elaboracion de presupuestos deductivos de obra

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ELABORACION DE PRESUPUESTOS DEDUCTIVOS DE

OBRA 

1. CONSULTA.

La Entidad manifiesta y consulta literalmente:

 “[...] En la elaboración de los Presupuestos Adicionales de Obra ha quedadoestablecido que solo se deben considerar los astos enerales que est!n relacionadosdirectamente con el pla"o de e#ecución de la obra$ esto es$ no se consideran los astosenerales fi#os %atos de licitación y astos financieros&$ pues no se incrementan con laaprobación de los presupuestos adicionales.

%'& (En la elaboración de Presupuestos )educti*os de Obra$ se deben incluir los astosenerales fi#os+ [...], %sic&.

2. ANÁLISIS.

-. )e manera preliminar$ debemos tener en consideración que los componentes de laestructura del presupuesto base de una obra se arupan en dos rubros: “costosdirectos, y “costos indirectos, . Entre los primeros$ se encuentran los materiales$ lamano de obra y los equipos. En cambio$ entre los seundos$ se encuentran los astosenerales y la utilidad . Ambos rubros conforman el presupuesto base$ el cual$ sumadocon los impuestos correspondientes$ constituye el total del *alor referencial del procesode selección.

Por su parte$ los denominados astos enerales se descomponen$ en fi#os y *ariables$dependiendo si est!n o no relacionados con el tiempo de e#ecución de la obra$respecti*amente$ cada uno de los cuales se desarean conforme a su naturale"a. As/ tenemos que$ los astos enerales se di*iden en:

 “0 Gastos Generales no relacionados con el tiempo de e#ecución de la obra o fi#os$que son aqu1llos en que sólo incurren una *e"$ no *ol*iendo a astarse aunque la obrase ampl/e en su pla"o oriinal.

0 Gastos Generales relacionados con el tiempo de e#ecución de la obra o *ariables$que son aqu1llos que dada su naturale"a siuen e2istiendo o permanecen a lo laro detodo el pla"o de obra incluida su e*entual ampliación., . %El 1nfasis es nuestro&.

Por tanto$ entre los primeros se encuentran los astos incurridos en documentos parala presentación de propuestas$ astos de estudios de suelos$ astos de *isita alterreno$ astos de elaboración de propuestas$ seuros contra incendios$ obliacionesfiscales$ entre otros3 mientras que$ entre los seundos$ los astos enerales *ariables$se encuentran los costos de lu"$ tel1fono y abelas$ papeler/a y 4tiles de escritorio$astos de traslado de personal$ *i!ticos de personal$ art/culos de limpie"a$ astos deoperación$ entre otros .

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Por otro lado$ debe tenerse en consideración que dentro del marco normati*oestablecido por la Ley y su 5elamento $ en adelante el 5elamento$ se han pre*istodos sistemas de adquisiciones y contrataciones a tra*1s de los cuales las Entidades delEstado pueden contratar la obtención de bienes$ ser*icios y la e#ecución de obras

requeridos para el cumplimiento de sus fines3 los mismos que$ de conformidad por lodispuesto por el art/culo 678 del 5elamento$ ser*ir!n para determinar el precio y susposibles a#ustes$ sobre la base de las condiciones pre0establecidas en función a lanaturale"a y al ob#eto principal del contrato.

As/$ se tiene que los sistemas de contrataciones que pueden implementarse dentro delas 9ases Administrati*as de los procesos de selección que se desarrollen paracontratar la e#ecución de obras p4blicas$ son los de uma Al"ada y Precios ;nitarios$<arifas o Porcenta#es$ los mismos que mantienen en su naturale"a diferenciassustanciales$ destacadas en el art/culo 678 del 5elamento que a continuación setranscribe parcialmente:

“[..] En el sistema de suma alzada, el postor formula su propuesta por un monto fijo y 

 por un determinado plazo de ejecución. Tratándose de obras, el postor presentará,además, el desagregado por partidas que da origen a su propuesta. Este sistema sóloserá aplicable cuando las magnitudes y calidades de la prestación estn totalmentedefinidas en las especificaciones tcnicas y en los trminos de referencia y, en el casode obras, en los planos y especificaciones tcnicas respecti!os.

