un gran volumen de pesca destinada tanto al consumo local como a la exportación. El

puerto cuenta con una flota pesquera de aproximadamente 608 embarcaciones, en su mayoría con motor fuera de borda a gasolina (Plan

Estratégico de Salinas, ESPOL, 2002).

En el mapa adjunto se puede apreciar la ubicación del puerto pesquero de Santa Rosa con respecto al sector urbano de Salinas. A pesar de ser

considerado puerto, Santa Rosa no tiene infraestructura marítima que sirva a las embarcaciones que llegan a dicho punto. Por lo tanto, las labores

de embarque y desembarque (principalmente pesca y combustible) se realizan a través de canoas pequeñas.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 200

En el sitio se detectan al menos 3 gasolineras para la distribución de combustibles a las embarcaciones, así como talleres de mantenimiento y

reparación de motores. La venta de combustible generalmente se realiza en tanques de 5 galones previa la presentación de la licencia de la

embarcación pesquera.

Fuente: Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Cantonal de Salinas, 2001

Adicionalmente se ha implementado recientemente un muelle con surtidores instalados para comercializar al combustible directamente a las

embarcaciones. Se desconoce el volumen de combustible comercializado a través de estos surtidores. Todas estas actividades representan un

potencial derrame de hidrocarburos a la zona de playa o a la columna de agua en la zona.

Por otro lado, la comercialización de los productos de la pesca y la evisceración del producto se realizan (consumo interno), en locales abiertos

acondicionados alrededor del malecón o en locales cerrados que sirven además para almacenar el producto de la pesca (comercialización externa a

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 201

Santa Rosa). Al año 1997, alrededor de 100 personas se dedicaban a esta actividad. Adicionalmente, algunas plantas empacadoras de pescado

tienen sus instalaciones en Santa Rosa, tales como PROMAR, PROMAROSA, CORINTO CORP, DOCAPE. Los residuos del eviscerado generados por

los comerciantes son colectados para su venta a empresas dedicadas a la fabricación de harina de pescado y balanceados. Por el contrario, el

residuo de eviscerado producido por moradores para su consumo interno generalmente es dispuesto en la zona de playa y arrastrado por la marea.

Cabe señalar que el desecho líquido con sangre es vertido a la playa sin ningún tratamiento.

Aunque Santa Rosa está ubicada fuera del área turística actual de las playas de Chipipe y San Lorenzo en Salinas, los vertidos contaminantes

podrían ser trasladados por las corrientes marinas superficiales, cuyo patrón de circulación predominante es hacia el Este, y disminuir

sustancialmente la calidad del agua de la zona turística del sector de Puerto Lucía. Adicionalmente, esta zona no puede integrarse al turismo de

mantenerse las condiciones actuales. Por lo tanto, el impacto ambiental resultante es negativo y de intensidad significativamente alta para la

expansión turística del sector.

3.1.7 Ordenamiento Territorial

Un problema clave en el desarrollo turístico de un balneario es el grado de ordenamiento de las diversas actividades que se realizan en él. A pesar

de que Salinas cuenta con una ordenanza para la regulación del uso de suelo, se observan problemas relacionados con el ordenamiento territorial.

Uno de los problemas tiene que ver con los permisos de funcionamiento de discotecas bares y restaurantes. La mayoría de ellos están ubicados en

el malecón de Salinas, lo que ocasiona problemas como:

Congestionamiento vehicular por falta de estacionamientos suficientes para atender a los clientes de dichos establecimientos

Niveles de ruido por encima de 45 dB que es lo establecido por la normativa ambiental vigente.

Concentración de negocios en zonas muy pequeñas

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 202

Otro aspecto relacionado con el ordenamiento territorial, es la zonificación de la playa entre bañistas, comerciantes, deportes playeros y deportes

acuáticos. La zona de playa turística de Salinas está considerada como entre las más pequeñas del Ecuador (aproximadamente 0.345 Km2). De

acuerdo al PMRC 2001, la capacidad de carga de saturación siempre es alcanzada en temporada alta principalmente en San Lorenzo y Chipipe. Esto

trae como consecuencia la deficiencia en los principales servicios turísticos (incluidos los sanitarios).

Por lo tanto, el impacto resultante es negativo y de intensidad alta para el desarrollo turístico del sector.

3.1.8 Calidad del Agua de Mar

Uno de los aspectos fundamentales que inciden sobre el turismo en una zona de playa es la calidad del agua del mar que se tiene para actividades

recreativas (bañistas). De acuerdo al Texto Unificado de Ley Ambiental Ecuatoriano, el nivel máximo de coliformes fecales en aguas de mar usadas

para actividades recreativas es de 200 NMP/100 ml.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 203

Para la elaboración del presente diagnóstico, se hace referencia al Estudio de Impacto Ambiental para la construcción y operación del

sistema de alcantarillado pluvial de Salinas, Muey y La Libertad, ejecutado por CEDEGE el año 2002, en el que se realizó un monitoreo del

agua de mar en Salinas.

Los resultados del monitoreo mostraron concentraciones de coliformes totales de 230 NMP/100 ml en Salinas, en las dos estaciones de muestreo

ubicadas frente a heladería Pingüino, y frente al Hotel Colón Miramar. De manera adicional, en dicho estudio se detectó que el nivel de Demanda

Bioquímica de Oxígeno (DBO5), en todas las estaciones monitoreadas durante la época del estudio, en Salinas, Mar Bravo, Punta Carnero y La

Libertad, presentaron un valor menor a 2 mg/l. Estos resultados reflejan un bajo contenido de materia orgánica, por lo tanto las condiciones de

oxígeno y preservación las vuelve aptas para realizar actividades recreativas.

Basándose en dicho estudio y lo observado en las prácticas ambientales actuales, se puede concluir que las condiciones no han cambiado

significativamente en el balneario de Salinas. La contaminación fecal (>200 NMP/100 ml) que se puede alcanzar durante ciertos días en el invierno

coincide con días de gran afluencia turística a la zona. Las autoridades del Cantón deberán tomar en cuenta medidas sanitarias para minimizar este

impacto que afecta principalmente a la salud de los bañistas (por ejemplo enfermedades de la piel). Mientras no se den soluciones a este

problema, el impacto resultante es negativo y de intensidad alta para el desarrollo turístico del sector.

