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Page 1: EllCTRIClDAD CAMMESA Nota fNREportalweb.cammesa.com/Documentos compartidos/Noticias/RES...Administrativa de Electroducto de las parcelas afectadas por la antigua traza de la LAT 132

r:- ~;:-::~--­rCIA. CONTRATOS y ~ORMATIVA

"''lENACIDNALllEGVLU>Oll 1 [ - 7 ABR. 2017 -.DE L\EllCTRIClDAD

CAMMESA

"2011 .. A&>° de las Energías Renovables"

Nota fNRE Azso2-o

CAMMESA ~

O 7 ABR 2017 \ L---------' BUENOS AIRES, O 5 ABR 2017

Señores CAMMESA

LA RECEPCION NO IMP:.1CA CONFORMIDAD

Ref.: Expediente ENRE Nº 46.472/2016

Por medio de la presente se remite copia de la Resolución ENRE Nº 167/2017 a efectos de su notificación. Queda Usted notificado.

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.. 1011 ., Año de .bi EnergW•b:lo.Vatiiéí"

BUENOS AIRES, 5 DE ABRIL DE 2017

VISTO el Expediente del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA

ELECTRICIDAD (ENRE) Nº 46.472/2016, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente del Visto, mediante Nota de Entrada Nº 230.259 la

EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN

TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA

S.A.) remitió la solicitud de la empresa CEMENTOS AVELLANEDA S.A. de readecuaci6n

de la traza de la Linea de Alta Tensión (LAT) 132 kV Loma Negra-Olavarría.

Que fundamentó la solicitud en la necesidad de liberar los terrenos

ocupados actualmente para su explotación minera.

Que infonnó que se prevé desmontar DOCE KILÓMETROS Y

NOVECIENTOS METROS (12,9 km) de línea en simple terna y disposición triangular,

desde el piquete Nº 18 al piquete Nº 75, reemplazando estas estructuras por otras de

retención y uniéndolas por un tramo de línea de UN KILÓMETRO Y DOSCIENTOS

METROS (1,2 km) de longitud utilizando CINCO (5) estructuras de suspensión.

Que TRANSBA S.A. manifiesta que recibirá en concepto de supervisión el

canon vigente y que, posteriormente a su habilitación comercial, asumirá la operación y

mantenimiento de las nuevas instalaciones de acuerdo a su Contrato de Concesión.

Que en lo que respecta a la Servidumbre Administrativa de Electroducto,

'J R; que ~I solicitante deberá gestionar los nuevos planos de mensura.

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Que TRANSBA S.A. y CEMENTOS AVELLANEDA S.A. firmarán el alcance

de la Supervisión de la Obra, donde se establecerán las pautas y condiciones técnicas

para la construcción de la Ampliación.

Que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA

ELi=CTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) mediante Nota de Entrada Nº 231.065,

sostuvo que no se prevén modificaciones apreciables en la potencia transportada, por lo

que opinó que es factible técnicamente.

Que el Departamento Ambiental del ENRE, mediante su Memorándum

DAmb N° 27/2017, sostuvo que no existen cuestiones a ser observadas.

Que el Departamento de Seguridad Pública del ENRE mediante su

Memorándum DSP N° 107/2017, acompaño el Informe Técnico Nº 4.078/2017 donde

concluye que !as observaciones allí vertidas no obstan para el otorgamiento del

Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública.

Que de conformidad a lo dispuesto por la Resolución ENRE Nº 122/2014,

corresponde dar a publicidad la Ampliación solicitada, otorgando un plazo perentorio para

que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas

recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el

ENRE. De registrarse oposición común a varios usuarios, se convocará a Audiencia

Pública a los efectos de analizar la autorización correspondiente.

Que la aludida publicidad se hará a través de un AVISO, tanto en la página

Web del ENRE así como en la de CAMMESA.

Que transcurrido el plazo estipulado, sin haber manifestación en sentido

contrario, se considerarán autorizadas las obras de readecuación de la traza de la LA T

132 kV Loma Negra-Olavarría, consistente en desmontar DOCE KILÓMETROS Y

~E;TOS METROS (12,9 km) de lln:a en simple terna y disposición triangular,

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desde el piquete Nº 18 al piquete Nº 75, reemplazando estas estructuras por otras de

retención y uniéndolas por un tramo de línea de UN KILÓMETRO Y DOSCIENTOS

METROS (1,2 km) de longitud utilizando CINCO (5) estructuras de suspensión.

