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Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 1
Evaluación Ambiental Estratégica Del Turismo Costero
Índice de Contenido
I. Antecedentes
Capítulo 1
1.1 Caracterización y perfil de la demanda turística y estimación del volumen de
afluencia. Pág. 1
1.2. Síntesis de la política turística nacional que tiene incidencia en la faja costera.
Pág. 5
Capítulo 2 2.1 Diagnóstico de las condiciones locales para asimilar el flujo turístico.
Pág. 1
2.2 Existencia y vigencia de planes de desarrollo turístico, infraestructura,
ordenamiento territorial y gestión ambiental
Pág. 6
2.3 Política local que tiene incidencia en el desarrollo de la actividad turística y la
gestión ambiental de los problemas derivados del turismo
Pág. 15
2.4 Identificación de personal técnico clave requerido para las áreas de turismo y
gestión ambiental en los municipios
Pág. 17
2.5 Ordenanzas y otras regulaciones municipales para el control de la actividad
turística y su gestión ambiental
Pág. 18
2.6 Capacidades locales para la provisión de servicios de agua para consumo
humano, alcantarillado sanitario y manejo de desechos sólidos
Pág. 66
2.7 Obras de infraestructura sanitaria y servicios básicos previstas
Pág. 72
2.8 Capacidad instalada de los servicios turísticos
Pág. 77
2.9 Facilidades existentes para el visitante: sitios de parqueo, baterías sanitarias
en áreas de playa, otras que se determinen durante el estudio
Pág. 85
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 2
Ámbito Económico
2.10 Caracterización económica de la estructura productiva del Sub-sector Turismo
(relación porcentual entre empresas grandes, medianas y pequeñas y
magnitud promedio de las inversiones)
Pág. 87
2.11 Tasa de crecimiento del sector empresarial turístico local. Pág. 90
2.12 Análisis cualitativo del recurso humano que emplea formal e informalmente el
Sub. Sector Turismo
Pág. 91
2.13 Personas ocupadas en el Sub-sector Turismo y crecimiento del mercado
laboral.
Pág. 92
2.14 Nivel de ingreso promedio en el sub-sector turismo y comparación con el nivel
de ingreso promedio en otros sectores productivos relevantes de la localidad
tales como la pesca, la agricultura y el comercio.
Pág. 93
2.15 Presupuesto municipal para la gestión ambiental y el desarrollo turístico.
Pág. 94
2.16 Contribución económica del sub-sector turístico al presupuesto municipal.
Pág. 95
Ámbito social
2.17 Indicadores básicos de calidad de vida en la localidad.
Pág. 96
2.18 Tendencias en el uso del suelo y conflictos relacionados
Pág. 114 2.19 Patrones culturales existentes en función de los siguientes indicadores: uso del
tiempo libre, hábitos de consumo, hábitos de trabajo por categorías de edad,
inducción del turismo a la generación de nuevas actividades productivas,
pertenencia, migración, emigración, valores colectivos, actitud de la población
local hacia el turista y el turismo. Para que la información sea útil al momento
de identificar impactos, ésta deberá enfocarse tanto en tiempo pasado (entre
5 y 15 años dependiendo el sitio) como en presente.
Pág. 115
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 3
Capítulo 3
3.1 Análisis Descriptivo de Impactos Ambientales
Pág. 1
3.2 Matriz De Valoración De Impactos Ambientales
Pág. 8
3.3. Breve Descripción de los Ecosistemas Costeros del Área de Influencia
Pág. 9
3.4 Sitios de Interés Turístico Actual y Potencial
Pág. 10
3.5 Breve Descripción de las Prácticas Ambientales utilizadas en los Negocios
Turísticos
Pág.11
Capítulo 4. Proyección de la demanda turística
4.1 Caracterización económica de la localidad: sectores productivos, población
económicamente activa, tasa de crecimiento económico y poblacional durante
los próximos 10 años e impacto del turismo sobre la tasa de crecimiento
económico.
Pág. 1
4.2 Proyección de la Población
Pág. 7
Capítulo 5
5.1 Registro de participantes durante el proceso de consultoría
Capítulo 6
6.1 Conclusiones y Recomendaciones
Anexo I: Fotografías
Anexo II: Planos del Cantón Salinas
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 4
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Local del
Cantón Salinas, Provincia del Guayas
Antecedentes
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) reconoce al Ecuador como uno de los
pioneros en el Manejo Costero Integrado (MCI) en Latinoamérica. El establecimiento
formal del Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC) por Decreto Ejecutivo de
1989 constituyó un compromiso hacia la conservación y el uso sostenible de los recursos
costeros. Construyendo sobre esfuerzos previos, apoyados por USAID (1985-1992),
enfocados en mejorar la capacidad humana e institucional para el MCI, el Gobierno del
Ecuador y el BID acordaron continuar el apoyo a las operaciones del PMRC en 1992.
El Programa de Manejo de Recursos Costeros, PMRC en su Fase II, se encuentra
operando en base del Decreto Ejecutivo 772 de agosto del 2003, con el cual se conforma
el PMRC como una entidad adscrita a la Presidencia de la República.
Para responder al desafío de convertir al turismo en una verdadera oportunidad para
impulsar el desarrollo del país, el Ministerio de Turismo impulsó por primera vez, en el
año 2000, la formulación de un Plan de Competitividad Turística del Ecuador (PCTE),
orientado a posicionar al turismo ecuatoriano en los principales circuitos turísticos del
mercado mundial y como uno de los ejes del desarrollo nacional, mediante la superación
de los factores que afectan la calidad de los servicios, promoviendo la profesionalización
del recurso humano, elevando la calidad de los destinos turísticos y mejorando la
promoción internacional del país.
En el PCTE se diseñaron cinco clusters turísticos, siendo uno de ellos el del Litoral
ecuatoriano, para el cual se realizó un diagnóstico de las principales fortalezas que
puedan ser aprovechadas y las debilidades y amenazas que deben ser superadas para el
desarrollo del turismo costero. Entre los vacíos y debilidades se identificaron varios
aspectos relacionados con la falta de una política específica para el desarrollo del turismo
costero, que incorpore una estrategia dirigida a potenciar el turismo sostenible
relacionado con las múltiples oportunidades que ofrece la franja costera.
Para la aplicación del PCTE, se promovió la celebración del Acuerdo Nacional de
Voluntades, que contó con el aval del Presidente de la República, de ocho Ministros de
Estado, de la Cámara Nacional de Gremios Turísticos (FENACAPTUR), de la Asociación
Nacional de Municipalidades (AME), del CONCOPE, CEDENMA y de las Universidades del
país. Este fue un esfuerzo por movilizar a todos los actores vinculados al turismo, en una
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 5
estrategia coordinada y participativa para lograr consensos necesarios al desarrollo del
sector. Desgraciadamente este mecanismo no fue utilizado para movilizar el apoyo político
y canalizar los recursos necesarios para lograr los objetivos propuestos.
Las políticas de turismo han tenido una institucionalidad inestable. El Ministerio de
Turismo, como órgano rector y responsable de definir las políticas nacionales, normar las
actividades turísticas y velar por el desarrollo del sector, ha sufrido continuos cambios de
mando que han generado inestabilidad y debilidad en la definición de políticas sostenibles
para el desarrollo del sector.
A partir del año 2001, el Ministerio de Turismo impulsó un proceso de descentralización
de competencias, transfiriendo a los municipios la capacidad para planificar, ordenar y
definir políticas locales de turismo, en coordinación con los empresarios y comunidades
locales.
Los municipios descentralizados, han comenzado a ejecutar acciones para desarrollar el
turismo local, enmarcadas en los Planes Estratégicos de Turismo. Sin embargo hace falta
la formulación de una Política de Turismo Costero, tendiente a superar los problemas
identificados en el Plan Nacional de Competitividad Turística y a desarrollar sus propios
productos turísticos, con identidad regional y protección de los recursos.
Dicha Política de Turismo Costero debe propulsar el desarrollo del turismo como
alternativa productiva y minimizar el efecto adverso sobre los recursos naturales,
culturales y escénicos del litoral. La base para la formulación de esta Política debe
sustentar en gran medida la problemática ambiental generada por la actividad turística
sobre la faja costera.
Objetivo
El objetivo de la Consultoría es realizar una evaluación ambiental estratégica del turismo
en la faja costera.
Objetivos específicos
a) Identificar los impactos significativos presentes actualmente en sitios representativos
de la faja costera a causa del desarrollo de la actividad turística.
b) Identificar los impactos significativos potenciales que resultarían por el desarrollo del
turismo durante los próximos 5 y 10 años.
Alcance
En sintonía con las últimas tendencias en materia de evaluación ambiental de planes y
programas, el Programa de Manejo de Recursos Costeros PMRC II, con el auspicio del
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 6
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha solicitado la realización de una Evaluación
Ambiental Estratégica (EAE) del Turismo Costero, con el objeto de incorporar las variables
ambientales en la planificación y ejecución del mismo, asegurando de esta forma su
sustentabilidad ambiental.
Más específicamente, la filosofía del EAE plantea:
a. Realizar una evaluación ambiental, a través de la cual se identifiquen los potenciales
impactos ambientales y sociales negativos del Programa y se definan medidas para
eliminarlos, mitigarlos o compensarlos.
b. Identificar estrategias y oportunidades en las cuales los aspectos ambientales sean un
aporte a la definición de alternativas de desarrollo, políticas y programas, y a la imagen
y visión de largo plazo del turismo costero, basándose en una macro zonificación,
especialmente en siete cantones ubicados en la franja costera ecuatoriana, que de
norte a sur cubren las localidades de Atacames, provincia de Esmeraldas, Canoa y
Puerto López, en la provincia de Manabí, Montañita, Salinas y General Villamil Playas,
en la provincia del Guayas, y Jambelí en la provincia de El Oro, tal como se observa en
el Cuadro 1. Los sitios sujetos a evaluación incluyen el área urbana de influencia
directa, contigua a la zona de playa de aproximadamente 500 metros, donde se
desarrollan las actividades turísticas.
Cuadro 1. Municipios y Balnearios seleccionados para la evaluación ambiental
Clave: A=Alta; B=Baja; M=Moderada; 1=Zona con prioridad para la conservación; 2=Zona de usos de baja intensidad; 3=Zona de usos intensivos en costas oceánicas; 4=Zona de usos intensivos en costas estuarinas
Zonificación: Macro zonificación propuesta por el PMRC I y la Fundación Ecocostas (Ochoa, Olsen
y Arriaga; 2000)
Evaluación Ambiental Estratégica
La Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) consiste en un proceso formal, sistemático y
global para evaluar las posibles repercusiones ambientales de las propuestas de políticas,
No. Municipio Balneario Densidad de uso
Zonificación
1 Atacames Atacames A 3
2 San Vicente Canoa M 3
3 Puerto López Puerto López M 2
4 Santa Elena Montañita A 3
5 Salinas Chipipe-San Lorenzo A 3
6 Playas Playas A 3
7 Santa Rosa Jambelí A 4
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 7
planes y programas durante su proceso de elaboración. Su aplicación debe permitir
mejorar la evaluación de los impactos ambientales indirectos, acumulativos y sinérgicos
que puedan derivarse de las políticas, planes y programas. Vale hacer notar que la EAE
todavía no está incluida como un instrumento obligatorio dentro de la legislación
ambiental ecuatoriana, aun cuando constituye una herramienta valiosa para el análisis de
conjunto de políticas, planes y programas que pueden incidir en el diseño y ejecución de
proyectos.
Actualmente en el Ecuador las evaluaciones ambientales se concentran a nivel de
proyectos, por lo que generalmente se aplica la metodología de Evaluación de Impacto
Ambiental (EIA), que ha logrado importantes avances en la minimización y corrección de
los impactos sobre el medio ambiente generados a raíz de la ejecución de proyectos. La
ejecución de un EIA forma parte de los requisitos exigidos por la legislación ambiental
nacional para la ejecución de proyectos, como fase previa al otorgamiento de la licencia
ambiental.
Debe precisarse que ambos instrumentos, tanto la Evaluación Ambiental Estratégica,
como la Evaluación de Impacto Ambiental, tienen un carácter complementario y, por lo
tanto, no se excluyen mutuamente.
Actualmente, son varios los Estados y regiones que están aplicando este tipo de
evaluación en sus procesos de planificación, tales como los Países Bajos, Dinamarca,
Canadá, entre otros. En el ámbito de la Unión Europea, en junio del 2001 fue aprobada la
Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la evaluación de
los efectos de determinados planes y programas sobre el medio ambiente con el doble
objetivo de introducir este instrumento en los Estados miembros donde aún no se está
aplicando y armonizar el procedimiento y los criterios de evaluación en toda la Unión
Europea. De ahí que la tendencia de aplicación de la EAE va creciendo, especialmente por
parte de organismos de cooperación bilateral, de apoyo y financiamiento externo, tales
como la CAF, Banco Mundial y el BID, como es el caso de proyectos relacionados con la
construcción de caminos vecinales en el Ecuador a cargo del Ministerio de Obras Públicas
(MOP, 2004).
De lo expuesto se establece la importancia de la aplicación de la EAE del Turismo Costero
en Balnearios específicos del Ecuador, para tener una visón de conjunto con miras al
desarrollo sustentable, y constituirse en un componente clave del manejo costero
integrado que promueve el PMRC en su Fase II.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 8
Capítulo 1
1.1. Caracterización del perfil de la demanda turística y estimación del
volumen de afluencia
El análisis de este tema ha considerado cifras oficiales manejadas por el I. Municipio de
Salinas, consultas a empresarios, revisión bibliográfica, y reportajes, que ha permitido
caracterizar el perfil de la demanda turística, así como la estimación del volumen de
afluencia al cantón Salinas, especialmente a las zonas de playa del sector de Chipipe y
San Lorenzo.
Las personas de procedencia extranjera, que visitan el cantón Salinas en la provincia del
Guayas, de acuerdo con datos del Municipio, son en su mayoría profesionales (41%), la
principal motivación del viaje son vacaciones (65%), el tipo de alojamiento utilizado es el
comercial (61%), se han enterado del balneario a través de programas de televisión e
Internet (42%). (Ver Tabla 1.1.)
Tabla 1.1. Características del Turista
Características del Visitante
Permanencia
en Ecuador
Principal
Ocupación Motivaciones
Fuentes de
Información
Sitios de
Alojamiento
Actividades
Realizadas
17 días
Profesionales
41% Vacaciones 65% Internet 22%
Alojamiento
Hotelero 61%
Visitas
culturales
33%
Estudiantes
21%
Visita a
Familiares y
Amigos 15%
Televisión
20%
Casa de
Familiares o
Amigos 36%
Compras 26%
Empleados
Privados 5%
Negocios o
Motivos
Profesionales
9%
Folletos 11%
El porcentaje
restante, en
otro tipo de
alojamiento
Visitas a
familiares y
amigos 14%
Otros 33% Otros 11% Agencias de
Viaje 7% Deportes 8%
Otros 40% Otros 19%
Fuente: Municipio del Cantón Salinas Elaboración Propia El gasto promedio diario por turista extranjero1 se ha calculado en $21.9, destinando el
25% para gastos de alojamiento, el 22% para gastos de alimentación, el 27% en
compras, el 13% en diversión y el 13% en Transporte Interno. La procedencia de los
1 Fuente: Ministerio de Turismo, Cantón Salinas, 2001.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 9
turistas extranjeros tiene su mayor porcentaje en los provenientes de Colombia con un
48%, luego con un 18% se encuentra Perú y con un 14% se tiene a Estados Unidos.
Para lograr identificar el perfil del grupo de visitantes nacionales, el grupo consultor ha
realizado entrevistas con personas involucradas en la actividad turística en el sector, al no
haber encontrado esta información en las diferentes instituciones relacionadas con el
tema.
De acuerdo con esta investigación, la mayoría de los visitantes nacionales corresponde a
grupos familiares (65%), que provienen en su mayoría de Guayaquil (70%), el 69%
utiliza alojamiento comercial y el 31% casas de familiares y amigos2. El número total de
visitantes nacionales en el año 2001 fue de 2.885.467 personas.
Existe un grupo, no determinado en su número, de excursionistas3 quienes provienen en
su mayoría de la ciudad de Guayaquil, y gastan $12 en promedio por persona.
El volumen de afluencia en Salinas aumenta en los feriados tales como Carnaval y
Semana Santa. Para Carnaval del año 2006, la Comisión de Tránsito del Guayas (CTG)
reportó la autorización de 1.207 viajes4 a la península de Santa Elena. En este grupo
estaban incluidos los tours a través de vehículos de transporte urbano y expresos
escolares. Si bien el acceso de los buses que participan de los denominados tours de
playa está prohibido al sector urbano, muchos de los turistas encuentran formas alternas
de ingresar a las playas de Chipipe y San Lorenzo, viajando desde Guayaquil a Santa
Elena en bus, y luego en camionetas, taxis y otros medios hasta Salinas, lo que hace que
en los feriados antes citados se haya sobrepasado la capacidad de carga turística
establecida.
De acuerdo con información del Consejo Provincial del Guayas, para el Carnaval de
Temporada 2006, se indicó que desde las 07h00 hasta las 13h00 más de 6 mil vehículos
livianos, 300 pesados y 3 extra pesados se dirigían a los distintos balnearios de la
Península de Santa Elena.
Capacidad Turística del Cantón Salinas:
- La capacidad de 3,135 plazas existentes en hoteles, hosterías, hostales de Salinas,
se ocupa casi en su totalidad en la temporada turística (Enero a Marzo) y en
feriados como Carnaval, Semana Santa y fin de año, pero en aproximadamente
30% en los meses de abril a diciembre.
2 Datos Municipio de Salinas año 2001, www.municipiodesalinas.gov.ec 3 Excursionista. Visitante que permanece menos de 24 horas fuera de su lugar de residencia habitual con fines de recreación. OMT 4 Diario El Universo sección El Gran Guayaquil, www.eluniverso.com. Febrero 25 y 26, 2006.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 10
- Estudios del PMRC5 (año 2000) indican escasez de recursos, tanto en el
transporte, accesibilidad y estacionamientos como en la indisponibilidad de
servicios de playa; todo ello causado por el excesivo número de visitantes que
saturan el área de Salinas.
- Por otro lado la capacidad actual de 2.494 plazas de restaurantes y sitios de
alimentos y bebidas, no cuenta en su totalidad con un número de empleados muy
alto en relación al número de sitios de alojamiento; la mayoría de los trabajadores
son contratados únicamente para la temporada turística alta.
- La situación en cuanto a plazas ya sea hoteleras como de restaurantes puede
aumentar si se observan las necesidades del turista y si es posible no sólo permitir
una temporada limitada.
A continuación se presentan datos obtenidos basándose en las capacidades de Carga
Efectiva y de Servicio Turístico, realizadas por el PMRC en la temporada 2000. La
metodología para realizar estas capacidades de carga fue la de Miguel Cifuentes.
Capacidades de Carga del Cantón Salinas. Temporada del 2000.
Balneario
Cap. Carga Efectiva
Pers/Días
Capacidad Servicios Turísticos
Pers/Días
Capacidad Carga
Turística Pers/Día
Número De Buses/Días
Buses De 40 Pax
Salinas 51.541 7.414 7.414 No permitido
Según este informe para realizar esta tabla se realizan los siguientes pasos:
1. Inventario de infraestructura turística.
2. Inventario de servicios básicos.
3. Establecer niveles de marea alta, baja y promedio de niveles de marea.
4. Determinar ancho total, espacio útil y largo de la playa.
5. Identificar los factores de corrección.
6. Identificar los factores de corrección dentro del área de ocupación.
7. Determinar la capacidad de carga física real y efectiva o permisible.
8. Determinar la capacidad de servicios turísticos.
5 Plan de Desarrollo Estratégico cantón Salinas, 2001. www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 11
Foto 1. Intenso movimiento en peaje. Carnaval, Temporada 2006.
Fuente: Diario El Universo, 2006
En el 2005 se generaron aproximadamente un millón de dólares durante el feriado en lo
que respecta a negocios.6 Es decir que las ganancias de los hoteles, restaurantes, bares,
discotecas y cafeterías (250 en el balneario) alcanzaron esa cantidad. Por otro lado se
estima que en el año 2004, la cifra bordeó los ochocientos mil dólares.
Durante el feriado de Carnaval de Salinas 2006 se destaca además la siguiente
información7:
- Su capacidad hotelera existente fue ocupada en su totalidad.
- El malecón, así como el centro del cantón y los improvisados estacionamientos se
vieron invadidos por la cantidad de comerciantes. Su resultado económico por
ende fue satisfactorio durante la mayoría de los días de feriado.
- La Capitanía del Puerto también informó los siguientes datos: (Ver Tabla 2)
Tabla 2. Estadísticas Cantón Salinas. Carnaval 2006
Estadística
Carnaval
Salinas 2006
Salvavidas Desaparecidos Ahogados Rescatados Otros
De 52 fijos se incrementaron 20
70 menores de edad
No hubo 10 personas
Se sacaron aprox. a 100 personas que dormían en
playas.
6 Fuente: Diario El Comercio, artículo emitido Lunes, 7 de Febrero del 2005. 7 Fuentes: *Diario El Universo, artículo emitido, Martes, 28 de Febrero del 2006. *Seminario – Taller: PLANES DE TEMPORADAS TURÍSTICAS PARA DESTINOS DE PLAYA, PMRC, Salinas, 21 -23 de marzo de 2005. David Parra Bozzano. Consultor AECIT
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 12
Volumen de Afluencia del Cantón Salinas. Carnaval, 2006
Para el Feriado de Carnaval 2006, el Cantón Salinas contó con un estimado de más de
200.000 personas, según lo informó la Directora de Turismo del Municipio Local8. El
promedio de turistas hacia el mismo balneario, durante los fines de semana, se calculó
alrededor de 5,000 personas. Se conoció además que los hoteles y hostales, se
ocuparon en su totalidad.9
Volumen de Afluencia del Cantón Salinas. Semana Santa, 2006
Según la fuente10, para el Feriado de Semana Santa en el Cantón Salinas, los viajes no
tuvieron gran acogida durante esta fecha.
Su movimiento turístico se reportó bajo dado que esperaban un promedio de 120,000
visitantes como el año anterior, mas se indicó el arribo de cerca de 80,000
únicamente. Tales cifras fueron reportadas por el Presidente de la Cámara de Turismo
de Salinas.
Foto 2. Fin de Temporada. Salinas Guayas
Fuente: Diario El Universo, 2006
1.2. Síntesis de la política turística nacional que tiene incidencia en la faja
costera.
8 Fuente: Diario El Universo, artículo emitido, Domingo Abril 16 del 2006 9 Fuente: Diario El Universo, artículo emitido, Domingo Abril 16 del 2006 10 Fuente: Diario El Comercio, artículo emitido, Domingo 16 de Abril del 2006.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 13
De acuerdo con la “Estrategia Ambiental para el Desarrollo Sostenible del Ecuador”
Noviembre, 1999, el Estado Ecuatoriano tiene definida la línea de acción en torno a los
principales recursos naturales, algunos de los cuales tienen directa vinculación con el
desarrollo del turismo costero, por lo que se procede a incluirlos a continuación.
Playas y Bahías
“Las playas y bahías forman un ecosistema que establece el equilibrio y la transición entre
el mar y el continente, gracias a lo cual poseen recursos específicos, entre ellos, un
paisaje de uso múltiple: turismo, formas diversas de transporte y por tanto de enlaces y
puertos, diversidad cultural. Siendo un ecosistema frágil, se ha visto afectado por las
presiones que ha generado el incremento de los asentamientos humanos, no siempre
acompañados de la necesaria infraestructura, y por las modificaciones en el usufructo de
sus recursos. Las playas y bahías son, además, áreas de descarga final de aguas y
desechos. El Ecuador impulsará el saneamiento y el ordenamiento territorial de las playas
y bahías, y creará los mecanismos de gestión ambiental para su manejo, a fin de
preservar, recuperar y potenciar el uso sostenible de sus recursos naturales”.
Políticas
El Estado Ecuatoriano:
1. Propende al ordenamiento de los asentamientos humanos y de las actividades
productivas.
2. Establece sistemas de información y monitoreo permanente de la afluencia,
capacidad de carga y calidad ambiental de las áreas costeras frágiles (como
playas, bahías, estuarios y arrecifes) que sirvan de insumo para la prevención y
mitigación de la contaminación.
3. Promueve y aplica planes de manejo en zonas donde intervienen diferentes
actores (turismo, pesca, investigación científica y comunidad) para incentivar el
desarrollo económico y social, protegiendo el ambiente.
4. Procura la cooperación técnica internacional para el manejo racional, responsable
y sostenible de los recursos costeros y marinos.
5. Impulsa la creación de mecanismos de información, promoción y comunicación
que estimulen la participación y la responsabilidad compartida de los usuarios de
estos ecosistemas frágiles a fin de garantizar el uso adecuado y su conservación.11
Turismo de naturaleza
11 Estrategia Ambiental para el Desarrollo Sostenible del Ecuador, noviembre 1999
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 14
Gracias a la extraordinaria biodiversidad y la amplia gama de pisos ecológicos y
microclimas, de los paisajes naturales y de su patrimonio cultural e histórico, el Ecuador
cuenta con condiciones favorables para impulsar un desarrollo dinámico de las actividades
turísticas, sobre todo las vinculadas al turismo de naturaleza en sus distintas modalidades.
El Ecuador promoverá el conocimiento, el respeto y la apreciación de los valores y
riquezas del país a través del turismo de ecuatorianos y extranjeros; propiciará el máximo
aprovechamiento del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas; y, promoverá el
disfrute de su rica naturaleza mediante el impulso de obras de infraestructura apropiadas
para el uso sostenible del turismo y el incremento de servicios de información y
comunicación.
Políticas
El Estado Ecuatoriano:
1. Impulsa la identificación y promoción de las potencialidades turísticas de las áreas
protegidas, los bosques protectores, las playas y bahías, nevados y otros recursos
escénicos.
2. Estimula la inversión turística en áreas protegidas, particularmente en el
mejoramiento de los servicios.
3. Establece sistemas de certificación de actividades turísticas sostenibles.
4. Desarrolla sistemas de información y capacitación en actividades de turismo de
naturaleza, encaminados a fortalecer la participación de las poblaciones locales.
5. Impulsa la reinversión de los beneficios generados por el turismo en actividades
que aporten al sostenimiento de las áreas protegidas, los bosques protectores, las
playas y otros recursos escénicos.
Gestión de la calidad ambiental
Uno de los grandes retos que enfrenta el Ecuador es el mejoramiento de la calidad
ambiental en los centros urbanos y en las áreas rurales. Por ello, son aspectos básicos de
la Estrategia Ambiental: la prevención y control de la contaminación mediante políticas y
regulaciones consistentes, el fomento de cambios tecnológicos orientados a lograr una
producción limpia, el auspicio de procesos productivos y de servicios que minimicen el
deterioro ambiental y el fortalecimiento de una cultura de la población para el manejo
responsable del ambiente en todos los ámbitos de la actividad y el consumo.
Se proponen políticas en los siguientes ámbitos:
1. Producción
2. Transporte
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 15
3. Obras de infraestructura
4. Ciudades y otros asentamientos humanos
Manglares
A más de los recursos bioacuáticos específicos que poseen, los manglares cumplen
importantes funciones ecológicas, de regulación de mareas, control de la salinidad,
estabilización de las riberas en la franja marino-costera. Aunque están legalmente
protegidos, el cambio de uso del suelo para actividades bioacuáticas y los asentamientos
humanos han provocado la deforestación de extensas zonas de manglar. El Ecuador se
propone la conservación de los manglares: no se permitirá su tala y se incentivará su
recuperación. Se propenderá a que las comunidades locales, que utilizan sus recursos
para la subsistencia, se constituyan en las principales defensoras y beneficiarias del
manglar, y se promoverán acuerdos con el sector empresarial para su uso sostenible.
Políticas
El Estado Ecuatoriano:
1. Detiene la tala de los manglares.
2. Impulsa la valoración de los servicios ambientales del manglar, particularmente en
lo atinente a la biodiversidad y la protección de la erosión y salinización de la
franja marino-costera.
3. Sanciona, a través de normas legales y ordenanzas municipales, la tala del
manglar, principalmente la ocasionada por la construcción de camaroneras y la
expansión urbana.
4. Promueve el uso sostenible del manglar y otorga en concesión algunas áreas a la
población local.
5. Fomenta el desarrollo de microempresas comunitarias para promover la
producción y disminuir la presión antrópica sobre los recursos.
Humedales
Los humedales son ecosistemas ricos y productivos que brindan abundantes recursos de
biodiversidad, agua, recreación, transporte y protección contra fenómenos naturales. La
extensión de las actividades humanas que no se basan en el uso sostenible ocasiona su
reducción y contaminación. El Ecuador impulsará la conservación y la recuperación de sus
humedales.
Políticas
El Estado Ecuatoriano:
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 16
1. Establece prioridades para la conservación de humedales de acuerdo con las
necesidades y las condiciones socioeconómicas del país y de las comunidades,
considerando su fragilidad y los servicios ambientales que prestan, particularmente
los manglares, los páramos, los bosques inundables, la llanura de inundación de la
cuenca del río Guayas, el sistema lacustre, los ríos y estuarios.
2. Evita la sobreexplotación de los ecosistemas de humedales (drenaje y
transformación).
3. Protege los ecosistemas de humedales que sirven de refugio y descanso a las
especies migratorias.
4. Fomenta la investigación y difusión de información nacional sobre humedales.
5. Utiliza el Marco de la Convención RAMSAR para promover la conservación de
humedales de gran valor natural.
Los gobiernos seccionales
Son agentes centrales de la gestión ambiental los gobiernos seccionales. Gran parte de la
planificación, el establecimientos de normas, el control y el monitoreo que contienen las
políticas de la Estrategia, además de las obras destinadas a la dotación de servicios
ambientales básicos, están bajo su gestión. El Ministerio del Ambiente apoya a los
organismos seccionales a través de asistencia técnica, capacitación, organización y diseño
de la gestión ambiental local, con lo que contribuirá a las agendas de desarrollo sostenible
local, al mejoramiento de la calidad ambiental y el aprovechamiento sostenible de los
recursos naturales. Mediante la acción de los gobiernos seccionales se viabiliza la
participación social y la descentralización de la gestión ambiental.
La Descentralización como Proceso de Cambio y Sostenibilidad
Dentro del Plan Nacional de Competitividad Turística, para el período 2000-2005, se
incluyó la visión de hacer del Ecuador un destino turístico de primera línea, propiciando el
desarrollo de productos diferenciados y de calidad de vida de la población con una
sostenibilidad social, económica y ambiental. Bajo este contexto se ha venido ejecutando
el proceso de descentralización que prioriza el trabajo con los municipios porque sus
características les permite garantizar la calidad como condición de la competitividad, ya
que el municipio tiene capacidad para legislar a nivel local, incentivar a los empresarios,
proteger al turista y precautelar su patrimonio.
A partir del 2000 se desarrolló el modelo de descentralización turística que se basa en tres
pilares fundamentales: el reforzamiento del carácter de autoridad nacional del Ministerio
de Turismo, en su rol de facilitador del desarrollo sector responsable de: normar, regular,
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 17
controlar y promocionar internacionalmente al país; el fortalecimiento institucional de los
municipios para asumir la gestión local del turismo y los consejos provinciales para
coordinar con actores y complementar la cadena de valor del turismo; y, el desarrollo de
procesos técnicos legales e institucionales para que la descentralización sea eficiente y
efectiva.
En el 2001 se aplicó este modelo en 36 municipios que pidieron competencias; y, en el
2002 se descentralizó a 24 nuevos cabildos, en total se han suscrito 60 convenios de
transferencia, cubriendo así todas las provincias del país y concentrando el 96% de la
Planta Turística Nacional. La descentralización del turismo exige que tanto la Autoridad
Central que traslada funciones, como los organismos seccionales que reciben las
competencias cuenten con la estructura y organización adecuadas para asumir las nuevas
funciones, por lo tanto exige un fortalecimiento institucional en tres ejes principales:
Capacitación, Asistencia Técnica, Sistema Integrado de Información Turística SIIT.
El resultado del proceso de descentralización turística se evidencia en la suma de
voluntades en lo político de los 60 alcaldes y más de 200 concejales para trabajar en
turismo; al personal técnico del Ministerio se han sumado recursos humanos calificados:,
entre los que se cuentan 60 directores municipales en Turismo y más de 100 funcionarios
que trabajan por el turismo. Al presupuesto del Ministerio se han complementado los
recursos económicos asignados por cada Municipio Descentralizado que contabilizan más
de 3 millones de dólares para el año 2003.
Se cuenta con la formulación de planes estratégicos y operativos en los 60 municipios; la
creación o fortalecimiento de las Unidades Municipales Técnicas de Turismo, la formación
de los consejos locales y el Programa Nacional de Dinamización Turística; además, se
realizaron propuestas de la consultoría de Productos Turísticos y del Plan de Marketing
internacional.
De acuerdo con el esquema del Ministerio de Turismo del Ecuador, se ha visto la
necesidad de mejorar y diversificar el producto existente con inversiones de carácter
público que mejoren la competitividad de los destinos y que permitan a las empresas la
estructuración y comercialización de nuevos productos mediante la recuperación y puesta
en valor de los recursos infrautilizados. Para el año 2004, la Unidad de Descentralización
y Gestión Local del Ministerio de Turismo, ha considerado estos avances dentro de su
presupuesto para lograr la efectividad y eficiencia en los niveles locales de tal forma que
coadyuven al desarrollo turístico nacional.
Marco Legal
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 18
Existe además un marco jurídico extenso en materia de legislación ambiental relacionada
con la prevención y control de la contaminación, y a la actividad turística, con aplicación al
proyecto de Evaluación Ambiental Estratégica del Tursimo Costero, por lo que en este
capítulo se presenta una síntesis de las leyes y reglamentos , con los artículos específicos
que se consideran aplicables para este caso.
Constitución Política del Ecuador
La Constitución Política de la República del Ecuador, es la norma fundamental que
contiene los principios, derechos y libertades de quienes conforman la sociedad
ecuatoriana y constituye la cúspide de la estructura jurídica del Estado. De esta norma se
desprenden las demás leyes, reglamentos, ordenanzas y demás disposiciones o
normativas legales que deben guardar estricta concordancia a fin de otorgar una debida
seguridad jurídica.
En el aspecto ambiental y turístico, la Constitución publicada en el Registro Oficial No. 1
del 11 de agosto de 1998, determina en el Art. 3, numerales 3 y 4, el deber primordial del
Estado de defender el patrimonio natural y cultural del país y proteger el medio ambiente;
preservar el crecimiento sustentable de la economía, y el desarrollo equilibrado y
equitativo en beneficio colectivo.
Este enfoque está en armonía con las nuevas tendencias que a nivel mundial se
manifiestan sobre el medio ambiente y que se hallan reconocidas y documentadas en
conferencias y convenios internacionales.
El numeral 6 del Art. 23 de la Carta Fundamental garantiza el derecho civil de las personas
a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación
permitiendo que la Ley restrinja el ejercicio de algunos derechos y libertades para proteger
el medio ambiente. Además, el numeral 20 del mismo artículo, garantiza el derecho de las
personas a una calidad de vida que asegure la salud, saneamiento ambiental y otros
servicios sociales necesarios.
La Constitución Política de la República del Ecuador, en la Sección VI del Medio Ambiente,
en su artículo 44 establece: “El Estado protege el derecho de la población a vivir en un
medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice un desarrollo
sustentable.
Se declara de interés público, y se regulará conforme a la Ley:” 12
12 Manual de Aplicación de Leyes y Reglamentos para las infracciones en el Manejo y Uso de los
Recursos Costeros, PMRC, 1998
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 19
a) “La preservación del medio ambiente, la conservación de los ecosistemas, la
biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país;”
b) “La prevención de la contaminación ambiental, la explotación sustentable de los
recursos naturales y los requisitos que deban cumplir las actividades públicas o
privadas que pueden afectar al medio ambiente; y,”
c) “El establecimiento de un sistema de áreas naturales protegidas y el control del
turismo receptivo y ecológico.”
El Art. 86 de esta norma suprema declara de interés público todo lo que se relacione con la
preservación del medio ambiente, conservación de ecosistemas, biodiversidad, integridad
del patrimonio genético del país, la prevención de la contaminación ambiental, el manejo de
recursos naturales y los requisitos que las actividades públicas y privadas deban cumplir a
fin de preservarlo. De igual forma, garantiza la conservación de la biodiversidad y servicios
ecológicos de conformidad con los convenios y tratados internacionales que el Ecuador
haya suscrito.
De la misma manera, en el Art. 87 se determina la potestad del Estado para tipificar
infracciones y determinar procedimientos para sancionar a personas naturales o jurídicas
que por acciones u omisiones no acaten las normas de protección del medio ambiente.
Estas normas deberán mantener un rol protagónico hasta que la sociedad alcance un nivel
de responsabilidad sustentable.
El Art. 88 señala que toda decisión estatal que pudiere afectar el medio ambiente deberá
contar previamente con los criterios de la comunidad, por lo cual ésta tendrá garantizada su
participación y deberá estar debidamente informada.
En el Art. 89 se establecen las medidas orientadas a promover en el sector público y
privado el uso de tecnologías ambientalmente limpias y energías alternativamente no
contaminantes, además de establecer estímulos tributarios para quienes cumplan acciones
ambientalmente sanas. Además en el Art. 91 se prevé la responsabilidad del Estado, sus
delegatarios y concesionarios por los daños ambientales, exigiendo tomar medidas
preventivas en caso de dudas sobre el impacto o consecuencias ambientales negativas y se
reconoce la acción popular para que cualquier persona natural o jurídica, o grupo humano
pueda ejercer las acciones previstas para la protección del medio ambiente.
Adicionalmente, en el Art. 97, numerales 16 y 19, señalan como deberes y
responsabilidades de los ciudadanos preservar un medio ambiente sano y utilizar los
recursos naturales de modo sustentable; así mismo, conservar el patrimonio natural del
país; aspectos que deben ser difundidos a la sociedad a través de la educación ambiental.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 20
El Art. 238 contempla dentro de la organización del país el establecimiento de regímenes
especiales de administración territorial por consideraciones demográficas y ambientales,
enfocadas a la protección de dichas áreas, pudiendo limitar dentro de ellas los derechos de
migración, trabajo o cualquiera otra que pueda afectar al medio ambiente.
El Estado según el Art. 248 tiene soberanía sobre la diversidad biológica, reservas naturales,
áreas protegidas y parques nacionales y su conservación, utilización o ejercicio de la
actividad económica se hará con la participación de las comunidades o poblaciones
involucradas y de la iniciativa privada de acuerdo a planes y programas que aseguren
desarrollo, conservación del medio ambiente y conforme a la legislación local y convenios
internacionales.
De las disposiciones antes descritas y que se encuentran contenidas en la Norma
Fundamental del Ecuador se desprenden una serie de leyes, reglamentos, ordenanzas y
diversas regulaciones en distintas materias que regulan las acciones previstas para la
protección del medio ambiente y el ejercicio de actividades turísticas, portuarias y fluviales
en áreas de reserva forestal y faunística, destinando a los diversos organismos e
instituciones del Estado, como Municipalidades la responsabilidad de hacer cumplir las
normas expedidas para este fin.
Ley de Turismo
La Ley de Turismo fue publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 733 del 27 de
diciembre de 2002 y señala en su Art. 1 como objetivo principal establecer el marco
jurídico relacionado con la promoción, desarrollo y regulación del sector turístico del
Ecuador, las atribuciones y facultades del Estado y los derechos y obligaciones de los
prestadores y usuarios de dichos servicios.
El Art. 2 define al Turismo como “el ejercicio de todas las actividades asociadas con el
desplazamiento de personas hacia lugares distintos al de su residencia habitual, sin ánimo
de radicarse permanentemente en ellos”.
De acuerdo con el Art. 3, se establecen como principios de la actividad turística, a la
iniciativa privada como pilar fundamental del sector; con su contribución mediante la
inversión directa, la generación de empleo y promoción nacional e internacional; la
participación de los gobiernos provincial y cantonal para impulsar y apoyar el desarrollo
turístico, dentro del marco de la descentralización; el fomento de la infraestructura
nacional y el mejoramiento de los servicios públicos básicos para garantizar la adecuada
satisfacción de los turistas; la conservación permanente de los recursos naturales y
culturales del país; y, la iniciativa y participación comunitaria indígena, campesina,
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 21
montubia o afro ecuatoriana, con su cultura y tradiciones preservando su identidad,
protegiendo su ecosistema y participando en la prestación de servicios turísticos, en los
términos previstos en esta Ley y sus reglamentos.
En el capítulo II Art. 5 se definen las actividades turísticas como las desarrolladas por
personas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de manera
habitual de una o más de las actividades de:
a) Alojamiento;
b) Servicio de alimentos y bebidas;
c) Transportación, cuando se dedica principalmente al turismo inclusive el transporte
aéreo, marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este fin;
d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte;
e) Intermediación; etc.
La operación turística en las áreas naturales del Estado, zonas de reserva acuáticas y
terrestres, parques nacionales y parques marinos estará reservada para armadores y
operadores nacionales (Art. 24).
Para el ejercicio de actividades turísticas se requiere obtener el registro de turismo y la
licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad del servicio que ofrece y se
sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes. Según el Art. 9, el Registro de
Turismo consiste en la inscripción del prestador de servicios turísticos, sea persona
natural o jurídica, previo al inicio de actividades y por una sola vez en el Ministerio de
Turismo, cumpliendo con los requisitos que establece el Reglamento de esta Ley. En el
registro se establecerá la clasificación y categoría que le corresponda.
El Ministerio de Turismo o los municipios y consejos provinciales a los cuales esta Cartera
de Estado, les transfiera esta facultad, concederán a los establecimientos turísticos,
Licencia única Anual de Funcionamiento; lo que de acuerdo con el Art. 10, les permitirá:
a) Acceder a los beneficios tributarios que contempla esta Ley;
b) Dar publicidad a su categoría;
c) Que la información o publicidad oficial se refiera a esa categoría cuando haga
mención de ese empresario instalación o establecimiento;
d) Que las anotaciones del Libro de Reclamaciones, autenticadas por un Notario
puedan ser usadas por el empresario, como prueba a su favor; a falta de otra; y,
e) No tener, que sujetarse a la obtención de otro tipo de Licencias de
Funcionamiento, salvo en el caso de las Licencias Ambientales, que por disposición
de la ley de la materia deban ser solicitadas y emitidas.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 22
Por otro lado, en el Art. 20 se establece la competencia de los Ministerios de Turismo y
del Ambiente, para coordinar el ejercicio de las actividades turísticas en las áreas
naturales protegidas; las regulaciones o limitaciones de uso por parte de los turistas; la
fijación y cobro de tarifas por el ingreso, y demás aspectos relacionados con las áreas
naturales protegidas que constan en el Reglamento de esta Ley.
El Ministerio de Turismo deberá sujetarse a los planes de manejo ambiental de las áreas
naturales protegidas, determinadas por el Ministerio del Ambiente.
Los municipios y gobiernos provinciales podrán establecer incentivos especiales para
inversiones en servicios de turismo receptivo e interno rescate de bienes históricos,
culturales y naturales en sus respectivas circunscripciones (Art.33).
Reglamento General de Actividades Turísticas
Este Reglamento forma parte de la legislación turística, otorga amplias facultades al
Ministerio de Turismo y regula la actividad hotelera, la actividad que realizan las agencias
de viajes, las actividades efectuadas por los guías profesionales de turismo, las
actividades de los casinos y salas de juego, y la promoción turística del país en el exterior.
Expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 3400 y publicado en el Registro Oficial No. 726
del 17 de diciembre de 2002, este Reglamento en su Art. 24 establece la
descentralización de atribuciones en materia turística: “Funciones y atribuciones de las
instituciones del régimen seccional autónomo.- En virtud de las disposiciones
constitucionales relacionadas con descentralización del Estado y lo que disponen los
artículos 9 y 10 de la Ley de Descentralización del Estado y Participación Social, en
materia turística procede la transferencia de funciones, atribuciones y recursos
relacionados con la planificación, coordinación, ejecutar y evaluar en el respectivo cantón
las actividades relacionadas con el turismo”.
“Las potestades de realizar el registro de turismo, la regulación y expedición de
normas técnicas a nivel nacional, la concesión de permisos temporales de funcionamiento
son privativas del Ministerio de Turismo quien ejercerá esas competencias a nivel
nacional con exclusividad”.
Art. 25.- Procedimientos y mecanismos de transferencia de potestades del Ministerio
de Turismo a las instituciones del régimen seccionar autónomo. La transferencia o
delegación referidas en la Ley de Turismo se realizará a través de los correspondientes
convenios de transferencia según los artículos 12 y 13 de la Ley de Descentralización del
Estado y Participación Social.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 23
Art. 26.- Gestión subsidiaria.- “De acuerdo a lo establecido en el artículo 17 de la Ley
de Descentralización del Estado y Participación Social, el Ministerio de Turismo, en
representación de la Función Ejecutiva podrá, sin necesidad de convenio, suplir la
prestación de un servicio o la ejecución de un proyecto u obra siempre y cuando se
demostrase su grave y sustancial deficiencia, paralización o indebida utilización de los
recursos asignados para esos fines por parte de un Municipio a favor de quien se
descentralizó las potestades referidas en este capítulo”.
“Esta gestión subsidiaria se practicará con la expedición del respectivo decreto
ejecutivo, debidamente justificado con indicadores de gestión, con la participación del
sector privado organizado y la sociedad civil a nivel municipal. La gestión referida en este
artículo no podrá durar más tiempo que el indispensable para normalizar la gestión
municipal, reflejada en los mencionados indicadores, período en el cual las transferencias
del gobierno central se suspenderán”.
En cuanto a las áreas turísticas protegidas, en el Art. 70 se determina que “La
declaratoria de estas áreas tendrá como finalidad la protección de recursos de los
entornos turísticos para, sobre esta base identificar y promocionar usos compatibles y
excluir usos no compatibles, considerando la seguridad, higiene, salud y preservación
ambiental, cultural y escénica. Además, en esas áreas el sector público debe priorizar la
dotación de servicios e infraestructura básica que garantice el desarrollo del sector y la
prestación de servicios de calidad”.
El Art. 156 define al Ecoturismo como “la modalidad turística ejercida por personas
naturales, jurídicas o comunidades legalmente reconocidas, previamente calificadas para
el efecto, a través de una serie determinada de actividades turísticas en áreas naturales
que correspondan o no al Sistema Nacional de Áreas Protegidas con el objeto de conocer
la cultura de las comunidades locales y la historia natural del ambiente que las rodea.
Dichas actividades deberán ejercerse con las debidas precauciones para no alterar la
integridad de los ecosistemas ni la cultura local y deberán generar oportunidades
económicas que permitan la conservación de dichas áreas y el desarrollo de las
comunidades locales.”
Ley de Gestión Ambiental
La presente ley establece los principios y directrices de política ambiental; determina las
obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado
en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta
materia (Art. 1). Fue publicada en el Suplemento del Registro Oficial # 418 del 10 de
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 24
septiembre de 2004, previo a su actual status de codificada, la expedición de la Ley de
Gestión Ambiental (Registro Oficial No. 245: 30-O7-99) normó por primera vez la gestión
ambiental del Estado y da una nueva estructuración institucional.
La gestión ambiental se sujeta a los principios de solidaridad, corresponsabilidad,
cooperación, coordinación, reciclaje y reutilización de desechos, utilización de tecnologías
alternativas ambientalmente sustentables y respecto a las culturas y prácticas
tradicionales (Art. 2). El proceso de Gestión Ambiental, se orientará según los principios
universales del Desarrollo Sustentable, contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de
1992, sobre Medio Ambiente y Desarrollo.
Los reglamentos, instructivos, regulaciones y ordenanzas que, dentro del ámbito de su
competencia, expidan las instituciones del Estado en materia ambiental, deberán observar
las siguientes etapas, según corresponda; desarrollo de estudios técnicos sectoriales,
económicos, de relaciones comunitarias, de capacidad institucional y consultas a
organismos competentes e información a los sectores ciudadanos.
Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente
La aplicación de la Ley de Gestión Ambiental se ve fortalecida con la expedición de la
Legislación Secundaria Ambiental, mediante Decreto Ejecutivo 3399 R.O. 725 del 16 de
Diciembre del 2002. El objetivo del Texto Unificado de legislación secundaria del
Ministerio es actualizar la legislación en materia ambiental y permitir ubicar con exactitud
la normativa vigente en cada materia.
El Texto Unificado contiene los siguientes capítulos:
Título Preliminar: De las Políticas Ambientales del Ecuador
Libro I: De la Autoridad Ambiental
Libro II: De la Gestión Ambiental
Libro III: Del Régimen Forestal
Libro IV: De la Biodiversidad
Libro V: De la Gestión de los Recursos Costeros
Libro VI: De la Calidad Ambiental
Libro IX: Del Sistema de Derechos o Tasas por los Servicios que Presta
el Ministerio del Ambiente y por el Uso y Aprovechamiento de Bienes
Nacionales que se Encuentren Bajo su Cargo y Protección.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 25
Sistema Único de Manejo Ambiental
Los principios del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA) son el mejoramiento, la
transparencia, la agilidad, la eficacia y la eficiencia así como la coordinación
interinstitucional de las decisiones relativas a proyectos propuestos con potencial impacto
y/o riesgo ambiental.
Con la expedición del SUMA se reglamenta al Sistema Único de Manejo Ambiental
señalado en los artículos 19 hasta 24 de la Ley de Gestión Ambiental, en lo referente a:
Marco institucional, mecanismos de coordinación interinstitucional y los elementos del
sub-sistema de evaluación de impacto ambiental, el proceso de evaluación de impacto
ambiental, así como los procedimientos de impugnación, suspensión revocatoria y registro
de licencias ambientales.
Así mismo, se establece como principio el desarrollo sustentable para la conservación del
patrimonio natural y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales (Art. 7), se
dispone como Autoridad Ambiental Nacional el Ministerio de Medio Ambiente que actúa
como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema Descentralizado de Gestión
Ambiental. Esta institución reguladora debe, entre otras cosas, determinar las obras,
proyectos e inversiones que requieran estudios de impacto ambiental aprobados.
Los diversos organismos estatales y entidades sectoriales intervienen de manera activa en
la descentralización de la gestión ambiental, prueba de aquello es que el Ministerio del
Ambiente asigna la responsabilidad de ejecución de los planes a todas las instituciones del
Estado que tienen que ver con los asuntos ambientales (Art. 13), siendo las
Municipalidades y Consejos Provinciales quienes están interviniendo en este ámbito con la
expedición de Ordenanzas Ambientales.
Los consejos provinciales y los municipios, dictarán políticas ambientales seccionales con
sujeción a la Constitución Política de la República y a la presente Ley. Respetarán las
regulaciones nacionales sobre el Patrimonio de Áreas Naturales Protegidas para
determinar los usos del suelo y consultarán a los representantes de los pueblos indígenas,
afro ecuatorianos y poblaciones locales para la delimitación, manejo y administración de
áreas de conservación y reserva ecológica.