3.2 Matriz de Valoración de Impactos Ambientales

Una vez descritos en la sección anterior los impactos ambientales que afectan al desarrollo turístico de Salinas, se presenta a continuación una

matriz de fácil comprensión valorando a los impactos de acuerdo a su intensidad (BAJA, MEDIA, ALTA). Adicionalmente, se ha procedido a ordenar

de intensidad mayor a menor para definir las prioridades de acción por parte de las autoridades. La implementación de dichas acciones ayudará a

mitigar o minimizar los impactos ambientales detectados y contribuirán a incrementar el nivel turístico del balneario.

En la tabla se puede observar que los problemas que ocasionan los impactos ambientales más altos corresponden a los servicios de saneamiento

ambiental básico. De no mejorarse la capacidad real de dichos servicios, el futuro turístico de Salinas podría ser afectado significativamente.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 204

Matriz de Impactos Ambientales que afectan la expansión turística de Salinas ordenados por significancia del impacto

Tabla 3.2.1

Problema Ambiental Valoración Impacto

Ordenamiento Territorial de la zona de playa ALTA

Cobertura de Alcantarillado Sanitario ALTA

Cobertura de Alcantarillado Pluvial ALTA

Gestión de Desechos Sólidos MEDIA

Pesca Artesanal en Santa Rosa ALTA

Pavimentación y Lugares de Parqueo ALTA

Calidad del Agua de Mar ALTA

Cobertura de Agua Potable MEDIA

3.3 Breve Descripción de los Ecosistemas Costeros del Área de Influencia

El Cantón Salinas constituye una extensa planicie de forma triangular que ocupa la parte más occidental de la Península de Santa Elena. Se

observan accidentes orográficos pequeños como Punta Carnero al sur del cantón y el cerro de Salinas. Este último constituye un punto de

referencia para la navegación. La altitud del terreno varía de manera general entre el nivel del mar (zona de playa) y 9 metros sobre el nivel medio

del mar (m.s.n.m.)

En relación a la zona de vida, Salinas corresponde a un bioma conocido como desierto tropical (Cañadas, AGRE 1987). Este bioma corresponde a la

región más sobresaliente de la costa ecuatoriana formada por el triángulo Santa Elena – Salinas – Anconcito, con una superficie aproximada de

18.000 hectáreas. Esta zona de vida se extiende desde el nivel del mar hasta los 300 metros. La precipitación anual varía entre 62.5 y 125.0

milímetros influenciada principalmente por la corriente de Humboldt. De los registros históricos, se puede observar que los meses secos son 9 en

un año normal. Este bioma está compuesto principalmente de pampas y colinas.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 205

Los ríos de mayor importancia que posee el cantón Salinas (incluyendo La Libertad) son: Las Vegas, Salado, Dambo y Tortuga. Son ríos estacionales

que tienen caudal únicamente en la estación lluviosa. Las cabeceras de dicho sistema hídrico se encuentran en los cerros de Azúcar (cantón Santa

Elena). Dichos ríos alimentan la Represa Velasco Ibarra, que descarga al Río Grande que desemboca cerca de Punta Carnero, al sureste del Cantón.

3.4. Sitios de Interés Turístico Actual y Potencial

El balneario de Salinas tiene una tradición como centro turístico de la Costa Ecuatoriana desde hace más de 40 años. Debido al grado de

modernización alcanzado por el balneario, las posibilidades de desarrollo turístico se incrementan. El cantón al año 2006 posee aproximadamente

56 lugares de hospedaje (residenciales, hoteles, hosterías y hostales) con una capacidad total para 4.050 personas. Esta capacidad de hospedaje

es deficiente con respecto a la cantidad de turistas reportados en temporadas medias y altas. En caso de incrementarse el turismo en la zona, es

imprescindible el aumento de la capacidad hotelera del sector.

El desarrollo de potenciales turísticos ya ha sido considerado tanto en el Plan de Desarrollo Estratégico de Salinas (ESPOL, 2002) como en un

estudio de la Fundación Salinas Siglo XXI presentado por la Universidad de Oxford. En dichos documentos se mencionan los siguientes frentes de

trabajo para expandir el turismo de Salinas:

Regeneración del puerto artesanal de Santa Rosa como parte del plan turístico a ser ofertado sin afectar a la actividad artesanal e

industrial desarrollada en el sitio. Para esto, todos los efluentes de eviscerado no deberán ser vertidos al mar y playa sino que deberán

ser conducidos hacia un sistema de tratamiento de residuos. Adicionalmente, es necesario que se regule y controle el despacho de

combustible para evitar vertido de combustibles al mar. Se deberá trabajar en planes de contingencia y remediación de derrames

puntuales desde las embarcaciones.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 206

Mejoramiento del Malecón integrando el área de restaurantes y mejorando la zona de parqueo. Este proyecto debería incluir la

recuperación de la zona de playa en el Sector de San Lorenzo tomando como punto de partida las recomendaciones hechas en estudios

como el realizado por la ESPOL (2004). La recuperación de la zona de playa incidirá en el aumento real de la capacidad de carga de la

misma. Este proyecto debe contemplar el aumento y mejora de baterías sanitarias conectadas al alcantarillado sanitario existente en

cantidad acorde con la capacidad de carga de la zona de playa.

Desarrollo de un Centro Cívico que involucre diversas actividades culturales (conciertos, teatro, etc.). Adicionalmente, este Centro

podría ser la base para incluir museos de carácter antropológico que expongan la historia de la Península al turista.

Centro de actividades culturales, deportivas playeras y acuáticas en la zona de Mar Bravo tales como surfing y otros deportes. El mar en

dicha zona no es tan recomendable para bañistas pero sí podría ser utilizado para otras actividades. De este modo, se lograría una

utilización efectiva de la playa bañista tanto en Chipipe como en San Lorenzo.

Parque Temático en el sector de Petrópolis que exponga al turista la historia hidrocarburífera de la Península de Santa Elena.

Mirador turístico en la zona de la Chocolatera

Desarrollo de un Bosque Protector en la zona de la Presa Velasco Ibarra incluyendo rutas ecoturísticas.

