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.' GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA ES COPtA CERTIFICADA Da AsoGfcArrf"óS LIRA LANDA SECRE ARIO CONSEJO REGIONAL ACUERDO REGiONAL 063-2014-GRA/CR-AREgUIPA Arequipa, 19 de Mayo del 2014 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. Considerando: Que, conforme a lo prescrito en el artículo 390 · de la Ley N0 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir Acuerdos. Regionales que expresen la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de Interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a·una conducta o norma institucional; Que; conforme a lo establecido en el artículo 15° literal k) de la citada ley, es atribución del Consejo Regional: "Rscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional"; asimismo, el artículo 16 literal b) establece como derecho y obligación de los Consejeros Regionales: "Fiscalizar los actos de los órganos de dirección ya(jrnlnistración del Gobierno Regional u otros de interés regional"; . . - ... ,....._R __ . .. _ ..._ . ,_ Que, con Oficio N° 05S-2014-MDC, la Municipalidad Distrital de ca!janaconde, solicitó al Consejero " Regional Ing. Néstor Díaz Zeballos, se sirva realizar las acciones necesarias tendientes a la verificación de la ejecución de la obra de Asfaltado de la carretera Achoma - Maca, en la Provincia de caylloma, debido a que en su construcción se observan .algunas fallas en su recorrido; siendo que, mediante Oficio 093-2014-GRA/CR-CAYLLOMA, el Consejero por la Provinda de caylloma, solicita a la Gerenda General del Gobierno Regional disponga las acdones inmediatas necesarias para acelerar la fiscalización a la ejecución de la Obra "Asfaltado de la carretera Achoma - Maca, en la Provincia de cayllórTia; Que, así también, mediante Oficio N° 023-2014-FDIC, el presidente del Frente de Defensa de Intereses de . Coporaque, hace conocer al Presidente del Gobierno Regional Arequipa, sobre Irregularidades en el trabajó·dé asfaltado en el último tramo de la carretera Coporaque a la ciudad de Chivay; por lo que, con OFIOO N° 080-2014-GRA/CR-CAYLLOMA, el Consejero por la Provincia por caylloma, solicita a la Gerencia General del Gobierno Regional, disponga las acciones necesarias para que profesionales de la Gerencia Regional de Infraestructura, lo apoyen en la fiscalización de la construCcIón de las vías; a) Yanque - " Maca, a cargo de la Municipalidad Provincial de caylloma y b) Chivay - Coporaque, a cargo de la Municipalidad Distrlti:ll de Coporaque; Que, por tanto, con Informe N° 16?0-2014-GRA/SGSLPI, elaborado por los ingenieros Jorge Núñez Guzmán y Jorge Mendoza Floras; dirigido al Sub Gerente de Supervisión y liquidación de Proyectos de Inversión, 1ng. Ronald Dueñas Mamani; se hace conocer a dicha Gerenda sobre las irregularidades que se ·vendrían presentando en la ejecudón de la Obra "Mejoramiento de la Vía Departamental, Ruta AR-119 (Km 68+537.26), del Distrito de Achoma al Distrito. de cabanaconde, Provincia de caylloma - Arequipa"; y, con Informe N° 1685-2014GRA/SGSLPI, elaborado por los Ingenieros Jorge Núñez Guzmán y Jorge Mendoza Floras; dirigido al Sub Gerente de Supervisión y Uquldación de Proyeeros · dé Inversión, Ing. Ronald Dueñas Mamani; se hace conocer a dicha Gerenáa sobre las irregularidades que se vendrían presentando en la ejecución de la Obra "Mejoramiento de la carretera Vecinal 550 Sector Coporaque - ChlVay, Provlnda de cayllolila - Arequipa"; Que, finalmente con Informe 1750-2014-GRA/SGSLP1, el Sub Gerente de Supervisión y Uquidación de Proyectos de Inversión, Ing. Ronald Dueñas Mamani; remite al Consejero por la Provincia de caylloma 1ng. Néstor Díai Zeballos, el expédiente formado a raíz de la acdón de fiscalización realizada a "las obras que se vienen ejecutando en la Provincia De caylloma y

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GOBIERNO REGIONAL

AREQUIPA

ES COPtA CERTIFICADA Da

-=::,~~-~~~~-~~_:_: AsoGfcArrf"óS LIRA LANDA

SECRE ARIO CONSEJO REGIONAL

ACUERDO REGiONAL N° 063-2014-GRA/CR-AREgUIPA

Arequipa, 19 de Mayo del 2014

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.

Considerando:

Que, conforme a lo prescrito en el artículo 390 · de la Ley N0 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir Acuerdos. Regionales que expresen la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de Interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a·una conducta o norma institucional;

Que; conforme a lo establecido en el artículo 15° literal k) de la citada ley, es atribución del Consejo Regional: "Rscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional"; asimismo, el artículo 16 literal b) establece como derecho y obligación de los Consejeros Regionales: "Fiscalizar los actos de los órganos de dirección ya(jrnlnistración del Gobierno Regional u otros de interés regional"; . . -

,, _ ~ ... ,....._R __ ... _ . .. _. ,_

Que, con Oficio N° 05S-2014-MDC, la Municipalidad Distrital de ca!janaconde, solicitó al Consejero " Regional Ing. Néstor Díaz Zeballos, se sirva realizar las acciones necesarias tendientes a la

verificación de la ejecución de la obra de Asfaltado de la carretera Achoma - Maca, en la Provincia de caylloma, debido a que en su construcción se observan .algunas fallas en su recorrido; siendo que, mediante Oficio N° 093-2014-GRA/CR-CAYLLOMA, el Consejero por la Provinda de caylloma, solicita a la Gerenda General del Gobierno Regional disponga las acdones inmediatas necesarias para acelerar la fiscalización a la ejecución de la Obra "Asfaltado de la carretera Achoma - Maca, en la Provincia de cayllórTia;

Que, así también, mediante Oficio N° 023-2014-FDIC, el presidente del Frente de Defensa de Intereses de . Coporaque, hace conocer al Presidente del Gobierno Regional Arequipa, sobre Irregularidades en el trabajó·dé asfaltado en el último tramo de la carretera Coporaque a la ciudad de Chivay; por lo que, con OFIOO N° 080-2014-GRA/CR-CAYLLOMA, el Consejero por la Provincia por caylloma, solicita a la Gerencia General del Gobierno Regional, disponga las acciones necesarias para que profesionales de la Gerencia Regional de Infraestructura, lo apoyen en la fiscalización de la construCcIón de las vías; a) Yanque - " Maca, a cargo de la Municipalidad Provincial de caylloma y b) Chivay - Coporaque, a cargo de la Municipalidad Distrlti:ll de Coporaque;

Que, por tanto, con Informe N° 16?0-2014-GRA/SGSLPI, elaborado por los ingenieros Jorge Núñez Guzmán y Jorge Mendoza Floras; dirigido al Sub Gerente de Supervisión y liquidación de Proyectos de Inversión, 1ng. Ronald Dueñas Mamani; se hace conocer a dicha Gerenda sobre las irregularidades que se· vendrían presentando en la ejecudón de la Obra "Mejoramiento de la Vía Departamental, Ruta AR-119 (Km 68+537.26), del Distrito de Achoma al Distrito. de cabanaconde, Provincia de caylloma - Arequipa"; y, con Informe N° 1685-2014GRA/SGSLPI, elaborado por los Ingenieros Jorge Núñez Guzmán y Jorge Mendoza Floras; dirigido al Sub Gerente de Supervisión y Uquldación de Proyeeros · dé Inversión, Ing. Ronald Dueñas Mamani; se hace conocer a dicha Gerenáa sobre las irregularidades que se vendrían presentando en la ejecución de la Obra "Mejoramiento de la carretera Vecinal 550 Sector Coporaque - ChlVay, Provlnda de cayllolila -Arequipa";

Que, finalmente con Informe N° 1750-2014-GRA/SGSLP1, el Sub Gerente de Supervisión y Uquidación de Proyectos de Inversión, Ing. Ronald Dueñas Mamani; remite al Consejero por la Provincia de caylloma 1ng. Néstor Díai Zeballos, el expédiente formado a raíz de la acdón de fiscalización realizada a "las obras que se vienen ejecutando en la Provincia De caylloma y

Page 2: ES COPtA CERTIFICADA · Ronald Dueñas Mamani; se hace conocer a dicha Gerenda sobre las irregularidades que se· vendrían presentando en la ejecudón de la Obra "Mejoramiento de

denominadas "l'iIIejóramiento de la Vía Departamental, Ruta AR-119 (Km 68+537.26), del Distrito de Achoma al Distrito de Cabanaconde, Provinda de Caylloma - Arequlpa", y "Mejoramiento de la Carretera Vecinal 550 Sector Coporaque - Chivay, Provincia de Caylloma - AréqUipa";