Vale señalar que el Capítulo II dedicado a la evaluación de impacto ambiental y del control
ambiental, en el cual se establece que todas “las obras públicas, privadas o mixtas y los
proyectos de inversión privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados
previamente a su ejecución por los organismos descentralizados de control” (Art. 19),
requiriéndose de la respectiva licencia otorgada por el Ministerio del ramo. Para su
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 26
obtención establece como requisitos: estudios de impacto ambiental, evaluación de riesgos,
sistemas de monitoreo, auditorias ambientales (Art. 21).
La Ley de Gestión Ambiental es la normativa jurídica ambiental general a la que deben
sujetarse todas las instituciones públicas, privadas o mixtas en la ejecución de obras o
estudios, conforme se indica.
Se establece por tanto, de conformidad con esta ley, la obligatoriedad de elaborar un
Estudio de Impacto Ambiental en toda obra que suponga un riesgo ambiental.
Actualmente, la mayoría de Municipalidades del país están incorporando en sus
Ordenanzas la exigencia de realizar este estudio en toda obra nueva. Con esta medida el
Estado espera descentralizar su ámbito de acción y mejorar su efectividad y control en el
área ambiental.
La evaluación del impacto ambiental comprenderá:
a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el
suelo, el aire, el agua el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas
presentes en el área previsiblemente afectada;
b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, v vibraciones,
olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio
ambiental derivado de su ejecución; y,
c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que
componen el patrimonio histórico, escénico y cultural.
Además, según el Art. 38, las tasas por vertidos y otros cargos que fijen las
municipalidades con fines de protección y conservación ambiental serán administradas por
las mismas, así como los fondos que recauden otros organismos competentes, serán
administrados directamente por dichos organismos e invertidos en el mantenimiento y
protección ecológica de la jurisdicción en que fueren generados.
Reglamento Especial de Turismo en Áreas Naturales Protegidas
Expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 3045 y publicado en el Registro Oficial No. 656
del 5 de septiembre de 2002. Establece en su Art. 1 el régimen y procedimientos
aplicables a las actividades turísticas en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas que
serán reguladas por el Ministerio de Turismo y por el Ministerio de Ambiente en lo
relacionado con el uso sustentable de recursos naturales; y al otorgamiento de
autorizaciones y permisos de operación turística dentro del Sistema Nacional de Áreas
Naturales Protegidas –SNAP-. Además, se citan como políticas nacionales rectoras de las
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 27
actividades turísticas en las áreas del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas,
entre las más importantes: participación ciudadana en los beneficios culturales, sociales y
económicos que el turismo genere en estas áreas, promoción del turismo como
instrumento de gestión que contribuya la conservación del medio ambiente y
minimización de impactos ambientales que resulten de la actividad turística que se realice
en las áreas referidas.
En los Arts. 5 y 6 se indican las competencias del Ministerio del Ambiente en lo
concerniente a la planificación, autorización, manejo y supervisión de los usos turísticos
de los recursos naturales en estas áreas; autorización de la operaciones turísticas de
conformidad con las Leyes Especiales, planes regionales y de manejo; y las del Ministerio
de Turismo al que le compete la promoción, planificación y control de las actividades
turísticas, niveles de calidad de los servicios y actividades conexas.
El Art. 9 señala la determinación periódica del número de cupos de operación turística
por modalidad que se otorguen en cada área protegida, cupos que previo a su emisión
deberán contar con informes técnicos favorables del Ministerio del Ambiente y del
Ministerio de Turismo.
Las actividades turísticas que se realicen dentro del Sistema Nacional de Áreas Naturales
Protegidas (SNAP) deberán propender de conformidad al Art. 12 con el desarrollo del
turismo nacional, a la recuperación de áreas ecológicamente afectadas, a la capacitación y
educación ambiental y principalmente a la participación de las comunidades que permitan
el mejoramiento de la calidad de vida de la población de dicho sector.
Para el ejercicio de actividades turísticas en las áreas protegidas se requiere un plan de
manejo y corresponde al Ministerio del Ambiente el control de las actividades turísticas en
estas áreas de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 13 del Reglamento en análisis.
El Art. 14 detalla las funciones del Ministerio del Ambiente dentro del Sistema Nacional de
Áreas Naturales Protegidas, las cuales son:
1. Analizar y revisar los impactos ocasionados en los recursos naturales, culturales,
sociales y económicos;
2. Evaluar el desempeño ambiental y el cumplimiento permanente de los requisitos y
exigencias para el otorgamiento de la patente de operación turística;
3. Revisar el contenido de los planes regionales y de manejo del área protegida en lo
relacionado con la actividad turística y de ser necesario modificarlos; y,
4. Revisar el impacto de la gestión turística en las áreas del SNAP en coordinación
con el Ministerio de Turismo y el sector turístico privado.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 28
El 2do inciso del Art. 15 manifiesta que si se comprueba que alguna actividad turística
dentro del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas no se ajusta a las
disposiciones legales, será susceptible de sanciones.
El Art. 17 señala que las evaluaciones de impacto ambiental que se realicen para iniciar
actividades turísticas en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas deberán
cumplirse de conformidad con lo señalado en la Ley de Gestión Ambiental (Art. 21).
El Capítulo IV determina las modalidades turísticas permitidas en el sistema nacional de
áreas protegidas y entre los detallados en el Art. 25 se encuentran lo siguientes:
Turismo de Naturaleza: modalidad de turismo que se fundamenta en la oferta
de atractivos naturales de flora, fauna, geología, geomorfología, climatología,
hidrografía, etc.
Turismo Cultural: esta modalidad de turismo muestra y explica a los turistas los
atractivos culturales de un destino, tales cómo comunidades locales, indígenas,
manifestaciones y sitios culturales, históricos y arqueológicos.
Turismo de Aventura: en esta modalidad, el contacto con la naturaleza requiere
de grandes esfuerzos y altos riesgos, tales como rafting, regatas en ríos, surf,
deportes de vela, cabalgatas, buceo deportivo, caminatas, etc.
Turismo Científico o de investigación: mediante esta modalidad, los
científicos naturalistas pueden realizar investigaciones en ciencias naturales en el
área del SNAP.
El Art. 26 limita las modalidades de turismo, señalando que se realizarán con sujeción a
los respectivos planes regionales y de manejo de dichas áreas protegidas y, así mismo,
cada plan de manejo debe contener la determinación de modalidades de turismo, uso y
operación turística permitida y también las prohibidas.
Para poder realizar operaciones turísticas en las áreas del SNAP, se requiere la obtención
de la Licencia Anual de Funcionamiento y una patente de operación turística emitida por
el Ministerio de Turismo y Ministerio del Ambiente, respectivamente; de conformidad con
lo determinado por el Art. 28 del RETANP.
Código de Policía Marítima
Publicado en el Suplemento del Registro Oficial # 1202 del 20 de agosto de 1960, posee
normas y disposiciones que datan de hace más de 40 años, por lo cual algunas de ellas
resultan anacrónicas e inaplicables en la actualidad pese a su vigencia.
Otorga a las Capitanías de Puerto la responsabilidad de la vigilancia de la navegación de
todo tipo de embarcaciones que trafiquen en aguas de su respectiva jurisdicción.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 29
El mar territorial, la plataforma o zócalo continental y la playa del mar, cuya extensión se
determina o indica en el Título III del Libro II del Código Civil, y los ríos y grandes lagos
son de dominio nacional.
No se podrá ocupar permanentemente extensión alguna de bahía sobre ni bajo las
superficies de aguas sin autorización del Ministerio de Defensa Nacional, obtenida por
medio de la respectiva capitanía de puerto.
En la navegación fluvial, se impide llevar pasajeros o carga sobre las toldillas (cubierta
más alta) e impedir que las embarcaciones vayan sobrecargadas; prohibición que debe
ser supervisada por el Capitán de Puerto respectivo (Art. 42).
Del Art. 110 al 115 el Código se refiere a los muelles y desembarcaderos, los equipos e
implementos que precisan contar, como por ejemplo: elementos contra incendios,
elementos de salvamento e iluminación.
El Art. 116 establece la división de los buques según las aguas en que navegue:
embarcaciones fluviales, aptas para navegar solo en aguas tranquilas, estuarios, ríos, etc.;
y, según el servicio para el que se hayan construido en: buques de pasajeros.
Las embarcaciones fluviales deberán estar matriculadas en la Capitanía del Puerto de la
respectiva jurisdicción (Art. 127). Además se indica que las embarcaciones que realicen
navegación fluvial y costanera deben sujetarse al Reglamento Internacional para evitar
Choques en el Mar (aprobado por Gran Bretaña y modificado por la Cámara de Comercio
de Londres-1937).
La Sección IX determina las condiciones que deben cumplir las embarcaciones dedicadas
al transporte de pasajeros, principalmente condiciones de higiene, comodidad y seguridad
(Arts. 295 a 303).
Las playas del mar no pueden ser objeto de adjudicación ni concesiones que sea estable o
que obste a los propietarios o arrendatarios de los terrenos aledaños a ellas en su uso.
Exceptúense de la prohibición del inicio precedente las concesiones hechas por el
Congreso Nacional sin haber mediato reclamo de terceros y las que provengan de
sentencia judicial de última instancia en juicio contradictorio previa publicación de la
demanda antecedente, con anticipación de por lo menos treinta días respecto del fallo, en
un periódico del lugar donde se hallen ubicadas las playas o por carteles, durante seis
meses.
Las construcciones levantadas sobre playas indebidamente concebidas o adjudicadas no
pueden conservarse, a menos que pertenezcan a entidades de carácter social o hayan
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 30
sido adquiridas por particulares con justo título y por uno de los modos determinados
en el Código Civil.
Las obras o los materiales flotantes que se intente establecer en las playas o zonas de
bahía, en ningún caso deberán comprometer la libre y segura navegación; constituir
amenaza de embancamiento u obstrucción de los canales navegables; ni perjudicar a las
necesidades de la Marina de Guerra; de todo lo cual, al tramitar la solicitud, informarán
el capitán de puerto y los demás jefes de los despachos de trámite. Por tal razón las
solicitudes de ocupación de playas o zonas de bahía, además de expresar la ubicación
geográfica, deberán ir acompañadas de los planos horizontal y vertical correspondientes,
a escala adecuada para la clara apreciación de la obra que se intente hacer, o de los
materiales que se trate de instalar, escala que en ningún caso será a menos de 1/1.000,
y que expresará los resultados de las sondas, siquiera aproximadamente, y las líneas de
pleamar y baja marea, si se trata de zona de bahía, y los demás datos que se consideren
de utilidad.
La ocupación temporal de playa (Art. 85), para varar, embarcaciones con el fin de
realizar faenas de carga o descarga, carena, la concederá el capitán de puerto, a
condición de que aquella no interrumpa el tránsito ni perjudique a terceros. Para
obtener la concesión, el interesado elevará a dicha autoridad la solicitud de estilo, y, una
vez despachada favorablemente, si, de acuerdo con la Ley, debe pagar derechos,
obtendrá de la Colecturía de Aduana la carta de pago, con vista de la cual el capitán de
puerto le dará la matrícula.
Se prohíbe arrojar a los ríos, canales o esteros navegables, materiales que constituyan
peligro u obstrucción a la navegación o provoquen embaucamiento (Art. 93). Nadie
podrá arrojar piedras, fierros, basuras, tamo, desechos de madera, ramas o materiales de
los desmontes, ni algas ni otras plantas provenientes de las limpias, ni desechos o
residuos de cualquier material. El infractor será sancionado por el capitán de puerto o por
las autoridades que a éste representen, con multa, según el Art. 370, en cada caso.
Nadie podrá arrojar a las aguas residuos ni sustancias tóxicas ni nada que pueda ser
perjudicial para la existencia de los peces (Art. 106).
Ley de Aguas
Expedida mediante Codificación No. 16 y publicada en el Registro Oficial 339 del 20 de
mayo de 2004. En su Capítulo II De la Contaminación (Art. 22) prohíbe toda
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 31
contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarrollo de la flora o de
la fauna.
Adicionalmente, en su Art. 37 establece: Las concesiones de agua para consumo humano,
usos domésticos y saneamiento de poblaciones, se otorgarán a los Municipios, Consejos
Provinciales, Organismos de Derecho Público o privado y particulares, de acuerdo a las
disposiciones de esta Ley.
Código de Salud
Este código en su Art. 12 establece que: “Ninguna persona podrá eliminar hacia el aire, el
suelo o las aguas, los residuos sólidos, líquidos o gaseosos, sin previo tratamiento que los
conviertan en inofensivos para la salud. Los reglamentos y disposiciones sobre molestias
públicas, tales como, ruidos, olores desagradables, humos, gases, polvo atmosférico,
emanaciones y otras, serán establecidos por la autoridad de salud”.
Las excretas, aguas servidas, residuos industriales, no podrán descargarse, directa o
indirectamente, en quebradas, ríos, lagos, acequias o en cualquier curso de agua para
uso doméstico, agrícola, industrial o de recreación, a menos que previamente sean
tratados por métodos que los hagan inofensivos para la salud (Art.25).
Los residuos industriales no podrán eliminarse en un alcantarillado público, sin el permiso
previo de la autoridad que administre el sistema, la cual aprobará la solución más
conveniente en cada caso, de conformidad con la técnica recomendada por la autoridad
de salud (Art.28)
Ley Orgánica de Régimen Municipal
Esta Ley fue originalmente publicada en el Registro Oficial Suplemento 331 del 15 de
Octubre de 1971. Adquiere el carácter de orgánica, Ley No. 44, publicada en Registro
Oficial Suplemento No. 429 de 27 de Septiembre del 2004. De acuerdo con el Art. 2.
Cada Municipio constituye una persona jurídica de derecho público, con patrimonio
propio y con capacidad para realizar los actos jurídicos que fueren necesarios para el
cumplimiento de sus fines, en la forma y condiciones que determinan la Constitución y la
Ley.
A la Municipalidad le corresponde, cumpliendo con los fines que le son esenciales, de
acuerdo con el Art. 12, satisfacer las necesidades colectivas del vecindario, especialmente
las derivadas de la convivencia urbana cuya atención no competa a otros organismos
gubernativos.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 32
Los fines esenciales del Municipio, de conformidad con esta Ley, son los siguientes:
a) Procurar el bienestar material y social de la colectividad y contribuir al fomento y
protección de los intereses locales.
b) Planificar e impulsar el desarrollo físico del cantón y sus áreas urbanas y rurales;
y,
c) Acrecentar el espíritu de nacionalidad, el civismo y la confraternidad de los
asociados, para lograr el creciente progreso y la indisoluble unidad de la Nación.
d) Promover el desarrollo económico, social, medio ambiental y cultural dentro de su
jurisdicción.
En forma complementaria y solo en la medida que lo permitan sus recursos, el Municipio
podrá cooperar con otros niveles gubernativos en el desarrollo y mejoramiento de la
cultura, la educación y la asistencia social (Art.13).
Las municipalidades podrán ejecutar las obras o prestar los servicios que son de su
competencia en forma directa, por contrato o delegación, en las formas y condiciones
previstas en la Constitución Política de la República y la ley. Podrán también participar en
la conformación de entidades privadas, sin fines de lucro, individualmente o
mancomunadas con otras municipalidades o entidades del sector público (Art. 14).
En cualquier caso, sin perjuicio de los mecanismos de control ejercidos por la Contraloría
General del Estado, las municipalidades ejercerán la regulación y control de las obras o
servicios, a fin de garantizar su eficiencia, eficacia y oportunidad. Además, están
obligadas a facilitar y promover el control social.
Son funciones primordiales del Municipio, sin perjuicio de las demás que le atribuye esta
Ley, las siguientes (Art. 15):
1. Dotación de sistemas de agua potable y alcantarillado;
2. Construcción, mantenimiento, aseo, embellecimiento y reglamentación del uso de
caminos, calles, parques, plazas y demás espacios públicos;
3. Recolección, procesamiento o utilización de residuos;
4. Dotación y mantenimiento del alumbrado público;
5. Regular y controlar la calidad, elaboración, manejo y expendio de víveres
para el consumo público, así como el funcionamiento y condiciones sanitarias de
los establecimientos y locales destinados a procesarlos o expenderlos;
6. Ejercicio de la policía de moralidad y costumbres;
7. Control de construcciones;
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 33
8. Autorización para el funcionamiento de locales industriales, comerciales y
profesionales;
9. Servicio de cementerios;
10. Fomento del turismo;
11. Servicio de mataderos y plazas de mercado;
12. Planificar, coordinar y ejecutar planes y programas de prevención y atención
social;
13. Planificación del desarrollo cantonal;
14. Regular el uso de la vía pública en áreas urbanas y suburbanas de las cabeceras
cantonales y en las áreas urbanas de las parroquias rurales del cantón;
15. Ejercer el control sobre pesas, medidas y calidad de los productos que se
expenden en los diversos locales comerciales de la jurisdicción;
16. Promover y apoyar el desarrollo cultural, artístico, deportivo y de recreación,
para lo cual podrá coordinar con instituciones públicas o privadas afines;
17. Prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente en coordinación con las
entidades afines;
18. Contribuir al fomento de la actividad productiva y su comercialización, a través de
programas de apoyo a actividades como la artesanía, microempresarias y
productoras de la pequeña industria entre otros, en coordinación con organismos
nacionales, regionales, provinciales y parroquiales;
19. Colaborar y coordinar con la Policía Nacional, la protección, seguridad y
convivencia ciudadana;
20. Podrá planificar, organizar y regular el tránsito y transporte terrestre, en
forma directa, por concesión, autorización u otras formas de contratación
administrativa, en coordinación con los organismos de tránsito competentes, de
acuerdo con las necesidades de la comunidad;
21. Exigir y controlar que en toda obra pública o privada que suponga el acceso
público, en los edificios públicos o privados, en los lugares que se exhiban
espectáculos públicos y en las unidades de transporte público se diseñen,
establezcan, construyan y habiliten accesos, medios de circulación e instalaciones
adecuadas para personas con discapacidades; y,
22. Ejercer el control de la venta en espacios y vías públicas de toda obra artística
literaria, musical o científica, en cualquier formato, producida, reproducida o
distribuida, que se encuentren protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 34
En materia de higiene y asistencia social, la administración municipal coordinará su acción
con la autoridad de salud, de acuerdo en lo dispuesto en el Título XIV del Código de la
materia; y, al efecto, le compete (Art. 164): “Velar por el fiel cumplimiento de las normas
legales sobre saneamiento ambiental y especialmente de las que tienen relación con
ruidos, olores desagradables, humo, gases tóxicos, atmosféricos, emanaciones y demás
factores que pueden afectar la salud y bienestar de la población”.
En el tema de planeamiento y urbanismo, de acuerdo con el Art. 161, a la administración
municipal le compete:
a) Preparar un plan de desarrollo municipal destinado a prever, dirigir, ordenar y
estimular su desenvolvimiento en los órdenes social, económico, físico y
administrativo;
b) Elaborar programas y proyectos específicos a realizarse en el cantón;
c) Formular los planes reguladores de desarrollo físico cantonal y los planes
reguladores de desarrollo urbano;
d) Elaborar proyectos de urbanización y aprobar los que se presenten, que no
podrán ejecutarse sin dicha aprobación;
e) Proceder a la zonificación; estudiar y prever las posibilidades de crecimiento, y
determinar las zonas de expansión;
f) Conceder licencias para parcelaciones y reestructuraciones parcelarias, e
informar sobre las peticiones que reciba del Instituto Ecuatoriano de
Reforma Agraria y Colonización de modo previo a la aprobación de
lotizaciones y de parcelaciones de tipo agrícola o semiurbano, informe que
lo emitirá en base de las inspecciones que el Departamento Técnico
Municipal efectúe del respectivo sector y de acuerdo al Plan General de
Desarrollo Urbano del cantón, a fin de que tales lotizaciones o parcelaciones se
ejecuten con sujeción a las normas que faciliten la instalación de elementales
servicios de infraestructura y la observancia de lo dispuesto en las respectivas
ordenanzas o regulaciones;
g) Velar porque las disposiciones del Concejo y las normas administrativas sobre el
uso de la tierra y la ordenación urbanística en el territorio del cantón tengan cumplida
y oportuna ejecución;
h) Vigilar que en las carreteras del cantón y en las zonas urbanas o rurales, se
proteja el paisaje, evitando la construcción de muros, avisos comerciales o
cualquier otro elemento que obste su belleza y preservar retiros adecuados. La
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 35
administración podrá ordenar el derrocamiento de cualesquiera de estas construcciones o
el retiro de los anuncios e impedimentos o hacerlo por su cuenta, a costa del propietario;
i) Tramitar el permiso a que se refiere el Art. 634 del Código Civil, previa
delineación y compromiso escrito del propietario del predio, de respetar la
línea de fábrica y las demás condiciones establecidas por la Dirección de
Obras Públicas Municipales o la oficina técnica correspondiente, cuando se
trate de calles, plazas o parques;
j) Preparar los proyectos de ordenanza a que se refiere el Código Civil y en
especial las señaladas en los Arts. 633 y 636 de dicho Código;
k) Reglamentar, previa la aprobación del Concejo, el tipo de construcción de
edificios y la clase de materiales que deben emplearse, así como también
el ornato de las poblaciones y el aseo e higiene de las mismas. En este último
caso, los reglamentos y ordenanzas respectivos serán previamente aprobados
por el Servicio Sanitario Nacional, sin lo cual serán nulos;
l) Aprobar los planos de toda clase de construcciones, las que, sin este requisito, no
podrán llevarse a cabo.
Los planes reguladores de desarrollo físico cantonal y de desarrollo urbano constituyen
herramientas claves en la planificación de obras del ámbito turístico y ambiental, y están
contenidos en los siguientes artículos:
Art. 211. El planeamiento físico y urbanístico del territorio del cantón será obligatorio
para las municipalidades y comprenderá:
a) La formulación de planes reguladores de desarrollo físico cantonal; y,
b) La formulación de planes reguladores de desarrollo urbano.
Art. 212. Los planes reguladores de desarrollo físico cantonal deberán contener las
siguientes partes:
a) Zonificación de unidades de planeamiento;
b) Determinación de unidades de vida colectiva en el Municipio;
c) Determinación de unidades de trabajo técnico en función de infraestructura
regional, de coordinación y de mercado;
d) Análisis de estructuras físicas fundamentales: morfología, geología y
naturaleza de los suelos; climatología, flora y fauna terrestre y acuática;
e) Análisis de la infraestructura general: irrigación, drenaje, aducción de agua,
control de cursos de agua, vías de comunicación e instalaciones de producción,
transmisión y distribución de energía;
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 36
f) Análisis de ocupación y utilización del suelo;
g) Implantación industrial y residencial;
h) Concentraciones residenciales urbanas y viviendas rurales;
i) Análisis de estructuras demográficas y de distribución de la población por
sectores de actividad; y,
j) Estudios de factibilidad económica-financiera donde se equiparen los criterios de
planeamiento con las posibilidades económicas y financieras.
k) Análisis de los impactos ambientales de las obras.
En el proceso de planeamiento del desarrollo físico cantonal, según el Art. 213, se
mantendrá actualizada la información que determina el artículo anterior, más toda aquélla
que fuere necesaria para la planeación física.
Para el diseño de programas, planificación del desarrollo y ejecución de las obras en
zonas rurales se contará con la participación de las juntas parroquiales rurales y
comunidades respectivas.
Los Municipios y Distritos Metropolitanos efectuarán su planificación siguiendo los
principios de conservación, desarrollo y aprovechamiento sustentable de los recursos
naturales.
Conforme al Art. 217, el plan regulador de desarrollo urbano podrá contemplar estudios
parciales para la conservación y ordenamiento de ciudades o zonas de ciudad de gran
valor artístico e histórico o protección del paisaje urbano.
Para los efectos expresados podrán dictarse normas especiales para la conservación,
restauración y mejora de los edificios y elementos naturales y urbanísticos.
Los ríos y sus playas, las quebradas, sus lechos y taludes pueden ser usados por los
vecinos, de conformidad con las respectivas ordenanzas o reglamentos; pero la
explotación de piedras, arena y otros materiales solo podrán hacerse con el expreso
consentimiento del Concejo (Art.274)
El Concejo puede también permitir el uso o usufructo de las playas de mar, de los lagos y
de los ríos y los lechos de las quebradas y sus taludes, para cualquier negocio o
explotación industrial o agrícola.
Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
Recientemente codificada y publicada en el Suplemento del Registro Oficial # 418 del 10
de septiembre de 2004. Esta Ley trata sobre la prevención y control de la contaminación
de los recursos aire, aguas y suelos y establece la prohibición de expeler y descargar
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 37
cualquier tipo de agente contaminante que pueda perjudicar la salud y vida humana, flora
y fauna.
La Ley de Prevención y Control de la Contaminación fue el principal instrumento
regulatorio en materia de protección ambiental, sin embargo ésta no empezó a ser
reglamentada hasta 1989. En 1996 se creó el Ministerio del Ambiente, lo cual hizo
suponer una consolidación de la gestión ambiental. A pesar de ello, debido al escaso
respaldo técnico que acompañó a la decisión política de crear este Ministerio, no se
efectuaron los ajustes institucionales que habrían permitido a éste concretar un esquema
eficaz de gestión, debido a que tuvo que superponerse a una estructura de administración
en materia ambiental existente, la cual no sufrió cambios de importancia en materia de
prevención y control de la contaminación.
En este esquema centralizado y disperso, la gestión se efectuó sectorialmente o enfocada
a recursos naturales específicos. Por ejemplo, el Ministerio de Desarrollo Urbano y
Vivienda, la Dirección General de la Marina Mercante y el Consejo Nacional de Recursos
Hídricos tienen competencias ambientales sobre el recurso agua, el Consejo Nacional de
Electricidad sobre el sector eléctrico, el Ministerio de Vivienda asume competencias en
Agua Potable, entre otros. El Ministerio del Ambiente se superpone a esta estructura
existente.
La Comisión Asesora Ambiental creada por la Presidencia de la República afirmó al
respecto: “La dispersión legal de la legislación ecuatoriana atenta contra la aplicación
efectiva de las normas relativas al medio ambiente, el problema de la dispersión jurídica
se encuentra también en otros países latinoamericanos que como el Ecuador han aplicado
un tratamiento sectorial a la gestión ambiental evitando que el medio ambiente sea una
consideración transectorial que afecta horizontalmente todas y cada una de las entidades
administrativas del Estado...” CAAM (1995).
La Constitución Política de 1998, establece como principio fundamental, que el gobierno
nacional es de “administración descentralizada”13. En concordancia con la política
descentralizadora nacional, la Ley de Descentralización del Estado, asignó roles en
materia ambiental a los municipios14.
En 1999, la Ley de Gestión Ambiental, con un enfoque descentralizador, se insertó en la
legislación y la gestión en materia ambiental a la par de reconocer al Ministerio del
13
Referencia: Art. 1 y 124 de la Constitución Política. 14 Referencia: Art. 9 de la Ley de Descentralización del Estado.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 38
Ambiente como la Autoridad Ambiental Nacional, se ratificó la participación de los
municipios y consejos provinciales en materia ambiental (Real, 1999).
Las municipalidades empiezan a incursionar en labores de prevención y control de la
contaminación ambiental a inicios de los años 90, amparados en la Ley de Régimen
Municipal de 1971 y luego apoyados por las reformas legales y constitucionales sobre
descentralización, que se efectuaron en ese período. Esta incursión en asuntos
ambientales se realiza básicamente debido a los escasos resultados obtenidos por las
instituciones del gobierno central en materia de gestión ambiental.
Al comentar el proceso de transferencia de atribuciones a favor de las municipalidades,
Duque et al. (2002), sostiene que “La situación ha empezado a cambiar por un lado por el
comienzo de la participación de las Municipalidades de las ciudades grandes en esta
gestión, por la creación del Ministerio del Ambiente y por la promulgación de la Ley de
Gestión Ambiental que en principio refuerza la gestión ambiental descentralizada y por
tanto la gestión de los municipios.”
En el panorama administrativo que se generó con las reformas legales citadas, es
evidentemente, el de un marco institucional en transición, en el que puede observarse
claramente como en torno al Ministerio del Ambiente, se disponen las entidades u
organismos recién creados (Consejo Nacional de Desarrollo Sustentable y Sistema
Descentralizado de Gestión Ambiental) o que están adquiriendo atribuciones ambientales
(gobiernos seccionales), con las entidades del gobierno central que tienen atribuciones
ambientales desde antes de las reformas legales y que en general no han descentralizado
hacia los gobiernos locales sus competencias. La transición es de un Estado que
administraba la gestión ambiental sectorialmente y de manera centralizada a un Estado
que intenta impulsar la administración ambiental de manera descentralizada y territorial.
La superposición o concurrencia de funciones de las instituciones públicas al interior de un
cantón crea la necesidad de probar un mismo hecho ante dos o más instituciones
diferentes lo cual contraría el espíritu mismo de la Ley de Modernización del Estado,
Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada. La
duplicación de obligaciones ambientales se produce en todos los ámbitos del medio
ambiente, más aún con la coexistencia de un esquema institucional de control por
sectores y un esquema territorial.
Como respuesta a la atomización de las competencias ambientales algunos especialistas
han propuesto a las entidades del gobierno central, la descentralización en materia de
gestión ambiental. Específicamente esta propuesta apunta a regulaciones
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 39
descentralizadas y enmarcadas en las disposiciones de la Constitución, Ley de Gestión
Ambiental, Ley de Modernización del Estado y la Ley de Descentralización y Participación
Ciudadana, que permitan obtener respuestas eficaces para la protección del medio
ambiente sin constituirse en el obstáculo de incertidumbre jurídico-administrativa
actualmente presente que atenta contra el progreso del Ecuador.
Un avance significativo en esa dirección se ha logrado con la expedición de los
reglamentos a La Ley de Gestión Ambiental: Sistema Único de Manejo Ambiental (Titulo I)
y Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental (Titulo IV) del Libro 6 (De la Calidad) del Texto Unificado de
Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, expedido en Diciembre 16, 2002 y
Marzo 31, 2003. Estos reglamentos que han entrado en vigor establecen la obligatoriedad
de la coordinación interinstitucional para los reguladores que no hayan descentralizado
sus competencias e impulsan en el mediano plazo la descentralización tal como lo dispone
la Constitución y la Ley.
Ley Forestal y de Conservación de áreas Naturales y Vida Silvestre
Esta Ley fue expedida a través de la Codificación 17 y publicada en el Suplemento del
Registro Oficial # 418 del 10 de septiembre de 2004. Contiene normativas de protección
a los ecosistemas y la vida silvestre, manejo adecuado de esteros, áreas naturales,
manglares y otras formaciones naturales.
Dentro del contexto ecológico puede calificársela como la Ley más conservacionista, la
actividad ecológica se centra en la protección ambiental y conservación de la naturaleza, de
los gestores ambientalistas tanto del sector público como privado.
Los primeros capítulos de la Ley están referidos al "Régimen de Recursos Forestales” en los
que se regula el aprovechamiento y producción forestales con fines industriales y
económicos.
En el Titulo IV se establece que: “Cualquiera que sea la finalidad, prohíbese ocupar las
tierras del patrimonio de áreas naturales del Estado, alterar o dañar la demarcación de las
unidades de manejo u ocasionar deterioro de los recursos naturales en ella existentes. Se
prohíbe igualmente contaminar el medio ambiente terrestre, acuático o aéreo o atentar
contra la vida silvestre, acuática o aérea, existentes en las unidades de manejo (Art. 78).
Ley Reformatoria al Código Penal
De acuerdo a la Constitución y considerando que la ley debe tipificar infracciones y
determinar procedimientos para establecer responsabilidades penales por acciones u
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 40
omisiones en contra de las normas de protección ambiental, en el R. O. No. 2 del 25 de
Enero del 2000, se expide la Ley Reformatoria al Código Penal.
Las reformas al Código Penal tipifican los delitos contra el Patrimonio Cultural, contra el
Medio Ambiente y las Contravenciones Ambientales; además de sus respectivas
sanciones, todo esto en la forma de varios artículos que se incluyen al Libro II del Código
Penal. Estas reformas se explican a continuación.
Delitos contra el Medio Ambiente
El Art. 437 A, establece prisión de 2 a 4 años para todo aquel que produzca, introduzca,
deposite, comercialice, tenga en posesión o utilice desechos tóxicos peligrosos, sustancias
radioactivas u otras similares que por sus características constituyan peligro para la salud
humana o degraden y contaminen el medio ambiente.
El que infringiera las normas sobre protección ambiental, vertiendo residuos de cualquier
naturaleza, por encima de los límites fijados de conformidad con la ley será reprimido con
prisión de 1 a 3 años, si el hecho no constituyera un delito más severamente reprimido
(Art. 437 B).
El objetivo de la Reforma al Código Penal no es castigar solamente al infractor en materia
ambiental. Las modificaciones persiguen respaldar el cumplimiento de las leyes y
reglamentos vigentes al sancionar a los funcionarios o empleados públicos que actuando
por sí mismos o como miembro de un cuerpo colegiado, autoricen o permitan que se
viertan residuos contaminantes de cualquier clase por encima de los límites fijados de
conformidad con la ley (Art. 437 E).
Además otorga potestad al sistema judicial para ordenar, como medida cautelar, la
suspensión inmediata de la actividad contaminante, así como la clausura definitiva o
temporal del establecimiento, sin perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad
competente en materia ambiental (Art. 437 K).
Delitos contra el Patrimonio Cultural
Considerando que el artículo 62 de la Constitución Política de la República establece como
responsabilidad del Estado la conservación, restauración, protección y respeto del
patrimonio cultural, la ley reformatoria al Código Penal establece en su Art. 415 lo
siguiente: "(A) El que destruya o dañe bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de la
Nación, será reprimido con prisión de 1 a 3 años.
Ley de Transporte Marítimo y Fluvial
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 41
Expedida mediante Decreto Supremo 98 y publicada en el Registro Oficial # 46 del 1 de
febrero de 1972, esta Ley regula las actividades de transporte por agua realizadas en el
país y otorga funciones al Ministerio de Defensa Nacional, al CNMMP y a la DIGMER.
El Art. 7 señala las funciones de la DIGMER como ejecutora de la política de transporte
por agua, permite la delegación de una o más funciones a la Capitanía de Puerto
respectiva y establece la creación del Departamento de Tráfico Marítimo y Fluvial (Art. 9).
Reglamento de Derechos por Servicios de la Marina Mercante
Expedido mediante Acuerdo Ministerial 13 y publicado en el Registro Oficial No. 506 del
18 de enero de 2005, dispone en su Art. 15 que las instituciones de derecho público están
exentas del pago de derechos por ocupación de zonas de playa y bahía y se detallan los
servicios que presta la DIGMER como documentos de naves, registros, inspecciones a las
naves, inspecciones estatutarias, inspecciones de control de contaminación y permisos de
tráfico, entre los servicios principales.
Ley de Fortalecimiento y Desarrollo del Transporte Acuático
Expedida mediante Ley 18 y publicada en el Registro Oficial # 204 del 5 de noviembre de
2003, tiene por objeto declarar al transporte acuático del país como actividad de interés
nacional prioritaria.
El Art. 2 define ciertos términos empleados en el sector como abanderamiento, buque o
nave, transporte acuático. Así mismo, se reitera nuevamente las funciones del CNMMP en
el sector marítimo y fluvial; y beneficios tributarios en el caso de importación,
construcción de buques, equipos,
Ley de Descentralización del Estado y Participación Social.
Expedida en Registro Oficial 169 de 8 de Octubre de 1997. La descentralización del
Estado consiste en la transferencia definitiva de funciones, atribuciones, responsabilidades
y recursos, especialmente financieros, materiales y tecnológicos de origen nacional y
extranjero, de que son titulares las entidades de la Función Ejecutiva hacia los Gobiernos
Seccionales Autónomos a efectos de distribuir los recursos y los servicios de acuerdo con
las necesidades de las respectivas circunscripciones territoriales. La desconcentración del
Estado es el mecanismo mediante el cual los niveles superiores de un ente u organismo
público delegan en forma permanente el ejercicio de una o más de sus atribuciones así
como los recursos necesarios para su cumplimiento, a otros órganos dependientes,
provinciales o no, que forman parte del mismo ente u organismo.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 42
La participación social es el sistema por el cual se involucra activamente a todos los
sectores sociales en la vida jurídica, política, cultural y económica social del país, con la
finalidad de mejorar las condiciones de vida del habitante ecuatoriano, con miras a una
más justa distribución de los servicios y recursos públicos.
Finalidades principales. La descentralización del Estado y la participación social tienen
como finalidades principales:
a) Lograr equidad en la participación y distribución de los recursos financieros, materiales
y tecnológicos de origen nacional y extranjero del Estado y especialmente de la Función
Ejecutiva hacia los gobiernos seccionales autónomos, organismos de desarrollo regional y
organismos seccionales dependientes, contribuyendo así a la eficiencia en la prestación de
servicios públicos en favor de la comunidad
b) Incentivar las iniciativas y fortalecer las capacidades locales para consolidar una
gestión autónoma eficiente, entre otros medios, a través de la planificación y prestación
adecuada de servicios públicos a la comunidad respectiva
c) Definir las relaciones y responsabilidades entre la Función Ejecutiva y los Gobiernos
Seccionales Autónomos, en cuanto a las áreas de servicio a la comunidad, a fin de
optimizar la utilización de los recursos y servicios, y evitar la superposición de funciones
d) Fomentar y ampliar la participación social en la gestión pública así como promover la
autogestión de las fuerzas sociales comunitarias
e) Transformar integralmente la organización administrativa y financiera del Estado y de
las instituciones del sector público; así como redistribuir con justicia sus servicios y
recursos financieros, materiales y tecnológicos de origen nacional y extranjero, a efectos
de incrementar los niveles de eficacia, agilidad y productividad en la administración de las
funciones a su cargo
f) Fortalecer prioritariamente a las instituciones del régimen seccional autónomo, a través
de la transferencia definitiva de funciones, facultades, atribuciones, responsabilidades y
recursos que les permitan satisfacer de manera próxima y eficiente las demandas de la
comunidad, sobre todo en la prestación de servicios públicos.
Municipios. La Función Ejecutiva transferirá definitivamente a los municipios las
funciones, atribuciones, responsabilidades y recursos, especialmente financieros,
materiales y tecnológicos de origen nacional y extranjero, para el cumplimiento de las
atribuciones y responsabilidades que se detallan a continuación: a) Planificar, coordinar,
ejecutar y evaluar, bajo parámetros de eficiencia, calidad total y mejoramiento continuo,
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 43
programas integrales de salud, nutrición y seguridad alimentaria, de atención y
prevención de la violencia doméstica, con énfasis en los grupos de mayor riesgo social;
niños(as), jóvenes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y de la tercera
edad, entre otros, garantizando la participación activa de la comunidad, de las
organizaciones de salud formales y tradicionales, y de otros sectores relacionados; b)
Construir, dotar, equipar y mantener la infraestructura física de los servicios de atención
primaria de salud garantizando la aplicación de las normas de bioseguridad; c) Construir,
dotar, equipar y mantener la infraestructura física en los establecimientos educativos en
los niveles preescolar, primario y medio; d) Coadyuvar a la preservación y conservación
de los bienes patrimoniales culturales y naturales en coordinación con los organismos
competentes y en función de las políticas correspondientes y de acuerdo con la Ley de
Patrimonio Cultural; e) Construir, dotar, mantener y equipar instalaciones deportivas, de
educación física y de recreación; f) Controlar, conservar y administrar puertos y muelles
fluviales no fronterizos; g) En coordinación con el respectivo Consejo Provincial de
Tránsito, los municipios podrán planificar, regular, supervisar y tomar acciones
correctivas, respecto de la calidad de servicio que prestan los medios de transporte
público de carácter cantonal e intercantonal, con excepción de las competencias previstas
en leyes especiales que se refieren a esta materia. La Policía Nacional ejercerá el control
del tránsito vehicular y el transporte terrestre de conformidad con la Ley de Tránsito y
Transporte Terrestres y su Reglamento, con la misma excepción antes señalada; h)
Planificar, ejecutar y administrar programas de vivienda de interés social urbano marginal
y rural, de acuerdo con las políticas nacionales que se dicten al respecto; i) Controlar,
preservar y defender el medio ambiente. Los municipios exigirán los estudios de impacto
ambiental necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura que se realicen en
su circunscripción territorial; j) Velar y tomar acción para proteger la inviolabilidad de las
áreas naturales delimitadas como de conservación y reserva ecológica; k) Administrar el
catastro rural cantonal con sujeción a las disposiciones legales vigentes; l) Fortalecer la
planificación, ejecución, control y evaluación de proyectos y obras de saneamiento básico;
m) Construir, mantener y administrar caminos vecinales al interior de los respectivos
cantones; n) Planificar, coordinar, ejecutar y evaluar en el respectivo cantón las
actividades relacionadas con el turismo; y, o) Las demás que le correspondan conforme a
la Ley.
Nota: Artículo reformado por Ley No. 000, publicada en Registro Oficial 116 de 2 de Julio
del 2003. LEY DE DESCENTRALIZACION DEL ESTADO Y PARTICIPACION SOCIAL Art. 11.-
Los recursos asignados a los consejos provinciales y municipales establecidos en la Ley
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 44
Especial de Distribución del 15% del Presupuesto del Gobierno Central para los Gobiernos
Seccionales se invertirán en base a la siguiente fórmula: a) 50% del monto proporcional a
la población con necesidades básicas insatisfechas; y, b) 50% en relación a la población.
El monto a distribuirse por parte de los consejos provinciales será en relación a las
necesidades básicas insatisfechas y población en referencia al cantón con la provincia y
los municipios de las parroquias con el cantón.
Políticas y lineamientos nacionales. Las políticas y lineamientos generales que fija el
Presidente de la República en lo concerniente a los sectores de la educación, salud,
bienestar social, vivienda, medio ambiente, vialidad, turismo y otros, deberán observar
obligatoriamente los gobiernos seccionales autónomos y las personas jurídicas creadas
por Ley para la prestación de los servicios públicos descentralizados.
Art. 39.- En cada parroquia rural habrá una Junta Parroquial integrada por cinco
miembros principales y sus respectivos suplentes, elegidos por los ciudadanos con
domicilio electoral en la respectiva jurisdicción parroquial, mediante votación popular
directa, en la forma y época que se establezca en la Ley de Elecciones. Todas las
organizaciones políticas y candidatos independientes en la presentación e inscripción de
candidaturas presentará, al menos, una candidata mujer como principal y una candidata
como suplente. Los miembros de las Juntas Parroquiales durarán en sus funciones cuatro
años, pudiendo ser reelegidos por una sola vez. De su seno se elegirá a un Presidente,
quien durará dos años en sus funciones, pudiendo ser reelecto.
Las Juntas Parroquiales Rurales se integrarán con, por lo menos, el treinta por ciento
(30%) de mujeres como principales y el treinta por ciento (30%) como suplentes. Nota:
Artículo agregado por Ley No. 1, publicada en Registro Oficial Suplemento 20 de 18 de
Febrero del 2000.
Atribuciones de las juntas parroquiales. Corresponden a las juntas parroquiales las
siguientes atribuciones: a) Plantear al municipio, luego de receptar las propuestas de los
comités o federaciones barriales, las obras y proyectos de trascendencia para la
parroquia, con la finalidad de que sean incluidos, de acuerdo a su prioridad, en el Plan de
Desarrollo Municipal. Las solicitudes para la realización de obras o la prestación de
servicios en la parroquia podrán ser canalizadas a través de las juntas parroquiales, las
que describirán el proyecto u obra y proporcionarán al municipio los datos básicos para su
estudio y posterior ejecución; b) Designar de entre sus miembros, comités de gestión y
vigilancia encargados de evaluar la eficiencia, oportunidad y calidad de las obras y
servicios en ejecución o a ejecutarse en la respectiva parroquia; c) Formular sugerencias
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 45
respecto de los programas de obras, de la respectiva administración municipal o
provincial, según el caso; d) Evaluar el cumplimiento de las obras que se ejecuten en la
parroquia, en función del cronograma de ejecución respectivo y formular las propuestas
del caso para su finalización; e) Informar periódicamente a su comunidad sobre las
acciones que desarrollen en su representación; f) Plantear reclamos y solicitudes ante los
órganos de la administración respectiva, a nombre de la parroquia, sobre cuestiones de
interés de la comunidad los cuales deberán tener respuesta en el plazo de 15 días; g)
Sesionar ordinariamente cada quince días y extraordinariamente cuando lo convoque el
presidente o las dos terceras partes de sus miembros, para tratar asuntos considerados
de prioridad; h) Presentar proyectos de ordenanzas a los municipios respectivos; e, i) Las
demás que le asignen en las respectivas ordenanzas municipales. Las juntas parroquiales
tendrán personería jurídica.
Art. 45.- Desarrollo de la comunidad.- En cada municipio se conformará una Unidad
de Desarrollo de la Comunidad, encargada de: a) Proporcionar apoyo legal y técnico,
según los requerimientos de la comunidad; b) Atender a la capacitación requerida por
parte de las organizaciones categorizadas en el presente Capítulo; c) Promocionar y
fomentar la autogestión comunitaria, con énfasis en proyectos productivos y de servicio;
y, d) Las demás que le asigne el respectivo concejo municipal.
Art. 46.- Ley Especial.- La presente Ley tiene el carácter de especial, por consiguiente
prevalecerá sobre toda otra disposición legal que se le oponga. Derógase la Segunda
Disposición Transitoria de la Ley publicada en el Registro Oficial No. 27 de 20 de marzo de
1997 y que suspende la ejecución de la descentralización hasta enero de 1998.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 46
Capítulo 2
2.1. Diagnóstico de las condiciones locales para asimilar el flujo turístico.
Para el análisis de este ítem se tomó como referencia los estudios de capacidad de carga
turística del PMRC 2001 realizada para el cantón Salinas, y se actualizó información
relevante al año 2006 proveniente de varias fuentes, tales como el Plan de Desarrollo
Estratégico el cantón Salinas 2002, el catastro de los locales que brindan servicios
turísticos realizado por la Subsecretaría de Turismo y del Litoral, cuyas estadísticas
actualizadas han sido incorporadas al presente estudio de evaluación ambiental
estratégica del turismo costero.
Se conoce además, que el PMRC ha contratado en el año 2006 un estudio de consultoría
para actualizar las cifras de la capacidad de carga turística en varios cantones costeros,
aunque esta información no ha estado disponible a la fecha de elaborar el presente
informe. Una síntesis de la metodología existente empleada en el 2001 para determinar la
capacidad de carga antes citada se presenta a continuación.
Conceptos de Capacidad de Carga Turística
(Física, Real, Efectiva y de Servicios Turísticos)
Capacidad de Carga Física (CCF), está dada por la relación entre el espacio
disponible y la necesidad de espacio por visitante (factor social).
Capacidad de Carga Real (CCR), somete a la CCF a una serie de factores de
corrección (reducción) que son particulares a cada sitio y por sus características
efectúan una reducción en la capacidad de carga.
Capacidad de Carga Efectiva (CCE), es el número de visitantes y / o turistas que
soporta un espacio abierto en función de los servicios que posee para la completa
satisfacción del visitante. Se determina en base al cálculo de la dimensión de playa
(ancho y largo de la misma y con el promedio de los niveles de marea alta y baja),
disminuyendo los espacios correspondientes a desembocaduras de ríos, torres
salvavidas, zonas rocosas, áreas de botes, entre otros (factores de correlación).
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 47
CCF > CCR > CCE
La obtención de la Capacidad de Carga Efectiva es la que nos mostrará cuantos turistas
pueden ocupar un área física determinada, tomando en cuenta la realidad de cada zona,
pero no los servicios con que cuenta esa localidad para promocionar bienestar a sus
visitantes. Para determinar el número de turistas que puede recibir una playa es necesario
definir la Capacidad de Carga de Servicio Turístico, a través de los parámetros
involucrados en el área de servicios (Capacidad de Carga de buses, de establecimientos
de alimentación, de hospedaje, de servicios higiénicos o baterías sanitarias y de
seguridad). A continuación se puntualiza la definición de cada una de estas capacidades:
a). Capacidad de carga de buses.- consiste en determinar el total de buses que puede
recibir un balneario de conformidad con el número de pasajeros que transporta cada
unidad, a esto se agregan los visitantes en autos, el transporte particular cantonal e
intercantonal, y los residentes permanentes o temporales en la comunidad. Esta
capacidad de buses está íntimamente relacionada con la capacidad física para el parqueo
de las unidades de transporte que tiene cada balneario.
b). Capacidad de establecimiento de alimentación.- este factor nos indicará el
número de mesas y sillas que existe para atender a los visitantes, tomando en cuenta que
uno de ellos ocupará la silla durante dos horas aproximadamente, siendo ocho horas
laborales por día.
c) Capacidad de hospedaje.- es determinada a través del número de camas
disponibles en los lugares de alojamiento de balnearios.
d). Capacidad de servicios higiénicos o baterías sanitarias.- constituye uno de los
requisitos primordiales para poder desarrollar el turismo en cualquier área. Es la
capacidad de uso de cada servicio; está considerado que sólo se utiliza 72 veces por día.
e). Capacidad de servicios de seguridad.- es el número de visitantes que pueden ser
atendidos por un equipo de servicios de seguridad (policía, defensa civil, salvavidas,
marinos, médicos, etc.), considerando las temporadas alta, media y baja.
La comparación de las capacidades de carga efectiva y de servicios turísticos es la que
nos dará como resultado la Capacidad de Carga Turística (CCT) de los balnearios. La
relación de estas capacidades puede representarse de la siguiente manera:
Si CST < CCE => CCT = CCE
Si CST > CCE => CCT = CST
Si CST > CCE => CCT = CST = CCE
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 48
Tabla 2.1.1 Capacidad de Carga del Cantón Salinas.
Fuente Cap. Parque Buses/Día
Capacidad Hospedaje Plaza/ Día
Capacidad
Restaurante
Plaza/Día
Capacidad SS.HH Por
Día
Cap. Servicios De Seguridad
Pers./Día
Cap. Servicios Turísticos Pers./Día
PMRC
(2000) 20 2,220 7,220 1,152 26,500 7,475
PMRC
(2001) 0* 2,220 7,220** 1,152 26,500 7,475
MINTUR
(2006) -- 3,135 2,494*** -- -- --
Fuente: Estudio de Capacidad de Carga, PMRC, 2001. Elaboración propia
(*) La población residente y la flotante de Salinas saturan los servicios que oferta esta localidad.
Queda, de esta manera justificada que en este balneario no deben ingresar buses con tours
diarios. Por consiguiente, en el año 2001, el PMRC informó que la nueva Capacidad de Parqueo de
Buses es de 0 debido al inconveniente ya mencionado.
(**) Corresponde a la Capacidad de Carga Turística, que señala el número de mesas y sillas
existentes para la atención de los visitantes, tomando en cuenta que cada uno de ellos ocupará la
silla durante dos horas aproximadamente, siendo ocho horas laborables por día.
