estudio de la póliza de seguro de responsabilidad civil y patrimonial suscrita por el sescam

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Estudio de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y Patrimonial suscrita por el SESCAM.

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Page 1: Estudio de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y Patrimonial suscrita por el SESCAM

Estudio de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y Patrimonial suscrita por el SESCAM.

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Indice

Historia y Origen de la Cobertura.

Preliminar.

Definiciones.

Objeto y Extensión del Contrato.

Condiciones de Cobertura.

Condiciones Económicas.

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Historia y Origen de la Cobertura

Antigua demanda sindical (decada de los ochenta). Diferentes periodos y compañias aseguradoras.

Efecto del aseguramiento sobre:

– Usuarios.

– Profesionales Sanitarios.

– Estructuras Administrativas (Hospitales).

Opciones que toman las Administraciones Sanitarias Españolas

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Preliminar

Declaración de Gran Riesgo. (Art. 44. 2º parrafo Ley 50/80 LCS).

– El SESCAM tiene la consideracion de gran riesgo.

– El presente contrato no está sometido a la LCS, siendo unicamente aplicable dicha Ley en defecto de pacto expreso.

– Delimitación temporal de la cobertura.

Administracion del Contrato: UTE MARSH - CCM Multiseguros.

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Definiciones

Tomador del seguro

Tendrá la condición de Contratante del seguro el SESCAM

Asegurador

Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.

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Definiciones

Asegurados.

– SESCAM.

– Centros dependientes del SESCAM.

– En general, personal dependiente, cualquiera que fuera su situación

administrativa, en el ejercicio de sus actividades profesionales por

cuenta del SESCAM.

– Herederos y familiares de cualquiera de los Asegurados anteriores.

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Definiciones

Actividad.

Prestación de Servicios Públicos de asistencia sanitaria y actividades conexas.

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Definiciones

Terceros

– Cualquier persona física o jurídica distinta del tomador del seguro y de los Asegurados, siempre que acredite haber sufrido perjuicios o daños evaluables económicamente, como consecuencia de las actividades del SESCAM y su personal dependiente.

– Los asegurados en cualquiera de las situaciones siguientes:

En su calidad de usuarios de la asistencia y de los servicios del SESCAM.

En su calidad de personal empleado, en el caso de la responsabilidad civil patronal

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Definiciones

Daños y Perjuicios Indemnizables

– Daños corporales: Muerte, lesiones u otros atentados a la integridad fisica o la salud de las personas.

– Daños Materiales: Destrucción, deterioro o pérdida de cosas o animales.

– Daños Morales derivados de daños corporales.

– Perjuicios económicos consecutivos a un previo daño

cubierto: Pérdidas económicas ocasinadas como consecuencia

directa de los daños corporales o materiales indemnizables

sufridos por el reclamante de dicha pérdida.

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Definiciones

Siniestro.

– Todo hecho del que pueda resultar responsable el asegurado, siempre que sea objeto de cobertura y de acuerdo con las condiciones pactadas.

– Claúsula Unidad de Siniestro: Se considera un solo y unico siniestro la sucesion de hechos derivados de un mismo origen o causa.

Sumas Aseguradas.

– Suma Asegurada por siniestro.

– Suma Asegurada por periodo de seguro.

– Suma Asegurada por víctima.

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Definiciones

Responsabilidad.

El objeto de esta cobertura abarca dos vertientes:

– Responsabilidad civil. ( Derecho Privado)

– Responsabilidad patrimonial de la Administración Publica. (Ley 30/1992 de 26 de noviembre de RJAP).

Se distinguen las siguientes responsabilidades:

– Responsabilidad Profesional. Como consecuencia del ejercicio profesional tanto en la actividad sanitaria como no sanitaria.

– Responsabilidad de Explotación. Como consecuencia de la utilización de las instalaciones afectas a la actividad.

– Responsabilidad Patronal. Por accidentes de trabajo.

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Objeto y Extensión del Contrato

Objeto del Seguro

– Aseguramiento de las consecuencias económicas derivadas de la responsabilidad profesional, de explotación y patronal que pudiera corresponder a los Asegurados, por daños corporales o materiales y perjuicios económicos consecutivos, causados por acción u omisión a terceros en el ejercicio de sus actividades y competencias.

Quedarán aseguradas:

– El pago de las indemnizaciones que se deriven de la responsabilidad asegurada.

– Los costes y gastos judiciales y extrajudiciales.

– Prestación de Fianzas.

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Objeto y Extensión del Contrato

Ambito Geográfico de la Cobertura

Daños sobrevenidos en el territorio nacional, declarados en España y que

den lugar a responsabilidades reconocidas por tribunales españoles o de

cualquier otro estado de la Unión Europea.

Ambito Temporal de la Cobertura

– Daños y perjuicios derivados de actos u omisiones del Asegurado que se produzcan con anterioridad y durante la vigencia del contrato y que sean reclamados durante el mismo periodo de vigencia.

– Igualmente, los que se hayan producido durante la vigencia de la póliza,

y se reclamen durante los seis meses siguientes a la cancelación del

contrato (periodo de descubrimiento).

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Condiciones de Cobertura

Riesgos Cubiertos

– El presente contrato se suscribe como un todo riesgo de

responsabilidad, de forma que, salvo aquellas

responsabilidades expresamente excluidas, todas las demás se

encuentran cubiertas hasta los límites más adelante indicados.

