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En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 12:00 doce horas del día 29 veintinueve de Agosto del año dos mil doce, en el Salón de Cabildo del Palacio Municipal, fecha y hora señalada para que tenga verificativo la Decimotercera Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2012, de la Administración Municipal para el periodo 2009-2012, da inicio estando presentes: La Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre, Presidenta Municipal; los CC. Ramón Oyarvide Escalante; Alberto Rojo Zavaleta; Miguel Naya Guerrero; Cristina de los Ángeles Martí Artolózaga; Luis Isaác Rojas Montes; Abraham Sánchez Martínez; Gonzalo Benavente González; Silvia Emilia Degante Romero; Rogelio Bárcenas Meléndez; Juan José Ruiz Hernández; Sara Catalina Ramos Reyna; Delia Margarita Morales Martínez; así como los Síndicos Rocío del Carmen Mata Rangel y Luis Miguel Meade Rodríguez, todos ellos integrantes del H. Ayuntamiento de la Capital para el trienio 2009-2012, así como Lic. Emigdio Ilizaliturri Guzmán, en su carácter de Secretario del H. Ayuntamiento.---------------------------------------------------- -- Instalado el acto, se abre la Sesión bajo el siguiente: ------ ---------------------------- Orden del Día ---------------------- I.- Lista de Asistencia; ----------------------------------- II.- Declaración de Validez de la Sesión; ------------------- III.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de Hacienda IV.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas. ---------------------------- V.- Solicitud de la Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre, Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento, relativo a cambio de recinto para Sesión Solemne, el 1° de Octubre de 2012.------------------------------------------------ VI.- Solicitud del Regidor Rogelio Bárcenas Meléndez, relativa a: a) Iniciativa con Proyecto de Decreto que crea el Consejo Consultivo de movilidad en bicicleta del Municipio de San Luis Potosí; y b) Proyecto de Reforma al artículo 166 y se adiciona la fracción XIX al artículo 167 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí; ------------- VII.- Solicitud de Regidor Ramón Oyarvide Escalante, relativo a servicio funerario de los empleados del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí, de policías y sus familiares; -------------------------------------------- VIII.- Solicitud del Regidor Miguel Naya Guerrero, relativo a información sobre Procedimiento Administrativo; -------- IX.- Clausura.----------------------------------------------- -- Como punto I del Orden del Día.- En uso de la palabra, el Lic. Emigdio Ilizaliturri Guzmán, Secretario del H. Ayuntamiento conforme al artículo 19 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, procede a pasar lista de asistencia, da cuenta a la Ciudadana Presidenta Municipal, Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre, que se encuentran presentes doce Regidores y dos Síndicos. Se informa a los miembros del Cabildo que se recibieron escritos de los Regidores Luis Miguel Ávalos Oyervides, Luz Elena Arellano Aguilar y Juan Víctor Almaguer Torres, solicitando se justifiquen sus inasistencias a la presente Sesión, por motivos de agenda.--------------------------

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En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del mismo

nombre, siendo las 12:00 doce horas del día 29 veintinueve de

Agosto del año dos mil doce, en el Salón de Cabildo del Palacio

Municipal, fecha y hora señalada para que tenga verificativo la

Decimotercera Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2012, de la

Administración Municipal para el periodo 2009-2012, da inicio

estando presentes: La Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre,

Presidenta Municipal; los CC. Ramón Oyarvide Escalante; Alberto

Rojo Zavaleta; Miguel Naya Guerrero; Cristina de los Ángeles

Martí Artolózaga; Luis Isaác Rojas Montes; Abraham Sánchez

Martínez; Gonzalo Benavente González; Silvia Emilia Degante

Romero; Rogelio Bárcenas Meléndez; Juan José Ruiz Hernández; Sara

Catalina Ramos Reyna; Delia Margarita Morales Martínez; así como

los Síndicos Rocío del Carmen Mata Rangel y Luis Miguel Meade

Rodríguez, todos ellos integrantes del H. Ayuntamiento de la

Capital para el trienio 2009-2012, así como Lic. Emigdio

Ilizaliturri Guzmán, en su carácter de Secretario del H.

Ayuntamiento.----------------------------------------------------

-- Instalado el acto, se abre la Sesión bajo el siguiente: ------

---------------------------- Orden del Día ----------------------

I.- Lista de Asistencia; -----------------------------------

II.- Declaración de Validez de la Sesión; -------------------

III.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de Hacienda

IV.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de

Alumbrado y Obras Públicas. ----------------------------

V.- Solicitud de la Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre,

Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento, relativo a

cambio de recinto para Sesión Solemne, el 1° de Octubre

de 2012.------------------------------------------------

VI.- Solicitud del Regidor Rogelio Bárcenas Meléndez,

relativa a:

a) Iniciativa con Proyecto de Decreto que crea el

Consejo Consultivo de movilidad en bicicleta del

Municipio de San Luis Potosí; y

b) Proyecto de Reforma al artículo 166 y se adiciona la

fracción XIX al artículo 167 del Reglamento Interno

del Municipio Libre de San Luis Potosí; -------------

VII.- Solicitud de Regidor Ramón Oyarvide Escalante, relativo

a servicio funerario de los empleados del H.

Ayuntamiento de San Luis Potosí, de policías y sus

familiares; --------------------------------------------

VIII.- Solicitud del Regidor Miguel Naya Guerrero, relativo a

información sobre Procedimiento Administrativo; --------

IX.- Clausura.-----------------------------------------------

-- Como punto I del Orden del Día.- En uso de la palabra, el Lic.

Emigdio Ilizaliturri Guzmán, Secretario del H. Ayuntamiento

conforme al artículo 19 del Reglamento Interno del Municipio

Libre de San Luis Potosí, procede a pasar lista de asistencia, da

cuenta a la Ciudadana Presidenta Municipal, Lic. Victoria Amparo

Labastida Aguirre, que se encuentran presentes doce Regidores y

dos Síndicos. Se informa a los miembros del Cabildo que se

recibieron escritos de los Regidores Luis Miguel Ávalos

Oyervides, Luz Elena Arellano Aguilar y Juan Víctor Almaguer

Torres, solicitando se justifiquen sus inasistencias a la

presente Sesión, por motivos de agenda.--------------------------

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Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

-- Como punto II del Orden del Día.- De acuerdo con lo dispuesto

en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre;

artículos 20 y 46 del Reglamento Interno, la Ciudadana Alcaldesa

Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre, Presidenta Municipal,

declara que esta Sesión de Cabildo es válida, en virtud de que

existe quórum, por lo que las decisiones y acuerdos que se tomen

en ella tendrán validez y serán obligatorios. -------------------

-- Como punto III del Orden del Día.- Dictamen que presenta la

Comisión Permanente de Hacienda.- El Secretario del H.

Ayuntamiento, hace del conocimiento de los presentes que se

recibió escrito del Presidente de la Comisión de Hacienda,

solicitando se agendara un punto dentro del orden del día, por lo

que con fundamento en el artículo 89 Fracción VIII del Reglamento

Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí, se presenta el

dictamen de la Comisión señalada. Hace uso de la voz, el Síndico,

Lic. Luis Miguel Meade Rodríguez, para señalar lo siguiente:

“Muchas gracias, con su permiso compañeros de Cabildo, en primer

lugar, solicito someter a la consideración de mis compañeros

miembros del Cabildo la dispensa de la lectura del dictamen por

haber sido circulado con anterioridad”. En uso de la voz, el

Secretario del H. Ayuntamiento, señala lo siguiente: “A petición

del Presidente de la Comisión en turno, se solicita expresen su

autorización para la dispensa de la lectura del dictamen, quienes

se encuentren a favor sírvanse manifestarlo levantando su mano,

POR UNANIMIDAD LA DISPENSA DE LA LECTURA. En uso de la voz, el

Síndico Municipal, Lic. Luis Miguel Meade Rodríguez, señala lo

siguiente: “Muchas gracias Señor Secretario, toda vez que los

puntos fueron aprobados por unanimidad excepto el punto número

tercero de nuestro dictamen, solicito someter a la aprobación de

mis compañeros de Cabildo los puntos relativos desde el 1 uno, 2

dos, 4 cuatro, 5 cinco, 6 seis, 7siete y 8 ocho mismos que fueron

aprobados por unanimidad de la Comisión respectiva”. Interviene

el Regidor Alberto Rojo Zavaleta, para manifestar lo siguiente:

“Muy buenas tardes, en oposición a lo que solicita el señor

Síndico, yo pediría muy respetuosamente que cada uno de los

bloques fuera votado de manera individual para que quienes no

estuvimos presentes en la aprobación de este dictamen, pudiéramos

expresar nuestra aprobación o desaprobación de manera individual

sobre cada bloque”. Hace uso de la voz, el Regidor Juan José Ruiz

Hernández, para mencionar lo siguiente: “Bueno, si cada uno de

los puntos que están planteados en el dictamen de Hacienda, fue

discutido ampliamente en Comisiones y si alguno de nosotros por

algunas circunstancias relativas al mismo trabajo, no puede

asistir a la reunión de Comisiones, pues no vamos a repetir la

discusión, yo lo que opino es, que se vote como siempre lo hemos

hecho, en bloque, porque esto ya fue discutido en Comisiones, y

que en el caso específico, si alguien tiene alguna consideración

en particular, que esto ya fue abordado en suficiente amplitud en

la Comisión de Hacienda, yo estoy de acuerdo en que votáramos en

bloque”. Nuevamente interviene el Regidor Alberto Rojo Zavaleta,

para señalar lo siguiente: “Nada más quisiera aclarar, que quizás

no me escucho el Regidor y por eso su comentario, pero yo no pedí

que se abriera la discusión, yo nada más que la votación fuera de

manera individual”. Interviene el Secretario del H. Ayuntamiento,

para mencionar lo siguiente: “Así es, yo lo que quisiera sugerir

sin el afán de encontrar un punto de consenso general en la mesa

y si no someter las dos propuestas a consideración, la de la

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Viene de la Página No. 2 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

votación que ha hecho en bloque el presidente, la de la votación

punto por punto que ha hecho el regidor Rojo Zavaleta, yo

sugeriría en todo caso como en razón de que no asistió a la

Comisión pero si posee los dictámenes en tiempo y forma que

fueron circulados por la misma, si alguno de ustedes tiene un

voto en contra, de todas maneras de estos puntos que se sometan

en bloque, no quiere decir que voten en bloque la unanimidad,

alguien puede votar a favor o en contra o tenga algún

razonamiento, si así lo desea, ¿correcto? Yo sugeriría esta

dinámica para encontrar un consenso si estuvieran de acuerdo

regidor si le parecería bien así y si no someteríamos los puntos

a la decisión del Cabildo”. El Regidor Alberto Rojo Zavaleta,

señala que el manifestó su punto de vista. En uso de la voz, el

Secretario del H. Ayuntamiento, señala lo siguiente: “De tal

suerte que esta Secretaría, preguntaría por la aprobación en

bloque de los puntos 1, 2, 4, 5, 6, 7 Y 8 propuestos por la

Presidencia de la Comisión, quienes se encuentren a favor de los

mismos, sírvanse manifestarlos levantando su mano, ¿quienes se

encuentren en contra? ¿Abstenciones? Con 2 dos votos en contra,

cero abstenciones, se aprueban por mayoría los puntos 1, 2, 4, 5,

6, 7 y 8 del dictamen”. Hace uso de la voz, el Síndico Lic. Luis

Miguel Meade Rodríguez, para señalar lo siguiente: “Muchas

gracias Secretario, me permito entonces someter a consideración

de este Honorable Cabildo el punto tercero del Dictamen de la

Comisión de Hacienda referente a la solicitud del predio ubicado

en el fraccionamiento Valle Escondido, a favor de la asociación

Universidad de Ciencias y Arte del Potosí A.C. para la

construcción del Jardín de Niños Gabriela Mistral”. El Secretario

del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del

Cabildo el tercer bloque del dictamen, relativo a la DONACIÓN DE

UN PREDIO UBICADO EN EL FRACC. VALLE ESCONDIDO PARA LA

CONSTRUCCIÓN DEL JARDIN DE NIÑOS “GABRIELA MISTRAL”, como ha

quedado establecido en el dictamen; y de conformidad con lo que

establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, se

procede a realizar la votación en forma económica y simple, por

lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a

votar levantando su mano. CON UNA ABSTENCIÓN CERO VOTOS EN

CONTRA, SE APRUEBA POR MAYORÍA EL PUNTO TERCERO DEL DICTAMEN QUE

PRESENTA LA COMISIÓN DE HACIENDA”. ------------------------------

-- Se inserta el dictamen de la Comisión de Hacienda como sigue:

Julio 30, de 2012, HONORABLE CABILDO MUNICIPAL, PRESENTE.- De

conformidad con las facultades de la Comisión Permanente de

Hacienda del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí, se somete a

consideración del pleno de este Cabildo Municipal, los acuerdos

tomados en sesión de la misma, en fecha 27 de agosto de 2012, a

efecto de que se proceda al análisis, discusión y aprobación del

siguiente: DICTAMEN: I.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DEL PAGO QUE

SE TIENE CON LA EMPRESA “PAVIASFALTOS” S.A. DE C.V. DERIVADO DE

LOS TRABAJOS DE OBRA EJECUTADOS POR LA MISMA, DENOMINADOS PRIMERA

ETAPA DEL CENTRO LOGÍSTICO MUNICIPAL DE DISTRIBUCIÓN Y ABASTO, EN

PERIFÉRICO NORTE ESQUINA CAMINO A HUIZACHILLOS FRACCIONAMIENTO

“MARÍA CECILIA”. Una vez analizados los antecedentes de

conformidad con la información proporcionada por la Dirección de

Obras Publicas, la Comisión Permanente de Hacienda acuerda por

UNANIMIDAD de votos, aprobar el pago a la Empresa PAVIASFALTOS

S.A. DE C.V., por la cantidad y en los términos del dictamen

presentado ante la comisión del cual se anexa copia. En uso de la

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Viene de la Página No. 3 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de

los miembros del Cabildo, la aprobación del Primer bloque del

dictamen que presenta la Comisión de Hacienda, COMO HA QUEDADO

ESTABLECIDO, Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS

55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN

EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS

DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO

ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE

VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO

ROJO ZAVALETA y MIGUEL NAYA GUERRERO.----------------------------

-- II.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DEL PAGO QUE SE TIENE CON LA

EMPRESA ING. JOSÉ LUIS MUSA ABAD, DERIVADO DE LOS TRABAJOS DE

OBRA EJECUTADOS POR EL MISMO, DENOMINADOS PAVIMENTACIÓN DE

CARPETA ASFALTICA DE LA CALLE DOS, TRAMO HERNÁN CORTEZ A CALLE

NOVENA DE LA COLONIA INDUSTRIAL AVIACIÓN. Una vez analizados los

antecedentes de conformidad con la información proporcionada por

la Dirección de Obras Publicas, la Comisión Permanente de

Hacienda acuerda por UNANIMIDAD de votos, aprobar el pago a la

Empresa ING. JOSÉ LUIS MUSA ABAD, por la cantidad y en los

términos del dictamen presentado ante la Comisión del cual se

anexa copia”. En uso de la voz, el Secretario del H.

Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,

la aprobación del segundo bloque del dictamen que presenta la

Comisión de Hacienda, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE

CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL

REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA

ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL

CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,

SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR

Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y

MIGUEL NAYA GUERRERO.--------------------------------------------

-- III.- SOLICITUD DE DONACIÓN DEL PREDIO UBICADO EN EL

FRACCIONAMIENTO “VALLE ESCONDIDO”, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN

“UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y ARTES DEL POTOSÍ, A.C., PARA LA

CONSTRUCCIÓN DEL JARDÍN DE NIÑOS “GABRIELA MISTRAL”. Se analizó

la solicitud de donación suscrita por Asociación “Universidad de

Ciencias y Artes del Potosí, A.C., sobre el predio ubicado en el

Fraccionamiento “Valle Escondido” de esta ciudad, con superficie

de 2,037.39 m2, el cual será utilizado para la construcción de

del Jardín de Niños “Gabriela Mistral”, por lo cual esta Comisión

acuerda por MAYORÍA de 6 votos a favor y 1 abstención de la

Regidora Sara Catalina Ramos Reyna, realizar dicha enajenación

con las siguientes condicionantes:

a) Que el predio donado se utilizará única y exclusivamente para

la construcción del Jardín de Niños “Gabriela Mistral”,

correspondiéndole la superficie, medidas y colindancias

siguientes:

SUPERFICIE: 2,037.39 m2.

