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ESCUELA LOMAS DE PUTAGÁN
REGLAMENTO INTERNO
CON NORMAS DE
CONVIVENCIA ESCOLAR.
2018
DIRECTORA ESTABLECIMIENTO : Rocío Chacón Mestre.
ENCARGADO CONVIVENCIA ESCOLAR :Wilson Vásquez Fuentes.
REPUBLICA DE CHILE
PROVINCIA DE LINARES
I. MUNICIPALIDAD DE COLBÚN DEPARTAMENTO DE EDUCACION
ESCUELA G-526 LOMAS DE PUTAGAN
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ANTECEDENTES GENERALES
.- Identificación:
- Establecimiento: Escuela G- 526 Lomas de Putagán
- Dirección: Camino Público S/N
- Comuna: Colbún
- Dependencia: Municipal
- Ubicación: Sector Rural
- R.B.D: 003345-6
- Decreto Cooperador:3283
- Tipo Enseñanza: Pre- Básica- Básica
- Jornada: Escolar Completa Diurna
- Número de Cursos: 05 Cursos (combinados)
- Proyecto de Integración: 01
- Nombre Directora: Rocío Alejandra Chacón Mestre.
- Número Total de Docentes: 9 Docentes.
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INTRODUCCION
La Escuela Lomas de Putagán, Establecimiento del departamento de Educación
Municipal de Colbún, es un organismo educacional, orientado en cumplir con las metas
y fines específicos de Mineduc y Departamento de Educación del cual depende.
Para el cumplimiento de dichos fines ofrecerá a sus alumnos las condiciones humanas,
culturales y materiales apropiadas que promuevan y faciliten el desarrollo de su
proceso educativo y lograr una educación democrática, equitativa e inclusiva en los
alumnos y demás participantes de la Unidad educativa, teniendo como fin, dar
cumplimiento al logo institucional del establecimiento “Educando en familia
ciudadanos inclusivos y respetuosos”.
Bajo estos lineamientos, nuestra unidad educativa, se estructura en relación a Objetivos
Curriculares o Pedagógicos, de Liderazgo Escolar, Convivencia, Recursos y Resultados
Educativos, los cuales dependen de objetivos generales que se presentan a
continuación.
Misión
Nuestra Unidad Educativa es una entidad formadora de personas que entrega una
educación académica, física, deportiva y artística, fomentando la actitud de
conocimientos y actitudes cívicas que los haga capaces de involucrarse cada día en el
medio que les corresponda desenvolverse, invitando y promoviendo la inclusión y el
respeto.
Visión
La Escuela básica Lomas de Putagán, está orientada en educar ciudadanos que
desarrollen capacidades cognitivas, físicas, emocionales y artísticas, en base a la
formación de personas con sentido cívico, participantes y responsables de ejercer sus
derechos y obligaciones, con conciencia crítica y pro actividad en generar cambios que
mejoren nuestra sociedad.
Sellos educativos
Aprender a conocer la importancia de la participación ciudadana.
Aprender a ser un ciudadano inclusivo y respetuoso.
Aprender a hacer uso de la democracia, para plasmar su propia
opinión.
Aprender a convivir en relación y respeto con el entorno natural.
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La unión de los sellos educativos da origen a nuestro logo institucional que es el
siguiente:
“EDUCANDO EN FAMILIA, CIUDADANOS INCLUSIVOS Y RESPETUOSOS”
3.3.1 Principios y enfoques educativos.
Nuestro enfoque educativo hace referencia a un estilo constructivista, que se
distingue por sostener que las personas, tanto en los aspectos cognitivos,
sociales y afectivos del comportamiento, van construyendo conocimientos a
través de la interacción entre sus disposiciones internas y el ambiente. Esta
construcción en definitiva se realiza con los esquemas que la persona ya posee
(conocimientos previos).
Este establecimiento busca potenciar actividades que fomenten las
interacciones personales de nuestros alumnos y alumnas, con el propósito de ir
creando día a día oportunidades que les permitan que ellos construyan sus
propios conocimientos, siendo el docente un facilitador y mediador entre los
aprendizajes y sus alumnos.
NORMATIVA LEGAL
El siguiente Reglamento Interno con normas de Convivencia Escolar se rige bajo la
normativa legal vigente, considerando las siguientes leyes y decretos.
Ley general de educación N° 20.370.
Ley calidad y equidad de la educación N°20.501
Ley de violencia escolar N° 20.536.
Ley de responsabilidad penal juvenil (niños menores de 14 años) N°20.084.
Ley 20.000, Drogas.
Plan Escuela Segura.
Ley SEP y sus modificaciones (alumnos prioritarios)
Decreto 170 (inclusión educativa)
Declaración universal de los derechos humanos.
Convención de derechos y deberes de los niños (artículo 27 al 32)
Código del trabajo.
Estatuto docente.
Estatuto de empleados municipales.
PEI. Proyecto Educativo Institucional.
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En la Escuela Lomas de Putagán G-526, los principales actores del proceso
educativo son nuestros alumnos y alumnas, quienes han de descubrir, escoger y decidir
con respecto a sus proyecciones a través de las opciones que esta Unidad Educativa y
la Comunidad le ofrecen, formándose como ciudadanos de bien con la ayuda que estas,
a través de sus principios y valores le inculcan diariamente.
A través del proceso educativo, el alumno o alumna debe desarrollar sus
habilidades y aptitudes, vencer sus inseguridades, cultivar sus intereses, asumir la
responsabilidad de sus actos y comprender la vida desde un enfoque constructivista y
social a fin de llegar a tomar decisiones como una persona libre, consciente y
responsable.
Criterios Generales
El objetivo del Reglamento de Convivencia Escolar es:
“Fomentar un clima escolar positivo, basado en los principios fundamentales de
una cultura ciudadana, en que se fortalezca el respeto y la inclusión.”
Los objetivos operativos de esta propuesta son:
Contar con un docente encargado del Área de Convivencia Escolar, que pueda
garantizar la aplicación efectiva del Reglamento con normas de Convivencia
Escolar y su Plan de Convivencia Escolar.
Analizar el Reglamento de Convivencia Escolar y actualizarlo, de acuerdo a las
exigencias y realidades de nuestra sociedad actual.
Estimular el actuar responsable de todos los actores de la comunidad,
principalmente de los estudiantes, que promuevan la prevención de cualquier
tipo de Bullying o situación que atente contra la integridad física o emocional de
nuestros estudiantes.
Enfatizar en la promoción y práctica de los sellos educativos del
Establecimiento.
Fortalecer la educación emocional, como una estrategia de prevención al
Bullying.
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Mejorar las rutinas diarias, asambleas escolares y hábitos, para reforzar
principios de la Convivencia Escolar.
Desarrollar en los Padres y Apoderados un sentido de pertenencia, que los haga
responsables y activos.
Instar a generar convivencia y compañerismo en reuniones de profesores, CGPA,
de apoderados, etc.
Normas de Convivencia Escolar
Las normas que se establecen a través de este reglamento proponen ser una ayuda para
que toda la comunidad educativa en general logre un compromiso dinámico, de
desarrollo y crecimiento gradual de una manera más responsable, asuma y supere sus
limitaciones para así brindar al estudiantado una educación de calidad, basada en los
principios fundamentales de la Convivencia Escolar.
Las normas disciplinarias están orientadas a hacer posible la convivencia
armónica de la Comunidad Educativa, junto con el ejercicio progresivo de la libertad
responsable, con un vasto conocimiento del área de Formación Ciudadana, que permita
que todos los alumnos y alumnas sean personas activas en nuestra sociedad,
fomentando el cumplimiento de un modo concreto los valores y exigencias
fundamentales que nuestra Escuela propone. Como Escuela consideramos que las
orientaciones a las faltas son necesarias y su finalidad es propiciar el cumplimiento de
las normas disciplinarias, crear consciencia de los errores cometidos y la necesidad de
su corrección en el futuro. Estas, serán aplicadas con criterios pedagógicos, justicia y
flexibilidad, señalando los valores propuestos por nuestro Proyecto Educativo
Institucional que son principalmente, el respeto y la inclusión.
La inclusión en nuestra Escuela
Conforme a la ley de inclusión propuesta por nuestro gobierno, La Escuela
Lomas de Putagán promueve la integración en su comunidad de todo alumno y alumna
sin realizar ningún tipo de discriminación. Respetará a quienes requieran Necesidades
Educativas Especiales y a la diversidad de género, credo religioso, etnia, nacionalidad,
raza, orientación sexual u otro. Por otra parte, luchará por erradicar todas las formas
de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación normal de
cada uno y propiciará que el establecimiento sea un lugar de acogida que fomente
buenas relaciones interpersonales entre todas las personas que conforman La Unidad
Educativa.
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En relación a lo propuesto en nuestra introducción y criterios generales, nuestro
Reglamento de Convivencia Escolar asume que:
Todos los alumnos y alumnas al matricularse en la escuela Lomas de Putagán, se
comprometen a respetar y aceptar los principios expuestos en el Proyecto Educativo
del Establecimiento Educacional y el Reglamento interno con normas de Convivencia
escolar, integrándose a una comunidad cuyo objetivo es convivir en un ambiente
agradable, donde prevalezca la inclusión y el respeto.
Por medio de la sana convivencia, pretendemos fortalecer y complementar la
visión de futuro y actitud positiva, instando al desarrollo de personalidades íntegras, a
través de la aplicación de metodologías constructivistas que darán como resultado la
formación de ciudadanos, que sean capaces de cumplir con sus deberes y ejercer sus
derechos, con iniciativa en mejorar cada día su calidad de vida y del sector, conocedores
de la justicia y libertad, que les permita ser personas emprendedoras, generando más
cultura y movilidad social.
Entregaremos a nuestros educandos diferentes experiencias, en actividades que
permitan compartir, con la localidad y comunidad educativa en general, rescatando las
tradiciones del entorno, el arte, la música, el deporte, la vida saludable, logrando
destacar el enorme valor que tiene la vida rural.
ARTICULO 1°. OBJETIVOS.
Objetivo General.
1.1. El propósito de este reglamento es promover y desarrollar un clima escolar
positivo, basado en los principios y elementos fundamentales de una cultura ciudadana,
fortaleciendo el respeto y la inclusión.
Objetivos Específicos.
1.2. Establecer protocolos de actuación en situaciones que se vulnere la Sana
Convivencia Escolar, los que deberán estimular el acercamiento y la mediación de las
partes en conflicto implementando acciones reparatorias para las y los afectados.
1.2. Servir de pauta y orientación para que el establecimiento educacional pueda
aplicar los protocolos directamente y de manera justa.
1.3. Complementar o modificar la respectiva normativa interna sobre
convivencia escolar durante el transcurso del año lectivo cuando el caso lo amerite.
