¿elector arrepentido o mecanismo fallido?: las

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9 ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS REVOCATORIAS DE MANDATOS DE ALCALDES Y GOBERNADORES EN COLOMBIA EN PERSPECTIVA HISTÓRICA LINA LOZADA LEÓN Trabajo de grado a optar al título de Politóloga DIRECTOR DEL TRABAJO DE GRADO FABIÁN ACUÑA Docente e investigador PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA BOGOTÁ D.C. 2015

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¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS REVOCATORIAS DE MANDATOS DE ALCALDES Y GOBERNADORES EN COLOMBIA EN

PERSPECTIVA HISTÓRICA

LINA LOZADA LEÓN

Trabajo de grado a optar al título de Politóloga

DIRECTOR DEL TRABAJO DE GRADO

FABIÁN ACUÑA

Docente e investigador

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES

CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA

BOGOTÁ D.C.

2015

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TABLA DE CONTENIDO

Tabla de contenido Introducción ...................................................................................................................................... 11

Aproximación teórica ........................................................................................................................ 13

Representación ............................................................................................................................. 13

1.2 Democracia directa ................................................................................................................. 15

1.3 Descentralización .................................................................................................................... 17

Contextualización .............................................................................................................................. 18

Mecanismos de participación contexto internacional .................................................................. 19

Mecanismos de participación contexto nacional ......................................................................... 24

Revocatorias de mandato contexto internacional ........................................................................ 31

Revocatoria de mandato en Colombia ......................................................................................... 36

2.2.1 Articulación de la revocatoria con la ley colombiana ...................................................... 40

2.2.2 ¿Nueva ley estatutaria de participación ciudadana? ....................................................... 42

¿Cómo ha sido el proceso de las revocatorias de mandato en Colombia? ...................................... 43

3.1 ¿Participación fallida? ............................................................................................................. 46

3.2 ¿Qué ha pasado en las urnas? ................................................................................................ 50

3.3 Particularidades del análisis .................................................................................................... 53

3.4 ¿Qué pasó después de las revocatorias fallidas? .................................................................... 57

Conclusiones y recomendaciones ..................................................................................................... 59

Bibliografía ........................................................................................................................................ 63

Anexos ............................................................................................................................................... 66

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Introducción Pasados 23 años de la creación de la carta política del 91 en la que Colombia

apuesta por una democracia más participativa y 20 años de la ley 134 en donde se

institucionalizó la revocatoria de mandato como un mecanismo de participación y

de control ciudadano, en el cual “los ciudadanos dan por terminado el mandato

que le han conferido a un gobernador y alcalde”, se puede apreciar que este

último no ha tenido ningún caso exitoso tras su implementación. Los estudiosos

del tema se acentúan en dos orillas sobre el análisis, no solo de las revocatorias

de mandato sino en general en los mecanismos de participación. Para algunos,

éstos han sido un completo fracaso, ya sea por temas de formulación de la norma

o por factores como la corrupción. Otros, de una manera menos radical afirman

que la participación en Colombia es un tema que aún es muy joven y al que hasta

ahora nos estamos amoldando.

Sin embargo, el objetivo principal de este trabajo de investigación es hacer una

caracterización sobre todas las revocatorias de mandato en Colombia, con el fin

de conocer el proceso a fondo. Además de esto, se pretende identificar por medio

de unas variables planteadas los factores principales que han influido en las

iniciativas de revocatoria. Por último, se busca hacer una comprensión de los

posibles motivos por los que ninguna revocatoria de mandato ha prosperado en el

país, sin dar una razón definitiva.

La revocatoria de mandato es considerada como uno de los mecanismos de

participación más valiosos que puede tener una democracia participativa y su

utilización es para muchos, la manera más eficaz que tienen los ciudadanos de

ejercer control político sin depender de terceras instancias. Hasta le el año 2014

se presentaron 104 revocatorias de mandato (según la información de la

Registraduría Nacional del Estado civil), de las cuales ninguna prosperó, a pesar

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de la reforma hecha a la ley en el año 2002, en donde se bajaban los umbrales de

participación.

Es importante recalcar el valor de los mecanismos de participación dentro de una

democracia que busca pasar las fronteras de la representación, para crear una

sociedad más incluyente y participativa. Ampliando el concepto a un contexto

regional cabe mencionar que la revocatoria de mandato es un mecanismo

instaurado en la mayoría de países latinoamericanos y que en muchos de ellos,

también aplica para presidentes de la República.

Las razones que motivaron a escoger como foco de estudio los mecanismos de

participación en Colombia, específicamente la revocatoria de mandato son varias.

Primero, a raíz del caso del alcalde mayor de Bogotá, Gustavo Petro, elegido en

octubre del 2011 y al que se le hizo una iniciativa de revocatoria de mandato se

empezaron a dar diferentes discusiones tanto académicas como sociales sobre el

tema, creando varios interrogatorios. La segunda razón está directamente

relacionada con la coyuntura nacional. Colombia es un país que se encuentra

atravesando unos diálogos de paz con las FARC en la Habana. Entre los temas a

tratar en la mesa de discusión se encuentra la participación política en el país y las

reformas que ésta debería tener para un pos conflicto, razón por la que se

considera que el tema es de gran relevancia tanto social como académica.

Por último, hay que mencionar que los estudios sobre revocatorias de mandato

hechos en el país son escasos y que los que existen, están enfocados a estudios

de casos específicos en su mayoría, lo cual no permite tener un espectro amplio

sobre el tema.

Para cumplir con los objetivos de la investigación el texto se divide en cuatro

secciones. Primero se plantea una discusión teórica haciendo énfasis en tres

conceptos básicos para el estudio: participación, democracia directa y

descentralización; en la segunda parte del texto se hace una contextualización

sobre todos lo referente a participación en la esfera nacional e internacional, para

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13

seguir con una mirada al mecanismo de revocatoria de mandato en el mundo y en

Colombia.

La tercera parte se centra en el análisis realizado a partir de la construcción propia

de una base de dato que recoge las iniciativas de revocatoria de mandato desde el

año 1994 hasta el 2014, partiendo de la información entregada por la

Registraduría Nacional del Estado Civil. Para el análisis también se tendrá en

cuenta una entrevista realizada a una académica conocedora del tema en

Colombia y una minuciosa revisión de prensa sobre los alcaldes y gobernadores a

los que se les iniciaron procesos revocatorios. Por último, se generan algunas

recomendaciones y conclusiones sobre el estudio.

Aproximación teórica Para el desarrollo de esta investigación se utilizará el planteamiento de la teoría de

la Representación Política, en particular el trabajo de Hanna Piktin. Sin embargo,

se tendrán en cuenta conceptos básicos sobre democracia representativa que

sirvieron como base para que Piktin llegara a hacer su estudio. Por otro lado, ser

hará una revisión del concepto de democracia directa, haciendo una apropiación

específica para el foco de nuestro análisis. Finalmente, se tendrá en cuenta el

concepto de descentralización dado por Maldonado.

La revisión de dichos conceptos teóricos se hará teniendo en cuenta que para

poder llegar al análisis de las Revocatorias de mandato en Colombia es necesario

entender el tipo de gobierno en el que se desarrollan y las razones por las que se

adoptó en la Constitución Política de Colombia.

Representación La figura de democracias representativas ha cambiado a través de los años y de

los contextos en los que esta se da, evidenciando que no es necesario adoptar

una única idea de la misma. Bobbio (1984) comparte este razonamiento,

argumentando que los principios y supuestos sobre los que se fundó la

democracia no siempre han sido los mismos. Además, es posible que exista más

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de una idea sobre este modelo de mandato y que incluso lleguen a contraponerse

en el momento de expresarlas, ya sea ejerciendo la ciudadanía o la

representación. Sin embargo, el autor italiano menciona que la representación

debe entenderse como la colaboración de unos pocos escogidos con ese fin, ya

que es imposible que todos decidan todo en sociedades cada vez más complejas

como las sociedades industriales modernas. Hecho que además resultaría

indeseable para los individuos pues generaría conflictos y va en contra de la

naturaleza humana.

Pitkin (1985) define la representación política como “la acción de hacer presentes

las voces, opiniones y perspectivas de los ciudadanos en el proceso político.”

Entendiendo que un gobierno representativo busca satisfacer los intereses de los

ciudadanos de la mejor manera posible. Además, la autora hace una revisión

histórica sobre las diferentes definiciones que se han dado sobre representación y

llega a la conclusión de que no existe una única, entregando 5 teorías sobre

representación política que están conectadas entre sí y que se utilizan según el

contexto y la perspectiva que se tenga sobre un gobierno. Estas teorías son las

siguientes:

Representación como autorización, la cual se da a través de elecciones

vinculando a los electores con las decisiones de los representantes y

asumiendo las consecuencias de las mismas como si fueran propias. Dicha

autoridad es concedida por un tiempo limitado.

Representación como responsabilidad o rendición de cuentas. Los

representantes deben rendirle cuentas a sus electores, los cuales deciden

si lo reeligen o los reemplazan según el balance hecho. “En este sentido

hay que tener en cuenta dos aspectos. Primero, de esta concepción de

accountability no se desprende que los representantes actúen siempre

conforme a los deseos de los representados. Segundo, la rendición de

cuentas va unida a tres elementos indispensables para que pueda tener

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lugar: la existencia de información por parte de los ciudadanos así como la

transparencia de los representantes en sus acciones; la obligación de los

representantes de explicar sus hechos; y por último, la existencia de

sanciones de parte de los electores a los elegidos”. (Martínez, 2004; Otero,

2011, P. 16).

Representación descriptiva. En esta perspectiva el representante sustituye

a los representados partiendo de una serie de características similares

existentes entre ambos (etnia, religión, clase social o género).

Representación simbólica, en donde los representantes simbolizan al

pueblo, convirtiéndose en el símbolo de la nación.

Representación sustantiva. Acá el representante actúa a nombre e interés

del representado, sin embargo cuenta con cierta autonomía en el momento

de tomar sus decisiones. Es una relación entre intereses y resultados.

La aproximación teórica que más conecta con esta tesis es la de Representación

con responsabilidad o rendición de cuentas. No obstante, resulta pertinente

mencionar la apreciación que hace Pitkin (1985) en el prefacio de su libro “El

concepto de representación” traducido al español. En esta versión (lanzado casi

20 años después de la original) la autora reconoce que es importante tener en

cuenta el hecho de que las instituciones representativas pueden llegar a traicionar

en vez de servir a la democracia. Teniendo este panorama claro y las

características dadas previamente en la contextualización de las teorías, podemos

hablar de una Representación con responsabilidad o de rendición de cuentas en

relación con los mecanismos de participación y específicamente con el ejercicio de

revocatoria de mandato, ya que el objetivo principal de éste es que exista un

control político por parte de la ciudadanía hacia sus gobernantes.

1.2 Democracia directa

“Nueve de cada diez países o territorios en el mundo tienen hoy en día uno o más

instrumentos modernos de democracia directa, entre ellos el derecho de iniciativa

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que les permite proponer nuevas leyes o plantear reformas constitucionales,

someter a referendo leyes vigentes o nuevas constituciones, así como el derecho

de revocarle el cargo antes del término de su mandato a un representante elegido.

La tendencia global es clara: los instrumentos de la democracia directa se han

convertido en parte esencial de la democracia representativa moderna.”

(Kaufmann, 2008, P. 9).

Apropiándonos de la visión de Kauffman en el prólogo del libro “La

democratización de la democracia en América Latina y más allá”, se considera

pertinente aclarar el concepto de democracia directa ya que los mecanismos de

participación hacen parte esencial de la misma.

Verónica Correa (2012), recurre a una definición general sobre democracia directa

dada por Bobbio (2001), la cual está enfocada a la participación en primera

persona del individuo en las deliberaciones que le afectan, aclarando que entre

deliberantes y la deliberación no puede existir ningún intermediario. Correa (2012)

concluye mencionando las características específicas de la democracia directa la

cuales son: el plebiscito, la revocatoria de mandato, el referéndum y la consulta

popular. (P. 3).

Por otro lado, Alicia Lissidini (2008) reúne diferentes visiones sobre democracia

directa para hacer una contextualización sobre lo que ésta significa en el mundo.

