esquema de proyecto de tesis en derecho civil mexicano

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LA SENTENCIA CIVIL EN MÉXICO. AUTOR: LIC. JORGE ARTURO MATA AGUILAR. TESIS: La garantía constitucional de acceso a la justicia es la garantía de paz y desarrollo armónico de la sociedad mexicana. INTRODUCCIÓN: Sentencia deriva de la etimología latina sentire, sentir. En la sentencia el juez o el órgano de decisión siente, formula el juicio que resolverá la controversia que le es planteada por las partes. De manera formal, la sentencia es el acto de decisión o resolución emitido por una autoridad jurisdiccional con el cual se pone fin a un proceso civil. El proceso civil es la vía y forma que las leyes señalan para que los ciudadanos de un Estado accedan a la justicia y se evite la autotutela de los derechos e intereses. Esto evita el malestar social y encauza la resolución de las controversias de los particulares mediante soluciones heterocompositivas, esto es, que la solución viene dada por un tercero ajeno a las partes litigantes. La autocomposición de los conflictos es nociva para la vida social, pues generalmente desemboca en la autotela (hacer “justicia” por propia mano), y ésta degenera en “ley del

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Esquema de proyecto de tesis

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Page 1: Esquema de Proyecto de Tesis en Derecho Civil Mexicano

LA SENTENCIA CIVIL EN MÉXICO.

AUTOR: LIC. JORGE ARTURO MATA AGUILAR.

TESIS: La garantía constitucional de acceso a la justicia es la garantía de

paz y desarrollo armónico de la sociedad mexicana.

INTRODUCCIÓN:

Sentencia deriva de la etimología latina sentire, sentir. En la sentencia el juez o

el órgano de decisión siente, formula el juicio que resolverá la controversia que

le es planteada por las partes. De manera formal, la sentencia es el acto de

decisión o resolución emitido por una autoridad jurisdiccional con el cual se

pone fin a un proceso civil.

El proceso civil es la vía y forma que las leyes señalan para que los ciudadanos

de un Estado accedan a la justicia y se evite la autotutela de los derechos e

intereses. Esto evita el malestar social y encauza la resolución de las

controversias de los particulares mediante soluciones heterocompositivas, esto

es, que la solución viene dada por un tercero ajeno a las partes litigantes. La

autocomposición de los conflictos es nociva para la vida social, pues

generalmente desemboca en la autotela (hacer “justicia” por propia mano), y

ésta degenera en “ley del más fuerte”, en donde los ciudadanos poderosos

impondrían sus decisiones y afectarían los bienes, la libertad y hasta la vida de

los menos poderosos, elevando los niveles de conflictividad social y violencia

de la sociedad.

ORIGEN DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL.

LA HISTORIA ANTIGÜA.

Page 2: Esquema de Proyecto de Tesis en Derecho Civil Mexicano

El proceso civil, y su fin más acabado, la sentencia, es un logro de la

civilización humana del más alto grado. Hacer posible que los conflictos de los

particulares se efectúe mediante reglas, permite la disminución de la

conflictividad y de la violencia en la sociedad, elemento disolventes de la

comunidad humana. El hombre nació para vivir en sociedad, es el zoon

politikon, del que habla Aristóteles. Pero para que el hombre desarrolle sus

más grandes cualidades humanas, como es la creación y el progreso, es

necesario que su mente no esté solamente concentrada en su supervivencia.

Cuando un hombre siente amenaza a su vida, a la vida de su familia, al

apoderamiento de sus bienes, a cualquier daño proveniente de sus semejantes

o de fuerzas de la naturaleza que escapan a su control, toda su potencia y

fuerza creativa se enfoca a su supervivencia. Su vida en permanente riesgo y

peligro de ataques imprevistos mantiene su mente en constante estado de

alerta, su energía creativa se enfoca en preservar su vida y sus bienes. En

semejante estado no podrían desarrollarse los bienes más duraderos del

trabajo humano.

Es probable que en la antigüedad surgió un líder de alguna comunidad

humana que mediante la fuerza se impuso sobre los demás, pero se percató

que ésta luchó diezmó a su comunidad y la hizo vulnerable a los ataques del

exterior. Le era ahora necesario unificar a todos bajo su mando, pero para ello

tuvo las dos ideas más brillantes de la ciencia política: que la concentración de

poder en un solo líder es el germen de la próxima revolución. Y que para efecto

de evitar el debilitamiento de cualquier comunidad, es necesario repartir el

poder. Así que éste antiguo caudillo captó la necesidad de dividir su poder y de

hacer concesiones a los vencidos. En este particular momento de la historia

humana, surge la división de poder. El reparto del poder logró la cohesión de

la comunidad e hizo viable su progreso y desarrollo.

