entrevista a mons. guérard des...

17
1 Nº 13 Marzo 1988 - Traducción de la edición francesa (edición italiana, Mayo 1987) Entrevista a Mons. Guérard des Lauriers a Mons. Guérard des Lauriers

Upload: lamnhan

Post on 12-May-2018

217 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

1

Nº 13 Marzo 1988 - Traducción de la edición francesa (edición italiana, Mayo 1987)

Entrevistaa Mons. Guérard des Lauriersa Mons. Guérard des Lauriers

2

poder de Legado conferido por Pío XI a Mons. P.M. Ngo-Dinh-Thuc, el 15 de marzo de 1983 (3).

Entrevista

Monseñor, esta entrevista no puede respondera todas las cuestiones que nos gustaría proponer-le. Permítanos concentrar en pocas líneas los pun-tos esenciales y candentes que nos ocupan. Losfieles italianos podrán así conocerlo, saber cualesson sus ideas sobre la crisis de la Iglesia, cómodecidió obrar para no apartarse del camino de laVerdad y para permanecer siempre fiel a la Igle-sia, puesta violentamente en estado de privación.Estas son las preguntas:

1) Sodalitium: Usted colaboró largo tiempocon la Fraternidad San Pío X, y fue profesor enEcône hasta 1977. ¿Porqué su colaboración conMons. Lefebvre finalizó ese año?

Mons. Guérard: He colaborado con Mons.Lefebvre desde los orígenes de su obra, en Fribur-go y en Ecône, a fines de 1970. El 25 de diciem-bre de ese año, Monseñor celebró la Misa de me-dianoche y pronunció la homilía; volvió entonces,para alegría de todos, a la integridad del rito tra-dicional. Yo celebré la Misa del día, pronuncié lahomilía, cuyo plan conservo aún, y le agradecí cá-lidamente. Permanecí como profesor en Ecônehasta septiembre de 1977, fecha en la cual predi-qué el retiro de vuelta al Seminario, fui despedidopoco tiempo después. También se me prohibió ve-nir a visitar a los frailes dominicos que Monseñorhabía aceptado en Ecône a título de estudiantes.Motivo de esta exclusión: había expuesto variasveces en “círculos privados” (intra muros) y había

Entrevista aMonseñor Guérard des Lauriers

Curriculum Vitæ

acido en 1898, cerca de París, Michel Gué-rard des Lauriers frecuenta los estableci-mientos de enseñanza laica. Ingresa en la

Escuela Normal Superior (fundada al mismo tiem-po que la de Pisa) en 1921, y obtiene el título dematemáticas en 1924. Estudia dos años en Romacon el profesor T. Levi-Civita, y prepara la tesisque sostendrá en la Sorbonne bajo la presidenciadel profesor Elie Cartan.

Ingresa en la Orden de Frailes Predicadores en1926, hace la profesión en 1930, y es ordenado Sa-cerdote en 1931. Profesor en la Universidad domi-nica de Saulchoir desde 1933, enseña igualmenteen la Pontificia Universidad de Letrán a partir de1961. Este pasaje romano fue para él la ocasión deelaborar la parte doctrinal, y de colaborar en la re-dacción original (debida a Cristina Guerrini) de lacarta titulada: “Breve examen crítico del NovusOrdo Missæ” (1); carta dirigida a Pablo VI el 5 dejunio de 1969, fiesta de Corpus Christi, por los Car-denales Bacci y Ottaviani. Esta iniciativa le costóel ser despedido de Letrán, en junio de 1970, juntocon el rector, Mons. Piolanti, y una quincena deprofesores, todos juzgados indeseables. Desde en-tonces vive “extra conventum, cum permissu su-periorum”.

Es autor de varias obras de teología y de nu-merosos artículos sobre filosofía de las ciencias,crítica del conocimiento, teología espiritual. Esmiembro de la Pontificia Academia Santo Tomásde Aquino.

Publicó en 1978, y luego en “Cahiers de Ca-ssiciacum”(2) , una tesis hasta el presente no re-futada; esta tesis consiste en afirmar la vacanciaformal de la Sede Apostólica, con certeza desdeel 7 de diciembre de 1965.

Recibió la consagración episcopal el 7 de ma-yo de 1981, de Mons. Pierre Martin Ngo-Dinh-Thuc, Arzobispo emérito de Hué. Consagraciónválida, en cuanto al rito tradicional, íntegramenteobservado; consagración lícita y legal, en cuanto al

1) El texto original, precedido de una breve noticia histórica, hasido reeditado por “Editions Sainte Jeanne d’Arc”, Les Guillots,Villegenon, 18260 Vailly Sur Sauldre.

2) “Les Cahiers de Cassiciacum” nº 1 a 6, 1979-1981, 18 AveBellevue, 06100 Nice.

3) La fotocopia de este documento fue reproducida en la revis-ta “Sous la Bannière” nº 9, enero-febrero de 1987, pág. 10 (“Edi-tions Sainte Jeanne d’Arc”, cf. nota 1).

N

3

hecho, durante una lección pública, una alusiónperfectamente clara a la “tesis” (2a).

2) Sodalitium: Puede explicarnos brevemente:- a) ¿Cual es su postura sobre la situación ac-

tual de la Iglesia Católica y el personaje que ocupala Sede Pontificia desde mediados de octubre de1978 (lo que equivale a exponer la tesis llamada de“Cassiciacum”)?

- b) Lo que se puede reprochar a MonseñorLefebvre en el plano doctrinal.

Mons. Guérard: (2a) La “tesis” llamada de“Cassiciacum”.

(I) El enunciado de la tesis de “Cassiciacum”(designada en adelante como “tesis C”).

α) Este enunciado requiere un presupuesto me-tafísico que es indispensable explicitar. Todo entecreado es compuesto. Si el ente es material (y noespíritu puro), la composición es de materia yforma. La forma se define: “Quo aliquid habetesse”: “aquello por lo cual algo tiene el ser”; así,el alma es la forma del compuesto humano. Lamateria, globalmente considerada, en el ente, eslo que es distinto de la forma y tiene el ser por laforma. La materia-sujeto se define: “quod habetesse”: “aquello que, en el ente concreto, tiene elser”; así el cuerpo unido al alma, en el compuestohumano. De aquí resulta que desde el punto devista metafísico (que es el del “esse”), la materiaes determinada por la forma; existe, de la materiaa la forma, una relación ontológica (on, ontos: elser) que es de determinada a determinante.

De modo que si, en un mismo ente concreto,se hallan dos “partes” A y B, tales que A es -des-de el punto de vista ontológico- determinado por B;y si se desea caracterizar esta relación que hayen el ente entre A y B, colocándose desde el pun-to de vista del ente, se debe decir esto. Exami-nar el ente materialiter, es considerar en éste la“parte” A; examinarlo formaliter, es considerar enél la “parte” B. Examinar a un hombre materialiter,es considerar en él el cuerpo y todo lo que tienerelación con el cuerpo; examinarlo formaliter, esconsiderar en él el alma y todo lo que tiene rela-ción con el alma.

¿Porqué introducir la distinción materialiter-formaliter, la cual parece ser una abstracción yuna complicación? Si se lo hace es por deseo derealismo, para que el discurso sea más conformea la realidad. En efecto, lo que existe es el todo, elcompuesto, el hombre en el que se unen cuerpo yalma. El cuerpo sin alma no es un cuerpo humano;el alma humana separada no es una persona. Sise quiere tomar el cuerpo y el alma tales como

son en realidad, es necesario considerarlos en eltodo; hay que considerar a tal hombre según sucuerpo, lo que es considerarlo materialiter (desdeel punto de vista de la “materia”); y hay que con-siderar a tal ser humano según su alma, lo que esconsiderarlo formaliter (desde el punto de vista dela “forma”). La distinción materialiter- formali-ter, que es una distinción de “puntos de vista”, pa-rece entonces ser más abstracta que la distinciónmateria-forma, la cual es una distinción de “co-sas”. Sin embargo, en realidad, la distinción ma-terialiter-formaliter respeta mejor al ente concre-to y la verdadera naturaleza de las “partes” talescomo son realmente en el ente, y solamente enel ente.

De esta conformidad máxima con la reali-dad, se sigue necesariamente que la distinciónmaterialiter-formaliter tiene ex se un alcanceanalógico que no puede tener la distinción ma-teria-forma; la cual concierne, no al esse comotal, sino solamente a una categoría particular deentes creados.

β) La relación que existe entre la persona físi-ca del Papa y el carisma papal, se halla claramen-te precisada por medio de la distinción materiali-ter-formaliter.

Expliquémoslo considerando un “caso concre-to”: El Cardenal E. Pacelli es elegido por un Cón-clave válido. No es todavía Papa, sin embargo, adiferencia de todos los otros Cardenales, el Car-denal Pacelli -y solo él- está en disposición últimade convertirse en Papa; así como, durante la gene-ración, la materia que va a convertirse en la delengendrado está en disposición última para recibirla forma de éste. Se puede entonces decir, poranalogía, que la persona física elegida por un Cón-clave que se supone válido, es constituida Papamaterialiter ipso facto; a condición, sin embar-go, que dicha persona física no esté afectada porun obex que permanezca oculto y suspenda el es-tado normal de la elección.

