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Elaborado por: Coordinación General Profra. Diana Perla Guajardo García Programa Escuelas de Calidad Profra. Ma. Luisa Sepúlveda Licea Profra. María de los Ángeles De León Castro Educación Inicial Profra. Lucina Robledo Páez Profra. María de Jesús López Cano Educación Preescolar Profra. Susana Rojas Guerrero Profr. Manuel Ángel Navarro Cortés Educación Primaria Profra. Patricia Huerta Pérez Profr. Jesús Mario Garza Treviño Educación Secundaria Profr. J. Ismael Martínez Ávalos Profr. Jesús Pedro Alcántara Bueno Profra. María de Jesús Rodríguez Garza Profr. Miguel Ángel Estrada Márquez Educación Especial Profr. Saúl Valdéz Obregón Educación Física Profr. Ramiro Reyes Téllez
Presentación
La Secretaría de Educación en el Estado de Nuevo León, a través de la
Subsecretaría de Educación Básica, presenta el documento “Aportaciones para la
Elaboración de la Ruta de Mejora en las Escuelas de Educación Básica”, cuyo propósito
es facilitar la elaboración de la Ruta de Mejora en cada centro de trabajo, a partir de
los planteamientos expresados en los documentos normativos que sustentan la
Reforma Educativa del actual gobierno federal.
Algunos fundamentos legales de este documento, emitidos por la SEP y
publicados por la SEGOB (párrafo tercero del artículo 3o. de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; artículos 2o., 3o., 6o., 8o., 12, fracción V Bis y 28 Bis de
la Ley General de Educación y Acuerdo 706, 711, 712 y 717), proponen una serie de
elementos que permiten lograr la simplificación administrativa de la función directiva
bajo el marco de la Autonomía de la Gestión Escolar.
El presente documento está organizado en cuatro apartados; el primero de ellos
contiene los seis elementos básicos que, según el Acuerdo 717, deben conformar una
Ruta de Mejora; el segundo está conformado por las referencias que le dan sustento;
el siguiente apartado es el relativo a los Anexos, donde se presenta una serie de
sugerencias para el diseño de cada elemento básico; al final se encuentra un glosario
que pretende facilitar la comprensión del documento.
Autoevaluación/diagnóstico
Fundamentación
El colectivo docente constituido en el CTE se dará a la tarea de realizar en un primer
momento la autoevaluación/diagnóstico, elemento que se define según el Acuerdo 717 como:
Proceso en el cual la escuela se mira a sí misma, considerando factores internos y
externos de su realidad, apoyándose en fuentes de información y parámetros de
gestión escolar que le permitan analizar, reflexionar, identificar y priorizar sus
necesidades educativas para la toma informada de decisiones que fortalezcan su
autonomía de gestión escolar (Secretaría de Gobernación [SEGOB] 2014, pp. 4-5).
Conceptualización
La autoevaluación/diagnóstico es un ejercicio colectivo de evaluación interna que
Calixto (2009, pp. 29-30) conceptualiza como "un proceso analítico que permite conocer la
situación real de una institución educativa en un momento dado, para describir problemas y
áreas de oportunidad, con el fin de corregir los primeros y aprovechar los segundos".
Detectadas las necesidades educativas mediante la autoevaluación/diagnóstico estas
deberán enfocarse en prioridades educativas "(…) teniendo en cuenta aspectos como el
aprendizaje de todos los estudiantes, la prevención del rezago y la deserción, la normalidad
mínima, la convivencia escolar y la participación social responsable" (SEGOB, 2014, p. 5).
En la figura 1 se presenta una propuesta básica para el proceso de
autoevaluación/diagnóstico con la finalidad de que el colectivo docente la adapte a su
contexto escolar particular.
Figura 1. Anexo A. Propuesta básica para la elaboración de la autoevaluación/diagnóstico
- Entrevistas
- Informe técnico anual
- Libros
- EFANL y otras evaluaciones estandarizadas
- Buzón de sugerencias, entre otros.
