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En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del mismo
nombre, siendo las 12:00 doce horas del día 29 veintinueve de
Agosto del año dos mil doce, en el Salón de Cabildo del Palacio
Municipal, fecha y hora señalada para que tenga verificativo la
Decimotercera Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2012, de la
Administración Municipal para el periodo 2009-2012, da inicio
estando presentes: La Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre,
Presidenta Municipal; los CC. Ramón Oyarvide Escalante; Alberto
Rojo Zavaleta; Miguel Naya Guerrero; Cristina de los Ángeles
Martí Artolózaga; Luis Isaác Rojas Montes; Abraham Sánchez
Martínez; Gonzalo Benavente González; Silvia Emilia Degante
Romero; Rogelio Bárcenas Meléndez; Juan José Ruiz Hernández; Sara
Catalina Ramos Reyna; Delia Margarita Morales Martínez; así como
los Síndicos Rocío del Carmen Mata Rangel y Luis Miguel Meade
Rodríguez, todos ellos integrantes del H. Ayuntamiento de la
Capital para el trienio 2009-2012, así como Lic. Emigdio
Ilizaliturri Guzmán, en su carácter de Secretario del H.
Ayuntamiento.----------------------------------------------------
-- Instalado el acto, se abre la Sesión bajo el siguiente: ------
---------------------------- Orden del Día ----------------------
I.- Lista de Asistencia; -----------------------------------
II.- Declaración de Validez de la Sesión; -------------------
III.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de Hacienda
IV.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de
Alumbrado y Obras Públicas. ----------------------------
V.- Solicitud de la Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre,
Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento, relativo a
cambio de recinto para Sesión Solemne, el 1° de Octubre
de 2012.------------------------------------------------
VI.- Solicitud del Regidor Rogelio Bárcenas Meléndez,
relativa a:
a) Iniciativa con Proyecto de Decreto que crea el
Consejo Consultivo de movilidad en bicicleta del
Municipio de San Luis Potosí; y
b) Proyecto de Reforma al artículo 166 y se adiciona la
fracción XIX al artículo 167 del Reglamento Interno
del Municipio Libre de San Luis Potosí; -------------
VII.- Solicitud de Regidor Ramón Oyarvide Escalante, relativo
a servicio funerario de los empleados del H.
Ayuntamiento de San Luis Potosí, de policías y sus
familiares; --------------------------------------------
VIII.- Solicitud del Regidor Miguel Naya Guerrero, relativo a
información sobre Procedimiento Administrativo; --------
IX.- Clausura.-----------------------------------------------
-- Como punto I del Orden del Día.- En uso de la palabra, el Lic.
Emigdio Ilizaliturri Guzmán, Secretario del H. Ayuntamiento
conforme al artículo 19 del Reglamento Interno del Municipio
Libre de San Luis Potosí, procede a pasar lista de asistencia, da
cuenta a la Ciudadana Presidenta Municipal, Lic. Victoria Amparo
Labastida Aguirre, que se encuentran presentes doce Regidores y
dos Síndicos. Se informa a los miembros del Cabildo que se
recibieron escritos de los Regidores Luis Miguel Ávalos
Oyervides, Luz Elena Arellano Aguilar y Juan Víctor Almaguer
Torres, solicitando se justifiquen sus inasistencias a la
presente Sesión, por motivos de agenda.--------------------------
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Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
-- Como punto II del Orden del Día.- De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre;
artículos 20 y 46 del Reglamento Interno, la Ciudadana Alcaldesa
Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre, Presidenta Municipal,
declara que esta Sesión de Cabildo es válida, en virtud de que
existe quórum, por lo que las decisiones y acuerdos que se tomen
en ella tendrán validez y serán obligatorios. -------------------
-- Como punto III del Orden del Día.- Dictamen que presenta la
Comisión Permanente de Hacienda.- El Secretario del H.
Ayuntamiento, hace del conocimiento de los presentes que se
recibió escrito del Presidente de la Comisión de Hacienda,
solicitando se agendara un punto dentro del orden del día, por lo
que con fundamento en el artículo 89 Fracción VIII del Reglamento
Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí, se presenta el
dictamen de la Comisión señalada. Hace uso de la voz, el Síndico,
Lic. Luis Miguel Meade Rodríguez, para señalar lo siguiente:
“Muchas gracias, con su permiso compañeros de Cabildo, en primer
lugar, solicito someter a la consideración de mis compañeros
miembros del Cabildo la dispensa de la lectura del dictamen por
haber sido circulado con anterioridad”. En uso de la voz, el
Secretario del H. Ayuntamiento, señala lo siguiente: “A petición
del Presidente de la Comisión en turno, se solicita expresen su
autorización para la dispensa de la lectura del dictamen, quienes
se encuentren a favor sírvanse manifestarlo levantando su mano,
POR UNANIMIDAD LA DISPENSA DE LA LECTURA. En uso de la voz, el
Síndico Municipal, Lic. Luis Miguel Meade Rodríguez, señala lo
siguiente: “Muchas gracias Señor Secretario, toda vez que los
puntos fueron aprobados por unanimidad excepto el punto número
tercero de nuestro dictamen, solicito someter a la aprobación de
mis compañeros de Cabildo los puntos relativos desde el 1 uno, 2
dos, 4 cuatro, 5 cinco, 6 seis, 7siete y 8 ocho mismos que fueron
aprobados por unanimidad de la Comisión respectiva”. Interviene
el Regidor Alberto Rojo Zavaleta, para manifestar lo siguiente:
“Muy buenas tardes, en oposición a lo que solicita el señor
Síndico, yo pediría muy respetuosamente que cada uno de los
bloques fuera votado de manera individual para que quienes no
estuvimos presentes en la aprobación de este dictamen, pudiéramos
expresar nuestra aprobación o desaprobación de manera individual
sobre cada bloque”. Hace uso de la voz, el Regidor Juan José Ruiz
Hernández, para mencionar lo siguiente: “Bueno, si cada uno de
los puntos que están planteados en el dictamen de Hacienda, fue
discutido ampliamente en Comisiones y si alguno de nosotros por
algunas circunstancias relativas al mismo trabajo, no puede
asistir a la reunión de Comisiones, pues no vamos a repetir la
discusión, yo lo que opino es, que se vote como siempre lo hemos
hecho, en bloque, porque esto ya fue discutido en Comisiones, y
que en el caso específico, si alguien tiene alguna consideración
en particular, que esto ya fue abordado en suficiente amplitud en
la Comisión de Hacienda, yo estoy de acuerdo en que votáramos en
bloque”. Nuevamente interviene el Regidor Alberto Rojo Zavaleta,
para señalar lo siguiente: “Nada más quisiera aclarar, que quizás
no me escucho el Regidor y por eso su comentario, pero yo no pedí
que se abriera la discusión, yo nada más que la votación fuera de
manera individual”. Interviene el Secretario del H. Ayuntamiento,
para mencionar lo siguiente: “Así es, yo lo que quisiera sugerir
sin el afán de encontrar un punto de consenso general en la mesa
y si no someter las dos propuestas a consideración, la de la
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Viene de la Página No. 2 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
votación que ha hecho en bloque el presidente, la de la votación
punto por punto que ha hecho el regidor Rojo Zavaleta, yo
sugeriría en todo caso como en razón de que no asistió a la
Comisión pero si posee los dictámenes en tiempo y forma que
fueron circulados por la misma, si alguno de ustedes tiene un
voto en contra, de todas maneras de estos puntos que se sometan
en bloque, no quiere decir que voten en bloque la unanimidad,
alguien puede votar a favor o en contra o tenga algún
razonamiento, si así lo desea, ¿correcto? Yo sugeriría esta
dinámica para encontrar un consenso si estuvieran de acuerdo
regidor si le parecería bien así y si no someteríamos los puntos
a la decisión del Cabildo”. El Regidor Alberto Rojo Zavaleta,
señala que el manifestó su punto de vista. En uso de la voz, el
Secretario del H. Ayuntamiento, señala lo siguiente: “De tal
suerte que esta Secretaría, preguntaría por la aprobación en
bloque de los puntos 1, 2, 4, 5, 6, 7 Y 8 propuestos por la
Presidencia de la Comisión, quienes se encuentren a favor de los
mismos, sírvanse manifestarlos levantando su mano, ¿quienes se
encuentren en contra? ¿Abstenciones? Con 2 dos votos en contra,
cero abstenciones, se aprueban por mayoría los puntos 1, 2, 4, 5,
6, 7 y 8 del dictamen”. Hace uso de la voz, el Síndico Lic. Luis
Miguel Meade Rodríguez, para señalar lo siguiente: “Muchas
gracias Secretario, me permito entonces someter a consideración
de este Honorable Cabildo el punto tercero del Dictamen de la
Comisión de Hacienda referente a la solicitud del predio ubicado
en el fraccionamiento Valle Escondido, a favor de la asociación
Universidad de Ciencias y Arte del Potosí A.C. para la
construcción del Jardín de Niños Gabriela Mistral”. El Secretario
del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del
Cabildo el tercer bloque del dictamen, relativo a la DONACIÓN DE
UN PREDIO UBICADO EN EL FRACC. VALLE ESCONDIDO PARA LA
CONSTRUCCIÓN DEL JARDIN DE NIÑOS “GABRIELA MISTRAL”, como ha
quedado establecido en el dictamen; y de conformidad con lo que
establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, se
procede a realizar la votación en forma económica y simple, por
lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a
votar levantando su mano. CON UNA ABSTENCIÓN CERO VOTOS EN
CONTRA, SE APRUEBA POR MAYORÍA EL PUNTO TERCERO DEL DICTAMEN QUE
PRESENTA LA COMISIÓN DE HACIENDA”. ------------------------------
-- Se inserta el dictamen de la Comisión de Hacienda como sigue:
Julio 30, de 2012, HONORABLE CABILDO MUNICIPAL, PRESENTE.- De
conformidad con las facultades de la Comisión Permanente de
Hacienda del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí, se somete a
consideración del pleno de este Cabildo Municipal, los acuerdos
tomados en sesión de la misma, en fecha 27 de agosto de 2012, a
efecto de que se proceda al análisis, discusión y aprobación del
siguiente: DICTAMEN: I.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DEL PAGO QUE
SE TIENE CON LA EMPRESA “PAVIASFALTOS” S.A. DE C.V. DERIVADO DE
LOS TRABAJOS DE OBRA EJECUTADOS POR LA MISMA, DENOMINADOS PRIMERA
ETAPA DEL CENTRO LOGÍSTICO MUNICIPAL DE DISTRIBUCIÓN Y ABASTO, EN
PERIFÉRICO NORTE ESQUINA CAMINO A HUIZACHILLOS FRACCIONAMIENTO
“MARÍA CECILIA”. Una vez analizados los antecedentes de
conformidad con la información proporcionada por la Dirección de
Obras Publicas, la Comisión Permanente de Hacienda acuerda por
UNANIMIDAD de votos, aprobar el pago a la Empresa PAVIASFALTOS
S.A. DE C.V., por la cantidad y en los términos del dictamen
presentado ante la comisión del cual se anexa copia. En uso de la
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Viene de la Página No. 3 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de
los miembros del Cabildo, la aprobación del Primer bloque del
dictamen que presenta la Comisión de Hacienda, COMO HA QUEDADO
ESTABLECIDO, Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS
55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN
EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS
DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO
ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE
VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO
ROJO ZAVALETA y MIGUEL NAYA GUERRERO.----------------------------
-- II.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DEL PAGO QUE SE TIENE CON LA
EMPRESA ING. JOSÉ LUIS MUSA ABAD, DERIVADO DE LOS TRABAJOS DE
OBRA EJECUTADOS POR EL MISMO, DENOMINADOS PAVIMENTACIÓN DE
CARPETA ASFALTICA DE LA CALLE DOS, TRAMO HERNÁN CORTEZ A CALLE
NOVENA DE LA COLONIA INDUSTRIAL AVIACIÓN. Una vez analizados los
antecedentes de conformidad con la información proporcionada por
la Dirección de Obras Publicas, la Comisión Permanente de
Hacienda acuerda por UNANIMIDAD de votos, aprobar el pago a la
Empresa ING. JOSÉ LUIS MUSA ABAD, por la cantidad y en los
términos del dictamen presentado ante la Comisión del cual se
anexa copia”. En uso de la voz, el Secretario del H.
Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,
la aprobación del segundo bloque del dictamen que presenta la
Comisión de Hacienda, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE
CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL
REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA
ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL
CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,
SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR
Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y
MIGUEL NAYA GUERRERO.--------------------------------------------
-- III.- SOLICITUD DE DONACIÓN DEL PREDIO UBICADO EN EL
FRACCIONAMIENTO “VALLE ESCONDIDO”, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN
“UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y ARTES DEL POTOSÍ, A.C., PARA LA
CONSTRUCCIÓN DEL JARDÍN DE NIÑOS “GABRIELA MISTRAL”. Se analizó
la solicitud de donación suscrita por Asociación “Universidad de
Ciencias y Artes del Potosí, A.C., sobre el predio ubicado en el
Fraccionamiento “Valle Escondido” de esta ciudad, con superficie
de 2,037.39 m2, el cual será utilizado para la construcción de
del Jardín de Niños “Gabriela Mistral”, por lo cual esta Comisión
acuerda por MAYORÍA de 6 votos a favor y 1 abstención de la
Regidora Sara Catalina Ramos Reyna, realizar dicha enajenación
con las siguientes condicionantes:
a) Que el predio donado se utilizará única y exclusivamente para
la construcción del Jardín de Niños “Gabriela Mistral”,
correspondiéndole la superficie, medidas y colindancias
siguientes:
SUPERFICIE: 2,037.39 m2.
AL NORTE: 102.42 metros en dos líneas, la primera de 20.98
metros, y la segunda de 81.44 metros, lindan ambas con propiedad
del señor Francisco Hernández.
AL SUR: 99.08 metros, en dos líneas que mide la primera 94.01
metros, y la segunda 5.07 metros, lindan con Camino Antiguo a
Mexquitic.
AL PONIENTE: 16.37 metros, linda con calle Valle Grande.
AL ORIENTE: 44.12 metros, linda con propiedad privada.
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Viene de la Página No. 4 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
AL SUR-PONIENTE: 5.73 metros, en pancoupet que forman las calles
Valle Grande y Camino Antiguo a Mexquitic.
b) Los trabajos de construcción del Jardín de Niños “Gabriela
Mistral” deberán iniciarse dentro de los 6 seis meses siguientes,
y concluir los mismos en el lapso de doce meses, ambos plazos
contados a partir de la autorización del H. Cabildo, por lo que
en caso de no cumplir con dichas condicionantes, el inmueble se
revertirá de plano al Honorable Ayuntamiento de San Luis Potosí,
S.L.P., con las construcciones y mejoras que en su caso llegue a
tener, previo juicio tramitado ante la autoridad competente.
c) De igual manera operará la reversión del predio cuando deje de
usarse para los fines para el que fue donado, quedando impedida
la parte donataria a transmitir o realizar cualquier operación de
traslado de posesión o de propiedad sobre dicho predio.
d) Que en virtud de que un colindante con el predio se encuentra
promoviendo en contra del Ayuntamiento una servidumbre de paso,
misma que se ventila en el juzgado sexto del Ramo Civil bajo el
expediente 928/2011, se determina que en caso de que la autoridad
judicial emitiera una resolución favorable al demandante, la
parte donataria quedaría obligada solidariamente a respetar y
observar la decisión judicial en su carácter de beneficiaria de
la donación, ello en virtud de que adquiere el predio con todo
por cuanto de hecho y por derecho le corresponda en la
actualidad, incluyendo los litigios en los que se encuentre
inmerso o llegaran a desprenderse de la demanda de servidumbre.