Integración de las bases de las Fuerzas Armadas (Marina, Aviación, Fuerza Terrestre) a un plan turístico implementando Museos

Militares y exposiciones históricas.

3.4 Breve Descripción de las Prácticas Ambientales utilizadas en los Negocios Turísticos

En el área urbana del cantón Salinas, las formas dominantes de evacuar las aguas servidas, según indican los resultados del censo de vivienda

realizado por el INEC en noviembre del 2001, es a través de pozo séptico con 66.6 %, seguido por la red pública de alcantarillado 13.3 %, y pozo

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 207

ciego con el 11.5 %, a cielo abierto representa el 8.6 %; mientras que, en el resto del cantón Salinas, el 90.5 por ciento elimina las aguas servidas

vía pozos sépticos, ciegos u otra forma.

En el año 2003 entró en operación el alcantarillado y estación de bombeo de Las Dunas, de Salinas, constituido por un conjunto de obras que

incluye colectores y una Estación de Bombeo, con lo que se resolvió el grave problema de desalojo de aguas servidas que padecían las ciudadelas

Las Dunas I, Las Dunas II, Dunas Municipal, Supermaxi, importante sector que alberga a más de 9.000 personas residentes y turistas.

Cabe señalar que en el 2006, se instalaron 30 baterías sanitarias móviles en la zona de playa. Respecto a la colección de desechos sólidos, el

Municipio es el responsable de controlar que se cumplan las frecuencias establecidas.

En general, a partir del Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Cantonal de Salinas, elaborado en el año 2001, así como de los Catastros del 2006 de

la Subsecretaría de Turismo del Litoral, se determinó que la capacidad de hospedaje como la de servicios higiénicos es deficiente dentro del cantón

Salinas y reportan valores muy por debajo de la capacidad promedio de servicios turísticos. Esta deficiencia se evidencia principalmente en las

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 208

festividades de Carnaval y Semana Santa, ocasionando hacinamiento en ciertos sectores de la playa y el consecuente incremento de la

contaminación por desechos sólidos y aguas residuales en la playa y el mar.

CAPÍTULO 4

Proyección de la demanda turística

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 209

4.1 Caracterización económica de la localidad: sectores productivos, población económicamente activa, tasa de crecimiento

económico y poblacional durante los próximos 10 años e impacto del turismo sobre la tasa de crecimiento económico.

4.1.1 Población Económicamente Activa.

La Población Económicamente Activa (PEA) es la que interviene en la producción de bienes y servicios y se clasifica en dos categorías: ocupados y

desocupados.

En el año 1990, se registró 6.262 personas como Población Económicamente Activa en la ciudad de Salinas. En el 2001 su número alcanzó a 9.779,

o sea, se multiplicó por 1.6 veces en un periodo de 11 años. La causa principal es sin duda, el crecimiento de la población operado dentro del

mismo periodo. El crecimiento medio anual de la PEA en cifras absolutas que se produce entre 1990 y 2001, es de aproximadamente 320 personas

al año (ver tabla 4.1.1). Se observa una mayor aceleración en la tasa de crecimiento de la PEA (4.05 por ciento).

Población Total, Población Económicamente Activa de 12 años y más de edad y Tasas de Crecimiento. Censos 1990 y 2001

Tabla 4.1.1

Concepto Población Total PEA Total

Año 1990 19.298 6.262

Año 2001 28.650 9.779

Tasa Crecimiento 1990 – 2001 (%) 3.59 4.05

Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001” 4.1.2 Sectores Productivos (PEA por Ramas de Actividad)

La distribución de la PEA por ramas de actividad permite observar una descripción de la organización de la economía, que junto a la clasificación por

ocupaciones y categoría ocupacional, brinda un panorama de la organización del trabajo de una sociedad.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 210

La proporción de PEA de la ciudad de Salinas que se ocupaba de las actividades agropecuarias constituía en 1990 el 19.0 por ciento del total, en el

2001 la proporción se incrementa ligeramente, demostrando que gran parte de la actividad del sector primario está definido por las actividades

pesqueras (ver tabla 4.1.2).

Ciudad de Salinas: PEA por Ramas de Actividad Económica en orden de importancia. Censos 1990 y 2001

Tabla 4.1.2

Rama de Actividad % 1990 % 2001

1 Servicios 28.2 18.8

2 Agricultura, silvicultura, caza y pesca 19.0 20.2

3 Comercio, hoteles y restaurantes 13.8 18.0

4 Construcción 16.1 12.4

5 Manufactura 11.1 8.8

6 Transporte 4.2 4.0

7 Actividades no bien especificadas (*) 3.4 11.1

8 Establecimientos financieros 2.2 4.8

9 Trabajador nuevo 1.0 0.6

10 Explotación de minas y canteras 0.8 0.8

11 Electricidad, gas y agua 0.2 0.4

(*) En el año 2001, incluye a no declarado. Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001” El sector secundario que incluye la explotación de minas, la industria manufacturera, la producción de energía y agua, y la construcción abarca el

22.4 por ciento de la PEA total para el 2001, lo que significa que está perdiendo capacidad de generar empleo si se compara con la proporción de

1990 (22.4 por ciento). Dentro del sector se destaca el comportamiento de la construcción que en el 2001 representa el 12.4 por ciento de la PEA a

pesar de reducirse en relación a 1990, seguido por la manufactura que también se ha reducido en el último periodo intercensal, pasando de 11.1 a

8.8 por ciento).

El sector Terciario, que incluye el comercio, el transporte, las actividades financieras y los servicios, es el que se muestra como el principal

generador de empleo, a pesar de perder peso a lo largo del periodo observado. Destacándose que el servicio constituye el grupo de mayor

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 211

importancia dentro del sector con el 18.8 por ciento para el 2001. Seguido del grupo comercio. Merece destacarse que para el 2001, los Servicios es

la segunda actividad que concentra la fuerza de trabajo de la ciudad de Salinas, ubicándose delante del comercio y la construcción; a pesar que los

servicios han perdido posicionamiento en la medida que en el año 1990 era la actividad económica que más población concentraba (28.2 por

ciento).

