el t.registro

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EL T-REGISTRO El T-Registro es un nuevo procedimiento de registrar a los trabajadores, derecho habiente, prestador de servicios, pensionistas, etc. en la plataforma de SUNAT Operaciones en Línea. En el fondo es lo mismo que se hace cuando registrábamos un trabajador nuevo en la planilla electrónica (lo que se diferencia es que en vez de crear el trabajador nuevo en el PDT lo haremos en SUNAT Operaciones en Línea. COMO LLENAR EL T-REGISTRO 1. Primero lo que necesitamos es nuestra clave sol, para poder ingresar al portal de SUNAT Operaciones en Línea. 2. Una vez que ingresamos los datos correspondientes, procedemos a 1

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EL T-REGISTROElT-Registroes un nuevo procedimiento de registrar a los trabajadores, derecho habiente, prestador de servicios, pensionistas, etc. en la plataforma de SUNAT Operaciones en Lnea.En el fondo es lo mismo que se hace cuandoregistrbamosun trabajador nuevo en la planillaelectrnica(lo que se diferencia es que en vez de crear el trabajador nuevo en el PDT lo haremos enSUNAT Operaciones en Lnea.COMO LLENAR EL T-REGISTRO1. Primero lo que necesitamos es nuestra clave sol, para poder ingresar al portal de SUNAT Operaciones en Lnea.

2. Una vez que ingresamos los datos correspondientes, procedemos a ubicarnos en la parte izquierdaopcinRuc y Otros Registros.

En esta parte buscaremos laopcin Registro del Empleador. En resumen los pasos son tres:A. Dar de alta la empresa.B. Registramos los trabajadores (trabajador, pensionista, servicio, etc.) yC. Registramos Derecho Habientes.

3. Accedemos a la parte de registro y nos mostrara una pantalla con los datos de la empresa (empleador), en la parte inferior observaran quemencionarasin registro, esta opcin se mostrara si todava no han hecho ningn registro de nada.

4. Le daremos en laopcinAlta, luego nos pedir que llenemos unos datos, como la direccin, si es una MYPE la empresa, si esta afecto al SCRT, llenaremos los datos segn nos corresponda.

Luego de llenar los datos le damos clic en grabar.

Con esto acabamos el primer paso, la empresadeberfigurar como activo.5. Ahora pasamos a la segunda parte el registro de trabajadores, en esta parte nos vamos a laopcinRuc y Otros Registros, y buscamos la parte de registro de trabajadores.

6. En esta parte observaran los trabajadores que hayan registrado, para mi caso no tengo ningn trabajador, para la mayora de las empresas, en esta parte le va mostrar algunos registros, sunat cargara automticamente los datos de trabajadores que hemos declarado en las declaraciones PDT 601.Le damos en Nuevo para registrar el primer trabajador, nos mostrara una ventana con unaopcinbsqueda de persona, colocando el DNI la persona la base de datos lo buscara para facilitarnos los registros correctamente.

7. Llenan los datos y le dan buscar,automticamentellenara los datos del trabajador.

8. Luego completan los datos comotelefoneoy email. Nos vamos a la pestaa Trabajador, dependiendo el caso. Luego procederemos a llenar los Datos Laborales.

9. Estos datos no son familiares, son los mismos quellenbamosen en el PDT 601, no hayningndato nuevo que tengamos que investigar.

10. Luego de llenar los datos nos vamos a la parte de Seguridad Social,en esta parte solo se llenaran dos datos, Es salud y lapensin.