La conformación del expediente se realizó de conformidad con los
artículos 114 fracción II, inciso b) de la Constitución Política
del Estado, 75 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio
Libre; 24, 25, 30, 32, 33, 35, 36, 37, 38, 39, 43 y 57 del
Reglamento para la Enajenación de Bienes Municipales. Amén de los
preceptos legales antes citados, me permito fundamentar en los
siguientes términos la facultad que tiene la autoridad municipal
para enajenar su patrimonio por medio de donación sin necesidad
de acudir ante el H. Congreso del Estado a solicitar su
autorización, fundamento que solicito quede integrado en el texto
del Acuerdo de Cabildo, en caso de ser aprobada la donación.
“De conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 fracción
II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San
Luis Potosí, el Ayuntamiento de esta Capital puede disponer
libremente de su patrimonio inmobiliario municipal sin necesidad
de solicitar la aprobación previa de la legislatura local,
debiendo únicamente contar con el voto de cuando menos las dos
terceras partes de los miembros del Cabildo.
Así lo ha confirmado la Suprema Corte de Justicia de la Nación en
distintos criterios judiciales federales, tal como la tesis de
jurisprudencia P./J. 36/2003 en la que interpreta el contenido
del artículo 115, fracción II, inciso b) Constitucional, y en la
que determina que CUALQUIER NORMA QUE SUJETE A LA APROBACIÓN DE
LA LEGISLATURA LOCAL LA DISPOSICIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DEL
MUNICIPIO DEBE DECLARARSE INCONSTITUCIONAL, criterio que de la
misma forma fue corroborado por dicha Corte Suprema al resolver
la Controversia Constitucional número 50/2009 promovida por el
Ayuntamiento de la Capital en contra del Congreso del Estado de
San Luis Potosí y a través de la cual se pronunció a favor de la
facultad del Ayuntamiento de la Capital para disponer de sus
bienes sin necesidad de la aprobación de la legislatura local”.
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Viene de la Página No. 5 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
Además del fundamento anterior, sirve de sustento y precedente
legal la resolución dictada en el amparo en revisión
administrativa 131/2012 de fecha 31 de Junio de 2012, pronunciada
por el Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en San Luis
Potosí, en cuyo resolutivo tercero establece que la Justicia de
la Unión ampara y protege a AGUAS DEL PONIENTE POTOSINO, S.A. de
C.V., en contra de los artículos 57, fracción XXXII, 114 fracción
VIII, segundo párrafo, y 115 primer párrafo de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de San Luís Potosí, que
facultan al Congreso del Estado para autorizar las concesiones de
los servicios públicos que le corresponden a los Municipios en
forma exclusiva, y el resto de los artículos inferiores a la
Constitución del Estado que guardan relación con dicha
atribución, que reclamó a las autoridades que conformaron el
proceso legislativo que concluyó en la vigencia de los mismos,
así como en contra los actos de aplicación por parte del Congreso
del Estado de San Luis Potosí, a través de su Comisión del Agua”.
En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a
consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del
tercer bloque del dictamen que presenta la Comisión de Hacienda,
COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 14 CATORCE VOTOS A FAVOR Y UNA ABSTENCIÓN
DEL REGIDOR ALBERTO ROJO ZAVALETA. ------------------------------
-- IV.- MODIFICACIÓN AL ACUERDO DE CABILDO EMITIDO EN FECHA 15 DE
NOVIEMBRE DE 2011, RELATIVA A LA DONACIÓN A FAVOR DE LA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ, DE UN PREDIO UBICADO EN
EL CAMINO A SANTA RITA, PERTENECIENTE A LA DELEGACIÓN DE VILLA DE
POZOS, S.L.P. LA CUAL TIENE POR OBJETO ESPECIFICAR LA SUPERFICIE
REAL QUE SE DONA A DICHA INSTITUCIÓN. Se aprueba por UNANIMIDAD
de votos, se modifique el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de
Noviembre de 2011, únicamente en la parte conducente a la
cantidad de metros donados, y se especifique lo siguiente:
a) Que la superficie real donada a favor de la Universidad
Autónoma de San Luis Potosí es de 315,247.12m2, con las
medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE: En cinco líneas. La primera de poniente a oriente con
una inclinación 117.53 metros; la segunda de norte a sur con una
inclinación de 162.41 metros; la tercera de poniente a oriente de
322.52 metros; la cuarta de norte a sur con una inclinación de
7.22 metros y, la quinta, de poniente a oriente con una
inclinación de 23.83 metros, lindan con varios propietarios.
AL SUR: En cinco líneas. La primera de poniente a oriente con una
inclinación de 323.50 metros; la segunda de norte a sur con una
inclinación de 150.00 metros; la tercera de poniente a oriente
con una inclinación de 103.00 metros; la cuarta de poniente a
oriente con una inclinación de 84.72 metros, y la quinta, de
poniente a oriente de 233.50 metros, lindan con Rancho el Olvido.
AL ORIENTE: En cuatro líneas. La primera de sur a norte con una
inclinación de 93.50 metros; la segunda de oriente a poniente con
una inclinación de 140.80 metros; la tercera de sur a norte de
325.00 metros y, la cuarta, en la misma dirección con una
inclinación de 94.00 metros, linda con Camino a Santa Rita y con
el Sr. Jesús Ponce.
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Viene de la Página No. 6 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
AL PONIENTE: 750.00 metros, linda con Antiguo Camino de los
Castillos.
b).- Que lo anterior no modifica el objeto para el cual fue
donado el predio, ni las demás condicionantes a las que haya
quedado sujeta dicha donación. En uso de la voz, el Secretario
del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del
Cabildo, la aprobación del cuarto bloque del dictamen que
presenta la Comisión de Hacienda, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y
DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL
REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA
ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL
CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,
SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR
Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA Y
MIGUEL NAYA GUERRERO.--------------------------------------------
V.- SOLICITUD DE DONACIÓN DE UNA PARTE DE UN PREDIO PROPIEDAD
MUNICIPAL A FAVOR DEL ORGANISMO INTERMUNICIPAL DE AGUA POTABLE,
ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN
PEDRO, SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ Y SAN LUIS POTOSÍ (INTERAPAS),
UBICADO EN EL FRACCIONAMIENTO ALPES DE ESTA CIUDAD. Se analizó la
solicitud de donación suscrita por el Organismo Intermunicipal de
Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de los municipios de
Cerro de San Pedro, Soledad de Graciano Sánchez y San Luis Potosí
(INTERAPAS), sobre parte de un predio ubicado en el
Fraccionamiento “Alpes” de esta ciudad, con superficie de 348.61
m2, el cual será utilizado para la instalación de un tanque
regulador que abastecerá de agua a los Fraccionamientos Alpes Y
Cordillera, por lo cual esta Comisión Permanente de Hacienda
acuerda por UNANIMIDAD de votos, realizar dicha enajenación con
las siguientes condicionantes:
PRIMERO: Que el predio donado consta de una superficie de 348.61
m2, con las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE: En tres líneas curvas, la primera partiendo de Poniente
a Oriente de 6.42 metros, la segunda de 24.26 metros y la tercera
de 6.42 metros, lindando todas ellas con propiedad municipal.
AL SUR: 43.55 metros, con calle Alpes.
SEGUNDO: Que el predio donado será única y exclusivamente para la
construcción de un Tanque Regulador con capacidad de 320m3, que
abastecerá de agua a los fraccionamientos Alpes y Cordillera de
esta ciudad, mismo que será operado por el Organismo
Intermunicipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de
los Municipios de Cerro de San Pedro, Soledad de Graciano Sánchez
y San Luis Potosí (INTERAPAS).
TERCERO: Que los tiempos de inicio y terminación de obra quedarán
sujetos al cronograma que para ello establezca el INTERAPAS, pero
por ningún motivo se deberá dar al predio un uso distinto al
solicitado.
CUARTO: Se autorice a la Sindicatura Municipal, a efecto de que
promueva ante la Dirección de Administración y Desarrollo Urbano
de este H. Ayuntamiento la delimitación del área donada, además
de la tramitación de la subdivisión respectiva ante esa misma
instancia municipal.
QUINTO: En caso de incumplimiento a cualquiera de las condiciones
impuestas, será motivo para que opere la reversión del predio a
favor del H. Ayuntamiento, o bien cuando deje de usarse para el
objeto que fue donado, o cuando la parte donataria pretenda
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Viene de la Página No. 7 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
transmitir o realizar cualquier operación de traslado de posesión
o de propiedad sobre dicho inmueble.
Lo anterior, de conformidad con los artículos 114 fracción II,
inciso b) de la Constitución Política del Estado, 75 fracción II
de la Ley Orgánica del Municipio Libre.
Amén de los preceptos legales antes citados, me permito
fundamentar en los siguientes términos la facultad que tiene la
autoridad municipal para enajenar su patrimonio por medio de
donación sin necesidad de acudir ante el H. Congreso del Estado a
solicitar su autorización, fundamento que solicito quede
integrado en el texto del Acuerdo de Cabildo, en caso de ser
aprobada la donación.
“De conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 fracción
II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San
Luis Potosí, el Ayuntamiento de esta Capital puede disponer
libremente de su patrimonio inmobiliario municipal sin necesidad
de solicitar la aprobación previa de la legislatura local,
debiendo únicamente contar con el voto de cuando menos las dos
terceras partes de los miembros del Cabildo.
Así lo ha confirmado la Suprema Corte de Justicia de la Nación en
distintos criterios judiciales federales, tal como la tesis de
jurisprudencia P./J. 36/2003 en la que interpreta el contenido
del artículo 115, fracción II, inciso b) Constitucional, y en la
que determina que CUALQUIER NORMA QUE SUJETE A LA APROBACIÓN DE
LA LEGISLATURA LOCAL LA DISPOSICIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DEL
MUNICIPIO DEBE DECLARARSE INCONSTITUCIONAL, criterio que de la
misma forma fue corroborado por dicha Corte Suprema al resolver
la Controversia Constitucional número 50/2009 promovida por el
Ayuntamiento de la Capital en contra del Congreso del Estado de
San Luis Potosí y a través de la cual se pronunció a favor de la
facultad del Ayuntamiento de la Capital para disponer de sus
bienes sin necesidad de la aprobación de la legislatura local”.
Además del fundamento anterior, sirve de sustento y precedente
legal la resolución dictada en el amparo en revisión
administrativa 131/2012 de fecha 31 de Junio de 2012, pronunciada
por el Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en San Luis
Potosí, en cuyo resolutivo tercero establece que la Justicia de
la Unión ampara y protege a AGUAS DEL PONIENTE POTOSINO, S.A. de
C.V., en contra de los artículos 57, fracción XXXII, 114 fracción
VIII, segundo párrafo, y 115 primer párrafo de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de San Luís Potosí, que
facultan al Congreso del Estado para autorizar las concesiones de
los servicios públicos que le corresponden a los Municipios en
forma exclusiva, y el resto de los artículos inferiores a la
Constitución del Estado que guardan relación con dicha
atribución, que reclamó a las autoridades que conformaron el
proceso legislativo que concluyó en la vigencia de los mismos,
así como en contra los actos de aplicación por parte del Congreso
del Estado de San Luis Potosí, a través de su Comisión del Agua”.
En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a
consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del
quinto bloque del dictamen que presenta la Comisión de Hacienda,
COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
![Page 9: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/9.jpg)
Viene de la Página No. 8 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN
CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA
GUERRERO.--------------------------------------------------------
-- VI. SOLICITUD DE DONACIÓN DE PREDIO UBICADO ENTRE LAS CALLES
VERGEL DE ARAGÓN, VERGEL DON AURELIO Y AVENIDA DEL SEÑOR DEL
FRACCIONAMIENTO BARRIO VERGEL, DE ESTA CIUDAD SIGNADA POR EL
DIRECTOR DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
DE GOBIERNO DEL ESTADO, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA ESCUELA
PRIMARIA. Se analizó la solicitud de donación suscrita por el
Director de Planeación y Evaluación de la Secretaria de Educación
de Gobierno del Estado, de un predio ubicado en el
Fraccionamiento “Barrio Vergel” de esta ciudad, con superficie de
3,630.14 m2, el cual será destinado para la construcción de una
escuela primaria, por lo cual esta Comisión Permanente de
Hacienda acuerda por UNANIMIDAD de votos, realizar dicha
enajenación con las siguientes condicionantes:
a) Que el predio se dona a favor de la Secretaría de Educación
de Gobierno del Estado, quien lo utilizará única y exclusivamente
para la construcción de una escuela primaria, correspondiéndole
la superficie, medidas y colindancias siguientes:
SUPERFICIE: 3, 630.1443 m2.
AL NORTE: 45.464 metros, linda con calle Vergel de Aragón.
AL NORESTE: 2.472 metros, en pancoupet que forman las calles
Vergel de Aragón y Avenida del Señor.
AL ESTE: 70.598 metros, linda con Avenida del Señor.
AL SURESTE: 10.664 metros, linda con propiedad particular.
AL SUR: 36.930 metros, linda con Polígono “B”.
AL OESTE: 81.452 metros, linda con calle Vergel Don Aurelio.
AL NOROESTE: 1.700 metros, pancoupet que forman las calles Vergel
Don Aurelio y Vergel de Aragón.
b) Los trabajos de construcción del plantel deberán iniciarse
dentro de los 6 seis meses siguientes, y concluir los mismos en
el lapso de doce meses, ambos plazos contados a partir de la
autorización del H. Cabildo, por lo que en caso de no cumplir con
dichas condicionantes, el inmueble se revertirá de plano al
Honorable Ayuntamiento de San Luis Potosí, S.L.P., con las
construcciones y mejoras que en su caso llegue a tener, previo
juicio tramitado ante la autoridad competente.
c) De igual manera operará la reversión del predio cuando deje de
usarse para los fines para el que fue donado, quedando impedida
la parte donataria a transmitir o realizar cualquier operación de
traslado de posesión o de propiedad a favor de terceros sobre
dicho predio.
Lo anterior, de conformidad con los artículos 114 fracción II,
inciso b) de la Constitución Política del Estado, 75 fracción II
de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 24, 25, 30, 32, 33, 35,
36, 37, 38, 39, 43 y 57 del Reglamento para la Enajenación de
Bienes Municipales. Amén de los preceptos legales antes citados,
me permito fundamentar en los siguientes términos la facultad que
tiene la autoridad municipal para enajenar su patrimonio por
medio de donación sin necesidad de acudir ante el H. Congreso del
Estado a solicitar su autorización, fundamento que solicito quede
integrado en el texto del Acuerdo de Cabildo, en caso de ser
aprobada la donación. “De conformidad con lo dispuesto por los
artículos 115 fracción II, inciso b) de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y 112 de la Ley Orgánica del
![Page 10: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/10.jpg)
Viene de la Página No. 9 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
Municipio Libre de San Luis Potosí, el Ayuntamiento de esta
Capital puede disponer libremente de su patrimonio inmobiliario
municipal sin necesidad de solicitar la aprobación previa de la
legislatura local, debiendo únicamente contar con el voto de
cuando menos las dos terceras partes de los miembros del Cabildo.
Así lo ha confirmado la Suprema Corte de Justicia de la Nación en
distintos criterios judiciales federales, tal como la tesis de
jurisprudencia P./J. 36/2003 en la que interpreta el contenido
del artículo 115, fracción II, inciso b) Constitucional, y en la
que determina que CUALQUIER NORMA QUE SUJETE A LA APROBACIÓN DE
LA LEGISLATURA LOCAL LA DISPOSICIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DEL
MUNICIPIO DEBE DECLARARSE INCONSTITUCIONAL, criterio que de la
misma forma fue corroborado por dicha Corte Suprema al resolver
la Controversia Constitucional número 50/2009 promovida por el
Ayuntamiento de la Capital en contra del Congreso del Estado de
San Luis Potosí y a través de la cual declara la invalidez del
decreto 664, por considerar que la intervención de la Legislatura
Local vulnera la autonomía municipal”.