El Cardenal E. Pacelli acepta la elección. Re-cibe, en el acto mismo de la aceptación, la Co-municación ejercida por Cristo en favor de Pedroy sus Sucesores (Jn. XXI 15-17), y es entoncesconstituido Vicario de Jesucristo. Y como el hechode ser Papa consiste precisamente en eso, en serVicario de Jesucristo, se dice que la misma perso-na física (el Cardenal Pacelli) que era Papa solomaterialiter en virtud de la elección, se vuelve Pa-pa formaliter en el acto mismo en que acepta laelección. Hay, sin embargo, para la segunda etapa(formaliter), una condición sine qua non, tal co-mo para la primera etapa (materialiter). Esta con-dición es evidente, y es la siguiente: Es necesario

4

que, en el mismo momento en que el Cardenal Pa-celli afirma exteriormente aceptar la elección, noponga interior y ocultamente un obex que le im-pida recibir la Comunicación prometida y ejer-cida por Cristo. Si se verificara ulteriormente queexistía un tal obex en el acto de aceptación, el Car-denal Pacelli no sería en ningún momento Papaformaliter.

La distinción formaliter-materialiter enten-dida como acaba de exponerse, ha sido utilizadapor San Roberto Belarmino. Esta distinción, y lasdos condiciones sine qua non que se acaban deprecisar, se imponen también por la metafísica del“sentido común”, y en virtud del derecho naturalfundado sobre esta metafísica y exigido por esta;en consecuencia, subyacente incluso al derechodivino, a fortiori al derecho canónico y al dere-cho puramente eclesial.

χ) El enunciado de la “tesis” C, conforme a ladistinción formaliter-materialiter.

La “tesis C” concierne a la relación de la quese trató en el parágrafo precedente (B): relaciónentre la persona física que “ocupa” -al menos apa-rentemente- la Sede episcopal de Roma, y el ca-risma propio del Papa. La manera de poseer estecarisma, eso es lo que constituye la manera de serPapa.

La “tesis C” comprende dos partes, conformea los dos miembros de la distinción clave (for-maliter-materialiter):

A) El ocupante de la Sede Apostólica (el Car-denal Montini, al menos desde el 7 de diciembrede 1965, Mons. Luciani, Mons. Wojtyla) no esPapa formaliter. No hay que designarlo con eltérmino Papa.

Es decir, que el mencionado “ocupante” no es,en ninguno de sus actos, el Vicario de Jesucristo.Estos actos, en cuanto precisamente pretenden seractos del Papa como tal, son nulos. No hay quedesobedecer a las “órdenes” pretendidamente dic-tadas por Mons. Wojtyla en cuanto Papa, pues noes en acto el Vicario de Jesucristo. Todas las órde-nes dictadas a este pseudo-título son vanas, nulas,sin ningún alcance en la realidad. Hay que ig-norar, no que desobedecer.

B) El “ocupante” de la Sede Apostólica es sinembargo, “papa” materialiter. Se puede, por co-modidad, designarlo con el nombre de “papa”: lascomillas consignifican que no es Papa.

Es decir, que el “ocupante” ocupa la Sede demanera ilegítima y sacrílega (ya que no es Papa yse hace pasar por tal), pero la ocupa. Designar aun Papa verdadero requiere canónicamente, comocondición previa, haber constatado y declarado lavacancia real de la Sede materialmente ocupada.

C) En resumen: A más tardar a partir del 7 dediciembre de 1965 hay vacancia formal de la Se-de Apostólica, aunque la Sede haya estado y esté“ocupada” materialiter por tres personas, todasen estado de Cisma capital.

(II) La prueba de la “tesis C”, en cada una desus partes.

α) La prueba de la parte (A), a saber: el “ocu-pante” de la Sede Apostólica no es Papa forma-liter. Pues, tal como lo he explicado antes (I B), elelegido por un Cónclave que se supone válido no esconstituido Papa formaliter en el acto mismo desu propia aceptación, más que si, en el mismo ins-tante en que realiza este acto públicamente, nopone interiormente otro acto, aunque sea inte-riormente y en estado oculto, que le impida reci-bir la comunicación prometida y ejercida porCristo. Ya que, en efecto, es recibiendo esta co-municación que se es en acto Vicario de Cristo; esdecir Papa formaliter. Oponerse voluntariamen-te a esta recepción, es hacer voluntariamente im-posible que se pueda ser Papa formaliter.

Se debe evidentemente, a priori, presumir lalealtad de la persona que acepta la elección de unCónclave válido. Sin embargo, León XIII ha de-clarado expresamente (“Apostolicæ Curæ”, 13/9/1896; DS 3318): “La Iglesia debe juzgar de la in-tención en cuanto esta es manifestada exte-riormente”. El “ocupante” (de la Sede Apostóli-ca), al aceptar la elección del Cónclave, ¿tuvorealmente la intención de recibir la Comunica-ción ejercida por Cristo? Para responder a estapregunta, es necesario, según León XIII, conside-rar los hechos. Si el “ocupante” hubiese tenido

La coronación de Pío XII

5

en realidad la intención de recibir dicha Comuni-cación, entonces debía después, habitualmente,conformarse a todas las exigencias de esta. Si,por el contrario, se verificara que, continua y sis-temáticamente, el “ocupante” va contra las exi-gencias más fundamentales inherentes a la Co-municación ejercida por Cristo, hay que concluir(según León XIII) que el “ocupante” no tuvo enrealidad la intención de recibirla, y que en con-secuencia, no ha sido nunca (o ha dejado de ser)Papa formaliter.

Ahora bien, en ese caso, las exigencias de laComunicación ejercida por Cristo en favor de Pe-dro y sus Sucesores son de dos clases. Unas sonde hecho presupuestas a la Comunicación, peroresultan de la ontología; de suerte que, aunque deorden natural, son imperiosamente necesitadas pa-ra la Comunicación, ya que le son inmanentes. Lasotras exigencias son consecuentes a la Comuni-cación y son de orden sobrenatural “quoad subs-tantiam”. Examinemos sucesivamente estas dosclases de exigencias, observando como se compor-ta ante cada una respectivamente, el “ocupante”de la Sede Apostólica.

Cristo, al instituir Su Iglesia como Sociedadhumana visible, sancionó ipso facto para ella lasnormas que son inmanentes por naturaleza, y puesnecesarias, a toda Sociedad de este tipo. Ahorabien, nos limitamos a recordarlo aquí, en toda So-ciedad, la existencia misma de la autoridad re-quiere el estar fundada en el propósito de reali-zar el bien común, que es el fin de la Sociedad.Una “persona” física o moral que, en el seno deuna Sociedad, persiguiera habitualmente y de múl-tiples maneras la destrucción del bien común quele es propio, una tal “persona” entonces, no puedeser la autoridad en la Sociedad. La Iglesia, al na-cer según esta Ley, “eam non minuit, sed sacra-vit” (del mismo modo que “Jesús, al nacer de Ma-ría, consagró en Ella la Virginidad, y no la dismi-nuyó”). Ahora bien, observamos que, desde hace25 años, por procesos indirectos pero muy eficacesy convergentes, el “ocupante” de la Sede Apostóli-ca prosigue la degradación de aquello que justa-mente debería promover; a saber, el “Bien” encar-gado como propio de la Iglesia por Su Divino Fun-dador, particularmente la Oblación Pura y el De-pósito Revelado. De donde se sigue que el “ocu-pante” de la Sede Apostólica no puede ser la“Autoridad”en la Iglesia, no es Papa formaliter.

La Comunicación ejercida por Cristo en favorde Su auténtico Vicario presenta igualmente “pre-rrogativas” (y, vistas desde afuera, “exigencias”)que le son consecuentes; la principal es la Infalibi-lidad. Está revelado que la Infalibilidad comporta

dos formas: el Magisterio extraordinario solemne(el Papa cuando habla “ex Cathedra”: la Inmacu-lada Concepción para Pío IX; la Asunción para PíoXII) y el Magisterio ordinario universal (el conjun-to de los Obispos, dispersos o reunidos, en comu-nión con el Papa: la Asunción antes de la defini-ción de Pío XII). Es pues imposible que el auténti-co Vicario de Jesucristo, cuando se pronuncia se-gún una u otra de estas dos formas, afirme algo quesuponga oposición de contradicción con una doc-trina ya revelada. Ahora bien, el 7 de diciembre de1965, el Cardenal Montini promulgó, comprome-tiendo por lo menos (cf. 3) el Magisterio ordinariouniversal, una proposición respecto de la “libertadreligiosa” que supone oposición de contradiccióncon la doctrina infaliblemente definida por Pío IXen la Encíclica “Quanta Cura” ligada al “Sylla-bus” (8/12/1864). Hay que concluir entonces, se-gún León XIII, que al realizar este acto, el Carde-nal Montini no tuvo la intención de recibir la Co-municación ejercida por Jesucristo, y que entoncesno era más Papa formaliter.

En resumen (de α): El Vicario de Jesucristo nopuede obrar como tal más que conforme al caris-ma que posee por la Comunicación ejercida en sufavor por Jesucristo. No puede entonces obrar másque conforme con Él, luego conforme a las normasnaturales fundamentales sancionadas y asumidaspor Él, y conforme a la Verdad ya manifestadapor Él. Cualquier contradicción que haya, obser-vable y observada en uno de estos puntos, pruebanecesariamente a posteriori, que el autor de undelito semejante no puede ser el Vicario de Jesu-cristo.

β) La prueba de la parte (B); a saber: el “ocu-pante” de la Sede Apostólica es “papa” materia-liter.