Que, mediante Dictamen de Fiscalización N° 017-2014-GRA/CR-CRNEA, el mismo que hace suyo el Informe NO 018-201 +GRA/CR-Asesor-MWDV sobre Acciones de Fiscalización realizadas por Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación. de Proyectos del Gobierno Regional; él las Obras denominadas;' "Mejoramiento de la Via Departamental, Ruta AR-119 (Km. 76+846.46) del Distrito de Achoma al Distrito de Maca, Provincia de Caylloma - Arequipa" y "Mejoramiento de la Carretera Vecinal 550 Sector Coporaque - Chivay, provincia de Caylloma - Arequipa", concluye gue: i) de acuerdo al contenido de las Conclusiones y Recomendaciones dadas por los profesionales que elaboraron el INFORME N° 1670-2014-GRAlSGSLPI, (ANEXO N°01), habrranencontrado indicios razonables de irregularidades cometidas en la construcción de la obra "Mejoramiento de la Via Departamental, Ruta AR-119 (Km. 76+849.46) del Distrito de Achoma al Distrito de Maca, Provincia de Caylloma - Arequipa"; obra que viene siendo ejecutada por la Municipalidad Provincial de Caylloma; y ii) de acuerdo al contenido de las Conclusiones y Recomendaciones dadas por los profesionales que elaboraron el INFORME N° 1685-2014-GRAlSGSLPI, (ANEXO N°02), habrian encontrado Indicios razóriables de irregularidades cometidas en la construcción de la obra "Mejoramiento de la Carretera Vecinal 550 Sector Coporaque - Chivay, Provincia de Caylloma -Arequipa"; obra que viene siendo ejecutada por la municipalidad Distrital de Coporaque;

Que, en ese sentido, recomendable encargar al Presidente del Gobierno Regional de Arequipa realizar evaluar la posibilidad de realizar la denuncia correspondiente ante la Contralorla General de la República en mérito' al Informe N° 1670-2014-GRAlSGSLPI e Informe N" 1685-2014-GRAlSGSLPI, de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Proyectos de Intervención, a efectos de realizar las acciones de control necesarias;

Que, por estas consideraciones, al amparo de lo reguladoenlél Ley 27783!leydeBases de la Descentralización, la Ley 27867 I Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; V, en observanda de! marco!eg!slativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007- GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 055-AREQUIPA;

SE ACUERPA:

PRIMEito.- APROBAR.' el Dictamen NO 017-2014-GRA/CR-CRNEA,' de fecha 15 de mayo de 2014 elaborado por la Comisión de Recursos Naturales, ECOlogía y Ambiente del Consejo Regional, sobre la acción de fiscalización a lasObras denominadas; "Mejoramiento de la Via Departamental, Ruta AR-119 (Km 76+846.46) del Distrito de Achoma al Distrito de Maca, Provincia de Caylloma -Al"equipa" y "Mejoramiento de la Carretera Vecinal 550 Sector Coporaque - Chivay,provincia de Caylloma - Arequipa".

SEGUNDO.- ENCARGA~ a la Presidencia del Gobierno Regional de Arequipa, evaluar la posibilidad de denunciaanté la Contraloría General de la República, las irregularidades cometidas a efectos de ejecutar las acciones de controi necesarias.

TERCERO.- NOTIFICAR el presente acuerdo regional y sus antecedentes a la Presidencia del Gobierno Regional de Arequi,pa.

/

CUARTO.- DISPONER que el Órgano Ejecutivo Regional, notifique el presente acuerdo regional, con el respectiVO dictamen y anexos a los Regidores la Municipalidad Provindal de Caylloma y de la Municipalidad Distrital de Coporaque, para que se sirvan realizar las acciones de fiscalización, de acuerdo a sus funciones.

POR TANTO:

REGÍSTRESE Y CÚMPLASE.

ES COPIA CERTIFICADA DEL ORIGINAL, DE AO ~UE DOY FE.

---.. ----~ z:.~v.~-.-..... -... ABOrt'tA os ÚRA LANDA

SE RETARIO CONSEJO REGIONAL

"

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De

Asunto

Fecha

: Pleno/Sesión del Consejo Regional Gobierr') Regional de Arequipa '

: Comisión de Recursos Naturales, Ecología y Ambiente '--:-:-";;';';'::..:.r~::.::.:;::.::.:.:=.::.::.::.::.:.:.:;~ Cons~jo Regio~al de Arequipa

: ACción de Rscalizadón a las Obras denominadaS;~Mejbr~mient()de)a; Yí:a Departamental, Ruta AR-119 (Km 76+846.46) del Distrito de AChoma al Distrito de Maca, Provincia de. Caylloma - Arequipa" y "Mejoramiento de la Carretera Vecinal 550 Sector Coporaque - Chivay, provincia. de Cayllorna -Arequipa"

:16 de Mayo del 2014

........ 'P""·, _ _ o :zua ..... ,

l. ANTECEDENTES

1. Los datos generales de la documentación remita son los siguientes:

·. " . " : , ··~ I)a~~~~.f~. · .. . ..:..'-"-'<~" -,',,,,,,, . .....;'~: __ o _' .:_'. _~ __ • ~

Acción de Fiscalización

ComisiÓn de Recursos Naturales, Ecología y Ambiente

Artículos 15" literal a) y 390 de la Ley 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales

11. BASELI:GAL .

1.

.. ConstituciÓA Poi ftica del Estado - Ley N° 27783, de Bases de la Descentralización y Modificaciones • Ley N° 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificaciones

2. Normas Nacionales Específicas:

• Ninguna.

3. Normas Regionales Generales:

• Ordenanza Regional ' Nro. 00l-AREQUIPA, que Aprueba Separación de Poderes en la estructur~ orgánica del Gobiemo Regional de Arequipa.

• Ordenanza Regional Nro. OlO-AREQUIPA, que Aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa.

• Ordenanza Regional Nro. 1,,54-AREQUIPA, que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa.

ES COPlA CERTIFICADA DEL

-., ":.:.

4. Normas Regionales Específicas:

• Ninguna. .~:::]~. ~ ~~~:.=~.:.:. ABol~'1Í~IRA lJ-\NDA SECRETARIO

CONSEJO REGIONAL

IIl. ANÁUSIS

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1. Que, conforme a lo prescrito en el artículo 390 de la Ley NO 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - el Consejo Regional. de Arequipaes competente. para emitir Acuerdos Regionales que expresen ladecisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés pÚblico,ciudadan) o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

2. Que, conforme a lo establecido en el artículo 150 literal k) de la citada es.atribución del Consejo Regional : "Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público reg'ional"; asimismo, el artículo 16 literal b) establece como derecho y obligación de los Consejeros Regionales: "Fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional u otros de interés regional";

3. Que, con Oficio N° 055-2014-MDC, la Municipalidad Di strita I de Cabanaconde, solicitó al Consejero Regional Ing. Néstor Diaz Zeballos, se sirva realizar las acciones necesarias tendientes a la verificación de la ejecución de la obra de Asfaltado de la Carretera Achoma - Maca, en la Provincia de Caylloma, debido a' que en su construcción se observan algunas fallas en su recorrido; siendo que, mediante Oficio N° 093-2014-GRNCR-CAYLLOMA, el Consejero por la Provincia de Caylloma, solicita a la Gerencia General del Gobierno Regional disponga las acciones inmediatas necesarias para acelerar la fiscalización a la ejecución de la Obra "Asfaltado de la Carretera Achoma - Maca, en la Provincia de Caylloma;

4. Que, así también, mediante Oficio N° 023-2014-FDIC, el presidente del Frente de Defensa de Intereses de Coporaque, hace conocer al Presidente del Gobierno Regional Arequipa, Dr. Juan Manuel Guillen .. Benavides, sobre irregularidades. en el trabajo de asfaltadÓen. el último tramo de la Ci3rretera Coporaque a la ciudad de Chivay; por lo que,con .oFICIO N° 080-2014-GRNCR-CAYLLOMA, el Consejero por la Provincia por Caylloma, solicita a la Gerencia General del Gobierno Regional, disponga las acciones necesarias para que profeSionales de la Gerencia Regional de Infraestructura, lo apoyen en la fiscalización de la construcción de las vías; a)Yanque - Maca, a cargo de la Municipalidad Provincial de Ci3ylloma y b)Chivay - Coporaque, a cargo de la Municipalidad Distrital de Coporaque;

S. Que; por tanto, con Informe N° 1670-2014-GRNSGSlPI, elaborado por los ingenieros Jorge Núñez Guzmán y Jorge Mendoza Floras; dirigido al Sub Gerente· de Supervisión y Liquidación de Proyectos de Inversión, Ing. Ronald Dueñas Mamani; se hace conocer a dicha Gerencia sobre las irregularidades que se vendrían presentando en la ejecución de la Obra "Mejoramiento de la Vía 'Departamental, Ruta AR-119 (Km 68+537.26), del Distrito de Achoma al Distrito de Ci3banaconde, Provincia de Ci3ylloma - Arequipa"; y, con Informe N° 1685-20 14GRA/SGSLPI, elaborado por los ingenieros Jorge Núñez· Guzmán y Jorge Mendoza Floras; dirigido al Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Proyectos de Inversión, Ing. Ronald Dueñas Mamani; se hace conocer a dicha Gerencia sobre las irregularidades que se vendrían presentando en la ejecución de la Obra "Mejoramiento de la Carretera Vecinal 550 Sector Coporaque - Chivay, Provincia de Ci3ylloma - Arequipa";

6. Que, finalmente con Informe N° 1750-2014-GRA/SGSLPI, elSub Gerente de Supervisión y Liquidación de Proyectos de Inversión, Ing. Ronald Dueñas Mamani;' remite al Consejero por la Provincia de Ci3yllonía Ing. Néstor Diaz Zeballos, el expediente formado a raíz de la acción de fiscalización realizada a las obras que se vienen ejecutando en la Provincia De Caylloma' y denominadas "Mejoramiento de la Vía Departamental, Ruta AR-119 (Km 68+537.26), del Distrito de Achoma al Distrito de Ci3banaconde, Provincia de caylloma -Arequipa", y "Mejoramiento de la Carretera Vecinal 550 Sector Coporaque - Chivay, Provincia de Caylloma - Arequipa";

7, Que, mediante Informe N° 018-2014-GRA/CR-Asesor-MWDV sobre Acciones de Fiscalización realizadas por Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Proyectos del

.( ,

Gobierno Regional; a las Obras denominadas; "Mejoramiento de la Vía Departament~F·ICAD·A DEL ES COPlA CE"I ~ .