Además del fundamento anterior, sirve de sustento y precedente
legal la resolución dictada en el amparo en revisión
administrativa 131/2012 de fecha 31 de Junio de 2012, pronunciada
por el Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en San Luis
Potosí, en cuyo resolutivo tercero establece que la Justicia de
la Unión ampara y protege a AGUAS DEL PONIENTE POTOSINO, S.A. de
C.V., en contra de los artículos 57, fracción XXXII, 114 fracción
VIII, segundo párrafo, y 115 primer párrafo de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de San Luís Potosí, que
facultan al Congreso del Estado para autorizar las concesiones
de los servicios públicos que le corresponden a los Municipios en
forma exclusiva, y el resto de los artículos inferiores a la
Constitución del Estado que guardan relación con dicha
atribución, que reclamó a las autoridades que conformaron el
proceso legislativo que concluyó en la vigencia de los mismos,
así como en contra los actos de aplicación por parte del Congreso
del Estado de San Luis Potosí, a través de su Comisión del Agua”.
En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a
consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del
sexto bloque del dictamen que presenta la Comisión de Hacienda,
COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN
CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA
GUERRERO.--------------------------------------------------------
-- VII. SOLICITUD DE PERMUTA DE UN PREDIO MUNICIPAL UBICADO EN
CALLE ARROYO DE LA VERBENA DEL FRACCIONAMIENTO “LOMAS DEL
TECNOLÓGICO AMPLIACIÓN”, POR OTRO PREDIO CON CONSTRUCCIÓN UBICADO
EN EL BOULEVARD MANUEL GOMÉZ MORIN, FRACCIÓN DE MILPILLAS SAN
LUIS POTOSÍ. La Comisión Permanente de Hacienda, analizó la
solicitud para efectuar la permuta de predios, con el objeto de
que el H. Ayuntamiento obtenga un inmueble que servirá para
reubicar las instalaciones de la zona de transferencia
pertenecientes a la Dirección de Ecología Municipal siendo los
predios a permutar los siguientes:
DESCRIPCIÓN DEL PREDIO PARTICULAR
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Viene de la Página No. 10 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
Predio con construcción ubicado en la Fracción de Milpillas del
Municipio de San Luís Potosí, S.L.P., con superficie de 4,280.70
m2, con las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE: 30.00 metros, linda con Margarito Hernández y Epifanio
Alonso; AL SUR: 30.00 metros, linda con derecho de vía del Anillo
Periférico Norte; AL ORIENTE: 142.96 metros, linda con resto de
la propiedad, y AL PONIENTE: 142.69 metros, linda con Epifanio
Torres Tovar. Cabe precisar que la parte construida comprende una
superficie de 2,635.92 m2.
DESCRIPCIÓN DEL PREDIO MUNICIPAL
Parte del Área de donación número tres, ubicada en el
fraccionamiento “Lomas del Tecnológico Ampliación” de esta
ciudad, con superficie aproximada de 4,886.70m2, y las medidas y
colindancias que resulten del levantamiento topográfico que se
posteriormente se solicitará a la Dirección de Administración y
Desarrollo Urbano de esta municipalidad.
5).- El valor de cada inmueble será el que resulte de los avalúos
que se efectuarán a cada uno de ellos, mismos que se dieron a
conocer en el seno de la Comisión de Hacienda en el momento en
que se sometió a discusión este punto. Una vez que fueron
debidamente analizados los avalúos así como el expediente
respectivo se aprueba por UNANIMIDAD de votos, celebrar dicha
permuta en los términos del dictamen presentado en comisión con
las siguientes condicionantes:
a) Que la permuta tiene como finalidad que el H. Ayuntamiento
obtenga un inmueble en propiedad en el cual pueda reubicar las
instalaciones de la zona de transferencia pertenecientes a la
Dirección de Ecología Municipal.
b) Que el predio con construcción que adquiere el H.
Ayuntamiento mediante permuta deberá ser única y exclusivamente
para reubicar las instalaciones de la zona de transferencia
dependiente de la Dirección de Ecología Municipal, sin perjuicio
de que de manera posterior pueda, de acuerdo a sus propias
necesidades, otorgarle un uso distinto, previa anuencia del H.
Cabildo Municipal.
c) Que en caso de aprobación de la permuta por parte del H.
Cabildo Municipal, se autorice a la Sindicatura Municipal a
efecto de que promueva ante la Dirección de Administración y
Desarrollo de este H. Ayuntamiento la delimitación del área que
corresponde a la superficie que mediante este acuerdo de Cabildo
se autoriza, además de la tramitación de la subdivisión
respectiva ante esa misma instancia.
Se realicen los trámites por parte de la Sindicatura Municipal, a
efecto de escriturar a favor del H. Ayuntamiento la permuta del
predio que adquiere en propiedad.
d) De acuerdo a los avalúos realizados por peritos se especifica
que el predio municipal reporta un valor de $16,418,800.10
(DIECISEIS MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS PESOS
010/100 M.N.) y el predio con construcción propiedad de
particular tiene un valor asignado de $14,625,739.19 (CATORCE
MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL SETESIENTOS TREINTA Y NUEVE
PESOS 19/100 M.M.), por lo tanto y en virtud de que el predio
propiedad municipal tiene un valor superior al del particular,
este se compromete a realizar a favor del ayuntamiento el pago de
la diferencia que asciende a $1,793,060.91 (UN MILLÓN SETECIENTOS
NOVENTA Y TRES MIL SESENTA PESOS 91/100 M.N.). Lo anterior de
conformidad con los numerales 35 de la Ley de Bienes del Estado y
![Page 12: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/12.jpg)
Viene de la Página No. 11 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
Municipios de San Luis Potosí, 111 de la Ley Orgánica del
Municipio Libre, y 31 fracción IV del Reglamento para la
Enajenación de Bienes Municipales. Amén de los preceptos legales
anteriormente invocados, me permito citar el fundamento que
faculta al H. Ayuntamiento para disponer libremente de sus bienes
patrimoniales, sin necesidad de contar con la autorización del H.
Congreso del Estado. “De conformidad a lo dispuesto por los
artículos 115 fracción II, inciso b) de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y 112 de la Ley Orgánica del
Municipio Libre de San Luis Potosí, el Ayuntamiento de esta
Capital puede disponer libremente de su patrimonio inmobiliario
municipal sin necesidad de solicitar la aprobación previa de la
legislatura local, debiendo únicamente contar con el voto de
cuando menos las dos terceras partes de los miembros del Cabildo.
Así lo ha confirmado la Suprema Corte de Justicia de la Nación en
distintos criterios judiciales federales, tal como la tesis de
jurisprudencia P./J. 36/2003 en la que interpreta el contenido
del artículo 115, fracción II, inciso b) Constitucional, y en la
que determina que CUALQUIER NORMA QUE SUJETE A LA APROBACIÓN DE
LA LEGISLATURA LOCAL LA DISPOSICIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DEL
MUNICIPIO DEBE DECLARARSE INCONSTITUCIONAL, criterio que de la
misma forma fue corroborado por dicha Corte Suprema al resolver
la Controversia Constitucional número 50/2009, promovida por el
H. Ayuntamiento de la Capital en contra del Congreso del Estado
de San Luis Potosí, a través de la cual se pronunció a favor de
la facultad del Ayuntamiento de la Capital para disponer de sus
bienes sin necesidad de la aprobación de la legislatura local”.
Además del fundamento anterior, sirve de sustento y precedente
legal la resolución dictada en el amparo en revisión
administrativa 131/2012 de fecha 31 de Junio de 2012, pronunciada
por el Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en San Luis
Potosí, en cuyo resolutivo tercero establece que la Justicia de
la Unión ampara y protege a AGUAS DEL PONIENTE POTOSINO, S.A. de
C.V., en contra de los artículos 57, fracción XXXII, 114 fracción
VIII, segundo párrafo, y 115 primer párrafo de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de San Luís Potosí, que
facultan al Congreso del Estado para autorizar las concesiones de
los servicios públicos que le corresponden a los Municipios en
forma exclusiva, y el resto de los artículos inferiores a la
Constitución del Estado que guardan relación con dicha
atribución, que reclamó a las autoridades que conformaron el
proceso legislativo que concluyó en la vigencia de los mismos,
así como en contra los actos de aplicación por parte del Congreso
del Estado de San Luis Potosí, a través de su Comisión del Agua”.
En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a
consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del
séptimo bloque del dictamen que presenta la Comisión de Hacienda,
COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN
CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA
GUERRERO.--------------------------------------------------------
-- VIII.- SOLICITUD QUE PRESENTA LA LIC. ROCÍO DEL CARMEN MATA
RANGEL, SÍNDICO MUNICIPAL, RELATIVA A LA DONACIÓN DE SILLAS DE
![Page 13: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/13.jpg)
Viene de la Página No. 12 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
RUEDAS OTORGADAS EN COMODATO A LOS BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA
“ACTIVATE A LA VIDA” EN SUS TRES GENERACIONES. Con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 115, fracción II, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 114
fracción II de la Constitución Político del Estado Libre y
Soberano de San Luís Potosí, 31, 89 Fracción XV, y demás
relativos de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de
San Luis Potosí y articulo 90 fracción IV del Reglamento Interno
del Municipio de San Luís Potosí, es competencia de la Comisión
de Hacienda conocer y resolver sobre la petición de enajenación
de bienes muebles, que elabora el Sistema Municipal DIF de este
H. Ayuntamiento de San Luis Potosí.
Una vez que fueron analizadas las constancias que integran el
expediente, la Comisión de Hacienda por UNANIMIDAD de votos,
autoriza la donación de 62 sillas de ruedas a los beneficiarios
del programa “actívate a la vida 2010, 2011 y 2012”, en base a lo
siguiente y con las condicionantes que se establezcan en el
contrato de donación que regule la enajenación de los citados
bienes muebles.
El artículo 9 del Reglamento de Enajenación de Bienes Muebles
Municipales, establece que: “Se podrá desafectar del dominio
público un bien de propiedad municipal, o cambiar su uso y
destino, siempre y cuando dicho bien no reúna las características
y condiciones necesarias para su aprovechamiento eficaz en el
servicio público o porque se considere que no puede dársele un
uso o destino de mayor importancia o conveniencia que el que
tenga destinado”. Las sillas de ruedas activas, son bienes
muebles pertenecientes al patrimonio municipal, según consta en
las facturas respectivas y se encuentran debidamente codificados
con clave única de registro. Dichos bienes, fueron adquiridos con
la finalidad de otorgarlos en comodato a los beneficiaros del
programa ACTÍVATE A LA VIDA, en virtud de que las características
de dichas sillas, son exclusivamente adaptables a la complexión
física de las personas que las usan. Los Beneficiarios del
programa en cita, son personas que tienen discapacidad
permanente, por lo que el uso del artefacto les es menester para
su desempeño y desarrollo cotidiano. De lo anterior, se deduce
que dichos bienes muebles, no reúnen las características y
condiciones necesarias para su aprovechamiento eficaz en el
servicio público, esto es porque que no pueden destinarse a un
uso diferente ya que el objeto de su adquisición tiene un destino
específico y de mayor importancia para la Administración Pública
enfocado al beneficio social. Las personas elegidas por el
procedimiento establecido por el Sistema Municipal DIF, dentro
del programa ACTIVATE A LA VIDA cumplieron las condiciones
establecidas en los contratos de comodato de las sillas de ruedas
e iniciaron el proceso de donación con la solicitud respectiva,
debidamente complementada con los datos asentados en los
comodatos de referencia, razón por la que se consideran cumplidos
los requisitos de Ley necesarios para dictaminar a favor de la
donación. Por lo antes expuesto, atenta y respetuosamente se
solicita a los miembros del Honorable Cabildo, la aprobación del
dictamen presentado: ATENTAMENTE, LA COMISIÓN PERMANENTE DE
HACIENDA, LIC. LUIS MIGUEL MEADE RODRÍGUEZ, PRESIDENTE DE LA
COMISION DE HACIENDA. En uso de la voz, el Secretario del H.
Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,
la aprobación del octavo bloque del dictamen que presenta la
![Page 14: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/14.jpg)
Viene de la Página No. 13 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
Comisión de Hacienda, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE
CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL
REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA
ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL
CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,
SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR
Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y
MIGUEL NAYA GUERRERO.--------------------------------------------
-- Como punto IV del Orden del Día.- Dictamen que presenta la
Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas.- En uso de la
voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, hace del conocimiento de
los presentes, que se recibió escrito de la Presidenta de la
Comisión Permanente de alumbrado y Obras Públicas, Regidora
Cristina de los Ángeles Martí Artolózaga, solicitando se agendara
un punto dentro del orden del día, por lo que con fundamento en
el artículo 89 Fracción VIII del Reglamento Interno del Municipio
Libre de San Luís Potosí, se presenta el dictamen de la Comisión
señalada. En virtud de lo anterior, hace uso de la voz el la
Regidora Presidenta de la Comisión, para manifestar lo siguiente:
“Solicito la dispensa de la lectura del dictamen, en virtud de
que fue turnado en tiempo y forma a cada uno de los miembros del
cabildo”. En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento,
somete a la consideración de los presentes, la dispensa de la
lectura del dictamen, quienes se encuentren a favor, sírvanse
manifestarlo levantando su mano”. SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE
VOTOS LA DISPENSA DE LA LECTURA DEL DICTAMEN.--------------------
-- Se inserta el dictamen para constancia, como sigue: ----------
Dictamen de la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas,
Agosto 23, 2012, CC. Integrantes del H. Cabildo de San Luis
Potosí, Presentes.- Los integrantes de la Comisión Permanente de
Alumbrado y Obras Públicas, presentamos ante el Pleno de este H.
Cabildo Municipal, los Acuerdos tomados en la reunión celebrada
en Segunda Convocatoria el día 17 de agosto del año dos mil doce,
a efecto de que se proceda al análisis, discusión y en su caso,
aprobación del siguiente: DICTAMEN: PRIMERO.- Se aprueba por
UNANIMIDAD de los presentes, la AUTORIZACIÓN DE SUBDIVISIÓN DE
PREDIO, ubicado en calle Francisco de Asís Castro #368, Cuartel
Casanova, Delegación de Villa de Pozos, propiedad del C. José
Luis Castillo Espinoza, quedando como sigue:
Dicha subdivisión cumple con los requisitos establecidos por la
Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de San Luis Potosí, el
Reglamento de Construcciones para el Municipio de San Luis Potosí
y el Plan de Centro de Población Estratégico para las ciudades de
San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, considerando como
Área de Donación la afectación realizada al predio por vialidad,
la cual corresponde a 1,750.97 metros cuadrados. La formalización
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Viene de la Página No. 14 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
del cumplimiento de escrituración de ésta área a favor del H.
Ayuntamiento deberá efectuarse en el mismo acto en que conste la
protocolización del acta de subdivisión de predios autorizada. El
incumplimiento de la escrituración respectiva, dejará sin efecto
la aprobación de la subdivisión, girándose la notificación
respectiva a catastro municipal, y al Registro Público de la
Propiedad y del Comercio; sin perjuicio de las demás sanciones
que se haga acreedor el titular de la autorización. En uso de la
voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de
los miembros del Cabildo, la aprobación del primer bloque del
dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,
COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN
CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA
GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS
MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------
-- SEGUNDO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes, la
AUTORIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO denominado “COTOS EL ÁNGEL ETAPA
1”, “COTOS EL ÁNGEL ETAPA 2” Y “COTOS EL ÁNGEL ETAPA 3”, ubicado
en Boulevard Manuel Gómez Morín esquina con Avenida Paseo de los
Horizontes al poniente de esta ciudad, propiedad del
Desarrolladora y Urbanizadora El Ángel, S.A. d C.V., teniendo el
resumen de áreas como a continuación se menciona:
Así mismo, cada una de las etapas presentan las siguientes
superficies:
![Page 16: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/16.jpg)
Viene de la Página No. 15 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
Dicho proyecto cumple con los requisitos establecidos por la Ley
de Desarrollo Urbano para el Estado de San Luis Potosí, el
Reglamento de Construcciones para el Municipio de San Luis Potosí
y el Plan de Centro de Población Estratégico para las ciudades de
San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, con una superficie
total para área de donación a tributar de 86,065.55 metros
cuadrados, la cual corresponde al 15.00 % del área vendible
total, del total del área de donación tributada antes mencionada,
dentro del predio se está proponiendo un área de 85,459.68 metros
cuadrados, solicitando el propietario la transferencia de un área
de donación de 605.87 metros cuadrados, según lo manifestado por
el Artículo 177, fracción II, inciso b), de la Ley de Desarrollo
Urbano para el Estado de San Luis Potosí. La formalización del
cumplimiento de escrituración del área de donación a favor del H.