Establecimientos económicos Definiendo al establecimiento económico como la unidad económica que, bajo un propietario o control único, o bajo una sola entidad jurídica, se

dedica exclusiva o principalmente a una clase de actividad económica en una ubicación única; el potencial económico de la ciudad de Salinas es

grande, se registran alrededor de 1.212 establecimientos económicos, distribuidos entre actividades de manufactura (106), comercio (841) y

servicio (265).

Es de destacar que en promedio existen 23.6 habitantes por establecimiento económico en la ciudad de Salinas; si se lo relaciona con la PEA de 12

años y más de edad, el promedio es de 8.1 personas por establecimiento.

4.1.3 Representación del Turismo con respecto a la PEA El 18% de la PEA de Salinas se dedica a actividades relativas al Comercio, Hoteles y Restaurantes (Fuente: INEC); la misma que se ha

incrementado en un 4.2% en un periodo de 11 años (1990 al 2001) lo que significa que ha venido creciendo a una tasa del 0.38% anual.

El sector Comercio y Turismo ocupa el tercer lugar de generación de empleo de la PEA, la Agricultura, Silvicultura, Caza, Pesca y otros servicios

acumulan el 39% de la PEA. Sin embargo el Turismo es la actividad que registra mayor crecimiento en el periodo de tiempo en mención. (Ver

Tabla 4.1.2)

4.1.4 Proyección de Población en 10 años.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 212

La tabla 4.14 muestra la proyección de la población de Salinas, de las áreas urbana y rural hasta el año 2015.

Proyección de la población.- 2006-2010

Tabla 4.1.4

Salinas 2006

2007

2008

2009

2010

Urbano 31.281 31.698 32.121 32.549 32.984

Rural 22.325 22.504 22.685 22.867 23.051

Total 53.606 54.202 54.806 55.416 56.035

Proyección de la Población.- 2011 - 2015

Salinas 2011 2012 2013 2014 2015

Urbano

33.424 33.870 34.321 34.779 35.243

Rural

23.236 23.422 23.610 23.800 23.991

56.660 57.292 57.931 58.579 59.234

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 213

Total

Fuente: INEC, Proyecciones de Población al 2015

4.1.5 Proyección del crecimiento económico de Salinas en 10 años.

Analizando los datos de la PEA por ramas de actividad en Salinas, de los últimos dos censos de población (años 1990 y 2001). Se puede identificar

que las actividades vinculadas con el comercio, hoteles y restaurantes son las que han experimentado el mayor crecimiento en el periodo.

Variación anual en la PEA por ramas de actividad, años 1990 y 2001

Tabla 4.15

Rama de Actividad 1990% 2001% Tasa de

crecimiento

periodo

Variación

anual

Servicios 28,20 18,80 -33% -3%

Agricultura, silvicultura, caza y pesca 19,00 20,20 6% 1%

Comercio, hoteles y restaurantes 13,80 18,00 30% 3%

Construcción 16,10 12,40 -23% -2%

Manufactura 11,10 8,80 -21% -2%

Transporte 4,20 4,00 -5% 0%

Actividades no bien especificadas (*) 3,40 11,10 226% 21%

Establecimientos financieros 2,20 4,80 118% 11%

Trabajador nuevo 1,00 0,60 -40% -4%

Explotación de minas y canteras 0,80 0,80 0% 0%

Electricidad, gas y agua 0,20 0,40 100% 9% Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001”

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 214

El escenario de crecimiento económico para los próximos 10 años, bajo el supuesto de seguir la tendencia registrada por la Población

económicamente activa (años1900 y 2001) se caracterizará por el incremento de las actividades comerciales, especialmente las vinculadas con

turismo, teniendo mayor crecimiento e importancia frente a las actividades del sector primario y a la manufactura.

Como consecuencia de este crecimiento comercial, las ramas de actividad de servicios financieros también crecerán.

4.1.6 Contribución del Turismo a la economía local.

4.1.6.1 Ingresos Estimados Anuales por gastos de Turistas.

En el presente estudio, debido a la falta de información acerca del número de visitantes anuales al balneario de Salinas y al monto de los gastos

totales de los mismos, el equipo técnico ha optado por una metodología alternativa que permite obtener un estimado de la contribución del turismo

a la economía local.

La tabla 4.16 muestra datos que permiten estimar el total de ingresos anuales por concepto de los gastos de los turistas. Este valor no incluye a los

gastos en la planta de alimentación y recreación, realizados por residentes temporales, o visitantes excursionistas (quienes no pernoctan en

Salinas).

Total estimado ingresos anuales por concepto de gastos de en la planta turística, año 2006

Tabla 4.16

VARIABLES VALORES

Tarifa Promedio Alojamiento (1 persona) US$1 $15,00

% Promedio Ocupación anual 2 30%

Total Plazas ofertadas- diarias3 3.135

Total Plazas ofertadas- año3 1.144.275

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 215

$ Ingresos Estimados por alojamiento (25%)*4 $ 5.149.237,50

$ Ingresos Estimados por otros gastos planta turística (75%) 4 $15.477.712,50

Total Ingresos Estimados anual por gastos planta turística US$ $ 20.626.950,00

1 Datos obtenidos entrevistas equipo consultor con empresarios hoteles

2 Datos obtenidos entrevistas equipo consultor con empresarios hoteles

3 Fuente: Catastro subsecretaría de Turismo, año 2006

4 Fuente: www.municipiodesalinas.gov.ec, porcentaje gastos del turista

Es importante acotar que el valor de $ 20.626.950,00 es un estimado, al no existir una estadística acerca del número de turistas que ingresan

anualmente al balneario. Dentro de este valor no están considerados los gastos que realizan los excursionistas, quienes no pernoctan en Salinas, y

de quienes no utilizan alojamiento comercial.

4.1.6.2 Contribución del Turismo a la economía de acuerdo a tipos de impacto

Para llegar a la información presentada en la Tabla 4.1.6.2 para estimar y cuantificar los impactos del turismo en la economía local, se toma como

referencia los datos de la tabla 4.1.6.1 que permiten tener una referencia acerca del estimado de ingresos de la planta turística del lugar.

Contribución del Turismo a la economía de acuerdo a tipos de impacto

Tabla 4.1.6.2

TIPO DE IMPACTO

CONTRIBUCIÓN DEL TURISMO A LA ECONOMÍA

Número V.