(***) Corresponde al número de plazas existentes en el Cantón Salinas.
Condiciones locales del cantón Salinas
Las condiciones locales del cantón Salinas se desglosan en algunas tablas, en ellas se
encuentra información clave tanto de Estudios Estratégicos anteriores como de los
Cuestionarios emitidos por el PMRC para el Feriado de Carnaval 2006.
En la Tabla 2.1.2 se explican sugerencias a realizar en el Cantón Salinas. Las actividades
involucran los sectores de:
Uso del Suelo
Equipamiento
Legislación
Medio Ambiente
Sociología Urbana
Administración Pública
Infraestructura Básica
Infraestructura Vial y Transporte
Dichos puntos tienen Actores principales para su correcto funcionamiento y
contribución al desarrollo. Entre ellos se encuentran:
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 49
Municipio de Salinas, Santa Elena y La Libertad, el Ministerio de Salud Pública, el
Consejo Cantonal de Salud, Legisladores, Proyecto Modersa, Líderes del Sector y
Comunidad, Medios de Comunicación, Áreas de Salud de los tres cantones
(Salinas, La Libertad y Santa Elena) y Acción Intersectorial según contaminación.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 50
15 Fuente: Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Cantonal de Salinas, 2001.
Tabla Explicativa de la Evaluación Ambiental Estratégica15
Tabla 2.1.2
Sectores Qué Hay Qué Debe Haber Actores
Uso Del Suelo El hospital cuenta con aproximadamente media hectárea de
terreno sin utilizarse
Ampliaciones: áreas administrativas, ampliación de consulta externa y
hospitalización
Ministerio de Salud Pública
Municipio de Salinas
Proyecto Modersa
Equipamiento
Equipo de RX obsoleto en el hospital
Equipamiento de los sub centros incompleto con afectación de la capacidad resolutiva
Nuevos equipos de Rayos X
Equipamiento completo de los sub centros
Ministerio de Salud Pública a través del área de salud 26
Legislación
Código de la salud obsoleto (tiene más de 30 años de haberse promulgado). Es de ámbito nacional.
Área de salud constituida por disposición ministerial
Nuevo Código de la Salud para todo el país
Conformación del Consejo peninsular de Salud
Legisladores
Ministerio de Salud pública
Líderes del sector
Medios de comunicación
Municipios de Santa Elena, Libertad y Salinas
Áreas de salud de los tres cantones
Líderes y comunidad
Ministerio de salud pública
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 51
Medio Ambiente Contaminación de suelo, aire y agua. Descontaminación Acción intersectorial según sea el tipo de
contaminación
Sociología
Urbana Pobreza y desempleo, que lleva a la desnutrición
Diversas iniciativas contra la pobreza; generación de empleo
Diversos actores. Acción multi sectorial
Administración Pública
Infragestión del hospital y del área de salud
Modernización de la gestión.
Actualización de la Plan estratégico local de salud
Consejo cantonal de salud
Infraestructura
Básica Insalubridad por carencia de agua potable y
alcantarillado Red de agua potable y alcantarillado Municipio
Infraestructura Vial Y
Transporte
Buen acceso a los hospitales y sub centros Mantener vías Municipio.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 52
Potencialidades de Salinas
1. Ubicación estratégica nacional e internacional
2. Aeropuerto de pista larga
3. Infraestructura de base
4. Prestigio como centro de actividades náuticas
El propósito del cantón Salinas junto con sus potencialidades turísticas es de convertirse
en una “Ciudad Balneario”. Es decir, que como meta tiene la de transformarse en la
primera ruta comercial del orbe.
En la actualidad se trabaja para que este plan tenga un resultado positivo en el plazo que
se tiene previsto.
La visión más importante es cambiar la imagen que tiene de ser un atractivo vacacional
solo en períodos cortos y con ciertas limitaciones hacia los turistas. Estaríamos lidiando
entonces con un cantón que se maneje a la altura de las famosas entidades
internacionales que cuentan con promoción de sus playas durante todo el año de corrido.
Fomentando la capacitación para el cambio nuestro mercado se ampliaría.
Dentro del Plan de Desarrollo Estratégico Participativo del Cantón Salinas se exponen
sugerencias que se resumen en:
Mejorar las vías de acceso desde la carretera incluyendo las calles principales y
secundarias del malecón y playa en general.
Vista de la Calle principal, Malecón de Salinas. Temporada 2006
Foto 2.1.1
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 53
Vista de calles secundarias. Cantón Salinas. Temporada 2006
Foto 2.1.2
Ofrecer mayor información turística en lugares establecidos. La mayoría de los
turistas nacionales no la necesitamos pues conocemos las playas, pero con gran
facilidad un turista extranjero puede sentir frustración y pocas ganas de regresar
al observar la falta de señalización existente.
Tener un mayor y mejor nivel de educación, tanto en la instrucción primaria como
secundaria y superior. Es una gran manera de captar familias que tengan mejores
perspectivas.
Fomentar el desarrollo de la cultura en los habitantes mediante charlas,
exposiciones, conciertos y tiendas bien implementadas.
Contar con lugares provistos de tecnología más avanzada e instalar cabinas de
Internet, teléfono, etc., y así brindar al turista una mayor facilidad de acceso a la
comunicación.
2.2 Existencia y vigencia de planes de desarrollo turístico, infraestructura,
ordenamiento territorial y gestión ambiental.
Salinas cuenta con diversos proyectos a realizar durante los próximos 10 años. En dichos
planes considerados estratégicos se deriva información que generaría progreso tanto en
el sector turístico como en su gestión ambiental y ordenamiento de terreno.
Los servicios que se instalen, deberán cumplir con todos los requisitos del organismo
turístico regulador. Las actividades que podrán instalarse son:
Agencias de Viaje de Turismo Receptivo
Agencias de Viaje de Turismo Nacional
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 54
Operadoras de Turismo Recreacional
Deportes Acuáticos
Ecoturismo
Pesca Deportiva
Establecimiento de Comidas y Bebidas
Información Turística
Artesanías
Establecimientos de Alojamiento
Proyectos Estratégicos para el Cantón Salinas16
Entre los planes sobresalen:
1. Zona Franca Turística Peninsular (Zofrapen)
2. Humedal Velasco Ibarra: Complejo Eco turístico
3. Salinas, Punto de Partida de la “Ruta del Sol”
4. Santa Rosa Centro Comercial del Mar
5. Anconcito, Terminal Pesquero Peninsular
6. Centro Cívico y Comercial
7. Malecón Internacional: Salinas – Chipipe
8. Rescate de Playas y Mar
9. Parque Petrópolis
10. Pozos de Sal: Mina Nueva, Ecuasal, las salineras de propiedad militar y los
criaderos de larvas.
11. Reserva Militar: Apertura de Aeropuerto para Vuelos Comerciales
12. La Puntilla
13. Country Club
14. Parque Acuático y Jardín Botánico
15. Regeneración Urbana de Salinas
16. Malecones contemplativos de Mar Bravo
16 Información y gráficos obtenidos de las páginas Web: www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 55
17. Centro de Arte y Cultura
18. Agencia de Desarrollo Local
Síntesis de los Proyectos Estratégicos del Cantón Salinas
1. Zona Franca Turística Peninsular (Zofrapen)
Se plantea la idea de una Zona Franca de servicios turísticos, apuntando al mercado
nacional e internacional. Deberá contar con las facilidades y accesibilidad necesaria tales
como servicios aeroportuarios cercanos, servicios básicos, transportación aérea, terrestre
y marítima, telecomunicaciones, internet, etc., en donde su infraestructura interior y
exterior cumpla con los diseños, características técnicas y estándares determinados que
hagan efectiva su , ejecución, conjuntamente con el cumplimiento estricto de las normas
de conservación ambiental.
Mapa de Zona Franca Turística (Zofrapen)
Imagen 2.2.1
2. Humedal Velasco Ibarra: Complejo Eco Turístico
El proyecto se divide en tres franjas de desarrollo:
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 56
La primera, cota 30 m.s.n.m contendrá: zonas forestales, Complejos hoteleros,
Restaurantes, Parqueos, Locales de diversión;
La segunda, cota 20 m.s.n.m tendrá: Lotes residenciales verdes, Restaurantes
cafeterías, Fincas Vacacionales y agrícolas, y Paseos peatonales y a caballo;
La tercera, cota 10 m.s.n.m: Paseos en el humedal y área de reserva ecológica,
Recreación activa y diversiones infantiles, Estación Fluvial, Estación de buceo,
Muelles flotantes, etc.
*Contará con la presentación de las especies tanto de flora y fauna más representativas y
su importancia en la cadena alimenticia. (Imagen 2.2.2)
Vista del Complejo Eco turístico
Imagen 2.2.2
3. Salinas, Punto de Partida de la “Ruta del Sol”
La costa azul, en el circuito desde Salinas hasta Puerto López en Manabí, ofrece una
atractiva variedad de bondades y riquezas turísticas.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 57
Partiendo desde Salinas se puede encontrar: deportes extremos, observación de aves y
ballenas, amaneceres y atardeceres cálidos y la variedad gastronómica ofrecida; siendo
esta, “la ciudad con la mejor infraestructura turística de toda la Ruta del Sol”.
Eje para la RUTA DEL SOL
Imagen 2.2.3
4. Santa Rosa Centro Comercial del Mar
El proyecto incluirá:
Creación de un sistema de manipulación, eviscerado y conservación del producto
hasta su venta final
Regeneración urbana integral incluyendo tráfico, peatonización de vías,
mejoramiento de servicios básicos e infraestructura
Mejoramiento de la calidad de construcciones en la zona
Control Sanitario Integral
Construcción de aceras, bordillos y parterres arborizados
Algo importante de recalcar es que Santa Rosa necesitará además de su debida publicidad
en cuanto a sus lugares para descansar, comer y disfrutar. El proyecto global contempla a
su vez varios sub proyectos, dentro de la regeneración urbana de esta parroquia,
teniendo como objetivo el mejorar las facilidades para el movimiento de botes,
automotores, pescadores y público en general, dando una mayor accesibilidad al muelle
para compartir las experiencias de los pescadores.
5. Anconcito, Terminal Pesquero Peninsular
Proyecto integral para el desarrollo y manejo del Terminal Pesquero, tomando en
consideración los aspectos operacionales, de servicios, seguridad, uso de suelo y
ambiente; mejorando las condiciones actuales de zonas de desembarque y de las áreas
operativas en tierra.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 58
En el proyecto se deberá tomar en cuenta además el aspecto social, las condiciones
ambientales y la situación económica de sus pobladores.
6. Centro Cívico y Comercial
La propuesta es integrar ambos centros y trasformarlos en una unidad desarrollando una
conexión peatonal que solucione estéticamente el cambio de nivel. También debe integrar
fluidamente el Centro recreado con el malecón y la playa.
7. Malecón Internacional: Salinas – Chipipe
Creación de un malecón peatonal y Semi-peatonal buscando el correcto mantenimiento
del malecón en Chipipe. (Imagen 2.2.4)
Entre los sub proyectos puntuales se encuentra:
Mercado Artesanal
Áreas de Patinaje, Bicicleta, Caminatas, etc.
Áreas de parqueo
Servicios higiénicos, duchas y
Práctica de deportes de playa
Rescate del Antiguo Muelle
Visión del futuro Malecón Internacional: Salinas – Chipipe
Imagen 2.2.4
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 59
8. Rescate de Playas y Mar
Se pretende realizar:
Saneamiento del Mar, a través del reemplazo de los pozos sépticos y el re
encauzamiento de las alcantarillas
Instalación de módulos de servicios sanitarios públicos y facilidades a lo largo de la
playa para prevenir la contaminación.
Construcción de un Muelle de piedra y Recuperación de las playas mediante
dragado, la ubicación y su efecto preciso deben ser fijados luego de un estudio de
mareas.
Habilitar el acceso a las playas colindantes con el área petrolera de Petrópolis, las
Conchas, Costa de Oro y Carolina en el Norte y de las Salineras en el Sur.
9. Parque Petrópolis
En esta área privada lo que se procura alcanzar es una concurrencia durante el año
entero. Su tema principal sería similar al que encontramos en Florida, EEUU denominado
“Sea World”. Este parque temático, incluiría juegos mecánicos y puntos estratégicos para
observar especies marinas como Lobos de Mar, Delfines e incluso Ballenas.
Su colindancia al pueblo pesquero de santa Rosa brinda la posibilidad de realizar
importantes aportes a su regeneración urbana.
Vista futura del Parque Petrópolis
Imagen 2.2.5
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 60
10. Pozos de Sal: Mina Nueva, Ecuasal, las salineras de propiedad militar y los
criaderos de larvas.
Estas áreas privadas podrán ser sede de actividades complementarias como zonas de
descanso, restaurantes y hotelería alrededor de la observación del mar y de los pozos.
11. Reserva Militar: Apertura de Aeropuerto para Vuelos Comerciales
De gran potencial turístico, pero destinada en la actualidad a usos castrenses de tres
ramas: ejército, marina y fuerza aérea.
La apertura de este Aeropuerto sería de gran conveniencia a todos los que necesitemos
movilizarnos al balneario desde lugares distantes.
12. La Puntilla
Lugar ideal para desarrollar miradores sobre el Pacífico, museo de geología y corrientes
marinas, restaurantes.
13. Country Club
Su meta de funcionamiento es el multiplicarse a más meses del año y servir de impulso al
deporte y al desarrollo de otras áreas semejantes.
14. Parque Acuático y Jardín Botánico
Proyectos a desarrollarse en la Antigua Pista Aérea de la Dirección de Aviación Civil, el
primero en un área de 2.5 Has, que tendrá Lagos artificiales, Piscina con olas y
Toboganes, constituyéndose en un gran centro recreativo familiar
El segundo, en un área de 12.5 Has, con el apoyo del “Tropical Garden” de Miami,
quienes donarían semillas y el asesoramiento técnico del proyecto, conteniendo a su vez
un mini zoológico con la fauna nativa de la zona
15. Regeneración Urbana de Salinas
La regeneración urbana se basará en el Alcantarillado Sanitario, asfaltado integral de
calles mas aceras y bordillos, pudiéndolo complementar con una propuesta de
arborización global de aceras y parterres centrales.
16. Malecones contemplativos de Mar Bravo
Implantación de Malecones contemplativos a lo largo de la vía a Punta Carnero y
Anconcito, a más de la construcción de defensas para la creación de recesos de agua
mansa.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 61
17. Centro de Arte y Cultura
Proyecto cuyo centro se ubicará en los terrenos de Emapsa. Aquí darán cita Festivales
Nacionales e Internacionales de Arte y Cultura, como los ya conocidos en Viña del Mar y
Acapulco.
18. Agencia de Desarrollo Local
Surge un nuevo enfoque estratégico de desarrollo local sustentado en el uso de las
potencialidades endógenas del territorio con un nuevo tipo de gestión de los gobiernos
locales.
Otros proyectos para el Cantón Salinas (Ver Imagen 2.2.6)
Grandes Líneas Estratégicas de Desarrollo17 para Cantón Salinas
Imagen 2.2.6
Ordenamiento Territorial18 propuesto para Salinas.- Imagen 2.2.7
17 PEP.- Plan Estratégico Participativo, Salinas. www.municipiodesalinas.gov.ec. www.salinasecuador.com. 18 PEP.- Plan Estratégico Participativo, Salinas. www.municipiodesalinas.gov.ec. www.salinasecuador.com
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 62
Salinas cuenta con un porcentaje del 56% establecido a su territorio eminentemente
residencial. Las razones para impedir su expansión en esta área se deben en su mayoría a
las condiciones físicas que enfrenta, ya sea por terrenos privados por parte de las Fuerzas
Armadas o empresas tales como Petroecuador.
Muy a pesar de contar con un espacio relativamente limitado, este cantón cuenta con
zonas aptas para su desarrollo urbano. Cabe señalar además que su arquitectura no
cuenta con grandes infraestructuras, sin dejar a un lado que existen algunos edificios
destinados a la vivienda o a los negocios.
En general se puede marcar que Salinas, como terreno para habitar, está sobre tierra
firme y segura. Caso aparte es el observado en Anconcito, que cuenta con suelos
erosionados y acantilados que presentan cierta amenaza y/o riesgo a los que se alojan en
dichas zonas.
Como dicho anteriormente, un aspecto negativo es la falta de equipamiento importante
para suplir las necesidades de los turistas más aún en temporada alta en la que su
densidad bruta de habitantes de 29 hab. /ha, se duplica a más de 60 hab. /ha.
Gestión Ambiental19
Ideales para el mejoramiento en Salinas:
Equilibrio ecológico y uso de fuentes renovables de energía.
Restaurar un desarrollo armonioso con la naturaleza.
Efectuar una auditoria energética con una evaluación de usos y costumbres. Por
ejemplo, el uso de fuentes renovables de energía es posible en tanto tiene una
buena exposición solar durante el año.
2.3 Política local que tiene incidencia en el desarrollo de la actividad
turística y la gestión ambiental de los problemas derivados del turismo.
19 PEP.- Plan Estratégico Participativo, Salinas. www.municipiodesalinas.gov.ec. www.salinasecuador.com
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 63
Existen algunos inconvenientes dentro de la política local de la actividad turística realizada
en Salinas. Ninguna ruta de transporte, ya sea inter o intra cantonal, brinda un adecuado
servicio a la población peninsular, su razón de peso es la saturación de cooperativas en
pocas vías y la ausencia de terminales y paradas intercantonales. En feriados dicha
condición tiende a empeorar puesto que existe además una falta tremenda en los
sistemas de parqueos, afectando el tránsito y transporte cantonal.
Como alternativa se podrían considerar otras vías de ingreso a Salinas, ya sea por aire
mediante la habilitación del aeropuerto de La FAE para el uso de civiles; como también el
acceso marino a través de embarcaciones turísticas pequeñas adecuadas a las exigencias
requeridas.
Para facilitar el Uso de los buses como medio de transporte se ofrece la siguiente tabla:20
(Ver Tabla 2.3.1)
Horarios de Buses
Tabla 2.3.1 Empresa Destino 1er bus Ultimo Frecuencia Precio Teléfono
Costa Azul Guayaquil 3:20 20:40 15 min $3.40 278.1416
CLP Guayaquil 3:30 20:30 15 min $3.40
Trans Occidentales
Quito 20:00 - - $9.00 278.1845
Trans Esmeraldas
Quito 19:30 21:30 60 min $9.00 278.6670
Todo el transporte público se organiza en La Libertad, por ende, toda la planificación se
realiza desde esta ciudad, respondiendo a la óptica de su ciudad, siendo la frecuencia
diaria superior a 100 vehículos.
Recorrido de Transporte Público21
Imagen 2.3.1
20 Información obtenida de la página Web: www.salinasecuador.com 21 Gráfico obtenido de: www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 64
Taxi ruta
En la Península existen varias líneas de buses que circulan por las vías principales uniendo
Santa Elena con La Libertad y Salinas. El pasaje de un tramo cuesta $0.30 y todo el
recorrido $0.50.
Desde La Libertad hasta Salinas circulan los Taxi rutas. Son taxis que tienen un recorrido
fijo y suben hasta cinco pasajeros en viaje comunitario. El pasaje cuesta $0.30 fijo y es
significativamente más rápido que el bus. Salen del centro de La Libertad y llegan hasta
Chipipe.
2.4 Identificación del personal técnico clave requerido para las áreas de
turismo y gestión ambiental en los municipios.
Para el Cantón Salinas se recomienda un especialista en Planificación Turística que
tenga a su cargo las áreas de:
Oferta y demanda turística
Animación y Recreación de Playa
Establecimiento de la Afluencia de Turistas/Estadísticas
Promoción y difusión del balneario
Propuesta de Planes de desarrollo turístico
Manejo de las Estadísticas Económicas de Ingresos Turísticos
Propuesta de creación de nuevos atractivos turísticos
Propuesta de plan de equipamiento de infraestructura en la zona de playa
Actualización periódica de inventarios de planta turística y atractivos
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 65
Para el Medio Ambiente se deben evaluar las condiciones de:
Manejo integral de Desechos Sólidos
Auditorias de cumplimiento de normas ambientales para el Tratamiento de Agua
Potable y Aguas Residuales
Propuestas de desarrollo de Áreas Protegidas
Monitoreo de la Calidad de Agua de Mar en la zona de playa
Monitoreo de la Calidad de Aire (ruido, emisiones)
Ambas áreas (Turismo y Medio Ambiente) deben vigilar que los futuros proyectos estén
acorde a sus Planes Estratégicos y políticas/normas/regulaciones ambientales y turísticas
vigentes.
2.5 Ordenanzas y otras regulaciones municipales para el control de la
actividad turística y su gestión ambiental.
Las ordenanzas municipales dictadas para el Cantón Salinas, en general tienen cobertura
para la protección del medio ambiente y se resumen en: (Tabla 2.5.1)
Ordenanzas Municipales sobre Gestión Ambiental y Actividad Turística para el
Cantón Salinas
Tabla 2.5.1
No.
Tipo de Ordenanza Fecha de Expedición
1 Saneamiento Ambiental No tiene fecha
2 Requisitos ambientales para la ejecución de las obras civiles, establecimientos industriales y comunidad en el Cantón Salinas
No tiene fecha
3 Prevención y control de la contaminación por aguas residuales, desechos industriales y otras fuentes fijas en el recurso agua del Cantón Salinas
22 de Junio
4 Normas particulares relativas a la protección de la atmósfera frente a la contaminación por ruidos, olores, humo, gases, emanación de tóxicos.
No tiene fecha
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 66
5 Disposición de desechos sólidos 11 Junio 1996
6 Para el cobro de la tasa por servicios de limpieza de pozos sépticos y fumigación de domicilios dentro del cantón
25 de mayo del 2001
7 Reglamenta el funcionamiento del concurso “Barrio Limpio”
28 Noviembre 2003
8 Delimita el área de reserva para el funcionamiento del relleno sanitario en el Cantón Salinas que incluye bosque protector
11 y 14 Junio 1996. Ratificada 28 Junio 1996
9 Manejo de Residuos Generados por Grandes Productores
16 Julio 1997
10
Reglamento Interno para el manejo del relleno sanitario de residuos sólidos del cantón Salinas
22 Junio 2001
11
Determinación y Recaudación de la tasa de recolección y disposición de basura
28 Julio 1993
Fuente: Registros Oficiales. Municipio de Salinas. Elaboración propia.
Entre los documentos analizados, no se encontró ninguna Ordenanza Municipal
relacionada con el Manejo Costero Integrado (MCI), especialmente en el Uso de Playas y
Bahía que es conveniente implementar para un mejor desarrollo del Cantón Salinas.
Se recomienda la elaboración de:
Un plano que indique los diferentes Usos de Playa de acuerdo a todas las
actividades que se desarrollen en la misma.
Mapa turístico en el cual se señalen los diferentes atractivos que ofrece el
balneario (bares, barras, discotecas, hoteles, hostales, hospederías, restaurantes,
centros comerciales, locutorios, cybers, patrimonios culturales, museos, etc.)
Elaboración de una Ordenanza Municipal que regule el Manejo Costero Integrado
(MCI), especialmente el Uso de Playas y Bahías en el cantón Salinas.
A continuación se presenta el texto de algunas de las Ordenanzas Municipales
relacionadas con la gestión ambiental y el turismo.
Ordenanza que Norma La Organización, Funcionamiento Y Control De
Mercados Municipales en el Cantón Salinas.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 67
Art. 1.- La organización, funcionamiento y control de los mercados municipales del
cantón Salinas, existentes en la actualidad y los que se construyeren en el futuro, se
regirán por las disposiciones de la presente ordenanza.
Art. 2.- Los mercados municipales se clasificarán en: mercados de venta de productos de
primera necesidad, ventas artesanales, venta de mariscos.
Art. 3.- En cada mercado habrá un Inspector de Servicios Municipales quien será el
responsable ante las autoridades municipales sobre el funcionamiento y control del
mercado y del área exterior del mismo.
Art. 4.- Para la organización, funcionamiento y control de cada mercado, el Municipio
dictará un reglamento especial.
TITULO I
De La Adjudicación De Puestos
Art. 5.- Las personas que aspiren ocupar un puesto en los edificios o áreas de los
mercados municipales, se inscribirán en la Oficina de la Dirección Municipal de Higiene y
obtendrán un certificado de esta inscripción.
Art. 6.- Los puestos de los mercados serán adjudicados por el Director de Higiene
Municipal, previa solicitud de los interesados y del cumplimiento de los requisitos previstos
en el respectivo reglamento.
Cuando dos o más personas solicitaren la adjudicación de un mismo puesto vacante, se
tomará como base la responsabilidad y seriedad del solicitante, prefiriéndose a los
ciudadanos que por más tiempo hubieren sido vendedores en la población donde se
encuentre el mercado.
Art. 7.- El canon de arrendamiento de los puestos y locales de los mercados municipales,
serán fijados por el Jefe de la Dirección Financiera, de acuerdo a la cantidad de metros
cuadrados de construcción, que para el efecto determine la Jefatura de Planeamiento
Urbano.
Art. 8.- Una misma persona no podrá ocupar más de un puesto en los mercados del
cantón.
Art. 9.- El plazo de arrendamiento de estos locales a personas particulares será de mi
año, pudiendo renovarse el contrato por períodos iguales, mientras los usuarios paguen
puntualmente las pensiones locativas, y acaten las leyes, ordenanzas, reglamentos y
demás disposiciones de las autoridades municipales.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 68
Art. 10.- Los contratos de arrendamiento de un puesto o local en los mercados
municipales serán intransferibles.
Art. 11.- Cuando el arrendatario tenga que ausentarse o tenga que cerrar el puesto por
una semana, el Comisario Municipal del cantón o de la parroquia le concederá la licencia.
Si la ausencia fuere hasta por un mes, la licencia le concederá el Director de Higiene
Municipal. Para un lapso mayor, el permiso le dará el Alcalde del cantón.
TITULO II
Terminación Del Contrato
Art. 12.- Mientras una solicitud de concesión o renovación de matrícula se tramite, el
Comisario concederá al solicitante un certificado provisional para ocupar el puesto. Tal
certificado se lo exhibirá en un lugar visible y se lo conservará aún después de suscribir el
contrato respectivo.
Los trámites de concesión y renovación de matrículas concluirá el 20 de diciembre de
cada año.
Art. 13.- A los arrendatarios de los puestos de morcado municipales que no hubieren
renovado su matrícula o contrato de arrendamiento en el plazo expresado en el artículo
anterior, se le suspenderá por ocho días el uso del puesto, y en caso que no renovare en
el lapso de suspensión, el puesto se declarará vacante y terminará el contrato respectivo.
Art. 14.- Si un usuario o comerciante cambiare de giro de mercadería de ventas sin
conocimiento y autorización del respectivo funcionario municipal, se cancelará su contrato
y matrícula.
Art. 15.- Si el usuario de mi puesto lo traspasare a otra persona, terminará su contrato
de arrendamiento y caducará su matrícula.
Art. 16.- Si cumplido el tiempo de la licencia, en todos los casos contemplados en este
articulo, el usuario no concurriere a laborar en su puesto en los siete días subsiguientes a
la terminación de la licencia, el contrato de arrendamiento de tal local caducará y el local
podrá arrendarse a otra persona.
Art. 17.- Cuando un puesto permaneciere cerrado o abandonado por un lapso mayor de
diez días, sin que el arrendatario haya solicitado licencia, tal puesto se considerará
disponible. En este caso, el Comisario Municipal, con intervención de dos de los
arrendatarios contiguos al local abandonado, lo abrirán y harán el alistamiento de las
mercaderías y enseres que hubiera en él.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 69
El Comisario Municipal guardará bajo su responsabilidad los objetos de este alistamiento.
Art. 18.- En el plazo de treinta días contados desde la fecha del alistamiento, el ex
arrendatario o quienes justifiquen tener derecho para ello, podrán reclamar la, mercadería
que será entregada con orden del Comisario Municipal, previo el pago de los cánones de
arrendamiento, incluido el mimes que ha permanecido guardada la mercadería.
Art. 19.- De no ser reclamada la mercadería y demás enseres en el plazo indicado en el
artículo anterior, con la intervención del Comisario Municipal, y de un arrendatario del
sector, se rematará las especies en pública subasta. El producto de este remate se
depositará en la Tesorería Municipal y el ex arrendatario o quien justifique tener derecho,
podrá reclamar dicho valor, deducidas las pensiones de arrendamiento y el 25% en
concepto de indemnización a la Municipalidad.
TITULO III
Del Pago De Pensiones De Arrendamiento
Art. 20.- El pago de los cánones de arrendamiento se hará en la Oficina de Recaudación
Municipal, por mensualidades anticipadas.
Art. 21.- El cobro de los cánones de arrendamiento atrasados se hará por la vía coactiva,
sin perjuicio de la suspensión del uso del puesto, el mismo que se iniciará si el usuario ha
dejado de pagar dos pensiones.
TITULO IV
De Las Obligaciones De Los Usuarios
Art. 22.- Son obligaciones de los usuarios:
a) Pagar cumplidamente las pensiones de arrendamiento, de acuerdo a lo convenido en el
contrato respectivo;
b) Usar el puesto o local arrendado únicamente para la venita de las mercaderías o
artículos para los cuales se lo haya destinado;
c) Velar por la conservación de su local para que se vea en perfecto estado de servicio;
d) Informar a la Comisaría Municipal cualquier irregularidad que se presentare en el
servicio del local que arrienda en forma oportuna, a fin de que se adopten las medidas del
caso;
e) Permitir a las personas legalmente autorizadas, el examen de las mercaderías o la
inspección sanitaria del puesto en cualquier momento;
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 70
f) Usar pesas y medidas debidamente aferidas;
g) Mantener claramente visibles para el público los precios de los productos, en tableros
que se colocarán en la entrada del puesto;
h) Tener permanentemente en su puesto ni depósito con tapa para recolectar la basura;
i) Observar con el público la debida cortesía y atención;
j) Asistir a los cursos de capacitación y adiestramiento que se dicten para los usuarios de
los mercados:
k) Usar diariamente el uniforme señalado por la Dirección Municipal de Higiene;
l) Cumplir con el horario de funcionamiento establecido por la Dirección Municipal de
Higiene; y,
m) Acatar las disposiciones que dicten las autoridades municipales.
TITULO V
De Las Prohibiciones
Art. 23.- Se prohíbe a los usuarios de puestos en los mercados municipales:
a) Cambiar el tipo de giro de mercaderías sin la autorización respectiva;
b) Mantener o vender en su puesto mercaderías extrañas a las de su tipo o giro,
especialmente bebidas alcohólicas, drogas o productos estupefacientes, artículos de
contrabando y otras especies ilícitas;
c) Conservar temporal o permanentemente explosivos o materiales inflamables;
d) Mantener en el puesto o portar cualquier tipo de armas;
e) Usar pesas y medidas no aprobadas oficialmente;
f) Ejecutar o patrocinar actos reñidos con la moral y las buenas costumbres, expender
bebidas alcohólicas;
g) Ocupar espacio mayor del área arrendada y permitir la presencia de vendedores no
autorizados;
h) Instalar en el puesto cocinas, cocinetas, braceras, reverberos, a excepción de aquellos
en los que la especie de giro exigiera esa instalación, pero en ningún caso usará
artefactos que funcionen a gasolina;
i) Mantener en el puesto a los niños lactantes o de corta edad;
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 71
j) Pernoctar en el mercado, ya sea en el puesto o en cualquier otro lugar de sus
instalaciones;
k) Mantener en el puesto o criar animales domésticos o de cualquier otra clase;
l) Obstruir con sus productos las entradas, salidas, vías internas, corredores y pasillo de
circulación del mercado;
m) Atraer compradores con aparatos amplificadores de sonido, aparatos que sólo podrán
ser utilizados por el personal de la Municipalidad para suministrar información que
interese a los empleados, usuarios y público;
n) Encender velas o luminarias en el puesto o local;
o) Realizar juegos de azar,
p) Destacar comisiones, agentes vendedores o familiares, en las entradas y otras áreas
interiores y exteriores del mercado, que no sean las de su propio puesto;
q) Realizar o introducir mejoras en los puestos o locales, sin previa autorización de la
Dirección Municipal de Higiene; y,
r) Las demás acciones que señalen las autoridades municipales
TITULO VI
De Las Sanciones
Art. 24.- Las violaciones a las disposiciones del presente capítulo serán sancionadas por
el Comisario Municipal, así:
a) Multa del 20% del salario básico unificado, dependiendo de la gravedad de la falta y
las características y volumen del negocio;
b) Suspensión del puesto o local de ventas hasta treinta días, según la gravedad de la
falta;
c) Decomiso de las mercaderías cuando éstas no reúnan las condiciones higiénicas
necesarias o se encontraren ocupando lugares no autorizados. Si las mercaderías
decomisadas se encuentran aptas para el consumo humano serán entregadas,
inmediatamente, a las guarderías infantiles del Patronato Municipal y/o a otros centros de
asistencia social del cantón, previa la suscripción de una acta de entrega-recepción o del
recibo correspondiente; y,
d) Cancelación del contrato de arrendamiento y de la matrícula.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 72
Para la sanción se oficiará al Comisario Municipal, quien actuará y aplicará la sentencia de
conformidad con lo previsto en el Art. 450 y siguientes del Código de Procedimiento
Penal, debiendo realizarse las recaudaciones de las multas por intermedio de la Oficina de
Recaudaciones Municipales.
Art. 25.- Las sanciones previstas en el artículo anterior serán, sin perjuicio de las
establecidas en el Código de Salud y su reglamento, el Código Penal y otras disposiciones
legales.
Según el caso, para su aplicación, se pondrá al infractor a órdenes de la autoridad
competente.
TITULO VII
De Las Ferias Libres De Productos
Art. 26.- El Municipio podrá organizar fuera de las áreas de aglomeración las ferias libres
de productos de primera necesidad y se realizarán en los días, horas y lugares
determinados por la Dirección Municipal de Higiene.
Los adjudicatarios que tienen sus puestos permanentes dentro de los mercados no
podrán salir a vender los productos en los lugares destinados para las ferias libres.
Las autoridades municipales fomentarán y darán las facilidades del caso para la
realización de las ferias libres con mayor frecuencia, toda vez que son favorables para la
economía popular.
Para el efecto se dictará el reglamento pertinente.
TITULO VIII
Disposiciones Transitorias
Art. 27.- En cada increado municipal habrá una balanza o romana a cargo del respectivo
empleado, la que servirá para el control del peso.
Art. 28.- El asignatario de un puesto municipal de ventas, así como sus empleados
encargados del manipuleo de los víveres, deben reunir las condiciones de higiene exigidas
por el Código de Salud y la Dirección Municipal de Higiene para el efecto.
Art. 29.- Los adjudicatarios de locales en los mercados municipales estarán obligados a
conservarlos en las mejores condiciones y en caso de daños o deterioros, deberán hacer
las reparaciones respectivas, a sus costas.
Para responder por estos daños harán un depósito bancario de garantía por el valor que
la Dirección Municipal de Higiene lo determine.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 73
Art. 30.- Se prohíbe el traspaso de dominio de un negocio instalado en un puesto o local
municipal. Caso contrario se aplicará lo dispuesto en el Art. 15.
TITULO IX
De Las Ventas Ambulantes
Art. 31.- Se prohíbe en forma terminante las ventas ambulantes en parques, malecón,
avenidas, puentes, portales y aceras y calles circundantes a excepción de las autorizadas
por la Dirección Municipal de Higiene.
Art. 32.- Quienes incumplieren con lo dispuesto en el presente capitulo serán
sancionados con una multa del 10% del salario básico unificado o el decomiso de la
mercancía. En caso de reincidencia, se aplicará el máximo de la sanción contemplada en
el inciso anterior.
Art. 33.- Quienes expendieren mercancías desde vehículos automotores, por el sistema
al por mayor y/o por menor, en sitios y horarios que no sean los determinados por la
Dirección Municipal de Higiene, serán sancionados con el decomiso de los productos o
mercancías, o con una multa que fluctuará entre el 10% y 20% del salario básico
unificado, de acuerdo a la gravedad de la infracción y a la condición de reincidencia.
Art. 34.- Los productos decomisados según lo establecido en el presente capitulo, serán
entregados a las guarderías infantiles del Patronato Municipal y/o a los demás centros de
asistencia social del cantón Salinas, previa la suscripción de una acta de entrega-
recepción.
Art. 35.- Todas las transgresiones a este capitulo, serán juzgadas y sancionadas por el
Comisario Municipal, siguiendo el trámite establecido por el Código de Procedimiento
Penal para las contravenciones.
Art. 36.- De la ejecución de las disposiciones del presente capítulo se encargará la
Dirección de Higiene Municipal, la Comisaría del ramo, la Policía Municipal y la Policía
Nacional, al tenor de lo que establece el Art. 72. Numeral 42 de la Ley de Régimen
Municipal.
TITULO X
De Las Pesas Y Medidas
Art. 37.- En todas las transacciones comerciales del cantón, se utilizará el Sistema
Internacional de Unidades, en cumplimiento de la Ley de Pesas y Medidas y de
conformidad al plan nacional para la implantación del SI. (Sistema Internacional).
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 74
Art. 38.- Sólo las pesas, medidas, aparatos y equipos que tengan certificados de
contrastación conferido por el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN), serán
utilizados para controlar las pesas y medidas en la jurisdicción de este cantón.
Art. 39.- El Comisario Municipal tendrá a su cargo el control del cumplimiento de la Ley
de Pesas y Medidas, y la aplicación de las disposiciones contenidas en este capítulo.
Art. 40.- Toda persona natural o jurídica, antes de iniciar actividades comerciales que
requieran el uso de pesas, medidas, aparatos y equipos para pesar, medir previamente
obtendrá, de parte de la Comisaría Municipal de Higiene, la aferición, sello y registro de
los mismos, so pena de incurrir en las sanciones previstas en la ley.
Art. 41.- La aferición o contrastación a que se refiere el artículo anterior, se controlará
por lo menos cada tres meses.
Art. 42.- Las pesas, medidas, aparatos y equipos que no tengan los certificados, sellos
de aferición o contrastación municipal, serán decomisados.
Art. 43.- En caso de violación a las disposiciones de este capítulo los infractores serán
sancionados con las siguientes penas, dependiendo de la gravedad de la infracción:
a) Comiso de los objetos, artículos o mercaderías que hubieren servido para cometer la
infracción;
b) Multas que oscilarán entre el 25% y 50% del salario básico unificado;
c) Suspensión temporal del establecimiento comercial; y,
d) Clausura definitiva, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales a que hubiere lugar.
Art. 44.- El Comisario Municipal tendrá a su cargo la custodia y conservación de los
equipos de pesar y medir, así como las pesas y medidas de la Municipalidad, que sirvan
para la aferición de pesas y medidas dentro del cantón.
Art. 45.- Las infracciones a dicho artículo, realizadas con el conocimiento o complicidad
del empleado o empleados responsables del control, se sancionarán conforme a la Ley de
Pesas y Medidas, sin perjuicio de la destitución del cargo al empleado o empleados y más
acciones a que hubiere lugar.
Art. 46.- Quedan sin efecto las demás ordenanzas promulgadas anteriormente.
Dado y firmado en la sala de sesiones del Palacio Municipal de Salinas, a los diez días del
mes de noviembre del dos mil uno.
f) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde del cantón Salinas.
f) Pablo A. Balón González. Secretario Municipal (E).
Certificación
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 75
La Ordenanza que Norma la Organización, Funcionamiento y Control de Mercados
Municipales en el Cantón Salinas, que antecede, fue discutida y aprobada en las sesiones:
ordinaria del veintidós de septiembre y extraordinaria del cinco de octubre del dos mil
uno, aprobándose inclusive la redacción en esta última y en la sesión extraordinaria del
diez de noviembre del dos mil uno, se conoce el oficio N0 1695-SJM-2001 del 18 de
octubre/01, suscrito por él señor Subsecretario Jurídico Ministerial, Enc. del Ministerio de
Economía y Finanzas.
f.) Pablo A. Balón González. Secretario Municipal (E).
Salinas, a los trece días del mes de noviembre del dos mil uno, a las nueve horas,
conforme lo dispone el Art. 128 de la Ley de Régimen Municipal, pásese la presente
ordenanza al señor Alcalde, para su sanción.
Ordenanza que regula el pago de la tasa de habilitación y control de los
establecimientos comerciales e industriales en el cantón Salinas.
Art. 1. - La tasa de habilitación y control es anual y deberá ser cancelada hasta el 31 de
agosto de cada año.
Las inspecciones municipales se efectuarán entre los meses de enero y abril de cada año.
Los locales que no hubiesen recibido boletas de inspección hasta el 30 de abril, y los que
se abriesen posteriormente, deberán por propia cuenta notificar tal hecho a la
Municipalidad y liquidarán la tasa de acuerdo a lo dispuesto en la presente ordenanza.
Los locales que inicien sus actividades comerciales pagarán proporcionalmente a las
fracciones del año calendario, entendiéndose para efecto del cálculo de la tasa, que el
mes comenzado se considera mes terminado.
Solo a partir del 1 de septiembre de cada año, la no cancelación de la tasa
correspondiente al año en referencia, el local será sancionado con la clausura.
Art. 2. - La Municipalidad efectuará las inspecciones correspondientes de todos los
locales o establecimientos comerciales, industriales o artesanales durante los primeros
cuatro meses de cada año, y dejará una boleta de notificación de haberlo hecho. En dicha
boleta constarán las situaciones que deben ser enmendadas en razón de las ordenanzas
municipales. Las observaciones realizadas deberán ser remediadas dentro del plazo
determinado en la inspección que no podrá ser menor de quince días, ni mayor de
noventa. Vencido el plazo, la boleta de inspección pasará a la Comisaría Municipal y
Vigilancia para que establezca las sanciones correspondientes.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 76
Art. 3. - La tasa de habilitación se pagará por cada establecimiento comercial o industrial
que una misma persona natural o jurídica fuese propietaria y se la fija de acuerdo a la
siguiente tabla:
a) Locales o establecimientos clasificados como grandes: 20 dólares;
b) Locales o establecimientos clasificados como pequeños: 10 dólares; y,
c) Locales o establecimientos clasificados como pequeño medio: 5 dólares.
Para el efecto de determinar el tamaño de los locales se aplica lo dispuesto en el artículo
8 de la Ordenanza que regula los requisitos municipales para ejercer actos de comercio
dentro del cantón Salinas y para el funcionamiento de locales comerciales, industriales,
financieras, que regula la cuantía del pago del impuesto mensual de patente.
Art. 4. - Están exentos de la tasa, los locales donde funcionen las actividades de las
personas naturales o jurídicas, del impuesto de patente de comerciantes.
Art. 5. - Las personas naturales o jurídicas que mediante actos deliberados u ocultación
la manera imponible produzca la evasión tributaria o ayuden a dicha finalidad, incurrirán
en multa de hasta el triple del tributo evadido o intentado evadir.
Art. 6. - La no declaración del impuesto de patente de comerciantes, o de la tasa de
habilitación y control dentro de un término de seis meses desde la fecha es exigible, esta
obligación se entenderá como acto de evasión tributaria.
Art. 7. - La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación en el
Registro Oficial.
Dado y firmado en la sala de sesiones del Palacio Municipal de Salinas, a los veintisiete
días del mes de octubre del dos mil.
f.) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde de Salinas.
f) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal (E).
El Ilustre Concejo Cantonal de Salinas
Considerando:
Que las entidades del Estado conformadas por la Comisión de Estudios para el Desarrollo
de la Cuenca del Río Guayas, CEDEGE, y las municipalidades de los cantones de Santa
Elena, La Libertad y Salinas, mediante escritura pública celebrada el 14 de diciembre de
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 77
1999, constituyeron la Compañía Agua de la Península, AGUAPEN S. A., la misma que
tiene por objeto dedicarse, entre otras actividades, a la prestación de los servicios
públicos de agua potable, alcantarillado sanitario y alcantarillado pluvial en la Zona II de
la Península de Santa Elena. En los sectores en que CEDEGE ha construido obras de
infraestructura para tal efecto;
Que es deber del Directorio de la compañía, reglamentar de manera clara y expedita, la
provisión, uso y prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y
drenaje pluvial en las jurisdicciones cantonales de Salinas; y,
En uso de las atribuciones del Directorio, previstas en los estatutos de la compañía,
Expide:
El siguiente Reglamento para la provisión, uso y prestación de los servicios de agua
potable, alcantarillado sanitario, drenaje pluvial, en el cantón Salinas.
TITULO I
De La Provisión, Uso y Prestación de los Servicios de Agua Potable,
Alcantarillado y Drenaje Pluvial
Art. 1.- DE LA PROVISIÓN.- Es de competencia exclusiva de la Compañía Agua de la
Península, AGUAPEN S. A., la provisión, administración y prestación de los servicios de
agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial en la denominada Zona II de la
Península de Santa Elena, de acuerdo con los estatutos de constitución de la compañía,
leyes y reglamentos que rigen la materia.
El ámbito de la competencia será el cantón Salinas, en los sectores en que CEDEGE ha
construido obra de infraestructura.
En casos excepcionales, en que una persona natural o jurídica, por alguna razón
debidamente justificada, deba auto proveerse por otros medios del servicio de agua
potable o del servicio de alcantarillado sanitario, AGUAPEN deberá aprobar dichas
razones, para lo cual autorizará y supervisará su instalación y utilización. Al efecto cobrará
el valor correspondiente que se determine en el reglamento de la estructura tarifaria.
Art. 2.- DEL USO.- El uso de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y
drenaje pluvial es obligatorio, conforme lo establece el Código de Salud. Todo predio, sin
excepción, considerando en el Plan Regulador de Desarrollo Urbano, situado en zonas
donde exista instalada infraestructura de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje
pluvial, deberá hacer uso de los mismos.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 78
Art. 3.- DE LA PRESTACIÓN.- La prestación del servicio de agua potable comprende las
labores de producción, distribución y comercialización.
La prestación del servicio de alcantarillado sanitario comprende las labores de recolección,
conducción, tratamiento y disposición final de las aguas servidas.
La prestación del servicio de drenaje pluvial comprende las labores de recolección,
conducción y disposición final de las aguas lluvias.
Art. 4.- RÉGIMEN PARA LA PRESTACIÓN.- Todos los asuntos inherentes a la provisión,
uso y prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y drenaje pluvial, se
regirán por las disposiciones de este reglamento, el cual se lo considera incorporado a los
contratos de prestación de servicios suscrito entre AGUAPEN y sus clientes o abonados.
Art. 5.- GLOSARIO DE TÉRMINOS.- A los efectos del presente reglamento, las palabras y
expresiones que se citan a continuación tienen los siguientes significados:
Agua potable.- Agua apta para el consumo humano.
Agua servida.- Agua cloacal o residual, no tratada, recolectada de los diferentes tipos de
clientes.
Clientes o abonados.- Las personas naturales o jurídicas que reciben los servicios de
AGUAPEN, por lo cual se obligan a reconocerle una contraprestación económica; entre el
cliente y AGUAPEN existe un vínculo jurídico contractual.
Concesionaria.- Es la sociedad anónima o compañía de responsabilidad limitada
legalmente constituida en Ecuador por el adjudicatario, que celebrará el contrato con
AGUAPEN.
Conexión convencional de agua potable o guía domiciliaria.- Es la acometida de las
instalaciones del cliente con las instalaciones del servicio público de agua potable a cargo
de AGUAPEN. El límite entre las instalaciones del cliente y de AGUAPEN es la línea de
fábrica. La llave de control y el medidor forma parte de las instalaciones a cargo de
AGUAPEN.
Además se considerará conexión aquella que tenga relación con el servicio independiente
que se otorgue a cada local que forma parte de un inmueble sujeto al régimen de
propiedad horizontal, igualmente, aquella que brinde un servicio independiente a un
inmueble que forma parte de un grupo de viviendas que, en su conjunto, formen parte de
una propiedad comunitaria.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 79
Descargo o conexión convencional de alcantarillado sanitario.- Es la acometida de las
instalaciones del cliente con las instalaciones del servicio público de alcantarillado
sanitario a cargo de AGUAPEN. El límite entre las instalaciones del cliente y de AGUAPEN
es la línea de fábrica.
Además se considerará conexión aquella que tenga relación con el servicio independiente
que se otorgue a cada local que forma parte de un inmueble sujeto al régimen de
propiedad horizontal, igualmente, aquella que brinde un servicio independiente a un
inmueble que forma parte de un grupo de viviendas que, en su conjunto, formen parte de
una propiedad comunitaria.
Conexión no convencional de agua potable.- Es una acometida orientada a proveer de
agua potable a un cliente intermedio (pileteros o tanqueros) de los que se abastecen
clientes a partir de métodos precarios (mangueras o recipientes).
Directorio.- El Directorio de AGUAPEN, es el máximo organismo de la institución.
AGUAPEN.- Es la Compañía de Agua de la Península, que presta los servicios públicos de
agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial en la península de Santa Elena, en
el área provista de infraestructura sanitaria construida por CEDEGE, en condiciones de
exclusividad regulada.
Exclusividad regulada.- Derecho de prestación, administración y demás atribuciones
relacionadas con los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje
pluvial en la península de Santa Elena, asignada en forma única y exclusiva a AGUAPEN,
de conformidad con los términos y condiciones previsto en los estatutos de la compañía y
este reglamento.
Instalaciones.- Comprende los sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje
pluvial.
Instalación de agua potable.- Comprende todo el sistema de obras y equipamiento
necesarios para la captación, tratamiento, conducción, almacenamientos, bombeos y
distribución de agua hasta la llave domiciliaria y medidor.
Instalación de alcantarillado sanitario.- Comprende todo el sistema de obras y
equipamiento necesarios para evacuar las aguas residuales desde la acometida
domiciliaria hasta la recepción final en el cuerpo receptor de agua.
Instalación para drenaje pluvial.- Comprende el sistema de sumideros, tuberías, pasos
viales, cunetas, cajones, colectores, canales y bombeo para evacuar las aguas lluvias
hacia los cuerpos receptores.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 80
Línea de fábrica.- Es la línea límite frontal de un predio hasta donde pudiera avanzar la
construcción sobre éste, de conformidad con la ordenanza municipal respectiva.
Servicio.- Los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial
al ser prestado en el ámbito de competencia de AGUAPEN, de acuerdo a las disposiciones
de la ley y otras normas jurídicas positivas existentes y el presente reglamento.
TITULO II
Del Servicio De Agua Potable
CAPITULO I
De la Producción y Distribución
Art. 6.- DE LA PRODUCCIÓN." Comprende la captación del agua cruda ya sea en los ríos,
canales, embalses, subsuelo u otros medios y su tratamiento para convertirla en agua
potable.
Art. 7.- DE LA DISTRIBUCIÓN.- Son los diversos mecanismos por los cuales AGUAPEN,
directamente o a través de terceros, transporta y distribuye el agua potable para el
consumo de sus clientes en la península de Santa Elena.
Los mecanismos de distribución del agua potable se los realizan por redes y la entrega
por conexiones domiciliarias, bocatomas y piletas comunitarias.
