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ESTUDIO DE IMPACTO
AMBIENTAL Y PLAN DE
MANEJO DEL PROYECTO
CONSTRUCCIÓN,
OPERACIÓN Y CIERRE DEL
CONJUNTO RESIDENCIAL
"ALCAZAR DE JIPIRO II"
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y
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1. INDICE
1. INDICE ................................................................................................................................................................................ 10
2. MARCO LEGAL APLICABLE AL PROYECTO ......................................................................................................................... 5
2.1 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR ......................................................................................................... 5
2.2 CONVENIOS INTERNACIONALES ......................................................................................................................................... 9
CONVENCIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE LA FLORA, FAUNA Y DE LAS BELLEZAS ESCÉNICAS NATURALES DE 2.2.1
LOS PAÍSES DE AMÉRICA CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA DECRETO EJECUTIVO (D. E.) NO. 1720
PUBLICADO EN EL R. O. NO. 990 DE 17 DICIEMBRE DE 1943. .............................................................................................. 9
CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA. PUBLICADO EN EL R. O. NO. 647 EL 6 DE MARZO DE 1995. 10 2.2.2
CONVENIO ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES CONVENCIÓN MARCO DE 2.2.3
LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO. PUBLICADO EN EL R. O. NO. 381 DE 20 JULIO DEL
2004………… ............................................................................................................................................................................ 10
CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO. ACOGIDO MEDIANTE 2.2.4
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA, EL 22 DE AGOSTO DE 1994. .................................................................................................. 10
PROTOCOLO DE KYOTO DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO 2.2.5
CLIMÁTICO. RATIFICADO POR EL ECUADOR MEDIANTE D.E NO. 1588, Y PUBLICADO EN EL R.O. NO. 342 DE 20 DE
DICIEMBRE DE 1999. ................................................................................................................................................................ 11
CONVENCIÓN SOBRE LA CONSERVACIÓN DE LAS ESPECIES MIGRATORIAS DE ANIMALES SILVESTRES 2.2.6
(CMS)-CONVENCIÓN DE BONN CONVENCIÓN SOBRE COMERCIO ............................................................................. 11
CONVENCIÓN SOBRE COMERCIOINTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA 2.2.7
SILVESTRES (CITES) .................................................................................................................................................................... 12
CONVENIO UNESCO SOBRE PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL DE LA HUMANIDAD..................................... 13 2.2.8
CONVENIO DE BASILEA ................................................................................................................................................. 13 2.2.9
CONVENIO DEROTTERDAM SOBRE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS ...................................................... 14 2.2.10
2.3 LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL ............................................................................................................................................... 14
2.4 LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL ................................................................... 16
2.5 LEY ORGÁNICA DE LA SALUD ............................................................................................................................................ 18
2.6 LEY ORGÁNICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA ....................................................................................................... 18
2.7 LEY DE PATRIMONIO CULTURAL ......................................................................................................................................... 19
2.8 LEY ORGÁNICA DE RECURSOS HÍDRICOS, USOS Y APROVECHAMIENTO DEL AGUA............................................ 19
2.9 LEY QUE PROTEGE LA BIODIVERSIDAD EN EL ECUADOR........................................................................................... 20
2.10 CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN ............................ 21
2.11 LEY FORESTAL Y DE CONSERVACIÓN DE ÁREAS NATURALES Y VIDA SILVESTRE ......................................................... 21
2.12 LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA ................................................................................ 22
2.13 LEY PARA LA CONSTITUCIÓN DE GRAVÁMENES Y DERECHOS TENDIENTES A OBRAS DE ELECTRIFICACIÓN ......... 23
2.14 TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE (TULSMA) ................................. 24
2.15 ACUERDO MINISTERIAL 026 ................................................................................................................................................ 38
El ANEXO A (PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE GENERADORES DE DESECHOS PELIGROSOS) ....................... 39 2.15.1
El ANEXO B (PROCEDIMIENTO PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA LA GESTIÓN DE DESECHOS 2.15.2
PELIGROSOS) ............................................................................................................................................................................ 39
El ANEXO C (PROCEDIMIENTO PREVIO PARA EL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL DE TRANSPORTE DE 2.15.3
MATERIALES PELIGROSOS); ..................................................................................................................................................... 40
2.16 REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE
TRABAJO ........................................................................................................................................................................................ 41
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2.17 DECRETO EJECUTIVO 1040 (REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
ESTABLECIDOS EN LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL) ................................................................................................................ 42
2.18 ACUERDO MINISTERIAL 066: INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE
PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDO EN EL DECRETO EJECUTIVO NO. 1040, PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL
NO. 332 DEL 08 DE MAYO DEL 2008 .......................................................................................................................................... 43
2.19 NORMA TÉCNICA NTE INEN – ISO 3864 – 1. ...................................................................................................................... 44
2.20 ORDENANZAS LOCALES...................................................................................................................................................... 45
GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA. ..................................................................................................................... 45 2.20.1
2.21 CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL........................................................................................................................... 46
3. ANTECEDENTES GENERALES .............................................................................................................................................. 53
3.1 OBJETIVOS ............................................................................................................................................................................ 53
GENERAL.......................................................................................................................................................................... 53 3.1.1
ESPECÍFICOS .................................................................................................................................................................... 53 3.1.2
3.2 INFORMACIÓN DEL SUJETO DE CONTROL Y DEL PROYECTO........................................................................................ 54
4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO .......................................................................................................................................... 56
4.1 UBICACIÓN ........................................................................................................................................................................... 56
4.2 CONSIDERACIONES GENERALES DEL PROYECTO ........................................................................................................... 56
4.3 CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL PROYECTO ............................................................................................................ 57
4.4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ........................................................................................................................................... 58
4.5 DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ..................................................................................................... 59
AGUA POTABLE .............................................................................................................................................................. 59 4.5.1
ANTECEDENTES ........................................................................................................................................................ 59 4.5.1.1
GENERALIDADES ..................................................................................................................................................... 59 4.5.1.2
BASE DE DISEÑO ...................................................................................................................................................... 60 4.5.1.3
DOTACIÓN .............................................................................................................................................................. 60 4.5.1.4
VARIACIONES DE CONSUMO ............................................................................................................................... 60 4.5.1.5
CONSUMO PARA INCENDIOS ............................................................................................................................... 60 4.5.1.6
COMPONENTES DEL PROYECTO .......................................................................................................................... 60 4.5.1.7
ALCANTARILLADO .......................................................................................................................................................... 61 4.5.2
ALCANTARILLADO SANITARIO .............................................................................................................................. 61 4.5.2.1
ALCANTARILLADO PLUVIAL ................................................................................................................................... 63 4.5.2.2
RECOMENDACIONES GENERALES ....................................................................................................................... 65 4.5.2.3
ENERGÍA ELÉCTRICA ...................................................................................................................................................... 66 4.5.3
CONSIDERACIONES PARA EL DISEÑO, PARÁMETROS Y CÁLCULOS ............................................................... 66 4.5.3.1
CALCULO DE LA DEMANDA DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN ............................................................................... 66 4.5.3.2
TELÉFONO ........................................................................................................................................................................ 68 4.5.4
RED PRIMARIA ......................................................................................................................................................... 68 4.5.4.1
CONCENTRADOR ................................................................................................................................................... 68 4.5.4.2
ARMARIOS DE DISTRIBUCIÓN ................................................................................................................................ 69 4.5.4.3
RED SECUNDARIA ................................................................................................................................................... 69 4.5.4.4
PUNTO DE DISPERSIÓN ........................................................................................................................................... 70 4.5.4.5
GRADO DE UTILIZACIÓN DEL PUNTO DE DISPERSIÓN ........................................................................................ 70 4.5.4.6
RED DE ABONADOS ............................................................................................................................................... 70 4.5.4.7
CANALIZACIÓN ...................................................................................................................................................... 70 4.5.4.8
4.6 VIALIDAD ............................................................................................................................................................................... 71
4.7 MANEJO DE DESECHOS ...................................................................................................................................................... 74
4.8 CICLO DE VIDA DEL PROYECTO ........................................................................................................................................ 74
4.9 MANO DE OBRA REQUERIDA ............................................................................................................................................. 74
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5. DETERMINACIÓN DE ÁREAS DE INFLUENCIA .................................................................................................................... 75
5.1 METODOLOGÍA. ................................................................................................................................................................... 75
5.2 ÁREA REFERENCIAL.............................................................................................................................................................. 75
5.3 DEFINICIÓN DEL ÁREA DE GESTIÓN DEL PROYECTO. ..................................................................................................... 76
5.4 ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA DEL PROYECTO (AID). ................................................................................................... 77
5.5 ÁREA DE INFLUENCIA SOCIAL DIRECTA (AISD). ............................................................................................................... 77
5.6 ÁREA DE INFLUENCIA SOCIAL INDIRECTA DEL PROYECTO (AISI). ................................................................................. 78
6. LÍNEA BASE DEL PROYECTO............................................................................................................................................... 79
6.1 MEDIO FÍSICO ....................................................................................................................................................................... 79
CLIMA .............................................................................................................................................................................. 79 6.1.1
TEMPERATURA ......................................................................................................................................................... 79 6.1.1.1
PRECIPITACIÓN ....................................................................................................................................................... 80 6.1.1.2
HUMEDAD RELATIVA .............................................................................................................................................. 81 6.1.1.3
VIENTO...................................................................................................................................................................... 81 6.1.1.4
GEOLOGÍA ...................................................................................................................................................................... 83 6.1.2
GEOLOGÍA ESTRUCTURAL ............................................................................................................................................. 85 6.1.3
GEOMORFOLOGÍA ........................................................................................................................................................ 85 6.1.4
SUELO ............................................................................................................................................................................... 85 6.1.5
CALIDAD DEL SUELO .............................................................................................................................................. 86 6.1.5.1
HIDROGRAFÍA ................................................................................................................................................................. 86 6.1.6
CALIDAD DEL AGUA .............................................................................................................................................. 87 6.1.6.1
CALIDAD DEL AIRE ......................................................................................................................................................... 87 6.1.7
MONITOREO RUIDO................................................................................................................................................ 87 6.1.7.1
PAISAJE ............................................................................................................................................................................ 89 6.1.8
6.2 MEDIO BIÓTICO.................................................................................................................................................................... 90
FLORA .............................................................................................................................................................................. 90 6.2.1
MÉTODOS ................................................................................................................................................................ 90 6.2.1.1
RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN Y TOMA DE MUESTRAS VEGETALES ........................................................ 90 6.2.1.2
RESULTADOS ............................................................................................................................................................ 90 6.2.1.3
FAUNA .............................................................................................................................................................................. 91 6.2.2
RESULTADOS OBTENIDOS ....................................................................................................................................... 92 6.2.2.1
MEDIO PERCEPTUAL ....................................................................................................................................................... 92 6.2.3
6.3 MEDIO SOCIAL ..................................................................................................................................................................... 94
ASPECTOS DEMOGRÁFICOS ........................................................................................................................................ 94 6.3.1
ASPECTOS EDUCACIONALES ........................................................................................................................................ 94 6.3.2
SALUD ............................................................................................................................................................................... 95 6.3.3
VIVIENDA Y SERVICIOS BÁSICOS .................................................................................................................................. 95 6.3.4
Agua Potable ......................................................................................................................................................... 95 6.3.4.1
Alcantarillado Sanitario ......................................................................................................................................... 95 6.3.4.2
Residuos Sólidos ...................................................................................................................................................... 95 6.3.4.3
Energía Eléctrica .................................................................................................................................................... 96 6.3.4.4
ENTORNO ECONÓMICO ............................................................................................................................................... 96 6.3.5
ENTORNO TECNOLÓGICO ............................................................................................................................................ 97 6.3.6
TRANSPORTE Y VIALIDAD ............................................................................................................................................... 98 6.3.7
6.4 INVENTARIO FORESTAL. ....................................................................................................................................................... 98
7. EVALUACIÓN DE IMPACTOS ........................................................................................................................................... 100
7.1 METODOLOGÍA PARA EL ANÁLISIS DE RESULTADOS ..................................................................................................... 100
7.2 IDENTIFICACIÓN DE FACTORES AMBIENTALES Y ACTIVIDADES ................................................................................... 101
FACTORES AMBIENTALES ............................................................................................................................................. 101 7.2.1
ACTIVIDADES ................................................................................................................................................................ 101 7.2.2
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DESARROLLO DE LAS MATRICES ................................................................................................................................. 102 7.2.3
MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y CARACTER DE IMPACTOS ............................................................................... 103 7.2.3.1
MATRIZ DE MAGNITUD ......................................................................................................................................... 104 7.2.3.2
MATRIZ DE INTENSIDAD ........................................................................................................................................ 105 7.2.3.3
MATRIZ DE EVALUACIÓN ..................................................................................................................................... 106 7.2.3.4
7.3 RESULTADOS OBTENIDOS .................................................................................................................................................. 106
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO AIRE........................................................................................... 106 7.3.1
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO AGUA ....................................................................................... 107 7.3.2
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO PAISAJE .................................................................................... 107 7.3.3
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO FLORA Y FAUNA ...................................................................... 107 7.3.4
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE LA POBLACIÓN ............................................................................................... 108 7.3.5
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO EMPLEO .................................................................................... 108 7.3.6
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO USO DE SUELO ......................................................................... 108 7.3.7
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO AUMENTO DE LUGARES RECREATICOS Y DE 7.3.8
URBANIZACIÓN…………………………………………………………………………………………………………...………….109
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE LA SEGURIDAD Y SALUD ....................................................................... 109 7.3.9
8. ANÁLISIS DE RIESGOS ...................................................................................................................................................... 110
8.1 RIESGOS DEL PROYECTO HACIA EL AMBIENTE. ............................................................................................................. 110
METODOLOGÍA. ........................................................................................................................................................... 110 8.1.1
ESTIMACIÓN DE LA GRAVEDAD. ........................................................................................................................ 110 8.1.1.1
ESTIMACIÓN DE LA FRECUENCIA. ...................................................................................................................... 111 8.1.1.2
DETERMINACIÓN DE LA PROBABILIDAD. ........................................................................................................... 111 8.1.1.3
ESTIMACIÓN DEL NIVEL DE DEFICIENCIA (ND) DE LA SITUACIÓN DE RIESGO. ............................................. 112 8.1.1.4
DETERMINACIÓN DEL NIVEL DE RIESGO (NR) Y EL NIVEL DE INTERVENCIÓN. .............................................. 112 8.1.1.5
RESULTADOS. ................................................................................................................................................................. 113 8.1.2
8.2 RIESGOS DEL AMBIENTE HACIA EL PROYECTO. ............................................................................................................. 117
METODOLOGÍA. ........................................................................................................................................................... 117 8.2.1
RIESGO POR SISMOS ............................................................................................................................................ 118 8.2.1.1
RIESGO VOLCÁNICO ........................................................................................................................................... 119 8.2.1.2
RIESGO DE DESLIZAMIENTO Y DERRUMBES ........................................................................................................ 120 8.2.1.3
RIESGO POR INUNDACIÓN ................................................................................................................................. 121 8.2.1.4
9. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA) ............................................................................................................................ 123
9.1 INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................................................. 123
9.2 OBJETIVOS .......................................................................................................................................................................... 123
OBJETIVO GENERAL ..................................................................................................................................................... 123 9.2.1
OBJETIVOS ESPECÍFICOS ............................................................................................................................................. 123 9.2.2
9.3 ESTRUCTURA DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL .......................................................................................................... 123
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS ............................................................................................ 125 9.3.1
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS .............................................................................................................................. 133 9.3.2
PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL .......................................................... 137 9.3.3
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS ..................................................................................................................... 140 9.3.4
PLAN DE CONTINGENCIAS ......................................................................................................................................... 141 9.3.5
PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO........................................................................................................ 143 9.3.6
PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO ..................................................................................................................... 144 9.3.7
PLAN DE ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA ........................................................................................................... 146 9.3.8
CRONOGRAMA VALORADO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ........................................................................ 148 9.3.9
10. BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................................................................. 149
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2. MARCO LEGAL APLICABLE AL PROYECTO
Para la ejecución de las obras de infraestructura básica del Conjunto Residencial “Alcazar de Jipiro II”
se tomó en cuenta lo referente a los derechos ciudadanos establecidos en la Constitución del Estado,
las regulaciones ambientales, sanitarias, viales y de salud, establecidas en los instrumentos legales
vigentes en nuestro país y de la Provincia de Loja.
2.1 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
En el Artículo 14, se manifiesta: “Se reconoce el derecho de la población a vivir en un medio ambiente
sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sustentabilidad y el buen vivir, sumak kawsay.
Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la
biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la
recuperación de los espacios naturales degradados”.
El Artículo 15, señala: “El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías
ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía
energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al
agua”.
La constitución es clara al señalar el derecho que tenemos todos los ecuatorianos a vivir en un
ambiente sano, ecológicamente equilibrado; para lo cual utiliza una serie de mecanismos, leyes e
instituciones que garanticen este derecho como el Ministerio del Ambiente, en calidad de autoridad
ambiental, encargada precisamente de velar por el cumplimiento de estas disposiciones; a través de
políticas, directrices, programas, planes, proyectos de conservación, protección, prevención de daño
ambiental y recuperación de espacios naturales degradados. La soberanía energética en todas su
manifestaciones (eléctrica, nuclear, hidroeléctrica, térmica, eólica, etc.) se lograra únicamente
respetando la soberanía alimentaria y el derecho al agua.
En el Artículo 30, se establece: “Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una
vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica”.
En el Artículo 31, se indica: “Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus
espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas
urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión
democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio
pleno de la ciudadanía”. Con estos articulados constitucionales, el Estado garantiza que todos los
ecuatorianos tenemos derecho a acceder a una vivienda digna y segura sin discriminación alguna; así
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como el derecho que tenemos a disfrutar de nuestra ciudad, de sus espacios verdes bajo las normas
de respeto y consideración ciudadana.
El Artículo 66, numeral 27 establece: “El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente
equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza”.
El Capítulo Séptimo trata de los derechos de la naturaleza, donde algunos artículos establecen el
derecho a que se respete integralmente su existencia, el mantenimiento y regeneración de sus ciclos
vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos, pudiendo toda persona, comunidad, pueblo o
nacionalidad exigir a la autoridad pública el cumplimiento de estos derechos.
El Artículo 71 señala: “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida,
tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de
sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.
Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento
de los derechos de la naturaleza.
Para aplicar e interpretar estos derechos se observaran los principios establecidos en la Constitución,
en lo que proceda.
El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la
naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema”.
El Artículo 72 señala que: “La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será
independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de
indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados.
En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación
de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para
alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las
consecuencias ambientales nocivas”.
El Artículo 73 menciona que: “El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las
actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la
alteración permanente de los ciclos naturales”.
El Artículo 74 establece que: “Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derechos
a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir.
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Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y
aprovechamiento serán regulados por el Estado”.
El Artículo 83 establece que se debe: “Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente
sano y utilizar los recursos naturales de modo racional sustentable y sostenible”.
Continuando con el Artículo 276.- El régimen de desarrollo tendrá los siguientes objetivos:
1. Mejorar la calidad y esperanza de vida, y aumentar las capacidades y potencialidades de la
población en el marco de los principios y derechos que establece la Constitución.
4. Recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las
personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los
beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural.
7. Proteger y promover la diversidad cultural y respetar sus espacios de reproducción e intercambio;
recuperar, preservar y acrecentar la memoria social y el patrimonio cultural.
El Artículo 317 establece que: “los recursos naturales no renovables pertenecen al patrimonio
inalienable e imprescriptible del Estado.
En su gestión, el Estado priorizará la responsabilidad intergeneracional, la conservación de la
naturaleza, el cobro de regalías u otras contribuciones no tributarias y de participaciones
empresariales; y minimizará los impactos negativos de carácter ambiental, cultural, social y
económico”.
En el Artículo 375, se menciona: “El Estado, en todos sus niveles de gobierno, garantizará el derecho al
hábitat y a la vivienda digna, para lo cual:
1. Generará la información necesaria para el diseño de estrategias y programas que comprendan las
relaciones entre vivienda, servicios, espacio y transporte públicos, equipamiento y gestión de suelo
urbano.
2. Mantendrá un catastro nacional integrado Geo – referenciado.
3. Elaborará, implementará y evaluará políticas, planes y programas de hábitat y de acceso universal
a la vivienda, …
4. Mejorará la vivienda precaria, dotará de albergues, espacios públicos y áreas verdes,…
5. Desarrollará planes, programas de financiamiento para vivienda de interés social, …
6. Garantizará la dotación ininterrumpida de los servicios públicos de agua potable, electricidad a las
escuelas y hospitales públicos…”
Como podemos darnos cuenta, el Estado en todos sus niveles de gobierno, garantiza el acceso a la
vivienda a todos los ecuatorianos a través de un sistema planificado de políticas, programas y
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proyectos de vivienda, donde se garantice el acceso a los servicios de saneamiento ambiental básicos
como luz, agua potable y alcantarillado.
El Artículo 396 señala que: “El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los
impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el
impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el
Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. La responsabilidad por daños
ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes,
implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las
personas y comunidades afectadas. Cada uno de los actores de los procesos de producción,
distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de
prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener
un sistema de control ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por
daños ambientales serán imprescriptibles”.
El Artículo 397 establece que: “En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera
inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la
sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjera el
daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los
procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o
servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar el derecho individual y
colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a:
4. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano ejercer las acciones
legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para
obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas
cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga de la
prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el
demandado.
5. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de
recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales.
6. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y
peligrosos para las personas o el ambiente.
7. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la
conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas. El
manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado.
8. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en
los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad”.
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El Artículo 398 establece, "Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá
ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante
será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto
consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta.
El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los
instrumentos internacionales de derechos humanos.
El Artículo 404 determina que: “El patrimonio natural del Ecuador comprende, entre otras, las
formaciones físicas, biológicas y geológicas cuyo valor desde el punto de vista ambiental, científico,
cultural o paisajístico exige su protección, conservación, recuperación y promoción. Su gestión se
sujetará a los principios y garantías consagrados en la Constitución y se llevará a cabo de
acuerdo al ordenamiento territorial y una zonificación ecológica, de acuerdo con la ley”.
El Artículo 411 establece que: “El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral
de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico.
Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el equilibrio de los
ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua. La sustentabilidad de los
ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua”.
El Artículo 413 señala que: “El Estado promoverá la eficiencia energética, el desarrollo y uso de
prácticas y tecnologías ambientalmente limpias y sanas, así como de energías renovables,
diversificadas, de bajo impacto y que no pongan en riesgo la soberanía alimentaria, el equilibrio
ecológico de los ecosistemas ni el derecho al agua.”
2.2 CONVENIOS INTERNACIONALES
CONVENCIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE LA FLORA, FAUNA Y DE LAS BELLEZAS 2.2.1
ESCÉNICAS NATURALES DE LOS PAÍSES DE AMÉRICA CONVENIO SOBRE LA
DIVERSIDAD BIOLÓGICA DECRETO EJECUTIVO (D. E.) NO. 1720 PUBLICADO EN EL R.
O. NO. 990 DE 17 DICIEMBRE DE 1943.
En esta Convención, los Gobiernos contratantes acuerdan tomar todas las medidas necesarias en sus
respectivos países, para proteger y conservar el medio ambiente natural de la flora y fauna, los
paisajes de extraordinaria belleza, las formaciones geológicas únicas, las regiones y los objetos
naturales de interés estético o valor histórico o científico; esta convención se toma en cuenta en vista
de que el área donde se encuentra la C/T ha sido calificada como área protegida, a pesar de que la
misma es un área totalmente intervenida.
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CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA. PUBLICADO EN EL R. O. NO. 647 EL 2.2.2
6 DE MARZO DE 1995.
Los objetivos del Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) son la conservación de la biodiversidad,
el uso sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa de los beneficios
resultantes de la utilización de los recursos genéticos. El Convenio es el primer acuerdo global cabal
para abordar todos los aspectos de la diversidad biológica: recursos genéticos, especies y
ecosistemas, y el primero en reconocer que la conservación de la diversidad biológica es una
preocupación común de la humanidad, y una parte integral del proceso de desarrollo. Para alcanzar
sus objetivos, el Convenio, de conformidad con el espíritu de la Declaración de Río sobre Medio
Ambiente y Desarrollo promueve constantemente la asociación entre países. Sus disposiciones
sobre la cooperación científica y tecnológica, acceso a los recursos genéticos y la transferencia
de tecnologías ambientalmente sanas, son la base de esta asociación. Este convenio se toma en
cuenta en vista de que el área donde se encuentra la C/T ha sido calificada como área protegida, a
pesar de que la misma es un área totalmente intervenida.
CONVENIO ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES 2.2.3
CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO.
PUBLICADO EN EL R. O. NO. 381 DE 20 JULIO DEL 2004.
Con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente de los efectos nocivos de los
contaminantes orgánicos persistentes, y reconociendo que éstos tienen propiedades tóxicas, que
son resistentes a la degradación, que se bioacumulan y son transportados por el aire, el agua y las
especies migratorias a través de las fronteras internacionales, y son depositados lejos del lugar de su
liberación, acumulándose en ecosistemas terrestres y acuáticos, acuerdan las partes sean éstas un
Estado o una organización de integración económica regional, que se disponga de uno o más
sistemas de reglamentación y evaluación de nuevos plaguicidas o nuevos productos químicos
industriales, para lo cual se adoptarán medidas a fin de reglamentar, con el fin de prevenir la
producción y utilización de nuevos plaguicidas o nuevos productos químicos industriales.
CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO. 2.2.4
ACOGIDO MEDIANTE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA, EL 22 DE AGOSTO DE 1994.
Siendo publicado en el R. O. No. 532, 22 de septiembre de 1994, y ratificado mediante su publicación
en el R. O. No. 562 de 7 de noviembre de 1994. La Convención Marco sobre el Cambio Climático
establece una estructura general para los esfuerzos intergubernamentales encaminados a resolver
el desafío del cambio climático. Reconoce que el sistema climático es un recurso compartido
cuya estabilidad puede verse afectada por actividades industriales y de otro tipo que emiten dióxido
de carbono y otros gases que retienen el calor. En virtud del Convenio, los gobiernos recogen y
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comparten la información sobre las emisiones de gases de efecto invernadero, las políticas nacionales
y las prácticas óptimas.
Además ponen en marcha estrategias nacionales para abordar el problema de las emisiones de
gases de efecto invernadero y adaptarse a los efectos previstos, incluida la prestación de apoyo
financiero y tecnológico a los países en desarrollo, de tal forma cooperan para prepararse y
adaptarse a los efectos del cambio climático.
PROTOCOLO DE KYOTO DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES 2.2.5
UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO. RATIFICADO POR EL ECUADOR MEDIANTE
D.E NO. 1588, Y PUBLICADO EN EL R.O. NO. 342 DE 20 DE DICIEMBRE DE 1999.
Este protocolo es una adición a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático, que señala que con el fin de promover el desarrollo sostenible, cada una de las
Partes debe cumplir los compromisos cuantificados de limitación y reducción de las emisiones,
para ello aplicará y/o seguirá elaborando políticas y medidas de conformidad con sus
circunstancias nacionales. Para ello deberá propiciar el fomento de la eficiencia energética en
los sectores pertinentes de la economía nacional; promoción de prácticas sostenibles de gestión
forestal, la forestación y la reforestación; promoción de modalidades agrícolas sostenibles a la luz de
las consideraciones del cambio climático; investigación, promoción, desarrollo y aumento del
uso de formas nuevas y renovables de energía, de tecnologías de secuestro del dióxido de
carbono y de tecnologías avanzadas y novedosas que sean ecológicamente racionales;
reducción progresiva o eliminación gradual de las deficiencias del mercado, los incentivos fiscales,
las exenciones tributarias y arancelarias y las subvenciones que sean contrarios al objetivo de la
Convención en todos los sectores emisores de gases de efecto invernadero y aplicación de
instrumentos de mercado; fomento de reformas apropiadas en los sectores pertinentes con el fin de
promover unas políticas y medidas que limiten o reduzcan las emisiones de los gases de efecto
invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal; medidas para limitar y/o reducir las
emisiones de los gases de efecto invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal en
el sector del transporte; limitación y/o reducción de las emisiones de metano mediante su
recuperación y utilización en la gestión de los desechos así como en la producción, el transporte y la
distribución de energía.
CONVENCIÓN SOBRE LA CONSERVACIÓN DE LAS ESPECIES MIGRATORIAS DE 2.2.6
ANIMALES SILVESTRES (CMS)-CONVENCIÓN DE BONN CONVENCIÓN SOBRE
COMERCIO
De acuerdo a lo establecido por el mismo Ministerio del Ambiente del Ecuador (MAE), la finalidad de
esta convención es contribuir a la conservación de las especies terrestres, marinas y aviarias de
animales migratorios a lo largo de su área de distribución. Desde la entrada en vigor de la Convención,
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el 1 de noviembre de 1983, su número de países parte aumentó de manera constante, actualmente
son 108 países que conforman la CMS en todo el mundo, incluyendo Ecuador que está suscrito desde
el 6 de enero del 2004, publicado en R.O. No. 1046 del 21 de enero de 2004. La responsabilidad de la
implementación de la Convención en el país, está a cargo del MAE a través de la Dirección de
Biodiversidad y Áreas Protegidas. En el texto oficial de la CMS las partes acuerdan diferentes
definiciones y principios fundamentales de las especies migratorias y el estado de conservación de las
mismas, para los fines de la presente Convención; además se especifican los términos en que las
especies pueden ser consideradas en peligro, por lo que son incluidas en el Apéndice I; o si las
especies son objeto de acuerdos, están incluidas en el Apéndice II. También se presenta en el texto
especificaciones sobre la Conferencia de las Partes, que constituye el órgano de decisión de la
presente Convención; el Consejo Científico, encargado de asesorar en cuestiones científicas; y la
Secretaría con sus funciones. No todas las resoluciones de esta convención son aplicables de
forma directa a nuestro país, es así que el MAE expone en su página las resoluciones de las
conferencias de las partes de 1985, 1988, 1991, 1994, 1997, 2002 y 2005 que tienen influencia directa
en nuestro país.
CONVENCIÓN SOBRE COMERCIOINTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE 2.2.7
FAUNA Y FLORA SILVESTRES (CITES)
La CITES se redactó como resultado de una resolución aprobada en una reunión de los miembros de la
UICN (Unión Mundial para la Naturaleza) celebrada en 1963. El texto de la convención, conocida en
adelante como Convención de Washington, fue finalmente acordado en una reunión de
representantes de 80 países celebrados en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 3 de
marzo de 1973, y entró en vigor el 1 de julio de 1975. Ecuador la ratificó en 1975 y se publicó en el R. O.
No. 746 el 20 de febrero del mismo año.
Es un acuerdo internacional concertado entre los gobiernos, que tiene por finalidad establecer el
marco legal para regular el comercio de las especies de animales y plantas silvestres sometidas a
comercio internacional, de forma que dicha actividad no amenace su supervivencia. Es así que, de
forma general, acuerda que toda importación, exportación, reexportación o introducción
procedente del mar de especies amparadas por la convención, debe autorizarse mediante un sistema
de concesión de licencias.
A la CITES los Estados (países) se adhieren voluntariamente, los que lo hacen se conocen como Partes.
La convención ha comprometido a 169 naciones del mundo para que incorporen en sus legislaciones
aspectos relacionados al control del comercio ilegal, el decomiso de los especímenes y las sanciones a
os infractores. Cada parte en la convención debe designar una o más autoridades administrativas que
se encargan de administrar el sistema de concesión de Licencias y una o más autoridades científicas
para prestar asesoramiento acerca de los efectos del comercio sobre la situación de las especies.
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Aunque la CITES es jurídicamente vinculante para las Partes, no por ello suplanta a las legislaciones
nacionales. Bien al contrario, ofrece un marco que ha de ser respetado por cada una de las Partes, las
cuales han de promulgar su propia legislación nacional para garantizar que la CITES se aplica a escala
nacional. Las especies amparadas por la CITES están incluidas en tres Apéndices, según el grado de
protección que necesiten. Como parte del cuidado y conservación de la biodiversidad del entorno
donde se ejecutará el proyecto, debe tomarse especial atención del cuidado de las especies
incluidas en los apéndices de esta convención, en vista de que el área donde se encuentra la C/T ha
sido calificada como área protegida, a pesar de que la misma es un área totalmente intervenida.
CONVENIO UNESCO SOBRE PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL DE LA HUMANIDAD 2.2.8
La UNESCO inició, con la ayuda del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS), la
elaboración de un proyecto de convención sobre la protección del patrimonio cultural. En 1968, la
Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) elaboró también propuestas
similares para sus miembros, propuestas que fueron presentadas a la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente Humano, en Estocolmo en 1972. Finalmente, todas las partes se
pusieron de acuerdo para elaborar un único texto. El 16 de noviembre de 1972, la Conferencia
General de la UNESCO aprobó la convención sobre la protección del patrimonio mundial cultural y
natural. Este convenio se toma en cuenta en atención a que la ejecución del proyecto debe realizarse
contemplando la conservación del patrimonio cultural y natural que existe en el entorno en el cual se
va a ejecutar que ha sido calificada como área protegida, a pesar de que la misma es un área
totalmente intervenida.
CONVENIO DE BASILEA 2.2.9
El Convenio de Basilea fue adoptado el 22 de marzo de 1989 y entró en vigencia el 5 de mayo de
1992. Este convenio es un tratado ambiental global que regula estrictamente el movimiento
transfronterizo de desechos peligrosos y estipula obligaciones a las partes para asegurar el
manejo ambientalmente racional de estos, particularmente, su disposición; por lo que es la
respuesta de la comunidad internacional a los problemas causados por la producción mundial
anual de 400 millones de toneladas de desechos peligrosos para el hombre o para el ambiente
debido a su características tóxicas/ecotóxicas, venenosas, explosivas, corrosivas, inflamables o
infecciosas.
Este convenio se toma en cuenta en atención a que durante la ejecución del proyecto deben
contemplarse normas adecuadas de manejo de los residuos que puedan generarse, en especial
aquellos peligrosos.
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CONVENIO DEROTTERDAM SOBRE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS 2.2.10
El objetivo del presente convenio es promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos
conjuntos de las partes, en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos
peligrosos, a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños, y
contribuir a su utilización ambientalmente racional, facilitando el intercambio de información
acerca de sus características, estableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre
su importación y exportación y difundiendo esas decisiones a las partes. Toda actividad industrial que
se realiza en el Ecuador debe garantizar un adecuado manejo de las sustancias químicas
mediante los lineamientos y directrices establecidos en su respectivo plan de manejo.
2.3 LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL
La Ley de Gestión Ambiental rige desde el 30 de julio de 1999 y establece un esquema de
administración ambiental por parte del Estado a través de un manejo horizontal presidido por el
Ministerio de Medio Ambiente y conformado por todos los ministerios e instituciones del Estado con
competencia ambiental como el Consejo Nacional de Electricidad (CONELEC) etc.; este mecanismo
se denomina Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental. Esta ley determina las obligaciones,
responsabilidades, niveles de participación, controles y sanciones en la gestión ambiental en el país, la
misma que se orienta en los principios universales del Desarrollo Sustentable, contenidos en la
Declaración de Río de Janeiro de 1992, sobre Medio Ambiente y Desarrollo, así como, en las políticas
generales de desarrollo sustentable para la conservación del patrimonio natural y el aprovechamiento
sustentable de los recursos naturales. La ley establece los principios de solidaridad, corresponsabilidad,
cooperación, coordinación, reciclaje, reutilización de desechos, utilización de tecnologías alternativas
sustentables; y respeto a las culturas y prácticas tradicionales.
Respecto a la normatividad emitida por instituciones del sector público y del régimen seccional en los
ámbitos de su competencia, éstas deben contemplar obligatoriamente las etapas de desarrollo de
estudios técnicos sectoriales, económicos, de relaciones comunitarias, de capacidad institucional y
consultas a organismos competentes e información a los sectores ciudadanos. En el aspecto
institucional la Gestión Ambiental se da a través de una serie de instancias y competencias como el
Consejo Nacional de Desarrollo Sustentable, órgano asesor del Presidente de la República; la
autoridad ambiental nacional ejercida por el Ministerio del Ambiente; el Sistema Nacional
Descentralizado de Gestión Ambiental, señalando las atribuciones, competencias y jurisdicciones de
los mismos.
En el Título III, Capítulo 2 se habla sobre la Evaluación de Impacto Ambiental y el Control Ambiental y
del Artículo 19 al 21 se señala: “Art. 19.- Las obras públicas privadas o mixtas y los proyectos de
inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente
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a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo
Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio.
Art. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la
licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo. Art. 21.- Los Sistemas de manejo ambiental
incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental, evaluación de riesgos; planes de
manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación;
auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad
con la calificación de los mismos. El Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia
correspondiente”.
Como se puede notar, respecto a la obligatoriedad de contar con Estudios Ambientales, la ley
determina que toda obra pública, privada o mixta y los proyectos de inversión públicos o privados,
que puedan causar impactos ambientales, deben ser calificados previamente a su ejecución, por los
organismos descentralizados de control, de conformidad al Sistema Único de Manejo Ambiental, y/o el
Ministerio del Ambiente; así mismo la ley establece la estructura básica y contenidos mínimos que
deben tener los referidos estudios, teniendo el Estado la potestad de evaluar los mismos en cualquier
momento.
En el artículo 22, se señala que la evaluación del cumplimiento de los planes de manejo ambiental
aprobados se le realizará mediante la auditoría ambiental, a fin de establecer los correctivos que
deban hacerse. En el artículo 23 se indica que la evaluación del impacto ambiental comprenderá los
siguientes aspectos:
“a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el
agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente
afectada;
b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas,
cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución; y, c) La incidencia
que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico,
escénico y cultural”.
En el artículo 28 se establece que toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la
gestión ambiental, a través de los mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre
los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de
asociación entre el sector público y el privado. Se concede acción popular para denunciar a quienes
violen esta garantía, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal por denuncias o acusaciones
temerarias o maliciosas.