Se ha explicado arriba (IB) en qué sentido con-viene decir que el elegido por un Cónclave que sesupone válido es, aún antes de su aceptación, papamaterialiter, pero a condición que: primeramen-te, el Cónclave sea válido (¡qué de “ruidos” han cir-culado, plausibles sino fundados, respecto de lostres últimos Cónclaves... Tisserant, Siri!..); en se-gundo lugar, que el aparentemente elegido no es-té afectado por un obex que permanece oculto ysuspenda en este el efecto normal de la elección(Si, por ejemplo, se probase con certeza que Mons.Wojtyla pertenecía a una sociedad oculta anti-cristiana antes de su elección).

Ahora bien, la existencia de un eventual obex,descubierto a posteriori, sea en el “Cónclave” queeligió, sea en la persona así elegida, no es suficien-te para negar que esta sea, al menos provisoria-mente, “papa” materialiter. Pues un dato cierto,

6

pero que no es de orden ontológico, no puedeser inmanente a las mismas Normas divinas. Untal dato no puede entonces tener valor y fuerzaen la Iglesia más que en virtud de una ordena-ción y de una promulgación hecha por la autén-tica Autoridad de la Iglesia. Y como tal Autoridadfalta actualmente, nadie está actualmente califica-do en la Iglesia (entendemos como tal la verda-dera Iglesia, y no la “iglesia” que preside Mons.Wojtyla) para declarar que desde el 7 de diciem-bre de 1965, el Cardenal Montini dejó de ser “pa-pa” materialiter.

La misma observación vale para los “ocu-pantes” de la Sede Apostólica que han sucedido alCardenal Montini, esto, solo en la medida enque una “jerarquía” solamente materialiter pue-de perpetuarse. Una tal perpetuación no es ex seimposible. Pero requiere expresamente Consagra-ciones episcopales que sean ciertamente válidas.Y como el nuevo rito es dudoso, los “ocupantes”(de la Sede Apostólica) no serán pronto más que“figuras”! Mons. Wojtyla es, a este respecto, porlo menos un eminente precursor.

¿Cómo se salvaría, en esas condiciones, laApostolicidad de la Iglesia? Sea lo que sea de es-te Misterio, que nos envuelve actualmente el “mis-terio de iniquidad”, es necesario evidentemente ate-nerse a que la sucesión apostólica será salvaguar-dada, ininterrumpida, “hasta la consumación delos siglos” (Mat. XXVIII, 20). La “visibilidad” noes una nota de la Iglesia, ha sufrido eclipses, puessolamente es la posibilidad de derecho, no siem-pre realizada de hecho (cf. el Gran Cisma), de ob-servar la Apostolicidad. Mientras que la Aposto-licidad es una nota, permanente como la mismaIglesia. Hay entonces que atenerse absolutamen-te a la norma, sin la cual la sucesión apostólica sehallaría objetivamente interrumpida. Esta regla,imperiosa y evidente, es la siguiente: La personafísica o moral que tiene en la Iglesia calificaciónpara declarar la vacancia total de la Sede Apos-tólica, es idéntica a la que tiene en la Iglesia ca-lificación para subvenir a la provisión de la mismaSede. Quien declare actualmente: “Mons. Wojtylano es papa en absoluto (ni siquiera materialiter)”,debe: o bien convocar el Cónclave (!), o bien mos-trar las cartas credenciales que lo instituyen directae inmediatamente Legado de Nuestro Señor Jesu-cristo (!!).

Estas últimas observaciones muestran sufi-cientemente que el alcance objetivo de la cuestión:“el ocupante de la Sede Apostólica es o no ‘papa’materialiter?” está de tal manera fuera de nuestraestimación, que concreta y realmente, la respuestaa esta cuestión no tiene mucha influencia sobre el

comportamiento efectivamente posible del fiel ape-gado a la Tradición.

2b. ¿En qué faltaría especialmente la actitud deMons. Lefebvre desde el punto de vista doctrinal?

La viciosidad principal del “Lefebvrismo” con-siste en una radical duplicidad, la cual inocula laherejía.

(I) “In verbis”- Duplicidad. A propósito de ca-da acontecimiento, hay siempre dos afirmacionescontradictorias entre sí respecto de las relacionescon “Roma”: Una, para los círculos restringidos(“No hay nada que esperar de Roma, Mons.Lefebvre consagrará Obispos”); otra, para losgrandes auditorios (Confirmaciones, Ordenaciones)(“Todo se arreglará. No comprometan nada. Noa Consagraciones episcopales”). El último “nú-mero” de esta pantomima que ya dura diez años,tuvo lugar el 8 de diciembre de 1986. Mons. Le-febvre, en una carta abierta a Juan Pablo II, man-tenida en secreto hasta ese día y luego silenciada,afirma que “hay que considerar nulas todas lasreformas conciliares y todos los actos de Romaque se realizan en esta impiedad”. Esta declara-ción, leída el 8 de diciembre por la mañana en losprioratos, retuvo a seminaristas que estaban deci-didos a no renovar sus compromisos y salir de laFraternidad. Sin embargo, siendo dada a los Eco-nianos la consigna de “no hablar de esta carta”,Mons. Lefebvre continúa afirmando que Juan Pa-blo II es verdaderamente papa. Así, según Mons.Lefebvre, teniendo una persona la Autoridad, losactos que realice en cuanto tal, pueden ser nulos:“deben ser considerados nulos”. Mons. Lefebvretiene un habitus de la duplicidad tan extraordinarioque lo empuja cínicamente a afirmar lo contradic-torio.

(II) “In factis”- Engaño y blasfemia. La prác-tica de los prioratos enseña de hecho por el pro-ceder, aunque sin decirlo que, de una auténtica“autoridad” (Mons. Wojtyla es verdaderamente“papa”, es en acto el Vicario de Jesucristo), proce-de una “missio” viciada de tal manera (la llamadanueva misa, el ecumenismo... Asís y lo demás),que Mons. Lefebvre rehúsa adecuársele. Es, en lapráctica, una blasfemia contra la Santidad de laIglesia. La Missio que procede verdaderamentede la Iglesia no puede ser sino Santa.

(III) “In verbis et in factis”- Engaño, difusiónde la herejía. Desde hace diez años por lo menos,se enseña en Ecône, se repite e impone a los fie-les de los prioratos, y a los niños (inocentes y sindefensa!) que frecuentan las escuelas dirigidas porla Fraternidad San Pío X, que el Magisterio es in-falible solamente si el Papa habla “ex cathedra”.

7

Esto equivale a negar la infalibilidad del Magiste-rio ordinario universal, la cual es sin embargo afir-mada por toda la Tradición, particularmente por elVaticano I. El “Lefebvrismo” difunde entonces laherejía, a fin de poder proclamar que Mons. Woj-tyla es verdaderamente Papa y de poder así guar-dar los sufragios de los fieles generosos, que se lle-va por el camino del infierno en lugar de declarar-les la Verdad.

3) Sodalitium: Se dice que no habiendo defi-nido dogmas el Vaticano II, la presencia indiscu-tible y reconocida de errores contra la Fe en lostextos conciliares no plantea ningún problema encuanto a la infalibilidad de la Iglesia. ¿Esto es ver-dad? si no, ¿cómo juzgar tal afirmación?

Mons. Guérard: La calificación de Vaticano II(cf. Cahiers de Cassiciacum nº 1, págs. 14-15;nº 6, págs. 13-81).

Era posible para el Vaticano II no definir dog-mas. Pero es un error o una mentira el afirmar res-pecto de su naturaleza contra-verdades. Un Con-cilio ecuménico convocado y aprobado por el Papapertenece por lo menos y por su misma definición,al Magisterio ordinario universal de la Iglesia. Depor sí, es decir, si las cosas son conformes a loque exige su naturaleza, los documentos que ema-nan de una tal asamblea, que dependen formal-mente de la luz de la Fe (es el caso de la definiciónde la “libertad religiosa”) y que tratan de una doc-trina ya infaliblemente promulgada, son ipso factopromulgados con la nota de infalibilidad. VaticanoII pudo, con rigor, afirmarse “ordinario”; pero nohizo y no podía hacer que una promulgación cu-yas cláusulas acarrean canónicamente la infalibili-dad, pueda no ser infalible.

4) Sodalitium: Entonces, ¿qué hay que pensarde Pablo VI y de Juan Pablo II?

Mons. Guérard: Dios ha juzgado. Dios juzga-rá. En cuanto a nosotros, no juzgamos... al menosla intención. Estos “papas” profieren la herejía yestán por lo menos afectados de “Cisma capital”(Cf. Cahiers de Cassiciacum nº 3-4). Lo mejorque se puede hacer es, me parece, no considerar-los. “Nec nominetur in vobis” (Efesios V, 3). Sedtamen oremus pro eis: Miserere, De profundis.

5) Sodalitium: ¿Que piensa de las Misas tradi-cionales celebradas por sacerdotes que, aún sien-do críticos hacia Roma, sostienen que Juan PabloII es verdaderamente Papa y lo nombran en el Ca-non de la Misa?

Mons. Guérard: Misas tradicionales celebra-das con la mención de Juan Pablo II durante el TeIgitur. El Sacerdote que celebra una tal Misa pro-nuncia las siguientes palabras: “In primis quæ Ti-bi offerimus pro Ecclesia Tua Sancta Catholi-ca...: una cum famulo tuo Papa nostro JohannePaulo...”. Estas Misas son comúnmente designa-das bajo el nombre de: “Misas Una Cum”.

Es necesario considerar dos cosas en esta pro-clamación: por una parte, lo que está directamentesignificado; por otra, lo que se halla indirectamen-te consignificado, teniendo en cuenta el contexto.

(I) Lo que se halla directamente significado porla fórmula “Una cum”: El delito de sacrilegio.