7.1 Distribución por conexiones domiciliarias.- Consiste en la provisión directa de agua
potable a un predio mediante una conexión domiciliaria. El uso de este sistema de
distribución será obligatorio en los sectores donde exista instalada infraestructura y redes
domiciliarias.
7.2 Distribución por bocatomas.- Consiste en la provisión de agua potable a una estación
de bocatoma donde se abastecen camiones cisternas, quienes distribuyen agua potable
en los sectores donde no exista infraestructura ni redes de distribución.
7.3 Distribución por piletas comunitarias.- Consiste en la provisión de agua potable a una
pileta comunitaria, de donde se abastecen las personas que residen en sectores que
teniendo infraestructura de distribución principal, no tienen conexiones domiciliarias.
Art. 8.- DE LA COMERCIALIZACIÓN.- Comprende las actividades de registro del cliente,
instalación de la conexión, establecimiento del consumo, facturación, recaudación y
atención de reclamos.
CAPITULO II
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 81
De las Categorías
Art. 9.- CATEGORÍAS.- El servicio de agua potable se clasifica de acuerdo la naturaleza de
su uso o destino, en las siguientes categorías:
a) Categoría residencial o de servicio doméstico;
b) Categoría comercial;
c) Categoría industrial; y,
d) Servicio oficial y de asistencia social.
Art. 10.- CATEGORÍA RESIDENCIAL O DE SERVICIO DOMESTICO.- Se entiende al
suministro de agua potable a inmuebles utilizados para vivienda.
Art. 11.- CATEGORÍA COMERCIAL.- Se entiende al suministro de agua potable a los
inmuebles en los que funcionan locales destinados a actividades comerciales tales como:
Edificios de oficinas comerciales o profesionales, bares fuentes de soda, cafeterías, salas
de espectáculos, clubes locales deportivos, almacenes, bazares, peluquerías, salones de
belleza, centro de atención de salud privados con fines de lucro, establecimientos
educacionales particulares, estaciones de servicio (sin lavado de carros), terminales
aéreos, marítimos, terrestres y fluviales, mercados y supermercados, comisariatos,
despensas, talleres artesanales encargados de la confección de: ropa, muebles,
mecánicos o automotrices, imprentas, encuadernación, confección de artículos de cabuya,
paja toquilla, 'mimbre, talleres fotográficos, panaderías, frigoríficos, tintorerías,
talabarterías, hojalaterías, estaciones de radio y canales de televisión; y demás inmuebles
o locales que por su destino guarden relación con el presente enunciado, o con servicios
análogos.
Art. 12.- CATEGORÍA INDUSTRIAL.- Se entiende al suministro del servicio de agua
potable a los inmuebles, locales e instalaciones donde se desarrollan actividades
productivas orientadas a la obtención o transformación de la materia prima, tratamiento
de insumos destinados a la semi- elaboración o elaboración de un artículo final, así como
las actividades que por su naturaleza generen elévanos consumos de agua potable, tales
como:
Empresas: de cerveza, bebidas gaseosas, agua mineral, agua destilada o purificada,
fábricas de hielo, helados, refrescos, fábricas de cemento, plantas de hormigón pre-
mezclado, empacadoras de camarón, refinerías de aceite comestible, fábricas de jabones,
detergentes, fábricas de clavos, tomillos, alambre galvanizado, industrias cartoneras,
destilerías de alcohol, fábricas de textiles, manufacturas de cuero, industrias procesadoras
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 82
de madera, manufacturas de papel y cartón, manufacturas de productos químicos
industriales, fábricas manufacturas de productos, laboratorios, lavadoras de carros.
Empresas: eléctricas y de teléfonos, elaboradoras de materiales para la construcción en
general, petroleras, petroquímicas, de gas, de caucho, plásticos, de crianza y
procesadoras de animales de consumo humano; procesadoras de alimentos balanceados
y sus derivados, molinos e industria de granos, ingenios de azúcar, etc.; industrias metal
mecánicas, guías provisionales para urbanizaciones y en general actividades que tengan
relación con lo enunciado o con actividades análogas.
Art. 13.- SERVICIO OFICIAL Y DE ASISTENCIA SOCIAL.- Se entiende al suministro de
agua potable a edificios e instalaciones de las instituciones consideradas en el Art. 118 de
la Constitución de la República en concordancia con el Art. 383 de la Ley Orgánica de
Administración Financiera y Control las que pagarán el 50% de la tarifa de la categoría a
la corresponda.
Por tratarse de una tasa de contraprestación de servicio que tiene forzosamente un costo
de producción, operación, mantenimiento, servicio de la deuda interna y externa e
inversión permanente, en ningún caso cabe la exoneración total; salvo que una legislación
especial establezca lo contrario, conforme lo establece el Art. 31 del Código Tributario.
Art. 14.- DEFINICIÓN DE CATEGORÍAS USO MÚLTIPLE.- Aquellos predios o inmuebles
que tengan la calidad de residencial-comercial, residencial-industrial o comercial-
industrial, serán clasificados por AGUAPEN, en una sola categoría, atendiendo a que el
uso o consumo comercial o industrial de los servicios de agua potable y alcantarillado que
presta la compañía, exceda del 50%, "AGUAPEN clasificará al predio en la categoría
superior". El usuario podrá solicitar la instalación de una guía adicional, de acuerdo con
las categorías del predio o inmueble.
Art. 15.- CAMBIO DE CATEGORIA.- Si el usuario cambia la naturaleza del servicio deberá
comunicarlo a la empresa por escrito y con anticipación al cambio, con el fin de hacer las
modificaciones en la categoría correspondiente.
Si se comprobare que el usuario ha modificado el uso del inmueble, sin haberlo
comunicado a la empresa, se le cobrará el valor de la diferencia de la tarifa entre las
categorías que correspondan por período de un año, e inmediatamente se le clasificará en
el grupo de servicio que le corresponda, salvo que justifique que el tiempo de
modificación sea menor a un año.
CAPITULO III
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 83
De La Comercialización
Sección I
Del Registro del Cliente e Instalación de la Conexión Domiciliaria
Art. 16.- SOLICITUD DEL SERVICIO.- Todo propietario o poseedor de un predio, ya sea
personalmente, a través de apoderado o representante legal, debe solicitar el servicio de
agua potable para el respectivo predio, siempre que conste debidamente catastrado en el
Registro Municipal.
El interesado presentará la solicitud en el formato elaborado por AGUAPEN, adjuntando
copia de la cédula de ciudadanía y certificado de registro catastral.
Para el caso de personas jurídicas, además de los requisitos señalados en el párrafo
anterior, deberá adjuntarse copla actualizada del nombramiento inscrito del representante
legal y copia del R.U.C.
Cuando se solicite el servicio para un predio con edificación, además de los requisitos
señalados anteriormente, deberá presentar el "Certificado de Registro Catastral o
Certificado de Regularización" entregado por la Municipalidad a la que pertenezca el
inmueble.
En el caso que sea para un solar vacío, en el que se vaya a edificar, deberá presentar el
correspondiente formulario de aprobación de planos, conforme lo establece la Ordenanza
reglamentaria para el control y aprobación de planos de edificaciones en el cantón, donde
se encuentre el inmueble.
Cuando se solicite una conexión de servicio de agua potable, para predios de uso
industrial, propiedad horizontal o edificios mayores a cuatro plantas útiles, cuya
instalación de tubería sea superior a 1" de diámetro, además de lo indicado anteriormente
deberán entregarse memorias técnicas y planos que justifiquen el diámetro solicitado, lo
que deberá ser aprobado por AGUAPEN.
Art. 17.- NUMERO DE GUIAS POR PREDIOS.- En los predios que tengan frente a una
sola calle, no se podrá solicitar la instalación de más de una conexión domiciliaria, salvo
los casos de predios constituidos en régimen de propiedad horizontal.
Art. 18.- APROBACIÓN DE LA SOLICITUD, INSTALACIÓN DE LA CONEXIÓN DE
SERVICIO Y PAGO.- Aprobada la solicitud de la conexión de servicio, el cliente deberá
pagar el valor total de la instalación de acuerdo a la liquidación que para el efecto realice
AGUAPEN.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 84
El valor de la liquidación se lo hará en base a las condiciones existentes en el predio y en
el sistema de agua potable.
La solicitud de servicio presentada por el cliente y aprobada por AGUAPEN, se constituye
en el "Contrato de Prestación de Servicios", a cuyas disposiciones, a más de las señaladas
en el presente reglamento, se someten las partes.
Art. 19.- SERVICIO PROVISIONAL.- Cuando la persona natural o jurídica solicite el
servicio de agua potable a AGUAPEN para un predio, por primera vez, en el que se vaya a
edificar, la empresa una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el
artículo anterior, podrá otorgar el servicio provisional, por el período que se determine en
la correspondiente autorización municipal mediante conexión de servicio de hasta máximo
V4" de diámetro.
Art. 20.- SERVICIO DEFINITIVO.- Una vez que el solicitante hubiere terminado la
edificación, la empresa otorgará el servicio definitivo de agua potable, para lo cual el
cliente, deberá obtener el "Certificado de Registro Catastral" o "Certificado de
Regularización", en la Municipalidad donde se encuentre el inmueble, según lo
establezcan las ordenanzas respectivas.
Art. 21.- REGISTRO DE CLIENTES.- Otorgado el servicio de agua potable, de manera
provisional o definitiva, el propietario o posesionarlo del predio será incorporado al
registro de clientes, en calidad de "Cliente".
El otorgamiento de los servicios de agua potable y alcantarillado, no constituye el
reconocimiento de derecho real o personal sobre la propiedad del terreno, del cliente o
abonado por parte de AGUAPEN.
Art. 22.- RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE ANTE AGUAPEN.- Al estar integrado el
registro de clientes de AGUAPEN, con la base de datos del catastro municipal, los
nombres o designación de los clientes de AGUAPEN cambiarán de oficio, a medida que se
cambie la información del catastro municipal de los cantones donde se preste el servicio.
El propietario del predio que conste en el catastro municipal y por ende en el registro de
clientes de AGUAPEN, será responsable ante ésta por el cumplimiento de las obligaciones
derivadas del contrato de prestación de servicio, en especial del pago de los consumos y
de las deudas pendientes.
Art. 23.- INSTALACIÓN DE LAS CONEXIONES.- Las conexiones del servicio de agua
potable serán instaladas por personal técnico autorizado por AGUAPEN, en base a las
normas y especificaciones técnicas determinadas por la empresa.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 85
Art. 24.- INSTALACIÓN DEL MEDIDOR.- El uso del medidor es obligatorio en todas las
conexiones de servicio de agua potable, y su instalación la realizará AGUAPEN, con cargo
al cliente, en un lugar de fácil acceso al personal encargado de la toma de la lectura,
control o reparación y que garantice la seguridad del medidor, conforme a los diseños y
especificaciones técnicas que AGUAPEN señale.
Cuando por circunstancias excepcionales y especiales, determinadas por AGUAPEN no sea
posible instalar el medidor en las conexiones de servicio de hasta Vi' de diámetro,
AGUAPEN podrá conectar el servicio de agua directamente, en forma transitoria, cobrando
los valores correspondientes mediante un promedio estimado en consideración a la
categoría y número de personas que harán uso de los servicios. Instalado el medidor,
AGUAPEN hará la reliquidación correspondiente.
Art. 25.- PROVISIÓN DEL MEDIDOR.- El suministro del medidor lo hará AGUAPEN, con
cargo al cliente, siempre que tenga medidores en stock.
De no contar AGUAPEN con medidores en stock, el suministro lo podrá realizar el cliente,
siempre y cuando cumpla con las especificaciones técnicas de la empresa y pase las
pruebas del banco de medidores de AGUAPEN.
Art. 26.- INSTALACIÓN DE CONEXIONES NO AUTORIZADAS.- AGUAPEN es la única
autorizada para poner en funcionamiento una conexión de agua potable, así como
también para que se realicen trabajos en las tuberías de distribución y en los medidores.
La intervención arbitraria del cliente en las partes indicadas, lo hará responsable de todos
los daños que ocasione a AGUAPEN y de las sanciones que se señalan en el Art. 80 de
este reglamento, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubiere
lugar.
En caso de detectarse conexiones no autorizadas se facturará consumos presuntivos de
un año conforme al consumo promedio de usuarios del mismo diámetro dentro del sector
en el que se encuentra la conexión no autorizada, además de las multas previstas en el
Título VIII de este reglamento.
Art. 27.- CAMBIO DE DIÁMETRO DE CONEXIÓN NO AUTORIZADO.- Si el cliente
cambiare arbitrariamente y sin autorización de AGUAPEN el diámetro de la conexión
(acometida), se le aplicará igual sanción que la establecida en el segundo inciso del
artículo precedente.
Art. 28.- PROHIBICIÓN DE USO DE BOMBAS DE SERVICIO.- Es prohibido el uso de
bombas de succión para proveérsele agua potable, conectadas desde la red de
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 86
distribución. El incumplimiento de esta disposición se sancionará según lo establecido en
el Art. 80 de este reglamento.
Art. 29.- PROHIBICIÓN DE SUMINISTRAR AGUA POTABLE A OTRO PREDIO.- El servicio
de agua potable proporcionado por AGUAPEN beneficiará de manera exclusiva al predio
para el cuál fue solicitado. Queda prohibida cualquier derivación para proporcionar agua
potable a otro predio.
Está terminantemente prohibido al cliente vender agua potable a terceros, sin la debida
autorización de AGUAPEN. De contravenir esta prohibición, se le aplicarán las sanciones
que se especifiquen en este reglamento.
Sólo en casos excepcionales, por razones debidamente justificadas, que tengan que ver
con la naturaleza de la actividad que realice el cliente y las condiciones del predio, el
Directorio de AGUAPEN, podrá autorizar el suministro 'de agua potable a terceros, para lo
cual se deberá firmar un convenio.
Art. 30.- PROTECCIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS - INSTALACIONES.- Es obligación del
cliente mantener las instalaciones en perfecto estado de conservación tanto en lo que se
refiere a las tuberías y accesorios interiores y exteriores así como del medidor. En caso de
sustracción o inutilización del medidor, AGUAPEN procederá a la reposición o reparación
del mismo, según sea el caso, con cargo al cliente.
EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS REPARACIONES, SE DARÁ DURANTE LAS 24
HORAS DEL DÍA, DE MANERA INMEDIATA.
Art. 31.- SELLO DE SEGURIDAD DEL MEDIDOR.- Todo medidor llevará un sello de
seguridad y el cliente no podrá abrirlo o alterar su integridad. Este sello será revisado
periódicamente por personal de AGUAPEN. Si el cliente observare fallas en el
funcionamiento del medidor, deberá notificar por escrito a AGUAPEN para que proceda a
su revisión de ser necesario.
AGUAPEN podrá cambiar el diámetro del medidor de agua potable y de la correspondiente
acometida, cuando determine que el consumo es superior al de la capacidad del medidor
instalado.
Art. 32.- INSTALACIÓN INTRADOMICILIARIA.- Todos los trabajos de instalación y
reparación de las instalaciones de agua potable desde el punto destinado al medidor hacia
y en el interior del predio serán efectuados por el cliente.
Art. 33.- CIERRE PROVISIONAL O DEFINITIVO.- Para obtener el cierre provisional o
definitivo del servicio de agua potable, el cliente presentará por escrito la solicitud,
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 87
indicando los motivos y el predio por el cual solicita el cierre. AGUAPEN previa inspección
dispondrá el cierre. Si es provisional AGUAPEN continuará facturando el cargo fijo, hasta
la reapertura del servicio. Si es definitivo, AGUAPEN dará de baja al cliente en la cuenta
respectiva del registro de clientes.
Por la deuda que quedare pendiente se le emitirá al cliente un título de crédito y de no
ser satisfecha ésta, la empresa podrá cobrar dicha deuda por la vía coactiva.
Art. 34.- CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.- AGUAPEN podrá suspender el
servicio de agua potable en las siguientes circunstancias:
a) Cuando el agua potable se contamine con substancias nocivas a la salud, para lo cual
solicitará la intervención de las autoridades de salud.
b) Cuando AGUAPEN estime necesario hacer reparaciones o mejoras en el sistema de
provisión, distribución, producción, en cuyo caso AGUAPEN no será responsable de los
daños o perjuicios que pudiere sufrir el cliente. Al efecto AGUAPEN publicitará la
suspensión del servicio con la debida anticipación; y,
c) Por las demás causas señaladas en este reglamento.
SECCIÓN II
Del Registro del Cliente y de la Provisión por Bocatoma o Pileta
Art. 35.- POR BOCATOMA.- AGUAPEN podrá suministrar agua potable en bloque a los
propietarios o administradores de las estaciones de bocatomas, instaladas dentro de la
península de Santa Elena.
Una vez que se haya firmado el contrato para el suministro de agua potable en bloque,
entre AGUAPEN y el propietario o Administrador de la estación de bocatoma, éstos
pasarán a ser incorporados en el registro de clientes del sistema comercial de la empresa,
en calidad de "Cliente".
En las estaciones de bocatomas se podrán abastecer camiones cisternas (tanqueros) para
distribuir agua potable única y exclusivamente a los sectores donde no existe instalada
infraestructura para prestar el servicio de agua potable mediante conexiones domiciliarias.
Art. 36.- SURTIDORES O POR PILETA.- En los sectores donde existe instalada la
infraestructura principal para la prestación del servicio de agua potable y no existe redes
domiciliarias, AGUAPEN podrá proveer de agua potable mediante el sistema de pileta
comunitaria.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 88
Para el efecto, AGUAPEN en base al Registro Catastral Municipal identificará a los
propietarios o posesionarios de los predios que se van a proveer de dicha pileta y los
incorporará en el registro de clientes del sistema comercial bajo tal calidad.
Los moradores que se abastezcan mediante el sistema de piletas comunitarias, deberán
nombrar un representante,- solo para efectos de la operación del sistema, ya que el pago
de los consumos que se generen en dicha pileta, los facturará y cobrará AGUAPEN
proporcionalmente a todos los clientes que se benefician.
SECCIÓN III
De La Determinación de los Consumos, de la Facturación y Recaudación
Art. 37.- VALORES FACTURADOS.- Por la provisión del servicio de agua potable el cliente
pagará los valores que se facturarán mensualmente, a base del Reglamento de la
Estructura Tarifaria aprobado por el Directorio de AGUAPEN.
Art. 38.- RESPONSABILIDAD EN EL PAGO.- El cliente será el único responsable ante
AGUAPEN por el pago de los valores facturados.
En casos de pérdida o mal funcionamiento del medidor, la factura se emitirá conforme al
Reglamento de la Estructura Tarifaria.
Art. 39.- EMISIÓN DE PLANILLAS Y SU DETALLE.- AGUAPEN emitirá facturas mensuales
por los servicios que preste al cliente y procederá al cobro respectivo, efectuando la
entrega del aviso-factura (planilla) en el predio servido: En las facturas se podrán incluir
cobros por conexiones, reparaciones, multas y otros conceptos relacionados con los
servicios que presta AGUAPEN.
El pago de la factura lo harán los clientes en las ventanillas de los bancos o locales
autorizados por AGUAPEN.
Art. 40.- SANCIONES POR MORA EN EL PAGO.- Los clientes deberán realizar los pagos
en la fecha señalada en el aviso factura (planilla), en caso de mora, se cobrará la factura
con el interés legal vigente.
Al cliente que por cualquier motivo o circunstancia no pagare más de dos facturas,
AGUAPEN podrá proceder al corte del servicio de agua potable, dejando constancia escrita
de la fecha de esta diligencia, registrando la lectura del medidor y cualquier otra
información que se considere necesaria.
Durante el tiempo que permanezca cortado, AGUAPEN emitirá la factura con el valor que
le corresponda de acuerdo al Reglamento de la Estructura Tarifaria.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 89
Art. 41.- DE LA ACCIÓN COACTIVA.- A los clientes que por cualquier causa no pagaren
tres o más facturas (planillas), a más de la sanción señalada 'en el artículo anterior,
AGUAPEN les podrá emitir un título de crédito.
De no satisfacerse la obligación del título de crédito emitido, la empresa, a través del Juez
de Coactivas, iniciará la acción coactiva, con sujeción al Título IX del presente reglamento.
Art. 42.- PAGO PROMEDIO POR RECLAMO PENDIENTE.- En caso que el cliente tuviere
un reclamo pendiente de resolución, tiene la obligación de Seguir pagando mensualmente
el consumo promedio correspondiente a los seis últimos meses anteriores al período que
motivó el reclamo, caso contrario se le aplicará la sanción de corte establecida en el Art.
40. Atendido el reclamo mediante resolución, se realizará la reliquidación correspondiente
de acuerdo a la ley.
Art. 43.- RECONEXION DEL SERVICIO.- Para reconectar un servicio que haya sido
suspendido por mora en el pago o por infracciones al reglamento, será necesario que el
cliente pague el valor de la deuda o rectifique las anomalías que motivaron la suspensión
o cierre del servicio.
Art. 44.- NO HABRÁ DERECHO A INDEMNIZACIÓN.- El cliente o abonado no podrá exigir
a AGUAPEN indemnizaciones por contingencias ocurridas en la prestación de los servicios
de agua potable y alcantarillado sanitario, por la acción u omisión de terceros o causa de
fuerza mayor o caso fortuito.
SECCIÓN IV
De la Atención de Reclamos
Art. 45.- TIPOS DE RECLAMOS.- Para efectos de la recepción y resolución de reclamos,
éstos se dividen en reclamos que tengan por objeto la calidad y eficiencia de la prestación
de los servicios y reclamos que tenga relación con defectos de facturación o
establecimiento de cargos que no estuvieren previstos en el reglamento.
Art. 46.- TERMINO PARA LA PRESENTACIÓN DEL RECLAMO.- Se dará trámite a los
reclamos que se presenten en el término de veinte días (Art. 110 del Código Tributario)
contados a partir del vencimiento de la planilla que lo genera. Vencido este plazo no se
aceptarán reclamos. En atención a lo dispuesto en el Art. 125 del Código Tributario, los
reclamos serán resueltos en un término máximo de 90 días.
La presentación de un reclamo, no exime al cliente o usuario del pago del consumo
mensual, estableciendo un promedio de los 6 últimos consumos mensuales anteriores al
del reclamo.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 90
La diferencia entre el valor facturado y el pagado por el usuario, se constituye en el
objeto del reclamo, que será dilucidado luego de las investigaciones correspondientes.
Art. 47.- DE LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECLAMOS.- Los clientes que
desearan presentar un reclamo relacionado con la prestación del servicio de agua potable,
deberán hacerlo de manera verbal o escrita, en las oficinas de atención al cliente,
personalmente o a través de apoderado.
En ambos casos deberán adjuntar copia de la cédula del cliente, documento que acredite
la calidad del reclamante y cualquier otro documento que sustente su reclamo.
Una vez presentado el reclamo por parte del cliente, en la forma establecida en los
párrafos anteriores, la Oficina- de Atención al Cliente de AGUAPEN le entregará un
comprobante, en el que constará el número del reclamo, la fecha de presentación, el
motivo del reclamo, y la fecha en que será atendida su petición.
Art. 48.- ERRORES EVIDENTES DE FACTURACIÓN.- En caso de detectarse errores
evidentes de facturación, deberán ser rectificados de oficio o a petición* del cliente, sin
necesidad de levantar un expediente, de la siguiente manera:
a) De oficio.- Si el error evidente es detectado por la propia empresa, la corrección se
hará sin necesidad de presentación de reclamo, debiendo dejar constancia de la
rectificación. Esta corrección deberá ser solicitada por quien detectó el error y aprobada
por el responsable del área comercial; y,
b) A petición del cliente.- Si el error evidente es detectado por el cliente, y éste lo reporta
a la Oficina de Atención al Cliente, su rectificación se hará siguiendo lo establecido en la
letra a) de este artículo.
Art. 49.- ERRORES DE MEDICIÓN:
a) Determinado por iniciativa de AGUAPEN.- AGUAPEN en cualquier momento podrá, a su
costo efectuar revisión de medidores. Si de la revisión llegare a establecerse fallas en el
medidor que determinen un error de las mediciones en más o en menos, AGUAPEN
reliquidará las facturas de los últimos seis meses para el cobro o devolución de los valores
erróneamente facturados; y,
b) Determinado a petición del cliente.- AGUAPEN deberá efectuar la revisión de medidores
que éste solicite. Si de la revisión llegare a establecerse fallas en el medidor que
determinen un error de las mediciones en más o en menos, AGUAPEN reliquidará las
facturas de los últimos seis meses para el cobro o devolución de los valores erróneamente
facturados. El costo de la revisión será de cargo del cliente.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 91
Art. 50.- DE LAS RECLAMACIONES Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS.- Sin perjuicio de lo
antes expuesto, el cliente podrá presentar sus reclamos de carácter tributario de
conformidad con las normas, que constan en el Título II, del Libro Segundo del Código
Tributario, con los recursos que se disponen en el mismo.
TITULO III
Del Servicio de Alcantarillado
CAPITULO I
De las Modalidades del Servicio
Art. 51.- SERVICIO DE ALCANTARILLADO.- El servicio de alcantarillado que comprende
las labores de conducción, tratamiento y disposición final de las aguas servidas,
generalmente se prestará a través del sistema de redes de alcantarillado y por excepción
los clientes construirán sistemas de pozos sépticos.
EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS REPARACIONES, SE DARÁ DURANTE LAS 24
HORAS DEL DÍA, DE MANERA INMEDIATA.
Art. 52.- POR REDES DOMICILIARIAS.- Todo predio, sin excepción, situado en zonas
donde exista instalada infraestructura y sistema de alcantarillado sanitario, deberá
obligatoriamente hacer uso del mismo.
Las conexiones domiciliarias internas serán instaladas de acuerdo con las normas técnicas
del INEN, las del presente reglamento y las especificaciones técnicas que para el efecto
determine AGUAPEN.
En caso de observarse fallas técnicas en las instalaciones intradomiciliarias que afecten a
los sistemas existentes o si éstas fueren diferentes a. las normas antes mencionadas,
AGUAPEN dispondrá su rectificación, sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar.
Art. 53.- POR POZOS SÉPTICOS.- Exclusivamente en las zonas donde no exista instalada
infraestructura y sistema de alcantarillado sanitario, las conexiones de aguas servidas de
los predios, evacuarán a un sistema particular aprobado por AGUAPEN; cuyos costos de
construcción de operación y de mantenimiento, estarán a cargo del propietario,
posesionarlo o tenedor. Estas conexiones a sistemas privados tendrán carácter temporal
hasta que la conexión a la red de recolección de alcantarillado sanitario sea posible.
En este caso, el cliente podrá solicitar a AGUAPEN el servicio de extracción de sedimentos,
para lo cual pagará el valor establecido en este reglamento.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 92
Art. 54.- PROHIBICIONES.- Prohíbese utilizar el alcantarillado para drenar substancias,
líquidos y desechos tóxicos o peligrosos, y aguas con temperaturas altas no adecuadas,
así como aguas con presencia de colorantes. Además, la calidad del efluente deberá
cumplir con los parámetros indicados en el reglamento de la Ley para la prevención y
control de contaminación ambiental y del Código de la Salud.
Prohíbese también descargar aguas servidas en el sistema de aguas lluvias.
En el caso de infracciones, al cliente se le cargarán las multas indicadas en el Capítulo
VIII de este reglamento. Como está dispuesto en el artículo 82, el pago de estas multas
no exonerará al cliente de la indemnización de daños y perjuicios que deba reconocer a
favor de AGUAPEN o de terceros y de las responsabilidades de carácter penal a que
hubiere lugar.
En el caso de reincidencia del no cumplimiento en la calidad de los efluentes drenados al
alcantarillado, a más de las sanciones previstas en este reglamento, AGUAPEN podrá
proceder al corte del servicio de agua potable del cliente.
CAPITULO II
De la Comercialización
Art. 55.- TASA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO.- En el caso del servicio de
alcantarillado prestado a través de redes domiciliarias, AGUAPEN facturará y cobrará los
valores correspondientes, conforme al Reglamento de Estructura Tarifaria.
En el caso de pozos sépticos o letrinas, cuando el cliente solicite la extracción de
sedimentos, se le facturará y cobrará de acuerdo a lo establecido en el Título VII de este
reglamento.
Art. 56.- DETERMINACIÓN DE LA TASA DE ALCANTARILLADO EN FUENTES
ALTERNATIVAS DE AGUA POTABLE.- En el caso de clientes, que tengan fuentes
alternativas de agua potable para su propio uso, según se establece en el inciso segundo
del Art. 1 de este reglamento, deberán instalar los medidores que AGUAPEN determine, a
fin de establecer el volumen de agua obtenido por tales medios, para efectos de la
facturación de la contraprestación por el servicio de alcantarillado sanitario.
Art. 57.- RECLAMOS POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO.- En caso que los clientes
desearen presentar un reclamo referente al alcantarillado sanitario, se observará lo
dispuesto en los artículos 45, 46, 47, 48, 49 y 50 de este reglamento.
TITULO IV
Del Servicio de Drenaje Pluvial
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 93
Art. 58.- DRENAJE PLUVIAL.- La prestación del servicio de drenaje pluvial que
comprende las labores de recolección, conducción y disposición final de las aguas lluvias,
se lo hará a través de la siguiente infraestructura:
> En áreas con calles pavimentadas con bordillos y cunetas, la infraestructura que
corresponde a AGUAPEN está compuesta de: sumidero, tirante, ducto, colector y/o
canales revestidos de hormigón.
> El servicio de mantenimiento se realizará durante las 24 horas del día.
> En áreas sin pavimentar: canales naturales, esteros y ríos.
Art. 59.- OBLIGACIÓN DE ÜRBANIZADORES.- En caso de que un promotor de
infraestructura urbana, sea público o privado, construya una urbanización, calles o similar,
a más de las obligaciones que le impone este reglamento, deberá construir y entregar a,
AQUABEN el sistema de drenaje pluvial a dicha obra, a conformidad de ésta.
Art. 60.- PROHIBICIÓN.- Prohíbese levantar construcciones o edificaciones que
obstruyan los sistemas de drenaje naturales del cantón Salinas.
Art. 61.- TASA POR MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE DRENAJE PLUVIAL.- AGUAPEN
será la responsable del mantenimiento de los sistemas de drenaje pluvial del cantón
Salinas, por lo cual percibirá el valor de la tasa creada para el efecto.
TITULO V
De los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Drenaje Pluvial para
Urbanizaciones, Regímenes de Propiedad Horizontal y Similares
Art. 62.- FACTIBILIDAD.- El promotor de una urbanización, lotización, propiedad
horizontal o similares, solicitará a AGUAPEN, la factibilidad del abastecimiento del servicio
de agua potable y de alcantarillado, para lo cual presentará una solicitud dirigida al área
comercial, adjuntando planos del anteproyecto, memorias técnicas preliminares con la
debida responsabilidad técnica legalizada y certificado de uso de suelo.
Así mismo presentará el estudio de impacto ambiental, el que deberá cumplir con la
legislación y normativa pertinente.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 94
Art. 63.- APROBACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS.- De otorgarse la factibilidad por parte
de AGUAPEN, el promotor presentará a la empresa los estudios y diseños del sistema de
agua potable y alcantarillado sanitario y pluvial para su aprobación. Esta presentación la
hará mediante comunicación dirigida al responsable del área comercial, previo el pago de
la tasa correspondiente.
Art. 64.- DE LA FISCALIZACIÓN.- Aprobado los estudios y diseños por AGUAPEN, ésta
fiscalizará los trabajos de ingeniería relacionados con la construcción de los sistemas de
agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial. Para el efecto, ambas partes
firmarán un contrato de fiscalización, debiendo el promotor pagar previamente la tasa
correspondiente.
Art. 65.- OBLIGACIÓN POR VARIACIÓN DE DISEÑO.- Cualquier variación del diseño
aprobado, deberá ser nuevamente aprobado por AGUAPEN.
Art. 66.- RESPONSABILIDAD DEL PROMOTOR.- Es de entera responsabilidad del
promotor el diseño y la construcción de los sistemas de agua potable, alcantarillado
sanitario y drenaje pluvial, los que se ejecutarán a su cuenta y cargo.
Art. 67.- DEL SERVICIO PROVISIONAL DE AGUA POTABLE.- El promotor para proceder a
la construcción de las obras de infraestructura, podrá obtener de AGUAPEN el servicio
provisional de agua potable, en el caudal y tiempo que justifique.
Art. 68.- DE LOS SERVICIOS DEFINITIVOS.- Cuando se hubieren terminado de construir
la infraestructura de los sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje
pluvial de las urbanizaciones, lotización, propiedad horizontal o similar, el promotor, bajo
la fiscalización de AGUAPEN, hará las conexiones con la infraestructura de los sistemas de
AGUAPEN.
El promotor realizará por su cuenta, obligatoriamente las conexiones individuales de cada
predio de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario. Concluidos los trabajos,
entregará al área comercial de AGUAPEN el listado y los planos de las conexiones de
servicio, para su inclusión en el registro de clientes.
Mientras la urbanización, lotización, propiedad horizontal o similar, no haya sido recibida
por parte de AGUAPEN, el pago del consumo generado por los servicios de agua potable y
alcantarillado corresponderá exclusivamente al promotor, para lo cual se colocará a costa
de éste un medidor general en el punto de conexión.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 95
Realizada la recepción, la facturación por consumo se emitirá para cada cliente, en base a
los consumos individuales registrados en los medidores instalados en cada predio o
inmueble. La obligación de instalar medidores individuales es del promotor.
Art. 69.- DE LA RECEPCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA.- AGUAPEN dará por recibida la
infraestructura de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial,
cuando previamente se emitan los informes de aprobación de los trabajos por parte de la
Unidad de Fiscalización de AGUAPEN, bajo cuya responsabilidad se hayan realizado los
trabajos de supervisión y control de la ejecución de las obras para los servicios indicados.
Una vez efectuada la recepción de los trabajos correspondientes a los servicios de agua
potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial, la infraestructura de estos servicios
pasarán a ser propiedad de AGUAPEN, sin más trámite. La División de Contabilidad de
AGUAPEN procederá al registro contable y valorización de la infraestructura de acuerdo
con la información y documentación proporcionada por la Unidad de Fiscalización de
AGUAPEN.
Art. 70.- LOTIZACIONES INDUSTRIALES.- Para los casos de urbanizaciones o
lotizaciones industriales, a más de los diseños antes indicados, los promotores deberán
presentar memorias descriptivas del sistema de tratamiento y evacuación de aguas
servidas para la aprobación de AGUAPEN, y su construcción se realizará bajo la
fiscalización de AGUAPEN, en los términos antes indicados.
TITULO VI
De los Derechos y Obligaciones de Aguapen y de los Clientes
CAPITULO I
De los Derechos y Obligaciones de Aguapen
Art. 71.- Derechos de AGUAPEN.- Son derechos de AGUAPEN:
1. Ejercer el control y custodia de las instalaciones y las redes destinadas a la prestación
de los servicios.
2. Percibir los importes que correspondan por la prestación de los servicios a su cargo.
3. Inspeccionar las conexiones de servicios cuando sea necesaria la actualización del
registro de clientes o de otros datos que requiera AGUAPEN, relacionados con los
servicios.
4. Aplicar, cuando se comprobare violación de las obligaciones de los clientes y previo
descargo de los mismos, las sanciones previstas en este reglamento, sin perjuicio de
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 96
formular las denuncias pertinentes ante la justicia penal para el caso de comprobarse
fraude o violación a las normas de protección del medio ambiente o daño a las
instalaciones de los servicios.
5. Tener acceso a las instalaciones intradomiciliarias cuando AGUAPEN presuma que las
instalaciones internas se encuentren en condiciones perjudiciales para el sistema o
violando la presente reglamentación.
Art. 72.- OBLIGACIONES DE AGUAPEN.- Son obligaciones de AGUAPEN:
1. Suministrar los servicios de agua potable y alcantarillado a los clientes en la cantidad y
calidad establecida con las normas técnicas aplicables, bajo las condiciones definidas en el
artículo 1 de este reglamento.
2. Atender oportunamente los reclamos de los clientes relacionados a la prestación o
facturación de los servicios.
3. Asistir y asesorar a los clientes sobre el correcto diseño, construcción y mantenimiento
de las instalaciones internas y sobre los medios de acción preventiva a adoptar para el
mejor desarrollo de la prestación de los servicios y su aprovechamiento.
4. El servicio de mantenimiento de las reparaciones, se dará durante las 24 horas del día,
de manera inmediata.
CAPITULO II
De los Derechos y Obligaciones de los Clientes
Art. 73.- DERECHOS DE LOS USUARIOS, ABONADOS O CLIENTES.- Son derechos de los
clientes:
1. Recibir los servicios de provisión de agua potable y alcantarillado sanitario en la calidad
y cantidad establecida en las normas técnicas aplicables, bajo las condiciones definidas en
el artículo 1 de este reglamento.
2. Formular denuncias y reclamos sobre irregularidades en la prestación de los servicios o
su anormal cumplimiento.
3. Ser informado con antelación suficiente de los cortes de servicios programados por
razones operativas, salvo situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.
4. Reclamar a AGUAPEN por los errores de facturación.
5. Recibir de AGUAPEN atención oportuna y completa sobre sus reclamos.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 97
6. Recibir asesoramiento y asistencia respecto al correcto diseño, construcción y
mantenimiento de las instalaciones internas y sobre los medios de acción preventiva a
adoptar para el mejor desarrollo de la prestación de los servicios y su aprovechamiento.
Art. 74.- OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS, ABONADOS O CLIENTES.- Son obligaciones
de los clientes:
1. Cumplir con los reglamentos vigentes en cuanto a la conexión y desconexión de los
servicios, absteniéndose de obtener servicios alternativos de agua y alcantarillado
sanitario sin el conocimiento y la debida autorización de AGUAPEN.
2. Mantener en buen estado las instalaciones intradomiciliarias o internas desde la
conexión domiciliaria, evitando pérdidas de agua o fuga de efluentes. De existir fuga de
agua potable que eleve el consumo del cliente, éste deberá cubrir dicho costo.
3. Pagar puntualmente los servicios que se le presten y los cargos aprobados por
AGUAPEN correspondientes a conexión, desconexión, reconexión, provisión e instalación
de medidores y los demás previstos en este reglamento.
4. Permitir inspecciones de AGUAPEN a las conexiones de servicio en los casos previstos
en este reglamento.
5. Denunciar fugas o pérdidas en las cañerías de las instalaciones.
6. Abstenerse de manipular las instalaciones y los medidores alterando los registros de los
mismos.
7. Abstenerse de descargar a la red de aguas servidas o pluviales, efluentes cloacales o
industriales que se consideren sustancias tóxicas o peligrosas. Prohíbese utilizar el
alcantarillado para drenar substancias, líquidos y desechos tóxicos o peligrosos y aguas
con temperaturas altas no adecuadas, así como aguas con presencia de colorantes.
Además, la calidad del efluente deberá cumplir con los parámetros indicados en el
reglamento de la Ley para la prevención y control de contaminación ambiental y del
Código de la Salud.
8. Abstenerse de descargar aguas servidas en el sistema de aguas lluvias.
TITULO VII
Servicios Administrativos y Técnicos prestados por Aguapen
Art. 75.- CARGOS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.- AGUAPEN, por los servicios
administrativos y técnicos que presta a sus clientes, los mismos que se detallarán más
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 98
adelante, cobrará los cargos correspondientes establecidos en el presente reglamento.
Lo5 servicios que no estén definidos serán cobrados a su costo real.
Art. 76.- SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.- Considérense como servicios administrativos,
entre otros, los siguientes:
Moneda Valor Unidad
US$
1. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
1.1. Estados de cuenta
US$ 1,00 U
Por cada solicitud
1.2 Certificado de no adeudar a AGUAPEN
US$ 1,00 U
Por cada certificado
Por certificación de pago realizado (caso de pérdida o para rebaja en caso de contribución
especial de mejoras)
US$ 1,00 U
1.3 Copia de planos
Solicitud presentada a AGUAPEN
US$ 1,00 U
Adicionalmente se cancelará el valor de cada copia de acuerdo al costo real de la misma
1.4 Formulario para liquidación de contribución
Especial de mejoras y la subcategoría C (Servicio brindado con motivos de obstrucciones
producidas por edificaciones, reedificaciones, adiciones y reparaciones)
US$ 1,00 U
Art. 77.- SERVICIOS TÉCNICOS.- Considérense como servicios técnicos, entre otros, los
siguientes:
Moneda Valor Unidad
US$
2. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
2.1. Estudio y revisión de documentos
Para trámite de propiedad horizontal, de acuerdo al número de departamentos, oficinas y
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 99
locales comerciales
Por servicios de agua potable y alcantarillado:
a. Hasta 4 unidades
US$ 11,50 U
b. Entre 5 y 10 unidades
US$ 24,00 U
c. Entre 11 y 20 unidades
US$ 32,50 U
d. Entre 21 y 30 unidades
US$ 40,00 U
e. Entre 31 y 50 unidades
US$ 56,50 U
f. Desde 51 unidades en adelante US $ 64,60 U
2.2 A nivel de consulta de factibilidad
a. Lotización, urbanización o parcelación:
Mínimo: US $ 15 más por cada m2; US $ 0,0005 m2; Máximo US $ 100
b. Para industrias: US$ 0,01 m2
Mínimo US $ 20 más por cada m2 Máximo US $ 100
c. Para bodega, lubricadoras, lavadoras, gasolineras y otros similares: US $ 0,01 m2
Mínimo US $ 20 más por cada m2; Máximo US $ 100
2.3 Revisión de proyectos
De agua potable, alcantarillado y/o cisternas de tratamiento para lotizaciones,
parcelaciones, industrias, lavadoras y lubricadoras de vehículos, gasolineras y en general
todo proyecto de alcantarillado que requiera intervención de AGUAPEN, pagarán los
siguientes cargos:
a. Hasta 5 ha:
En adelante por cada hectárea adicional US $ 35,00
US$ 5,00
b. Para industrias:
Mínimo US $ 30; Máximo US $ 200; US $ 0,05 m2
Moneda Valor Unidad US$
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 100
c. Para bodega, lubricadoras, lavadoras, gasolineras y otros similares:
Mínimo US $ 20; US $ 0,05 m2; Máximo US $100
2.4. Localización de fugas de agua potable en las tuberías intradomiciliarias US $ 20,00
2.5 Exámenes microbiológicos de agua y determinación de cloro residual en agua potable
US$. Según Art.79
2.6 Análisis físico, químico y bacteriológico de las aguas residuales
US$. Según Art.79
2.7 Por servicios que demanden levantamientos planimétricos por cada m2
US$ 0,10 m2
2.8 Levantamiento topográfico con planimetría y altimetría por cada m2
US$ 0,20 m2
2.9 Extracción de pozos sépticos y letrinas dentro del perímetro urbano (por viaje)
> Residencial 10,00; > Comercial 10,00; > Industrial 30,00
2.10. Para el caso de las parroquias rurales, a más de los valores indicados en el numeral
11.9., se pagará, previo una inspección, el valor por movilización del equipo y del
personal, de acuerdo a la distancia establecida mediante el kilometraje de la parroquia de
que se trate, de acuerdo a la jurisdicción cantonal al que presta sus servicios AGUAPEN S.
A. de la siguiente manera:
> De hasta 5 Km. fuera de la jurisdicción cantonal 20,00
> De 5 hasta 10 Km. fuera de la jurisdicción cantonal 30,00
> De 10 Km. en adelante fuera de la jurisdicción cantonal 40,00
El valor de la movilización será prorrateado entre los usuarios que solicitaron los servicios,
a través de las juntas parroquiales, las que deberán coordinar previamente con la
Subgerencia Operativa de Alcantarillado
Art. 78.- DEL COBRO.- Los servicios administrativos, técnicos y especiales serán
solicitados por los interesados en las oficinas de Atención al Cliente del Área Comercial de
AGUAPEN, donde se les emitirá un recibo por el valor correspondiente, el mismo que
deberá ser pagado en cualquiera de las ventanillas de los bancos autorizados.
Una vez que se haya verificado el pago, AGUAPEN procederá a prestar el servicio
solicitado.
Art. 79.- DETERMINACIÓN PROVISIONAL POR SERVICIOS TÉCNICOS.- En caso que el
valor por los servicios técnicos no se pueda determinar anticipadamente, el solicitante
pagará por ellos un-valor provisional fijado por AGUAPEN, a cuenta del valor que resulte
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 101
de la liquidación final. El solicitante pagará la diferencia dentro de los tres días siguientes
a la fecha en que le sea requerido su pago.
TITULO VIII
De las Infracciones y Multas
Art. 80.- INFRACCIONES Y MULTAS.- AGUAPEN aplicará a sus clientes o abonados las
multas que se determinan en el presente título, por las infracciones que a continuación se
indican:
INFRACCIÓN MULTAS
1. Uso de conexión clandestina o cambio de diámetro no autorizado.
1.5 Veces el valor de la conexión según diámetro, sin perjuicio de lo previsto en el artículo
19.
2. Violación del sello de seguridad del medidor de agua potable o uso de dispositivos que
alteren el registro del medidor o que tiendan a evitar el registro de consumos.
0.5 Veces al valor de la conexión según diámetro.
3. Daños en el medidor imputable al cliente,
1.0 Vez al valor de la conexión según diámetro.
4. Captación directa de agua potable mediante bombas u otros dispositivos.
5. Ilegal reconexión del servicio de agua potable.
0.5 Veces el valor de la conexión según diámetro.
6. Evacuación de aguas servidas o lluvias en sectores no autorizados.
7. Evacuación a las alcantarillas de sustancias, líquidos y desechos tóxicos o peligrosos.
8. Venta o provisión de agua potable a terceros, sin la autorización de AGUAPEN.
El 200% de la tarifa referencial de agua potable.
9. Daños causados en los sistemas de captación, tuberías de conducción, red de
distribución, válvulas de control o cualquier parte constitutiva de los sistemas de agua
potable y alcantarillado sanitario.
Art. 81.- REINCIDENCIA.- En caso de reincidencia en la comisión de las infracciones, el
valor de las mismas se duplicará cada vez que se presente.
Art. 82.- OBLIGACIONES DEL INFRACTOR.- La imposición de multas por las infracciones
cometidas por los clientes, así como su pago, no exime a éstos de la obligación de
ejecutar las acciones que sean necesarias para corregir la infracción cometida.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 102
Así mismo, la imposición de las multas y su pago no exonerará al cliente de la
indemnización de daños y perjuicios que deba reconocer a favor de AGUAPEN o de
terceros y de las responsabilidades de carácter penal a que hubiere lugar.
Art. 83.- COBRO DE MULTAS.- De no ser pagadas las multas en el tiempo requerido,
AGUAPEN procederá al cobro de las multas antes establecidas por la vía coactiva, con
sujeción al Título IX del presente reglamento.
TITULO IX
Del Ejercicio de la Acción Coactiva
Art. 84.- FACULTAD DE LA ACCIÓN COACTIVA.- Al tenor de lo dispuesto en el Art. 118
de la Constitución de la República, CEDEGE y las municipalidades que conforman
AGUAPEN, forman parte de las instituciones del Estado y como tales, están facultadas
para el ejercicio de la acción coactiva, la misma que tiene por objeto hacer efectivo el
pago de lo que por cualquier concepto, se deba al Estado y a las demás instituciones del
sector público, conforme lo señala el Art. 993 del Código de Procedimiento Civil.
Art. 85.- EJERCICIO DE LA ACCIÓN COACTIVA.- La acción coactiva, se ejercerá para el
cobro de los impuestos que se fijen a favor de AGUAPEN; tasas y tarifas por la prestación
de sus servicios; contribuciones especiales de mejoras; intereses por mora;
arrendamiento de sus bienes inmuebles; compraventa de bienes muebles e inmuebles;
garantías presentadas por seriedad de ofertas; fiel cumplimiento de contratos; anticipos;
multas por uso clandestino de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario y
pluvial; y, por cualquier otro concepto que se estuviere adeudando a la Compañía Agua
de la Península.
La acción coactiva será ejercida por el Tesorero de AGUAPEN; de quien haga sus veces.
Art. 86.- EMISIÓN DE TÍTULOS DE CRÉDITO.- El Director Financiero o quien haga sus
veces de AGUAPEN emitirá los títulos de créditos respectivos, en la forma y con los
requisitos establecidos en los artículos 150 y 151 del Código Tributario y cobrados
mediante la acción coactiva, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 158 del mismo
cuerpo legal y 1000 del Código de Procedimiento Civil.
Art. 87.- CUERPOS LEGALES APLICABLES A LA ACCIÓN COACTIVA.- La acción coactiva
se ejercerá de conformidad con lo dispuesto en el Título II, Capítulo V, Sección Primera
del Libro Segundo del Código Tributario y Sección Trigésima Primera del Código de
Procedimiento Civil; y, los reglamentos y resoluciones que el Directorio de AGUAPEN,
dicte para el efecto.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 103
DISPOSICIONES FINALES
Art. 88.- DEROGATORIA.- Deróguense- los reglamentos e instructivos existentes, en
cuanto se opongan al presente reglamento.
Art. 89.- APLICACIÓN REGLAMENTARIA.- El presente reglamento será aplicado por
AGUAPEN o quien la suceda en la administración de los servicios de agua potable y
alcantarillado en la península de Santa Elena; ya sea por cambio de denominación o por
delegación al sector privado.
Art. 90.- VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO.- El presente reglamento entrará en
vigencia desde la fecha de su promulgación en el Registro Oficial y sus disposiciones,
prevalecerán sobre cualesquier otras que se le opongan.
Dado y firmado en la sala de sesiones del Palacio Municipal de Salinas, a los veintisiete
días del mes de marzo del dos mil tres.
f.) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde del cantón.
f.) Pablo Balón González, Secretario Municipal (E).
SECRETARIA MUNICIPAL DEL CANTÓN SALINAS.- CERTIFICA: Que el Reglamento para la
provisión, uso y prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario,
drenaje pluvial, en el cantón Salinas, fue discutido y aprobado en las sesiones ordinarias
celebradas por el Ilustre Concejo Cantonal <le Salinas, el veintisiete de febrero y
veintisiete de marzo del dos mil tres.
Salinas, 23 de marzo del 2005. f.) Pablo A. Balón González, Secretario, Municipal (E).
Salinas modifica valores prediales para 2006-2007
Una ordenanza municipal del cantón Salinas, publicada en el Registro Oficial No. 239 del
29 de marzo de 2006, determina nuevos valores prediales para el bienio 2006-2007.
El suelo ha sido valorado de acuerdo al proceso de comparación con precios de venta de
solares, para lo cual se ha zonificado y sectorizado al cantón, mediante un plano
valorativo aprobado por el Concejo, además se realizó una investigación de mercado de
todos los inmuebles que están en venta en el perímetro del cantón Salinas, señala el
artículo 8 de la mencionada ordenanza.