AL NORTE: 102.42 metros en dos líneas, la primera de 20.98

metros, y la segunda de 81.44 metros, lindan ambas con propiedad

del señor Francisco Hernández.

AL SUR: 99.08 metros, en dos líneas que mide la primera 94.01

metros, y la segunda 5.07 metros, lindan con Camino Antiguo a

Mexquitic.

AL PONIENTE: 16.37 metros, linda con calle Valle Grande.

AL ORIENTE: 44.12 metros, linda con propiedad privada.

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Viene de la Página No. 4 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

AL SUR-PONIENTE: 5.73 metros, en pancoupet que forman las calles

Valle Grande y Camino Antiguo a Mexquitic.

b) Los trabajos de construcción del Jardín de Niños “Gabriela

Mistral” deberán iniciarse dentro de los 6 seis meses siguientes,

y concluir los mismos en el lapso de doce meses, ambos plazos

contados a partir de la autorización del H. Cabildo, por lo que

en caso de no cumplir con dichas condicionantes, el inmueble se

revertirá de plano al Honorable Ayuntamiento de San Luis Potosí,

S.L.P., con las construcciones y mejoras que en su caso llegue a

tener, previo juicio tramitado ante la autoridad competente.

c) De igual manera operará la reversión del predio cuando deje de

usarse para los fines para el que fue donado, quedando impedida

la parte donataria a transmitir o realizar cualquier operación de

traslado de posesión o de propiedad sobre dicho predio.

d) Que en virtud de que un colindante con el predio se encuentra

promoviendo en contra del Ayuntamiento una servidumbre de paso,

misma que se ventila en el juzgado sexto del Ramo Civil bajo el

expediente 928/2011, se determina que en caso de que la autoridad

judicial emitiera una resolución favorable al demandante, la

parte donataria quedaría obligada solidariamente a respetar y

observar la decisión judicial en su carácter de beneficiaria de

la donación, ello en virtud de que adquiere el predio con todo

por cuanto de hecho y por derecho le corresponda en la

actualidad, incluyendo los litigios en los que se encuentre

inmerso o llegaran a desprenderse de la demanda de servidumbre.

La conformación del expediente se realizó de conformidad con los

artículos 114 fracción II, inciso b) de la Constitución Política

del Estado, 75 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio

Libre; 24, 25, 30, 32, 33, 35, 36, 37, 38, 39, 43 y 57 del

Reglamento para la Enajenación de Bienes Municipales. Amén de los

preceptos legales antes citados, me permito fundamentar en los

siguientes términos la facultad que tiene la autoridad municipal

para enajenar su patrimonio por medio de donación sin necesidad

de acudir ante el H. Congreso del Estado a solicitar su

autorización, fundamento que solicito quede integrado en el texto

del Acuerdo de Cabildo, en caso de ser aprobada la donación.

“De conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 fracción

II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos y 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San

Luis Potosí, el Ayuntamiento de esta Capital puede disponer

libremente de su patrimonio inmobiliario municipal sin necesidad

de solicitar la aprobación previa de la legislatura local,

debiendo únicamente contar con el voto de cuando menos las dos

terceras partes de los miembros del Cabildo.

Así lo ha confirmado la Suprema Corte de Justicia de la Nación en

distintos criterios judiciales federales, tal como la tesis de

jurisprudencia P./J. 36/2003 en la que interpreta el contenido

del artículo 115, fracción II, inciso b) Constitucional, y en la

que determina que CUALQUIER NORMA QUE SUJETE A LA APROBACIÓN DE

LA LEGISLATURA LOCAL LA DISPOSICIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DEL

MUNICIPIO DEBE DECLARARSE INCONSTITUCIONAL, criterio que de la

misma forma fue corroborado por dicha Corte Suprema al resolver

la Controversia Constitucional número 50/2009 promovida por el

Ayuntamiento de la Capital en contra del Congreso del Estado de

San Luis Potosí y a través de la cual se pronunció a favor de la

facultad del Ayuntamiento de la Capital para disponer de sus

bienes sin necesidad de la aprobación de la legislatura local”.

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Viene de la Página No. 5 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

Además del fundamento anterior, sirve de sustento y precedente

legal la resolución dictada en el amparo en revisión

administrativa 131/2012 de fecha 31 de Junio de 2012, pronunciada

por el Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en San Luis

Potosí, en cuyo resolutivo tercero establece que la Justicia de

la Unión ampara y protege a AGUAS DEL PONIENTE POTOSINO, S.A. de

C.V., en contra de los artículos 57, fracción XXXII, 114 fracción

VIII, segundo párrafo, y 115 primer párrafo de la Constitución

Política del Estado Libre y Soberano de San Luís Potosí, que

facultan al Congreso del Estado para autorizar las concesiones de

los servicios públicos que le corresponden a los Municipios en

forma exclusiva, y el resto de los artículos inferiores a la

Constitución del Estado que guardan relación con dicha

atribución, que reclamó a las autoridades que conformaron el

proceso legislativo que concluyó en la vigencia de los mismos,

así como en contra los actos de aplicación por parte del Congreso

del Estado de San Luis Potosí, a través de su Comisión del Agua”.

En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a

consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del

tercer bloque del dictamen que presenta la Comisión de Hacienda,

COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 14 CATORCE VOTOS A FAVOR Y UNA ABSTENCIÓN

DEL REGIDOR ALBERTO ROJO ZAVALETA. ------------------------------

-- IV.- MODIFICACIÓN AL ACUERDO DE CABILDO EMITIDO EN FECHA 15 DE

NOVIEMBRE DE 2011, RELATIVA A LA DONACIÓN A FAVOR DE LA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ, DE UN PREDIO UBICADO EN

EL CAMINO A SANTA RITA, PERTENECIENTE A LA DELEGACIÓN DE VILLA DE

POZOS, S.L.P. LA CUAL TIENE POR OBJETO ESPECIFICAR LA SUPERFICIE

REAL QUE SE DONA A DICHA INSTITUCIÓN. Se aprueba por UNANIMIDAD

de votos, se modifique el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de

Noviembre de 2011, únicamente en la parte conducente a la

cantidad de metros donados, y se especifique lo siguiente:

a) Que la superficie real donada a favor de la Universidad

Autónoma de San Luis Potosí es de 315,247.12m2, con las

medidas y colindancias siguientes:

AL NORTE: En cinco líneas. La primera de poniente a oriente con

una inclinación 117.53 metros; la segunda de norte a sur con una

inclinación de 162.41 metros; la tercera de poniente a oriente de

322.52 metros; la cuarta de norte a sur con una inclinación de

7.22 metros y, la quinta, de poniente a oriente con una

inclinación de 23.83 metros, lindan con varios propietarios.

AL SUR: En cinco líneas. La primera de poniente a oriente con una

inclinación de 323.50 metros; la segunda de norte a sur con una

inclinación de 150.00 metros; la tercera de poniente a oriente

con una inclinación de 103.00 metros; la cuarta de poniente a

oriente con una inclinación de 84.72 metros, y la quinta, de

poniente a oriente de 233.50 metros, lindan con Rancho el Olvido.

AL ORIENTE: En cuatro líneas. La primera de sur a norte con una

inclinación de 93.50 metros; la segunda de oriente a poniente con

una inclinación de 140.80 metros; la tercera de sur a norte de

325.00 metros y, la cuarta, en la misma dirección con una

inclinación de 94.00 metros, linda con Camino a Santa Rita y con

el Sr. Jesús Ponce.

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Viene de la Página No. 6 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

AL PONIENTE: 750.00 metros, linda con Antiguo Camino de los

Castillos.

b).- Que lo anterior no modifica el objeto para el cual fue

donado el predio, ni las demás condicionantes a las que haya

quedado sujeta dicha donación. En uso de la voz, el Secretario

del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del

Cabildo, la aprobación del cuarto bloque del dictamen que

presenta la Comisión de Hacienda, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y

DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL

REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA

ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL

CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,

SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR

Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA Y

MIGUEL NAYA GUERRERO.--------------------------------------------

V.- SOLICITUD DE DONACIÓN DE UNA PARTE DE UN PREDIO PROPIEDAD

MUNICIPAL A FAVOR DEL ORGANISMO INTERMUNICIPAL DE AGUA POTABLE,

ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN

PEDRO, SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ Y SAN LUIS POTOSÍ (INTERAPAS),

UBICADO EN EL FRACCIONAMIENTO ALPES DE ESTA CIUDAD. Se analizó la

solicitud de donación suscrita por el Organismo Intermunicipal de

Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de los municipios de

Cerro de San Pedro, Soledad de Graciano Sánchez y San Luis Potosí

(INTERAPAS), sobre parte de un predio ubicado en el

Fraccionamiento “Alpes” de esta ciudad, con superficie de 348.61

m2, el cual será utilizado para la instalación de un tanque

regulador que abastecerá de agua a los Fraccionamientos Alpes Y

Cordillera, por lo cual esta Comisión Permanente de Hacienda

acuerda por UNANIMIDAD de votos, realizar dicha enajenación con

las siguientes condicionantes:

PRIMERO: Que el predio donado consta de una superficie de 348.61

m2, con las medidas y colindancias siguientes:

AL NORTE: En tres líneas curvas, la primera partiendo de Poniente

a Oriente de 6.42 metros, la segunda de 24.26 metros y la tercera

de 6.42 metros, lindando todas ellas con propiedad municipal.

AL SUR: 43.55 metros, con calle Alpes.

SEGUNDO: Que el predio donado será única y exclusivamente para la

construcción de un Tanque Regulador con capacidad de 320m3, que

abastecerá de agua a los fraccionamientos Alpes y Cordillera de

esta ciudad, mismo que será operado por el Organismo

Intermunicipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de

los Municipios de Cerro de San Pedro, Soledad de Graciano Sánchez

y San Luis Potosí (INTERAPAS).

TERCERO: Que los tiempos de inicio y terminación de obra quedarán

sujetos al cronograma que para ello establezca el INTERAPAS, pero

por ningún motivo se deberá dar al predio un uso distinto al

solicitado.

CUARTO: Se autorice a la Sindicatura Municipal, a efecto de que

promueva ante la Dirección de Administración y Desarrollo Urbano

de este H. Ayuntamiento la delimitación del área donada, además

de la tramitación de la subdivisión respectiva ante esa misma

instancia municipal.

QUINTO: En caso de incumplimiento a cualquiera de las condiciones

impuestas, será motivo para que opere la reversión del predio a

favor del H. Ayuntamiento, o bien cuando deje de usarse para el

objeto que fue donado, o cuando la parte donataria pretenda

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Viene de la Página No. 7 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

transmitir o realizar cualquier operación de traslado de posesión

o de propiedad sobre dicho inmueble.

Lo anterior, de conformidad con los artículos 114 fracción II,

inciso b) de la Constitución Política del Estado, 75 fracción II

de la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Amén de los preceptos legales antes citados, me permito

fundamentar en los siguientes términos la facultad que tiene la

autoridad municipal para enajenar su patrimonio por medio de

donación sin necesidad de acudir ante el H. Congreso del Estado a

solicitar su autorización, fundamento que solicito quede

integrado en el texto del Acuerdo de Cabildo, en caso de ser

aprobada la donación.

“De conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 fracción

II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos y 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San

Luis Potosí, el Ayuntamiento de esta Capital puede disponer

libremente de su patrimonio inmobiliario municipal sin necesidad

de solicitar la aprobación previa de la legislatura local,

debiendo únicamente contar con el voto de cuando menos las dos

terceras partes de los miembros del Cabildo.

Así lo ha confirmado la Suprema Corte de Justicia de la Nación en

distintos criterios judiciales federales, tal como la tesis de

jurisprudencia P./J. 36/2003 en la que interpreta el contenido

del artículo 115, fracción II, inciso b) Constitucional, y en la

que determina que CUALQUIER NORMA QUE SUJETE A LA APROBACIÓN DE

LA LEGISLATURA LOCAL LA DISPOSICIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DEL

MUNICIPIO DEBE DECLARARSE INCONSTITUCIONAL, criterio que de la

misma forma fue corroborado por dicha Corte Suprema al resolver

la Controversia Constitucional número 50/2009 promovida por el

Ayuntamiento de la Capital en contra del Congreso del Estado de

San Luis Potosí y a través de la cual se pronunció a favor de la

facultad del Ayuntamiento de la Capital para disponer de sus

bienes sin necesidad de la aprobación de la legislatura local”.

Además del fundamento anterior, sirve de sustento y precedente

legal la resolución dictada en el amparo en revisión

administrativa 131/2012 de fecha 31 de Junio de 2012, pronunciada

por el Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en San Luis

Potosí, en cuyo resolutivo tercero establece que la Justicia de

la Unión ampara y protege a AGUAS DEL PONIENTE POTOSINO, S.A. de

C.V., en contra de los artículos 57, fracción XXXII, 114 fracción

VIII, segundo párrafo, y 115 primer párrafo de la Constitución

Política del Estado Libre y Soberano de San Luís Potosí, que

facultan al Congreso del Estado para autorizar las concesiones de

los servicios públicos que le corresponden a los Municipios en

forma exclusiva, y el resto de los artículos inferiores a la

Constitución del Estado que guardan relación con dicha

atribución, que reclamó a las autoridades que conformaron el

proceso legislativo que concluyó en la vigencia de los mismos,

así como en contra los actos de aplicación por parte del Congreso

del Estado de San Luis Potosí, a través de su Comisión del Agua”.

En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a

consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del

quinto bloque del dictamen que presenta la Comisión de Hacienda,

COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

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Viene de la Página No. 8 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN

CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA

GUERRERO.--------------------------------------------------------

-- VI. SOLICITUD DE DONACIÓN DE PREDIO UBICADO ENTRE LAS CALLES

VERGEL DE ARAGÓN, VERGEL DON AURELIO Y AVENIDA DEL SEÑOR DEL

FRACCIONAMIENTO BARRIO VERGEL, DE ESTA CIUDAD SIGNADA POR EL

DIRECTOR DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

DE GOBIERNO DEL ESTADO, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA ESCUELA

PRIMARIA. Se analizó la solicitud de donación suscrita por el

Director de Planeación y Evaluación de la Secretaria de Educación

de Gobierno del Estado, de un predio ubicado en el

Fraccionamiento “Barrio Vergel” de esta ciudad, con superficie de

3,630.14 m2, el cual será destinado para la construcción de una

escuela primaria, por lo cual esta Comisión Permanente de

Hacienda acuerda por UNANIMIDAD de votos, realizar dicha

enajenación con las siguientes condicionantes:

a) Que el predio se dona a favor de la Secretaría de Educación

de Gobierno del Estado, quien lo utilizará única y exclusivamente

para la construcción de una escuela primaria, correspondiéndole

la superficie, medidas y colindancias siguientes:

SUPERFICIE: 3, 630.1443 m2.

AL NORTE: 45.464 metros, linda con calle Vergel de Aragón.

AL NORESTE: 2.472 metros, en pancoupet que forman las calles

Vergel de Aragón y Avenida del Señor.

AL ESTE: 70.598 metros, linda con Avenida del Señor.

AL SURESTE: 10.664 metros, linda con propiedad particular.

AL SUR: 36.930 metros, linda con Polígono “B”.

AL OESTE: 81.452 metros, linda con calle Vergel Don Aurelio.