El sentido general de la súplica es determinadopor las palabras: “quæ tibi offerimus pro...”. Perosea lo que sea de este sentido general, la locu-ción Una Cum afirma que la Iglesia (de Cristo, deDios: tua), Santa y Católica, es “una con” el ser-vidor de Dios que es nuestro Papa Juan Pablo II.La locución Una Cum afirma entonces que, recí-procamente, Mons. Wojtyla es “uno con” (formauno con) la Iglesia de Jesucristo, Santa y Católica.Ahora bien, hemos mostrado (2a.α) que esta afir-mación es un error. Pues Wojtyla, al persistir enproferir y promulgar la herejía, no puede ser elVicario de Jesucristo; no puede ser, en cuanto“papa” como debería (famulo tuo Papa nostro),“uno con” la Iglesia de Jesucristo. El una cum afir-ma y proclama entonces un error, que concierneconcretamente a la Fe.

8

Siendo así, hay que concluir que la Misa “unacum” está “ex se” objetivamente manchada de sa-crilegio. En efecto, la Misa es la acción sagradapor excelencia, ya que el Sacerdote obra “in Per-sona Christi”. Y si esta función instrumental con-cierne eminentemente al acto consecratorio, serealiza igualmente por derivación durante lo queprecede y prepara el acto, o se desprende de esteinmediatamente. Ahora bien, todo lo que pertene-ce a la acción sagrada debe ser puro; es decir, con-forme a lo que exige su naturaleza. Una procla-mación que especifica inmediatamente el ejercicioconcreto de la Fe, debe ser siempre verdaderacon respecto a la Fe misma. Debe serlo, en se-gundo título, si es hecha durante una acción sa-grada. Si entonces una proclamación que especifi-ca inmediatamente el ejercicio concreto de la Fe yes hecha durante una acción sagrada, es errónea,constituye ipso facto y objetivamente un deli-to, no solo contra la Fe sino igualmente contra laacción sagrada. Una tal proclamación está enton-ces inculpada (afectada) de un delito del género“sacrilegio”; y eso, objetiva e ineluctablemente,sea lo que sea del pecado cometido por los par-ticipantes (cf. 6).

(II) Lo que se halla indirectamente consig-nificado por la fórmula “una cum”: El delito decisma capital.

“Quæ tibi offerimus pro...”: Se trata de unaofrenda hecha en favor de, eso es lo que estásignificado directamente. De allí que se hayapretendido (en particular, Dom Gérard CalvetO.S.B.) que en el Te Igitur se reza por el Papa,

y no del todo con el Papa. Pero esta es una opi-nión superficial. En efecto, hay que observar que,en esta primera parte del Te Igitur, el Papa esconsiderado en cuanto Papa, ya que es men-cionado precisamente “una cum Ecclesia” (1).Por otra parte, la aplicación del fruto de la Misa(“pro”), pedida como algo aleatorio en favor depersonas privadas en los dos Memento, es pedidaen el Te Igitur; de igual manera, unidamente enfavor de la Iglesia y del Papa, como siendo eviden-temente gratuite “ex parte Dei”, pero necesariacomo cierta “ex parte nostri”.

De esta última observación, resulta la siguien-te consecuencia: Recordemos que la “aplicación”del mérito no es necesaria (o “de condigno”)más que en dos casos; a saber: 1) Esta “aplica-ción” es hecha por Cristo en persona. Él y solo Élmerece en derecho por otro. 2) Esta “aplicación”es hecha a la persona misma que adquiere el mé-rito: cada mérito “de condigno” por sí mismo.Entonces, como la aplicación del fruto de la Misaes hecha en derecho por la persona moral queconstituyen unidamente (una cum) la Iglesia yel Papa, es necesario que esta misma personamoral esté en el principio del Sacrificio del cualtiene el derecho de recibir el fruto. Por otra parte,se afirma comúnmente que si la Misa es primera-mente el Sacrificio de Cristo, también es igual yunidamente el Sacrificio de la Iglesia (Es por esoque, si bien el sacerdote al ofrecer el Sacrificio encuanto al ejercicio del acto, obra in PersonaChristi sin mediación de la Iglesia; no obstante,en cuanto a la especificación del acto, el sa-cerdote no puede obrar sino por mediación dela Iglesia. Pues sólo la Iglesia está divinamentecalificada para garantizar con certeza: la confor-midad con la Verdad del artículo que promulga enNombre de Cristo; la conformidad con la Realidaddel rito que prescribe en Nombre de Cristo (el sa-cerdote que usa de un rito toma ipso facto la in-tención de la autoridad responsable del rito... ¡sepueden vislumbrar todas las consecuencias!). Yen la Iglesia en orden, por la mediación ejercidapor la Jerarquía, es en definitiva el Papa quienconfiere la “misión” de celebrar cualquier Misa. ElPapa es el “Sumo Pontífice” en la Iglesia; y comoIglesia y Papa unidamente (una cum) imperanen la Iglesia militante el ofrecimiento del Sacrificiopropio de ella, tienen el derecho “in primis” alfruto del Sacrificio. En el orden creado están “inprimis” en cuanto al término (la aplicación del fru-to), porque están “in primis” en cuanto al prin-cipio (la intimación de la celebración).

Se ve así cual es el verdadero alcance de la ex-presión “una cum”. Esta no significa solamente que

El Papa Pío XII celebrando la Santa Misa

9

al celebrar el Sacrificio de la Misa se reza por laIglesia y por el Papa, como por (pro) tal personaprivada o tal intención particular. “Una cum”consignifica, implícita pero necesariamente, queel Sacrificio de la Misa se celebra en unión cony bajo el movimiento de la persona moral queson unidamente (“una cum”) el Papa y la Iglesia;considerando que tal persona moral tiene el dere-cho in primis al fruto del Sacrificio, el cual es elúnico que puede fundar metafísicamente el hechode participar en derecho in primis en el Acto deCristo Sacerdote que ofrece el Sacrificio.

De aquí se desprende la calificación que con-viene atribuir a la Misa Tradicional “una cum”.Una tal Misa es válida (¡suponiendo que el sacer-dote lo sea verdaderamente!) con respecto al ritoque, a imitación del Depósito, permanece divina-mente garantizado por el Magisterio de la Iglesia.Pero, quiera lo que quiera subjetivamente el ce-lebrante, el acto que realiza comporta objetiva eineluctablemente la afirmación de estar en co-munión con (“una cum”) y bajo el movimiento(papa nostro) de una persona en estado de cismacapital. El acto de tal celebración está pues man-chado de un delito del género “cisma”; y eso, ob-jetiva e ineluctablemente, sea lo que sea del pe-cado cometido por los participantes (sacerdote ce-lebrante y fieles asistentes; cf. 6).

6) Sodalitium: ¿Podría por favor precisar lasdificultades suscitadas por la asistencia a una MisaTradicional celebrada “Una cum”?

Mons. Guérard: Dificultades suscitadas por elhecho de asistir a una Misa tradicional “una cum”.

Estas dificultades resultan de cuanto acaba deexponerse.

Evidentemente se deben dejar de lado los casosen los que la asistencia a una tal Misa es imperadapor un motivo extrínseco (razón familiar, por ejem-plo), sobreentendiéndose que la persona asistentemanifieste clara y ostensiblemente que asiste sinparticipar.

Si esta última cláusula (ma-nifestar que no se participa)no se realiza, entonces -ex se-el solo hecho de asistir constitu-ye una participación, avalar lacelebración. Y como ella estáafectada objetiva e inelucta-blemente del delito de sacri-legio y cisma; ¿acaso no se si-gue que participar en tal cele-bración es exponerse a la cul-pabilidad de estos delitos?

La respuesta es afirmativa en derecho. Dedonde se sigue que los fieles apegados a la Tradi-ción no deben -en derecho- asistir a la Misa tra-dicional una cum; y eso respecto primeramente aellos mismos, y en segundo lugar, respecto al Tes-timonio que deben a los demás.

Esta respuesta afirmativa en derecho, puedeestar suspendida en la práctica por dos conside-randos. El primero es de orden general y mira a lasreglas de la moral. Un delito no es pecado si no esconocido como tal. La ignorancia excusa si es in-genua, aumenta la culpabilidad si es calculada, etc...Muchos fieles apegados a la Tradición no com-prenden ni el alcance, ni entonces la gravedad del“una cum”, hay que instruirlos (cf. 10). Pero has-ta tanto no hayan comprendido, no se los puedeacusar por asistir a la Misa tradicional una cum...Solo Dios conoce los corazones.

El segundo considerando que puede suspenderla norma de derecho (no asistir a la Misa “unacum”), proviene de la situación actual. Puede su-ceder que los fieles no tengan en la práctica otromedio de comulgar que el de asistir a una Misauna cum. Ahora bien, si es posible vivir y creceren el estado de gracia sin comulgar, tal privaciónno está exenta de dificultad ni tampoco a veces depeligro. Y de la misma manera que la Iglesia siem-pre ha admitido que en peligro de muerte se puederecurrir a un confesor incluso excomulgado; ¿noconviene recurrir a una Misa una cum para parti-cipar al Sacrificio y comulgar? Pío XII lo recordócon autoridad: en la Iglesia militante la salvaciónde las almas constituye la finalidad de las finalida-des. La asistencia a la “Misa una cum” puede en-tonces ser objeto de un “caso de conciencia”. Cadacaso es diferente y debe resolverse en definitivapor la conciencia del interesado, no sin los conse-jos y directivas de un sacerdote “non una cum”. Nirigorismo unívoco, que no tiene en cuenta la psi-cología de cada uno; ni laxismo sentimental (porejemplo, una persona que puede comulgar cadaquince días en una “Misa non una cum” no tieneninguna razón y entonces no debe asistir a una“Misa una cum” en el intervalo, y menos todavía

comulgar en ella).