Ayuntamiento deberá efectuarse en el mismo acto en que conste la
protocolización del acta de lotificación del fraccionamiento
autorizado. El incumplimiento de la escrituración respectiva,
dejara sin efecto la aprobación del fraccionamiento, girándose la
notificación respectiva a Catastro Municipal, y al Registro
Público de la Propiedad y del Comercio; sin perjuicio de las
demás sanciones que se haga acreedor el titular de la
autorización. Así mismo, en toda colindancia con propiedad
privada el área de donación deberá contar con muro de colindancia
de 2.00 metros de altura. Aprobándose por UNANIMIDAD de los
presentes la Autorización de la Transferencia del Área de
Donación del predio antes referido, la cual corresponde a 605.87
metros cuadrados, considerándose el valor unitario más alto por
metro cuadrado, según lo manifestado por el Artículo 177,
fracción II, inciso b), de la Ley de Desarrollo Urbano para el
Estado de San Luis Potosí. El pago de la transferencia mencionada
se deberá efectuar ante la Dirección de Administración y
Desarrollo Urbano, antes del registro del desarrollo, por lo
cual, el propietario deberá presentar los avalúos
correspondientes y requeridos por la Ley de Desarrollo Urbano
ante dicha Dirección Municipal, para la asignación del monto
total a pagar. En uso de la voz, el Secretario del H.
Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,
la aprobación del Segundo bloque del dictamen que presenta la
Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO
ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS
55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN
EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS
![Page 17: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/17.jpg)
Viene de la Página No. 16 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO
ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE
VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO
ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS
REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.---
-- TERCERO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes, la
AUTORIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO denominado “ALBORADA
RESIDENCIAL”, ubicado en Camino al Desierto #402, Fracción de la
Loma del Barrio de Santiago, propiedad de Grupo Constructor
Cumbres, S.A. de C.V., quedando como sigue:
Dicho proyecto cumple con los requisitos establecidos por la Ley
de Desarrollo Urbano para el Estado de San Luis Potosí, el
Reglamento de Construcciones para el Municipio de San Luis Potosí
y el Plan de Centro de Población Estratégico para las ciudades de
San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez. Tributando un área
de donación total de 5,080.85 metros cuadrados, la cual
corresponde al 15.02 % del área vendible, la formalización del
cumplimiento de escrituración de ésta área a favor del H.
Ayuntamiento deberá efectuarse en el mismo acto en que conste la
protocolización del acta de lotificación del fraccionamiento
autorizado. El incumplimiento de la escrituración respectiva,
dejara sin efecto la aprobación del fraccionamiento, girándose la
notificación respectiva a Catastro Municipal, y al Registro
Público de la Propiedad y del Comercio; sin perjuicio de las
demás sanciones que se haga acreedor el titular de la
autorización. Así mismo, en toda colindancia con propiedad
privada el área de donación deberá contar con muro de colindancia
de 2.00 metros de altura. Dentro del área de donación total se
está considerando el área de donación tributada con anterioridad
al momento de la autorización de la subdivisión de predios del
cual proviene éste, la cual corresponde a 2,083.86 metros
cuadrados. En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento,
somete a consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación
del tercer bloque del dictamen que presenta la Comisión de
Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE
![Page 18: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/18.jpg)
Viene de la Página No. 17 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL
REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA
ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL
CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,
SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR
Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y
MIGUEL NAYA GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS
ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------
-- CUARTO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes el Cambio
de Uso de Suelo de un predio ubicado en Circuito Villa de
Guadalupe #100, colonia Villas del Pedregal, el cual se clasifica
actualmente por el Plan de Centro de Población Estratégico como
HABITACIONAL DE DENSIDAD MEDIA BAJA CON CLAVE “H2” para quedar
como COMERCIAL CENTRAL CON CLAVE “CC”, debiendo cubrir previo a
desarrollar cualquier acción urbanística en el predio mencionado
el pago correspondiente al concepto de Cambio de Uso de Suelo
según lo manifestado por la Ley de Ingresos para el Municipio de
San Luis Potosí en el ejercicio fiscal aplicable. EL CAMBIO DE
USO DE SUELO SE AUTORIZA DE MANERA CONDICIONADA PARA QUE EN DICHO
PREDIO SE ESTABLEZCA EXCLUSIVAMENTE UN RESTAURANT-BAR. En uso de
la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración
de los miembros del Cabildo, la aprobación del cuarto bloque del
dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,
COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN
CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA Y MIGUEL NAYA
GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS
MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------
-- QUINTO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes eL Cambio de
Uso de Suelo de un predio ubicado en la calle Fuente del Amor
#220, colonia Balcones del Valle, el cual se clasifica
actualmente por el Plan de Centro de Población Estratégico como
Habitacional de Densidad Media Alta con clave “H3”, para quedar
como COMERCIAL CENTRAL CON CLAVE “CC”, debiendo cubrir previo a
desarrollar cualquier acción urbanística en el predio mencionado
el pago correspondiente al concepto de Cambio de Uso de Suelo
según lo manifestado por la Ley de Ingresos para el Municipio de
San Luis Potosí en el ejercicio fiscal aplicable. EL CAMBIO DE
USO DE SUELO SE AUTORIZA DE MANERA CONDICIONADA PARA QUE EN DICHO
PREDIO SE ESTABLEZCA EXCLUSIVAMENTE UN RESTAURANT-BAR. En uso de
la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración
de los miembros del Cabildo, la aprobación del quinto bloque del
dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,
COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN
CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA
GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.---
-- SEXTO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes el Cambio de
Uso de Suelo de un predio ubicado en la calle Octava #201,
![Page 19: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/19.jpg)
Viene de la Página No. 18 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
colonia San Luis, el cual se clasifica actualmente por el Plan de
Centro de Población Estratégico como Habitacional de Densidad
Alta con clave “H4”, para quedar como COMERCIAL DISTRITAL CON
CLAVE “CD”, debiendo cubrir previo a desarrollar cualquier acción
urbanística en el predio mencionado el pago correspondiente al
concepto de Cambio de Uso de Suelo según lo manifestado por la
Ley de Ingresos para el Municipio de San Luis Potosí en el
ejercicio fiscal aplicable. EL CAMBIO DE USO DE SUELO SE AUTORIZA
DE MANERA CONDICIONADA PARA QUE EN DICHO PREDIO SE ESTABLEZCA
EXCLUSIVAMENTE UNA BODEGA AURRERA EXPRESS. En uso de la voz, el
Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los
miembros del Cabildo, la aprobación del sexto bloque del dictamen
que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA
QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS
ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR
LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A
LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO;
HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11
ONCE VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES
ALBERTO ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS
MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------
-- SÉPTIMO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes el Cambio de
Uso de Suelo de un predio ubicado en Antiguo Camino a Santa María
del Río #518, Cuartel Casanova, Delegación Municipal de Villa de
Pozos, el cual se clasifica actualmente por el Plan de Centro de
Población Estratégico como Habitacional de Densidad Media Baja
con clave “H2”, para quedar como EQUIPAMIENTO CON CLAVE “E”,
debiendo cubrir previo a desarrollar cualquier acción urbanística
en el predio mencionado el pago correspondiente al concepto de
Cambio de Uso de Suelo según lo manifestado por la Ley de
Ingresos para el Municipio de San Luis Potosí en el ejercicio
fiscal aplicable. En uso de la voz, el Secretario del H.
Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,
la aprobación del séptimo bloque del dictamen que presenta la
Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO
ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS
55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN
EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS
DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO
ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE
VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO
ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y
SARA CATALINA RAMOS REYNA.---------------------------------------
-- OCTAVO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes el Cambio de
Uso de Suelo de un predio ubicado en la calle Bosques de las
Flores s/n, Cuartel las Cruces, Delegación Municipal de Villa de
Pozos, colindante al Fraccionamiento Alquería de Pozos, propiedad
de la Empresa Grupo Constructor Cumbres, S.A. de C.V., el cual se
clasifica actualmente por el Plan de Centro de Población
Estratégico como Uso Agropecuario con clave “AR-AGR” y como
Espacios Verdes, -Abiertos y Recreativos con clave “EV”, para
quedar como HABITACIONAL DE DENSIDAD MEDIA ALTA CON CLAVE “H3”
según el Dictamen emitido por el Instituto Municipal de
Planeación (IMPLAN), debiendo cubrir previo a desarrollar
cualquier acción urbanística en el predio mencionado el pago
correspondiente al concepto de Cambio de Uso de Suelo según lo
manifestado por la Ley de Ingresos para el Municipio de San Luis
![Page 20: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/20.jpg)
Viene de la Página No. 19 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
Potosí en el ejercicio fiscal aplicable. En uso de la voz, el
Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los
miembros del Cabildo, la aprobación del octavo bloque del
dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,
COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN
CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA
GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.---
-- NOVENO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes el Cambio de
Uso de Suelo de un predio ubicado en Boulevard Monte bello #319,
fraccionamiento Pozos Residencial, Delegación Municipal de Villa
de Pozos, el cual se clasifica actualmente por el Plan de Centro
de Población Estratégico como Habitacional de Densidad Alta con
clave “H4”, para quedar como COMERCIAL DISTRITAL CON CLAVE “CD”,
debiendo cubrir previo a desarrollar cualquier acción urbanística
en el predio mencionado el pago correspondiente al concepto de
Cambio de Uso de Suelo según lo manifestado por la Ley de
Ingresos para el Municipio de San Luis Potosí en el ejercicio
fiscal aplicable. En uso de la voz, el Secretario del H.
Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,
la aprobación del noveno bloque del dictamen que presenta la
Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO
ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS
55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN
EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS
DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO
ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE
VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO
ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y
SARA CATALINA RAMOS REYNA.---------------------------------------
-- DÉCIMO.- Se NIEGA por MAYORIA de los presentes el Cambio de
Uso de Suelo de un predio ubicado en Carretera San Luis – Río
Verde Kilometro 253, y Acceso al Fracc. Real del Potosí,
Delegación Municipal de Villa de Pozos, el cual se clasifica
actualmente por el Plan de Centro de Población Estratégico como
Uso Silvestre con clave “AS”, pretendiéndose cambiar a
Habitacional de Densidad Media Alta con clave “H3”. En uso de la
voz, el Regidor Gonzalo Benavente González, señala lo siguiente:
“Antes de proceder a la votación de este paquete de puntos de
acuerdo quisiera hacer una intervención en relación con el punto
No. 10 que habla de la negativa de conceder uso de suelo a un
predio que se ubica en la carretera San Luis Río verde en el Km.
253 y quiero también con ello justificar el cambio en el sentido
de mi voto participe yo en la Comisión respectiva y en este caso
yo parto del supuesto de que tendiendo lo que describe el
artículo 30 de la ley orgánica establece que cuando se rechaza
por el Cabildo la iniciativa de una norma puedo entender que por
extensión se aplica también a un punto de acuerdo, esta no podrá
volver a presentarse para su estudio si no transcurridos por lo
menos seis meses desde el acuerdo de la negativa, este sería el
caso para este caso que se rechaza o se niega el cambio de uso de
suelo, cuando se tomó en consideración el dictamen del Implan que
le daba ocasión de uso de suelo para densidad H1 esta densidad H1
![Page 21: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/21.jpg)
Viene de la Página No. 20 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
parece inadecuada para este tipo de predio, hay pocos predios en
la ciudad si no me recuerdo si acaso dos que se consideran H1 y
en este caso considera el implan que corresponde el uso de suelo
a H1 cuando el solicitante había pedido uso de suelo a H3 que por
la zona en donde encuentra enclavado este predio creo que es más
congruente de manera que el sentido de mi voto sería en contra de
este punto precisamente porque dejamos en un estado pues
prácticamente de indefensión al propietario de este predio porque
tendría que subir nuevamente dentro de seis meses, el punto si
hubiésemos optado por darle el uso de suelo a H1 muy posiblemente
en una siguiente etapa y con toda seguridad en la siguiente
administración le podría cambiar la densidad de uso de suelo y
podrían disponer del predio para usos que tienen destinados,
quiero extenderme un poco no está a discusión el punto décimo
primero, pero sería prácticamente una negativa semejante aquí se
le niega el uso de suelo a un predio por considerar que el acceso
a la Delegación de la Pila es inadecuado para vehículos de
transporte pesado y también quiero señalar que el sentido de mi
voto en su oportunidad en sentido diferente que al que emití
cuando celebró la sesión de Comisión correspondiente por el hecho
de que este predio de mas del acceso que tienen por la entrada
principal a la delegación de la pila tiene también un acceso por
lo que es ahora la Avenida Comisión Federal de Electricidad estas
serían dos precisiones que quiero dejar claras para que se
justifique con ello y cambien el sentido de mi voto muchas
gracias”. En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento,
señala que se toma nota de la solicitud presentada por el Regidor
Gonzalo Benavente González, y somete a consideración de los
miembros del Cabildo, la aprobación del décimo bloque del
dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,
COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 4 CUATRO VOTOS EN
CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA, MIGUEL NAYA
GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.---
-- DECIMO PRIMERO.- Se NIEGA por UNANIMIDAD de los presentes el
Cambio de Uso de Suelo de un predio ubicado en Camino de Acceso a
la Pila, Delegación Municipal La Pila, el cual se clasifica
actualmente por el Plan de Centro de Población Estratégico como
Espacios Verdes, Abiertos y Recreativos con clave “EV”, Servicios
a la Industria con clave “S”, Área Urbanizable con clave “AU” y
Corredor Comercial Distrital con clave “CD” pretendiéndose
cambiar a Industria Ligera con clave “IL”. En uso de la voz, el
Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los
miembros del Cabildo, la aprobación del décimo primer bloque del
dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,
COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN
CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA Y MIGUEL NAYA
![Page 22: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/22.jpg)
Viene de la Página No. 21 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS
MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------
-- DECIMO SEGUNDO.- Se NIEGA por UNANIMIDAD de los presentes el
Cambio de Uso de Suelo de un predio aledaño a la Presa de San
José, el cual se clasifica actualmente por el Plan de Centro de
Población Estratégico como Área de Preservación Ecológica con
clave “AN-PE”, Área de Preservación de Cuenca Hidrológica con
clave “AN-PCH”, Uso Silvestre con clave “AR-AS” y Área
Urbanizable con clave “AU”, pretendiéndose cambiar a Habitacional
de Densidad Media Baja con clave “H2” y Comercial Central con
clave “CC”. En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento,
somete a consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación
del décimo segundo bloque del dictamen que presenta la Comisión
de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE
CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL
REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA
ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL
CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,
SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR
Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y
MIGUEL NAYA GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS
ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------
-- DECIMO TERCERO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes, la
AUTORIZACIÓN DE LA RELOTIFICACIÓN (MODIFICACIÓN) DEL CONDOMINIO
LA LOMA CLUB DE GOLF, propiedad de la Empresa Residencial la
Tenería, S.A. de C.V. y Urbanizadora Peñablanca, S.A. de C.V.,
quedando como sigue:
En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a
consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del
Décimo tercer bloque del dictamen que presenta la Comisión de
Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE
CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL
REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA
ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL
CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,
SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR
Y 4 CUATRO VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO
ZAVALETA, MIGUEL NAYA GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA
CATALINA RAMOS REYNA.--------------------------------------------
-- DECIMO CUARTO.- Se aprueba por MAYORIA de los presentes, la
AUTORIZACIÓN DE LA RELOTIFICACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO BOSQUES DEL
CÉSAR, propiedad de la Fraccionamiento Bosques del César, S.A. de
C.V., quedando como sigue:
![Page 23: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/23.jpg)
Viene de la Página No. 22 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a
consideración de los miembros del Cabildo, la aprobación del
bloque décimo cuarto del dictamen que presenta la Comisión de
Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE
CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL
REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA
ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL
CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR,
SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR
Y 4 CUATRO VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO
ZAVALETE, MIGUEL NAYA GUERRERO, LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA
CATALINA RAMOS REYNA.--------------------------------------------
-- DECIMO QUINTO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes, la
ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE “FRANCISCO CABRAL JAIME” A LA CALLE
LATERAL ORIENTE DE LA ALAMEDA JUAN SARABIA. En uso de la voz, el
Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los
miembros del Cabildo, la aprobación del bloque décimo quinto del
dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas,
COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN
CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETE Y MIGUEL NAYA
GUERRERO Y DOS ABSTENCIOENS DE LOS REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS
MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------
DECIMO SEXTO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes, la
ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE “ RAFAEL MONTEJANO Y AGUIÑAGA ” A LA
AVENIDA PRINCIPAL QUE ATRAVIESA DE NORTE A SUR EL FRACCIONAMIENTO
BOSQUES DEL CÉSAR. En uso de la voz, el Secretario del H.