ORIGINAL. Dn!"O¡UE DOY FE.

·-J.<i~ifro¡Y;'iDA·· CONSEJO REGIONAL

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Ruta AR-119 (Km 76+846.46) del Distrito de Achoma al Distrito de iMaca, Provihciade Caylloma - Arequipa" y "Mejoramiento de la Carretera Vecinal 550 Sector Coporaque -Chivay, provincia de Caylloma - Arequipa", yel cual la comisiónhaceslJyoeníodossus extremos, se concluye gue: i) de acuerdo al contenido de las Conclusiones y Recomendaciones dadas por los profesionales que elaboraron el INFORME N°1670.;.201~ GRAlSGSLPI, (ANEXO N°01), habrían encontrado indicios razonables de irregularidades cometidas en la construcción. de la obr~"M~jorarTliento de laVía Departamental, Ruta AR-119 (Km. 76+R49.46) del Distrito de AchomaalDistritode Maca, Provincia de Caylloma - Arequipa"; obra que viene siendo ejecutada por la MunicipaJidad Provincial de Caylloma; y . ii) de \ acuerdo al .. contenido del~s. Conclusiol1es · .. i y Recomendaciones dadas por los profesionales que elaboraron el INFORME N° 1685-2014-GRAlSGSLPI, (ANEXO N°02), habrían encontrado indicios .raz(m~blet; .. de irregularidades cometidas en la construcción de la· obra "Mejoram iento . de la Carretera

----Vecinal 550. Sector Coporaque - Chivay, Provincia de Caylloma - Arequipa"; obra que viene siendo ejecutada por la municipalidad Distrital de Coporaque;

8. Que, en ese sentido, se recomienda encargar al Presidente del Gobierno Regional de Arequipa realizar la denuncia correspondiente ante la Contraloría General de la República en mérito al Informe N° 1670-2014-GRAlSGSLPI e Informe W 1685-2014-GRAlSGSLPI, de la Sub GerenCia de Supervisión y Liquidación de Proyectos de Intervención, a efectos de realizar las acciones de control necesarias.

IV. RECOMENDACIÓN

En ejercicio de las;i:Jtribuciones previstas y reguladas en los artículos 15° y 16° de la Ley 27867, Orgánica de . los . Gobiernos Regionales, los Consejeros Regionales que suscriben el presente Dictarnen,. integrantes de la COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES, ECOLOGÍA Y AMBIENTE, lb presentan y lo ponen a consideración del Pleno del Consejo Regional para su debate en sesión, RECOMENDANDO:

SE APRUEBE el Proyecto de Acuerdo Regional formulado por la Comisión y que se adjunta al presente Dictamen. - .

Salvo mejor análisis y/o decisión del Pleno del Consejo Regional; Se remite el expediente.

Atentamente.

María Soledad Femández Mogrovejo

JOS CARe . PreIIdenbt de la comisión de Planeamlente. ~ ~ Ordenamiento Terrttort~ lose Carcamo Neyra

Miembro de la Comisión Consejera Regional por Condesuy

Miembro de la Comisión Consejero Regional por Caravelí

Ing. Néstor íaz Zeballos Presidente d la Comisión

Consejero Regi al por Caylloma

ES COPlA CERTIFICADA DEL ORIGINAL, Dn0 c¡jE DOY FE.

···J.~ifiIX;'¡;A·· CONSEJO REGIONAL

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~\jJ5l.1C~ C&.~"t(f A

. ~. . . "Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático" ~~G\ , " . , G\~~~L-" - A (~ E X O O 1 ~<,

GOBIE~NO REGIONAL AREQUIPA' ... SU6-GER Q!e~tA1j¡f~i!lkl'L¡)'E t~~~T.RU,CTYRA DE p~.()lj ii)tiE1ÍvtSt!tl1¡>:-liQ\JibACION

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: Ing. RONALD DUEÑAS MAMANI I Recibioopof:. .;;L -t~~.-A SUBGERENTE DE SUPERVISION y LJQUIDA~N DF PEi'OY~CT08 '.-'"

ASUNTO

REFERENCIA

: Evaluación según visita a obra

. Oficio W080-2014-GRNCR-CAYLLOMA Oficio W093-2014-GRNCR-CAYLLOMA

\___._.---- - . __ o'·

Proyecto; "Mejoramiento de la Vía Departamental, Ruta AR-119 (Km.76+849.46) del Distrito de Achoma al Distrito de Maca, Provincia de Caylloma-Arequipa"

FECHA . Arequipa, 2014 - abril - 21

Tenemos a bien dirigirnos a Ud. para alcanzarle el resultado de la evaluación hecha a la obra en referencia, la cual se realizó según pedido del Consejero Regional por Caylloma Ing. Néstor Díaz Zeballos y de la Gerencia Regional de Infraestructura, ambos según documentos de referencia . La visita se hizo el día 11-4-2014 juntamente con el Consejero Regional; en el recorrido por la obra participó adicionalmente el alcalde distrital de Maca (Sr. Sixto Rosas pari) y la Gobernadora (Sra. RosmeryVilca Nina), al respecto le precisamos.

ANTECEDENTES: Con Oficio W080-2014-GRNCR-CAYLLOMA, el consejero por la provincia de Caylloma, solicitó apoyo técnico para labor de fiscalización, por lo cual pidió vía Gerencia Regional de Infraestructura el citado apoyo con 02 profesionales (ingenieros) . Con Oficio W093-2014-GRNCR-CAYLLOMA, el citado consejero pide acelerar la fiscalización a la ejecución de la obra, en razón al pedido del municipio de Cabanaconde, por lo que cursa el pedido a la Gerencia General Regional, por lo cual también se designa a los suscritos como miembros para dicha labor

DATOS BASICOS: Proyecto: "Mejoramiento de la Vía Departamental, Ruta AR-119 (Km. 68+843.5 al Km. 96+537.26), del

Distrito de Achoma al Distrito de Cabanaconde, Provincia de Caylloma - Arequipa" Código SNIP : 174704 Nombre de la Obra: "Mejoramiento de la Vía Departamental, Ruta AR-119 (Km. 76+849.46) del Distrito de

Achoma al Distrito de Maca, Provincia de Caylloma - Arequipa" (según convenio) Modalidad : Transferencia Financiera (Convenio W 082-2011-GRNPR) del 25-08-201 1 Ejecutor : Municipalidad Provincial de Caylloma Meta del convenio : No precisa Presupuesto destinado y entregado por GRA: SI. 7 187917.24 (según convenio), 19-09-2011 Presupuesto del Expediente Técnico: SI. 7 187917.24 (aprobado con Rs. W 79-2011-GRNGRI) Fecha inicio obra :16 octubre 2012 Plazo de Ejecución :210 días Residente :Ing. Fredy Mamani Cuayla (# 988242889) Supervisor :Ing. Antero Abel Quispe Salazar

DE LA VlsiTA ·Y TRABAJOS: La visita se hizo en apoyo a .Ia labor de fiscalización del consejero regional por Caylloma y del reclamo del alcalde Cabanacúnde, dentro de los aspectos más saltantes evidenciados en campo le resumimos;

• La obra se encuentra en actual ejecución, luego de indagar por la meta comprometida, se notó que el convenio no precisa los trabajos ni metas a realizar, por lo que tuvo que solicitarse al residente el expediente técnico, éste muestra la siguiente meta resumida, la misma que tiene un plazo de 210 días y

lO

fue elaborado por el consultor Ing. René Gonzales Quispe (CIP 74190).

o o o o o o o o

Pavimento asfaltico 2.5" en 8005.96 m. con 6.6 m. de ancho Base granular 20 cm ., bermas de 0,90 cm . a cada lado Alcantarillas TMC en 31 lugares Reconstrucción 01 badén Cunetas en 9244.96 m.

ES COPlA CERTIFICADA DEL ORIGJN I DE LO QUE DOY FE.

---As--l¿l'J.% UJ;:;A

-- ..,.L •• _._--_ •. -. __ .

Sello asfaltico Señalización de 8 Kms.

CONSEJO REGIONAL

Guardavía 585 m.

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, . , ./.i­/1-

J

/

Q "Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático" m GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA

SlJBGERENCIA DE SUPERVlSIOH y llQUlDAClON

• Respecto a la modalidad de ejecución se supo que habían contratado los trabajos de explanaciones hasta el nivel de sub-rasante, el mismo que fue resuelto por incumplimientos, habiendo ejecutado aproximadamente la mitad del compromiso; según informó el residente, la diferencia faltante lo están haciendo por administración directa. .