“…el concepto de “democracia directa” admite diversas definiciones y

graduaciones: desde concepciones “minimalistas” que consideran como

democracia directa exclusivamente al referendo, es decir a la consulta popular

promovida por los ciudadanos con el objetivo de aprobar o vetar una ley; otras

definen como democracia directa a todos los mecanismos de participación

ciudadana que implican el voto (con la excepción de las elecciones) es decir, las

consultas populares en sus diversas formas jurídicas (referendo, plebiscito y

revocatoria de mandato). Otras, más abarcativas, incluyen a la iniciativa legislativa

(es decir el derecho de los ciudadanos a proponer leyes al Parlamento) y las

“maximalistas” entienden que democracia directa también comprende la

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participación ciudadana en las decisiones sobre el uso de los recursos fiscales

(presupuesto participativo) y en el control de la política (como la defensoría del

pueblo y la auditoría ciudadana).” (Lissidini, 2008, P. 13-14).

Teniendo en cuenta que el interés de análisis de esta investigación son los

mecanismos de participación y la revocatoria de mandato, reduciremos el

concepto al uso del voto, mencionado por Lissidini (2008). En éste se omiten las

elecciones y se enfoca en los mecanismos de participación (referendo, plebiscito y

revocatoria de mandato). Cabe aclarar que no es una definición única y que el

debate dentro del uso y fines de la democracia directa es muy amplio y

controversial. Sin embargo, no es el eje de nuestro estudio.

1.3 Descentralización

“Las políticas orientadas a la descentralización del territorio pasaron a ocupar un

lugar clave en la agenda latinoamericana en los años ochenta, promovidas por la

confluencia de dos discursos, uno que veía en la descentralización una forma de

reducir el déficit fiscal que asolaba a muchos países de la región, y otro que

identificaba al ámbito local de gobierno con un espacio desde el cual articular un

proyecto político alternativo y de base ciudadana”. (Schneider y Welp, 2015, P.

16).

Finalmente, resulta necesario abordar el concepto de descentralización pues se

encuentra directamente ligada a la adopción de los mecanismos de participación

tanto en Colombia como en cualquier modelo democrático que tenga prácticas de

democracia directa. Hay una coexistencia entre los dos fenómenos y por lo tanto

es de nuestro interés para comprender la adopción del mecanismo de

participación estudiado.

Para esto acogeremos la definición que entrega Maldonado (2002), tras hacer una

evaluación a profundidad a la descentralización en Colombia. “La

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18

descentralización política es la transferencia a las entidades territoriales, de la

capacidad de elección de sus gobernantes y de la toma de decisiones sobre las

políticas de desarrollo en el ámbito local. (…) En el caso específico de la

descentralización política, el objetivo principal es la democratización de la gestión

local mediante la ampliación de espacios de participación” (Maldonado, 2002, P.

15).

El autor hace referencia a cuatro tipos de descentralización política:

Descentralización espacial, que consiste en la transferencia de recursos e

instrumentos a las regiones buscando evitar y/o limitar la concentración de

unos pocos centros.

Descentralización hacia el mercado, que es la transferencia de la prestación de

servicios por parte del Estado, hacia los particulares..

Descentralización política, una transferencia de capacidades de elección de

gobernadores y de toma de decisiones políticas enfocadas al desarrollo en el

ámbito local, a las entidades territoriales.

Descentralización administrativa, que es transferir recursos, funciones y la

capacidad de decidir (en aspectos de prestación de servicios) del Gobierno

Central a los locales.

Para el interés del presente análisis se acogerá la “Descentralización política”,

pues es la que está directamente enlazada con el tema de elecciones de alcaldes

y gobernadores, generando una relación directa entre los representados y su

representado. Además, dicha relación va de la mano con una rendición de cuentas

tanto al Gobierno Central como a los electores, que son los directamente

interesados en la toma de decisiones.

Contextualización “La clasificación más abarcadora de modelos de democracia sería la que distingue

entre democracia directa o participativa y democracia liberal o representativa. En

la primera se entiende no solo que el pueblo es titular del poder, sino que es quién

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lo ejerce, de modo que la participación del pueblo en el gobierno consiste en un

ejercicio directo del poder siendo posible en este caso claramente hablar de un

gobierno del pueblo; mientras que la democracia liberal o representativa consiste

en un sistema de gobierno que cuenta con representantes de los intereses y las

opiniones de los ciudadanos en el marco del imperio de la ley; se trata pues en

este segundo caso de un sistema de limitación y control del poder, en el que cabe

hablar más que de un gobierno del pueblo, de un gobierno querido por el pueblo.”

(Cortina, 1993, p. 89).

Mecanismos de participación contexto internacional Alicia Lissidini (2008), es una autora que permite adentrarnos en la esfera

internacional de la democracia participativa, pues realiza un análisis sobre la

inclusión institucional de los mecanismos de democracia directa en América

Latina. Su hipótesis central es que los mecanismos de democracia directa,

adoptados en casi toda la región en la década de los 90, son una herramienta

política que permite promover la participación de los ciudadanos en lo público y la

expansión de la influencia legislativa, adoptando la descentralización del poder.

“Si bien la democracia directa en manos de los ciudadanos conlleva ciertos

riesgos, éstos son menores que aquellos promovidos por los presidentes. Entre

las diversas formas jurídicas que asume el ejercicio de democracia directa

destacamos la iniciativa legislativa, la iniciativa popular, el veto y la revocatoria de

mandato. Los dos primeros son mecanismos proactivos, es decir, los ciudadanos

proponen leyes y reformas constitucionales al Parlamento (iniciativa legislativa) o

directamente a la ciudadanía (iniciativa popular). Por el contrario, el veto y la

revocatoria son reactivos, son mecanismos que buscan derogar una ley ya

aprobada y revocar el mandato de un funcionario electo por la ciudadanía (el

presidente, los legisladores u otros)”. (Lissidini, 2008, P. 13).

Haciendo un análisis normativo de las reformas constitucionales de cada país

latinoamericano, la autora logra comprobar su hipótesis, junto con el hecho de que

muchos de los mecanismos de participación aprobados han nacido de coyunturas

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20

sociales. Algunos países como Ecuador y Perú revelan una alta inestabilidad

institucional; en Perú y en Venezuela los partidos políticos han perdido centralidad

gracias a los mecanismos de participación. Además de esto, en Venezuela y

Ecuador se dio un fenómeno de nuevos outsiders prometiendo más participación

ciudadana a cambio de una victoria electoral en el ejecutivo.

Según la autora, el incremento que se ha notado en la inclusión y el debate dentro

de la democracia directa, son solo un comienzo del aumento que seguirá

tendiendo en el futuro, junto con un incremento de iniciativas ciudadana a nivel

local y gubernamental.

Lissidini (2008) “Las ambigüedades del ejercicio de la democracia directa en estos

países son inseparables de las tensiones y problemas de la política en

Latinoamérica”. (P. 45).

Al igual que Lissidini, y varias veces en conjunto, Daniel Zovatto ha buscado

entender las diversas modalidades de participación política en las democracias de

Latinoamérica, su uso y sus efectos.

“En tiempos como los actuales, en que los poderes legislativos y los

partidos gozan de una confianza muy baja ante la opinión pública, los

mecanismos de participación ciudadana son vistos por ciertos sectores como una

opción válida para mejorar la representación, incrementar la participación y

mantener la estabilidad de los sistemas políticos. Es por ello que algunos

gobiernos latinoamericanos y organismos internacionales promueven diversos

mecanismos de participación ciudadana” (Zovatto, 2014, P. 14).

En su libro Democracias en movimiento, Zovatto sostiene que la crisis de

representación partidaria y el descontento general de los ciudadanos con la

política fueron las razones principales por las que se generaron reformas

constitucionales en América Latina, las cuales adoptaban los mecanismos de

participación en gran medida.

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Con el objetivo de determinar hasta qué punto las instituciones de democracia

directa se pueden catalogar como institucionalizadas dentro de los sistemas

políticos latinoamericanos, sus modalidades, características y resultados, el autor

hace una clasificación de los mecanismos de participación en tres grupos.

Consulta popular, iniciativa legislativa popular y revocatoria de mandato.

Fuente: Zovatto, 2014, P. 16.

Después de hacer un análisis de la división de los tres grupos y la constitución de

cada país latinoamericano, Zovatto encuentra que en la región hay 12 países en

los que existe por lo menos uno de los grupos y han sido utilizados, y 6 países en

los que no se ha utilizado ningún tipo de mecanismos.

País

Mecanismos citados – grupo de 3

Chile 1

Colombia 2

Costa Rica 2

Ecuador 3

Guatemala 2

Panamá 3

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Perú 2

República Dominicana 2 (no se han utilizado)

Uruguay 2

Venezuela 3

El Salvador 1 (no se ha utilizado)

Honduras 2 (no se han utilizado)

Nicaragua 2 (no se han utilizado)

Paraguay 2 (no se han utilizado)

México 2 (no se han utilizado)

Argentina 2

Bolivia 3

Brasil 2

Elaboración propia a partir de la información del análisis de Zovatto, 2014.

Los 18 países de la región tienen en su carta política mecanismos de

participación, que aunque los utilicen o no surgieron de manera contemporánea en

los 90. Otra apreciación de Zovatto es que aunque todas surgieron por coyunturas

diferentes, es posible encontrar dos tipos de reformas constitucionales. La del

pensamiento clásico liberal y otra refundada en la constituyente de Colombia, que

después fue adoptada por Venezuela, Ecuador y Bolivia respectivamente. Todas

estas tienen un común denominador y es que son producto de convocatorias a

asambleas constituyentes, son multiculturales, plurietnicas y laicas.

“El buen diseño y uso de los instrumentos de democracia directa puede generar

una sana renovación de un orden sociopolítico, capacitar al ciudadano para

participar en los asuntos públicos y ejercer controles eficaces sobre los

funcionarios electos y complementar adecuadamente la democracia representativa

con fórmulas eficaces de participación directa (Kornblith, 2007). Sin embargo, si

estos mecanismos de democracia directa son utilizados de manera patológica o

desvirtuada, pueden también constituirse en un instrumento peligroso para la

puesta en marcha de una democracia plebiscitaria.” (Zovatto, 2014, P. 40).

A manera de conclusión el autor entrega 10 consideraciones sobre el análisis que

en síntesis, dicen lo siguiente. Hay una gran variedad de terminología sobre

mecanismos de participación, lo cual genera complicaciones a la hora de analizar

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y comparar unos con otros por lo que se debe avanzar en una precisión general

sobre el tema. Por otro lado, la Consulta Popular sigue siendo el mecanismo de

mayor uso en la región a pesar de la gran variedad que existe, y además, su uso

ha sido mayoritariamente desde arriba. La participación en América Latina es de

un 67.59% desde el año 1978 hasta el 2012. Y los mecanismos de democracia

directa son instrumentos que ayudan a consolidar el sistema democrático, que

deben ser vistos como complementos y no como sustituidores.

Por último, la implementación de una democracia directa debe ir ligada a unos

derechos fundamentales plenamente garantizados, en donde no se atente contra

el pluralismo político.

Dando una visión más negativa sobre el proceso de participación en América

Latina, Massal afirma que es necesario alejarse de las visiones críticas o

excesivamente idealizadas sobre participación, reconociendo los logros de la

misma pero enfatizando sus limitaciones.

“Hevia señala como la implementación de dispositivos participativos, lejos de

proporcionar una mayor estabilidad a la democracia o de resolver las falencias de

la democracia representativa, constituye en sí misma una respuesta a la alta

inestabilidad política, particularmente en el área andina: “no existe una relación

entre diseño constitucional y estabilidad democrática y la presencia de la

participación parece ser más una reacción a la inestabilidad que una fuente de

estabilidad” (Hevia, 2007).” (Massal, 2010, P. 89).

Aunque para la Massal existe una paradoja bastante llamativa en cuanto al

contexto aparentemente propicio para la adopción de la democracia participativa

en América Latina y su resultados “margos y decepcionantes”, afirma que la

reflexión debería ir más allá. No se debe caer en la retórica sobre lo bueno que es

participar, sino que se deben empezar a genera preguntas que precisen el

concepto. Massal (2010) “¿Participar en qué, cómo, por qué, y para qué? ¿Cuáles

condiciones políticas y sociales son necesarias para que la participación no se

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ejerza en detrimento de la representación, ni la representación en detrimento de la

participación? ¿Para que la legitimidad no se oponga a la eficacia?” (P. 90).