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El artículo 29, señala que toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna y
suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al Reglamento
de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para ello podrá formular peticiones y deducir
acciones de carácter individual o colectivo ante las autoridades competentes.
En el artículo 33, se indica que como instrumentos de aplicación de las normas ambientales tenemos a:
los parámetros de calidad ambiental en los que se fijan los límites máximos permisibles, normas de
efluentes y emisiones, normas técnicas de calidad de productos, régimen de permisos y licencias
administrativas, evaluaciones de impacto ambiental, listados de productos contaminantes y nocivos
para la salud humana y el medio ambiente, determinando los controles y sanciones en caso de
incumplimiento.
Para proteger los derechos ambientales sean individuales o colectivos, la Ley en su artículo 41,
concede acción pública para denunciar la violación de las normas para la protección del medio
ambiente, sin perjuicios de la acción de amparo constitucional. Establece también en el artículo 43,
que cualquier acción u omisión dañosa, que genera impactos negativos ambientales, es susceptible
de demandas por daños y perjuicios, así como por el deterioro causado a la salud o al medio
ambiente.
2.4 LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
Esta ley de carácter especial fue promulgada en el año de 1976, a partir de la ratificación y
aprobación del Convenio Internacional de Estocolmo por parte del Ecuador, en el transcurso del
tiempo ha sufrido una serie de modificaciones y codificaciones pero que aún se mantiene vigente, y
entre sus principales aspectos debemos señalar los siguientes:
Según el Artículo 1, señala que queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin
sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los
Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan perjudicar la
salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o de particulares o constituir
una molestia.
Según el Artículo 2, se consideran como fuentes potenciales de contaminación a:
- Las artificiales, originadas por el desarrollo tecnológico, y la acción del hombre, tales como fábricas,
calderas, generadoras de vapor, talleres, plantas termoeléctricas, refinerías de petróleo, plantas
químicas, aeronaves, automotores y similares, la incineración, quema a cielo abierto de basuras y
residuos, la explotación de materiales de construcción y otras actividades que produzcan o puedan
producir contaminación; y,
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- Las naturales, ocasionadas por fenómenos naturales, tales como erupciones, precipitaciones, sismos,
sequías, deslizamientos de tierra y otros.
En el Artículo 3, se determina que se sujetarán al estudio y control de los organismos determinados en
esta Ley y sus reglamentos, las emanaciones provenientes de fuentes artificiales, móviles o fijas, que
produzcan contaminación atmosférica. Las actividades tendientes al control de la contaminación
provocada por fenómenos naturales, son atribuciones directas de todas aquellas instituciones que
tienen competencia en este campo.
Según el Artículo 6, queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas
técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos
naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que
contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las
propiedades.
El Artículo 7, determina que la Autoridad del Agua, en coordinación con los Ministerios de Salud y del
Ambiente, según el caso, elaborarán los proyectos de normas técnicas y de las regulaciones para
autorizar las descargas de líquidos residuales, de acuerdo con la calidad de agua que deba tener el
cuerpo receptor. De acuerdo con el Artículo 10, queda prohibido descargar, sin sujetarse a las
correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan
alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y
otros bienes.
De conformidad con el Artículo 11, serán considerados como fuentes potenciales de contaminación
del suelo, las substancias radioactivas y los desechos sólidos, líquidos o gaseosos de procedencia
industrial, agropecuaria, municipal o doméstica. El Artículo 12, señala que los Ministerios de Agricultura
y Ganadería y del Ambiente, limitarán, regularán o prohibirán el empleo de substancias, tales
como plaguicidas, herbicidas, fertilizantes, detergentes, materiales radioactivos y otros, cuyo uso
pueda causar contaminación al suelo.
El Artículo 14, establece que las personas naturales o jurídicas que utilicen desechos sólidos o basuras,
deberán hacerlo con sujeción a las regulaciones que al efecto se dictará. En caso de contar con
sistemas de tratamiento privado o industrializado, requerirán la aprobación de los respectivos
proyectos e instalaciones, por parte de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas
áreas de competencia.
Según el Artículo 15, el Ministerio del Ambiente regulará la disposición de los desechos provenientes
de productos industriales que, por su naturaleza, no sean biodegradables, tales como plásticos,
vidrios, aluminio y otros. El Artículo 16, concede acción popular para denunciar ante las
autoridades competentes, toda actividad que contamine el medio ambiente.
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2.5 LEY ORGÁNICA DE LA SALUD
La Ley Orgánica de la Salud centraliza sus objetivos en la gestión de la salud pública y tiene algunas
disposiciones relativas a la contaminación ambiental que básicamente determinan, en el Artículo 95,
que la autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las
normas básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana, las
mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas,
privadas y comunitarias. Además se establece que el Estado a través de los organismos competentes y
el sector privado está obligado a proporcionar a la población, información adecuada y veraz
respecto del impacto ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva.
En el Artículo 96, se manifiesta que se declara de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para
consumo humano; para lo cual el estado, a través de las municipalidades, proveerá a las poblaciones
de agua potable de calidad.
En cuanto a la Calidad del Aire y de la Contaminación Acústica, en el Artículo 111, se señala que la
autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la autoridad ambiental nacional y otros organismos
competentes, dictará las normas técnicas para prevenir y controlar todo tipo de emanaciones que
afecten a los sistemas respiratorio, auditivo y visual. Esto implica que toda actividad laboral,
productiva, industrial, comercial, recreativa y de diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y
medios de transporte, deben cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre
prevención y control de contaminación del aire, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte
a la salud humana.
2.6 LEY ORGÁNICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
El objetivo de esta ley conforme lo señala el Artículo 1 es, “…propiciar, fomentar y garantizar el
ejercicio de los derechos de participación de las ciudadanas y los ciudadanos, colectivos, comunas,
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblos afroecuatorianos y montubio, y demás
formas de Organización lícitas, de manera protagónica, en la toma de decisiones que corresponda,
la organización colectiva autónoma y la vigencia de las formas de gestión pública con el concurso
de la ciudadanía; instituir instancias, mecanismos, instrumentos y procedimientos de deliberación
pública entre el Estado, en sus diferentes niveles de gobierno, y la sociedad, para el seguimiento de
las políticas públicas y la prestación de servicios públicos, fortalecer el poder ciudadano y sus formas
de expresión; y, sentar las bases para el funcionamiento de la democracia participativa, así como, de
las iniciativas de rendición de cuentas y control social.”
Esta ley es de aplicación obligatoria para todas las personas en el territorio ecuatoriano, las
instituciones públicas y privadas que manejen fondos públicos o desarrollen actividades de interés
público; siendo sujetos de derechos de participación ciudadana todas las personas antes
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mencionadas, al igual que para todos quienes esta ley atribuye derechos de participación en su
Artículo 1.
El Artículo 82 establece: “Consulta ambiental a la comunidad.- Toda decisión o autorización estatal
que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, para lo cual se informará
amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado.
El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la Constitución, los
instrumentos internacionales de derechos humanos y las leyes.”
El Segundo inciso de la Disposición General Segunda establece que “cuando otra Ley establezca
instancias de participación específicas, éstas prevalecerán sobre los procedimientos e instancias
establecidas en la presente Ley.”
En concordancia con esta disposición y lo que contempla la Ley de Gestión Ambiental en su Artículo
28:
“Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, a través de los
mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se incluirán consultas,
audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector
público y el privado.” Se expidió el Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación
Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental, D. E.
No. 1040, que reglamenta los mecanismos de participación social.
2.7 LEY DE PATRIMONIO CULTURAL
Esta Ley establece las funciones y atribuciones del Instituto de Patrimonio Cultural para precautelar la
propiedad del Estado sobre los bienes arqueológicos que se encontraren en el suelo o el subsuelo y en
el fondo marino del territorio ecuatoriano según lo señalado por el Artículo 9 del mencionado cuerpo
legal. Según el Artículo 30 de esta ley, hablando de ejecución de obras públicas o privadas en el caso
de hallazgos arqueológicos se deberá informar al instituto de Patrimonio Cultural y suspender las
labores en el sitio.
2.8 LEY ORGÁNICA DE RECURSOS HÍDRICOS, USOS Y APROVECHAMIENTO DEL AGUA
Según el Artículo 3 de la presente ley, el objeto de la misma es garantizar el derecho humano al agua
así como regular y controlar la autorización, gestión, preservación, conservación, restauración, de
los recursos hídricos, uso y aprovechamiento del agua, la gestión integral y su recuperación, en sus
distintas fases, formas y estados físicos, a fin de garantizar el sumak kawsay o buen vivir y los derechos
de la naturaleza establecidos en la Constitución.
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Según el Artículo 13, las formas de conservación y de protección de fuentes de agua, constituyen las
servidumbres de uso público, zonas de protección hídrica y las zonas de restricción. En el Artículo 79, se
determina que la Autoridad Única del Agua, la Autoridad Ambiental Nacional y los Gobiernos
Autónomos Descentralizados, trabajarán en coordinación para cumplir los siguientes objetivos:
a) Garantizar el derecho humano al agua para el buen vivir o sumak kawsay, los derechos
reconocidos a la naturaleza y la preservación de todas las formas de vida, en un ambiente sano,
ecológicamente equilibrado y libre de contaminación;
b) Preservar la cantidad del agua y mejorar su calidad;
c) Controlar y prevenir la acumulación en suelo y subsuelo de sustancias tóxicas, desechos, vertidos y
otros elementos capaces de contaminar las aguas superficiales o subterráneas;
d) Controlar las actividades que puedan causar la degradación del agua y de los ecosistemas
acuáticos y terrestres con ella relacionados y cuando estén degradados disponer su restauración;
e) Prohibir, prevenir, controlar y sancionar la contaminación de las aguas mediante vertidos o depósito
de desechos sólidos, líquidos y gaseosos; compuestos orgánicos, inorgánicos o cualquier otra sustancia
tóxica que alteren la calidad del agua o afecten la salud humana, la fauna, flora y el equilibrio de la
vida;
f) Garantizar la conservación integral y cuidado de las fuentes de agua delimitadas y el equilibrio del
ciclo hidrológico; y,
g) Evitar la degradación de los ecosistemas relacionados al ciclo hidrológico.
En el Artículo 80, se indica sobre los vertidos, sus prohibiciones y control, y se señala que se consideran
como vertidos las descargas de aguas residuales que se realicen directa o indirectamente en el
dominio hídrico público. Así mismo se determina que queda prohibido el vertido directo o indirecto de
aguas o productos residuales, aguas servidas, sin tratamiento y lixiviados susceptibles de contaminar las
aguas del dominio hídrico público.
Se manifiesta que la Autoridad Ambiental Nacional ejercerá el control de vertidos en coordinación con
la Autoridad Única del Agua y los Gobiernos Autónomos Descentralizados acreditados en el sistema
único de manejo ambiental. Determinando además que es responsabilidad de los gobiernos
autónomos municipales el tratamiento de las aguas servidas y desechos sólidos, para evitar la
contaminación de las aguas de conformidad con la ley.
2.9 LEY QUE PROTEGE LA BIODIVERSIDAD EN EL ECUADOR
Según el Artículo 1, se considerarán bienes nacionales de uso público, las especies que integran la
diversidad biológica del país, esto es, los organismos vivos de cualquier fuente, los ecosistemas
terrestres y marinos, los ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte.
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Además se señala que el Estado Ecuatoriano tiene el derecho soberano de explotar sus recursos en
aplicación de, su propia política ambiental. La explotación comercial se sujetará a las leyes vigentes y
a la reglamentación especial, que para este efecto, dictará el Presidente Constitucional de la
República, garantizando los derechos ancestrales de los pueblos indígenas, negros o afroecuatorianos,
sobre los conocimientos, los componentes intangibles de biodiversidad y los recursos genéticos a
disponer sobre ellos.
2.10 CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN
Este Código que entro en vigencia el 19 de octubre del 2010; derogo varias leyes, entre las que
desatacamos: la Ley Orgánica de Régimen Provincial, Ley Orgánica de Régimen Municipal, Ley
Orgánica de Juntas Parroquiales; básicamente los contenidos de estas leyes derogadas han sido
ordenadas, mejoradas y/o ampliadas en el Código en mención; que tienen ciertas disposiciones
legales de carácter ambiental, que entre las más importantes, se destacan las siguientes:
En el Artículo 4, se señala los fines de los gobiernos autónomos descentralizados y manifiesta: “Dentro
de sus respectivas circunscripciones territoriales son fines de los gobiernos autónomos
descentralizados:…
d) La recuperación y conservación de la naturaleza y el mantenimiento de un ambiente sostenible y
sustentable;
f) La obtención de un hábitat seguro y saludable para los ciudadanos y la garantía de su derecho a la
vivienda en el ámbito de sus respectivas competencias;…”
Como podemos notar entre los fines más importantes de los gobiernos autónomos descentralizados,
sean gobiernos provinciales, municipios o juntas parroquiales, están encaminadas a la recuperación,
conservación y/o mantenimiento de los recursos naturales; así como a la dotación de servicios básicos
eficientes y viviendas dignas que reúnan las condiciones primordiales de convivencia y buen vivir.
2.11 LEY FORESTAL Y DE CONSERVACIÓN DE ÁREAS NATURALES Y VIDA SILVESTRE
Esta Ley establece en el artículo 1, que las tierras forestales (segmentos no aptos para la producción
agropecuaria por condiciones naturales o de ubicación), bosques naturales que existan en ellas, la
flora y la fauna silvestre, los manglares existentes en propiedades particulares, constituyen el patrimonio
forestal del Estado, no pueden ser comercializados pero podrán ser explotados mediante concesión.
En el artículo 5, se establece que la administración del patrimonio forestal del Estado estará a cargo
del Ministerio del Ambiente, asignado varias atribuciones y funciones, entre las que se considera
cumplir y hacer cumplir la Ley y reglamentos con el recurso forestal, áreas naturales y de vida silvestre.
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Conforme señala el artículo 6, son considerados como bosques y vegetación protectores, aquellos que
cumplan con la función de: conservación del suelo y vida silvestre, que permitan el control de
fenómenos pluviales, que ocupen cejas de montaña o áreas contiguas a las fuentes, corrientes o
depósitos de agua, que constituyan cortinas, rompe vientos, o de protección del equilibrio del medio
ambiente, se hallen en áreas de investigación hidrológica – forestal, se hallen en zonas estratégicas
para la defensa nacional; y, se constituyan en factor de defensa de los recursos naturales y de obras
de infraestructura de interés público.
En el Título II, Capítulo III, la Ley establece la conservación, protección y administración de la flora y
fauna silvestres, a través de la prevención y control: de la cacería, recolección, aprehensión,
transporte, tráfico de animales y plantas silvestres; de la contaminación del suelo y de las aguas; de la
degradación del medio ambiente; protección de especies en peligro de extinción; y, el
establecimiento de zoo criaderos, viveros, jardines de plantas silvestres y estaciones de investigación
para la reproducción y fomento de la flora y fauna silvestres.
Conforme establece el artículo 101, en los proyectos de desarrollo rural o industriales, construcción de
carreteras, obras de regadío, hidroeléctricas u otras, que pudieren originar deterioro de los recursos
naturales renovables, el Ministerio del Ambiente y demás instituciones del sector público afectadas,
determinarán las medidas y valores que los ejecutores de tales proyectos u obras deban efectuar o
asignar, para evitar dicho deterioro o para la reposición de tales recursos.
2.12 LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Según el Artículo 1, el objeto y alcance de la esta ley es garantizar que el servicio público de energía
eléctrica cumpla los principios constitucionales de obligatoriedad, generalidad, uniformidad,
responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, calidad, sostenibilidad
ambiental, precaución, prevención y eficiencia. Además esta ley regula la participación de los
sectores público y privado, en actividades relacionadas con el servicio público de energía eléctrica,
así como también la promoción y ejecución de planes y proyectos con fuentes de energías
renovables, y el establecimiento de mecanismos de eficiencia energética.
Según el Título III, ESTRUCTURA DEL SECTOR ELÉCTRICO, el artículo 9 señala que la estructura institucional
para el sector eléctrico estará conformada de la siguiente manera:
1. Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, MEER;
2. Agencia de Regulación y Control de Electricidad, ARCONEL;
3. Operador Nacional de Electricidad, CENACE; y,
4. Institutos especializados.
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Según el Artículo 11, el MINISTERIO DE ELECTRICIDAD Y ENERGÍA RENOVABLE – MEER, es el órgano rector
y planificador del sector eléctrico. Le corresponde definir y aplicar las políticas; evaluar que la
regulación y control se cumplan para estructurar un eficiente servicio público de energía eléctrica; la
identificación y seguimiento de la ejecución de proyectos; otorgar títulos habilitantes; evaluar la
gestión del sector eléctrico; la promoción y ejecución de planes y programas de energías renovables;
los mecanismos para conseguir la eficiencia energética, de conformidad con lo dispuesto en la
Constitución y la ley.
2.13 LEY PARA LA CONSTITUCIÓN DE GRAVÁMENES Y DERECHOS TENDIENTES A OBRAS DE
ELECTRIFICACIÓN
Esta Ley en su artículo Art. 1, señala que el Instituto Ecuatoriano de Electrificación (INECEL hoy
ARCONEL) y las Empresas Eléctricas establecidas en el país, sean personas jurídicas de Derecho Público
o de Derecho Privado con finalidad social, o pública, gozarán del derecho de tender líneas de
transmisión y distribución eléctrica y de colocar otras instalaciones propias del servicio eléctrico, dentro
de las respectivas circunscripciones nacionales o locales en las que prestan dicho servicio; así mismo
en su Art. 2, se menciona que el ARCONEL (EX CONELEC) o las Empresas Eléctricas tendrán derecho a
ocupar el área de terreno necesario para: a) La colocación de postes, torres, transformadores, o
similares; b) El tendido de líneas subterráneas; y, c) En el caso de tendido de líneas aéreas, la
determinación de una faja de terreno destinada a los propósitos indicados, siguiendo el trazado de la
línea, de acuerdo con las características y requerimientos de seguridad de la obra.
En el Artículo 4, se menciona que los derechos que conforme a la presente Ley se declaran como tales
tendrán el carácter de forzosos. El derecho del dueño del respectivo predio se limita a la reclamación
y cobro de las correspondientes indemnizaciones; y para el cobro de la indemnización respectiva se
debe seguir el procedimiento que señala el artículo 13 de la presente ley, el mismo que se lo debe
hacer en base a informes periciales al momento de la construcción de la línea.
Como se puede precisar, el derecho del dueño del predio afectado por un proyecto eléctrico de
tendido de una línea de transmisión eléctrica, se limita únicamente a la reclamación y cobro de la
correspondiente indemnización.
Finalmente, en el Art. 5, se señala que todo propietario de un predio afectado por la declaratoria de
derechos acordes a dicha Ley, prestará las facilidades necesarias para la efectividad de los derechos
así impuestos. Además, permitirá el ingreso de inspectores, obreros, materiales y más elementos
necesarios para la operación de las instalaciones eléctricas. Por lo tanto es innecesaria la petición de
las servidumbres de los proyectos eléctricos por los argumentos legales citados.
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2.14 TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE (TULSMA)
Este texto está en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial No. 725 el 16 de diciembre
de 2002, y fue ratificado mediante Decreto Ejecutivo No. 3516, siendo publicado íntegramente en la
Edición Especial del Registro Oficial No. 51 del 31 de marzo de 2003. Ha sido objeto de varias reformas
emitidas por medio de Acuerdos Ministeriales a través del Ministerio del Ambiente, en función de la
dinámica de la gestión ambiental en el país y los requerimientos legales que actualmente se
presentan para poder ejecutar de mejor forma las actividades que implican los diferentes proyectos
de desarrollo.
El Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA), que es una
recopilación, ordenamiento y conjunción de varias leyes ambientales en un solo cuerpo legal,
determina o señala que la autoridad ambiental en el país es el Ministerio del Ambiente, que es el
organismo encargado de dirigir la gestión ambiental, a través de políticas, normas e instrumentos de
fomento y control y con ello asegurar el derecho de los ecuatorianos a vivir en un medio ambiente
sano ecológicamente equilibrado y libre de contaminación. Por otro lado se señala que el Ministerio
del Ambiente será el organismo que liderara el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión
Ambiental (SNDGA).
El Libro III "Del Régimen Forestal", establece que se sujetarán al Régimen Forestal, todas las actividades
relativas a la tenencia, conservación, aprovechamiento, protección y manejo de las tierras forestales,
clasificadas así agrológicamente, de los bosques naturales o cultivados y de la vegetación protectora
que haya en ellas, así como de los bosques naturales y cultivados existentes en tierras de otras
categorías agrológicas; de las áreas naturales y de la flora y la fauna silvestres.
Al Ministerio del Ambiente le corresponde la delimitación de las áreas que constituyen el Patrimonio
Forestal del Estado y entre sus funciones está mantener la integridad del mismo y administrarlo de
acuerdo con la ley, las normas y las técnicas de manejo.
El Título IV trata de los Bosques y Vegetación Protectores estableciéndose estos como aquellas
formaciones vegetales, naturales o cultivadas, arbóreas, arbustivas o herbáceas, de dominio público o
privado, que estén localizadas en áreas de topografía accidentada, en cabeceras de cuencas
hidrográficas o en zonas que por sus condiciones climáticas, edáficas e hídricas no son aptas para la
agricultura o la ganadería. Sus funciones son las de conservar el agua, el suelo, la flora y la fauna
silvestre, y la declaratoria podrá efectuarse de oficio o a petición de parte interesada. Prevé también
que el sistema de áreas naturales del Estado y el manejo de la flora y fauna silvestres, tiene como
objetivos la conservación de los recursos naturales renovables acorde con los intereses sociales,
económicos y culturales del país.
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Mediante Acuerdo Ministerial No. 76 publicado en el Registro Oficial No. 766 del 14 de agosto de 2012,
se expide la reforma al Artículo 96 del Libro III y el Artículo 17 del Libro VI del TULSMA, en el que se
incluye que: “En el caso de cobertura vegetal nativa a ser removida por la ejecución de obras o
proyectos públicos y estratégicos ejecutados por personas naturales o jurídicas públicas y privadas que
requieran de licencia ambiental y que la corta de madera no sea con fines comerciales y se requiera
cambio de uso de suelo, excepcionalmente en el Estudio de Impacto Ambiental y demás estudios
contemplados en la normativa ambiental que sean aplicables según el caso se deberá incluir un
capítulo que contenga un Inventario de Recursos Forestales”.
El TULSMA, en el libro IV, señala el REGLAMENTO A LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL PARA LA PREVENCIÓN
Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL. Este reglamento establece disposiciones relativas a la
prevención y control de la contaminación ambiental regulando la aplicación de las normas técnicas
que señalan los límites máximos permisibles de contaminación ambiental. Se destaca la regulación de
los Permisos de Descarga de Emisiones. En cuanto a la elaboración de estudios de impacto ambiental
se remite al Sistema Único de Manejo Ambiental SUMA y en cuanto al procedimiento para la
aplicación de sanciones administrativas se remite al Capítulo II del Título I, Libro III del Código de la
Salud o Ley Orgánica de la Salud.
El Título V contiene el REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR
DESECHOS PELIGROSOS, este reglamento regula las fases de gestión y los mecanismos de prevención y
control de los desechos peligrosos, al tenor de los lineamientos y normas técnicas previstos en las leyes
de Gestión Ambiental, de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en sus respectivos
reglamentos, y en el Convenio de Basilea. Los desechos peligrosos comprenden aquellos que se
encuentran determinados y caracterizados en los Listados de Desechos Peligros y Normas Técnicas
aprobados por la autoridad ambiental.
Se hallan sujetos a las disposiciones de este reglamento toda persona, natural o jurídica, pública o
privada, nacional o extranjera, que dentro del territorio del Ecuador participe en cualquiera de las
fases y actividades de gestión de los desechos peligrosos.
Las fases de la gestión de los desechos peligrosos comprenden:
La generación, todo generador de desechos peligrosos es el titular y responsable del manejo de los
mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad:
- Tomar medidas con el fin de minimizar al máximo la generación de desechos peligrosos.
- Almacenar los desechos en condiciones ambientalmente seguras, evitando su contacto con el agua
y la mezcla entre aquellos que sean incompatibles.
- Disponer de instalaciones adecuadas para realizar el almacenamiento temporal de los desechos,
con accesibilidad a los vehículos recolectores.
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- Realizar la entrega de los desechos para su adecuado manejo, únicamente a las personas
autorizadas para el efecto por el MAE o por las autoridades secciónales que tengan la delegación
respectiva.
- Inscribir su actividad y los desechos peligrosos que generan, ante la autoridad competente.
- Llevar en forma obligatoria un registro del origen, cantidades producidas, características y destino de
los desechos peligrosos, cualquiera sea ésta, de los cuales realizará una declaración en forma anual
ante la Autoridad Competente.
- Identificar y caracterizar los desechos peligrosos generados, de acuerdo a la norma técnica
correspondiente.
- Antes de entregar sus desechos peligrosos a un prestador de servicios, deberá demostrar ante la
autoridad competente que no es posible aprovecharlos dentro de su instalación.
El manejo de los desechos comprende:
- La recolección: Dentro de esta etapa de la gestión, los desechos peligrosos deberán ser envasados,
almacenados y etiquetados, en forma tal que no afecte la salud de los trabajadores y al ambiente,
siguiendo para el efecto las normas técnicas pertinentes establecidas por el INEN o por el MAE en
aplicación de normas internacionales validadas para el país.
- Los envases empleados en el almacenamiento deberán ser utilizados únicamente para este fin y ser
construidos de un material resistente, tomando en cuenta las características de peligrosidad y de
incompatibilidad de los desechos peligrosos con ciertos materiales.
- Los lugares para el almacenamiento temporal deben cumplir con las siguientes condiciones mínimas:
Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma segura los desechos y cumplir
todo lo establecido en las normas INEN.
El acceso a estos locales debe ser restringido únicamente para personal autorizado provisto de
todos los implementos determinados en las normas de seguridad industrial y contar con la
identificación correspondiente a su ingreso.
Poseer equipo y personal adecuado para la prevención y control de emergencias.
Las instalaciones no deberán permitir el contacto con agua.
Señalización apropiada con letreros alusivos a su peligrosidad, en lugares y formas visibles.
- Todo envase durante el almacenamiento temporal de desechos peligrosos deberá llevar la
identificación correspondiente de acuerdo a las normas establecidas por las naciones unidas. La
identificación será con marcas de tipo indeleble, legible y de un material resistente a la intemperie.
- Los desechos peligrosos incompatibles no deberán ser almacenados en forma conjunta en un mismo
recipiente ni en una misma área.
- El generador deberá llevar un libro de registro de los movimientos de entrada y salida de desechos
peligrosos en su área de almacenamiento temporal, en donde se harán constar la fecha de los
movimientos, su origen, cantidad y destino.
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- El tiempo de almacenamiento va a estar en función de las características y tipo de desechos de
acuerdo con la norma técnica correspondiente.
El transporte de este tipo de desechos comprende:
- Contar con la licencia ambiental para transportar desechos peligrosos. En este sentido, será una
condición indispensable que el transportista acredite estar constituido legalmente para cumplir con
esta actividad.
- Durante el traslado no se podrá realizar ninguna manipulación de los desechos que no sea la propia
del traslado o que se encuentre legalmente autorizado. El transportista garantizará la identificación de
los desechos durante el transporte.
- El transporte de desechos peligrosos deberá realizarse acompañado de un manifiesto de
identificación entregado por el generador, condición indispensable para que el transportista pueda
recibir y transportar dichos desechos. Estos deberán ser entregados en su totalidad y solamente, a las
plantas de almacenamiento, reciclaje, tratamiento o disposición final debidamente autorizados que el
generador hubiere indicado en el manifiesto.
El tratamiento comprende: los desechos peligrosos deberán recibir el tratamiento técnico
correspondiente y cumplir con los parámetros de control vigentes. Para efectos del tratamiento, los
efluentes líquidos, lodos, desechos sólidos y gases producto de los sistemas de tratamiento de
desechos peligrosos, serán considerados como peligrosos.
Los efluentes líquidos del tratamiento de desechos líquidos, sólidos y gaseosos peligrosos, deberán
cumplir con lo estipulado en la Ley de Gestión Ambiental, Ley de Prevención y Control de la
Contaminación, en sus respectivos reglamentos, en las ordenanzas pertinentes y otras normas que
sobre este tema expida el MAE.
La disposición final será de acuerdo al siguiente detalle:
- Los métodos de disposición final permitidos son: relleno de seguridad o confinamiento controlado,
inyección controlada en pozos profundos e incineración de acuerdo al tipo de desecho peligroso, sin
embargo el Ministerio de Ambiente podrá autorizar otros métodos de acuerdo a lo que considere
pertinente.
El mencionado reglamento, fue reformado mediante la emisión del Acuerdo Ministerial No. 026,
publicado en el segundo suplemento del Registro Oficial No. 334 del 12 de mayo de 2008, que define
los pasos a seguir para cumplir con el Registro de Generadores de Desechos Peligrosos; así también, se
complementa con lo establecido en el Acuerdo Ministerial No. 142 publicado en el Suplemento del
Registro Oficial No. 856 el 21 de diciembre del año 2012 y que incluye los Listados Nacionales de
sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales.
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El Libro VI del TULSMA, ha sido objeto de varias reformas, en el año 2015 fue sustituido mediante
ACUERDO MINISTERIAL No. 028, publicado en el Registro Oficial, Edición Especial No. 270, de fecha 13
de febrero del año 2015; este acuerdo fue reformado mediante Acuerdo Ministerial Nro. 052 de fecha
12 de marzo de 2015; los mismo que fueron derogados expresamente por el ACUERDO MINISTERIAL 061,
publicado en el Registro Oficial, Edición Especial No. 316, de fecha 04 de mayo del año 2015, el mismo
que reforma nuevamente el Libro VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE.
El mencionado Acuerdo en el Título I nos habla sobre la CALIDAD AMBIENTAL y en el Artículo 1, se
determina que el presente Libro establece los procedimientos y regula las actividades y
responsabilidades públicas y privadas en materia de calidad ambiental; entendiendo por calidad
ambiental al conjunto de características del ambiente y la naturaleza que incluye el aire, el agua, el
suelo y la biodiversidad, en relación a la ausencia o presencia de agentes nocivos que puedan
afectar al mantenimiento y regeneración de los ciclos vitales, estructura, funciones y procesos
evolutivos de la naturaleza.
El Artículo 2, determina que para la aplicación del presente libro, las autoridades administrativas y
jueces observarán los principios de la legislación ambiental y en particular los siguientes:
- Preventivo o de Prevención.
- Precautorio o de Precaución.
- Contaminador – Pagador o quien Contamina Paga.
- Corrección en la Fuente.
- Corresponsabilidad en materia ambiental.
- De la cuna a la tumba.
- Responsabilidad objetiva.
- Responsabilidad Extendida del productor y/o importador.
- De la mejor tecnología disponible.
- Reparación Primaria o In Natura.
El TÍTULO II, señala la RECTORÍA Y ATRIBUCIONES EN CALIDAD AMBIENTAL, indicando que el Ministerio del
Ambiente ejerce las potestades de Autoridad Ambiental Nacional y como tal ejerce la rectoría del
Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, del Sistema Único de Manejo Ambiental y sus
instrumentos, en los términos establecidos en la Constitución, la legislación ambiental, las normas
contenidas en este Libro y demás normativa secundaria de aplicación.
El TÍTULO III nos habla del SISTEMA ÚNICO DE MANEJO AMBIENTAL, el Artículo 6 señala que toda obra,
actividad o proyecto nuevo y toda ampliación o modificación de los mismos que pueda causar
impacto ambiental, deberá someterse al Sistema Único de Manejo Ambiental, de acuerdo con lo que
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establece la legislación aplicable, este Libro y la normativa administrativa y técnica expedida para el
efecto.
El Artículo 7, señala que le corresponde a la Autoridad Ambiental Nacional el proceso de evaluación
de impacto ambiental, el cual podrá ser delegado a los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Provinciales, metropolitanos y/o municipales a través de un proceso de acreditación conforme a lo
establecido en este Libro.
El Artículo 12, habla sobre Sistema Único de Información Ambiental (SUIA), señalando que es la
herramienta informática de uso obligatorio para las entidades que conforman el Sistema Nacional
Descentralizado de Gestión Ambiental; será administrado por la Autoridad Ambiental Nacional y será
el único medio en línea empleado para realizar todo el proceso de licenciamiento ambiental, de
acuerdo a los principios de celeridad, simplificación de trámites y transparencia.
El Artículo 14, nos señala sobre la Regularización de los proyectos, obras o actividades, en donde se
determina que todos los proyectos, obras o actividades constantes en el catálogo expedido por la
Autoridad Ambiental Nacional deberán regularizarse a través del SUIA, el que determinará
automáticamente el tipo de permiso ambiental pudiendo ser: Registro Ambiental o Licencia
Ambiental.
El Artículo 15, señala que el certificado de intersección es un documento electrónico generado por el
SUIA, a partir de coordenadas UTM DATUM: WGS-84, 17S, en el que se indica que el proyecto, obra o
actividad propuesto por el promotor interseca o no, con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas
(SNAP) Bosques y Vegetación Protectores, Patrimonio Forestal del Estado.
En el CAPÍTULO III, se manifiesta sobre la REGULARIZACIÓN AMBIENTAL, y en su Artículo 21, se señala que
el objetivo general de la regularización ambiental es el de autorizar la ejecución de los proyectos,
obras o actividades públicas, privadas y mixtas, en función de las características particulares de éstos y
de la magnitud de los impactos y riesgos ambientales.
El Artículo 22, indica que el Catálogo de proyectos, obras o actividades, es un listado de proyectos,
obras o actividades que requieren ser regularizados a través del permiso ambiental en función de la
magnitud del impacto y riesgo generados al ambiente.
El Artículo 23, manifiesta que el certificado ambiental será otorgado por la Autoridad Ambiental
Competente a través del SUIA, sin ser de carácter obligatorio, a los proyectos, obras o actividades
considerados de mínimo impacto y riesgo ambiental. Para obtener el certificado ambiental, el
promotor deberá llenar en línea el formulario de registro asignado, conforme al procedimiento acorde
a los lineamientos que establezca la Autoridad Ambiental Nacional.
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El Artículo 24 indica que el Registro Ambiental, es el permiso ambiental otorgado por la Autoridad
Ambiental Competente mediante el SUIA, obligatorio para aquellos proyectos, obras o actividades
considerados de bajo impacto y riesgo ambiental. Para obtener el registro ambiental, el promotor
deberá llenar en línea el formulario de registro asignado por parte del Ministerio del Ambiente para lo
cual deberá cumplir con el siguiente procedimiento:
El Artículo 25, señala que la Licencia Ambiental, es el permiso ambiental otorgado por la Autoridad
Ambiental Competente a través del SUIA, siendo de carácter obligatorio para aquellos proyectos,
obras o actividades considerados de medio o alto impacto y riesgo ambiental. El Sujeto de control
deberá cumplir con las obligaciones que se desprendan del permiso ambiental otorgado.
En el CAPÍTULO IV, se señala sobre los ESTUDIOS AMBIENTALES y en el Artículo 27, se determina que los
estudios ambientales sirven para garantizar una adecuada y fundamentada predicción, identificación,
e interpretación de los impactos ambientales de los proyectos, obras o actividades existentes y por
desarrollarse en el país, así como la idoneidad técnica de las medidas de control para la gestión de sus
impactos ambientales y sus riesgos; estos estudios deben ser realizados de manera técnica, y en
función del alcance y la profundidad del proyecto, obra o actividad, acorde a los requerimientos
previstos en la normativa ambiental aplicable.
El Artículo 28, habla de la evaluación de impactos ambientales, y se señala que es un procedimiento
que permite predecir, identificar, describir, y evaluar los potenciales impactos ambientales que un
proyecto, obra o actividad pueda ocasionar al ambiente; y con este análisis determinar las medidas
más efectivas para prevenir, controlar, mitigar y compensar los impactos ambientales negativos,
enmarcado en lo establecido en la normativa ambiental aplicable.
Para la evaluación de impactos ambientales se debe observar las variables ambientales relevantes de
los medios o matrices, entre estos:
a) Físico (agua, aire, suelo y clima);
b) Biótico (flora, fauna y sus hábitat);
c) Socio-cultural (arqueología, organización socioeconómica, entre otros);
El Artículo 29, señala sobre la Responsables de los estudios ambientales, y se indica que se realizarán
bajo responsabilidad del regulado, conforme a las guías y normativa ambiental aplicable, quien será
responsable por la veracidad y exactitud de sus contenidos. Los estudios ambientales, deberán ser
realizados por consultores calificados por la Autoridad Competente, misma que evaluará
periódicamente, junto con otras entidades competentes, las capacidades técnicas y éticas de los
consultores para realizar dichos estudios.
En el Artículo 30, se indica sobre los términos de referencia, señalando que son documentos
preliminares estandarizados o especializados que determinan el contenido, el alcance, la focalización,
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los métodos, y las técnicas a aplicarse en la elaboración de los estudios ambientales. Los términos de
referencia para la realización de un estudio ambiental estarán disponibles en línea a través del SUIA
para el promotor del proyecto, obra o actividad; la Autoridad Ambiental Competente focalizará los
estudios en base de la actividad en regularización.
El Artículo 31, manifiesta que la descripción del proyecto y análisis de alternativas, de los proyectos o
actividades que requieran licencias ambientales, deberán ser descritos a detalle para poder predecir y
evaluar los impactos potenciales o reales de los mismos. En la evaluación del proyecto u obra se
deberá valorar equitativamente los componentes ambiental, social y económico; dicha información
complementará las alternativas viables, para el análisis y selección de la más adecuada. La no
ejecución del proyecto, no se considerará como una alternativa dentro del análisis.