• De los trabajos que vienen haciendo se pudo notar que están actuando en alcantarillas, sub-base, base, imprimado, carpeta asfáltica y cunetas. De las verificaciones hechas se notó que el ancho de la carpeta asfáltica en el Km 2+180 tiene 6,60 m, en el Km 2+200 tiene 6,90 m. yen el Km 4+400 de 8,40 m., las bermas de 0,90 111. a cada lado y el espesor borde las 2.5".

• Respecto a los trabajos de alcantarillado bajo la vía, se notó que existen ductos antiguos que aún siguen usándolos, pero existen otros que ya no concuerdan con el caudal que circula actualmente, por lo que amerita evaluar y definir el real diámetro; en el caso de las alcantarillas nuevas, las vienen colocando juntamente con sus cabeceras de concreto, tal como fue verificado en las progresivas 5+600, 5+800, 5+900,6+000,6+500 Y otras; respecto a las de las progresivas 6+580 y 6+915, se debe evaluar el nuevo diámetro porque tiene observaciones por parte de los usuarios que usan el agua que circula por ellas; existen otras alcantarillas con sus cabezales que deben ser revisadas y adecuar las mejoras y/o complementaciones necesarias. El residente indicó que existen algunas necesidades de alcantarillas no presupuestadas y que no figuran en el expediente técnico, las cuales de todas maneras se vienen colocando con tubería PVC de 8" ; éste tema debe ser considerado en las modificaciones al expediente y se debe tomar en cuenta también que la zona colindante al distrito de Maca, presenta variaciones geológicas que generan inestabilidad y deslizamientos en la vra, por la cantidad de humedad existente en su estrato. Se debe notificar formalmente al ejecutor para que tome en cuenta las adecuaciones en las alcantarillas críticas: '.

• Respecto a los trabajos en la base, se notó la existencia de piedras de hasta 3" y 4", los cuales pueden distorsionar la capacitad portante de dicha base, por lo que debe tener el debido control y cuidado por parte del residente, verificándose ello con las pruebas de compactación que deben hacerse a la vra. Se debe notificar al ejecutor para que el residente cumpla con la granulometría y se haga los análisis de compactación, similarmente el supervisor debe cumplir con su función de seguimiento y control.

• En la progresiva 1 +460, está el cruce de la antigua vía que baja de Achoma y se une con la nueva carretera que está a nivel de imprimado, éste cruce en "Y" requiere de tratamiento adicional, puesto que aún no se ha colocado los muros de concreto que separen las 2 vías que tienen desnivel con diferente cota de rasante y pendiente. El ejecutor deberá hacer las adecuaciones respectivas al expediente para atender el mismo.

• En el tramo comprendido entre las progresivas 2+000 y 3+000, se ha detectado que existen ciertas ondulaciones en la superficie de la rodadura (carpeta asfáltica), se ha constatado que las ondulaciones son tipo cíclicas y en tramos dentro de dicho kilometro; luego de hacer mediciones de muestreo se detectó un desnivel en cada tramo medido y fue del siguiente modo;

Prueba A: Progresiva Km 2+500, Largo= 1,40 m, Prueba B: Progresiva Km 2+260, Largo=2,00 m, Prueba C: Progresiva Km 2+240, Largo=2, 10m, Prueba o: Progresiva Km 2+180, Largo=2,45 m,

deflexión=0,7 cm. deflexión=0,9 cm. deflexión=0,8 cm. deflexión=0,9 cm.

Al respecto, el ejecutor deberá subsanar las ondulaciones; existen quejas escritas de autoridades locales. • El consolidado de los trabajos hechos se resumen a continuación, el cual fuera indicado por el residente

en su reporte al mes de marzo 2014, así mismo su avance físico es de 46,76% (Informe W 39-2014-FMC-RO/MPC-CHIVAY de fecha 2014.03.27). ~ CEImFICADA OEL

• Colocación de alcantarillas 80% (faltan algunas subsanaciones) ~~'. DE~.. ¡; POY FE. • Trabajos de ensanche ' 8005 m (100%) • Trabajos de Sub base 6 890 m.(O+OOO al 5+200) ••• _--- ' . :-' ' : •. -~·CAÑDA" • Trabajos de Base e imprimado 4 500 m.(O+OOO al 4+500) A6 . 58 ~ ~IO • Asfaltado 2 Kms. (1 +460 al 3+600) OONSEJG REGIONAL • Cunetas 3 780 m.

• Dentro de los principales trabajos pendientes por concluir son los referidos a las alcantarillas, sub-base, base, imprimado, asfaltado y cunetas; y dentro de las otras tareas incidentes que no han iniciado son la colocación del sello asfaltico y hacer los trabajos en la zona de la quebrada de Japolccaya (Km 7+450).

• El expediente tuvo 2 modificaciones de tipo física-financiera que fueron aprobadas por el municipio; la N°1 por cercos de reposición y drenes en la progresiva Ref.5+600, por un monto incrementado de SI. 239 238,83 según Rs. W 203-2013-A-MPC; y la Modificación W 2 por sub-base con SI. 597 305,88, según Rs. W 141-2013-A-MPC; éstas deben contar con la evaluación previa de la OPI para luego proceder a la aprobación resolutiva; se revisó la Ficha de Registro del SNI P-MEF y no están registradas, por ende no cuentan con evaluación y registro , tal como dispone la norma; el ejecutor deber cumplir con ello.

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• Respecto a las modificaciones al PIP, se nos señala además que han generado Un deductivo referido a dejar de ejecutar un tramo de 200 m. sobre la quebrada de Japolccaya (Km 7+090 al km 7+290); de lo evaluado, no puede generarse el deductivo sin antes haber definido la opción que lo reemplace, puesto que dicho tramo se estaría quedando sin trabajos de asfaltado y solo a nivel de trocha sobre dicha quebrada. El ejecutor debe tramitar adicion.il que compense el deductivo para dejar operativo dicho trao'no.

• Respecto a las Ampliaciones de plazo, se manifiesta que existen 2 modificaciones aprobadas por el municipio, la W 1 por 60 días según Rs W 203-2013-A-MPC y la W 2 por 45 días según Rs. N° 141-2013-A-MPC; de lo evaluado, a la fecha el plazo está vencido y aún no tiene tramitado la siguiente ampliación de plazo, por lo que existe inacción por parte del ejecutor. El residente indicó que hubo una paralización por las fuertes lluvias de la temporada a inicios de éste año y el reinicio se dio el 17 de marzo. El ejecutor debe cumplir con generar las demás ampliaciones de plazo antes que se venza el plazo.

• Se detectó que en la zona colindante a la quebrada Japolccaya (Km 7+450) existe un sifón el cual debe evaluar el ejecutor a efectos de ver su mejor opción en adelante, porque cualquier fuga puede humedecer el suelo y por ende fomentar deslizamientos no deseados en la zona. El ejecutor debe evaluar el hecho.

• Por motivo de las lluvias fuertes en la zona, la obra estuvo paralizada desde el 06 de febrero del 2014 al 16 de marzo del 2014. De acuerdo a la proyección que tiene en residente, nos indicó que pretende concluir los trabajos de asfaltado en mayo y toda la obra acabaran en junio.

• Complementariamente al tramo en evaluación que no tiene vinculación con ésta transferencia financiera, se vio un tramo entre Yanque y Achoma, donde existen dos quebradas por las cuales circulan las aguas por badenes naturales, estas zonas no tienen tratamiento estructural, faltando colocar una adecuada mescla de concreto con su ondulación o rasante apropiada.

DE LA GESTION ADMINISTRATIVA:

• Para efectos de la verificación in situ se tuvo que requerir la documentación técnica necesaria, tales como expediente técnico, acta de entrega de terreno, informes mensuales, valorizaciones, cuaderno de obra, control de almacén, control y reporte diario del personal obrero y otros; previo la visita solo se tuvo acceso a documentos administrativos como; Oficio W 080-2014-GRAlCR-CAYLLOMA, Oficio W 093-2014-GRAlCR-CAYLLOMA; Copia convenio W 82-2011-GRAlPR, Informe W 1067-2014-GRAlSGSLPI, Informe: N°- 1518-2014-GRNSGSLPI, el Oficio W 121-2013-GRNSGSLPI y el Oficio W 114-2014-GRAlSGSLPI ; en campó se solicitó la demás documentación, pero solo se nos proporcionó; Expediente técnico, cuadernos de obra (parcial), pruebas de control de calidad (incompletos y sin firmas) , partes diarios de asistencia de obreros, algunos informes mensuales del residente dirigidos a la Municipalidad.

• El residente formuló a inicios de la ejecución el análisis de compatibilidad a través del Informe W 46-2012-FMC-RO/MPC-CHIVAY de fecha 2012-08-29.

• Durante la visita, estuvo presente el residente y maestro de obra, con los cuales se recorrió la obra, hubo personal obrero laborando en los sectores del tercio cercano a Maca. No se encontró al supervisor en la obra, el cual estaba fuera de la jurisdicción según indicaron.

• Referente al cuaderno de obra,se nos mostró fos primeros libros, pero ' no se tuvo acceso al último cuaderno, al consultar al residente indicó que aún no le habran entregado el nuevo cuaderno empastado y fedateado, llevando el control por el momento en otro cuaderno simple.

