ensodos de carros

Upload: henry-garcia

Post on 23-Feb-2018

262 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    1/12

    1

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    Unidad de Orientacin Legal y Derechos del Contribuyente

    Departamento de ConsultasIntendencia de Asuntos Jurdicos

    OBLIGACIONES FORMALES TRIBUTARIAS Y NOTARIALESDERIVADAS DE LA LEGALIZACIN DE FIRMAS EN EL AREA DEENDOSO DEL CERTIFICADO DE PROPIEDAD DE VEHICULOS

    TERRESTRES, QUE REFIERE EL ARTCULO 57 DE LA LEY DELIMPUESTO AL VALOR AGREGADO

    La Superintendencia de Administracin Tributaria con el objeto de coadyuvar conel debido cumplimiento de las obligaciones tributarias formales, pone adisposicin, el presente documento a Notarios, contribuyentes y pblico engeneral, el cual contiene aspectos legales sobre obligaciones formales derivadasde la autorizacin de actas de legalizacin de firmas en el rea de endoso delCertificado de Propiedad de Vehculos Terrestres.

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    2/12

    2

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    DE LA COMPRAVENTA DE VEHCULOS TERRESTRES

    Conforme el artculo 1790 del Cdigo Civil Decreto Ley Nmero 106 establece: Por elcontrato de compraventa el vendedor transfiere la propiedad de una cosa y se comprometea entregarla, y el comprador se obliga a pagar el precio en dinero.

    La gestin de traspaso, constituye una formalidad necesaria para la inscripcin del actoante el Registro Fiscal de Vehculos de la Superintendencia de Administracin Tributaria,registro que tendr como responsable del pago del Impuesto Sobre Circulacin deVehculos Terrestres, Martimos y Areos, a quien figure como propietario en sus registros,

    situacin que cambiar hasta el momento en que la persona que haya adquirido elvehculo realice la inscripcin respectiva.

    Es importante sealar que para efectos del pago del Impuesto al Valor Agregado, elresponsable es el adquirente (comprador) y para el pago de otros impuestos a los que seencuentre afecto el vehculo (Impuesto de Circulacin), continuar siendo responsable elque se encuentre registrado como propietario ante el Registro Fiscal de Vehculos,independientemente del aviso de transferencia de dominio, segn lo establecido en elartculo 58del Reglamento de la Ley del Impuesto Al Valor Agregado.

    Para los casos de compra-venta de vehculos terrestres efectuados antes del 9 de enerodel 2013, se podr presentar el Aviso de Transferencia de Dominio de VehculosTerrestres, conforme lo establece el artculo 57 del Reglamento de la Ley del Impuesto alValor Agregado, Acuerdo Gubernativo Nmero 5-2013, vigente a partir del 9 de enero del2013.

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    3/12

    3

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    DE LA GESTION DE TRASPASO DE VEHCULO AUTOMOTOR

    Para formalizar el traspaso ante el Registro Fiscal de Vehculos, el contribuyente podr optar porla gestin en papel o en forma electrnica, para lo cual debe cumplir los requisitospreestablecidos, los cuales puede ubicar en el siguiente link:

    http://portal.sat.gob.gt/sitio/index.php/impuestos/vehiculos.html

    En importante sealar que tanto en la gestin de traspaso de vehculo con certificado depropiedad con formulario electrnico y en versin papel, constituye requisito indispensableque el respectivo certificado de propiedad de vehculo est debidamente endosado y confirmas legalizadas tanto del vendedor como del comprador ante Notario activo.

    Para el efecto, se proporciona informacin de las Agencias Tributarias en las cuales puederealizar la gestin de traspaso de vehculo automotor:

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    4/12

    4

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    OBLIGACIONES FORMALES QUE DEBEN CONSIDERARSE EN LAAUTORIZACION DE ACTA DE LEGALIZACIN DE FIRMAS EN CERTIFICADO

    DE PROPIEDAD DE VEHCULOS TERRESTRES

    Es requisito indispensable, que el Certificado de Propiedad de Vehculo est debidamenteendosado con las firmas legalizadas tanto del vendedor como del comprador ante Notario activo.

    Para la autorizacin de Acta de Legalizacin de Firmas, los Notarios deben observar lasconsideraciones legales siguientes:

    Por la fe pblica que ostenta el Notario, podr hacer constar y autorizar actos y contratosen que intervenga por disposicin de la ley, como es el caso de legalizacin de firmas tantodel comprador y vendedor en el rea de endoso del Certificado de Propiedad de Vehculo,segn lo previsto en el artculo 1 del Cdigo de Notariado Decreto Nmero 314 y el 57 dela ley del Impuesto al Valor Agregado.