1.4 Ayudar a instaurar una cultura ciudadana en toda la comunidad educativa,
que se refleje en todas nuestras actividades.
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ARTICULO 2°. CONCEPTOS
2.1. La sana convivencia escolar: Derecho y deber que tienen todos los
miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal, es la dignidad de las
personas y el respeto que estas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo, que contribuye
a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia,
orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su
personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes.
2.1.1 Cultura ciudadana: Conjunto de costumbres, acciones y reglas mínimas
compartidas que generan sentido de pertenencia, facilitan la convivencia urbana o rural
y conducen al respeto del patrimonio común y al reconocimiento de los derechos y
deberes ciudadanos.
2.2. Comunidad educativa: Agrupación de personas que atraídas por un
propósito común, integran el recinto institucional, incluyendo alumnos, alumnas,
padres, madres y apoderados, docentes, asistentes de la educación, directivos y
sostenedores.
2.3. Bullying o maltrato escolar: Cualquier acción u omisión intencional, ya sea
físico o psicológico, realizado en forma escrita, verbal o través de medios tecnológicos,
en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, independiente del lugar
en que se cometa, siempre que se pueda:
Producir temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad
física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.
Crear un ambiente escolar intimidatorio, humillante o abusivo.
Dificultar o impedir de cualquier manera el desarrollo o desempeño académico,
afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.
2.3.1. Se consideraran constitutivas de Bullying o maltrato escolar, entre
otras las siguientes conductas:
Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender
reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;
Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno/a o de
cualquier otro miembro de la comunidad educativa;
Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad
educativa;
Amedrentar, amenazar, chantajear, intimar, hostigar, acosar o burlarse de un
alumno o algún miembro de la comunidad educativa, por ejemplo: (utilizar
sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas u otros);
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Discriminar a un integrante de la comunidad educativa ya sea por su condición
social, situación económica, religión, pensamiento político o fisiológico, ascendencia
étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos o cualquier
otra circunstancia;
Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro
integrante de la comunidad educativa, a través de chats, páginas sociales, mensajes de
texto, correos electrónicos u otro medio virtual tecnológico.
Exhibir, trasmitir o difundir por medios cibernéticos, cualquier conducta de
maltrato escolar;
Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean
constitutivos de delito.
2.4 Tipos de bullying.
Bloqueo social: Agrupa las acciones de acoso escolar, que buscan bloquear
socialmente a la víctima, ya que estas buscan el aislamiento social y la marginación
impuestas por estas conductas de bloqueo.
Hostigamiento: Agrupa conductas de acoso escolar que consisten en acciones
de hostigamiento y acoso psicológico, que manifiestan desprecio, falta de respeto y
desconsideración por la dignidad del niño o niña o adolescentes.
Manipulación social: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que
pretenden distorsionar la imagen social del niño o niña y “envenenar” a otros contra él.
Con estas conductas se trata de presentar una imagen negativa, distorsionada de la
víctima.
Coacción: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que pretenden que la
víctima realice acciones en contra de su voluntad. Mediante estas conductas quienes
acosan al niño o niña, pretenden ejercer un dominio y un sometimiento total de su
voluntad.
Exclusión social: Agrupa las conductas de acoso escolar que buscan excluir la
participación de la víctima.
Intimidación: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que persiguen
aminorar, amedrentar o consumir emocionalmente al niño o niña mediante una acción
intimidadora.
Amenaza a la integridad: Agrupa las conductas de acoso escolar que buscan
amedrentar mediante las amenazas contra la integridad física del niño o niña, familia o
mediante la extorsión.
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ARTICULO 3°. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
3.1. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y
asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo un clima de
respeto mutuo y aceptación.
3.2. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en
un ambiente sano y recibir la formación integral para construirlo. En caso de que dicho
ambiente no se perciba o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar,
reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en el resguardo de sus
derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de
situaciones de conflictos o maltrato en cualquiera de los integrantes de la comunidad
educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.
Derechos:
1. Ser escuchados.
2. Conocer las observaciones que los profesores ingresen al libro de clases.
3. Que se reconozca su buen comportamiento y dedicación al estudio.
4. Tener sus clases en un ambiente motivador, limpio y ordenado.
5. Recibir los textos de enseñanza que otorga el estado.
6. Ser atendido en sus diferencias individuales, desarrollando sus competencias y
habilidades.
7. Recibir los programas de salud de JUNAEB cuando le corresponda.
8. Recibir su informe de rendimiento escolar semestral y certificado de estudio
anual, en forma oportuna.
9. Derecho a recibir atención oportuna por causa de algún accidente escolar.
Deberes:
1. Tener asistencia regular y puntualidad a la hora de llegada a la escuela.
2. Cumplir con las tareas y obligaciones escolares.
3. Cuidar su integridad personal, su mochila y útiles escolares.
4. Cuidar el mobiliario escolar e instalaciones de las salas y escuela en general.
5. Respetar a todos los individuos de la comunidad escolar.
6. Ser solidarios y demostrar espíritu de perseverancia, trabajo y superación.
7. Conocer y respetar los objetivos propuestos en este reglamento.
8. Permanecer en el recinto escolar toda la JEC, salvo situaciones excepcionales
expuestas por el profesor jefe y autorizadas por la dirección.
9. Si se le solicitare la presencia de su apoderado, deberá cumplir en la entrega de
la citación.
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10. Ocupar los recreos para su recreación y/o su esparcimiento.
11. En lo posible asistir al establecimiento con su uniforme y chaqueta institucional
entregada por la Escuela.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Y
DIRECCION.
Derechos:
1. Trabajar en un ambiente tolerante y respeto mutuo.
2. Derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo
ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte
de la comunidad educativa.
3. Derecho a proponer las iniciativas que se estimaren útiles para el progreso del
establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.
4. Disponer de los espacios y recursos adecuados para realizar de mejor forma su
trabajo pedagógico.
Deberes:
1. Ejercer la función docente en forma idónea y responsable.
2. Orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda.
3. Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.
4. Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a
cada nivel educativo establecido por los planes y programas de estudios.
5. Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan, tanto
como los derechos de los alumnos y alumnas.
6. Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y
demás miembros de la comunidad educativa.
7. Cumplir puntualmente con los horarios establecidos por el Establecimiento.
8. Ejercer diariamente, cada uno de los dominios y criterios presentes en el Marco
para la Buena Enseñanza.
9. Conocer y ejercer los perfiles establecidos del PEI.
10. Conocer y ejercer los Instrumentos de Gestión de la Escuela.
11. Cumplir con el trabajo administrativo escolar.
12. Mantener discreción y reserva del manejo de la información de la escuela.
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DEBERES Y DERECHOS DE PADRES Y APODERADOS
Derechos:
1. Conocer el Proyecto Educativo Institucional, objetivos y lineamientos generales
del Reglamento de Convivencia Escolar, Evaluación y promoción Escolar y del
Centro General de Padres y Apoderados.
2. Conocer el avance y aprendizaje de su pupilo, en forma periódica, a través de
reuniones mensuales, documentos y entrevistas con los profesores.
3. Ser escuchados y atendidos en sus peticiones.
4. Solicitar certificado de matrícula, para fines legales que se estimen convenientes,
al igual que certificados de estudio.
5. A tener voz y voto en las reuniones generales de curso y /o centro general de
padres y apoderados.
6. A elegir y ser elegido como directivos del curso de sus hijos y/o centro general
de padres y apoderados.
7. A ser informados de las observaciones negativas y positivas de su hijo e hija,
registradas en el libro de clases y de las sanciones que sean aplicadas en virtud
del reglamento.
8. Recibir orientaciones para resolver problemas puntuales que presente su hijo e
hija.
Deberes:
1. Respetar a todos los profesores y personal del establecimiento.
2. Sentirse identificados con el quehacer educacional y valorar la labor del
profesor, compartiendo la formación integral del alumno u alumna.
3. Conocer y cumplir los horarios establecidos de entrada y salida de las y los
estudiantes.
4. Asistir normalmente a citaciones puntuales, entrevistas y a las reuniones
ordinarias y extraordinarias de curso y/o generales.
5. Justificar oportunamente la inasistencia a reuniones.
6. Velar para que su hijo e hija asista diariamente y puntualmente a clase, cumplir
con las tareas y preparación de evaluaciones.
7. Motivar la participación de sus hijos en todas las Actividades Escolares
propuestas por el E.E.
8. Participar en todas las actividades escolares y transversales que la Escuela
proponga. (Bingos, Rifas, Muestras, Campeonatos u otros)
9. Fomentar hábitos de estudio y responsabilidad en su hijo e hija.
10. No descalificar ni desautorizar el trabajo pedagógico de la dirección, docentes y
asistentes de la educación.
11. No proferir insultos verbales ni agredir físicamente a ningún miembro del
Establecimiento Educativo (Docentes, asistentes, chofer microbús, etc.)
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12. Velar por la correcta presentación personal de su hijo e hija conformes a las
exigencias de este establecimiento educacional.
13. Apoyar y respetar los objetivos del PEI y los diversos Planes de Gestión del
Establecimiento.
14. Asistir individualmente o junto a su hijo/a, según corresponda, a las variadas
derivaciones que la Escuela recomienda. (PIE, JUNAEB, HPV u otras)
DE LAS REUNIONES DE PADRES Y APODERADOS DE CURSO.
La asistencia a reuniones de padres y apoderados, es un compromiso adquirido
al momento de matricular al alumno o alumna en el establecimiento. Por ende es de
carácter obligatoria. El alumno o alumna deberá informar oportunamente a su
apoderado, las citaciones a las reuniones de curso. Cualquier justificación deberá ser
presentada con anterioridad, las que fuesen posteriormente se verá con el profesor
jefe, quien fijara una entrevista informativa con el apoderado.
El apoderado/a que en ocasiones reiteradas no asista a reuniones fijadas por el
curso, sin la justificación requerida, será derivado a Asistencia social, de CESFAM
Panimávida, por vulneración de derechos al niño y adolescente.
ARTICULO 4° ROLES Y FUNCIONES DE DIRECTIVOS, DOCENTES Y ASISTENTES DE
LA EDUCACIÓN.
DE LOS DIRECTIVOS:
1. Visión compartida en la comunidad escolar:
1.1 Motivar constantemente y revisar en conjunto con su comunidad
educativa la adquisición y la práctica del proyecto educativo institucional y curricular,
enfocado en el mejoramiento de los logros de aprendizaje, de todos los estudiantes, así
como en los valores de la equidad, la inclusión y el respeto-
1.2 Traducir los propósitos y objetivos institucionales y articularlos
coherentemente con los distintos planes de gestión.
1.3 Difundir y explicar los objetivos, planes y metas institucionales, así como
sus avances a todos los actores de la comunidad educativa.
1.4 Promover y modelar activamente una cultura escolar inclusiva,
equitativa y de altas expectativas sobre los logros de aprendizaje de los estudiantes y
desempeño de todos los miembros del establecimiento.