11. Luego de llenar todos los datos de la pantalla le dan en aceptar, si todos los datos estn gravados correctamente, el trabajador quedara gravado y mostrara una imagen algo parecida.12. Con esto ya hemos registrado a un trabajador, de esta forma registraremos a todos los trabajadores de la empresa.Registro del T-Registro con datos en PDT 6011.Muchas empresas ya estamos empanzando a ver como esto del T-Registro, como menciona la nota, elT-Registroautomticamente jalara los datos de las declaraciones que se hayan realizado con anterioridad a la presente norma. Para estos casos hay algunas modificaciones en los resultados que nos muestre la pgina de SUNAT.2.En la siguiente imagen observan la primera pantalla que les mostrara, la diferencia con el primer caso es la parte Registro del Empleador, figuraincompleto. Para el primer caso mostro sin registro.3. La diferencia de estos dos conceptos va radicar en la informacin que hallamos declarado en el PDT 601, se entiende que las empresas nuevas que recin tienen 2 meses declarando el PDT 601, le aparecer la frase sin registro, mientras que las que ya tienen tiempo figurara incompleto.4. Lo que tenemos que hacer es dar clic en modificacin, y nos mostrara la misma imagen que el4 paso del primer caso. Luego procedemos a llenar los datos y damos graba. Y ya la empresa figurar como activa, lista

Obaservaci0n quizs muchos tengan problemas para ingresar o no se muestran los datos, es un problema de sunat no pierdan la paciencia, quizs en el transcurso del da o maana ya el sistema este ms estable.Modificacin de datos de trabajadoresen el T-RegistroBueno continuando con algunos de los casos frecuentes que veremos en elT-Registro, nos toca abordar el tema de modificacin de datos, los principales campos a modificar serian (sueldo, AFP, cargo, etc.).

1. Lo primero que hacemos es ingresar a SUNATOperaciones en Lnea en la parte Ruc y Otros Registros, registros de trabajadores, en esta seccin encontraremos todos los trabajadores que tenemos registrados (observar que no vaya a faltar ninguno).

2. Luego daremos click en el smbolo que dice modificar, en el trabajador que deseamos cambiar o actualizar sus datos. Recordar que si no encontramos el trabajador a modificar, tendremos que ingresarlo previamente.3. En esta pantalla podremos actualizar datos como telfono y email del trabajador, as como una segunda direccin del trabajador, luego le daremos clic en la pestaa trabajador (en la parte categora).4. Actualizaremos los datos correspondientes, las opciones son muchas como cargo, sueldo, AFP, SCRT, tipo de contrato, periodo laboral, establecimiento del trabajo, etc.

05.- Por ultimo le damos aceptar, y con eso ya damos conformidad del procedimiento, de esta manera tendramos que modificar los datos de los trabajadores cuando se requiera.Plazos de registro en el T-Registro1. Trabajador dependiente.-Dentro del primer da de ingreso, independientemente de la modalidad contractual y de los das laborados.2. Contrato cuarta quinta categora (Art. 34, inciso f) del TUO de la Ley de Impuesto a la Renta).-Dentro del primer da de ingreso, independientemente de la modalidad contractual y de los das laborados.3. Personal de terceros.-Primer da hbil del mes a aqul en que se produjo el devengo de la primera pensin.4. Derechohabiente.-Primer da hbil siguiente a la comunicacin que efecte el trabajador, pensionista y personal que est incorporado a EsSalud por mandato de ley especial.Transitoriamente, laSUNATestablece que en el caso de nuevos trabajadores o pensionistas (del 01.01.2011 al 30.06.2011), la inscripcin ser dentro de los 10 das hbiles del mes siguiente al vencimiento de los aportes al EsSalud, correspondientes al perodo de incorporacin.

Multas relacionadas en el T-RegistroLas multas estn regidas por el Decreto Supremo 019-2006-TR, modificado por el Artculo 6 del Decreto Supremo 008-2011-TR, el cual menciona lo siguiente:Artculo 24.- Infracciones graves en materia de relaciones laborales.Son infracciones graves, los siguientes incumplimientos:24.1 No registrar trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formacin Modalidad Formativa Laboral y otros, personal de terceros o derechohabientes en las planillas de pago o planillas electrnicas a que se refiere el Decreto Supremo N 018-2007-TR y sus modificatorias, o no registrar trabajadores y prestadores de servicios en el registro de trabajadores y prestadores de servicios, en el plazo y con los requisitos previstos, incurrindose en una infraccin por cada trabajador, pensionista, prestador de servicios, personal en formacin Modalidad Formativa Laboral y otros, personal de terceros o derechohabiente.24.2 El incumplimiento de las siguientes obligaciones sobre planillas de pago, planillas electrnicas, o registro de trabajadores y prestadores de servicios: no encontrarse actualizado; no encontrarse debidamente autorizado de ser exigido; no consignar los datos completos; no presentarlo ante la Autoridad Administrativa de Trabajo; no presentarlo dentro del plazo o presentarlo incluyendo datos falsos o que no correspondan a la realidad; no efectuar el alta en el Registro, la modificacin o actualizacin de datos, o la baja en el Registro, dentro del plazo correspondiente