Relativo Observaciones

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 216

Empleos directos en planta turística1

1078 18% De la PEA cantonal

Establecimientos de Planta turística2

238 19,63%

Del Total de establecimientos

comerciales.

Ingresos Municipio por tasa Turística,

Patentes 3

15.875,58 0,19% Presupuesto Municipio 2006

Contribución al PIB Nacional,

rama de actividad Otros Servicios 4

20.626.950,00 0,68% Año 2006, PIB por

ramas de actividad

1 Fuente: INEC, Población económicamente activa por ramas de actividad 2001

2Fuente: INEC, Establecimientos económicos por ramas de actividad 2001

3 Fuente: Dirección Financiera Municipio de Salinas, presupuesto año 2006

4 Fuente: Banco Central del Ecuador, PIB por ramas de actividad, 2006

Para llegar a la información presentada en la Tabla anterior que intenta cuantificar los impactos del turismo en la economía local, se toma como

referencia los datos de la tabla 4.16 que permite tener una referencia acerca del estimado de ingresos de la planta turística del lugar.

Los aspectos que se toman en consideración para cuantificar los diferentes impactos económicos son:

- Empleos directos generados por la planta turística: De acuerdo a datos de la Sub-secretaría de Turismo del Litoral, 1078 personas son

empleados en promedio por este sector; lo que corresponde al 18% del PEA cantonal (Datos INEC, 2006)

- Establecimientos de la Planta Turística: Tomando como referencia las mismas fuentes de información, el 19,63% del total de negocios

registrados en Salinas

- Ingresos del Municipio por concepto de Tasa Turística y Patentes de Turismo. Según datos del Presupuesto para el año 2006 de

Salinas, la contribución por concepto de tasa turística, patentes y licencias corresponde al 0,19% del presupuesto total.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 217

- Contribución al Producto Interno Bruto del país, por la de actividad denominada “otros servicios”. Considerando el ingreso

estimado de 20.626.950 dólares americanos por año de la planta turística local, representa el 0,68% del Producto Interno Bruto en lo

relativo a la rama de actividad denominada “otros servicios”.

4.2 Proyección de Población

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), con el asesoramiento del Centro Latinoamericano de Demografía (CELADE), realizó las

proyecciones de población a nivel del país y de las provincias, utilizando el Método de las Componentes, que consiste en proyectar en forma

separada las tres variables que intervienen en el cambio demográfico (Fecundidad, Migración y Mortalidad) tomando en cuenta sus relaciones

mutuas.

El INEC utilizó esta metodología (ideal) hasta el nivel provincial, debido a que la información que proviene de las estadísticas vitales (nacimientos y

defunciones) y de otras investigaciones permiten medir en un determinado momento las variables demográficas fecundidad y mortalidad; pero a

medida que baja el nivel de desagregación jurisdiccional, la calidad de esta información también baja y en algunos casos ni siquiera existe

información; por ello, no utilizó la misma metodología (por componentes ) a nivel cantonal.

Para el nivel cantonal, utilizó un método que no distorsione el crecimiento poblacional de los cantones, pero que ajusten a la proyección provincial y

nacional y aplicó la estructura cantonal del 2001, para el 2005 y 2010; dejando implícito el supuesto que dichas proporciones se mantendrán

inalterables durante el período 2001-2010, a sabiendas que en todo el país incluyendo el cantón Salinas que forma parte de la provincia del Guayas,

tanto en su área urbana como en la rural, las tasas de fecundidad están descendiendo y los niveles de mortalidad se han estancado como producto

de la transición demográfica. En lo que corresponde a los años intermedios de estos quinquenios aplicó una interpolación lineal; por ello, sus tasas

de crecimiento tienden a ser constantes (ver Tabla 4.2.1 y 4.2.2)

Crecimiento Poblacional de Salinas. Proyección 2006-2010

Tabla 4.2.1

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 218

Hipótesis Oficial

Salinas 2006 2007 2008 2009 2010

urbano 31281 31698 32121 32549 32984

rural 22325 22504 22685 22867 23051

total 53606 54202 54806 55416 56035

Crecimiento Poblacional de Salinas. Proyección 2011-2015

Tabla 4.2.2

Hipótesis Oficial

Salinas 2011 2012 2013 2014 2015

urbano 33424 33870 34321 34779 35243

rural 23236 23422 23610 23800 23991

total 56660 57292 57931 58579 59234

Las proyecciones de población no deben ser consideradas como “acertijos al futuro” sino como expresión de tendencias que se cumplirán en tanto

permanezcan en el tiempo las condiciones o las hipótesis que sirvieron de soporte a la proyección.

En base a las proporciones, a nivel nacional, de incremento y de reducción de las tasas de crecimiento poblacional para el periodo de estudio36, que

parten del supuesto de una mayor o menor reducción de los niveles de fecundidad y del supuesto de mantener constante los niveles de la

mortalidad y de un crecimiento estacionario de la población del área rural, se proyectó la población para un escenario que consolida el área urbana

vía crecimiento vegetativo y por migración alta (hipótesis alta) y en contraste un escenario proclive a un mayor descenso de los niveles de

fecundidad y una migración más atenuada (hipótesis baja). Lo ideal podría considerarse al crecimiento demográfico más atenuado; sin embargo, la

36/ Fuente: CONADE - INEC - CELADE - FNUAP, "Ecuador estimaciones y proyecciones de población 1950 - 2030. Ecuador.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 219

realidad y la falta de políticas de población que las entienda la población, puede conducir a que la hipótesis de un mayor crecimiento encuentre

asidero. Los resultados se presentan en las siguientes tablas:

Crecimiento Poblacional. Hipótesis Baja, Años 2006-2010

Tabla 4.2.3 Hipótesis Baja

Salinas 2006 2007 2008 2009 2010

urbano 31221 31577 31937 32301 32669

rural 22325 22504 22685 22867 23051

total 53546 54081 54622 55168 55720

Crecimiento Poblacional. Hipótesis Baja, Años 2011-2015

Tabla 4.2.4 Hipótesis Baja

Salinas 2011 2012 2013 2014 2015

urbano 33042 33418 33799 34184 34574

rural 23236 23422 23610 23800 23991

total 56278 56840 57409 57984 58565

Crecimiento Poblacional. Hipótesis Alta, Años 2006-2010

Tabla 4.2.5 Hipótesis Alta

Salinas 2006 2007 2008 2009 2010

urbano 31400 31940 32489 33048 33617

rural 22325 22504 22685 22867 23051

total 53725 54444 55174 55915 56668

Crecimiento Poblacional. Hipótesis Alta, Años 2011-2015

Tabla 4.2.6 Hipótesis Alta

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 220

Salinas 2011 2012 2013 2014 2015

urbano 34195 34783 35381 35990 36609

rural 23236 23422 23610 23800 23991

total 57431 58205 58991 59790 60600

Análisis Prospectivo.- Cantón Salinas

El balneario de Salinas se ha convertido en un centro cosmopolita cuyo comportamiento socio económico es más parecido a una ciudad que a un

balneario. Por lo tanto, el desarrollo turístico del balneario dependerá en el modo que la ciudad vaya creciendo. A la fecha existe un Plan de

Desarrollo Estratégico del Cantón Salinas que fue elaborado por la ESPOL en el año 2002. Dicho plan ha sido usado incluso como plataforma

política. Sin embargo, no se observa una aplicación significativa de este plan en lo que tiene que ver con las recomendaciones del mismo.

El rol de AGUAPEN en el saneamiento ambiental del balneario solamente se ha limitado a la provisión de agua potable y el tratamiento de aguas

servidas. Sin embargo, no se observa ejecución de obras en lo que tiene que ver son alcantarillado pluvial y conexiones domiciliarias de la red de

alcantarillado sanitario. Esto ha limitado la provisión de servicios básicos a la comunidad.

La falta de pavimentación de la mayoría de las calles y avenidas no contribuye a la imagen turística del sector. A esto se suma la falta de

estacionamiento para soportar la carga turística de temporadas altas.

Finalmente, no se aplica orden en la distribución turística del balneario ya que Salinas recibe más turistas de los que realmente puede soportar.

Esto ha contribuido a resaltar aún más la carencia de servicios básicos ambientales.

Capítulo 5

Nómina del Personal Técnico Participante del estudio de EAE

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 221

Nombre Cargo

José Chang Gómez, Ing. M. Sc. Director del estudio EAE del cantón Salinas

David Matamoros C., Ing. Ph. D. Consultor del ámbito ambiental

Roberto Sáenz O., Soc. Consultor del ámbito social

Jaime Freire P., Econ. MAE. Consultor del ámbito económico

Sandra García, Lcda. Turismo Investigadora ámbito turístico-económico

Estefanía Chang V., Estudiante Ing. Asistente de campo e investigación

Actores claves en el proceso de flujo de información

Para efectos de cubrir la etapa de reconocimiento de sitio, levantamiento de información de campo, acceso a la documentación de respaldo

relacionada con el objeto del estudio, se recurrió a personas consideradas como actores claves dentro del proceso de flujo de información, a saber:

Nombre y Apellido Cargo

Ing. José R. Correa Vasco Alcalde del cantón Salinas

M. Sc. Víctor Osorio Director Ejecutivo del PMRC

Arq. Fernando Garzón Asesor Planificación Estratégica y Gerente del Municipio de Salinas

Arq. Giovanni del Rosario Planificación Estratégica Municipio

Lcdo. Efrén Mendoza Coordinador de la Escuela de Hotelería y Turismo de la Universidad

Península de Santa Elena UPSE

Lcda. Irma Alvarado Coordinadora del PMRC en ZM- Salinas

Srta. Laura Domínguez Asistente coordinación del PMRC en ZM-Salinas

Lcdo. Washington Macías Plan Estratégico de Desarrollo Cantonal de Salinas

Ing. Javier Urquizo Plan Estratégico de Desarrollo Cantonal de Salinas

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 222

M.Sc. Eduardo Molina Especialista del PMRC, oficina matriz

Tcnl. Douglas Dillon Cámara de Turismo de Santa Elena

Econ. Carlos Sáenz Gerente Asociación de Voluntariado de Santa Elena FODI, profesor de

la Escuela de Turismo

Como parte de la estrategia de información, se participó en el “Seminario- Taller de capacitación en elaboración de Planes de Temporada Turística,

realizado por el PMRC en Salinas del 21 al 23 de marzo del 2006”, con delegados de los cantones costeros de la Provincia del Guayas y El Oro. La

presencia de representantes de la Cámara de Turismo capítulo Salinas, Capitanía del Puerto, Comisión de Tránsito del Guayas, I. Municipio del

cantón Salinas, PMRC, Defensa Civil, Ministerio del Turismo, Asociación de Municipalidades del Ecuador AME, asociación de salvavidas,

comerciantes, sector académico, empresarios a este evento fue significativa, y fue la ocasión para establecer el vínculo inicial.

Nómina de personas entrevistadas en el marco de la investigación

Adicionalmente, de acuerdo a la metodología establecida para investigar los patrones culturales de la población residente en el cantón Salinas, se

utilizó la cartografía censal del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), que permite seleccionar zonas, sectores y manzanas, para

finalmente seleccionar la vivienda y dentro de ella a la persona que respondió al interrogatorio propuesto. Esta cartografía permite cubrir la falta de

nomenclaturas en las calles y la verificación de la información levantada.

