el uso de las redes sociales en horario laboral

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1 FACULTAD DE CIENCIAS ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE COMUNICACIONES MONOGRAFÍA “USO DE REDES SOCIALES EN HORARIO LABORAL” Autor(es) Desiree Rendón Clavijo Asesor(a) María Pimentel Herrera Lima - Perú 2015

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Page 1: El uso de las redes sociales en horario laboral

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FACULTAD DE CIENCIAS

ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE COMUNICACIONES

MONOGRAFÍA

“USO DE REDES SOCIALES EN HORARIO LABORAL”

Autor(es) Desiree Rendón Clavijo

Asesor(a)

María Pimentel Herrera

Lima - Perú

2015

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REDES SOCIALES EN EL TIEMPO

LABORAL

l. INTRODUCCIÓN

Las redes sociales sin duda han revolucionado la manera de relacionarse con un sin

fin de personas, entre ellos familiares, amigos, entre otros. para transigir a estos cibersitios

que miles de personas acceden diariamente solo debes tener el acceso a internet.

Esta situación ha influido en que los trabajadores utilicen tiempo dentro de la

jornada laboral para ingresar a las “Redes Sociales”, lo cual desde el punto de vista del

empresario puede ser mal visto, toda vez que el trabajador está utilizando tiempo y en

algunas ocasiones recursos del aquel para “socializar”.

Esta es usada como medio de información y comunicación en las entidades

jurídicas. Es por ello que está permitido usar en estas organizaciones la tecnología, sin

perder la relación o trato entre semejantes.

En los últimos tiempos se ha generado un debate sobre los permisos para el uso de

las redes sociales en el horario de trabajo, en el que se distinguen dos posturas enfrentadas.

Por un lado, están aquellas empresas que plantean que las redes sociales interfieren

directamente en la productividad de sus empleados, generando una reducción en su

rendimiento.

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ll. DESARROLLO

Usar frecuentemente una red social en horas de trabajo manifiesta destinar el

tiempo de labor a una actividad ajena a la remuneradas horas de quehacer para la cual fue

contratado, esto distorsiona el funcionamiento del lugar de operación y eventualmente la

productividad de la empresa.

Las herramientas informáticas que el empleador facilita al trabajador con el

objetivo de que sean destinadas a la actividad laboral, son propiedad del empleador; las

reglas de cómo las deben usar la empresa se las pone si aquellos que usan la herramienta

de labor de una forma personal se le aplica una sanción.

de esta forma, tanto los profesionales como las leyes afirman que el uso del correo

electrónico es un incumplimiento grave. Este cumplimiento puede ser sancionado como

mala conducta, dependiendo del tiempo que se destine al uso de las redes sociales en el

horario de labor, lo que privará al empleado de recibir su indemnización por despido. Y

esta mala conducta puede ser evidenciada claramente en el sistema del operador.

Es por ello que está tomando fuerza una postura muy contraria a la aplicación de

políticas restrictivas: se defiende la idea de trabajar en la creación de una cultura

empresarial adecuada, con una base sólida en la educación y concienciación del empleado

sobre las consecuencias que tiene para la organización el uso individual de los medios

sociales. También se busca el apoyo de profesionales específicos que ayuden a una mejor

gestión en el uso de los medios sociales por parte de la empresa, como puede ser el

community manager o el social media manager. ( (2015) El uso de las redes sociales en la

empresa, URL: http://blogs.unir.net/3569-el-uso-de-las-redes-sociales-en-la-empresa ,

Fecha de consulta: 25 de febrero del 2015. )

2.1 NORMATIVA INTERNA:

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Los principios sobre los que se fundamente la “normativa interna” son la

objetividad, lealtad, imparcialidad, prudencia y discreción; y una serie de leyes que el

trabajador debe aceptar de forma inmediata. El desarrollo de normativas internas sobre el

uso redes sociales debe otorgar seguridad jurídica para la empresa y nitidez para los

empleados.

Cada vez aumentan entidades empresariales que han comenzado a desarrollar una

norma interna específica en forma de códigos de buena actitud. En ellos se establecen una

orden de margen acerca del uso de las redes sociales por parte de los trabajadores, con el

fin de que tal uso se ajuste a la política de la empresa.