    El Notario que autoriza el acta de legalizacin de firmas, debe ostentar el estatus de activo,para lo cual la Administracin Tributaria en coordinacin con el Archivo General deProtocolos, mantendr actualizado el registro de Notarios activos.

    El Notario legalizar las firmas puestas por los signatarios en el endoso del Certificado dePropiedad de Vehculo, siempre que las mismas sean puestas o reconocidas por el

    comprador y vendedor en presencia del Notario que autoriza, conforme los artculos 54 y551 del Cdigo de Notariado.

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    5/12

    5

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    El Acta de Legalizacin de firmas deber contener segn el artculo 55 del Cdigo deNotariado los siguientes aspectos:

    1. El lugar y la fecha;2. los nombres de los signatarios;3. su identificacin por medios establecidos si no fueren conocidos por el Notario,

    conforme el artculo 29 inciso 4: la identificacin de los otorgantes cuando no losconociere el notario, por medio de la cdula de vecindad (entindase DocumentoPersonal de Identificacin) o el pasaporte, o por dos testigos conocidos por elnotario, o por ambos medios cuando as lo estimare conveniente;

    4. fe de que las firmas son autnticas;5. firmas de los signatarios;6. y las firmas de los testigos, si las hubiere;7. El acta deber llevar la firma y el sello de Notario procedidas, de las palabras: "ante

    m".

    En caso que la firma hubiere sido puesta por una persona a ruego de otra que no supiere ono pudiere firmar, ambas comparecern ante el Notario que autoriza.

    Para el caso de reconocimiento, ser suficiente la concurrencia del obligado, lo que harconstar el notario. La persona que no supiere o no pudiere firmar pondr su impresindigital al pie del acta, segn el artculo 56 del Cdigo de Notariado.

    Es importante sealar que las actas de legalizacin de firmas, deben cubrir el impuesto deltimbre fiscal adhiriendo especies fiscales por el valor de Q.5.00 conforme el artculo 5numeral 7 de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial paraProtocolos, y timbre notarial de Q.10.00 segn el artculo 3 numeral 2, literal c de la Ley deTimbre Forense y Timbre Notarial.

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    6/12

    6

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    EJEMPLO DE ACTA DE LEGALIZACIN DE FIRMAS, EN AREA DE ENDOSO DECERTIFICADO DE PROPIEDAD DE VEHCULO TERRRESTRE:

    Con el nimo de coadyuvar con los contribuyentes, notarios y dems obligados en el debidocumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes, a continuacin se presenta unejemplo de acta de legalizacin de firmas, quedando esta redaccin a criterio de cada notario:

    Juan Antonio Prez L ez 30300 01 01

    30Soltero

    GuatemaltecoArquitecto

    5505120-9 3ra. Calle 02-17 zona 1, Ciudad de Guatemala

    ---------------------------------------------------Jos Hernndez Snchez

    70700 01 01

    Guatemalteco

    33 Soltero

    Ingeniero 3405120-8

    23. Calle 23-15 zona 5, Ciudad de Guatemala ---------------------------------------------------

    Ciudad de Guatemala el 25 de noviembre de 2013.

    VENDEDOR COMPRADOR

    Ciudad de Guatemala Veinticinco de noviembre del dos mil trece

    El seor Juan Antonio Prez Lpez, quien se identifica con el documento personal de identificacin

    nmero treinta mil trescientos, cero uno, cero uno, expedido por el Registro Nacional de las Personasde Guatemala, Guatemala,; y por el seor Jos Hernndez Snchez, quien se identifica con eldocumento personal de identificacin nmero setenta mil setecientos, cero uno, cero uno, expedidopor el Registro Nacional de las Personas de Guatemala, Guatemala. Ledo lo escrito lo ratifican,aceptan y vuelven a firmar, precedidos de la infrascrita Notaria quede todo lo relacionado da fe.