Mecanismos de participación contexto nacional Los mecanismos de participación son los hijos de la democracia participativa. Con

ellos se busca fomentar la participación ciudadana en diferentes decisiones

políticas, por medio de leyes que garanticen la inclusión de toda la sociedad en el

momento de participar activamente, sin importar el género, etnia, cultura o la

pertenencia a cualquier minoría. La Carta Política de 1991 buscó dar una

cercanía entre la ciudadanía y los organismos de control, incluyendo una amplia

lista de mecanismos de participación que permitieran cumplir ese objetivo.

Clara Rocío Rodríguez Pico (2012), busca cuestionar por medio de un análisis

histórico el planteamiento de que la democracia participativa permite contrarrestar

las diferencias que se dan en materia de representación política, con la aplicación

de los mecanismos de participación en Colombia.

Lo primero que señala el texto Democracia, representación y mecanismos de

democracia directa en Colombia, es una diferenciación entre democracia directa y

democracia participativa. Lo que separa a la una de la otra es Rodríguez (2012),

“la intervención en la gestión pública de los gobernantes electos a lo largo del ciclo

de la política pública” (p. 66). Entre esos mecanismos de democracia directa se

encuentra el de carácter formal e institucional, que no surgen de la iniciativa

espontánea de los ciudadanos; la legitimación mediante el voto o la firma, que

busca involucrar a la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones sobre

cuestiones públicas y no solo con el propósito de elegir al ejecutivo/legislativo; y la

limitación del demos, que es la participación de los ciudadanos que cuentan con la

calidad de ciudadanos en ejercicio.

Haciendo un recorrido histórico por la participación ciudadana en el país, la autora

menciona que antes de la Constitución de 1991 existieron tres experiencias de

mecanismos de participación: el plebiscito, las consultas populares y las consultas

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tendientes al establecimiento de una Asamblea Constituyente. Sin embargo, es

hasta la Constitución del 91 que estos mecanismos tienen una verdadera

adopción ya que en Colombia la idea de democracia directa no surgió de manera

simultánea a las instituciones de la democracia representativa. La adopción de

dichos mecanismos fue tardía en comparación con otros países latinoamericanos,

como Uruguay.

“Junto a otras definiciones constitucionales adoptadas en el camino de acoger la

democracia participativa, en términos de los mecanismos de democracia directa,

la Constitución Política de 1991 establece que son mecanismos de participación

de pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la

consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria de

mandato. (…) La única particularidad que muestra Colombia en materia

comparativa es que se adicionó el cabildo abierto, el cual, recogiendo una vieja

tradición independista, faculta a los ciudadanos a participar en los concejos

distritales, municipales o de juntas administradoras locales” (Rodríguez,

2012,p.71).

Elaboración propia a partir de información de Rodríguez Pico.

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Tras hacer un análisis de las categorías y sub categorías de los mecanismos de

democracia directa en Colombia y el uso que se le ha dado por parte de la

ciudadanía, se encuentra que solo un 5,8% de los casos analizados (la autora solo

tomó casos en los que se empezó formalmente el proceso previo según la norma),

tuvieron un cumplimiento del 100%, mostrando que hay una presencia de

dificultades para impulsar los mecanismos de democracia directa en Colombia.

Rodríguez concluye que los mecanismos de democracia directa adoptados en la

Constitución de 1991, no han logrado convertirse en instituciones que permitan el

aumento de la influencia de los votantes, llevando a que el papel de fortalecer la

participación sea más bien pobre y que la inclusión de los mismos no ha logrado

transformar una tradición histórica de predominio de poder político y de una

mínima intervención por parte de la ciudadanía.

“La participación concreta en la realidad, lo que de manera formal se establece en

la norma (la igualdad ante la ley) y abre la posibilidad a sectores tradicionalmente

marginados de la política para intervenir en la escena pública y contribuir a la

definición de metas colectivas. La democracia participativa modifica las formas de

relación entre la sociedad y el Estado a través de la inserción progresiva de

nuevos actores sociales en la escena pública, en la deliberación política y en la

toma de decisiones.” (Velásquez y González, 2003, P. 56).

Para que Velásquez y González llegaran a esa conclusión en un capítulo de su

libro ¿Qué ha pasado con la participación ciudadana en Colombia?, empezaron

por hacer una diferenciación entre democracia representativa y democracia

participativa, para así poder entender el concepto de participación ciudadana.

Pasando por autores como Schumpeter, Bobbio y Dahl, se generan algunas

aproximaciones acerca del concepto de democracia representativa. Hija del

pensamiento liberal, que contradice la idea de movilización e institucionalización,

reduciendo la participación al mínimo posible. En síntesis, un conjunto de reglas

que rigen el proceso electoral. No obstante, Velásquez y González afirman que la

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noción de democracia clásica no resuelve tres interrogantes principales. “En

primer lugar, el énfasis en los asuntos de procedimiento impide dar respuesta

satisfactoria a dos tipos de cuestiones: de un lado, si las elecciones agotan los

procedimientos de delegación del poder por parte de los ciudadanos; de otro, si

los procedimientos de representación dan suficiente cuenta de la diversidad social,

cultural y política de la sociedad. En segundo lugar, los teóricos que argumentan

en favor de la creciente influencia de la burocracia en las decisiones colectivas no

logran contrarrestar el escepticismo sobre la capacidad de las burocracias de

manejar con creatividad y de asimilar la totalidad de la información propia de la

gestión pública. (…)Finalmente, la tesis de la inevitabilidad de la representación

política en sociedades complejas y de masas (…) deja sin respuesta una cuestión

de igual importancia, a saber: la representación adecuada de las identidades

minoritarias en los cuerpos de representación”. (Velásquez y Gonzáles, 2003, P.

53).

Como resultado de estos vacíos nace la participación para dar una respuesta,

aseguran los autores. Especialmente en países en donde la diversidad geográfica,

étnica, y social está más acentuada. La participación hace visible el problema

entre representación, diversidad social y cultural. Y es percibida como la

posibilidad de que los individuos puedan sentirse parte de una comunidad política

a través del libre ejercicio de derechos y deberes, encontrando una igualdad por

medio de la ley, lo que permite la inserción de nuevos actores sociales en la

deliberación política y en la toma de decisiones. Hecho que además permite que

se aborden nuevos temas, antes relegados de la esfera política y un aumento en

la participación ciudadana, específicamente en el plano local.

Sumado a esto, se recalca la importancia que tienen los movimientos sociales en

la concepción de democracia participativa, pues es por medio de ellos que muchas

minorías pueden llegar a organizarse para así hacer escuchar su voz.

Aunque la democracia participativa es vista como una evolución positiva por parte

de los autores, hay dos puntos que hay que tener en cuenta según ellos para que

Page 20: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

28

ésta funcione. Por un lado, un modelo democrático participativo requiere de la

multiplicación de los mecanismos de participación pero, sobre todo, necesita que

los ciudadanos estén dispuestos a participar, y que en ese proceso vean un

camino para lograr sus objetivos, tanto personales como colectivos. Se necesita

una apropiación de la participación por parte de todos los ciudadanos para que

ésta tenga éxito en la sociedad.

Finalmente, es necesario tener en cuenta las limitaciones de la democracia

participativa. Existe una amenaza permanente hacía los nuevos liderazgos por la

cooptación de sectores tradicionales que buscan reducir su acción a un interés

específico, personal y completamente ajeno al del líder.

Los mecanismos de participación y la democracia participativa no son los únicos

hijos de la Constitución de 1991. El fenómeno de la descentralización en

Colombia, es posiblemente el más notorio. Fenómeno que está directamente

ligado a la participación regional y local. Alberto Maldonado (2002), hace un

análisis sobre la implementación de la descentralización en Colombia, sus

objetivos y sus resultados en el libro Evaluación de la descentralización municipal

en Colombia: balance de una década. Entre su análisis explica porque la

participación es clave en el ejercicio de descentralización y hace un breve balance

sobre su función y utilidad.

Uno de los objetivos de la descentralización es el “pluralismo político”, que busca

combatir la concentración del poder, abriendo nuevos espacios de participación,

educación y acercamiento del Gobierno y los ciudadanos. “Las ventajas de la

descentralización han sido destacadas también, por algunos sectores

democráticos que promueven la participación popular. Desde esta perspectiva

centralización es vista como una expropiación política de los sectores populares y

las descentralización como un instrumento que abre posibilidades para que los

grupos sociales tradicionales excluidos, puedan acceder al poder local”.

(Maldonado, 2002, P. 18).

El surgimiento de la descentralización política en Colombia fue una respuesta a

una crisis de legitimidad expresada en un conjunto de crisis institucionales. La

Page 21: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

29

centralización en Colombia marcó una gran brecha de desigualdad, ya que los

recursos económicos se concentraban en ciertas regiones. En cuanto a

democracia política se hablaba de una democracia restringida y autoritaria,

controlada por los partidos tradicionales y con pocas posibilidades de participación

para la ciudadanía. Maldonado (2002) “El Gobierno Nacional había concentrado

más del 80% de los ingresos tributarios del país y desempeñaba directamente

funciones de carácter local” (P. 37). El momento en que los y las colombianas

empezaron a mostrar su inconformismo con la manera de gobierno que tenían y

empezaron a demandar una apertura democrática real, coincidió con las

tendencias globales de reforma del Estado que están enfocadas en el

fortalecimiento de los gobiernos locales. De esta manera, con la Carta Política del

91 se buscó darle solución al problema (que abarcaba muchos más problemas),

con una reforma desarrollista. En consecuencia a esto, se adoptaron diferentes

mecanismos de participación que ya mencionamos con anterioridad. Además, se

amplía el periodo de alcaldes y gobernadores a tres años, manteniendo la

prohibición de la reelección inmediata.

Caracterización del diseño de la descentralización: ventajas y desventajas

Área

Aspectos positivos

Deficiencias

Descentralización

política y

responsabilidad

Combinación de medidas tendientes

a promover democracia

representativa, participativa y directa.

Establecimiento de responsabilidad

política.

Introducción del mecanismo de

reducción de cuentas a la comunidad

y a la Nación.

Obstáculos para la

aplicación afectiva de las

medidas.

No reelección.

Periodo reducido.

Aparte tomado de (Maldonado, 2002, P. 46)

Maldonado afirma que a pesar de que existen grandes avances en cuanto a la

distribución del poder político a partir de la descentralización, aún hay algunos

límites en el diseño de las normas que hacen difícil su aplicación. Algunos

Page 22: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

30

mecanismos creados no son obligatorios para las entidades territoriales; La

reglamentación hace que la aplicación sea complicada; La participación ha sido

concebida como una función establecida por el Estado sin mucha iniciativa de la

ciudadanía; Y existe un formalismo exagerado en las medidas de

descentralización.

Hernando Alfonso Prada define la democracia participativa como “un sitio

intermedio entre la directa y la representativa, que no las rechaza, no las descarta,

simplemente las acerca, las hace complementarse, y les da mutuamente un

espacio compartido en la normatividad”. (Prada, 1997. P. 86).

Con base en esa definición el autor hace una relación con la “democracia integral”

propuesta por Bobbio (1984), en donde conjuga en un mismo texto la democracia

representativa y directa, y la constitución política colombiana de 1991. Tomando

como referencia al artículo 40, el cual declara que “Todo ciudadano tiene derecho

a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer

efectivo este derecho puede: 1. Elegir y ser elegido. 2. Tomar parte en elecciones,

plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación

democrática. 4. Revocar el mandato de los elegidos. 5. Tener iniciativa en las

corporaciones públicas”.

Prada hace una diferenciación de los puntos mencionados en el artículo 40,

diciendo que el 1 y el 2 son formas de participación representativa; y que el 3 y 4

formas de participación directa, para comprobar su supuesto de la relación de

democracias aplicada al caso colombiano.