Nota: Mons. Guérard sos-tiene que en esta materia ma-nifiesta únicamente su opinión,y admite las buenas razones delotro criterio, según el cual no eslícito aún por motivos pastora-les (el deseo de los Sacramen-tos) asistir y comulgar en una“Misa una cum”.

10

7) Sodalitium: Monseñor, en 1981 usted fueconsagrado obispo por Mons. Thuc. Este obispo noha sido siempre claro en sus actos. Después de laConsagración usted fue “excomulgado” por el car-denal Ratzinger. ¿Que dice sobre esto?

Mons. Guérard: Recibí la Consagración epis-copal el 7 de mayo de 1981, de Mons. Pierre Mar-tin Ngo-Dinh-Thuc.

Afirmo que la Consagración es válida, legaltanto cuanto se podía, y perfectamente lícita. (Sellama “legal” a lo que es conforme a la letra de laley; “lícito”, a lo que es conforme al fin previstopor la ley. La virtud de la epiqueya consiste en ig-norar la “letra”, si esta se mostrara contraria al“fin”).

(I) La Consagración es válida.Considerando que: 1) el rito tradicional fue ín-

tegramente observado (¡exceptuada la lectura del“mandato romano”!); 2) Mons. Thuc y yo mismotuvimos la intención de hacer lo que hace la Iglesia.

(II) La Consagración es legal, tanto cuanto sepuede.

En efecto, hay que saber que Pío XI instituyóa Mons. Thuc como su Legado, por un Breve confecha del 15/3/1938: “deputamus in Nostrum Le-gatum Petrum Martinum Ngo-Dinh-Thuc Epis-copum titularem Saesinensem ad fines Nobis no-tos, cum omnibus necessariis facultatibus”. Mons.Thuc tenía entonces el poder de consagrar Obis-pos sin referirse antecedentemente a la SantaSede; es decir, sin “mandato romano”. Mons. Thucconservó este mismo poder al ser nombrado Ar-zobispo de Hué por Pío XII. La prueba de esto esque fue él, y no el Administrador Apostólico, quieneligió y consagró a todos los Obispos de Vietnam

entre 1940 y 1950 (Mons. Thuc me explicó de vi-va voz, y no sin una acentuada picardía, la razón[¡verdadera y oculta!]. De ese modo, los cargos,pensiones, gastos por enfermedad, etc., de dichosObispos correspondían a los fieles de Vietnam,cuando habrían debido corresponder a “Roma”, silos Obispos hubiesen sido consagrados por el Ad-ministrador Apostólico). Sea lo que sea de esta “di-vertida” (!) “finalidad”, lo que permanece es que,desde el estricto punto de vista de la causa formal,“Roma”, bajo Pío XII, de hecho, confirmó a Mons.Thuc en sus poderes y prerrogativas de Legado. Éltenía conciencia de haberlos consagrado, y así loparticipó oralmente a varias personas: “¡Cuando sehallen estos documentos después de mi muerte...!”Pero estos documentos no fueron sacados a la luzsino muy tardíamente (pasaron por múltiples y pe-ligrosas vicisitudes), por lo que no ha sido posibleque estuviesen en condiciones como hubiera sidoconveniente. Fue entonces con toda buena fe y pu-reza de intención que Mons. Thuc procedió a rea-lizar Consagraciones y Ordenaciones. Creía, conrazón, tener canónicamente el derecho, ya queeste no le había sido retirado.

Estas Consagraciones y Ordenaciones reali-zadas por Mons. Thuc, ¿son “legales”; es decir,conformes a la letra de la ley? Para que lo fuesenperfectamente, hubiese sido necesario que des-pués (no “antes”, ya que Mons. Thuc tenía jurí-dicamente el poder) del acto realizado, él informa-se a la Autoridad. Pero Mons. Thuc sostenía, co-mo yo también, que no hay más Autoridad; aun-que, paradójica y desgraciadamente, quiso perma-necer igualmente en buenos términos con la “au-toridad” (2) (léase bien, Autoridad = verdadera Au-toridad, de la cual hay actualmente “vacancia for-mal”; autoridad = Pseudo-Autoridad, que nos cas-tiga desde el 7 de diciembre de 1965).

De aquí, dos consecuencias: Desde el puntoobjetivo; es decir, si se consideran en sí mismaslas Consagraciones y Ordenaciones efectuadaspor Mons. Thuc, son tan “legales” cuanto se podía(¡y se puede!). Ya que, por una parte, Mons. Thuctenía jurídicamente el poder de efectuarlas sin“mandato romano”; y por otra, era y sigue sien-do imposible “declarar” esas Consagraciones y Or-denaciones a una Autoridad que, en acto y comotal, no existe. La “legalidad” de aquellas está enestado de privación; así como todo lo está ac-tualmente en la Iglesia militante, en razón de la“vacancia formal” de la Sede Apostólica.

Desde el punto de vista subjetivo; es decir, sise consideran dichas Consagraciones y Ordena-ciones como una de las actitudes de Mons. Thuc, esforzoso observar que han sido para él una “espada

11

de dolor” y piedra de escándalo. Estas exigían querompiese con “Roma” y lo hizo en palabras, peromantuvo el trato por “razones de corazón” y cayóen la trampa en que encontró la muerte.

“Noli judicare si non vis errare”. Sea lo quesea de esta agonía íntima y del Juicio de Dios, loque permanece es que las Consagraciones y Or-denaciones efectuadas por Mons. Thuc son lega-les tanto cuanto se pudo, participando -según elmodo que les es propio a su naturaleza- del esta-do de privación que afecta actualmente a toda laIglesia militante, y distintamente a cada uno desus miembros... Siendo virgen la Iglesia, CuerpoMístico, Esposa de Cristo, también en la tierra, decualquier tipo de privación.

(III) La Consagración es lícita.Para comprenderlo bien, es necesario recordar

que en la Iglesia militante considerada en cuantocolectivo humano, toda ley puramente eclesiás-tica (las modalidades respecto de la vacancia yprovisión de la Sede Apostólica resultan de estaclase de leyes), incluso las que comportan pe-nas latæ sententiæ, no tienen fuerza ejecutoriasino en virtud de la Autoridad actualmente ejer-cida. Para que fuera de otra manera y pudieranexistir en la Iglesia militante leyes puramente e-clesiásticas con fuerza ejecutoria independiente-mente de la Autoridad, sería necesario que, al me-nos para estas leyes, la Autoridad reciba su pro-pio mandato de la Iglesia militante en cuanto co-lectivo humano. Ahora bien, esta doctrina está ex-plícitamente condenada por Vaticano I como erró-nea (DS 3054). Toda ley puramente eclesiásticaes pues radicalmente una ley humana, sin fuerzaejecutoria sino de parte de la Autoridad, la cualpor esencia es monárquica (µοναρχια ).

De esto se sigue que toda ley puramente ecle-siástica puede estar sometida, y está actualmen-te sometida, a las mismas vicisitudes de las leyeshumanas. Por una parte, la Autoridad que da fuer-za a la ley puede faltar; y es lo que sucede por lavacancia formal de la Sede Apostólica. Por otraparte, es posible aplicar -per accidens- la letra dela ley perjudicial, en lugar de cumplir con el finprevisto por la ley. Es lo que sucede actualmente.La exigencia del “mandato romano”, confirmadapor Pío XII como condición de toda Consagraciónepiscopal, está ordenada a mejor afirmar y salva-guardar el carácter monárquico de la Autoridadque se ejerce sobre cada Obispo y sobre todos losObispos de la catolicidad. Ahora bien, bajo KarolWojtyla, una “consagración” realizada con “man-dato romano” implica que: primeramente, la per-sona “consagrada” (¡suponiendo que lo sea!) está

ipso facto en estado de cisma capital, como elmismo Wojtyla; secundariamente, que la “consa-gración” realizada con el nuevo rito, que es dudo-so, también es dudosa, y debe entonces ser consi-derada en la práctica como inválida. Por eso, lafidelidad al “mandato romano” tiene por conse-cuencia, a corto plazo, que Wojtyla sea el mo-narca absoluto de una asamblea mundial cuyosmiembros revestirán ocasionalmente las insigniasepiscopales, aunque no sean Obispos de ningunamanera, ni en consecuencia sucesores de los A-póstoles.

“La letra mata, el Espíritu vivifica” (II Cor.III, 6; Rom. II, 27-29). Cuando la letra de la ley(la prescripción del “mandato romano”) tiene porefecto destruir el fin previsto por la ley (la uni-dad y la misma realidad de la Iglesia militante),entonces es virtud, la virtud de la epiqueya, notener en cuenta la letra de la ley, en la estricta ysola medida en que es necesario para continuarasegurando el fin previsto por la ley. Los actosrealizados por necesidad contra la letra de la leyen vista de asegurar el fin previsto por la ley, sonllamados “lícitos” aunque sean ilegales. Esta doc-trina ha sido siempre admitida en la Iglesia.

Decimos entonces que las Consagraciones con-feridas por Mons. Thuc, legales en cuanto se podía(II), ya que él se hallaba dispensado del mandatoromano, fueron y permanecen perfectamente lí-citas; aunque, como se ha explicado (II), su “lega-lidad” permanece afectada por la misma privaciónque hiere actualmente a toda la Iglesia militante.