CIVILIZACIONES ANTIGUAS.

EGIPTO: La función de resolución de controversias entre particulares quedaba

en manos de un funcionario de la corte del Faraón, llamado __________,

Page 3: Esquema de Proyecto de Tesis en Derecho Civil Mexicano

CIVILIZACIÓN OLMECA, TULTECA, MAYA Y AZTECA:

PERIODO COLONIAL ESPAÑOL:

MONTESQUIEU, UN SOLO PODER, DIVISIÓN DE FUNCIONES.

MÉXICO, LA RECEPCIÓN DE LAS IDEAS MODERNAS Y LA SOMBRA DE

LA JOVEN NACIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA.

LA CONSTITUCIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS.

LA SUPREMA CORTE DE LOS ESTADOS UNIDOS.

INDEPENDENCIA DE MÉXICO, PRIMERAS CONSTITUCIONES.

ESTABLECIMIENTO DEL PRIMER TRIBUNAL EN EL MÉXICO

INDEPENDIENTE.

LEYES DE REFORMA.

EL PORFIRIATO.

LA CONSTITUCIÓN DE 1917.

1917-1995.

LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA Y SUS EFECTOS EN EL PODER

JUDICIAL.

LA REFORMA DE 1995.

LA SENTENCIA CIVIL:

El proceso civil tiene como objeto el conocimiento de una controversia

planteada por dos partes litigantes, y como fin la sentencia. Se inicia con la

demanda, que es el acto procesal escrito mediante la cual un particular hace

una pretensión de tutela de un interés que considera de relevancia jurídica; la

demanda tiene que satisfacer requisitos de forma que la ley exige. Éste este

escrito se contesta o no por la parte contra la cual se dirige la pretensión, se

prosigue en una fase probatoria en donde

Page 4: Esquema de Proyecto de Tesis en Derecho Civil Mexicano

Determinación del concepto de Jurisdicción.

a) El derecho es “garantía de fines o tutela de intereses” (Alfredo

Rocco), tienen relación de medio a fin.

b) Es obligatoria. La norma es absoluta, los fines que la norma garantiza,

deben ser conseguidos a toda costa. La aplicación coactiva de la

norma, elemento esencial de la norma, pero el uso de la fuerza legítima

se reserva al Estado. Por excepción se permite la autotutela, pero el

Estado procura que las personas se “hagan justicia por propia mano”, o

se autotutelen sus intereses, pues ello deriva en la “ley del más fuerte”.

Regula las relaciones externas de los hombres. Es bilateral.

c) La norma es general y universal.

d) El derecho objetivo, tutela intereses, es un sistema de límites, coordina

los diferentes intereses.

Objeto de la función jurisdiccional.

Función del Estado. Hacer efectivos los intereses que el derecho objetivo

tutela, cuando hay obstáculos para su efectiva actuación. La jurisdicción

tutela intereses, mientras que las leyes determinan los límites de la tutela

mediante normas generales de conducta, en la jurisdicción el Estado procura

directamente la satisfacción de aquellos intereses en los límites establecidos

en el derecho objetivo.

Jurisdicción: actividad mediante la que el Estado procura directamente la

satisfacción de los intereses tutelados por el derecho, cuando por algún motivo

(inseguridad o inobservancia) no se realice la norma jurídica que los tutela.

Actividad jurisdiccional Actividad administrativa.

El Estado persigue un fin indirecto o

secundario: procurar la satisfacción

de los intereses individuales u

colectivos tutelados por el derecho.

Remueve obstáculos para la

El Estado persigue fines directos o

primarios. Acción directa del Estado.

Provee directamente la satisfacción

Page 5: Esquema de Proyecto de Tesis en Derecho Civil Mexicano

satisfacción de intereses.

Relaciones entre dos particulares.

En relación Estado-particular, tutela

los intereses del particular (derechos

subjetivos) frente al Estado

de intereses.

Relación Autoridad-particulares

No hay intereses tutelados por el

Estado. El Estado dirige su función en

beneficio de un grupo, comunidad o

colectividad. En ésta actividad, se

pueden afectar, y de hecho es común

que pase, la afectación de los

intereses de un particular para

beneficio de la comunidad política. P.

ej. Expropiación.