Adicional a esto, el autor explica las distintas formas que toma la democracia

participativa. Por un lado, se encuentra la participación ciudadana, concebida

como mecanismo político tradicional del voto. Éste se utiliza para registrar la

expresión ciudadana, no solo frente a la elección del mandatario como en la

democracia representativa, sino frente a decisiones como los referendos, las

consultas populares y las revocatorias de mandato. Por otro lado, está la

participación social o comunitaria. En esta, los individuos son representados por

sus pares ante autoridades del Estado, por medio de la creación de asociaciones.

Page 23: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

31

Dichas formas de participación, se encuentran plasmadas en la Carta Política del

91.

Revocatorias de mandato contexto internacional La revocatoria de mandato o plebiscito revocatorio, es un procedimiento por el

cual los ciudadanos pueden destituir un cargo público, antes de que su tiempo en

el cargo expire. Dicho procedimiento, que también es conocido como “recalla”,

tienen origen en el derecho anglosajón, especialmente en Estados Unidos, ya que

en 1980 tuvo un gran desarrollo en la región. El fundamento principal de la

revocatoria de mandato reposa en el principio de soberanía popular y de

representación, lo que significa que los funcionarios públicos son elegidos para

servirle a la voluntad popular, pero deben estar sujetos a un control político por

parte de la ciudadanía.

Así pues, los mandatarios deben sujetarse a las instrucciones (bajo la ley) de sus

electores, lo cual permite utilizar el concepto de “mandato imperativo”.

El principio de revocatoria de un mandato va en contra de los planteamientos de la

teoría clásica de la democracia Liberal, donde se establece que los mandatarios

tienen completa autonomía para tomar decisiones impopulares o que vayan en

contra de lo que quiere el ciudadano común, con el fin de cumplir su objetivo. La

única manera que tienen los ciudadanos para demostrar su inconformismo sobre

algún mandatario es por medio de las siguientes elecciones, antes no. Sin

embargo, la crisis de la democracia representativa hizo que los ciudadanos

exigieran mecanismos de control político, que fueran más allá de las elecciones.

Así se generaron diferentes mecanismos de participación que ayudan al control

ciudadano, como la revocatoria de mandato, la cual funciona como un control, que

se complementa con otras ramas del poder.

En el presente análisis se dará una mirada al surgimiento y uso de la revocatoria

de mandato en diferentes países del mundo, enfocando la atención en

Page 24: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

32

Latinoamérica para así poder tener mayor claridad sobre su funcionamiento, su

uso y sus debilidades. Sin embargo, no se pretende hacer un análisis detallado del

contexto de cada proceso revocatorio establecido en las constituciones ya que

nuestro foco de estudio es Colombia.

Uwe Serdült, hace un recorrido histórico de la revocatoria de mandato en Suiza, ya

que según él es uno de los primero países en adoptar la medida en el siglo XIX.

Partiendo de la hipótesis de que (Serdüt, 2012) “la disponibilidad de mecanismos

de democracia directa como el referendúm o la iniciativa, ha vuelto obsoleto el uso

de la revocatoria de mandato” (P. 11), se argumenta que hacer un repaso histórico

sobre los primero usos de la revocatoria de mandato se pueden identificar

funciones que, o bien permiten hacer una comparación o una retroalimentación

para el mecanismo en la actualidad.

Para empezar, la revocatoria de mandato en Suiza no es de nivel Nacional, es

decir, que no afecta al ejecutivo. Ésta es regulada a nivel subnacional (cantonal y

comunal), sin embargo la iniciativa no permite revocar a miembros individuales,

sino que apunta a un órgano colectivo. Así pues, los ciudadanos entregan un voto

de no confianza, más allá de “castigar” a un funcionario público en concreto. En la

actualidad existen 6 cantones de 26, que poseen procedimientos de revocatoria de

mandato en Suiza.

El autor afirma que el uso de la revocatoria de mandato en Suiza es poco

frecuente a pesar de los bajos umbrales que existen que la actualidad, que se han

ido adaptando a las reformas realizadas según los mecanismos de democracia

directa instaurados. Aun así, hay tres funciones identificada de la revocatoria en

éste país que el autor considera de gran relevancia para el análisis internacional y

para posibles mejoras del mismo. Primero, es que puede funcionar como una

catarsis en casos de escándalos o de malas gestiones; Segundo, que puede ser

una herramienta utilizada con intereses políticos organizados, como los partidos

políticos; Y tercero, que puede llevar a cabo una función no anticipada ya que

Page 25: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

33

existen otros mecanismos de democracia directa utilizados de manera previa a la

revocatoria, lo cual la puede dejar en la obsolescencia.

Latinoamérica cuenta con varios países que consagran la posibilidad de revocar el

nombramiento de los funcionarios de elección popular. Esta figura se reconoce a

nivel constitucional, en países como, Colombia, Ecuador, Brasil y Perú.

Contemplando la figura del plebiscito revocatorio en el capítulo de los derechos

políticos en sus respectivas constituciones. Aun así, hay otras constituciones que

contemplan la posibilidad de revocar el nombramiento del funcionario público, pero

no por medio del ejercicio de sufragio. Además de esto, existen países donde la

revocatoria de mandato se puede dar a nivel nacional y no solo local.

Países

latinoamericanos

Revocatoria de mandato

Nacionales

Bolivia Para todos los cargos

Panamá Para todos los cargos

Ecuador Para todos los cargos

Venezuela Para todos los cargos

Fuente: elaboración propia

De estos cuatro países que cuentan con el ejercicio de revocatoria nacional, tan

solo en Bolivia y Venezuela se ha empleado el mecanismo.

Gutiérrez y Acuña (2009) explican que en Bolivia, Evo Morales creó una iniciativa

de revocatoria como forma de desenredar los debates que se estaban dando en la

constituyente y además como forma de reafirmar su labor fuertemente criticada

por sus opositores. La consulta preguntaba por la aceptación o rechazo al

mandatario nacional y a los regionales. Dicho ejercicio de revocatoria, ratificó a

Page 26: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

34

Evo Morales con un 63.1% de los votos, en cuanto a los prefectos (autoridades

regionales), solo tres cayeron en la votación, el resto fueron aceptados por los

ciudadanos en las urnas.

En cuanto al caso venezolano, los autores mencionan que se sometió a consulta

ciudadana, la continuidad o no del presidente Hugo Chávez, el cual tuvo varios

problemas durante el proceso. En un principio las autoridades consideraban que el

principio era inconstitucional y después hubo dudas sobre la veracidad de las

firmas que requerían de un número específico pues había un umbral establecido

(que en el momento parecía muy alto para la oposición). Finalmente el referendo

salió adelante, dejando a Hugo Chávez con un 59% de favorabilidad contra un

40%.

Por su parte, Yanina Welp (2012) hace un análisis de seis países latinoamericanos

(Argentina, Colombia, Bolivia, Ecuador, Perú y Venezuela) que cuentan con los

mecanismos de revocatoria de mandato de manera subnacional, proponiendo

determinar su introducción, uso y consecuencias en las respectivas democracias

participativas.

“En América Latina, a nivel nacional, con la excepción de Uruguay que introdujo la

iniciativa legislativa y el referendo abrogatorio en 1967 (aunque no hubo

experiencias hasta después de la restauración de la democracia), las

constituciones no incluían mecanismos de democracia directa susceptibles de ser

activados por la ciudadanía. En el caso uruguayo, los MDD sólo existían en el

nivel nacional. En los subniveles de gobiernos, un antecedente se observa en

Argentina, donde las competencias de las provincias para dictar sus propias

constituciones explican una temprana expansión de MDD, aunque las prácticas

son escasas o nulas. Este escenario comenzó a cambiar en los noventa.” (Welp,

2012, P. 177).

Page 27: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

35

Elaboración propia a partir del análisis de Welp, 2012.

“La forma que adopta el referendo revocatorio difiere entre los casos, aunque en

todos ellos se establece un tiempo en el que puede iniciarse el llamado (posterior

al primer año de gestión y anterior al último) y un umbral de firmas para iniciar el

proceso. Hay considerables variaciones en el porcentaje de firmas requerido, en

los umbrales de participación (establecidos o no) y en las instituciones a cargo de

controlar el proceso (nacionales o locales)”. (Welp, 2012, P. 181).

Según la autora, el proceso de descentralización, el descontento ciudadano con la

democracia y las crisis políticas en los diferentes contextos latinoamericanos,

fueron la base para que la revocatoria de mandato llegara a la región. Además, la

característica que sobre sale y que une a los 6 países analizados es que la

introducción de dicho mecanismo fue hecha desde arriba hacia abajo, ya fuera a

través de una constitucional o de reformas. Por último, Welp concluye su análisis

diciendo que “otras experiencias de mecanismos de democracia directa sugieren

que puede ser más efectivo el referendo abrogativo y la iniciativa ciudadana que el

referendo revocatorio, que no garantiza que la nueva autoridad electa vaya

Page 28: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

36

realmente a actuar de acuerdo con los deseos de las mayorías.” (Welp, 2012, P.

190).

Revocatoria de mandato en Colombia La revocatoria de mandato en Colombia representa una garantía para que los

ciudadanos puedan ejercer un control político sobre sus gobernantes. Y en caso

de que haya inconformismo, siguiendo los supuestos de la ley: la insatisfacción

general o el incumplimiento del programa de gobierno, despojarlos de su cargo.

Alicia Lissidini (2011), hace una reflexión sobre las revocatorias de mandato en

Latinoamérica y resalta que Colombia fue el único país de la región que evaluó los

peligros del referendo revocatorio, cuando el congresista Sarmiento Gaitán

propuso que la forma en que se podía evitar riesgos a los que puede llevar una

revocatoria de mandato era estableciendo altos criterios para la radicación del

mismo. Razón por la cual el proceso cuenta con umbrales elevados según críticos

del diseño del mecanismo, a pesar de la reforma que tuvo la ley en 2002.

“La revocatoria del mandato en Colombia se institucionalizó en 1991 como un

mecanismo de participación ciudadana y específicamente de control, en el cual

“los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un

gobernador y alcalde”, cuando estos no cumplan satisfactoriamente la gestión que

le corresponde como autoridades locales elegidas.” (Franco, 2014, P. 99).

A partir de la constitución del 91 Colombia pasó de ser una democracia

meramente representativa a ser representativa y participativa, según Franco.

Haciendo una revisión del artículo 179 de la constitución de 1886 que señalaba

que “el que sufraga o elige no impone obligaciones al candidato, ni confiere

mandato al funcionario electo”, se hace notorio el cambio que vivió la constitución

política y la participación ciudadana en el país pasando de cuatro a nueve

instancias de representación política.

Page 29: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

37

La revocatoria de mandato en Colombia puede proceder mientras se cumplan los

siguientes requisitos:

Que la solicitud de convocatoria sea pasada por escrito a la Registraduría

respectiva, sustentando los motivos de la misma.

Que el mandatario lleve en el cargo no menos de un año desde la posesión.

Que no hayan transcurrido las 3 cuartas partes del periodo institucional.

Que los porcentajes requeridos (los cuales se explicarán más adelante)

sean alcanzados, tanto en la etapa jurídica como en la electoral.

Franco hace un análisis profunda sobre todo el proceso que ha tenido la

revocatoria de mandato en Colombia desde que fue adoptada en la constitución e

instaurada en la ley 134 del 94 y que fue reformada en el 2002. Partiendo del

hecho de que de las 134 iniciativas de revocatorias que se han llevado a las

diferentes Registradurías del país, ninguna ha prosperado, nacen una serie de

interrogatorios sobre la efectividad del mecanismo. Además, algunos críticos del

mecanismo se refieren a un mal diseño de la ley y sus umbrales, lo que ha llevado

a que se disminuyan. Frente a esto último Franco (2014) se cuestiona sobre si

“revocar debe ser más fácil que elegir o viceversa” (P. 107).

Después de darle una mirada a la ley del 94, a la reforma que tuvo en el 2002 y de

hacer un ejercicio de proyección de la reforma del 2012, la cual fue archivada

(también se explicará en detalle más adelante). Aplicándolas al caso específico de

la iniciativa de revocatoria de mandato del alcalde de Bogotá Gustavo Petro, la

autora hace unas valiosas apreciaciones sobre el mecanismo y su funcionamiento:

Aunque el panorama parece desolador, después de 20 años de la ley

estatutaria de mecanismos de participación y las 134 iniciativas sin

prosperar (lo que para muchos conocedores del tema significa un fracaso

para el mecanismo), la autora afirma que no por esto se puede descalificar

a la institución ni al ejercicio de democracia participativa.