1.5 Mantener una comunicación, coordinación estratégica y efectiva con el
sostenedor, para el logro de los objetivos institucionales y de las políticas locales.
2. Desarrollar capacidades profesionales;
2.1. Desarrollar en coordinación con su sostenedor, estrategias efectivas de
búsqueda, selección, inducción y retención de docentes y asistentes de la educación.
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2.2. Identificar las necesidades de fortalecimiento de las competencias de sus
docentes y asistentes de la educación y generar diversas modalidades de desarrollo
profesional continuo.
2.3. Reconocer y celebrar los logros individuales y colectivos del personal que
trabaja en el establecimiento.
2.4. Apoyar y demostrar consideración por las necesidades personales y el
bienestar de cada una de las personas de la institución.
2.5. Demostrar confianza en las capacidades de sus equipos y promover el
surgimiento de liderazgo al interior de la comunidad educativa.
2.6. Generar condiciones, espacios de reflexión, trabajo técnico y sistemático para
la construcción de una comunidad de aprendizaje profesional.
3. Liderar procesos de enseñanza;
4.1 Asegurar la articulación y coherencia del currículum, con las prácticas de
enseñanza y evaluación entre los diferentes niveles.
4.2 Monitorear la implementación integral del currículum y los logros de
aprendizaje de todos los estudiantes para el mejoramiento de los procesos de
enseñanza y la gestión pedagógica.
4.3 Acompañar, evaluar y retroalimentar las prácticas de enseñanza y evaluación
de los docentes.
4.4 Identificar las fortalezas y debilidades de cada docente de manera de asignarlo
al nivel, asignatura y curso en que pueda alcanzar su mejor desempeño.
4.5 Procurar que los docentes no se distraigan de los procesos de enseñanza y
aprendizaje, evitando las interrupciones de clases.
4.6 Asegurar la implementación de estrategias para identificar tempranamente y
apoyar a los estudiantes que presenten dificultades en los aprendizajes o en el ámbito
conductual, afectivo o social.
4.7 Identificar y difundir entre sus docentes, buenas prácticas de enseñanza y
aprendizaje, como de gestión pedagógica ya sean internas o externas, que respondan a
las necesidades de los estudiantes.
5. Gestionar la convivencia y la participación de la comunidad escolar;
5.1 Desarrollar e implementar una política que asegura una cultura inclusiva
y las condiciones para que las personas se traten de manera equitativa, justa, con
dignidad y respeto, resguardando los derechos y deberes de la comunidad escolar.
5.2 Modelar y promover un clima de confianza entre los actores de la
comunidad escolar, fomentando el dialogo y la colaboración, tanto entre los profesores
como de estos con los estudiantes.
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5.3 Implementar y monitorear normas y estrategias que aseguren una sana
convivencia, con un enfoque formativo y participativo, promoviendo la responsabilidad
colectiva para el logro de un clima escolar positivo.
5.4 Generar oportunidades de participación y de los actores de la comunidad
educativa, a fin de consolidar el logro de un clima escolar positivo y los objetivos
expresados en PEI.
5.5 Anticipar conflictos mediando entre los actores, con el fin de lograr
soluciones de manera oportuna y efectiva.
5.6 Desarrollar y mantener relaciones de comunicación y colaboración
permanente con los padres y apoderados del establecimiento, con el fin de
involucrarlos en el proceso educativo de sus niños y niñas.
6. Gestionar el establecimiento educacional;
6.1 Estructurar la institución, organizar sus procesos, definir roles en función del
proyecto educativo institucional y las prioridades de mejoramiento del
establecimiento.
6.2 Asegurar que el funcionamiento del establecimiento, responda a las normas
legales y las políticas educativas nacionales y locales.
6.3 Recolectar y analizar información y datos de procesos y resultados del
establecimiento, que le permita tomar decisiones informadas oportunas.
6.4 En conjunto con el sostenedor, asegurar la disponibilidad de los recursos
requeridos por el establecimiento y gestionar de manera eficiente a modo de maximizar
su uso en el proceso pedagógico y el logro de las metas institucionales.
6.5 Vincular el establecimiento con instituciones, organizaciones y actores de su
entorno que contribuyan al logro de los objetivos, metas del establecimiento y del
sistema escolar en su conjunto.
6.6 Informar y explicar de manera periódica y comprensible, los procesos y
resultados del establecimiento, a los distintos actores de la comunidad educativa.
De auxiliares de servicio:
1. Mantener el aseo y orden de las dependencias del establecimiento.
2. Colaborar en eventos, ceremonias y labores extraordinarias del centro
educativo.
3. Mantener, cuidar y almacenar los bienes materiales y equipamiento del
establecimiento.
4. Controlar la entrada y salida de personas al local escolar.
5. Integrar y participar en los consejos administrativos de los asistentes de la
educación.
6. Informar y comunicar a su jefatura en forma inmediata sobre irregularidades
que observe en el ámbito de sus funciones para su mejoramiento.
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7. Mantención de jardines y/o áreas verdes.
8. Cumplir con horarios de entrada y salida estipulados por el centro educativo.
9. Propiciar y fomentar el trabajo colaborativo entre pares, docentes, directivos y
con su unidad de servicio.
10. Manifestar capacidad e iniciativa para decidir y actuar acertadamente frente a
situaciones emergentes y de emergencia.
11. Mantener su presentación personal acorde con el cargo y la responsabilidad que
posee en el establecimiento.
12. Mantener discreción y reserva del manejo de la información de la escuela.
13. Manifestar capacidad de comunicación con todos los miembros de la comunidad
educativa.
14. Manifestar capacidad de contribuir a la solución de conflictos con los miembros
de la comunidad educativa.
15. Manifestar un trato deferente y respetuoso con todos los miembros de la
comunidad educativa.
16. Contribuir y fomentar la creatividad e iniciativa en la comunidad escolar.
De la persona encargada del laboratorio de computación:
1. Mantener al día el inventario del laboratorio de computación.
2. Dar atención oportuna a los usuarios que soliciten atención del laboratorio de
computación y mantener bitácoras al día.
3. Proponer y llevar a la práctica iniciativa que favorezcan el funcionamiento del
laboratorio de computación.
4. Informar y comunicar a su jefatura inmediatamente, irregularidades que
observe en el ámbito de sus funciones para su mejoramiento.
5. Participar en instancias de capacitación y / o auto perfeccionamiento propias de
su labor.
6. Colaborar en eventos, ceremonias y labores extraordinarias del centro
educativo.
7. Mantener y cuidar los bienes materiales y equipamiento asignado para cumplir
con las labores propias del laboratorio de computación.
8. Orientar a los alumnos en su comportamiento, conducta, actitudes, hábitos y
responsabilidades, de acuerdo a las normas establecidas por la escuela.
9. Integrar y participar de los consejos de reflexión cuando amerite su presencia.
10. Cumplir con los horarios de entrada y salida estipulados por el centro educativo.
11. Propiciar y fomentar el trabajo colaborativo entre pares, docentes y directivos.
12. Propiciar y fomentar el trabajo en equipo con su unidad de servicio.
13. Manifestar capacidad e iniciativa para decidir y actuar acertadamente frente a
situaciones emergentes y de emergencia.
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14. Mantener su presentación personal acorde con el cargo y la responsabilidad que
posee en el establecimiento.
15. Mantener discreción y reserva en el manejo de la información de la escuela.
16. Manifestar capacidad de comunicación con todos los miembros de la comunidad
educativa.
17. Manifestar capacidad para contribuir a la solución de conflictos con los
miembros de la comunidad educativa.
18. Manifestar un trato deferente y respetuoso con todos los miembros de la
comunidad educativa.
De la encargada de biblioteca:
1. Mantener al día el inventario de biblioteca y bitácora de trabajo.
2. Dar atención oportuna a los usuarios que soliciten atención de biblioteca y
material para las clases.
3. Proponer y llevar a la práctica iniciativa que favorezcan el funcionamiento de la
biblioteca.
4. Informar y comunicar a su jefatura inmediatamente, irregularidades que
observe en el ámbito de sus funciones para su mejoramiento.
5. Participar en instancias de capacitación y / o auto perfeccionamiento propias de
su labor.
6. Colaborar en eventos, ceremonias y labores extraordinarias del centro
educativo.
7. Mantener y cuidar los bienes materiales y equipamiento asignado para cumplir
con las labores propias de la biblioteca.
8. Orientar a los alumnos en su comportamiento, conducta, actitudes, hábitos y
responsabilidades, de acuerdo a las normas establecidas por la escuela.
9. Integrar y participar de los consejos administrativos de los asistentes de la
educación.
10. Cumplir con los horarios de entrada y salida estipulados por el centro educativo.
11. Propiciar y fomentar el trabajo colaborativo entre pares, docentes y directivos.
12. Propiciar y fomentar el trabajo en equipo con su unidad de servicio.
13. Manifestar capacidad e iniciativa para decidir y actuar acertadamente frente a
situaciones emergentes y de emergencia.
14. Mantener su presentación personal acorde con el cargo y la responsabilidad que
posee en el establecimiento.
15. Mantener discreción y reserva en el manejo de la información de la escuela.
16. Manifestar capacidad de comunicación con todos los miembros de la comunidad
educativa.
17. Manifestar capacidad para contribuir a la solución de conflictos con los
miembros de la comunidad educativa.
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18. Manifestar un trato deferente y respetuoso con todos los miembros de la
comunidad educativa.
19. Contribuir y fomentar la creatividad e iniciativa en la comunidad escolar.
ARTICULO 5°. PRESENTACIÓN PERSONAL DEL ESTUDIANTADO.
En los alumnos y alumnas de Pre-kínder y Kínder, se sugiere la utilización de
uniforme o buzo con chaqueta institucional.
A los alumnos y las alumnas de enseñanza básica se les sugiere asistir con buzo
el día que tengan clases de educación física, talleres deportivos u otros eventos
autorizados, trayendo ropa de cambio para realizar dichas actividades (pantalón largo
o corto azul o plomo, y útiles de aseo personal)
La camiseta que se sugiere utilizar será azul o blanca.
Los útiles y prendas de vestir, son responsabilidad de cada uno de los alumnos y
alumnas.
Se sugiere que los gorros, cuellos, bufanda, sean de color gris o azul marino, lizos
y sin diseño.
En las actividades deportivas, salidas a terreno y otros, en que los alumnos y
alumnas representen al colegio deberán asistir con el uniforme o chaqueta
institucional.
Alumnos de Enseñanza Pre – Básica:
Chaqueta y camiseta Institucional
Zapatillas Blancas o Negras
Delantal de Niña (Debidamente identificada)
Cotona de Niño (Debidamente identificado)
Varones de 1° a 8° Básico:
Chaqueta y polera institucional de color azul, bordada con el sello del
establecimiento.