AL NOROESTE: 1.700 metros, pancoupet que forman las calles Vergel

Don Aurelio y Vergel de Aragón.

b) Los trabajos de construcción del plantel deberán iniciarse

dentro de los 6 seis meses siguientes, y concluir los mismos en

el lapso de doce meses, ambos plazos contados a partir de la

autorización del H. Cabildo, por lo que en caso de no cumplir con

dichas condicionantes, el inmueble se revertirá de plano al

Honorable Ayuntamiento de San Luis Potosí, S.L.P., con las

construcciones y mejoras que en su caso llegue a tener, previo

juicio tramitado ante la autoridad competente.

c) De igual manera operará la reversión del predio cuando deje de

usarse para los fines para el que fue donado, quedando impedida

la parte donataria a transmitir o realizar cualquier operación de

traslado de posesión o de propiedad a favor de terceros sobre

dicho predio.

Lo anterior, de conformidad con los artículos 114 fracción II,

inciso b) de la Constitución Política del Estado, 75 fracción II

de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 24, 25, 30, 32, 33, 35,

36, 37, 38, 39, 43 y 57 del Reglamento para la Enajenación de

Bienes Municipales. Amén de los preceptos legales antes citados,

me permito fundamentar en los siguientes términos la facultad que

tiene la autoridad municipal para enajenar su patrimonio por

medio de donación sin necesidad de acudir ante el H. Congreso del

Estado a solicitar su autorización, fundamento que solicito quede

integrado en el texto del Acuerdo de Cabildo, en caso de ser

aprobada la donación. “De conformidad con lo dispuesto por los

artículos 115 fracción II, inciso b) de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos y 112 de la Ley Orgánica del

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Viene de la Página No. 9 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

Municipio Libre de San Luis Potosí, el Ayuntamiento de esta

Capital puede disponer libremente de su patrimonio inmobiliario

municipal sin necesidad de solicitar la aprobación previa de la

legislatura local, debiendo únicamente contar con el voto de

cuando menos las dos terceras partes de los miembros del Cabildo.

Así lo ha confirmado la Suprema Corte de Justicia de la Nación en

distintos criterios judiciales federales, tal como la tesis de

jurisprudencia P./J. 36/2003 en la que interpreta el contenido

del artículo 115, fracción II, inciso b) Constitucional, y en la

que determina que CUALQUIER NORMA QUE SUJETE A LA APROBACIÓN DE

LA LEGISLATURA LOCAL LA DISPOSICIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DEL

MUNICIPIO DEBE DECLARARSE INCONSTITUCIONAL, criterio que de la

misma forma fue corroborado por dicha Corte Suprema al resolver

la Controversia Constitucional número 50/2009 promovida por el

Ayuntamiento de la Capital en contra del Congreso del Estado de

San Luis Potosí y a través de la cual declara la invalidez del

decreto 664, por considerar que la intervención de la Legislatura

Local vulnera la autonomía municipal”.

Además del fundamento anterior, sirve de sustento y precedente

legal la resolución dictada en el amparo en revisión

administrativa 131/2012 de fecha 31 de Junio de 2012, pronunciada

por el Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en San Luis

Potosí, en cuyo resolutivo tercero establece que la Justicia de

la Unión ampara y protege a AGUAS DEL PONIENTE POTOSINO, S.A. de

C.V., en contra de los artículos 57, fracción XXXII, 114 fracción

VIII, segundo párrafo, y 115 primer párrafo de la Constitución

Política del Estado Libre y Soberano de San Luís Potosí, que

facultan al Congreso del Estado para autorizar las concesiones

de los servicios públicos que le corresponden a los Municipios en

forma exclusiva, y el resto de los artículos inferiores a la

Constitución del Estado que guardan relación con dicha

atribución, que reclamó a las autoridades que conformaron el

proceso legislativo que concluyó en la vigencia de los mismos,

así como en contra los actos de aplicación por parte del Congreso

del Estado de San Luis Potosí, a través de su Comisión del Agua”.

En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a

consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del

sexto bloque del dictamen que presenta la Comisión de Hacienda,

COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN

CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA

GUERRERO.--------------------------------------------------------

-- VII. SOLICITUD DE PERMUTA DE UN PREDIO MUNICIPAL UBICADO EN

CALLE ARROYO DE LA VERBENA DEL FRACCIONAMIENTO “LOMAS DEL

TECNOLÓGICO AMPLIACIÓN”, POR OTRO PREDIO CON CONSTRUCCIÓN UBICADO

EN EL BOULEVARD MANUEL GOMÉZ MORIN, FRACCIÓN DE MILPILLAS SAN

LUIS POTOSÍ. La Comisión Permanente de Hacienda, analizó la

solicitud para efectuar la permuta de predios, con el objeto de

que el H. Ayuntamiento obtenga un inmueble que servirá para

reubicar las instalaciones de la zona de transferencia

pertenecientes a la Dirección de Ecología Municipal siendo los

predios a permutar los siguientes:

DESCRIPCIÓN DEL PREDIO PARTICULAR

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Viene de la Página No. 10 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

Predio con construcción ubicado en la Fracción de Milpillas del

Municipio de San Luís Potosí, S.L.P., con superficie de 4,280.70

m2, con las medidas y colindancias siguientes:

AL NORTE: 30.00 metros, linda con Margarito Hernández y Epifanio

Alonso; AL SUR: 30.00 metros, linda con derecho de vía del Anillo

Periférico Norte; AL ORIENTE: 142.96 metros, linda con resto de

la propiedad, y AL PONIENTE: 142.69 metros, linda con Epifanio

Torres Tovar. Cabe precisar que la parte construida comprende una

superficie de 2,635.92 m2.

DESCRIPCIÓN DEL PREDIO MUNICIPAL

Parte del Área de donación número tres, ubicada en el

fraccionamiento “Lomas del Tecnológico Ampliación” de esta

ciudad, con superficie aproximada de 4,886.70m2, y las medidas y

colindancias que resulten del levantamiento topográfico que se

posteriormente se solicitará a la Dirección de Administración y

Desarrollo Urbano de esta municipalidad.

5).- El valor de cada inmueble será el que resulte de los avalúos

que se efectuarán a cada uno de ellos, mismos que se dieron a

conocer en el seno de la Comisión de Hacienda en el momento en

que se sometió a discusión este punto. Una vez que fueron

debidamente analizados los avalúos así como el expediente

respectivo se aprueba por UNANIMIDAD de votos, celebrar dicha

permuta en los términos del dictamen presentado en comisión con

las siguientes condicionantes:

a) Que la permuta tiene como finalidad que el H. Ayuntamiento

obtenga un inmueble en propiedad en el cual pueda reubicar las

instalaciones de la zona de transferencia pertenecientes a la

Dirección de Ecología Municipal.

b) Que el predio con construcción que adquiere el H.

Ayuntamiento mediante permuta deberá ser única y exclusivamente

para reubicar las instalaciones de la zona de transferencia

dependiente de la Dirección de Ecología Municipal, sin perjuicio

de que de manera posterior pueda, de acuerdo a sus propias

necesidades, otorgarle un uso distinto, previa anuencia del H.

Cabildo Municipal.

c) Que en caso de aprobación de la permuta por parte del H.

Cabildo Municipal, se autorice a la Sindicatura Municipal a

efecto de que promueva ante la Dirección de Administración y

Desarrollo de este H. Ayuntamiento la delimitación del área que

corresponde a la superficie que mediante este acuerdo de Cabildo

se autoriza, además de la tramitación de la subdivisión

respectiva ante esa misma instancia.

Se realicen los trámites por parte de la Sindicatura Municipal, a

efecto de escriturar a favor del H. Ayuntamiento la permuta del

predio que adquiere en propiedad.

d) De acuerdo a los avalúos realizados por peritos se especifica

que el predio municipal reporta un valor de $16,418,800.10

(DIECISEIS MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS PESOS

010/100 M.N.) y el predio con construcción propiedad de

particular tiene un valor asignado de $14,625,739.19 (CATORCE

MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL SETESIENTOS TREINTA Y NUEVE

PESOS 19/100 M.M.), por lo tanto y en virtud de que el predio

propiedad municipal tiene un valor superior al del particular,

este se compromete a realizar a favor del ayuntamiento el pago de

la diferencia que asciende a $1,793,060.91 (UN MILLÓN SETECIENTOS

NOVENTA Y TRES MIL SESENTA PESOS 91/100 M.N.). Lo anterior de

conformidad con los numerales 35 de la Ley de Bienes del Estado y

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Viene de la Página No. 11 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

Municipios de San Luis Potosí, 111 de la Ley Orgánica del

Municipio Libre, y 31 fracción IV del Reglamento para la

Enajenación de Bienes Municipales. Amén de los preceptos legales

anteriormente invocados, me permito citar el fundamento que

faculta al H. Ayuntamiento para disponer libremente de sus bienes

patrimoniales, sin necesidad de contar con la autorización del H.

Congreso del Estado. “De conformidad a lo dispuesto por los

artículos 115 fracción II, inciso b) de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos y 112 de la Ley Orgánica del

Municipio Libre de San Luis Potosí, el Ayuntamiento de esta

Capital puede disponer libremente de su patrimonio inmobiliario

municipal sin necesidad de solicitar la aprobación previa de la

legislatura local, debiendo únicamente contar con el voto de

cuando menos las dos terceras partes de los miembros del Cabildo.

Así lo ha confirmado la Suprema Corte de Justicia de la Nación en

distintos criterios judiciales federales, tal como la tesis de

jurisprudencia P./J. 36/2003 en la que interpreta el contenido

del artículo 115, fracción II, inciso b) Constitucional, y en la

que determina que CUALQUIER NORMA QUE SUJETE A LA APROBACIÓN DE

LA LEGISLATURA LOCAL LA DISPOSICIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DEL

MUNICIPIO DEBE DECLARARSE INCONSTITUCIONAL, criterio que de la

misma forma fue corroborado por dicha Corte Suprema al resolver

la Controversia Constitucional número 50/2009, promovida por el

H. Ayuntamiento de la Capital en contra del Congreso del Estado

de San Luis Potosí, a través de la cual se pronunció a favor de

la facultad del Ayuntamiento de la Capital para disponer de sus

bienes sin necesidad de la aprobación de la legislatura local”.

Además del fundamento anterior, sirve de sustento y precedente

legal la resolución dictada en el amparo en revisión

administrativa 131/2012 de fecha 31 de Junio de 2012, pronunciada

por el Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en San Luis

Potosí, en cuyo resolutivo tercero establece que la Justicia de

la Unión ampara y protege a AGUAS DEL PONIENTE POTOSINO, S.A. de

C.V., en contra de los artículos 57, fracción XXXII, 114 fracción

VIII, segundo párrafo, y 115 primer párrafo de la Constitución

Política del Estado Libre y Soberano de San Luís Potosí, que

facultan al Congreso del Estado para autorizar las concesiones de

los servicios públicos que le corresponden a los Municipios en

forma exclusiva, y el resto de los artículos inferiores a la

Constitución del Estado que guardan relación con dicha

atribución, que reclamó a las autoridades que conformaron el

proceso legislativo que concluyó en la vigencia de los mismos,

así como en contra los actos de aplicación por parte del Congreso

del Estado de San Luis Potosí, a través de su Comisión del Agua”.

En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a

consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del

séptimo bloque del dictamen que presenta la Comisión de Hacienda,

COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN

CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA

GUERRERO.--------------------------------------------------------

-- VIII.- SOLICITUD QUE PRESENTA LA LIC. ROCÍO DEL CARMEN MATA

RANGEL, SÍNDICO MUNICIPAL, RELATIVA A LA DONACIÓN DE SILLAS DE

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Viene de la Página No. 12 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

RUEDAS OTORGADAS EN COMODATO A LOS BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA

“ACTIVATE A LA VIDA” EN SUS TRES GENERACIONES. Con fundamento en

lo dispuesto por los artículos 115, fracción II, de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 114

fracción II de la Constitución Político del Estado Libre y

Soberano de San Luís Potosí, 31, 89 Fracción XV, y demás

relativos de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de

San Luis Potosí y articulo 90 fracción IV del Reglamento Interno

del Municipio de San Luís Potosí, es competencia de la Comisión

de Hacienda conocer y resolver sobre la petición de enajenación

de bienes muebles, que elabora el Sistema Municipal DIF de este

H. Ayuntamiento de San Luis Potosí.

Una vez que fueron analizadas las constancias que integran el

expediente, la Comisión de Hacienda por UNANIMIDAD de votos,

autoriza la donación de 62 sillas de ruedas a los beneficiarios

del programa “actívate a la vida 2010, 2011 y 2012”, en base a lo

siguiente y con las condicionantes que se establezcan en el

contrato de donación que regule la enajenación de los citados

bienes muebles.

El artículo 9 del Reglamento de Enajenación de Bienes Muebles

Municipales, establece que: “Se podrá desafectar del dominio

público un bien de propiedad municipal, o cambiar su uso y

destino, siempre y cuando dicho bien no reúna las características

y condiciones necesarias para su aprovechamiento eficaz en el

servicio público o porque se considere que no puede dársele un

uso o destino de mayor importancia o conveniencia que el que

tenga destinado”. Las sillas de ruedas activas, son bienes

muebles pertenecientes al patrimonio municipal, según consta en

las facturas respectivas y se encuentran debidamente codificados

con clave única de registro. Dichos bienes, fueron adquiridos con

la finalidad de otorgarlos en comodato a los beneficiaros del

programa ACTÍVATE A LA VIDA, en virtud de que las características

de dichas sillas, son exclusivamente adaptables a la complexión

física de las personas que las usan. Los Beneficiarios del

programa en cita, son personas que tienen discapacidad

permanente, por lo que el uso del artefacto les es menester para

su desempeño y desarrollo cotidiano. De lo anterior, se deduce

que dichos bienes muebles, no reúnen las características y

condiciones necesarias para su aprovechamiento eficaz en el

servicio público, esto es porque que no pueden destinarse a un

uso diferente ya que el objeto de su adquisición tiene un destino

específico y de mayor importancia para la Administración Pública

enfocado al beneficio social. Las personas elegidas por el

procedimiento establecido por el Sistema Municipal DIF, dentro

del programa ACTIVATE A LA VIDA cumplieron las condiciones

establecidas en los contratos de comodato de las sillas de ruedas

e iniciaron el proceso de donación con la solicitud respectiva,

debidamente complementada con los datos asentados en los

comodatos de referencia, razón por la que se consideran cumplidos

los requisitos de Ley necesarios para dictaminar a favor de la

donación. Por lo antes expuesto, atenta y respetuosamente se

solicita a los miembros del Honorable Cabildo, la aprobación del

dictamen presentado: ATENTAMENTE, LA COMISIÓN PERMANENTE DE

HACIENDA, LIC. LUIS MIGUEL MEADE RODRÍGUEZ, PRESIDENTE DE LA

COMISION DE HACIENDA. En uso de la voz, el Secretario del H.

Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,

la aprobación del octavo bloque del dictamen que presenta la

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Viene de la Página No. 13 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

Comisión de Hacienda, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE

CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL

REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA

ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL

CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,

SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR

Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y

MIGUEL NAYA GUERRERO.--------------------------------------------

-- Como punto IV del Orden del Día.- Dictamen que presenta la

Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas.- En uso de la

voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, hace del conocimiento de

los presentes, que se recibió escrito de la Presidenta de la

Comisión Permanente de alumbrado y Obras Públicas, Regidora

Cristina de los Ángeles Martí Artolózaga, solicitando se agendara

un punto dentro del orden del día, por lo que con fundamento en

el artículo 89 Fracción VIII del Reglamento Interno del Municipio

Libre de San Luís Potosí, se presenta el dictamen de la Comisión

señalada. En virtud de lo anterior, hace uso de la voz el la

Regidora Presidenta de la Comisión, para manifestar lo siguiente:

“Solicito la dispensa de la lectura del dictamen, en virtud de

que fue turnado en tiempo y forma a cada uno de los miembros del

cabildo”. En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento,

somete a la consideración de los presentes, la dispensa de la

lectura del dictamen, quienes se encuentren a favor, sírvanse

manifestarlo levantando su mano”. SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE

VOTOS LA DISPENSA DE LA LECTURA DEL DICTAMEN.--------------------

-- Se inserta el dictamen para constancia, como sigue: ----------

Dictamen de la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas,

Agosto 23, 2012, CC. Integrantes del H. Cabildo de San Luis

Potosí, Presentes.- Los integrantes de la Comisión Permanente de

Alumbrado y Obras Públicas, presentamos ante el Pleno de este H.