AFIP - MI REGISTRO - ALTAS, BAJAS Y MODIFICACIONES DE EMPLEADOSIngresar al sistema con Clave FiscalInstrucciones de uso de MI REGISTRO - Altas, bajas y modificaciones de empleados en la web de AFIPA partir del 1 de Julio, los empleadores disponen de una herramienta mediante la cual informar las novedades respecto de sus empleados, conformando un registro ordenado y actualizado de su planta de trabajadores. Dicho registro tendr una relacin directa con los empleados informados en la declaracin jurada que debe presentar mensualmente el empleador.Asimismo, para que la operacin de este sistema se desenvuelva en un ambiente seguro, los empleadores necesitan contar con la Clave Fiscal. Con ella, podrn realizar por Internet, la formalizacin de la comunicacin de alta, modificacin, anulacin o baja en el Registro de empleados -Clave de Alta Temprana-.Para obtenerla debe seleccionar la pestaa "Clave Fiscal" en esta pgina, y all presionar el botn "Regstrese. A partir de all el sistema lo guiar para completar los datos necesarios (se le solicitar ingresar los datos de un pago que haya efectuado entre los 10 aos y 6 meses anteriores a la fecha actual).Tambin pude conseguirla en las dependencias AFIP/DGI, para lo cual debe presentar la documentacin que acredite su identidad.MI REGISTROSr. empleador esta aplicacin se ha concebido como una herramienta para registrar a sus empleados.Desde aqu usted podr:Informar las altas de las nuevas relaciones laborales.Confirmar las altas anticipadas por telfono (ANEXO IV)Modificar los datos ingresados oportunamenteInformar las bajas de las relaciones laboralesAnular las altas y bajas comunicadasa) Todas las relaciones laborales activas existentesConsultar:b) Todas las gestiones de claves realizadas en un da, etc.

Sr. Empleador, con relacin a la Constancia de alta/modificacin de datos, tenga en cuenta lo siguiente:Las altas en el Registro y las modificaciones de datos gestionadas desde la vigencia de este sistema, debern ser notificadas al trabajador obligatoriamente.Cuando se trate de relaciones activas anteriores a la vigencia de este sistema, a requerimiento del dependiente, el empleador estar obligado a gestionar y notificar la constancia.Preguntas ms frecuentes

Adems, este registro le exhibe en forma automtica:La ART contratada con indicacin de la fecha de vigencia.Apellido y Nombre del trabajadorObra Social elegida por el trabajador si existiera opcinRgimen previsional del trabajador (Capitalizacin o reparto)

OBLIGACIONES DEL EMPLEADORSe establecen plazos para el alta, la baja o la modificacin de datos en el T-REGISTRO; entrega de la Constancia de Alta, baja o modificacin, actualizacin de datos.Entre las principales obligaciones asociadas con el T-REGISTRO dispuestas en los Decretos Supremos N. 015-2010-TR y N. 008-2011-TR (modificatorias del D.S. N. 018-2007-TR), as como en la Resolucin Ministerial 121-2011-TR, tenemos: Inscribirse como empleador en el T-REGISTRO, as como a sus trabajadores, pensionistas, personal en formacin laboral, personal de terceros en los siguientes plazos:SITUACINPLAZO

ALTATrabajador /Personal en Formacin Laboral/Personal de tercerosDentro del das que se produce el ingreso a prestar servicios, independientemente de la modalidad de contratacin y de los das laborados.