Ayuntamiento, somete a consideración de los miembros del Cabildo,
la aprobación del bloque décimo sexto del dictamen que presenta
la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, COMO HA QUEDADO
ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS
55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN
EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS
DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO
ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE
VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO
ROJO ZAVALETA Y MIGUEL NAYA GUERRERO Y DOS ABSTENCIOENS DE LOS
REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.---
-- DECIMO SÉPTIMO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes,
la MODIFICACIÓN AL ACUERDO DE CABILDO DE FECHA 28 DE JUNIO DE
![Page 24: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/24.jpg)
Viene de la Página No. 23 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
2012, A TRAVÉS DEL CUAL SE AUTORIZÓ EL DESARROLLO HABITACIONAL EN
RÉGIMEN DE CONDOMINIO HORIZONTAL DENOMINADO “FRAYLEA
RESIDENCIAL”, en virtud de que por un error involuntario se
menciono como propietario del desarrollo habitacional a la
EMPRESA “SISCO CONSTRUCTORA, S.A. DE C.V.” SIENDO LO CORRECTO
“GRUPO CONSTRUCTOR CUMBRES, S.A. DE C.V.” ATENTAMENTE, CRISTINA
DE LOS ANGELES MARTI ARTOLOZAGA, REGIDORA PRESIDENTE DE LA
COMISION PERMANENTE DE ALUMBRADO Y OBRAS PÚBLICAS. En uso de la
voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, somete a consideración de
los miembros del Cabildo, la aprobación del bloque décimo séptimo
del dictamen que presenta la Comisión de Alumbrado y Obras
Públicas, COMO HA QUEDADO ESTABLECIDO Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE
PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR
LO QUE SOLICITA A LOS MIEMBROS DEL CABILDO, PROCEDAN A VOTAR
LEVANTANDO SU MANO; HECHO LO ANTERIOR, SE CONTABILIZA Y SE
APRUEBA POR MAYORÍA DE 11 ONCE VOTOS A FAVOR Y 2 DOS VOTOS EN
CONTRA DE LOS REGIDORES ALBERTO ROJO ZAVALETA Y MIGUEL NAYA
GUERRERO Y DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES LUIS ISAÁC ROJAS
MONTES Y SARA CATALINA RAMOS REYNA.------------------------------
-- Como punto V del orden del Día.- Solicitud de la Lic. Victoria
Amparo Labastida Aguirre, relativo a cambio de recinto para
Sesión Solemne, el 1° de Octubre de 2012; en uso de la voz, el
Secretario del H. Ayuntamiento, señala lo siguiente: “Se hace del
conocimiento de los presentes que se recibió escrito de la Lic.
Victoria Amparo Labastida Aguirre, presidenta Municipal,
solicitando se agendara un punto dentro del orden del día,
relativa a la aprobación del cambio de Recinto para la Sesión
Solemne de Toma de Protesta del Ayuntamiento entrante, solicitud
que el Presidente Municipal Electo, Lic. Mario García Valdez,
envió a la Alcaldesa de la Capital, a la cual me permito dar
lectura, con la anuencia de la Ciudadana Presidenta Municipal,
como sigue: “En virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la
Ley Orgánica del Municipio Libre y soberano de San Luis Potosí,
solicito a usted que a través de la Administración Municipal que
usted Preside, se realicen los trámites necesarios ante quien
corresponda, para hacer uso de las instalaciones del Teatro de la
Paz, recinto emblemático de nuestra Ciudad de San Luis Potosí,
con el objeto de realizar el acto Constitucional y protocolario
de la toma de Protesta del presidente Municipal para el periodo
2012-2015 de esta ciudad, a efectuarse se corrigió la hora acaba
de llegar el oficio a las 19:00 horas del día 1 de octubre del
año en curso. Quiero comentar nada mas que la hora finalmente es
protocolaria, el día es el que es obligatorio y por ley y la
autorización de cambio de recinto es lo que se hace por Cabildo,
la hora la fijar de acuerdo al protocolo de invitados especiales
que hay, esperando contar con su valiosa intervención Esperando
contar con su valiosa intervención, PRESIDENTE MUNICIPAL ELECTO
DE SAN LUIS POTOSÍ, PARA EL EJERCICIO CONSTITUCIONAL 2012-2015,
RÚBRICA. Continúa señalando, con voz informativa me permito hacer
de su conocimiento a los miembros del Honorable Cabildo, lo que
dispone el Reglamento Interno de este H. Ayuntamiento en su
CAPÍTULO SEGUNDO, DE LA INSTALACIÓN DE LOS AYUNTAMIENTOS.
![Page 25: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/25.jpg)
Viene de la Página No. 24 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
“Artículo 13.- El Ayuntamiento se instalará en Sesión Solemne y
pública, el día uno de Octubre del año de su elección, con las
formalidades legales establecidas en la Ley Orgánica. Al efecto
se procederá de la siguiente manera: I.- El Presidente Municipal
electo fijará el lugar y la hora de la instalación, solicitando
por escrito al Ayuntamiento saliente se habilite dicho sitio a
fin de que pueda usarse para el efecto de la sesión solemne en la
fecha y hora indicadas. II.- A la sesión solemne y pública
acudirán los miembros del Ayuntamiento saliente; En virtud de lo
anterior, cada uno de ustedes será convocado a asistir a la
Sesión Solemne de Cabildo de Toma de protesta. Si no hay
comentarios al respecto, SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LOS
MIEMBROS DEL CABILDO LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL LIC. MARIO
GARCÍA VALDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL ELECTO A TRAVÉS DE LA
ALCALDESA DE LA CAPITAL, LIC. VICTORIA AMPARO LABASTIDA AGUIRRE,
RELATIVA A LA AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE RECINTO PARA LA SESIÓN
SOLEMNE DE TOMA DE PROTESTA DEL 1° DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO,
DECLARANDO RECINTO OFICIAL EL TEATRO DE LA PAZ, DE ESTA CIUDAD; Y
DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL
REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA
ECONÓMICA Y SIMPLE, SI NO HAY COMENTARIOS AL RESPECTO, SE SOMETE
A LA CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE CABILDO LA PROPUESTA
PRESENTADA, POR LO QUE SE SOLICITA A LOS MIEMBROS DE ESTE
CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO. SE APRUEBA POR
UNANIMIDAD.------------------------------------------------------
-- Como punto VI del Orden del Día.- Solicitud del Regidor
Rogelio Bárcenas Meléndez, relativa a:
a) Iniciativa con Proyecto de Decreto que crea el
Consejo Consultivo de movilidad en bicicleta del
Municipio de San Luis Potosí; y
b) Proyecto de Reforma al artículo 166 y se adiciona la fracción XIX al artículo 167 del Reglamento Interno
del Municipio Libre de San Luis Potosí;
En uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, hace del
conocimiento de los presentes, que se recibió escrito del Regidor
Rogelio Bárcenas Meléndez, solicitando se agendara un punto
dentro del orden del día, en virtud de lo anterior, cedo el uso
de la voz, al Regidor, para que nos de a conocer su solicitud.
Hace uso de la voz, el Regidor Rogelio Bárcenas Meléndez, para
señalar lo siguiente: “Muchas gracias, señor Secretario,
Alcaldesa, compañeros de Cabildo, debido a que fue circulado con
oportunidad quisiera solicitar si pudiera dispensar la lectura de
las iniciativas aquí propuestas”. El Secretario del H.
Ayuntamiento señala lo siguiente: Se solicita la dispensa de la
lectura, quienes se encuentren a favor, sírvanse manifestarlo
levantando su mano, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.-------------------
-- Se insertan los proyectos, como sigue: -----------------------
H. MIEMBROS DEL CABILDO DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ.
P r e s e n t e s.- El que suscribe, ROGELIO BÁRCENAS MELÉNDEZ,
Regidor de este H. Ayuntamiento de San Luís Potosí, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 fracción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 114
fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de San Luis Potosí, 29 fracción I, 31 inciso b) fracción
I, y 74 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San
Luis Potosí; 63 fracción II y 91 fracciones I, IV y V del
Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí, someto
![Page 26: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/26.jpg)
Viene de la Página No. 25 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
a la consideración de este Honorable Ayuntamiento, iniciativa con
proyecto de decreto que crea el Consejo Consultivo de Movilidad
en Bicicleta del Municipio de San Luis Potosí y expide su Manual
de Funciones, de acuerdo con la siguiente: EXPOSICIÓN DE
MOTIVOS: De acuerdo con lo establecido en artículo 115 fracción
II, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, los ayuntamientos tienen facultades para
aprobar los reglamentos municipales, que regulen las funciones
públicas de su competencia y aseguren la participación ciudadana
y vecinal, siempre y cuando éstos estén de acuerdo con las leyes
en materia municipal que expidan las legislaturas de los estados.
Por su parte, la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de
San Luis Potosí en su artículo 101 establece textualmente que:
“Para coadyuvar en los fines y funciones de la administración
pública municipal, el Ayuntamiento integrará consejos de
desarrollo municipal, juntas de vecinos y demás organismos,
cualquiera que sea el nombre con que se les designe, los que
presentarán propuestas al Ayuntamiento para fijar las bases de
los planes y programas municipales o modificarlos en su caso; el
Cabildo supervisará sus actividades y vigilará el destino de los
fondos que manejen”. Y en su artículo 102: “Los ayuntamientos
procurarán que en la integración de estos organismos se incluyan
personas de los sectores de mayor representatividad en la
población, y que tengan el perfil idóneo para el desempeño de las
responsabilidades que se les asigne.
En términos reglamentarios, el artículo 66 del Reglamento para la
Integración de los Organismos Auxiliares Municipales del
Ayuntamiento de San Luis Potosí, preceptúa: “ Los Consejos
Consultivos, son Organismos Mixtos de Participación Ciudadana,
integrados para dar seguimiento a asuntos relacionados con la
prestación de servicios públicos municipales o con la
reglamentación municipal de actividades realizadas por
particulares, proponiendo soluciones dentro del marco legal, a la
Autoridad Municipal correspondiente. Al Seno de estos Organismos
podrán estar representadas las Autoridades Municipales, por
aquellos funcionarios comisionados por el Presidente Municipal
para tal efecto.” De la lectura las disposiciones anteriores se
desprende la facultad que tiene este Ayuntamiento para crear un
Consejo Consultivo que apoye, asesore, aporte información y de
seguimiento a todos los asuntos relacionados con el programa de
movilidad en bicicleta, que está administración ha arrancado y
pretende dejar las bases para que las próximas administraciones
continúen con su labor y, en un mediano plazo se logre consolidar
a la bicicleta como un medio alternativo de transporte en este
municipio. En iniciativa de reforma al Reglamento Interno de este
Municipio presentada anteriormente se propuso la creación de la
Dirección de Movilidad de Bicicleta, planteando su existencia
dentro de la Dirección General de Desarrollo Social pues se
consideró que la participación de la ciudadanía es y será
fundamental para el éxito de la política pública encaminada al
posicionamiento de la bicicleta como medio alternativo de
transporte. Ahora bien, una de las facultades que se propusieron
para la Dirección de Movilidad en Bicicleta, y que consideramos
prioritaria, fue la elaboración de un Programa de Movilidad en
Bicicleta, cuya finalidad es fomentar integralmente y de forma
masiva el uso de la bicicleta como modo de transporte en la
ciudad, para lo cual, atendiendo las recomendaciones del Manual
![Page 27: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/27.jpg)
Viene de la Página No. 26 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
Integral de Movilidad Ciclista para ciudades mexicanas, es
indispensable la participación social, ya que propicia el
acercamiento con la ciudadanía para entender sus preocupaciones y
necesidades en lo que a movilidad se refiere, creando una
dinámica oportuna y una aprobación social del Programa. Con la
participación social se pretende ciudadanizar el Programa de
Movilidad en Bicicleta, y la forma más efectiva de hacerlo es
creando con base en el Reglamento para la Integración y
Funcionamiento de los Organismos de Participación Ciudadana en el
Municipio de San Luis Potosí, un organismo de participación
ciudadana, integrado por académicos, arquitectos, urbanistas,
ciclistas (actuales y potenciales), empresarios, líderes de
opinión, miembros de asociaciones civiles y los funcionarios
públicos que, por su actividad, tengan relación directa con el
programa, que coadyuve con el desarrollo del Programa de
Movilidad y, en general, con las acciones que se pretendan
implementar relativas a la movilidad en bicicleta. Para estos
efectos y a la par del documento precitado se presenta esta
iniciativa con proyecto de decreto que crea el Consejo Consultivo
de Movilidad en Bicicleta del Municipio de San Luis Potosí, con
una integración mixta, es decir con participación de funcionarios
públicos y ciudadanos expertos, usuarios, miembros de
asociaciones civiles, empresarios del ramo, líderes de opinión,
arquitectos o simplemente ciudadanos con conocimientos en la
materia de movilidad en bicicleta, se pretende crear un organismo
de participación ciudadana que coadyuve con el Municipio en la
implementación y desarrollo de las acciones que se pretendan
ejecutar para el éxito de la política pública encaminada al
posicionamiento de la bicicleta como medio alternativo real de
transporte en el municipios. Las facultades que se le otorgan al
Consejo son las propias de un organismo consultivo, que se limita
a coadyuvar con la Dirección de Movilidad y con la Dirección
General de Desarrollo Social en la elaboración del Programa de
Movilidad en Bicicleta y demás actividades que les sean
solicitadas, que funge como instancia que da seguimiento a las
iniciativas y acciones que se emprendan en el ámbito municipal,
relacionadas con la movilidad en bicicleta; analiza y discute los
problemas relacionados con la movilidad en bicicleta; sugiere y
propone proyectos, obras y acciones a las dependencias
competentes, respecto de los planes y programas municipales en
materia de creación, conservación, mantenimiento, rescate,
promoción y desarrollo de la movilidad en bicicleta; recibe
propuestas e inquietudes de los organismos de la sociedad civil y
los canaliza a través de las instancias competentes; entre otras.
Por todo lo anterior y reiterando que la participación social es
fundamental en todas las acciones relativas a la movilidad en
bicicleta que se pretendan llevar a cabo en el Municipio, ya que
propicia el acercamiento con la ciudadanía para entender sus
preocupaciones y necesidades en lo que a movilidad se refiere, es
que se somete a la consideración de este Honorable Ayuntamiento
el siguiente: PROYECTO DE DECRETO: Por el que se autoriza la
creación del Consejo Consultivo de Movilidad en Bicicleta del
Municipio de San Luis Potosí y se expide su Reglamento.