El motivo por el que no se ha revocado a ningún alcalde o gobernador en el

país es porque los umbrales establecidos por la ley no se han cumplido. Sin

embargo, Franco afirma que seguirlos disminuyendo no es la solución al

Page 30: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

38

problema pues hay que tener en cuenta que Colombia tiene una

característica histórica de baja participación electoral.

Finalmente, Franco (2014) crea la hipótesis de si la causa mayor de

iniciativas de revocatoria es “insatisfacción general de la ciudadanía”, ¿qué

tan válido o democrático sería justificar la insatisfacción generalizada solo

con el 5% del censo electoral?” (P. 116). Esto teniendo en cuenta la última

reforma archivada que pedía bajar aún más los umbrales.

“Somos muy jóvenes en el ejercicio de decidir sobre asuntos públicos; en la

elección de nuestros gobernantes locales; en exigir el cumplimiento de los

programas de gobierno so pena de hacer uso de las revocatorias del mandato; en

presentar iniciativas del orden ciudadano al Congreso de la República. Somos

muy nuevos en eso que llaman ejercer la ciudadanía”. (MOE, 2012, presentación).

William Jiménez (2001), enumera algunas posibles causas de porqué la

revocatoria de mandato no ha tenido tanta acogida en la sociedad civil, y se ha

quedado como una ley sin articulación a la realidad nacional. La causa principal

puede deberse a la desinformación y el desconocimiento de la ciudadanía. Otro

motivo puede ser la reglamentación y requisitos excesivos, problema también

mencionado por Velásquez (2014), cuando hace referencia a que la ley 134 tiene

problemas de diseño pues los requisitos exigidos para gestionar muchos

mecanismos son muy numerosos y requieren de tantas cosas que los ciudadanos

prefieren desistir en el intento, poniendo como principal ejemplo la revocatoria de

mandato.

Adicional a esto, Jiménez (2001) también menciona la falta de garantías objetivas

y subjetivas para quienes la proponen; la falta de actores locales comprometidos

con su municipio y la desconfianza, desinterés o indiferencia frente a las

instituciones por parte de los ciudadanos.

Retomando a Velásquez (2014) y en adición a los posibles motivos para la falta de

participación en la revocatoria de mandato antes dichos, el autor también habla

Page 31: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

39

sobre razones de orden técnico pues se encontró que en el momento de

diligenciar muchos de los formatos de revocatoria por parte de los ciudadanos

habían errores como omisión de información obligatoria o errores de

procedimiento.

Otra posible causa a la que hace referencia, es a las estrategias políticas donde

los gobernadores o alcaldes aprovechan su poder para incidir en la decisión de los

electores. La concepción limitada de la democracia en la constituyente puede ser

otra posible causa pues en la constitución del 91 se habla de democracia

participativa pero está sujeta a la democracia representativa. Lo que hace que

cualquier iniciativa popular deba ser aprobada por cuerpos de representación

política, los cuales pueden reformar la ley o simplemente no aprobar la iniciativa.

Finalmente, Velásquez habla sobre los obstáculos de interpretación, con los que

ha tenido problemas la ley 134 en general y no específicamente la revocatoria de

mandato.

Finalmente, Welp y Serdült (2014) hacen mención de un caso específico de la

manera en que se dio la revocatoria de mandato en Colombia. Según ellos, el

Senador Sarmiento, que fue uno de los más comprometidos con la tarea de los

referendos revocatorios, encontró como posibles problemas a futuro para la

iniciativa una crisis fiscal que podría derivarse del afán de los mandatarios por

cumplir con sus planes de gobierno, procurando evitar descontentos en la

sociedad o dándole motivos a la oposición sin importar un posible deterioro

económico de la región. Igualmente, puede haber una crisis de gobernabilidad

generada por el afán del pueblo que busca resultados apresurados sin tener en

cuenta temas de planeación o fiscales.

Además de esto, se puede llegar a crear un temor de que la utilización del

mecanismo sea para fines de competencia política dándole una herramienta a la

oposición para desvirtuar la labor del funcionario al mando. Por otro lado, las

revocatorias de mandato según Sarmiento, pueden generar debilidad en el

mandatario ya que va a abstenerse de tomar muchas decisiones políticas que

Page 32: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

40

puedan generar descontento en la población por más necesarias que sean para la

región.

Por último, se habla de un temor constante en el mandatario a la hora de

comunicar la toma de decisiones sobre cualquier proyecto o proceso a los

ciudadanos, pues éste por evitar el proceso de revocatoria puede llegar a omitir la

información que por ley es accesible para la población.

2.2.1 Articulación de la revocatoria con la ley colombiana

En sociedades organizadas de manera política las instituciones estatales van

evolucionando a medida que la misma sociedad va experimentando cambios. En

la democracia, como forma de gobierno, se ha visto cómo para nuestros

antepasados era relativamente fácil decidir en una asamblea de los habitantes de

la polis, asuntos de interés general de una manera directa.

En los tiempos modernos la democracia representativa ha servido para organizar

a las sociedades y brindarles herramientas como el voto popular, para confiarle a

los gobernantes que ellos crean aptos, los asuntos públicos. Pero no ha sido

suficiente, los modelos políticos e institucionales han ido dándole espacio a la

representación exigida por los ciudadanos, de manera más activas y democrática,

así solo sea por medio de la creación de leyes.

“La autonomía de la sociedad civil no puede significar la reducción al mínimo del

papel del Estado en los procesos de democratización. Por el contrario, el Estado

debe crear un marco de regulación que propicie la participación ciudadana, debe

estar abierto a la voz ciudadana, especialmente de aquellos sectores

tradicionalmente excluidos de la órbita de las decisiones públicas, y debe crear

una estructura de oportunidad política favorable a las dinámicas de intervención de

la sociedad civil. Lo que no puede permitirse el Estado es ceder a la tentación de

imponerle límites a la participación. La estatización de la esfera pública puede

convertirse en un real obstáculo a la democratización de las relaciones entre el

Estado y la sociedad”. (Velásquez, 1995).

Page 33: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

41

Colombia no ha sido la excepción de dichos cambios, en la constitución de 1991

se hace visible la intención de darle una participación activa a los ciudadanos, por

medio de diferentes mecanismos que les permitan involucrarse de manera directa

con sus gobernantes y de tener un control político sobre los mismos. Dichos

mecanismos se materializaron con la ley 134 de 1994, la cual tiene como objetivo

regular la iniciativa popular legislativa y normativa por medio del referendo, la

consulta popular, del orden nacional, departamental, distrital, municipal y local; la

revocatoria del mandato; el plebiscito y el cabildo abierto.

Para el presente análisis nos centraremos en el artículo 6º, el cual hace referencia

a la revocatoria de mandato como mecanismo de participación. “La revocatoria del

mandato es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por

terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde”, la

cual busca garantizar la eficacia de los actos del Estado.

Cabe resaltar que la constitución política de 1886 no consideraba la revocatoria de

mandato como mecanismo de participación, dejando a los gobernantes elegidos

con libertad completa sobre sus actos, sin tener que dar ningún tipo de explicación

a sus electores.

El mecanismo de revocatoria de mandato solo aplica para alcaldes y

gobernadores, no para otros funcionarios de elección popular como los

congresistas, diputados, concejales, o el Presidente de la República; y está

diseñado para defender el voto programático. Así pues, los habitantes de cualquier

municipio o de un departamento de Colombia pueden pedir que sus alcaldes o

gobernadores sean retirados de sus cargos cuando exista insatisfacción general

de la ciudadanía frente a la labor del mandatario o mandataria, o se presente

incumplimiento del Programa de Gobierno. Dicho proceso solo podrá llevarse a

cabo un año después de la posesión del mandatario, llevando la solicitud a la

Registraduría Nacional del Estado civil, en donde se entregarán las firmas

recolectadas de los ciudadanos inconformes con sus mandatarios, con un

porcentaje mínimo del 40% con relación al total de los votos válidos, emitidos en la

elección del respectivo mandatario. Después de esto, la Registraduría contará con

Page 34: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

42

un mes para validar las firmas y después de organizar su calendario electoral,

pasarán dos meses para ir a las urnas y que los ciudadanos decidan si quieren

revocar o no al funcionario público. En caso de lograrse la votación, que requiere

de un 55% con relación a la votación con la que el mandatario fue elegido, y

teniendo un previo informe del resultado de los escrutinios por la Registraduría

correspondiente, el Registrador Nacional del Estado Civil la debe comunicar al

Presidente de la República o al gobernador respectivo para que procedan, según

el caso, a la remoción del cargo del respectivo gobernador o alcalde revocado.

Posterior a esto, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que el Registrador

correspondiente certifica los resultados de la votación se convocará a elecciones

para escoger al sucesor y no podrá inscribirse como candidato el gobernante al

que le fue revocado el mandato. El proceso de revocatoria de mandato solo se

puede ejercer una vez a un funcionario, si éste ha llegado a la etapa electoral, de

no ser revocado podrá terminar con cargo. Es importante resaltar que ninguna

revocatoria de mandato ha tenido éxito en el país desde 1994 hasta el presente.

Finalmente, es necesario mencionar que en las elecciones atípicas (como las

revocatorias de mandato) no se entrega un certificado electoral a los ciudadanos.

Como bien se sabe, el certificado electoral ha servido como herramienta para

incentivar a los ciudadanos para participar activamente en las elecciones y así,

tener algún tipo de bonificación en sus lugares de trabajo o universidades.

2.2.2 ¿Nueva ley estatutaria de participación ciudadana?

En el año 2012 se pasó el proyecto de ley estatutaria número 227 de 2012 a La

Corte Constitucional, buscando reformar los requisitos exigidos a los ciudadanos

para poder revocar el mandato de su alcalde o gobernador.

El principal objetivo del proyecto era disminuir los umbrales para que la revocatoria

de mandato fuera aprobada. Así, pasaría de exigirse un mínimo del cuarenta por

ciento (40%) de firmas de ciudadanos, con relación a los votos con los que el

Page 35: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

43

mandatario ganó, a un treinta por ciento (30%). En cuanto al umbral de

participación en las urnas para revocar el mandato, pasaría de un cincuenta y

cinco por ciento (55%) a un cuarenta por ciento (40%) también con relación a la

votación registrada el día de la elección del mandatario.

Otra reforma que se proponía la nueva ley de participación ciudadana, era

modificar el número de respaldos exigidos para presentar una revocatoria.

Actualmente son necesarios 9 ciudadanos para promover la iniciativa de

revocatoria, con la reforma un solo ciudadano puede ser vocero y promotor sin

necesidad de contar con otros apoyos ciudadanos.

El ideal de esa nueva ley era poder llegar a articular lo normativo con la

ciudadanía, cosa que no ha pasado hasta ahora con la ley actual y poder empezar

a ver el cumplimiento de los objetivos de una ley de participación ciudadana. Sin

embargo, el proyecto de ley fue archivado por la Corte Constitucional y hasta el

momento no se ha vuelto a hablar de reformar ni de nuevos proyectos de ley.

¿Cómo ha sido el proceso de las revocatorias de mandato en Colombia? Para el análisis de la presente investigación se elaboró una base de datos de

todos los procesos de revocatorias que se han llevado a cabo en el país, tomando

la información que brinda la Registraduría General del Estado Civil, tanto en su

página web como en su biblioteca. A partir de la información oficial la base de

datos tiene un total de 104 revocatorias desde el año 1994 hasta el 2014, entre

procesos que llegaron a la etapa electoral y los que no pasaron de la jurídica. Con

base en la información recolectada se busca hacer una caracterización de los

datos obtenidos, para llegar a una aproximación sobre lo que ha pasado con los

mecanismos de participación y las revocatorias de mandato en Colombia en los

últimos 20 años. 1

1 Es preciso anotar que autores como Fabio Velásquez y Ana Beatriz Franco, que se han

dedicado a estudiar el tema de las revocatorias de mandato en Colombia a fondo, cuentan

Page 36: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

44

La base de datos que se realizó para la presente investigación se dividió entre

diferentes variables con el fin de encontrar factores específicos que rodean los

procesos de revocatorias.