En el Artículo 32, se señala que el Plan de Manejo Ambiental consiste de varios sub-planes,
dependiendo de las características de la actividad o proyecto; y contendrá los siguientes sub planes,
con sus respectivos programas, presupuestos, responsables, medios de verificación y cronograma:
a) Plan de Prevención y Mitigación de Impactos;
b) Plan de Contingencias;
c) Plan de Capacitación;
d) Plan de Seguridad y Salud ocupacional;
e) Plan de Manejo de Desechos;
f) Plan de Relaciones Comunitarias;
g) Plan de Rehabilitación de Áreas afectadas;
h) Plan de Abandono y Entrega del Área;
i) Plan de Monitoreo y Seguimiento.
En el caso de que los Estudios de Impacto Ambiental, para actividades en funcionamiento (EsIAEx
post) se incluirá adicionalmente a los planes mencionados, el plan de acción que permita corregir las
No Conformidades (NC), encontradas durante el proceso.
En el Artículo 33, se manifiesta el alcance de los estudios ambientales, indicando que los mismo
deberán cubrir todas las fases del ciclo de vida de un proyecto, obra o actividad, excepto cuando por
la naturaleza y características de la actividad y en base de la normativa ambiental se establezcan
diferentes fases y dentro de estas, diferentes etapas de ejecución de las mismas.
El Artículo 34, señala que los Estudios Ambientales Ex Ante (EsIA Ex Ante), son estudios técnicos que
proporcionan antecedentes para la predicción e identificación de los impactos ambientales. Además
describen las medidas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las alteraciones ambientales
significativas.
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El Artículo 35, determina que los Estudios Ambientales Ex Post (EsIA Ex Post), son estudios ambientales
que guardan el mismo fin que los estudios ex ante y que permiten regularizar en términos ambientales
la ejecución de una obra o actividad en funcionamiento, de conformidad con lo dispuesto en este
instrumento jurídico.
El Artículo 36, señala que las observaciones a los estudios ambientales, se pueden dar durante la
revisión y análisis de los estudios ambientales, previo al pronunciamiento favorable, para lo cual la
Autoridad Ambiental Competente podrá solicitar entre otros:
a) Modificación del proyecto, obra o actividad propuesta, incluyendo las correspondientes
alternativas;
b) Incorporación de alternativas no previstas inicialmente en el estudio ambiental, siempre y cuando
estas no cambien sustancialmente la naturaleza y/o el dimensionamiento del proyecto, obra o
actividad;
c) Realización de correcciones a la información presentada en el estudio ambiental;
d) Realización de análisis complementarios o nuevos.
La Autoridad Ambiental Competente revisará el estudio ambiental, emitirá observaciones por una vez,
notificará al proponente para que acoja sus observaciones y sobre estas respuestas, la Autoridad
Ambiental Competente podrá requerir al proponente información adicional para su aprobación final.
Si estas observaciones no son absueltas en el segundo ciclo de revisión, el proceso será archivado.
En el Artículo 37, se habla sobre el pronunciamiento favorable de los estudios ambientales, donde se
señala que si la Autoridad Ambiental Competente considera que el estudio ambiental presentado
satisface las exigencias y cumple con los requerimientos previstos en la normativa ambiental aplicable
y en las normas técnicas pertinentes, emitirá mediante oficio pronunciamiento favorable.
El Artículo 38, señala que la regularización ambiental para los proyectos, obras o actividades que
requieran de licencias ambientales comprenderá, entre otras condiciones, el establecimiento de una
póliza o garantía de fi el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, equivalente al cien por ciento
(100%) del costo del mismo, para enfrentar posibles incumplimientos al mismo, relacionadas con la
ejecución de la actividad o proyecto licenciado, cuyo endoso deberá ser a favor de la Autoridad
Ambiental Competente. No se exigirá esta garantía o póliza cuando los ejecutores del proyecto, obra
o actividad sean entidades del sector público o empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo
menos a las dos terceras partes, a entidades de derecho público o de derecho privado con finalidad
social o pública. Sin embargo, la entidad ejecutora responderá administrativa y civilmente por el cabal
y oportuno cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental del proyecto, obra o actividad licenciada y
de las contingencias que puedan producir daños ambientales o afectaciones a terceros, de acuerdo
a lo establecido en la normativa aplicable.
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En el CAPÍTULO V se señala sobre la PARTICIPACIÓN SOCIAL, y en el Artículo 44, se establece que la
misma se regirá por los principios de legitimidad y representatividad y se define como un esfuerzo de
las Instituciones del Estado, la ciudadanía y el sujeto de control interesado en realizar un proyecto, obra
o actividad. La Autoridad Ambiental Competente informará a la población sobre la posible realización
de actividades y/o proyectos, así como sobre los posibles impactos socioambientales esperados y la
pertinencia de las acciones a tomar. Con la finalidad de recoger sus opiniones y observaciones, e
incorporar en los Estudios Ambientales, aquellas que sean técnica y económicamente viables. El
proceso de participación social es de cumplimiento obligatorio como parte de obtención de la
licencia ambiental.
Según el Artículo 46, la Participación Social se realizará durante la revisión del estudio ambiental,
conforme al procedimiento establecido en la normativa que se expida para el efecto y deberá ser
realizada de manera obligatoria por la Autoridad Ambiental Competente en coordinación con el
promotor de la actividad o proyecto, atendiendo a las particularidades de cada caso.
El CAPÍTULO VI, de este título estipula la GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS NO PELIGROSOS, Y
DESECHOS PELIGROSOS Y/O ESPECIALES, determinado en el Artículo 47 que El Estado Ecuatoriano
declara como prioridad nacional y como tal, de interés público y sometido a la tutela Estatal, la
gestión integral de los residuos sólidos no peligros y desechos peligrosos y/o especiales. El interés
público y la tutela estatal sobre la materia implican la asignación de la rectoría y la tutela a favor del
Autoridad Ambiental Nacional, para la emisión de las políticas sobre la gestión integral de los residuos
sólidos no peligrosos, desechos peligrosos y/o especiales. También implica, la responsabilidad
extendida y compartida por toda la sociedad, con la finalidad de contribuir al desarrollo sustentable a
través de un conjunto de políticas intersectoriales nacionales, en todos los ámbitos de gestión, según lo
definido y establecido en este Libro y en particular en este Capítulo. Complementan el régimen
integral, el conjunto de políticas públicas, institucionalidad y normativa específica, aplicables a nivel
nacional.
El Artículo 254, hace referencia a los mecanismos de control y seguimiento ambiental, que son los
siguientes:
a) Monitoreos
b) Muestreos
c) Inspecciones
d) Informes Ambientales de Cumplimiento
e) Auditorías Ambientales
f) Vigilancia ciudadana
g) Mecanismos establecidos en los Reglamentos de actividades específicas
h) Otros que la Autoridad Ambiental Competente disponga
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El Artículo 251, señala que el Plan de Manejo Ambiental, incluirá entre otros un Plan de Monitoreo
Ambiental que ejecutará el sujeto de control, el plan establecerá los aspectos ambientales, impactos y
parámetros a ser monitoreados, la periodicidad de los monitoreos, y la frecuencia con que debe
reportar los resultados a la Autoridad Ambiental Competente. De requerirlo la Autoridad Ambiental
Competente podrá disponer al Sujeto de Control que efectúe modificaciones y actualizaciones al Plan
de Manejo Ambiental.
El Artículo 260 señala que el Plan Emergente es un conjunto de acciones programadas para mitigar y
reducir los impactos ambientales producidos por una emergencia no contemplada, que no se
encuentren contemplados en el correspondiente Plan de Manejo Ambiental aprobado, o para
actividades no regularizadas, el cual deberá ser presentado por el Sujeto de Control dentro de las
cuarenta y ocho (48) horas de producido el o los eventos o cuando la Autoridad Ambiental
Competente así lo requiera. El Plan Emergente deberá contener:
a. Información detallada del evento ocurrido o de los incumplimientos registrados;
b. Informe de las acciones emergentes ya implementadas;
c. Programación de las demás acciones correctivas a implementarse; y,
d. Levantamiento preliminar o inventario de los daños ocurridos a partir del evento.
En el Artículo 261, se señala que el Plan de Acción es un conjunto de acciones a ser implementadas
por el Sujeto de Control para corregir los incumplimientos al Plan de Manejo Ambiental y/o Normativa
ambiental vigente. Los planes de acción deben contener:
a) Hallazgos;
b) Medidas correctivas;
c) Cronograma de las medidas correctivas a implementarse con responsables y costos;
d) Indicadores y medios de verificación.
De identificarse pasivos o daños ambientales el plan de acción deberá incorporar acciones de
reparación, restauración y/o remediación, en el que se incluya el levantamiento y cuantificación de
los daños ocurridos. Dicho Plan estará sujeto al control y seguimiento por parte de Autoridad Ambiental
Competente por medio de informes de cumplimiento de acuerdo al cronograma respectivo, y demás
mecanismos de control establecidos en este Libro.
El Artículo 262, señala que las actividades regularizadas mediante un Registro Ambiental serán
controladas mediante un Informe Ambiental de Cumplimiento, inspecciones, monitoreos y demás
establecidos por la Autoridad Ambiental Competente. Estos Informes, deberán evaluar el
cumplimiento de lo establecido en la normativa ambiental, plan de manejo ambiental,
condicionantes establecidas en el permiso ambiental respectivo y otros que la autoridad ambiental lo
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establezca. De ser el caso el informe ambiental contendrá un Plan de Acción que contemple medidas
correctivas y/o de rehabilitación.
Según el Artículo 263, señala que sin perjuicio que la Autoridad Ambiental Competente pueda
disponer que se presente un Informe Ambiental de Cumplimiento en cualquier momento en función
del nivel de impacto y riesgo de la actividad, una vez cumplido el año de otorgado el registro
ambiental a las actividades, se deberá presentar el primer informe ambiental de cumplimiento; y en lo
posterior cada dos (2) años contados a partir de la presentación del primer informe de cumplimiento.
El Artículo 264 señala que las Auditorías Ambientales son una herramienta de gestión que abarca
conjuntos de métodos y procedimientos de carácter fiscalizador, que son usados por la Autoridad
Ambiental Competente para evaluar el desempeño ambiental de un proyecto, obra o actividad.
Las Auditorías Ambientales serán elaboradas por un consultor calificado y en base a los respectivos
términos de referencia correspondientes al tipo de auditoría. Las auditorías no podrán ser ejecutadas
por las mismas empresas consultoras que realizaron los estudios ambientales para la regularización de
la actividad auditada.
El Artículo 269, señala que las Auditorías Ambientales se clasificarán en:
a) Auditorías ambientales a los Sujetos de Control, que serán elaboradas por un consultor calificado, las
mismas que no podrán ser ejecutadas por las mismas empresas consultoras que realizaron los estudios
ambientales para la regularización de la actividad auditada.
b) Auditorías de Gestión de la Autoridad Ambiental Nacional a las Autoridades Ambientales de
Aplicación responsable, donde una no conformidad se entiende como incumplimiento o deficiencia
del sistema auditado con respecto a los requerimientos mínimos establecidos en la respectiva
normativa ambiental aplicable. Las auditorías de gestión a las Autoridades Ambientales de Aplicación
responsable son ejecutadas por la Autoridad Ambiental Nacional y no requieren de términos de
referencia.
Según el Artículo 268 la Auditoría Ambiental de Cumplimiento, debe ser presentada por el Sujeto de
control y sirve para evaluar el cumplimiento de los Planes de Manejo Ambiental y de las normativas
ambientales vigentes, así como la incidencia de los impactos ambientales; el costo de la auditoría será
asumido por el Sujeto de Control y la empresa consultora deberá estar calificada ante la Autoridad
competente. Las Auditorías Ambientales incluirán además de lo establecido, la actualización del Plan
de Manejo Ambiental, la evaluación del avance y cumplimiento de los programas de reparación,
restauración y/o remediación ambiental si fuera el caso, y los Planes de Acción, lo cual será verificado
por la Autoridad Ambiental Competente.
El Artículo 269, señala que sin perjuicio de que la Autoridad Ambiental Competente pueda disponer
que se realice una auditoría ambiental de cumplimiento en cualquier momento, una vez cumplido el
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año de otorgado el permiso ambiental a las actividades, se deberá presentar el primer informe de
auditoría ambiental de cumplimento; en lo posterior, el Sujeto de Control, deberá presentar los
informes de las auditorías ambientales de cumplimiento cada dos (2) años.
En el caso de actividades reguladas por cuerpos normativos sectoriales, el regulado presentará la
auditoría ambiental en los plazos establecidos en dichas normas.
El Artículo 274, determina que los hallazgos pueden ser observaciones, Conformidades y No
Conformidades, mismas que son determinadas por los mecanismos de control y seguimiento
establecidos la normativa ambiental.
El Artículo 275, señala las clases de no conformidades: Las No Conformidades pueden calificarse según
el incumplimiento:
No conformidad menor (NC-).- Se considera No Conformidad Menor, cuando por primera vez se
determine las siguientes condiciones:
a) El incumplimiento de los límites permisibles o criterios de calidad por parámetro y fuente muestreada
y que no haya producido alteración evidente al ambiente;
b) El retraso o la no presentación de los documentos administrativos de control y seguimiento
ambiental en los términos establecidos;
c) El incumplimiento de las obligaciones técnicas descritas en los Estudios Ambientales, Plan de Manejo
Ambiental u otras requeridas por la Autoridad Ambiental Competente que puedan haber producido o
estén produciendo un riesgo al ambiente sin que esto haya producido alteración evidente al
ambiente;
d) La importación, comercialización y uso de sustancias químicas peligrosas, por parte de personas
naturales o jurídicas que no consten en el registro correspondiente;
e) El incumplimiento de las medidas preventivas de producción más limpia expedidas por la Autoridad
Ambiental Nacional;
f) El manejo inadecuado de productos y/o elementos considerados peligrosos, de acuerdo a lo
establecido en la normativa ambiental aplicable;
g) El uso, la comercialización, la tenencia y/o la importación de productos prohibidos o restringidos de
acuerdo a la lista y norma técnica correspondientes;
h) La realización de cualquier actividad en materia de gestión integral de desechos y/o sustancias
químicas peligrosas, sin autorización y/o sin cumplir las condiciones administrativas y técnicas
establecidas en la normativa ambiental aplicable;
i) El incumplimiento parcial del programa de remediación, restauración y/o reparación aprobado por
la Autoridad Ambiental Competente;
j) El incumplimiento parcial de la ejecución del plan emergente y/o plan de acción aprobado;
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k) La gestión de desechos peligrosos y/o especiales en cualquiera de sus fases, sin cumplir con la
norma técnica expedida para el efecto y/o sin autorización previa de la Autoridad Ambiental
Competente;
l) La realización de actividades adicionales a las descritas en los documentos presentados para la
emisión de la licencia ambiental;
m) La gestión de sustancias químicas peligrosas, en cualquiera de sus fases, sin cumplir con la norma
técnica expedida para el efecto por la Autoridad Ambiental y/o sin autorización previa de la
Autoridad Ambiental Competente;
n) El incumplimiento de actividades específicas detalladas en los documentos habilitantes, y normativa
ambiental, que permiten el seguimiento, monitoreo y control, requeridas por la Autoridad Ambiental
Competente; para la gestión ambiental;
o) La generación, almacenamiento, transporte, eliminación y disposición final de desechos especiales
sin cumplir la norma técnica expedida para el efecto y/o sin autorización previa de la Autoridad
Ambiental Competente; y,
p) La formulación, fabricación y/o acondicionamiento de sustancias químicas peligrosas, por parte de
personas naturales o jurídicas que no cumplan con el permiso ambiental correspondiente y con la
normativa vigente.
No conformidad mayor (NC+).- Los criterios de calificación son los siguientes:
1. La reiteración durante el periodo evaluado de una No Conformidad Menor por un mismo
incumplimiento determinado por los mecanismos de control y seguimiento establecidos en este Libro
2. Determinación de los siguientes hallazgos identificados y notificados por la Autoridad Ambiental
Competente:
a) El incumplimiento consecutivo y reiterativo a los límites permisibles por parámetro y fuente
muestreada;
b) Alteración de las condiciones ambientales naturales que requieren remediación a largo plazo,
producidas por incumplimientos técnicos establecidos en la normativa ambiental aplicable; c) El
incumplimiento total del programa de remediación y restauración aprobado por la Autoridad
Ambiental Competente;
d) El incumplimiento total de la ejecución del plan emergente y/o plan de acción aprobado;
e) El abandono de infraestructura, equipamiento o cierre de actividades sin contar con la aprobación
de la Autoridad Ambiental Competente;
f) El incumplimiento en la ejecución de las actividades contenidas en los planes de contingencia
establecidos en la legislación ambiental aplicable;
g) La realización de actividades adicionales o distintas a las descritas en los documentos presentados
para la emisión de la licencia ambiental;
h) La introducción al país de desechos sólidos no peligrosos, para fines de disposición final sin el
permiso ambiental correspondiente;
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i) La introducción al país de desechos especiales, para fines de disposición final, sin cumplir la norma
técnica expedida para el efecto y/o sin autorización previa de la Autoridad Ambiental Nacional;
j) El movimiento transfronterizo de residuos sólidos no peligrosos, desechos peligrosos y/o especiales sea
por importación, exportación o tránsito, incluyendo lo relacionado a tráfico no autorizado de los
mismos, sin cumplir la norma técnica expedida para el efecto y/o sin autorización previa de la
Autoridad Ambiental Nacional; y,
k) La disposición final o temporal de escombros, residuos y/o desechos de cualquier naturaleza o clase
en cuerpos hídricos, incluyendo a la zona marino costera.
3. La ejecución de las prohibiciones expresas contenidas en este Libro;
4. La Determinación de daño ambiental mediante resolución en firme.
En el caso de hallazgos que no se enmarquen dentro de lo descrito anteriormente, será calificado
como No Conformidades Mayores y No Conformidades Menores por la Autoridad Ambiental
Competente o equipo auditor, en base a los siguientes criterios:
a) Magnitud del evento
b) Afectación a la salud humana
c) Alteración de la flora y fauna y/o recursos naturales
d) Tipo de ecosistema alterado
e) Tiempo y costos requeridos para la remediación
f) Negligencia frente a un incidente
El Artículo 276, manifiesta que se considerará como reiteración cuando se cometa una misma No
Conformidad por más de una ocasión durante un período evaluado.
El Artículo 277, señala que para los efectos de la aplicación de la disposición contenida en las No
Conformidades, entiéndase por descargo cuando el Sujeto de Control haya cumplido con todas las
acciones siguientes, de ser aplicables:
a) Pago de multas impuestas;
b) Ejecución inmediata de correctivos a la No Conformidad;
c) No reiteración de la No Conformidad en el período evaluado;
2.15 ACUERDO MINISTERIAL 026
El presente Acuerdo, formulado por el Ministerio del Ambiente, expide los procedimientos para:
Registro de generadores de desechos peligrosos, Gestión de desechos peligrosos previo al
licenciamiento ambiental, y para el transporte de materiales peligrosos.
Este acuerdo, en su artículo 1, manifiesta que toda persona natural o jurídica, pública o privada, que
genere desechos peligrosos deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al
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procedimiento de registro de generadores de desechos peligrosos determinado en el Anexo A
constante el dicho acuerdo. A su vez en el artículo 2 indica que toda persona natural o jurídica,
pública o privada, nacional o extranjera que preste los servicios para el manejo de desechos peligrosos
en sus fases de gestión: reúso, reciclaje, tratamiento biológico, térmico, físico, químico y para desechos
biológicos; coprocesamiento y disposición final, deberá cumplir con el procedimiento previo al
licenciamiento ambiental para la gestión de desechos peligrosos descrito en el Anexo B del
mencionado acuerdo. Por último, en el artículo 3, se dispone que toda persona natural o jurídica,
pública o privada, nacional o extranjera que preste los servicios de transporte de materiales peligrosos,
debe cumplir con el procedimiento previo al licenciamiento ambiental y los requisitos descritos en el
anexo C del citado acuerdo.
El ANEXO A (PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE GENERADORES DE DESECHOS 2.15.1
PELIGROSOS)
Describe el procedimiento en que se deberá llevar a cabo la gestión al interior del MAE o en las
instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental para el registro de
generadores de desechos peligrosos. Incluye los requisitos para evaluar las solicitudes de registro, los
criterios para el registro como generador de desechos peligrosos.
El objetivo de esta normativa, es que las personas naturales o jurídicas que generan desechos
peligrosos en el país, cuenten con instrumento de aplicación del Reglamento para la Prevención y
Control de la Contaminación de Desechos Peligrosos (RPCCD) en lo referente al registro de generación
de desechos peligrosos. Así mismo contribuir al cumplimiento del Artículo 50 del Reglamento a la Ley
de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. Además de
contar con elementos para el cumplimiento a lo establecido en el artículo 156 y 203 del Reglamento
para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos; así como la
homologación de la gestión de desechos peligrosos a aplicarse por todos integrantes del Sistema
Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental (Reguladores ambientales sectoriales o seccionales,
municipalidades y/o consejos provinciales, Autoridades Ambientales de Aplicación) que tengan la
competencia para la aplicación del Reglamento y por último se pretende proporcionar una
herramienta para todos los integrantes del Sistema Nacional Descentralizado como parte de su sub –
sistema de gestión de desechos peligroso.
El ANEXO B (PROCEDIMIENTO PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA LA 2.15.2
GESTIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS)
Describe la forma en que se deberá llevar a cabo la gestión al interior del Ministerio del Ambiente o en
las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental para el
licenciamiento y registro de prestadores de servicios de manejo de desechos peligrosos que involucre
el reciclaje, reúso, transporte, tratamiento y disposición final. Incluye los procedimientos para la emisión
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de la licencia ambiental, los criterios para la resolución, emisión, suspensión y revocatoria de licencia,
así como los requisitos que deberá cumplir el prestador de servicios para la obtención de la licencia.
Los objetivos de la norma son: Contar con un instrumento de aplicación del Reglamento para la
Prevención y Control de la Contaminación Desechos Peligrosos (RPCCD) en lo referente al
licenciamiento ambiental de prestadores de servicios de manejo de desechos peligrosos. Así mismo
contribuir al cumplimiento del Artículo 50 del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la
Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. Otro objetico es cumplir con lo establecido en el
Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA) para el licenciamiento ambiental. También se pretende
contar con elementos para el cumplimiento a lo establecido en el artículo 156, 202 y 203 del
Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos; así mismo se
pretende homologar la gestión de desechos peligrosos a aplicarse por todos integrantes del Sistema
Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental (Reguladores ambientales sectoriales o seccionales,
municipalidades y/o consejos provinciales, Autoridades Ambientales de Aplicación) que tengan la
competencia para la aplicación del Reglamento. Por último se pretende establecer los criterios para la
emisión de la licencia ambiental de prestadores de servicio de manejo de desechos peligrosos o de
generadores que manejen desechos peligrosos en su instalación.
El ANEXO C (PROCEDIMIENTO PREVIO PARA EL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL DE 2.15.3
TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS);
Describe la forma en que se llevará a cabo la gestión al interior del Ministerio del Ambiente o en las
instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental para el
licenciamiento de transporte de materiales peligrosos. Incluye los procedimientos para la emisión de la
licencia ambiental, los criterios para la resolución, emisión, suspensión, revocatoria y sanción de
licencia, así como los requisitos que deberá cumplir el prestador de servicios para la obtención de la
licencia. Los objetivos de este anexo es: Contar con un instrumento de aplicación del Reglamento
para la Prevención y Control de la Contaminación Desechos Peligrosos (RPCCD) en lo referente al
licenciamiento ambiental de prestadores de servicios de transporte de materiales peligrosos. Así mismo
contribuir al cumplimiento del Artículo 50 (literal d) del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para
la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. También se pretende contar con elementos
para el cumplimiento de lo establecido en los artículos 156, 202 y 203 del Reglamento para la
Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos. Además de contar con elementos
para el cumplimiento de lo establecido en los artículos 228, 231 del Régimen Nacional para la Gestión
de Productos Químicos Peligrosos; así como homologar la gestión para el Transporte de Materiales
Peligrosos a aplicarse por todos integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión
Ambiental (Reguladores ambientales sectoriales o seccionales, municipalidades y/o consejos
provinciales, Autoridades Ambientales de Aplicación (AAA) y Autoridades Ambientales de Aplicación
Responsable (AAAr); finalmente se pretende establecer los criterios para la emisión de la licencia
ambiental de prestadores de servicio de Transporte de Materiales Peligrosos.
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2.16 REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE TRABAJO
El presente Reglamento tiene que aplicarse en toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, y
tiene como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el
mejoramiento del medio ambiente de trabajo. En el Artículo 11 se señala las obligaciones de los
empleadores, que entre las más importantes indicamos las siguientes:
1. Mantener en buen estado de servicio las instalaciones, máquinas, herramientas y materiales para un
trabajo seguro.
2. Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de
protección personal y colectiva necesarios.
3. Especificar en el Reglamento Interno de Seguridad e Higiene, las facultades y deberes del personal
directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la prevención de los riesgos de trabajo.
4. Dar formación en materia de prevención de riesgos, al personal de la empresa, con especial
atención a los directivos técnicos y mandos medios, a través de cursos regulares y periódicos.
5. Dar aviso inmediato a las autoridades de trabajo y al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, de
los accidentes y enfermedades profesionales ocurridas en sus centros de trabajo y entregar una copia
al Comité de Seguridad e Higiene Industrial.
Como podemos darnos cuenta, con estas disposiciones legales, se pretende que los empleadores
protejan a sus trabajadores, ya sea manteniendo en buen estado las instalaciones de las empresas o
negocios, dotándoles de protección personal (ropa adecuada de trabajo) o informándolas y
capacitando al personal que labora en dichas instalaciones. Pero también los trabajadores tienen
ciertas obligaciones que deben cumplirse para lograr una aplicación correcta del presente
reglamento, obligaciones que entre las más importantes, señalamos las siguientes:
1. Participar en el control de desastres, prevención de riesgos y mantenimiento de la higiene en los
locales de trabajo cumpliendo las normas vigentes.
2. Usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por la empresa y
cuidar de su conservación.
3. Cuidar de su higiene personal, para prevenir el contagio de enfermedades y someterse a los
reconocimientos médicos periódicos programados por la empresa.
4. No introducir bebidas alcohólicas ni otras substancias tóxicas a los centros de trabajo, ni presentarse
o permanecer en los mismos en estado de embriaguez o bajo los efectos de dichas substancias.
El art. 176, dispone: siempre que el trabajo implique por sus características un determinado riesgo de
accidente o enfermedad profesional, o sea marcadamente sucio, deberá utilizarse ropa de trabajo
adecuada que será suministrada por el empresario. La elección de las ropas citadas se realizará de
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acuerdo con la naturaleza del riesgo o riesgos inherentes al trabajo que se efectúa y tiempos de
exposición al mismo. La ropa de protección personal deberá reunir las siguientes características:
a. Ajustar bien, sin perjuicio de la comodidad del trabajador y de su facilidad de movimiento.
b. No tener partes sueltas, desgarradas o rotas.
c. No ocasionar afecciones cuando se halle en contacto con la piel del usuario.
d. Carecer de elementos que cuelguen o sobresalgan, cuando se trabaje en lugares con riesgo
derivados de máquinas o elementos en movimiento.
e. Tener dispositivos de cierre o abrochado suficientemente seguros, suprimiéndose los elementos
excesivamente salientes.
f. Ser de tejido y confección adecuados a las condiciones de temperatura y humedad del puesto de
trabajo.
Como podemos notar el presente reglamento ha sido formulado para proteger a los trabajadores de
determinada empresa, negocio o actividad en cuanto a su seguridad laboral, seguridad física,
integridad personal, y con ello evitar el abuso y explotación que por muchos años soportaron por parte
de los empresarios o empleadores.
2.17 DECRETO EJECUTIVO 1040 (REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE
PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL)
El Decreto Ejecutivo 1040, expide el Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación
Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental, en su artículo 01, define lo que es la Participación
Social de la siguiente manera: Son los mecanismos para dar a conocer a una comunidad
afectada/interesada, los proyectos que puedan conllevar riesgo ambiental así como sus estudios de
impacto, posibles medidas de mitigación y planes de manejo ambiental. El Art. 04 señala los fines del
reglamento, que se refieren a: Precisar los mecanismos determinados en la Ley de Gestión Ambiental a
ser utilizados en los mecanismos de participación social; Permitir a la autoridad pública conocer los
criterios de la comunidad en relación a una actividad o proyecto que genere impacto ambiental;
contar con los criterios de la comunidad, como base de la gobernabilidad desarrollo de la gestión
ambiental y transparentar las actuaciones y actividades que puedan afectar al ambiente, asegurando
a la comunidad el acceso a la información disponible.
En el mismo cuerpo legal en su Art. 06 se manifiesta: La participación social tiene por objeto, el
conocimiento, la integración y la iniciativa de la ciudadanía para fortalecer la aplicación de un
proceso de evaluación de impacto ambiental y disminuir sus márgenes de riesgo e impacto ambiental.
Continuando con el mismo reglamento, en el Art. 08 se señala los mecanismos de participación social
que entre otros son los siguientes: audiencias, presentaciones públicas, reuniones informativas,
asambleas, mesas ampliadas, foros públicos de dialogo, talleres, etc. El Art. 10, indica que la
participación social se efectuara de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación
responsable en coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la
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aprobación del estudio de impacto ambiental. El Artículo 11 da la potestad a las instituciones del
Estado del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental a incorporar particularidades a los
mecanismos de participación social para permitir su aplicabilidad.
2.18 ACUERDO MINISTERIAL 066: INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDO EN EL DECRETO EJECUTIVO NO.
1040, PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL NO. 332 DEL 08 DE MAYO DEL 2008
Este Acuerdo Ministerial, expide el Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de
Participación Social, establecido en el Decreto Ejecutivo No. 1040, y que a continuación describimos
para entender su aplicación.
Art. 1.- Entiéndase por Proceso de Participación Social, (PPS). al diálogo social e institucional en el que
la Autoridad Ambiental competente informa a la población sobre la realización de posibles
actividades y/o proyectos, y consulta la opinión de la ciudadanía informada sobre los impactos socio-
ambientales esperados y la pertinencia de las acciones a tomar, con la finalidad de recoger sus
opiniones, observaciones y comentarios, e incorporar aquellas que sean justificadas y factibles
técnicamente en el Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental, y que son de cumplimiento
obligatorio en el marco de la Licencia Ambiental del proyecto. De esta manera, se asegura la
legitimidad social del proyecto y el ejercicio del derecho de participación de la ciudadanía en las
decisiones colectivas.
Art. 2- El Proceso de Participación Social (PPS) se realizará de manera obligatoria en todos los proyectos
o actividades que requieran de licencia ambiental.
Art. 3.- El Ministerio del Ambiente se encargará del control y administración institucional de los Procesos
de Participación Social (PPS) en aquellos proyectos o actividades en los que interviene como
autoridad competente. De existir Autoridades Ambientales de Aplicación Responsable debidamente
acreditadas, éstas serán las encargadas de aplicar el presente instructivo.
SOBRE LA CONVOCATORIA AL PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Y LA DIFUSIÓN PÚBLICA DEL EIA.
Art. 11.- La convocatoria al Proceso de Participación Social (PPS) y la difusión del borrador del Estudio
de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, o su equivalente, se realizará a través de uno o
varios medios de comunicación de amplia difusión pública del Área de Influencia Directa e Indirecta
del proyecto: radio, prensa, televisión, y otros mecanismos complementarios de información y
comunicación. Para asegurar los principios de información, consulta y libre accesibilidad para la
participación social, en las convocatorias e invitaciones colectivas, institucionales y personales, se
especificará y precisará:
- Fechas y lugares donde se instalarán y funcionarán el/los Centros de Información Pública (CIP) en
donde estará disponible el borrador del EsIA y PMA,
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- Las páginas web de la Autoridad Competente, gobierno local vinculado y/o del proponente, donde
estará disponible la versión digital del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo
Ambiental, o su equivalente,
- La dirección electrónica de recepción de comentarios, observaciones y sugerencias al documento,
- El cronograma del Proceso de Participación Social en el que se especificará los Mecanismos de
Participación Social seleccionados, lugar y fecha de aplicación, y
- La fecha límite de recepción de criterios.
Art. 12.- El texto y formato de la convocatoria deberá contar con la aprobación previa de la
respectiva Autoridad Competente. Las convocatorias e invitaciones al Proceso de Participación Social
(PPS) contarán con la firma de la Autoridad Ambiental Competente. La publicación de las
convocatorias, entrega de invitaciones, instalación de los mecanismos de información y difusión social
del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental o su equivalente, son de
responsabilidad del promotor o ejecutor del proyecto.
Art. 13.- Para la difusión e información social, y una vez realizada la publicación de las convocatorias,
en el/los Centros de Información Pública (CIP), se deberá mantener disponible, por un periodo no
menor a siete días antes de la realización de la Audiencia Pública (AP) o el mecanismo equivalente, el
borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental o su equivalente, para su
revisión por parte de la ciudadanía.
Art. 14.- Para la recepción y registro de observaciones y comentarios de la población, luego de la
realización de la Asamblea Pública o su equivalente, el Centro de Información Pública deberá estar
habilitado durante siete días más con el propósito de receptar los criterios de la comunidad sobre el
borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, o su equivalente. Concluido
este período de recepción y registro de las observaciones de la población posterior a la Asamblea
Pública o su equivalente, se dará por concluido el Proceso de Participación Social.
SOBRE EL REGISTRO, SISTEMATIZACIÓN Y APROBACIÓN DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.
Art. 16.- La sistematización del Proceso de Participación Social (PPS) se procederá de acuerdo a lo
dispuesto en los artículos 9 y 19 del Decreto Ejecutivo No. 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332
del 08 de mayo del 2008.
2.19 NORMA TÉCNICA NTE INEN – ISO 3864 – 1.
Esta norma trata sobre los símbolos gráficos, los colores de seguridad y señales de seguridad. En la
misma se indica que las SEÑALES DE SEGURIDAD son producto de la combinación de formas
geométricas y colores, a las que se les añade un símbolo o pictograma y se les da un significado
determinado relacionado con la seguridad. Así mismo se manifiesta que se debe señalizar:
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- Cuando no sea posible disminuir el riesgo en la actividad o proceso, a través de resguardos o
dispositivos de seguridad.
- Cuando no se pueda y resulte necesario, proteger al trabajador con EPP (equipos de protección
personal.)
- Como complemento a la protección dada por resguardos, dispositivos de seguridad y protección
personal.
- Para prevenir los posibles incendios
Para que la señalización sea efectiva y un mecanismo de prevención de accidentes, incendios, etc.,
se deben tomar las siguientes consideraciones:
- Atraer la atención de quien lo visualiza o reciba.
- Anticiparse a la transmisión del mensaje
- Ser suficientemente clara y de interpretación única.
- Posibilidad real en la práctica de cumplir lo indicado.
- Los riesgos, elementos o circunstancias que hayan de señalizarse.
- La extensión de la zona a cubrir.
- El número de trabajadores afectados.
2.20 ORDENANZAS LOCALES
GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA. 2.20.1
Con la finalidad de regular y controlar las actividades, obras o proyectos que pueden generar
impactos ambientales en el territorio de la provincia de Loja, y de esta manera contribuir con el
desarrollo sustentable de la población y cumpliendo con las normas de protección ambiental el
Gobierno Provincial de Loja ha formulado la “ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE
EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES GENERADOS POR OBRAS, ACTIVIDADES O PROYECTOS EN LA
PROVINCIA DE LOJA”; esta ordenanza es el instrumento legal que le ha servido para transferir ciertas
competencias ambientales desde el Ministerio del Ambiente hasta su jurisdicción, especialmente las
relacionadas con Calidad Ambiental y por ende es la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable
en la provincia. La mencionada ordenanza tiene por objeto establecer los requisitos, procedimientos
generales y específicos para normar el proceso de licenciamiento ambiental a cargo de la Dirección
de Gestión Ambiental, a partir de la delegación de competencias desde el Ministerio del Ambiente al
Gobierno Provincial de Loja, para actividades, obras o proyectos en cualquiera de sus etapas, que de
acuerdo a lo que estipula la Ley puedan causar impactos ambientales al entorno, alterando o
destruyendo elementos del mismo; esta ordenanza se aplica para todos los sujetos de control que
desarrollen actividades, obras o proyectos que se enmarque dentro de las competencias delegadas al
Gobierno Provincial de Loja y que puedan generar o estén generando impactos ambientales.
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2.21 CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
Ha continuación se va a analizar los dispuesto en el Libro Primero (La Infracción Penal), Título Cuatro
(Infracciones en Particular) Capítulo Cuatro de los Delitos contra el ambiente y la naturaleza o Pacha
Mama del citado cuerpo legal vigente.
En la Sección Primera del Capítulo mencionado, se tipifica los delitos contra la biodiversidad, y que son
los siguientes:
“Artículo 245.- Invasión de áreas de importancia ecológica.- La persona que invada las áreas del
Sistema Nacional de Áreas Protegidas o ecosistemas frágiles, será sancionada con pena privativa de
libertad de uno a tres años.
Se aplicará el máximo de la pena prevista cuando:
1. Como consecuencia de la invasión, se causen daños graves a la biodiversidad y recursos naturales.
2. Se promueva, financie o dirija la invasión aprovechándose de la gente con engaño o falsas
promesas”.
Según este artículo, está prohibido invadir las zonas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas
declaradas por el Estado como tales, o los ecosistemas frágiles, en caso de hacerlo y comprobarse tal
delito, la pena será la privación de la libertad del imputado de uno a tres años; además se aplicara la
máxima pena, es decir la privación de la libertad del imputado de tres años, cuando la invasión ha
causado daños graves a la biodiversidad y los recursos naturales, y/o cuando se promueva, financie o
dirijas las invasiones aprovechándose de la gente con engaños o falsas promesas; además el artículo
setenta del COIP, en el numeral seis establece que para las infracciones sancionadas con pena
privativa de libertad de uno a tres años, que es el caso particular de esta sanción, se aplicará una
multa de cuatro a diez salarios básicos unificados del trabajador en general.