ÚNICO.- Se autoriza la creación del Consejo Consultivo de
Movilidad en Bicicleta del Municipio de San Luis Potosí y se
expide su Reglamento, para quedar como a continuación se
establece:
![Page 28: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/28.jpg)
Viene de la Página No. 27 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
REGLAMENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE MOVILIDAD EN BICICLETA DEL
MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. El presente ordenamiento es de interés social; sus
disposiciones están fundamentadas en los artículos 115 fracción
II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
114 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de San Luis Potosí; 1°, 3°, 4°, 29°, 30°, 31° inciso b)
fracción I, 101, y demás relativos de la Ley Orgánica del
Municipio Libre para el Estado de San Luis Potosí; 140 del
Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, y 66,
67 y 68 del Reglamento para la Integración y Funcionamiento de
los Organismos de Participación Ciudadana en el Municipio de San
Luis Potosí.
Artículo 2. Este reglamento tiene por objeto crear y reglamentar
la integración, operación y funcionamiento del Consejo
Consultivo de Movilidad en Bicicleta del municipio de San Luis
Potosí.
Artículo 3. El Consejo Consultivo de Movilidad en Bicicleta del
municipio de San Luis Potosí es un organismo mixto integrado por
ciudadanos usuarios, beneficiarios o expertos en la materia de
movilidad en bicicleta y, por los funcionarios públicos
municipales comisionados para estos efectos
Artículo 4. El objetivo esencial del Consejo de Movilidad en
Bicicleta, de conformidad con el artículo 66 del Reglamento para
la Integración y Funcionamiento de los Organismos de
Participación Ciudadana en el Municipio de San Luis Potosí es
coadyuvar con el desarrollo del Programa de Movilidad en
Bicicleta que expida el H. Ayuntamiento y, dar seguimiento a los
asuntos relacionados con los servicios para movilidad en
bicicleta y ciclismo que ejecute el Municipio.
Artículo 5. Para efectos del presente ordenamiento se entenderá
por:
I. Consejo: Consejo Consultivo de Movilidad en Bicicleta
del municipio de San Luis Potosí.
II. Dirección General: Dirección General de Desarrollo
Social del Municipio de San Luis Potosí.
III. Dirección de Movilidad: Dirección de Movilidad en
Bicicleta del Municipio de San Luis Potosí.
IV. Director: Director de Movilidad en Bicicleta.
V. Reglamento: El presente Reglamento del Consejo
Consultivo de Movilidad en Bicicleta del Municipio de
San Luis Potosí.
VI. Municipio: El Municipio de San Luis Potosí.
CAPÍTULO II
De la Instalación e Integración del Consejo.
Artículo 6. Para la integración del Consejo el Presidente
Municipal emitirá convocatoria para celebrar una Asamblea que
tenga por objeto la instalación, nombramiento y toma de protesta
de sus integrantes.
Artículo 7. Para ser miembro del Consejo, se requiere:
I. Ser vecino de este Municipio;
II. Ser usuario ó beneficiario del programa de movilidad en
bicicleta; representante de alguna organización de la
sociedad civil o de otras agrupaciones ciudadanas
legalmente constituidas y con interés jurídico, académico
![Page 29: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/29.jpg)
Viene de la Página No. 28 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
ó líder empresarial, vinculado de alguna forma, con el
desarrollo de la movilidad en bicicleta;
III. Haber cumplido la mayoría de edad; IV. Tener credencial de elector actualizada;
V. Hacer patente por escrito su aceptación voluntaria de las
disposiciones aplicables, así como de los procedimientos y
responsabilidades correspondientes.
No deberá hacerse distinción o impedimento para actuar como
miembro del Consejo por razones de género ó discapacidad, así
como filiación política ó religiosa ó condición socio-económica.
Artículo 8. El Consejo estará integrado en su estructura orgánica
por:
I. El Director de Movilidad en Bicicleta del Municipio; II. El Regidor Presidente de la Comisión de Participación
Ciudadana;
III. El Regidor presidente de la Comisión de Policía Preventiva, Vialidad y Transporte;
IV. El Regidor Presidente de la Comisión de Desarrollo y
Equipamiento Urbano;
V. El Regidor Presidente de la Comisión de Educación;
VI. Un representante de la Coordinación de Centro Histórico;
VII. Un representante de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado;
VIII. Un representante del Instituto Potosino del Deporte;
IX. Un representante del Instituto Potosino de la Juventud;
X. Un representante del área de Deporte Municipal;
XI. Un representante de la Universidad Autónoma de San Luis
Potosí, y
XII. Los representantes de cada una de las organizaciones de la sociedad organizada designadas por el Ayuntamiento.
Artículo 9. Cada uno de los titulares integrantes del Consejo
miembros de la sociedad civil, deben designar al respectivo
suplente de entre los miembros de la Comisión edilicia, consejo,
dependencia u organización que representan, haciendo del
conocimiento del pleno del Consejo la citada designación.
Artículo 10. Los representantes de la sociedad organizada
integrantes del Consejo duran en su cargo tres años. Al término
del periodo, estos consejeros ciudadanos pueden ser sujetos de
ratificación o no por parte de los organismos que representan
hasta por una reelección.
Los integrantes institucionales duran en sus cargos durante el
período de la administración municipal.
Artículo 11. Los cargos de los miembros del Consejo son
honoríficos por lo que no se recibe remuneración económica por su
ejercicio. Tratándose de servidores públicos, sus funciones son
inherentes al cargo que desempeñen.
Artículo 12. Los representantes de las organizaciones de la
sociedad civil, legalmente constituidas y con interés jurídico,
así como otras agrupaciones ciudadanas vinculadas al desarrollo
de la movilidad en bicicleta, pueden solicitar su ingreso al
Consejo. Su admisión queda sujeta al acuerdo que, al respecto
emita la Asamblea General.
El acuerdo de asamblea en donde se admitan nuevos consejeros
deberá notificarse a la Dirección General para su trámite
correspondiente.
Artículo 13. En el procedimiento para la designación de los
consejeros ciudadanos, bajo ninguna circunstancia pueden
![Page 30: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/30.jpg)
Viene de la Página No. 29 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
participar o presentar candidatos, los poderes, organismos
constitucionales autónomos, ayuntamientos o sus dependencias y
entidades, en cualquiera de los tres ámbitos de gobierno.
Artículo 14. Las agrupaciones ciudadanas y empresas que sean
proveedoras de servicios al Municipio, participarán únicamente
como invitados; en el caso de que al momento de su adhesión no
sean proveedores y que posteriormente reciban la asignación,
automáticamente serán considerados como invitados.
CAPÍTULO III
Sesiones del Consejo
Artículo 15. El Consejo ejerce sus funciones al sesionar su
asamblea general y se constituye como el órgano máximo de
decisión y administración del organismo.
Artículo 16. El Consejo celebra sesiones de manera ordinaria por
lo menos cada 4 meses, pudiendo convocar a reuniones
extraordinarias cuantas veces sea necesario por conducto de la
Mesa Directiva.
Para las sesiones se debe de notificar por escrito a todos sus
integrantes con un mínimo de tres días hábiles de anticipación,
anexando el orden del día que regirá la sesión.
Artículo 17. El Consejo sesiona válidamente en primera
convocatoria con la asistencia de la mitad más uno de sus
integrantes, en caso de ausencia del Presidente de la Mesa
Directiva, quien preside las sesiones es el Director.
El quórum requerido es de la mitad más uno de los integrantes.
En caso de que no exista el quórum requerido, se abre una segunda
convocatoria el mismo día, sesionando válidamente con la
presencia de la tercera parte de los integrantes del Consejo.
Artículo 18. Los miembros del Consejo gozan de derecho a voz y
voto en las sesiones del mismo, ya sean ordinarias o
extraordinarias. En caso de ausencia del propietario, el Suplente
tendrá el derecho de voto. Las decisiones del Consejo se tomarán
por mayoría simple.
Artículo 19. Las opiniones, recomendaciones y propuestas del
Consejo deben ser presentadas de manera formal al Director de
Movilidad, al Ayuntamiento y demás autoridades municipales
competentes.
Las opiniones del Consejo, así como la respuesta que a ellas den
las autoridades competentes, se rigen por los reglamentos
municipales aplicables.
Artículo 20. Se puede invitar a las sesiones del Consejo, por
medio del Director de Movilidad, o a propuesta de cualquier
consejero, a servidores públicos, especialistas, representantes
de universidades, colegios de profesionistas u otros
representantes de los sectores sociales, para que aporten sus
experiencias y conocimientos en las materias propias del consejo
en los términos del presente manual, los cuales únicamente
tendrán derecho a voz.
CAPÍTULO IV
Atribuciones del Consejo
Artículo 21. El Consejo tiene las atribuciones siguientes:
I. Coadyuvar con la Dirección de Movilidad y con la Dirección
General en la elaboración del Programa de Movilidad en
Bicicleta y demás actividades que les sean solicitadas;
II. Fungir como instancia que dé seguimiento a las iniciativas
y acciones que se emprendan en el ámbito municipal,
relacionadas con la movilidad en bicicleta;
![Page 31: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/31.jpg)
Viene de la Página No. 30 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
III. Analizar y discutir los problemas relacionados con la
movilidad en bicicleta;
IV. Sugerir y proponer proyectos, obras y acciones a las
dependencias competentes, respecto de los planes y
programas municipales en materia de creación,
conservación, mantenimiento, rescate, promoción y
desarrollo de la movilidad en bicicleta;
V. Recibir propuestas e inquietudes de los organismos de la
sociedad civil y canalizarlos a través de las instancias
competentes;
VI. Promover planes y proyectos ya sea de forma independiente
o complementaria a las que se generen dentro de la
administración municipal, así como proponer acciones y
políticas dentro de los proyectos de la administración en
turno;
VII. A solicitud de las autoridades competentes, emitir opinión sobre los acuerdos y convenios que la administración
municipal pretenda realizar referentes a los programas y
proyectos de movilidad en bicicleta;
VIII. Proponer al Presidente Municipal y autoridades
competentes, dentro del marco del Plan Municipal de
Desarrollo, la celebración de acuerdos para la aplicación
de acciones relativas a la movilidad en bicicleta a través
de la firma de convenios y tratados a nivel nacional e
internacional;
IX. Dar seguimiento y facilitar la continuidad de los acuerdos
adquiridos por la administración municipal sobre los
planes, avances y logros que se vayan alcanzando en el
transcurso de las diferentes administraciones municipales
relativos a la movilidad en bicicleta;
X. Emitir recomendaciones respecto a las políticas públicas
de movilidad en bicicleta del Municipio;
XI. Proponer a las autoridades competentes la participación en
eventos, foros de discusión, encuentros de intercambio y
congresos relativos a la temática de la movilidad en
bicicleta, impulsando la participación ciudadana en la
misma;
XII. Designar y organizar las comisiones de trabajo que
funcionan al interior del Consejo, y
XIII. Las demás que se desprendan de las disposiciones
reglamentarias que le sean aplicables
CAPÍTULO V
De la Mesa Directiva del Consejo
Artículo 22. El Consejo será dirigido por una mesa directiva,
electa por sus integrantes cada tres años, salvo en su
constitución, en la que el Presidente Municipal podrá invitar a
quienes la conforman para que la dirijan el primer año de su
operación, así como el resto de sus miembros.
Artículo 23. Para ser integrante de la Mesa Directiva del Consejo
se requiere:
I. Ser representante de alguna organización de la sociedad
civil o de otras agrupaciones ciudadanas, académico ó
líder empresarial, vinculado de alguna forma, con el
desarrollo de la movilidad en bicicleta
II. Ser mayor de edad, y
III. Estar en pleno goce de sus derechos ciudadanos;
![Page 32: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/32.jpg)
Viene de la Página No. 31 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
En caso de ser representante de la Autoridad Municipal, el
funcionario deberá de estar comisionado por el Presidente
Municipal o por mandato de este Reglamento.
Artículo 24. La Mesa Directiva estará integrada por:
I. Un Presidente;
II. Un Secretario;
III. Un Tesorero, y
IV. Tres Vocales.
La falta temporal ó definitiva de uno de sus miembros, se suplirá
por consenso de entre los demás y se aprobará por la Dirección
General.
Los cargos son honoríficos y su aceptación voluntaria.
Artículo 25. La duración en los cargos de la Mesa Directiva será
por el término de la administración municipal en que fueren
electos.
Artículo 26.- Son facultades de los integrantes de la Mesas
Directivas del Consejo:
I. Previo acuerdo con la Dirección General, convocar a
Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias donde
ejerza funciones;
II. Realizar actividades para obtener recursos que
contribuyan al cumplimiento de sus fines, mediante
colectas, festivales, o cualquier otro medio lícito,
previa solicitud escrita al Director General;
III. Nombrar a los integrantes de las Comisiones Auxiliares del Consejo, cuando así se requiera;
IV. Acudir ante las Autoridades competentes para tratar
asuntos relacionados con los intereses de los
representantes en el organismo que presiden;
V. Solicitar a la Dirección General su intervención ante
la Instancia Jurídica correspondiente a efecto de
salvaguardar el Patrimonio Municipal;
VI. Administrar los bienes que le sean encomendados por el H. Ayuntamiento por conducto del Director General, y
VII. Las que les confieren en asamblea sus representados, dentro del marco del presente Reglamento y del
Reglamento para la Integración y Funcionamiento de los
Organismos de Participación Ciudadana.
Artículo 27. Son obligaciones de los integrantes de las Mesas
Directivas del Consejo:
I. Presentar para su aprobación en asamblea anual
ordinaria, el plan de actividades;
II. Recibir y presentar ante las instancias
correspondientes, las solicitudes, propuestas y demás
documentos que les encomienden sus representados;
III. Recibir y aplicar correctamente los recursos recibidos;
IV. Mantener en orden los archivos y en su caso, estados
financieros bajo su responsabilidad;
V. Levantar actas de asamblea y remitir copia de éstas a la
Dirección General;
VI. Preparar y presentar un informe en cada asamblea anual
ordinaria, del estado que guardan los asuntos
encomendados;
VII. Sesionarán en Mesa Directiva por lo menos una vez cada
dos meses;
VIII. Convocar a asamblea general ordinaria a los integrantes
del Consejo, por lo menos cada cuatro meses;
![Page 33: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/33.jpg)
Viene de la Página No. 32 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
IX. Convocar a asambleas extraordinarias, a los integrantes
del Consejo, cuando la importancia de los asuntos a
tratar así lo requiera;
X. Presentar por escrito informe anual de actividades al
Ayuntamiento, por conducto del Director General, a más
tardar el 01 de septiembre de cada año;
XI. Acudir a los cursos de capacitación y actividades, que
cite el Director General;
XII. Presentar los libros y demás documentación que las
Autoridades le requieran por conducto del Director
General, y
XIII. Las demás que se deriven del presente Reglamento y del
Reglamento para la Integración y Funcionamiento de los
Organismos de Participación Ciudadana.
Artículo 28. Los integrantes de las Mesas Directivas de los
Organismos de Participación Ciudadana, están impedidos para:
I. Realizar actos o prácticas de índole religiosa o
partidista, en función del cargo que ocupen;
II. Acordar para su beneficio personal gratificaciones,
compensaciones o retribución alguna;
III. Ser contratistas por sí o por interpósita persona en las
obras o servicios que se realicen por cuenta del
Ayuntamiento;
IV. Recaudar cooperaciones o contribuciones de los
integrantes, cuando no hayan sido acordadas en Asamblea
General;
V. Otorgar permisos, concesiones, bienes ó de cualquier forma
ejercer atribuciones que están conferidas a las
Autoridades oficialmente establecidas;
VI. Ostentarse como integrantes de la Mesa Directiva para
obtener beneficios personales ante dependencias
gubernamentales;
VII. Realizar litigios en contra del Ayuntamiento ante
autoridades judiciales o administrativas, en función del
cargo.
VIII.Realizar otras que estén prohibidas en el presente
Reglamento y en el Reglamento para la Integración y
Funcionamiento de los Organismos de Participación
Ciudadana.
Artículo 29. La renuncia y separación de cargos de la Mesa
Directiva se rige por lo establecido en los artículo 41, 42, 43,
44 y 45 del Reglamento para la Integración y Funcionamiento de
los Organismos de Participación Ciudadana.