Factores
internos
de la
escuela
Fuentes de
Información
Parámetros de
Gestión Escolar
Toma de decisiones
PROCESO
DE
AUTOEVALUACIÓN/DIAGNÓSTICO
Analizar–reflexionar–identificar sus necesidades
educativas
Priorizar
Necesidades educativas:
– Aprendizaje de todos los alumnos
– Prevención del rezago y la deserción
– Normalidad mínima
–Convivencia escolar
–Participación social responsable
- Ambiente de aprendizaje
- Desempeño de los actores
escolares
- Relaciones interpersonales
- Cultura escolar
- Deserción, entre otros
- Políticas educativas
- Comunidad donde se ubica la
escuela
- Medio socioeconómico y
cultural
- Contexto geográfico, entre otros
Factores
externos
de la
escuela
considera:
apoyándose
– Estándar de control escolar: boletas,
reportes, estadísticas e informes, entre otros.
– Estándar de centralidad en el aprendizaje: se
toman decisiones para atender a los alumnos con
problemas de aprendizaje, entre otros.
Objetivos
Fundamentación
De acuerdo al diagnóstico realizado por el colectivo docente se tendrá la posibilidad de
elaborar los objetivos considerando lo siguiente:
A partir de las necesidades detectadas y de las prioridades educativas del centro
escolar, los objetivos especifican qué se pretende alcanzar y los medios para lograrlo,
elementos que guiarán las acciones a realizar por la comunidad educativa durante un
ciclo escolar (SEGOB, 2014, p. 5).
Conceptualización
Son intenciones amplias que orientan la acción de la escuela, es fundamental que se
encuentren ligados con la idea que hemos forjado en torno a lo que queremos en un
futuro. Además, deben ser definidos y redactados de tal manera que puedan ser
utilizados como parámetros al momento de realizar una evaluación (Secretaría de
Educación en el Estado de Nuevo León [SENL], 2009, p.1).
En la figura 2 se presentan algunos de los aspectos que son necesarios para la
elaboración de un objetivo:
Figura 2. Anexo B. Orientaciones para la elaboración de objetivos
• Dar respuesta a las necesidades detectadas en el centro escolar
¿Qué se pretende alcanzar?
• Establecer las metas y los indicadores.
Para lograrlo se requiere:
AUTOEVALUACIÓN / DIAGNÓSTICO
Metas
Fundamentación
Establecen los logros concretos y verificables que permitan concretar los objetivos, con
sus respectivos indicadores para dar seguimiento y evaluar sus resultados. Deberán
considerarse entre otras que defina la escuela, metas en materia de logro de los
estudiantes y reducción del rezago y la deserción. Las metas deben definirse en
función de la situación de la propia escuela y deben hacerse del conocimiento de la
comunidad escolar y la supervisión (SEGOB, 2014, p. 6).
Conceptualización
“Son el elemento que a través de las actividades se operacionaliza, lo que exige la
definición precisa de qué se requiere lograr, cuándo y de qué manera para avanzar hacia la
obtención de cada uno de los objetivos planteados” (SEP, 2010, p. 120).
En la figura 3 se presentan algunos de los aspectos que son necesarios para la elaboración de
una meta:
Figura 3. Anexo C. Orientaciones para la elaboración de metas.
Establecen logros que permiten concretar los objetivos con sus respectivos indicadores.
Deberán considerarse metas en materia de logro de los estudiantes, reducción del rezago y la deserción, así como aquellas que determine el CTE.
Deben definirse en función de la situación de la propia escuela.
Deben hacerse del conocimiento de la comunidad escolar y de la supervisión.
Indicadores
Fundamentación
“Instrumento utilizado para determinar, por medio de unidades de medida, el grado de
cumplimiento de una característica, cualidad, conocimiento, capacidad, objetivo o meta,
empleado para valorar factores que se desean medir” (SEGOB, 2013b, p. 5).