“Artículo 246.- Incendios forestales y de vegetación.- La persona que provoque directa o
indirectamente incendios o instigue la comisión de tales actos, en bosques nativos o plantados o
páramos, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
Se exceptúan las quemas agrícolas o domésticas realizadas por las comunidades o pequeños
agricultores dentro de su territorio. Si estas quemas se vuelven incontrolables y causan incendios
forestales, la persona será sancionada por delito culposo con pena privativa de libertad de tres a seis
meses.
Si como consecuencia de este delito se produce la muerte de una o más personas, se sancionará con
pena privativa de libertad de trece a dieciséis años”.
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Según este artículo, se tipifica como delito ambiental y se sanciona a la persona que provoque o
directamente o indirectamente incendios forestales en ecosistemas como bosques nativos, plantados
o paramos, con penas de privación de libertad que va desde uno a tres años; además el artículo
setenta del COIP, en el numeral seis establece que para las infracciones sancionadas con pena
privativa de libertad de uno a tres años, que es el caso particular de esta sanción, se aplicará una
multa de cuatro a diez salarios básicos unificados del trabajador en generala; así mismo si por culpa de
ese acto ilícito, existe la muerte de alguna persona, se sancionará al culpable con pena privativa de
libertad entre trece y dieciséis años; y la multa según el artículo 70 numeral once es de cien a
trescientos salarios básicos unificados del trabajador en general.
Además se exceptúan o se permiten las quemas controladas en predios agrícolas de comunidades
locales o de pequeños agricultores dentro de su territorio, salvo el caso de que estas se vuelvan
incontroladas y causen incendios forestales, se sancionara al culpable como un delito culposo con una
pena privativa de libertad de tres a seis meses; y la multa según el artículo setenta del COIP numeral
tres de dos a tres salarios básicos unificados del trabajador en general.
“Artículo 247.- Delitos contra la flora y fauna silvestres.- La persona que cace, pesque, capture,
recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o
sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina
o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional
por la Autoridad Ambiental Nacional así como instrumentos o tratados internacionales ratificados por
el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
Se aplicará el máximo de la pena prevista si concurre alguna de las siguientes circunstancias:
1. El hecho se cometa en período o zona de producción de semilla o de reproducción o de
incubación, anidación, parto, crianza o crecimiento de las especies.
2. El hecho se realice dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
Se exceptúan de la presente disposición, únicamente la cacería, la pesca o captura por subsistencia,
las prácticas de medicina tradicional, así como el uso y consumo doméstico de la madera realizada
por las comunidades en sus territorios, cuyos fines no sean comerciales ni de lucro, los cuales deberán
ser coordinados con la Autoridad Ambiental Nacional”.
Con esta disposición legal, se protege la flora y fauna nativas (aves, mamíferos, reptiles, especies
acuáticas y marinas) y se sanciona como delito ambiental, con pena privativa de libertad de uno a
tres años; además el artículo setenta del COIP, en el numeral seis establece que para las infracciones
sancionadas con pena privativa de libertad de uno a tres años, que es el caso particular de esta
sanción, se aplicará una multa de cuatro a diez salarios básicos unificados del trabajador, a la persona
que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o
comercialice especies de flora y fauna, así como sus partes, elementos constitutivos, productos y
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derivados de estos, sean estas terrestres, marinas o acuáticas, estén amenazadas, en peligro de
extinción o sean migratorias y que estén declaradas como tal por la Autoridad Ambiental competente.
Para la persona que comete el delito analizado, y si lo realiza en época, periodo o zona de
reproducción, incubación, anidación, producción de semilla, parto, crianza o crecimiento de las
especies; así como dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, ésta será sancionada con prisión
o pena privativa de libertad de tres años y multa de diez salarios básicos unificados del trabajador en
general.
Además esta disposición legal permite únicamente la cacería, pesca o captura de especies de flora y
fauna nativa con fines de subsistencia, para la medicina tradicional, para consumo local, y que sean
realizadas por comunidades locales y en su territorio.
“Artículo 248.- Delitos contra los recursos del patrimonio genético nacional.- El atentado contra el
patrimonio genético ecuatoriano constituye delito en los siguientes casos:
1. Acceso no autorizado: la persona que incumpliendo la normativa nacional acceda a recursos
genéticos del patrimonio nacional que incluya o no componente intangible asociado, será
sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años de prisión. La pena será agravada en
un tercio si se demuestra que el acceso ha tenido finalidad comercial.
2. Erosión genética: la persona que con sus acciones u omisiones ingrese, reproduzca, trafique o
comercialice organismos o material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el
patrimonio genético nacional, que incluyan o no componente intangible asociado, será sancionada
con pena privativa de libertad de tres a cinco años, tomando en consideración el valor de los
perjuicios causados.
3. Pérdida genética: la persona que con sus acciones u omisiones provoque pérdida del patrimonio
genético nacional, que incluya o no componente intangible asociado será sancionada con pena
privativa de libertad de tres a cinco años, tomando en consideración el valor de los perjuicios
causados”.
Según lo señalado, se sanciona como delito ambiental, al que atente contra los recursos genéticos del
país, en los siguientes casos:
- Acceso no autorizado a los recursos genéticos del patrimonio del país, en cuyo caso recibirá una
pena privativa de libertad de tres a cinco años; y según el artículo 70 del COIP una multa de diez a
doce salarios básicos unificados del trabajador en general, y en el caso de que se compruebe que se
ha comercializado tales recursos, se agravara la pena en un tercio;
- Erosión genética, que es la alteración de manera definitiva del patrimonio genético del país,
producto de la reproducción, tráfico o comercialización de organismos o de material orgánico e
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inorgánico, el mismo que se sancionara con pena privativa de libertad de tres a cinco años; y según el
artículo 70 del COIP una multa de diez a doce salarios básicos unificados del trabajador en general; y,
- Perdida genética, que se puede dar por la acción u omisión de determinada persona, la misma será
sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años y según el artículo 70 del COIP una
multa de diez a doce salarios básicos unificados del trabajador en general.
En la Sección Segunda del capítulo en análisis, se tipifica los delitos contra los recursos naturales, que
son los siguientes:
Artículo 251.- Delitos contra el agua.- La persona que contraviniendo la normativa vigente, contamine,
deseque o altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes, caudales ecológicos, aguas naturales
afloradas o subterráneas de las cuencas hidrográficas y en general los recursos hidrobiológicos o
realice descargas en el mar provocando daños graves, será sancionada con una pena privativa de
libertad de tres a cinco años.
Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional
de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o
medios que resulten en daños extensos y permanentes”.
Con este artículo, se sanciona a la persona que contamine, deseque o altere los cuerpos y fuentes de
agua dulce (ríos, vertientes, quebradas, lagos, lagunas, aguas subterráneas, etc.), así como las aguas
marinas, con pena privativa de libertad de tres a cinco años, y según el artículo 70 del COIP una multa
de diez a doce salarios básicos unificados del trabajador en general. Si tales delitos se ha realizado
dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, a si el delito se lo ha cometido con ánimo de lucro o
el daño causado sobre el recurso es extenso y permanente, se impondrá el máximo de la pena, es
decir cinco años de privación de la libertad y una multa de doce salarios básicos unificados del
trabajador en general.
Artículo 252.- Delitos contra suelo.- La persona que contraviniendo la normativa vigente, en relación
con los planes de ordenamiento territorial y ambiental, cambie el uso del suelo forestal o el suelo
destinado al mantenimiento y conservación de ecosistemas nativos y sus funciones ecológicas, afecte
o dañe su capa fértil, cause erosión o desertificación, provocando daños graves, será sancionada con
pena privativa de libertad de tres a cinco años.
Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional
de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o
medios que resulten en daños extensos y permanentes”.
Con lo señalado en este artículo, se hace respetar los planes de desarrollo territorial y ambiental, por lo
tanto sanciona como delito al culpable de cambiar el uso del suelo forestal, o el destinado a la
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conservación, al que dañe la capa fértil del suelo, al que cauce erosión o desertificación, y lo hace
con pena privativa de libertad de tres a cinco años y según el artículo 70 del COIP una multa de diez a
doce salarios básicos unificados del trabajador en general. Si estos actos ilícitos son ejecutados dentro
del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, se lo hace con ánimo de lucro o el daño causado es
extenso y permanente, la pena privativa de libertad, será de cinco años y la multa de doce salarios
básicos unificados.
“Artículo 253.- Contaminación del aire.- La persona que, contraviniendo la normativa vigente o por no
adoptar las medidas exigidas en las normas, contamine el aire, la atmósfera o demás componentes
del espacio aéreo en niveles tales que resulten daños graves a los recursos naturales, biodiversidad y
salud humana, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.
Con lo dispuesto en este artículo, se sanciona a la persona que cauce contaminación atmosférica o al
aire por encima de los límites fijados por la ley y resulte perjudicial o cause daños a los recursos
naturales, la biodiversidad o la salud humana, con pena privativa de libertad de uno a tres años y con
multa de cuatro a diez salarios básicos unificados del trabajador en general (art. 70, numeral 6 del
COIP).
En la Sección Tercera, del mismo capítulo, se trata de los Delitos contra la gestión ambiental, y que son
los siguientes:
“Artículo 254.- Gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o sustancias
peligrosas.- La persona que, contraviniendo lo establecido en la normativa vigente, desarrolle,
produzca, tenga, disponga, queme, comercialice, introduzca, importe, transporte, almacene, deposite
o use, productos, residuos, desechos y sustancias químicas o peligrosas, y con esto produzca daños
graves a la biodiversidad y recursos naturales, será sancionada con pena privativa de libertad de uno
a tres años.
Será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años cuando se trate de:
- Armas químicas, biológicas o nucleares.
- Químicos y Agroquímicos prohibidos, contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos y
sustancias radioactivas.
- Diseminación de enfermedades o plagas.
- Tecnologías, agentes biológicos experimentales u organismos genéticamente modificados nocivos y
perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la biodiversidad y recursos naturales.
- Si como consecuencia de estos delitos se produce la muerte, se sancionará con pena privativa de
libertad de dieciséis a diecinueve años”.
Este artículo sanciona, con pena privativa de libertad de uno a tres años y con multa de cuatro a diez
salarios básicos unificados del trabajador en general (art. 70, numeral 6 del COIP), a las personas que
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desarrollen, produzcan, tengan, dispongan, quemen, comercialicen, introduzcan, importen,
transporten, almacenen, depositen o usen productos, residuos, desechos y/o sustancias químicas o
peligrosas, y con estos produzca daños graves a la biodiversidad y a los recursos naturales.
Además se sanciona con pena privativa de libertad de tres a cinco años y con multa de diez a doce
salarios básicos unificados del trabajador en general (art. 70, numeral 7 del COIP), a la persona que ha
utilizado armas químicas, biológicas o nucleares; químicos, agroquímicos, contaminantes orgánicos
persistentes altamente tóxicos y sustancias radioactivas, ha habido diseminación de plagas o
enfermedades; o a usado tecnologías, agentes biológicos experimentales u organismos
genéticamente modificados nocivos para la salud humana y el medio ambiente.
Si hay muerte de una persona, la pena privativa de libertad será de dieciséis a diecinueve años y la
multa será de trescientos a seiscientos salarios básicos unificados del trabajador en general (art. 70,
numeral 12, del COIP).
“Artículo 255.- Falsedad u ocultamiento de información ambiental.- La persona que emita o
proporcione información falsa u oculte información que sea de sustento para la emisión y
otorgamiento de permisos ambientales, estudios de impactos ambientales, auditorías y diagnósticos
ambientales, permisos o licencias de aprovechamiento forestal, que provoquen el cometimiento de un
error por parte de la autoridad ambiental, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a
tres años.
Se impondrá el máximo de la pena si la o el servidor público, con motivo de sus funciones o
aprovechándose de su calidad de servidor o sus responsabilidades de realizar el control, tramite, emita
o apruebe con información falsa permisos ambientales y los demás establecidos en el presente
artículo”.
Este artículo sanciona el ocultamiento de información, así como la emisión de información falsa, y que
sirva para la emisión de permisos ambientales, permisos de aprovechamiento forestal, aprobación de
estudios ambientales, auditorías ambientales, diagnósticos ambientales, provocando el error de la
autoridad ambiental; con pena privativa de libertad de uno a tres años y multa de cuatro a diez
salarios básicos unificados del trabajador en general (art. 70, numeral 6 del COIP). Se impondrá tres
años de privación de libertad y multa de diez salarios básicos unificados del trabajador en general, al
servidor público que aprovechándose de su calidad de servidor, emita o apruebe los estudios o
documentos citados con información falsa.
En la Sección Cuarta, del capítulo en análisis, se detallan Disposiciones comunes, y son las que a
continuación detallamos:
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“Artículo 256.- Definiciones y normas de la Autoridad Ambiental Nacional.- La Autoridad Ambiental
Nacional determinará para cada delito contra el ambiente y la naturaleza las definiciones técnicas y
alcances de daño grave. Así también establecerá las normas relacionadas con el derecho de
restauración, la identificación, ecosistemas frágiles y las listas de las especies de flora y fauna silvestres
de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias”.
Según este artículo, la ley le faculta a la Autoridad Ambiental Nacional, representada por el Ministerio
del Ambiente, para que a cada delito contra el medio ambiente, emita la definición técnica y el
alcance al daño producido. Así como el de establecer las normas técnicas ambientales relacionadas
con el derecho de restauración de los ecosistemas, la identificación de ecosistemas frágiles, la lista de
especies de flora y fauna silvestres amenazadas, en peligro de extinción y migratorias.
En otras palabras para poder sancionar un delito ambiental, necesariamente los juzgadores, además
de lo dispuesto en el Código Orgánico Integral Penal, deberán recurrir y observar lo dispuesto en la
normativa ambiental vigente y lo sugerido por el Ministerio del Ambiente.
“Artículo 257.- Obligación de restauración y reparación.- Las sanciones previstas en este capítulo, se
aplicarán concomitantemente con la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas y la
obligación de compensar, reparar e indemnizar a las personas y comunidades afectadas por los
daños. Si el Estado asume dicha responsabilidad, a través de la Autoridad Ambiental Nacional, la
repetirá contra la persona natural o jurídica que cause directa o indirectamente el daño.
La autoridad competente dictará las normas relacionadas con el derecho de restauración de la
naturaleza, que serán de cumplimiento obligatorio”.
Según lo dispuesto en este artículo, a toda persona que se la sancione con un delito ambiental,
además de la sanción, está en la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas alterados o
vulnerados, además de la obligación de compensar, reparar e indemnizar a las personas o
comunidades afectadas por los daños ambientales. Si el Estado a través de las instituciones
correspondientes asume la responsabilidad de restauración o reparación, aplicara la acción de
repetición contra la persona natural o jurídica que directa o indirectamente causo el daño ambiental.
Para cumplir el derecho de restauración de la naturaleza el Ministerio del Ambiente dictará las normas
necesarias para su cumplimiento el mismo que será obligatorio.
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3. ANTECEDENTES GENERALES
3.1 OBJETIVOS
GENERAL 3.1.1
Realizar el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, basándose en las normas y técnicas
establecidas en los términos de referencia, para el proyecto CONJUNTO RESIDENCIAL “ALCAZAR DE
JIPIRO II” e implementar su respectivo Plan de Manejo Ambiental (PMA).
ESPECÍFICOS 3.1.2
Diagnosticar el entorno en el cual se encuentra asentado el proyecto, así como la situación
actual.
Identificar las afectaciones e impactos ambientales que ocasiona o puede ocasionar el
proyecto, sobre la salud de sus trabajadores y el ambiente.
Identificar las conformidades y no conformidades en base a los cumplimientos a la normativa
ambiental vigente y determinar los aspectos e impactos ambientales generados por el
proyecto.
Formular las correspondientes medidas de prevención y mitigación para disminuir los impactos
ambientales identificados, mediante el Plan de Manejo Ambiente.
Realizar el proceso de Participación Social.
Dar cumplimiento a lo establecido Normativa Ambiental Nacional y contribuir a la Gestión
Ambiental que el Ministerio del Ambiente desarrolla con el objetivo de mantener un ambiente
natural sano y libre de contaminación, tal como lo establecen los preceptos constitucionales.
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3.2 INFORMACIÓN DEL SUJETO DE CONTROL Y DEL PROYECTO
FICHA TÉCNICA DEL PROYECTO
Razón Social del Proponente FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y
GESTIÓN INMOBILIARIO IESS- ALCAZAR DE JIPIRO II
Representante Legal FIDEVAL S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS Y
FIDEICOMISOS
Cédula / RUC 1792042976001
Provincia / Cantón Provincia de Pichincha / Cantón Quito
Parroquia La Floresta
Dirección Barrio La Mariscal, Av. 12 de Octubre N24-593 y
Francisco Salazar
Teléfono No. 02226-1442
Nombre Del Proyecto “Conjunto Residencial Alcazar de Jipiro II”
Actividad y Breve
Descripción Del Proyecto
El proyecto es un conjunto habitacional de
desarrollo horizontal con un tipo de
implantación continua con retiro frontal, el
cual comprende 12 manzana compuestas de
296 viviendas independientes de dos plantas
cada una, teniendo área comunal y área
verde.
Área del Proyecto 6.41 ha
Ubicación Del Proyecto
Provincia Loja
Cantón Loja
Parroquia El Valle
Coordenadas
UTM DATUM WGS 84
ID X Y
PP 700340.0 9560929.0
P1 700469.0 9560963.0
P2 700502.0 9560987.0
P3 700552.0 9560801.0
P4 700612.0 9560625.0
P5 700446.0 9560635.0
P6 700379.0 9560703.0
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CONSULTORA AMBIENTAL Y PERSONAL TECNICO
NOMBRE DEL CONSULTOR AMBIENTAL
RESPONSABLE DEL ESTUDIO
AMBIENTE, DESARROLLO Y PLANIFICACIÓN
CÍA. LTDA.
MAE-015-CC
REPRESENTANTE LEGAL
EQUIPO CONSULTOR
Consultora Principal
Galo Guerrero
Geología y Mecánica de suelos
Manolo Abarca
Medio Físico
Componente Faunístico
Diana Santos
Medio Físico
Componente Florístico
Diana Santos
Medio Social
Andrea Patiño
Sistema de Información Geográfica.
Leonardo Jaramillo
Descripción del Proyecto
José Vicente Aguirre
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4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
4.1 UBICACIÓN
El proyecto se encuentra ubicado en las calles Agustín Carrión Palacios y Beethoven, sector de Jipiro,
parroquia El Valle del cantón y Provincia de Loja, la propiedad lindera entre al Norte con la Calle
Agustín Carrión Palacios, al sur con la Urbanización Samana, el Este con propietarios particulares y al
oeste con la urbanización “Ribera de Jipiro”, por la Calle “A”
El proyecto se ubica en un sector que no corresponde a ningún tipo de área protegida o elemento
protector (Bosque, reserva, etc.)
Ilustración 1. Área del proyecto
4.2 CONSIDERACIONES GENERALES DEL PROYECTO
El proyecto se encuentra en un área urbana, cerca de centros de Salud como el Hospital SOLCA,
centros educativos como el Colegio Iberoamericano y también de centros recreacionales como el
Parque Jipiro, se tiene avenidas, calles urbanizaciones colindantes en proceso de consolidación,
conjuntos habitacionales y residenciales privados e independientes, urbanizaciones en proceso
ejecución, por lo que toda el área se encuentra en pleno desarrollo.
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El proyecto del Conjunto residencial se adapta íntegramente al entorno urbano ya que guarda una
total armonía con el mismo.
4.3 CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL PROYECTO
El proyecto es un conjunto habitacional del desarrollo horizontal con un tipo de implantación continua
con retiro frontal, el cual comprende 12 manzanas compuestas de 296 viviendas independientes de
dos plantas cada una, área verde y obras de de urbanismo como agua potable, alcantarillados
sanitario y pluvial, aceras, bordillos, calles asfaltadas y el equipamiento comunal.
El área de cada vivienda es de 81.96 m², la que se encuentra distribuida en 39.57 m² en la planta baja
y 42.39 m² en la planta alta.
El área de lote mínimo es de 90.00 m2 y el máximo de 192.57 m2, teniendo como área promedio de
lote 103.70 m2.
Existe la manzana G, sobre la cual no hay ninguna planificación, la cual tiene un área de 3,964.33
metros cuadrados.
El avance del urbanismo es del 48%. El avance de las viviendas por cada manzana es el siguiente:
Ilustración 2. Avance de construcción de las viviendas
MANZANA N° VIVIENDAS
CONTRATADAS
N° VIVIENDAS
INICIADAS
% AVANCE DE LA
MANZANA
A 20 20 70
B 38 38 72
C 40 40 81
D 40 40 88
E 21 0 0
F 48 0 0
H 27 0 0
J 22 0 0
W 5 0 0
X 20 13 16
Y 7 5 42
Z 6 6 59
La distribución espacial de la vivienda es:
Planta baja: sala-comedor, cocina, baño social, garaje para un vehículo, jardín, y patio posterior.
Planta alta: dormitorio máster con baño, dos dormitorios de hijos, pasillo y baño familiar.
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El proyecto contará con todos los servicios básicos e infraestructura: agua potable, alcantarillado
sanitario y pluvial, energía eléctrica, alumbrado público, acometida telefónica, recolección de
desechos, calles asfaltadas, aceras y bordillos.
Los sistemas de alcantarillado tanto sanitario como pluvial se encuentran con un 85%, de avance. Se
encuentra colocada toda la tubería tanto de la matriz como de las conexiones domiciliarias, faltando
la conclusión de los pozos y ciertas cajas de revisión de las conexiones domiciliarias, así como los
sumideros del alcantarillado pluvial.
El sistema de agua potable, se encuentra concluido en un 95 %, faltando únicamente las cajas y llave
de acera.
4.4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El área total del proyecto es de 64,144.50 m², la misma que está dividida en:
Tabla 1. Distribución del área del Proyecto
COMPONENTE AREA (m²) %
Viviendas 34,990.03 54.55
Vías 16,325.57 25.45
Área verde 6,414.45 10.00
Área comunal 6,414.45 10.00
Todas las viviendas respetan y tienen un retiro frontal, el cual será dedicado a área verde (césped y
vegetación), acceso y garaje. Así mismo consta de un retiro posterior el cual será dedicado a área
verde, patio de servicio (lavandería y área de secado).
En la siguiente tabla se detallan los componentes del proyecto y materiales a ser empleado:
Tabla 2.Especificaciones Técnicas
Parte de la Construcción Material
Cimentación Base de cadenas Mampostería de piedra
Base de paredes Mampostería de piedra
Estructura
Vigas de cimentación Hormigón armado
Columnas Hormigón armado
Vigas Hormigón armado
Muros Muro de contención Hormigón ciclópeo y Hormigón
armado
Entrepiso
Losas Hormigón armado
Acabado superior Masillado de cemento
Cielo raso Mortero y empaste
Mampostería Paredes Mampostería ladrillo
Revestimiento Mortero de cemento y empaste
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Cubierta
Estructura Vigas de hormigón armado
Techo Loseta de hormigón armado
Cielo raso Mortero de cemento y empaste
Pisos
Área social Porcelanato
Área cocina/Batos Cerámica de piso
Área de dormitorios Piso flotante
Recubrimiento Paredes cocina/baños Cerámica de pared
Gradas
Estructura Hormigón armado
Acabado de grada Cerámica
Pasamano Hierro
Puertas Paneladas MDF
Cerraduras Pomo/llave
Ventanas Armadura Aluminio
Vidrio Claro 4mm
Muebles Cocina altos/bajos Madera MDF/Lacados
Empotrados Dormitorios/roperos Madera MDF/Lacados
Aparatos Sanitarios Inodoro/lavamanos Porcelanizados
Cocina/fregadero Acero inoxidable
Instalaciones Sanitarias
Agua potable Tubería PVC roscable
Aguas servidas Tubería PVC desagüe tipo B
Aguas lluvias Tubería PVC desagüe tipo B
Instalaciones agua potable Tubería/mangueras EMT Metálica/PVC
Cables Solido AWG
Cerramiento Verja Hierro pintado
Pintura Paredes Látex de caucho
Cubierta Látex vinil acrílico
4.5 DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA
AGUA POTABLE 4.5.1
ANTECEDENTES 4.5.1.1
El presente proyecto se lo realiza sujetándose a las normas, parámetros, tolerancia y regulaciones
establecidas por los organismos correspondientes y aceptados por la Unidad Municipal de Agua
potable y Alcantarillado de Loja.
GENERALIDADES 4.5.1.2
El conjunto se halla localizado dentro del área de cobertura de la red baja 2 de la zona oriental alta 2
(ZE2) del Plan Maestro de Agua Potable de la ciudad, con este antecedente se preparó el presente
estudio, el mismo que se basa y fundamenta en la información técnica obtenida en UMAPAL,
referente a los lineamientos y directrices (densidades, dotaciones, áreas de servicios) de la zona
oriental alta 3 (ZE3) del Plan Maestro de Agua Potable para la ciudad de Loja, como de las redes de
distribuciones de la urbanización “Ribera de Jipiro” y del Conjunto Habitacional “Alcázar de Jipiro I”.
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BASE DE DISEÑO 4.5.1.3
Consecuentemente se tiene la siguiente densidad promedio de todo el Conjunto Habitacional:
Total habitantes : 1480 habitantes
Área Conjunto Habitacional : 6.41 Ha
Densidad Promedio : 231 hab/Ha
DOTACIÓN 4.5.1.4
De conformidad a las bases de diseño de la red de distribución del plan maestro de Agua Potables de
la ciudad de Loja, se adopta una dotación de 250 litros por habitante y por día.
VARIACIONES DE CONSUMO 4.5.1.5
De igual forma se conserva las recomendaciones del proyecto Definitivo del Plan Maestro de Agua
Potable de Loja, adoptándose consecuentemente los siguientes coeficientes de variación de
consumo:
Consumo Máximo Diario (QMD) = 130 % (Consumo Medio Diario)
Consumo Máximo Horario (QMH) = 150% (Consumo Máximo Diario)
CONSUMO PARA INCENDIOS 4.5.1.6
Para las condiciones de servicio de protección contra incendios se mantiene el criterio adoptado es
decir un caudal de 5.00 l/seg con descarga en el nudo de 17 de la red, nudo común para ambos
proyectos urbanísticos.
COMPONENTES DEL PROYECTO 4.5.1.7
Red de distribución
De conformidad a la ubicación del Conjunto Residencial “Alcázar de Jipiro II” respecto de la red baja
2 de la zona oriental alta 2 (ZE2) del Plan Maestro de Agua Potable de la ciudad de Loja, se determina
que para dotar de agua potable a este conjunto habitacional es necesario diseñar únicamente la
respectiva red de distribución desde donde se derivan las correspondientes acometidas de aguas
potable.
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Descripción de la red de Distribución
La red de distribución proyectada para el proyecto se ha diseñado con tubería de PVC rígido para
presión , exento de plastificantes con acoplamiento mediante unión por sellado elástomerico (upse)
norma de fabricación INEN 1373, en diámetros de 63, 90 y 110 mm para presión normal de trabajo de
1.00 y 1.25 Mpa.
El diseño incluye la presencia de accesorios de lámina de acero y válvulas de compuerta de hierro
fundido sello de bronce y dado de operación, con su respectiva caja de válvula de hierro fundido de
160 mm tipo de tráfico pesado, la válvula de 160 mm se la ha proyectado instalar en el ramal 8 de la
línea de alimentación de la red de distribución de la Urb. Rivera del Jipiro.
Los accesorios serán de lámina de acero ASTM A – 285 Gr B e = 6 mm o similar pintados interiormente y
exteriormente con alquitrán de hulla, acoplados a la red con uniones gibault tipo dresser y/o uniones
de PVC tipo reparación, como alternativa se puede usar accesorios de PVC upse pero siempre que
estos sean moldeados y no conformados.
Se ha previsto la instalación de tres hidrantes tipo millan de 90 mm de diámetro, de forma que
permitan atender emergencias contra incendios de todo el Conjunto Residencial.
La tubería irá instalada a la profundidad de 150 m bajo el nivel de rasante de la vía.
ALCANTARILLADO 4.5.2
ALCANTARILLADO SANITARIO 4.5.2.1
Período de diseño
Este parámetro se establece en función del incremento apreciado poblacional y de la vida útil de los
diferentes componentes de la obra, para que estos desempeñen con su objetivo sin que la obra
soporte obstáculos o alteraciones durante el período de construcción.
Bajo estos lineamientos se ha seleccionado un periodo de diseño para la red de drenaje de aguas
residuales domesticas para el proyecto, correspondiente a 20 años a partir de la fecha de
inauguración del proyecto, es decir se estima que durante este periodo el proyecto se incrementará
en su conjunto y al mismo tiempo los componentes de la red serán útiles no habiendo necesidad de
variaciones o reformar en su funcionamiento.
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Análisis poblacional y densidades
Para el estudio de la población y densidades a adoptarse, se tomó como punto de partida lo dicho en
el Plan de Desarrollo Urbano y Rural de la Ciudad de Loja, (PDURL). Sobre la base de este estudio se
indica que el sector en el que se sitúa el área en estudio le concierne una densidad de población
correspondiente a 126 hab/ha -165 hab/ha.
Por otro lado es preciso establecer que el proyecto consta de 296 lotes; y, si consideramos un número
de 5 habitaciones por lote, obtendríamos una densidad de población correspondiente a 231 hab/ha.
El diseño actual se acoge al criterio antes mencionado sobre la densidad poblacional, determinando
un número de 5 habitaciones por lote; alcanzando los siguientes parámetros para el proyecto:
Número de lotes 296
Población futura 1480 hab
Área total de lotización 6.41ha
Densidad poblacional 231 hab/ha
Propuesta técnica
Realizado el análisis de alternativas hemos tomado en cuenta la más conveniente, con el propósito de
realizar en una forma; la más viable, la recolección, transporte y alejamiento de las aguas servidas
durante el período. Para el presente caso será de 20 años. La finalidad del presente estudio no es sino
la de dotar al proyecto de un soporte técnico y económico para dar solución a los problemas de
infraestructura sanitaria del conjunto residencial en mención.
Enfoque general
Los terrenos del proyecto tienen un área con gradientes en el sentido sur-norte, lo que permite que los
colectores puedan trabajar a gravedad, cumpliéndose de esta manera con las normas respectivas
establecidas.
Tomando en consideración que se encuentra en vigencia el Plan Maestro de Agua Potable y
Alcantarillado de Loja y para evitar la contaminación de los cursos receptores; se diseñó dos redes
diferentes de alcantarillado; una para el manejo de las aguas residuales domésticas y otra para el
manejo de las aguas de lluvia, acatando de esta manera las recomendación que se hace de
establecer un sistema separado de alcantarillado.
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Criterios de diseño
Para el diseño de la red de alcantarillado sanitario se tomó en consideración lo anotado en las normas
para Estudio y Diseño para Sistemas de Agua Potable y Disposición de Aguas Residuales para
poblaciones mayores a 1000 habitantes, normas vigentes editadas por la Subsecretaría de
Saneamiento Ambiental organismo encargado de regular estas políticas.
Se tiene previsto que las velocidades no excedan de los rangos establecidas en las normas; y, en
cuanto tiene relación con los diámetros se tiene previsto que el mínimo sea 200 mm. Los gastos de
cada tramo serán proporcionales a la superficie afluente, esto es a las viviendas que aportarán a
dicho tramo.
Se ha tenido en consideración que las tuberías vayan siempre por debajo de las de agua potable y
colocadas en el sector sur-oeste de las calles respectivas.
Las acometidas domiciliarias tendrán un diámetro de 160 mm con accesorio, debiéndose utilizar
tuberías que garanticen la impermeabilidad para garantizar su seguridad. En el proyecto se utilizará
tuberías de PVC para redes de alcantarillado. La pendiente mínima que se utilizará, será del 2% y se
construirá a 45 grados en relación con el plano horizontal, en el sentido del flujo.
Durante el diseño hidráulico de la red, se ha tomado en consideración que la gradiente de energía
sea continua, que la tubería no funcione llena, que la solera de la tubería no forme gradas
ascendentes y que la superficie del líquido, pese a cualquier fenómeno (curvas de remanso, saltos,
etc.), siempre se encuentre bajo la corono del tubo para que exista un espacio que permita
ventilación y evite la acumulación de gases tóxicos; y, finalmente que la capacidad hidráulica de las
tuberías sea suficiente para el caudal de diseño con velocidad de flujo que produzca auto limpieza.
La red de alcantarillado diseñada descargará en la red del sistema de alcantarillado sanitario de la
ciudad de Loja.
ALCANTARILLADO PLUVIAL 4.5.2.2
El proyecto tiene una topografía con pendientes pronunciadas en el sentido sur-norte que facilita el
diseño de la red para que trabaje a gravedad, cumpliéndose de esta manera con lo establecido por
las normas y recomendaciones emanadas por los organismos respectivos.
En los terrenos en mención se diseñará un sistema de alcantarillado separado de acuerdo a lo
establecido por el Plan Maestro de Alcantarillado existente en el Municipio.
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Criterios de diseño
Para el diseño de la red de alcantarillado sanitario se tomó en consideración lo anotado en las normas
para Estudio y Diseño para Sistemas de Agua Potable y Disposición de Aguas Residuales para
poblaciones mayores a 1000 habitantes, normas vigentes editadas por la Subsecretaría de
Saneamiento Ambiental. De la misma forma se ha tenido en consideración las ordenanzas municipales
emanadas por la UMAPAL y que se encuentran vigentes para estos casos.
Las velocidades no son mayores que las establecidas por las normas y el diámetro mínimo es de 250
mm, de acuerdo a las normas vigentes para el efecto. Los gastos de cada tramo serán proporcionales
a la superficie o áreas tributarias aportantes.
Las tuberías tendrán una protección mínima de relleno de 1,20 m sobre su clave, teniendo en
consideración que en el cruce de estas con las del alcantarillado sanitario, las cotas de proyecto sean
diferentes y no se intercepten. Se ha previsto también que estas tuberías vayan por debajo de las
tuberías de aguas potables y ubicadas en el centro de la calzada.
Para el diseño de la red se ha tomado en cuenta que la solera del tubo no forme gradas ascendentes,
que la gradiente de energía sea continua, que la tubería nunca funcione llena y que la superficie del
líquido, pese a cualquier fenómeno como posibles saltos, curvas de remanso; etc., siempre este por
debajo de la corona del tubo de manera que exista dentro de este espacio para ventilación, y evitar,
acumulación de gases tóxicos, aunque esta acumulación no sea frecuente en estos casos; y,
finalmente que la capacidad hidráulica sea suficiente para el caudal de diseño con velocidad de flujo
que produzca auto limpieza.
Componentes de la red de alcantarillado
Tuberías y colectores
Es conveniente dar al diseño las seguridades adecuadas, para que por un lado sus componentes,
tengan la durabilidad que nos garantice que durante su funcionamiento, se minimice su cambio o
continua reparación, por ello se ha estimado conveniente utilizar tuberías de PVC, con una vida útil de
50 años, que en la actualidad viene provista de un empaque, que se incrusta en la espiga del tubo
que recibe y sirve para hermetizarse cuando se introduce la campana del próximo tubo, lo que
garantiza una efectiva impermeabilidad en las juntas.
Pozos de revisión
Estos se colocarán de acuerdo a las normas que para el efecto se dictan. Estos es, se colocarán en
cada cambio de dirección, en todo cambio de gradiente y en la intersección de los colectores.
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La estructura de los pozos de revisión será de la siguiente manera:
Base de Hormigón simple
Zócalo de Hormigón ciclópeo
Revestimiento interior
Diámetro interno de 90 cm
Pared formando tronco de cono excéntrico
Cuello de mampostería de ladrillo de 60 cm de diámetro interior (cerco y tapa)
Para facilitar el mantenimiento y cuidado de la red y los pozos, se emplearán escaleras portátiles para
poder bajar al interior del pozo de revisión; pudiendo también a falta de estas construir peldaños
confeccionados con hierro estructural de 16 mm.
Cuando las gradientes de la calles sean demasiado fuertes, se diseñará pozos de salto, cuando la
diferencia entre las cotas entre la tubería de entrada y de salida sea superior a los 60 cm.
En el fondo de los pozos de revisión se diseñará canales distribuidos de caudal. Para permitir el ingreso
de un operador, la confección de estos canales contempla una gradiente interior desde el costado
del zócalo hasta el centro del canal igual al 4% y los canales tendrán una gradiente mínima del 2%
para permitir un flujo normal en el interior del pozo.
Sumideros de calzada
Son las estructuras por medio de las cuales ingresará el agua proveniente de la lluvia a los colectores; y
se encuentra constituidas de:
Tetera, confeccionada de tubería de hormigón simple 500 mm de diámetro y una boca de
descarga de 250 mm.
Rejilla montada sobre un cerco, ambas de hierro fundido que se acopla a la tetera mediante
una estructura de mampostería de ladrillo.
Tubo de 200 mm de diámetro que sirve para conectar la tetera con los colectores.
La red de alcantarillado pluvial diseñada descargará directamente a la red de alcantarillado pluvial
de la ciudad. En tramos que tengan pendientes mayores al 155 se protegerá a la tubería contra
deslizamientos mediante anclajes de hormigón simple.
RECOMENDACIONES GENERALES 4.5.2.3
Las tuberías se colocarán de la siguiente manera:
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Alcantarillado pluvial: por el centro de la calzada
Alcantarillado sanitario: por el Sur y el Oeste
ENERGÍA ELÉCTRICA 4.5.3
CONSIDERACIONES PARA EL DISEÑO, PARÁMETROS Y CÁLCULOS 4.5.3.1
De acuerdo a las características y ubicación del proyecto, la red de distribución para el proyecto será
aérea.
El dimensionamiento, trazado y localización de los componentes de este proyecto se determinaron
considerando la ubicación actual de algunas estructuras existentes en M/T y de conformidad a los
parámetros respectivos y las Normas Técnicas para el Diseño de Redes de la EERSSA.