• El campamento principal con sus oficinas técnicas y almacenes se ubican en el campamento del Proyecto Majes (cerca a Achoma), los almacenes de obra deben mantener un mejor orden y selección de los insumas, las tarjetas de control de almacén deben estar todas al día, algunas están escritas a lápiz, debe existir el stock necesario de los implementos de seguridad, asf como el botiquín.

• Respecto a las pruebas de control de calidad, nos informó el residente. que se cuenta con dichas pruebas tales como; al concreto de cunetas pero que no están disponibles en vista que le adeudan los pagos de los servicios de laboratorio; pruebas de mescla asfáltica, pero qüe no están firmadas por el responsable (SP INTERMAR, Ing. Pamela Meneses, con RUC 20539372506 y fono #957807616); El municipio también elaboró pruebas de suelos en su laboratorio, las cuales se encuentran~m¿yesaMer~ DEL sin firmas de los responsables del laboratorio; ellas fueron; ORIGI~r~'l~] .~toy FE.

Proctor Modificado del Km 0+360 al 7 +880 ~ Ensayos de Sub-rasante del Km 0+000 al 6+800 Densidad de Campo de Sub base del Km 0+000 al 4+400 ••••• _. \t..... . . ...... --_ . ..•• -

. - AS . CA LO LIRA LANDA Densidad de Campo de base del Km 0+000 al 4+400 SECRETARIO

El ejecutor debe contar con las pruebas necesarias con la debida autenticidad Y firma dE(lUNgeggIR&GIONAL • Las modificaciones que se realicen a partidas y metrados del expediente técnico, obliga al ejecutor a

elaborar un expediente de variaciones y tramitarlo hacia la OPI para la evaluación y registro, tal como dispone la normativa del SNIP; ello no se ha cumplido, incurriendo en los incisos 27.4 y 27.6 del Art. 27 de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Se debe notifica al ejecutor.

• Se ha detectado que el ejecutor a mantenido negativa en reportar los avances del convenio suscrito, El GRA no recibió los informes mensuales detallados sobre el cumplimiento de metas física y financieras tal como dispone el convenio y con la debida claridad y precisión, desde el inicio de obra a la fecha han

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transcurrido 17 meses, correspondiendo similar cantidad de informes, perosolo se recibió un informe de abril 2013 que fue observado por incompleto (Oficio N" 121-2013-GRAlSGSLPI) y el otro que presentó de marzo 2014 (Oficio N" 084-2014-GRAlCR-CAYLLOMA), se le han cursado varias notificaciones desde la Subgerencia de Supervisión. De otro lado No se tiene reportes del estado financiero de la obra por parte del ejecutor, debiendo conocerse el ('asto real de cada mes, al último mes vigente y el sald(o). Esta situación contraviene lo señalado en la cláusula 2.2.3 sobre Obligaciones y Atribuciones del convenio y

. compromete la cláusula que resuelve el convenio por incumplimiento (Clausula Cuarta) . Asimismo también contraviene el item 8 del Art. 10 de la Resolución de Contraloría W 195-88-CG. Se debe notificar al ejecutor para que cumpla con enviar dicha información.

• En los antecedente" que nos alcanzaron se tiene el Oficio W 023-2014-STCC-Caylloma-Chivay del Sindicato de Trabajadores de Construcción, los cuales alcanzaron queja al Presidente Regional, por falta de pago de reintegros, respetar las jornadas de trabajo y se verifique la calidad de la obra; al respecto se precisa que el ejecutor es la Municipalidad Provincial de Caylloma, por lo que el pedido debió ser derivado a dicho municipio; de lo indagado a dichos reclamos, h.ace saber el residente que sí reconoce los adeudos de reintegros señalados, pero que ello fue derivado a la municipalidad, los cuales han manifestado que no puede pagar por falta de recursos; respecto a la sobre-jornada de trabajo, señala que se han dado casos de trabajos adicionales, pero que eran con calidad de compensación para descansar otros días continuos y según acuerdos entre las partes; así mismo señaló que la Gerencia Regional de Trabajo envió peritos para .evaluar la obra y que no recibieron observaciones de este tipo, considerando que el impase estaría aparentemente solucionado.

• Estas situaciones descritas hacen resaltar aspectos de; trasgresión a las normas nacionales e institucional deIGRA, negativa a informar sobre los avances ffsico y gastos financieros; ello obliga a que se disponga la notificación notarial al ejecutor a fin de esclarecer los hecho encontrados, haciendo las subsanacione's y así poder determinar los grados de responsabilidad por las situaciones expuestas, debiendo poner de conocimiento de la Contraloría General de la República, así como contemplar la resolución del convenio por incumplimientos del ejecutor, tal como lo indica la Clausula 2.2.1 de dicho convenio.

• Se debe notificar al ejecutor haciéndole conocer de todas las observaciones encontradas (Municipalidad Provincial de Caylloma) a efectos que en plazo perentorio, proceda a subsanarlas, el incumplimiento conlleva a la aplicación de la resolución del convenio y notificación a la Contraloría, tal como d~g~~RTIFlCADA DEI clausulas del mismo. Similarmente se debe hacer conocer del presente a la GRI y al ConsejE(5~I~e.r ~ue DOY f

por Caylloma, según los pedidos formales que hicieron. • •• _ •.•• q.~ ........ "_"' __ CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: AeOf~~ LO LIRA LAND~

SECRETARIO A. La obra se encuentra en actual ejecución, el ejecutor hizo subcontrato de explanaciones, qOONSEOO REGIONAL

lograron ejecutar la mitad del mismo, resolviéndolo luego para continuar por administración directa. Los trabajos relacionados con el convenio por transferencia son; alcantarillas, sub-base, base, imprimado, carpeta asfáltica, sello asfaltico y cunetas, en todo el ·tramo vial entre_Achorna y Maca (8 Km) y otros, .. : .. -

B. Respecto a los trabajos en ejecución se notó que; las alcantarillas están en la etapa de conclusión, faltando algunas por adecuar y redimensionar según caudales nuevos y proyectados; respecto de las explanaciones como ensanche, sub-base y base, se encuentran en 100%, 65% Y 56% respectivamente; el asfaltado al 25% y las cunetas al 40%. A la fecha continúan trabajando en explanaciones. Está pendiente algunos trabajos los cuales implican adecuar el expediente técnico, como un muro en la progresiva 1+460 Km., el badén en la quebrada de Japolccaya y un sifón colindante.

C. En el tramo de las progresivas 2+000 y 3+000, se detecta ondulaciones en la superficie de rodadura (carpeta asfáltica) de tipo cíclico, las cuales deben ser subsanadas por el ejecutor.

D. El expediente tuvo 2 modificaciones de tipo física-financiera que fueron aprobadas por el municipio; pero no fueron registradas en el sistema SNIP a través de la OPI, tal como dispone la norma para estos casos, por lo que existiría infracción a la normativa.

E. La obra a la fecha tiene su plazo vencido, inició el 16-10-2012 y recién se encuentra en 46,76%, ya han tramitado 02 ampliaciones de plazo aprobadas por la municipalidad, pero siguen con el plazo vencido, no habiendo formalizado las siguientes ampliaciones tal como disponen los procedimientos y normas.

F. Para efectos de la presente evaluación se solicitó los documentos técnicos del caso, pero no todos fueron alcanzados a los suscritos, por lo que se actuó en función a los documento recibidos; no se tuvo acceso al cuaderno de obra (últimos asientos), al registro de las modificaciones en la Ficha de Registro del SNIP, pruebas de control de calidad aptas, a los informes mensuales del ejecutor, entre otros.

G. El supervisor no estuvo presente en la obra, debiendo evaluar el municipio si cumple con su función de permanencia para las labores de seguimiento, control y supervisión , debe pronunciarse sobre las ondulaciones producidas en zona de la carpeta asfáltica.

H. El municipio no da adecuadamente las facilidades y asistencia en logística a la obra, hay falencia en el último libro fedateado para usarlo como cuaderno de obra, vienen escribiendo en un cuaderno simple.

/. Los almacenes de obra deben mantener un mejor orden y selección de insumas, las tarjetas de control deben estar todas al dfa y velar por el stock necesario de implementos de seguridad y botiquín .

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J. Las pruebas de control de calidad, deben estar debidamente saneadas, se detectó que no cuentan con algunas porque faltan pagar el servicio de laboratorio, existen impresos de protocolos sin firmar careciendo de valor ofiCial.

K. El ejecutor incumple el convenio en la Cláusula 2.2.3 Obligaciones y AtribuCiones, al no presentar los informes mensuales detallado sobre el cumplimiento de metas físicE y financieras , también compromete la cláusula que resuelve el convenio por incumplimiento (Clausula Cuarta) . ésta situación a su vez contraviene el item 8 del Art. 10 de la Resolución de Contraloría W 195-88-CG.

L. El ejecutor debe pronunciarse respecto de las observaciones que han realizado el Sindicato de Trabajadores de Gonstrucción Civil (Oficio W 023-2014-STCC-Caylloma-Chivay) y la Municipalidad Distrital de Cabanaconde (Oficio W 055-2014-MDC).

M. Por lo indicado, se debe notificar al ejecutor para que proceda a la subsanación de las observaciones señaladas tanto físicas como administrativas, así mismo se debe evaluar el incumplimiento de los compromisos y normas técnicas sobre ejecución de proyectos. Se debe comunicar además al Consejero Regional por Caylloma según su pedido (Oficio W080-2014-GRAlCR­CAYLLOMA-se anexa Doc), de igual modo a la Gerencia Regional de Infraestructura para conocimiento, según fuera solicitado en el proverdo del Oficio W093-2014-GRAlCR-CAYLLOMA-se anexa Doc). Se remite este Informe y documentación en 10 folios.