Conceptualización
“Un indicador es un instrumento que nos provee evidencia cuantitativa acerca de si una
determinada condición existe o si ciertos resultados han sido logrados o no. Si no han sido
logrados, permite evaluar el progreso realizado” (CONEVAL, 2009, p. 8).
En la figura 4 se presentan algunos de los aspectos que es necesario considerar para la
elaboración de los indicadores:
Figura 4. Anexo D. Orientaciones para la elaboración de indicadores
Analizar la meta Seleccionar aspectos relevantes a medir
Formular el indicador
Programación de actividades y establecimiento de compromisos
Fundamentación
Este elemento se enuncia en el Acuerdo 717 de la siguiente manera:
Definición de las acciones, compromisos, tiempos, responsables y recursos que
permitirán alcanzar los objetivos y metas acordados. En caso de generar o
recibir recursos financieros de alguna instancia, especificar las acciones en que
se ejercerán éstos, con el propósito de transparentar su aplicación y rendir
cuentas de sus resultados (SEGOB, 2014, p. 5).
Conceptualización
Las actividades “Son las acciones a realizar para el cumplimiento de cada una de las
Metas considerando una secuencia lógica de tareas. Es fundamental analizar el conjunto de
labores cotidianas para visualizar los tiempos reales en los que se podrán cumplir” (SENL,
2009, p.1).
Los compromisos “Son decisiones que permiten operacionalizar los acuerdos.
Representan la voluntad de los agentes educativos por participar de manera responsable para
cumplir los objetivos propuestos” (SENL, 2009, p.1).
A partir de los objetivos y metas, acordados en el CTE, se realiza el proceso para el
diseño y programación de actividades, así como el establecimiento de compromisos, ver
figura 5.
Figura 5. Anexo E. Orientaciones para definir actividades
Estrategias de seguimiento y evaluación
Fundamentación
A partir de las actividades realizadas y de los compromisos adquiridos, el colectivo
deberá:
Considerar los medios a través de los cuales los diferentes actores educativos y las
instancias de apoyo al centro escolar podrán ir evaluando, de manera continua, los
avances y logros alcanzados en el aula y en la escuela a partir de lo programado en la
planeación anual (SEGOB, 2014, p. 6).
Conceptualización
“El seguimiento se refiere a la observación y recolección sistemática de datos sobre la
ejecución de acciones y logros de objetivos y metas” (SEGOB, 2013a, p. 5).
“La evaluación consiste en la obtención, organización y sistematización de información
para la resolución de problemas y la toma de decisiones” (SEGOB, 2013a, p.4).
También se considera la evaluación como:
Un proceso o conjunto de actividades programadas de reflexión sobre la acción,
apoyado con procedimientos sistemáticos de recolección, análisis e interpretación de
información con la finalidad de emitir juicios fundamentados y comunicables sobre las
actividades, resultados e impactos de un programa [de acción] y formular
recomendaciones para tomar decisiones que permitan revisar las acciones presentes y
mejorar las acciones futuras (Nirenberg, et al., 2000, citado por Nirenberg, 2008, p.4).
Orientaciones para realizar las acciones de seguimiento y evaluación, ver figura 6.
Figura 6. Anexo F. Orientaciones para el Seguimiento y Evaluación.
Proceso de la Ruta de Mejora
REFERENCIAS
Calixto, R. (2009). El diagnóstico escolar, elementos para conocer y actuar en el medio
ambiente. D. F., México: Editores Castellanos.
CONEVAL. Curso-Taller para la construcción de indicadores de desempeño. 2009, recuperado
el 30 de junio de 2014 desde
http://www.cepal.org/ilpes/noticias/noticias/2/37432/Presentacion_Indicadores_1.pdf
Nirenberg, O. (2008). Aportes de la evaluación para el desarrollo de las organizaciones de la
sociedad civil. (CEADEL). Cuaderno No. 41, Buenos Aires, Argentina. Recuperado el 19
de junio de 2014 desde www.ceadel.org.ar/cuadernos/evaluac_desarrollo_osc-41.pdf
Secretaría de Educación en el Estado de Nuevo León. (2009). Proyecto Escolar con Enfoque
Estratégico (PECEE). Monterrey, N.L., México: Autor.