Anota otras consideraciones como aspectos geométricos, topográficos y servicios de
infraestructura básica que tiene cada sector. Las edificaciones para ser avaluadas se las
clasificó según su tipología.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 104
Se incorporó también a la ordenanza la tabla de clasificación de los predios declarados al
Régimen de Propiedad Horizontal, ubicados en el perímetro cantonal de Salinas.
El artículo 14 de la ordenanza señala: El Concejo Cantonal de Salinas, después de revisar,
estudiar, analizar y aprobar los valores del metro cuadrado del suelo y los valores de las
edificaciones, ha considerado conveniente establecer el dos punto por mil para cobrar el
impuesto predial urbano para el bienio 2006-2007; a excepción de los terrenos que están
destinados a la explotación de sal, que se les fija en el valor de $ 1,50 el metro cuadrado
del suelo, en razón de ser zonas no urbanísticas que no cuentan con ningún servicio de
infraestructura básica. A continuación se presenta el texto de la ordenanza citada.
El I. Concejo Cantonal
De Salinas
Considerando:
Que, ante el crecimiento poblacional que se ha producido en el cantón Salinas en los
últimos años, se torna imprescindible implementar un catastro, actualizado, objetivo y real
de toda la propiedad inmobiliaria ubicada dentro del perímetro urbano del cantón, para
contar con un registro adecuado que sustente las normas técnicas y legales y así poder
asumir los retos que impone la realidad socio-económica que atraviesa nuestro país;
Que, en uso de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 64.- Deberes y
Atribuciones de la Ley Orgánica de la Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Municipal, la
corporación edilicia, para cumplir con los fines municipales, tiene el deber de ejercer la
facultad legislativa cantonal a través de ordenanzas, dictar acuerdos o resoluciones, de
conformidad con sus competencias determinar las políticas a seguirse y fijar las metas de
la Municipalidad, tomando en consideración los principios constitucionales de igualdad,
proporcionalidad y generalidad;
Que, ante la imperiosa necesidad de cumplir con las obras prioritarias de la comunidad, lo
que conlleva a contar con la disponibilidad económica suficiente; el Concejo Cantonal
asume la responsabilidad de mejorar y optimizar sus ingresos tributarios para lo cual hace
uso de lo que la ley le faculta y procede a actualizar los avalúos de la propiedad urbana
ubicada dentro del perímetro de Salinas;
Que, en el cantón Salinas, se han implementado los servicios básicos de infraestructura,
tales como: redes de agua potable, alcantarillado pluvial, conformación y arreglo de
calles, alcantarillado para la evacuación de aguas servidas, bordillos, mejoramiento de
alumbrado público, recolección de basura, aseo de calles, así como también cuenta con
un equipamiento de la materia técnica y humana para atender las necesidades de la
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 105
comunidad en lo atinente al área social, de salud y de educación, hechos que constituyen
el factor preponderante para que en la actualidad los predios hayan adquirido una
considerable plusvalía;
Que, en fiel acatamiento a lo establecido en el Art. 314.4 de la Ley Orgánica de Régimen
Municipal, cuyo texto tipifica que "las Municipalidades, realizarán en forma obligatoria
actualizaciones generales de catastro y de la valorización de la propiedad Urbana y Rural
cada bienio", estableciendo separadamente el valor de los terrenos y de las edificaciones,
valores que se determinarán aplicando los principios técnicos que rige la materia;
Que, de conformidad con el mandato contenido en el Art. 316 de la Ley Orgánica de
Régimen Municipal se establece que los predios urbanos, serán valorados mediante
aplicación de los elementos de valor del suelo, valor de las edificaciones y valor de
reposición previstos en esta ley; con este propósito, el Concejo Cantonal deberá aprobar
mediante ordenanza, el plano del valor de la tierra: Los factores de aumento o reducción
del valor del terreno se determinarán por los aspectos geométricos, topográficos,
accesibilidad a determinados servicios, como agua potable, alcantarillado y otros servicios,
así como también se consideran los factores y características técnicas de cada una de las
edificaciones, para su respectiva valoración de las edificaciones;
Que, la actualización del catastro, en su concepto general puede definirse como el
inventario de elementos físicos sociales, económicos, legales, culturales y humanos que
conforman un territorio, toda vez que un catastro trata de identificar y registrar diversos
componentes del entorno; tales como el relieve, las divisiones territoriales, las
edificaciones, el uso del suelo, las actividades productivas, la población etc., y de manera
particular las relaciones entre sus componentes; y, en uso de las atribuciones legales que
le confiere la ley,
Expide:
La Ordenanza Que Establece La Tabla Valorativa De La Tierra Para El Bienio
Comprendido Entre El Primero De Enero Del 2006 Hasta El 31 De Diciembre Del
2007 Y Las Normas Técnicas Para El Calculo Del Valor Zonal E Individual Del
Suelo Y De Las Edificaciones.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 106
Art. 1.- La Ilustre Municipalidad de Salinas, mediante la presente Ordenanza municipal
reglamenta el Catastro Predial Urbano y la tabla valorativa que se aplicará a la propiedad
urbana del cantón, así como también establece los principios, normas, procedimientos
técnicos y parámetros específicos para determinar el avaluó general de las propiedades
inmobiliarias ubicadas en esta jurisdicción cantonal, el mismo que regirá en el bienio
2006-2007.
Art. 2.- La Municipalidad de Salinas, para establecer los avalúos descritos en el artículo
anterior, ha procedido a zonificar y sectorizar el cantón, tomando como eje principal, el
trayecto de la avenida Carlos Espinoza Larrea, considerando además, las condiciones
físicas, geométricas y servicios básicos con que cuenta cada sector, de acuerdo a como
consta en el plano valorativo de la tierra debidamente aprobado por el Concejo Cantonal.
Art. 3.- La Municipalidad de Salinas, a través de la Dirección Financiera, notificó por la
prensa y por boletas individuales a los propietarios, haciéndoles conocer la realización del
nuevo avalúo, con el objeto de que en caso de encontrarse en desacuerdo con la
valoración de su propiedad, el contribuyente podrá impugnarla dentro del término de
quince días a partir de la fecha de la notificación del nuevo avalúo ante el organismo
correspondiente, el mismo que deberá pronunciarse en un término de treinta días, de
acuerdo a como lo dispone el Art. 314.4 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.
Art. 4.- Con la finalidad de mantener constantemente actualizado el catastro predial
urbano, la Municipalidad impone a los propietarios de predios urbanos, la obligatoriedad
de notificar al Departamento de Catastro y Avalúos, toda modificación, demolición y
refacción que realice en su inmueble, a fin de que se tome debida nota en los registros
catastrales.
Art. 5.- Todas las transferencias de dominio de inmuebles, después de ser elevada a
escritura pública e inscrita en el Registro de la Propiedad, debe obligatoriamente el
propietario dentro del plazo máximo de treinta días proceder a perfeccionarlas,
ingresándola al Catastro Predial para la elaboración del respectivo registro en el
Departamento de Catastro y Avalúos.
Art. 6.- Todas las edificaciones nuevas y refacciones que se construyan de acuerdo a los
planos y avalúos de la obra debidamente aprobados por el Concejo Cantonal, cuando ya
estén concluidas, deben los propietarios por obligación cumplir con el proceso de
inspección final, que lo realizará la Dirección de Planificación Física, organismo que
oportunamente notificará al Departamento de Catastro y Avalúos a objeto de que en
forma inmediata proceda a incorporar a la ficha catastral todos los cambios operados en
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 107
el inmueble, a fin de imponer el nuevo avalúo comercial del predio, y éste a su vez
notificará a la Dirección Financiera, para que emita su pronunciamiento, referente a la
exoneración de pago de impuestos prediales por construcción nueva que consta
estipulada en el literal d) del Art. 332 de la Ley de Régimen Municipal.
Art. 7.- Con el propósito de ejercer un estricto control de todos los registros del Catastro
Predial, la Municipalidad, mantendrá en completo orden el archivo de las fichas técnicas
para el manejo manual de toda la información sobre los predios, así como también dentro
del sistema catastral computarizado, a objeto de brindar a la comunidad un servicio ágil y
veraz. El formato de la ficha técnica tendrá el siguiente contenido:
Identificación o razón social del propietario o arrendatario, número de cédula de
ciudadanía, registro único de contribuyentes, identificación del predio, clave catastral,
forma de adquisición del inmueble, historia de dominio, graficación del plano descriptivo
del predio, con linderos y mensuras, avalúos de solar, de edificación y comercial, año de
construcción de la edificación, características de la construcción, fotografía del predio,
exención de impuestos/notas y observaciones.
Art. 8.- Los avalúos que contiene la tabla valorativa materia de la presente ordenanza,
han sido determinados bajo la aplicación de las normas y principios que a continuación se
detallan:
8.1.- El suelo ha sido valorado de acuerdo al proceso de comparación con precios de
venta de solares de condiciones similares u homogéneas del mismo sector, para lo cual,
se ha zonificado y sectorizado al cantón, mediante un plano valorativo debidamente
aprobado por el Concejo Cantonal, además se ha realizado una investigación de mercado
de todos los inmuebles que están en venta en el perímetro del cantón Salinas, también se
ha considerado los aspectos geométricos, topográficos, servicios de infraestructura básica
que tiene cada sector; factores que proporcionan la información adecuada, sobre el libre
mercado de la oferta y la demanda del suelo y por sobretodo avocar conocimiento de
todas y cada una de las características técnicas de los terrenos, para poder aplicar un
avalúo justo y real, acorde a lo que determina la ley, mas aún, para el cálculo de los
nuevos costos del suelo por metro cuadrado en los diferentes sectores del cantón, dando
de esta manera cumplimiento al Art. 316 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, se
han considerado los siguientes parámetros:
a.- El costo por metro cuadrado de los suelos establecidos por el IGM para el quinquenio
2001-2005;
b.- El índice de inflación;
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 108
c.- El crecimiento salarial;
d.- La variación del índice de precios al consumidor;
e.- El indicador del crecimiento de la plusvalía de un terreno, de acuerdo a su sector;
f.- La variación del índice de desempleo; y,
g.- Valor por contribución de mejoras.
8.2. Las edificaciones para ser avaluadas se las ha clasificado de acuerdo a su tipología,
considerando:
8.2.a Estado físico.- Los materiales empleados en la construcción, la edad de la
edificación, el grado de conservación, las posibles inversiones que se tenga que realizar
para la restitución de la vida útil de la edificación, todo esto, proporciona la información
necesaria para considerar el factor de depreciación que se debe aplicar a las edificaciones.
8.2.b.- Las características técnicas.- Independientemente de la calidad del material
utilizado en las edificaciones, se ha considerado la estructura, el acabado, el diseño, el
tipo de material del techo, piso, tumbado, baños etc., para de acuerdo a esto, poder
clasificar el tipo de construcción y por ende definir el valor del metro cuadrado de la
construcción y así poder determinar su avalúo correspondiente, tomando como base lo
anteriormente descrito, se ha elaborado cuadros que contienen todos y cada una de las
características técnicas que tiene cada edificación y además se toma como referencia los
datos proporcionados por el Colegio de Arquitectos, Cámara de la Construcción, dando
cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica de Régimen Municipal, deduciendo el
valor del metro cuadrado de la construcción bajo los cuadros anexados a esta ordenanza
municipal.
Art. 9.- Dentro de la presente ordenanza, se ha incorporado también a los predios
declarados bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, cuyo catastro, se hará en forma
separada de acuerdo al título y alícuota de cada condómino; determinando el avalúo
comercial del suelo; las ventajas que ofrece la funcionalidad del edificio, el estado de
conservación del departamento y las mejoras con las que cuenta, alícuota de terreno y
garaje; características técnicas del departamento, suite, local comercial etc.
Aplicando la multiplicación del valor del metro cuadrado del suelo con la superficie del
terreno, y este resultado a su vez, se lo multiplica también por el porcentaje de la alícuota
del terreno, se obtendrá el valor del suelo del predio, al valor obtenido en esta operación,
se debe sumar el avalúo de la edificación y así se definirá el avalúo comercial del predio
de propiedad horizontal.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 109
Esta operación matemática permite aplicar un avalúo real y equitativo a los predios
declarados al Régimen de Propiedad Horizontal y por sobretodo clasificar a estos predios,
en razón de que existen edificios de esta naturaleza calificados como de lujo y otros que
tienen un tipo de construcción de estrato social medio alto, a quienes se les aplicará un
avalúo acorde a sus condiciones; así como también se tomará como factor que incide
sobre el avalúo a calcular la respectiva depreciación de acuerdo al año de construcción de
cada edificio.
Se incorpora también a esta ordenanza, la tabla de clasificación de los predios declarados
al Régimen de Propiedad Horizontal ubicados en el perímetro cantonal de Salinas.
Art. 10.- Los valores deducidos en esta tabla valorativa de la tierra, multiplicado por la
superficie de cada solar, más el valor resultante de la multiplicación del metro cuadrado
de la construcción por el área de cada edificación, constituyen el avalúo comercial real y
actual de cada predio y, por ende el valor catastral, el mismo que servirá como base, para
la liquidación del valor a pagar, por concepto de impuestos prediales, conforme a lo que
establece la Ley Orgánica de Régimen Municipal.
Art. 11.- De acuerdo a lo que dispone el Art. 320 de la Ley de Régimen Municipal a las
corporaciones edilicias se les otorga la potestad de resolver que al valor de la propiedad
urbana se les aplique un porcentaje que oscilará entre un mínimo de 0,25º/oo y un
máximo de 5º/oo, antecedente legal que constituye el fundamento, para que el Concejo
Cantonal de Salinas, después de revisar y analizar todos los valores de terrenos y
edificaciones, contenida en esta tabla, considere conveniente aplicar el rango dos punto
por mil, para efecto del cobro de impuestos prediales para el bienio 2006-2007.
Art. 12.- En fiel acatamiento a lo que dispone la Ley Orgánica de Régimen Municipal, se
tomará en consideración todas las exoneraciones establecidas en dicho cuerpo legal, tales
como: La exención del pago de los impuestos prediales a los inmuebles que estén
inmersos en los literales a), b), c), d), e) y f) del Art. 331 de Ley de Régimen Municipal y
las exoneraciones por los cuales estipulan los literales a), b), c) y d) Art. 332 de la misma
ley; así como también lo dictaminado por la Ley del Anciano y la Ley del Turismo etc.
Art. 13.- DETERMINACION DE AVALUO DEL SUELO A APLICAR EN LAS DIFERENTES
ZONAS DE VALOR.- Para poder determinar los valores de las diferentes zonas, se ha
desarrollado, una fórmula matemática que toma en consideración las disposiciones que
anteceden, y que además nos otorga como resultado un costo similar, a los obtenidos en
la investigación de mercado.-
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 110
Art. 14.- El Concejo Cantonal de Salinas, después de revisar, estudiar, analizar y aprobar
los valores del metro cuadrado del suelo y los valores de las edificaciones, ha considerado
conveniente establecer el dos punto por mil (2,00) para cobrar el impuesto predial urbano
para el bienio 2006-2007; y así cumplir con lo dictaminado en el Art. 320 de la Ley
Orgánica de Régimen Municipal, a excepción de los terrenos que están destinados a la
explotación de sal, que se le fija en el valor de $ 1,50 el metro cuadrado del suelo, en
razón de ser zonas no urbanísticas que no cuentan con ningún servicio de infraestructura
básica.
Art. 15.- Para aquellos casos, en donde al aplicarse el rango del 2º/oo, aprobado por el
Concejo Cantonal, los propietarios de los inmuebles tendrían que pagar por concepto de
impuestos prediales un valor inferior al cancelado, por este concepto en el año 2005, lo
que contraviene con lo establecido en la disposición transitoria de la Ley Orgánica
Reformatoria de la Ley de Régimen Municipal, se les aplicará la fórmula matemática
adicional que consta en el Anexo 4, cuyo incremento del impuesto predial en promedio no
supere el 10%.
Art. 16.- A todos los predios que estén ubicados en zonas de expansión urbana y las
áreas que no cuenten con infraestructura urbana, tales como vías, alumbrado público,
alcantarillado sanitario y pluvial, y servicios de agua potable, se consideran áreas no
urbanizadas, de acuerdo a lo que se establece en el plano valorativo de la tierra. A estas
áreas se aplicará el valor de suelo de US$ 4,43 el m2; el mismo que regirá hasta que sean
debidamente lotizadas. Realizadas las lotizaciones en estas áreas el cálculo del impuesto
predial se basará en lo dispuesto en el Art. 14 (Anexo Nº 1)
Art. 17.- Para los predios ubicados en zonas de expansión urbana y áreas sin
infraestructura urbana, cuyos planos de ubicación se adjunta, se aplicará directamente un
valor del impuesto predial, calculado en base de un incremento del 10% sobre el valor del
impuesto predial aplicado en el 2005, a excepción de aquellos predios en donde se haya
actualizado el avalúo catastral por obras físicas realizadas al interior del predio, que será
considerado para el cálculo final del impuesto predial en el 2006.
FACTORES QUE DETERMINAN EL VALOR DE UNA CONSTRUCCION
Art. 18.- Independientemente a lo establecido en el Art. 8, numerales 8.2, 8.2.a, 8 2.b,
se ha considerado conveniente clasificar la tipología de la construcción, en la que se
impone valores a cada una de las características de la construcción, tales como cimientos,
cadenas, columnas, vigas, entrepiso, paredes, cubierta, escaleras, pisos, puertas
exteriores, puertas interiores, ventanas, vidrios, enlucidos tumbados, baños, cocina,
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 111
closet, pintura, fachada, instalaciones eléctricas, sanitarios etc., conforme se demuestra
con los cuadros adjuntos y que forman parte de la presente ordenanza municipal.
La suma de los valores de las características técnicas va a proporcionar el avalúo del
metro cuadrado de la construcción; (anexo Nº 2) en el que se demuestra con los valores
de rango máximo y mínimo aplicable, así como también el valor a pagar con la inclusión
de la Contribución Especial de Mejoras.
Se consideran los factores de infraestructura básica con su valor promedio, así como
también los factores de forma y de ubicación con su respectivo costo promedio y por
sobretodo en las edificaciones se toma como factor de valoración a la depreciación que
debe aplicarse a cada uno de los inmuebles de acuerdo a la edad de las construcciones,
valores de cada factor que se calcularán de manera automática. Se deja constancia que
todos los factores están incorporados al sistema catastral computarizado en actual
vigencia. (Ver anexo Nº 2)
Art. 19.- Los notarios y Registrador de la Propiedad del Cantón Salinas, informarán a la
Oficina de Catastro y Avalúos de la Municipalidad de Salinas, que es la encargada de la
formación del catastro, dentro de los 10 primeros días de cada mes, el registro completo
de las transferencias totales o parciales, de las particiones entre condóminos de las
adquisiciones por remate y de otras causas, así como de las hipotecas que hubiera
autorizado o registrado.
Así mismo es obligación de los notarios y Registrador de la Propiedad del Cantón Salinas,
exigir la presentación de los recibos del impuesto predial urbano por el año en que se va
a celebrar la escritura y por el año inmediato anterior como requisito previo para autorizar
una escritura de venta, partición, permuta, u otra forma de transferencia de dominio así
como para su registro.
El incumplimiento de esta disposición será sancionada por el Alcalde con 10 salarios
unificados por cada vez que se incumpla la obligación, que aquí se le impone a los
notarios y Registrador de la Propiedad el Cantón Salinas.
Disposiciones Generales
PRIMERA.- Forma parte de esta ordenanza la Tabla y el Plano Valorativo de la Tierra, que
regirá en el bienio 2006-2007 en el cantón Salinas, (Anexo 1).
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 112
SEGUNDA.- La tipología y características técnicas de las construcciones existentes en el
cantón y que constan en el anexo 2, forman parte de esta ordenanza.
TERCERA.- Para efectos de fijar el valor para las ventas de terrenos que efectúe la
Municipalidad de Salinas, a favor de sus legítimos arrendatarios, para la fijación del canon
anual de arrendamiento y para la determinación del valor imponible para el cobro del
impuesto predial urbano y sus adicionales, se tendrá como base el avalúo catastral. El
canon de arrendamiento de los solares municipales se lo calculará de acuerdo con la tabla
porcentual que consta en el Anexo Nº 3 con un incremento del 100% y se aplicará el
procedimiento empleado para calcular el avalúo predial urbano.
CUARTA.- A petición de los señores contribuyentes, la Dirección Financiera, podrá emitir
los títulos de crédito en forma anual, trimestral y semestral, considerando las rebajas
porcentuales que establece el segundo inciso del Art. 334 de la Ley Orgánica de Régimen
Municipal, así como también los recargos que establece el tercer acápite del mencionado
cuerpo legal.
Esta disposición se establece con el propósito de otorgar facilidades a los contribuyentes y
para este efecto el Departamento de Sistema debe incorporar a la red automatizada,
todas las condiciones necesarias para llevar a cabo este beneficio a los contribuyentes.
QUINTA.- Forma parte de esta ordenanza municipal, los informes que emite la Comisión
Especial Avaluadora, designada por el Concejo Cantonal de Salinas.
SEXTA.- Las notificaciones que se efectuaron, previo a la realización del Censo Catastral;
las mismas que fueron entregadas por el personal que laboró en el Plan Estratégico
Participativo, se incorporan como parte de la presente ordenanza municipal.
SEPTIMA.- A objeto de cumplir con lo dictaminado en los incisos segundo y tercero del
Art. 314.4 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, la Dirección Financiera Municipal
procedió a notificar mediante boletas a los propietarios de los inmuebles, haciéndoles
conocer el nuevo avalúo que se aplicará a su propiedad, proceso que también forma parte
de la presente ordenanza.
OCTAVA.- La investigación de mercado, realizada por el Departamento de Catastro y
Avalúos, para obtener la información veraz, de los precios de los inmuebles ubicados en el
perímetro cantonal de Salinas que están en venta en el mercado de la libre oferta y la
demanda, forma parte de la presente ordenanza.
NOVENA.- Se deroga de manera expresa, la ordenanza que establece la Tabla Valorativa
de la Tierra para el quinquenio comprendido entre el 1º de enero del 2001 hasta el 31 de
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 113
diciembre del 2005, las normas técnicas para el cálculo del valor zonal e individual de la
tierra y edificaciones, las normas que fueron discutidas y aprobadas en las sesiones
ordinarias, celebradas del 24 marzo y extraordinaria del 31 de marzo del 2001 y
publicadas en el Registro Oficial 364 del 9 de julio del 2001.
Disposiciones Transitorias
PRIMERA.- De conformidad con lo determinado en el Art. 133 de la Ley Orgánica de
Régimen Municipal, se promulga la presente ordenanza; en los medios de comunicación
competentes.
SEGUNDA.- La presente ordenanza, entrará en vigencia a partir del primero de enero del
2006 hasta el 31 de diciembre del 2007, sin perjuicio de publicación en el Registro Oficial.
Dada y firmada en la sala de sesiones del Palacio Municipal de Salinas, a los 16 días del
mes de noviembre del 2005.
f.) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde del cantón.
f.) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal.
Certificación: La Ordenanza que establece la Tabla Valorativa de la Tierra para el bienio
comprendido entre el primero de enero del dos mil seis hasta el treinta y uno de
diciembre del dos mil siete y las normas técnicas para el cálculo del valor zonal e
individual del suelo y de las edificaciones, fue discutida y aprobada por el Ilustre Concejo
Cantonal de Salinas, en las sesiones ordinarias del once y dieciséis de noviembre del dos
mil cinco, aprobándose inclusive la redacción en esta última.
f.) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal.
Salinas, a los diecisiete días del mes de noviembre del dos mil cinco, a las nueve horas,
conforme lo dispone el Art. 128 de la Ley de Régimen Municipal, pásese la presente
ordenanza al señor Alcalde para su sanción. Notifíquese.
f.) Lcda. Gladys Espinoza de Idrovo, Vicealcaldesa del cantón.
PROVEYO Y FIRMO el decreto que antecede la señora Lcda. Gladys Espinoza de Idrovo,
Vicealcaldesa de Salinas, a los diecisiete días del mes de noviembre del dos mil cinco, a
las doce horas.
f.) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal.
Razón: Salinas, a los dieciocho días del mes de noviembre del dos mil cinco, a las nueve
horas.- Notifíquese en el decreto que antecede al señor Vinicio Yagual Villalta, Alcalde de
Salinas, en persona informó.- Lo certifico.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 114
f.) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde del cantón.
f.) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal.
Sanción: Salinas, a los dieciocho días del mes de noviembre del dos mil cinco, a las diez
horas, de conformidad con el Art. 72 numeral 31 y Art. 129 de la Ley de Régimen
Municipal, habiendo observado el trámite de ley, el Alcalde sancionó la presente
ordenanza.- Publíquese.
f.) Vinicio Yagual Villalta, Alcalde de Salinas.
PROVEIDO: Sancionó y firmó la presente ordenanza el señor Vinicio Yagual Villalta,
Alcalde de Salinas, a los dieciocho días del mes de noviembre del dos mil cinco.
f.) Pablo A. Balón González, Secretario Municipal.
2.6 Capacidades locales para la provisión de servicios de agua para consumo
humano, alcantarillado y manejo de desechos sólidos.
Provisión de agua potable para la capacidad local del cantón Salinas22
Existen 2 entidades involucradas directamente con el manejo de la cobertura de agua
potable: AGUAPEN y CEDEGE.
AGUAPEN
Considerada como la primera corporación en la Asociación de Municipios para administrar
servicios públicos (agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial, tratamiento de agua,
recolección y reciclaje de desechos sólidos) desde su conformación el 14 de diciembre de
1999.
Su área de servicio incluye otras localidades del Cantón Santa Elena: Atahualpa, Ancón,
Anconcito, Ballenita, San Pablo, Jambelí, Palmar, Monteverde, Pechiche, Colonche y toda
la franja costera desde Ballenita hasta Palmar.
Dentro de la Península de Santa Elena, se llevan a cabo Obras Complementarias de
Infraestructura que se dividen en ZONA I y ZONA II: la primera corresponde al sector de
Playas y el segundo a la región de Salinas. (Mapa 2.6.1)
Obras Complementarias de Infraestructura en la Península de Santa Elena
ZONA II
Mapa 2.6.123
22 Información obtenida de la Página Web: www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com 23 Mapa obtenido de: Características de los Sistemas de Aguapen, Mario Costas.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 115
En la Zona II, correspondiente al Cantón Salinas se encuentran los Sistemas de Agua
Potable (AAPP) y Aguas Servidas (AASS) con su porcentaje de abastecimiento según el
sector. (Mapa 2.6.2)
• Estación de Bombeo de Agua Cruda
• Línea de Impulsión/Conducción-Inst. 98%
• Planta de Tratamiento Atahualpa
Sistema de AAPP/AASS:
• Atahualpa/Ancón Anconcito-Inst. 100%
• Santa Elena: Inst. 100 %
• Ballenita/San Pablo: Inst. 60 %
• Libertad/Salinas/Muey: Inst. 50 %
Sistema de AAPP:
• Prosperidad/ El Tambo: Inst.30 %
Obras Complementarias de Infraestructura de la Península de Santa Elena
Zona II
Zona I
Zona II
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 116
Mapa 2.6.224
Sistema de Abastecimiento de Agua Potable, Zona II (Ver Anexos)
Esquema de Instalaciones25
Tabla2.6.1
CEDEGE
24 Mapa obtenido de: Características de los Sistemas de Aguapen, Mario Costas 25 Información de Esquema obtenido de: Características de los Sistemas de Aguapen, Mario Costas
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 117
Es la principal accionista y la institución que da el soporte técnico para el mejor
desempeño de sus funciones.
La mayor parte de los beneficios totales los reciben los habitantes de las zonas
urbanas, dado que la realidad de los de zonas rurales radica en el abastecimiento de
tanqueros o derivaciones del acueducto o por pozos someros con agua de calidad
dura o salobre.
En la actualidad se suministra agua potable a 175,000 personas. (Ver Imagen 2.6.1)
Para el progreso en cuanto a la Cobertura de Agua Potable, se tiene previsto un
proyecto apuntando hacia el año 2010. Este ideal, habría de proveer de servicio a
266.000 personas, y para el año 2030 a 555.000 personas.
Cobertura del Sistema de Agua Potable26 de Salinas
Imagen 2.6.1
Sistema de Alcantarillado27 (Ver Anexos)
Hasta la llegada del Proyecto de Alcantarillado Pluvial y Sanitario de CEDEGE, fue
deficitario, abasteciendo tan sólo a una parte de la población, expulsando las aguas
directamente al mar, causando contaminación.
Desde el 2002, se ha realizado:
26 Gráfico obtenido de la página Web: www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com 27 Información obtenida de la Página Web: www.municipiodesalinas.gov.ec, www.salinasecuador.com
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 118
• La construcción de un sistema de alcantarillado para las áreas urbanas de Salinas,
Santa Rosa, José Luis Tamayo y La Libertad. En la
margen izquierda de la vía a Punta Carnero, contando con lagunas de oxidación de
tipo facultativa y de maduración, con un área se 18,7 Has, cuya descarga se
realizará a un estero que da hacia al Océano Pacífico.
• La Red de Alcantarillado Sanitario de La Libertad, Salinas y Muey, registra los
siguientes datos generales.
Datos Generales de la Red de Alcantarillado Sanitario
Tabla 2.6.2
Datos generales de la red de alcantarillado sanitario de La
Libertad, Salinas y Muey.
Longitud total de
la red 75427 m
Número de
ramales 87
Número de pozos 983
Estaciones de
bombeo 6
Caudal máximo 1.67 m3/s
Excavación 314,838.2 m3
Cobertura del Sistema de Alcantarillado Sanitario Imagen 2.6.2
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 119
Residuos Sólidos Para el transporte y recolección de basura del cantón:
Salinas cuenta como Guayaquil con recursos para mantener y promover su buena imagen
de turismo. Lamentablemente en el país aún no existe la conciencia formada de cómo
tratar lo que ingerimos y utilizamos. Poco se puede lograr si no existe la colaboración
necesaria de parte de sus propios habitantes. A pesar de ello, un buen inicio lo brinda
actualmente el Municipio de Salinas que se encuentra encargado del transporte y
recolección de los desechos sólidos de dicho cantón.
La recolección y el transporte de residuos sólidos (basura) poseen un 70% de efectividad
de cobertura. Las parroquias tanto urbanas como rurales son las beneficiadas. Lo horarios
en que se desenvuelven dichas actividades son diurnos y vespertinos. Sería conveniente
señalar algún tipo de ordenanza hacia los turistas que arrojan todo cuanto ingieren hacia
las calles; cuya peor parte la llevan las playas que están infestadas de botellas, fundas,
cáscaras de algún alimento, colillas de cigarro, etc., logrando la contaminación de todo el
espacio físico que los rodea.
Servicio de Barrido
El servicio de barrido de calles es diario en el sector del Malecón y alrededores de Chipipe,
Segunda avenida, mercado, Dunas, la zona céntrica en Santa Rosa, Muey y Anconcito,
realizándose de forma eventual en sectores en los que se forman hacinamientos.
Disposición Final de los Desechos
*Relleno Sanitario: Localizado en el sector de la Diablica en la Parroquia de Anconcito
Estado: Deficiente infraestructura
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 120
Puntos Negativos: Causa Impactos Ambientales Negativos, manejo de mayoría
de desechos sin la adecuada supervisión.
Puntos Positivos: Extensión 10ha.
Vida Útil: 20 años siempre y cuando mejoran sus condiciones de manejo
Actualmente (2006) el PMRC ha contratado los estudios de diseño definitivo para un
nuevo relleno sanitario. El manejo de desechos sólidos para el cantón Salinas presenta un
estado de cobertura. (Gráfico 2.6.1)
Cobertura de Desechos Sólidos en Salinas
Gráfico 2.6.1
70%
30%
0% 20% 40% 60% 80%
Porcentaje de Beneficio
Cobertura
Déficit
Esta
do
de
Co
be
rtu
ra
Cobertura de Desechos Sólidos
Información obtenida de la Página Web: www.municiodesalinas.gov.ec
Elaboración Propia
2.7 Obras de de infraestructura sanitaria y servicios básicos previstos.
Salinas en la actualidad cuenta con algunas desventajas en su infraestructura sanitaria y
servicios básicos.
Para su progreso se consideran diversos aspectos que se incluyen en el Programa de
Acciones Prioritarias, que describen:
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 121
• Los problemas más preocupantes de la zona,
• Las acciones recomendadas para la solución de los mismos
• Los responsables y Co-participantes que deberán asumir su rol para la mejora del
Cantón Salinas.
Se debe además insistir en determinadas reformas que beneficien al Plan de Desarrollo
Estratégico principal del Cantón Salinas en cualquier gobierno existente; para así
garantizar su cumplimiento en el desarrollo del mismo.
Para lo mencionado, se presenta el siguiente Programa de Acciones Prioritarias.
(Tabla 2.7.1)
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 122
Tabla 2.7.1 Programa De Acciones Prioritarias.28
Descripción Del Problema Acciones Recomendadas Responsabilidad Y Co Participación
Servicio Básico De Recolección Y Tratamiento De Aguas Servidas
Domesticas.
- Gestionar como parte del directorio de Aguapen, la pronta culminación de las obras de alcantarillado sanitario del cantón salinas y de los sistemas de tratamiento de aguas servidas.
Alcalde Del Cantón
- Regularizar y normar con el carácter de obligatorio la conexión domiciliaria de las edificaciones con servicio de alcantarillado sanitario y establecer las sustancias prohibidas de disponer en el sistema de alcantarillado, a fin de preservarlo de taponamientos y asolvamientos prematuros y
evitar riesgos por sustancias inflamables.
Concejo Cantonal.
Aguapen
Dirección De Salud E Higiene
- Regular las normas de descarga de talleres e industrias, acogiéndose en primera instancia a la reglamentación nacional ambiental referente al recurso agua, actualmente vigente. (r.o. 204 del 5
de junio de 1989).
Concejo Cantonal
Aguapen
Dirección De Salud E Higiene
Deficiencia de servicio de alcantarillado pluvial.
Una vez en pleno funcionamiento el sistema de alcantarillado sanitario y el tratamientos de las aguas servidas, concebido de manera independiente al alcantarillado pluvial, se recomienda
gestionar en conjunto con Aguapen el proyecto de alcantarillado pluvial y así evitar conexiones al alcantarillado sanitario que restara capacidad al sistema de tratamiento.
Alcalde del cantón.
Recolección y disposición final de desechos sólidos.
Habilitar el relleno sanitario construido con financiamiento del bede. Conseguir las memorias técnicas del diseño y operación del relleno.
Dirección de obras publicas,
Dirección de salud e higiene
Establecer los horarios y rutas de los recolectores municipales y normar los procedimientos (revisar memoria de estudio financiado con el banco del estado). Fijar y publicar los horarios de
recolección. Aplicar multas o sanciones por incumplimiento.
Alcalde del cantón.
Concejo Cantonal
Una vez en funcionamiento el relleno sanitario, clausurar el botadero de basura actual. Para ser efectiva la clausura no se debe permitir el ingreso de vehículos particulares para la disposición de
Dirección de Obras Públicas.
28 Plan de Desarrollo Estratégico Urbano Cantonal del Cantón Salinas. Componente: Medio Ambiente
Fase I: Análisis y Diagnóstico de la Contaminación Ambiental del Cantón Salinas. Fase II: Identificación de imagen objetivo.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 123
desechos.
Realizar un estudio de cierre técnico del botadero de basura actual y diseño de cobertura final de uso no extensivo y conservacionista, con su respectivo plan de manejo ambiental. Este estudio
debe comprender un diagnóstico de la situación actual del botadero, la generación de lixiviados y gases como el metano, dióxido de carbono, gas sulfhídrico, productos de la descomposición de la
basura, la factibilidad y diseños definitivos de las alternativas para el adecuado cierre del botadero. El estudio debe comprender estudios topográfico, hidrológicos, geológico, de suelo, aspectos de
hidrometereología, hidro-geología, vegetación existente.
Alcalde del cantón
Dirección de plan de desarrollo
Actividad de la pesca artesanal desorganizada e impactos ambientales por desechos
producidos en los puertos de anconcito y santa rosa.
Realizar un censo de pescadores y comerciantes, a fin de proponer sus reubicación, dejando la zona de playa libre de actividad.
Municipio de Salinas.
Capitanía del Puerto
Realizar un proyecto para el Terminal pesquero y de mariscos que cuenta con infraestructura adecuada que canalice la recuperación de los residuos de la evisceracion, mediante la instalación de colectores de agua sangre, colocación de baldosas o azulejos sobre el suelo de los locales de
faenamiento, con el fin de facilitar la limpieza y evitar acumulación de sangre y restos de vísceras. Además, la sangre recuperada en los colectores y filtrada posteriormente, podría ser
comercializada a las industrias de harina de pescado. Este equipamiento debe ser ubicado fuera del área de desembarque en la playa y coordinados con la capitanía del puerto de salinas, DIGMER
y las cooperativas de pescadores.
Municipio de Salinas
Capitanía del Puerto
DIGMER.
Cooperativa de pescadores.
Concientización y educación ambiental a los pescadores y comerciantes, para que haya mayor organización, ordenamiento y limpieza en el desembarque y comercialización de los productos de
la pesca.
Programa de Manejo de Recursos Costeros.
Municipio de salinas
Dirección general de intereses marítimos
Cooperativa de pescadores.
Realizar un inventario y determinar el funcionamiento de las denominadas “pampas” existentes en el cantón salinas, con la finalidad de realizar un ordenamiento de este sector productivo artesanal
y minimizar los potenciales impactos ambientales que esta actividad produciría.
Adicionalmente, incentivar acuerdos entre los pescadores y quienes procesan harina de pescado que permitan recolectar con mayor frecuencia y a bajo costo los desechos de la pesca.
Municipio de Salinas.
Dirección de plan de desarrollo
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 124
Explotación Indiscriminada De La Sal.
Regular la explotación de la sal por parte de los poceros y prohibir la sobreexplotación del recurso, no concediendo permisos en terrenos municipales, donde en su lugar pueden desarrollarse un
proyecto de área verde o parque, de interés comunitario.
Municipio de Salinas
Dirección del plan de desarrollo.
Desalojo De Arena En Volquetas De La Playa
Establecer sanciones a personas que desalojan arena de la playa del cantón, todas las cuales están consideradas para fines recreativos de acuerdo al ministerio de turismo, en concordancia con lo establecido en la ley de régimen municipal, ordenanza de espacio y vía pública (Art. 100), por el
daño ambiental en la zona de playa y bahía.
Comisarios municipales en coordinación con la Capitanía del Puerto (zona rural principalmente),
Policía Nacional y Comisión de Tránsito del Guayas.
Municipalidad realice los estudios oceanográficos necesarios para determinar el transporte litoral de sedimentos, e identificar depósitos marinos de arena donde se puede extraer mediante dragas
hidráulicas
Municipalidad de Salinas.
Instituto Oceanográfico de la Armada.
Falta De Medidas De Prevención Para La Construcción Y Operación
De Gasolineras Y Estaciones De Servicio.
Ordenanza de depósitos de combustible, gasolineras y estaciones de servicio que regule la emisión de permisos de construcción y distancias mínimas de seguridad (normas de Petroecuador para
almacenamiento de combustible) a respetar para la instalación de nuevas estaciones de servicio, gasolineras y depósitos de combustible. La verificación de cumplimiento de normas de
construcción debe ser considerada para la emisión del permiso de funcionamiento anual. Las medidas de prevención de incendios, deben coordinarse con el Cuerpo de Bomberos de la
localidad.
Municipio de Salinas.
Dirección de Plan de Desarrollo.
Cuerpo de Bomberos.
Contaminación De Los Drenajes O Alcantarillado Por Aceites Y
Grasas Provenientes De Gasolineras, Estaciones De
Servicio Y Depósitos De Combustible.
- Normar, a través de la ordenanza de gasolineras, la construcción de trampas de grasa en lavadoras de autos y lubricadoras.
- además, normar la construcción de canaletas de recolección de aguas lluvias alrededor de las islas de despacho de combustible de las gasolineras,
- también, normar la construcción de sistemas de separación agua – combustible en los drenajes de lavado de piso del área de despacho de combustible.
Municipio de Salinas
Dirección de Plan de Desarrollo
Aguapen
Erosión De La Playa De San Lorenzo.
Un estudio específico de obra portuaria debe asesorar al Yacht Club de Salinas en el diseño u obra necesaria como medida compensatoria al impacto ambiental producido por la construcción
del espigón. Este estudio, a ser realizado de manera urgente, debe ser fiscalizado y aprobado por la municipalidad y la dirección general de la marina mercante.
Municipio de Salinas
Yacht Club Salinas
DIGMER.
Contaminación Del Agua De Mar Y Playa Por Desechos Sólidos.
La municipalidad debe extender un certificado al vendedor ambulante previo a la obtención del permiso municipal para que puedan ofrecer el servicio de venta de comida en la playa. Este
permiso debe ser condicionado a que los vendedores ofrezcan el servicio de recolección de los
Municipio de Salinas
Dirección de Salud e Higiene
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 125
residuos que se generan e instalar depósitos contenedores temporales.
Contaminación Del Agua De Mar Por Aguas Domésticas.
Una vez en funcionamiento el servicio de recolección de alcantarillado sanitario, la municipalidad debe exigir, que los usuarios cercanos al malecón de salinas evacuan sus descargas de aguas
servidas domésticas hacia dicha canalización, clausurando las evacuaciones clandestinas hacia el alcantarillado pluvial.
Municipio de salinas
Aguapen
Comisarios municipales.
Contaminación De Agua De Mar Por Derrames De Hidrocarburos.
La municipalidad y la DIGMER, en coordinación con la administración del Yacht Club y Puerto Lucía, deben concienciar a los propietarios de embarcaciones para que establezcan mecanismos de
prevención de derrames de hidrocarburos al mar.
Municipio de Salinas
DIGMER/ Capitanía del Puerto
Yacht club
Contaminación Por Ruido De Bares, Discotecas Y Otros Control
De Diversión.
Establecer vía ordenanza que todos los establecimientos de diversión y principalmente los de atención nocturna, en horas de descanso colectivo, deban cumplir con la reglamentación en
cuanto al control de ruido establecida en la reforma al reglamento para la prevención y control de la contaminación ambiental y otras fuentes, originado por la emisión de ruido, r. O. 377 del 6 de agosto de 1998., considerando el uso de suelo establecido: residencial, comercial o industrial.
Municipio de salinas
Dirección de Plan de Desarrollo
Los establecimientos deben ser cerrados, con una infraestructura adecuada consistente en paredes y cubiertas de material que no permita la transferencia del ruido hacia el exterior; el sistema de evacuación de olores y gases generados en el interior del establecimiento deberá constar de
extractores y filtros si es el caso, evacuados a través de ductos técnicamente construidos. Además, deberán obtener del cuerpo de bomberos un certificado de seguridad y prevención del sistema de
defensa contra incendios y ubicación de las salidas de emergencia.
Dirección de Plan de Desarrollo
Comisaría de Construcciones.
Contaminación Por Gases Tóxicos A La Atmósfera Y Grasas Al Alcantarillado Sanitario De
Talleres Artesanales.
En los talleres de mantenimiento automotriz debe regularse vía ordenanza que estos cuenten con el espacio interior suficiente con área de parqueo suficiente para la demanda de trabajo. Además, el
espacio donde se realiza los trabajos deberán ser pavimentados, debiendo construirse una canalización interna que permita el desalojo del agua de limpieza de pisos hacia una trampa de
grasa que deberá ser construidas conforme especificaciones de CEDEGE ó ECAPAG, según sea lo procedente, debiendo ser aprobado su diseño y obtenerse el certificado de inspección final por parte
de dicha institución.
Dirección de Plan de Desarrollo
Comisaría de Construcciones.
Los talleres de ebanistería deberán aislar el área de corte y pulido. Esta área deberá estar provista de un sistema de extracción con filtros para la retención de material articulado, construyendo las
paredes, mediciones y cubierta a una altura suficiente que no perturbe a los vecinos. En los talleres donde se utiliza pintura y lacas para vehículos o muebles, deberá disponer de áreas
debidamente equipados para esta actividad, debiendo proveerse de sistemas de extracción y filtros para el tratamiento de gases.
La evacuación de los gases de solventes o material articulado deberá realizarse a través de un ducto o chimenea de altura suficiente, que no perturbe a moradores u ocupantes de la propia
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 126
edificación o de edificios vecinos.
Contaminación Por Grasas Y Olores De Restaurantes Y
Negocios Afines.
Debe regularse, vía ordenanza, la construcción de trampas de grasa para las aguas residuales de la cocina, debidamente canalizadas hacia el sistema de alcantarillado sanitario. Para la evacuación de los gases y olores de cocina se deberán proveer de campanas de extracción y filtros. El
ducto o chimenea de evacuación deberá sé de una en altura suficiente, que no perturbe moradores u ocupantes de la propia edificación o de las edificaciones cercanas a los establecimientos.
Municipio de Salinas
Dirección de Justicia y Vigilancia
Comisarios Municipales.
Arborización.
Establecer un plan rector de áreas verdes dentro del cantón. Por el momento, la administración municipal debe disponer el inicio de las actividades dispuestas para cada propietario de solar o
edificación, de sembrar o reponer árboles donde no los hubiese o hubieran desaparecido por algún motivo, conforme la ordenanza de arboricultura y forestación.
Municipio de Salinas
Dirección de Salud, Higiene y Justicia y Vigilancia.
Proyecto Preservación Ambiental De La Represa Velasco Ibarra
Realizar términos de referencia para contratación de estudio de diagnostico integral de la zona y elaboración de un plan de manejo ambiental que determine el uso ambientalmente sustentable y de
preservación de la represa.
Municipio de Salinas en coordinación con Municipio de La Libertad.
Colaboración o auspicio: Fundación Natura, ESPOL.
Camal Municipal.
Apoyar en la gestión de la municipalidad de la libertad en convertir al camal municipal en único para la región peninsular.
Clausurar camales clandestinos no municipales y sin el respectivo control veterinario.
Alcalde del cantón.
Dirección de higiene y justicia y vigilancia.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 127
Otra de las visiones puntales es:
Medio Ambiente y energía renovable
En este punto existen dos aspectos fundamentales a considerar: equilibrio ecológico y uso
de fuentes renovables de energía, este último requerirá inicialmente efectuar una
auditoria energética de Salinas con una evaluación de usos y costumbres.
2.8 Capacidad instalada de los servicios turísticos
Hotel
Tabla 2.8.1
Categoría No. de Plazas
Lujo 206
Primera 407
Segunda 719
Tercera 60
Total 1,392
*Establecimiento que proporciona alojamiento, normalmente durante un tiempo corto. Los hoteles
a menudo ofrecen servicios adicionales como restaurante, piscina o guardería para niños. Su
símbolo es la letra H.
Hotel Residencia
Tabla 2.8.2
Categoría No. de Plazas
Tercera 57
Cuarta 60
Total 117
Hotel Apartamento
Tabla 2.8.2
Categoría No. de Plazas
Primera 135
Total 135
Hostal
Tabla 2.8.3
Categoría No. de Plazas
Primera 120
Segunda 329
Tercera 450
Total 899
* Tipo de alojamiento turístico desaparecido en la mayoría de las Comunidades Autónomas, que
designa a una Pensión sin estrellas. Su símbolo son las letras HS.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 128
Hostal Residencia
Tabla 2.8.4
Categoría No. de Plazas
Segunda 85
Tercera 152
Total 237
Hostería
Tabla 2.8.5
Categoría No. de Plazas
Primera 34
Segunda 51
Total 85
Motel
Tabla 2.8.6
Categoría No. de Plazas
Primera 40
Total 40
*Tipo de alojamiento turístico caracterizado por estar próximo a carreteras y ofrecer alojamiento y
garaje o aparcamiento independiente para estancias de corta duración. Su símbolo es la letra M.
Pensión
Tabla 2.8.7
Categoría No. de Plazas
Primera 30
Segunda 53
Tercera 147
Total 230
*Alojamiento hotelero que no reúne las condiciones mínimas del grupo hoteles. Su símbolo es la
letra P.
No. Total de Plazas de Alojamiento: 3,135
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 129
Por Hospedaje29
Tabla 2.8.8
Catastro Turístico de la Provincia del Guayas, 2006.