Artículo 30. El Director de Movilidad previa coordinación con la
Dirección General, debe establecer los medios de apoyo
financieros y administrativos para desarrollar las actividades
operativas del Consejo.
CAPÍTULO VI
Comisiones auxiliares del Consejo
Artículo 31. Los integrantes del Consejo, para el mejor
desarrollo de los fines del mismo, podrán organizarse en
comisiones auxiliares de trabajo, correspondiéndoles el estudio,
consulta, análisis y en general, la preparación de aquellos temas
que les sean asignados.
Artículo 32. El Consejo conformará las comisiones y establecerá
sus denominaciones y atribuciones.
![Page 34: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/34.jpg)
Viene de la Página No. 33 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
Para la organización y trabajo de las comisiones en cada una se
nombrará un Coordinador.
Las comisiones celebrarán sesiones cuantas veces sea necesario
para el correcto desahogo de los asuntos turnados; sus
resoluciones se toman por mayoría de votos y, en caso de empate,
el coordinador de cada Comisión tiene voto de calidad.
Artículo 33. Son facultades y obligaciones de los Coordinadores
de Comisiones las siguientes:
I. Presidir los trabajos de la Comisión que le sea asignada por el Consejo;
II. Convocar a las reuniones de trabajo de la Comisión
respectiva;
III. Presentar al Consejo los resultados del trabajo de la Comisión;
IV. Establecer el seguimiento y cumplimiento de los acuerdos
tomados por el Consejo con relación a la Comisión de
trabajo que presida, y
V. Las demás que señale este reglamento y demás reglamentos aplicables.
CAPÍTULO VII
Separación de los Integrantes del Consejo
Artículo 34. El pleno del Consejo podrá remover a los consejeros
ciudadanos cuando:
I. Incurran en actos u omisiones que contravengan los fines y
objetivos del Consejo;
II. Incumplan con cualquiera de los requisitos de elegibilidad
señalados en el presente Reglamento;
III. Incumplan de manera reiterada con las obligaciones derivadas del presente Reglamento;
IV. Incumplan con los trabajos y actividades que le hayan sido
encomendadas, y
V. Incurran en dos inasistencias injustificadas consecutivas
a sesiones ordinarias.
El lugar de los consejeros removidos será ocupado por sus
suplentes, y en caso de faltar éstos o de ser removidos, la
organización, asociación civil u organismo ciudadano
correspondiente designará nuevo consejeros y suplente para
cumplir el término del nombramiento.
En caso de que alguno de los consejeros decida suspender su
participación, deberá notificarlo al Consejo con un mínimo de
diez días hábiles previos a su separación, exponiendo sus
motivos.
Artículo 35. Para todo lo no previsto en este Reglamento se
aplicara lo que al respecto establezca el Reglamento para la
Integración y Funcionamiento de los Organismos de Participación
Ciudadana en el Municipio de San Luis Potosí.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de
su publicación en el Periódico Oficial del Estado de San Luis
Potosí.
SEGUNDO. El Ayuntamiento, por conducto del Presidente Municipal,
en un plazo de diez días hábiles contados a partir de la entrada
en vigor de este Reglamento, emitirá la convocatoria respectiva
para la instalación y toma de protesta de los integrantes del
Consejo Consultivo de Movilidad en Bicicleta, convocando para
estos efectos a las asociaciones civiles, organismos y sociedades
que determine.
![Page 35: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/35.jpg)
Viene de la Página No. 34 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
TERCERO. Se autoriza a los ciudadanos Presidente Municipal y
Secretario General de este Ayuntamiento, para que suscriban la
documentación necesaria y lleven a cabo los actos inherentes al
cumplimiento del presente decreto. ATENTAMENTE, ROGELIO BÁRCENAS
MELÉNDEZ, REGIDOR H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI.------------
-- H. MIEMBROS DEL CABILDO DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS
POTOSÍ. Presentes.- El que suscribe, ROGELIO BÁRCENAS MELÉNDEZ,
Regidor de este H. Ayuntamiento de San Luís Potosí, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 fracción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 114
fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de San Luis Potosí; 29 fracción I, 31 inciso b)
fracción I, y 74 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio
Libre de San Luis Potosí, y 63 fracción II y 91 fracciones I, IV
y V del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luís
Potosí, someto a la consideración de este Honorable Ayuntamiento,
iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 166 y
adiciona la fracción XIX al artículo 167 del Reglamento Interno
del Municipio Libre de San Luis Potosí, de acuerdo con la
siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: De acuerdo con lo establecido
en artículo 115 fracción II, párrafo segundo de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, los ayuntamientos
tienen facultades para aprobar los reglamentos municipales, que
regulen las funciones públicas de su competencia y aseguren la
participación ciudadana y vecinal, siempre y cuando éstos estén
de acuerdo con las leyes en materia municipal que expidan las
legislaturas de los estados. Por su parte, la Ley Orgánica del
Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, en su artículo 31
inciso b) fracción I, otorga a los ayuntamientos la facultad
normativa para expedir y publicar bandos de policía y gobierno,
reglamentos, circulares y demás disposiciones municipales
conforme al procedimiento respectivos. La presente iniciativa
responde, básicamente, al interés que tiene esta administración
municipal por avanzar en la implementación de la política pública
municipal enfocada en el impulso de la movilidad en bicicleta
como medio alternativo de transporte; que al respecto, vale la
pena recordar que el pasado 20 de octubre el H. Congreso del
Estado de San Luis Potosí emitió una nueva Ley de Transito del
Estado de San Luis Potosí, la cual obligaba a los ayuntamientos a
expedir la reglamentación correspondiente para la aplicación de
la nueva Ley; obligación que este H. Ayuntamiento cumplió a
cabalidad, expidiendo su nuevo Reglamento de Tránsito. Uno de los
temas principales que se introdujeron en el nuevo Reglamento de
Tránsito y que hoy se encuentran vigentes, son las nuevas
disposiciones relativas a la regulación de la bicicleta, las
cuales respondieron a la necesidad que existe actualmente, de
posicionar a la bicicleta, en un mediano-largo plazo, como un
medio de transporte: real, seguro, económico, ecológico y
sostenible. Debemos reconocer que para lograr que la bicicleta
sea utilizada de forma masiva en la ciudad, es necesario, entre
otras cosas, que el H. Congreso del Estado de San Luis Potosí
realice una serie de modificaciones a la legislación en materia
transporte. Sin embargo, a nivel municipal, con la legislación y
reglamentación que tenemos vigente, podemos continuar avanzando
hacia el posicionamiento de la bicicleta como medio alternativo
de transporte, haciendo modificaciones, que aunque pequeñas,
relevantes para la consolidación esta política pública municipal.
![Page 36: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/36.jpg)
Viene de la Página No. 35 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
La implementación de una política pública se lleva a cabo a
través de leyes, reglamentos y programas de gobierno que
funcionan como instrumentos de gestión. Un programa de gobierno
es lo que permite que una política en papel se convierta en
acción gubernamental. El éxito de una política pública que
promueva el uso de la bicicleta en la ciudad requiere, en primer
término, de una dirección o área especializada liderada por un
director de la estrategia, que se encuentre dentro de la
estructura de gobierno municipal. Motivo por el cual, aquí se
propone la creación de la Dirección de Movilidad en Bicicleta.
Según el Manual Integral de Movilidad Ciclista para ciudades
mexicanas, creado por el Instituto de Políticas para el
Transporte y Desarrollo (ITDP México) y la Interface for Cycling
Expertise (I-CE), a nivel organizacional, la creación de un
director es una condición indispensable para desarrollar una
política de la bicicleta realista y eficaz. Lo que se busca
esencialmente con la creación de esta área es designar un
director dentro de la administración municipal que centralice el
conocimiento, la planeación y la implementación de acciones, que
se encargue de difundir la importancia de la bicicleta y,
eventualmente, desempeñe la función de enlace para todo lo
relacionado con el tema de ciclismo en el municipio, pues debemos
reconocer que para el éxito y desarrollo de la política pública
planteada, es necesaria la coordinación y el trabajo en conjunto
con las direcciones o áreas municipales de obras públicas,
desarrollo urbano, ecología e imagen urbana, tránsito,
comunicación social y, desde luego con el Instituto Municipal de
Planeación. Por lo que respecta a la estructura de la Dirección
de Movilidad en Bicicleta que en su momento se diseñara por la
propia dirección en su manual de organización, se busca que el
Director que se nombre, cuente con un grupo interdisciplinario de
colaboradores para llevar a cabo todas las tareas vinculadas con
la planeación, la promoción y la implementación de la política
pública. La Dirección de Movilidad en Bicicleta platea su
existencia dentro de la Dirección General de Desarrollo Social
pues se considera que la participación de la ciudadanía es
fundamental para el éxito de esta política pública. Ahora bien,
una de las facultades que se establecen para la Dirección de
Movilidad en Bicicleta, y que consideramos prioritaria, es la
elaboración de un Programa de Movilidad en Bicicleta, cuya
finalidad sea fomentar integralmente y de forma masiva el uso de
la bicicleta como modo de transporte en la ciudad, para lo cual,
atendiendo las recomendaciones del Manual Integral de Movilidad
Ciclista para ciudades mexicanas, es indispensable la
participación social, ya que propicia el acercamiento con la
ciudadanía para entender sus preocupaciones y necesidades en lo
que a movilidad se refiere, creando una dinámica oportuna y una
aprobación social del Programa. Con la participación social se
pretende ciudadanizar el Programa de Movilidad en Bicicleta, y la
forma más efectiva de hacerlo es creando con base en el
Reglamento para la Integración y Funcionamiento de los Organismos
de Participación Ciudadana en el Municipio de San Luis Potosí, un
organismo de participación ciudadana, integrado por académicos,
arquitectos, urbanistas, ciclistas (actuales y potenciales),
empresarios y líderes de opinión, entre otros, que coadyuve con
el desarrollo del Programa de Movilidad. Para estos efectos y a
la par de la presente iniciativa se presenta proyecto respectivo.
![Page 37: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/37.jpg)
Viene de la Página No. 36 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
Por lo que toca a la elaboración del Programa de Movilidad en
Bicicleta lo que se busca es construir un instrumento de gestión
que aclare las acciones de gobierno en esta materia abarcando el
planteamiento, el análisis, la evaluación y la implementación de
la política a favor de la movilidad en bicicleta. Para lograr
este objetivo debemos reconocer que las acciones de la política
pública a favor de la bicicleta demandan una operación conjunta
desde todas las perspectivas del gobierno municipal, la sociedad
y el sector privado. Es decir, para que el municipio realmente
logre una transformación y los ciudadanos encuentren en la
bicicleta una alternativa viable y atractiva de transporte debe
existir un trabajo integral por parte de todas las direcciones y
áreas municipales que de alguna forma intervengan en el proceso
de posicionamiento de la bicicleta como medio alternativo de
transporte. Por lo anterior, todas las facultades que aquí se
proponen para la Dirección de Movilidad en Bicicleta, deberán
desarrollarse con el apoyo de las demás direcciones o áreas
municipales, que por sus propias facultades, deban intervenir;
pues lo que se busca finalmente es incorporar la movilidad en
bicicleta como criterio transversal en la gestión de todas las
dependencias involucradas con el tema; y de esta forma lograr en
un mediano-largo plazo consolidar a la bicicleta como un medio
alternativo de transporte: real, seguro, económico y sustentable.
Por todo lo anterior, es que se somete a la consideración de este
Honorable Ayuntamiento el siguiente PROYECTO DE DECRETO, Por el
que se reforma el artículo 166 y se adiciona la fracción XIX al
artículo 167 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San
Luis Potosí, ÚNICO.- Se reforma el artículo 166 y se adiciona la
fracción XIX al artículo 167 del Reglamento Interno del Municipio
Libre de San Luis Potosí, para quedar como siguen: Artículo 166.-
Para el mejor y eficaz desempeño en la prestación de los
servicios públicos, así como para el desahogo de los asuntos de
su competencia, la Dirección General de Desarrollo Social estará
integrada por la Dirección de Cultura, la Dirección de Desarrollo
Comunitario, la Dirección de Organización Social, la Dirección de
Desarrollo Rural y la Dirección de Movilidad en Bicicleta. Las
funciones de las Direcciones que integran la Dirección General
estarán contenidas en el manual de organización respectivo, sin
perjuicio de las establecidas en el presente reglamento. Artículo
167.- La Dirección General de Desarrollo Social tendrá a su cargo
las atribuciones y facultades siguientes:
I a XVIII. …
XIX. Por conducto de la Dirección de Movilidad en Bicicleta,
realizará las funciones siguientes:
a) Planear y ejecutar el Programa de Movilidad en Bicicleta del
Municipio cuya función principal sea fomentar integralmente y de
forma masiva el uso de la bicicleta como modo de transporte en el
municipio;
b) Elaborar los proyectos de infraestructura vial y equipamiento
ciclista;
c) Supervisar la construcción de infraestructura vial y
equipamiento ciclista;
d) Supervisar la operación y mantenimiento de las vías de
circulación y equipamiento ciclista;
e) Elaborar campañas de información y sensibilización de la
movilidad ciclista;
![Page 38: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/38.jpg)
Viene de la Página No. 37 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
f) Elaborar campañas de comunicación y promoción a favor del uso
de la bicicleta;
g) Elaborar y ejecutar programas de socialización del uso de la
bicicleta;
h) Elaborar y ejecutar programas de educación vial que favorezcan
la movilidad en bicicleta;
i) Regular los servicios para la movilidad en bicicleta;
j) Elaborar propuestas de cambio normativo a favor del uso de la
bicicleta, y
k) Crear instrumentos para la evaluación del Programa de
Movilidad en Bicicleta.
Para el desarrollo adecuado de las facultades arriba señaladas la
Dirección de Movilidad en Bicicleta deberá coordinarse con las
direcciones o áreas municipales de obras públicas, desarrollo
urbano, ecología, tránsito y vialidad, comunicación social y, con
el Instituto Municipal de Planeación.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de
su publicación en la Gaceta Municipal del Ayuntamiento de San
Luis Potosí.
SEGUNDO. La Dirección General de Desarrollo Social contará con un
plazo de treinta hábiles días a partir de la entrada en vigor del
mismo, para la adecuación de su Manual de Organización.