Con las variables establecidas se pretende ver si hay una tendencia de

revocatorias por año, por departamento y por municipio. Además, con la

clasificación que da el DNP según la norma se busca ver la tendencia

departamental y municipal según con la clasificación, partiendo del ideario

imaginario de que una sociedad entre más desarrollada e informada, más

participa.

Para la caracterización que se pretende hacer por medio de las variables dadas en

la base de datos, se hará una relación con los resultados arrojados y una

entrevista realizada a la politóloga Ana Beatriz Franco para la presente

investigación.

Las variables que se establecieron para el análisis son las siguientes:

Año

Fecha de radicación de la revocatoria

Departamento

Municipio

Clasificación dada por el DNP2

En esta sección de variables se busca encontrar los periodos de gobiernos

donde más se radicaron iniciativas de revocatoria y el número de

revocatorias que tuvo cada partido político a lo largo de estos 20 años.

con datos de 134 revocatorias hasta el año 2014, basándose en una investigación de la

MOE. Sin embargo, el presente análisis se limita a la información oficial entregada.

2 Ley 617 del 2000, artículo 1: categorización presupuestan por departamentos y artículo

2: categorización municipal y de los distritos.

Contexto de tiempo

Contexto geográfico

Page 37: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

45

Sumado a esto, se pretende ver si las autoridades locales contaban con

procesos disciplinarios durante el proceso de revocatoria o después para

tener una idea sobre algunos posibles motivos de la iniciativa.

Periodo del gobierno

Autoridad revocada

Nombre del gobernante

Partido político al que pertenece

Procesos disciplinarios

Otro factor pertinente para el análisis, es la información sobre las elecciones en las

que el mandatario accedió al cargo, para poder mirar los porcentajes establecidos

para la revocatoria y para ver la diferencia de votos con las que ganó. Ya que en

muchas ocasiones ha sido la oposición directa la que radica la iniciativa.

Número de votos con el que accedió al cargo en porcentaje

Número de votos

Nombre del segundo en la lista con el que se disputó el cargo

Número de votos con los que perdió en porcentaje

Número de votos

Partido político al que pertenece

Todas las características relacionadas a la iniciativa de la revocatoria son

necesarias de analizar para poder comprender porque se radicó el proceso y su

desenlace.

Nombre de los ciudadanos que armaron el proceso de revocatoria

Motivos dados para presentar la iniciativa de revocatoria

Tiempo de ejercicio en el poder que llevaba el mandatario

Tiempo que duró el proceso

Teniendo en cuenta que los procesos de revocatoria se dividen en dos partes:

el jurídico y el electora, y que la mayoría de procesos no llegan al proceso,

Información del mandatario al

que se busca revocar

Información

sobre las

elecciones en

las que el

mandatario

accedió al

cargo

Proceso de

la iniciativa

de

revocatoria

Page 38: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

46

también es importante ver las características de las dos etapas en cada

revocatoria.

Etapa jurídica

Etapa electoral

Número de firmas entregado a la registraduría

Número de firmas requeridas

Número de firmas válidas

Número de firmas rechazadas

Resultado

Votos requeridos

Votos de la revocatoria.

Es importante mencionar que no todos los espacios descritos están cubiertos en

su totalidad, ya que no toda la información está disponible y hay variaciones de la

misma según los años estudiados.

Además de la base de datos, se realizó una revisión de prensa detallada de cada

mandatario al que se le inició el proceso de revocatoria para poder contextualizar

tanto el momento del proceso como lo que pasó después de éste. Esto con el fin

de saber si hay funcionarios destituidos, con procesos penales o inclusive

fallecidos.

3.1 ¿Participación fallida? Al cumplimiento de los 20 años de la ley 134 de 1994, se empieza a ver (por

resultados) que sus objetivos de participación ciudadana, no han sido cumplidos.

Un claro ejemplo de esto es el referendo revocatorio que con 104 intentos

realizados- basándonos en la base de datos previamente mencionada- y en

general, no ha tenido éxito en ninguna ocasión.

La revocatoria de mandato que le da la posibilidad a los ciudadanos de exigirle

resultados a sus alcaldes y gobernadores, no ha prosperado en el país pero su

“fracaso” no se debe principalmente a la baja participación ciudadana como puede

Características

etapa jurídica y

etapa electoral.

Page 39: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

47

pensarse comúnmente, pues el 52% (55) de los procesos no han alcanzado a

llegar a la etapa electoral debido a errores de forma a la hora de presentar la

iniciativa ante la registraduría departamental o municipal. El 47% (49) restante

llegó a la etapa electoral pero aun así no prosperó.

Para que una iniciativa de revocatoria de mandato pueda pasar a la fase electoral,

es necesario que los ciudadanos presenten previamente el formulario establecido

por la Registraduría General de la Nación, correctamente diligenciado. Este debe

contener un encabezado donde se indican las razones por las que se le da

iniciativa a la revocatoria de mandato, seguido por 5 columnas que deben

contener, fecha, nombre y apellido de los adherentes, números de cédula de

ciudadanía, dirección y las firmas de los ciudadanos, en ese orden. Además de

esto, es necesario saber que en los formularios presentados no se admiten

espacios en blanco ni tachaduras o cualquier falla que puede permitir un cambio

de objeto.

Posterior a esto, la registraduría entra a hacer una revisión del número de folios y

de firmas presentadas por los ciudadanos para establecer que como mínimo haya

un cuarenta por ciento (40%) con respecto al número de votos con los que fue

elegido el mandatario. Además, debe hacerse una validación de que todas las

firmas correspondan a ciudadanos inscritos en el censo electoral de la

circunscripción electoral de la que se pretende revocar y que todos sus datos

coincidan. Superada esta etapa, la Registraduría procede a establecer su

calendario electoral.

Con base en lo anterior y analizando la base de datos elaborada para la presente

investigación se podría deducir que los problemas de forma en el momento de

presentar una iniciativa de revocatoria tienen bastante relación con el “fracaso” de

los mismos pues es muy seguro que muchos ciudadanos no tengan en cuenta

todos los requerimientos previos para que el formulario pase con éxito. Sumado a

esto, está el requerimiento del cuarenta por ciento (40%) de firmas, con respecto a

los votos obtenidos en las últimas elecciones lo que lleva a generar

cuestionamientos sobre los umbrales, ya que en muchos casos pueden ser

Page 40: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

48

demasiado altos y entorpecer el procesos de una minoría. Esto, partiendo de la

idea de que los que buscan la revocatoria son personas que no eligieron al

mandatario y que por diversas razones no han podido estar satisfechas con su

función.

Sin embargo, (Franco, entrevista personal, 05 de mayo del 2015) da un punto de

vista menos crítico y más pedagógico que adoptaremos con cuidado en el

presente análisis. La politóloga menciona que es un poco apresurado decir que los

mecanismos de participación, específicamente la revocatoria de mandato, han

fracasado. Haciendo una analogía con los chalecos salvavidas que hay en los

aviones, Franco explica que no porque existan ciertos instrumentos para usar en

casos de emergencia, debe ser necesario y/o deseable su uso. Lo mismo ocurre

con la revocatoria de mandato. Su diseño es bueno y genera una modernización

del Estado colombiano, pues permite ejercer un control político por parte de la

ciudadanía a sus mandatarios, fenómeno que hace 20 años era impensable.

Aun así, su uso constante puede generar un deterioro de la democracia pues en el

momento en que una persona esté inconforme o simplemente en contra del

mandatario de turno va a acudir al mecanismo, haciendo que éste pierda su

objetivo principal de diseño. No obstante, la autora de diversos textos sobre

mecanismos de participación y revocatorias de mandato, reconoce que sí hay un

desperdicio por parte de la ciudadanía hacia los mecanismos de participación,

pero advierte que el problema no es de diseño institucional sino de falta de

educación.

Franco ve como la base del problema la desinformación que existe en el país, no

solo sobre mecanismos de participación, sino en general sobre cualquier tema

referente al sistema político colombiano. Para ella, se necesita incentivar una

educación política que empiece desde los colegios y que no sea dos días antes de

unas elecciones nacionales (porque de las locales ni se habla). Después de que

haya educación política se puede esperar una apropiación cultural de los

Page 41: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

49

mecanismos de participación, y además, un uso responsable y adecuado de los

mismos.

Como resultado de lo que dice Franco, podemos ver que en 20 años solo el 47%

de las iniciativas de revocatoria de mandato instauradas han llegado a la etapa

electoral, teniendo un rápido fallecimiento ahí pues los umbrales no han sido

alcanzados. Otro punto importante al que hace referencia es al hecho de que

Colombia siempre se ha caracterizado por tener una baja participación ciudadana

en temas electorales, cosa que no iba a ser diferente en unas elecciones atípicas

y con poca información.

Enfocando el análisis a la base de datos realizada, podemos ver dos casos

específicos de lo que pasó con el proceso de recolección de firmas en distintos

municipios.

El 10 de mayo del 2013, los habitantes del municipio de La Sierra, Cauca

radicaron 79 formularios que contaban con 1.101 firmas con la intención de

revocar al alcalde Huver Ramos Eputiñán, quien fue elegido con 2.193 votos. Esto

quiere decir que se necesitaba de un mínimo (40%) de 887 firmas válidas para

poder pasar a la etapa electoral. Sin embargo, la Registraduría solo validó 698 por

medio de la resolución 001 del 5 de junio del 2013 en donde encontraron

problemas como registros duplicados (8), fecha no correspondiente (29), datos

incompletos (29), datos ilegibles (58), registros uniprocedentes (114), entre otras

razones que no permitían hacer la validación de todas las firmas entregadas,

haciendo que el proceso no fuera aprobado.

104

Revocatorias

55

Etapa

jurídica

(52%)

49 Etapa

electoral

(47%)

Page 42: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

50

# De firmas

radicadas

# De votos con los

que accedió al cargo

# De firmas que

necesitaba para que

pasara la revocatoria

# De firmas válidas

por la Registraduría

1.101 2.193 887 689

Fuente: base de datos de elaboración propia

Otro caso que solo llegó a la etapa jurídica, es el del alcalde de Málaga,

Santander, en mayo 7 del 2010 cuando ciudadanos del municipio radicaron 1.361

firmas pidiendo la revocatoria del mandatario, que había sido elegido con 2.792

votos por lo que se requería de un mínimo de 1.117 firmas.

Aparentemente, el número estaba superado pero después de la revisión de firmas

por parte de la Registraduría solo se aprobaron 81, de las 1.361 entregadas. Las

razones para que no se aprobara el proceso de revocatoria incluían información

de datos incompletos, firmas repetidas, ciudadanos muertos, entre otras.

# De firmas

radicadas

# De votos con los

que accedió al cargo

# De firmas que

necesitaba para que

pasara la revocatoria

# De firmas válidas

por la Registraduría

1.361 2.792 1.117 81

Fuente: base de datos de elaboración propia.

Estos datos nos permiten ver como muchas veces los ciudadanos entregan

formularios con firmas aparentemente suficientes para poder revocar a su

mandatario pero que por distintas razones, más de la mitad no llegan a ser

válidas. Ya sea por falta de información a los ciudadanos o porque estos, con tal

de cumplir su objetivo, acuden a formas inválidas a la hora de presentar firmas.

3.2 ¿Qué ha pasado en las urnas? A pesar de que el panorama pueda resultar desalentador teniendo en cuenta

todos los procesos que se quedan en la etapa jurídica y no son aprobados por

distintas razones, existen algunos que han estado más cerca de cumplir su

objetivo y son los que han podido llegar a la etapa electoral pues han cumplido

con los requerimientos establecidos por la ley.

Page 43: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

51

Nuestra base de datos muestra 49 procesos (47.1%) de revocatoria de mandato

que llegaron a las urnas en distintos municipios del país, y aunque ninguno

terminó con éxito para los ciudadanos que radicaron la iniciativa, vale la pena ver

qué pasó durante el proceso.

Ningún proceso revocatorio que haya llegado a las urnas ha logrado prosperar,

gracias a la baja participación ciudadana que se ha presentado en el país y más

específicamente en dichos procesos. Según la misión de observatorio electoral

(MOE), en el periodo actual se han elegido 7.500 mandatarios municipales y

departamentales y tan solo se han intentado revocar 31. Más o menos el 1,7 por

ciento de los mismos.