Secretaría de Educación Pública (2010). PETE Simplificado: Recomendaciones para elaborar el
Plan Estratégico de Transformación Escolar. D.F., México: Autor.
Secretaría de Gobernación. (2013a). ACUERDO número 706 por el que se emiten las Reglas de
Operación del Programa del Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica. En
Diario Oficial de la Federación (DOF). D. F., México. Publicado el 28 de diciembre de
2013.
Secretaría de Gobernación. (2013b). ACUERDO número 712 por el que se emiten las Reglas de
Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente. En Diario Oficial de la
Federación (DOF). D. F., México. Publicado el 29 de diciembre de 2013.
Secretaría de Gobernación. (2014). ACUERDO número 717 por el que se emiten los
lineamientos para formular los Programas de Gestión Escolar. En Diario Oficial de la
Federación (DOF). D. F., México. Publicado el 7 de marzo de 2014.
ANEXOS
ANEXO A. Orientaciones para la elaboración de la autoevaluación/diagnóstico
Las orientaciones para realizar el proceso de autoevaluación/diagnóstico por el
colectivo docente quedaron esquematizadas en la figura 1. Sin embargo como un apoyo a su
interpretación a continuación se hace una descripción de dicho proceso ampliando algunos de
sus aspectos:
Las orientaciones son flexibles para adaptarse a cada contexto escolar particular.
La autoevaluación/diagnóstico es el primer elemento que se realizará en la
conformación de la ruta de mejora. El CTE realizará en colectivo el análisis de los
factores internos –ambiente de aprendizaje, desempeño docente, entre otros– y de
factores externos –medio social, económico, cultural de la comunidad donde se ubica
la escuela, entre otros– presentes en cada realidad escolar.
Posteriormente apoyándose en diversas fuentes de información formales, informales,
escritas, orales –entrevistas, evaluaciones estandarizadas, informe técnico del año
escolar anterior, buzón de sugerencias, libros, etc.– así como en parámetros de gestión
escolar1 el colectivo podrá analizar, reflexionar, identificar y priorizar sus necesidades
educativas para tomar sus decisiones en un marco de autonomía de gestión escolar y
participación.
Para encontrar las prioridades educativas del centro escolar, mediante el proceso de
autoevaluación/diagnostico, es necesario enfocarse en detectar necesidades
educativas que consideren aspectos como:
El aprendizaje de todos los estudiantes
La prevención del rezago escolar y la deserción
La normalidad mínima
La convivencia escolar y
La participación social responsable
1 Los parámetros de gestión escolar son valores de referencia para medir avances y resultados mediante las estrategias de evaluación y
seguimiento que la comunidad escolar establecerá, entre estos se encuentran los estándares de gestión para la educación básica y sus criterios operativos: algunos ejemplos de estos son: La centralidad del aprendizaje (Las metas y los objetivos centrales del plan de mejora se
relacionan con el incremento en los niveles de aprendizaje de los alumnos; Las reuniones que convoca el director con sus maestros tienen como
tema central el aprendizaje de los alumnos; Se analizan los resultados de evaluaciones externas, asignando prioridad a las necesidades de aprendizaje de los alumnos); Compromiso por aprender (Los alumnos están informados sobre los objetivos de su aprendizaje; Los maestros
están disponibles para atender a los alumnos cuando piden su apoyo en alguna tarea o trabajo de aprendizaje.). Fuente: SEP. 2010. Estándares
de gestión para la educación básica.
Anexo B. Orientaciones para la elaboración de los objetivos.