Nombre y Apellido Zona Sector Manzana

Rosaura Orrala 2 2 4

Elena Martillo 2 2 4

Víctor Peña 2 2 4

Carlos Pérez 2 2 5

Jorge Pérez 2 2 5

Rigoberto Pérez 2 2 5

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 223

Saúl Pérez 2 2 5

Dioselina León 2 2 5

Mercedes Suárez 2 2 5

Karina Basilio 2 7 6

Willian Navarrete 2 7 7

Nancy Navarrete 2 7 7

Martha Ortuño 2 8 1

Leonor Alvarado 2 8 1

María Luisa Chipe M. 2 8 1

Rafael González B. 2 8 2

Zoila Morán 2 8 3

José Gonzabay 2 9 4

Jorge Vélez 2 9 5

Rolando Reyes 2 9 5

Kleber González 2 9 7

Miguel Roca 3 1 1

Carlos Mejillones 3 1 2

Clara Suárez 3 1 2

Jessenia Tomalá 3 1 7

Gregorio Borbor 3 2 3

Olga Morales 3 2 4

Vicente Roca 3 2 4

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 224

Silvia Orrala B. 3 3 1

Wilmer Panchana 4 6 5

Nelly Basantes 4 6 5

Melba Pita 4 6 5

Jéssica Quimí 4 6 5

Bertha Moscoso 4 7 2

Luz María González 4 7 7

Plácida González 4 8 4

Nery Calderón 4 8 4

Cristina Reyes 4 8 4

Aquiles Calderón 4 8 4

Florencio Paninboza 5 10 3

Teresa Rosales 5 10 3

Hilda Balón 5 10 9

Jackelin Yagual 5 11 7

María Balón 6 2 3

Sully de la A 6 2 3

Cristina Yagual 6 2 6

Maribel Borbor 6 2 6

Marcina Borbor 6 2 6

Jessenia Borbor 6 2 6

Isidro Cevallos 6 2 7

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 225

Alicia Mero 6 3 3

Nancy Mejillones 6 3 3

Margarita Escalante 6 9 1

Mónica Reyes 6 9 3

Eva Bernandino 6 9 3

Grace Patiño 6 9 3

Franklin Matute 6 9 3

Milton Lazo 6 9 7

Doris Viera 6 9 7

Ana Mero 6 9 11

Mercedes Lucas 6 9 11

Mariana González 6 9 12

Gisela González 6 9 12

Gisela López 6 9 12

Ruth Tigreros 6 9 12

Mariana Tigreros 6 9 12

Miguel Suárez 6 11 2

María Castro 7 1 1

Carlos T. Ballesteros 7 1 1

Diana Tigrero 7 1 6

Luz Vera Panchana 7 2 1

José Yagual 7 5 1

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 226

Magdalena del Pezo R. 7 5 2

Manuel Pininboza 7 5 4

Fermín del Pezo 7 9 2

Carlos Mejillón 8 3 12

José del Pezo Lainez 8 4 2

Elena Cruz Orrala 8 4 7

Verónica Pitarque 8 5 2

Narcisa Sánchez 8 8 3

Gisela Alvarado 8 8 4

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 227

Capítulo 6

Conclusiones y Recomendaciones

No obstante que está vigente la Ley de Transparencia que obliga a los organismos públicos a poner a disposición de cualquier usuario toda la

información económica generada por todos los entes del sector público, la realidad es que, por un lado no existe la elaboración de información

económica desagregada a nivel de cantones, parroquias, etc.; y en muchos casos la información ni siquiera ha sido investigada. Por lo tanto para la

realización del presente trabajo de investigación fue necesario utilizar métodos alternativos que permitan estimaciones más razonables.

Inclusive el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, que es el organismo que provee la información oficial sobre censos, encuestas y demás,

presenta información limitada en cuanto a la cobertura de zonas geográficas, especialmente para sectores como cantones, parroquias, localidades,

etc.

El análisis de los cuadros aquí presentados, permiten concluir que la situación socio-económica de Salinas, ciertamente ha registrado un crecimiento

económico que se mantiene gracias a que la ciudad es utilizada como segunda residencia, especialmente por personas provenientes de Guayaquil,

lo que ha provocado la activación comercial de este sector con gran incidencia en la oferta de servicios relativos al Turismo. Sin embargo las

características de la marcada estacionalidad de la demanda durante los meses considerados de temporada baja se ven reflejadas en el poco

crecimiento económico.

Dentro del Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Cantonal de Salinas se han realizado en base a talleres participativos con los actores claves

involucrados en diferentes áreas de desarrollo, se ha realizado un análisis situacional, propuesto la visión del cantón al año 2025 y considerado una

serie de estrategias para llegar a alcanzar los objetivos de desarrollo planteados; sin embargo las estrategias corresponden más bien a una lista de

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 228

proyectos, actividades y sugerencias. Dentro de los cuales es necesario analizar cuáles son los proyectos más urgentes, y una vez identificados,

deben ser jerarquizados y propuesta la entidad que se encargará de la ejecución de los estudios pertinentes a cada proyecto.

Dado el carácter y naturaleza de los proyectos estratégicos referidos, se recomienda que para su ejecución se considere la participación de

universidades y escuelas politécnicas como la ESPOL, UCSG, ONG s como la Fundación Salinas SIGLO 21, en el apoyo a la gestión municipal de los

proyectos identificados en los Planes de Salinas.

Recomendaciones en el ámbito social

Para enfrentar los retos del desarrollo ligado a una economía sustentable que trasforme y consolide al cantón Salinas en un sitio de atracción

turística acorde con las exigencias de un mundo globalizado, hay que, mediante la planificación estratégica e inteligente, promover el desarrollo del

capital social y asignar a cada lugar un uso óptimo sustentable. De manera que el área con sus recursos humanos y naturales tengan un desarrollo

armónico y equilibrado; para lo que se propone:

1. Promover un desarrollo balanceado donde el progreso económico se armonice con la protección y restauración de la calidad del ambiente

natural, y en el mejoramiento de la calidad de vida de sus ciudadanos, donde las metas sociales, económicas y ambientales estén unificadas

dentro del contexto del desarrollo sustentable.

2. Difundir medidas para garantizar una vida digna, en el marco de una paternidad responsable, en donde los integrantes de la sociedad tengan

acceso a los servicios de salud, educación y de salubridad; así como, pleno derecho al empleo (Salinas tiene en la actualidad una alta tasa de

crecimiento demográfico, superior a la del país).

3. Implantar medidas de tecnología y de educación encaminadas a la conservación de los recursos, la protección del ambiente y la promoción del

turismo y el capital social.

4. Asegurar que el gobierno municipal sea ejemplo de respeto al ambiente y de uso eficiente de los recursos, y donde sus líderes estén

comprometidos con la protección del ambiente y la promoción del turismo a corto, mediano y largo plazo.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 229

5. Coordinar acciones entre las diversas entidades públicas y privadas con la finalidad de promover mejoras en la calidad de vida de los habitantes,

lo que repercutirá de forma positiva para generar un ambiente adecuado para el desarrollo de las actividades turísticas.