Es cuanto informo para conocimiento y fines.

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i~rg:~' Servidor SGSLPI

JNG.JMF/jn c. C. Suscritos

Arch. Reg 2245·2416 STD 16602-17395

Atentamente,

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SECRETARIO . "Mejoramiento de la Vía Depa~~~~~ AR-119 (Km. 76+849.46) del

Distrit~ de Achoma al Distrito de Maca, Provincia de Caylloma - Arequipa"

FECHA: 2014.04.11

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INFORME N° .1 6' 6')- -2014-GRAlSGSLPI Ref).b\OO po;.J..L--~- . A : Ing. RONALD DUEÑA8 MAMlttira: U,ya ~_._._.. oEiCQPIACERTIFICADADEL ;

ASUNTO:~:I~:::n::j~c~:~;:::~~~nraurDAcloN DE PROYEC~~ ~ It~~_:~: REFERENCIA : Oficio N"080-2014-GRNCR-CAYLLOMA ASaf.WuRA lAND~ . :

'Oficio W023-2014-FD.I-C. ETARIO : Oficio W 059-2014-MDC (del 2014.04.23) CONSEJO REGIONAL Proyecto; "Mejoramiento de la Carretera Vecinal 550 Sector Coporaque - Chivay,

Provincia de Caylloma - Arequipa"

FECHA : Arequipa, 2014 - abril - 23

Tenemos a bien dirigirnos a Ud. para alcanzarle el resultado de la evaluación hecha a la obra en referencia, la cual se realizó según pedido del Consejero Regional por Caylloma Ing. Néstor Díaz Zeballos, de la Presidencia Regional y la Gerencia Regional de Infraestructura, ellos según documentos de referencia. La visita se hizo el día 11-4-2014 juntamente con el Consejero Regional; en el recorrido por la obra participó adicionalmente el alcalde distrital de Coporaque Sr. Valeriano Rojas Rosas y otros, al respecto le precisamos.

ANTECEDENTES: Con Oficio W080-2014~GRAlCR-CAYLLOMA, el consejero por la provincia de Caylloma, solicitó apoyo técnico para labor de fiscalización , por lo cual pidió vía Gerencia Regional de Infraestructura el citado apoyo con 02 profesionales (ingenieros). Con Oficio W023-2014-FD.I-C., el Frente de Defensa de los Intereses de Coporaque pide realizar visita técnica por las observaciones a trabajos hechos en la obra, por lo que cursa el pedido a la Presidencia Regional , por lo cual también se nos dispone hacer la visita a obra. Con Oficio W 059-2014-MDC la Municipalidad Distrital de Coporaque ingresa a destiempo el día 22 abril 2014 documentación técnica parcial de la obra en ejecución.

DATOS BASICOS: Proyecto/Obra: "Mejoramiento de la Carretera Vecinal 550 Sector Coporaque - Chivay, Provincia de

Caylloma - Arequipa" Código SNIP : 64443 Modalidad : Transferencia Financiera (Convenio W 074-2013-GRAlPR) del 04-07-2013 Ejecutor : Municipalidad Distrital de Coporaque Meta del convenio : No precisa Presupuesto destinado y entregado por GRA: SI. 2204 702,25 (ségün convenio) : .':. - . - ~ -Presupuesto del Expediente Técnico 1: SI. 3544 166,71 (aprobado con Rs. W 174-2008-GRAlGRI) Presupuesto del Expediente Técnico 2: SI. 2204702,25 (aprobado con Rs. Municipal) Fecha inicio obra :09 octubre 2013 Plazo de Ejecución :1:180, e12:120 días Residente :Ing. Juan Javier Anco Huarachi Supervisor :Ing. Miguel Angel Ortíz Astorga

DE LA VISITA Y TRABAJOS: La visita se hizo en apoyo a la labor de fiscalización del consejero regional por Caylloma y del reclamo del Frente de Defensa de los Intereses de Coporaque, dentro de los aspectos más saltantes evidenciados en campo le resumimos;

• La obra se encuentra en actual ejecución, luego de indagar por la meta comprometida, se notó que el convenio no precisa los trabajos ni metas a realizar, por lo que se solicitó al Ejecutor, manifestando que no lo tenía y que estaba en poder el resiqente, se tuvo que indagar al interior del GRA y se encontró un expediente con la siguiente meta resumida; "Construcción 5790 m carpeta asfáltica (ancho:6 m), * Señalización horizontal 5790 m de vía, la misma que tiene un plazo de ejecución de 180 dlas y fue elaborado por el Consultor Ing. Walter Chura Alcon.

• Se ha revisado el convenio y el expediente técnico y se detecta que no guardaba relación en el monto del presupuesto, porque éste expediente es para obra por contrata ; posterior a ello y con fecha 25 de abril se nos alcanzó otro expediente aprobado por la Municipalidad Distrital de Coporaque, el cual si concuerda con el monto del convenio y las valorizaciones que vienen haciendo con dicho expediente, la meta resumida de éste expediente técnico es: corte, relleno, perfilado y compactado de sub-base en 2 405,00 m., base con 0,20 m. de ancho, imprimado y carpeta asfáltica 2" por 6,20 m.de ancho (típico) , sello asfaltico, construcción de alcantarillas, cunetas y pases de agua, señalización horizontal y vertical.

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• Respecto a la modalidad de ejecución se supo q~iUlG!"l.ejecutando a través de 04 contratos de servicios y también están haciendo gastos por administración directa, según el siguiente detalle;

» Contrato de Ejecución de Servicios N" 02-20123-MDC -según ADP W 002-2013-MDC -con Consorcio Be!en -para explanaciones y trabajos previos a la conformación de base (en longitud de 2450 m. y ar, ~ho de 08 m.) -por SI. 336 065,76 -con plazo de 60 días caiendatios a partir del 18.11.2013.

» Contrato de Ejecución de Servicios N" 03-20123-MDC -según ADS W 002-2013-MDC -con Consorcio Belen -para conformación de base y trabajos previos al asfaltado (en longitud de 2450 m. y ancho de 08 m.) -por SI. 197 988,96 -con plazo de 45 días calendarios a partir del 18.11.2013 (ver compatibilidad cqn la fecha del contrato W 2)

» Contrato de Ejecución de Servicios N" 0.4-20123-MDC -según Concurso Público N° 001-2013-MDC -con TAJJO y CIA Asociados S.C.R.Uda. -para imprimado 2880 m, carpetas asfáltica en 2280, arenado, y barrido en sección de 8 m. -por SI. 827 194,27 -con plazo de (60 en números y cuarenta y cinco en letras- con error) días calendarios. a partir del 05.12.2013

» Se reporta de un pontrato de Ejecución de Servicios al que no precisan número -sin número de proceso de selección -con Constructora Punto Visual SAC -para construcción de cunetas de concreto -no indican monto del contrato -no precisa plazo, ni vigencia. Al no tener documentos que sustenten claramente no se puede emitir mayor pronunciamiento, solo se sabe lo señalado en el informe W 42-2014-MDC/JJAH-RO del residente y en la Rs N°17-2014-MDC. Se debe solicitar al ejecutor que informe detalladamente sobre el tema, anexando copia del contrato.

» La Ejecución por administración directa solo ·fue para compra de algunos insumas y pago del residente y los trabajos de alcantarillas y otros menores.

~ De los trabajos que vienen haciendo, se pudo notar que están actuando" en las Gunetas tipo V a ambos lados de la vía. Se notó que están dejando un labio entre la cota del imprimado y el borde superior de la cuneta que colindará con el asfalto, la misma que en varios sectores tiene espesores entre 1cm. y 4 cm. (zona de almacén, progresiva 2+000, entre otras) muy diferentes al grosor de la carpetas asfáltica, por lo que se rec.omienda que se verifique que el colocado del grosor.: de carpeta en toda la vía por parte del contratista cumpla con lo dispuesto en el diseño (2" de espesor).

• Respecto a los trabajos en la base, se notó la existencia de piedras de hasta 3" y 4", los cuales pueden distorsionar la capacitad portante de dicha base, por lo que debe tener el debido control y cuidado por parte del residente, verificándose ello con las pruebas de compactacíón que deben hacerse a la vía . Se debe notificar al ejecutor para que el residente cumpla con la granulometría y se haga los análisis de compactación, similarmente el supervisor debe cumplir con su función de seguimiento y control. En la progresiva 1+260 se midió 7,80 m de ancho de vía. .

• De las verificaciones hechas se notó que el ancho de la carpeta asfáltica en la primera parte es en todo el ancho entre cunetas, el expediente señala 6,20 m de ancho de carpeta asfáltica, respecto a la longitud de imprimado se tiene contratado 2880 m., pero la vía solo . tiene 2450 m, por lo que el ejecutor debe esclarecer donde colocará los 400 m. restantes de imprimado.

• Respecto a los trabajos hecho:;; d~carpeta asfáltica, han colocado carpeta al tramo colindante a Chivay (hasta progresiva 0+450), la cual pr~senta observaciones graves en ·su preparado y colocado, su textura es predominantemente granular con poca presencia de finos, existiendo demasiada porosidad y se desgrana con cierta facilidad, tema que puede atribuirse a inadecuada granulometría y/o deficiente preparado de la mezcla y en temperaturas inadecuadas.