Cabildo Municipal, los Acuerdos tomados en la reunión celebrada

en Segunda Convocatoria el día 17 de agosto del año dos mil doce,

a efecto de que se proceda al análisis, discusión y en su caso,

aprobación del siguiente: DICTAMEN: PRIMERO.- Se aprueba por

UNANIMIDAD de los presentes, la AUTORIZACIÓN DE SUBDIVISIÓN DE

PREDIO, ubicado en calle Francisco de Asís Castro #368, Cuartel

Casanova, Delegación de Villa de Pozos, propiedad del C. José

Luis Castillo Espinoza, quedando como sigue:

Dicha subdivisión cumple con los requisitos establecidos por la

Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de San Luis Potosí, el

Reglamento de Construcciones para el Municipio de San Luis Potosí

y el Plan de Centro de Población Estratégico para las ciudades de

San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, considerando como

Área de Donación la afectación realizada al predio por vialidad,

la cual corresponde a 1,750.97 metros cuadrados. La formalización

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Viene de la Página No. 14 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

del cumplimiento de escrituración de ésta área a favor del H.

Ayuntamiento deberá efectuarse en el mismo acto en que conste la

protocolización del acta de subdivisión de predios autorizada. El

incumplimiento de la escrituración respectiva, dejará sin efecto

la aprobación de la subdivisión, girándose la notificación

respectiva a catastro municipal, y al Registro Público de la

Propiedad y del Comercio; sin perjuicio de las demás sanciones

que se haga acreedor el titular de la autorización. En uso de la

voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de

los miembros del Cabildo, la aprobación del primer bloque del

dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,

COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN

CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA

GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS

MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------

-- SEGUNDO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes, la

AUTORIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO denominado “COTOS EL ÁNGEL ETAPA

1”, “COTOS EL ÁNGEL ETAPA 2” Y “COTOS EL ÁNGEL ETAPA 3”, ubicado

en Boulevard Manuel Gómez Morín esquina con Avenida Paseo de los

Horizontes al poniente de esta ciudad, propiedad del

Desarrolladora y Urbanizadora El Ángel, S.A. d C.V., teniendo el

resumen de áreas como a continuación se menciona:

Así mismo, cada una de las etapas presentan las siguientes

superficies:

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Viene de la Página No. 15 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

Dicho proyecto cumple con los requisitos establecidos por la Ley

de Desarrollo Urbano para el Estado de San Luis Potosí, el

Reglamento de Construcciones para el Municipio de San Luis Potosí

y el Plan de Centro de Población Estratégico para las ciudades de

San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, con una superficie

total para área de donación a tributar de 86,065.55 metros

cuadrados, la cual corresponde al 15.00 % del área vendible

total, del total del área de donación tributada antes mencionada,

dentro del predio se está proponiendo un área de 85,459.68 metros

cuadrados, solicitando el propietario la transferencia de un área

de donación de 605.87 metros cuadrados, según lo manifestado por

el Artículo 177, fracción II, inciso b), de la Ley de Desarrollo

Urbano para el Estado de San Luis Potosí. La formalización del

cumplimiento de escrituración del área de donación a favor del H.

Ayuntamiento deberá efectuarse en el mismo acto en que conste la

protocolización del acta de lotificación del fraccionamiento

autorizado. El incumplimiento de la escrituración respectiva,

dejara sin efecto la aprobación del fraccionamiento, girándose la

notificación respectiva a Catastro Municipal, y al Registro

Público de la Propiedad y del Comercio; sin perjuicio de las

demás sanciones que se haga acreedor el titular de la

autorización. Así mismo, en toda colindancia con propiedad

privada el área de donación deberá contar con muro de colindancia

de 2.00 metros de altura. Aprobándose por UNANIMIDAD de los

presentes la Autorización de la Transferencia del Área de

Donación del predio antes referido, la cual corresponde a 605.87

metros cuadrados, considerándose el valor unitario más alto por

metro cuadrado, según lo manifestado por el Artículo 177,

fracción II, inciso b), de la Ley de Desarrollo Urbano para el

Estado de San Luis Potosí. El pago de la transferencia mencionada

se deberá efectuar ante la Dirección de Administración y

Desarrollo Urbano, antes del registro del desarrollo, por lo

cual, el propietario deberá presentar los avalúos

correspondientes y requeridos por la Ley de Desarrollo Urbano

ante dicha Dirección Municipal, para la asignación del monto

total a pagar. En uso de la voz, el Secretario del H.

Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,

la aprobación del Segundo bloque del dictamen que presenta la

Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO

ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS

55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN

EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS

Page 17: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la

Viene de la Página No. 16 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO

ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE

VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO

ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS

REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.---

-- TERCERO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes, la

AUTORIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO denominado “ALBORADA

RESIDENCIAL”, ubicado en Camino al Desierto #402, Fracción de la

Loma del Barrio de Santiago, propiedad de Grupo Constructor

Cumbres, S.A. de C.V., quedando como sigue:

Dicho proyecto cumple con los requisitos establecidos por la Ley

de Desarrollo Urbano para el Estado de San Luis Potosí, el

Reglamento de Construcciones para el Municipio de San Luis Potosí

y el Plan de Centro de Población Estratégico para las ciudades de

San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez. Tributando un área

de donación total de 5,080.85 metros cuadrados, la cual

corresponde al 15.02 % del área vendible, la formalización del

cumplimiento de escrituración de ésta área a favor del H.

Ayuntamiento deberá efectuarse en el mismo acto en que conste la

protocolización del acta de lotificación del fraccionamiento

autorizado. El incumplimiento de la escrituración respectiva,

dejara sin efecto la aprobación del fraccionamiento, girándose la

notificación respectiva a Catastro Municipal, y al Registro

Público de la Propiedad y del Comercio; sin perjuicio de las

demás sanciones que se haga acreedor el titular de la

autorización. Así mismo, en toda colindancia con propiedad

privada el área de donación deberá contar con muro de colindancia

de 2.00 metros de altura. Dentro del área de donación total se

está considerando el área de donación tributada con anterioridad

al momento de la autorización de la subdivisión de predios del

cual proviene éste, la cual corresponde a 2,083.86 metros

cuadrados. En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento,

somete a consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación

del tercer bloque del dictamen que presenta la Comisión de

Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE

Page 18: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la

Viene de la Página No. 17 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL

REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA

ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL

CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,

SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR

Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y

MIGUEL NAYA GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS

ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------

-- CUARTO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes el Cambio

de Uso de Suelo de un predio ubicado en Circuito Villa de

Guadalupe #100, colonia Villas del Pedregal, el cual se clasifica

actualmente por el Plan de Centro de Población Estratégico como

HABITACIONAL DE DENSIDAD MEDIA BAJA CON CLAVE “H2” para quedar

como COMERCIAL CENTRAL CON CLAVE “CC”, debiendo cubrir previo a

desarrollar cualquier acción urbanística en el predio mencionado

el pago correspondiente al concepto de Cambio de Uso de Suelo

según lo manifestado por la Ley de Ingresos para el Municipio de

San Luis Potosí en el ejercicio fiscal aplicable. EL CAMBIO DE

USO DE SUELO SE AUTORIZA DE MANERA CONDICIONADA PARA QUE EN DICHO

PREDIO SE ESTABLEZCA EXCLUSIVAMENTE UN RESTAURANT-BAR. En uso de

la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración

de los miembros del Cabildo, la aprobación del cuarto bloque del

dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,

COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN

CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA Y MIGUEL NAYA

GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS

MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------

-- QUINTO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes eL Cambio de

Uso de Suelo de un predio ubicado en la calle Fuente del Amor

#220, colonia Balcones del Valle, el cual se clasifica

actualmente por el Plan de Centro de Población Estratégico como

Habitacional de Densidad Media Alta con clave “H3”, para quedar

como COMERCIAL CENTRAL CON CLAVE “CC”, debiendo cubrir previo a

desarrollar cualquier acción urbanística en el predio mencionado

el pago correspondiente al concepto de Cambio de Uso de Suelo

según lo manifestado por la Ley de Ingresos para el Municipio de

San Luis Potosí en el ejercicio fiscal aplicable. EL CAMBIO DE

USO DE SUELO SE AUTORIZA DE MANERA CONDICIONADA PARA QUE EN DICHO

PREDIO SE ESTABLEZCA EXCLUSIVAMENTE UN RESTAURANT-BAR. En uso de

la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración

de los miembros del Cabildo, la aprobación del quinto bloque del

dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,

COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN

CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA

GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.---

-- SEXTO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes el Cambio de

Uso de Suelo de un predio ubicado en la calle Octava #201,

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Viene de la Página No. 18 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

colonia San Luis, el cual se clasifica actualmente por el Plan de

Centro de Población Estratégico como Habitacional de Densidad

Alta con clave “H4”, para quedar como COMERCIAL DISTRITAL CON

CLAVE “CD”, debiendo cubrir previo a desarrollar cualquier acción

urbanística en el predio mencionado el pago correspondiente al

concepto de Cambio de Uso de Suelo según lo manifestado por la

Ley de Ingresos para el Municipio de San Luis Potosí en el

ejercicio fiscal aplicable. EL CAMBIO DE USO DE SUELO SE AUTORIZA

DE MANERA CONDICIONADA PARA QUE EN DICHO PREDIO SE ESTABLEZCA

EXCLUSIVAMENTE UNA BODEGA AURRERA EXPRESS. En uso de la voz, el

Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los

miembros del Cabildo, la aprobación del sexto bloque del dictamen

que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA

QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS

ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR

LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A

LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO;

HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11

ONCE VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES

ALBERTO ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS

MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------

-- SÉPTIMO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes el Cambio de

Uso de Suelo de un predio ubicado en Antiguo Camino a Santa María

del Río #518, Cuartel Casanova, Delegación Municipal de Villa de

Pozos, el cual se clasifica actualmente por el Plan de Centro de

Población Estratégico como Habitacional de Densidad Media Baja

con clave “H2”, para quedar como EQUIPAMIENTO CON CLAVE “E”,

debiendo cubrir previo a desarrollar cualquier acción urbanística

en el predio mencionado el pago correspondiente al concepto de

Cambio de Uso de Suelo según lo manifestado por la Ley de

Ingresos para el Municipio de San Luis Potosí en el ejercicio

fiscal aplicable. En uso de la voz, el Secretario del H.

Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,

la aprobación del séptimo bloque del dictamen que presenta la

Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO

ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS

55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN

EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS

DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO

ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE

VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO

ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y

SARA CATALINA RAMOS REYNA.---------------------------------------

-- OCTAVO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes el Cambio de

Uso de Suelo de un predio ubicado en la calle Bosques de las

Flores s/n, Cuartel las Cruces, Delegación Municipal de Villa de

Pozos, colindante al Fraccionamiento Alquería de Pozos, propiedad

de la Empresa Grupo Constructor Cumbres, S.A. de C.V., el cual se

clasifica actualmente por el Plan de Centro de Población

Estratégico como Uso Agropecuario con clave “AR-AGR” y como

Espacios Verdes, -Abiertos y Recreativos con clave “EV”, para

quedar como HABITACIONAL DE DENSIDAD MEDIA ALTA CON CLAVE “H3”

según el Dictamen emitido por el Instituto Municipal de

Planeación (IMPLAN), debiendo cubrir previo a desarrollar

cualquier acción urbanística en el predio mencionado el pago

correspondiente al concepto de Cambio de Uso de Suelo según lo

manifestado por la Ley de Ingresos para el Municipio de San Luis

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Viene de la Página No. 19 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

Potosí en el ejercicio fiscal aplicable. En uso de la voz, el

Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los

miembros del Cabildo, la aprobación del octavo bloque del

dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,

COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN

CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA

GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.---

-- NOVENO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes el Cambio de

Uso de Suelo de un predio ubicado en Boulevard Monte bello #319,

fraccionamiento Pozos Residencial, Delegación Municipal de Villa

de Pozos, el cual se clasifica actualmente por el Plan de Centro

de Población Estratégico como Habitacional de Densidad Alta con

clave “H4”, para quedar como COMERCIAL DISTRITAL CON CLAVE “CD”,

debiendo cubrir previo a desarrollar cualquier acción urbanística

en el predio mencionado el pago correspondiente al concepto de

Cambio de Uso de Suelo según lo manifestado por la Ley de

Ingresos para el Municipio de San Luis Potosí en el ejercicio

fiscal aplicable. En uso de la voz, el Secretario del H.

Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,

la aprobación del noveno bloque del dictamen que presenta la

Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO

ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS

55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN

EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS

DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO

ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE

VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO

ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y

SARA CATALINA RAMOS REYNA.---------------------------------------

-- DÉCIMO.- Se NIEGA por MAYORIA de los presentes el Cambio de

Uso de Suelo de un predio ubicado en Carretera San Luis – Río

Verde Kilometro 253, y Acceso al Fracc. Real del Potosí,

Delegación Municipal de Villa de Pozos, el cual se clasifica

actualmente por el Plan de Centro de Población Estratégico como

Uso Silvestre con clave “AS”, pretendiéndose cambiar a

Habitacional de Densidad Media Alta con clave “H3”. En uso de la

voz, el Regidor Gonzalo Benavente González, señala lo siguiente:

“Antes de proceder a la votación de este paquete de puntos de

acuerdo quisiera hacer una intervención en relación con el punto

No. 10 que habla de la negativa de conceder uso de suelo a un

predio que se ubica en la carretera San Luis Río verde en el Km.

253 y quiero también con ello justificar el cambio en el sentido

de mi voto participe yo en la Comisión respectiva y en este caso

yo parto del supuesto de que tendiendo lo que describe el

artículo 30 de la ley orgánica establece que cuando se rechaza

por el Cabildo la iniciativa de una norma puedo entender que por

extensión se aplica también a un punto de acuerdo, esta no podrá

volver a presentarse para su estudio si no transcurridos por lo

menos seis meses desde el acuerdo de la negativa, este sería el

caso para este caso que se rechaza o se niega el cambio de uso de

suelo, cuando se tomó en consideración el dictamen del Implan que

le daba ocasión de uso de suelo para densidad H1 esta densidad H1

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Viene de la Página No. 20 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

parece inadecuada para este tipo de predio, hay pocos predios en

la ciudad si no me recuerdo si acaso dos que se consideran H1 y

en este caso considera el implan que corresponde el uso de suelo

a H1 cuando el solicitante había pedido uso de suelo a H3 que por

la zona en donde encuentra enclavado este predio creo que es más

congruente de manera que el sentido de mi voto sería en contra de

este punto precisamente porque dejamos en un estado pues

prácticamente de indefensión al propietario de este predio porque

tendría que subir nuevamente dentro de seis meses, el punto si

hubiésemos optado por darle el uso de suelo a H1 muy posiblemente

en una siguiente etapa y con toda seguridad en la siguiente

administración le podría cambiar la densidad de uso de suelo y

podrían disponer del predio para usos que tienen destinados,

quiero extenderme un poco no está a discusión el punto décimo

primero, pero sería prácticamente una negativa semejante aquí se

le niega el uso de suelo a un predio por considerar que el acceso

a la Delegación de la Pila es inadecuado para vehículos de

transporte pesado y también quiero señalar que el sentido de mi

voto en su oportunidad en sentido diferente que al que emití

cuando celebró la sesión de Comisión correspondiente por el hecho

de que este predio de mas del acceso que tienen por la entrada

principal a la delegación de la pila tiene también un acceso por

lo que es ahora la Avenida Comisión Federal de Electricidad estas

serían dos precisiones que quiero dejar claras para que se

justifique con ello y cambien el sentido de mi voto muchas

gracias”. En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento,

señala que se toma nota de la solicitud presentada por el Regidor

Gonzalo Benavente González, y somete a consideración de los

miembros del Cabildo, la aprobación del décimo bloque del

dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,

COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN

CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA

GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.---

-- DECIMO PRIMERO.- Se NIEGA por UNANIMIDAD de los presentes el

Cambio de Uso de Suelo de un predio ubicado en Camino de Acceso a

la Pila, Delegación Municipal La Pila, el cual se clasifica

actualmente por el Plan de Centro de Población Estratégico como

Espacios Verdes, Abiertos y Recreativos con clave “EV”, Servicios

a la Industria con clave “S”, Área Urbanizable con clave “AU” y

Corredor Comercial Distrital con clave “CD” pretendiéndose

cambiar a Industria Ligera con clave “IL”. En uso de la voz, el

Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los

miembros del Cabildo, la aprobación del décimo primer bloque del

dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,

COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN

CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA Y MIGUEL NAYA

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Viene de la Página No. 21 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS

MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------

-- DECIMO SEGUNDO.- Se NIEGA por UNANIMIDAD de los presentes el

Cambio de Uso de Suelo de un predio aledaño a la Presa de San

José, el cual se clasifica actualmente por el Plan de Centro de

Población Estratégico como Área de Preservación Ecológica con

clave “AN-PE”, Área de Preservación de Cuenca Hidrológica con

clave “AN-PCH”, Uso Silvestre con clave “AR-AS” y Área

Urbanizable con clave “AU”, pretendiéndose cambiar a Habitacional

de Densidad Media Baja con clave “H2” y Comercial Central con

clave “CC”. En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento,

somete a consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación

del décimo segundo bloque del dictamen que presenta la Comisión

de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE

CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL

REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA

ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL

CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,

SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR

Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y

MIGUEL NAYA GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS

ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------

-- DECIMO TERCERO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes, la

AUTORIZACIÓN DE LA RELOTIFICACIÓN (MODIFICACIÓN) DEL CONDOMINIO

LA LOMA CLUB DE GOLF, propiedad de la Empresa Residencial la

Tenería, S.A. de C.V. y Urbanizadora Peñablanca, S.A. de C.V.,

quedando como sigue:

En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a

consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del

Décimo tercer bloque del dictamen que presenta la Comisión de

Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE

CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL

REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA

ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL

CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,

SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR

Y 4 CUATRO VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO

ZAVALETA, MIGUEL NAYA GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA

CATALINA RAMOS REYNA.--------------------------------------------

-- DECIMO CUARTO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes, la

AUTORIZACIÓN DE LA RELOTIFICACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO BOSQUES DEL

CÉSAR, propiedad de la Fraccionamiento Bosques del César, S.A. de

C.V., quedando como sigue:

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Viene de la Página No. 22 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a

consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del

bloque décimo cuarto del dictamen que presenta la Comisión de

Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE

CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL

REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA

ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL

CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,

SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR

Y 4 CUATRO VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO

ZAVALETE, MIGUEL NAYA GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA

CATALINA RAMOS REYNA.--------------------------------------------

-- DECIMO QUINTO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes, la

ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE “FRANCISCO CABRAL JAIME” A LA CALLE

LATERAL ORIENTE DE LA ALAMEDA JUAN SARABIA. En uso de la voz, el

Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los

miembros del Cabildo, la aprobación del bloque décimo quinto del

dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,

COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN

CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA

GUERRERO Y DOS ABSTENCIOENS DE LOS REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS

MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------

DECIMO SEXTO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes, la

ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE “ RAFAEL MONTEJANO Y AGUIÑAGA ” A LA

AVENIDA PRINCIPAL QUE ATRAVIESA DE NORTE A SUR EL FRACCIONAMIENTO

BOSQUES DEL CÉSAR. En uso de la voz, el Secretario del H.

Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,

la aprobación del bloque décimo sexto del dictamen que presenta

la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO

ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS

55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN

EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS

DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO

ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE

VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO

ROJO ZAVALETA Y MIGUEL NAYA GUERRERO Y DOS ABSTENCIOENS DE LOS

REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.---

-- DECIMO SÉPTIMO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes,

la MODIFICACIÓN AL ACUERDO DE CABILDO DE FECHA 28 DE JUNIO DE

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Viene de la Página No. 23 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

2012, A TRAVÉS DEL CUAL SE AUTORIZÓ EL DESARROLLO HABITACIONAL EN

RÉGIMEN DE CONDOMINIO HORIZONTAL DENOMINADO “FRAYLEA

RESIDENCIAL”, en virtud de que por un error involuntario se

menciono como propietario del desarrollo habitacional a la

EMPRESA “SISCO CONSTRUCTORA, S.A. DE C.V.” SIENDO LO CORRECTO

“GRUPO CONSTRUCTOR CUMBRES, S.A. DE C.V.” ATENTAMENTE, CRISTINA

DE LOS ANGELES MARTI ARTOLOZAGA, REGIDORA PRESIDENTE DE LA

COMISION PERMANENTE DE ALUMBRADO Y OBRAS PÚBLICAS. En uso de la

voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de

los miembros del Cabildo, la aprobación del bloque décimo séptimo

del dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras

Públicas, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE

ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE

PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR

LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR

LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE

APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN

CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA Y MIGUEL NAYA

GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS

MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------

-- Como punto V del orden del Día.- Solicitud de la Lic. Victoria

Amparo Labastida Aguirre, relativo a cambio de recinto para

Sesión Solemne, el 1° de Octubre de 2012; en uso de la voz, el

Secretario del H. Ayuntamiento, señala lo siguiente: “Se hace del

conocimiento de los presentes que se recibió escrito de la Lic.

Victoria Amparo Labastida Aguirre, presidenta Municipal,

solicitando se agendara un punto dentro del orden del día,

relativa a la aprobación del cambio de Recinto para la Sesión

Solemne de Toma de Protesta del Ayuntamiento entrante, solicitud

que el Presidente Municipal Electo, Lic. Mario García Valdez,

envió a la Alcaldesa de la Capital, a la cual me permito dar

lectura, con la anuencia de la Ciudadana Presidenta Municipal,

como sigue: “En virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la

Ley Orgánica del Municipio Libre y soberano de San Luis Potosí,

solicito a usted que a través de la Administración Municipal que

usted Preside, se realicen los trámites necesarios ante quien

corresponda, para hacer uso de las instalaciones del Teatro de la

Paz, recinto emblemático de nuestra Ciudad de San Luis Potosí,

con el objeto de realizar el acto Constitucional y protocolario

de la toma de Protesta del presidente Municipal para el periodo

2012-2015 de esta ciudad, a efectuarse se corrigió la hora acaba

de llegar el oficio a las 19:00 horas del día 1 de octubre del

año en curso. Quiero comentar nada mas que la hora finalmente es

protocolaria, el día es el que es obligatorio y por ley y la

autorización de cambio de recinto es lo que se hace por Cabildo,

la hora la fijar de acuerdo al protocolo de invitados especiales

que hay, esperando contar con su valiosa intervención Esperando

contar con su valiosa intervención, PRESIDENTE MUNICIPAL ELECTO

DE SAN LUIS POTOSÍ, PARA EL EJERCICIO CONSTITUCIONAL 2012-2015,

RÚBRICA. Continúa señalando, con voz informativa me permito hacer

de su conocimiento a los miembros del Honorable Cabildo, lo que

dispone el Reglamento Interno de este H. Ayuntamiento en su

CAPÍTULO SEGUNDO, DE LA INSTALACIÓN DE LOS AYUNTAMIENTOS.

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Viene de la Página No. 24 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

“Artículo 13.- El Ayuntamiento se instalará en Sesión Solemne y

pública, el día uno de Octubre del año de su elección, con las

formalidades legales establecidas en la Ley Orgánica. Al efecto

se procederá de la siguiente manera: I.- El Presidente Municipal

electo fijará el lugar y la hora de la instalación, solicitando

por escrito al Ayuntamiento saliente se habilite dicho sitio a

fin de que pueda usarse para el efecto de la sesión solemne en la

fecha y hora indicadas. II.- A la sesión solemne y pública

acudirán los miembros del Ayuntamiento saliente; En virtud de lo

anterior, cada uno de ustedes será convocado a asistir a la

Sesión Solemne de Cabildo de Toma de protesta. Si no hay

comentarios al respecto, SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LOS

MIEMBROS DEL CABILDO LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL LIC. MARIO

GARCÍA VALDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL ELECTO A TRAVÉS DE LA

ALCALDESA DE LA CAPITAL, LIC. VICTORIA AMPARO LABASTIDA AGUIRRE,

RELATIVA A LA AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE RECINTO PARA LA SESIÓN

SOLEMNE DE TOMA DE PROTESTA DEL 1° DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO,

DECLARANDO RECINTO OFICIAL EL TEATRO DE LA PAZ, DE ESTA CIUDAD; Y

DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL

REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA

ECONÓMICA Y SIMPLE, SI NO HAY COMENTARIOS AL RESPECTO, SE SOMETE

A LA CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE CABILDO LA PROPUESTA

PRESENTADA, POR LO QUE SE SOLICITA A LOS MIEMBROS DE ESTE

CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO. SE APRUEBA POR

UNANIMIDAD.------------------------------------------------------

-- Como punto VI del Orden del Día.- Solicitud del Regidor

Rogelio Bárcenas Meléndez, relativa a:

a) Iniciativa con Proyecto de Decreto que crea el

Consejo Consultivo de movilidad en bicicleta del

Municipio de San Luis Potosí; y

b) Proyecto de Reforma al artículo 166 y se adiciona la fracción XIX al artículo 167 del Reglamento Interno

del Municipio Libre de San Luis Potosí;

En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, hace del

conocimiento de los presentes, que se recibió escrito del Regidor

Rogelio Bárcenas Meléndez, solicitando se agendara un punto

dentro del orden del día, en virtud de lo anterior, cedo el uso

de la voz, al Regidor, para que nos de a conocer su solicitud.

Hace uso de la voz, el Regidor Rogelio Bárcenas Meléndez, para

señalar lo siguiente: “Muchas gracias, señor Secretario,

Alcaldesa, compañeros de Cabildo, debido a que fue circulado con

oportunidad quisiera solicitar si pudiera dispensar la lectura de

las iniciativas aquí propuestas”. El Secretario del H.

Ayuntamiento señala lo siguiente: Se solicita la dispensa de la

lectura, quienes se encuentren a favor, sírvanse manifestarlo

levantando su mano, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.-------------------

-- Se insertan los proyectos, como sigue: -----------------------

H. MIEMBROS DEL CABILDO DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ.

P r e s e n t e s.- El que suscribe, ROGELIO BÁRCENAS MELÉNDEZ,

Regidor de este H. Ayuntamiento de San Luís Potosí, con

fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 fracción II de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 114

fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y

Soberano de San Luis Potosí, 29 fracción I, 31 inciso b) fracción

I, y 74 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San

Luis Potosí; 63 fracción II y 91 fracciones I, IV y V del

Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí, someto

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Viene de la Página No. 25 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

a la consideración de este Honorable Ayuntamiento, iniciativa con

proyecto de decreto que crea el Consejo Consultivo de Movilidad

en Bicicleta del Municipio de San Luis Potosí y expide su Manual

de Funciones, de acuerdo con la siguiente: EXPOSICIÓN DE

MOTIVOS: De acuerdo con lo establecido en artículo 115 fracción

II, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos, los ayuntamientos tienen facultades para

aprobar los reglamentos municipales, que regulen las funciones

públicas de su competencia y aseguren la participación ciudadana

y vecinal, siempre y cuando éstos estén de acuerdo con las leyes

en materia municipal que expidan las legislaturas de los estados.

Por su parte, la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de

San Luis Potosí en su artículo 101 establece textualmente que:

“Para coadyuvar en los fines y funciones de la administración

pública municipal, el Ayuntamiento integrará consejos de

desarrollo municipal, juntas de vecinos y demás organismos,

cualquiera que sea el nombre con que se les designe, los que

presentarán propuestas al Ayuntamiento para fijar las bases de

los planes y programas municipales o modificarlos en su caso; el

Cabildo supervisará sus actividades y vigilará el destino de los

fondos que manejen”. Y en su artículo 102: “Los ayuntamientos

procurarán que en la integración de estos organismos se incluyan

personas de los sectores de mayor representatividad en la

población, y que tengan el perfil idóneo para el desempeño de las

responsabilidades que se les asigne.

En términos reglamentarios, el artículo 66 del Reglamento para la

Integración de los Organismos Auxiliares Municipales del

Ayuntamiento de San Luis Potosí, preceptúa: “ Los Consejos

Consultivos, son Organismos Mixtos de Participación Ciudadana,

integrados para dar seguimiento a asuntos relacionados con la

prestación de servicios públicos municipales o con la

reglamentación municipal de actividades realizadas por

particulares, proponiendo soluciones dentro del marco legal, a la

Autoridad Municipal correspondiente. Al Seno de estos Organismos

podrán estar representadas las Autoridades Municipales, por

aquellos funcionarios comisionados por el Presidente Municipal

para tal efecto.” De la lectura las disposiciones anteriores se

desprende la facultad que tiene este Ayuntamiento para crear un

Consejo Consultivo que apoye, asesore, aporte información y de

seguimiento a todos los asuntos relacionados con el programa de

movilidad en bicicleta, que está administración ha arrancado y

pretende dejar las bases para que las próximas administraciones

continúen con su labor y, en un mediano plazo se logre consolidar

a la bicicleta como un medio alternativo de transporte en este

municipio. En iniciativa de reforma al Reglamento Interno de este

Municipio presentada anteriormente se propuso la creación de la

Dirección de Movilidad de Bicicleta, planteando su existencia

dentro de la Dirección General de Desarrollo Social pues se

consideró que la participación de la ciudadanía es y será

fundamental para el éxito de la política pública encaminada al

posicionamiento de la bicicleta como medio alternativo de

transporte. Ahora bien, una de las facultades que se propusieron

para la Dirección de Movilidad en Bicicleta, y que consideramos

prioritaria, fue la elaboración de un Programa de Movilidad en

Bicicleta, cuya finalidad es fomentar integralmente y de forma

masiva el uso de la bicicleta como modo de transporte en la

ciudad, para lo cual, atendiendo las recomendaciones del Manual

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Viene de la Página No. 26 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

Integral de Movilidad Ciclista para ciudades mexicanas, es

indispensable la participación social, ya que propicia el

acercamiento con la ciudadanía para entender sus preocupaciones y

necesidades en lo que a movilidad se refiere, creando una

dinámica oportuna y una aprobación social del Programa. Con la

participación social se pretende ciudadanizar el Programa de

Movilidad en Bicicleta, y la forma más efectiva de hacerlo es

creando con base en el Reglamento para la Integración y

Funcionamiento de los Organismos de Participación Ciudadana en el

Municipio de San Luis Potosí, un organismo de participación

ciudadana, integrado por académicos, arquitectos, urbanistas,

ciclistas (actuales y potenciales), empresarios, líderes de

opinión, miembros de asociaciones civiles y los funcionarios

públicos que, por su actividad, tengan relación directa con el

programa, que coadyuve con el desarrollo del Programa de

Movilidad y, en general, con las acciones que se pretendan

implementar relativas a la movilidad en bicicleta. Para estos

efectos y a la par del documento precitado se presenta esta

iniciativa con proyecto de decreto que crea el Consejo Consultivo

de Movilidad en Bicicleta del Municipio de San Luis Potosí, con

una integración mixta, es decir con participación de funcionarios

públicos y ciudadanos expertos, usuarios, miembros de

asociaciones civiles, empresarios del ramo, líderes de opinión,

arquitectos o simplemente ciudadanos con conocimientos en la

materia de movilidad en bicicleta, se pretende crear un organismo

de participación ciudadana que coadyuve con el Municipio en la

implementación y desarrollo de las acciones que se pretendan

ejecutar para el éxito de la política pública encaminada al

posicionamiento de la bicicleta como medio alternativo real de

transporte en el municipios. Las facultades que se le otorgan al

Consejo son las propias de un organismo consultivo, que se limita

a coadyuvar con la Dirección de Movilidad y con la Dirección

General de Desarrollo Social en la elaboración del Programa de

Movilidad en Bicicleta y demás actividades que les sean

solicitadas, que funge como instancia que da seguimiento a las

iniciativas y acciones que se emprendan en el ámbito municipal,

relacionadas con la movilidad en bicicleta; analiza y discute los

problemas relacionados con la movilidad en bicicleta; sugiere y

propone proyectos, obras y acciones a las dependencias

competentes, respecto de los planes y programas municipales en

materia de creación, conservación, mantenimiento, rescate,

promoción y desarrollo de la movilidad en bicicleta; recibe

propuestas e inquietudes de los organismos de la sociedad civil y

los canaliza a través de las instancias competentes; entre otras.