(IV) El “cardenal” Ratzinger me ha notificado(por el nuncio de París, y no por el general de losdominicos) que había incurrido en excomunión“latæ sententiæ”. Me exhorta a “volver”, prome-tiéndome un buen recibimiento!

-No he respondido a este mensaje por las si-guientes razones:

“Ex parte objecti”: La sentencia en sí mismaestá privada de todo fundamento, como se ha ex-puesto arriba (II, III).

“Ex parte subjecti”, id est: Joseph Ratzinger et“auctoritatis”. Los únicos actos de la “autoridad”

Mons. Ngo-Dinh-Thuc en 1962

12

que pueden no ser vanos son exclusivamente losordenados a que perdure en la Iglesia -materiali-ter- la jerarquía; solo materialiter, ya que (cf. 2a)la “autoridad” no tiene poder en la Iglesia más que“materialiter”, y no “formaliter”. Así, por ejem-plo, el acto por el cual la “autoridad” reconocierael valor y el alcance eclesiales de las Consagracio-nes conferidas por Mons. Thuc, sería válido. Mien-tras que todo acto de la “autoridad” que no esté or-denado expresamente a la permanencia de la je-rarquía (al menos “materiliter”), es vano.

No hay que tener en cuenta una cosa que estáprivada de fundamento, que es vana; es el consejode San Juan (II Juan, 10-11).

-El mensaje del “cardenal” Ratzinger me hahecho gracia, e incluso regocijado. De todos losObispos que profesan íntegramente la Fe Católi-ca, soy el único que está “excomulgado” por la“Roma” de Wojtyla. No estando de ninguna ma-nera en comunión con esta “Roma”, ¡doy graciasde que haya, al menos en un punto, declarado laVerdad!

8) Sodalitium: En 1984 y 1986 usted consagródos obispos sin el acuerdo de Roma. ¿Porqué lo hi-zo, y piensa ser su deber consagrar más obispos ysacerdotes?

Mons. Guérard: He consagrado dos Obispossin “mandato romano”: Mons. Storck (30/4/84) yMons. MacKenna (22/8/86).

I) Es necesario que perdure sobre la tierra laOblación Pura, la Oblatio Munda (Mal. I, 11).

Algunos me atribuyen la intención de querer“salvar a la Iglesia”. Por el contrario, rechazo aso-ciarme con quienes manifiestan este propósito “indirecto”. Ya que, solo Dios, solo Jesús (cf. 11)salvará a Su Iglesia con el Triunfo de Su Madre.De eso estoy seguro, aunque ignoro el “cómo”.

En cambio, estimo un deber todo sacrificio,hacer todo lo que esté en mi poder para que perdu-re sobre la tierra la Oblatio Munda. La Misa tra-dicional tal como la celebran Mons. Lefebvre y lossacerdotes ordenados por él, esa Misa celebrada

una cum Wojtyla, está, quiera lo que quiera elcelebrante, objetivamente manchada por unadoble impureza que resulta del sacrilegio y cismacapital (cf. 5). La Misa perpetuada por la “Frater-nidad San Pío X” no es, no puede ser, la Obla-tio Munda. Esta imposibilidad de derecho estáincluso confirmada por la siguiente circunstanciaagravante: con el fin de (aparentar) justificar la ce-lebración una cum Wojtyla, los Econianos no du-dan en afirmar y difundir el error, es decir, que co-rrompen la Fe de los fieles inoculándoles la here-jía (3). Si Mons. Lefebvre no hubiese profanado laMisa tradicional exigiendo que sea celebrada unacum Wojtyla, yo no hubiese siquiera soñado reci-bir, ni menos todavía conferir, el Episcopado.

¡Misereor super Sacrificium! Tal es la razónprincipal, la única necesaria para quien la advierta,por la que he aceptado recibir y propongo conferirel Episcopado.

II) Conviene eminentemente que perdure so-bre la tierra la Missio instituida por Cristo (Mat.XXVIII,18-20).

La missio comprende ciertamente el ofreci-miento de la Oblatio Munda, es lo primero. Peroes más amplia: “Id, enseñad, bautizad, educad”.Esta fue confiada a todos los Apóstoles unida-mente y a cada uno respectivamente. Es enton-ces realmente distinta de la Sessio; es decir, de lajurisdicción prometida (Mat. XVI, 18-19), y lue-go otorgada (Juan XXI, 15-17) solo a Pedro ple-namente; comunicada a los demás por partici-pación de Pedro, y entonces solamente por me-diación de Pedro. A los sacerdotes “fieles” que

Oblatio Munda

Mons.RobertFidelisMcKenna,O.P.

13

impugnan, como una “sospechosa novedad”, ladistinción real entre la missio y la sessio, me li-mito a proponerles una cuestión: “Ustedes con-fiesan a los fieles, han recibido el Poder por la or-denación sacerdotal. He aquí, precisamente, lamissio, en la segunda de sus funciones (“bauti-zad”, administrad todos los Sacramentos). Pero,¿de quién, de qué persona moral o física, han reci-bido “los poderes” que, según el Concilio de Tren-to, se requieren para usar válidamente del Poderrecibido en la Ordenación? No, ustedes no tienen“esos poderes”, y menos todavía -si eso es posi-ble- si ustedes son de Ecône, pues reconocen en-tonces estar oficialmente “suspendidos a divinis”.Ustedes responden: “La Iglesia suple”. Pero esta“suplencia” está asegurada, en la Iglesia en or-den, por una ley puramente eclesiástica; la cual,como todas las leyes de este tipo, está actualmen-te privada de fuerza ejecutoria. No hay entonces“suplencia”. La Verdad es que ustedes pueden usardel Poder sin tener los “poderes”, ya que actual-mente el decreto de Trento está privado de fuerzaejecutoria. La Verdad es en consecuencia que us-tedes ejercen la missio, aunque están privados dela participación normalmente requerida por la se-ssio... en razón de que toda la Iglesia militante es-tá en el mismo estado de privación (en relación ala sessio) que los afecta a ustedes. La missio y lasessio son entonces, en el seno de la Iglesia mili-tante, dos partes coesenciales, realmente distintas,en derecho inseparables, de hecho actualmente di-sociadas: la sessio está en suspenso por la vacan-cia formal de la Sede Apostólica (cf.1); la missioperdura, tanto cuanto es posible hacerlo, en los sa-cerdotes y fieles que profesan estar apegados a laTradición (repetimos, missio en estado de priva-ción).

En tales condiciones, he aquí las alternativaspor las que deben decidir los fieles apegados a laTradición:

A) O bien no proseguir la missio. Porque ella,en estado de privación, ya que abandonada por lasessio, se encuentra ipso facto anormada, conde-nada a múltiples peligros, comenzando por la he-rejía y el cisma. El único Sacramento posible, yciertamente válido, sería el Bautismo. Es suficien-te para que Dios conceda la Fe y la gracia santi-ficante. Este partido no es entonces en derechoimposible; lo toman muy pocos fieles.

B) O bien proseguir la missio. Porque se es-tima de hecho imposible conservar la gracia san-tificante, e incluso la sola la Fe, sin los Sacramen-tos.

¡In dubiis, libertas! Se puede elegir A o B,pero: 1) que cada uno respete la elección del otro;

2) que cada uno se conforme rigurosamente a laexigencia interna, ontológica, de su propia elección.

Yo elegí B, respeto profundamente a las perso-nas que han elegido A, que Dios las sostenga. Perorepruebo que algunas de estas personas critiquen yjuzguen con “altura”, como si fuesen la Autoridad,la elección B que son libres de no tomar... o inclusoque se comporten de hecho como si hubieran ele-gido B.

Si se elige proseguir la missio, a fin de que laFe y la vida se conserven para el mayor número,evidentemente se necesitan Obispos. No hay Sacra-mentos sin Sacerdocio, sin Obispos (4).

¡Misereor super turbam! Tal es la segunda ra-zón por la cual he aceptado recibir y propongo con-ferir el Episcopado.

III) Las normas que presiden estas Consagra-ciones episcopales sin “mandato romano”.

a. Las normas que se desprenden del derechocanónico en vigor en la “Iglesia en orden”. Las le-yes, incluso las puramente eclesiásticas, son la ex-presión de la Sabiduría; conservan siempre valordirectivo, incluso si - per accidens- pierden sufuerza ejecutoria. Hay entonces que cuidar de norealizar ningún acto que contradiga a la Sabiduríainspiradora de estas leyes. Es necesario, a esterespecto, precisar lo siguiente:

1) Las Consagraciones conferidas por Mons.Thuc son lícitas y legales en cuanto se podía. LasConsagraciones conferidas por Obispos consagra-dos por Mons. Thuc son lícitas, aunque ilegales.

2) Ninguna de estas Consagraciones, todas lí-citas, confiere jurisdicción a los Obispos así con-sagrados. Ningún Obispo puede tener jurisdicciónsino bajo la moción del auténtico Vicario de Jesu-cristo. Es lo que Pío XII quiso reafirmar vigorosa-mente, al reforzar el alcance de la censura contralas Consagraciones sin mandato romano. Esta esuna razón más para sostener el carácter relativode la jurisdicción inherente al Episcopado.

3) Las relaciones entre los Obispos consagra-dos por Mons. Thuc son algo bueno en sí mismo.Pero se debe, se deberá declarar claramente queuna eventual asamblea de estosObispos no goza como tal en laIglesia de ninguna jurisdicción.Sí podría útilmente cumplir lafunción de un fermento, perono estaría habilitada para res-taurar la Jerarquía.

b. Las reglas que se des-prenden de la epiqueya, la cualfunda la licitud de dichas Con-sagraciones.