En el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el postor formula su propuesta ofertando precios, tarifas o porcentajes en función de las partidas ocantidades referenciales contenidas en las "ases, y que se !alorizan en relación a suejecución real, as# como por un determinado plazo de ejecución. En estos casos, el  postor presentará, además del desagregado a que se refiere el párrafo precedente, el !alor total de la oferta económica.$ %El subrayado es nuestro&

)el te2to del art/culo antes citado se desprende que$ cuando una Entidad opte porcontratar una obra a suma al"ada con*iene un precio lobal$ pre*io e in*ariable para lareali"ación total de la obra $ la misma que deber! e#ecutarse con su#eción estricta a losplanos y especificaciones t1cnicas contenidos en el contrato $ ba#o responsabilidad delcontratista.

En tal sentido$ las obras que se e#ecuten ba#o el sistema de suma al"ada implican la “in*ariabilidad del precio, pactado contractualmente$ as/ como la “in*ariabilidad de laobra, en s/$ elementos que se encuentran directamente relacionados$ de forma tal que$sólo cuando se *erifiquen modificaciones o *ariaciones en el proyecto de la obra =concretamente en los planos y especificaciones t1cnicas=$ podr! producirse lacorrespondiente modificación del precio.

-.- Ahora bien$ respecto de la materia ob#eto de consulta$ debemos mencionar que elordenamiento positi*o en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado >constituido por la Ley$ su 5elamento$ las directi*as emitidas por este ?onse#o uperiory dem!s normas modificatorias y complementarias> hace referencia e2presa a un “presupuesto deducti*o de obra,$ 4nicamente en el te2to del art/culo 7@ del

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5elamento$ cuando prescribe la procedencia de la e#ecución de adicionales en loscasos en que su *alor$ rest!ndole los presupuestos deducti*os$ no superen el quincepor ciento %7B& del monto total del contrato oriinal.

in per#uicio de lo e2puesto$ adem!s del presupuesto deducti*o que tiene luardurante la e#ecución de un adicional$ en las l/neas siuientes desarrollaremos dos

acepciones equ/*ocas de presupuesto deducti*o suridos de la aplicación pr!ctica de lanormati*a$ a decir: a& el presupuesto deducti*o de obra que tiene luar por metradosno e#ecutados de una partida y b& el presupuesto deducti*o que sure de la disposiciónde una reducción de obra.

-.C El art/culo 6-8 de la Ley prescribe >como una de las facultades conferidas a lasEntidades durante la etapa de e#ecución contractual> la posibilidad de ordenar lae#ecución de prestaciones adicionales cuando 1stas sean indispensables para alcan"arla finalidad del contrato.

Por su parte$ los art/culos 7@8 y D del 5elamento$ reulan los requisitos$ elprocedimiento y las e*entuales consecuencias a los que debe su#etarse la Entidadcontratante a efecto de ordenar *!lidamente la e#ecución de prestaciones adicionalesen el caso de la contratación de obras.

En ese sentido$ la e#ecución de un adicional de obra implica la aprobación delpresupuesto adicional de obra correspondiente$ entendi1ndose por aquel al “%'& mayorcosto oriinado por la e#ecución de traba#os complementarios yFo mayores metradosno considerados en las bases de la licitación o en el contrato respecti*o$ y que sonindispensables para alcan"ar la finalidad del contrato,.

As/$ cuando 4nicamente se ad*ierta la necesidad de e#ecución de un traba#o no

pre*isto$ el *alor del adicional de obra que se enere ser! el monto resultante de loscostos directos comprometidos en el presupuesto adicional de obra3 por el contrario$ sien el presupuesto contratado ya e2iste una partida para un traba#o determinado y serequiere modificar yFo sustituir 1ste por otro traba#o %adicional& para alcan"ar lafinalidad del contrato$ el *alor del adicional de obra ser! el monto resultante de ladiferencia del presupuesto que requiere el traba#o adicional y el respecti*o presupuestodeducti*o.