Por todo lo anterior y reiterando que la participación social es

fundamental en todas las acciones relativas a la movilidad en

bicicleta que se pretendan llevar a cabo en el Municipio, ya que

propicia el acercamiento con la ciudadanía para entender sus

preocupaciones y necesidades en lo que a movilidad se refiere, es

que se somete a la consideración de este Honorable Ayuntamiento

el siguiente: PROYECTO DE DECRETO: Por el que se autoriza la

creación del Consejo Consultivo de Movilidad en Bicicleta del

Municipio de San Luis Potosí y se expide su Reglamento.

ÚNICO.- Se autoriza la creación del Consejo Consultivo de

Movilidad en Bicicleta del Municipio de San Luis Potosí y se

expide su Reglamento, para quedar como a continuación se

establece:

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Viene de la Página No. 27 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

REGLAMENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE MOVILIDAD EN BICICLETA DEL

MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1. El presente ordenamiento es de interés social; sus

disposiciones están fundamentadas en los artículos 115 fracción

II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

114 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y

Soberano de San Luis Potosí; 1°, 3°, 4°, 29°, 30°, 31° inciso b)

fracción I, 101, y demás relativos de la Ley Orgánica del

Municipio Libre para el Estado de San Luis Potosí; 140 del

Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, y 66,

67 y 68 del Reglamento para la Integración y Funcionamiento de

los Organismos de Participación Ciudadana en el Municipio de San

Luis Potosí.

Artículo 2. Este reglamento tiene por objeto crear y reglamentar

la integración, operación y funcionamiento del Consejo

Consultivo de Movilidad en Bicicleta del municipio de San Luis

Potosí.

Artículo 3. El Consejo Consultivo de Movilidad en Bicicleta del

municipio de San Luis Potosí es un organismo mixto integrado por

ciudadanos usuarios, beneficiarios o expertos en la materia de

movilidad en bicicleta y, por los funcionarios públicos

municipales comisionados para estos efectos

Artículo 4. El objetivo esencial del Consejo de Movilidad en

Bicicleta, de conformidad con el artículo 66 del Reglamento para

la Integración y Funcionamiento de los Organismos de

Participación Ciudadana en el Municipio de San Luis Potosí es

coadyuvar con el desarrollo del Programa de Movilidad en

Bicicleta que expida el H. Ayuntamiento y, dar seguimiento a los

asuntos relacionados con los servicios para movilidad en

bicicleta y ciclismo que ejecute el Municipio.

Artículo 5. Para efectos del presente ordenamiento se entenderá

por:

I. Consejo: Consejo Consultivo de Movilidad en Bicicleta

del municipio de San Luis Potosí.

II. Dirección General: Dirección General de Desarrollo

Social del Municipio de San Luis Potosí.

III. Dirección de Movilidad: Dirección de Movilidad en

Bicicleta del Municipio de San Luis Potosí.

IV. Director: Director de Movilidad en Bicicleta.

V. Reglamento: El presente Reglamento del Consejo

Consultivo de Movilidad en Bicicleta del Municipio de

San Luis Potosí.

VI. Municipio: El Municipio de San Luis Potosí.

CAPÍTULO II

De la Instalación e Integración del Consejo.

Artículo 6. Para la integración del Consejo el Presidente

Municipal emitirá convocatoria para celebrar una Asamblea que

tenga por objeto la instalación, nombramiento y toma de protesta

de sus integrantes.

Artículo 7. Para ser miembro del Consejo, se requiere:

I. Ser vecino de este Municipio;

II. Ser usuario ó beneficiario del programa de movilidad en

bicicleta; representante de alguna organización de la

sociedad civil o de otras agrupaciones ciudadanas

legalmente constituidas y con interés jurídico, académico

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Viene de la Página No. 28 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

ó líder empresarial, vinculado de alguna forma, con el

desarrollo de la movilidad en bicicleta;

III. Haber cumplido la mayoría de edad; IV. Tener credencial de elector actualizada;

V. Hacer patente por escrito su aceptación voluntaria de las

disposiciones aplicables, así como de los procedimientos y

responsabilidades correspondientes.

No deberá hacerse distinción o impedimento para actuar como

miembro del Consejo por razones de género ó discapacidad, así

como filiación política ó religiosa ó condición socio-económica.

Artículo 8. El Consejo estará integrado en su estructura orgánica

por:

I. El Director de Movilidad en Bicicleta del Municipio; II. El Regidor Presidente de la Comisión de Participación

Ciudadana;

III. El Regidor presidente de la Comisión de Policía Preventiva, Vialidad y Transporte;

IV. El Regidor Presidente de la Comisión de Desarrollo y

Equipamiento Urbano;

V. El Regidor Presidente de la Comisión de Educación;

VI. Un representante de la Coordinación de Centro Histórico;

VII. Un representante de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado;

VIII. Un representante del Instituto Potosino del Deporte;

IX. Un representante del Instituto Potosino de la Juventud;

X. Un representante del área de Deporte Municipal;

XI. Un representante de la Universidad Autónoma de San Luis

Potosí, y

XII. Los representantes de cada una de las organizaciones de la sociedad organizada designadas por el Ayuntamiento.

Artículo 9. Cada uno de los titulares integrantes del Consejo

miembros de la sociedad civil, deben designar al respectivo

suplente de entre los miembros de la Comisión edilicia, consejo,

dependencia u organización que representan, haciendo del

conocimiento del pleno del Consejo la citada designación.

Artículo 10. Los representantes de la sociedad organizada

integrantes del Consejo duran en su cargo tres años. Al término

del periodo, estos consejeros ciudadanos pueden ser sujetos de

ratificación o no por parte de los organismos que representan

hasta por una reelección.

Los integrantes institucionales duran en sus cargos durante el

período de la administración municipal.

Artículo 11. Los cargos de los miembros del Consejo son

honoríficos por lo que no se recibe remuneración económica por su

ejercicio. Tratándose de servidores públicos, sus funciones son

inherentes al cargo que desempeñen.

Artículo 12. Los representantes de las organizaciones de la

sociedad civil, legalmente constituidas y con interés jurídico,

así como otras agrupaciones ciudadanas vinculadas al desarrollo

de la movilidad en bicicleta, pueden solicitar su ingreso al

Consejo. Su admisión queda sujeta al acuerdo que, al respecto

emita la Asamblea General.

El acuerdo de asamblea en donde se admitan nuevos consejeros

deberá notificarse a la Dirección General para su trámite

correspondiente.

Artículo 13. En el procedimiento para la designación de los

consejeros ciudadanos, bajo ninguna circunstancia pueden

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Viene de la Página No. 29 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

participar o presentar candidatos, los poderes, organismos

constitucionales autónomos, ayuntamientos o sus dependencias y

entidades, en cualquiera de los tres ámbitos de gobierno.

Artículo 14. Las agrupaciones ciudadanas y empresas que sean

proveedoras de servicios al Municipio, participarán únicamente

como invitados; en el caso de que al momento de su adhesión no

sean proveedores y que posteriormente reciban la asignación,

automáticamente serán considerados como invitados.

CAPÍTULO III

Sesiones del Consejo

Artículo 15. El Consejo ejerce sus funciones al sesionar su

asamblea general y se constituye como el órgano máximo de

decisión y administración del organismo.

Artículo 16. El Consejo celebra sesiones de manera ordinaria por

lo menos cada 4 meses, pudiendo convocar a reuniones

extraordinarias cuantas veces sea necesario por conducto de la

Mesa Directiva.

Para las sesiones se debe de notificar por escrito a todos sus

integrantes con un mínimo de tres días hábiles de anticipación,

anexando el orden del día que regirá la sesión.

Artículo 17. El Consejo sesiona válidamente en primera

convocatoria con la asistencia de la mitad más uno de sus

integrantes, en caso de ausencia del Presidente de la Mesa

Directiva, quien preside las sesiones es el Director.

El quórum requerido es de la mitad más uno de los integrantes.

En caso de que no exista el quórum requerido, se abre una segunda

convocatoria el mismo día, sesionando válidamente con la

presencia de la tercera parte de los integrantes del Consejo.

Artículo 18. Los miembros del Consejo gozan de derecho a voz y

voto en las sesiones del mismo, ya sean ordinarias o

extraordinarias. En caso de ausencia del propietario, el Suplente

tendrá el derecho de voto. Las decisiones del Consejo se tomarán

por mayoría simple.

Artículo 19. Las opiniones, recomendaciones y propuestas del

Consejo deben ser presentadas de manera formal al Director de

Movilidad, al Ayuntamiento y demás autoridades municipales

competentes.

Las opiniones del Consejo, así como la respuesta que a ellas den

las autoridades competentes, se rigen por los reglamentos

municipales aplicables.

Artículo 20. Se puede invitar a las sesiones del Consejo, por

medio del Director de Movilidad, o a propuesta de cualquier

consejero, a servidores públicos, especialistas, representantes

de universidades, colegios de profesionistas u otros

representantes de los sectores sociales, para que aporten sus

experiencias y conocimientos en las materias propias del consejo

en los términos del presente manual, los cuales únicamente

tendrán derecho a voz.

CAPÍTULO IV

Atribuciones del Consejo

Artículo 21. El Consejo tiene las atribuciones siguientes:

I. Coadyuvar con la Dirección de Movilidad y con la Dirección

General en la elaboración del Programa de Movilidad en

Bicicleta y demás actividades que les sean solicitadas;

II. Fungir como instancia que dé seguimiento a las iniciativas

y acciones que se emprendan en el ámbito municipal,

relacionadas con la movilidad en bicicleta;

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Viene de la Página No. 30 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

III. Analizar y discutir los problemas relacionados con la

movilidad en bicicleta;

IV. Sugerir y proponer proyectos, obras y acciones a las

dependencias competentes, respecto de los planes y

programas municipales en materia de creación,

conservación, mantenimiento, rescate, promoción y

desarrollo de la movilidad en bicicleta;

V. Recibir propuestas e inquietudes de los organismos de la

sociedad civil y canalizarlos a través de las instancias

competentes;

VI. Promover planes y proyectos ya sea de forma independiente

o complementaria a las que se generen dentro de la

administración municipal, así como proponer acciones y

políticas dentro de los proyectos de la administración en

turno;

VII. A solicitud de las autoridades competentes, emitir opinión sobre los acuerdos y convenios que la administración

municipal pretenda realizar referentes a los programas y

proyectos de movilidad en bicicleta;

VIII. Proponer al Presidente Municipal y autoridades

competentes, dentro del marco del Plan Municipal de

Desarrollo, la celebración de acuerdos para la aplicación

de acciones relativas a la movilidad en bicicleta a través

de la firma de convenios y tratados a nivel nacional e

internacional;

IX. Dar seguimiento y facilitar la continuidad de los acuerdos

adquiridos por la administración municipal sobre los

planes, avances y logros que se vayan alcanzando en el

transcurso de las diferentes administraciones municipales

relativos a la movilidad en bicicleta;

X. Emitir recomendaciones respecto a las políticas públicas

de movilidad en bicicleta del Municipio;

XI. Proponer a las autoridades competentes la participación en

eventos, foros de discusión, encuentros de intercambio y

congresos relativos a la temática de la movilidad en

bicicleta, impulsando la participación ciudadana en la

misma;

XII. Designar y organizar las comisiones de trabajo que

funcionan al interior del Consejo, y

XIII. Las demás que se desprendan de las disposiciones

reglamentarias que le sean aplicables

CAPÍTULO V

De la Mesa Directiva del Consejo

Artículo 22. El Consejo será dirigido por una mesa directiva,

electa por sus integrantes cada tres años, salvo en su

constitución, en la que el Presidente Municipal podrá invitar a

quienes la conforman para que la dirijan el primer año de su

operación, así como el resto de sus miembros.

Artículo 23. Para ser integrante de la Mesa Directiva del Consejo

se requiere:

I. Ser representante de alguna organización de la sociedad

civil o de otras agrupaciones ciudadanas, académico ó

líder empresarial, vinculado de alguna forma, con el

desarrollo de la movilidad en bicicleta

II. Ser mayor de edad, y

III. Estar en pleno goce de sus derechos ciudadanos;

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Viene de la Página No. 31 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

En caso de ser representante de la Autoridad Municipal, el

funcionario deberá de estar comisionado por el Presidente

Municipal o por mandato de este Reglamento.

Artículo 24. La Mesa Directiva estará integrada por:

I. Un Presidente;

II. Un Secretario;

III. Un Tesorero, y

IV. Tres Vocales.

La falta temporal ó definitiva de uno de sus miembros, se suplirá

por consenso de entre los demás y se aprobará por la Dirección

General.

Los cargos son honoríficos y su aceptación voluntaria.

Artículo 25. La duración en los cargos de la Mesa Directiva será

por el término de la administración municipal en que fueren

electos.

Artículo 26.- Son facultades de los integrantes de la Mesas

Directivas del Consejo:

I. Previo acuerdo con la Dirección General, convocar a

Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias donde

ejerza funciones;

II. Realizar actividades para obtener recursos que

contribuyan al cumplimiento de sus fines, mediante

colectas, festivales, o cualquier otro medio lícito,

previa solicitud escrita al Director General;

III. Nombrar a los integrantes de las Comisiones Auxiliares del Consejo, cuando así se requiera;

IV. Acudir ante las Autoridades competentes para tratar

asuntos relacionados con los intereses de los

representantes en el organismo que presiden;

V. Solicitar a la Dirección General su intervención ante

la Instancia Jurídica correspondiente a efecto de

salvaguardar el Patrimonio Municipal;

VI. Administrar los bienes que le sean encomendados por el H. Ayuntamiento por conducto del Director General, y

VII. Las que les confieren en asamblea sus representados, dentro del marco del presente Reglamento y del

Reglamento para la Integración y Funcionamiento de los

Organismos de Participación Ciudadana.

Artículo 27. Son obligaciones de los integrantes de las Mesas

Directivas del Consejo:

I. Presentar para su aprobación en asamblea anual

ordinaria, el plan de actividades;

II. Recibir y presentar ante las instancias

correspondientes, las solicitudes, propuestas y demás

documentos que les encomienden sus representados;

III. Recibir y aplicar correctamente los recursos recibidos;

IV. Mantener en orden los archivos y en su caso, estados

financieros bajo su responsabilidad;

V. Levantar actas de asamblea y remitir copia de éstas a la

Dirección General;

VI. Preparar y presentar un informe en cada asamblea anual

ordinaria, del estado que guardan los asuntos

encomendados;

VII. Sesionarán en Mesa Directiva por lo menos una vez cada

dos meses;

VIII. Convocar a asamblea general ordinaria a los integrantes

del Consejo, por lo menos cada cuatro meses;

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Viene de la Página No. 32 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

IX. Convocar a asambleas extraordinarias, a los integrantes

del Consejo, cuando la importancia de los asuntos a

tratar así lo requiera;

X. Presentar por escrito informe anual de actividades al

Ayuntamiento, por conducto del Director General, a más

tardar el 01 de septiembre de cada año;

XI. Acudir a los cursos de capacitación y actividades, que

cite el Director General;

XII. Presentar los libros y demás documentación que las

Autoridades le requieran por conducto del Director

General, y

XIII. Las demás que se deriven del presente Reglamento y del

Reglamento para la Integración y Funcionamiento de los

Organismos de Participación Ciudadana.