• Similarmente en la carpeta asfáltica colocada en la progresiva referencial 0+430, se observó incumplimiento con el espesor de la carpeta, al evidenciar un orificio en el carril derecho de la vía hacia Coporaque, la cual muestra que el espesor de la carpeta no supera los 3 cm. de espesor, considerándose como incumplimiento a lo dispuesto en el diseño, ésta situación también se considera como observación grave. Estas dos observaciones encontradas no pudieron ser esclarecidas por el residente y supervisor puesto que ambos no se encontraban en la obra ni localidad, considerándose como deficiencia administrativa por la ausencia de ellos en la obra, incumpliendo sus funciones; al consultar al alcalde sobre lo detectado se nos indicó que también lo veía deficiente dichos trabajos y que no aprobaran su pago al contratista , hasta que lo subsane. En estos trabajos se denota deficiencia e inadecuado proceso constructivo, lo cual implicaría demoler lo colocado deficientemente y asumir las responsabilidades por la mala ejecución por parte de los responsables. Se debe notificar al ejecutor para que esclarezca las deficiencias y disponga la inmediata investigación y subsanación de las observaciones detectadas. El residente y supervisor no debieron autorizar el colocado de la mezcla asfáltica deficiente y el grosor incorrecto ..

• Se tiene trabajos de construcción de cunetas a ambos lados de la vía y según meta del expediente, el municipio compró 4600 bolsas de cemento, pero a su vez se informa que hicieron un contrato de servicios por la construcción de las cunetas, debiendo esclarecerse si en el contrato se dedujo el cemento que aportó el municipio. Solicitar al ejecutor esclarecer y que remita documentación sustentatoria del contrato .

• Respecto al consolidado de los trabajos hechos se puede mencionar que han ejecutado trabajos de; explanaciones, sub-base, base, imprimado, asfaltado (parcial y deficiente), cunetas (parcial) ; se tuvo un

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reporte delo municipio el cual precisa haberalcan~a9o. , al mes de enero 2014 un avance físic9 •• ~.~ •• !? .. 6 •• ~ •..•••••...•••.•.

(Informe N 42-2014-MDC/JJAH-RO de fecha 2014.01.16), ahí se señala; . AS. OS LIRA LANDJ *. Colocación de alcantarillas 100% * Trabajos de Base 80% SECRETARIO *. Pases de agua 20% * Construcción de cunetas 17 2cJ%lNSEJO REGIONAL *. Trabajos de eXI 'lanaciones 100% * Cercos y Muros 740/0 *.Trabajos de Sub base 100%

o Dentro de los principales trabajos pendientes a la fecha son; los referidos al imprimado, asfaltado, cunetas (Aprox. 70%, acabar) y muros (acabar); dentro de las otras tareas incidentes que no han iniciado son la colocación del sello asfaltico, señalización, otras menores.

• Respecto a modificaciones al PIP, no se tiene ningún reporte sobre cambios, debiendo notificar al ejecutor, para que en caso de requerirse, se cumpla con la norma del SNIP y con la debida anticipación.

• Respecto a las Ampliaciones de plazo, se manifiesta que existen 2 modificaciones aprobadas por el municipio, la W 1 por 20 días según Rs. W 166-2013-MDC dada al contratista Consorcio Belén de la ADS W 002-2013-MDC por trabajos de conformación de Base y la segunda modificación (Rs. W 17-2014-MDC) se refiere a paralización temporal por condiciones climatológicas (lluvias fuertes), a todos los contratos vigentes (no precisa a cuales), éste no tiene plazo y argumentaron que sea indefinido hasta que cambie las condiciones; el contrato no precisa el inicio ni termino, pero señala el residente (Informe W 42-2014-MDC/JJAH':RO) que el día que cambio notablemente el clima fue el 16-01-2014; de lo evaluado, se detecta que el plazo de toda la obra vence este 07 de mayo del 2014 y los contratos celebrados estarían vencidos o por vencerse, debiendo el ejecutor ser cuidadoso de los días de retraso que provengan de los contratistas. Se debe notificar al ejecutor para que sustenten y precisen sobre la evolución de los plazos.

DE LA GESTION ADMINISTRATIVA:

• Para efectos de la verificación in situ se tuvo que requerir la documentación técnica necesaria, tales como expediente técnico, acta de entrega de terreno, informes mensuales, valorizaciones, cuaderno de obra, control de almacén, control y reporte diario del personal obrero y otros; previo la visita solo se tuvo acceso a documentos administrativos como; Oficio W 080-2014-GRAlCR-CAYLLOMA, Oficio W023-2014-FD,I-C, copia del convenio N" 074-2013-GRAlPR Y Oficio N" 040-2014~MDC; en campo se solicitó la demás documentación, pero solo se nos proporcionó; copia de 03 contratos de servicios para ejecutar la obra, Informe N" 42-2014-MDC/JJAH-RO e Informe N" 49-2014-MDC/JJAH-RO, finalmente se nos mostró informes mensuales del residente (Informe W 08-2013-MOC/JJAH-RO, reporte mensual N° 1 -octubre 2013 -avance 3,96%, jnforme N" 27-2013-MDC/JJAH-RO, -reporte mensual N" 2 -noviembre 2013, avance 15,32%, Informe mensual W 3 -diciembre 2013, avance 56,96%, Informe W 67-2014-MDC/JJAH­RO, reporte mensual W 5 -marzo 2014 -avance 80,28% - sin firmar); informes mensuales del supervisor (Carta W 01-2013-SUP-MDC, reporte mensual N"1 -octubre 2013, Carta N° 02-2013-SUP-MDC, reporte mensual N" 2 -noviembre 2013). Con fecha 22 de abril 2014 el municipio ingresa otros documentos técnicos como: expediente técnico ~(sinfirma del proyeGtista} la-aprobación netién'e nurtletodeRs:, tres informes mensuales del residente (solo Ws 1, 2 Y 3), dos informes mensuales del supervisor (solo Ws 1 Y 2), pruebas de compactación de sub-base y base, de densidad y diseño de mezcla asfáltica; dos Resoluciones de plazos y un reporte financiero.

• No se conoce si el ejecutor elaboró el informe de compatibilidad, donde explique sobre las diferencias entre el expediente aprobado y lo revisado en campo, se debe solicitar el ejecutor que indique al respecto.

• Durante la visita, no estuvo presente el residente ni el supervisor, al consultar indicaron que estaban fuera de la jurisdicción, debe esclarecerse la obligación de permanencia de ambos profesionales, los cuales están sujetos al DL 276 según sus contratos, puesto que en el caso del residente se referenció que recientemente no viene laborando con continuidad y las visitas del supervisor no son diarias; el plazo de los contratos que celebraron inicialmente con el residente y supervisor está vencido desde el 16 enero 2014, debe revisarse las obligaciones contractuales con ambos profesionales, hubo Aprox. 15 obreros laborando en trabajos de cunetas.

• Existe duda y discrepancia en la fecha de paralización y reinicio por fuertes lluvias, en el Informe W 42-201-4-MDC/JJAH-RO dice que el 06-01-2014 paraliza y el 10-03-2014 reiniciará, pero en el Informe W 49-2014-MDC/JJAH-RO dice que el 16-01-2014 paraliza y el 24-02-2014 reinicia, se debe solicitar al ejecutor que esclarezca las fechas para fines de seguimiento y aplicarla a los plazos de los contratos.

• Referente al cuaderno de obra, no se nos mostró, ni tampoco se vio adjunto en las copia de los informes tanto del residente como del supervisor, ésta situación se considera como una deficiencia administrativa que incumple el item 5 del Art. 1 ° de la Resolución de Contraloría W 195-88-CG.

• Se nos mostró un depósito de almacén el cual guardaba mayormente cemento, algunas herramientas, un botiquín ínfimo, probetas de concreto y otros fTlenores ; al solicitar las tarjetas de control de almacén y los demás implementos de seguridad, no se nos mostró, también se debe mantener un mejor orden y solo guardar los bienes que competen a la obra o a la administración directa.

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• Respecto a las pruebas de control de calidad,,*SOO~~ó in situ los protocolos, solo se vio algunas probetas de concreto en almacén. Posterior a la visita el ejecutor alcanzó copia de pruebas de calidad, que están incompletas, falta las pruebas de concretos, de la carpeta asfáltica colocada, entre otras, se debe contar con todas las pruehas necesarias con la debida autenticidad y firma de protoc,)los, por lo que debe solicitarse que muestre 153 demás pruebas.