    VENDEDOR COMPRADOR

    Ante m:

    NIT:8888133-9No.XXXX 50467879FIRMA Y SELLO

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    7/12

    7

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    OBLIGACIONES FORMALES NOTARIALES DERIVADAS DE LASLEGALIZACIONES DE FIRMAS DEL ENDOSO DEL CERTIFICADO DE

    PROPIEDAD DE VEHICULOS TERRESTRES

    Conforme el artculo 59 del Cdigo de Notariado, el Notario que autorice actas delegalizacin de firmas, por cada acta debe tomar razn en su propio protocolo dentro deun trmino que no exceder de ocho das.

    Todo Notario que autorice acta de legalizacin de firmas en certificado de Propiedad deVehculos Terrestres est obligado a enviar aviso a la Administracin Tributaria por losmedios que sta disponga, dentro de los primeros 15 das de cada mes, de laslegalizaciones que realiz el mes anterior, conforme el artculo 57 de la Ley de Impuesto alValor Agregado.

    Conforme el artculo 56 del Reglamento del Impuesto al Valor Agregado, AcuerdoGubernativo 5-2013 del Presidente de la Repblica, establece los requisitos mnimos delaviso, siendo estos los siguientes:

    1) Lugar y fecha2) NIT del Notario3) Nmero de colegiado4) Nombres y Apellidos del Notario5) Mes que reporta6) Por cada legalizacin

    a. NIT del comprador.

    b. NIT del vendedorc. Nmero de placa de circulacind. Fecha del endoso

    7) Firma y sello del Notario

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    8/12

    8

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    Para cumplir con la referida obligacin, se deben observar los siguientes requisitos:

    La Administracin Tributaria ha puesto a disposicin de los contribuyentes el formularioSAT-411 Aviso de Legalizacin de Firmas en Certificado de Propiedad de VehculosTerrestres- Registro Fiscal de Vehculos, el cual debe ser completado, firmado y selladopor el Notario.

    El Notario que presenta el referido aviso debe presentar original y fotocopia DocumentoPersonal de Identificacin DPI-. Pasaporte en caso de ser extranjero.

    Cuando el aviso lo presente una tercera persona, adems de los requisitos anteriores debeadjuntar el formulario SAT-362 debidamente firmado con original y fotocopia deldocumento de identificacin.

    La gestin nicamente se puede realizar en Agencias que se describen en el presentedocumento, las cuales cuentan con Registro Fiscal de Vehculos.

    Una vez presentado el Aviso, se le entrega al Notario o tercera persona la Constancia de

    Recepcin de Aviso de Legalizacin de Firmas,

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    9/12

    9

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    Formulario SAT-411 Aviso de Legalizacin de Firmas en Certificado de Propiedad de VehculosTerrestres- Registro Fiscal de Vehculos, el cual se muestra grficamente:

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    10/12

    10

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    Dicho Formulario, es de distribucin gratuita, lo puede adquirir a travs del portal en el vnculoRegistro Fiscal de Vehculos, ingresando al siguiente link:http://portal.sat.gob.gt/sitio/index.php/descargas/doc_download/4083-avisodelegalizaciondefirmas.html, osolicitar su impresin en las Oficinas o Agencias Tributarias de la repblica.

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    11/12

    11

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    Se muestra imagen de Constancia de Recepcin de Aviso de Legalizacin de Firmas:

  • 7/24/2019 Ensodos de Carros

    12/12

    12

    Este material solo puede ser utilizado con fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentoscorrespondientes.

    INFRACCION Y SANCIN DERIVADA DEL INCUMPLIMIENTO DE LAPRESENTACIN DEL AVISO DE LEGALIZACION DE FIRMAS

    Conforme el artculo 30 de Cdigo Tributario toda persona individual o jurdica, est obligada aproporcionar informacin a la Administracin Tributaria sobre actos, contratos, actividadesmercantiles, profesionales o de cualquier otra naturaleza. En ese sentido, la omisin en elcumplimiento de la referida obligacin por parte del notario, es constitutiva de una infraccintributaria sancionable con multa de Q.1,000.00, sin perjuicio del cumplimiento de la obligacin depresentar el Aviso de Legalizacin de Firmas en Certificado de Propiedad de VehculosTerrestres, segn lo regulado en el artculo 94 numeral 16 del Cdigo Tributario.

    No obstante lo anterior, podr gozar de la rebaja hasta de un 85% si presenta el Aviso deLegalizacin de Firmas en Certificado de Propiedad de Vehculos Terrestres de forma voluntaria,es decir, sin ser previamente requerido por la Administracin Tributaria, lo anterior de conformidada lo establecido en el artculo 94 A del Cdigo Tributario.