Al respecto$ es importante precisar que los astos enerales que se deben consideraren los presupuestos adicionales$ son aquellos en los que el contratista incurra$cualquiera sea su naturale"a$ con la condición que se encuentren debidamentedemostrados$ #ustificados y relacionados con la e#ecución de la obra adicional. Por lotanto$ todo presupuesto adicional$ enere o no la obra adicional la ampliación de pla"o$conlle*a considerar los astos enerales$ sean fi#os o *ariables$ que los afecten.

En ese orden de ideas$ siendo el presupuesto deducti*o que se debe considerar para ladeterminación del *alor de un adicional de obra$ el presupuesto de una partidacontenida en el presupuesto de obra oriinal que se modifica o sustituye por un traba#oadicional con el ob#eto de alcan"ar la finalidad del contrato$ se entiende que 1ste nosinifica una alteración en los astos enerales fi#os en los ya ha incurrido elcontratista3 por lo tanto$ resulta ra"onable no incluir los astos enerales fi#os para ladeterminación del presupuesto deducti*o que tiene luar en la e#ecución de un

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adicional de obra$ independientemente del sistema de contratación en el que nosencontremos.

-.6 En otro orden de consideraciones$ tenemos el caso de una obra que >en su etapade e#ecución> oriina metrados no e#ecutados en determinadas partidas$ en ra"ón dela di*erencia e2istente entre los planos y las especificaciones t1cnicas de la obra y lo

efecti*amente e#ecutado$ los cuales han dado luar$ en la pr!ctica$ a que se hable deun presupuesto deducti*o de obra.

A este respecto$ cabe seGalar que siempre que en los contratos de obra a suma al"adalas condiciones contractuales se mantenan in*ariables =los planos y lasespecificaciones de obra=$ y el contratista cumpla con e#ecutar la obra con su#eción alas mismas$ la Entidad no podr! efectuar deducti*os de obra por los menores metradosno e#ecutados de una partida y$ en consecuencia$ no podr! reducir el monto fi#ocontratado$ por lo que no tiene cabida hablar de un supuesto deducti*o de obra. Endichos casos$ los encarados de la elaboración del e2pediente t1cnico ser!nresponsables de la defectuosa pre*isión e inadecuada sustentación de los metrados $as/ como de la incorrecta elaboración del *alor referencial$ de conformidad con lodispuesto por la Horma <1cnica de ?ontrol H8 D0 $ debiendo la Entidad iniciar lasacciones correspondientes a efecto de deslindar responsabilidades.

Asimismo$ cuando en el marco de un contrato de obra a precios unitarios no see#ecutan el /ntero de los metrados referenciales contenidos en las 9ases y la Entidadcumple con reconocer los costos de lo efecti*amente e#ecutado$ tampoco cabe referirsea la diferencia de presupuesto e2istente entre lo e#ecutado y lo contenido en los planosy especificaciones de obra como un presupuesto deducti*o de obra$ por cuanto aquellono ser! finalmente ob#eto de la determinación de la contraprestación a caro de laEntidad contratante$ la misma que se *alori"a en función de la e#ecución real. En todocaso$ la e#ecución efecti*a de menores metrados no puede dar luar a un descuento delos astos enerales fi#os en los que ha incurrido en contratista.

-.7 Por otro lado$ puede darse el supuesto de la e#ecución de menores metrados deuna partida como consecuencia de la reducción de la obra a la que se refiere el art/culo6-8 de la Ley$ norma que prescribe que “la Entidad podr! ordenar y paardirectamente la e#ecución de prestaciones adicionales hasta por el quince por ciento desu monto$ siempre que sean indispensables para alcan"ar la finalidad del contrato.Asimismo$ podr! reducir ser*icios u obras hasta por el mismo porcenta#e,.

