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Sistema de Evaluación del Desempeño de Jueces DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y CARRERA JUDICIAL DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y CARRERA JUDICIAL Módulo II Carrera Judicial AJP 2012 Carrera Judicial. Sistema de Evaluación del Desempeño de Jueces está distribuido bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Int

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Page 1: ENJ-100 Módulo II - Evaluación del desempeño - Curso Carrera Judicial AJP

Sistema de Evaluación del Desempeño de

Jueces

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y CARRERA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y CARRERA JUDICIALJUDICIAL

Módulo IICarrera Judicial AJP 2012

Carrera Judicial. Sistema de Evaluación del Desempeño de Jueces está distribuido bajo unaLicencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.

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BASE LEGALLey 327-98, Ley de Carrera Judicial, Artículos 26, 27 y 28. Reglamento de la Ley de Carrera Judicial del 1 de noviembre del 2002, Artículos del 95 al 122.Acta del Pleno de la SCJ # 12/2002, de fecha 20 de marzo del 2002.Acta del Pleno de la SCJ # 37/2002, de fecha 19 de septiembre del 2002.Acta del Pleno de la SCJ # 43-05, de fecha 8 de Diciembre de 2005. Resolución No. 2615-2005Resolución 2006-2009 que aprueba el Sistema de Integridad Institucional.Resolución Núm. 31/2011 de fecha 10 de febrero de 2011

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Maximizar la actuación y el rendimiento de los jueces .

Servir de base de comprobación del mérito y la eficiencia.

Determinar necesidades de capacitación y actualización.

Ofrecer una retroalimentación adecuada.

Contribuir al cumplimiento del Sistema de Integridad Institucional (SII).

OBJETIVOS DE LA EVALUACIÓN

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RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN

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RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓNDEL SISTEMA DE EVALUACIÓN

Dirección General de Administración y Carrera Judicial

La Dirección General de Administración y Carrera Judicial es responsable de velar por la supervisión y adecuada aplicación del Sistema de Evaluación del Desempeño.

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RESPONSABILIDADES…CONT.

División de Evaluación del Desempeño

La División de Evaluación del Desempeño, bajo la supervisión de la Dirección para Asuntos de la Carrera Judicial, tiene las siguientes responsabilidades:Programar anualmente las evaluaciones del desempeño.Velar porque las evaluaciones se realicen en las fechas programadas.Asesorar a los Jueces Evaluadores sobre las normas, procedimientos y políticas que rigen la materia.Procesar las informaciones y los datos numéricos obtenidos de los diferentes formularios de labores.Presentar al Presidente de la SCJ, a través de la Dirección General de Administración y Carrera Judicial, informes sobre los resultados obtenidos en las evaluaciones del desempeño de cada juez.Evaluar periódicamente la eficacia del Sistema de Evaluación del Desempeño.

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RESPONSABILIDADES…CONT.Jueces Evaluadores

Realizar las evaluaciones en los períodos acordados en el Reglamento de la Ley de Carrera Judicial.Evaluar el desempeño de los magistrados sometidos jerárquicamente a su supervisión. Realizar la Visita de Evaluación, conforme el procedimiento establecido.Remitir a la DED la evaluación en la fecha que se le requiera.

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RESPONSABILIDADES…CONT.Jueces Evaluados

Colaborar con su participación en todo el proceso de su evaluación, atendiendo a las convocatorias que les sean realizadas durante el proceso.Remitir a la DGCJ los Formularios que les sean requeridos en el proceso de evaluación.Ofrecer las informaciones que le solicite el Juez Evaluador y la requerida en los formularios. Recibir al Juez Evaluador en la fecha prevista para la Visita de Evaluación.

•Comprometerse a cumplir con las recomendaciones finales de su evaluación.

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¿QUÉ SE EVALÚA?

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I. COMPETENCIAS JUDICIALES: DATOS ESTADÍSTICOS

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EJEMPLO: FUNCIONAMIENTO DE LA TABLA PARA CALCULAR LOS

EXPEDIENTES ENTRADOS VERSUS LOS FALLADOS

Aplica para los expedientes fallados, los incidentes fallados, el despacho de los asuntos administrativos, las medidas de coerción dadas, las revisiones de medidas de coerción, los expedientes administrativos en materia de NNA y los casos en materia de referimiento fallados.

Expedientes Entrados 1000Expedientes Fallados 500Porcentaje % Fallados 50%

Porcentaje (según tabla) 65%Valor del Renglón: 40 puntosPuntos obtenidos: 26 de 40

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¿QUIEN DEBE LLENAR LOS FORMULARIOS DE CAPTACIÓN DE DATOS ESTADÍSTICOS?

El Evaluado

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ASPECTOS IMPORTANTES SOBRE LA ESTADÍSTICA DEL JUEZ EVALUADO

1. El juez evaluado debe enviar los formularios de captación de datos estadísticos mensualmente, 10 días después del término de cada mes.

2. El juez evaluado debe enviar las listas de sentencia a la DED, 10 días después del término de cada mes, con los requisitos siguientes:

2.1 En las casillas correspondientes del formulario de captación de datos deben figurar las sentencias definitivas o de fondo que dan fin a un expediente.