Sweater escolar.
Pantalón gris de tela, si usa cinturón este deberá ser negro.
Zapatos o zapatillas negras colegiales.
Damas de 1° a 8° Básico:
Chaqueta y polera institucional de color azul, bordada con el sello del
establecimiento.
Sweater escolar.
Falda plisada en color azul marino (máximo dos dedos arriba de la rodilla).
Zapatos o zapatillas negras colegiales.
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Calceta o panty de color azul marino.
Pantalón azul marino, solo en meses de invierno.
Sweater escolar.
Educación física y talleres deportivos.
Damas y varones de 1° a 8° Básico;
Buzo deportivo y chaqueta institucional.
Polera institucional deportiva.
Polera de cambio oficial o blanca sin logo.
Zapatillas deportivas para educación física.
Respecto de la presentación personal
A las Alumnas se les sugiere:
Usar las uñas cortas, sin pintar y sin maquillaje ni adornos en el rostro.
permanecer con el cabello recogido, ordenado y sin teñir.
no portar joyas, piercings y/o expansiones. Sólo se sugiere el uso de aros que no
sean colgantes y que no sean de colores llamativos.
A los Alumnos se les sugiere:
Usar pelo corto (corte tradicional) sin teñir, peinado, sin patillas, moños, coletas
ni melenas.
No usar aros, joyas, cadenas, piercings, expansiones u otros accesorios
llamativos.
ARTICULO 6°. Horarios.
1° Ciclo.
Los horarios lectivos serán de lunes a jueves, de 08: 30 a 15:45 horas,
exceptuando el día viernes cuyo horario será de 08:30 a 13:40 horas
Horario de desayuno es de las 10:00 a 10:15 horas.
Horario de almuerzo es de las 13:30 a 14:15 horas.
Horario de tercera colación a las 14:00 para Pre-básica y a las 15:00 horas en 1°
y 2° ciclo.
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ARTICULO 7°. Puntualidad y asistencia.
El alumno y la alumna es una persona responsable de sus compromisos y busca
los medios para cumplir con lo que se compromete. Este hábito se adquiere con la
preocupación constante, tanto de la familia como de la Escuela.
Los alumnos y alumnas deben asistir a todas las clases del plan de estudios de
sus respectivos cursos. El requisito de asistencia está regulado por las normas de la
evaluación y promoción escolar.
Se pasará asistencia al término de cada hora y/o bloque, la cual quedará
consignada en el libro de clases.
El alumno o alumna debe llegar a la escuela sin retraso y cumplir su jornada
diaria.
Cabe mencionar, que si un alumno tiene atención médica, el estudiante puede
llegar atrasado y quedar presente siempre y cuando traiga consigo su comprobante de
atención.
Todas las horas de clases serán de 45 minutos.
El tiempo de recreación es de 15 minutos y el horario de colación de 45 minutos,
los alumnos no podrán colacionar fuera del establecimiento. En estos periodos de
tiempo los alumnos y alumnas serán resguardados por el Encargado de Convivencia
Escolar en coordinación con asistentes de la educación, quienes velarán el buen
comportamiento en comedores y patio.
Sanciones:
“Al tercer retraso mensual a clases, el alumno o alumna deberá ser justificado
por su apoderado pero bajo ninguna circunstancia será devuelto a su casa. La
inasistencia del alumno/a en forma injustificada y no presente certificado médico, se le
citará al apoderado por el profesor encargado de la asignatura, si el apoderado no
concurre, se notificará en hoja de vida del alumno y se citará nuevamente. Si el
apoderado no concurre a justificar en segunda instancia, se enviará notificación con el
apoyo de Seguridad Ciudadana o Carabineros”.
ARTICULO 8°. Seguridad.
El establecimiento no se hace responsable de la pérdida o deterioro de los
objetos de valor que los alumnos y alumnas porten (Celulares, tablets, laptops, juegos,
revistas, álbumes, dinero, entre otros) ya que está prohibido su uso dentro del
establecimiento.
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ARTICULO 9°. Cuidado del material del colegio.
Es obligación del alumno u alumna, cuidar los útiles y materiales de la escuela y
tener un claro concepto de la propiedad ajena, devolviendo oportunamente lo que se le
ha facilitado a la persona responsable de aquello. A si mismo deberá cuidar las
instalaciones del establecimiento, en caso de causar daños a estas, deberán ser
restituidas por el apoderado.
Infraestructura y/o equipamientos
Daños o deterioros
Material Rayar, quemar o romper: Libros de clases, guías, instrumentos de evaluación, trabajos propios o de otros, textos propios o de otros, cuadernos propios o de otros.
Equipamiento. Patear, rayar o romper: Mesas, sillas, estantes, escritorios, paredes, puertas, ventanas, vidrios, telón, u otros instrumentos al servicio del proceso escolar.
Agua Dejar abierta la llave o jugar con agua.
Luz Jugar con el interruptor, introducir dedos o elementos al interruptor.
Servicios higiénicos
Dejar inodoro sucio, mojar espejos, tirar agua, pararse en el inodoro, comer en el baño, entrar de a dos o más a un baño, rayar biombos o paredes, pegar papeles en el techo y paredes o dañar cualquier elemento de este servicio.
ARTICULO 10°. Comité de Convivencia Escolar.
10.1. Existirá un comité de convivencia escolar, que se encargará de velar por la
sana convivencia dentro del establecimiento.
Directora : Srta. Rocío Chacón Mestre.
Encargado de Convivencia Escolar : Sr. Wilson Abdon Vásquez Fuentes.
Suplente de Convivencia Escolar : Srta. Luz María Castro Garrido.
Psicólogo : Sr. Claudio Sepúlveda Chacón.
Representante Consejo de Profesores : Sra. Paulina Alfaro Retamal.
Representante de Asistentes : Srta. Claudia Sepúlveda.
Representante Alumnos : Srta. Javiera Tapia Contreras.
10.2. El comité de convivencia escolar tendrá entre otras, las siguientes
atribuciones:
Enfatizar sus acciones en relación a una cultura ciudadana.
Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de
un clima escolar sano.
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Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar en el
establecimiento.
Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa a cerca
de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de
conducta contraria a la sana convivencia.
Designar a uno o más encargados de convivencia escolar.
Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de
convivencia escolar.
Requerir a la dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes,
reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.
Determinar con alcance general, que tipo de faltas y sanciones serán de su propia
competencia y aquellas que puedan resolverse directamente con los docentes u otras
autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso.
Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.
ARTICULO 11°. Encargado de convivencia escolar.
Existirá un encargado de convivencia escolar, quien deberá ejecutar de manera
permanente los acuerdos, decisiones y planes del comité de convivencia escolar,
investigar en los casos correspondientes, informar de acuerdo a los protocolos
establecidos y actuar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia. Asimismo, será
función del encargado de convivencia, velar que se incorporen en el reglamento escolar,
las modificaciones y eventuales actualizaciones del instrumento, velando siempre para
que las prácticas contenidas en él, sean llevadas a cabo de forma adecuada.
ARTICULO 12°. Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.
Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente o vulnere la sana convivencia.
La autoridad competente, encargado de convivencia escolar o suplente, investigará de
acuerdo a la conformidad de la normativa interna, las conductas consideradas como
maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y castigadas mediante
un sistema gradual de sanciones.
ARTICULO 13°. Medidas preventivas.
Definidas como toda acción realizada en pro de la sana convivencia al interior
del establecimiento, entre los distintos actores de la comunidad educativa, acciones
reforzadas por medio de la realización de jornadas de reflexión y trabajo, desarrollo de
un valor por mes, incorporación de temáticas de convivencia de forma permanente en
consejos de reflexión y reunión de apoderados, entre otras. Todas las acciones
contenidas y detalladas en el plan de gestión anual de convivencia escolar.
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ARTICULO 14°. Medidas, sanciones disciplinarias y protocolos.
FALTA GRAVEDAD DE LA
FALTA MEDIDA O SANCION
PROTOCOLAR
Permanecer fuera de
la sala de clases después de
los recreos.
Presentarse sin buzo
a clases de educación física.
Incumplimientos en
horarios de llegada, tareas,
trabajos grupales, materiales
solicitados o útiles escolares.
Maquillarse en la
escuela.
Vender en la escuela
sin autorización.
Traer celular a la
escuela.
Leve o menor.
(Aquellas actitudes o
comportamientos que alteren la convivencia
pero que no involucren daño físico o
psicológico a algún miembro de la
comunidad educativa)
Dialogo personal,
pedagógico y correctivo; a cargo del profesor jefe o del docente que le corresponda al estudiante. Luego se deberá registrar dicha falta en libro de clases.
Apoderado debe conocer la falta de su pupilo en entrevista personal citada por el o la profesora jefe.
El profesor jefe, registrará, firmas de alumno y apoderado asumiendo compromisos de mejora.
La reincidencia de las faltas leves (3), será considerada una agravante, por lo que serán faltas graves, en tal caso, su sanción se ajustará el procedimiento fijado para estos casos.
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FALTA GRAVEDAD DE LA
FALTA MEDIDA O SANCION
PROTOCOLAR
Reincidencia de 3 faltas leves.
Faltar a clases sin el conocimiento de los padres y apoderados.
Interferir la clase reiteradamente, haciendo caso omiso a los llamados de atención del profesor.
Contestar con palabras o actitudes inadecuadas al profesor o a cualquier miembro del establecimiento.
Copiar en una prueba. Alteración de la
disciplina, orden y perturbación del desarrollo de las clases.
Falta grave.
(Actitudes y comportamientos que
atenten contra la integridad psicológica de cualquier miembro
de la comunidad educativa y del bien
común así como acciones deshonestas
que afecten la convivencia).
Dialogo personal, pedagógico y correctivo; a cargo del profesor jefe y del encargado de Convivencia Escolar. Luego ambos docentes deberán registrar dicha falta en libro de clases.
Amonestación escrita, donde se hará llegar por escrito al apoderado la amonestación impuesta.
Citación al apoderado, por el profesor jefe, donde se informará respecto a los acontecimientos ocurridos.
El profesor jefe, registrará, firmas de alumno y apoderado asumiendo compromisos de mejora.
Servicios comunitarios, ayudantía a profesores, apoyo escolar a otros alumnos, entre otros.
Derivación psicosocial, instancias de derivación, según amerite, apoyo psicológico, talleres internos, derivación a instituciones externas.
La reincidencia de las faltas graves (3), será considerada una agravante, por lo que podrán ser consideradas como faltas gravísimas, en tal caso, su sanción se ajustará el procedimiento fijado para estos casos.
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FALTA GRAVEDAD DE LA
FALTA MEDIDA O SANCION
PROTOCOLAR
Reincidencia de 3 faltas
graves. Reiterar salidas sin
permiso del E.E o evasión de clases.