CALCULO DE LA DEMANDA DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN 4.5.3.2
Determinación de la Demanda de Máxima Unitaria Proyectada
De conformidad a las Normas Técnicas para el Diseño de Redes Eléctricas Urbanas y Rurales vigentes
en la EERSSA el valor de la DMUp es de 0.82 KVA, valor que corresponde a un área comprendida entre
100 y 200 m2, es decir a un abonado tipo D para el sector urbano.
Red primaria
El proyecto en cuestión se encuentra localizado en la calle Agustín Carrión Palacios. Por esta calle y
siguiendo el bordillo sur existe un alimentador primario trifásico en conductor 3 x 2 (4) CSR, tramo que
corresponde al alimentador Nº 02-12 Norte y la sección de SICAP signada con el Nº 4898 que
constituye el punto de empalme desde la R/D existente en la referida calle Agustín Carrión Palacios. En
este punto de empalme se instalará un juego de seccionadores fusible tipo distribución con tirafusible
de los valores indicados. La red primaria de ingreso a la urbanización será así mismo trifásica lo que
permitirá un mejor equilibrio en las fases.
El conductor de la red primaria proyectada será Nº 2 AWG, ASC para fases y Nº 4 AWG para neutro.
En las estructuras de paso la red será sustentada en el aislador tipo PIN clase ANSI 55.4 para la fase y se
usará varilla de armar tipo preformado AR-0114. En las estructuras de retención se utilizará dos
aisladores de suspensión clase ANSI 52-1 por cadena y el conductor se sujetará con varillas del tipo
preformado DG-4542, eslabón candado y grapa horquilla Terminal. Las Estructuras serán ensambladas
en postes de 11 m de longitud tipo H.
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Red secundaria
La Red de baja Tensión se ha diseñado con 12 centros de trasformación y sus respectivos circuitos
monofásico a tres hilos 240/120V con neutro corrido y puesto a tierra en los centros de transformación y
demás puntos indicados. El dimensionamiento y trazado, en donde se puede ver que las caídas de
tensión que se obtiene, se ajustan a las normas establecidas por la EERSSA.
La red será aérea con conductor Nº 2 AWG para fases, Nº 4 para el neutro y Nº 6 para el hilo piloto en
aluminio tipo ASC. Para la protección del conductor en las estructuras de paso, se utilizará cinta de
armar. En las estructuras terminales, la sujeción del conductor se realizará con varillas de retención tipo
preformado. Los bastidores de 4 vías en las estructuras de paso se sujetarán con los pernos y en las
estructuras terminales con tres pernos.
La puesta a tierra se realizará con conductor de cobre desnudo, suave cableado Nº 4 AWG y con
varilla de copperweld de 5/8” x 1.8 m y la conexión al neutro por medio de conector tipo perno
partido CU-Al. Se utilizará tubo metálico tipo EMT de ½” para protección mecánica del conductor. El
tubo se sujetará al poste con cinta y hebilla del tipo eriband. Los conductores que conectan la red de
distribución desde los Bushings de los transformadores serán de Cu o Al tipo TW Nº 2. Se conectarán
mediante conectores perno partido Cu-Al, o ranura paralela, según sea el caso.
Red de alumbrado público
De conformidad a lo establecido por la EERSSA, la red de alumbrado público consta de 44 luminarias
de vapor de sodio de 70 W-220 V.
Para el control de la red de alumbrado público, se ha previsto el esquema de control múltiple paralelo.
A partir de cada centro de transformación se llevará un conductor adicional (hilo piloto) de aleación
de Al Nº 6 AWG. El sistema se controlará con contactores con fotocélula incorporada y breaker de
protección montados en caja metálica. Para la conexión de las luminarias se utilizará conductor de Cu
tipo sólido TW Nº 14 AWG y conector perno partido Cu-Al. El control de alumbrado se conectará a la
red con conductor de Cu Nº 10 TW y también con conectores tipo perno hendido.
Seccionamiento y protección
Tal como se señaló anteriormente, existen dos puntos de seccionamiento para la red de distribución
del proyecto, ubicados en las estructuras Nº E-1, que consiste en un juego trifásico con tirafusible de 5 A
tipo K y en la E-O´, estructura existente, en donde ya existe un seccionador fusible cuya tirafusible
deberá ser cambiada por una de 9ª tipo K.
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Tensores y anclajes
Los tensores se armarán con cable de acero galvanizado de alta resistencia de 3/8” 0 5/16” de
diámetro. Las varillas de anclaje serán de 5/8” x 2 m y para asegurar el cable de hacer. Para la
sujeción del tensor al poste se utilizará gancho guardacabo forjado y para proteger el cable en la
varilla de anclaje se utilizará guardacabo de 3/8”.
TELÉFONO 4.5.4
RED PRIMARIA 4.5.4.1
Se instalará un concentrador, el mismo que será emplazado dentro del área del proyecto. Los equipos
de este concentrador serán de tecnología similar a la de los equipos existentes en los concentradores
que operan en la ciudad.
El enlace hasta el concentrador a ubicar el proyecto se realizará mediante cable de fibra óptica
monomodo de 12 hilos y su ruta y punto de enlace deberá ser determinado por el CNT (Concejo
Nacional de Telecomunicaciones), dependiendo de las capacidades existentes a la fecha para lo
cual deberá construirse canalización con ductos de 2 vías.
Así mismo, desde el concentrador hasta el armario del distrito, signado en forma provisional como A, se
instalará un cable de 600 pares tipo ELAL-JF (600x2x0.4).
El cable primario será utilizado en un 74% al inicio del período y de acuerdo al cálculo de abonados
futuros, se estima que le utilización del cable llegará al 97% al cabo del periodo de diseño, quedando
al margen respectivo de capacidad para futuras ampliaciones.
CONCENTRADOR 4.5.4.2
Para el montaje de los equipos deberá construirse un local cerrado, este local estará conformado por
dos cuartos de por lo menos 3x3 m, en el primero se instalará los equipos de enlace y el concentrador
y, en el segundo, se instalará el repartidor, desde donde saldrá la red primaria hasta el armario a través
de canalización. Puesto que los equipos de enlace y concentrador deben operar a una temperatura
que no exceda los 16 grados centígrados, deberá instalarse un equipo de aire acondicionado que
permita regular la temperatura. En general la infraestructura civil deberá disponer de lo siguiente:
Climatización
Barra de tierra (menor a 2 ohmios)
Energía de red de 220/110 V AC
Iluminación
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Seguridad de acceso
Distribuidor para la red interna
Los equipos para el enlace, que deberán ser instalados en el concentrador del proyecto deberán ser
de características similares y compatibles con los equipos de la central telefónica existente respectiva.
En los dos concentradores, es necesario instalar regletas de flujos de 2 Mbs, cables de 2 Mbs,
multiplexor de 2Mbs/34 Mbs, cables de conexión de 34 Mbs, conversor de señal óptica eléctrica
(interfaz) transmisor –receptor de señal óptica, los que estarán conectados entre los dos
concentradores mediante cable de fibra óptica monomodo de 12 hilos.
Los equipos de enlace serán ALCATEL, protocolo G703 y las conexiones se realizarán con cable coaxial
de 75 ohmios en las regletas de flujo de 2 Mbs. Estas se instalarán en un bastidor, el mismo que consiste
en: repartidor de fibra óptica , panel de alarmas, un conversor de voltaje, un repartidor de la central ,
un conversor de la señal óptica a eléctrica, un multiplexor de 2 Mbs a 34 Mbs y el repartidor de cable
coaxial.
Desde el bastidor de equipos de enlace se llevarán los cables coaxiales a través de parrillas metálicas
hasta un concentrador ALCATEL CSNHD, con capacidad para 2024. Naturalmente la instalación inicial
se hará en función de los requerimientos iniciales por lo que se podrá utilizar un MDF para 512 líneas.
ARMARIOS DE DISTRIBUCIÓN 4.5.4.3
La red primaria se enlazará con la red secundaria por medio de un armario de distribución de 1100
pares, de los cuales 500 se destinaran para le red primaria y 600 para la red secundaria. El armario será
emplazado en el punto indicado en el plano de la red secundaria, junto al concentrador y se lo ha
ubicado e tal manera que la longitud de la red primaria y las longitudes de los ramales secundarios se
encuentres balanceados.
Los pares primarios se empalmarán al armario de distribución, mediante regletas de 100 pares y los
secundarios con regletas de 50 pares.
RED SECUNDARIA 4.5.4.4
Será aérea y canalizada en los tramos coincidentes con la canalización primaria. Los puntos de salida
de la red subterránea a aérea se hará mediante pozo de mano de revisión y los cables de subida a los
postes y que forman parte de la red secundaria se protegerán mecánicamente mediante tubería EMT
y reversible en la punta para garantizar la impermeabilidad.
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La red secundaria deberá enlazar todas las cajas de dispersión, incluyendo los pares de reserva
previstos en cada caja. A través de los diferentes cables se enlazarán 600 pares secundarios
distribuidos en 43 puntos de dispersión más las cajas de reserva previstas.
En los armarios de distribución y en la parte de la red secundaria se utilizaran elementos
(cabeza de armario) de 100 pares o 50 pares c/u. Cada elemento de 50 pares se ha designado con
una letra, nomenclatura que corresponde a su vez a las cajas de dispersión, las mismas que se han
numerado de 1 a 5, pues cada caja consta de 10 pares.
Los cables para la red secundaria aérea serán del tipo ELALC-JF, tipo auto suspendido y será montado
en postes de hormigón armado mediante la utilización de cerrajería de hierro galvanizado.
PUNTO DE DISPERSIÓN 4.5.4.5
Tal como se ha mencionado, se han previsto 43 puntos de dispersión, constituidos así mismo, por cajas
de dispersión cuya capacidad será de 10 pares telefónicos.
El número y la ubicación de los puntos de dispersión han sido determinados de tal manera que las
longitudes de las líneas de abonados sea la menor posible. Las cajas irán en los postes en los sitios
señalados.
GRADO DE UTILIZACIÓN DEL PUNTO DE DISPERSIÓN 4.5.4.6
Considerando que la utilización de la red secundaria será del orden del 77.2 % y, utilizando el mismo
incremento anual para la determinación de los abonados futuros, el grado de utilización del punto de
dispersión estará entre 0.6 y 0.7.
Consecuentemente, el número de abonados de partida para cada caja deberá estar comprendido
entre 6 y 7, adoptándose en general como 7 el número de abonados de partida para cada caja.
RED DE ABONADOS 4.5.4.7
La red de abonados será aérea y se distribuirá a partir de las cajas hacia las diferentes edificaciones
mediante alambre telefónico para acometidas de fabricación nacional denominación DA – 2x20 tipo
ELKS.
CANALIZACIÓN 4.5.4.8
En los tramos de red primaria se ha proyectado canalización con ductos de 4 vías y pozos tipo B,
conforme se indica en planos. Para el caso de red secundaria se utilizarán ductos de dos vías. La
canalización para enlace con fibra óptica entre concentradores será así mismo en ductos de dos vías.
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Todos los tramos de canalización tendrán una pendiente de 2%, con el fin de asegurar el flujo de agua
hacia el sumidero del pozo.
4.6 VIALIDAD
Las vías a realizarse mantienen las dimensiones establecidas por la municipalidad, en las calles B y F
tienen un ancho total de 12 m, de calzada 9 m y 1.5 m de acera, la calle B se conecta con la calle
Agustín Carrión y se une con la urbanización Samana en conexión, la calle F es diagonal a la calle
Beethoven uniéndose a la calle E. Las calles C- D – E – H – J – G, tienen un ancho tienen un ancho total
de 10 m, de calzada 7 m y 1.5 m de acera, las calles C – D – E son paralelas a la calle Agustín Carrión,
la calle G va desde el área comunal y recreacional hasta la urbanización Samana, la calle H es
perpendicular a la calle G y termina en dos retornos y la calle I es paralela a la calle G.
Calle “Agustín Carrión Palacios” (ACP)
Esta calle es la proyección de la ya existente dentro de la nueva urbanización hasta empatar en la
entrada del puente de madera existente sobre el río Jipiro: por TANTO ENLAZA DOS PUNTOS DE
COORDENADAS YA DEFINIDAS. El primer tramo de esta calle se proyecta en relleno con una pendiente
mínima (-0.80%) debido a que debemos garantizar la evacuación de aguas servidas y aguas lluvias
hacia los pozos existentes en la última calle de la urbanización “Riveras del Jipiro”, denominada
actualmente como calle “A”. El segundo tramo tiene una pendiente muy suave (+1.60%), para poder
ganar en altura; luego viene un tramo corto con una pendiente un poco mayor (15%) y finalmente
enlazamos el nivel del puente con otra pendiente bastante suave (4%).
Vale la pena mencionar el punto de intersección con la calle “B”; el cual ha sido definido en esas
condiciones para ganar un poco de altura en el arranque de dicha calle y no tener cortes ni
pendientes demasiado fuertes en su desarrollo. Los valores máximos tanto de corte como relleno
resultan de 2.76 y 0.61m, respectivamente.
Calle “B”
Esta calle inicia desde la intersección con la calle ACP y termina en la calle “G”, en la parte alta del
proyecto y a la cual se irán enlazando las próximas calles. El desarrollo de la misma resultó bastante
aceptable ya que la gran mayoría de su trazado tienen pendiente entre el 11.70% y el 12.40%, con
excepción del último tramo de llegada a la calle “G” que tiene una pendiente del 14.80%.
Se ha buscado que la mayor parte de su trazado resulte en corte cerrado para garantizar una buena
estabilidad de la misma debido a las considerables pendientes transversales del terreno. El máximo
valor de corte es de 3.40 y el máximo relleno de 1.31 metros.
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Vale la pena mencionar que existe un tramo que se lo ha tomado como “compartido” entre ésta y la
calle ACP, desde la salida del puente (0+000) hasta la intersección de los ejes (0+036.29). Por esta razón
en el trazado vertical asoma un punto de discontinuidad de una curva vertical, pero la misma no
genera nada anormal ya que se ha buscado enlazar justamente la pendiente en dicho sector de la
curva (6.39%) con otra hasta llegar al punto de proyección de la alineación recta de la ACP con la
calle “B”.
Calle “C”
Esta calle es la proyección de la primera paralela a la calle ACP en la urbanización “Riberas del Jipiro”;
por tanto enlaza la calle “A” (existente) con la calle B (recientemente proyectada). La mayor parte de
esta calle se proyecta en relleno, debido a que debemos garantizar la adecuada evacuación de los
sistemas de alcantarillado hacia pozos de existentes en la calle A. Las pendientes están entre el -0,80%
al 10.45. Los valores máximos de corte y relleno están entre 1.60 y 1.27, respectivamente.
Calle “D”
Esta calle es la proyección de la segunda paralela a la calle ACP en la urbanización RDJ; por tanto
enlaza la calle A con la calle B. Esta calle también tiene un gran tramo proyectado en relleno, debido
a que debemos garantizar la adecuada evacuación de los sistemas de alcantarillado hacia los pozos
existentes en la calle A. Las pendientes están entre el 0,50% al 10,66. Los valores máximos de corte y
relleno están entre 1.21 y 1.11 m, respectivamente.
Calle “E”
Esta calle es la proyección de la tercera paralela a la calle ACP en la urbanización RDJ; por tanto
enlaza la calle A con la calle B. La mayor parte de esta calle está proyectada en corte, con
pendientes positivas que están entre el 1.00% y el 10.22%, garantizando una adecuada evacuación de
los sistemas de alcantarillado hacia los pozos existentes en la calle A. Los valores máximos de corte y
relleno están entre 2.60 y 0.61, respectivamente.
Calle “F”
Esta calle enlaza el vértice sur – oriental de la urbanización “Riveras del Jipiro”, con la reciente
proyectada calle E. Prácticamente la totalidad de esta calle está proyectada en corte, con
pendientes que están entre el 4.00% y el -7.50%. La evacuación de los sistemas de alcantarillado será
hacia los pozos de la calle “E”. Los calores máximos de corte y relleno están entre 3.63 y 0,02,
respectivamente.
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Calle “G”
Esta calle enlaza el final de la calle B con la zona de parqueo para el área recreativa de la
urbanización en el sector Nor-occidental de la misma. Además podría permitir a futuro el enlace con el
sistema vial de la urbanización “Samana”. Las pendientes de esta calle ya están al límite permitido por
las regulaciones urbanas (16%) debido a que otra forma los cortes serían bastantes elevados.
Se genera un sector de un relleno considerable justamente antes de entrar a la zona de parqueo
debido a una fuente depresión del terreno, pero el mismo es totalmente factible de realizarse con un
adecuado sistema de trabajo. Ya en la zona de parqueo la pendiente es bastante suave (-2.5%)
acoplándose al terreno natural.
La evacuación de los sistemas de alcantarillado deberá realizarse mediante un tramo en servidumbre
que llegue a la parte media de la calle B. Los valores máximos de corte y relleno están 1.68 y 4.48,
respectivamente.
Calle “H”
Esta calle es la más corta de toda la red, enlazando las calle G e I, con una pendiente del 15%. Todo el
tramo está proyectado en corte, cuyo máximo valor es de 3.22 m.
Calle “I”
Esta calle es paralela a la calle G y el proyecto vertical es muy similar a aquella. Parte del lindero sur de
la urbanización hasta el lindero Nor-oriental. En esta calle también han debido utilizarse los valores
máximos de pendiente (16%) para no generar cortes demasiados elevados y lograr que la pendiente
de la calle H tampoco se exceda de los límites permitidos. Desde la calle H hacia el norte la pendiente
disminuye al 10%.
La evacuación de los sistemas de alcantarillado deberá realizarse mediante tramos en servidumbre
tanto al inicio como al final de su recorrido hacia la calle G; ya que no queda otra alternativa técnica
y económicamente adecuada. Toda esta calle está proyectada en corte, cuyo máximo valor es de
3.71 m.
Tabla 3. Cálculo de movimientos de tierra
Resumen de movimiento de tierras
Calle Abscisado Longitud
total
Ancho de
vía
Volumen estimado
Desde Hasta Corte Relleno
Agustín Carrión Palacios 0+000.00 0+170.91 170.91 12.00 942.60 312,92
A 0+000.00 0+416.80 416.80 12.00 8.007,62 622,92
B 0+000.00 0+131.66 131.66 10.00 92,32 918,42
C 0+000.00 0+131.66 131.66 10.00 280,81 501,09
D 0+000.00 0+131.79 131.79 10.00 1.103,69 120,28
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E 0+000.00 0+128.03 128.03 12.00 1.990,28 0,21
F 0+000.00 0+227.55 227.55 10.00 1.291,91 1.534,29
G 0+000.00 0+147.59 147.59 10.00 2.685,28
H 0+000.00 0+129.98 129.98 10.00 2.749,07
I 0+000.00 0+40.66 40.66 10.00 161,21
SUMAN 1.656,63 19.304,81 4.005,14
4.7 MANEJO DE DESECHOS
Desalojo de materiales de excavación
El sitio seleccionado para el desalojo del material de excavación de calles y lotes, está ubicado en el
sector Norte de la ciudad, Barrio Motupe en un a propiedad privada autorizado por el Municipio de
Loja.
Para darle una mejor disposición final a este material, es necesario se realicen algunas labores previas
de terraceo, compactación en la parte baja del lote que colinda con el río Zamora, ya que existen
antiguos movimientos de suelo por presencia de humedad en el subsuelo; y, en algún momento por el
peso adicionado, puede colapsar la estabilidad de talud y estrangular el río provocando inundaciones
en terrenos del Colegio Militar. Respecto al tipo de material excavado, este tiene buenas
características para ser recuperado y reutilizado en áreas verdes ya que antes fue de uso agrícola.
El resto de desechos será trasladado al Relleno Municipal para su adecuada disposición final.
4.8 CICLO DE VIDA DEL PROYECTO
Las viviendas tienen una vida útil de 55 años, la capa de rodadura está diseñada para una vida útil de
20 años, los sistemas de alcantarillados para un período de diseño de 20 años.
4.9 MANO DE OBRA REQUERIDA
Peones, albañiles, gasfiteros, electricistas, maestros mayores, operadores de excavadora, rodillo,
motoniveladora, choferes, topógrafo, cadenero.
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5. DETERMINACIÓN DE ÁREAS DE INFLUENCIA
5.1 METODOLOGÍA.
Para la definición del Área de Influencia del proyecto urbanístico, se ha considerado lo que establece
el Ministerio del Ambiente a través de la Subsecretaria de Calidad Ambiental en la Guía Técnica para
la Definición de áreas de Influencia, donde se dan las pautas para la determinación del Área de
Influencia para proyectos que requieren licenciamiento ambiental.
Los criterios que establece la guía han sido aplicados al proyecto de una manera flexible y adaptados
a los requerimientos y exigencias propias del proyecto.
5.2 ÁREA REFERENCIAL.
Según la Guía Técnica para la Definición de áreas de Influencia del Ministerio del Ambiente, define al
Área Referencial como: El área en donde se desarrollará el levantamiento de información de línea
base, la misma que será construida al menos en base a los siguientes insumos:
Certificado de Intersección.
Coordenadas específicas de actividades e infraestructura del proyecto, obra o actividad.
Jurisdicción político administrativa.
Sistemas Hidrográficos.
De acuerdo con estos criterios, podemos deducir lo siguiente:
Jurisdicción político administrativa: El proyecto se ubica dentro de la provincia de Loja, cantón
Loja, específicamente dentro de la parroquia urbana El Valle, barrio o sector Jipiro.
Coordenadas específicas de actividades e infraestructura del proyecto, obra o actividad: El
proyecto urbanístico se desarrollará dentro de las siguientes Coordenadas geográficas:
Tabla 4. Coordenadas Geográficas de Ubicación del proyecto.
Punto
Coordenadas UTM
WGS 84 17S
X Y
1 700340 9560929
2 700379 9560703
3 700446 9560635
4 700612 9560625
5 700552 9560801
6 700502 9560987
7 700469 9560963
8 700340 9560929
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Certificado de Intersección: Según el Certificado de Intersección, el proyecto NO INTERSECTA
con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques y Vegetación Protectora (BVP), y
Patrimonio Forestal del Estado (PFE).
Sistemas Hidrográficos: para la implementación del proyecto no se requiere del recurso agua;
además junto al área del proyecto no nace ningún sistema hidrográfico, cercano al área del
proyecto se encuentra el Río Jipiro pero se considera que su afectación es nula ya que no se
descargara aguas servidas del conjunto residencial ya que el sistema de alcantarillado
sanitario se conectara al sistema existente en la ciudad.
5.3 DEFINICIÓN DEL ÁREA DE GESTIÓN DEL PROYECTO.
Según la Guía Técnica para la Definición de áreas de Influencia del Ministerio del Ambiente, se define
al Área de Gestión del Proyecto como: El área espacial en donde el promotor va a gestionar los
impactos positivos y/o negativos ocasionados por su actividad, sobre los componentes socios
ambientales, en base a lo establecido en la normativa ambiental en vigencia. El área de gestión será
construida al menos en base a los siguientes insumos:
El diagnóstico de la línea base del área referencial del proyecto, obra o actividad,
La descripción y alcance de actividades del proyecto,
La identificación y evaluación de impactos positivos y/o negativos,
Las actividades del Plan de Manejo Ambiental
En base a estos criterios, se establece lo siguiente:
Se considera como área de gestión del proyecto y del presente estudio ambiental a aquellas zonas
sobre la cual, la implantación del mismo, provocará impactos positivos o negativos. El desarrollo e
implementación del proyecto afectará al entorno físico y biótico aledaño (agua, suelo, aire, flora,
fauna), así como el contexto socio – económico cercano, de ahí la importancia de determinar el área
de gestión, lo que nos permitió definir límites espaciales aproximados en los cuales se efectuó la
descripción de la línea base, la evaluación ambiental y la implementación de medidas ambientales
con el propósito de compensar, mitigar, prevenir impactos ambientales negativos descritos en el plan
de manejo ambiental; esto con el afán de identificar el área afectada o beneficiada por el desarrollo
del proyecto urbanístico.
Por lo tanto, se definió tres tipos de áreas de gestión; un Área de Influencia Directa, que está
relacionada con el área geográfica en donde se implementará el proyecto, considerando un espacio
alrededor del mismo y otras dos Área de Influencia tanto social directa como social indirecta que se
refieren a las unidades de división política en donde está inmerso y beneficia el proyecto o con la que
se relaciona (resto de parroquias urbanas del cantón Loja).
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5.4 ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA DEL PROYECTO (AID).
Según la Guía Técnica para la Definición de áreas de Influencia del Ministerio del Ambiente, se define
al área de influencia directa como: el área de influencia directa comprendida dentro del área
gestión, es la unidad espacial donde se manifiestan de manera evidente los impactos
socioambientales, durante la realización de los trabajos.
Bajo estos aspectos, para determinar el área de influencia directa del proyecto urbanístico, se
consideraron los siguientes aspectos determinantes:
Aspectos bióticos: se consideró la flora y fauna que se encuentra en el sitio de implantación
del proyecto y sus alrededores, la misma que se caracteriza por la presencia de pastizales y la
presencia de pequeños arbustos.
Aspectos físicos: se tomaron en cuenta principalmente clima, recurso agua, aire, suelo y ríos
del sector etc.
Aspectos socio – económicos: El proyecto se ubica específicamente en el cantón y ciudad de
Loja, donde existen varios parroquias tales como: San Sebastián, Sucre, El Sagrario.
En base a este análisis, se determinó que el área de influencia directa del proyecto está comprendida
dentro de las 6.41 hectáreas del proyecto.
5.5 ÁREA DE INFLUENCIA SOCIAL DIRECTA (AISD).
Según la Guía Técnica para la Definición de áreas de Influencia del Ministerio del Ambiente, se define
al Área de Influencia Social Directa como el espacio social resultado de las interacciones directas, de
uno o varios elementos del proyecto o actividad, con uno o varios elementos del contexto social
donde se implantará el proyecto. La relación social directa proyecto – entorno social se da en por lo
menos dos niveles de integración social: unidades individuales (fincas, viviendas y sus
correspondientes propietarios) y organizaciones sociales de primer y segundo orden (Comunidades,
recintos, barrios y asociaciones de organizaciones). La identificación de los elementos individuales del
AISD se realiza en función de orientar las acciones de indemnización, mientras que la identificación de
las comunidades, barrios y organizaciones de primer y segundo orden que conforman el AISD se
realiza en función de establecer acciones de compensación.
Como se ha manifestado el proyecto se ubica dentro del cantón y ciudad de Loja, y se desarrollará
cercano al perímetro urbano de la ciudad.
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En base a este análisis, se determinó que el área de influencia social directa del proyecto está
comprendida dentro de las 6.41 hectáreas donde se desarrollará el proyecto, donde se
implementaran las viviendas, las vías, las líneas eléctricas, telefónicas, el sistema de alcantarillado
sanitario y pluvial y el sistema de agua potable.
Además por donde se ubica el área del proyecto se encuentran los barrios San Cayetano, San
José, Las Pitas, La Banda, Sauces, donde existen directivas barriales y organizaciones juveniles,
especialmente de carácter deportivo.
5.6 ÁREA DE INFLUENCIA SOCIAL INDIRECTA DEL PROYECTO (AISI).
Según la Guía Técnica para la Definición de áreas de Influencia del Ministerio del Ambiente, se define
al Área de Influencia Social Indirecta como al espacio socio institucional que resulta de la relación del
proyecto con las unidades político – territoriales donde se desarrolla el proyecto: parroquia, cantón y/o
provincia. El motivo de la relación es el papel del proyecto y/o actividad en el ordenamiento del
territorio local. Si bien se fundamenta en la ubicación política – administrativa del proyecto, pueden
existir otras unidades territoriales que resultan relevantes para la gestión socio ambiental del proyecto
como las Circunscripciones Territoriales Indígenas, o Áreas Protegidas, Mancomunidades Municipales.
Según lo anotado, el área de influencia social indirecta del proyecto, es el resto del área urbana de la
ciudad de Loja, extendiéndose hasta abarcar el cantón Loja.
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6. LÍNEA BASE DEL PROYECTO
6.1 MEDIO FÍSICO
CLIMA 6.1.1
El clima de la ciudad de Loja es temperado–ecuatorial subhúmedo, caracterizado por una
temperatura media del aire de 16 º C y una lluvia anual de 900 mm (900 litros por metro cuadrado)
(Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Municipalidad de Loja y Naturaleza y
Cultura Internacional 2007).
El clima de la zona fue caracterizado empleando la base de datos del Instituto Nacional de
Meteorología e Hidrología, INAMHI, publicada en los anuarios meteorológicos de los años 2000 al 2008,
correspondientes a la Estación “La Argelia - Loja M033”, que es la más cercana a la zona del proyecto,
cuya información se presenta a continuación:
Código Nombre Tipo Latitud Longitud
M033 La Argelia-Loja Au, Ag 4G 2′ 11″ S 79G 12′ 4″ W
TEMPERATURA 6.1.1.1
La temperatura promedio en Loja es de 16,2 °C, con un rango mensual que varía entre los 15,4 °C en
Julio, hasta los 16,8 °C en Octubre; el comportamiento de la temperatura guarda relación con la curva
de la precipitación.
Ilustración 3. Temperatura media anual
Fuente: INAMHI. Estación Meteorológica La Argelia - Loja (2000-2008)
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PRECIPITACIÓN 6.1.1.2
El sector tiene una media mensual de 76,4 mm con una máxima precipitación media en el mes de
marzo con 148,8 mm. La precipitación media anual alcanza un valor 917,3 mm. El sector tiene un
marcado periodo seco y lluvioso, los meses con menos precipitaciones son agosto y septiembre, y los
más lluviosos son entre enero a abril noviembre y diciembre. Esta información se puede observar
también en los mapas, en el cual el nivel de precipitación de esta zona se encuentra entre los 750 a
1000 mm anuales, según el mapa de isoyetas del INAMHI.
Ilustración 4. Precipitación Media Mensual
Fuente: INAMHI. Estación Meteorológica La Argelia - Loja (2000-2008)
Ilustración 5. Mapa de Precipitación Media Anual (isoyetas)
Fuente: INAMHI
Conjunto Residencial
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HUMEDAD RELATIVA 6.1.1.3
Se refiere a la cantidad de humedad en el aire; los datos medidos por la Estación meteorológica se
exponen a continuación:
Ilustración 6. Humedad Relativa
Fuente: INAMHI. Estación Meteorológica La Argelia - Loja (2000-2010)
El área del proyecto tiene una media anual de 74% de humedad relativa, la fluctuación de este valor es
estacional, correlacionado con la temperatura y precipitación, su valor mínimo es 70% en agosto y su
máxima 78% en febrero.
VIENTO 6.1.1.4
Los registros meteorológicos de la estación La Argelia – Loja muestran que el viento sopla
principalmente del norte al sur un 22,9% del tiempo. El 43,2% del tiempo no hubo vientos, la velocidad
promedio del viento es 1,6 m/s considerando el porcentaje de calma, es decir que los vientos son
débiles y poco frecuentes.
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Tabla 5. Velocidad y dirección del viento
Dirección Unidades Valor Anual
Ve
loc
ida
d M
ed
ia y
Fre
cu
en
cia
s d
e V
ien
to
N m/s 0
% 0
NE m/s 3.1
% 5.6
E m/s 2.0
% 1.1
SE m/s 3.7
% 25.7
S m/s 0.9
% 1.3
SW m/s 2.0
% 7.8
W m/s 0
% 0
NW m/s 2.0
% 4.6
Calma % 50.3
Promedio m/s 1.6
Fuente: INAMHI. Estación Meteorológica La Argelia-Loja (2008)
Ilustración 7. Dirección y frecuencia del viento
Fuente: INAMHI. Estación Meteorológica La Argelia-Loja (2008)
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GEOLOGÍA 6.1.2
La cuenca sedimentaria de Loja se encuentra asentada en el basamento metamórfico de la
formación Chiguinda, constituidas por rocas como: cuarcitas, filitas, esquistos, pizarras; sobre las que
yacen discordantemente rocas de origen sedimentario como arcillas, areniscas, lutitas,
conglomerados. Material volcánico aparece en forma restringida en la parte NW de la cuenca.
Según información de D. Hungerbühler (2002), la cuenca de Loja se encuentra dividida en dos
secciones estratigráficas, sección Occidental y sección Oriental, ambas con diferentes nombres de
formaciones geológicas que no se han podido correlacionar en sus partes inferiores a diferencia de la
formación Quillollaco que aflora en las dos secciones.
Unidad Chiguinda (Pzch)
Unidad correspondiente a la Cordillera Real, constituye el basamento de la cuenca de Loja. Formada
por rocas metamórficas de edad Paleozoica, comprende cuarcitas, filitas, esquistos, pizarras y escasas
metacuarcitas.
Se desconoce su espesor pero se supone que es de varios kilómetros. Esta unidad aflora en la parte
occidental de la Cuenca de Loja, en las vía Loja- Catamayo; en la parte oriental Loja- Zamora.
Minerales metamórficos observados incluyen psilomelana, cloritoide y granate.
El relleno sedimentario de la cuenca de Loja, estratigráficamente está constituido por las formaciones
geológicas que se citan a continuación:
Formación Trigal (Mioceno).
Formación La Banda (Mioceno medio tardío).
Formación Belén (Mioceno inferior).
Formación San Cayetano (Mioceno medio a tardío).
Formación Quillollaco (Mioceno tardío).
Formación Salapa (Mioceno).
Formación Trigal (Mioceno).-yace en la localidad de la Cuenca de Loja en el río Trigal a lo largo de la
carretera Loja a Catamayo, y solo está presente a lo largo del margen nor-occidental de la cuenca.
La Formación Trigal consiste de arenisca de grano grueso con láminas finas de conglomerados y capas
menores de limonitas, los conglomerados son compuestos por pequeños clastos volcánicos (> 1 cm)
que existe capas paralelas estratificadas dentro de las areniscas. Las areniscas muestran estratificación
horizontal, planos estratificados cruzados y también contienen pequeños fragmentos de madera. La
potencia varía de 50 a 150 m. La Formación Trigal está en contacto concordante con la Formación
San Cayetano hacia el Este, discordantemente descansa sobre la Unidad Chigüinda al Oeste.
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Formación La Banda (Mioceno medio - tardío).-yace en la parte nor-occidental de la Cuenca de Loja,
a lo largo de la carretera principal desde Loja a Cuenca cerca de la quebrada La Banda. Esta
formación esta solo presente al Nor-Oeste de la cuenca donde forma un intervalo muy persistente.
Está constituida por intervalos de calizas blancas entre que destacan: calizas masivas conteniendo
moluscos y ostrácodos; repetición rítmica de escasas láminas finas de lutitas carbonatadas y calizas;
capas de cherts (sílices) y areniscas amarillas de un granulado fino. La Formación La Banda sobre yace
a la Formación Trigal, observándose localmente con un contacto poco erosivo o concordantemente,
y está sobrepuesta concordantemente por la Formación Belén. Posee una abundante fauna de
ostrácodos y varios foraminíferos. La fauna indica una depositación marina poco profundo, en
ambiente de estuario.
Formación Belén (Mioceno inferior).-esta formación se localiza al Oeste del río Zamora en la parte Nor-
Occidental de la cuenca. La formación está caracterizada por gruesas capas de areniscas de color
marrón granuladas, que contienen lentes de conglomerados de clastos de rocas metamórficas,
horizontalmente estratificados y depósitos de desfase. Descansa concordantemente sobre la
Formación La Banda. El límite es un cambio gradual desde una caliza predominante a arenisca; el
contacto entre las Formaciones Belén y San Cayetano es formado por una falla de cobijadura limitada
o bordeada al Oeste. La Formación Quillollaco descansa con una discordancia angular sobre la
Formación Belén.
Formación San Cayetano (Mioceno medio - tardío).-aflora en el barrio san Cayetano en la parte
centro-oriental de la ciudad de Loja y está presente en su mayor parte al este del río Zamora. La
formación puede ser dividida en tres miembros con límites transicionales: Miembro Inferior de Arenisca,
contiene areniscas de color marrón, algunas pequeñas capas de conglomerados y lutitas. Los
conglomerados son canalizados y contienen exclusivamente clastos metamórficos redondeados e
imbricados, clasificados pobremente; las lutitas contienen gastrópodos y una rica macroflora; Miembro
Limonitas, abarca lutitas de color marrón, gris y blanco, abundantes capas de diatomita y algunos
piroclastos horizontales. Existen también algunas hojas y abundante gastrópodos impresos entre
superficies estratificadas y esqueletos enteros de peces que se encuentran preservados en estas
laminaciones de superficies estratificadas; Miembro Superior de Areniscas, está dominado por
areniscas de color marrón y lutitas.
La Formación San Cayetano descansa discordantemente en la Unidad Metamórfica Chigüinda.
Formación Quillollaco, sobre yacen con una discordancia angular.
Formación Quillollaco (Mioceno tardío).- aflora en toda la cuenca, excepto en el borde nor-
occidental. La formación está dominada por conglomerados muy granulados con pocas
intercalaciones de areniscas. Los conglomerados son sostenidos y están compuestos por clastos
metamórficos redondeados: filitas, cuarcitas, vetas de cuarzo y esquistos hasta 50 cm en diámetro. Las
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capas de conglomerados son hasta 4 m de espesor y a veces canalizadas. Su espesor varía desde de
600 m al Sur de la Cuenca, mientras que la parte central solo alcanzan 100 m a lo largo del margen
Este de la cuenca el espesor es 500 m.
La formación Quillollaco yace con discordancia angular en la mayor parte de la cuenca con las
formaciones: Trigal, Belén y San Cayetano.
Formación Salapa (Mioceno).-Formación Salapa contiene líticos y tobas ricos en vidrio. Las tobas son
fuertemente alterados también en instantes completamente transformados a caolinita por fenómenos
de meteorización. Tiene una potencia de 10 m. La Formación Salapa descansa discordantemente en
rocas Metamórficas Paleozoicas que bordean la cuenca de Loja.