No se debe incluir decisiones preliminares o in voce o falladas por un juez suplente. (Si se incluyen las

sentencias de suplentes, en la lista, debe especificarlo)2.2 La cantidad de sentencias descritas en la lista

debe coincidir con el número de sentencias que ya fue reportado, en cada mes del año, en el formulario de

captación de datos estadísticos.

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SOBRE LA ESTADÍSTICA…CONT.1. Las rebeldías deben ser reportadas en el mes de diciembre de

cada año.

1. Los expedientes sin movimiento procesal en los últimos 4 meses del año deben reportarse en el mes de diciembre de cada año, en una lista que incluya los números de los expedientes.

1. Si por la advertencia de un error material involuntario, el evaluado requiere modificar la información ya reportada, debe hacerlo mediante una comunicación a la DED, anexando el nuevo formulario, en un tiempo no menor a 2 meses después de haber enviado el formulario original. 1. El no envío de los reportes estadísticos mensuales y de las listas de las sentencias dictadas, en ninguno de los meses del

año, impide la selección de las 5 sentencias y en consecuencia se pierde la puntuación correspondiente a la estructuración de la sentencia.

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Estructuración de la Sentencia

Es el análisis de cinco Sentencias definitivas emitidas o dadas por el Juez Evaluado, en el año sujeto a evaluación.

Nota: El formulario de la estructuración de la sentencia, cambia según el tipo de jurisdicción de que se trate. Por ej.: civil, laboral, penal, NNA, etc.

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QUIEN LLENA EL FORMULARIO DE LA ESTRUCTURACIÓN DE LA SENTENCIA?

Evaluador

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II. Competencias No Judiciales:Sistema de Integridad Institucional

(SII)

Evaluación que se realiza a 17 de los principios establecidos por el Sistema de Integridad Institucional y el Código de Comportamiento Ético de la Institución.

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PRINCIPIOS EVALUADOS

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Dirección para Asuntos de la Carrera JudicialDivisión de Evaluación del Desempeño

Evaluación Sistema Integridad Institucional

Instrucciones Generales: 1: No aceptable: La persona evaluada no muestra este principio y por lo tanto no evidencia el modelo institucional. 2: Debajo del promedio: La persona evaluada muestra este principio por debajo de lo esperado por la institución. 3: Promedio: La persona evaluada muestra este principio con una frecuencia mínima a la requerida por la institución. 4: Encima del promedio: La persona evaluada muestra este principio con una frecuencia casi permanente ajustándose al modelo esperado por la Institución 5: Sobresaliente: La persona evaluada muestra este principio de forma permanente representando el modelo institucional.             

Num. Principio 1 2 3 4 5 Totales1 Conciencia funcional e institucional y Responsabilidad: Conocimiento pleno de las funciones

relacionadas con el ejercicio de su competencia actuando con disposición y diligencia en el cumplimiento de las mismas, fundamentada en el respeto al ser humano y asumiendo las consecuencias de la conducta pública. (Refiérase a principios 1 y 22)

         

 

2 Credibilidad: a través de sus actuaciones y el cumplimiento de la normativa genera confianza al usuario interno y externo y al ciudadano.

         

 

3 Cortesía: trato afable en la forma de expresar las buenas costumbres, con amabilidad, gentileza y respeto a los usuarios del servicio de justicia.

         

 

4 Decoro: impone el respeto y dignidad para sí y para los usuarios internos y externos que acuden en solicitud de atención o demanda de algún servicio.

         

 

5 Disciplina: observancia y estricto cumplimiento de las normas administrativas de la Institución.          

 

6 Eficacia, eficiencia y efectividad: Capacidad de lograr los objetivos y metas programadas, con los recursos disponibles y en un tiempo predeterminado, realizándolos con el cuidado y el esfuerzo según las políticas establecidas por la institución. (Refiérase a principios 6 y 7)

         

 

7 Equidad, Igualdad e Imparcialidad administrativa: Todas las personas son iguales ante la ley, deben ser tratadas justa y adecuadamente conforme a las mismas reglas, por lo que los servidores judiciales deben ser y exhibir una conducta neutral respecto de quien demanda un servicio. (Refiérase a principios 8, 12 y 14)

         

 

8 Excelencia: esmero en lograr niveles óptimos de desempeño sobre la base de los estándares de calidad establecidos.

         

              

 Número de factores calificados en cada nivel

 Puntos obtenidos con respecto al máximo posible (principios evaluados por 5)          

  Porcentaje obtenido y puntuación con respecto a 15 (valor del renglón en la evaluación)              Calificación del renglón  

Ej. Formulario

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QUIEN EVALÚA EL SII?

Juez evaluadorJuez homólogo, en su defecto un oficinistaSecretaria, en su defecto un abogado ayudante.Dos usuarios del servicio judicial

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VISITA DE EVALUACIÓN

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ASPECTOS IMPORTANTES DE LA VISITA

DE EVALUACIÓN

1. El formulario contentivo de la labor estadística del juez evaluado debe ser revisado por el evaluado y firmado por él y por el evaluador.