Atentar contra la seguridad e integridad física con actos considerados “bromas”. Ej: lanzar objetos proyectiles o sacarle silla al compañero/a
Actitud de rechazo, desobediencias y actos irrespetuosos ante avisos reiterados y correcciones por integrantes y/o funcionarios de la Escuela, donde se manifieste una actitud displicente e irrespetuosa.
Publicar hechos o situaciones ocurridas al interior de la Escuela que promuevan comentarios males intencionados y ofensivos en contra de la institución como de integrantes del Establecimiento.
Presentar conductas morales negativas y actitudes reñidas en su calidad de estudiante, dentro o fuera de la escuela como; fumar, consumir alcohol, drogas u otros estupefacientes, o así como agredir verbal o físicamente a otros.
Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros, amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
Agredir verbal, física y/o psicológicamente a algún miembro de la comunidad educativa.
Falta gravísima.
( Aquellas actitudes y comportamientos que afecten la integridad física y psicológica de cualquier miembro de
la comunidad educativa, agresiones
sostenidas en el tiempo y conductas
tipificadas como delito)
El criterio de las faltas gravísimas, será definido con detención por el consejo de profesores, (luego de la amonestación por escrita al apoderado), quienes decidirán su respectiva derivación ya sea a carabineros, tribunales de familia, de justicia u otro organismo.
Dialogo personal, pedagógico y correctivo; a cargo del profesor jefe y Encargado de Convivencia Escolar. Luego ambos docentes se deberán registrar dicha falta en libro de clases.
Amonestación escrita, y citación al apoderado, donde se hará llegar por escrito al apoderado la amonestación impuesta.
Entrevista con apoderado, Encargado de Convivencia Escolar, profesor jefe, alumno y Director. Definiendo acuerdos y responsabilidad parental y firmarlo en libro de Convivencia Escolar.
Entrevista de apoderado y alumno con psicólogo del EE, estableciendo compromisos en mejorar la conducta.
Elaboración de trabajo pedagógico, monitoreado por el Encargado de convivencia, el cual debe ser notificado al apoderado, quien firmará la autorización correspondiente.
Proceso de reinserción en la comunidad escolar a través del cuidado y mantención de jardines y árboles del colegio,
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Amedrentar, chantajear, intimidar, injuriar, desprestigiar, hostigar o acosar a cualquier miembro de la comunidad educativa ya sea en forma verbal, escrita o por intermedio de redes sociales.
Causar accidentes de forma premeditada o por desobediencia, a cualquier miembro de la comunidad educativa.
Falsificar firmas y adulterar justificativos.
Atacar, ofender o agraviar los símbolos patrios.
Adulterar, fotocopiar, fotografiar y/o duplicar materiales pedagógicos.
Utilización de vocabulario obsceno y gestos groseros frente a sus pares o cualquier integrante de la comunidad educativa.
Irrumpir ilegalmente al Establecimiento en días y horarios no establecidos.
Tirar alimentos en el comedor.
Exhibir, transmitir o difundir cualquier conducta de maltrato escolar.
Ejercer violencia física en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa.
Hurtos o apropiación de cosas ajenas.
Acoso sexual, físico o psicológico, en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa.
Difundir material pornográfico por medios tecnológicos (celular, Tablet y/o notebook) tanto al interior del establecimiento, como en el
elaboración del diario mural, elaboración de presentaciones para otros cursos (valores, respeto, solidaridad, igualdad de género, sana convivencia, entre otros)
Si el estudiante se niega a realizar estas actividades en pos de mejorar su actitud, será causal de condicionalidad de matrícula.
La suma de 2 faltas
gravísimas puede originar la “Condicionalidad de matrícula” y en casos de que la conducta sea reiterativa se sancionará incluso con la “Expulsión y/o caducidad de matrícula” a la tercera falta gravísima.
Previo al inicio del proceso de expulsión o no renovación de matrícula, la Directora de la Escuela en consenso resolutivo con el Consejo de Profesores, planteará a los padres o apoderados, la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible aplicación de las medidas indicadas. Cabe señalar que previo a las medidas a aplicar, se implementarán estrategias de apoyo pertinente a los alumnos o alumnas con el propósito de
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trayecto entre la escuela y el hogar.
Portar armas blancas, de fuego, cadenas u otras para agredir.
Bullying verbal, escrito o mediante redes sociales.
transformar la conducta específica positivamente.
En caso de ser aplicada
la medida de Expulsión o Caducidad de matrícula, el apoderado debe firmar el documento respectivo. En caso de no hacerlo, se considerará, igualmente, como resolución comunicada y acatada.
PROTOCOLO CANCELACION DE MATRICULA O EXPULSION DE UN ESTUDIANTE
El siguiente protocolo orienta la actuación de las medidas requeridas para enfrentar
situaciones conflictivas extremas. Esta es la sanción máxima que un establecimiento
educativo puede aplicar sobre un estudiante.
Definición
La expulsión de un estudiante o cancelación de matrícula, se aplicará cuando el
estudiante haya transgredido seriamente el Reglamento de Convivencia Escolar, siendo
incompatible esta conducta con el régimen escolar interno del EE.
Esta caducidad de matrícula, se aplicará al finalizar el año escolar, significando que el
alumno no tendrá continuidad en sus estudios para el año próximo a la sanción.
Esta medida excepcional y extrema se adoptará siempre y cuando el estudiante haya
dado evidencias de que constituye un peligro para la integridad física y/o psicológica
de la comunidad educativa y ya habiéndose agotado todas las medidas de apoyo
psicológico, pedagógico, derivaciones externas y medidas formativas que se le
brindaron por el establecimiento.
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FALTA GRAVEDAD DE
LA FALTA MEDIDA O SANCION
PROTOCOLAR
Toda agresión verbal,
expresiones obscenas y
grotescas en contra de
alumnos, docentes, asistentes
o funcionarios
administrativos del
Establecimiento.
Adulteración,
sustracción y/o destrucción
del libro de clases como de
documentos institucionales.
Agredir o atentar
violentamente la integridad
física o psicológica de
cualquiera de los miembros
de la Escuela.
Acoso y/o agresiones
sexuales al interior del
Establecimiento.
Todo acto
premeditado y planificado de
agresión física, verbal, escrito
o psicológico, realizado en
forma directa o indirecta o
por medios virtuales de un
alumno/a cualquier
integrante de la Escuela.
Incitar a otros a la
agresión verbal o física o
psicológica en forma directa o
por medios virtuales a
cualquier integrante de la
Unidad Educativa.
Faltas que originan
expulsión o caducidad
inmediata de matrícula.
(Aquellas
actitudes o faltas que por su dimensión,
afectan gravemente la
convivencia escolar y que ameritan la
sanción indicada.)
Se registra el hecho en libro de clases, crónicas y libro de Convivencia Escolar.
Se comunica vía escrita y telefónica el hecho al o la apoderada.
Se comunica la gravedad de la falta a Daem.
Se comunica la gravedad de la falta a Depto. Provincial de Educación.
Derivación del alumno a Depto social de CESFAM Panimávida.
La medida de caducidad de matrícula, será aplicada por la dirección del EE, previo acuerdo del consejo de profesores. Dicho acuerdo y una síntesis detallada de evidencias y causales que ameritan la aplicación de esta medida deberán quedar consignadas en el Libro de Actas del Consejo de Profesores.
Las medidas de cancelación o no renovación de matrícula, serán aplicadas por la dirección del establecimiento previo acuerdo racional y justo, con el consejo de profesores, quienes analizarán el informe, evidencias, y seguimiento del alumno que presentará la profesora o profesor jefe de curso con el apoyo y supervisión del Encargado de Convivencia Escolar. Si la directora considera que las medidas acordadas son pertinentes o deben ser desestimadas, lo comunicará personalmente y por escrito al apoderado y al alumno dentro de 3 días hábiles después de hecho el análisis correspondiente del caso.
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De las sanciones:
Toda medida disciplinaria, debe constituir para cada alumno y alumna, una
experiencia positiva, que contribuya eficazmente a la formación.
Toda falta debe quedar registrada en el libro de clases y dada a conocer por el
profesor jefe al apoderado.
Si el responsable fuese un funcionario del establecimiento, ya sea docente,
asistentes de la educación, manipuladora de alimentos u auxiliar, se aplicarán las
medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación correspondiente.
Si el responsable fuese, padre, madre o apoderado, en caso menos grave, se
solicitara cambio de apoderado y en casos graves se le prohibirá el ingreso al
establecimiento aplicando las normas internas del EE.
Se aplicara sanciones a quien incurra en conductas contrarias a la sana
convivencia y especialmente en los casos de maltrato; leves, graves y gravísimas.
Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica,
cometida por cualquier medio en contra de algún integrante de la comunidad
educativa, ya sea realizada por: el director, docente, asistente de la educación u
otro adulto de la comunidad educativa en contra de un alumno u alumna.
(Artículo 16 D Ley N°20.536).
En el caso de alumnos entre 14 y 18 años, de ser necesario, serán
sometidos los procedimientos reflejados y estimulados en la ley penal juvenil
vigente (N°20.084).
ARTICULO 15°. Criterios de aplicación.
15.1. Toda medida o sanción debe tener un carácter claramente formativo para
todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a
la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando la
mayor protección y reparación del afectado así como la formación del responsable.
15.2. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o
medida, los siguientes criterios:
a. La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.
b. La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado por factores:
La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores.
El carácter vejatorio o humillante del maltrato. Haber actuado en
anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro.
Haber obrado a actitud de un tercero o bajo recompensa.
Haber agredido a un docente o cualquier funcionario del establecimiento.
c. La conducta anterior del responsable.
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ARTICULO 16°. Obligación de denuncia de delitos.
Directivos, docentes, asistentes de la educación, tiene la obligación de
denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que
afecte a cualquier miembro de la comunidad educativa, tales como: Agresiones,
amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de
sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar a Carabineros de Chile, Policía de
Investigaciones, Fiscalía o Tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas, desde
que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175,
letra E y el 176 del Código Procesal Penal.
ARTICULO 17° Reclamos.
17.1. Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia, deberá ser
presentado en forma escrita mediante el libro de convivencia escolar al encargado de
convivencia escolar o cualquiera de sus miembros, a fin de que se dé inicio al debido
proceso.
17.2. Deberá ser resguardada la identidad del denunciante.
ARTICULO 18°. Notificaciones a los apoderados.
Al inicio de todo proceso, en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a
sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio
idóneo, pero deberá quedar constancia de ello de manera escrita en hoja de vida del
alumno.
ARTICULO 19°. De investigación.
19.1 El encargado de convivencia escolar en conjunto con la directora del
establecimiento, deberán llevar adelante la investigación de los reclamos,
entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier
otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento
19.2 Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotados la
investigación, el encargado deberá presentar un informe al comité de convivencia
escolar para que este aplique una medida o sanción si procediere o bien para que
recomiende su aplicación a la dirección o autoridad competente del establecimiento.