Propietario Dirección Categoría Hab. Plazas
Hostal
Carruaje El Guillermo Villagomez Darques Malecón 517 Y Rumiñahui Primera 14 37
Francisco I Olga Graciela Luna León De Fierro Av. General Enrique Gallo Y Rumiñahui Primera 12 34
Tropical El Amada Ditto Valencia Av. J.M. Velasco Ibarra Y Luis A. Flores Primera 16 49
Cocos Ing. Otón Arboleda Sánchez Malecón Y Calle 19 Fidon Tomala Segunda 12 56
Florida Ernesto Waldemar Duran Wauge Malecón Y Calle 2da. Segunda 16 42
Francisco II Olga Graciela Luna León Malecón 723 Y Las Palmeras Segunda 18 36
Gemelos Los Maria Soledad Vaca Viteri Cdla. Costa De Oro Av. 8va. Y Abdón Calderón Segunda 12 24
Italiana Blanca Silva Luque Cdla Italiana Calle 54 Y 3ra. Segunda 24 48
Maniatan Julio Mantilla Cárdenas Cdla. Italiana Calle 54 Entre Av. 37-38 Solar 20 Diagonal Al Colegio Rubira Segunda 14 32
Palacio del Mar Zoila Rosa Palacios Pilelle Av. 25 Y Calle 33 Segunda 22 51
Palmeras Las Esile S.A. Enríquez Gallo Y Rumiñahui Esq. Segunda 16 40
Riviera Inn Malta Castagneto Maria Carolina Avenida Octava S/N Calle 26 Segunda 0 0
Albita Milton Naranjo Valencia Av. 7 Y Calle 23 Tercera 13 30
Delfín El Clelia Domínguez Ulloa Av. Gral. Enríquez Gallo Y Calle 18 Tercera 13 20
Dorado In Jorge Eduardo Ortega Yépez Calle Rumiñahui Y Gral. Enrique Gallo Tercera 16 64
Grey Francisco Javier Rodríguez Alvarado Barrio Bazan Av. 8 E/ 19 Av. Y 20 aja. Tercera 20 50
Internacional Mendoza Valencia Maria Carmen Carretero A Salinas Tercera 44 84
Mayrita Eduardo Aguirre Flores Cdla. Franco Rodríguez (Aeropuerto FAE). Tercera 14 28
Olas Las Bolívar Rene Pacheco Salazar Calle La Palmera S/N Av. 5ta. Frente A Cevichelandia Tercera 19 49
Refugio El Olga Rodríguez Flores Los Ficus Y Rafael De La Cuadra Tercera 13 37
Rocas Las León Darío Martínez Herrera Calle 22 Y Gral. Enríquez G Tercera 13 38
Yulee Carlos Elizalde Caballero Mercedes De Jesús Y Eloy Alfaro Tercera 25 50
Hostal residencia
Tres Ciros Soubel S.A. Av. 12 Entre Calles 40 Y 43 Segunda 8 33
29 Fuente: Subsecretaría de Turismo del Litoral, Catastro 2006. Cámara Provincial de Turismo, Capítulo Salinas.
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 130
Galería Héctor Ordóñez Rueda Av.22 De Diciembre Y Guayas Y Quil Segunda 17 52
Oro Del Mar Luis Gonzalo Hidalgo Av. 2a. Y Calle 27 Tercera 66 152
Hostería
Puerto Aguaje Napoleón Sotomayor Punta Carnero Vía A Libertad Primera 12 34
Ecológica El Faro Gabriel Eduardo Faidutti Cdla Milina Mz. G Solar 1-2-3-4 Segunda 7 14
Reposo Del Guerrero El Luis Felipe Lucero Solís Calle 53 Y Av. 43 Segunda 11 37
Hotel
Barceló Colon Miramar Rafael Alberto Terán López Malecón E/38 Y 40 Lujo 90 206
Chipipe Andrés Ramiro Orellana Henríquez Chipipe, Calle 12ava S/N E/Av. Cuarta Y Quinta, Detrás Del Municipio De Salinas Primera 47 67
Mediterráneo Zelidh Aleam Chong Freire Av. Antonio José De Sucre Y 24 De Mayo Primera 33 198
Aragosta José Francisco Falquez Zambra Av. Carlos Espinoza Larrea Segunda 30 109
Da Vinci Mario Sinito Gelsomino Cdla. Costa De Oro Vía Salinas Segunda 18 52
Don Mincho Hnos. Naranjo Miranda Carretero Libertad – Salinas Segunda 70 160
Oasis Jonás López Calle 44 Entre Av. 20 Y 21 Segunda 31 80
Salinas Jorge Sotomayor Gral. Enríquez Y Av. José Alberto Estrella Segunda 35 68
Salinas Costa Azul Jorge Sotomayor Av. José Estrella Y Gral. Enríquez Segunda 46 87
Sun Beach Salinas Hotel Mario Enrique Granizo Villagomez Cdla. Italiana Calle 53 S/N, Vía Salinas, A Una Cuadra Del Colegio Rubira Primera 49 142
Suite Salinas Jorge F. Sotomayor Zambrano Gral. Enrique Gallo Y José A. Estrella Segunda 56 163
Fiesta Continental Walter Sánchez Arreaga Av. 53ava Y Calle 47ava. Tercera 30 60
Hotel Residencia
Oro Del Mar # 2 Luis Gonzalo Hidalgo Calle 18 Y Av. 5ta Cuarta 30 60
Santa Rosa Mariana Molina Pico Calle 60 Y Av. 46 Esq. Barrio 1 Ero De Enero Tercera 36 57
Hotel Apartamento
Calypso 1 Jorge Luis Macchiavello Malecón De Salinas Primera 48 120
Travel Suites Maria Cecilia Alvarado Rodrigue Av. Quinta E/ Calle Trece Y Catorce Primera 10 15
Motel
Can Cun Máximo Pachay Anchundia. Vía Punta Carnero Primera 20 40
Pensión
Le Petit Jardín Prodilar S.A. Av. De Las Americas Y Av. Gral. Enrique Gallo Primera 9 30
Carloncho Carlos A. Fernández Guilpi Av. Segunda Y Malecón Segunda 8 16
Diamond Of The Sea Lidice Macias Zambrano Av. Once Intercepción Calle 38 Segunda 9 9
Porto Rapallo Nelly Guillermina Pauta Machare Av. 6(Eduardo Aspiazu) Entre Calle 23 Y 22 Segunda 9 28
Buta-K Maria Romero Valladares Rosendo Aviles Y Jaime Roldós Diagonal Al Club De Leones Tercera 9 30
Campi Justo Eliecer Campos Martín Gral. Enríquez Entre La 26 Y 38 Tercera 8 10
Cantábrico Betty De Bonfanti Av. Eloy Alfaro Y Gabriel Santos Tercera 9 22
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 131
Jorsan Loor José Antonio Lorenzo Lorenzo General Enríquez Gallo Y Martha Valverde Tercera 9 39
Mar Y Arena Lilian Annabelle Romero Palacios José Alberto Estrella Y Av. Los Ficus (Av. 15 Y Calle 27) Tercera 8 27
Villa Venecia Jacinto Armando Barreto Zúñiga Esteros De Salina Av. No 7 E/ 27 Y 29 Tercera 6 19
No. Total de Plazas 3135
Plazas de Alimentación
Tabla 2.8.9
Categoría No. de Plazas
Segunda 515
Tercera 1399
Cuarta 580
Total 2494
Por Restaurantes30
Tabla 2.8.10
Establecimiento Propietario Dirección Categoría # Mesas # Plazas Telef.
Amazon Guillermo López Rodríguez Malecón entre 24 de mayo y L.Baz Segunda 15 60 2773671
Delicias del Ecuador Isabel Pérez Lalaleo Cdla. Puerta del Sol Mz K solar 26 Segunda 14 56 2777715
Don Ciro 2 Ciro Valerio Suárez Vera General Enríquez Gallo y Av. 2da. Segunda 16 64 2773780
Elizabeth Saavedra Elizabeth Saavedra Av. Malecón y calle 24 de mayo Segunda 9 47 2773200
Jimmy Rodeo Steak Jaime Rodríguez Novas Av. General Enríquez Gallo S/N y 21 Segunda 10 40 2770483
Mar y Tierra Milton Muñoz Santos Malecón y Av. 7 Segunda 26 104 2774193
Saavedra Jorge Enrique Saavedra Calle 26 y Av. 9Na Segunda 6 24 2774263
Trattoria Pizzería La Bella Auliria Esperanza Bravo Vélez Malecón de Salinas y Rumiñahui Segunda 15 60 2771361
Vrouw María Carlos Aurelio Benítez Assemany Calle No. 21 y Malecón No. 517 Segunda 15 60 2770214
Al Paso Carmen Luzbel Tomalá Pazan Eloy Alfaro y Segunda Avenida Tercera 9 36
Bar de Oyster Brenda Riera Moreno Calle Principal de Salinas Malecón 88 y Tercera 8 32
30 Fuente: Cámara Provincial de Turismo, Capítulo Salinas, 2006
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 132
Calle 5C
Brisas del Mar Georgina Frutos Medina General Enríquez y la 23 Tercera 10 40
Brostizado Super Pollo Roberto Oña Gómez General Enríquez Gallo y calle 20 Tercera 4 16
Cevichería Anita Ana Abigail Parrales Alcívar Av. Gral. Enríquez Gallo y Av. 2da Tercera 6 24
Cevichería Carmita 2 Carmen Alejandrina Pozo Salazar Gral. Enríquez Gallo calle 18 Tercera 10 40
Cevichería El Velero Germania Álvarez Carcelén Avenida 6 entre calles 8 y 9 Tercera 8 32 2772070
Cevichería Graciela Marlene Pozo Gonzabay Av. 6 calle 8 y 9 sector mercado Tercera 8 32 2772378
Chifa Chung Wha Express Flor León Zapata Malecón S/N y calle 38 (Carbo Viteri) Tercera 6 24 2770497
Chifa Taiwán Víctor Cruz Echeverría Av. Gral. Enríquez E/E 20 y 21 Tercera 10 40 2772163
Comedor Don Walter Walter Zúñiga Calle Guayas y Quil y Av. Malecón Tercera
Cozzoli`s Tiófilo Fuente Caicer Malecón entre calle 37 y la 38 Tercera 15 44 2778418
D`Hugo David Barrera Eleodora Peña y María González Tercera
D`Luis Luis Toala Salazar Eleodora Peña y María González Tercera
Don Jorge Jorge Vélez Gral. Enríquez y Arnaldo López Tercera
Don Juanito Juan Félix Aguirre Vélez Calle 23 y Gral. Enríquez Gallo Tercera 8 32
El Dorado María Isabel Gonzabay Tomalá Salinas Calle 23 y Malecón Tercera 6 24
El Capitán Jacinto Echeverría Malecón E/E Luis Gilbert y Rafael de la
Cuadra Tercera
El Chechito Lorenzo Guale de la O Sixto Durán Y Eleodora Peña Tercera
El Marinero I Laura Rodríguez Gral. Enríquez y Luis Alberto Tercera
El Pibe Néckler Cedeño Calle 23 y Avenida Malecón Tercera
Empanadas Milán Milán Koviccic Borislav Calle 3era E/ la 26 y la 27 Tercera 6 24
Gordo de María Sandra Ronquillo Pérez Calle 53 entre Dunas Tercera 2778278
Gringo Mariana González Gral. Enríquez y Rumiñahui Tercera
Herminia María del Carmen Rocafuerte Malecón y calle 25 Tercera 8 32 2771049
Holmurguesa Ketty Rodríguez Carpio Av. Malecón y calle 23 Tercera 10 40 2771049
Huakamole Don Seve Nelly Zambrano Av. Eloy Alfaro y Calle Santander Tercera 6 24 94787405
Joel Joel Eugenio Cuenca Zamora Malecón y Calle 25 Tercera 6 24 2771270
Karen Elsa Quinde Baque Las Palmeras y María Serrano Tercera
Kentucky Fried Chicken Juan Carlos Serrano Valdivieso Sector Chipipe Mz. 55 Tercera 10 40 2772756
La Manabita Lucía Loor Las Palmeras y Gral. Enríquez Tercera
La Ostra de César Luis Villalva Punta Carnero Tercera
Latino María Intriago Las Palmeras y María Serrano Tercera
La Lojanita 1 Nelly Germania Guerrero Álvarez Enríquez Gallo Tercera 12 48 2774328
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 133
Luv`n Oven Bertilda Marret Av. Malecón y Rumiñahui Tercera
El Madrileño J&M Mericielo del Jesús Freire Alonso Av. Gral. Enríquez Gallo y Calle Principal Tercera 8 32
Mamma Mia Jorge Nimbriotis Carlos Espinoza y Venezuela Tercera
Marnier Grace María Fuentes Martínez Av. Malecón S/N y José Estrella Tercera 10 40 2774730
Mediterráneo 1 Mauro Sebastián Tomalá Rosales Av. Gral. Enríquez Gallo y av. 24 Tercera 14 56 2770405
Mediterráneo 2 Víctor Hugo Rodríguez Chong Leonardo Avilés y Eduardo Aspiazu Tercera 8 39 2771778
Alguita Josefina Bravo Gral. Enríquez Gallo Tercera
La Ostra Nostra Danilo Ramírez González Av. Eloy Alfaro y Calle los Almendros Tercera 25 100 2774028
El Paladar Costeño Teodora Raquel Chalen Ruiz Av. Gral. Enríquez calle 23 y 24 Tercera 10 40 2771175
El Patacón Enrique Antonio Guerrero Zunino General Enríquez y Calle 38 Tercera 10 40 2774337
Picantería Vanessa Nora Elena Roca Murillo Av. 5 y calle 18 sector del mercado Tercera 5 20 2778231
Piccola Italia Ana Norero Carlos Espinoza Larrea Gasolinera
Texaco Tercera 20 80 2779294
Popular Guillermo Peña Benavides Malecón y Av. 26 Tercera 10 40
Quisquella La Bella Auliria Esperanza Bravo Vélez
Av. Malecón junto edif. Las Canarias
local 2 Tercera 10 40 2771335
Rest. Botticelli Sra. Susana Velastegui Rodríguez Av. Almendros y 6ta Esquina (chipipe) Tercera 2770143
Rest. Dorado Grill Sr. Xavier Ortega Villacís Gral. Enríquez Gallo y Fidón Tomalá Tercera 99616956
Rest. La Bella Vita Sr. Salvatore Gangi Dino Av. Malecón Edf. Las Canarias Tercera 2930406
Rest. La Casa del Arbol Sra. Martha Seminario Dávila Av. Gral. Enríquez Gallo y Fidón Tomalá Tercera 2786846
Rest. Pollo Horneado Stav Manuel José Cimadevilla Caicedo Av. Malecón y Calle 37 Tercera 2771473
Rest. Punta Carnero Sr. Leonardo Cherrez Chang Ajoy Vía Punta Carnero Tercera 2782210
Rest. Señor Ceviche Sra. Lila María Tabara Cortés Av. 17 s/n y calle 51 San Lorenzo Tercera 2778113
Restaurantes Oh Mar Jorge Ceballos Malecón y calle Rumiñahui Tercera 15 60
Rincón Colombiano Antonio Giraldo González Gral. Enríquez y Av. 24 Tercera
Robertito Ramiro Roberto María González y Leonardo Avilés Tercera
Roberto II Roberto Toala Salazar Las Palmeras y Gral. Enríquez Tercera
El Sabor Marinero Galo Quishpe Huanoluisa Gral. Enríquez Gallo y la 1 Tercera 8 32 2773029
El Sabrosón María Ausencio Suárez Calle 6 Av. Segunda Tercera 6 24 2772251
Sea Wolf Miguel Villalobos Av. Malecón y Rafael de la Cuadra Tercera
Selva del Mar Martha Asencio Romero Av. Gral. Enríquez E/ 22 y 23 Tercera 6 24 9345462
Típico Sabor Esmeraldeño Luis Antonio Ortiz Aguirre 23 y Segunda Enríquez Gallo Tercera 10 40 2773173
Víctor Andrés María Irina Arevalo Arevalo Calle 18 y Gral. Enríquez Tercera 7 28
La Yapla José Hanz Saman Behr Gral. Enríquez Gallo y calle 20 Tercera 4 16 2773197
Bayrito Filomeno Vélez Vélez Av. 27 y Gral. Enríquez Cuarta 12 48 2772908
Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero, Cantón Salinas, 2006 Cap.2- 134
Camino e Hijos Feliz María Camino Benítez Gral. Enríquez Gallo e/ la 17 y la 18 Cuarta 5 20 2771879
Carloncho 2 Carlos Hernández Gral. Enríquez y José A. Estrella Cuarta 10 40
Carmita Carmen Alejandrina Pozo Salazar Av. 3era. Y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20
Cevichería Isabelita Reyna Isabel Lavayen Salinas Calle 17 y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20
Checito Henry Gregoria Genoveva Pozo Gonzabay Las Palmeras y María Luz González Cuarta 6 24 2771663
Chelita Cecilia Tigrero Lainez Calle 17 y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20
Clavijo Olegario Clavijo Las Palmeras y María Serrano Cuarta
Comedor Albita Alba Susana Tomalá Pozo Av. 2da y calle 27 Cuarta 4 16
D`Yuri Edwin Leonidas Guerrero Álvarez Gral. Enríquez y calle 18 Cuarta 4 16
Gloria Gloria Tomalá Santiesteban Calle 17 y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20
Janeth del Rocío Marcia Máxima Pozo Liriano Av. 3era. Y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 6 24
Karina Adelina Bernabé Tigrero Av 5ta. Y calle 17 Cuarta 7 28
Kléber Dick Borbor Salazar Las Palmeras y Gral. Enríquez Cuarta 4 16
Lojanito José Aurelio Tintina Jombo La 23 y Gral. Enríquez Cuarta 10 40
Mar y Sol Juana Severino González Av. 2 y calle 12 frente a Iglesia de
Chipipe Cuarta 9 36 97411505
Martha Eva Preciada Martha Lainez Tigrero Calle 17 y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20
Niña Etmy Yoconda de la O Av. Gral. Enríquez y Eleodora Peña Cuarta 4 16
Patricia Ebilio Nemesio Panchana Guales Calle 17 y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20
Pikeos León Edgar Gerardo León Piedraita Calle Eleodora Peña S/N Gral. Enríquez Cuarta 6 24 2770475
Roberto Augusto Antonio Toala Ruiz Eleodora Peña Villao y Gral. Enríquez Cuarta 6 24
Rocío María Pascuala Guale Pozo Av. 3era. Y Gral. Enríquez Gallo Cuarta 5 20
Super Fausto Petra Amada Tigrero del Pezo La 23 y Gral. Enríquez Cuarta 8 28
El Típico María Arandina Lucas Mero Rumiñahui y Av. Eduardo Aspiazu Cuarta 6 24 2774108
Xuxa Jacinta Orrala Rodríguez Calle 5 y Av. 17 Cuarta 4 16
No. Total de Plazas 2494
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 135
2.9 Facilidades existentes para el visitante: sitios de parqueo, baterías sanitarias en áreas de playa, otras que se determinen durante el estudio.
Entre las facilidades existentes para el visitante en el cantón Salinas se puede establecer lo siguiente:
Sitios de Parqueo:
Salinas no cuenta con espacio físico determinado de parqueo para el transporte público o privado. Se señalan más bien las calles principales y
secundarias del Cantón Salinas para suplir dicha necesidad. (Ver Anexo de Fotos)
Baterías Sanitarias en Áreas de Playa
Existen Baterías Sanitarias Portátiles que se instalan a lo largo de las playas (San Lorenzo y Chipipe) más que nada durante su Temporada Alta
para beneficiar a los turistas. (Ver Anexos de Fotos)
La siguiente tabla enumera datos complementarios relacionados con:
Asistencia Social,
Cultura/turismo
Seguridad civil y
Servicios.
La siguiente Normativa de Referencia de Equipamiento Urbano Complementario, indica su Frecuencia de Uso, su Espacio Requerido
(construcción y Terreno), y la Población que la ocupa o utiliza. (Ver Tabla 2.9.1)
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 136
Normativa de Referencia de Equipamiento Urbano Complementario
Tabla 2.9.1
Normativa De Referencia De Equipamiento Urbano Complementario31
Equipamiento
Frecuenc
ia
de Uso
Espacio Requerido Población
Construcció
n
Terre
no Base
Asistencia Social
31 Distribución Espacial (Equipamiento Urbano), Volumen I del Plan Participativo de Salinas, Septiembre 2000.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 137
Guardería .15 m²/hab.
600
m²/mi
n.
2000
habitantes
Cultura/Turismo
Iglesia 10% de la
población 1 m²/asist.
1.5
m²/ha
b.
25000
habitantes
Hotel 1 cama /
100 hab. .05 m²/hab.
.10
m²/ha
b.
Biblioteca 70% de la
población .01 m²/hab.
.02
m²/ha
b.
50000
habitantes
Seguridad Civil
Retén Policial .005
m²/hab.
200
m²
20000
habitantes
Estación De
Bomberos .01 m²/hab.
500
m²
50000
habitantes
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 138
Cuartel Policía 5 m²/500
hab. 600 m²
2000
m²
Servicios
Telefonía .06 m²/hab.
1200
m²
min.
20000
habitantes
Correos
.08
m²/habita
ntes
.02 m²/hab.
400
m²
min.
20000
habitantes
Cementerio
1.25% de
la
población
.17 m²/hab. 25500
m²
150000
habitantes
Comercio/Abaste
c.
Gasolinera 75% de la
población
400-
500
m²
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 139
Ámbito Económico 2.10 Caracterización económica de la estructura productiva del sub- sector Turismo (relación porcentual entre empresas grandes,
medianas y pequeñas y magnitud promedio de las inversiones)
2.10.1 Empresas Pequeñas, Medianas y grandes
De manera formal en los catastros de la Sub-secretaría de Turismo del Litoral no se clasifican a las empresas dedicadas a las actividades turísticas
como pequeñas, medianas o grandes; de la misma manera no se establece el monto de las inversiones de empresas dedicadas a la actividad
turística.
Tomando en consideración el número de empleados. Del total de 238 empresas, 235 son consideradas pequeñas que emplean entre 1 a 25
personas, que representan el 99% de la planta turística; y 3 empresas consideradas medianas ya que emplean más de 25 personas, y representan
el 1% de la planta turística de Salinas.
Tipo de empresas dedicadas al turismo de acuerdo al número de personas empleadas, año 2006
Tabla 2.10.1
Número de personas empleadas
1-25 Más de 25
Número de
establecimientos 235 3
Tipo de empresa Pequeñas Medianas
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 140
99% 1%
Fuente: Catastro 2006- Subsecretaría de Turismo del Litoral
Elaboración propia
2.10.2 Característica de las inversiones
Ya que no existe un registro o estadística de Salinas donde se consideren el monto de las inversiones en los establecimientos dedicados a la
actividad turística. Se ha caracterizado las inversiones de acuerdo a la propiedad de la empresa.
2.10.2.1 Inversiones de acuerdo a la propiedad de la empresa: Se han caracterizado las inversiones de acuerdo al tipo de administración en
dos grupos:
-Inversión de tipo familiar o de persona natural corresponde a los establecimientos pequeños, muchos de ellos administrados por sus
propietarios o registrados a nombre de personas naturales.
-Inversión corporativa: corresponde a los establecimientos medianos y/o grandes que son manejadas a través de una empresa o persona
jurídica, y que generalmente cuentan con una organización y estructura más formal en sus operaciones.
Tipo de inversiones en establecimientos de Turismo de acuerdo a la Propiedad de la Empresa.
Tabla 2.10.2.
Tipo de inversión
Propiedad. Familiar-Persona natural Propiedad
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 141
Fuente: Catastro 2006- Subsecretaría de Turismo del Litoral
Elaboración propia
De acuerdo a los datos mostrados en la tabla 2.10.2, el 91% de los establecimientos son de tipo familiar o registrados por personas naturales, y el
9% corresponde a inversiones de tipo corporativo, es decir son administrados por empresas formalmente constituidas.
Es necesario aclarar que los establecimientos registrados por personas jurídicas pueden ser también de tipo familiar.
2.10.2.2 Inversiones en construcción de complejos de recreación en la provincia del Guayas.
En el Anuario de Edificaciones y Construcciones del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) existen estadísticas acerca del monto de
inversiones dedicadas a la construcción de complejos de recreación en la provincia del Guayas, así como el monto de las inversiones dedicadas a la
construcción en Salinas en los años 1994 y 1996. Sin embargo no se muestra el monto de las inversiones en construcción de la planta turística en
Salinas. (Ver Tabla 2.10.2.2)
Variación en la inversión en construcción de Complejos Recreacionales en el ámbito provincial, años 1994 1996 y 2004
Tabla 2.10.2.2.
D E S C R I P C I Ó N AÑOS
Corporativa
Número de establecimientos 216 22
Porcentaje 91% 9%
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 142
1994 en dólares
1996 en dólares
2004 en dólares
1 Monto de inversiones para todo tipo
de construcción- provincia del Guayas 136.422.623 85.371.162 291.173.200
2 Monto de inversiones para
construcción con uso comercial en
provincia del Guayas
50.055.799 8.958.742 51.547.400
3 Inversiones para todo tipo
construcción en Salinas 6.005.663 1.928.644
información no
disponible
4 Inversiones en construcción de Complejo Recreacional en la
provincia Guayas
1.475.008 588.500 1.627.840
5
Relación % de Inversiones para
Complejos de Recreación con respecto al Total de inversiones para
construcción con uso comercial de la provincia (descripción 4 /descripción
2)
2.95% 6,57% 3,16%
6 Relación porcentual del valor de
inversiones en descripción 3 con los
valores en descripción 1.
4,40% 2,26% información no
disponible
Fuente: INEC, “Anuario de Edificaciones 1994,1996 y 2004”
Elaboración propia
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 143
La descripción 5 de la tabla 2.10.2.2 muestra que en el ámbito de la provincia del Guayas las inversiones en complejos de recreación ha crecido
apenas en un 0.21 % en un periodo de 10 años. Es importante destacar que la inversión en complejos de recreación no incluye a todas las
inversiones que se puedan realizar en el Sector del Turismo como son construcción de hoteles, restaurantes, sitios de esparcimiento y otros de la
planta turística instalada en la provincia de los cuales no hay una referencia estadística.
La información de la última estadística en inversiones de construcción del año 2004 no revela datos referentes a las inversiones en construcción de
todo tipo de edificaciones en Salinas, razón por la cual en la descripción 6 no es posible hacer una relación de estas inversiones con respecto a las
de la provincia del Guayas, tal como en los años 1994 y 1996, periodo en el cual se registra un decrecimiento del 2.14%.
La casi nula información estadística sobre las actividades productivas y particularmente sobre las del turismo obliga a utilizar metodologías
alternativas que solamente permiten estimar el crecimiento de las inversiones relativas al Turismo.
2.11 Tasa de crecimiento del sector empresarial turístico local.
La tasa de crecimiento del sector turístico empresarial del cantón Salinas es un indicador que no se ha encontrado en las estadísticas de turismo de
las diferentes entidades relacionadas con el tema. Por lo que en el presente estudio se establece la relación entre el número de establecimientos
registrados en el Catastro de la Sub secretaría de Turismo en dos diferentes años (2003 y 2006).
Tasa de crecimiento anual de la Planta Turística registrada en los años 2003 y 2006
Tabla 2.11
TIPO DE ESTABLECIMIENTO
AÑOS Variación porcentual en periodo
2003-2006 2003 2006
Agencias de Viaje 7 10 43%
Hoteles y sitios de alojamiento 39 48 23%
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 144
Casinos, termas y balnearios 1 3 200%
Bares 7 12 71%
Cafeterías y Fuentes de soda 17 27 59%
Restaurantes 89 122 37%
Discotecas 12 13 8%
Peñas y salas de baile 3 3 0%
TOTALES 175 238 36%
Fuente: Catastros 2003 y 2006. Subsecretaría de Turismo del Litoral
Elaboración propia
De acuerdo a esta información en el año 2003 se encontraban registrados 175 establecimientos de la planta turística aumentando en promedio del
36 % en un periodo de 3 años.
La mayoría de los establecimientos de la planta turística registrada han tenido un incremento significativo, los sitios de alojamiento han
incrementado en un 23% en el periodo descrito, lo cual evidencia el incremento de turistas (quienes pernoctan en Salinas) lo que trae como
consecuencia el aumento en los consumos de otros elementos de la planta, como restaurantes (12% anual), agencias de viajes (14% anual) y
fuentes de soda (20% anual).
Sin embargo el mayor número de establecimientos de la planta turística son los de alimentación, evidenciando el consumo de los residentes
temporales (población flotante) y excursionistas32 que visitan la localidad.
Crecimiento de la planta turística registrada en los años 2003 y 2006
Gráfico 2.11.
32 Excursionista: Visitante que permanece menos de 24 horas fuera de su lugar de residencia habitual, no utilizando servicio de alojamiento comercial. OMT
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 145
0
20
40
60
80
100
120
140
Agencias de
Viaje
Hoteles y
sitios de
alojamiento
Casinos,
termas y
balnearios
Bares Cafeterías y
Fuentes de
soda
Restaurantes Discotecas Peñas y
salas de baile
2003 2006
2.12 Análisis cualitativo del recurso humano que emplea formal e informalmente el Sub. Sector Turismo.
2.12.1 Perfil del recurso humano que emplea el turismo.
No se han realizado estudios respecto al perfil y calificación del recurso humano empleado por el sector Turismo en Salinas, sin embargo se toma
como referencia los datos del nivel educativo de los Censos de Población de 1990 y 2001 que muestran que el nivel educativo promedio de la
población del cantón Salinas fue de 6.0 y 6.2 grados respectivamente. Lo que equivale a decir, que en promedio, la población tiene para el año
2001 un nivel de instrucción primario y que con relación al año 1990 la mejoría no es significativa. En el ámbito de la ciudad de Salinas el promedio
de escolaridad es de 6.5 años.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 146
Todos estos datos dan una referencia en cuanto al nivel de educación de las personas empleadas en la actividad turística, suponiendo que la
mayoría de quienes trabajan en el sector turismo en Salinas provienen de ella.
De acuerdo a los datos de la tabla 2.12, el 20,79% de la Población económicamente activa de Salinas tiene nivel primario terminado de educación; y
el 20,30% la secundaria terminada; siendo estos los porcentajes más representativos.
Valores relativos de la PEA por nivel de instrucción en la rama de Hoteles y Restaurantes
Tabla 2.12
Nivel de Instrucción Número de personas V. Relativo
1 Primario (4-6 año) 84 20,79%
2 Secundario (4-6 año) 82 20,30%
3 Secundario (0-3 año) 57 14,11%
4 Superior 50 12,38%
5 No declarado 48 11,88%
6 Primario (0-3 año) 33 8,17%
7 Educación Básica 20 4,95%
8 Ninguno 16 3,96%
9 Educación Media 6 1,49%
10 Post Bachiller 6 1,49%
11 Centro de Alfabetización 1 0,25%
12 Post grado 1 0,25%
TOTAL 404 100%
Fuente: INEC, Censo de Población y Vivienda año 2001
Elaboración Propia
2.13 Personas ocupadas en el Sub-sector Turismo y crecimiento del mercado laboral.
La información con respecto a estos temas en el cantón Salinas es muy escasa, especialmente respecto al sector informal.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 147
De acuerdo a información proporcionados por el Departamento de Turismo del Municipio de Salinas, la actividad turística decrece aproximadamente
en un 50% en la temporada baja; sin embargo este valor es un estimado, por lo que no se puede llegar a una conclusión acertada con respecto al
número de personas ocupadas por el sector turismo de manera formal e informal y por temporadas turísticas.
En la tabla 2.13 se muestran el número de personas ocupadas, agrupadas de acuerdo a los diferentes establecimientos de la planta turística.
Número de personas ocupadas en la planta turística, años 2003 y 2006
Tabla 2.13
TIPO DE ESTABLECIMIENTO Número de personas ocupadas
año 2003
Número de personas
ocupadas año 2006
Variación porcentual en
periodo
Agencias de Viaje 30 35 16,7%
Hoteles y sitios de alojamiento 335 424 26,6%
Casinos 10 28 180,0%
Bares 15 26 73,3%
Cafeterías y Fuentes de soda 38 57 50,0%
Restaurantes
279 401 43,7%
Discotecas
75 94 25,3%
Peñas y salas de baile 13 13 0,0%
TOTALES 795 1078 35,6%
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 148
Fuente: Catastro 2006. Subsecretaría de Turismo del Litoral
Elaboración propia
De acuerdo a los datos mostrados en la tabla 2.13, se evidencia un crecimiento positivo en el número de personas ocupadas en la planta turística
cuyo incremento porcentual en últimos tres años ha sido en promedio del 35.6%.
Los sitios de alojamiento son los que demandan la mayor de cantidad de personal en el 39.33% en el año 2006.
2.14 Nivel de ingreso promedio en el sub-sector turismo y comparación con el nivel de ingreso promedio en otros sectores
productivos relevantes de la localidad tales como la pesca, la agricultura y el comercio.
En cuanto a remuneraciones se refiere, el ingreso mensual de los empleados de nivel operativo en los diferentes establecimientos de la planta
turística, tomando en consideración 20 días laborables, está comprendido entre $100 a $13033
Las remuneraciones de los empleados de nivel alto y propietarios de establecimientos que administran los mismos, no están incluidas en el presente
estudio ya que estos datos no nos fueron proporcionados. No obstante se asume que el ingreso de este grupo oscila entre $500 y $1.200 promedios
mensuales, resultado de entrevistas realizadas con ejecutivos de negocios formales representativos del Turismo en Salinas.
2.14.2 Comparación del nivel de ingreso promedio en otros sectores productivos relevantes con el Turismo.
Los sectores productivos relevantes en Salinas son Agricultura, silvicultura, caza y pesca (20.2% respectivamente de la población económicamente
activa de acuerdo al Censo de Población del año 2001); sin embargo el ingreso promedio mensual de tales actividades a nivel local es una
información no disponible. Se ha realizado una comparación de los ingresos promedios de estas actividades a nivel nacional, con los generados por
el sector turismo como promedio a nivel local.
Ingreso promedio mensual por rama de actividad a nivel Nacional, año 2005
33 Fuente: Sondeo realizado con administradores de establecimientos turísticos pequeños, por el equipo consultor de este estudio en el mes de abril del 2006.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 149
Tabla 2.14.2.
Rama de Actividad Ingreso US$ Trabajadores
no calificados
Pesca y criaderos 121
Agricultura, ganadería y caza 106
Sector Turismo en Salinas 130 Fuente: Encuesta Empleo, Desempleo y Subempleo, INEC 2005
Elaboración propia.
De acuerdo a estas cifras el ingreso promedio mensual relativo al Turismo, es superior al de ingreso percibido por trabajadores no calificados en las
ramas de actividad descritas en la tabla anterior.
Los datos presentados son comparados en dos ámbitos diferentes, nacional y local, y son tomados en consideración el presente estudio, al no
existir información a nivel local de ambas actividades que permitan hacer una comparación más acertada.
2.15 Presupuesto municipal para la gestión ambiental y el desarrollo turístico.
De acuerdo a datos proporcionados por el Departamento Financiero del Municipio de Salinas, el Presupuesto general total para el año 2006 es de
$8.233.884,79 de los cuales se destinan el Gestión Ambiental el 8% y para desarrollo turístico el 0.44%.
Presupuesto del Departamento de Medio Ambiente e Higiene, año 2006
Tabla 2.15 a)
Nº DETALLE PRECIO ANUAL
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 150
Fuente: Dirección Financiera Municipio de Salinas
Elaboración propia
Presupuesto del Departamento de Turismo, año 2006
Tabla 2.15 b)
Fuente: Dirección Financiera Municipio de Salinas
Elaboración propia
2.16 Contribución económica del sub.-sector turismo
al presupuesto municipal
El Presupuesto del Municipio de Salinas para el año 2006 en
el rubro de Permiso, Licencias y Patentes prevé una
aportación de $15.875,5834 por concepto de pagos de tasas,
licencias y patentes de funcionamiento de establecimientos
turísticos que corresponden al 0.19% del Presupuesto
General para el año 2006.
La tabla 2.16 muestra la relación porcentual de los rubros
correspondientes a Gestión Ambiental, Desarrollo Turístico y los ingresos obtenidos por Permiso, Licencia y Patentes con respecto al presupuesto del
año 2006. Es importante destacar que si bien los ingresos por conceptos de Permisos, Licencias y Patentes de Turismo apenas representan el
0.19% en relación con el Presupuesto General del Municipio, representan el 43.89% de los valores presupuestados destinados para Desarrollo
Turístico.
34 Información proporcionada por el Departamento de Contabilidad del Municipio de Salinas.
MENSUAL
1.- 32 Obreros 20.094,12 241.129,44
2.- 19 Eventuales 3.420,00 41.040,00
3.- 3 Vehículos contratados 20.160,00 241.920,00
4.- Equipos de biodiversidad: gorras, guantes, mascarillas
Camisetas tipo buzo
30.000,00
5.- Equipo de Trabajo: machetes, lampas, escobas 10.000,00
6.- Combustible, lubricantes, repuestos, accesorios 116.646,00
Total Presupuesto del Departamento de
Medio Ambiente e Higiene 680.735,44
Presupuesto Departamento de Turismo
Nº DETALLE PRECIO
MENSUAL ANUAL
1.- 1 Funcionario 800,00 10.560,00
2.- 3 Empleados 1.220,46 16.345,98
3.- 3 Viáticos y Subsistencia 148,00 1.776,00
4.- Elaboración de afiches, postales, etc.
7.490,00
Total Presupuesto del Departamento de Turismo
36.171,98
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 151
Relación porcentual de rubros correspondientes a Turismo y Gestión Ambiental con respecto al Presupuesto General, año 2006
Tabla 2.16
Rubros Valores
presupuestados en US$
Relación % con
respecto al
presupuesto General
1.- Gestión Ambiental 680.735,44 8,27%
2.- Desarrollo Turístico 36.171,98 0,44%
3.- Permiso, Licencia y
Patentes 15.875,58 0,19%
Presupuesto General del año 2006………………………. $ 8.233.884,79
Fuente: Dirección Financiera Municipio de Salinas
Elaboración propia
Ámbito Social
2.17 Indicadores básicos de calidad de vida en la localidad
Uno de los objetivos generales de los planes para el desarrollo turístico, es el de “fortalecer las capacidades de los líderes y agentes locales
vinculados al turismo en los destinos de playa, para que logren aplicar los conceptos y herramientas de la planificación del turismo sostenible, para
el manejo de las temporadas turísticas de playa”35, lo que exige tener un conocimiento del medio, en la medida que el turista entre otros aspectos
35 / PARRA BOZZANO, David. Seminario – Taller “Planes de Temporadas Turísticas para destinos de Playa”. Manta 6 al 8 de marzo del 2005.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 152
demandará servicios, bienes, seguridad y una determinada actitud de la población que genere el ambiente adecuado para el desarrollo de las
actividades del turismo.
La aproximación al concepto de calidad de vida se realiza a través de la medición de las necesidades, cuyas carencias se traducen en aspectos de
malestar en las personas, los hogares o en el seno de la sociedad. En el caso específico, se tratará de los niveles de la calidad de vida de los
habitantes del balneario de Salinas, los que también generan impactos en la población visitante.
Para este análisis situacional se considera el mayor número de aspectos disponibles en dimensiones tales como:
1) Aspectos Demográficos.
2) Infraestructura de la Vivienda y del Hogar.
3) Educación.
4) Salud.
5) Aspectos Económicos.
Este análisis, se realizará con los datos disponibles de los Censos de Población y de Vivienda de los años 1990 y 2001, será ampliado y actualizado
con información proveniente de registros administrativos, fin de profundizar el conocimiento de la realidad del balneario de la ciudad de Salinas y
su potencialidad para el desarrollo del turismo.
2.17.1 Aspectos Demográficos.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 153
En el período 1982 al 2001, la población del cantón salinas se incrementó en 1.9 veces. Al inicio del período, el cantón había alcanzado una
población de 26.165 habitantes y hacia fines del año 2001, en base a resultados definitivos del censo de población 2001, se registran 49.572
habitantes. Mientras que, el país en el mismo lapso incrementó en 1.5 veces la población, lo que evidencia un crecimiento demográfico más
dinámico del cantón salinas. Observándose también, que en el periodo intercensal (1982 – 2001) el cantón, viene aumentando su importancia
relativa frente a la población total del país, concentrando en el año 2001 el 0.41 por ciento de la población (Ver Tabla 2.17.1).
Población nacional, cantonal y porcentaje de la población cantonal respecto a la nacional. Periodo 1982 – 2001
Tabla 2.17.1
Año Población país Población salinas
(*) Porcentaje (%)
1.982 8.138.974 26.165 0.32 1.990 9.697.979 32.434 0.33 2.001 12.156.608 49.572 0.41
(*) Para fines de comparabilidad con la actualidad, en los años 1982 y 1990 se excluye la población de la parroquia rural la libertad que
posteriormente se transformó en cantón.
Fuente: INEC, “resultados definitivos de los censos de población de 1982, 1990 y 2001”.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 154
A través del tiempo, la población del cantón ha experimentado un incremento sostenido en su ritmo o velocidad de crecimiento, lo cual se expresa,
entre otros aspectos, en las variaciones de las tasas intercensales. En el periodo 1990 - 2001 la población de salinas tuvo un crecimiento
demográfico promedio anual del 3.86 por ciento, que significa un incremento absoluto de aproximadamente 1.558 personas por año. El crecimiento
demográfico promedio en el ecuador fue de 2.05 por ciento, lo que muestra que el cantón salinas creció a casi dos puntos porcentuales más rápido
que el resto del país en el periodo 1990 - 2001, acelerando también su crecimiento en relación al periodo intercensal 1982 - 1990 (ver Tabla
2.17.2).
Tasas de crecimiento demográfico del país y del cantón salinas (%)
Periodo 1982 – 2001 Tabla 2.17.2
Periodo Tasa crecimiento país
(%) Tasa crecimiento
salinas (%) 1982 – 1990 2.19 2.68 1990 – 2001 2.05 3.86
Fuente: INEC, “resultados definitivos de los censos de población de 1982, 1990 y 2001”.
Debe resaltarse que las tasas de crecimiento observadas en salinas, son mayores que las del país, alcanzando un nivel preocupante, mientras el
ritmo de crecimiento del país baja, la de salinas aumenta, lo que debe llevar a prever el incremento de la demanda de servicios y empleos de la
población; como un ejemplo, con las tasas de crecimiento demográfico registradas en el periodo 1990 – 2001, de mantenerse constantes, la
población del ecuador se duplicará en 34 años, mientras que, la de salinas lo hará en 18 años.
2.17.1.1 Grado de urbanización
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 155
El cantón salinas tiene, a fines del año 2001, la mayor parte de su población residiendo en el área urbana como se observa en la tabla 2.17. 3,
aunque en el año 1982 residían en el núcleo amanzanado el 67.8 por ciento. El incremento poblacional, tiende a concentrarse en el área rural,
destacándose que está perdiendo peso la población urbana.
Población urbana y rural del cantón salinas
Tabla 2.17.3
Año Población
urbana %
Población rural
%
1982 17.748 67.8 8.417 32.2 1990 19.298 59.5 13.136 40.5 2001 28.650 57.8 20.922 42.2
Fuente: INEC, “resultados definitivos de los censos de población de 1982, 1990 y 2001”.
2.17.1.2 Estructura etaria y de sexo de la población
La distribución de la población por edad en el cantón salinas, muestra el denominado proceso de envejecimiento que ha tenido su población en el
período 1982 – 2001. Mientras en 1982 la población de 0 a 14 años de edad representaba el 41.1 por ciento, para el año 2001 constituye el 34.2
por ciento.
Las personas que tenían edades entre 15 y 59 años y que representan a los adultos en edades productivas o que demandan trabajo, su peso
relativo varía en el período observado, de 54.1 a 58.1 por ciento, aumentando su importancia; el proceso comentado se explica fundamentalmente
por el descenso de la fecundidad. Igual tendencia muestra el grupo de 60 y más años de edad (ver tabla 2.17.4).
Distribución relativa de la población, según grandes grupos de edad y tasa de dependencia demográfica. Años 1982 – 2001.
Tabla 2.17.4
Grupos de Salinas 1982 Salinas 1990 Salinas 2001
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 156
edad 0 – 14 10.747 12.820 16.960 15 – 59 14.157 18.021 28.800
60 y más 1.261 1.593 3.812 Grupos de
edad % % %
0 – 14 41.1 39.5 34.2 15 – 59 54.1 55.6 58.1
60 y más 4.8 4.9 7.7 T.d.d. 84.8 80.0 72.1
Fuente: INEC, “resultados definitivos de los censos de población de 1982, 1990 y 2001”.
Sin embargo, la estructura por edad demuestra que la población de salinas es todavía relativamente joven, donde el 34.2 por ciento de la población
tiene menos de 15 años de edad, que corresponde a una pirámide poblacional de edades de base ancha, característica de los países en vías de
desarrollo.
La estructura por edad de la población es un factor determinante en la dimensión de la demanda por servicios básicos fundamentales, como son:
Salud, preferentemente en niños de 0 a 5 años y adultos de 60 y más años de edad;
Educación, preferentemente en niños y jóvenes de 6 a 14 años;
Trabajo, preferentemente en jóvenes y adultos de 15 a 59 años;
Previsión social, preferentemente en adultos de 60 y más años de edad.
Otra forma de describir la estructura por edad de la población está dada por la Tasa de Dependencia Demográfica (T.D.D.), que expresa el número de
personas en edades que se definen como inactivas (menores de 15 años y personas de 60 y más años de edad) o dependientes por cada cien
habitantes en edades que se definen activas (15 a 59 años de edad). En el cuadro 4 se advierte que la relación de dependencia ha disminuido de 84.8
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 157
por cien en el año 1982 a 80 en el año 1990 y a 72 en el año 2001, lo que significa que por cada cien personas en edad activa existen menos
dependientes en el año 2001. El descenso se debe a la reducción porcentual de los menores de 15 años y al aumento de la población activa, fenómeno
que se explica por el descenso de la fecundidad.
Esta medida de mucho interés demográfico, no expresa la efectiva relación de dependencia, ya que la población económicamente activa no es ni la
totalidad de las personas comprendidas en el grupo de edad de los 15 a 59 años, ni corresponde, en muchos casos sólo a este grupo etario o de
edad. Sin embargo, esta menor proporción expresa la reducción de la tasa de dependencia familiar y desde luego genera una distribución más
equitativa en el gasto familiar.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 158
Al considerar la distribución de la población por sexo, se observa para 1990 que el número de hombres por cada cien mujeres (índice de
masculinidad), en Salinas fue de 102.9, lo que evidencia un predominio de los hombres como consecuencia de una migración diferencial por sexo.
Un comportamiento parecido tendiendo hacia el equilibrio muestran los datos del censo de población del 2001, en el que el índice de masculinidad
del cantón es de 102.5 hombres por cada 100 mujeres, mientras que el país tiene una relación hombre – mujer de 98.0 para el año 2001 (Ver Tabla
2.17.5).
Salinas y Ecuador. Población por Sexo e Índice de Masculinidad Años
1990 – 2001.
Tabla 2.17.5
Jurisdicción Año Hombres Mujeres Im =
(h/m)*100 Salinas 1990 16.452 15.982 102.9
2001 25.095 24.477 102.5 Ecuador 1990 4.796.412 4.851.777 98.9
2001 6.018.353 6.138.255 98.0 IM = Índice de masculinidad. Fuente: INEC, “resultados definitivos de los censos de población de 1990 y 2001”.
2.17.1.3 Densidad Demográfica
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 159
En el 2001 año, que corresponde a la ejecución del VI Censo de Población, el cantón Salinas tenía un total de 49.572 habitantes distribuidos en una
superficie total de 68.7 Km2 registrando una densidad poblacional de 721.6 habitantes/km2, muy superior a la densidad de 472.1 habitantes/km2
alcanzada en el año 1990, lo que significa un incremento del 52.8 por ciento en 11 años (ver Tabla 2.17.6).
Salinas: Densidad Demográfica. Año 1990 – 2001
Tabla 2.17.6
Año Población Extensión km2 Densidad pob/km2
1990 32.434 68.7 472.1 2001 49.572 68.7 721.6
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población de 1990 y 2001”.
2.17.2 Infraestructura de la Vivienda y del Hogar.
Históricamente los centros poblados ubicados fuera de las capitales provinciales han sufrido la falta de inversión en los servicios sociales básicos, en
ellos habitan en gran parte familias de bajos niveles educativos y económicos, características propias de las familias pobres y de precarias
condiciones de vida.
El Censo de Vivienda del 2001 registró un total de 18.287 viviendas en el cantón Salinas. De las cuales el 54.0 por ciento corresponden a viviendas
ocupadas con personas presentes, el 21.4 por ciento a ocupadas con personas ausentes, el 15.7 por ciento a las viviendas desocupadas y el 8.7 por
ciento corresponden a viviendas en construcción. Se registran 36 viviendas colectivas como son: hospitales, cuarteles, cárceles, conventos, etc.
Igual comportamiento tiene la cabecera cantonal, donde se encuentra el balneario de Salinas. El alto porcentaje de viviendas ocupadas con
personas ausentes o desocupadas tiene su explicación por el hecho que estas viviendas son utilizadas en las temporadas vacacionales (ver Tabla
2.17.7).
Salinas: Total de Viviendas por Condición de Ocupación. Censo 2001
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 160
Tabla 2.17.7
Condición de Ocupación Cantón % Cabecera* %
Viviendas Ocupadas Personas Presentes 9.870 54.0 5.881 46.3
Viviendas Ocupadas Personas Ausentes 3.919 21.4 3.628 28.6
Viviendas Desocupadas 2.878 15.7 2.355 18.5
Viviendas en Construcción 1.584 8.7 807 6.4
Viviendas Colectivas 36 0.2 29 0.2
Total Viviendas 18.287 100.0 12.700 100.0
* Viviendas de cabecera cantonal están comprendidas en el total del cantón.
Fuente: INEC. “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.
2.17.2.1 Viviendas y promedio de ocupantes
El promedio de ocupantes por vivienda con personas presentes en el cantón Salinas fue de 5.0 en el año 2001, mientras que para la ciudad de
Salinas fue de 4.9 conforme se puede apreciar en la Tabla 2.17.8. El promedio del cantón es superior al 4.3 que se registró para la provincia del
Guayas.
Población y Viviendas Particulares Ocupadas con Personas Presentes y Promedio de Ocupantes por Vivienda en Salinas
Tabla 2.17.8
Cantón Salinas Población Viviendas Ocupadas Personas Presentes
Promedio Ocupantes
Cabecera Cantonal 28.650 5.881 4.9
Resto cantón 20.922 3.989 5.2
Total 49.572 9.870 5.0
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.
2.17.2.2 Abastecimiento de agua
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 161
En la ciudad de Salinas, de las 5.881 viviendas particulares ocupadas con personas presentes registradas en el 2001, el 54.3 por ciento recibe agua
por tubería dentro de la vivienda, el resto carece de este servicio o tienen otras formas de abastecerse de agua como por tubería fuera de la
vivienda o del edificio, situación más complicada en el área rural del cantón que tiene una cobertura del 38.6 por ciento.
Abastecimiento de Agua
Tabla 2.17.9
Cantón Salinas Tubería dentro de
Vivienda %
No recibe agua por Tubería
%
Cabecera Cantonal 3.196 54.3 2.685 45.7
Resto Cantón 1.541 38.6 2.448 61.4
Total 4.737 48.0 5.133 52.0
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.
Lo observado, significa que una de cada dos viviendas no dispone cómodamente de este servicio en sus propios hogares. El problema es más grave
en los hogares rurales. A pesar de lo precario de la situación, se observan avances de cobertura en relación al año 1990, cuando el cantón registró
el 10.0 por ciento de la viviendas recibían agua por tubería dentro de la vivienda; en tanto que 18.0 y 7.7 por ciento correspondían al área urbana y
rural respectivamente.
2.17.2.3 Origen del Agua de Consumo Humano
Este servicio está vinculado a las condiciones y calidad de la vida y tiene relación directa con la salud de la población. En el año 2001, se contabilizó
en la ciudad de Salinas, 4.773 viviendas que reciben agua de la red pública lo que representa el 81.2 por ciento de las viviendas ocupadas;
mientras, un 14.5 por ciento de las viviendas obtienen el agua para consumo humano de carros repartidores o “tanqueros” (852 viviendas);
destacándose el hecho que las viviendas del área rural, el 88.3 por ciento (3.522 viviendas) reciben el agua por “red pública” (ver Tabla 2.17.10).
Origen del Agua de Consumo Humano
Tabla 2.17.10
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 162
Cantón Salinas Red
Pública % Tanquero %
Otras Formas
%
Cabecera Cantonal 4.773 81.2 852 14.5 256 4.3
Resto Cantón 3.522 88.3 292 7.3 175 4.4
Total 8.295 84.0 1.144 11.6 431 4.4
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.
Este servicio también muestra mejoría en relación al año de 1990, que registró en el cantón una cobertura del 95.6 por ciento por “tanqueros” y 2.8
por ciento por red pública.
2.17.2.4 Eliminación de aguas servidas
En el área urbana del cantón Salinas, las formas dominantes de evacuar las aguas servidas, según indican los resultados del censo de vivienda
realizado en noviembre del 2001, es a través de “pozo séptico” con un porcentaje de 66.6 por ciento, seguido por “red pública de alcantarillado” y
“pozo ciego” con el 13.3 y 11.5 por ciento respectivamente, “otra forma” (a cielo abierto) representa el 8.6 por ciento; mientras que, en el resto del
cantón Salinas, el 90.5 por ciento elimina las aguas servidas vía pozos sépticos, ciegos u otra forma. Como se desprende de la información existe
una alta contaminación del suelo (ver Tabla 2.17.11).