2. Si el evaluado no ha reportado la labor estadística en algún mes del año, debe explicar a su evaluador el por qué de esta situación.

3. Cuando el evaluador solicita al secretario las 5 sentencias para evaluar la estructuración, debe hacerlo en el tribunal, nunca fuera del órgano judicial.

4. Si de las 5 sentencias a ser evaluadas alguna o todas no aparecen o fueron dictadas por un suplente, no podrá escogerse otra para sustituirla y perderá la puntuación correspondiente a la (s) sentencia (s) de que se trate.

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1. No dar respuesta a la Unidad de Seguimiento de Casos (USC), en relación a la solicitud de un ciudadano de que sea activado un caso a su cargo.

2. Envío del informe de gestión (artículo 91 RCJ).3. Envío por parte de los jueces de las Cortes de Apelación

y los Tribunales Colegiados de Primera Instancia, de las sentencias a la DED.

4. Envío de una relación con la cantidad de sentencias emitidas cada mes, con su respectiva numeración.

El incumplimiento de alguna de estas normas por parte de los jueces evaluados, conllevará a la disminución de 1 punto, excepto, cuando se refiere a la USC; se le disminuirá 1 punto por cada carta de reiteración sobre el fallo de un expediente.

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS INSTITUCIONALES

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ESCALA DE RENDIMIENTO

Calificación Final en la Escala  Evaluación del Desempeño:

96-100 puntos Excelente 90-95 puntos Muy Bueno 80-89 puntos Bueno

70-79 puntos Suficiente 0 -69 puntos Deficiente

* La puntuación mínima requerida para aprobar es 70 puntos.

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MEDIDAS A EJECUTARSE COMO RESULTADO DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO

96-100 (Excelente)

90-95 (Muy Bueno)

80-89 (Bueno)

70-79 (Suficiente)

0-69 (Deficiente)

Estará en condiciones de ser ascendido a un cargo superior vacante o promovido a cargos de carrera.

Para permanecer en el cargo, ser promovido y reconocido.

Para permanecer en el cargo, traslado en forma transitoria o permanente, o ser incluido en un programa de capacitación.

Los Jueces evaluador con calificación suficiente solo tendrán acceso a los programas de capacitación ordinarios que ofrece la Escuela Nacional de la Judicatura.

El juez evaluado con calificación deficiente serán objeto de la aplicación de la sanción disciplinaria, que consiste en la suspensión por un periodo de hasta 30 días y a la capacitación correspondiente en la Escuela Nacional de la Judicatura por el mismo periodo.

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PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO.

Conforme lo establece el art.119 del RLCJ

Esta comisión estará integrada por tres Jueces, que serán designados por la Suprema Corte de Justicia para cada caso que se presente, en interés de garantizar al máximo los procesos de evaluación de los jueces del orden judicial.

La Comisión conocerá del recurso de revisión de la evaluación del desempeño del Juez Evaluado inconforme con la misma,, pudiendo disponer, cuando considere que la Evaluación se ha fundamentado en factores subjetivos, que otro Juez Evaluador realice la Evaluación.

En caso de que la Comisión considere que la evaluación objeto de revisión ha sido realizada de conformidad con la Ley y el Reglamento, procederá a confirmar dicha evaluación.

La Comisión informará de su decisión al Juez Evaluado y al Juez Evaluador, a través de la Dirección General de Administración y Carrera Judicial.

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RECOMENDACIONES PARA EL JUEZ CON CALIFICACIÓN DEFICIENTE

El juez evaluado con calificación deficiente será suspendido por un periodo de hasta treinta (30) días, de acuerdo con el numeral 6 del Artículo 65 de la LCJ, y el artículo 113 del RLCJ, fijando el término de su suspensión el tribunal jerárquicamente superior.

En interés de retener en el servicio judicial al Juez Evaluado con calificación deficiente, éste tiene pleno derecho de cursar los programas de capacitación que al efecto prepare la Escuela Nacional de la Judicatura, según establece el artículo 114 del RLCJ.

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PROCESO ANUAL DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DE LOS JUECES

1. Programación anual de la Evaluación del Desempeño.

2. Solicitud al Consejo del Poder Judicial la designación de los jueces evaluadores de los Jueces de las Cortes de Apelación .

3. Solicitud a los Presidentes de Cortes de Apelación sobre la designación de los Jueces Evaluadores de los Jueces de Primera Instancia y de Paz.

4. Notificación a los Jueces Evaluadores que han sido designados como tales.

5. Notificación a los Jueces evaluados sobre quién será su Evaluador.

6. Programación y Desarrollo del Seminario Taller para instruir y capacitar sobre el proceso de Evaluación del Desempeño, a todos los involucrados en el mismo.

7. Suministro al Juez Evaluador del Instrumento de evaluación de las competencias judiciales, la estructuración de la sentencia y las competencias no judiciales.

8. Corrección de los diferentes Instrumentos de evaluación.

9. Remisión del resultado final de la evaluación de todos los Jueces Evaluados al Director General de Administración y Carrera Judicial.

10. Remisión de los resultados finales al Evaluado.

11. Publicación de los resultados finales del proceso en la Web.