19.3 Cada protocolo de actuación, según se señale, contará con plazos
establecidos en días hábiles para realizar las investigaciones que se requieran.
ARTICULO 20°. Citación a entrevistas.
20.1. Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la
dirección o quien la represente, deberá citar a las partes y en su caso a los padres y
apoderados a una reunión que tendrá como finalidad de buscar un acuerdo.
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20.2. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender la
indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de las determinadas condiciones
impuestas en un periodo de tiempo convenido para así dar por cerrado el caso, dejando
constancia de esto.
20.3. Si no hubiese acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes
deberán presentar todos los antecedentes que se estimen necesarios, también se podrá
citar a un profesional experto en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al
respecto.
ARTICULO 21°. Resolución.
La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para
imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar
constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución
debe ser notificada a todas las partes y en su caso al comité de convivencia escolar.
ARTICULO 22°. Medidas de reparación.
Tras la evaluación de los hechos y la entrega de la resolución del proceso se
entregara por escrito a las partes, según corresponda, las medidas preparatorias
enfocadas en la disminución y/o compensación de los daños o consecuencias sufridas
por parte del afectado u afectada. Dichas medidas serán determinadas por el consejo
de convivencia, siendo alguna de ellas disculpas públicas, entrega de apoyo psicosocial,
anotación positiva, entre otras.
ARTICULO 23°. Mediación.
El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros
mecanismos similares, como alternativas para la solución pacífica y constructiva de los
conflictos. Este sistema incluirá a alumnos, alumnas, docentes, psicólogo, otros
miembros de la comunidad educativa, Jefe Daem y especialistas.
ARTICULO 24°. Recursos.
Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir con fundamento en contra de
la resolución adoptada por el comité o autoridad competente, por medio del derecho a
apelación. Tras 48 horas de recibida la resolución, la parte afectada si así lo considera,
podrá presentar por escrito su apelación al encargado de convivencia escolar o al
director del establecimiento, quienes en conjunto con el comité de convivencia escolar,
analizaran lo expuesto, entregando una respuesta, con un plazo máximo de 72 horas
después de recibida la apelación.
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ARTICULO 25°. Difusión.
El establecimiento deberá implementar acciones necesarias para la correcta,
oportuna y completa difusión acerca de normas y planes relativos a la convivencia
escolar, a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad, este
permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos. Conociendo
adecuadamente el manual de convivencia escolar, sus procedimientos y protocolos,
haciéndose participe de jornadas de reflexión, actividades recreativas, entre otras, las
que se describen en el plan de gestión de convivencia escolar.
Importante es señalar, que el Reglamento Interno, con Normas de Convivencia, así
como el PEI y otros Planes de Gestión y actuación, estarán disponibles para la
comunidad educativa, ya sea en plataformas virtuales o en físico en el Establecimiento.
ARTICULO 26°. Abordaje de situaciones críticas de agresión a estudiantes.
Esta normativa procedimental debe ser socializada, conocida y aplicada por
todos los funcionarios del establecimiento, a fin de prevenir situaciones de convivencia
escolar y/o paliar los posibles efectos de las mismas.
Junto a lo anterior, de acuerdo a lo señalado en la ley de violencia escolar, el
enfoque fundamental, es la mirada preventiva, es decir frente a una sospecha de
amenazas o agresión entre estudiantes, proceder adelantándose a la ocurrencia de la
misma, idealmente resolviendo cualquier tipo de conflicto en el establecimiento. Para
ello debe recurrirse a todas las herramientas y protocolos que el reglamento interno
otorga, al igual que la respectiva clasificación de las faltas, medidas pedagógicas y
eventual citación a los apoderados, por lo que son estos los responsables principales de
la seguridad de sus pupilos ante la Ley.
Si las autoridades del establecimiento no denunciaren situaciones ya habiendo
tomado conocimiento de estas, se exponen a ser sancionados por la Superintendencia
de Educación.
ARTICULO 27°. Criterios ante los protocolos de actuación en situaciones de
denuncia ante la vulneración de normas del Reglamento Interno con normas de
Convivencia Escolar.
27.1. Mientras se esté llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el
discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la
mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.
27.2. De cada actuación y resolución, deberá quedar constancia escrita en los
instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual
de cada reclamo, no se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros, ajenos a
la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.
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27.3. En el procedimiento se garantizara la protección del afectado y de todos
los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las
decisiones y posibilidad de impugnarlas.
27.4. Si el afectado fuera un alumno u alumna, se le deberá brindar apoyo,
protección e información durante el proceso.
27.5. Si el afectado fuese un docente u otro funcionario del establecimiento, este
será protegido y se le brindarán todas las medidas para que este pueda desempeñar
normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en riesgo su integridad.
27.6. Se velará en todo momento por el justo procedimiento en la investigación
y resolución del caso, reconociendo el derecho de todas las partes a ser escuchadas, a
que sus argumentos sean considerados en igualdad de condiciones y que se presuma
inocencia de los involucrados, hasta que la investigación termine.
27.7. Asimismo, se reconoce el derecho de los afectados a apelar a cualquier
resolución del caso o sanción impuesta, debiendo para ello seguir con el procedimiento
establecido.
27.8. En cada situación crítica detectada, ya sea de violencia escolar, maltrato,
agresiones físicas o psicológicas, burlas y bromas inadecuadas, bullying, abuso sexual,
entre otras situaciones críticas, se pondrán en ejecución las siguientes acciones:
Si hay detección por cualquier integrante de la comunidad educativa, este debe
remitir los antecedentes al encargado de Convivencia Escolar, quién debe procurar que
se registre el caso explicitado en cuaderno anexo de Convivencia Escolar.
Posterior a la denuncia, el encargado de Convivencia Escolar, informará a la
directora respecto de los hechos, quién tiene la obligación de acoger la denuncia y
brindar los espacios correspondientes para su desarrollo investigativo.
Será el encargado de Convivencia Escolar, quién convocará a Reunión
extraordinaria de equipo especial, a fin de generar soluciones y acciones para la
situación detectada, dicho equipo será conformado por: DIRECTORA UNIDAD
EDUCATIVA, ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, PSICÓLOGO, ADEMÁS DE LOS
PARTICIPANTES ATINGENTES DEL CASO.
Las acciones lleva das a cabo se registrarán en el Cuaderno Anexo de Apoyo a la
Convivencia Escolar.
Según el tipo de la situación deberá existir un monitoreo constante para velar la
finalización de dicha práctica por parte del equipo especial.
Funciones del trabajo de asistentes de la Educación en patio.
Durante el tiempo de recreo y horarios de colación del cuerpo docente, es
responsabilidad de los Asistes de la Educación, el cuidado y disciplina de los niños y
niñas al interior del establecimiento educacional.
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Las y los asistentes de educación llevarán un registro de las faltas realizadas por
los estudiantes, (Cuaderno de Registro Recreos Convivencia Escolar) las cuales serán
dadas a conocer a los respectivos profesores jefes.
Son los asistentes de la educación los encargados de avisar a los profesores jefes,
aquellas faltas graves o acumulación de éstas (3 faltas), siendo el profesor quién tome
las medidas correspondientes a cada caso y/o siga el protocolo de denuncia a
Convivencia Escolar.
ARTICULO 28° Definición y Protocolos frente a abuso sexual y maltrato infantil y
adolecente
Introducción
La unidad educativa está comprometida en proteger y resguardar los derechos de
niños, niñas y adolescentes, estableciendo criterios claros que definan como todos
aquellos actos de violencia física, sexual o emocional, sea en el grupo familiar o en el
entorno social, que se cometen en contra de niños, niñas y adolescentes, de manera
habitual u ocasional. El maltrato puede ser ejecutado por omisión (entendida como falta
de atención y apoyo de parte del adulto a las necesidades y requerimientos del niño, sea
en alimentación, salud, protección física, estimulación, interacción social u otro),
supresión (que son las diversas formas en que se le niega al niño el ejercicio y goce de
sus derechos: por ejemplo, impedirle que juegue o que tenga amigos, no enviarlo a la
escuela, etc.) o transgresión (entendida como todas aquellas acciones o conductas
hostiles, rechazantes o destructivas hacia el niño, tales como malos tratos físicos,
agresiones emocionales, entre otros) de los derechos individuales y colectivos e incluye
el abandono completo y parcial.
Dentro del concepto maltrato se establecen distintas categorías, en función de diversas
variables:
MALTRATO INFANTIL Y ADOLESCENTE
1. Maltrato físico: Cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madres o
padres, que provoque daño físico o enfermedad en el niño/a o adolescente o signifique
un grave riesgo de padecerlo. Puede tratarse de un castigo único o repetido y su
magnitud es variable (grave, menos grave o leve).
Tanto la calidad de las personas como las circunstancias del hecho, son criterios que
permiten establecer la mayor o menor gravedad de las lesiones considerando, por
ejemplo, la edad de los involucrados, la existencia de vinculo de parentesco o
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subordinación entre víctima y agresor, así como si la agresión ocurrió como defensa
propia, o fue cometida en complicidad con más agresores, etc.
2. Maltrato emocional o psicológico: Se trata del hostigamiento verbal habitual por
medio de insultos, criticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el
rechazo explícito o implícito hacia el niño/a o adolescente. Se incluye también en esta
categoría, aterrorizarlo, ignorarlo o corromperlo. Ser testigo de violencia entre los
miembros de la familia es otra forma de maltrato emocional o psicológico.
Negligencia: se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes
tienen el deber de hacerlo. Existe negligencia cuando los responsables del cuidado y
educación de los niños/as y adolescentes no atienden ni satisfacen sus necesidades
básicas, sean estas físicas, sociales, psicológicas o intelectuales.
3. Abuso sexual
El abuso sexual es una forma grave de maltrato. Que implica la imposición a un niño,
niña o adolescente, de una actividad sexualizada en que el ofensor obtiene una
gratificación, es decir, es una imposición intencional basada en una relación de poder.
Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza,
la seducción, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o
cualquier otra forma de presión o manipulación psicológica.
El abuso sexual involucra cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño
o adolescente, intuyendo, entre otras, las siguientes:
Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a al niño o adolescente.
Tocación de otras zonas del cuerpo del niño o adolescente por parte del abusador/a.
Incitación, por parte del abusador/a, a la tocación de sus propios genitales.
Contacto buco genital entre el abusador/a y el niño o adolescente.
Penetración vaginal o anal, o intento de ella, con sus genitales, con otras partes del
cuerpo o con objetos, por parte del abusador/a.
Utilización del niño o adolescente en la elaboración de material pornográfico (fotos,
películas, imágenes en internet).