De este modo se llega a un equilibrio entre el irreparable uso de las nuevas

tecnologías dentro de la organización, la rapidez y responsabilidad por parte de todos los

trabajadores.

2.2 PROHIBICIÓN DE REDES SOCIALES

Desde el año 2007 llegó el boom de las redes sociales con Facebook, su uso se ha

ido generalizando a todos los topes hasta llegar al nivel laboral donde ha influenciado

negativamente en la productividad de los trabajadores.

En un informe de 1500 trabajadores encuestados, el 57% aceptó que usan las redes

sociales en horario laboral. En promedio, cada una de estas personas pasa 40 minutos por

semana en las redes, lo que corresponde a casi una semana de labor por año.

Según analiza el consultor de Morse, Philip Wicks, ante medios ingleses, “está

claro que las empresas no deben ignorar esta tendencia pero tampoco prohibirlas, sino

aplicar políticas para un uso racional de ellas”. En ese sentido, las cifras parecen darle

la razón: el 76% de los encuestados dijo que su empleador no le dio directivas precisas

acerca del uso de estas herramientas. ( Marina C. , Clara (2013), ¿Deben las empresas

prohibir el uso de las redes sociales en el trabajo?, URL:

http://www.myjobcompany.cl/blog/deben-las-empresas-prohibir-el-uso-de-las-redes-

sociales-en-el-trabajo/ , fecha de cónsula: 9 de setiembre del 2013 )

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Una de la primera empresa que decidió bloquear las páginas para evitar que los

empleados se distraigan en horario laboral, fue una compañía en Buenos Aires, Argentina.

Mientras que en Inglaterra se realizó un informe, en la cual encuestaron a 3500 empleados,

donde se llegó a la conclusión que los trabajadores que utilizan diariamente Facebook,

cuestan a las empresas USD$ 198 millones eso quiere decir que al mes se malgastan 233

millones de horas.

Los números abarcan una posición y es que las organizaciones o empresas pierden dinero

CON EL USO DE REDES SOCIALES EN EL HORARIO LABORAL.

2.3 EL DESPIDO POR USO DE INTERNET

Facebook, Twitter, Instagram, entre otras aplicaciones de redes sociales se han

convertido parte de nuestra vida diaria en los últimos años. mediante estas nos

comunicamos y contamos nuestras vidas a las personas que nos importan, pero también,

inconscientemente hacemos partícipes a la empresa donde laboran sobre sus vidas

privadas.

Se sabía que las redes se convirtieron en un nuevo conflicto entre empresa y

contratado, por el uso exagerado durante el tiempo de labor. A medida que las redes

sociales se han ido introduciendo en nuestras vidas, el número de despidos por mala

disciplina de abuso de redes sociales en horario de trabajo se ha disparado.

El estar usando internet con uso estrictamente personal irá de la mano y el

consentimiento de la organización. A la vista de las sanciones actuales sobre este

conflicto, resulta indiscutible que si el gerente ha dialogado expresamente con sus

trabajadores que el uso de la red se debe usar esencialmente para asuntos de trabajo, su

uso de estas en privado sería claramente con lo dado.

En el caso una norma en la empresa sobre el uso del internet, la latitud de su

utilización privada se somete a una buena medida, librando la navegación por lugares que

pongan en riesgo la seguridad de información confidencial del negocio, usar la red para

dejar en ridículo a compañeros de labor, que el tiempo destinado a usos íntimos no

desequilibrio en el desempeño del trabajo, etc.

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En resumen, en caso de un uso particular de la red, éste se debe realizar respetando

la buena fe contractual, por tiempo claramente limitado y siempre y cuando exista una

tolerancia empresarial al respecto y no una prohibición expresa de su uso para fines

privados.

Saliendo de esto, hay que recalcar que el empresario está encargado para controlar

y supervisar el desempeño de sus trabajadores, así lo reconoce claramente una ley del

Régimen de los Trabajadores. Esta ley nos señala que el gerente de la empresa debe

respetar la dignidad a la hora de realizar el desempeño de control y seguridad.