14

Las Consagraciones sin mandato romano sonactual y provisoriamente lícitas, en vista de la sa-lus animarum; la cual es, según Pío XII, la lexsuprema de la Iglesia militante. De allí, dos con-secuencias:

Consecuencia “positiva”: Es preciso multipli-car tales Consagraciones, de modo que subsista entoda la tierra la Oblatio Munda y la Missio. Lacondición principal es que los sacerdotes sean ap-tos y acepten asumir esta responsabilidad.

Consecuencia “negativa”: La ausencia de re-ferencia a la Autoridad (inexistente en acto) no de-be desembocar en una anarquía que estaría en con-tradicción con la naturaleza misma de la Iglesia mi-litante. Por eso, todos los Obispos consagrados sin“mandato romano” que proceden de Mons. Thuc,deben comprometerse solemne y públicamente asometerse incondicionalmente al Papa, si durantesu vida Jesús concediera uno a Su Iglesia. Añadoque actualmente, ahora, y sea lo que sea de un de-senlace divino (11), la unidad entre dichos Obis-pos no puede apoyarse en una pseudo-jerarquíaforjada artificialmente entre ellos. La unidad solopuede apoyarse en la Fe; siendo esta precisada, encuanto a la aplicación actual y concreta, de a-cuerdo a las modalidades ya expuestas... o las queimpondría una discusión que se apoye en todos losdatos objetivos que comporta la situación actual.

9) Sodalitium: ¿Que piensa de eventuales con-sagraciones episcopales por parte de Mons. Le-febvre, que reconoce a Juan Pablo II como verda-dero Papa, pero le desobedece constantemente?

Mons. Guérard: ¿Eventuales ConsagracionesEpiscopales por Mons. Lefebvre?

I) Lo que importa principalmente en tal caso(teniendo en cuenta el estado de la Iglesia), es evi-dentemente la persona del “Consagrado”. Es en-tonces a partir de las condiciones concernientes ala persona del Consagrado, que hay que precisar (oexaminar) las que conciernen al Consagrante.

II) Ahora bien, el Obispo apto para perpetuarla missio en la Iglesia militante debe satisfacer lassiguientes condiciones:

A. Ser consagrado válida, lícita, legalmente encuanto es posible (cf. 7).

Formar parte de la Iglesia ciertamente. Ahorabien, para que se pueda afirmar con certeza (mo-ral) de tal fiel que profesa íntegramente la missio,que tiene efectivamente la Fe y que forma partede la Iglesia militante, es necesario, como hemosmostrado (5):

B. Que este fiel admita en principio que to-do miembro de la Iglesia militante debe examinar

atentamente la cuestión del Papa hasta resolver-la categóricamente.

C. Que este fiel afirme la vacancia al menos“formal” de la Sede Apostólica.

D. Que este fiel profese el deber de someterseal Papa, cuando Cristo conceda uno a Su Iglesia.

III) ¿Un Obispo consagrado por Mons. Lefe-bvre podría satisfacer estas condiciones?

La respuesta afirmativa presenta dificultad pa-ra las condiciones B y C. Mons. Lefebvre, al afir-mar que Mons. Wojtyla es papa e intimar a los fie-les a no examinar la cuestión, hace imposible a-firmar con certeza que él mismo forme parte de laIglesia fundada por Jesucristo. Por cierto hay quedesearlo y se puede suponerlo, pero es imposibleestar seguro. La misma incertidumbre afectaríaevidentemente la pertenencia a la Iglesia de unObispo consagrado por Mons. Lefebvre, mientraseste continúe reconociendo y exigiendo reconocerque Wojtyla está investido de la suprema Autori-dad.

IV) La respuesta a la cuestión (9) está subor-dinada a la Declaración que hiciera (?) Mons. Le-febvre en el acto de una eventual Consagración. Sien tal ocasión, él rechazase su posición actual yafirmase la vacancia al menos formal de la SedeApostólica, todas las condiciones (II) de hecho serealizarían. No cabría entonces sino regocijarse. Lamissio estaría asegurada por la obra de Ecône, queal fin desembocaría lealmente en la realidad. Porotra parte, es a Mons. Lefebvre, Arzobispo eméritode Dakar y Tulle, que corresponde en primer lugarterminar esta obra; ya que Mons. Ngo-Dinh-Thucfalleció el 13 de diciembre de 1984 y que Mons. deCastro Mayer, al menos en la práctica, no hacemás que seguir a Mons. Lefebvre. En lo que a mírespecta, si este finalmente profesase la sanadoctrina, la única que puede justificar su acción,no desearía más que permanecer en la soledad dela que he salido a causa de la Oblatio Munda.

Si con ocasión de una eventual Consagra-ción Mons. Lefebvre no declarase públicamen-te el rechazo de su posición actual, e incluso si ex-teriormente no reafirmase reconocer a Wojtylacomo el Vicario de Jesucristo en acto; entonces, laduplicidad (6) que emplea sistemáticamente exi-giría temer el peor de los compromisos. Tales“Consagraciones” estarían ordenadas, satánica ymagistralmente, a asegurar mejor la integración[“ralliement”] (7) de la falange “tradicional” en la“iglesia” oficial.

10) Sodalitium: ¿Que piensa del “testimoniode la Fe”, necesariamente requerido hoy de par-te de Sacerdotes y fieles?

15

Mons. Guérard: Testimonio de la Fe, necesa-riamente requerido de parte de Sacerdotes y fieles.

I) El deber de dar testimonio. “Fideles Christifidem aperte confiteri tenentur quoties eorumsilentium, tergiversatio aut ratio agendi secum-ferret implicitam fidei negationem, contemptumreligionis, injuriam Dei vel scandalum proximi”(Canon 1235 § 1).

Este Canon no hace más que precisar la tansevera advertencia reiterada por el mismo Jesús:“Porque quien se avergonzare de mí y de mispalabras, de ese tal se avergonzará el Hijo delhombre, cuando venga en su majestad, y en lade su Padre, y de los santos ángeles” (Luc. IX,26; 29 de julio); “Mas a quien me negare delan-te de los hombres, yo también le negaré delantede mi Padre que está en los cielos” (Mat. X, 33; 29de noviembre). Dar testimonio es inherente a la vi-da de Fe. Es una norma divina. El Derecho Canó-nico precisa que el silencio; es decir, el no dar tes-timonio, puede significar la negación de la Fe.

Que haya en la tierra una persona que es el Vi-cario de Cristo, a quien todo fiel de Jesucristo debesometerse, es una verdad de Fe. Saber quién es e-sa persona condiciona inmediatamente el ejer-cicio de la Fe, y constituye en consecuencia unacuestión respecto de la cual todo fiel está obliga-do a tomar posición. Es una ley divina.

Que haya en el seno de la Iglesia militante unMagisterio ordinario universal que es infalible, esuna verdad de Fe. Todo fiel debe profesarla y de-be denunciar el error de quienes la niegan. Esuna ley divina.

II) El ejercicio del Testimonio.Es un Testimonio de la Fe por las obras, por

las obras de la vida tanto como por la palabra, quedebe ser permanente; es la sustancia sin la cuallas formas más particulares del Testimonio correnpeligro de ser vanas. “Que los hombres vean vues-tras buenas obras y glorifiquen a vuestro Padrede los Cielos” (Mat. V, 16). La situación actualexige sin embargo insistir en el deber particular dedar testimonio definido en I.

Es necesario a este respecto precisar dos co-sas, cada una concierne con prioridad a los sacer-dotes pero también a todo fiel.

En primer lugar, el acto de dar testimonio de-be realizarse según la medida que imperan la Sa-biduría y la prudencia. Denunciar la herejía, de-nunciar el “facilismo” a que conduce, es necesa-rio para salvaguardar la Vida; pero esta denun-cia, que es negativa, no da la Vida por naturaleza.No conviene entonces que esta indispensable ta-rea se vuelva el principal, o incluso el único temade las catequesis (u homilías) dominicales y de las

conversaciones entre los fieles apegados a la Tra-dición. “Caritas non gaudet super iniquitate, con-gaudet autem Veritati” (I Cor. XIII, 6). El anuncioy el compartir la Verdad revelada sustentan por sísolos fructuosamente el riguroso deber de “dar tes-timonio”. “Intus reformari”: esta es la renunciaque cuesta y lo que da lugar a la critica del otro.