Exposición de material pornográfico a un niño o adolescente (ej.; revistas,
películas, fotos, imágenes de internet).
Obtención de servicios sexuales de parte de un menor de edad a cambio de dinero
u otras prestaciones etc.
Responsabilidades del encargado:
El encargado reúne los antecedentes generales que permitan contextualizar la
situación; revisa el Libro de Clases, entrevista al profesor jefe u otro actor relevante
y se comunica con la familia. Si la situación lo requiere, realiza una entrevista
preliminar del niño/a o.
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Ante las situaciones descritas la Escuela Lomas de Putagán, establece el siguiente
protocolo de actuación para proteger y resguardar los derechos de todos nuestros
niños/as y adolescentes, incluyendo la comunicación inmediata con la familia y/o
tutores del alumno/a.
Protocolo de actuación ante detección o sospecha de situación de abuso o
maltrato infantil
1.-Ante la detección o sospecha de cualquier situación de abuso o maltrato infantil,
siempre se debe comunicar el hecho al Encargado de CE y Dirección.
2.-Ante la detección o sospecha siempre se debe informar la situación a
Superintendencia de Educación.
3.-Si se trata de una sospecha, de maltrato o abuso infantil, en donde se observen
cambios significativos en el alumno o alumna, respecto a su conducta, rendimiento o
algún indicio físico o psicológico que pueda relacionarse con alguna de estas
situaciones, se deriva inmediatamente a una red de apoyo externa, ya sea Posta Rural,
Hospital, Cesfam, Red SENAME, etc. El hecho se comunica de manera formal con
apoderado del alumno/a
4.-Si se trata de una certeza de maltrato o abuso infantil, ya sea si el niño se observa
con lesiones atribuibles a una agresión, o si bien el alumno o alumna relatan que fueron
víctima de situación de abuso o maltrato, los antecedentes se ponen inmediatamente a
disposición de la justicia. El hecho se comunica de manera formal al apoderado.
5.- Luego de disponer los antecedentes ante la justicia, se toma contacto inmediato con
Centros especializados, ya sea, Red de apoyo local y comunal, Red SENAME, Centros de
salud, etc.
6.-Cualquier omisión de este protocolo, será sancionado y comunicado a las entidades
pertinentes, haciendo cómplice del delito a quien incurra en no tomar en cuenta o no
comunicar el hecho de forma inmediata.
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Protocolo de actuación ante detección o sospecha de situación de abuso o
maltrato infantil
ARTICULO 29° Definición y Protocolo de actuación en caso de accidentes
escolares.
¿Qué es un accidente escolar?
SE INFORMA AL ENCARGADO: PROFESOR WILSON VÁSQUEZ FUENTES.
EL DOCENTE SIEMPRE DEBE COMUNICAR EL HECHO A LA DIRECTORA SRA ROCÍO CHACÓN
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Protocolo de actuación en caso de accidentes escolares
Al momento de producirse cualquier accidente, la Escuela debe aplicar procedimientos
que resguarden la integridad física y psicológica del estudiante, por esto toda la
comunidad educativa debe conocer y apropiarse de cada procedimiento a fin de
entregar una atención oportuna y eficaz ante el surgimiento de un accidente.
Toda lesión que un/a estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, y que le
produzca incapacidad o muerte, también se consideran como accidentes escolares, que
pueden ser de trayecto directo de ida o regreso de su casa y el establecimiento.
Al momento de producirse el accidente en el Establecimiento Educacional:
1.En primera instancia, se debe mantener la calma, luego, entregar primeros auxilios al
alumno o alumna.
2.Dar aviso a Dirección o un Profesor del Establecimiento.
3.Evaluar la gravedad del accidente, si es leve, se entregan primeros auxilios y puede
retornar a clases, comunicando inmediatamente vía telefónica o escrita o sucedido al
apoderado..
4. Si la gravedad del accidente es menos grave o grave, se entregan igualmente primeros
auxilios que puedan otorgarse, se avisa inmediatamente al apoderado y se traslada a la
Posta más cercana u Hospital, en compañía de un profesor y asistente. El procedimiento
debe ser registrado en la Declaración
Individual de Accidente Escolar, que es entregado por el Estado.
5.Una vez en el Centro Asistencial y luego de asegurarse de que el alumno/a esta fuera
de peligro, se entrega al cuidado del
apoderado, quien prosigue con los trámites solicitados en este.
6.Cuando se termina el proceso de atención del alumno, el apoderado
informa al Establecimiento sobre el diagnóstico del alumno.
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Protocolo de actuación en caso de accidentes escolares
Avisar a Apoderado de
manera Telefónica y/o
escrita
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ARTICULO 30° Definición y protocolo de acción ante Embarazo adolecente.
El embarazo y la maternidad en ningún caso ser impedimento para ingresar y
permanecer en el sistema escolar, debiendo los establecimientos otorgar las facilidades
académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos (Ley
N° 20.370/2009, Art.11).
Derechos de las estudiantes madres y/o embarazadas:
Facilidades académicas para asistir a su control prenatal, post parto y los que
requiera el lactante.
Facilidades en las evaluaciones.
Facilidades en asistencias y atrasos, no siendo exigido el 85% de asistencia,
siempre y cuando sea justificado.
Facilidades para compatibilizar su condición de madre y estudiante, en el
periodo de lactancia.
Ser tratadas con respeto por todos los miembros de la comunidad educativa.
Al seguro escolar.
Participación de todas las actividades o eventos extra programáticos.
Se adaptará su uniforme a su condición de embarazo.
Asistir al baño cuantas veces lo requiera.
Acceder a dependencias del colegio que le permitan evitar estrés o posibles
accidentes.
Deberes de las estudiantes madres y/o embarazadas:
Asistir a los controles correspondientes, adjuntando la documentación
correspondiente.
Justificar inasistencia a clases con certificado médico y mantener informado al
docente.
Asistir a clases de educación física, debiendo ser evaluada de manera distinta o
ser eximida en caso de que fuese necesario.
Realizar todos los esfuerzos para terminar el año escolar, asistir a clases y
cumplir con el calendario de evaluaciones.
En caso de que sea necesario, debe apelar a la Secretaria Regional Ministerial, si
no está conforme con lo resuelto por el director, en temas de evaluación y asistencia.
Responsabilidad del apoderado.
Informar al establecimiento educacional, que la alumna se encuentra en
condición de embarazo, en esta instancia el director del establecimiento debe informar
de los derechos y obligaciones, tanto de la estudiante como de la familia y el colegio.
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Notificar al establecimiento educacional de situaciones como; cambio de
domicilio, cambio de tutor, entre otras.
Firmar un compromiso de acompañamiento a la adolecente, que señale el
consentimiento para que la niña asista a sus controles médicos u otras instancias que
ameriten atención de salud, cuidado del embarazo de la adolecente y del hijo nacido,
que implique la ausencia parcial o total de la estudiante, durante la jornada de clases.
Protocolo de apoyo a estudiantes madres y/o embarazadas.
La familia
1.- El padre, madre, tutor y/o apoderado, es el principal responsable de informar
oportunamente en situación de embarazo o maternidad de la alumna a la dirección de
la Unidad Educativa.
2.- La familia debe asumir ante la dirección del establecimiento la responsabilidad
de informar oportunamente todas las situaciones que deriven su condición de
embarazo, atención de salud y cuidados propios dentro como fuera del establecimiento.
La Escuela
1.- Todos los procedimientos a lo disciplinario y de Convivencia Escolar, en relación a
las alumnas en estado de embarazo, serán los mismos que se establecen para los demás
estudiantes, exceptuando en lo relativo a la asistencia, atrasos y sistemas de evaluación
y promoción, en cuyos aspectos habrá flexibilidad para facilitar su trabajo escolar y su
maternidad y así, asegurar la permanencia de la alumna en el sistema escolar.
2.- Toda alumna que se presente en situación de embarazo tendrá el derecho del apoyo
de una tutora que será la encargada de salud del establecimiento Educacional, Sra. Edith
Salas Sepúlveda, quién coordinará e informará las acciones de apoyo que el
establecimiento establecerá para garantizar la permanencia de la alumna en la Escuela.
3.- La tutora de la alumna tendrá que elaborar un programa especial de la asistencia a
clases, contemplándose tiempos de asistencia diferenciados según sus etapas de
embarazo; horarios flexibles de ingreso y/o retiro del establecimiento, el calendario de
los controles médicos para gestionar los permisos excepcionales o las ausencias no
programadas por las causales ligadas al embarazo o maternidad de la alumna.
4.- La alumna embarazada, tendrá derecho de ir al baño cuantas veces lo requiera. De
igual forma para una alumna en situación de post-parto.
5.- La alumna embarazada o en situación de maternidad, en situaciones especiales como
cambios de ánimo o dificultades en su proceso de aprendizaje, podrá ser apoyada por
el psicólogo de la Escuela Claudio Sepúlveda o por la Educadora diferencial Sra. Paulina
Alfaro, previa autorización de sus padres. En situación que los padres quieran que la
atención sea externa, la escuela proporcionará todas la facilidades que sean necesarias.
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6.- La alumna en situación de embarazo o maternidad, durante los tiempos de recreo, o
en actividades extra programáticas, previo acuerdo con su tutora, podrá permanecer
en la biblioteca o en otro lugar pedagógico que ella considere que es tranquilo evitando
su estrés.
7.- La alumna en situación de embarazo o maternidad, tendrá derecho a participar en
toda ceremonia o actividades extra programáticas dentro y fuera del establecimiento,
en las que participen los demás alumnos y alumnas sin excepción. La exclusión a la
participación será de acuerdo a las indicaciones médicas entregadas por el especialista
tratante.
8.- A la alumna en situación de embarazo o maternidad se le otorgará toda facilidad
para conciliar su situación de estudiante con la maternidad, como también en el periodo
de post-parto y lactancia de su bebé.
Medidas Pedagógicas exclusivas para alumnas en situación de embarazo o maternidad.
1.- La alumna en situación de embarazo o maternidad tendrá derecho a una evaluación
diferenciada, al apoyo oportuno, a la coordinación de tutoría entre pares (previa
autorización de los padres) y tenga derecho a eximición en actividades académicas.
2.- La alumna en situación de embarazo o maternidad, podrá ser promovida a un curso
superior con un porcentaje menor al 85% de asistencia pero con un porcentaje no
menor a un 50%. Siempre y cuando sus inasistencias correspondan a toda situación
derivada a su proceso de embarazo, parto, post-parto, control del niño sano y o
enfermedades del menor cuando es menor de un año. Todas estas deberán ser
previamente justificadas médicamente.
3.- El profesor jefe de la alumna en situación de embarazo o maternidad, deberá generar
todo el apoyo a la tutora de salud, para garantizar que este protocolo se cumpla.
ARTICULO 31° Protocolo frente a agresión física crítica entre estudiantes.