Distinto es que en la organización no existan leyes hechas sobre el uso de internet y

que el trabajador de más importancia a actividades privadas. En estos casos se comprende

que por el trabajador exista el uso diario de internet y por tanto los registros si que tendrán

que respetar necesariamente su dignidad.

Ejemplos de despidos disciplinarios procedentes por el uso abusivo de las redes

sociales durante el tiempo de trabajo lo encontramos en la Sentencia del Tribunal Superior

de Justicia de La Rioja, de 23 de mayo de 2011, la del Tribunal Superior de Justicia de

Asturias, de 11 de noviembre de 2011 o la del Tribunal Superior de Justicia de la

Comunidad Valenciana de 12 de febrero de 2013. En sentido contrario, la Sentencia del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 28 de abril de 2011, declara la improcedencia

del despido del trabajador que visitaba webs con fines particulares durante la jornada

laboral, al entender que su conducta no revestía de gravedad suficiente y la empresa no

había realizado advertencias previas sobre posibles restricciones a este respecto. (Moldes

V., Fabián (2013) , La actividad en las redes sociales como causa de despido,

recuperado de: http://www.elderecho.com/laboral/actividad-redes-sociales-causa-

despido_11_570430002.html )

Los efectos que se procede del uso de las redes sociales para los laboradores, y que

normalmente se pasa por alto, son los comentarios dejados en las mismas pueden ser

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ESTA TABLA ES UNA MUESTRA DE

CUANTAS PERSONAS UTILIZAN

DIARIAMENTE LAS REDES SOCIALES

MIENTRAS SE ENCUENTRAN EN EL

TRABAJO.

usados para que la empresa pueda retirarte de tu puesto de labor. sabiendo esto sobre el uso

del internet, estas redes sociales crecen el número de despido que se originan en

comentarios que se hicieron en las mismas incrementa.

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Las 10 redes sociales mas

utilizadas

FACEBOOK SNAPCHAT VKONTAKTE TUMBLR SINA

WEIBO TWITTER

LINKEDIN QZONE Google+ INSTAGRAM

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III. CONCLUSIONES

Las redes sociales pueden ser una herramienta muy fuerte si se utilizan de una

manera adecuada pero también pueden generar problemas. Todo depende de su

uso.

prohibir las redes no sería la solución más adecuada ya que estas hoy forman

parte de la comunicación de cualquier persona, pero existen políticas de cada

empresa , que proporciona el cómo deben ser usados estos.

Las personas que utilizan las redes sociales en horas excesivas surgen a tener un

mal desempeño laboral.

Las redes sociales pueden tener una adicción de por medio, por lo tanto las

empresas que tengan trabajadores con este tipo de problemas les generará una

baja producción y estas deberán ser penadas con una sanción.

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IV. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Aldaiturriaga G. Asier (2014), ¿Redes Sociales en horario laboral? SÍ,

recuperado de: http://sentidocommunity.com/2014/redes-sociales-en-

horario-laboral-si , fecha de consula: 4 de setiembre del 2014.

El uso de las redes sociales en la empresa, recuperado de:

http://blogs.unir.net/3569-el-uso-de-las-redes-sociales-en-la-empresa , fecha

de cónsula, 25 de febrero del 2015.

Grover D. Jhon (2013), El uso de las redes sociales en el ámbito laboral,

recuperado de: http://www.infojus.gob.ar/john-grover-dorado-uso-redes-

sociales-ambito-laboral-dacf130056-2013-02-04/123456789-0abc-defg6500-

31fcanirtcod

Marina C. , Clara (2013), ¿Deben las empresas prohibir el uso de las redes

sociales en el trabajo?, URL: http://www.myjobcompany.cl/blog/deben-las-

empresas-prohibir-el-uso-de-las-redes-sociales-en-el-trabajo/ , fecha de

consula: 9 de setiembre del 2013 ..

Moldes V. , Fabian (2013) , La actividad en las redes sociales como causa

de despido, recuperado de: http://www.elderecho.com/laboral/actividad-

redes-sociales-causa-despido_11_570430002.html