• Las modificaciones que se pudieran realizar a partidas y metrados del expediente técnico, obliga al ejecutor a elaborar un expediente de variaciones y tramitarlo hacia la OPI para la evaluación y registro, tal como dispone la normativa del SNIP; se debe notificar y recordar al ejecutor que toda modificación debe ser tramitada antes de producirse el cambio, caso contrario se estaría incurriendo en los incisos 27.4 y 27.6 del Art. 27 de la 'Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).

o Se ha detectado que el ejecutor a mantenido negativa en reportar los avances del convenio suscrito, El GRA no recibió los informes mensuales detallados sobre el cumplimiento de metas física y financieras tal como dispone el convenio y con la debida claridad y precisión, desde el inicio de obra a la fecha han transcurrido 06 meses, correspondiendo similar cantidad de informes, pero solo se recibió un oficio con documentación técnica del 27 de febrero del 2014, el mismo que no está adecuadamente sustentado, dando énfasis solo a trámites de plazos, se le ha cursado notificación desde la Subgerencia de Supervisión (Oficio N° 115-2013-GRAlSGSLPI del 13.03.2014) sobre el Cumplimiento de sus obligaciones. Durante el proceso del presente informe se nos alcanzó tardíamente copias de informes de octubre, noviembre y diciembre 2013, faltando las demás. De otro lado no se tenía inicialmente reportes del estado financiero de la obra, pero posteriormente y casi al cierre de éste informe se nos alcanzó un reporte genérico; se requiere conocer el gasto real de cada mes, al último mes vigente y el saldo. Estas situaciones contravierien lo señalado en la cláusula 3.2.3 sobre Obligaciones y Atribuciones del convenio y compromete la cláusula que resuelve el convenio por incumplimiento (Clausula ' Séptima). Asimismo también contraviene el ítem 8 del Art. 10 de la Resolución de Contraloría W 195-88-CG. Se debe notificar al ejecutor para que cumpla con enviar toda la información competente. La obra tiene contratado a un administrador (Sr. Hugo Herrera), el cual debe cumplir con estos seguimientos y trámites.

• El ejecutor al recibir el proyecto por transferencia financiera, no lo está ejecutando por administración directa, ha realizado 04 contratos de servicios, para hacer trabajos de construcción de obra, ello debe ser evaluado, puesto que si debía ejecutarla por Administración Directa, debió tener la capacidad operativa técnica y financiera que hace mención el ítem 2 del Art. 1 ° de la Resolución de Contraloría W 195-88-CG; pero si era por contrata, debió convocar a un proceso de contratación de obra y no hacer 04 sub contratos de servicios, debiendo evaluarse si hubo fraccionamiento del presupuesto para contratar, lo cual estaría contraviniendo el Reglamento de Contrataciones del Estado.

• Respecto al plazo, se precisa además que el contrato de Servicios W4-20134-MOC tiene error en el plazo de ejecución, el cual requiere de su modificación y/o aclaración, se indica en números: 60 y en letra indica: cuarenta y cinco dfas calendarios.

• De acuerdo a la evaluación que se ha realizado y de las observaciones encontradas, es pertinente que Jos temas de las contrataciones de servicios en toda la obra y las formas de gasfar la- inversión sea .. evaluado por personal conocedor de temas como adquisiciones y de la Oficina de Contabilidad; de las observaciones que encuentren deberá ser tratado con la Oficina Regional de Asesoría Jurídica para determinar las infracciones incurridas y disponer las acciones administrativas y/o legales que resulten .

• En los antecedente que nos alcanzaron se tiene el Oficio W 023-2014-FDIC del Frente de Defensa de los Intereses de Coporaque, el cual alcanzó queja al Presidente Regional, por la ejecución de mala calidad, pidiendo se haga una visita ocular y respecto al pedido de una copia simple del expediente técnico, puede ser solicitada a la Subgerencia de Formulación, pagando previamente los derechos del fotocopiado según TUPA.

• Estas situaciones descritas hacen resaltar ' aspectos de; trasgresión a la normativa nacional e institucional del GRA, incumplimientó de cláusulas del convenio y presencia de deficiencias técnicas y administrativas en la ejecución física de la obra; se viene dando negativa a informar plenamente sobre los avances físico y gastos financieros a través de los informes mensuales, se ha incurrido en ejecuciones físicas erróneas que implicarán remoción de material colocado, inadecuado proceso constructivo, entre otras; éstas situaciones conllevan a la aplicación de la clausula del convenio que contempla la resolución del convenio por incumplimientos del ejecutor, tal como lo indica la Clausula 3.2.1 del mismo y a la puesta de conocimiento de las irregularidades detectadas, correspondiendo poner de conocimiento de la Contraloría General de la República. Se hace pertinente notificar notarialmente al ejecutor (Municipalidad Distrital de Coporaque) a fin de que esclarezca los hechos observados y subsanar las observaciones físicas y administrativas en plazo perentorio; se detecta grados de responsabilidad por los hechos encontrados.

• Se debe poner de conocimiento del presente informe al Consejero Regional por Caylloma según fuera solicitado y a la GRI para que sea elevado a la Presidencia Regional tal como lo ha dispuesto en el proveído que se mostró.

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GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA

. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:

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A. La obra se encuentra en actual ejecución, la Municipalidad hizo 4 contratos de Servicios para ejecutar la obra, desde explanaciones hasta la carpeta asfáltica y construcción de cunetas, se debe definir sobre la procedencia de los 04 sub contratos que son de servicios pero para hacer obras de infraestructura.

B. Respecto a la ejecución de trabajos de explanaciones y alcantarillas se notó que estadan concluidas, están en proceso de formalizar el imprimado y vienen colocando las cunetas. Está pendiente los trabajos de colocado de carpeta asfáltica, sello, señalización y otros menores.

C. Eri el tramo de la progresiva 0+430, se detecta una zona con carpeta asfáltica, la misma que tiene serias observaciones, qUel'impide ser considerada como válida, debiendo él ejecutor definir con el contratista la rectificación a nivel de remoción de lo existente y volver a colocar nueva carpeta asfáltica, se desconoce si el residente y supervisor impidieron el colocado de dicha carpeta asfáltica deficiente.

D. Respecto a las variaciones al PIP, el expediente tuvo modificación de tipo flsica-financiera, se detectó que el expediente inicial no se aplicó en la obra y que existe otro aprobado por la Municipalidad, similarmente, tema que debe ser esclarecido, además requieren variar el metrado de las cunetas, lo cual obligarla a tramitar una modificación ante la OPI según norma del .SNIP y tramitar su re,spectiva aprobación. Respecto a la variación de plazos a la fecha la obra tiene su plazo por vencerse, inició el 09-10-2013 y se encuentra en 80%, ya han tramitado 02. variaciones de plazo aprobadas por la Municipalidad, pero se percibe que seguirán ampliando hasta concluir, se encontró error en el plazo 'otorgado de un contrato, la resolución de paralización no indica fecha de inicio ni reinicio, debiendo subsanar dichodoQumento, los nuevos plazos deben contemplar los procedimientos y normas.

-!=. Para efectos de ·Ia. presente evaluación se solicitó los documentos técnicos del caso, pero no todos '.. ' fúe'ronalcanzados' :a1os:s~áC!itos;pdr io 'que.seactuéfen funCión a los documé'ntb ' reCibidos; ~t'16" sé tuv6'

acceso al cuaderno de obra, alregistrc) -de las modificaciones en la Ficha de Registro del SNIP, a todas las pruebas de control de calidad, a todos los informes mensuales del ejecutor y supervisor, entre otros.

F. El residente'y supervisor no. estuvieron presentes en la obra; debe evaluar el municipio si cumple con su función de permanencia para las labores ' de ejecución, seguimiento, control y supervisión, deben mbstrar sus pronUnciamientos sobre las observaciones detectadas en la obra. ' ' .....

G. Los almacenes de obra deben mantener un mejor orden y selección de insumos, las tarjetas de control deben estar visibles y al dra, velar por él. stOck necesario de implementos de seguridad y botiqürri. Respecto a las pruebas de control de calidad, deben estar debidamente saneadas, no se alcanzó todas, sobre todo del control de la calidad y resistencia del tramo de carpeta asfáltica colocada.

H. El ejecutor incumple. el convenio en la Cláusula 2.2.3 Obligaciones y Atribuciones, al no presentar todos los informes mensuales detallados sobre el cumplimiento de metas ffsica y financieras, también compromete la cláusula que resuelve el convenio por incumplimiento (Clausula Cuarta). ésta situación a su vez contraviene elitem 8 del Art. 10 de la Resolución de Contralorla N° 195-88-CG.

1. En razón de la existencia de observaciones de tipo logístico y de contabilidad, es pertinente que personal especializado en dichos temas se pronuncie sobre ellos para determinar el grado de incumplimiento a las normas administrativas. .

J. Se debe notificar al ejecutor para que proceda a la subsanación de las observaciones señaladas tanto ffsicas como administrativas, asr mismo se debe evaluar el incumplimiento de los compromisos y -normas técnicas sobre ejecución de proyectos, de ello poner de conocimiento del órgano de control para las acci'ones administrativas y legales. Se debe comunicar del presente al Consejero Regional por Caylloma según su pedido (Oficio W080-2014-GRNCR-CAYLLOMA-se anexa copia), de igual modo a la Gerencia Regional de Infraestructura para conocimiento y lo eleve a la Presidencia Regional, según fuera solicitado en el provefdo del Oficio W023-2014-FDIC (se anexa al presente). Se remite este Informe y documentación en 11 folios. Existe otra documentación técnica como los anexados en el Oficio N° 059-2014-MDC y otros documE}ntos en copia que alcanzó el ejecutor, que serán remitidos al file de obra de la oficina de SGSLPI para custodia y otros fines. '

Es cuanto informo para conocimiento y fines.

Atentamente,

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JNG .JMF~n c.c. Suscritos

Arch. Reg ~4-~996-2246-2693 STO 16602-14487-17048-21994

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