ALTAPensionistaEl primer da hbil del mes siguiente a aquel en que se puso a disposicin la primera pensin afecta, se provisional o definitiva.

MODIFICACIN O ACTUALIZACIN DE DATOS5 das hbiles de la fecha de ocurrencia del evento o tomado conocimiento

BAJAAl da siguiente de la fecha de trmino de las prestacin de la suspensin o fin de la condicin de pensionista el fin de la obligacin de realizar aportaciones a ESSALUD, segn corresponda.

Entregar a los trabajadores y Prestadores de Servicios de 4ta-5ta Categora, la constancia de alta, modificacin o actualizacin que se efecte en el T-Registro, de acuerdo a los siguientes plazos:

SITUACINPLAZO

ALTAEl da hbil siguiente del inicio de la prestacin de servicios

MODIFICACIN O ACTUALIZACINDentro de los 15 das calendario siguientes a la fecha en que se produjo la modificacin o actualizacin

BAJASolo en aquellos casos que sea solicitado, se entregar la constancia, en el trmino de dos (2) das calendarios siguientes a la presentacin de la solicitud.

La entrega de la constancia podr realizarse mediante entrega fsica o electrnica. Mantener actualizado su domicilio fiscal, establecimientos anexos y nombre o razn social en el RUC, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la Planilla. Verificar la informacin de carga inicial, a fin de que proceda segn corresponda a la baja, modificacin/actualizacin o de ser necesario, a completar algn dato faltante. Dar de alta (antes del vencimiento o presentacin del PLAME) a aquellos sujetos cuyo vnculo se haya iniciado antes de la vigencia del D. S. N. 015-2010-TR y no hayan sido inscritos en el registro, siempre que el vnculo se mantenga vigente

GESTIN DE PLANILLAS

Legislacin laboral Contrato y jornada de trabajo Descansos remunerados, vacaciones, gratificaciones, asignacin familiar compensacin por tiempo de servicios Seguridad social El sistema de las entidades prestadoras de salud (EPS), el sistema nacional de pensiones, el sistema privado de pensiones Gestin de planillas Planillas de remuneraciones, rgimen pblico y privado, Planillas de remuneraciones (modalidades de planillas de pago, inclusin de trabajadores en planillas, facultades del empleador, contenido de las planillas, horas extras, horario nocturno, aportaciones del empleador, retenciones, CTS, gratificacin, etc.) Impuesto a la renta 5ta categora T Registro Registro de los datos de los trabajadores, plazo para el registro del personal Registro de derechohabientes a travs de SUNAT Virtual. Plazo para su registro Constancias de altas, modificacin o actualizacin y baja en el registro de la informacin declarada, entrega de las constancias de alta y baja. Medios de entrega Actualizacin y modificacin de la informacin declarada en el registro en la planilla electrnica Implementacin respecto de los empleadores. Trabajadores, pensionistas, prestadores de servicio (4ta categora), personal en formacin entre otros Registro de los prestadores de servicios de 4ta Categora Registro de informacin laboral (datos laborales, seguridad social y tributos) Modificacin de la informacin presentada en la planilla electrnica

Planilla mensual de pagos (PLAME) Contenido de las planillas electrnicas, plazos para su implementacin de las planillas electrnicas (PLAME) Instalacin, rectificacin o sustitucin de las planillas electrnicas PLAME Informacin obtenida de T-REGISTRO para la elaboracin de las planillas electrnicas Detalles de das laborables y no laborables, descuentos al trabajador Planilla mensual de pagos de remuneraciones Declaracin de las planillas electrnicas PLAME Determinacin de la deuda. Declaraciones registradas. Envo del archivo de las planillas electrnicas PLAME Copia de la declaracin de las planillas electrnicas PLAME Cronograma para la presentacin de las planillas electrnicas PLAME Infracciones y sanciones de la planillas electrnicaLa boleta de remuneracin de pago Contenido y caractersticas Boleta original y duplicado. Firma del trabajador, plazo para la entrega de la boleta de pagoImportacin de archivos Importacin de archivos del T-Registro y PLAME Carga masivade informacin Elaboracin del archivo para importar

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