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Condiciones de Cobertura

A título meramente enunciativo y no limitativo se garantizan las siguientes responsabilidades del Asegurado:

Riesgos Profesionales derivados de:

– La asistencia médica, de enfermería, quirúrgica y farmacéutica, ordinaria y de urgencia, en atención primaria y especializada.

– La asistencia prestada con carácter de ayuda humanitaria.

– La actuación en la atención domiciliaria y traslado de enfermos.

– Las actividades de administración, dirección, mantenimiento, etc.

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Condiciones de Cobertura

Riesgos Generales de Explotación derivados de:

– La propiedad de bienes muebles e inmuebles afectos a la actividad descrita.

– La condición de promotor o constructor de obras o instalaciones menores.

– La distribución y suministro de alimentos y bebidas.

– Los servicios de vigilancia y seguridad.

– La contaminación accidental de aire, agua y suelo.

– El transporte y las mercancías transportadas, operaciones de carga, descarga y almacenamiento.

– Trabajos realizados para el Asegurado o por cuenta de él por adjudicatarios, concesionarios, contratistas y subcontratistas.

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Condiciones de Cobertura

Riesgo de Responsabilidad Patronal o por Accidente de Trabajo.

– Por los accidentes de trabajo sufridos por el personal que tenga la condición de Asegurado ocurridos en el desarrollo de la actividad asegurada.

– Asimismo, por los accidentes de trabajo sufridos por otros contratista, subcontratistas propios o ajenos y el personal dependiente de todos ellos.

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Condiciones de Cobertura

Fianza y Defensa.

– La defensa del Asegurado, incluso contra reclamaciones infundadas, en cualquier procedimiento judicial, así como los honorarios y gastos.

– La defensa del Asegurado por los Abogados y Procuradores en los Procedimientos que se les siguiera.

– La constitución de las fianzas judiciales exigidas.

– La constitución de la fianza que en causa criminal se les exigiera

para asegurar su libertad provisional.

– La constitución de la totalidad de la fianza.

– El pago de todos los costes y gastos judiciales y extrajudiciales

que sobrevinieran a consecuencia del siniestro.

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Defensa jurídica:

Para las reclamaciones contra las agresiones al personal del SESCAM

Asistencia jurídica (asesoramiento y orientación)

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Condiciones de Cobertura

Riesgos Excluidos:

En ejecución de actos administrativos normativos. Intervenciones médicas o quirúrgicas, y actividades sanitarias no

incluidas en la Asistencia de la Seguridad Social.

– Utilización de procedimientos curativos y de medios ajenos a la buena y reconocida práctica médica o que no hayan recibido reconocimiento de entidades científicas o de profesionales médicos de reconocido prestigio.

– Las consecuencias de recetar y/o administrar productos farmacéuticos no aprobados por la Autoridad Sanitaria.

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Condiciones de Cobertura

– Los daños a los inmuebles de terceros utilizados por el

asegurado para el desarrollo de su actividad.

– Daños meramente estéticos por no haber obtenido la finalidad

propuesta en la operación de cirugía plástica, no reparadora.

– Actos dolosos o derivados de la infracción o incumplimiento

voluntario e injustificado de las normas que rigen las actividades

objeto del seguro, con excepción de la responsabilidad que

pudiera corresponder al SESCAM por actos de su personal

dependiente.

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Condiciones de Cobertura

El pago de multas, penalizaciones y sanciones. Cualquier daño inmaterial o perjuicio económico que no sea

consecuencia directa de daños materiales y/o corporales, garantizados por el contrato.

La realización de ensayos clínicos, tal y como se encuentran regulados en el R.D. 561/1993, de 16 de abril.

– La responsabilidad derivada de daños causados por cualquier

artefacto, nave o aeronave destinados a la navegación o

sustentación acuática o aérea.

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Condiciones de Cobertura

Las responsabilidades que deban ser objeto de cobertura por un seguro obligatorio.(Instalaciones radiactivas y Vehiculos a motor)

Los daños por hechos de guerra civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios.

Las reclamaciones por asbestosis o cualquiera otra enfermedad, incluido el cáncer, debidas a la fabricación, elaboración, transformación, montaje, venta o uso de amianto o de productos que lo contengan.

Utilización de prótesis de silicona blanda (soft silicona).

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Condiciones de Cobertura

Exclusiones específicas para la cobertura de responsabilidad civil patronal o por accidentes de trabajo:

Hechos que no sean calificados como accidente de trabajo o que estén excluidos del seguro de accidentes de trabajo, así como las reclamaciones de trabajadores que no estén dados de alta a los efectos del seguro obligatorio de accidentes de trabajo o no tengan el seguro obligatorio del régimen especial procedente.

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Condiciones de Cobertura

Las indemnizaciones y gastos de asistencia por enfermedad profesional o bien por enfermedades no profesionales que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, así como el infarto de miocardio, trombosis, hemorragia cerebral y enfermedades de similar etiología, salvo que sea calificada como accidente de trabajo.

Multas y sanciones. Incumplimiento de las obligaciones contractuales del

empleador de carácter general de las que no se deriven daños corporales.

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Condiciones Económicas

Suma Asegurada por siniestro

Responsabilidad Profesional: 1.200.000 Euros. Responsabilidad Explotación: 3.005.060 Euros. Responsabilidad Patronal: 3.005.060

Euros.

Suma Asegurada por anualidad de seguro: 11.000.000 Euros.

Suma Asegurada por víctima: 600.000 Euros.

Franquicia: 3.000 Euros.