GEOLOGÍA ESTRUCTURAL 6.1.3
La cuenca de Loja, ocupa un graben con dirección N-S delimitado por fallas longitudinales normales
que establecen el adosamiento del paquete terciario contra rocas metamórficas. El control estructural
está evidenciado por una dirección preferencial NS - NE-SW, fallas NNE-SSW variando NE-SW y fallas
transversales marginales. La Formación San Cayetano se encuentra finalmente plegada con
buzamientos que se acercan casi verticales; en cambio los conglomerados de la Formación Quillollaco
raramente buzan más de 45°.
GEOMORFOLOGÍA 6.1.4
La mayor parte del área es de una forma colinada, está representada por terrenos planos con ligeras
ondulaciones propias del plegamiento suave del subsuelo. Los suelos han sido formados in situ y se
denota acumulaciones por arrastre de material coluvial siendo más profundo en la parte baja por este
hecho.
SUELO 6.1.5
Los suelos del cantón Loja de una manera general tienen las siguientes características:
Se encuentra predominio de la fracción de arcilla en los horizontes (30%-50%).
El PH de los suelos oscila entre neutro a alcalino (7-8).
La disponibilidad de materia orgánica (M.O.) y nitrógeno es media, el contenido de fósforo es bajo
generalmente y la provisión de potasio es alta especialmente en áreas secas y tropicales.
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De acuerdo al mapa de suelos del país, el sector ha sido clasificado en el sistema USDA en el ORDEN
Mollisoles, SUBORDEN: Ustolls, GRAN GRUPO Argiustolls; esto es suelos argilicos con gran contenido de
arcilla, profundidades de 50 a 100 cm con incrustaciones de piedra, pH neutro y color pardo oscuro.
CALIDAD DEL SUELO 6.1.5.1
No se realizó análisis de calidad del suelo, ya que actualmente la zona donde se está implementando
el Conjunto Residencial no fue ocupada para ninguna actividad de tipo agrícola o ganadera, u otra
actividad productiva; ni va a ser ocupada para ninguna actividad productiva que cause o genere
desechos sólidos y/o líquidos peligrosos en el futuro, sino más bien en esta zona se va está
implementando viviendas y el área será recubierta en su totalidad por piso de cemento u otro material
disponible, por lo tanto no se justificó realizar análisis de calidad del suelo.
HIDROGRAFÍA 6.1.6
El proyecto desde el punto de vista hidrográfico, se ubica en la cuenca Superior del Río Zamora.
Ocupa la porción norte del cantón Loja (622 Km2, entre los nudos de Cajanuma y Guagrahuma-
Acacana. Dos ríos pequeños, el Malacatos Septentrional y el Zamora, llamados en el lenguaje de los
antiguos paltas Guacunamá y Pulacu (Gallardo, 1978), que se unen al norte de la ciudad de Loja,
originan y dan nombre al gran sistema hidrográfico del río Santiago (27.425 Km2 de área drenada),
afluente del Marañon, sistema del cual la cuenca superior del Zamora constituye uno de los
nacimientos más accidentales de la gran cuenca del Amazonas.
La hoya central oreintal del Zamora, asiento de estos dos ríos, es una zona lacustre, conformada en el
periodo terciario por un pequeño lago, que se abrió cerca de Salpa para dar naciemiento aal río
Zamora (Jaramillo, 1995)
El río MAlacatos Septentrional se desprende del nudo de Cajanuma, integrado por las quebradas
Curitroje y Mónica. Agua abajpo engrosan su caudal las quebradas Quillollacu, Namanda, Granadillo,
Moquillo, Nangora y Alumbre. Esta sección de río hasta su unión con el Zamora tiene una longitud de
15, 3 Km.
El río Zamora Huayco nace al sureste de la ciudad de Loja, a través de las quebradas Simón, Del
Carmen y San Isidro; sus principales afluentes son las quebradas Mendieta y Los Pizarros (llamada
también De Minas, por acarrear filones de oro). Hasta la unión con el Malacatos Septentrional, hace un
recorrido de 10, 3 Km.
En conclusión, el río Jipiro es un afluente del río Zamora, nace en la coordillera central de los Andes,
tiene un curso de montaña con pendientes pronunciadas; y la pendiente media en la parte baja es
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del 1,5%, hasta la unión con el Zamora, a lo largo de su cauce existen dos captaciones que aportan
165 l/s al sistema de agua de la ciudad.
CALIDAD DEL AGUA 6.1.6.1
No se realizó análisis de calidad del agua, ya que en el área del proyecto no se evidencia la presencia
de fuentes superficiales de agua, más bien se trata de una zona con escaza vegetación arbórea,
arbustiva y herbazal; las descargas líquidas que se generen en las viviendas serán canalizadas a la red
de alcantarillado público que está diseñada para el conjunto residencial y luego complementada a la
red de alcantarillado publico existente de los barrios aledaños, por lo tanto no se justificó realizar
análisis de calidad del agua.
CALIDAD DEL AIRE 6.1.7
La calidad del aire del sector es relativamente buena a nivel general, ya que no existen factores
externos que afecten al mismo como fuentes fijas y móviles de combustión ya que es un sector donde
no donde aún se pueden observar grandes extensiones de vegetación y porque la mayor parte del
año se halla recirculando sin complicaciones, pero en las temporadas de cosecha de la caña de
azúcar se observa un alto grado de contaminación por la cantidad de ceniza y humo que se
desprende de la quema de los cañaverales, causando principalmente molestias respiratorias tanto a
los trabajadores de la empresa como a la población en general, siendo uno de los grupos más
vulnerables la población infantil. Por otra parte el sector turístico también se afecta ya que debido a la
caída de ceniza, estas llegan a desmejorar la apariencia de las infraestructuras como las piscinas de
las hosterías y centros recreacionales.
MONITOREO RUIDO 6.1.7.1
Las mediciones se realizaron durante dos días, la primera en un día de semana laborable y un segundo
momento en un fin de semana en donde la movilización de la gente disminuye.
Para la obtención de datos con el sonómetro se consideró la velocidad del viento siendo esta de
1,6m/s con una dirección Noreste, con una latitud promedio de 2032 msnm, obteniéndose los
siguientes resultados:
Primera campaña:
La primera campaña de medición se realizó en horas hábiles registrando 12 mediciones en horas
distintas y en sectores distribuidos alrededor del proyecto, registrando un valor promedio externo de
45.7 dB.
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Tabla 6. Mediciones de Ruido externo registrados en la Campaña 1
Punto Medición ruido (dB)
1 51,3
2 47,6
3 43,2
4 42,1
5 31,2
6 46,6
7 50,4
8 48,5
9 43,3
10 45,7
11 55,1
12 43,6
PROMEDIO 45,7 Elabora: ADEPLAN CIA. LTDA.
Segunda campaña:
Se registran 12 medidas indistintas estableciendo un valor promedio de 40.1 dB en el área que ocupa
el proyecto.
Tabla 7. Mediciones de Ruido Registrados en Campaña 2.
Punto Medición ruido (dB)
1 45,2
2 37,1
3 38,4
4 41,2
5 31,6
6 44,3
7 35,6
8 42,5
9 39,4
10 38,5
11 51,1
12 36,8
PROMEDIO 40,1 Elabora: ADEPLAN CIA. LTDA.
Interpretación de los resultados
Los resultados obtenidos del muestreo de ruido ambiental fueron comparados con lo establecido en el
Acuerdo Ministerial 061 (Reforma del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria) de 4 de
mayo de 2015, en el Libro VI, Anexo 5, Niveles Máximos de Emisión de Ruido y Metodología de
Medición para Fuentes Fijas y Fuentes Móviles y Niveles Máximos de Vibración y Metodología de
Medición.
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En la siguiente tabla se muestra los límites máximos permisibles de ruido ambiente fijados en la
normativa ambiental:
Tomando en consideración lo antes mencionado en cuanto al control de la contaminación acústica
tenemos que el ruido registrado se enmarca dentro del límite tolerable, debiéndose básicamente a
que en el sector no existe ruido generado por vehículos livianos o pesados que circulen de manera
constante en las calles aledaños y tampoco se encuentra fábricas o negocios, siendo esta una zona
exclusivamente residencial.
PAISAJE 6.1.8
El paisaje del área de influencia se encuentra modificado por el hombre casi en su totalidad, siendo
sus principales características:
Cobertura natural vegetal reemplazada por cultivos y pastizales.
Pequeñas porciones de terreno con vegetación arbustiva original y especies nativas.
La infraestructura no tiene un impacto visual fuerte por estar en zonas intervenidas y cerca
otros proyectos de vivienda.
Fauna natural escasa, reemplazada por diferentes especies comerciales de ganado.
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6.2 MEDIO BIÓTICO
FLORA 6.2.1
MÉTODOS 6.2.1.1
Debido a que el área de estudio es altamente intervenida, no existen remanentes de vegetación
arbórea ni arbustiva nativa con fustes mayores a 5 cm de DAP, por lo que se realizó una descripción
cualitativa de todas las especies arbustivas y herbáceas. Para ello se aplicó la metodología de Aguirre
y Aguirre (1999) aplicable para sistemas agroforestales donde a través de recorridos y observaciones
de campo se califica a la vegetación por estratos (árboles, arbustos y hierbas) en base a tres criterios
de abundancia:
Tabla 8. Criterio de abundancia para la caracterización de las especies de flora
Criterios de abundancia de especies Valor
Especies abundantes 3
Especies comunes 2
Especies raras 1
RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN Y TOMA DE MUESTRAS VEGETALES 6.2.1.2
Para levantar la información florística se elaboró una matriz de campo donde consta el número de
individuos, familia, nombre común y nombre científico de las especies. Luego se hizo el recorrido de la
periferia del área del proyecto. Las especies fueron identificadas directamente en campo y se
realizaron registros fotográficos de las especies vegetales para su verificación y comparación
taxonómica con información recopilada por el consultor. Así mismo, para la identificación de especies
amenazadas se revisó el Libro Rojo de las Plantas Endémicas del Ecuador (León-Yánez et al. 2011).
RESULTADOS 6.2.1.3
De conformidad con el uso actual del suelo; y del inventario de la flora existente, se puede manifestar
que la cobertura vegetal está dada de la siguiente manera: Los pastos cubren aproximadamente el
95% del suelo con misturas de gramíneas con predominio de kikuyo (pennisetum clandestinum L.); el
restante 5%, está constituido por árboles de nanume (Mimosa towsendi) en líneas de cercos tanto al
Oriente como al Sur y Este del área de estudio en asocio con cabuyo y Méjico (Agave americana).
Existen árboles frutales muy viejos nativos como el Lumo (Pouteria sp.) en una hilera de seis en media
ladera; algunos árboles jóvenes de capulí (Prunus serotina) en escaso número o aislados, entre lo más
relevante.
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Tabla 9. Especies arbóreas presentes en el área de estudio
FAMILIA NOMBRE CIENTIFICO NOMBRE VULGAR ABUNDANCIA
1 2 3
FABACEAE Mimosa towsendi Nanume X
SALICACEAE Salix humbuldtiana Sauce X
SAPOTACEAE Pouteria sp. Lumo X
MYRTACEAE Eucaliptus sp. Eucalipto X
ROSACEAE Prunus serotina Capulí X
MIMOSACEAE Acacia macracantha Faique X
Tabla 10. Especies arbóreas presentes en el área de estudio
FAMILIA NOMBRE CIENTIFICO NOMBRE VULGAR ABUNDANCIA
1 2 3
ASTERACEAE Baccharis obtusifolia Chilca redonda X
CAESALPINACEAE Caesalpinia spinosa Vainillo X
HYPOLEPYDACEAE Pteridium aquilinum Llashipa X
MORACEAE Rubus sp. Mora X
FABACEAE Spartium junceum L. Retama X
Tabla 11. Especies arbóreas presentes en el área de estudio
FAMILIA NOMBRE CIENTIFICO NOMBRE VULGAR ABUNDANCIA
1 2 3
POACEAE Cortaderia jubata Zig zig X
POACEAE Axonopus sp. Tapa tapa X
POACEAE Pennisetum clandestinum Kikuyo X
CONVOLVULACEAE Ipomea dumetorum Trompetilla X
AGAVACEAE Agave americana Penco o México X
IRIDACEAE Sisyrinchium chilense Chilena X
Toda la vegetación presente aquí muestra signos claros de un proceso de sucesión secundaria, la
misma no presenta especies de importancia ecológica consideradas como en peligro de extinción o
endémicas, sino más bien son especies del medio y de una fácil adaptación.
FAUNA 6.2.2
Ecuador tiene la mayor diversidad animal y vegetal del mundo. Su riqueza biológica se refleja en una
amplia gama de organismos. Aproximadamente 3800 especies de vertebrados, 1550 especies de aves,
320 especies de mamíferos, 350 especies de reptiles, 375 de anfibios, 800 especies de peces de agua
dulce y 450 especies de peces de agua salada se han registrado en Ecuador. Este país tiene más
especies de aves que cualquier otro país de América Latina, ya que reúne el 18 % de todas las
especies del mundo. Casi el 15 % de las especies endémicas en el mundo se encuentran distribuidas en
las tres regiones ecuatorianas. Además, Ecuador es el hogar de más de un millón de especies de
insectos, de los cuales 2500 son nocturnos.
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RESULTADOS OBTENIDOS 6.2.2.1
La presencia de fauna no es abundante, ya que el sector es intervenido y de sucesión, pero la
presencia de la vegetación en la zona del cerco y los árboles grandes, según observaciones y
entrevistas con las personas del lugar, se puede evidenciar la presencia de aves tales como tordos
(Turdus fuscater), bichauche (Zonotrichia capensis), chilalo (Furnarius cinnamomeus), garrapatero
(Crotophaga) y algunas palomas comunes.
No se observaron especies de mamíferos mayores, solamente algunos roedores; la presencia de
insectos no es abundante. Se ha observado por los moradores el reptil macanche, pero
esporádicamente.
MEDIO PERCEPTUAL 6.2.3
Si bien la valoración del paisaje tiene carga de subjetividad, este requiere ser de una u otra manera
ponderado; de ahí que, desde la perspectiva paisajística, el proyecto se ubica en una zona
predominante rural o agrícola, con presión urbanística.
La policromía del sitio está dada por la presencia predominante de pastos, arbustos y arbolado de
nanumes, eucaliptos, méjicos, lumos y uno que otro frutal como el capulí, en cercos delimitando los
predios. Lo rescatable en el área de influencia del proyecto es el río Jipiro, ya que si bien su caudal es
permanente, goza de un espacio natural especial, el cual debe ser preservado tanto por su
funcionalidad como por el valor paisajístico potencializado como área verde para recreación pasiva y
activa.
En el presente caso, se aplica la metodología (U.S.D.A 1974) para la valoración cualitativa y
cuantitativa y luego global. Se evalúan también, aspectos como: calidad escénica, fragilidad visual,
vulnerabilidad visual, calidad escénica y finalmente la capacidad de absorción visual, (CAV). Según la
metodología aplica, el proyecto se ubica en un espacio que tienen las siguientes características:
Calidad escénica : Baja
Fragilidad visual: Baja
Vulnerabilidad visual: Baja
Calidad escénica: 6/20
Capacidad de absorción visual: 38.8%
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Se concluye que, el nuevo uso del territorio provocaría impactos severos sobre el paisaje ya que su
capacidad de absorción será solo del 38.8%, esta debe ser tomada en cuenta para las medidas de
mitigación y compensación ambiental que atenúen los efectos negativos del proyecto.
Valoración Cualitativa
Calidad escénica. Se basa en valorar la calidad escénica de manera individual para
diferentes parámetros.
Parámetros Características Calificación
Topografía Pendiente entre 0 – 30% Baja
Cubierta vegetal Cubierta vegetal sin variación en su
distribución
Baja
Arroyos y ríos Cursos de agua bastante comunes Media
Fragilidad visual. Se basa en la valoración escénica
Calidad escénica Fragilidad visual
Baja Clase C
Vulnerabilidad visual. Se basa en la vulnerabilidad visual realizada por Tetlow (1979)
fundamentándose principalmente en el contraste, la distribución y la pendiente.
Parámetros Distribución Pendiente Vulnerabilidad visual
Bajo Ausencia de orientación Menor del 30% Baja
Alto Orientada según curvas de
nivel Menor al 30% Baja
Desde el punto de vista cuantitativo
Calidad escénica. Se basa según Blum (1980) valorar la calidad escénica sobre 7 parámetros
en rangos de 0 – 5.
Parámetros Características Calificación
Morfología Relieve llano o con colinas suaves,
fondos de valle, etc. 3
Vegetación Alguna variedad de la vegetación 3
Agua No dominante en el paisaje 3
Color Muy poca variación de los
contrastes o colores apagados 2
Fondo escénico El paisaje circundante no ejerce
influencia en la calidad en conjunto 2
Rareza Bastante común en la región 1
Actuaciones Humanas La calidad escénica está afectada
por modificaciones 0
Total 9/20
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Capacidad de absorción visual (CAV). Es la capacidad del paisaje para acoger actuaciones
sin que se produzcan variaciones significativas de carácter. Se basa en valores dados por
Yeomans (1986) para distintos factores y aplicando posteriormente la expresión matemática
Factor Características Valoración
Pendiente (S) Menor del 25% 3
Diversidad de vegetación Eriales, prados y matorrales 1
Estabilidad de suelos (E) Poca restricción por riesgo de
inestabilidad 3
Contraste suelo – vegetación (V) Contraste visual moderado 2
Potencial de regeneración de la
vegetación (R) Potencial de regeneración bajo 1
Contraste color roca – suelo (C) Contraste moderado 0
Resultado: CAV = 3(3+1+1+2+0)
CAV = 21 (38.8%)
Se concluye que el nuevo uso del territorio provocaría impactos sobre el paisaje ya que su capacidad
de absorción será solo del 38.8%, esta deber ser tomada en cuenta para las medidas de mitigación y
compensación ambiental que atenúen los efectos negativos del proyecto.
6.3 MEDIO SOCIAL
El proyecto se ubica en la parroquia El Valle, del cantón y provincia de Loja, por lo que se presentan
datos referentes a la provincia, cantón y parroquia. Estos datos constan en el VI Censo de Población y
V de Vivienda (2010). Dentro de dicha descripción, se incluyen los siguientes aspectos:
ASPECTOS DEMOGRÁFICOS 6.3.1
Según el censo mencionado, la población del cantón Loja llegó a los 214 85 habitantes, mientras que
para la provincia se reportaron 448 966 habitantes. Específicamente en el cantón Loja, la parroquia
San Sebastián registra el mayor número de habitantes.
Tabla 12. Número de habitantes pertenecientes a la parroquia El Valle.
Parroquia N° de habitantes Porcentaje (%)
El Valle 20969 28
ASPECTOS EDUCACIONALES 6.3.2
La población estudiantil del cantón Loja es de 11 967 habitantes en todas las edades escolares. Así, el
26 % corresponde a la primaria, 20 % a secundaria, el nivel superior cuenta con 30 %. Loja, a diferencia
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del resto del país, ostenta el primer lugar en cuanto al número de estudiantes que aprueban sin repetir
ni desertar (79 %) en el ciclo básico, mientras que para el ciclo diversificado es del 91 %.
SALUD 6.3.3
En Loja existen 17 centros hospitalarios, 5 públicos y 12 clínicas privadas. Además, 3 Centros y 13 Sub
Centros de Salud ambulatorios. En total existen 33 establecimientos de salud.
De igual forma, existe poco más de 100 farmacias, que tiene un patrón de distribución similar al de los
establecimientos de salud, es decir, la mayoría se ubican en el centro de la ciudad y muy pocas en la
periferia. Entre los centros de salud existentes en Loja, tenemos: IESS, Hospital Militar, SOLCA, etc.
VIVIENDA Y SERVICIOS BÁSICOS 6.3.4
En Loja se pueden encontrar viviendas construidas de hormigón armado, en su gran mayoría, techo de
teja o losa, paredes de ladrillo.
Agua Potable 6.3.4.1
Loja se abastece de agua potable principalmente de la planta El Pucará. Existe además la planta del
proyecto Curitroje–Chontacruz, con una capacidad de 48 l/s. Así mismo, existen otros pequeños
sistemas de potabilización para sectores periféricos de la ciudad. La cobertura física de la red de agua
potable es del 50 % del área urbana.
En el área de emplazamiento del proyecto cuenta con el servicio de agua potable, aunque existen
algunas viviendas que reciben el líquido vital a través de tuberías.
Alcantarillado Sanitario 6.3.4.2
El servicio de alcantarillado sanitario está alrededor del 50 % para Loja. Complementario a esto, existen
alrededor de 5000 pozos sépticos, cuya vida útil ya llegó a su fin. De igual forma, existe un sistema de
colectores marginales de las aguas servidas, los mismos que corren paralelos a los ríos Zamora y
Malacatos, los mismos que evitan que las aguas servidas lleguen directamente a los ríos.
Los pobladores del sector están provistos de alcantarillado sanitario y pluvial, mientras que en la mayor
parte del área se evidenció el uso de letrinas con pozo séptico, muchos de las cuales ya están
colapsadas.
Residuos Sólidos 6.3.4.3
De manera general, los residuos sólidos en Loja, están siendo bien manejados por el GAD Municipal de
Loja. Se hace la diferenciación de la basura domiciliaria en biodegradables y no degradables y se
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recogen con un horario diferenciado. La recolección de los desechos sólidos se realiza mediante los
camiones compactadores de carga frontal y posterior, luego de lo cual se disponen estos residuos es
en el Relleno Sanitario de la ciudad de Loja.
Energía Eléctrica 6.3.4.4
En cuanto al abastecimiento eléctrico, el área urbana de Loja cuenta con un 96 % de cobertura del
servicio de abastecimiento de energía eléctrica. Este servicio lo brinda la Empresa Eléctrica Regional
del Sur S.A. Específicamente en la zona del proyecto, también existe el servicio de energía eléctrica.
Es importante recalcar que aunque exista información actual del medio socioeconómico, esta
información aun no es accesible al público.
ENTORNO ECONÓMICO 6.3.5
La Población Económicamente Activa del cantón Loja, según el VII Censo de Población y VI de
Vivienda (INEC, 2010), es de 91.978 habitantes, de los cuales el 58.63% son hombres y el 41.37% restante
son mujeres; por otra parte 80.779 habitantes constituyen la población económicamente inactiva. De
acuerdo al III Censo Económico (INEC, 2010), las 3 ramas de actividad económica más importante en
el país son: agricultura, ganadería, caza, y silvicultura, comercio al por mayor y menor, y las industrias
manufactureras, con 21.8%, 18.5% y 10.2%, respectivamente.
Si se contrasta con el Cantón únicamente el 45.6% del sector comercio representa una similitud en
cuanto a la actividad económica más importante del país, frente al 3.6% de la actividad industrial que
es incipiente en la ciudad. Sin embargo nuestro principal porcentaje de ingresos generados fue 50.7%
del sector servicios, que en relación al nacional representa una de las actividades económicas de
menor incidencia (2.7%). Se puede detallar algunas actividades principales que componen estos
sectores: 1. Comercio: venta al por mayor y menor de alimentos, bebidas y tabaco, 2. Servicios:
actividades jurídicas y de restaurantes y 3. Manufactura: fabricación de productos metálicos.
En la provincia de Loja, del sector terciario, el 44.32% de la población económicamente activa se
dedica a actividades en este sector, para el sector secundario se involucra el 25.47% de la PEA que se
dedican a actividades que incluyen la industria manufacturera y la construcción, mientras que en las
actividades del sector primario corresponde al 30,21%1. En lo que respecta al Cantón en el 2008, la
estructura económica solo en la ciudad muestra una debilidad de los sectores primario y secundario,
los cuales absorben el 20% y 16% de la PEA, respectivamente, mientras que el sector terciario está
sobre-dimensionado ocupando el 55% de la PEA2.
1 INEC. (2010). VII Censo de población y VI de vivienda 2 GEO Loja. (2005). Perspectivas del Medio Ambiente Urbano
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Actualmente, de acuerdo al último censo económico (INEC, 2010), se observa que en el Cantón,
existen 12.119 establecimientos económicos, que generan 1.550 millones de dólares por ventas,
principalmente, en el sector servicios, seguido del comercio, además existen 42.192 personas
empleadas y se invirtieron 13.3 millones de dólares en activos fijos. Teniendo en cuenta que solo en el
2004 el aporte de la provincia de Loja al PIB nacional, de acuerdo con estimaciones realizadas por el
Banco Central del Ecuador, fue de 1.85%, lo que equivale a 603’034.000 millones de dólares. Hasta el
2006, los depósitos totales del sistema financiero privado en la provincia fueron de 223’000.000 dólares
y la cartera de créditos fue de 191’000.000 de dólares.
ENTORNO TECNOLÓGICO 6.3.6
Dentro de los aspectos analizados en el entorno tecnológico, se tiene la disponibilidad de teléfono
celular y convencional, acceso a internet, computadores y televisión por cable.
Tabla 13. Disponibilidad o acceso a elementos tecnológicos.
CENSO 2010 Nacional Provincial Cantonal
Servicios/Resultados Si No Total Si No Total Si No Total
Disponibilidad de
teléfono celular 76,3% 23,7% 100% 75,0% 25,0% 100% 84,2% 15,8% 100%
Disponibilidad de
teléfono
convencional
33,4% 66,6% 100% 28,5% 71,5% 100% 38,6% 61,4% 100%
Dispone de
computadora 26,3% 73,7% 100% 26,4% 73,6% 100% 42,6% 57,4% 100%
Disponibilidad de
internet 13,0% 87,0% 100% 9,6% 90,4% 100% 17,0% 83,0% 100%
Dispone de tv por
cable 17,5% 82,5% 100% 18,6% 81,4% 100% 20,5% 79,5% 100%
Fuente: Cálculos propios en base al VII de Población y VI de Vivienda (INEC 2010)
En el año 2010 el Ecuador muestra una relación similar a la provincia de Loja, en cuanto a la
disponibilidad de teléfono celular (según el INEC, en el 2008, el porcentaje nacional era del 69.9%). En
lo que respecta al Cantón la disponibilidad es del 84.2%, un 9% más que el nivel nacional y provincial.
La disponibilidad de teléfono convencional a nivel nacional es solo de 33.4% (a decir del INEC 2.8
puntos menos que el año anterior), a nivel provincial la disponibilidad es del 28.5% y a nivel cantonal de
38.6%, valores que se han reducido en cuanto se ha ido incrementado la utilización de la telefonía
móvil.
Otros datos también indican que el 26.3% de la población ecuatoriana posee computadora, dato
homogéneo con el provincial, a nivel cantonal este se duplica considerablemente (42.6%). El acceso a
internet a nivel nacional es bajo (13%), teniendo en cuenta que en el año 2001 apenas 249 mil
personas tenían conexión a internet por línea telefónica y que el año pasado 1’642.000 personas
accedieron a internet de banda ancha3. A nivel provincial el acceso llegó al 9.6% y a nivel cantón al
3 INEC, (2011) Informe trimestral de las TIC.
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17%. En último lugar podemos comprobar la variación mayor que existe entre el acceso a la televisión
pagada con relación al internet: 17.5% a nivel nacional, 18.6% provincial y a nivel cantonal el 20.5%,
con ello se denota el poco entendimiento y manejo de las tecnologías informáticas, además de las
limitaciones existentes entre los diferentes sectores.
Las cifras anteriores muestran sólo una parte de la desigualdad que se genera entre las personas con
mayores ingresos y quienes por el contrario se encuentran en los niveles socioeconómicos más bajos,
puesto que su nivel de ingresos no les permite a acceder a las mismas oportunidades en términos de
salud, educación, tecnología, etc., a las que acceden las clases más altas, por esta razón para las
personas con bajos ingresos se ven limitadas sus aspiraciones para acceder a mejores oportunidades
laborales, impidiendo de esta manera que se pueda dejar de lado la desigualdad en ingresos que,
desde el principio, genera diversas distorsiones en la distribución no sólo del ingreso sino de diversos
aspectos sociales y económicos.
TRANSPORTE Y VIALIDAD 6.3.7
La formación alargada norte/sur de la ciudad (12 km. de largo y 4 km. de ancho), da lugar a la
formación de dos corredores centrales y uno oriental (paralelos a los ríos Malacatos y Zamora), con un
recorrido de 12,2 km y 11,7 km, para el transporte urbano de la ciudad de Loja, que equivale al 45% del
total. Actualmente existen 4 empresas o cooperativas, responsables del transporte público, servicio que
se complementa con el servicio de taxis, a través de unas 1200 unidades; bajo tales condiciones, se
generan para la ciudad problemas de: congestión, ruido, incremento de emisiones contaminantes a la
atmósfera, por el consumo de unos 80 mil galones/mes de gasolina y 90 mil galones de diesel, según la
Unidad Municipal de Tránsito y Transporte de Loja - UMTT- Loja 2005.
La tasa de motorización en la ciudad de Loja es de 88,8 vehículos /1000 habitantes y el crecimiento
vehicular entre 1965-2001 igual a 11.3%; en la última década 1994-2004, el parque automotor ha
crecido en un 237%, y la tasa de motorización con 48 vehículos/mil habitantes, es la más alta del país.
La red vial integra un total de 427 kilómetros; 58 km. corresponden a vías arteriales y 41 km. a vías
colectoras, además de 14 distribuidores de tráfico y 37 puentes. El transporte urbano utiliza unos 230
km. de la red vial (54% del total). Según la UMTTT, 2005, el 70% de vías en el área consolidada central,
tiene asfalto en estado bueno o regular; la vía de integración barrial y otras de reciente apertura,
como las que sirven de acceso al sector periférico en general son afirmadas o lastradas.
6.4 INVENTARIO FORESTAL.
No se realizó el inventario forestal establecido por los Acuerdos Ministeriales 076 y 134 referido a la
Valoración Económica de los Bienes y Servicios Ecosistémicos de los bosques y vegetación nativa
debido a que la zona es INTERVENIDA de acuerdo a la propuesta de ecosistemas del Ecuador del MAE
(2012), es decir, en la zona de estudio no se encuentran áreas boscosas, además la Normativa Forestal
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sugiere que para hacer un inventario forestal se requiere un diámetro mínimo de corta de (30 cm
DAP). Se trata de zonas intervenidas en donde no existe bosque, se evidencia que la cobertura
vegetal original ha sido removida hace mucho tiempo pues actualmente únicamente se encuentran
especies herbáceas y un estrato arbustivo con dominancia de pocas especies.
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7. EVALUACIÓN DE IMPACTOS
Se aplicará la matriz modificada de Leopold, la cual presenta una identificación y evaluación
(cualitativa y cuantitativa), que se realizará a las actividades y procesos del proyecto en la cual se
realizará las interrelaciones que ocurren entre las principales actividades de construcción del proyecto
y los principales componentes del medio natural y socioeconómico.
La matriz consiste en cuadros de doble entrada en los que las ordenadas corresponden a las acciones
o actividades del proyecto, con implicancia ambiental y las abscisas corresponden a los factores del
medio ambiente receptor, natural y antrópico, susceptibles de ser afectados por las acciones del
proyecto.
Las intersecciones de las variables, permiten explicitar las relaciones de interacción y evaluarlas
cualitativamente y/o cuantitativamente.
7.1 METODOLOGÍA PARA EL ANÁLISIS DE RESULTADOS
Se aplicará el criterio de calificación con la matriz de Leopold, la misma que permitirá jerarquizar la
prioridad de los impactos ambientales y de los factores ambientales afectados:
Impactos y riesgos ambientales negativos:
Se indican los aspectos ambientales que tienen el mayor puntaje negativo (del mayor al menor).
Impacto ambiental positivo:
Se indican los aspectos ambientales que tienen el mayor puntaje positivo (del mayor al menor).
Factores ambientales afectados negativamente:
Se indican los factores ambientales que tienen el mayor puntaje negativo (del mayor al menor).
Factores ambientales afectados positivamente:
Se indican los factores ambientales que tienen el mayor puntaje positivo (del mayor al menor).
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7.2 IDENTIFICACIÓN DE FACTORES AMBIENTALES Y ACTIVIDADES
FACTORES AMBIENTALES 7.2.1
A continuación constan los factores ambientales considerados, su clasificación de acuerdo al
componente al que pertenecen y la definición de su inclusión en la caracterización ambiental.
Tabla 14. Factores Ambientales
Componente
Ambiental Subcomponente Ambiental Factor Ambiental
Físico
Aire Contaminación sonora
Alteración de la calidad del aire
Agua Calidad del agua superficial
Calidad del agua subterránea
Suelo Relieve y topografía
Erosión
Paisaje Calidad Visual
Biológico Flora y Fauna Vegetación Natural
Hábitat de especies
Socioeconómico y
cultural
Población activa Empleo directo
Empleo indirecto
Red viaria Tráfico
Evolución Salud y seguridad de los pobladores
Uso del suelo Aumento de la plusvalía del sector
Desarrollo Urbanístico Territorial Aumento de lugares recreativos y de
urbanización
Servicios Soluciones habitacionales Fuente: ADEPLAN. CIA. LTDA. 2016
ACTIVIDADES 7.2.2
FASE ACTIVIDAD ACCIÓN
CONSTRUCCIÓN
Realización de obras provisionales
Instalación de campamento de obra con conexión
provisional de electricidad, agua potable, oficina y
cerramiento provisional.
Instalación de baterías sanitarias.
Preparación del terreno y construcción
de cimentación
Desbroce y limpieza del terreno por medios mecánicos,
aproximadamente 20 cm.
Relleno extendido de tierras aportadas a cielo abierto,
por medios mecánicos, en toneladas de hasta 30 cm. de
espesor, hasta conseguir un grado de compactación del
95% del proctor normal, con aporte de tierras, incluso
regado de las mismas y refino de taludes.
Transporte de material.
Vertido de hormigón.
Operación de equipos.
Construcción de estructuras
Colocación de encofrados para losas, muros, vigas,
columnas.
Colocación de encofrados para elementos no
estructurales.
Impermeabilización de losas expuestas y transporte de
materiales de construcción.
Trabajos de albañilería y mampostería
Construcción de mampostería, columnetas y cadenas de
amarre.
Resane de muros y losas.
Instalación de tumbados, enlucido de paredes interiores
y exteriores de fachada.
Afinado de contra pisos y enlucido exterior de fachada.
Construcción de los sistemas para
servicios básicos
Instalación de alcantarilladlo sanitario y pluvial.
Suministro de agua potable, sistema eléctrico, telefónico,
sistema de iluminación.
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Trabajos de acabado
Instalación de cerámica en pisos, paredes, cocinas,
baños y mesones de las viviendas.
Instalación de puertas, marcos metálicos, muebles en
baños de habitaciones, garita, club social. Pintado de
exteriores e interiores de las viviendas.
Elaboración de carpintería metálica.
Instalación de vidrios, juegos infantiles, asientos en el área
de juegos, siembra de plantas ornamentales y
señalización de áreas.
OPERACIÓN Actividades sociales
Entrada y salida de vehículos
Generación de desechos sólidos.
Generación de descargas líquidas.
Mantenimiento de obras civiles.
ABANDONO
Actividades de abandono culminada la
fase de construcción
Retiro de maquinaria, equipos y materiales de
construcción.
Limpieza en su totalidad del área intervenida.
Restauración del área con condiciones para su
respectivo uso.
Desalojo de los trabajadores.
Actividades de abandono culminada la
fase de operación
Desmontaje
Remoción de maquinaria, equipos, escombros,
materiales.