Que en lo que respecta a Servidumbre Administrativa de Electroducto, se

deberá proceder a las desafectación de las parcelas afectadas por la antigua traza de la

LAT 132 kV Loma Negra-Olavarria, desde el piquete N° 18 al piquete Nº 75 y proceder a

la afectación de las nuevas. t' :-:

Que con respecto a la afirmación de la Transportista en cuanto a que el

solicitante deberá gestionar los nuevos planos de mensura para la afectación a

Servidumbre, es preciso señalar que TRANSBA S.A. es la responsable de realizar todas

las acciones tendientes a la constitución definitiva de la misma conforme los Artículos 4 y

6 de la Ley Nº 19.552 y a lo dispuesto en el Artículo 11 del Contrato de Construcción,

Operación y Mantenimiento.

Que, en ese sentido, la confección de los planos de mensura, la tramitación

de la solicitud de afectación ante el ENRE, la notificación a los propietarios de las parcelas,

el pago de las indemnizaciones, las gestiones ante el Registro de la Propiedad Inmueble

y todas las acciones que dispone la Ley, las podrá hacer un tercero, en este caso

CEMENTOS AVELLANEDA S.A., si así lo pactan las partes, pero siempre bajo la ~\

.-4'esponsabilidad de la Transportista .

Que analizada la documentación presentada en la solicitud se ha observado

que la misma cumple con las normas que regulan el Transporte de Energía Eléctrica.

Que se ha producido el Dictamen Jurídico previsto en el Artículo 7, Inciso d)

de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA

~CTRICIDAD es competente para el dictado de la presente Resolución en virtud de lo

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dispuesto en los Artículos 11, 22, 56 Incisos a), j) y s); 63 Incisos a) y g) y concordantes

de la Ley N° 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Dar a publicidad el pedido de Ampliación a la Capacidad del Sistema de

Transporte presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERG[A ELÉCTRICA

POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD

ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) a requerimiento de la Empresa CEMENTOS AVELLANEDA

S.A. , para la obra consistente en la readecuación de la traza de la LAT 132 kV Loma

Negra-Olavarría consistente en desmontar DOCE KILÓMETROS Y NOVECIENTOS

METROS (12,9 km) de línea en simple terna y disposición triangular, desde el piquete Nº

18 al piquete N° 75, reemplazando estas estructuras por otras de retención y uniéndolas

por un tramo de línea de UN KILÓMETRO Y DOSCIENTOS METROS (1,2 km) de longitud

utilizando CINCO (5) estructuras de suspensión.

ARTÍCULO 2.· La publicación dispuesta en el Artículo precedente, deberá efectuarse por

medio de un AVISO que se publicará por CINCO (5) días en los portales de Internet del

ENRE y de la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA

ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y por DOS (2) días en un diario de

amplia difusión de la ciudad de OLAVARRIA, otorgando un plazo de DIEZ (10) d!as para

que quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a fas prestaciones eléctricas

recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el

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ARTÍCULO 3.- Disponer que en caso de registrarse oposición común a varios usuarios,

se convocará a Audiencia Pública para recibir las oposiciones a fin de permitir al solicitante

del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública contestar las mismas y exponer sus

argumentos. De no haber recibido presentación fundada alguna, vencido el plazo, se

considerará emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública y autorizado el

Acceso solicitado.

ARTÍCULO 4.- TRANSBA S.A. deberá proceder a la desafectación de la Servidumbre

Administrativa de Electroducto de las parcelas afectadas por la antigua traza de la LAT

132 kV Loma Negra-Olavarria desde el piquete Nº 18 al piquete N" 75 y la afectación de

las nuevas.

ARTÍCULO 5.- Notifíquese a CEMENTOS AVELLANEDA S.A., a TRANSBA S.A., a

CAMMESA y al ORGANISMO PROVINCIAL DE DESARROLLO SOSTENIBLE (OPDS).

ARTÍCULO 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la Dirección

Nacional del Registro Oficial y archivese.

RESOLUCIÓN ENRE Nº 1Gf /2017

íf ~A Nº 1470

lng. Carlos M. Bastos Director

aNTE NACIONAL REGIJWlOR DE lA El..ECTRIClOAD

Ora. Marta l. Roscardi vicepresidente

tNlt IOCIO!W. RtGlft).llCR DE LA ELECIB\CM

5

lng. Ricardo H. Sericano Director

'"C!ONAI. REGULAOOR DE \A ELECTPJCIOAf! EN'fénr.

,..

q!CARD0'{~~RTIN LEONE PRESIDENTE

•ifü NACIONAL RtGUli\001\ DE lA ELECTl\ICIDAD

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