Eliminación de Aguas Servidas
Tabla 2.17.11
Servicio Disponible – Cantón Cabecera Cantonal
% Resto
Cantón %
Red pública de Alcantarillado 785 13.3 380 9.5
Pozo Ciego 677 11.5 1.007 25.2
Pozo Séptico 3.915 66.6 1.546 38.8
Otra forma 504 8.6 1.056 26.5
Total 5.881 100.0 3.989 100.0
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 163
En el año 1990, la cobertura de la red pública de alcantarillado apenas cubría el 1.2 y 4.1 por ciento para el área urbana y rural respectivamente.
2.17.2.5 Energía Eléctrica La cobertura del servicio eléctrico para el año 2001 en las viviendas particulares ocupadas de la ciudad de Salinas fue del 93.7 por ciento; existiendo
369 viviendas que sus ocupantes denunciaron no disponer del servicio. En el resto del cantón la cobertura alcanza al 91.7 por ciento de las
viviendas (ver Tabla 2.17.12).
Servicio de Energía Eléctrica en las Viviendas Ocupadas.
Tabla 2.17.12
Cantón Salinas Si tiene % No tiene %
Cabecera Cantonal 5.512 93.7 369 6.3
Resto Cantón 3.659 91.7 330 8.3
Total 9.171 92.9 699 7.1
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.
El problema de la energía eléctrica, en general es menos grave que las carencias de servicios de agua y de eliminación de las aguas servidas. Sin
embargo, la mejoría lograda en 11 años es mínima, inclusive el desarrollo de nuevos asentamientos en el área rural no se ha cubierto
satisfactoriamente, como se observa en la Tabla 2.17.13.
Cobertura del Servicio Eléctrico en las Viviendas. Año 1990 – 2001
Tabla 2.17.13
Cantón Cobertura 1990 (%) Cobertura 2001 (%)
Cabecera Cantonal 92.7 93.7
Resto Cantón 91.9 91.7
Total 92.1 92.9
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 1990 y 2001”.
2.17.2.6 Servicio Telefónico
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 164
En el cantón Salinas la mayoría de las viviendas ocupadas no cuentan con el servicio telefónico para el año 2001; a partir de los datos que
suministra el Censo de Vivienda se registra para la ciudad de Salinas que 1 de cada 3 viviendas disponen del servicio, en el área rural la relación es
de 1 por cada 7 viviendas (ver Tabla 2.17.14).
Servicio Telefónico en las Viviendas Ocupadas
Tabla 2.17.14
Cantón Salinas Si tiene % No tiene %
Cabecera Cantonal 2.008 34.1 3.873 65.9
Resto Cantón 634 15.9 3.355 84.1
Total 2.642 26.8 7.228 73.2
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.
En el año 1990, la cobertura cantonal era del 12.1 por ciento, en tanto que, el 22.0 por ciento de las viviendas del área urbana disponían del
servicio.
2.17.2.7 Hacinamiento
El hacinamiento familiar dimensiona el espacio disponible por persona en la vivienda donde residen los hogares, y se expresa como el número
promedio de personas por dormitorio. Este indicador de la comodidad familiar sugiere la estructura adecuada de la vivienda en relación con el
número de miembros de la familia.
Frecuentemente se considera como normal una relación de dos personas por dormitorio, por tanto existirá hacinamiento cuando en promedio existe
3 ó más personas por dormitorio. Los resultados del Censo de Población y Vivienda permite sostener que el 52.2 por ciento de las viviendas
ocupadas de la ciudad de Salinas disponen de 3 o más personas por dormitorio, es decir más de la mitad de los hogares viven en condiciones de
hacinamiento, situación que es más grave en el área rural donde el 63.3 por ciento de los hogares tienen más de 3 personas por dormitorio (ver
Tabla 2.17.15).
Número de Personas por Dormitorio
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 165
Tabla 2.17.15
Cantón Total
Viviendas Menos de 1 1 a 2 3 a 4 5 y más
Cabecera 5.881 95 2.716 1.756 1.314
Resto 3.989 14 1.449 1.525 1.001
Total 9.870 109 4.165 3.281 2.315
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos del Censo de Vivienda 2001”.
En el año 1990 el 49.0 por ciento de las viviendas de la ciudad de Salinas eran ocupadas por más de tres personas por dormitorio, evidenciándose
un deterioro de las condiciones de habitabilidad en relación al 2001, en la medida que, el grado de hacinamiento familiar es un indicador
fundamental para analizar niveles de la calidad de vida y de la pobreza, aunque el indicador, merece incorporar en su medición el espacio vital, el
área construida y las características arquitectónicas de las viviendas.
2.17.3 Educación y Analfabetismo
La educación tiene como objetivo el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida, es un derecho inherente a la persona humana
y no un privilegio. La democratización de la educación y el desarrollo socio económico están fuertemente relacionados, por tanto es justo reconocer
que el nivel educativo es el indicador más relevante y explícito de las condiciones de vida y de los estados de pobreza en la población. La educación
permite mayor movilidad social y ocupacional, mejorar ingresos y el poder adquisitivo de la familia; la educación es la mejor inversión social y
económica que nunca produce pérdida, ayuda a mejorar las condiciones de vida y superar los estados de pobreza. Educar es cultivar la inteligencia
y la personalidad de hombres y mujeres dispuestos a participar positivamente en la vida y desarrollo de su pueblo. El desarrollo turístico camina
junto a una población con altos niveles de instrucción formal.
2.17.3.1 Población en Edad Escolar que asiste a clases
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 166
La asistencia escolar mide el grado de escolaridad de la población de 6 y más años de edad, es decir qué parte de la población es atendida por los
centros y programas educativos. Asumiendo que la mayor asistencia escolar de la población en edad escolar, evitará futuros estados de
analfabetismo y mejorará los niveles educativos de la población.
La población comprendida entre los 6 a 19 años de edad del cantón Salinas muestra un déficit o una falta de cobertura educativa en el orden del
33.2 por ciento, lo que se evidencia al relacionar los 14.908 habitantes que los resultados definitivos del censo de población registra para el grupo
de edad indicado con las personas que para el mismo grupo de edad indicaron no estar asistiendo actualmente (4.956 habitantes) a un centro de
instrucción o educación. El problema de falta de cobertura se agudiza conforme aumenta la edad de la población, el déficit en los grupos de 6 a 9 y
10 a 14 años, siendo grave, no es mayor por cuanto entre esas edades recién empiezan a incorporarse al sistema educativo y el nivel primario y el
ciclo básico se encuentran con mayor cobertura en el país (ver Tabla 2.17.16).
Cobertura y déficit educativo en el Cantón Salinas
Tabla 2.17.16
Cantón – Grupo de edad Población que
Asiste %
Cobertura Población que No
Asiste %
Déficit
Cabecera Cantonal
6 a 9 2.090 86.7 322 13.3
10 a 14 2.304 76.7 700 23.3
15 a 19 1.055 37.9 1.729 62.1
Total 5.449 66.5 2.751 33.5
Resto del Cantón
6 a 9 1.883 87.5 268 12.5
10 a 14 1.791 74.9 600 25.1
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 167
15 a 19 829 38.5 1.327 61.5
Total 4.503 67.2 2.195 32.8
Total
6 a 9 3.973 87.1 590 12.9
10 a 14 4.095 75.9 1.300 24.1
15 a 19 1.884 38.1 3.066 61.9
Total 9.952 66.8 4.956 33.2
Fuente: INEC, Resultados Definitivos del Censo de Población del 2001.
Se encontró a nivel del área urbana que de cada 10 niños de 6 a 14 años, asistían a las escuelas 8 educandos. En otras palabras, a nivel del área
urbana, los porcentajes de niños y jóvenes que no asisten a clases es alto, 13.3 por ciento para el grupo de 6 a 9 años y 25.1 por ciento para el
grupo de 10 a 14 años.
La información disponible no permite describir la calidad de la educación que recibió ó está recibiendo la población, los indicadores de estudio se
refieren a la eficiencia o cobertura del sistema educativo.
2.17.3.2 Analfabetismo
El analfabetismo constituye uno de los fenómenos sociales que traduce la naturaleza y tendencia de la política educativa y económica del país. Por
este motivo el analfabetismo es uno de los indicadores básicos para analizar los niveles de vida, los analfabetos son los más pobres y los
marginados de la dinámica de desarrollo social y económico.
El porcentaje de la población analfabeta, expresa en forma resumida la eficiencia del sistema educativo, considerando que su objetivo es asegurar
que toda la población sin excepción, aprenda cuando menos a leer y escribir, que alcancen educación primaria completa, así como formar y
capacitar la fuerza laboral y social para el desarrollo nacional.
En el año 2001, fecha en que se realizó el VI Censo de Población, se registró 2.596 analfabetos que representa una tasa de 6.8 analfabetos por
cada 100 habitantes mayores de 10 años de edad en el cantón Salinas.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 168
El nivel de analfabetismo medido sobre la población de 10 años y más de edad, en la ciudad de Salinas registra una tasa de analfabetismo del 5.9
por ciento lo que corresponde 1.330 personas que no saben leer y escribir en el año 2001 (ver Tabla 2.17.17). En relación al año 1990 no se
observa mayor cambio, cuando se registró una tasa de analfabetismo de 6.2 por ciento que expresa a 892 personas en la ciudad.
Tasas de Analfabetismo medido sobre la población de 10 años y más de edad.
Tabla 2.17.17
Cantón Salinas Pob. 10 años y más Analfabetos Tasa en %
Cabecera Cantonal 22.467 1.330 5.9
Resto Cantón 15.540 1.266 8.1
Total 38.007 2.596 6.8
Fuente: INEC, Resultados Definitivos del Censo de Población del 2001.
Debe quedar consignado que en los datos presentados no se alude en ningún momento al analfabetismo “funcional” o por “desuso”, esto es,
aquellas personas que siendo adultas y teniendo un cierto nivel de escolaridad (por lo general menor al 4to. grado), por la inactividad intelectiva o
por ausencia de actividades complementarias que le induzcan a reafirmar los conocimientos asimilados, van olvidándose de esos conocimientos
originarios lo que redunda o deviene en analfabetismo “funcional”. Se estima que incluyendo dicha población, la cifra de analfabetismo, se elevaría.
2.17.3.3 Nivel Educativo de la población
El nivel educativo se expresa por el número promedio de grados de estudios aprobados por la población de 10 y más años de edad. Los Censos de
Población de 1990 y 2001 muestran que el nivel educativo promedio de la población del cantón Salinas fue de 6.0 y 6.2 grados respectivamente. Lo
que equivale a decir, que en promedio, la población tiene para el año 2001 un nivel de instrucción primario y que en relación al año 1990 la mejoría
no es significativa. A nivel de la ciudad de Salinas el promedio de escolaridad es de 6.5 años.
A nivel cantonal así como del área urbana y rural, se observa que la mayor proporción de la población de 5 años y más de edad tiene niveles de
instrucción primaria, como se observa en la Tabla 2.17.18. (Ver Tabla)
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 169
Población de 5 años y más de edad según Niveles de Instrucción Formal
Tabla 2.17.18 Nivel de educación Área Urbana Área Rural Total Cantón
Primario 13.497 11.118 24.615
% 53.1 61.1 56.4
Secundario 6.226 3.827 10.053
% 24.5 21.0 23.0
Post - Bachillerato 145 75 220
% 0.6 0.4 0.5
Superior y Postgrado 1.751 623 2.374
% 6.9 3.4 5.4
Ningún nivel o no declara 3.813 2.561 6.374
% 15.0 14.1 14.6
Total 25.432 18.204 43.636
Fuente: INEC, Resultados Definitivos del Censo de Población del 2001.
En la ciudad de Salinas, donde están concentrados la mayoría de los centros educativos más importantes y de mayor prestigio, la población tiene
mayor acceso a la educación, lo cual se traduce en una mayor proporción de nivel secundario.
2.17.4 Salud.
El interés nacional de acuerdo a lo establecido en la “Agenda de Desarrollo Humano” se orienta a que todos los integrantes de la sociedad tengan
acceso universal a los servicios de salud, a través de un Programa de Aseguramiento Universal en Salud, proceso que tiene como finalidad: a)
extender la cobertura de salud integral (preventiva y curativa); b) elevar la calidad y eficiencia de los servicios de salud, y c) mejorar la situación
laboral del personal de salud.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 170
La infraestructura de salud localizada en el cantón Salinas lo constituyen en forma dominante los establecimientos sin internación, que son
establecimientos de consulta externa que disponen de personal médico que suministran atención primaria y de emergencia, además disponen de
equipos básicos como mesas ginecológicas y de parto, excluyendo los que se relacionan con internación hospitalaria como: cirugía, salas de parto,
camas de trabajo de parto y de recuperación post-operatoria (ver Tabla 2.17.19).
Establecimientos de Atención Médica ubicados en el Cantón Salinas
Tabla 2.17.19
Establecimiento Total
Hospital General y Cantonal (con internación) 1
Clínica particular (con internación) 2
Centro de Salud (sin internación) 1
Subcentro de Salud (sin internación) 1
Dispensario Médico (sin internación) 2
Total 7
Fuente: INEC. Anuario de Recursos y Actividades de Salud. Año 2004.
La mayor cantidad de médicos y paramédicos institucionalizados o sea en relación de dependencia con instituciones, se encuentra en la ciudad de
Salinas (ver Tabla 2.17.20).
Médicos y Paramédicos Institucionalizados en el Cantón Salinas
Tabla 2.17.20 Tipo de Profesional Total
Médico General 10
Médico Residente 6
Médico Rural 8
Obstetriz 2
Enfermera 4
Auxiliar de Enfermería 22
Estudiante Interno 12
Odontólogo 3
Total 67
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 171
Fuente: Trabajo de campo 2006- Jefatura Provincial de Salud del Guayas.
Las principales causas de hospitalización para el año 2004 en el cantón Salinas, captadas a través de los establecimientos hospitalarios con
internación son: en primer lugar el parto normal (26.5 por ciento); en segundo lugar las cesáreas (17.1 por ciento); luego las diarreas y las fiebres
tifoideas, etc. (5.4 por ciento); siguen: los abortos (3.8); apendicitis (2.5 por ciento); colecistitis (2.1); entre otras enfermedades. Resaltando que
este comportamiento es parecido al registrado en otros años.
2.17.5 Aspectos económicos
La dinámica económica, la participación de la población en el mercado del empleo y la distribución del ingreso son elementos determinantes en los
niveles de vida de la población.
La Población Económicamente Activa (PEA) es aquella parte de la población dedicada a la producción de bienes y servicios de una sociedad. El
concepto en lo fundamental mantiene consistencia a través de los diversos Censos de Población realizados en el país, permitiendo por ende la
comparabilidad de los datos censales; sin embargo, presenta diferencias sobre el límite de edad para el ingreso a la PEA: el Censo de 1990 investigó
la PEA desde los 8 años de edad, mientras que el Censo del 2001 la consideraron a partir de los 5 años de edad respectivamente.
Con la finalidad de permitir la comparabilidad de los datos, el presente análisis considerará la PEA a partir de los 12 años de edad. Resaltando el
hecho que el Censo de Población realizado en noviembre del 2001, registró 16 niños de 5 a menos de 12 años de edad participando en la
producción de bienes y servicios en la ciudad de Salinas, de los cuales 12 son niños y 4 son niñas.
2.17.5.1 Tendencias del Crecimiento de la PEA En el año 1990, se registró 6.262 personas como Población Económicamente Activa en la ciudad de Salinas. En el 2001 su número alcanzó a 9.779,
o sea, se multiplicó por 1.6 veces en un periodo de 11 años. La causa principal es sin duda, el crecimiento de la población operado dentro del
mismo periodo. El crecimiento medio anual de la PEA en cifras absolutas que se produce entre 1990 y 2001, es de aproximadamente 320 personas
al año (ver Tabla 2.17.21). Se observa una mayor aceleración en la tasa de crecimiento de la PEA (4.05 por ciento).
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 172
Salinas: Población Total, Población Económicamente Activa de 12 años y más de edad y Tasas de Crecimiento. Censos 1990 y 2001
Tabla 2.17.21
Concepto Población Total PEA Total
Año 1990 19.298 6.262
Año 2001 28.650 9.779
Tasa Crecimiento 1990 – 2001 (%) 3.59 4.05
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001”
2.17.5.2 Tendencias en la proporción de la PEA
No toda la población de la ciudad participa en las actividades económicas. Hay grupos enteros de población, como el de los niños menores de cierta
edad, que no participan en absoluto. Hay por otra parte, grupos que tienen una alta participación, como los hombres adultos jóvenes (entre 30 y 45
años); lo que depende del grado de desarrollo alcanzado y de las pautas socio culturales respecto del trabajo femenino.
La proporción de la PEA sobre la población total (tasa bruta de actividad) ha seguido una tendencia creciente en los últimos 11 años, pasando de
32.4 por ciento en 1990 a 34.1 en el 2001. Lo que se explica por los cambios en la estructura de edad y sexo de la población como consecuencia de
altas tasas de fecundidad prevaleciente en el pasado y el cambio de criterios en relación a la integración de la mujer en la fuerza de trabajo. La
proporción de mujeres activas sobre el total de la población femenina tiene una tendencia de crecimiento más dinámica que de los hombres, casi
duplicando (1.9 veces) su participación en números absolutos (ver Tabla 2.17.22).
Población, PEA y Tasa Bruta de Actividad (TBA) por Sexo. Censos 1990 y 2001
Tabla 2.17.22
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 173
Concepto Año 1990 Año 2001
Población Total 19.298 28.650
Hombres 9.699 14.459
Mujeres 9.599 14.191
PEA Total 6.262 9.779
PEA Hombres 5.177 7.666
PEA Mujeres 1.085 2.113
TBA Total (%) 32.4 34.1
TBA Hombres (%) 53.4 53.0
TBA Mujeres (%) 11.3 14.9
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001”
2.17.5.3 Tasa Refinada de Actividad Económica
La PEA al relacionarla con la población de 12 años y más de edad permite obtener un indicador que se denomina Tasa Refinada de Actividad
Económica, que muestra una mejor visión sobre la participación de la población en las actividades productivas y de servicios.
La Tasa Refinada de Actividad Económica muestra en su conjunto una disminución de la participación de la PEA en las actividades productivas y de
servicios, a consecuencia del incremento porcentual de la población de 12 años y más de edad en relación a la población total. Esta tendencia se
mantiene en el área urbana como rural; sin embargo, es diferencial desde una óptica de género, los hombres presentan una tendencia a disminuir
su participación en el último periodo intercensal analizado, tanto en el área urbana como rural, y las mujeres a aumentar su participación en el nivel
cantonal, lo que está determinado por el comportamiento en el área urbana, (ver Tabla 2.17.23).
Tasa Refinada de Actividad Económica por Área y Sexo. Censos 1990 y 2001
Tabla 2.17.23 Área y Sexo Censo 1990 (%) Censo 2001 (%)
Total 46.8 45.3
Hombres 76.2 71.9
Mujeres 17.4 18.2
Urbana 47.1 46.0
Hombres 77.5 71.7
Mujeres 16.4 20.0
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 174
Rural 46.6 44.3
Hombres 75.8 72.1
Mujeres 17.6 15.6
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001”
2.17.5.4 PEA por Ramas de Actividad
La distribución de la PEA por ramas de actividad permite observar una descripción de la organización de la economía, que junto a la clasificación por
ocupaciones y categoría ocupacional, brinda un panorama de la organización del trabajo de una sociedad.
La proporción de PEA de la ciudad de Salinas que se ocupaba de las actividades agropecuarias constituía en 1990 el 19.0 por ciento del total, en el
2001 la proporción se incrementa ligeramente, demostrando que gran parte de la actividad del sector primario está definido por las actividades
pesqueras (ver Tabla 2.17.24).
Ciudad de Salinas: PEA por Ramas de Actividad Económica. Censos 1990 y 2001
Tabla 2.17.24 Rama de Actividad % 1990 % 2001
Agricultura, selvicultura, caza y pesca 19.0 20.2
Explotación de minas y canteras 0.8 0.8
Manufactura 11.1 8.8
Electricidad, gas y agua 0.2 0.4
Construcción 16.1 12.4
Comercio, hoteles y restaurantes 13.8 18.0
Transporte 4.2 4.0
Establecimientos financieros 2.2 4.8
Servicios 28.2 18.8
Actividades no bien especificadas (*) 3.4 11.1
Trabajador nuevo 1.0 0.6
(*) En el año 2001, incluye a no declarado. Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001”
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 175
El sector secundario que incluye la explotación de minas, la industria manufacturera, la producción de energía y agua, y la construcción abarca el
22.4 por ciento de la PEA total para el 2001, lo que significa que está perdiendo capacidad de generar empleo si se compara con la proporción de
1990 (22.4 por ciento). Dentro del sector se destaca el comportamiento de la construcción que en el 2001 representa el 12.4 por ciento de la PEA a
pesar de reducirse en relación a 1990, seguido por la manufactura que también se ha reducido en el último periodo intercensal, pasando de 11.1 a
8.8 por ciento).
El sector Terciario, que incluye el comercio, el transporte, las actividades financieras y los servicios, es el que se muestra como el principal
generador de empleo, a pesar de perder peso a lo largo del periodo observado. Destacándose que el servicio constituye el grupo de mayor
importancia dentro del sector con el 18.8 por ciento para el 2001. Seguido del grupo comercio. Merece destacarse que para el 2001, los Servicios es
la segunda actividad que concentra la fuerza de trabajo de la ciudad de Salinas, ubicándose delante del comercio y la construcción; a pesar que los
servicios han perdido posicionamiento en la medida que en el año 1990 era la actividad económica que más población concentraba (28.2 por
ciento).
2.17.5.5 Establecimientos económicos
Definiendo al establecimiento económico como la unidad económica que, bajo un propietario o control único, o bajo una sola entidad jurídica, se
dedica exclusiva o principalmente a una clase de actividad económica en una ubicación única; el potencial económico de la ciudad de Salinas es
grande, se registran alrededor de 1.212 establecimientos económicos, distribuidos entre actividades de manufactura (106), comercio (841) y
servicio (265).
Es de destacar que en promedio existen 23.6 habitantes por establecimiento económico en la ciudad de Salinas; si se lo relaciona con la PEA de 12
años y más de edad, el promedio es de 8.1 personas por establecimiento.
2. 18 Tendencias en el uso del suelo y conflictos relacionados
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 176
El turismo debe constituirse en el mediano plazo en una de las ramas más importantes del sector servicios y una de las de mayor crecimiento a nivel
local. El turismo de mar y playa es un fenómeno masivo entre los meses de enero a abril y es una actividad que requiere de una gran
infraestructura y complejos servicios que no siempre han tenido una adecuada cobertura y planificación, por lo que el movimiento de personas a
disfrutar de las playas se ha convertido en un constante problema al medio ambiente natural y social. No solo ha transformado el aspecto físico de
las zonas turísticas, sino que ha generado graves trastornos ecológicos: destrucción de ecosistemas, disminución de la cantidad y calidad del agua,
empobrecimiento y contaminación de los suelos, extinción de múltiples especies de la fauna, afectación severa de la flora, depredación pesquera y
contaminación de mar, así como procesos de aculturación, migración, fenómenos de crecimiento poblacional y urbano desordenado, falta de
servicios públicos, entre otros.
El cantón Salinas tiene una extensión de 68.7 km2, distribuidos entre la cabecera cantonal con su correspondiente periferia (25.8 km2.) y dos
parroquias rurales: Anconcito (8.8 km2) y José Luis Tamayo o Muey (34.1 km2).
En el área de playa, los conflictos por el uso del suelo están determinados por la actividad económica que impera en ellos, las actividades de pesca
están localizadas en el sector de Salinas que se conoce con el nombre de Santa Rosa, no afectando las actividades turísticas, cumpliéndose con las
ordenanzas de uso del suelo del cantón. Destacándose el hecho que alrededor del 18.4 por ciento de la PEA de 12 años y más de edad de la ciudad
de Salinas se dedica a la pesca (1.797 personas), debiéndose agregar la población que participa de la actividad en labores conexas como la
comercialización, mantenimiento de motores, etc. En la práctica, participan mayor cantidad de personas en las actividades de pesca, los que
provienen de otras localidades a operar en Santa Rosa. Esta actividad con una adecuada infraestructura en los alrededores podría ser utilizada como
un punto de atracción turística.
Otro problema se presenta entre los turistas y la población residente, por cuanto los que llegan se consideran con plenos derechos sobre la playa,
aptitud que molesta a los residentes que consideran que forman escándalos, ensucian la playa y la ciudad.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 177
Un problema que reclama los turistas es que falta infraestructura, especialmente de baños públicos, los que están muy lejos de sus necesidades;
además de la necesidad de regular precios para los servicios de hoteles y alimentación, por cuanto consideran que los costos de estos servicios son
muy altos. Así como dotar de determinadas infraestructura: arreglos de calles, parques, etc.
2.19 Patrones culturales existentes
El turismo como fenómeno de desplazamiento de un lugar de residencia permanente a otro temporal, no solo es un movimiento de personas que
implica transporte, alojamiento y alimentación, sino es un fenómeno social complejo, con múltiples facetas que involucran la esfera de lo
económico, lo social-cultural y lo ambiental.
Mediante el turismo se pretende satisfacer necesidades vitales, culturales o deseos personales del diverso tipo. Es decir, en tanto práctica social, el
turismo no está condicionado por un instinto biológico, sino que depende de un sistema de valores colectivos dominantes que estructura un
conjunto de roles económicos y sociales orientados hacia el fin.
La gran cantidad de factores que se presentan en el funcionamiento del sistema turístico hacen que muchas instituciones y entidades del sector
privado participen, pero no se puede dejar de lado que, el turismo se da en la práctica en el ámbito geográfico de las localidades, cuyos integrantes
deben tener una participación activa en este sistema.
Junto al interés del turista está el interés de la población local que puede ver impactado de forma positiva o negativa su habitat, así como obtener
beneficios económicos. Por lo que la participación de la población local, constituye una vía fundamental para garantizar el compromiso de la
comunidad con los bienes patrimoniales del territorio y el cuidado de su entorno.
Por no existir información disponible sobre determinados patrones culturales de la población y que son de interés para el turismo, se procedió a
realizar dos encuestas: una dirigida a los habitantes locales, para conocer características culturales, como uso del tiempo libre, hábitos de consumo,
hábitos de trabajo y actitud local hacia el turismo y el turista; y, otra hacia turistas locales que visitan el balneario de Salinas.
2.19.1 Encuesta sobre “Hábitos de consumo y uso del tiempo libre de la población local”
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 178
Se encuestaron a 81 personas mayores de 15 años, para lo cual se utilizó el referente del Censo de Población y Vivienda realizado en el año 2001,
procediéndose a seleccionar zonas censales, dentro de ellas, los sectores censales y dentro de los sectores las manzanas y finalmente las viviendas,
utilizando para el efecto la cartografía censal respectiva de la ciudad de Salinas, el instrumento (formulario) utilizado para la recolección de los datos
se incorpora en los Anexos.
2.19.1.1 Horas que la población acostumbra a dormir diariamente
El desgaste que sufre el ser humano en su diario vivir, exige su reposición y una de esas formas es mediante el sueño, observándose un
comportamiento similar para los hombres y las mujeres, que conforme avanza en la edad tiende a dedicar al descanso un poco más de tiempo. En
promedio la población de Salinas duerme alrededor de 8.5 horas diariamente.
Horas promedio que duermen los habitantes de la ciudad de Salinas
Tabla 2.19.1.1
Grupo de Edad Hombres Mujeres
15 – 29 8.3 8.6
30 – 49 7.8 8.6
50 y más 8.1 9.3 Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
2.19.1.2 Población que practica deporte El 34.5 por ciento de los hombres entrevistados declararon realizar algún deporte, mientras que solo el 1.9 por ciento de las mujeres respondieron
positivamente, por lo que existe una actitud cultural que margina a las mujeres de estas prácticas que ayudan a la salud. También se observa que la
tendencia a practicar deportes decae conforme avanza la edad. Los hombres que declararon practicar deporte lo hacen en un promedio de 10.8 días
al mes.
Salinas: Porcentaje de Población que práctica algún tipo de deporte
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 179
Tabla 2.19.1.2
Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No
15 – 29 71.4 28.6 6.7 93.3
30 – 49 30.8 69.2 0.0 100.0
50 y más 11.1 88.9 0.0 100.0
Total 34.5 65.5 1.9 98.1
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
2.19.1.3 En la última semana vio o miró programas de televisión
El desarrollo de los medios de comunicación masivos han atraído a las personas a observar sus programas, cambiando los modos de vida de las
familias, que antaño se reunían para conversar temas familiares y de la comunidad, en la actualidad el 86.4 por ciento del total de entrevistados
declaró mirar la televisión en la última semana de la entrevista.
Salinas: Porcentaje de Población que mira televisión
Tabla 2.19.1.3
Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No
15 – 29 57.1 42.9 100.0 0.0
30 – 49 84.6 15.4 95.0 5.0
50 y más 55.6 44.4 94.1 5.9
Total 69.0 31.0 96.2 3.8
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
Los hombres conformen aumentan en edad, aumenta su interés en ver televisión; en tanto que, las mujeres de mayor edad miran la televisión en
menor proporción, lo que podría estar asociado a que dedican tiempo para realizar labores domésticas.
2.19.1.4 En la última semana escuchó música en su hogar
La mayoría de la población escucha música en el hogar, aunque en mayor proporción lo hacen los hombres que las mujeres.
Salinas: Porcentaje de Población que escucha música en su hogar
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 180
Tabla 2.19.1.4
Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No
15 – 29 100.0 0.0 93.3 6.7
30 – 49 84.6 15.4 80.0 20.0
50 y más 88.9 11.1 47.1 52.9
Total 89.7 10.3 73.1 26.9
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
2.19.1.5 Escucha radio diariamente
El comportamiento observado en escuchar radio es bastante similar entre los hombres y las mujeres y en proporciones casi parecidas entre los
distintos grupos de edad, aunque sólo el 82.7 por ciento de los entrevistados declaró escuchar radio diariamente durante la última semana.
Salinas: Porcentaje de Población que escucha radio diariamente
Tabla 2.19.1.5
Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No
15 – 29 100.0 0.0 93.3 6.7
30 – 49 84.6 15.4 90.0 10.0
50 y más 88.9 11.1 52.9 47.1
Total 89.6 10.4 78.8 21.2
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
2.19.1.6 En la última semana leyó algún diario o periódico
Se desprende de la información recogida que tres de cada cinco hombres leen diarios o periódicos; mientras que, dos de cada cinco mujeres leen.
En conjunto, el 49.4 por ciento de los encuestados leen periódicos o diarios (ver Tabla 2.19.1.6).
Salinas: Porcentaje de Población que lee diarios o periódicos
Tabla 2.19.1.6
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 181
Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No
15 – 29 42.9 57.1 53.3 46.7
30 – 49 76.9 23.1 60.0 40.0
50 y más 44.4 55.6 17.6 82.4
Total 58.6 41.4 44.2 55.8
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
2.19.1.7 En los últimos 15 días vio videos en su hogar El 45 por ciento de los hogares entrevistados en Salinas declararon disponer de DVD y lo utilizan en promedio uno de cada tres personas en el
hogar (ver Tabla 2.19.1.7).
Salinas: Porcentaje de Población que vio videos en su hogar
Tabla 2.19.1.7
Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No
15 – 29 28.6 71.4 33.3 66.7
30 – 49 46.2 53.8 45.0 55.0
50 y más 22.2 77.8 11.8 88.2
Total 34.5 65.5 30.8 69.2
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
2.19.1.8 Libros leídos en lo que va del año Alrededor de dos de cada diez hombres y una de cada diez mujeres declararon haber leído algún libro, menos textos o manuales de estudio, en lo
que va del año, siendo los mayores porcentajes de lectura entre los 15 a 29 años de edad, como se desprende de la Tabla 2.19.1.8
Salinas: Porcentaje de Población que ha leído libros
Tabla 2.19.1.8
Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No
15 – 29 28.6 71.4 6.7 93.3
30 – 49 30.8 69.2 10.0 90.0
50 y más 0.0 100.0 17.6 82.4
Total 20.7 79.3 11.5 88.5
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 182
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
En el 10.0 por ciento de las viviendas investigadas, sus integrantes declararon disponer de una biblioteca para uso del hogar.
2.19.1.9 Uso del Internet en el mes
Este servicio necesario en un mundo globalizado y que permite acceder en tiempo real a conocimientos y eventos, solo fue utilizado por el 2.5 por
ciento de los entrevistados durante el mes previo a la entrevista.
2.19.1.10 Se bañó en el mar
En promedio la población que habita en Salinas, durante el mes de abril se bañó casi una vez en el mar, siendo más frecuente la salida al mar en la
población más joven, como se observa en la Tabla 2.19.1.10
Promedio de veces al mes que la Población se baña en el mar
Tabla 2.19.1.10
Grupo de Edad Hombres Mujeres
15 – 29 3.0 1.0
30 – 49 0.5 1.1
50 y más 0.2 0.2
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
2.19.1.11 Fue al cine
A la pregunta “En el presente año, ¿cuántas veces fue al cine? Solo el 2.5 por ciento respondió que fue al cine, la respuesta de la mayoría de los
entrevistados fue “ninguna vez”, lo que tiene relación con la ausencia de cines en la ciudad de Salinas (los cines están ubicados en la ciudad de La
Libertad) y falta de costumbre, lo que lleva a que los habitantes prefieran ver videos o programas de televisión.
2.19.1.12 Fue al teatro o a un concierto
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 183
El 9.9 por ciento de los entrevistados declaró haber asistido al teatro o algún concierto, mientras que la mayoría señaló no haber asistido en lo que
va del año.
2.19.1.13 Fue a visitar museos
Solo el 3.7 por ciento de los entrevistados respondió haber asistido a visitar un museo en lo que va del año, la casi totalidad de los entrevistados no
acostumbra visitar museos.
2.19.1.14 Actividad artística realizada El 1.2 por ciento de los entrevistados respondió que realizó alguna actividad artística en lo que va del año, lo que refleja el nivel de desarrollo
artístico de la población.
2.19.1.15 Fue al circo Es corriente en la vida de ciudades como Salinas que de forma regular o para determinadas fechas, el circo llegue a visitarlos, ocasión que es
aprovechada por la población para tener momentos de ocio y esparcimiento (ver Tabla 2.19.1.15).
Promedio de veces en lo que va del año que la Población asiste al circo
Tabla 2.19.1.15
Grupo de Edad Hombres Mujeres
15 – 29 0.4 0.1
30 – 49 0.0 0.1
50 y más 0.1 0.0
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
2.19.1.16 Sale en las noches los fines de semana
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 184
Existe la tendencia de que los hombres salgan las noches de los fines de semana en Salinas, aunque la tendencia decae con la edad; mientras que,
la mayoría de las mujeres permanecen en casa, manteniéndose una vieja costumbre machista que considera al hombre de la calle y las mujeres
para las labores de casa (ver Tabla 2.19.1.16).
Porcentaje de Población que sale los fines de semana en las noches
Tabla 2.19.1.16
Grupo de Edad Hombres Si Hombres No Mujeres Si Mujeres No
15 – 29 42.9 57.1 13.3 86.7
30 – 49 53.8 46.2 5.0 95.0
50 y más 11.1 88.9 5.9 94.1
Total 37.9 62.1 7.7 92.3
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
2.19.1.17 Acceso a actividades culturales
Más de la mitad de la población entrevistada considera que en la actualidad es más fácil acceder a las actividades culturales que hace cinco años, en
tanto que, alrededor de un cuarto de entrevistados consideran que la situación es igual y una proporción parecida consideran que la situación ha
empeorado o sea que es más difícil.
Percepciones de la Población sobre facilidades para acceder a actividades culturales en relación hace cinco años, en porcentaje
Tabla 2.19.1.17
Grupo de Edad Más difícil Más fácil Igual
15 – 29 22.7 54.6 22.7
30 – 49 21.2 54.6 24.2
50 y más 23.1 50.0 26.9
Total 22.2 53.1 24.7
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
2.19.1.18 Horas trabajadas por día
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 185
De las personas que reportaron estar trabajando, se estableció que en promedio trabajan 9.2 horas por día, lo que deja entrever que la mayoría
trabaja bajo la modalidad de lo que se clasifica como subempleo.
2.19.1.19 Consumo de cigarrillos de forma diaria El 1.2 por ciento de los entrevistados declaró fumar de forma diaria, lo que muestra que este tipo de adicción no tiene mayor cabida en la población
de Salinas.
2.19.1.20 Consumo de bebidas alcohólicas en los últimos 15 días
El 11.1 por ciento de la población respondió que consumió bebidas alcohólicas en los quince días antes de la entrevista, destacándose que el 100.0
por ciento de los que bebieron son hombres.
2.19.1.21 Con quienes consumió bebidas alcohólicas en los últimos 15 días
De las personas que consumieron bebidas alcohólicas, la mayoría lo hizo en compañía de compañeros de trabajo seguido por amigos o amigas,
como se desprende de la información de la Tabla 2.19.1.21
Personas con las que consumió bebidas alcohólicas
Tabla 2.19.1.21
Con quienes tomó en los últimos 15 días Porcentaje
Compañeros de estudio 0.0
Compañeros de trabajo 55.6
Vecinos del barrio 0.0
Amigos – Amigas 44.4
Familiares 0.0
Otros 0.0
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 186
2.19.1.22 Lugar dónde consumió bebidas alcohólicas
La esquina de la casa y el bar son los lugares que los habitantes de Salinas prefieren para ingerir bebidas alcohólicas, seguidos de las discotecas o
en la vivienda o casa (ver Tabla 2.19.1.22).
Lugar donde consumen bebidas alcohólicas los habitantes de Salinas
Tabla 2.19.1.22
Lugar dónde consumen bebidas alcohólicas Porcentaje
Bar 33.3
Restaurante 0.0
Discoteca 11.1
Parque 0.0
Tienda 0.0
Playa 0.0
Esquina de la casa 44.4
En la vivienda o casa 11.1
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
2.19.1.23 Lugar dónde compraron la mayor parte de los alimentos La tendencia de los miembros de los hogares de Salinas es adquirir los alimentos que consumen en los mercados o ferias, seguido de las tiendas o
despensas; mientras que en, el tercer lugar de las preferencias, son los comisariatos o supermercados (ver Tabla 2.19.1.23).
Lugar dónde compraron la mayor parte de los alimentos en los últimos 15 días
Tabla 2.19.1.23
Lugar dónde compraron Porcentaje
Tienda o despensa 26.7
Mercados o ferias 60.0
Comisariatos o supermercados 11.7
Sitios o puestos en la calles 1.7
Otro 0.0
Fuente: Encuesta sobre Hábitos de Consumo y Uso del Tiempo Libre. Abril 2006.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 187
2.19.1.24 Actitud frente a los turistas
La mayoría de la población encuestada considera que los turistas que visitan Salinas no le causan problemas, actitud que concentra el 93.8 por
ciento, de las respuestas de la población; mientras que, un 6.2 por ciento de la población considera que los turistas le causan problemas, por cuanto
arman escándalo en la playa y en las discotecas, dejan sucia la playa y la ciudad.
2.19.1.25 Beneficios que le dejan los turistas
El 65.4 por ciento de la población encuestada considera que los turistas no le benefician en nada; seguido por un 28.4 por ciento de pobladores que
consideran que aumentan sus ventas (víveres, bazar, gaseosas, comida, artesanías, etc.); el restante 6.2 por ciento consideran que también se
benefician por cuanto brindan servicios y sus ingresos mejoran.
2.19.1.26 Percepción de la cantidad de dinero que dejan los turistas diariamente
La percepción de la población es que un turista nacional en un día de visita (día y noche) gasta en promedio 19 dólares; mientras que, un turista
extranjero, gasta un promedio de 47 dólares.
2.19.1.27 Percepción de los residentes locales sobre obras o actividades a realizar para mejorar el turismo hacia Salinas
Las sugerencias que la población considera para mejorar el turismo tienen relación con obras de infraestructura que aportan bienestar y calidad de
vida, así como normas que el Plan Regulador contempla. Algunas sugerencias expresan el interés de quien las sugiere, sin embargo, se listan estas
a continuación.
Mejorar presentación y atracciones en el malecón;
Pavimentación de las calles;
Que el transporte sea más ágil;
Que pongan mejores baños y más luz en el malecón;
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 188
Que limpien a diario y mejor la playa;
Que instalen baños en o cerca de la playa y que sean fijos;
Que haya sitios donde botar basura;
Que organicen al turista que visita Salinas, que lo instruyan;
Control de vendedores en la playa;
Alcantarillado en el sector;
Arreglo de las parques;
Mejor atención al turista en los restaurantes;
Se debe abaratar costos en todo: hotel y comida;
Mejorar alumbrado público;
Arreglo de las calles;
Fuentes de trabajo
Los pocos baños son sucios con mal olor;
Cambiar otra forma de Servicios Higiénicos
Más seguridad a los bañistas;
Más control de la policía, muchos robos;
Que hagan mercado artesanal y todos estén en un solo sitio;
Que la basura sea recogida continuamente;
Que el turista sea educado con anuncios (publicidad);
Dar mejor trato al turista
Mejorar recolección de basura;
Hoteles en la parroquia Santa Rosa;
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 189
Los centros de recreación son caros;
Un mercado en la parroquia; y,
Que administren mejor el turismo.
2.19.2 Encuesta sobre turismo y uso del tiempo libre
La Encuesta sobre Turismo fue aplicada de forma indistinta entre visitantes a la playa de Salinas y técnicamente se denomina como muestreo de
voluntarios por no tener carácter aleatorio y probabilístico. Se aplicó a 60 turistas.
2.19.2.1 Frecuencia con la que salen los fines de semana fuera de la ciudad
Entre las personas que se entrevistó, se estableció que en lo que va de la temporada, esto es entre enero y abril del 2006, el 28.3 por ciento de los
entrevistados declaró que salió de la ciudad una vez; el 26.7 por ciento lo ha hecho dos veces; el 21.7 por ciento salió tres veces; y, el 23.3 por
ciento salió 4 veces y más.
2.1.9.2.2 Tipo de transporte utilizado para movilizarse
El 23.3 por ciento de los entrevistados declaró que utilizó transporte público para su movilización a la playa; mientras que, el 76.7 por ciento utilizó
transporte privado.
2.19.2.3 Promedio de personas que viajan por salida
Al constituirse las salidas fuera del lugar de residencia habitual una forma de descanso y de ocio, la mayor cantidad de personas entrevistadas
disfruta saliendo en compañía. Del total de entrevistados, el 55.0 por ciento declaró que viaja en un grupo de 5 y más personas; el 23.3 por ciento
de los entrevistados forma parte de un grupo de 4 personas y el restante 21,7 por ciento forma parte de grupos compuestos de 1 a 3 personas.
2.19.2.4 Gasto promedio por día
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 190
Los entrevistados declararon que en promedio gastan 30 dólares por día. Lo que se distancia bastante a la percepción que tiene la población local
de que un turista nacional gasta alrededor de 19 dólares por día.
2.19.2.5 Percepción de los visitantes de las obras o las actividades a realizar para mejorar el turismo
A continuación se listan las sugerencias que dieron los entrevistados, dejando notar que muchas respuestas se repitieron pero todas tienen un papel
importante:
Vigilantes para controlar que no ensucien la playa y los servicios higiénicos;
Juegos recreativos y parques para los niños;
Playas privadas y públicas;
Kioscos en el malecón para venta de colas y agua, etc.;
Que organicen a los que alquilan botes, deben estar en un sitio específico;
Educar al turista con anuncios;
Que coloquen “tachos” para la basura;
Comedores más cerca de la playa;
Que retiren los botes más lejos de la playa;
Más salvavidas, seguridad en la playa;
Cabañas de diversión;
Limpieza total de la playa y de forma diaria;
Que den un mejor trato los empleados de los restaurantes;
En las noches más control policial;
Que no se orinen en la noche en la playa porque hay mal olor en el ambiente;
Control de hospedaje y comedores, cobran muy caro;
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 191
Control de vendedores en la playa
Más baños y servicios higiénicos en la playa, solo hay unos cuantos y sucios;
Que bajen precios en todo, son inaccesible;
Que la gente no tome licor en el malecón;
Un lugar de información turística;
Farmacias a orillas del malecón;
Mejorar las calles aledañas al malecón;
Pavimentación de calles alrededor del malecón;
Control de transporte público;
Los que alquilan carpas deben dar fundas de basura;
En las noches hay mucho ruido, que haya mas control de los centros nocturnos;
Renovar locales, son viejos; y,
El paseo en bote es muy caro.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 193
Capítulo 3
3.1 Análisis Descriptivo De Impactos Ambientales
El Cantón Salinas es un balneario que está creciendo a un ritmo vertiginoso y se está transformado en una ciudad con problemas parecidos a
ciudades litorales como Guayaquil, Machala o Manta. Estos problemas se traducen en impactos ambientales significativos con una potencial
afectación a la actividad turística actual y futura.
3.1.1 Cobertura de agua potable
Basándose en datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), aproximadamente 5 de cada 10 viviendas tenían servicio de agua
potable entregada a través de una conexión domiciliaria al año 2001. En el año 2002, entró en operaciones AGUAPEN con la finalidad de mejorar el
abastecimiento de agua para todos los cantones de la Península de Santa Elena (La Libertad, Santa Elena y Salinas). AGUAPEN es una Ccompañía
constituida el 14 de diciembre de 1999, con el objeto de dedicarse a la prestación de servicios públicos de alcantarillado sanitario, alcantarillado
pluvial, tratamiento de aguas servidas, de agua potable, de recolección y reciclaje de desechos sólidos en la Ppenínsula de Santa Elena, que abarca
los cantones de Salinas, Santa Elena, La Libertad, en la Provincia del Guayas.
Al año 2006, aproximadamente 8 de cada 10 viviendas están siendo abastecidas de agua potable de acuerdo a información suministrada por
AGUAPEN, habiendo mejorado sustancialmente el servicio de abastecimiento de agua potable en Salinas. Sin embargo, muchas viviendas no están
conectadas al sistema debido a que dichas conexiones están contempladas en futuras fases de expansión
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 194
Adicionalmente, la planta de potabilización ubicada en Atahualpa tiene una capacidad total de 69.120 m3 diarios que se espera sean requeridos al
año 2010. La planificación de la planta considera incrementar dos etapas más hasta producir 138.240 m3 diarios en el año 2030. La planta está
entregando aproximadamente 13.500 m3 diarios al año 2006 que son distribuidos a Salinas, La Libertad, Santa Elena, Ancón, Anconcito, San Pablo,
Palmar, Monteverde, Pechiche y Colonche. En el caso de Salinas, AGUAPEN cuenta con un reservorio de 5.000 m3 para cubrir la demanda hasta el
año 2010.
Considerando lo anteriormente mencionado, el servicio de agua potable presenta un impacto negativo de intensidad media a la expansión
turística del cantón Salinas. La principal razón de esta valoración es que si bien existe capacidad de entrega de agua potable por parte de la planta
potabilizadora, las redes de distribución actuales no tienen capacidad total para dicha entrega. Por lo tanto, deberán realizarse inversiones en la
expansión de la red para poder distribuir la capacidad total de la planta cuando se lo requiera.
3.1.2 Cobertura de alcantarillado sanitario
De acuerdo al INEC, la principal forma de evacuar las aguas servidas en el año 2001 era a través de pozo séptico (7 de cada 10 viviendas).
Adicionalmente, el pozo ciego era otra forma de evacuación (2 de cada 10 viviendas). Finalmente, aproximadamente 1 de cada 10 viviendas podía
descargar sus aguas residuales a una red de alcantarillado público.
En la actualidad, AGUAPEN se encarga del servicio de alcantarillado sanitario como parte de la concesión. La red de alcantarillado implementada
por AGUAPEN cubre las áreas urbanas de Salinas y Muey en una franja de 9 Km. 3.5 Km. La red fue diseñada para servir a 130.000 personas al
año 2030. Sin embargo, la implementación de las conexiones domiciliarias a la red no era parte de la responsabilidad de la Concesionaria, lo que ha
influenciado en el grado de cobertura real del sistema. La mayoría de las viviendas no conectadas todavía infiltran sus aguas servidas en fosas
sépticas o descargan ilegalmente a un drenaje pluvial, que constituyen una fuente potencial de contaminación de las zonas costeras especialmente
de playas de uso turístico.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 195
Adicionalmente, cabe señalar que existe un sistema de tratamiento que consiste en cuatro lagunas de estabilización (tratamiento biológico) ubicadas
en la vía a Punta Carnero. No existen datos disponibles sobre la eficiencia real de remoción del sistema. Sin embargo, se pudo conocer que este
sistema de tratamiento tiene capacidad para servir al mismo número de personas consideradas en el diseño de la red más las aguas servidas
generadas por el Cantón La Libertad.
Mientras no se solucione el problema de conexiones domiciliarias a la red de alcantarillado, el impacto ambiental generado es significativamente
negativo y de intensidad alta frente a una expansión turística del balneario.
3.1.3 Cobertura de alcantarillado pluvial
AGUAPEN también se encarga de este servicio. Sin embargo, se conoce que la concesionaria no reconstruyó el sistema pluvial en un 100% de la
superficie urbana. La cobertura actual del sistema solamente se limita al área céntrica y sectores adyacentes del balneario de Salinas.
Adicionalmente, existen algunos terrenos baldíos en donde se produce anegamiento (ver foto). Esta situación genera un problema sanitario
significativo debido a la proliferación de vectores de enfermedades (principalmente mosquitos)
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 196
Cabe señalar, que el alcantarillado pluvial existente en la zona de San Lorenzo contempla la descarga de aguas lluvias hacia la Bahía cuyo periodo
de renovación del agua es muy largo. Esto potencialmente ocasiona un impacto significativo a la calidad del agua. En el estudio de Impacto
Ambiental del Diseño del Alcantarillado Pluvial realizado por CEDEGE (2001) se recomendaba que dichos ramales debieran ser redirigidos con el
flujo de la red hacia Mar Bravo (sector de Punta Carnero) en donde el agua de mar tiene un período de renovación más corto y el impacto era
menor. Sin embargo, las recomendaciones de dicho estudio todavía no han sido implementadas y se desconoce cuando se lo realizará.
Desde un punto de vista de expansión turística de la zona, el actual sistema de alcantarillado pluvial representa un impacto negativo y de
intensidad alta principalmente a la calidad del agua usada por los bañistas en el Sector de San Lorenzo.
3.1.4 Gestión de desechos sólidos
Al año 2000, existían trece carros recolectores de basura, de los cuales siete están en funcionamiento y el resto debían ser reparados. Existen 65
personas que trabajan en el Departamento de Higiene encargado de la colección de desechos sólidos. Se trabajan 6 días a la semana (Plan
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 197
Estratégico de Salinas, ESPOL, 2002). Al año 2006, la situación ha mejorado ligeramente, pero todavía se observan lugares en donde se hacinan los
desechos tal como se observa en las fotografías de abajo.
Es común observar que ciertos ciudadanos incineren basura a cielo abierto transfiriendo contaminación a la atmósfera (generación de humos y
gases tóxicos dependiendo del tipo de desecho incinerado).