Los objetivos se definen a partir de las necesidades detectadas y de las prioridades
educativas establecidas en el centro escolar, que fueron señaladas y jerarquizadas en
la Autoevaluación/Diagnóstico.
Se expresan en forma concisa, clara, realista e inequívoca.
Los objetivos deben de estar alineados a las metas e indicadores, actividades y
estrategias de seguimiento y evaluación.
Anexo C. Orientaciones para la elaboración de las metas.
Son específicas, medibles, relevantes, posibles de ser alcanzadas y circunscritas a una
determinada unidad de tiempo.
La cantidad de metas será definida por tantos elementos clave se identifiquen en el
objetivo.
Especifican qué se pretende alcanzar y para qué lograrlo.
Permiten evaluar los avances logrados respecto de cada uno de los objetivos.
Deben de considerar un parámetro cuantitativo para cada una de las metas.
Anexo D. Orientaciones para la elaboración de las indicadores.
Se identifican a partir de los elementos claves de cada una de las metas.
Cuantificables a partir de diversas evidencias (encuestas, escalas de valor, listas de
cotejo, cuadros comparativos, reportes, guías de observación, cuadernos, exámenes,
planificación, etc.) que den cuenta de los aspectos a evaluar en la meta.
El nombre del indicador se establece a partir de los elementos clave, que se registrará
a partir de una frase corta, representativa y evidente del resultado esperado.
Anexo E. Orientaciones para el diseño de las actividades
Para el diseño de las actividades el CTE tomará en cuenta las opiniones y sugerencias
de todos comprometiéndose y responsabilizándose de las actividades necesarias para el logro
de los objetivos y metas.
Determinar en la redacción, qué actividades se necesitan y para qué se van a realizar.
Priorizar, de la lista de las actividades, cuáles son necesarias para el cumplimiento
de una meta.
Establecer cuándo se realizarán todas y cada una de las actividades, determinando
fechas de inicio y término de la actividad.
Estipular con qué recursos, (humanos, técnicos, materiales y financieros) se llevarán a
cabo las actividades definiendo el origen de estos, en caso de ser financiado con un
programa ofertado por la Secretaría de Educación es necesario coordinarse con el
responsable de dicho programa para cumplir con sus requerimientos.
Nombrar a quién(es) se hará(n) responsable(s) de la coordinación de las actividades
para lograr los objetivos y metas.
Anexo F. Orientaciones para la elaboración de seguimiento y evaluación:
Considerar las metas y actividades planteadas.
Observar y recolectar datos referentes a las metas y actividades.
Seleccionar los instrumentos de registro y/o evaluación a partir de diferentes medios
establecidos en las metas y actividades.
Analizar en colegiado y tiempos establecidos la información que muestren los avances
y logros del aula y la escuela.
Construir, desarrollar, ajustar y valorar las metas, los indicadores y las actividades para
dar seguimiento y evaluar sus resultados.
Retroalimentar el proceso para la toma de decisiones.
Realizar el informe final haciendo del conocimiento a la comunidad escolar y la
supervisión.
GLOSARIO
1. Definiciones contenidas en la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la
Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2013.
Autoridades Educativas: A la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública
Federal, a las correspondientes de los estados y el Distrito Federal y de los municipios, así
como a los organismos descentralizados que emiten actos de autoridad en materia educativa,
conforme a sus respectivas competencias.
Autoridades Escolares: Al personal que lleva a cabo funciones de dirección o supervisión en
los sectores, zonas o centros escolares.
Calidad de la Educación: A la cualidad de un sistema educativo que integra las dimensiones
de relevancia, pertinencia, equidad, eficiencia, eficacia, impacto y suficiencia.
Secretaría.- A la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal.
2. Definiciones contenidas en la Ley General del Servicio Profesional Docente, publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2013.
Autoridades Educativas: A la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública
Federal y a las correspondientes en los estados, el Distrito Federal y municipios.