Educación y Participación Ciudadana

Los ciudadanos deberán tener participación en las decisiones para mejorar la ciudad y se incentivará alcanzar mejores niveles de instrucción (en

promedio la población de Salinas tiene aprobado el nivel primario) y la práctica deportiva (poca costumbre); así como, un conocimiento básico de

los procesos ambientales que le permitirá reconocer la importancia de velar por el ambiente natural y proteger los recursos, lo que redundará en

beneficio del turismo. Para lo que se propone:

1. Fomentar la participación ciudadana en la protección del ambiente y la promoción del turismo creando los mecanismos necesarios para que los

ciudadanos, organizaciones y comunidades asuman el liderazgo en cuanto a la defensa del mismo, el cumplimiento de las leyes y reglamentos

ambientales, así como el fomento turístico.

2. Hacer de la educación ambiental y de la promoción turística parte esencial del currículo escolar con el propósito de preparar ciudadanos

respetuosos del ambiente y de los turistas, capaces de incorporar de manera natural la conciencia ambiental y turística en su quehacer diario.

3. Desarrollar campañas de educación pública encaminadas a proveer la educación básica y necesaria, incluyendo la protección de nuestras playas

y otros recursos naturales.

4. Capacitar a los ciudadanos en la creación de microempresas que puedan aprovechar el flujo turístico y en esta forme todos ganen con el turismo

(la mayoría de la población considera que el turismo no les beneficia en nada).

5. Programar actividades recreativas de carácter cultural que propenda a elevar el nivel cultural y la participación activa, que entre otros aspectos

busque desarrollar la costumbre de usar los actuales medios de comunicación (actualmente se registra bajos niveles de uso de Internet).

Infraestructura y Ambiente Urbano

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 230

El gobierno municipal de Salinas velará por mejorar la calidad de vida en el área urbana de manera que sus ciudadanos vivan en un ambiente

agradable y seguro, en armonía con la naturaleza, y disfrutando plenamente de los beneficios sociales y culturales de la vida en comunidad.

Para lograrlo el Plan Estratégico de Desarrollo Urbano deberá consignar el énfasis adecuado en mejorar la infraestructura y garantizar el acceso de

la población a los servicios básicos. Lo que incluye, incrementar las áreas verdes dentro del entorno urbano y mejorar la seguridad del ciudadano.

1. Implantar medidas para incentivar el desarrollo e incrementar las áreas verdes dentro del entorno urbano y mejorar la seguridad.

2. Unir a través de parques lineales todas las áreas verdes de la ciudad para desarrollar una amplia extensión verde en el corazón de Salinas.

3. Manejar las playas de manera integrada para el manejo sustentable de dichos recursos y la promoción de la recreación y el turismo.

4. Prohibir la privatización de las áreas costeras ambientalmente sensitivas y de las playas, así como la extracción de arena de las mismas.

5. Continuar con la dotación a la ciudad de redes públicas de agua para el consumo humano, así como un sistema de alcantarillado sanitario y

pluvial.

Recomendaciones en el ámbito ambiental

Entre las recomendaciones generales de este estudio se presentan:

1. Implementar en su totalidad el Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Cantonal de Salinas, 2001.

2. Crear una ordenanza municipal clara y definitiva que regule los aspectos turísticos del balneario Playas que pudieran no estar contemplados

en la Ordenanza de Creación de la Dirección de Turismo Municipal existente. Se deberá trabajar coordinadamente con otras instituciones

para definir claramente las responsabilidades de cada una. De este modo, se evitarán conflictos interinstitucionales que afecten al desarrollo

del sector (uso de playas y bahías).

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 231

3. El Municipio deberá solicitar a AGUAPEN que dé prioridad a la conexión de redes domiciliarias al alcantarillado sanitario existente. AGUAPEN

debería también iniciar el mejoramiento del alcantarillado pluvial evitando descargar las aguas lluvias hacia la zona turística (San Lorenzo y

Chipipe) sino redirigiendo el flujo hacia Mar Bravo en donde la capacidad de renovación del agua es mayor.

4. Para evitar que la calidad del agua del mar disminuya en temporadas turísticas, las autoridades competentes deberían implementar baterías

sanitarias portátiles en la zona de playas en cantidades acordes con el flujo de turistas esperados. Adicionalmente, se debería lanzar una

campaña educacional ambulante difundiendo los peligros de salud ocasionados por la acumulación de coliformes fecales en el mar

(asociados y producidos por los mismos turistas).

5. El Municipio debería implementar un proyecto integral de pavimentación de calles en la zona urbana (tipo regeneración) para mejorar el

aspecto del Cantón hacia la apreciación del turista.

6. Adicionalmente, la zona del Malecón debería ser renovado integrando áreas de parqueo suficiente, pavimentación de la avenida,

restaurantes, zonas recreativas (deportes playeros), hoteles, carpas, salvavidas, etc. Una prioridad es la recuperación de la zona de playa del

área de San Lorenzo.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 232

Foto 1. Vista General del Sector San Lorenzo, Salinas

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Foto 2. Calle Principal de San Lorenzo, Salinas

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Foto 3. Municipio de Salinas.

Foto 4. Iglesia Central de Salinas

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 235

Foto 5. Calle Principal del sector de Chipipe, Salinas.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 236

Foto 6. Clínica FAE Salinas

Foto 7. Calle Secundaria de Chipipe, Salinas

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 237

Foto 8. Baños Públicos cerca de la Plaza de Comida

Foto 9. Vista General de la Plaza de Comida

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Foto 10. Vista General de Centro Comercial en el sector de las Dunas

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 239

Foto 11. Vista General de Centro Comercial en el límite cantonal con La Libertad

Foto 12. Baterías Portátiles en la Playa. Chipipe, Salinas

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Foto 13. Cuerpo de Bomberos Salinas.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 241

Foto 14. Acopio de Basura, en el sector de Chipipe, Salinas 2006

Foto 15. Duchas Portátiles Instaladas. Chipipe, Salinas 2006.

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Plano 1.- Redes de Distribución de AA.SS/ AA.PP. Fuente: Características de los Sistemas de AGUAPEN, Mario Costa.

Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 243

Plano 2.- Sistema de Alcantarillado, Libertad – Salinas Muey Fuente: Características de los Sistemas de AGUAPEN, Mario Costa