En segundo lugar, y en contrapartida, no hayque dispensarse del riguroso deber de dar testi-monio: “Fideles... aperte confiteri tenentur”. Esuna ley divina, como se ha explicado (I); la cualtiene valor y alcance ex se, y no solamente por laAutoridad actual de la Iglesia. Es entonces un de-lito, y de por sí un pecado extremadamente gra-ve, el que cometen los sacerdotes de Ecône al in-citar a los fieles a no considerar la cuestión del Pa-pa (no obstante concernir inmediatamente a la Fe),para luego fijarlos en su funesto oscurecimientopor la odiosa enseñanza de una herejía. Mons. Le-febvre y los Econianos alegan, para justificar sucomportamiento, el falaz pretexto de “no inquie-tar a los fieles”. Por cierto conviene proceder enforma cuidadosa y paso a paso; pero rechazar por(falso) principio el Iluminar es el pecado contra elEspíritu Santo, pecado que no puede ser perdona-do (Mat. XII, 31). Por otra parte, Jesús no mandóde ninguna manera “no inquietar”. Él, “La Ver-dad” (Jn. XIV, 6), primeramente quiso “dartestimonio de la verdad” (Jn. XVIII, 37). “Cla-mó” la Verdad (Jn. VIII, 37), “sin hacer acep-ción de personas” (Marc. XII, 14), lo cual SanPedro (Actas X, 34) y San Pablo (Rom. II, 11)continuaron. De donde se sigue, ineluctablemen-te, que Jesús (por la Verdad) ha “venido a se-parar (a hacer), que el hombre tenga por ene-migos a los de su casa” (Mat. X, 35-36). Jesús,lejos de “no inquietar” a los discípulos “princi-piantes” cuyo motivo sería impuro, les reprochaesta impureza (Jn. VI, 26), e incluso invita a losDoce a dejarlo (Jn. VI, 67). San Pedro respon-de: “Señor, ¿a quién iremos? Tú tienes palabrasde Vida eterna” (Jn. VI, 68). San Pedro da así

16

La Tiara (en la foto, tiara de Pío IX) es el símbolo de laplenitud del poder papal

espontáneamente la prueba que Jesús fundó SuIglesia sobre la Verdad. Son los fundadores desectas los que, para reclutar adeptos, usan siste-máticamente el slogan: “no inquietar”. No in-quietar ni la falsa tranquilidad ni el juego de laspasiones. Tendrán entonces (¡Satanás por uste-des!) millones de millones de seguidores. Todoesto es pecado grave, contra el Testimonio de lasantísima Fe.

11) Sodalitium: ¿Como prevé el desarrollo ul-terior de esta terrible crisis?

Mons. Guérard: ¿Desarrollo ulterior, desen-lace... de la “crisis”; es decir, de la vacancia for-mal de la Sede Apostólica?

Lo que se designa comúnmente con la frase“crisis de la Iglesia”, es el estado de privación enel cual se halla la Iglesia militante (es decir, elCuerpo Místico de Cristo subsistente en la tierra,el cual no es la “iglesia oficial” como tal). Esteestado de privación tiene una causa “per acci-dens”, por remoción de la causa propia; es lavacancia formal de la Sede Apostólica, al menosdesde el 7/12/65.

¿Cómo puede cesar esta vacancia? El pro-ceso normal, canónico, es conocido. Lo que que-da de Autoridad en la Iglesia militante si el Papacae en herejía o cisma, es la persona moral (de-signada en adelante como M) constituida por elconjunto jerárquico de los Obispos residencialesque profesen (¡entonces!) íntegramente la Fe Ca-tólica. Esta persona moral M debe dirigir al “pa-pa” (ex-Papa) una intimación y debe convocarel Cónclave, lo que asegura al menos en po-tencia la Sucesión apostólica, considerándola

formaliter (es lo que sucede cuando muere unPapa, en particular si el Cónclave debidamenteconvocado debe ser diferido por causas extrínse-cas). Si el “papa” persiste en su error, está ipsofacto fuera de la Iglesia y no es entonces máspapa en absoluto, ni siquiera materialiter. Si el“papa” abjura de su error, toca al Cónclave “de-cidir” la alternativa: o bien este “papa” arre-pentido se vuelve Papa formaliter; o bien, deacuerdo a la bula de Pablo IV, este “papa” haperdido por herejía la aptitud para volverse Pa-pa formaliter que le había conferido, ante laIglesia, el hecho de estar regularmente elegidopor un Cónclave válido. Nunca la Iglesia juzga alPapa. Pero toca a la Iglesia (Cónclave convocadopor M) decidir si, sí o no, hay “reviviscencia ca-nónica”, en el “papa” arrepentido, de la aptitudeclesial para ser Papa. De esta manera, la Igle-sia no juzga en el “papa” sino lo que en él saleformalmente de la Iglesia.

Este proceso evidentemente no puede de-sarrollarse, más que si la persona moral M esuna realidad. Ahora bien, actualmente, los úni-cos Obispos de los cuales es seguro que formanparte de la Iglesia militante (Cuerpo Místico deCristo subsistente en la tierra) son aquellos que“proceden” de Mons. Ngo-Dinh-Thuc (cf. 9 II);en efecto, ellos son unánimes (8) (a diferencia deMons. Lefebvre y de Mons. de Castro Mayer) enafirmar la vacancia al menos formal de la SedeApostólica. Pero, mi opinión es que: en primerlugar, el conjunto de los “Obispos Thuc” no esjerarquizable ni de derecho, ni de hecho (!);en segundo lugar, este conjunto expresamenteordenado a la missio y ajeno a la sessio, esmetafísica y jurídicamente incapaz para cons-tituir la persona moral M. Designo con el nom-bre de conclavismo la opinión y tendencia con-trarias, que rechazo absolutamente.

Faltando M, ¡no hay resolución “canónica”!Solo Jesús pondrá de nuevo la Iglesia en or-den, en y por el Triunfo de Su Madre. Y seráevidente para todos que la salvación vendrá delo Alto.

12) Sodalitium: ¿Que piensa del grupo desacerdotes y seminaristas italianos que se hanconstituido en el “Instituto Mater Boni Consi-lii”?

Mons. Guérard: Instituto Mater Boni Con-silii.

Estoy feliz de manifestar al Instituto y a susmiembros mis votos sobrenaturales y mi fer-viente simpatía. No puedo más que aprobar la

17

finalidad del Instituto, visto que comporta la difu-sión entre los fieles de aquello que precisamentecreo ser la verdad, y de lo cual recordaré ahoralo esencial.

Aprecio por encima de todo y doy gracias aDios de que los Sacerdotes del Instituto tenganla lealtad y el valor de explicar la verdad a todos,sin excepción. “Los pobres son evangelizados”(Mat. XI, 5). Es el signo último que el mismoJesús dio a Juan, cuyos discípulos vinieron a pre-guntarle: “¿Eres tu Él que ha de venir o debe-mos esperar a otro?” (Mat. XI, 2). El signo cru-cial de que el Instituto viene de Jesús es que res-peta a los humildes. “Tratarlos con considera-ción”, “no inquietarlos”, es en el fondo despre-ciarlos, como si solo uno mismo fuese tan pe-netrante como para comprenderlo todo y tanfuerte como para sobrellevarlo; es apoyarse enuno mismo y no en la salvación por la verdad.“Veritas liberavit vos” (Jn. VIII, 32); ¡Veritas!¡non mendacium! Algunos profesan “en prin-cipio” la verdad respecto de la situación de la Igle-sia, pero se dedican a ocultar esta “profesión deFe” y se separan ostensiblemente de quienes laproclaman claramente... “opportune et impor-tune” (II Tim. IV, 2). El Instituto “Mater BoniConsilii” ha sido concebido y ha nacido en la Ca-ridad de la Verdad. Dominus incipit, Ipse perfi-ciat.

Notas

1) Conviene a este propósito responder a una objeción alegadapor Mons. Lefebvre y sus seguidores. Pretenden que “rehusar men-cionar a W en el Te Igitur” es -dicen- “rehusar rezar por el Papa”.Nada de eso es verdad. Conviene, por el contrario, eminentementerezar por W como persona privada, rezar por él y por su conversión,en el Memento de los vivos. Mientras que es evidentemente im-posible rezar por una persona en cuanto asumiría en acto la fun-

Mater Boni Consilii

ción de Vicario de Jesucristo, cuando esta persona realiza actos quesuspenden absolutamente el ejercicio de dicha función.

2) Mons. Thuc tenía, de esta manera, pensiones y mensualida-des para socorrer a los “refugiados” vietnamitas. Cf. mi artículo enBOC (abreviatura de “Bulletin de l’Occident Chrétien”) nº 103(BP 112-92313 Sèvres Cédex).

3) Esta herejía, difundida en todas las capillas y escuelas diri-gidas por “Ecône”, es la siguiente: “El Magisterio Ordinario Univer-sal de la Iglesia no es infalible”. Ahora bien, la Verdad, sostenidapor la Tradición y confirmada por el Vaticano I, es que el Magiste-rio Ordinario Universal es Infalible. Cf. M.L. Guérard des Lau-riers: “De Vatican II à Wojtyla”, apud: “Sous la Bannière”, suplemen-to del nº 8 (Editions Sainte Jeanne d’Arc; les Guillots, 18260Villegenon).

4) He examinado esta cuestión en el artículo “¿Consacrer desEvêques?” (Sous la Bannière, suplemento del nº 3, enero-febrero de1986).

5) “L’Eglise militante au temps de Mgr Wojtyla” (B.O.C. nº 101,junio de 1985, págs. 12-24; en particular, págs. 18-19.

6) El último (¡el más reciente!) episodio de esta satánica du-plicidad es el “golpe del 8 de diciembre de 1986”. Leída íntegramen-te intra muros en los prioratos donde había que convencer a los se-minaristas que dudaban (incluso resueltos a salir de Ecône) de re-novar sus compromisos el 8 de diciembre, la “Declaración” de Mons.Lefebvre (y de Mons. de Castro Mayer) no fue leída públicamentey en su integridad, al menos en algunos prioratos, St Nicolas en par-ticular; la parte principal que rechaza al Vaticano II y a W fue omi-tida. De esta manera, los seminaristas “duros” se quedaron y losfieles continúan siendo engañados.

7) Y esto, incluso si Mons. Lefebvre persiste en querer no ver-lo. Lo explico en el artículo citado en nota 4.

8) Algunos de entre ellos son todavía tímidos, e incluso reti-centes, cuando se trata de proclamar públicamente lo que -ahora-afirman (¡finalmente!) en privado.