Factores como la crisis de representación, la desinformación política o en general

la falta de educación que menciona Franco, el uso del poder para hacer campaña

en contra de la revocatoria de mandato y la falta de incentivos electorales, son los

que pueden explicar la baja participación de los ciudadanos en las iniciativas de

revocatorias. Por otra parte, analizando la base de datos creada se encuentra un

fenómeno específico que no resulta coherente con los procesos, y es que en la

mayoría de las votaciones los umbrales no alcanzan ni el cuarenta por ciento

(40%) de los votos, relacionados con las firmas que se deben entregar en la etapa

jurídica para poder llegar a la electoral.

Dicho fenómeno puede arrojar varias ideas: las personas estás inconformes con el

mandatario, pero prefieren hacer otras cosas en vez de ir a las urnas a votar;

muchas personas no son conscientes de lo que están firmando a la hora de llenar

el formulario; después de la radicación de la iniciativa de revocatoria, los

mandatarios han hecho campaña en contra de la misma obteniendo el apoyo de

personas que previamente habían firmado; y/o simplemente, la validación de las

firmas no fue tan precisa como se espera.

Un claro ejemplo de esto, es el proceso de revocatoria que enfrentó el alcalde de

Bello, Antioquia, Carlos Alirio Muñoz López en abrir del 2014, elegido con 72.073

votos. Para que López fuera revocado se necesitaba de 39.640 (55%) votos y para

haber llegado a la etapa electoral eran necesarias 18.632 (40%) firmas, las cuales

Page 44: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

52

fueron cumplidas. Sin embargo, la jornada dejó 11.255 votos a favor de la

revocatoria de mandato. 3

Otro ejemplo de este curioso fenómeno es el ocurrido en Líbano, Tolima, el 15 de

noviembre del 2009, con el alcalde Humberto Santamaría Sánchez. Santamaría

ganó las elecciones con 13.203 votos en el año 2007. Para que la revocatoria del

mandatario tuviera lugar, se necesitaban de al menos 7.262 (55%) personas

participando, pero solo lo hicieron 1.020, de las cuales 877 votaron con el sí. Este

hecho no coincide con las 1.933 (40%) firmas válidas que debían haber para llegar

a la etapa electoral.

Cabe anotar que el fenómeno mencionado no se cumple en todos los procesos de

revocatoria que llegaron a las urnas, pero sí es el más interesante de ver pues las

otras razones son conocidas y fueron mencionadas con anterioridad, quedando

reducidas a que el número de votos no superó el umbral establecido por la ley.

3 Los ejemplos entregados de los casos de revocatoria que llegaron a la etapa electoral, hacen

parte de la base de datos construida para la presente investigación y son datos oficiales de la

Registraduría General del Estado Civil.

Votos con los que fue

elegido 72.073

Votos requeridos 39.640

64039.64

Mínimo de firmas

requeridas

Votos de la revocatoria

18.632

11.255

Votos con los que fue

elegido

Votos requeridos

Mínimo de firmas

requeridas

Votos de la revocatoria

13.203

7.262

1.933

1.020

Page 45: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

53

3.3 Particularidades del análisis La base de datos permitió hacer una recolección de los partidos y movimientos

políticos a los que pertenecían los mandatarios que se enfrentaron a los procesos

de revocatorias, proporcionando 29 variables.

Partido político

Número de revocatorias

Partido Liberal 30

Partido de la U 18

Partido Conservador 9

Cambio Radical 9

Movimiento Alas Colombia 3

Elaboración propia a partir de la información recolectada en la base de datos.

De ahí en adelante, todos los partidos y movimientos políticos están entre uno y

dos procesos de revocatoria, exceptuando al partido Mira, que no aparece en la

lista.

Otra variable que se analizó, es el número de revocatorias por departamento. De

los 32 departamentos que tiene Colombia, se han iniciado procesos de

revocatorias de mandato en 22.

Departamento #

Revocatorias

Antioquia

21 Atlántico

12

Bolívar

9 Valle

7

Santander

6 Huila

5

Córdoba

5 Magdalena

4

Sucre

4 Boyacá

4

Cundinamarca 4 Cauca

3

Meta

3 Caquetá

3

Caldas

2 César

2

Tolima

2 Guaviare

2

Norte de Santander 2 Putumayo

2

Page 46: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

54

*Elaboración propia a partir de la información recolectada en la base de datos.

4

5

6

En cuanto a municipios, se han iniciado procesos de revocatoria en 94 de los

1.123 registrados por el DANE. Puerto Colombia, Atlántico cuenta con tres

procesos de revocatorias de mandato y es el municipio con más iniciativas en el

país. Sin embargo, no ha llegado a la etapa electoral en ninguna de las tres

4 Revisar anexo 1. Gráfico de los departamentos que tuvieron iniciativas de revocatoria.

5 Información tomada de la base de datos realizada para la presente información, con los datos

oficiales de la Registraduría General del Estado Civil 6 Revisar anexo 1. Gráfico de los departamentos que tuvieron iniciativas de revocatoria.

De los 22 municipios

17

Llegaron a etapa electoral

0

5

10

Departamentos que llegaron a etapa electoral

Risaralda

1 Casanare

1

Page 47: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

55

ocasiones. En cambio, Polonuevo, Atlántico ha llegado a las urnas en dos

ocasiones, al igual que Montelíbano, Córdoba. 7

Es importante mencionar que a la fecha, solo se han presentado dos procesos de

revocatoria de mandato a gobernadores en el país, pero la información con la que

cuenta la base de datos realizada solo tiene la del gobernador del Guaviare, José

Octavio Rivera, en agosto del 2013. Dicho proceso llegó a la etapa electoral con

3.911 firmas y necesitaba de un umbral de 15.360 votos en las urnas el cual no

fue alcanzado. Este hecho, crea dudas sobre los mecanismos de participación a

grande escala, como con senadores o presidentes ya que permite inferir que entre

más alejado esté el mandatario del ciudadano, es más difícil que exista una

motivación a ejercer un control político.

Por otro lado, se encontró que los años 2009 y 2013 tuvieron un número similar de

revocatorias, con 32 y 30 procesos respectivamente, teniendo un mínimo aumento

en comparación con los otros años. Además del aumento en el número de

revocatoria aumentó el número de revocatorias a mujeres, lo que puede significar

que la participación de las mismas en el campo político ha ido aumentando

considerablemente. Según la Registraduría General de la Nación, después de las

elecciones del 2011 se han radicado 30 procesos de revocatoria, de los cuales 8

han sido contra mandatarias, es decir un 27.58%. Cifra superior al porcentaje de

mujeres electas para cargos locales y departamentales en el último periodo que es

de 9.7%.

En adición, vale la pena hacer un balance de las revocatorias presentadas por

año. En el año 2014, encontramos dos procesos de revocatoria de mandato. Uno

de ellos radicado en mayo del 2013. Como ya dijimos antes, en el año 2013 se

radicaron treinta iniciativas de revocatorias, siendo uno de los años con más

números de las mismas. Esto se debe en gran parte, a que a partir de ese año era

posible ante la ley iniciar los procesos pues se cumplía un año de mandato

después de las elecciones de 2011 y es el tiempo que deben esperar los

7 El cuadro de revocatorias municipales se encuentra en el anexo número 2 y la tabla de municipios

que llegaron a la etapa electoral en el anexo 3.

Page 48: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

56

ciudadanos según la norma. En el año 2010 se radicaron 6 iniciativas. En 2009, se

radicaron treinta y dos iniciativas, siendo el año con más procesos, sin muchas

diferencias con 2013 y bajo las mismas condiciones del cumplimiento de un año

en el cargo del mandatario. En el 2005 se presentaron quince iniciativas. En el

2003, diez. En el 2000, tan solo fueron tres, al igual que en 1999 y en 1995, que

se presentaron cinco. Dando un total de 104 revocatorias desde 1995 hasta el

2014, según la base de datos elaborada para la presente investigación.

Finalmente, se realizó un conteo sobre la clasificación de los municipios dada por

el DNP, basándonos en la ley 617 del 2002, para ver si los municipios con mayor

desarrollo social y económico son los que más participan, partiendo de la premisa

del voto informado y la masa crítica.

Clasificación Municipal DNP ley 617 del 2002 # Revocatorias

6

82 1

7

3

4 5

5

2

3 Especial

2

4

1

Como se puede ver, los municipios que más han realizado iniciativas de

revocatoria de mandato (82) son los de sexta categoría, o sea municipios con

población igual o menor a diez mil (10.000) habitantes y con ingresos corrientes de

libre destinación no superiores a quince mil (15.000) salarios mínimos anuales,

según la norma.8 Este hecho deja de lado el ideario imaginario de que una

población más informada es la que más participa, pues teniendo en cuenta los

niveles de desarrollo, información y acceso a la tecnología, se creería que las

grandes ciudades son las que más se movilizarían y participarían activamente en

los mecanismos de participación como la revocatoria de mandato, buscando 8 Para consultar la ley 617, artículo 2

http://www.minhacienda.gov.co/portal/page/portal/HomeMinhacienda/asistenciaentidadesterritoriales/Publicaciones/Manuales/Ley%20617%20de%20200%20version%202008.pdf

Page 49: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

57

ejercer el control político, ya que se supone que quien tiene la información tiene el

poder. Sin embargo, las ciudades de categoría Especial, que son todos aquellos

distritos o municipios con una población mayor o igual a los quinientos mil uno

(500.001) habitantes y con ingresos corrientes de libre destinación anual que

superen los cuatrocientos mil (400.000) salarios mínimos legales, solo aparecen

en dos ocasiones en la radicación de las iniciativas de revocatorias, siendo estas

Cali y Bogotá.

3.4 ¿Qué pasó después de las revocatorias fallidas? A parte de la base de datos que analizamos con anterioridad, para la presente

investigación se hizo una revisión de prensa para construir una idea de lo que

pasaba con los alcaldes después del ejercicio de revocatoria.

Aunque no hay manera de medir si los ciudadanos que radicaban la iniciativa

tenían motivos legítimos para hacerlo, existen algunos patrones en un poco menos

de la mitad de los funcionarios públicos a los que se les realizó el proceso que

llevan a creer que su función era deficiente y que la inconformidad expresada por

muchos ciudadanos estaba bien fundamentada.

No obstante, hay que decir que nos son patrones generales pues como ya se ha

mencionado con anterioridad el mecanismo de revocatoria de mandato puede

convertirse en un arma de doble filo pues cualquier persona de la puede acudir al

mismo. 9Un claro ejemplo de esto, fue lo que ocurrió con Rúben Acuña Galeano,

actual alcalde de Contratación, Santander, en el año 2013, cuando Jorge Pardo

Quiroga, un habitante del municipio decidió radicar la iniciativa de revocatoria

hacia el alcalde, argumentando que el mismo había incumplido unas promesas

personales hechas durante su campaña.

Así lo asegura en una entrevista realizada por el periódico local Vanguardia

Liberal, diciendo: “La verdad él hizo un compromiso político conmigo, más como

personal y hasta el momento no me ha cumplido, entonces yo quise hacer eso,

9 Recurso de prensa, Vanguardía Liberal, enero 17-2013 “Por un problema personal surgió

iniciativa para revocar al alcalde de Contratación” http://www.vanguardia.com/santander/comunera/191773-por-un-problema-personal-surgio-iniciativa-para-revocar-al-alcalde-de-cont (consultado el 20 de noviembre de 2014).

Page 50: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

58

pero en general el alcalde sí ha gestionado y ha hecho muchas cosas buenas por

Contratación”, en la columna “Por un problema personal surgió iniciativa para

revocar al alcalde de Contratación”.

Aunque es un caso salido de lo normal, no porque no pase a menudo, sino porque

los motivos no buscan ser disfrazados, ejemplifica muy bien las dos caras del

referendo revocatorio.

Aun así, no existe un patrón general pues se encuentran varios casos que

terminaron en destituciones, inhabilidades y detenciones. 10El 22 de agosto de

2014, la alcaldesa de Cantagallo, Bolívar, Yaneth Esther Cortez Díaz, fue

capturada por

Rebelión y presuntos nexos con las FARC. En septiembre del 2013, ciudadanos

de Cantagallo, iniciaron un proceso de revocatoria contra la alcaldesa sosteniendo

que había inconformismo local con su gestión y manejo de recursos, aunque el

número de firmas radicado no fue suficiente y la revocatoria no superó la etapa

jurídica.