Restauración del área
DESARROLLO DE LAS MATRICES 7.2.3
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MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y CARACTER DE IMPACTOS 7.2.3.1
Tabla 15. Matriz 1
Ele
me
nto
s a
fec
tad
os
Ele
me
nto
s
Atr
ibu
tos
Construcción Operación Cierre
Po
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s
Ne
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1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Re
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Factor
Ambiental
Físico
Aire Contaminación sonora 0 0 - - - - - 0 0 0 - - 0 7
Alteración de la calidad del aire 0 0 0 - - - - 0 0 0 0 0 0 4
Agua Calidad del agua superficial 0 0 0 0 0 0 0 0 - 0 0 0 0 1
Calidad del agua subterránea 0 0 0 0 0 0 0 0 - 0 0 0 0 1
Suelo Relieve y topografía - - 0 0 - 0 0 0 0 0 0 0 0 3
Erosión - - 0 0 - 0 0 0 0 0 0 0 0 3
Paisaje Calidad Visual - - 0 0 0 + 0 0 0 + 0 - 2 3
Biológico Flora y Fauna Vegetación Natural - - 0 0 0 0 0 0 - 0 0 0 0 3
Hábitat de especies - - 0 0 0 0 0 0 - 0 0 0 0 3
Social
Población activa Empleo directo + + + + + + + + 0 + + + 11 0
Empleo indirecto + + + + + + + + 0 + + + 11 0
Red viaria Tráfico - - 0 0 0 0 - 0 0 0 0 0 0 3
Evolución Salud y seguridad de los
pobladores 0 - - - - 0 0 0 0 0 0 0 0 4
Uso del suelo Aumento de la plusvalía del
sector + 0 + + + 0 0 0 0 + 0 0 5 0
Desarrollo Urbanístico
Territorial
Aumento de lugares recreativos
y de urbanización + 0 + 0 0 0 0 0 0 + 0 0 3 0
Servicios Soluciones habitacionales + + + + + + 0 0 0 + 0 0 6 0
Positivos 5 3 5 4 3 4 2 2 0 6 2 2 38
Negativos 6 7 2 3 5 2 3 0 4 0 1 2 35
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MATRIZ DE MAGNITUD 7.2.3.2
Tabla 16. Matriz 2
Ele
me
nto
s a
fec
tad
os
Ele
me
nto
s
Atr
ibu
tos
Construcción Operación Cierre
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Re
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ras
pro
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ale
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Pre
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pa
de
op
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Factor
Ambiental
Físico
Aire Contaminación sonora 1 1 1 1 1 1 1
Alteración de la calidad del aire 1 1 1 1
Agua Calidad del agua superficial 2
Calidad del agua subterránea 2
Suelo Relieve y topografía 2 1 2
Erosión 2 1 2
Paisaje Calidad Visual 2 2 2 2 2
Biológico Flora y Fauna Vegetación Natural 1 1 1
Hábitat de especies 1 1 1
Social
Población activa Empleo directo 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2
Empleo indirecto 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2
Red viaria Tráfico 1 1 1
Evolución Salud y seguridad de los
pobladores 1 2 1 1
Uso del suelo Aumento de la plusvalía del
sector 2 2 2 2 2
Desarrollo Urbanístico
Territorial
Aumento de lugares recreativos
y de urbanización 2 2
Servicios Soluciones habitacionales 2 2 2 2 2 2 2
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MATRIZ DE INTENSIDAD 7.2.3.3
Tabla 17. Matriz 3
Ele
me
nto
s a
fec
tad
os
Ele
me
nto
s
Atr
ibu
tos
Construcción Operación Cierre
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Re
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nd
on
o c
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ina
da
la
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pa
de
op
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n
Factor
Ambiental
Físico
Aire Contaminación sonora 2 2 2 2 2 2 2
Alteración de la calidad del aire 2 2 2 2
Agua Calidad del agua superficial 3
Calidad del agua subterránea 3
Suelo Relieve y topografía 3 3 2
Erosión 2 2 2
Paisaje Calidad Visual 2 2 2 2 2
Biológico Flora y Fauna Vegetación Natural 2 2 2
Hábitat de especies 2 2 2
Social
Población activa Empleo directo 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3
Empleo indirecto 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2
Red viaria Tráfico 1 1 1
Evolución Salud y seguridad de los
pobladores 2 2 2 2
Uso del suelo Aumento de la plusvalía del
sector 3 3 3 3 3
Desarrollo Urbanístico
Territorial
Aumento de lugares recreativos
y de urbanización 3 3
Servicios Soluciones habitacionales 3 3 3 3 3 3 3
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MATRIZ DE EVALUACIÓN 7.2.3.4
Tabla 18. Matriz 4
Ele
me
nto
s a
fec
tad
os
Ele
me
nto
s
Atr
ibu
tos
Construcción Operación Cierre
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Re
aliz
ac
ión
de
ob
ras
pro
vis
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ale
s
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nd
on
o c
ulm
ina
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n
Factor
Ambiental
Físico
Aire Contaminación sonora 1 1 1 1 1 1 1
Alteración de la calidad del aire 1 1 1 1
Agua Calidad del agua superficial 2
Calidad del agua subterránea 2
Suelo Relieve y topografía 2 1 1
Erosión 1 1 1
Paisaje Calidad Visual 1 1 1 1 1
Biológico Flora y Fauna Vegetación Natural 1 1 1
Hábitat de especies 1 1 1
Social
Población activa Empleo directo 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2
Empleo indirecto 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
Red viaria Tráfico 0 0 0
Evolución Salud y seguridad de los
pobladores 1 1 1 1
Uso del suelo Aumento de la plusvalía del
sector 2 2 2 2 2
Desarrollo Urbanístico
Territorial
Aumento de lugares recreativos
y de urbanización 2 2
Servicios Soluciones habitacionales 2 2 2 2 2 2 2
7.3 RESULTADOS OBTENIDOS
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO AIRE 7.3.1
Los posibles impacto negativo hacia el elemento aire por contaminantes o ruido se enlistan a
continuación por fases.
La fase de construcción:
Por el uso de maquinarias y equipos utilizados para la construcción.
Vehículos que servirán para el traslado de personal, materiales y residuos de la construcción.
Ruidos provocados por la maquinaria.
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La fase de funcionamiento:
La entrada y salida de vehículos del Conjunto Residencial.
Utilización de vehículos automotores
Fase de abandono:
Utilización de equipos y maquinaria destinados a restaurar el área del proyecto, desmantelar el
terreno.
Entrada y salida de vehículos con personal, materiales, desechos, etc.
Ruidos provocados por las maquinarias
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO AGUA 7.3.2
La contaminación o alteración de la calidad del agua se da por acción antropogénica, sea parcial o
total:
Aguas residuales domésticas provenientes de las viviendas, aceites usados (residuos oleosos)
en la etapa de operación que de no ser dispuestas adecuadamente pueden afectar los
cauces de los ríos aledaños.
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO PAISAJE 7.3.3
Dentro de los impactos al paisaje visual, se consideran las alteraciones positivas y negativas.
Negativas por la eliminación de la vegetación, su cambio topográfico y la instalación de las obras
provisionales, la cimentación, construcción de las estructuras, etc.
Existirá un impacto positivo por el hecho de construir en Conjunto residencial en un lugar donde
actualmente solo se encuentra un terreno baldío, oscuro por las noches y sin cerramientos.
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO FLORA Y FAUNA 7.3.4
La intervención humana y de las maquinarias en las fases del proyecto puede pronosticar efectos
sobre los componentes bióticos (flora y fauna), identificados en el área del proyecto.
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No se identificaron especies atípicas del sector en el predio donde se construirá el Conjunto
residencial, únicamente la existencia predominante de maleza, por lo que en esta fase, puede
considerarse que la afectación es Baja.
A pesar de que es un área totalmente intervenida, y la flora existente predominante es maleza; se
encontraron especies de aves comunes en la zona por lo cual va a existir una afectación al hábitat de
dichas aves; pero se considera que la afectación a la fauna será baja.
Analizando estos posibles impactos, tendremos como deducción que las diferentes especies residentes
de aves, migrarán del área del proyecto; en búsqueda de un lugar cercano en el sector similar a su
actual hábitat de reproducción y/o alimentación; de la misma forma, actuarán las especies
transitorias.
En la fase de funcionamiento del proyecto, es posible que algunas especies de aves regresen a las
nuevas áreas verdes que se habiliten en el lugar, aportando un paisaje importante para la percepción
de los futuros habitantes del Conjunto residencial.
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE LA POBLACIÓN 7.3.5
El tráfico vial aumentará durante las siguientes etapas:
Durante la etapa de construcción por la entrada y salida de maquinarias, equipos, vehículos.
Estos estarán destinados al traslado de materiales, residuos de construcción, trabajadores, etc.
Durante la etapa de operación por la entrada y salida de los residentes al conjunto residencial
personal de trabajo de la urbanización y visitantes.
Durante la etapa de abandono del proyecto por la entrada de la maquinaria y equipos, llevar
los escombros y materiales de la construcción a su depósito final, transporte de los
trabajadores durante esa etapa.
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO EMPLEO 7.3.6
Los impactos sobre la población activa serán positivos durante las tres etapas. Se generará empleo
para las personas envueltas en el proyecto, desde el diseño del Conjunto Residencial, construcción de
los mismos y operación adecuada, hasta la etapa de abandono.
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO USO DE SUELO 7.3.7
Una vez que el Conjunto residencial se encuentre en normal funcionamiento aumentará la plusvalía
por uso de suelo. Esto se dará por:
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La obtención de altos estándares de calidad durante su construcción.
Dar un paisaje visual agradable que provocará la incentivación necesaria para vivir cerca del
sector.
Aumentando el interés de construcciones de más urbanizaciones, centros comerciales,
unidades educativas, etc. alrededor de este sector
Se considerará como impacto positivo la alteración de uso de suelo por mejorar la calidad de vida de
la población influida o no por el proyecto.
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE EL ELEMENTO AUMENTO DE LUGARES 7.3.8
RECREATICOS Y DE URBANIZACIÓN
El elemento núcleos de población formará parte de los impactos positivos del proyecto. Las personas
que vivirán y trabajarán dentro del conjunto residencial se beneficiarán por tener:
Servicios básicos como agua potable, energía eléctrica y servicio telefónico
Servicio de seguridad
Sistema de tratamiento de aguas residuales urbanas
Parques
Parqueadero particular y público
Áreas verdes
IMPACTOS OCASIONADOS SOBRE LA SEGURIDAD Y SALUD 7.3.9
Comprende las afecciones a la seguridad y salud principalmente de los obreros que trabajarán en la
construcción, así como efectos que podrían producirse en la salud de las personas que viven y laboran
en los alrededores del proyecto.
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8. ANÁLISIS DE RIESGOS El presente capitulo hace referencia a los riesgos ambientales exógenos y endógenos a los que están
expuestos los componentes ambientales dentro de las áreas de influencia. La consideración para esta
descripción está basada en todas las fases que presenta el proyecto. El objetivo principal de este
análisis es el evaluar los riesgos físicos tanto del proyecto al ambiente y de este al proyecto, y así
identificar los peligros que afectan a la obra, su naturaleza y gravedad.
8.1 RIESGOS DEL PROYECTO HACIA EL AMBIENTE.
METODOLOGÍA. 8.1.1
Para el análisis de riesgos del proyecto hacia el ambiente vamos a utilizar la metodología propuesta en
la Guía de Términos de Referencia para Estudios de Impacto Ambiental del Ministerio del Ambiente, la
misma que propone la utilización del método simplificado de evaluación de riesgos, la cual permite
cuantificar los riesgos existentes y jerarquizar racionalmente su prioridad. Los principios que rigen a esta
evaluación son:
Gravedad de pérdidas potenciales (leve, grave, muy grave y catastrófico).
Frecuencia con la que se hayan producido o pudieren producirse pérdidas (esporádica,
ocasional, frecuente, continuada).
Probabilidad de que se produzca una perdida (baja, media, alta, muy alta)
Esta metodología se aplica tanto para la etapa de construcción, retiro y abandono de obras; como
para la etapa de operación y mantenimiento del conjunto residencial.
Para la categorización de los NIVELES DE RIESGO se utilizara la siguiente formula:
ESTIMACIÓN DE LA GRAVEDAD. 8.1.1.1
Como se muestra en la siguiente tabla, la gravedad considera cuatro niveles de consecuencias,
distinguiendo entre daños personales y materiales, y estableciendo una correspondencia entre ellos:
NR= Gravedad x Frecuencia
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Tabla 19. Determinación de la Gravedad.
Nivel de Gravedad G Significativo
Daños Personales Daños Materiales
Mortal o Catastrófico (M) 100 1 muerto Destrucción total del sistema (difícil
renovar)
Muy grave (MG) 60 Lesiones graves que pueden ser
irreparables
Destrucción parcial del sistema
(compleja y costosa la reparación)
Grave (G) 25 Lesiones con incapacidad laboral
transitoria (I.L.T)
Se requiere paro de proceso para
efectuar la reparación
Leve (L) 10
Pequeñas lesiones que no
requieren hospitalización y/o
intervención
Reparable sin necesidad de paro
del proceso
ESTIMACIÓN DE LA FRECUENCIA. 8.1.1.2
Es la medida con la que se produce la exposición al riesgo en el puesto de trabajo en cuestión,
ajustada a los criterios del siguiente cuadro:
Tabla 20. Determinación de la Frecuencia
Nivel de frecuencia F Significado
Continua (EC) 4 Continuamente. Varias veces en su jornada laboral con tiempo
prolongado
Frecuente (EF) 3 Varias veces en su jornada laboral, aunque sea con tiempos cortos.
Ocasional (EO) 2 Alguna vez en su jornada laboral y con periodo corto de tiempo
Esporádica (EE) 1 Irregularmente
DETERMINACIÓN DE LA PROBABILIDAD. 8.1.1.3
Se calcula como producto del nivel de deficiencia (ND) x la frecuencia. El resultado numérico
obtenido se categoriza en cuatro niveles, según se señala en el siguiente cuadro:
Tabla 21. Determinación de Nivel de Probabilidad
Nivel de Frecuencia (F)
4 3 2 1
Niv
el
de
fic
ien
cia
(ND
)
10 MA-40 MA-30 A-20 A-10
6 MA-24 A-18 A-12 M-6
2 MA-8 M-6 B-4 B-2
El significado de cada nivel aparece recogido en la siguiente tabla:
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Tabla 22. Significado de los diferentes Niveles de Probabilidad.
Nivel de probabilidad NP Significado
Muy alta (MA) Entre 40 y 24
Situación deficiente con exposición continuada, o muy deficiente
con exposición frecuente. Normalmente la materialización del
riesgo ocurre con frecuencia.
Alta (A) Entre 20 y 10
Situación deficiente con exposición frecuente u ocasional, o bien
situación muy deficiente con exposición ocasional o esporádica.
La materialización del riesgo es posible que suceda varias veces
en el ciclo de vida laboral.
Media (M) Entre 8 y 6
Situación deficiente con exposición esporádica, o bien situación
mejorable con exposición continuada o frecuente. Es posible que
suceda el daño alguna vez.
Baja (B) Entre 4 y 2
Situación mejorable con exposición ocasional o esporádica. No
es esperable que se materialice el riesgo, aunque puede ser
concebible
ESTIMACIÓN DEL NIVEL DE DEFICIENCIA (ND) DE LA SITUACIÓN DE RIESGO. 8.1.1.4
La forma idónea de hacerlo es aplicando un cuestionario de chequeo que incluya los factores de
riesgo apropiados y una indicación acerca de la importancia que cabe atribuirles como elementos
causales del daño. Tales indicaciones, sea cual sea el sistema que se use, han de ajustarse a la escala
de ND que recoge la siguiente tabla:
Tabla 23. Determinación del Nivel de Deficiencia
Nivel de probabilidad NP Significado
Muy Deficiente (MD) 10
Se han detectado factores de riesgo significativos que
determinan como muy posible la generación de fallos. El conjunto
de medidas preventivas existentes respecto al riesgo resulta
ineficaz.
Deficiente (D) 6
Se ha detectado algún factor de riesgo significativo que precisa
ser corregido. La eficacia del conjunto de medidas preventivas
existentes se ve reducida de forma apreciable.
Mejorable (M) 22
Se han detectado factores de riesgo de menor importancia. La
eficacia del conjunto de medidas preventivas existentes respecto
al riesgo no se ve reducida de forma apreciable.
Aceptable (B) - No se ha detectado anomalía destacable alguna. El riesgo está
controlado. No se valora.
DETERMINACIÓN DEL NIVEL DE RIESGO (NR) Y EL NIVEL DE INTERVENCIÓN. 8.1.1.5
Como ya se indicó, el nivel de riesgo se determina como producto de la gravedad por la frecuencia.
Al valor obtenido, por medio de su inclusión en uno de los grupos clasificatorios de la siguiente tabla se
le asigna una prioridad de intervención cuyo significado se recoge a continuación:
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Tabla 24. Determinación del Nivel de Riesgo y de Intervención.
Nivel de Probabilidad (NP)
40-24 20-10 8-6 4-2 G
rav
ed
ad
(G
)
100 I
4000-2400
I
2000-1200
I
800-600
II
400-200
60 I
2400-1440
I
1200-600
II
480-360
II
240
III
120
25 I
1000-600 II
500-250
II
200-150
III
100-50
10 II
400-240
II
200
III
100
III
80-60
III
40
Tabla 25. Significado del Nivel de Intervención
Nivel de probabilidad NP Significado
I 400-600 Situación crítica. Corrección urgente. II 500-150 Corregir y adoptar medidas de control.
III 120-40 Mejorar si es posible. Sería conveniente justificar la intervención y
su rentabilidad.
IV 20 No intervenir, salvo que un análisis más preciso lo justifique
De este modo, en este último paso de la aplicación del método puede decirse que se solapan dos
etapas: la última de la evaluación propiamente dicha, que sería la jerarquización de los riesgos, y la
primera de la planificación preventiva, que correspondería a la priorización de las medidas de
actuación.
RESULTADOS. 8.1.2
Etapa de construcción: En esta etapa todas las actividades identificadas del proyecto son capaces de
generar riesgos al ambiente sobre todo a los factores ambientales: agua, suelo, aire y socio cultural, tal
como se detalla en el siguiente cuadro:
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Tabla 26. Identificación de riesgos del proyecto al ambiente, etapa de construcción
FASE ACTIVIDAD Riesgo Identificado
CONSTRUCCIÓN
Realización de obras provisionales Accidentes laborales y personales
Preparación del terreno y construcción de
cimentación Accidentes laborales y personales
Construcción de estructuras Accidentes laborales y personales
Trabajos de albañilería y mampostería Accidentes laborales y personales
Construcción de los sistemas para servicios básicos Accidentes laborales y personales
Trabajos de acabado Accidentes laborales y personales
OPERACIÓN
Entrada y salida de vehículos Accidentes laborales y personales
Generación de desechos sólidos Accidentes laborales y personales
Generación de descargas líquidas Accidentes laborales y personales
Mantenimiento de obras civiles Accidentes laborales y personales
ABANDONO
Actividades de abandono culminada la fase de
construcción Accidentes laborales y personales
Actividades de abandono culminada la fase de
operación Accidentes laborales y personales
Como se puede apreciar, se han identificado los siguientes principales riesgos:
Accidentes Laborales y Personales.
En el caso de los accidentes laborales, los más comunes a los que estarán expuestos los trabajadores y
pobladores locales son:
Caídas de altura y al mismo nivel en toda el área de trabajo.
Atropellos durante la entrada y salida de vehículos y/o maquinaria.
Golpes con objetos en todos los frentes de trabajo.
Generación de ruido, vibraciones, polvo y material particulado.
Proyección de partículas durante todos los procesos del trabajo.
Golpes, atrapamiento, esguinces, salpicaduras y cortaduras,
Movimientos repetitivos y posiciones inadecuadas.
Determinación del nivel de riesgo: de acuerdo a la metodología planteada y considerando que el
proyecto ya está en ejecución se presentan los resultados del nivel de riesgo para cada actividad
registrada:
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Tabla 27. Identificación del nivel de riesgo del proyecto al ambiente, etapa de construcción, retiro y
abandono de obras.
FASE ACTIVIDAD Riesgo Identificado Gravedad Frecuencia Nivel de Riesgo
(NV=G*F)
CONSTRUCCIÓN
Realización de obras
provisionales
Accidentes laborales y
personales 25 3 75
Preparación del terreno
y construcción de
cimentación
Accidentes laborales y
personales 25 3 75
Construcción de
estructuras
Accidentes laborales y
personales 25 3 75
Trabajos de albañilería y
mampostería
Accidentes laborales y
personales 25 3 75
Construcción de los
sistemas para servicios
básicos
Accidentes laborales y
personales 25 3 75
Trabajos de acabado Accidentes laborales y
personales 10 2 20
OPERACIÓN
Entrada y salida de
vehículos
Accidentes laborales y
personales 10 2 20
Generación de
desechos sólidos
Accidentes laborales y
personales 10 2 20
Generación de
descargas líquidas
Accidentes laborales y
personales 10 2 20
Mantenimiento de
obras civiles
Accidentes laborales y
personales 10 2 20
ABANDONO
Abandono culminada
la fase de construcción
Accidentes laborales y
personales 10 2 20
Abandono culminada
la fase de operación
Accidentes laborales y
personales 10 2 20
Determinación del nivel de probabilidad: En base a los valores determinados en para el nivel de
deficiencia y la frecuencia establecida en el cuadro anterior, a continuación presentamos los
resultados del nivel de probabilidad de ocurrencia de los riesgos identificados:
Tabla 28. Determinación del nivel de probabilidad de riesgo del proyecto al ambiente
FASE ACTIVIDAD Riesgo Identificado
Nivel de
deficiencia
(ND)
Frecuencia
Nivel de
probabilidad
(NP=ND*F)
CONSTRUCCIÓN
Realización de obras
provisionales
Accidentes laborales
y personales 2 3 6 M6
Preparación del terreno
y construcción de
cimentación
Accidentes laborales
y personales 2 3 6 M6
Construcción de
estructuras
Accidentes laborales
y personales 2 3 6 M6
Trabajos de albañilería y
mampostería
Accidentes laborales
y personales 2 3 6 M6
Construcción de los
sistemas para servicios
básicos
Accidentes laborales
y personales 2 3 6 M6
Trabajos de acabado Accidentes laborales
y personales 2 2 4 B4
OPERACIÓN
Entrada y salida de
vehículos
Accidentes laborales
y personales 2 2 4 B4
Generación de
desechos sólidos
Accidentes laborales
y personales 2 2 4 B4
Generación de
descargas líquidas
Accidentes laborales
y personales 2 2 4 B4
Mantenimiento de obras
civiles
Accidentes laborales
y personales 2 2 4 B4
ABANDONO
Abandono culminada la
fase de construcción
Accidentes laborales
y personales 2 2 4 B4
Abandono culminada la
fase de operación
Accidentes laborales
y personales 2 2 4 B4
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Según la tabla anterior los niveles de probabilidad se ubican dentro de la categoría Media (M) entre 8
y 6 y Baja (B) entre 4 y 2
Media (M): Situación deficiente con exposición esporádica, o bien situación mejorable con
exposición continuada o frecuente. Es posible que suceda el daño alguna vez.
Baja (B): Situación mejorable con exposición ocasional o esporádica. No es esperable que se
materialice el riesgo, aunque puede ser concebible.
Determinación del nivel de riesgo y de intervención: en base a los valores determinados para la
gravedad y el nivel de probabilidad establecidos en el cuadro anterior, a continuación se presentan
los niveles de riesgo y de intervención:
Tabla 29. Determinación del nivel de riesgo y de intervención
FASE ACTIVIDAD Riesgo Identificado Gravedad Nivel de
probabilidad
Nivel de riesgo y
de intervención
CONSTRUCCIÓN
Realización de obras
provisionales
Accidentes laborales
y personales 25 6 150 II 150
Preparación del terreno
y construcción de
cimentación
Accidentes laborales
y personales 25 6 150 II 150
Construcción de
estructuras
Accidentes laborales
y personales 25 6 150 II 150
Trabajos de albañilería y
mampostería
Accidentes laborales
y personales 25 6 150 II 150
Construcción de los
sistemas para servicios
básicos
Accidentes laborales
y personales 25 6 150 II 150
Trabajos de acabado Accidentes laborales
y personales 10 4 40 III 40
OPERACIÓN
Entrada y salida de
vehículos
Accidentes laborales
y personales 10 4 40 III 40
Generación de
desechos sólidos
Accidentes laborales
y personales 10 4 40 III 40
Generación de
descargas líquidas
Accidentes laborales
y personales 10 4 40 III 40
Mantenimiento de obras
civiles
Accidentes laborales
y personales 10 4 40 III 40
ABANDONO
Abandono culminada la
fase de construcción
Accidentes laborales
y personales 10 4 40 III 40
Abandono culminada la
fase de operación
Accidentes laborales
y personales 10 4 40 III 40
Según la tabla anterior los niveles de riesgo y de intervención se ubican en 40 y 150; cuyo significado es
el siguiente:
III (120 – 40): Mejorar si es posible. Sería conveniente mejorar la intervención y su rentabilidad.
II (500 – 150): Corregir y adoptar medidas de control.
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Medidas preventivas: en base a la determinación del nivel de riesgo y de intervención a continuación
se citan algunas medidas preventivas para tratar de prevenir los riesgos en el proyecto, las mismas que
se detallaran y ampliaran más adelante en el Plan de Manejo Ambiental:
Tabla 30. Determinación de medidas preventivas para los riesgos identificados
FASE ACTIVIDAD Riesgo Identificado
Nivel de
riesgo y de
intervención
Posibles medidas preventivas
CONSTRUCCIÓN
Realización de obras
provisionales
Accidentes laborales
y personales II 150
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
Preparación del terreno
y construcción de
cimentación
Accidentes laborales
y personales II 150
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
Construcción de
estructuras
Accidentes laborales
y personales II 150
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
Trabajos de albañilería y
mampostería
Accidentes laborales
y personales II 150
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
Construcción de los
sistemas para servicios
básicos
Accidentes laborales
y personales II 150
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
Trabajos de acabado Accidentes laborales
y personales III 40
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
OPERACIÓN
Entrada y salida de
vehículos
Accidentes laborales
y personales III 40
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
Generación de
desechos sólidos
Accidentes laborales
y personales III 40
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
Generación de
descargas líquidas
Accidentes laborales
y personales III 40
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
Mantenimiento de obras
civiles
Accidentes laborales
y personales III 40
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
ABANDONO
Abandono culminada la
fase de construcción
Accidentes laborales
y personales III 40
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
Abandono culminada la
fase de operación
Accidentes laborales
y personales III 40
Uso de Equipos de Protección Personal,
implementación de señalética
especializada
8.2 RIESGOS DEL AMBIENTE HACIA EL PROYECTO.
METODOLOGÍA. 8.2.1
Los riesgos hacia el proyecto tienen que ver con los peligros provenientes de agentes externos al
proyecto, principalmente desastres naturales; estos fueron analizados en base a la información
secundaria expuesta en el documento Cartografía de riesgos y capacidades en el Ecuador: mapas de
amenazas, vulnerabilidad y capacidades en el Ecuador, elaborado por Demorales, F y Dercole R, en el
2001; y avalado por OXFAN y SIISE. En este documento se hace un análisis de los desastre naturales
ocurridos a lo largo de los años en nuestro país, lográndose identificar tres amenazas naturales de
importancia: riesgos geofísicos, volcanes, deslizamientos y derrumbes. Luego de estos se procedió a la
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elaboración de mapas de eventos potenciales en función del período de registro y de las
características de la amenaza tales como su intensidad, peligrosidad y extensión probables. Esta
cartografía fue expuesta considerando el nivel de amenaza por cantones, que fueron categorizados
en una escala en función de la probabilidad, peligrosidad y extensión de cada uno de los peligros a
los que están expuestos. Los valores de cada amenaza que varían de 0 a 3 o de 0 a 2 fueron luego
sumados para determinar un grado o nivel final de exposición de los cantones a peligros de origen
natural. El mapa final de cada amenaza retrata esta medida del grado sintético de amenazas por
cantón.
RIESGO POR SISMOS 8.2.1.1
Basado en las principales amenazas de terremotos ocurridos en el Ecuador, publicados en el
documento Mapas de Amenazas, Vulnerabilidad y Vulnerabilidad en el Ecuador, OXFAM 2001. En este
documento se habla acerca de todos los terremotos y movimientos sísmicos ocurridos en nuestro país
desde 1541 hasta 1998, de manera general se observa que los eventos telúricos mayores ocurrieron en
la región andina desde la Provincia de Chimborazo hasta la Provincia de Tulcán. En resumen la zona
central de la Sierra (Ambato, Riobamba), la Sierra Norte y las zonas costeras de las provincias de
Esmeraldas y Manabí, son las zonas que sufrieron desde los últimos cuatro siglos las mayores pérdidas
por terremotos en el Ecuador.
Ilustración 8. Nivel de Amenaza Sísmica por Cantón en el Ecuador
Fuente: OXFAN, 2001
Cantón Zamora
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En el área de influencia donde se desarrollaran las actividades del proyecto, el riesgo de amenaza se
califica en 1, siendo 0 el nivel de amenaza más bajo y 3 el nivel más alto. Por tanto el nivel de riesgo
geofísico para el área de influencia es MEDIANAMENTE BAJO. Además en la historia del Ecuador, no se
ha reportado ningún movimiento sísmico ocurrido en el Cantón Zamora.
Adicionalmente, de acuerdo con el mapa de Intensidad Sísmica, elaborado por la Secretaría Técnica
de Gestión de Riesgos (2010), se conoce que el sector donde se ubica el área del proyecto, se ubica
en una zona de intensidad sísmica media.
Ilustración 9. Mapa de Intensidad Sísmica
Fuente: Secretaría Técnica de Gestión de Riesgo. 2010
RIESGO VOLCÁNICO 8.2.1.2
Para el análisis de riesgo volcánico se utilizó evidencia histórica y ubicación geográfica de los
principales Volcanes del Ecuador, para relacionarlos con la ubicación de área de influencia. Las
erupciones volcánicas afectaron especialmente a la Sierra Norte, desde Riobamba hasta Ibarra, el
Subandino Oriental y las Islas Galápagos. Cinco volcanes erupcionaron más de 15 veces entre el siglo
16 y finales del siglo XX: Cotopaxi, Tungurahua, Sangay, Reventador y La Cumbre en las Islas
Galápagos.
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Ilustración 10. Nivel de amenazas volcánicas por cantón en Ecuador
Fuente: OXFAN, 2001
El área de influencia se encuentra en una zona sin concentración de volcanes por tanto podemos
decir que el Riesgo Volcánico es NULO.
RIESGO DE DESLIZAMIENTO Y DERRUMBES 8.2.1.3
Para determinar el riesgo de deslizamientos y derrumbes en el área de influencia, nos basamos en
movimientos en masa registrados desde 1988. La Provincia de Manabí podría ser la que ha sufrido la
mayor cantidad de deslizamientos (Más de 40 eventos). Le sigue Pichincha (25 desmoronamientos) y
en tercer lugar Guayas y Esmeraldas y varias provincias del centro y sur de la Sierra. En cambio, en la
parte amazónica y en el norte de la Sierra se registraron pocos deslizamientos. Varios criterios influyen
en los movimientos en masa entre ellos el grado de pendiente, las extensión de las vertientes, las
formaciones geológicas subyacentes, las precipitaciones la presencia de fallas la ocurrencia de sismos,
y también el uso antrópico de los suelos.
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Ilustración 11. Nivel de amenazas por deslizamiento por cantón en el Ecuador
Fuente: OXFAN, 2001
La región andina es potencialmente la más expuesta a las manifestaciones morfodinamicas. Para el
caso del área de influencia del proyecto el nivel de amenaza por deslizamiento es calificado con un
valor de 3, considerando que cero (0) es el mínimo nivel de amenaza y tres (3) el máximo. Por tanto
existe un riesgo relativamente ALTO a deslizamientos potenciales.
RIESGO POR INUNDACIÓN 8.2.1.4
De acuerdo al SIISE el nivel de amenaza de inundación a nivel de los cantones está clasificado en 4
clases; con una escala de valoración de 0 – 3 grados; en los que tiene que ver las incidencias de
desbordamiento de ríos, cantidad de precipitación, taponamiento de drenajes y eventos del
fenómeno de El Niño, en casos que se ubican principalmente en la zona costera
Cantón Loja
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Ilustración 12. Nivel de amenazas por inundación por cantón en el Ecuador
Fuente: OXFAN, 2001
En función de esta clasificación, el cantón Zamora considerado en este estudio tiene un grado de
amenaza de inundaciones igual a 0, pero es necesario mencionar el proyecto se ubica cerca del Río
Jipiro, por tal motivo su probabilidad de inundación aumenta a MEDIO.
Cantón Loja
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9. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA)
9.1 INTRODUCCIÓN
El Plan de Manejo Ambiental es un instrumento de gestión que aporta con un conjunto de medidas
debidamente organizadas, que están dirigidas a la prevención, control, eliminación o minimización de
los impactos negativos que un proyecto podría causar al entorno.
El PMA ha sido diseñado fundamentándose en:
El Marco Legal aplicable.
Las principales actividades del proyecto según los avances en el lugar de implantación.
Los resultados de la evaluación de impactos ambientales
9.2 OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL 9.2.1
Aplicar oportunamente las medidas ambientales necesarias para enfrentar los impactos ambientales
identificados, de acuerdo a las actividades que se desarrollan en las etapas de construcción y que se
desarrollarán durante el uso/mantenimiento del conjunto residencial.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS 9.2.2
Determinar de acuerdo a las actividades que se desarrollen en las diferentes etapas del
proyecto, las medidas de prevención, protección, mitigación, control, recuperación,
capacitación y compensación, más adecuadas para poder contrarrestar y mitigar los
impactos producidos.
Lograr el desarrollo eficaz y eficiente en el campo socio ambiental de cada una de las
actividades del proyecto, aplicando medidas de control y seguimiento ambiental.
Establecer programas de evaluación, monitoreo y control, aplicando el mejoramiento
continuo para así lograr un desarrollo armonioso en las diferentes actividades del proyecto.
9.3 ESTRUCTURA DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
En el marco de los requisitos establecidos en el Sistema Unificado de Manejo Ambiental, el Texto
Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, y demás normativa ambiental
vigente, para el desarrollo del presente Plan de Manejo Ambiental, se considera los siguientes planes
ambientales:
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PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS
PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS
PLAN DE CONTINGENCIAS
PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
PLAN DE REHABILITACIÓN
PLAN DE CIERRE, ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA
PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO
En cada uno de los Planes, se presentan medidas ambientales que permitirán prevenir y mitigar los
impactos negativos que pudiere ocasionar el proyecto. El PMA se resume a continuación en fichas que
contienen la siguiente información:
Identificación del plan
Identificación del programa
Objetivos
Lugar de aplicación
Responsable
Aspecto ambiental
Impacto ambiental identificado
Medida propuesta
Indicadores medios de verificación
Plazos
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PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS 9.3.1
PROGRAMA DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
Objetivo: aplicar medidas que permitan prevenir y mitigar impactos negativos que afecten la construcción y operación del proyecto
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PPM - 01
Aspecto
Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores
Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Calidad del aire
Generación de
material particulado
Para reducir la generación de polvo con el ingreso y salida de vehículos con materiales
que se utilizarán durante la etapa de construcción de las viviendas, bordillos, vías de
acceso y demás obras; el contratista deberá implementar riego con vehículo tanquero
de agua o directamente con manguera, para humedecer el suelo y evitar la
generación de material particulado. Esto se lo realizará durante la estación seca o
cuando sea necesario.
Frecuencia de riego a cargo del
personal responsable de la obra
Registro de riego
Registro fotográfico 12
Cubrir con lona toda la superficie de los montículos de tierra o de materiales similares,
que permanezcan sobre el suelo o en el transporte de los mismos.
# de vehículos con lonas
colocadas/ # de vehículos totales Registro fotográfico 12
Deberá limitarse la velocidad de los vehículos en general que circulen por las vías del
área de influencia directa del proyecto. Se establecerá un límite de 15 km/h dentro de
las instalaciones del conjunto residencial.
Velocidad establecida /velocidad
de los vehículos Observación directa 12
Siempre el perímetro del área donde se está construyendo y donde hay movimientos de
suelo deberá permanecer cercado con algún tipo de barrera protectora que permita
controlar la generación de material particulado y evite molestias a los residentes de
casas vecinas. Esta barrera protectora es temporal y deberá ser fácilmente removible.
Montículos cubiertos /
Montículos de totales Registro fotográfico 12
Generación de gases
de emanación y Ruido
Las volquetas y camiones deberán estar en perfecto estado de mantenimiento de
forma que sus emanaciones de gases de combustión y ruido que generen sean lo
mínimo posible. Estos mantenimientos deberán ser realizados en los correspondientes
talleres mecánicos y bajo ninguna circunstancia se realizarán en el área de
construcción del proyecto.
Mantenimiento de vehículos
realizado / mantenimientos
planificados
Registro de
mantenimiento
Generación de ruido
Dentro del proyecto está totalmente prohibido el uso del claxon o pito. Ningún tipo de
vehículo ya sea de carga de materiales o particular podrá hacer uso del pito, salvo
coso extremo de emergencia.
Todos los transportistas cumplen con
la medida establecida Observación directa 12
Calidad de
Suelos
Alteración de la
estabilidad del suelo y
de taludes
Inconvenientes en la
salud y seguridad
En general se adoptarán las precauciones necesarias para evitar derrumbamientos,
según la naturaleza y condiciones del terreno. Las excavaciones de zanjas, hoyos, y/o
terreno en general se ejecutarán con una inclinación de talud provisional adecuadas a
las características del terreno, debiéndose considerar peligrosa toda excavación cuya
pendiente sea superior a su talud natural.
Durante el periodo de construcción
del proyecto, se aplica todas las
medidas de seguridad descritas en
esta medida en un 100%
Fotos; Informes
técnicos, informes
fiscalización,
observaciones
directas
12
Generación de
desechos peligrosos
Es de resaltar que en el área de construcción no se manejará combustible, pero en el
caso de su uso, se deberá seguir buenas prácticas para prevenir derrames al ambiente
y de seguridad laboral tales como: empleo de bandejas colectoras de derrames,
empleo de adsorbentes, uso de equipos de seguridad personal como guantes y/o
mascarillas por parte de los trabajadores.
Buenas prácticas realizadas
___________________ X100
Buenas prácticas establecidas
Registro fotográfico
de
aplicación de las
buenas prácticas
1
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Contaminación de
suelo
Generación de
desechos peligrosos
Afectación al recurso
suelo por incorrecta
disposición de insumos
Disponer de un área de almacenamiento con piso, techo y paredes para colocar los
materiales de construcción en el interior del área del proyecto.
Las áreas de almacenamiento de
insumos cuentan con protección de
humedad.
Registro fotográfico
del área de
almacenamiento de
insumos.
1
Calidad de suelo
Calidad del
agua
Afectación al recurso
suelo y agua por
incorrecta disposición
de desechos
Las áreas de almacenamiento temporal de desechos, así como los sitios de disposición
final de los residuos sólidos, deben ubicarse en lugares impermeables, o en su defecto
implementar canaletas y drenajes para la colección de los lixiviados.
Áreas de
almacenamiento
temporal se encuentran
ubicadas en lugares
impermeables
Registro fotográfico
de
las áreas de
almacenamiento
temporal
1
Contaminación del
suelo por desechos
sólidos.
Durante la construcción, los desechos del tipo “materiales de construcción” deberán
ser acumulados temporalmente en uno o varios sitios asignados exclusivamente para
este efecto, dentro del terreno de la obra. Por lo tanto, estará prohibido acumular estos
desechos fuera del cerramiento perimetral del conjunto residencial en construcción o
de los límites perimetrales del terreno. Todos los residuos de los materiales de
construcción serán transportados periódicamente, hasta el sitio de disposición final
autorizado por el Municipio de Loja.
Áreas de almacenamiento de
materiales de construcción
Registro de
generación de
residuos
Hoja informativa
Calidad del
agua
Contaminación de
agua por desechos
solidos
Estará prohibido disponer los desechos de materiales de construcción “escombros” o
materiales de desalojo en terrenos, vías, o cuerpos hídricos.