Autoridad Educativa Local: Al ejecutivo de cada uno de los estados de la Federación y del
Distrito Federal, así como a las entidades que, en su caso, establezcan para la prestación del
servicio público educativo.
Comunidad escolar: Conjunto de actores involucrados en la escuela: personal directivo y
docente, personal de apoyo y asistencia, alumnado, madres y padres de familia, o tutores.
Educación Básica: A la que comprende los niveles de preescolar, primaria y secundaria en
todas sus modalidades, incluyendo la educación indígena, la especial y la que se imparte en
los centros de educación básica para adultos.
Escuela: Al plantel en cuyas instalaciones se imparte educación y se establece una
comunidad de aprendizaje entre alumnos y docentes, que cuenta con una estructura
ocupacional autorizada por la Autoridad Educativa u Organismo Descentralizado; es la base
orgánica del sistema educativo nacional para la prestación del servicio público de Educación
Básica o Media Superior.
Indicador: Al instrumento utilizado para determinar, por medio de unidades de medida, el
grado de cumplimiento de una característica, cualidad, conocimiento, capacidad, objetivo o
meta, empleado para valorar factores que se desean medir.
Parámetro: Al valor de referencia que permite medir avances y resultados alcanzados en el
cumplimiento de objetivos, metas y demás características del ejercicio de una función o
actividad.
Perfil: Al conjunto de características, requisitos, cualidades o aptitudes que deberá tener el
aspirante a desempeñar un puesto o función descrito específicamente.
Secretaría: A la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal.
3. Definiciones contenidas en el ACUERDO número 703 de la SEP por el que se emiten las
Reglas de Operación del Programa Escuelas de Calidad, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 28 de diciembre de 2013.
Gestión educativa: capacidad de la escuela para desarrollar acciones orientadas al logro de
los fines educativos comunes.
Gestión escolar: capacidad que tienen las personas que integran la comunidad escolar para
interactuar con el propósito de lograr colectiva y colaborativamente los objetivos que
garanticen el aprendizaje de todo el alumnado, mediante el diseño y la aplicación de
estrategias y acciones que evalúan sistemáticamente para su mejoramiento permanente.
Gestión institucional: procesos organizacionales que desarrollan la Secretaría de Educación
Pública del gobierno federal y la AEL apoyada en su estructura para generar, articular,
implementar y evaluar políticas, programas y proyectos.
Gestión pedagógica: refiere a los procesos de enseñanza y aprendizaje que concretan la
implementación del currículum, sus enfoques, la planeación didáctica, ejecución y evaluación
educativas; así como la relación maestro-estudiante-padres de familia, o tutores, para
garantizar el desarrollo de competencias.
4. Definiciones contenidas en el ACUERDO número 704 de la SEP por el que se emiten las
Reglas de Operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2013.
Actores educativos: Personal que puede recibir asesoría y acompañamiento, orientados a
fortalecer sus competencias profesionales para una mejor operación y desarrollo del
Programa Escuelas de Tiempo Completo; entre ellos están profesores/as frente a grupo,
directores/as, miembros de los equipos de supervisión, jefes/as de sector, jefes/as de
enseñanza, titulares de los servicios educativos y su personal, asesores/as técnico
pedagógicos, y madres y padres de familia, o tutores.
Personal Educativo: Son los actores educativos que pueden recibir asesoría y
acompañamiento, orientados a fortalecer sus competencias profesionales para una mejor
operación y desarrollo del Programa Escuelas de Tiempo Completo; entre ellas está personal
docente frente a grupo, directores/as, miembros de la supervisión escolar, jefes/as de sector,
jefes de/as enseñanza, titulares de los servicios educativos y su personal, y asesores/as
técnico pedagógicos.
5. Definiciones contenidas en el ACUERDO número 706 de la SEP por el que se emiten las
Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2013.