Los desechos sólidos colectados son vertidos en un botadero a cielo abierto que se encuentra ubicado en la vía hacia Punta Carnero, a pocos metros
de la entrada a las instalaciones de la compañía petrolera CGC y cerca del Sistema de Tratamiento de aguas servidas. Este botadero de basura
sirve tanto a la población de La Libertad como a Salinas. El sitio de disposición es plano por lo que no existe material arcilloso de préstamo
suficiente para cubrir los desechos. Cabe señalar que en el sitio existen algunas familias que se dedican al reciclaje informal (chamberos).
Potencialmente, los lixiviados generados podrían estar contaminando el agua subterránea cuyo drenaje es en dirección al mar, existe además un
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 198
sitio para relleno sanitario en la vía a Anconcito. Por otro lado, se conoce que en el año 2006 el PMRC ha auspiciado los estudios de diseño
definitivo del nuevo relleno sanitario para Salinas, aunque esta información no estuvo disponible a la fecha de elaborar el presente informe.
Otro aspecto importante es lo que se hace con la gestión de desechos hospitalarios. En Salinas existen 6 centros de salud (incluidos dos hospitales)
de importancia. Solamente en el Hospital Dr. Jorge Garcés, se entierran los desechos en el terreno de dicho centro de salud. En el resto de
centros, el Municipio se encarga de colectar los desechos. Los desechos biomédicos son clasificados como peligrosos.
De no mejorase el servicio, el impacto ambiental resultante es negativo y de intensidad media para el crecimiento turístico de este balneario.
3.1.5 Pavimentación y lugares de parqueo
Menos del 50% de las vías de la ciudad de Salinas no están pavimentadas. La deficiencia en la pavimentación de vías genera una afectación a la
calidad del aire debido al polvo levantado con el paso vehicular. Por tal motivo, para implementar un plan de expansión turística de este balneario
es necesario considerar una rehabilitación completa de la vialidad de la población. Esto facilitaría el acceso a las diversas zonas turísticas y
permitiría implementar un mejor sistema de drenaje de aguas lluvias a través de cunetas y sumideros. En las fotos que se presentan a continuación
se puede observar el estado de algunas calles interiores del cantón Salinas (Marzo 2006).
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 199
Desde el punto de vista turístico, las calles adyacentes a la playa presentan un déficit de capacidad de estacionamiento acorde a la capacidad de
carga de playa. Aproximadamente se requieren 4000 estacionamientos para abastecer a los propietarios actuales de edificios en la zona del
malecón. Adicionalmente, no existe una infraestructura de estacionamientos públicos que supla la falta de parqueo en las calles. Debido a esto, el
impacto resultante es negativo y de intensidad alta.
3.1.6 Pesca artesanal en Santa Rosa
Santa Rosa es una parroquia de Salinas que está ubicada al Oeste de Petrópolis fuera del área turística tradicional. Es un puerto con una
significativa actividad pesquera que involucra la descarga de un gran volumen de pesca destinada tanto al consumo local como a la exportación. El
puerto cuenta con una flota pesquera de aproximadamente 608 embarcaciones, en su mayoría con motor fuera de borda a gasolina (Plan
Estratégico de Salinas, ESPOL, 2002).
En el mapa adjunto se puede apreciar la ubicación del puerto pesquero de Santa Rosa con respecto al sector urbano de Salinas. A pesar de ser
considerado puerto, Santa Rosa no tiene infraestructura marítima que sirva a las embarcaciones que llegan a dicho punto. Por lo tanto, las labores
de embarque y desembarque (principalmente pesca y combustible) se realizan a través de canoas pequeñas.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 200
En el sitio se detectan al menos 3 gasolineras para la distribución de combustibles a las embarcaciones, así como talleres de mantenimiento y
reparación de motores. La venta de combustible generalmente se realiza en tanques de 5 galones previa la presentación de la licencia de la
embarcación pesquera.
Fuente: Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Cantonal de Salinas, 2001
Adicionalmente se ha implementado recientemente un muelle con surtidores instalados para comercializar al combustible directamente a las
embarcaciones. Se desconoce el volumen de combustible comercializado a través de estos surtidores. Todas estas actividades representan un
potencial derrame de hidrocarburos a la zona de playa o a la columna de agua en la zona.
Por otro lado, la comercialización de los productos de la pesca y la evisceración del producto se realizan (consumo interno), en locales abiertos
acondicionados alrededor del malecón o en locales cerrados que sirven además para almacenar el producto de la pesca (comercialización externa a
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 201
Santa Rosa). Al año 1997, alrededor de 100 personas se dedicaban a esta actividad. Adicionalmente, algunas plantas empacadoras de pescado
tienen sus instalaciones en Santa Rosa, tales como PROMAR, PROMAROSA, CORINTO CORP, DOCAPE. Los residuos del eviscerado generados por
los comerciantes son colectados para su venta a empresas dedicadas a la fabricación de harina de pescado y balanceados. Por el contrario, el
residuo de eviscerado producido por moradores para su consumo interno generalmente es dispuesto en la zona de playa y arrastrado por la marea.
Cabe señalar que el desecho líquido con sangre es vertido a la playa sin ningún tratamiento.
Aunque Santa Rosa está ubicada fuera del área turística actual de las playas de Chipipe y San Lorenzo en Salinas, los vertidos contaminantes
podrían ser trasladados por las corrientes marinas superficiales, cuyo patrón de circulación predominante es hacia el Este, y disminuir
sustancialmente la calidad del agua de la zona turística del sector de Puerto Lucía. Adicionalmente, esta zona no puede integrarse al turismo de
mantenerse las condiciones actuales. Por lo tanto, el impacto ambiental resultante es negativo y de intensidad significativamente alta para la
expansión turística del sector.
3.1.7 Ordenamiento Territorial
Un problema clave en el desarrollo turístico de un balneario es el grado de ordenamiento de las diversas actividades que se realizan en él. A pesar
de que Salinas cuenta con una ordenanza para la regulación del uso de suelo, se observan problemas relacionados con el ordenamiento territorial.
Uno de los problemas tiene que ver con los permisos de funcionamiento de discotecas bares y restaurantes. La mayoría de ellos están ubicados en
el malecón de Salinas, lo que ocasiona problemas como:
Congestionamiento vehicular por falta de estacionamientos suficientes para atender a los clientes de dichos establecimientos
Niveles de ruido por encima de 45 dB que es lo establecido por la normativa ambiental vigente.
Concentración de negocios en zonas muy pequeñas
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 202
Otro aspecto relacionado con el ordenamiento territorial, es la zonificación de la playa entre bañistas, comerciantes, deportes playeros y deportes
acuáticos. La zona de playa turística de Salinas está considerada como entre las más pequeñas del Ecuador (aproximadamente 0.345 Km2). De
acuerdo al PMRC 2001, la capacidad de carga de saturación siempre es alcanzada en temporada alta principalmente en San Lorenzo y Chipipe. Esto
trae como consecuencia la deficiencia en los principales servicios turísticos (incluidos los sanitarios).
Por lo tanto, el impacto resultante es negativo y de intensidad alta para el desarrollo turístico del sector.
3.1.8 Calidad del Agua de Mar
Uno de los aspectos fundamentales que inciden sobre el turismo en una zona de playa es la calidad del agua del mar que se tiene para actividades
recreativas (bañistas). De acuerdo al Texto Unificado de Ley Ambiental Ecuatoriano, el nivel máximo de coliformes fecales en aguas de mar usadas
para actividades recreativas es de 200 NMP/100 ml.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 203
Para la elaboración del presente diagnóstico, se hace referencia al Estudio de Impacto Ambiental para la construcción y operación del
sistema de alcantarillado pluvial de Salinas, Muey y La Libertad, ejecutado por CEDEGE el año 2002, en el que se realizó un monitoreo del
agua de mar en Salinas.
Los resultados del monitoreo mostraron concentraciones de coliformes totales de 230 NMP/100 ml en Salinas, en las dos estaciones de muestreo
ubicadas frente a heladería Pingüino, y frente al Hotel Colón Miramar. De manera adicional, en dicho estudio se detectó que el nivel de Demanda
Bioquímica de Oxígeno (DBO5), en todas las estaciones monitoreadas durante la época del estudio, en Salinas, Mar Bravo, Punta Carnero y La
Libertad, presentaron un valor menor a 2 mg/l. Estos resultados reflejan un bajo contenido de materia orgánica, por lo tanto las condiciones de
oxígeno y preservación las vuelve aptas para realizar actividades recreativas.
Basándose en dicho estudio y lo observado en las prácticas ambientales actuales, se puede concluir que las condiciones no han cambiado
significativamente en el balneario de Salinas. La contaminación fecal (>200 NMP/100 ml) que se puede alcanzar durante ciertos días en el invierno
coincide con días de gran afluencia turística a la zona. Las autoridades del Cantón deberán tomar en cuenta medidas sanitarias para minimizar este
impacto que afecta principalmente a la salud de los bañistas (por ejemplo enfermedades de la piel). Mientras no se den soluciones a este
problema, el impacto resultante es negativo y de intensidad alta para el desarrollo turístico del sector.
3.2 Matriz de Valoración de Impactos Ambientales
Una vez descritos en la sección anterior los impactos ambientales que afectan al desarrollo turístico de Salinas, se presenta a continuación una
matriz de fácil comprensión valorando a los impactos de acuerdo a su intensidad (BAJA, MEDIA, ALTA). Adicionalmente, se ha procedido a ordenar
de intensidad mayor a menor para definir las prioridades de acción por parte de las autoridades. La implementación de dichas acciones ayudará a
mitigar o minimizar los impactos ambientales detectados y contribuirán a incrementar el nivel turístico del balneario.
En la tabla se puede observar que los problemas que ocasionan los impactos ambientales más altos corresponden a los servicios de saneamiento
ambiental básico. De no mejorarse la capacidad real de dichos servicios, el futuro turístico de Salinas podría ser afectado significativamente.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 204
Matriz de Impactos Ambientales que afectan la expansión turística de Salinas ordenados por significancia del impacto
Tabla 3.2.1
Problema Ambiental Valoración Impacto
Ordenamiento Territorial de la zona de playa ALTA
Cobertura de Alcantarillado Sanitario ALTA
Cobertura de Alcantarillado Pluvial ALTA
Gestión de Desechos Sólidos MEDIA
Pesca Artesanal en Santa Rosa ALTA
Pavimentación y Lugares de Parqueo ALTA
Calidad del Agua de Mar ALTA
Cobertura de Agua Potable MEDIA
3.3 Breve Descripción de los Ecosistemas Costeros del Área de Influencia
El Cantón Salinas constituye una extensa planicie de forma triangular que ocupa la parte más occidental de la Península de Santa Elena. Se
observan accidentes orográficos pequeños como Punta Carnero al sur del cantón y el cerro de Salinas. Este último constituye un punto de
referencia para la navegación. La altitud del terreno varía de manera general entre el nivel del mar (zona de playa) y 9 metros sobre el nivel medio
del mar (m.s.n.m.)
En relación a la zona de vida, Salinas corresponde a un bioma conocido como desierto tropical (Cañadas, AGRE 1987). Este bioma corresponde a la
región más sobresaliente de la costa ecuatoriana formada por el triángulo Santa Elena – Salinas – Anconcito, con una superficie aproximada de
18.000 hectáreas. Esta zona de vida se extiende desde el nivel del mar hasta los 300 metros. La precipitación anual varía entre 62.5 y 125.0
milímetros influenciada principalmente por la corriente de Humboldt. De los registros históricos, se puede observar que los meses secos son 9 en
un año normal. Este bioma está compuesto principalmente de pampas y colinas.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 205
Los ríos de mayor importancia que posee el cantón Salinas (incluyendo La Libertad) son: Las Vegas, Salado, Dambo y Tortuga. Son ríos estacionales
que tienen caudal únicamente en la estación lluviosa. Las cabeceras de dicho sistema hídrico se encuentran en los cerros de Azúcar (cantón Santa
Elena). Dichos ríos alimentan la Represa Velasco Ibarra, que descarga al Río Grande que desemboca cerca de Punta Carnero, al sureste del Cantón.
3.4. Sitios de Interés Turístico Actual y Potencial
El balneario de Salinas tiene una tradición como centro turístico de la Costa Ecuatoriana desde hace más de 40 años. Debido al grado de
modernización alcanzado por el balneario, las posibilidades de desarrollo turístico se incrementan. El cantón al año 2006 posee aproximadamente
56 lugares de hospedaje (residenciales, hoteles, hosterías y hostales) con una capacidad total para 4.050 personas. Esta capacidad de hospedaje
es deficiente con respecto a la cantidad de turistas reportados en temporadas medias y altas. En caso de incrementarse el turismo en la zona, es
imprescindible el aumento de la capacidad hotelera del sector.
El desarrollo de potenciales turísticos ya ha sido considerado tanto en el Plan de Desarrollo Estratégico de Salinas (ESPOL, 2002) como en un
estudio de la Fundación Salinas Siglo XXI presentado por la Universidad de Oxford. En dichos documentos se mencionan los siguientes frentes de
trabajo para expandir el turismo de Salinas:
Regeneración del puerto artesanal de Santa Rosa como parte del plan turístico a ser ofertado sin afectar a la actividad artesanal e
industrial desarrollada en el sitio. Para esto, todos los efluentes de eviscerado no deberán ser vertidos al mar y playa sino que deberán
ser conducidos hacia un sistema de tratamiento de residuos. Adicionalmente, es necesario que se regule y controle el despacho de
combustible para evitar vertido de combustibles al mar. Se deberá trabajar en planes de contingencia y remediación de derrames
puntuales desde las embarcaciones.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 206
Mejoramiento del Malecón integrando el área de restaurantes y mejorando la zona de parqueo. Este proyecto debería incluir la
recuperación de la zona de playa en el Sector de San Lorenzo tomando como punto de partida las recomendaciones hechas en estudios
como el realizado por la ESPOL (2004). La recuperación de la zona de playa incidirá en el aumento real de la capacidad de carga de la
misma. Este proyecto debe contemplar el aumento y mejora de baterías sanitarias conectadas al alcantarillado sanitario existente en
cantidad acorde con la capacidad de carga de la zona de playa.
Desarrollo de un Centro Cívico que involucre diversas actividades culturales (conciertos, teatro, etc.). Adicionalmente, este Centro
podría ser la base para incluir museos de carácter antropológico que expongan la historia de la Península al turista.
Centro de actividades culturales, deportivas playeras y acuáticas en la zona de Mar Bravo tales como surfing y otros deportes. El mar en
dicha zona no es tan recomendable para bañistas pero sí podría ser utilizado para otras actividades. De este modo, se lograría una
utilización efectiva de la playa bañista tanto en Chipipe como en San Lorenzo.
Parque Temático en el sector de Petrópolis que exponga al turista la historia hidrocarburífera de la Península de Santa Elena.
Mirador turístico en la zona de la Chocolatera
Desarrollo de un Bosque Protector en la zona de la Presa Velasco Ibarra incluyendo rutas ecoturísticas.
Integración de las bases de las Fuerzas Armadas (Marina, Aviación, Fuerza Terrestre) a un plan turístico implementando Museos
Militares y exposiciones históricas.
3.4 Breve Descripción de las Prácticas Ambientales utilizadas en los Negocios Turísticos
En el área urbana del cantón Salinas, las formas dominantes de evacuar las aguas servidas, según indican los resultados del censo de vivienda
realizado por el INEC en noviembre del 2001, es a través de pozo séptico con 66.6 %, seguido por la red pública de alcantarillado 13.3 %, y pozo
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 207
ciego con el 11.5 %, a cielo abierto representa el 8.6 %; mientras que, en el resto del cantón Salinas, el 90.5 por ciento elimina las aguas servidas
vía pozos sépticos, ciegos u otra forma.
En el año 2003 entró en operación el alcantarillado y estación de bombeo de Las Dunas, de Salinas, constituido por un conjunto de obras que
incluye colectores y una Estación de Bombeo, con lo que se resolvió el grave problema de desalojo de aguas servidas que padecían las ciudadelas
Las Dunas I, Las Dunas II, Dunas Municipal, Supermaxi, importante sector que alberga a más de 9.000 personas residentes y turistas.
Cabe señalar que en el 2006, se instalaron 30 baterías sanitarias móviles en la zona de playa. Respecto a la colección de desechos sólidos, el
Municipio es el responsable de controlar que se cumplan las frecuencias establecidas.
En general, a partir del Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Cantonal de Salinas, elaborado en el año 2001, así como de los Catastros del 2006 de
la Subsecretaría de Turismo del Litoral, se determinó que la capacidad de hospedaje como la de servicios higiénicos es deficiente dentro del cantón
Salinas y reportan valores muy por debajo de la capacidad promedio de servicios turísticos. Esta deficiencia se evidencia principalmente en las
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 208
festividades de Carnaval y Semana Santa, ocasionando hacinamiento en ciertos sectores de la playa y el consecuente incremento de la
contaminación por desechos sólidos y aguas residuales en la playa y el mar.
CAPÍTULO 4
Proyección de la demanda turística
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 209
4.1 Caracterización económica de la localidad: sectores productivos, población económicamente activa, tasa de crecimiento
económico y poblacional durante los próximos 10 años e impacto del turismo sobre la tasa de crecimiento económico.
4.1.1 Población Económicamente Activa.
La Población Económicamente Activa (PEA) es la que interviene en la producción de bienes y servicios y se clasifica en dos categorías: ocupados y
desocupados.
En el año 1990, se registró 6.262 personas como Población Económicamente Activa en la ciudad de Salinas. En el 2001 su número alcanzó a 9.779,
o sea, se multiplicó por 1.6 veces en un periodo de 11 años. La causa principal es sin duda, el crecimiento de la población operado dentro del
mismo periodo. El crecimiento medio anual de la PEA en cifras absolutas que se produce entre 1990 y 2001, es de aproximadamente 320 personas
al año (ver tabla 4.1.1). Se observa una mayor aceleración en la tasa de crecimiento de la PEA (4.05 por ciento).
Población Total, Población Económicamente Activa de 12 años y más de edad y Tasas de Crecimiento. Censos 1990 y 2001
Tabla 4.1.1
Concepto Población Total PEA Total
Año 1990 19.298 6.262
Año 2001 28.650 9.779
Tasa Crecimiento 1990 – 2001 (%) 3.59 4.05
Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001” 4.1.2 Sectores Productivos (PEA por Ramas de Actividad)
La distribución de la PEA por ramas de actividad permite observar una descripción de la organización de la economía, que junto a la clasificación por
ocupaciones y categoría ocupacional, brinda un panorama de la organización del trabajo de una sociedad.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 210
La proporción de PEA de la ciudad de Salinas que se ocupaba de las actividades agropecuarias constituía en 1990 el 19.0 por ciento del total, en el
2001 la proporción se incrementa ligeramente, demostrando que gran parte de la actividad del sector primario está definido por las actividades
pesqueras (ver tabla 4.1.2).
Ciudad de Salinas: PEA por Ramas de Actividad Económica en orden de importancia. Censos 1990 y 2001
Tabla 4.1.2
Rama de Actividad % 1990 % 2001
1 Servicios 28.2 18.8
2 Agricultura, silvicultura, caza y pesca 19.0 20.2
3 Comercio, hoteles y restaurantes 13.8 18.0
4 Construcción 16.1 12.4
5 Manufactura 11.1 8.8
6 Transporte 4.2 4.0
7 Actividades no bien especificadas (*) 3.4 11.1
8 Establecimientos financieros 2.2 4.8
9 Trabajador nuevo 1.0 0.6
10 Explotación de minas y canteras 0.8 0.8
11 Electricidad, gas y agua 0.2 0.4
(*) En el año 2001, incluye a no declarado. Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001” El sector secundario que incluye la explotación de minas, la industria manufacturera, la producción de energía y agua, y la construcción abarca el
22.4 por ciento de la PEA total para el 2001, lo que significa que está perdiendo capacidad de generar empleo si se compara con la proporción de
1990 (22.4 por ciento). Dentro del sector se destaca el comportamiento de la construcción que en el 2001 representa el 12.4 por ciento de la PEA a
pesar de reducirse en relación a 1990, seguido por la manufactura que también se ha reducido en el último periodo intercensal, pasando de 11.1 a
8.8 por ciento).
El sector Terciario, que incluye el comercio, el transporte, las actividades financieras y los servicios, es el que se muestra como el principal
generador de empleo, a pesar de perder peso a lo largo del periodo observado. Destacándose que el servicio constituye el grupo de mayor
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 211
importancia dentro del sector con el 18.8 por ciento para el 2001. Seguido del grupo comercio. Merece destacarse que para el 2001, los Servicios es
la segunda actividad que concentra la fuerza de trabajo de la ciudad de Salinas, ubicándose delante del comercio y la construcción; a pesar que los
servicios han perdido posicionamiento en la medida que en el año 1990 era la actividad económica que más población concentraba (28.2 por
ciento).
Establecimientos económicos Definiendo al establecimiento económico como la unidad económica que, bajo un propietario o control único, o bajo una sola entidad jurídica, se
dedica exclusiva o principalmente a una clase de actividad económica en una ubicación única; el potencial económico de la ciudad de Salinas es
grande, se registran alrededor de 1.212 establecimientos económicos, distribuidos entre actividades de manufactura (106), comercio (841) y
servicio (265).
Es de destacar que en promedio existen 23.6 habitantes por establecimiento económico en la ciudad de Salinas; si se lo relaciona con la PEA de 12
años y más de edad, el promedio es de 8.1 personas por establecimiento.
4.1.3 Representación del Turismo con respecto a la PEA El 18% de la PEA de Salinas se dedica a actividades relativas al Comercio, Hoteles y Restaurantes (Fuente: INEC); la misma que se ha
incrementado en un 4.2% en un periodo de 11 años (1990 al 2001) lo que significa que ha venido creciendo a una tasa del 0.38% anual.
El sector Comercio y Turismo ocupa el tercer lugar de generación de empleo de la PEA, la Agricultura, Silvicultura, Caza, Pesca y otros servicios
acumulan el 39% de la PEA. Sin embargo el Turismo es la actividad que registra mayor crecimiento en el periodo de tiempo en mención. (Ver
Tabla 4.1.2)
4.1.4 Proyección de Población en 10 años.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 212
La tabla 4.14 muestra la proyección de la población de Salinas, de las áreas urbana y rural hasta el año 2015.
Proyección de la población.- 2006-2010
Tabla 4.1.4
Salinas 2006
2007
2008
2009
2010
Urbano 31.281 31.698 32.121 32.549 32.984
Rural 22.325 22.504 22.685 22.867 23.051
Total 53.606 54.202 54.806 55.416 56.035
Proyección de la Población.- 2011 - 2015
Salinas 2011 2012 2013 2014 2015
Urbano
33.424 33.870 34.321 34.779 35.243
Rural
23.236 23.422 23.610 23.800 23.991
56.660 57.292 57.931 58.579 59.234
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 213
Total
Fuente: INEC, Proyecciones de Población al 2015
4.1.5 Proyección del crecimiento económico de Salinas en 10 años.
Analizando los datos de la PEA por ramas de actividad en Salinas, de los últimos dos censos de población (años 1990 y 2001). Se puede identificar
que las actividades vinculadas con el comercio, hoteles y restaurantes son las que han experimentado el mayor crecimiento en el periodo.
Variación anual en la PEA por ramas de actividad, años 1990 y 2001
Tabla 4.15
Rama de Actividad 1990% 2001% Tasa de
crecimiento
periodo
Variación
anual
Servicios 28,20 18,80 -33% -3%
Agricultura, silvicultura, caza y pesca 19,00 20,20 6% 1%
Comercio, hoteles y restaurantes 13,80 18,00 30% 3%
Construcción 16,10 12,40 -23% -2%
Manufactura 11,10 8,80 -21% -2%
Transporte 4,20 4,00 -5% 0%
Actividades no bien especificadas (*) 3,40 11,10 226% 21%
Establecimientos financieros 2,20 4,80 118% 11%
Trabajador nuevo 1,00 0,60 -40% -4%
Explotación de minas y canteras 0,80 0,80 0% 0%
Electricidad, gas y agua 0,20 0,40 100% 9% Fuente: INEC, “Resultados Definitivos de los Censos de Población 1990 y 2001”
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 214
El escenario de crecimiento económico para los próximos 10 años, bajo el supuesto de seguir la tendencia registrada por la Población
económicamente activa (años1900 y 2001) se caracterizará por el incremento de las actividades comerciales, especialmente las vinculadas con
turismo, teniendo mayor crecimiento e importancia frente a las actividades del sector primario y a la manufactura.
Como consecuencia de este crecimiento comercial, las ramas de actividad de servicios financieros también crecerán.
4.1.6 Contribución del Turismo a la economía local.
4.1.6.1 Ingresos Estimados Anuales por gastos de Turistas.
En el presente estudio, debido a la falta de información acerca del número de visitantes anuales al balneario de Salinas y al monto de los gastos
totales de los mismos, el equipo técnico ha optado por una metodología alternativa que permite obtener un estimado de la contribución del turismo
a la economía local.
La tabla 4.16 muestra datos que permiten estimar el total de ingresos anuales por concepto de los gastos de los turistas. Este valor no incluye a los
gastos en la planta de alimentación y recreación, realizados por residentes temporales, o visitantes excursionistas (quienes no pernoctan en
Salinas).
Total estimado ingresos anuales por concepto de gastos de en la planta turística, año 2006
Tabla 4.16
VARIABLES VALORES
Tarifa Promedio Alojamiento (1 persona) US$1 $15,00
% Promedio Ocupación anual 2 30%
Total Plazas ofertadas- diarias3 3.135
Total Plazas ofertadas- año3 1.144.275
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 215
$ Ingresos Estimados por alojamiento (25%)*4 $ 5.149.237,50
$ Ingresos Estimados por otros gastos planta turística (75%) 4 $15.477.712,50
Total Ingresos Estimados anual por gastos planta turística US$ $ 20.626.950,00
1 Datos obtenidos entrevistas equipo consultor con empresarios hoteles
2 Datos obtenidos entrevistas equipo consultor con empresarios hoteles
3 Fuente: Catastro subsecretaría de Turismo, año 2006
4 Fuente: www.municipiodesalinas.gov.ec, porcentaje gastos del turista
Es importante acotar que el valor de $ 20.626.950,00 es un estimado, al no existir una estadística acerca del número de turistas que ingresan
anualmente al balneario. Dentro de este valor no están considerados los gastos que realizan los excursionistas, quienes no pernoctan en Salinas, y
de quienes no utilizan alojamiento comercial.
4.1.6.2 Contribución del Turismo a la economía de acuerdo a tipos de impacto
Para llegar a la información presentada en la Tabla 4.1.6.2 para estimar y cuantificar los impactos del turismo en la economía local, se toma como
referencia los datos de la tabla 4.1.6.1 que permiten tener una referencia acerca del estimado de ingresos de la planta turística del lugar.
Contribución del Turismo a la economía de acuerdo a tipos de impacto
Tabla 4.1.6.2
TIPO DE IMPACTO
CONTRIBUCIÓN DEL TURISMO A LA ECONOMÍA
Número V.
Relativo Observaciones
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 216
Empleos directos en planta turística1
1078 18% De la PEA cantonal
Establecimientos de Planta turística2
238 19,63%
Del Total de establecimientos
comerciales.
Ingresos Municipio por tasa Turística,
Patentes 3
15.875,58 0,19% Presupuesto Municipio 2006
Contribución al PIB Nacional,
rama de actividad Otros Servicios 4
20.626.950,00 0,68% Año 2006, PIB por
ramas de actividad
1 Fuente: INEC, Población económicamente activa por ramas de actividad 2001
2Fuente: INEC, Establecimientos económicos por ramas de actividad 2001
3 Fuente: Dirección Financiera Municipio de Salinas, presupuesto año 2006
4 Fuente: Banco Central del Ecuador, PIB por ramas de actividad, 2006
Para llegar a la información presentada en la Tabla anterior que intenta cuantificar los impactos del turismo en la economía local, se toma como
referencia los datos de la tabla 4.16 que permite tener una referencia acerca del estimado de ingresos de la planta turística del lugar.
Los aspectos que se toman en consideración para cuantificar los diferentes impactos económicos son:
- Empleos directos generados por la planta turística: De acuerdo a datos de la Sub-secretaría de Turismo del Litoral, 1078 personas son
empleados en promedio por este sector; lo que corresponde al 18% del PEA cantonal (Datos INEC, 2006)
- Establecimientos de la Planta Turística: Tomando como referencia las mismas fuentes de información, el 19,63% del total de negocios
registrados en Salinas
- Ingresos del Municipio por concepto de Tasa Turística y Patentes de Turismo. Según datos del Presupuesto para el año 2006 de
Salinas, la contribución por concepto de tasa turística, patentes y licencias corresponde al 0,19% del presupuesto total.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 217
- Contribución al Producto Interno Bruto del país, por la de actividad denominada “otros servicios”. Considerando el ingreso
estimado de 20.626.950 dólares americanos por año de la planta turística local, representa el 0,68% del Producto Interno Bruto en lo
relativo a la rama de actividad denominada “otros servicios”.
4.2 Proyección de Población
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), con el asesoramiento del Centro Latinoamericano de Demografía (CELADE), realizó las
proyecciones de población a nivel del país y de las provincias, utilizando el Método de las Componentes, que consiste en proyectar en forma
separada las tres variables que intervienen en el cambio demográfico (Fecundidad, Migración y Mortalidad) tomando en cuenta sus relaciones
mutuas.
El INEC utilizó esta metodología (ideal) hasta el nivel provincial, debido a que la información que proviene de las estadísticas vitales (nacimientos y
defunciones) y de otras investigaciones permiten medir en un determinado momento las variables demográficas fecundidad y mortalidad; pero a
medida que baja el nivel de desagregación jurisdiccional, la calidad de esta información también baja y en algunos casos ni siquiera existe
información; por ello, no utilizó la misma metodología (por componentes ) a nivel cantonal.
Para el nivel cantonal, utilizó un método que no distorsione el crecimiento poblacional de los cantones, pero que ajusten a la proyección provincial y
nacional y aplicó la estructura cantonal del 2001, para el 2005 y 2010; dejando implícito el supuesto que dichas proporciones se mantendrán
inalterables durante el período 2001-2010, a sabiendas que en todo el país incluyendo el cantón Salinas que forma parte de la provincia del Guayas,
tanto en su área urbana como en la rural, las tasas de fecundidad están descendiendo y los niveles de mortalidad se han estancado como producto
de la transición demográfica. En lo que corresponde a los años intermedios de estos quinquenios aplicó una interpolación lineal; por ello, sus tasas
de crecimiento tienden a ser constantes (ver Tabla 4.2.1 y 4.2.2)
Crecimiento Poblacional de Salinas. Proyección 2006-2010
Tabla 4.2.1
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 218
Hipótesis Oficial
Salinas 2006 2007 2008 2009 2010
urbano 31281 31698 32121 32549 32984
rural 22325 22504 22685 22867 23051
total 53606 54202 54806 55416 56035
Crecimiento Poblacional de Salinas. Proyección 2011-2015
Tabla 4.2.2
Hipótesis Oficial
Salinas 2011 2012 2013 2014 2015
urbano 33424 33870 34321 34779 35243
rural 23236 23422 23610 23800 23991
total 56660 57292 57931 58579 59234
Las proyecciones de población no deben ser consideradas como “acertijos al futuro” sino como expresión de tendencias que se cumplirán en tanto
permanezcan en el tiempo las condiciones o las hipótesis que sirvieron de soporte a la proyección.
En base a las proporciones, a nivel nacional, de incremento y de reducción de las tasas de crecimiento poblacional para el periodo de estudio36, que
parten del supuesto de una mayor o menor reducción de los niveles de fecundidad y del supuesto de mantener constante los niveles de la
mortalidad y de un crecimiento estacionario de la población del área rural, se proyectó la población para un escenario que consolida el área urbana
vía crecimiento vegetativo y por migración alta (hipótesis alta) y en contraste un escenario proclive a un mayor descenso de los niveles de
fecundidad y una migración más atenuada (hipótesis baja). Lo ideal podría considerarse al crecimiento demográfico más atenuado; sin embargo, la
36/ Fuente: CONADE - INEC - CELADE - FNUAP, "Ecuador estimaciones y proyecciones de población 1950 - 2030. Ecuador.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 219
realidad y la falta de políticas de población que las entienda la población, puede conducir a que la hipótesis de un mayor crecimiento encuentre
asidero. Los resultados se presentan en las siguientes tablas:
Crecimiento Poblacional. Hipótesis Baja, Años 2006-2010
Tabla 4.2.3 Hipótesis Baja
Salinas 2006 2007 2008 2009 2010
urbano 31221 31577 31937 32301 32669
rural 22325 22504 22685 22867 23051
total 53546 54081 54622 55168 55720
Crecimiento Poblacional. Hipótesis Baja, Años 2011-2015
Tabla 4.2.4 Hipótesis Baja
Salinas 2011 2012 2013 2014 2015
urbano 33042 33418 33799 34184 34574
rural 23236 23422 23610 23800 23991
total 56278 56840 57409 57984 58565
Crecimiento Poblacional. Hipótesis Alta, Años 2006-2010
Tabla 4.2.5 Hipótesis Alta
Salinas 2006 2007 2008 2009 2010
urbano 31400 31940 32489 33048 33617
rural 22325 22504 22685 22867 23051
total 53725 54444 55174 55915 56668
Crecimiento Poblacional. Hipótesis Alta, Años 2011-2015
Tabla 4.2.6 Hipótesis Alta
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 220
Salinas 2011 2012 2013 2014 2015
urbano 34195 34783 35381 35990 36609
rural 23236 23422 23610 23800 23991
total 57431 58205 58991 59790 60600
Análisis Prospectivo.- Cantón Salinas
El balneario de Salinas se ha convertido en un centro cosmopolita cuyo comportamiento socio económico es más parecido a una ciudad que a un
balneario. Por lo tanto, el desarrollo turístico del balneario dependerá en el modo que la ciudad vaya creciendo. A la fecha existe un Plan de
Desarrollo Estratégico del Cantón Salinas que fue elaborado por la ESPOL en el año 2002. Dicho plan ha sido usado incluso como plataforma
política. Sin embargo, no se observa una aplicación significativa de este plan en lo que tiene que ver con las recomendaciones del mismo.
El rol de AGUAPEN en el saneamiento ambiental del balneario solamente se ha limitado a la provisión de agua potable y el tratamiento de aguas
servidas. Sin embargo, no se observa ejecución de obras en lo que tiene que ver son alcantarillado pluvial y conexiones domiciliarias de la red de
alcantarillado sanitario. Esto ha limitado la provisión de servicios básicos a la comunidad.
La falta de pavimentación de la mayoría de las calles y avenidas no contribuye a la imagen turística del sector. A esto se suma la falta de
estacionamiento para soportar la carga turística de temporadas altas.
Finalmente, no se aplica orden en la distribución turística del balneario ya que Salinas recibe más turistas de los que realmente puede soportar.
Esto ha contribuido a resaltar aún más la carencia de servicios básicos ambientales.
Capítulo 5
Nómina del Personal Técnico Participante del estudio de EAE
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 221
Nombre Cargo
José Chang Gómez, Ing. M. Sc. Director del estudio EAE del cantón Salinas
David Matamoros C., Ing. Ph. D. Consultor del ámbito ambiental
Roberto Sáenz O., Soc. Consultor del ámbito social
Jaime Freire P., Econ. MAE. Consultor del ámbito económico
Sandra García, Lcda. Turismo Investigadora ámbito turístico-económico
Estefanía Chang V., Estudiante Ing. Asistente de campo e investigación
Actores claves en el proceso de flujo de información
Para efectos de cubrir la etapa de reconocimiento de sitio, levantamiento de información de campo, acceso a la documentación de respaldo
relacionada con el objeto del estudio, se recurrió a personas consideradas como actores claves dentro del proceso de flujo de información, a saber:
Nombre y Apellido Cargo
Ing. José R. Correa Vasco Alcalde del cantón Salinas
M. Sc. Víctor Osorio Director Ejecutivo del PMRC
Arq. Fernando Garzón Asesor Planificación Estratégica y Gerente del Municipio de Salinas
Arq. Giovanni del Rosario Planificación Estratégica Municipio
Lcdo. Efrén Mendoza Coordinador de la Escuela de Hotelería y Turismo de la Universidad
Península de Santa Elena UPSE
Lcda. Irma Alvarado Coordinadora del PMRC en ZM- Salinas
Srta. Laura Domínguez Asistente coordinación del PMRC en ZM-Salinas
Lcdo. Washington Macías Plan Estratégico de Desarrollo Cantonal de Salinas
Ing. Javier Urquizo Plan Estratégico de Desarrollo Cantonal de Salinas
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 222
M.Sc. Eduardo Molina Especialista del PMRC, oficina matriz
Tcnl. Douglas Dillon Cámara de Turismo de Santa Elena
Econ. Carlos Sáenz Gerente Asociación de Voluntariado de Santa Elena FODI, profesor de
la Escuela de Turismo
Como parte de la estrategia de información, se participó en el “Seminario- Taller de capacitación en elaboración de Planes de Temporada Turística,
realizado por el PMRC en Salinas del 21 al 23 de marzo del 2006”, con delegados de los cantones costeros de la Provincia del Guayas y El Oro. La
presencia de representantes de la Cámara de Turismo capítulo Salinas, Capitanía del Puerto, Comisión de Tránsito del Guayas, I. Municipio del
cantón Salinas, PMRC, Defensa Civil, Ministerio del Turismo, Asociación de Municipalidades del Ecuador AME, asociación de salvavidas,
comerciantes, sector académico, empresarios a este evento fue significativa, y fue la ocasión para establecer el vínculo inicial.
Nómina de personas entrevistadas en el marco de la investigación
Adicionalmente, de acuerdo a la metodología establecida para investigar los patrones culturales de la población residente en el cantón Salinas, se
utilizó la cartografía censal del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), que permite seleccionar zonas, sectores y manzanas, para
finalmente seleccionar la vivienda y dentro de ella a la persona que respondió al interrogatorio propuesto. Esta cartografía permite cubrir la falta de
nomenclaturas en las calles y la verificación de la información levantada.
Nombre y Apellido Zona Sector Manzana
Rosaura Orrala 2 2 4
Elena Martillo 2 2 4
Víctor Peña 2 2 4
Carlos Pérez 2 2 5
Jorge Pérez 2 2 5
Rigoberto Pérez 2 2 5
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 223
Saúl Pérez 2 2 5
Dioselina León 2 2 5
Mercedes Suárez 2 2 5
Karina Basilio 2 7 6
Willian Navarrete 2 7 7
Nancy Navarrete 2 7 7
Martha Ortuño 2 8 1
Leonor Alvarado 2 8 1
María Luisa Chipe M. 2 8 1
Rafael González B. 2 8 2
Zoila Morán 2 8 3
José Gonzabay 2 9 4
Jorge Vélez 2 9 5
Rolando Reyes 2 9 5
Kleber González 2 9 7
Miguel Roca 3 1 1
Carlos Mejillones 3 1 2
Clara Suárez 3 1 2
Jessenia Tomalá 3 1 7
Gregorio Borbor 3 2 3
Olga Morales 3 2 4
Vicente Roca 3 2 4
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 224
Silvia Orrala B. 3 3 1
Wilmer Panchana 4 6 5
Nelly Basantes 4 6 5
Melba Pita 4 6 5
Jéssica Quimí 4 6 5
Bertha Moscoso 4 7 2
Luz María González 4 7 7
Plácida González 4 8 4
Nery Calderón 4 8 4
Cristina Reyes 4 8 4
Aquiles Calderón 4 8 4
Florencio Paninboza 5 10 3
Teresa Rosales 5 10 3
Hilda Balón 5 10 9
Jackelin Yagual 5 11 7
María Balón 6 2 3
Sully de la A 6 2 3
Cristina Yagual 6 2 6
Maribel Borbor 6 2 6
Marcina Borbor 6 2 6
Jessenia Borbor 6 2 6
Isidro Cevallos 6 2 7
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 225
Alicia Mero 6 3 3
Nancy Mejillones 6 3 3
Margarita Escalante 6 9 1
Mónica Reyes 6 9 3
Eva Bernandino 6 9 3
Grace Patiño 6 9 3
Franklin Matute 6 9 3
Milton Lazo 6 9 7
Doris Viera 6 9 7
Ana Mero 6 9 11
Mercedes Lucas 6 9 11
Mariana González 6 9 12
Gisela González 6 9 12
Gisela López 6 9 12
Ruth Tigreros 6 9 12
Mariana Tigreros 6 9 12
Miguel Suárez 6 11 2
María Castro 7 1 1
Carlos T. Ballesteros 7 1 1
Diana Tigrero 7 1 6
Luz Vera Panchana 7 2 1
José Yagual 7 5 1
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 226
Magdalena del Pezo R. 7 5 2
Manuel Pininboza 7 5 4
Fermín del Pezo 7 9 2
Carlos Mejillón 8 3 12
José del Pezo Lainez 8 4 2
Elena Cruz Orrala 8 4 7
Verónica Pitarque 8 5 2
Narcisa Sánchez 8 8 3
Gisela Alvarado 8 8 4
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 227
Capítulo 6
Conclusiones y Recomendaciones
No obstante que está vigente la Ley de Transparencia que obliga a los organismos públicos a poner a disposición de cualquier usuario toda la
información económica generada por todos los entes del sector público, la realidad es que, por un lado no existe la elaboración de información
económica desagregada a nivel de cantones, parroquias, etc.; y en muchos casos la información ni siquiera ha sido investigada. Por lo tanto para la
realización del presente trabajo de investigación fue necesario utilizar métodos alternativos que permitan estimaciones más razonables.
Inclusive el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, que es el organismo que provee la información oficial sobre censos, encuestas y demás,
presenta información limitada en cuanto a la cobertura de zonas geográficas, especialmente para sectores como cantones, parroquias, localidades,
etc.
El análisis de los cuadros aquí presentados, permiten concluir que la situación socio-económica de Salinas, ciertamente ha registrado un crecimiento
económico que se mantiene gracias a que la ciudad es utilizada como segunda residencia, especialmente por personas provenientes de Guayaquil,
lo que ha provocado la activación comercial de este sector con gran incidencia en la oferta de servicios relativos al Turismo. Sin embargo las
características de la marcada estacionalidad de la demanda durante los meses considerados de temporada baja se ven reflejadas en el poco
crecimiento económico.
Dentro del Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Cantonal de Salinas se han realizado en base a talleres participativos con los actores claves
involucrados en diferentes áreas de desarrollo, se ha realizado un análisis situacional, propuesto la visión del cantón al año 2025 y considerado una
serie de estrategias para llegar a alcanzar los objetivos de desarrollo planteados; sin embargo las estrategias corresponden más bien a una lista de
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 228
proyectos, actividades y sugerencias. Dentro de los cuales es necesario analizar cuáles son los proyectos más urgentes, y una vez identificados,
deben ser jerarquizados y propuesta la entidad que se encargará de la ejecución de los estudios pertinentes a cada proyecto.
Dado el carácter y naturaleza de los proyectos estratégicos referidos, se recomienda que para su ejecución se considere la participación de
universidades y escuelas politécnicas como la ESPOL, UCSG, ONG s como la Fundación Salinas SIGLO 21, en el apoyo a la gestión municipal de los
proyectos identificados en los Planes de Salinas.
Recomendaciones en el ámbito social
Para enfrentar los retos del desarrollo ligado a una economía sustentable que trasforme y consolide al cantón Salinas en un sitio de atracción
turística acorde con las exigencias de un mundo globalizado, hay que, mediante la planificación estratégica e inteligente, promover el desarrollo del
capital social y asignar a cada lugar un uso óptimo sustentable. De manera que el área con sus recursos humanos y naturales tengan un desarrollo
armónico y equilibrado; para lo que se propone:
1. Promover un desarrollo balanceado donde el progreso económico se armonice con la protección y restauración de la calidad del ambiente
natural, y en el mejoramiento de la calidad de vida de sus ciudadanos, donde las metas sociales, económicas y ambientales estén unificadas
dentro del contexto del desarrollo sustentable.
2. Difundir medidas para garantizar una vida digna, en el marco de una paternidad responsable, en donde los integrantes de la sociedad tengan
acceso a los servicios de salud, educación y de salubridad; así como, pleno derecho al empleo (Salinas tiene en la actualidad una alta tasa de
crecimiento demográfico, superior a la del país).
3. Implantar medidas de tecnología y de educación encaminadas a la conservación de los recursos, la protección del ambiente y la promoción del
turismo y el capital social.
4. Asegurar que el gobierno municipal sea ejemplo de respeto al ambiente y de uso eficiente de los recursos, y donde sus líderes estén
comprometidos con la protección del ambiente y la promoción del turismo a corto, mediano y largo plazo.
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 229
5. Coordinar acciones entre las diversas entidades públicas y privadas con la finalidad de promover mejoras en la calidad de vida de los habitantes,
lo que repercutirá de forma positiva para generar un ambiente adecuado para el desarrollo de las actividades turísticas.
Educación y Participación Ciudadana
Los ciudadanos deberán tener participación en las decisiones para mejorar la ciudad y se incentivará alcanzar mejores niveles de instrucción (en
promedio la población de Salinas tiene aprobado el nivel primario) y la práctica deportiva (poca costumbre); así como, un conocimiento básico de
los procesos ambientales que le permitirá reconocer la importancia de velar por el ambiente natural y proteger los recursos, lo que redundará en
beneficio del turismo. Para lo que se propone:
1. Fomentar la participación ciudadana en la protección del ambiente y la promoción del turismo creando los mecanismos necesarios para que los
ciudadanos, organizaciones y comunidades asuman el liderazgo en cuanto a la defensa del mismo, el cumplimiento de las leyes y reglamentos
ambientales, así como el fomento turístico.
2. Hacer de la educación ambiental y de la promoción turística parte esencial del currículo escolar con el propósito de preparar ciudadanos
respetuosos del ambiente y de los turistas, capaces de incorporar de manera natural la conciencia ambiental y turística en su quehacer diario.
3. Desarrollar campañas de educación pública encaminadas a proveer la educación básica y necesaria, incluyendo la protección de nuestras playas
y otros recursos naturales.
4. Capacitar a los ciudadanos en la creación de microempresas que puedan aprovechar el flujo turístico y en esta forme todos ganen con el turismo
(la mayoría de la población considera que el turismo no les beneficia en nada).
5. Programar actividades recreativas de carácter cultural que propenda a elevar el nivel cultural y la participación activa, que entre otros aspectos
busque desarrollar la costumbre de usar los actuales medios de comunicación (actualmente se registra bajos niveles de uso de Internet).
Infraestructura y Ambiente Urbano
Índice de Contenido. Evaluación Ambiental Estratégica del Turismo Costero. 230
El gobierno municipal de Salinas velará por mejorar la calidad de vida en el área urbana de manera que sus ciudadanos vivan en un ambiente
agradable y seguro, en armonía con la naturaleza, y disfrutando plenamente de los beneficios sociales y culturales de la vida en comunidad.
Para lograrlo el Plan Estratégico de Desarrollo Urbano deberá consignar el énfasis adecuado en mejorar la infraestructura y garantizar el acceso de
la población a los servicios básicos. Lo que incluye, incrementar las áreas verdes dentro del entorno urbano y mejorar la seguridad del ciudadano.
1. Implantar medidas para incentivar el desarrollo e incrementar las áreas verdes dentro del entorno urbano y mejorar la seguridad.
2. Unir a través de parques lineales todas las áreas verdes de la ciudad para desarrollar una amplia extensión verde en el corazón de Salinas.
3. Manejar las playas de manera integrada para el manejo sustentable de dichos recursos y la promoción de la recreación y el turismo.
4. Prohibir la privatización de las áreas costeras ambientalmente sensitivas y de las playas, así como la extracción de arena de las mismas.
5. Continuar con la dotación a la ciudad de redes públicas de agua para el consumo humano, así como un sistema de alcantarillado sanitario y
pluvial.
Recomendaciones en el ámbito ambiental
Entre las recomendaciones generales de este estudio se presentan:
1. Implementar en su totalidad el Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Cantonal de Salinas, 2001.
2. Crear una ordenanza municipal clara y definitiva que regule los aspectos turísticos del balneario Playas que pudieran no estar contemplados
en la Ordenanza de Creación de la Dirección de Turismo Municipal existente. Se deberá trabajar coordinadamente con otras instituciones
para definir claramente las responsabilidades de cada una. De este modo, se evitarán conflictos interinstitucionales que afecten al desarrollo
del sector (uso de playas y bahías).
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3. El Municipio deberá solicitar a AGUAPEN que dé prioridad a la conexión de redes domiciliarias al alcantarillado sanitario existente. AGUAPEN
debería también iniciar el mejoramiento del alcantarillado pluvial evitando descargar las aguas lluvias hacia la zona turística (San Lorenzo y
Chipipe) sino redirigiendo el flujo hacia Mar Bravo en donde la capacidad de renovación del agua es mayor.
4. Para evitar que la calidad del agua del mar disminuya en temporadas turísticas, las autoridades competentes deberían implementar baterías
sanitarias portátiles en la zona de playas en cantidades acordes con el flujo de turistas esperados. Adicionalmente, se debería lanzar una
campaña educacional ambulante difundiendo los peligros de salud ocasionados por la acumulación de coliformes fecales en el mar
(asociados y producidos por los mismos turistas).
5. El Municipio debería implementar un proyecto integral de pavimentación de calles en la zona urbana (tipo regeneración) para mejorar el
aspecto del Cantón hacia la apreciación del turista.
6. Adicionalmente, la zona del Malecón debería ser renovado integrando áreas de parqueo suficiente, pavimentación de la avenida,
restaurantes, zonas recreativas (deportes playeros), hoteles, carpas, salvavidas, etc. Una prioridad es la recuperación de la zona de playa del
área de San Lorenzo.
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Foto 1. Vista General del Sector San Lorenzo, Salinas
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Foto 2. Calle Principal de San Lorenzo, Salinas
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Foto 3. Municipio de Salinas.
Foto 4. Iglesia Central de Salinas
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Foto 5. Calle Principal del sector de Chipipe, Salinas.
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Foto 6. Clínica FAE Salinas
Foto 7. Calle Secundaria de Chipipe, Salinas
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Foto 8. Baños Públicos cerca de la Plaza de Comida
Foto 9. Vista General de la Plaza de Comida
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Foto 10. Vista General de Centro Comercial en el sector de las Dunas
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Foto 11. Vista General de Centro Comercial en el límite cantonal con La Libertad
Foto 12. Baterías Portátiles en la Playa. Chipipe, Salinas
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Foto 13. Cuerpo de Bomberos Salinas.
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Foto 14. Acopio de Basura, en el sector de Chipipe, Salinas 2006
Foto 15. Duchas Portátiles Instaladas. Chipipe, Salinas 2006.
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Plano 1.- Redes de Distribución de AA.SS/ AA.PP. Fuente: Características de los Sistemas de AGUAPEN, Mario Costa.