Áreas de almacenamiento de
materiales de construcción
Registro de
generación de
residuos
1
Calidad del aire Contaminación del
aire Estará prohibido quemar los desechos de los materiales de construcción
Registro de
generación de
residuos
1
Flora y Fauna
Pérdida de
vegetación
Retirar la vegetación solamente en los sitios donde se implementará el proyecto. La
capa de vegetación retirada y que pueda ser utilizada para revegetación, deberá ser
colocada en pilas de hasta de 1 m de altura para evitar daños sobre sí misma y
asegurar su uso en revegetación de áreas.
Áreas de explotación Registro fotográfico Mensual
Hacer canaletas perimetrales alrededor del área de acumulación de vegetación. Áreas con canaletas / Áreas que
requieren canaletas Registro fotográfico Mensual
Pérdida de especies
de flora y fauna
Prohibir el uso de recursos naturales de flora y fauna silvestres para caza, pesca o algún
otro fin para el que no exista un permiso de investigación (otorgado por el MAE).
Presencia de especies
propias del sitio
Compromiso de
trabajadores Mensual
PROGRAMA DE SEÑALIZACIÓN
Objetivo: Prevenir accidentes debido a la falta de señalización relacionada con la seguridad de las personas en el área de trabajo y en los alrededores.
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PPM - 02
Aspecto
Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores
Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Seguridad y
Salud
Afectaciones a las
personas que
Implementación de un letreros informativo del proyecto urbanístico, de acuerdo al
siguiente detalle:
Al inicio de los
trabajos de construcción, se
Fotos, facturas de
compra de 1
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ocupacional transitan cerca de la
obra debido a mala
señalización.
Para mantener informados a los beneficiarios, moradores del lugar y ciudadanía en general
sobre la ejecución del proyecto, se colocará un letrero informativo que deberá contener el
nombre del proyecto, monto de inversión, contratante, contratista y fiscalizador.
Características: Valla metálica de 6 m x 4 m, parantes de 8 m con tubo estructural de 4” x 2mm
con refuerzo intermedio con tubo 2” x 2 mm.
El letrero informativo será colocado donde el Fiscalizador lo designe y una vez finalizada la
obra el letrero debe ser retirado y entregado al organismo competente.
implementará letrero
informativo en la obra en un
100%.
señalética,
Registro fotográfico
Seguridad y
Salud
ocupacional
Inconvenientes en la
salud y seguridad de
los trabajadores y
población en general
Implementación de señalética interior de acuerdo al siguiente detalle:
La señalización de seguridad Formato A4 tiene como misión llamar la atención sobre los
objetos o situaciones que pueden provocar peligros así como para indicar el emplazamiento
de dispositivos y equipos que tengan importancia desde el punto de vista de seguridad en los
frentes de trabajo y/o bodega. Las señales se colocarán al interior de las instalaciones de la
bodega, las mismas deberán ser plasmadas a la pared. El letrero será diseñado con material
acrílico de alta resistencia, las dimensiones de 0.20 x 0.30, flexibles, colores de alta resolución,
estilo artificial, forma rectangular, grosor de 0.5 cm, deberán contener agujeros pequeños en
los costados al momento de ser colocados en paredes con tacos plástico. Al interior deberán
contener los pictogramas correspondientes de acuerdo a la clasificación que se muestra a
continuación:
Tipo de señal de
seguridad
Forma
geométrica
Color
Pictograma Fondo Borde Banda
Advertencia o
precaución Triangular Negro Amarillo Negro -
Prohibición Redonda Negro Blanco Rojo Rojo
Obligación Redonda Blanco Azul Blanco o
- Azul
Información
contra incendios
Rectangular
o cuadrada Blanco Rojo - -
Salvamento o
socorro
Rectangular
o cuadrada Blanco Verde
Blanco o -
Verde
Las dimensiones del pictograma deberán ajustarse a lo establecido en la norma INEN – ISO
3864 – 1: 2013. El lugar de instalación de la señal deberá ser bien iluminado, ser accesible y
fácilmente visible. Si la iluminación general es insuficiente, se empleará una iluminación
adicional o se utilizarán colores fosforescentes o materiales fluorescentes.
En la tabla a continuación se muestra las principales señales que se deberán considerar en
función de las necesidades que la ejecución del proyecto implique:
A las dos semanas de
iniciado los trabajos de
construcción, se ha
implementado las señales de
advertencia, obligación,
prohibición, salvamento, y
contra incendios en la obra
en un 100%.
Registro fotográfico
Facturas de
compra de
señalética
1 mes
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Tipo Pigtograma
Advertencia
Obligación
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Prohibición
Salvamento
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Contraincendios
Seguridad y
Salud
ocupacional
Inconvenientes en la
salud y seguridad de
los trabajadores y
población en general
Implementación de señalización de seguridad tipo pedestal.- Las señales a emplearse deben
ser de un material resistente a las condiciones climáticas y acorde a los trabajos de obra que
se encuentren ejecutando, siendo el fiscalizador de la obra quien apruebe las mismas. Serán
de forma cuadrangular de 0,60 m y los soportes de tubo galvanizado de 2 pulgadas, plancha
de tool galvanizado de 1/18”, tendrán una altura aproximada de 3.00 m, revestida de pintura
anticorrosiva y se enterrarán a unos 0.40 metros.
A las dos semanas de
iniciado los trabajos de
construcción de la
urbanización, se ha
implementado las señales de
seguridad tipo pedestal en la
obra en un 100%.
Fotos, facturas de
compra de
señalética,
observaciones
directas
1 mes
(máximo
hasta la
2da
semana)
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Las principales señales que se deben considerar para su instalación durante los trabajos se
muestran en la tabla a continuación:
Señalética Finalidad Pictograma
ADVERTENCIA
Informar a los vehículos que
transitan así como a las
personas que caminan,
sobre un potencial riesgo
ADVERTENCIA
Informar a los vehículos
sobre riesgo de colisión, por
la entrada o salida de
vehículos, en su mayoría de
gran calado
PROHIBICIÓN
Prohíbe un
comportamiento
susceptible de provocar un
peligro
OBLIGACIÓN
Recordar a todo el
personal, que el equipo de
protección personal es
obligatorio, con la finalidad
de minimizar riesgos
laborales
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SALVAMENTO
Centralizar al personal de la
obra en puntos estratégicos
en caso de suscitarse
desastres naturales
SALVAMENTO
Indicar al personal la ruta
más óptima para
abandonar las instalaciones
en caso de siniestro.
Seguridad y
Salud
ocupacional
Inconvenientes en la
salud y seguridad de
los trabajadores y
población en general
Señalización preventiva en los diferentes frentes de trabajo.- se colocaran barreas de
seguridad, con el apoyo de conos y/o bandas de acordonamiento. La función de las barreras
de seguridad, como su nombre lo indica sirven para formar barreras que delimiten una zona de
trabajo y la del tráfico de vehículos, dependiendo del caso, cuya función última es la de
absorber impactos que puedan minimizar los accidentes vehiculares o peatonales debido a
imperfecciones en la señalización o descuidos humanos en zonas cercanas a las obras civiles.
Generalmente no deberán usarse para canalizar o guiar tráfico. Las barreras de seguridad se
colocan en ángulo recto a la dirección del tránsito vehicular y peatonal que se aproxima,
obstruyendo la calzada o los canales en los cuales no debe haber circulación; los conos y las
cintas deben tener las siguientes características: Los conos deben ser de 45 cm en PVC y las
bandas o cintas de acordonamiento se utilizaran para delimitar áreas peligrosas o de riesgo
con leyenda “PELIGRO”; fabricada en polietileno de 3” de ancho. A continuación damos
algunos ejemplos de las cintas y conos que se deben utilizar:
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PLAN DE MANEJO DE DESECHOS 9.3.2
PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS NO PELIGROSOS (COMUNES)
Objetivo: Evitar la contaminación ambiental por el mal manejo de los desechos generados en el proyecto
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PMD - 01
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Calidad del suelo
Calidad del agua
Seguridad y Salud
ocupacional
Contaminación del suelo por
inadecuada disposición de
residuos sólidos
Contaminación de los cuerpos
de agua subterránea
Riesgos para la salud de la
población y trabajadores en
general
Residuos domiciliarios y comerciales
Se deberá disponer de forma adecuada los desechos sólidos no
peligrosos clasificándolos en reciclables y no reciclables que se
produzcan en los diferentes frentes de trabajo.
Se colocará uno o más recipientes pequeños para disponer estos
desechos, los mismos que deben estar debidamente rotulados;
adecuados con su respectiva tapa; ser dispuestos sobre piso
impermeabilizado para evitar el contacto directo con el suelo y
agua; el sitio de almacenamiento temporal debe tener su
respectiva cubierta para evitar el contacto con el agua, sol o
viento.
Los recipientes para almacenamiento de desechos sólidos no
reciclables o no biodegradables, deben ser de tal forma que se
evite el contacto de éstos con el medio y los recipientes deben ser
retornables (recipientes metálicos o plásticos, negro y celeste);
Estos desechos deberán ser trasportados al relleno sanitario de la
ciudad de Loja.
La capacidad de almacenamiento de los desechos en los
contenedores no debe superar el 75% de su capacidad
Este tipo de desechos no deberán almacenarse más de 4 días en
un lugar determinado.
Se llevara un registro de la cantidad de desechos no degradables
generados durante la construcción del proyecto, para lo cual se
dispondrá de una hoja de registro de generación de desechos no
degradables, donde se hará constar: la cantidad o volumen de
desechos generados (peso), lugar donde se generan, fecha, tipo
de desecho, etc.
Los recipientes para la clasificación de los desechos deben tener la
siguiente forma o modelo:
Diariamente se maneja
de forma adecuada los
desechos sólidos no
peligrosos que se
generan en el proyecto
Registro fotográfico
Observaciones
directas
Facturas de compra
de recipientes
12
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PROGRAMA DE MANEJO DE CHATARRA METÁLICA, PLÁSTICA Y CARTONES
Objetivo: Evitar la contaminación ambiental por el mal manejo de los desechos generados en el proyecto
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PMD - 02
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Calidad del suelo
Calidad del agua
Seguridad y Salud
ocupacional
Contaminación del suelo por
inadecuada disposición de
residuos sólidos
Contaminación de los cuerpos
de agua subterránea
Riesgos para la salud de la
población y trabajadores en
general
En el proyecto se van a utilizar cables, hierros, cemento, clavos,
accesorios de baños, tuberías, etc., producto del uso de estos
materiales se generará chatarra metálica, plásticos, cartones
papel, etc., que el contratista está en la obligación de gestionar su
almacenamiento temporal y su posterior disposición final; para la
gestión adecuada de estos desechos en la etapa de construcción
del proyecto, se propone lo siguiente:
Limpieza de los frentes de trabajo y el reciclaje de los mismos, para
su gestión posterior con empresas que cuentan con licencia
ambiental otorgada por el MAE y que se pueden conseguir o
ubicar en la ciudad de Loja, en caso de no existir gestores
autorizados por el MAE, estos desechos deben ser entregados al
Relleno Sanitario de la ciudad Loja.
Los desechos de hierros y otros materiales metálicos producto de
las obras civiles, no deberán ser arrojados al suelo o dispuestos
inadecuadamente. Estos desechos deberán manipularse,
almacenarse y transportarse con precaución, a fin de evitar
accidentes e incidentes; para el efecto, el contratista deberá
disponer de tachos o contenedores (55 galones) bien identificados
para la recolección de éste tipo de desechos.
Los desechos de metal, cartón y plásticos deberán ser
recolectados de manera diferenciada y podrán ser entregados a
recicladores o empresa recicladoras que hubiera en las zonas más
cercanas al proyecto.
Diariamente se maneja
de
forma adecuada la
chatarra
que se genera en el
proyecto
Registro fotográfico
Observación directa
12
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El contratista debe habilitar sitios de almacenamiento temporal de
este tipo de desechos en la bodega y en los diferentes frentes de
trabajo, y se deberá evitar que los mismos se encuentren dispersos
en las áreas de trabajo.
Se deberá llevar registros de generación y registros de entrega –
recepción de los desechos.
PROGRAMA DE MANEJO DE AGREGADOS (ARENA, GRAVA, PIEDRA, ETC.)
Objetivo: Evitar la contaminación ambiental por el mal manejo de los desechos generados en el proyecto
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PMD - 03
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Calidad del suelo
Calidad del agua
Seguridad y Salud
ocupacional
Contaminación del suelo por
inadecuada disposición de
residuos sólidos
Contaminación de los cuerpos
de agua subterránea
Riesgos para la salud de la
población y trabajadores en
general
Como se ha manifestado para la construcción del proyecto, se
requieren de bases, las mismas que deben ser levantadas de
hormigón con la mezcla de arena, grava, piedra, cemento, etc.;
para lo cual se propone lo siguiente:
Se coloquen barreras laterales para evitar la dispersión de estos
materiales en los diferentes frentes de trabajo;
Se reutilicen estos materiales en la construcción los mas que se
pueda;
Cubrir los áridos con plásticos para evitar que por efectos del agua
lluvia de dispersen por el suelo.
Diariamente se maneja
de forma adecuada los
áridos que se utilizan en
la construcción del
proyecto
Registro Fotográfico
Observación directa
12
PROGRAMA DE MANEJO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN (HIERROS, ENCOFRADOS)
Objetivo: Evitar la contaminación ambiental por el mal manejo de los desechos generados en el proyecto
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PMD – 04
(meses)
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Calidad del suelo
Calidad del agua
Seguridad y Salud
ocupacional
Contaminación del suelo por
inadecuada disposición de
residuos sólidos
Contaminación de los cuerpos
de agua subterránea
Riesgos para la salud de la
población y trabajadores en
general
Para armar las bases de las estructuras de aceras, bordillos, muros,
viviendas, obras complementarias, etc., se requiere de hierros,
cemento, encofrados, los mismo que deben tener un manejo
adecuado dentro del proyecto; para lo cual, se propone lo
siguiente:
Se deberá cubrir los materiales de construcción con plásticos para
evitar que por efectos del agua lluvia se oxiden o dañen y se
contamine el suelo.
Se deberá disponer de un área específica para almacenar los
materiales de construcción, la misma que debe contener su
cubierta respectiva.
Diariamente se maneja
de forma adecuada los
materiales de
construcción
Fotos;
observaciones
directas
12 meses
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PROGRAMA DE MANEJO DE ESCOMBROS E INERTES
Objetivo: Evitar la contaminación ambiental por el mal manejo de los desechos generados en el proyecto
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PMD – 05
(meses)
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Calidad del suelo
Calidad del agua
Seguridad y Salud
ocupacional
Contaminación del suelo por
inadecuada disposición de
residuos sólidos
Contaminación de los cuerpos
de agua subterránea
Riesgos para la salud de la
población y trabajadores en
general
Deben ser dispuestos en los lugares establecidos, llamadas
escombreras, para la ubicación de la escombrera se tomara en
cuenta lo siguiente:
- Evitar sitios de drenaje natural
- Usar sitios con cubierta vegetal pobre o de bajo valor
ecológico.
- Evitar usar terrenos agrícolas y pecuarios
- Contar con la autorización del GAD cantonal de Loja
Antes de iniciar los trabajos de relleno de las escombreras, el
Contratista realizará lo siguiente:
- Desbrozar y limpiar el área determinada para la colocación del
material, a fin de evitar que a nivel de la cimentación se
desarrollen suelos enterrados de muy baja resistencia al corte.
- Colocar en la base del suelo del terraplén, material sub
drenante.
- Descapotar y desalojar la capa de suelo orgánico, para luego
ubicarla en un sitio de acopio temporal que servirá
posteriormente para cubrir la escombrera y facilitar su
recuperación vegetal y ambiental.
- Construir canales de drenaje y cunetas de coronación en los
sitios de posible inundación y estancamiento de la escorrentía
superficial.
- Los materiales gruesos tales como bolones y escombros,
deberán recubrirse con suelos orgánicos o finos para el calce y
que permita formar superficies planas y estables, además de
conseguir la cobertura de plantas, pasto y otra vegetación que
se encuentre en la zona y lo indicado en el programa de
recuperación de áreas intervenidas.
Cuando los trabajos de relleno sean interrumpidos por la
frecuencia e intensidad de las precipitaciones, el Contratista
conformará la superficie del terreno para facilitar el drenaje de las
aguas lluvias y evitar se socave las superficie compactadas y los
taludes de relleno.
Diariamente se maneja
de forma adecuada los
escombros e inertes que
se generan
Reportes del
fiscalizador,
Observación directa
Registro fotográfico
12
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PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL 9.3.3
PROGRAMA DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL
Objetivo: Que todos los trabajadores conozcan las medidas del plan de manejo ambiental del proyecto de construcción del proyecto.
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PCC – 01
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Seguridad Laboral
Población
Afectación del personal que
labora en el proyecto
Molestias a los vecinos por la
generación de polvo, material
particulado y ruido.
Se comunicará al personal acerca de la responsabilidad del
cumplimiento de las leyes, reglamentos y normas ambientales,
de
seguridad ocupacional y comunitaria aplicables a las obras
civiles; y de que todos aquellos impactos, negativos y positivos,
para que sean tratados apropiadamente; así mismo con el
apoyo del profesional ambiental de su equipo técnico se dará
a conocer a todo el personal en el proyecto el Plan de Manejo
Ambiental y las charlas que en esta medida se proponen.
Se capacita al personal que labora en la construcción del
proyecto, en los siguientes temas:
- Compromisos del Contratista para asegurar un adecuado
desempeño conforme lo establece la Política de Seguridad
Industrial, Salud Ocupacional y Ambiental vigentes en el país.
- Importancia de ejecutar el PMA a través de indicadores
específicos de cumplimiento basados en los objetivos del
presente PMA.
- Impactos y procedimientos ambientales a ser aplicados en
cada una de las áreas de trabajo asignadas al personal.
- Roles y responsabilidades de los actores en la ejecución del
Plan de Manejo y del cumplimiento de las leyes y normas
ambientales.
- Prevención de riesgos y accidentes, plan de contingencias y
responsabilidades de la ejecución del plan.
- Consecuencias como resultado de la falta de cumplimiento
con los procedimientos operacionales establecidos.
Se
capacitó al personal
que
laborara en el
proyecto, en
todos los temas
propuestos
en la presente medida
Registro fotográfico
Registro de asistencia
a capacitación
1
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
Objetivo: Que todos los trabajadores conozcan las medidas del plan de manejo ambiental del proyecto de construcción del proyecto.
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PCC – 02
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Seguridad Laboral
Afectación del personal que
labora en el proyecto
Se prevé que se efectúen charlas de inducción sobre Seguridad
Personal y uso de Equipos de Protección Personal, así como de
protección a los ecosistemas donde se implementará el
Se capacitó al
personal que laborará
en el
Registro fotográfico
Registro de asistencia
1
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Población Molestias a los vecinos por la
generación de polvo, material
particulado y ruido.
proyecto. Durante estas charlas se tratarán temas como los
siguientes:
Inducción sobre seguridad personal, uso de EPP: Uso de
elementos de protección personal tales como:
Uso de equipos de protección personal.
Protección de cabeza y rostro: Casco, gafas trasparentes.
Protección de manos y brazos: Guantes para manejo de
equipos, herramientas.
Protección de pies y piernas.
Protección corporal.
Pantalón.
Camisa manga larga.
Inducción sobre seguridad personal:
Acciones de riesgo laboral.
Orden y limpieza en el puesto de trabajo.
Señalética y colores convencionales de seguridad.
Reporte de accidentes.
Primeros auxilios.
Respuesta ante accidentes, incendios.
Inducción sobre protección de los ecosistemas naturales:
Riesgo y consecuencias de incendios forestales.
Riesgos y consecuencias de tala y deforestación de vegetación
natural
Riesgos y consecuencias de la extracción de flora y fauna
nativas
mismo en temas
relacionados con
inducción
de seguridad industrial,
uso
de EPP, respuesta de
emergencias en un
100%
a capacitación
Parte de la responsabilidad social del proyecto, es la
información y comunicación, que permita solventar las
expectativas generadas por la implementación del proyecto,
mediante la divulgación clara, transparente y oportuna para el
establecimiento de relaciones de respeto y diálogo en la
solución de las diferencias o discrepancias que pudieren
presentarse durante el tiempo de construcción y vida útil del
proyecto. Se realizarán las siguientes acciones:
- Difusión de la información basada en datos del diseño del
proyecto, para este propósito se utilizarán otros recursos
comunicacionales tales como: pancartas (gráficos sencillos) o
comunicaciones escritas y talleres participativos.
Entre los aspectos más relevantes a difundir y que son funciones
del proponente a través del contratista y fiscalizador, son las
siguientes:
- Roles de los entes participantes tales como: Proponente del
El contratista y
fiscalizador
adjudicatarios, han
coordinado con el
proponente y
beneficiarios la
socialización del
proyecto
Registro fotográfico
Registro de asistencia
a capacitación
1
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proyecto, Contratista, Fiscalizador, beneficiarios, en la ejecución
del proyecto; características de los mismo, impactos y acciones
previstas para prevenir, controlar, mitigar y compensar los
impactos ambientales a ser ocasionadas por las diferentes
actividades del proyecto en cada una de sus etapas de
desarrollo hasta su operación y durante la vida útil.
- Acciones previstas, cronograma de ejecución de obras;
frentes de trabajo; entre otros aspectos de interés.
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PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS 9.3.4
PROGRAMA DE RELACIONES COMUNITARIAS COMUNICACIÓN AMBIENTAL
Objetivo: Establecer vínculos armónicos de buen vivir con los vecinos del sector, evidenciando el proceso de construcción que se ejecuta en el proyecto
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PRC – 01
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Población
Mejoramiento de la
calidad de vida de la
población
Las diversas actividades del proyecto, en su etapa de
construcción, requieren la contratación de mano de obra no
calificada; el constructor, debe priorizar la contratación de este
personal en los beneficiarios o en las comunidades o barrios
cercanos al proyecto, con el propósito de mejorar la calidad de
vida de los mismos y el incremento del empleo local.
Se ha contratado mano de obra
no calificada para que labore en
el proyecto, por lo menos en un
50%, y se mantendrá estos índices
durante todo tiempo de
construcción
Contratos de trabajo
del personal 12
Población
Mejoramiento de la
calidad de vida de la
población
Las diversas actividades del proyecto, la contratación del
personal técnico, de mano de obra no calificada, en fin de
acuerdo a la envergadura del proyecto en su etapa de
construcción; se requiere del apoyo de varias personas, las
mismas, que necesitan alimentarse, para lo cual el contratista,
debe priorizar la contratación de este servicio en las
localidades, barrios o comunidades cercanas al proyecto, con
el propósito de mejorar la calidad de vida de sus habitantes y el
incremento del empleo local en el caso de ser necesario.
Se ha
contratado el servicio de
alimentación para el
personal que labora en el
mismo, en su totalidad; y se
mantiene vigente durante toda
la etapa de construcción
Contratos 12
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ADEPLAN CIA. LTDA
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PLAN DE CONTINGENCIAS 9.3.5
PROGRAMA DE CONTINGENCIAS
Objetivo: Diseñar lineamientos para aplicar acciones que se activarán de manera rápida, efectiva y segura ante la probabilidad de emergencias que se puedan presentar durante la
construcción del proyecto.
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PC – 01
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Seguridad y salud
Afectaciones a la salud
(trabajadores y
población)
Se creará un Comité de Contingencia y Asignación de
Responsabilidades de al menos 4 personas que tomará como
presidente al Encargado de Seguridad, el cual tendrá las
siguientes funciones:
Organizar las capaciones y simulacros que el personal actual
y nuevo recibirá sobre cómo enfrentar un evento emergente.
Mantener un sistema actualizado de información sobre
contingencias ocurridas.
Solicitar al Titular Minero equipos y materiales para enfrentar
eventos emergentes y encargarse de su actualización y
mantenimiento.
Asegurar la rehabilitación de la zona afectada para permitir
el normal desenvolvimiento de las actividades.
Dividir al personal en grupos de actuación en caso de
eventos emergentes.
Creación de un
comité de
contingencia y
asignación de
responsabilidades
Actas de creación
del comité 12
Contar con extintores de incendios en lugares estratégicos
(campamento, área de combustibles). Adicionalmente, solicitar
a los transportistas que mantengan su respectivo equipo contra
incendios, en sus vehículos.
# de equipos para combate y
detección de incendios / # de
lugares estratégicos según el
Cuerpo de Bomberos
Registro fotográfico 1
Recargar los extintores según requerimiento del fabricante o en
el caso de descarga. Registrar las recargas de cada uno de los
extintores en un formato creado para el efecto.
Recargas realizadas /
Recargas programadas
Registro de recargas 1
Mantener un botiquín de primeros auxilios completamente
equipado, para dar atención a personal que así lo necesite. Botiquín de primeros auxilios
Registro de
renovación de
botiquín
Registro fotográfico
12
Mantener publicado en áreas visibles el listado con números de
contacto para solicitar ayuda en caso de emergencia:
Policía Nacional, Cuerpo de Bomberos,
Cruz Roja, Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos, centros
de asistencia médica cercanos.
Cartelera con números
telefónicos de instituciones de
ayuda ante emergencia
Registro fotográfico 12
Seguridad y salud
Afectaciones a la salud
(trabajadores y
población)
De forma general se identificarán los lugares seguros como sitios
de ubicación en caso de desastres naturales, especialmente de
sismos.
Identificación de lugares seguros
para ubicación del
personal en caso de sismos
Mapa de rutas
de evacuación 12
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En caso de ocurrir algún tipo de desastre natural, el personal
deberá paralizar inmediatamente sus actividades, concurrir al
sitio de reunión general y evacuar el área en forma ordenada y
segura en caso de que sea factible, de lo contrario
permanecerá en el sitio identificado como seguro hasta que la
emergencia haya cesado
Paralización de actividades en
caso de emergencias.
Registro de
ocurrencia de
contingencias que
cuente con hora de
ocurrencia y
paralización de
actividades,
actividades
ejecutadas
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PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 9.3.6
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Objetivo: Prevenir accidentes laborales y de terceros en el proyecto
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PSS – 01
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Salud y seguridad Afectaciones a la salud
de los trabajadores
Todo el personal que trabaje en el proyecto deberá contar de
una inducción completa referida a la salud ocupacional. Personal inducido/personal total
Registro de asistencia
a la inducción Anual
Se exigirá que todo el personal se realice un chequeo médico
general en el centro de salud más cercano.
Una vez obtenido el certificado de este chequeo médico, se
llevará un registro de las enfermedades que padecieran los
trabajadores durante el periodo que dure el proyecto.
Todos los trabajadores que presten sus servicios en el proyecto
deberán ser afiliados al IESS.
Chequeos médicos
realizados/personal total
Certificados de salud
Registros de
enfermedades
12
Se mantendrán estrictos estándares de higiene en las áreas de
trabajo, específicamente en relación con: abastecimiento de
agua potable, instalaciones sanitarias, disposición de desechos
Actividad realizadas/actividades
propuestas
Informes de
mantenimiento de
áreas
6
Se impartirán charlas sobre higiene, primeros auxilios y
prevención de enfermedades.
Charlas
impartidas
Registro de asistencia
a charla 12
Todo el personal que trabajará en las diferentes fases del
proyecto del proyecto, como equipo básico de seguridad
deberá utilizar:
Casco para protección de la cabeza,
Guantes para la protección de las manos,
Zapatos con punta de acero para protección de los pies,
Gafas para protección de la vista,
Orejeras para protección del sistema auditivo,
Chalecos refractivos,
Mascarillas para protección del sistema respiratorio; y,
Ropa de trabajo con su respectivo impermeable.
EPP entregado /
Personal de obra
Facturas
Registros de entrega
de equipos
12
Se colocará señales de seguridad en todas las instalaciones y
sitios de trabajo, alusivas a los riesgos y acciones obligatorias
para cada sitio, en función de lo establecido en la Norma
Técnica Ecuatoriana INEN ISO 3864:2013
Señales colocadas /
Áreas requeridas Registro fotográfico 12
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PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO 9.3.7
PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO
Objetivo: establecer y ejecutar un sistema de monitoreo para controlar el cumplimiento de la ejecución correcta del Plan de Manejo Ambiental.
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PMS – 01
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Calidad de Agua, aire,
suelo
Población
Protección del aire,
agua y suelo
Adecuadas relaciones
con la población
El seguimiento, control y monitoreo del Plan de Manejo
Ambiental propuesto, se realizara según el Art. 249 del Acuerdo
Ministerial 061 que reforma el Libro VI del TULSMA y que fue
publicado en el Registro Oficial Edición Especial No. 316 del 04
de mayo del año 2015, se señala los mecanismos de control y
seguimiento ambiental que pueden efectuarse, entre otros, por
medio de los siguientes mecanismos:
a) Monitoreos
b) Muestreos
c) Inspecciones
d) Informes Ambientales de Cumplimiento
e) Auditorías Ambientales
f) Vigilancia ciudadana
g) Mecanismos establecidos en los Reglamentos de actividades
específicas
h) Otros que la Autoridad Ambiental Competente disponga.
Por lo anotado debemos entender que el CONTROL y
SEGUIMIENTO AMBIENTAL es un proceso técnico de carácter
fiscalizador concurrente tendiente al levantamiento de datos
complementarios al monitoreo interno del promotor de una
actividad o proyecto; que implica la supervisión y el control del
cumplimiento del plan de manejo ambiental de toda actividad
o proyecto propuesto durante su implementación y ejecución.
Es responsabilidad del constructor cumplir con lo estipulado en
el presente PMA; la fiscalización del proyecto, debe hacer
cumplir el PMA propuesto, y proponente del proyecto es la
encargada de solicitar tanto al constructor como fiscalizador los
avances de obras y de cumplimientos de las medidas
ambientales planteadas.
Con esta medida se pretende que el constructor, la Autoridad
Ambiental Nacional (MAE), y el proponente, cumplan con su
cometido, en el primer caso cumpla y ejecute el PMA
propuesto y aprobado; en los dos segundos casos se verifique el
cumplimiento de las medidas propuestas en el presente plan de
Anualmente se presentan los
informes de cumplimiento del
PMA al MAE
Registro fotográfico
Informes de
cumplimiento del
PMA,
Informes de
fiscalización
12
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manejo ambiental; y en el tercer caso hacer cumplir al
constructor lo estipulado en el plan de manejo ambiental y la
legislación ambiental vigente, y así evitarse inconvenientes de
índole administrativo y legal. El control se lo puede efectuar a
través del seguimiento y monitoreo ambiental efectuado por la
Autoridad Ambiental Nacional, a través de informes de
cumplimiento del plan de manejo ambiental, el mismo que será
entregado al proponente quien a su vez pondrá a
conocimiento de la Autoridad Ambiental competente.
Tal como se establece, en este capítulo, todo el PMA debe ser
cumplido, monitoreado y llevar un control del mismo por parte
del proponente y de la Autoridad Ambiental (MAE);
principalmente los programas que deben ser controlados por la
autoridad ambiental son:
Programa de Prevención y mitigación de impactos
Programa de Compensación
Programa de Capacitación y Educación Ambiental
Programa de Señalización
Programa de Manejo de Desechos: Sólidos e Inertes
Programa de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional
Programa de Recuperación de áreas intervenidas
Programa de cierre y abandono por parte del contratista de
la obra
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PLAN DE ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA 9.3.8
PROGRAMA DE CIERRE Y ABANDONO DEL ÁREA
Objetivo: Mantener las condiciones ambientales similares al entorno del proyecto
Lugar de aplicación: Conjunto Residencial Alcázar de Jipiro II
Responsable: FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN INMOBILIARIA IESS-ALACAZAR DE JIPIRO II, Contratista, Fiscalización
PCA – 01
Aspecto Ambiental Impacto Ambiental Medidas propuestas Indicadores Medios de
verificación
Plazos
(meses)
Suelo, Aire , Ruido, Flora
y Fauna
Afectación a
componentes
ambientales
Se iniciará con la comunicación de este hecho, a la Autoridad
Competente y otros interesados. Comunicación enviada Oficios 12
Seguridad y salud
Afectaciones a la salud
(trabajadores y
población)
Se colocarán señales de advertencia y de prohibición, que
limiten el acceso al área.
Señalización colocada /
Señalización requerida Registro fotográfico 12
Los accesos serán completamente cerrados para evitar el
ingreso de personas no autorizadas.
Cerramiento de
accesos Registro fotográfico 12
Suelo, Aire , Ruido, Flora
y Fauna
Afectación a
componentes
ambientales
Se demolerán las estructuras que sobresalen de la superficie del
suelo para evitar derrumbes de estas por su falta de uso. Las
instalaciones auxiliares se desmantelarán y sus bases se
demolerán o se enterrarán. La superficie del terreno del área de
proceso e instalaciones auxiliares será restablecida para mitigar
el impacto visual.
Demolición total de
infraestructuras/
Desmantelamiento de
instalaciones auxiliares.
Registro fotográfico. 12
Una vez finalizados los trabajos de desmantelamiento de las
instalaciones se confirmará que éstos se hayan realizado
convenientemente, de forma que proporcione una protección
ambiental al área a largo plazo.
Área desmantelada
correctamente Registro fotográfico 12
Durante el desarrollo de los trabajos se verificará que los restos
producidos sean trasladados al relleno sanitario autorizado, y
que la limpieza de la zona sea absoluta, procurando evitar la
creación de pasivos ambientales, como áreas contaminadas
por derrames de hidrocarburos, acumulación de residuos, etc.
En las áreas utilizadas como escombreras, se procederá a
remover la tierra, y si es necesario aplicar suelo orgánico para su
restauración.
Desechos gestionados/desechos
producidos Registro fotográfico 12
Se realizará un inventario de las máquinas y equipos a retirar y se
retirarán todos los equipos existentes con las debidas
seguridades.
Retiro del 100% de
las máquinas y
equipos existente
Registro fotográfico. 12
Seguridad y salud
Afectaciones a la salud
(trabajadores y
población)
Se colocarán señales de advertencia y de prohibición, que
limiten el acceso al área.
Señalización colocada /
Señalización requerida
Facturas
Registro fotográfico 12
Suelo, Aire , Ruido, Flora
y Fauna
Afectación a
componentes
ambientales
Se espera rehabilitar el terreno para dejarlo similar al uso
de terrenos aledaños mediante la reforestación del terreno.
Para esto se desarrollará condiciones óptimas para el
crecimiento de las especies a través de un mejoramiento de las
condiciones físicas y químicas de los desechos por medio del
uso de materia orgánica, fertilizantes, etc. Se revegetará con
Rehabilitación del terreno en
función del uso de terrenos
aledaños: revegetación.
Inspección
visual
Registro
fotográfico
12
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especies propias de la zona como en la línea base.
Se realizará seguimiento de las áreas reforestadas a fin de
constatar el crecimiento de las especies plantadas, para lo cual
se realizará la toma de fotografías permanentes y la medición
del éxito de la siembra de plantas, así mismo se tendrá un
registro del porcentaje de mortalidad de las especies
sembradas.
Cabe destacar que este proceso es a largo plazo, hasta
considerar una zona como totalmente recuperada.
Seguimiento posterior del área
reforestadas inspección visual
Registro fotográfico
Registro del
porcentaje de
mortalidad de
especies
revegetadas
12
Una vez finalizados los trabajos de abandono y restauración del
medio, se procederá a presentar un informe definitivo, de las
actividades desarrolladas, objetivos cumplidos y resultados
obtenidos, con aportes de fotografías para corroborar la
realidad de los resultados.
Actividades
desarrolladas/Actividades
planteadas
Informe del
Programa de
abandono,
Recepción de la
obra, Visual y
fotográfico
12
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CRONOGRAMA VALORADO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL 9.3.9
Plan Meses
Presupuesto 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Plan de Prevención y mitigación
de impactos 3000.00
Plan de Manejo de desechos 1500.00
Plan de Comunicación,
capacitación y educación
ambiental
1000.00
Plan de Relaciones comunitarias 1500.00
Plan de Contingencias 2000.00
Plan de Seguridad y salud en el
trabajo 2200.00
Plan de Monitoreo 1500.00
Plan de Abandono y entrega del
área 1300.00
TOTAL: 14000.00
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10. BIBLIOGRAFÍA
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ACUERDO MINISTERIAL No. 041 publicado en el Registro Oficial No. 401 del 18 de agosto de
2004.
ACUERDO MINISTERIAL No. 139 publicado en el Registro Oficial No. 164 del 5 de abril de 2010.
ACUERDO MINISTERIAL No. 134 publicado en el Registro Oficial No. 812 del 18 de octubre de
2012.
ACUERDO MINISTERIAL No. 026, publicado en el segundo suplemento del Registro Oficial No.
334 del 12 de mayo de 2008.
ACUERDO MINISTERIAL No. 142 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 856 el 21 de
diciembre del año 2012.
ACUERDO MINISTERIAL No. 028, publicado en el Registro Oficial, Edición Especial No. 270, de
fecha 13 de febrero del año 2015.
ACUERDO MINISTERIAL 061, publicado en el Registro Oficial, Edición Especial No. 316, de fecha
04 de mayo del año 2015.
ACUERDO MINISTERIAL 066: INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDO EN EL DECRETO EJECUTIVO NO. 1040,
PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL NO. 332 DEL 08 DE MAYO DEL 2008, Publicado en el
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CANTER LARRY W. 1998. Manual de Evaluación de Impacto Ambiental. Técnicas para la
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CAÑADAS CRUZ, Luis. El Mapa Bioclimático y Ecológico del Ecuador. MAG – PRONAREG, 1983
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10 de febrero del año 2014.
CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN;
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COLLAZOS CERRÓN JESÚS, 2009. Manual de Evaluación Ambiental de Proyectos. Editorial San
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CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR. Publicada en el Registro Oficial No. 449 del 21
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DECRETO 10 – 40 (REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN
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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y
CIERRE DEL CONJUNTO RESIDENCIAL "ALCAZAR DE JIPIRO II"
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150
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REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO
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TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN AMBIENTAL SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE
(TULSMA), Reforma publicado en el Registro Oficial No. 509 del 19 de enero del 2009.