Formas externas de la función jurisdiccional: 1. Un juez independiente. 2.

Un juicio contradictorio regular. 3. Un procedimiento pre-establecido con

formas predeterminadas.

Jurisdicción Penal y Jurisdicción Civil.

Penal. El Estado trata de realizar uno de sus más importantes intereses: el

interés punitivo o represivo (nullum crimen, nullum poena, sine previa lege).

Hay bienes jurídicos que al Estado le interesa proteger en beneficio de la

ciudadanía y de las personas: la vida, la integridad, la libertad, los bienes, el

desarrollo personal, la no violencia, la legalidad, etc. También le interesa

preservar el orden y la paz social, así como la propia existencia del Estado.

Estos bienes son esenciales para sí mismo y para la vida pacífica de la

sociedad. El fin inmediato del derecho es la pacificación de la sociedad, que

los ciudadanos no dañen a sus semejantes, y que en caso de existir

controversias, éstas sean resueltas de manera pacífica. Cuando una persona

realiza una conducta que daña a otra, o causa cualquier perjuicio a la sociedad,

el Estado ejerce su derecho subjetivo a reprimir y castigar a la persona que con

Page 6: Esquema de Proyecto de Tesis en Derecho Civil Mexicano

su conducta está quebrantando la ley. Frente a éste interés, están tutelados por

normas penales y constitucionales numerosos intereses del individuo (derecho

público de libertad). Pero como los interesados, en éste caso los probables

responsables de conductas antisociales denominadas como crímenes o delitos,

no hacen un voluntario reconocimiento del interés punitivo del Estado, por el

contrario, generalmente lo resisten, por ello en materia penal la función de

acreditar el derecho en el caso concreto ha sido confiada a los órganos de la

normal actividad del Estado y ésta ha establecido una especie de deber de

autodefensa penal. Por esto la necesidad de que la aplicación de la norma

penal tenga lugar siempre en forma jurisdiccional. La jurisdicción penal es el

medio con que el Estado procura la satisfacción de su interés punitivo,

aplicando al caso concreto la norma penal que la tutela.

Por su parte, en la jurisdicción civil, el Estado procura la satisfacción de los

intereses privados, aquellos que sólo afectan a los particulares y que no son

dañosos para la sociedad, siempre que a ello se oponga la incertidumbre o

inobservancia de la norma aplicable al caso concreto. Como ya se mencionó, a

los particulares le está prohibida la autotutela, así que en caso de que un

interés o pretensión quiere hacerse efectiva en los bienes de la otra persona,

se tiene que acudir ante la jurisdicción civil, para que un juez, seguido el

procedimiento y la fase de conocimiento del asunto, decida en su sentencia la

concesión de la tutela o su negativa.

La jurisdicción civil es un derecho subjetivo del Estado: es la facultad del

Estado de obrar de conformidad con las normas de derecho (derecho

objetivo procesal) que garantizan la consecución de su fin procesal

(cumplimiento de los intereses privados tutelados en el derecho privado

material) y de pretender de los ciudadanos aquello a que están obligados

en fuerza de las normas procesales.

Proceso. Es un concepto “general” que designa el momento dinámico de

cualquier fenómeno en su devenir.

Función Jurisdiccional

Page 7: Esquema de Proyecto de Tesis en Derecho Civil Mexicano

Acredita el derecho al caso concreto.

Pcdto. de Prueba.

Sentencia.

Realización coactiva del interés que la norma tutela.Pcdto. de Ejecución.

Función de conservación del estado existente. Pcdto. de aseguramiento o conservación.

Sentencia: el acto por el cual el Estado, por medio del órgano de la jurisdicción

destinado para ello (el juez), aplicando la norma al caso concreto, indica la

norma jurídica que el derecho concede a un determinado interés.

La sentencia contiene un juicio lógico, acto esencial, y un acto de

voluntad del juez. Silogismo: premisa mayor (norma), premisa menor (caso

concreto), deducción: decisión, aplicación de la norma al caso concreto.

La sentencia es la voluntad de la ley traducida en forma concreta por

obra del juez. Declara la norma jurídica aplicable en el caso concreto. Para

que exista en esencia una sentencia, se tiene que declarar una relación

concreta, jurídica, controvertida, incierta.