TERCERO. Se derogan todas las demás disposiciones que se opongan
a lo establecido en el presente Reglamento. ATENTAMENTE, ROGELIO
BÁRCENAS MELÉNDEZ, REGIDOR.--------------------------------------
-- Hace uso de la voz, el Regidor Rogelio Bárcenas Meléndez, para
señalar lo siguiente: “Muchas gracias, señor secretario, uno de
los temas principales que se introdujeron en el nuevo Reglamento
de Tránsito y que hoy se encuentran vigentes, son las nuevas
disposiciones, relativas a la regulación de la bicicleta, las
cuales respondieron a la necesidad que existe actualmente de
posicionar a la bicicleta en un mediano y largo plazo como un
medio de transporte real, seguro, económico, conveniente,
ecológico y sostenible, debemos reconocer que para lograr que la
bicicleta sea utilizada de forma masiva en la ciudad es necesario
entre otras cosas que el Honorable Congreso del Estado de San
Luis Potosí, realice una serie de legislaciones y modificaciones
a la legislación en materia de transporte, sin embargo a nivel
municipal con la legislación y reglamentos que tenemos vigentes
podemos continuar avanzando hacia el posicionamiento de la
bicicleta como medio alternativo de transporte haciendo
modificaciones que aunque pequeñas relevantes para la
consolidación de esta política pública municipal, la
implementación de una política pública se lleva a cabo a través
de leyes, Reglamentos y Programas de Gobierno que funcionan como
instrumento de gestión, un programa de gobierno es lo que permite
que una política en papel se convierta en acción gubernamental,
el éxito de una política pública que promueve el uso de la
bicicleta en la ciudad requiere en primer término de una
dirección ó área especializada liderada por un director de la
estrategia que se encuentre dentro de la estructura del gobierno
municipal, motivo por el cual, aquí se propone la creación de la
dirección de movilidad en bicicleta según el manual de movilidad
![Page 39: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/39.jpg)
Viene de la Página No. 38 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
ciclista para ciudades mexicanas creado por el instituto de
política para el transporte y desarrollo el ITDP México y la
interface ford Cycling Expertise a nivel organizacional la
creación de un director es una condición indispensable para
desarrollar una política de la bicicleta realista y eficaz por
eso es que pongo a la consideración de ustedes el proyecto de
decreto por el que se reforma el artículo 166 y se adiciona la
fracción 19 al artículo 167 del Reglamento Interno del Municipio
Libre de San Luis Potosí”. El Secretario del H. Ayuntamiento,
señala lo siguiente: “Muchas gracias señor regidor, como es del
conocimiento de todos ustedes, las iniciativas y decretos de
modificación a los ordenamientos internos, tienen que ser
turnados a la Comisión de gobernación respectiva”. En uso de la
voz, el Regidor Miguel Naya Guerrero, señala lo siguiente: “Si
muchas gracias, yo le quisiera preguntar al Señor Regidor Rogelio
Bárcenas, si dentro de toda esta política de Estado dentro de
toda esta reglamentación está contemplado el Tour que me parece
los jueves por la noche efectúan miles de ciclistas y si ¿alguien
ya estudió el riesgo que están corriendo? Por no tener una ruta
fija donde se les pudiera tener un auditorio, carranza, como lo
hace todo el mundo porque es sorpresivo de repente y en las
lagunas que se hacen entre un grupo y el otro van dos veces que
están a punto de atropellar a alguien, son jovencitos, son
estudiantes, son todo y están corriendo de repente un riesgo y no
hay nada que diga que los tienen que escoltar que los tienen que
proteger que tránsito, yo no veo nada antes de hacer política de
esto señores, vamos a poner el orden de lo que si nos compete a
nosotros”. Interviene el Regidor Rogelio Bárcenas Meléndez, para
señalar lo siguiente: “Le agradezco señor Regidor su intervención
que es muy interesante, lo que se busca esencialmente con la
creación de esta área es designar un director dentro de la
administración municipal que centralice el conocimiento, la
planeación y la implementación de acciones que se encargue de
difundir la importancia de la bicicleta eventualmente desempeñe
la función de enlace para todo lo relacionado con el tema del
ciclismo en el municipio pues debemos reconocer que para el éxito
y desarrollo de la política pública planteada es necesaria la
coordinación y el trabajo en conjunto con las Direcciones ó Áreas
Municipales de Obras Públicas, Desarrollo Urbano, Ecología e
Imagen Urbana, Transito Municipal, Policía Vial específicamente
Comunicación Social y desde luego con el Instituto Municipal de
Planeación, por lo que aunque es una iniciativa ciudadana que
desarrolla como esta de los jueves y otras mas, rodadas por la
noche por ejemplo este viernes vamos a tener la rodada con huevos
frutas y verduras de que sale a las nueve de la noche de morales
y vamos a visitar todos los mercados municipales que si es
importante lo que usted manifiesta para que exista un respeto, el
tema del ciclismo urbano como todo el tema de la utilización de
la vía pública es como una moneda de dos caras donde debe haber
respeto, tanto de unos como de otros, lo que nos ha solicitado en
este caso el colectivo vida sobre ruedas que organiza esta rodada
los jueves es el abanderamiento y puntualmente la policía vial
hace un despliegue de fuerza municipal para atender estos y
muchos otros que quizás no son de tanto volumen pero que también
![Page 40: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/40.jpg)
Viene de la Página No. 39 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
existen todas las semanas en nuestra ciudad capital”. Hace uso de
la voz, la Regidora Silvia Emilia Degante Romero, para señalar lo
siguiente: “Bueno yo aplaudo este gran esfuerzo que se está
haciendo por normar y proteger todos los sectores ciudadanos, a
mi me interesa mucho inclusive que se haga un fuerte hincapié en
la parte de la accesibilidad universal dado que este es uno de
los conceptos o de los sellos mas importantes que ha fijado la
administración presente y que en la accesibilidad universal no
nada más se ven las sillas de ruedas, tercera edad los ancianos,
personas con sobrepeso en fin todos los sectores, yo creo que
esto es uno de los conceptos mas vanguardistas que se han
adquirido precisamente dentro de esta política ecológica y
social, cívica entonces yo si creo que es muy importante nada más
hacer hincapié que estos conceptos estén en ello y que en el
consejo se contemple también a los sectores mas vulnerables para
que no queden a la saga porque finalmente como lo hemos comentado
las personas en bicicleta bueno yo creo que están abriendo con
mucha fuerza un espacio pero no pueden quedar de lado los otros
sectores muchas gracias”. Nuevamente el Regidor Rogelio Bárcenas
Meléndez, señala lo siguiente: “Por lo que respecta a la
estructura de la dirección de movilidad en bicicleta que en su
momento se diseñará por la propia dirección su manual de
organización, se busca que el director que se nombre cuente con
un grupo interdisciplinario de colaboradores para llevar a cabo
todas las tareas vinculadas con la planeación la promoción, la
accesibilidad universal y la implementación de esta política
pública”. La Regidora Silvia Emilia Degante Romero, señala lo
siguiente: “Totalmente de acuerdo, aquí nada más hago hincapié
porque tendrán que crearse los mecanismos dado que hay muchas
organizaciones deberá de hacerse por convocatoria en fin, señalar
los mecanismos y que en este caso los sectores puedan
participar”. Hace uso de la voz, el Secretario del H.
Ayuntamiento para señalar lo siguiente: “Si ustedes me lo
permiten, con el afán de abonar y avanzar en la sesión, el
proyecto de reforma que nos está presentando el señor Regidor
Rogelio Bárcenas va a ser turnado a la Comisión de Gobernación,
podemos hacer una especie de trabajo especial para el estudio y
cuenta del mismo, si ustedes no tienen ningún inconveniente, esta
Secretaría sometería entonces a su consideración el turno del
proyecto a la Comisión de Gobernación, quienes se encuentren a
favor, sírvanse manifestarlo levantando su mano. SE APRUEBA POR
UNANIMDIAD.------------------------------------------------------
-- Nuevamente hace uso de la voz, el Regidor Rogelio Bárcenas
Meléndez, para señalar lo siguiente: “Agradezco muchísimo y
aunque se hicieron algunos esfuerzos desde la administración
anterior, realmente es esta administración quien ha conjuntado la
voluntad política de este cuerpo edilicio y el trabajo coordinado
por las direcciones y también comunicación social y a su vez los
medios de comunicación que están haciendo posible mantener este
tema de la movilidad urbana sustentable en la agenda pública
municipal; muchas gracias”.--------------------------------------
-- Como punto VII del Orden del Día.- Solicitud de Regidor Ramón
Oyarvide Escalante, relativo a servicio funerario de los
empleados del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí, de policías y
![Page 41: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/41.jpg)
Viene de la Página No. 40 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
sus familiares. El Secretario del H. Ayuntamiento, hace del
conocimiento de los presentes que se recibió escrito del Regidor
Ramón Oyarvide Escalante, solicitando se agendara un punto dentro
del orden del día de la presente Sesión, en virtud de lo anterior
cedo el uso de la voz, al Regidor solicitante a efecto de que de
a conocer su solicitud. En virtud de lo anterior hace uso de la
voz, el Regidor solicitante, para señalar lo que sigue: “Bueno,
muchísimas gracias verbalmente yo primero quisiera con el permiso
del presidente de la Comisión de la Dirección Seguridad Pública,
esto se hizo porque en una visita que hicimos al el edificio
había habido un difunto y nos comentaron que se andaban
cooperando aunque tienen seguro de vida que eso lo cubre pero en
el momento no tienen a quien recurrir, yo se que esto va a pasar
a la Comisión de gobernación y lo único que le solicito a los
compañeros pues es de que pongamos tantito de nuestra conciencia
en que si les llega su seguro de vida pero en el momento no
tienen con que pagar lo que son los servicios médicos, es cuanto.
En uso de la voz, el Regidor Alberto Rojo Zavaleta, señala lo
siguiente: “Nada más quisiera destacar que en la actualidad se
brinda ese servicio a los trabajadores sindicalizados pero
también quisiera destacar el hecho de que precisamente en esta
administración lamentablemente desapareció el servicio de la
funeraria municipal y entonces yo quisiera en este sentido que
aunque resta muy poco tiempo para que finalice que se hiciera un
esfuerzo extraordinario para revertir esta lamentable decisión de
cancelar el servicio de la funeraria municipal y por lo que
respecta a los familiares de los trabajadores creo que si sería
una medida excesiva que en todo caso eso sería parte de una
negociación sindical y que no podemos de manera oficiosa
obsequiar este servicio”. El Secretario del H. Ayuntamiento,
señala lo siguiente: “Muchas gracias, nada más para puntualizar,
la funeraria municipal, no perteneció al Ayuntamiento, era
propiedad privada, y a la muerte de quien administraba la misma,
y por los problemas legales que ello implicó, se dejó de tener
ese servicio, aunque si el Ayuntamiento apoyaba desde luego a la
funeraria municipal y ha seguido apoyando con gastos funerarios a
través de desarrollo social, a los trabajadores que lo han
solicitado, a consideración el PUNTO PRESENTADO POR EL REGIDOR
RAMÓN OYARVIDE PARA SER TURNADO A LAS COMISIONES DE HACIENDA Y DE
GOBERNACIÓN, QUIENES SE ENCUENTREN A FAVOR SÍRVANSE MANIFESTARLO
LEVANTANDO SU MANO, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.-------------------
-- Como punto VIII del orden del Día.- Solicitud del Regidor
Miguel Naya Guerrero, relativo a información sobre Procedimiento
Administrativo. En uso de la voz, el Secretario del H.
Ayuntamiento, hace del conocimiento de los presentes que se
recibió escrito del Regidor Miguel Naya Guerrero, solicitando se
agendara un punto dentro del orden del día, relativo a
información sobre Procedimiento Administrativo. Al respecto esta
Secretaría, con el fin de contar con la información requerida por
el Regidor solicitante, turnó a la Contraloría Interna Municipal,
un oficio solicitando a la brevedad posible la información
relacionada con el caso, la cual obra en poder de su servidor, y
del cual le doy lectura como sigue: Por medio del presente
escrito y con fundamento, dirigido a un servidor perdón, y con
fundamento en los artículos 86 fracción IX de la Ley Orgánica
![Page 42: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/42.jpg)
Viene de la Página No. 41 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
para el Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí 126
fracción VII del Reglamento Interno de este Ayuntamiento 41
fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Estado de San Luis Potosí y 18 del Reglamento de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de
San Luis Potosí, doy atención a su oficio S.1708/2012 de fecha 27
de agosto del mismo año como sigue, la información que solicita
el Regidor Miguel Naya Guerrero se considera reservada por
tratarse de un documento que no ha sido resuelto, no ha causado
estado ni ejecutoria y que por lo tanto dar a conocer la
información con que se cuenta puede causar un perjuicio a la
investigación, sin embargo y como se tiene conocimiento el comité
de información no ha sesionado para resolver el expediente en que
se actúa y a fin de no polemizar en un asunto que en su momento
se resolverá con base a pruebas fehacientes se adjunta al
presente en sobre cerrado que contiene la narrativa de lo actuado
en el presente expediente que nos ocupa para que le sea entregado
por su conducto al Cabildo. Este es el turno que hace la
secretaría lo que nos pide el Regidor Miguel Naya en atención es
que se aperciba en un término de cinco días para que la
Contralora presente informe al Cabildo ya está aquí el informe en
atención a lo anterior y en razón de la fecha en que se recibió
no aperturamos una sesión privada para conocer el informe con el
apercibimiento que nos hace a todos la Ley de Transparencia, sin
embargo a sugerencia de esta secretaría y una vez que está aquí
el informe presentar en la siguiente sesión ordinaria que será
efecto en menos de un par de semanas técnicamente por los tiempos
que nos quedan una apertura en la misma sesión de sesión privada
para poder conocer el informe en pleno para efecto de que esté
porque mas allá de los quince días vamos a tener que volver a
sesionar y luego volver a sesionar y luego volver a sesionar, ¿si
les parece bien?. En uso de la voz, el Regidor Miguel Naya
Guerrero, manifiesta lo siguiente: “Si, yo estoy de acuerdo señor
esto era en obvio de que si ya nos vamos no quedaran flotando
algunas dudas a nivel de todo el municipio parte del Cabildo,
parte de nosotros unos a favor unos en contra si no que si
algunas veces yo eh recurrido a la contraloría y no eh encontrado
la respuesta nunca en tiempo y forma por eso me permití a subir
este punto y que fuera con un plazo perentorio para que la
Señorita Contralora nos informara pero con esta información es
correcto ya la estaremos escuchando muchas gracias”. Nuevamente
el Secretario del H. Ayuntamiento, señala lo siguiente:
“Perfecto, quienes se encuentren a favor de lo que ha escuchado
esta secretaría con el consenso del Regidor Ponente, sírvanse
manifestarlo levantando su mano, por unanimidad muchas gracias”.
-- Como punto IX del orden del día.- Solicitud de la Regidora
Silvia Emilia Degante Romero, relativa a propuesta de Norma
técnica complementaria del Reglamento de Conservación del Centro
Histórico de San Luis Potosí, en materia de Imagen Urbana. El
Secretario del H. Ayuntamiento, hace del conocimiento de los
miembros del Cabildo, que a petición de la propia Regidora
solicitante, este asunto se retira del orden del día.------------
-- Como punto X del orden del día.- Clausura: En uso de la voz y
con fundamento en el artículo 61 del Reglamento Interno y
habiendo sido agotados los puntos del orden del día, la ciudadana
Presidenta Municipal, Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre,
declaró clausurada esta Decimotercera Sesión Ordinaria de Cabildo
![Page 43: En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del ...sanluis.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/6329AGOSTO20120RDINARIA.pdf · Viene de la Página No. 1 del Acta No. 63 de la](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022052421/5bc4882009d3f21d718b82e4/html5/thumbnails/43.jpg)
Viene de la Página No. 42 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
del año 2012, de la Administración Municipal 2009 dos mil nueve
2012 dos mil doce, siendo las 12:55 doce horas con cincuenta y
cinco minutos del día 29 veintinueve de Agosto del año 2012 dos
mil doce. -------------------------------------------------------
------------------------ Se levanta la Sesión.-------------------
La Presidenta Municipal
C. Lic. Victoria Amparo Labastida Aguirre
(Rúbrica)
Los CC. Regidores
C. Ramón Oyarvide Escalante
(Rúbrica)
C. Alberto Rojo Zavaleta
(Rúbrica)
C. Miguel Naya Guerrero
(Rúbrica)
C. Cristina de los Ángeles Martí
Artolozaga
(Rúbrica)
C. Luis Isaác Rojas Montes
(Rúbrica)
C. Abraham Sánchez Martínez
(Rúbrica)
C. Gonzalo Benavente González
(Rúbrica)
C. Silvia Emilia Degante Romero
(Rúbrica)
C. Rogelio Bárcenas Meléndez
(Rúbrica)
C. Juan José Ruiz Hernández
(Rúbrica)
C. Sara Catalina Ramos Reyna
(Rúbrica)
C. Delia Margarita Morales
Martínez
(Rúbrica)
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Viene de la Página No. 43 del Acta No. 63 de la Decimotercera Sesión Ordinaria del día
29 de Agosto de 2012 dos mil doce.
Los Síndicos del H. Ayuntamiento
C. Rocío del Carmen Mata Rangel
(Rúbrica)
C. Luis Miguel Meade Rodríguez
(Rúbrica)
Da fe el Secretario del H. Ayuntamiento
C. Emigdio Ilizaliturri Guzmán
(Rúbrica)
Pirma*