1.-Intentar calmar la pelea. 2.-El director del establecimiento debe proceder a llamar inmediatamente a los padres de los apoderados de nin os o nin as involucradas. 3.-Solo en caso de que en la agresio n se presenten armas blancas y los involucrados sean mayores de 14 an os se dara aviso a carabineros. 4.-El Consejo de profesores se reu ne en apoyo a la mediacio n que se generara entre encargado de convivencia, direccio n e involucrados. 5.-Encargado de CE registra la situacio n en libro de clases y Registro de Convivencia. 6.-Se convocara al psico logo del establecimiento para que aporte en la evaluacio n de riesgo y contencio n emocional. 7.-Se reu ne Comite de CE junto al encargado de CE, direccio n del establecimiento y consejo de profesores, definiendo en este caso como falta graví sima la resolucio n del
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caso. Lo anteriormente descrito, se realizara evaluando posible expulsio n de los involucrados o caducidad de matrí cula para pro ximo an o. 8.-Se extienden 3 dí as ha biles para que encargado de CE genere informe de la situacio n, y se resuelva el caso informando a los apoderados la sancio n que se aplicara , en su categorí a graví sima.
ARTICULO 32° Protocolo de actuación frente a situaciones de agresión física o
verbal entre profesores y asistentes de la educación, profesores o personal
asistente y apoderados, profesores o personal asistente de la educación y
estudiantes, profesores y personal asistente de la educación con integrantes de
la Comunidad local.
Ante el surgimiento de situaciones leves o mal entendidas se realizarán las siguientes
acciones:
1.- El Encargado de Convivencia Escolar junto con la dirección del establecimiento
reúne a los involucrados.
2.- El Encargado de Convivencia Escolar junto con la dirección del establecimiento
priorizan el diálogo escuchando diversas versiones de los involucrados.
3.- El Encargado de Convivencia Escolar junto con la dirección del establecimiento,
propone a las partes llegar a acuerdos.
4.- Las partes involucradas deberán comprometerse a mejorar la situación en sana
convivencia, participando en las actividades recreativas que organice el
establecimiento.
ARTICULO 33° Protocolo de actuación frente a denuncias en contra de
funcionarios del EE, que afecten su honra y reputación profesional o que causen
desprestigio a esta institución educativa.
1.- El Encargado de Convivencia Escolar junto con la dirección del establecimiento
recabarán información relevante a la situación puntual, identificando testigos de los
hechos.
2. Los testigos son fundamentales, ya que ellos deben declarar lo escuchado o visto que
atente en este artículo.
3. El Encargado de CE y/o Dirección realizan entrevista con testigos e involucrado/a,
registrando la situación en cuaderno de Convivencia Escolar.
4.- El Encargado de Convivencia Escolar junto con la dirección y consejo de profesores
analizarán la situación para determinar su gravedad.
5. Encargado de CE y Dirección, con un plazo de 3 días hábiles, deben redactar un
informe y comunicar lo sucedido a jefe Daem.
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6.- Jefe Daem contará con 3 días hábiles, para determinar de acuerdo a la evaluación del
caso las medidas legales necesarias que pueden ser sumarios administrativos y
demandas judiciales en contra de los responsables.
ARTICULO 34° Protocolo sobre uso de aparatos tecnológicos al interior del
establecimiento educacional.
No se permite el uso de celulares, tablet, notebook y otros al interior del
establecimiento en cualquier espacio u horario normal de las jornadas.
En casos meritorios de dichos aparatos tecnológicos al interior de la sala de
clases debe ser autorizado por el/la profesor/a para fines pedagógicos.
El mal uso de dichos medios tecnológicos será motivo de sanción, para primera
instancia ser requisado por el profesor, siendo entregado al finalizar la jornada escolar.
En segunda instancia, será retenido y llevado a la dirección del colegio, siendo el
apoderado el encargado de retirar dicho aparato.
Como bien se menciona en el presente reglamento, nuestro establecimiento no
se responsabiliza por pérdida, hurto o deterioro de los aparatos tecnológicos usados
por los estudiantes en casos meritorios.
ARTICULO 35° Protocolo de actuación en caso de porte o consumo de alcohol o
drogas.
El conducto regular a seguir en caso de que exista la certeza o sospecha en el caso de
porte o consumo de alcohol y drogas en nuestra Unidad educativa es la siguiente:
1. Detección o toma de conocimiento se informa al encargado de Convivencia
Escolar, quien debe informar en Dirección respecto de la situación.
2. Seguido a esto, la Encargada/o de Convivencia Escolar procede a recoger la
información, en donde se debe citar y acoger a la familia y/o apoderado, o al adulto
protector del estudiante. Posteriormente se cita a los demás implicados o cercanos al
alumno, con el objetivo de recoger mayor información, y se contrarresta la información
obtenida en las diversas entrevistas.
3. Adopción de medidas de urgencia para los implicados. En caso de que se trate de
una sospecha se debe realizar una entrevista inicial con el afectado.
4. Si se trata de consumo se realiza una derivación al SENDA, PREVIENE o CECOF
En el caso de que exista consumo infraganti se debe realizar una denuncia al organismo
competente.
5. Plan de intervención, en esta sección se debe informar a las familias las acciones
que se implementaran con el estudiante. Y se procederá a derivar a las redes de apoyo.
6. La última etapa corresponde a un proceso de evaluación donde se realiza un
seguimiento de las acciones implementadas, y mantener un contacto permanente con
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las redes de apoyo. Para terminar con la emisión de un informe final de la situación del
alumno.
ARTICULO 36° Otras medidas utilizables cuando una estudiante incurra en
conductas contrarias a la sana convivencia escolar y serán:
Servicio pedagógico: contempla una acción en tiempo libre del estudiante o la
estudiante que, asesorado por un docente, realiza actividades como: recolectar o
elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un
profesor en la realización de una o más clases, según sus aptitudes, clasificar textos en
biblioteca según su contenido, apoyar a los estudiantes menores en sus tareas.
Servicio comunitario: implica alguna actividad que beneficie a la comunidad
educativa, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo
personal. Ejemplos: limpiar algún espacio del establecimiento, patio, pasillos, gimnasio,
su sala, mantener el jardín, ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad,
ordenar los materiales utilizados en las diversas clases.
Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal con el psicólogo de la
Unidad Educativa; talleres de reforzamiento, educación o de control de las conductas
contrarias a la sana convivencia escolar.
Artículo 37° Protocolo de actuación frente a denuncias de falta a la ética
profesional o vulneración de derechos del niño por parte de algún funcionario de
la escuela.
La denuncia, puede realizarla algún apoderado, funcionario del Establecimiento o los
niños o niñas. En esta situación, se seguirá el siguiente procedimiento:
1) El encargado de convivencia, junto a la Directora del EE, realiza una entrevista,
para aclarar los hechos y escuchar ambas versiones, de la víctima y victimario.
2) Ambas entrevistas son registradas en cuaderno de Convivencia Escolar.
3) Se comunica de forma escrita lo ocurrido a Jefe Daem.
4) La Escuela contará con 3 días hábiles para realizar la investigación, registrarla y
enviar el comunicado a Jefe Daem.
5) El departamento de educación comunal, tendrá 3 días hábiles para entregar su
resolución a la Dirección del EE.
6) El resolutivo del Departamento de educación será decisivo ante los pasos a
seguir o las determinaciones siguientes.
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Artículo 38° Aplicación de reconocimientos a los alumnos y alumnas por
su destacada conducta, cumplimiento académico y asistencia a clases.
Así como se enfatiza en prevenir actitudes contrarias a la sana convivencia y se realizan
procedimientos formativos que sancionan las conductas adversas a la armonía escolar,
este Establecimiento educacional también promueve el incentivo, la motivación y el
reconocimiento a aquellos alumnos que se destacan en estos ámbitos.
38.1 Reconocimiento a la buena conducta
1) La buena conducta se destacará a través del “Cuadro de Honor de la Escuela
Lomas de Putagán”, en donde se publicarán por curso, las fotografías de los
alumnos y alumnas que son ejemplos a seguir y que fortalecen la Buena
Convivencia Escolar.
2) El reconocimiento también se anunciará a través de la plataforma virtual
www.appoderados.cl, con fotografías de los estudiantes (previa autorización de
los apoderados)
3) El reconocimiento a la buena conducta también será registrado en Hoja de vida
del estudiante.
4) En cada asamblea de día lunes, los docentes felicitarán a los alumnos y alumnas
que hayan presentado una actitud acorde a los principios de Convivencia Escolar
y también a aquellos que han demostrado un cambio positivo en su conducta.
5) En acto de finalización del año escolar, se entregará un diploma e incentivo a
aquellos alumnos y alumnas que más se destacaron durante el año.
38.2 Reconocimiento al logro académico
1) El logro académico se destacará a través del “Cuadro de Honor de la Escuela
Lomas de Putagán”, en donde se publicarán por curso, las fotografías de los
5 primeros alumnos y alumnas que han mejorado su rendimiento, como
también a aquellos que han permanecido con buenas calificaciones.
2) El reconocimiento también se anunciará a través de la plataforma virtual
www.appoderados.cl, con fotografías de los estudiantes (previa autorización
de los apoderados)
3) Al finalizar cada semestre, el logro académico, será registrado en Hoja de
vida del estudiante.
4) En acto de finalización del año escolar, se entregará un diploma e incentivo
a los 3 alumnos y alumnas, por curso que obtuvieron los mejores promedios
de notas.
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38.3 Reconocimiento a la buena asistencia a clases.
1) Al término de cada mes, el Encargado de Convivencia Escolar, identificará de
acuerdo a los registros formales, la mejor asistencia por curso y en asamblea
general entregará un diploma de reconocimiento a cada estudiante, en donde
toda la comunidad educativa lo felicitará por su responsabilidad y
cumplimiento.
2) En Cuadro de Honor se publicará en forma semestral la mejor asistencia por
curso.
Artículo 39° Reconocimiento al cumplimiento de deberes de los apoderados.
Una Escuela efectiva no puede prescindir de sus apoderados, ellos son fundamentales,
para poder lograr y avanzar en el proceso de enseñanza aprendizaje con los
estudiantes, ya que un alumno o alumna con apoyo familiar tiene muchas posibilidades
de alcanzar el éxito académico y un desarrollo integral. Tenemos excelentes
apoderados, que necesitan saber que se destacan, que se valoran y que esa actitud de
compromiso es la que queremos conseguir en todos y todas, la cual debe perdurar en el
tiempo y en la trayectoria educativa de sus hijos e hijas.
La manera de reconocer el compromiso de ellos será publicando sus nombres en diario
mural del Establecimiento, de manera semestral y en acto formal de fin de año se les
entregará un diploma y un reconocimiento que pueda rescatar la gran labor que
cumplen como padres y/o apoderados.