Ahora bien$ la potestad de la Entidad de ordenar reducciones$ al iual que losadicionales$ responde al propósito de alcan"ar la finalidad de la contratación$ y en esesentido se incluye en la relación contractual como una obliación del contratista. Enese sentido$ es perfectamente posible que la Entidad ordene la e#ecución de adicionaleso la reducción de prestaciones al contratista cuando la contratación se lle*e a caboba#o el sistema a suma al"ada o a tra*1s del sistema a precios unitarios.

As/$ en caso de ordenarse la reducción de prestaciones en una obra la Entidad deber!aprobar el presupuesto de reducción >denominado equ/*ocamente presupuestodeducti*o> el cual deducido del presupuesto base enerar/a como resultante elpresupuesto *iente de la obra$ presupuesto que no puede *erse reducido en m!s del7B del monto del contrato.

El acto administrati*o que aprueba la reducción de obra$ y que se sustenta en losinformes t1cnicos y leales de los funcionarios encarados de la Entidad$ permite

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definir los metrados de los traba#os que realmente deban e#ecutarse sobre la base delos cuales se formula la liquidación del contrato$ tanto en los contratos ba#o el sistemaa suma al"ada como en el sistema a precios unitarios$ con la 4nica sal*edad que ba#oeste 4ltimo sistema la liquidación del contrato se producir! con los precios unitariosofertados por el contratista en su propuesta económica y en el sistema a suma al"adase liquida con los precios unitarios del *alor referencial afectados con el factor de

relación .

A su *e"$ en la elaboración del presupuesto de reducción en un obra por suma al"ada oprecios unitarios la Entidad deber! consinar los costos en función de las partidas$metrados y precios unitarios a reducirse$ los cuales se corresponder!n con los costospre*istos en el presupuesto base de la Entidad y que dieron orien al *alor referencialdel proceso. En nin4n caso$ disponer una reducción sinifica descontar los astosenerales fi#os en los que haya incurrido el contratista.

3. CONCLUSIONES.

Por lo e2puesto$ se concluye lo siuiente:

C. Los astos enerales fi#os no deben ser incluidos en el c!lculo para ladeterminación del presupuesto deducti*o que tiene luar en la e#ecución de unadicional de obra$ independientemente del sistema de contratación en el que nosencontremos.

C.- iempre que en los contratos de obra a suma al"ada las condiciones contractualesse mantenan in*ariables =los planos y las especificaciones t1cnicas de obra=$ y elcontratista cumpla con e#ecutar la obra con su#eción a las mismas$ la Entidad no podr!efectuar deducti*os de obra por los menores metrados no e#ecutados de una partida y$

en consecuencia$ no podr! reducir el monto fi#o contratado$ por lo que no tiene cabidahablar de un supuesto deducti*o de obra.

C.C En el marco de un contrato de obra a precios unitarios no se e#ecutan el /ntero delos metrados referenciales contenidos en las 9ases y la Entidad cumple con reconocerlos costos de lo efecti*amente e#ecutado$ tampoco cabe referirse a la diferencia depresupuesto e2istente entre lo e#ecutado y lo contenido en los planos yespecificaciones t1cnicas de obra como un presupuesto deducti*o de obra$ por cuantoaquello no ser! finalmente ob#eto de la determinación de la contraprestación a carode la Entidad contratante$ la misma que se *alori"a en función de la e#ecución real. Entodo caso$ la e#ecución efecti*a de menores metrados no puede dar luar a undescuento de los astos enerales fi#os en los que ha incurrido en contratista.

C.6 En la elaboración del presupuesto de reducción en una obra por suma al"ada o porprecios unitarios$ la Entidad deber! consinar los costos en función de las partidas$metrados y precios unitarios a reducirse$ los cuales se corresponder!n con los costospre*istos en el e2pediente t1cnico de la Entidad y que dieron orien al *alor referencialdel proceso. En nin4n caso$ disponer una reducción sinifica descontar los astosenerales fi#os en los que haya incurrido el contratista.

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