AEL: Autoridad Educativa Local.- Al ejecutivo de cada uno de los estados de la Federación,
así como a las entidades que, en su caso, establezcan para el ejercicio de la función social
educativa. Para efectos de estas reglas quedará incluida la Administración Federal de Servicios
Educativos en el Distrito Federal.
CEPS: Consejo Escolar de Participación Social o equivalente.- Órgano colegiado constituido
en cada escuela pública de educación básica, integrado con madres y padres de familia, o
tutores, y representantes de sus asociaciones, personal docente y representantes de su
organización sindical, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General de
Educación y con apego a lo dispuesto en los acuerdos 280 por el que se establecen los
Lineamientos Generales a los que se ajustarán la constitución y el funcionamiento de los
Consejos de Participación Social en la Educación, y 535 por el que se emiten los Lineamientos
Generales para la Operación de los Consejos Escolares de Participación Social, publicados en
el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 2000 y el 8 de junio de 2010,
respectivamente, y demás lineamientos que, en la materia, fije la Secretaría de Educación
Pública de la Administración Pública Federal.
CTE: Consejo Técnico Escolar.- Es el órgano integrado por la o el director(a) del plantel y el
personal docente, así como por los actores educativos que se encuentran directamente
relacionados con los procesos de enseñanza aprendizaje del alumnado de las escuelas de
educación básica. Está encargado de tomar y ejecutar decisiones comunes enfocadas a que el
centro escolar cumpla de manera uniforme y satisfactoria su misión. Es además el medio por
el cual se fortalecerá la autonomía de gestión del centro escolar, con el propósito de generar
los ambientes de aprendizaje más propicios para el alumnado con el apoyo corresponsable en
las tareas educativas de las madres y padres de familia, o tutores, del CEPS, de la Asociación
de padres de familia y de la comunidad en general. En los casos de escuelas indígenas,
migrantes, unitarias y multigrado, los consejos técnicos escolares estarán formados por el
profesorado de diversas escuelas y presididos por la o el supervisor escolar, o bien, se
integrarán a partir de mecanismos que respondan a los contextos específicos del estado o
región, de acuerdo con las disposiciones que emitan las AEL.
CTZ: Consejo Técnico de Zona Escolar.- Órgano colegiado que se constituye como un
espacio propicio para el análisis, la deliberación y la toma de decisiones sobre los asuntos
educativos de las zonas escolares. Se integra por la o el supervisor(a) y las o los directores(as)
de las escuelas de la zona escolar. Constituye una oportunidad para el desarrollo profesional
docente y la mejora de las escuelas. Sus tareas consisten en el trabajo colegiado entre el
personal directivo y de supervisión para reflexionar en torno a las prácticas y procesos
implementados en el Programa, con la finalidad de tomar acuerdos y establecer compromisos
para mejorar la organización y el funcionamiento de las escuelas de educación básica.
Evaluación: Consiste en la obtención, organización y sistematización de información para la
resolución de problemas y toma de decisiones.
Evaluación Interna: Actividad permanente, de carácter formativo y tendiente al
mejoramiento de la práctica profesional de las y los docentes y al avance continuo de la
escuela y de la zona escolar. Dicha evaluación se llevará a cabo bajo la coordinación y
liderazgo del personal directivo, de acuerdo a los Lineamientos que emita la Subsecretaría de
Educación Básica. Las y los docentes tendrán la obligación de colaborar en esta actividad.
Materiales educativos complementarios: Son objetos, instrumentos y medios en diversos
soportes físicos y/o electrónicos, elaborados para apoyar procesos didácticos de planeación,
ejecución y evaluación con fines de enseñanza y aprendizaje, que se añaden o agregan a los
materiales obligatorios en la escuela para la mejora educativa.