Entre las 104 revocatorias analizadas, se encuentra que 21 mandatarios han

atravesado procesos de sanciones, destituciones, investigaciones, detenciones,

inhabilidades, entre otros procesos con la justicia. Ya sea en su periodo de

alcaldes, como después del mismo. Para ilustrar una vez más esto, es pertinente

mencionar el caso más memorable de revocatorias de mandato en el país, la

revocatoria del alcalde de Bogotá Gustavo Petro en los años 2013-2014.

La iniciativa de revocatoria de mandato al actual alcalde de Bogotá, Gustavo

Petro11, requería de un mínimo de 289.263 firmas para poder llegar a la etapa

electoral. Los promotores de dicha iniciativa lograron recoger 641.707 de las

cuales 357.250 fueran válidas, lo que permitió que el proceso pasara a la etapa

electoral. La Registraduría dio como fecha para la votación el 6 de abril del

10

Recurso de prensa. “Capturan a alcaldesa de Cantagallo (Bolívar) por rebelión” Agosto 22, 2014. http://www.cmi.com.co/capturan-a-alcaldesa-de-cantagallo-(bolivar)-por-rebelion/237499 Consultado el 20 de noviembre del 2014. 11 Información sacada de la base de datos realizada, con datos oficiales de la Registraduría

General del Estado Civil.

Page 51: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

59

presente año. Sin embargo, el 19 de marzo del mismo año, el Procurador General

de la Nación destituyó al alcalde por mala gestión en la prestación de aseo a

Bogotá, lo que generó la inmediata cancelación del proceso de revocatoria.

Por todo lo dicho, se puede ver que aunque el mecanismo de revocatoria de

mandato no ha funcionado en ninguno de los 104 casos propuestos, existen otros

mecanismos de control político, que aunque no provienen de la ciudadanía,

cumplen con la función de vigilar y asegurar el cumplimiento de lo propuesto en

los planes de gobierno y en la protección de los recursos de los municipios y los

departamentos. No obstante, sigue siendo necesario que haya participación por

parte de la ciudadanía para que dicho ejercicio sea más completo y justo.

Conclusiones y recomendaciones La revocatoria de mandato es uno de los ejercicios más importantes que tiene una

democracia participativa, si no es el más importante. Este mecanismo de

participación empodera a los ciudadanos para ejercer un control político y

demostrar su inconformismo, sin necesidad de tener que esperar a un cambio de

gobierno.

Después de tomar como base teórica una de las variantes que presenta Pitkin

sobre representación, la “Representación con responsabilidad o rendición de

cuentas”, se evidencia que el propósito con el que Colombia adoptó los

mecanismos de participación, característicos de la democracia directa, en el caso

específico de la revocatoria de mandato fue para que los colombianos contaran

con una herramienta propia y directa para poder ejercerle control político a sus

gobernantes sin necesidad de tener que esperar a terceras instancias. Esto con el

fin de fortalecer la participación democrática, la cual permite que los ciudadanos

tengan una relación más directa con el cumplimiento de sus intereses. Además,

partiendo de una de las definiciones de Lissidini sobre democracia directa dada

por medio del voto (referendo, plebiscito y revocatoria de mandato) es posible

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60

afirmas que aunque Colombia aún es una democracia representativa, sí ha hecho

una evidente adopción de las características más representativas de la

democracia directa, demostrando el supuesto de que las democracias modernas

pueden ser cambiantes y desarrollarse en diferentes contextos y miradas.

Finalmente, a través del proceso de descentralización que vivió el país, marcado

notoriamente desde la constitución del 91 como lo menciona Maldonado, es

evidente que existe una conexión entre éste y mecanismos de participación.

Después del 91 se empezó a dar un lugar importante a las regiones dentro del

ámbito de la participación, permitiendo la elección de alcaldes y gobernadores. Se

creó la oportunidad de participar activamente en la toma de decisiones políticas y

de ejercer control político de una manera directa entre ciudadanos y gobernantes.

A lo largo del análisis se puede vislumbrar la importancia que tienen los

mecanismos de participación, no solo dentro de la academia sino en general para

el sano uno de la democracia en las sociedades. A través del proceso de

descentralización que vivió el país, marcado notoriamente desde la constitución

del 91, se le empezó a dar un lugar importante a las regiones dentro del ámbito de

la participación, permitiendo la elección de alcaldes y gobernadores. Se creó la

oportunidad de participar activamente en la toma de decisiones políticas y de

ejercer control político de una manera directa entre ciudadanos y gobernantes.

A pesar de que la ley 134 de mecanismos de participación y sus diferentes

reformas no han cumplido las expectativas esperadas en el momento de su

formulación, no es conveniente apresurarse a afirmar que su aplicación ha sido un

fracaso. En una comparación con los países latinoamericanos y apegándonos a la

teoría relacionada al tema, se puede decir que la adopción de mecanismos de

democracia directa no ha sido un desacierto y tampoco se ha hecho de una

manera ineficiente. Colombia cuenta con una amplia lista de opciones de

participación ciudadana.

En el caso específico de la revocatoria de mandato se ha planteado que el

problema principal para que ninguna haya finalizado con éxito es el requisito de

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61

los altos umbrales. Sin embargo, la modificación a la ley en el 2002 que permitió

reducir los requisitos no ha generado ningún cambio, y aunque la reforma del 2012

no prosperó nada garantiza que su efecto hubiera sido positivo. Entre otras cosas

porque al reducir tanto los umbrales los que pasarían a revocar a un mandatario

serían una minoría en comparación con los que lo eligieron, lo que podría generar

grandes quiebres en el ejercicio de la democracia y pondría en riesgo la

estabilidad de los gobernantes pues se podría convertir en una guerra de intereses

de poder, más allá de un control político.

Apropiándonos de la visión de Franco, (Franco, entrevista personal, 05 de mayo

del 2015), entrevistada para el análisis de la presente investigación, se puede

afirmar que en Colombia falta enfatizar en una construcción de cultura política, que

según ella es el principal motivo por el la revocatoria de mandato no ha tenido

éxito en el país. Esto se ve reflejado en las urnas y la baja participación, que no

concuerda con los casos en los que las firmas eran suficientes para revocar el

mandato de un mandatario. Partiendo desde perspectiva personal, es evidente

que Colombia carece de ejercicios pedagógicos que eduquen sobre el

funcionamiento del sistema político colombiano. Tanto en colegios como en

universidades.

Es por esto que podría resultar interesante la creación de una política pública que

le apueste a la pedagogía política, en la que los ciudadanos tengan un amplio

conocimiento de las leyes, específicamente de las pertinentes a los mecanismos

de participación para que haya un crecimiento de la participación ciudadana en

todos los mecanismos creados por la ley y así empezar a tener una democracia

participativa articulada con la sociedad que no se quede exclusivamente en

términos formales.

No obstante, es necesario reconocer que existen otros aspectos por los que

ninguna revocatoria de mandato ha prosperado en el país. Por un lado está el uso

inapropiado del poder por parte de los gobernantes a los que se les pasa la

iniciativa, pues éstos aprovechan el poder que tienen para hacer campaña a favor

de ellos lo cual afecta en gran medida al proceso. Por otro lado se encuentra el

Page 54: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

62

notorio abstencionismo electoral que existe entre la sociedad colombiana, el cual

es constante en elecciones nacionales y regionales y que por ende, no es distinto

con elecciones atípicas.

Además de esto, es necesario resaltar que mecanismos como la revocatoria de

mandato no cuentan con ningún tipo de incentivo tanto para el electorado como

para los jurados de votación, lo que hace perder interés en la actividad a diferencia

de otro tipo de elecciones populares en las que existe el certificado de votación, el

cual trae consigo ciertos beneficios.

Por último, en cuanto a las razones por las que pueden haber fracasado los

procesos de revocatoria en el país, cabe mencionar que la información entregada

en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil y en su biblioteca,

sobre revocatorias de mandato es insuficiente. Además de esto, los anuncios

hechos en las registradurías municipales sobre los procesos de revocatorias que

se llevan a cabo es escaso y esto puede influir en cierta medida en la baja

participación de la ciudadanía.

Finalmente, consideramos que es preciso concluir con la analogía que hace

Beatriz Franco para explicar el fenómeno de los revocatorios de mandato en

Colombia. “El hecho de que existan chalecos salvavidas en los aviones no

significa que siempre queramos y tengamos que utilizarlos”. No podemos ver la

caracterización de las revocatorias de mandato como algo negativo, es necesario

reconocer sus falencias para mejorarlas y poder hacer uso de ella en los casos

que sea necesario. Pero también es importante saber que contar con una

democracia que adopta herramientas modernas para progresar es algo positivo y

alentador.

Page 55: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

63

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Page 58: ¿ELECTOR ARREPENTIDO O MECANISMO FALLIDO?: LAS

66

Anexos 1. Gráfica partidos políticos.

2. Gráfica departamentos con revocatorias.

3. Tabla de número de revocatorias por municipios.

4. Gráfica municipios que llegaron a etapa electoral

5. Variables base de datos personal.

Anexo 1. Gráfico de partidos políticos con número de iniciativas de revocatorias de

mandato enfrentadas.

Anexo 2. Departamentos con número de iniciativa de revocatoria de mandato

enfrentadas.

0

5

10

15

20

25

30

Par

tid

o L

iber

al

Par

tid

o d

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U

Par

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serv

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r

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par

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Mo

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Mo

vim

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olít

ico

Partidos Políticos

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67

Anexo 3. Municipios de Colombia que han tenido iniciativas de revocatorias

mandato en Colombia, con número de veces

Municipio # Revocatorias

Puerto Colombia 3

tubará 2

Polonuevo 2

Contratación 2

Sevilla 2

Montelíbano 2

Usiacurí 2

Palmira 2

Aberrojal 2

San martín 1

Plato 1

Villavicencio 1

Calamar 1

Regidor 1

Caldas 1

Támesis 1

0

5

10

15

20

25

An

tio

qu

ia

Atl

ánti

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No

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aral

da

Cas

anar

e

Cuenta de Departamento

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68

Cali 1

Pelaya 1

Campoalegre 1

Apulo 1

Cantagallo 1

Samacá 1

Carepa 1

santiago 1

Carmen de Bolívar 1

Tunja 1

Cartago 1

Yaguara 1

Charalá 1

Peque 1

Chigorodó 1

Ponedera 1

Achí 1

Puerto libertador 1

Corozal 1

Río Viejo 1

Cúcuta 1

San Juan de Arauma 1

Curillo 1

Santa rosa de cabal 1

Dabeiba 1

Somondoco 1

Florencia 1

Tolú 1

Frontino 1

Bello 1

Fusagasuga 1

Virgilia del fuente 1

Fusagasugá 1

Pedraza 1

Gómez Plata 1

Peñol 1

Gramalote 1

Piamonte 1

Hispania 1

Angostura 1

Itagüi 1

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69

Pradera 1

Iza 1

Puerto leguízamo 1

La apartada 1

Purísima 1

La sierra 1

Remolino 1

Líbano 1

Sabanalarga 1

Mahates 1

San Andrés 1

Málaga 1

San Marcos 1

Malagavita 1

santa marta 1

Manuare del balcón 1

Santa rosa de Lima 1

Mariquita 1

Baranoa 1

Miraflores 1

Sonsón 1

Miranda 1

Tello 1

Aguazul 1

Belén de los andaquies 1

Murindo 1

Turbo 1

Zambrano 1

Victoria 1

Norcasia 1

Virgia del fuente 1

Oporapa 1

x 1

Ovejas 1

Bogotá 1

Aipe 1

Murindó 1

Anexo 4.

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Municipios que llegaron a etapa electoral

Anexo 5. Variables de la base de datos realizada para el análisis

Total0

0,5

1

1,5

2

Po

lon

uev

o

Sam

acá

Usi

acu

Reg

ido

r

Son

són

Ach

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Pu

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olo

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San

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Tello

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Mar

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Som

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Tub

ará

Vic

tori

a

Yagu

ara

Pia

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Total

Total

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