Artículo 28. Los integrantes de las Mesas Directivas de los

Organismos de Participación Ciudadana, están impedidos para:

I. Realizar actos o prácticas de índole religiosa o

partidista, en función del cargo que ocupen;

II. Acordar para su beneficio personal gratificaciones,

compensaciones o retribución alguna;

III. Ser contratistas por sí o por interpósita persona en las

obras o servicios que se realicen por cuenta del

Ayuntamiento;

IV. Recaudar cooperaciones o contribuciones de los

integrantes, cuando no hayan sido acordadas en Asamblea

General;

V. Otorgar permisos, concesiones, bienes ó de cualquier forma

ejercer atribuciones que están conferidas a las

Autoridades oficialmente establecidas;

VI. Ostentarse como integrantes de la Mesa Directiva para

obtener beneficios personales ante dependencias

gubernamentales;

VII. Realizar litigios en contra del Ayuntamiento ante

autoridades judiciales o administrativas, en función del

cargo.

VIII.Realizar otras que estén prohibidas en el presente

Reglamento y en el Reglamento para la Integración y

Funcionamiento de los Organismos de Participación

Ciudadana.

Artículo 29. La renuncia y separación de cargos de la Mesa

Directiva se rige por lo establecido en los artículo 41, 42, 43,

44 y 45 del Reglamento para la Integración y Funcionamiento de

los Organismos de Participación Ciudadana.

Artículo 30. El Director de Movilidad previa coordinación con la

Dirección General, debe establecer los medios de apoyo

financieros y administrativos para desarrollar las actividades

operativas del Consejo.

CAPÍTULO VI

Comisiones auxiliares del Consejo

Artículo 31. Los integrantes del Consejo, para el mejor

desarrollo de los fines del mismo, podrán organizarse en

comisiones auxiliares de trabajo, correspondiéndoles el estudio,

consulta, análisis y en general, la preparación de aquellos temas

que les sean asignados.

Artículo 32. El Consejo conformará las comisiones y establecerá

sus denominaciones y atribuciones.

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Viene de la Página No. 33 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

Para la organización y trabajo de las comisiones en cada una se

nombrará un Coordinador.

Las comisiones celebrarán sesiones cuantas veces sea necesario

para el correcto desahogo de los asuntos turnados; sus

resoluciones se toman por mayoría de votos y, en caso de empate,

el coordinador de cada Comisión tiene voto de calidad.

Artículo 33. Son facultades y obligaciones de los Coordinadores

de Comisiones las siguientes:

I. Presidir los trabajos de la Comisión que le sea asignada por el Consejo;

II. Convocar a las reuniones de trabajo de la Comisión

respectiva;

III. Presentar al Consejo los resultados del trabajo de la Comisión;

IV. Establecer el seguimiento y cumplimiento de los acuerdos

tomados por el Consejo con relación a la Comisión de

trabajo que presida, y

V. Las demás que señale este reglamento y demás reglamentos aplicables.

CAPÍTULO VII

Separación de los Integrantes del Consejo

Artículo 34. El pleno del Consejo podrá remover a los consejeros

ciudadanos cuando:

I. Incurran en actos u omisiones que contravengan los fines y

objetivos del Consejo;

II. Incumplan con cualquiera de los requisitos de elegibilidad

señalados en el presente Reglamento;

III. Incumplan de manera reiterada con las obligaciones derivadas del presente Reglamento;

IV. Incumplan con los trabajos y actividades que le hayan sido

encomendadas, y

V. Incurran en dos inasistencias injustificadas consecutivas

a sesiones ordinarias.

El lugar de los consejeros removidos será ocupado por sus

suplentes, y en caso de faltar éstos o de ser removidos, la

organización, asociación civil u organismo ciudadano

correspondiente designará nuevo consejeros y suplente para

cumplir el término del nombramiento.

En caso de que alguno de los consejeros decida suspender su

participación, deberá notificarlo al Consejo con un mínimo de

diez días hábiles previos a su separación, exponiendo sus

motivos.

Artículo 35. Para todo lo no previsto en este Reglamento se

aplicara lo que al respecto establezca el Reglamento para la

Integración y Funcionamiento de los Organismos de Participación

Ciudadana en el Municipio de San Luis Potosí.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de

su publicación en el Periódico Oficial del Estado de San Luis

Potosí.

SEGUNDO. El Ayuntamiento, por conducto del Presidente Municipal,

en un plazo de diez días hábiles contados a partir de la entrada

en vigor de este Reglamento, emitirá la convocatoria respectiva

para la instalación y toma de protesta de los integrantes del

Consejo Consultivo de Movilidad en Bicicleta, convocando para

estos efectos a las asociaciones civiles, organismos y sociedades

que determine.

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Viene de la Página No. 34 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

TERCERO. Se autoriza a los ciudadanos Presidente Municipal y

Secretario General de este Ayuntamiento, para que suscriban la

documentación necesaria y lleven a cabo los actos inherentes al

cumplimiento del presente decreto. ATENTAMENTE, ROGELIO BÁRCENAS

MELÉNDEZ, REGIDOR H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI.------------

-- H. MIEMBROS DEL CABILDO DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS

POTOSÍ. Presentes.- El que suscribe, ROGELIO BÁRCENAS MELÉNDEZ,

Regidor de este H. Ayuntamiento de San Luís Potosí, con

fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 fracción II de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 114

fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y

Soberano de San Luis Potosí; 29 fracción I, 31 inciso b)

fracción I, y 74 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio

Libre de San Luis Potosí, y 63 fracción II y 91 fracciones I, IV

y V del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luís

Potosí, someto a la consideración de este Honorable Ayuntamiento,

iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 166 y

adiciona la fracción XIX al artículo 167 del Reglamento Interno

del Municipio Libre de San Luis Potosí, de acuerdo con la

siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: De acuerdo con lo establecido

en artículo 115 fracción II, párrafo segundo de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, los ayuntamientos

tienen facultades para aprobar los reglamentos municipales, que

regulen las funciones públicas de su competencia y aseguren la

participación ciudadana y vecinal, siempre y cuando éstos estén

de acuerdo con las leyes en materia municipal que expidan las

legislaturas de los estados. Por su parte, la Ley Orgánica del

Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, en su artículo 31

inciso b) fracción I, otorga a los ayuntamientos la facultad

normativa para expedir y publicar bandos de policía y gobierno,

reglamentos, circulares y demás disposiciones municipales

conforme al procedimiento respectivos. La presente iniciativa

responde, básicamente, al interés que tiene esta administración

municipal por avanzar en la implementación de la política pública

municipal enfocada en el impulso de la movilidad en bicicleta

como medio alternativo de transporte; que al respecto, vale la

pena recordar que el pasado 20 de octubre el H. Congreso del

Estado de San Luis Potosí emitió una nueva Ley de Transito del

Estado de San Luis Potosí, la cual obligaba a los ayuntamientos a

expedir la reglamentación correspondiente para la aplicación de

la nueva Ley; obligación que este H. Ayuntamiento cumplió a

cabalidad, expidiendo su nuevo Reglamento de Tránsito. Uno de los

temas principales que se introdujeron en el nuevo Reglamento de

Tránsito y que hoy se encuentran vigentes, son las nuevas

disposiciones relativas a la regulación de la bicicleta, las

cuales respondieron a la necesidad que existe actualmente, de

posicionar a la bicicleta, en un mediano-largo plazo, como un

medio de transporte: real, seguro, económico, ecológico y

sostenible. Debemos reconocer que para lograr que la bicicleta

sea utilizada de forma masiva en la ciudad, es necesario, entre

otras cosas, que el H. Congreso del Estado de San Luis Potosí

realice una serie de modificaciones a la legislación en materia

transporte. Sin embargo, a nivel municipal, con la legislación y

reglamentación que tenemos vigente, podemos continuar avanzando

hacia el posicionamiento de la bicicleta como medio alternativo

de transporte, haciendo modificaciones, que aunque pequeñas,

relevantes para la consolidación esta política pública municipal.

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Viene de la Página No. 35 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

La implementación de una política pública se lleva a cabo a

través de leyes, reglamentos y programas de gobierno que

funcionan como instrumentos de gestión. Un programa de gobierno

es lo que permite que una política en papel se convierta en

acción gubernamental. El éxito de una política pública que

promueva el uso de la bicicleta en la ciudad requiere, en primer

término, de una dirección o área especializada liderada por un

director de la estrategia, que se encuentre dentro de la

estructura de gobierno municipal. Motivo por el cual, aquí se

propone la creación de la Dirección de Movilidad en Bicicleta.

Según el Manual Integral de Movilidad Ciclista para ciudades

mexicanas, creado por el Instituto de Políticas para el

Transporte y Desarrollo (ITDP México) y la Interface for Cycling

Expertise (I-CE), a nivel organizacional, la creación de un

director es una condición indispensable para desarrollar una

política de la bicicleta realista y eficaz. Lo que se busca

esencialmente con la creación de esta área es designar un

director dentro de la administración municipal que centralice el

conocimiento, la planeación y la implementación de acciones, que

se encargue de difundir la importancia de la bicicleta y,

eventualmente, desempeñe la función de enlace para todo lo

relacionado con el tema de ciclismo en el municipio, pues debemos

reconocer que para el éxito y desarrollo de la política pública

planteada, es necesaria la coordinación y el trabajo en conjunto

con las direcciones o áreas municipales de obras públicas,

desarrollo urbano, ecología e imagen urbana, tránsito,

comunicación social y, desde luego con el Instituto Municipal de

Planeación. Por lo que respecta a la estructura de la Dirección

de Movilidad en Bicicleta que en su momento se diseñara por la

propia dirección en su manual de organización, se busca que el

Director que se nombre, cuente con un grupo interdisciplinario de

colaboradores para llevar a cabo todas las tareas vinculadas con

la planeación, la promoción y la implementación de la política

pública. La Dirección de Movilidad en Bicicleta platea su

existencia dentro de la Dirección General de Desarrollo Social

pues se considera que la participación de la ciudadanía es

fundamental para el éxito de esta política pública. Ahora bien,

una de las facultades que se establecen para la Dirección de

Movilidad en Bicicleta, y que consideramos prioritaria, es la

elaboración de un Programa de Movilidad en Bicicleta, cuya

finalidad sea fomentar integralmente y de forma masiva el uso de

la bicicleta como modo de transporte en la ciudad, para lo cual,

atendiendo las recomendaciones del Manual Integral de Movilidad

Ciclista para ciudades mexicanas, es indispensable la

participación social, ya que propicia el acercamiento con la

ciudadanía para entender sus preocupaciones y necesidades en lo

que a movilidad se refiere, creando una dinámica oportuna y una

aprobación social del Programa. Con la participación social se

pretende ciudadanizar el Programa de Movilidad en Bicicleta, y la

forma más efectiva de hacerlo es creando con base en el

Reglamento para la Integración y Funcionamiento de los Organismos

de Participación Ciudadana en el Municipio de San Luis Potosí, un

organismo de participación ciudadana, integrado por académicos,

arquitectos, urbanistas, ciclistas (actuales y potenciales),

empresarios y líderes de opinión, entre otros, que coadyuve con

el desarrollo del Programa de Movilidad. Para estos efectos y a

la par de la presente iniciativa se presenta proyecto respectivo.

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Viene de la Página No. 36 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

Por lo que toca a la elaboración del Programa de Movilidad en

Bicicleta lo que se busca es construir un instrumento de gestión

que aclare las acciones de gobierno en esta materia abarcando el

planteamiento, el análisis, la evaluación y la implementación de

la política a favor de la movilidad en bicicleta. Para lograr

este objetivo debemos reconocer que las acciones de la política

pública a favor de la bicicleta demandan una operación conjunta

desde todas las perspectivas del gobierno municipal, la sociedad

y el sector privado. Es decir, para que el municipio realmente

logre una transformación y los ciudadanos encuentren en la

bicicleta una alternativa viable y atractiva de transporte debe

existir un trabajo integral por parte de todas las direcciones y

áreas municipales que de alguna forma intervengan en el proceso

de posicionamiento de la bicicleta como medio alternativo de

transporte. Por lo anterior, todas las facultades que aquí se

proponen para la Dirección de Movilidad en Bicicleta, deberán

desarrollarse con el apoyo de las demás direcciones o áreas

municipales, que por sus propias facultades, deban intervenir;

pues lo que se busca finalmente es incorporar la movilidad en

bicicleta como criterio transversal en la gestión de todas las

dependencias involucradas con el tema; y de esta forma lograr en

un mediano-largo plazo consolidar a la bicicleta como un medio

alternativo de transporte: real, seguro, económico y sustentable.

Por todo lo anterior, es que se somete a la consideración de este

Honorable Ayuntamiento el siguiente PROYECTO DE DECRETO, Por el

que se reforma el artículo 166 y se adiciona la fracción XIX al

artículo 167 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San

Luis Potosí, ÚNICO.- Se reforma el artículo 166 y se adiciona la

fracción XIX al artículo 167 del Reglamento Interno del Municipio

Libre de San Luis Potosí, para quedar como siguen: Artículo 166.-

Para el mejor y eficaz desempeño en la prestación de los

servicios públicos, así como para el desahogo de los asuntos de

su competencia, la Dirección General de Desarrollo Social estará

integrada por la Dirección de Cultura, la Dirección de Desarrollo

Comunitario, la Dirección de Organización Social, la Dirección de

Desarrollo Rural y la Dirección de Movilidad en Bicicleta. Las

funciones de las Direcciones que integran la Dirección General

estarán contenidas en el manual de organización respectivo, sin

perjuicio de las establecidas en el presente reglamento. Artículo

167.- La Dirección General de Desarrollo Social tendrá a su cargo

las atribuciones y facultades siguientes:

I a XVIII. …

XIX. Por conducto de la Dirección de Movilidad en Bicicleta,

realizará las funciones siguientes:

a) Planear y ejecutar el Programa de Movilidad en Bicicleta del

Municipio cuya función principal sea fomentar integralmente y de

forma masiva el uso de la bicicleta como modo de transporte en el

municipio;

b) Elaborar los proyectos de infraestructura vial y equipamiento

ciclista;

c) Supervisar la construcción de infraestructura vial y

equipamiento ciclista;

d) Supervisar la operación y mantenimiento de las vías de

circulación y equipamiento ciclista;

e) Elaborar campañas de información y sensibilización de la

movilidad ciclista;

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Viene de la Página No. 37 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

f) Elaborar campañas de comunicación y promoción a favor del uso

de la bicicleta;

g) Elaborar y ejecutar programas de socialización del uso de la

bicicleta;

h) Elaborar y ejecutar programas de educación vial que favorezcan

la movilidad en bicicleta;

i) Regular los servicios para la movilidad en bicicleta;

j) Elaborar propuestas de cambio normativo a favor del uso de la

bicicleta, y

k) Crear instrumentos para la evaluación del Programa de

Movilidad en Bicicleta.

Para el desarrollo adecuado de las facultades arriba señaladas la

Dirección de Movilidad en Bicicleta deberá coordinarse con las

direcciones o áreas municipales de obras públicas, desarrollo

urbano, ecología, tránsito y vialidad, comunicación social y, con

el Instituto Municipal de Planeación.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de

su publicación en la Gaceta Municipal del Ayuntamiento de San

Luis Potosí.

SEGUNDO. La Dirección General de Desarrollo Social contará con un

plazo de treinta hábiles días a partir de la entrada en vigor del

mismo, para la adecuación de su Manual de Organización.