Normalidad Mínima Escolar: Se define como las condiciones básicas indispensables de
primer orden que deben cumplirse en cada escuela para el buen desempeño de la tarea
docente y el logro de aprendizajes del alumnado, que una vez garantizadas permitirán el
desarrollo de acciones de segundo orden que enriquezcan el proceso educativo. La
caracterizan los siguientes rasgos:
a) Todas las escuelas brindan el servicio educativo los días establecidos en el calendario
escolar.
b) Todos los grupos disponen de personal docente la totalidad de los días del ciclo
escolar.
c) Todo el personal docente inicia puntualmente sus actividades.
d) Todo el alumnado asiste puntualmente a todas las clases.
e) Todos los materiales para el estudio están a disposición de todo el alumnado y se usan
sistemáticamente.
f) Todo el tiempo escolar se ocupa fundamentalmente en actividades de aprendizaje.
g) Las actividades que propone el personal docente logran que todo el alumnado
participe en el trabajo de la clase.
h) Todo el estudiantado consolida, acorde a su ritmo de aprendizaje, su dominio de la
lectura, la escritura y las matemáticas de acuerdo con su grado educativo.
Ruta de mejora escolar: Proceso sistemático de planeación de la escuela pública de
educación básica para intervenir en la mejora de su gestión, que toma como base los
resultados de la evaluación interna (plan de mejora, proyecto o plan escolar, plan anual de
trabajo, plan estratégico de transformación escolar, programa de mejoramiento u otros
similares).
Seguimiento: Observación y recolección sistemática de datos sobre la ejecución de
acciones, logro de objetivos y metas, así como el ejercicio de recursos transferidos del
Programa por parte de la Autoridad Educativa Local.
Sistema Básico de Mejora Educativa: Política de la SEB conformada por:
a. Tres prioridades educativas: mejora del aprendizaje, normalidad mínima escolar, alto al
rezago educativo desde la escuela;
b. Tres condiciones generales: mejora de los CTE y de zona, fortalecimiento de la
supervisión escolar, y descarga administrativa, y
c. Dos proyectos específicos: una nueva modalidad de escuela (escuela de tiempo
completo) y un nuevo recurso educativo (equipos de cómputo para el alumnado de quinto y
sexto grados de educación primaria).
6. Definiciones contenidas en el ACUERDO número 712 de la SEP por el que se emiten las
Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2013.
Competencia: combinación de habilidades intelectuales, habilidades prácticas,
conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes y emociones que se movilizan para lograr
una acción eficaz en un contexto determinado.
Desarrollo profesional: es el proceso que sigue el personal docente y personal con
funciones de dirección, de supervisión y de asesoría técnico pedagógica y técnico docente
para fortalecer tanto sus competencias como su capacidad para tener los desempeños
profesionales que conduzcan a la obtención de los resultados esperados en las aulas y las
escuelas públicas de educación básica. La formación continua es una parte fundamental del
desarrollo profesional.
Formación continua: conjunto de actividades que permiten desarrollar nuevos
conocimientos y capacidades a lo largo del ejercicio profesional y perfeccionarse después de
la formación inicial. La formación continua del personal sujeto de la Ley General del Servicio
Profesional Docente de cualquier tipo educativo consiste en la actualización y capacitación
cultural, humanística, pedagógica y científica con el fin de mejorar permanentemente su
actividad profesional.
Mesas técnicas: espacio donde la jefatura de zona o la supervisión escolar, coordinan al
personal con funciones de dirección y al personal docente con funciones de asesoría técnico
pedagógica para mejorar la enseñanza en el aula y la escuela, ejecutando diferentes
actividades para organizar, asesorar, coordinar y desarrollar procesos formativos y de
desarrollo profesional dirigidos a los profesores que están frente al grupo, conforme el Plan y
los Programas de estudio vigentes, con el apoyo de recursos como los libros de texto
nacionales, las bibliotecas de aula y escolares, entre otros.
SATE: Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela. Conjunto de apoyos, asesoría y
acompañamiento especializados al personal docente y personal con funciones de dirección
para mejorar la práctica profesional y el funcionamiento de la escuela pública de educación
básica.
Monterrey, Nuevo León, 30 de junio de 2014