TERCERO. Se derogan todas las demás disposiciones que se opongan

a lo establecido en el presente Reglamento. ATENTAMENTE, ROGELIO

BÁRCENAS MELÉNDEZ, REGIDOR.--------------------------------------

-- Hace uso de la voz, el Regidor Rogelio Bárcenas Meléndez, para

señalar lo siguiente: “Muchas gracias, señor secretario, uno de

los temas principales que se introdujeron en el nuevo Reglamento

de Tránsito y que hoy se encuentran vigentes, son las nuevas

disposiciones, relativas a la regulación de la bicicleta, las

cuales respondieron a la necesidad que existe actualmente de

posicionar a la bicicleta en un mediano y largo plazo como un

medio de transporte real, seguro, económico, conveniente,

ecológico y sostenible, debemos reconocer que para lograr que la

bicicleta sea utilizada de forma masiva en la ciudad es necesario

entre otras cosas que el Honorable Congreso del Estado de San

Luis Potosí, realice una serie de legislaciones y modificaciones

a la legislación en materia de transporte, sin embargo a nivel

municipal con la legislación y reglamentos que tenemos vigentes

podemos continuar avanzando hacia el posicionamiento de la

bicicleta como medio alternativo de transporte haciendo

modificaciones que aunque pequeñas relevantes para la

consolidación de esta política pública municipal, la

implementación de una política pública se lleva a cabo a través

de leyes, Reglamentos y Programas de Gobierno que funcionan como

instrumento de gestión, un programa de gobierno es lo que permite

que una política en papel se convierta en acción gubernamental,

el éxito de una política pública que promueve el uso de la

bicicleta en la ciudad requiere en primer término de una

dirección ó área especializada liderada por un director de la

estrategia que se encuentre dentro de la estructura del gobierno

municipal, motivo por el cual, aquí se propone la creación de la

dirección de movilidad en bicicleta según el manual de movilidad

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Viene de la Página No. 38 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

ciclista para ciudades mexicanas creado por el instituto de

política para el transporte y desarrollo el ITDP México y la

interface ford Cycling Expertise a nivel organizacional la

creación de un director es una condición indispensable para

desarrollar una política de la bicicleta realista y eficaz por

eso es que pongo a la consideración de ustedes el proyecto de

decreto por el que se reforma el artículo 166 y se adiciona la

fracción 19 al artículo 167 del Reglamento Interno del Municipio

Libre de San Luis Potosí”. El Secretario del H. Ayuntamiento,

señala lo siguiente: “Muchas gracias señor regidor, como es del

conocimiento de todos ustedes, las iniciativas y decretos de

modificación a los ordenamientos internos, tienen que ser

turnados a la Comisión de gobernación respectiva”. En uso de la

voz, el Regidor Miguel Naya Guerrero, señala lo siguiente: “Si

muchas gracias, yo le quisiera preguntar al Señor Regidor Rogelio

Bárcenas, si dentro de toda esta política de Estado dentro de

toda esta reglamentación está contemplado el Tour que me parece

los jueves por la noche efectúan miles de ciclistas y si ¿alguien

ya estudió el riesgo que están corriendo? Por no tener una ruta

fija donde se les pudiera tener un auditorio, carranza, como lo

hace todo el mundo porque es sorpresivo de repente y en las

lagunas que se hacen entre un grupo y el otro van dos veces que

están a punto de atropellar a alguien, son jovencitos, son

estudiantes, son todo y están corriendo de repente un riesgo y no

hay nada que diga que los tienen que escoltar que los tienen que

proteger que tránsito, yo no veo nada antes de hacer política de

esto señores, vamos a poner el orden de lo que si nos compete a

nosotros”. Interviene el Regidor Rogelio Bárcenas Meléndez, para

señalar lo siguiente: “Le agradezco señor Regidor su intervención

que es muy interesante, lo que se busca esencialmente con la

creación de esta área es designar un director dentro de la

administración municipal que centralice el conocimiento, la

planeación y la implementación de acciones que se encargue de

difundir la importancia de la bicicleta eventualmente desempeñe

la función de enlace para todo lo relacionado con el tema del

ciclismo en el municipio pues debemos reconocer que para el éxito

y desarrollo de la política pública planteada es necesaria la

coordinación y el trabajo en conjunto con las Direcciones ó Áreas

Municipales de Obras Públicas, Desarrollo Urbano, Ecología e

Imagen Urbana, Transito Municipal, Policía Vial específicamente

Comunicación Social y desde luego con el Instituto Municipal de

Planeación, por lo que aunque es una iniciativa ciudadana que

desarrolla como esta de los jueves y otras mas, rodadas por la

noche por ejemplo este viernes vamos a tener la rodada con huevos

frutas y verduras de que sale a las nueve de la noche de morales

y vamos a visitar todos los mercados municipales que si es

importante lo que usted manifiesta para que exista un respeto, el

tema del ciclismo urbano como todo el tema de la utilización de

la vía pública es como una moneda de dos caras donde debe haber

respeto, tanto de unos como de otros, lo que nos ha solicitado en

este caso el colectivo vida sobre ruedas que organiza esta rodada

los jueves es el abanderamiento y puntualmente la policía vial

hace un despliegue de fuerza municipal para atender estos y

muchos otros que quizás no son de tanto volumen pero que también

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Viene de la Página No. 39 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

existen todas las semanas en nuestra ciudad capital”. Hace uso de

la voz, la Regidora Silvia Emilia Degante Romero, para señalar lo

siguiente: “Bueno yo aplaudo este gran esfuerzo que se está

haciendo por normar y proteger todos los sectores ciudadanos, a

mi me interesa mucho inclusive que se haga un fuerte hincapié en

la parte de la accesibilidad universal dado que este es uno de

los conceptos o de los sellos mas importantes que ha fijado la

administración presente y que en la accesibilidad universal no

nada más se ven las sillas de ruedas, tercera edad los ancianos,

personas con sobrepeso en fin todos los sectores, yo creo que

esto es uno de los conceptos mas vanguardistas que se han

adquirido precisamente dentro de esta política ecológica y

social, cívica entonces yo si creo que es muy importante nada más

hacer hincapié que estos conceptos estén en ello y que en el

consejo se contemple también a los sectores mas vulnerables para

que no queden a la saga porque finalmente como lo hemos comentado

las personas en bicicleta bueno yo creo que están abriendo con

mucha fuerza un espacio pero no pueden quedar de lado los otros

sectores muchas gracias”. Nuevamente el Regidor Rogelio Bárcenas

Meléndez, señala lo siguiente: “Por lo que respecta a la

estructura de la dirección de movilidad en bicicleta que en su

momento se diseñará por la propia dirección su manual de

organización, se busca que el director que se nombre cuente con

un grupo interdisciplinario de colaboradores para llevar a cabo

todas las tareas vinculadas con la planeación la promoción, la

accesibilidad universal y la implementación de esta política

pública”. La Regidora Silvia Emilia Degante Romero, señala lo

siguiente: “Totalmente de acuerdo, aquí nada más hago hincapié

porque tendrán que crearse los mecanismos dado que hay muchas

organizaciones deberá de hacerse por convocatoria en fin, señalar

los mecanismos y que en este caso los sectores puedan

participar”. Hace uso de la voz, el Secretario del H.

Ayuntamiento para señalar lo siguiente: “Si ustedes me lo

permiten, con el afán de abonar y avanzar en la sesión, el

proyecto de reforma que nos está presentando el señor Regidor

Rogelio Bárcenas va a ser turnado a la Comisión de Gobernación,

podemos hacer una especie de trabajo especial para el estudio y

cuenta del mismo, si ustedes no tienen ningún inconveniente, esta

Secretaría sometería entonces a su consideración el turno del

proyecto a la Comisión de Gobernación, quienes se encuentren a

favor, sírvanse manifestarlo levantando su mano. SE APRUEBA POR

UNANIMDIAD.------------------------------------------------------

-- Nuevamente hace uso de la voz, el Regidor Rogelio Bárcenas

Meléndez, para señalar lo siguiente: “Agradezco muchísimo y

aunque se hicieron algunos esfuerzos desde la administración

anterior, realmente es esta administración quien ha conjuntado la

voluntad política de este cuerpo edilicio y el trabajo coordinado

por las direcciones y también comunicación social y a su vez los

medios de comunicación que están haciendo posible mantener este

tema de la movilidad urbana sustentable en la agenda pública

municipal; muchas gracias”.--------------------------------------

-- Como punto VII del Orden del Día.- Solicitud de Regidor Ramón

Oyarvide Escalante, relativo a servicio funerario de los

empleados del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí, de policías y

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Viene de la Página No. 40 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

sus familiares. El Secretario del H. Ayuntamiento, hace del

conocimiento de los presentes que se recibió escrito del Regidor

Ramón Oyarvide Escalante, solicitando se agendara un punto dentro

del orden del día de la presente Sesión, en virtud de lo anterior

cedo el uso de la voz, al Regidor solicitante a efecto de que de

a conocer su solicitud. En virtud de lo anterior hace uso de la

voz, el Regidor solicitante, para señalar lo que sigue: “Bueno,

muchísimas gracias verbalmente yo primero quisiera con el permiso

del presidente de la Comisión de la Dirección Seguridad Pública,

esto se hizo porque en una visita que hicimos al el edificio

había habido un difunto y nos comentaron que se andaban

cooperando aunque tienen seguro de vida que eso lo cubre pero en

el momento no tienen a quien recurrir, yo se que esto va a pasar

a la Comisión de gobernación y lo único que le solicito a los

compañeros pues es de que pongamos tantito de nuestra conciencia

en que si les llega su seguro de vida pero en el momento no

tienen con que pagar lo que son los servicios médicos, es cuanto.

En uso de la voz, el Regidor Alberto Rojo Zavaleta, señala lo

siguiente: “Nada más quisiera destacar que en la actualidad se

brinda ese servicio a los trabajadores sindicalizados pero

también quisiera destacar el hecho de que precisamente en esta

administración lamentablemente desapareció el servicio de la

funeraria municipal y entonces yo quisiera en este sentido que

aunque resta muy poco tiempo para que finalice que se hiciera un

esfuerzo extraordinario para revertir esta lamentable decisión de

cancelar el servicio de la funeraria municipal y por lo que

respecta a los familiares de los trabajadores creo que si sería

una medida excesiva que en todo caso eso sería parte de una

negociación sindical y que no podemos de manera oficiosa

obsequiar este servicio”. El Secretario del H. Ayuntamiento,

señala lo siguiente: “Muchas gracias, nada más para puntualizar,

la funeraria municipal, no perteneció al Ayuntamiento, era

propiedad privada, y a la muerte de quien administraba la misma,

y por los problemas legales que ello implicó, se dejó de tener

ese servicio, aunque si el Ayuntamiento apoyaba desde luego a la

funeraria municipal y ha seguido apoyando con gastos funerarios a

través de desarrollo social, a los trabajadores que lo han

solicitado, a consideración el PUNTO PRESENTADO POR EL REGIDOR

RAMÓN OYARVIDE PARA SER TURNADO A LAS COMISIONES DE HACIENDA Y DE

GOBERNACIÓN, QUIENES SE ENCUENTREN A FAVOR SÍRVANSE MANIFESTARLO

LEVANTANDO SU MANO, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.-------------------

-- Como punto VIII del orden del Día.- Solicitud del Regidor

Miguel Naya Guerrero, relativo a información sobre Procedimiento

Administrativo. En uso de la voz, el Secretario del H.

Ayuntamiento, hace del conocimiento de los presentes que se

recibió escrito del Regidor Miguel Naya Guerrero, solicitando se

agendara un punto dentro del orden del día, relativo a

información sobre Procedimiento Administrativo. Al respecto esta

Secretaría, con el fin de contar con la información requerida por

el Regidor solicitante, turnó a la Contraloría Interna Municipal,

un oficio solicitando a la brevedad posible la información

relacionada con el caso, la cual obra en poder de su servidor, y

del cual le doy lectura como sigue: Por medio del presente

escrito y con fundamento, dirigido a un servidor perdón, y con

fundamento en los artículos 86 fracción IX de la Ley Orgánica

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Viene de la Página No. 41 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

para el Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí 126

fracción VII del Reglamento Interno de este Ayuntamiento 41

fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Estado de San Luis Potosí y 18 del Reglamento de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de

San Luis Potosí, doy atención a su oficio S.1708/2012 de fecha 27

de agosto del mismo año como sigue, la información que solicita

el Regidor Miguel Naya Guerrero se considera reservada por

tratarse de un documento que no ha sido resuelto, no ha causado

estado ni ejecutoria y que por lo tanto dar a conocer la

información con que se cuenta puede causar un perjuicio a la

investigación, sin embargo y como se tiene conocimiento el comité

de información no ha sesionado para resolver el expediente en que

se actúa y a fin de no polemizar en un asunto que en su momento

se resolverá con base a pruebas fehacientes se adjunta al

presente en sobre cerrado que contiene la narrativa de lo actuado

en el presente expediente que nos ocupa para que le sea entregado

por su conducto al Cabildo. Este es el turno que hace la

secretaría lo que nos pide el Regidor Miguel Naya en atención es

que se aperciba en un término de cinco días para que la

Contralora presente informe al Cabildo ya está aquí el informe en

atención a lo anterior y en razón de la fecha en que se recibió

no aperturamos una sesión privada para conocer el informe con el

apercibimiento que nos hace a todos la Ley de Transparencia, sin

embargo a sugerencia de esta secretaría y una vez que está aquí

el informe presentar en la siguiente sesión ordinaria que será

efecto en menos de un par de semanas técnicamente por los tiempos

que nos quedan una apertura en la misma sesión de sesión privada

para poder conocer el informe en pleno para efecto de que esté

porque mas allá de los quince días vamos a tener que volver a

sesionar y luego volver a sesionar y luego volver a sesionar, ¿si

les parece bien?. En uso de la voz, el Regidor Miguel Naya

Guerrero, manifiesta lo siguiente: “Si, yo estoy de acuerdo señor

esto era en obvio de que si ya nos vamos no quedaran flotando

algunas dudas a nivel de todo el municipio parte del Cabildo,

parte de nosotros unos a favor unos en contra si no que si

algunas veces yo eh recurrido a la contraloría y no eh encontrado

la respuesta nunca en tiempo y forma por eso me permití a subir

este punto y que fuera con un plazo perentorio para que la

Señorita Contralora nos informara pero con esta información es

correcto ya la estaremos escuchando muchas gracias”. Nuevamente

el Secretario del H. Ayuntamiento, señala lo siguiente:

“Perfecto, quienes se encuentren a favor de lo que ha escuchado

esta secretaría con el consenso del Regidor Ponente, sírvanse

manifestarlo levantando su mano, por unanimidad muchas gracias”.

-- Como punto IX del orden del día.- Solicitud de la Regidora

Silvia Emilia Degante Romero, relativa a propuesta de Norma

técnica complementaria del Reglamento de Conservación del Centro

Histórico de San Luis Potosí, en materia de Imagen Urbana. El

Secretario del H. Ayuntamiento, hace del conocimiento de los

miembros del Cabildo, que a petición de la propia Regidora

solicitante, este asunto se retira del orden del día.------------

-- Como punto X del orden del día.- Clausura: En uso de la voz y

con fundamento en el artículo 61 del Reglamento Interno y

habiendo sido agotados los puntos del orden del día, la ciudadana

Presidenta Municipal, Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre,

declaró clausurada esta Decimotercera Sesión Ordinaria de Cabildo

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Viene de la Página No. 42 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

del año 2012, de la Administración Municipal 2009 dos mil nueve

2012 dos mil doce, siendo las 12:55 doce horas con cincuenta y

cinco minutos del día 29 veintinueve de Agosto del año 2012 dos

mil doce. -------------------------------------------------------

------------------------ Se levanta la Sesión.-------------------

La Presidenta Municipal

C. Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre

(Rúbrica)

Los CC. Regidores

C. Ramón Oyarvide Escalante

(Rúbrica)

C. Alberto Rojo Zavaleta

(Rúbrica)

C. Miguel Naya Guerrero

(Rúbrica)

C. Cristina de los Ángeles Martí

Artolozaga

(Rúbrica)

C. Luis Isaác Rojas Montes

(Rúbrica)

C. Abraham Sánchez Martínez

(Rúbrica)

C. Gonzalo Benavente González

(Rúbrica)

C. Silvia Emilia Degante Romero

(Rúbrica)

C. Rogelio Bárcenas Meléndez

(Rúbrica)

C. Juan José Ruiz Hernández

(Rúbrica)

C. Sara Catalina Ramos Reyna

(Rúbrica)

C. Delia Margarita Morales

Martínez

(Rúbrica)

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Viene de la Página No. 43 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día

29 de Agosto de 2012 dos mil doce.

Los Síndicos del H. Ayuntamiento

C. Rocío del Carmen Mata Rangel

(Rúbrica)

C. Luis Miguel Meade Rodríguez

(Rúbrica)

Da fe el Secretario del H. Ayuntamiento

C. Emigdio Ilizaliturri Guzmán

(Rúbrica)

Pirma*