el rÉgimen fiscal de las hermandades y cofradÍas diÓcesis de mÁlaga septiembre 2012 septiembre...

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EL RÉGIMEN FISCAL DE EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS HERMANDADES Y LAS HERMANDADES Y COFRADÍAS COFRADÍAS DIÓCESIS DE MÁLAGA DIÓCESIS DE MÁLAGA Septiembre 2012 Septiembre 2012

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Page 1: EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS HERMANDADES Y COFRADÍAS DIÓCESIS DE MÁLAGA Septiembre 2012 Septiembre 2012

EL RÉGIMEN FISCAL EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS DE LAS

HERMANDADES Y HERMANDADES Y COFRADÍASCOFRADÍAS

DIÓCESIS DE MÁLAGADIÓCESIS DE MÁLAGA

Septiembre Septiembre 20122012

Page 2: EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS HERMANDADES Y COFRADÍAS DIÓCESIS DE MÁLAGA Septiembre 2012 Septiembre 2012

CUESTIONES PREVIASCUESTIONES PREVIAS

A) Ni privilegios ni discriminación.A) Ni privilegios ni discriminación.

B) Aplicación de la legislación vigente:B) Aplicación de la legislación vigente:

Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre asuntos económicos ( 03-01-79).

Ley 49/2002, de 23 de Diciembre de Régimen Fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo.

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Page 3: EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS HERMANDADES Y COFRADÍAS DIÓCESIS DE MÁLAGA Septiembre 2012 Septiembre 2012

Acuerdo Acuerdo entreentre Estado Estado Español y la Santa SedeEspañol y la Santa Sede Artículo V:Artículo V: Las asociaciones y entidades religiosas no comprendidas Las asociaciones y entidades religiosas no comprendidas

entre las enumeradas en el artículo IV de este Acuerdo entre las enumeradas en el artículo IV de este Acuerdo y que se dediquen a actividades religiosas, benéfico-y que se dediquen a actividades religiosas, benéfico-docentes, médicas u hospitalarias o de asistencia docentes, médicas u hospitalarias o de asistencia social tendrán derecho a los beneficios fiscales que el social tendrán derecho a los beneficios fiscales que el ordenamiento jurídico-tributario del Estado español ordenamiento jurídico-tributario del Estado español prevé para las entidades sin fin de lucro y, en todo prevé para las entidades sin fin de lucro y, en todo caso, los que se conceden a las entidades benéficas caso, los que se conceden a las entidades benéficas privadas.privadas.

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Ley 49/2002Ley 49/2002Derecho a su aplicaciónDerecho a su aplicación Disposición Adicional Novena.Disposición Adicional Novena.El régimen previsto en esta Ley será también de El régimen previsto en esta Ley será también de

aplicación a las asociaciones y entidades religiosas aplicación a las asociaciones y entidades religiosas comprendidas en el artículo V del Acuerdo sobre comprendidas en el artículo V del Acuerdo sobre Asuntos Económicos suscrito entre el Estado Español y Asuntos Económicos suscrito entre el Estado Español y la Santa Sede. la Santa Sede.

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Page 5: EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS HERMANDADES Y COFRADÍAS DIÓCESIS DE MÁLAGA Septiembre 2012 Septiembre 2012

Ley 49/2002Ley 49/2002Requisitos de las entidades.Requisitos de las entidades.

1)1) Perseguir fines de interés general.Perseguir fines de interés general.2)2) Que se destinen a dichos fines al menos el 70% de Que se destinen a dichos fines al menos el 70% de

determinadas determinadas rentasrentas (explotaciones económicas, etc.). (explotaciones económicas, etc.).3)3) Que la actividad realizada no consista en el desarrollo de Que la actividad realizada no consista en el desarrollo de

explotaciones económicas ajenas a su objetivo o finalidad.explotaciones económicas ajenas a su objetivo o finalidad.4)4) Que los fundadores o patronos no sean los destinatarios Que los fundadores o patronos no sean los destinatarios

principales de la actividad de la institución.principales de la actividad de la institución.5)5) Que los cargos de patrono o representante sean gratuitos.Que los cargos de patrono o representante sean gratuitos.6)6) Que en caso de disolución, su patrimonio se destine a Que en caso de disolución, su patrimonio se destine a

entidades beneficiarias de su mecenazgo.entidades beneficiarias de su mecenazgo.7)7) Que estén inscritas en el registro correspondiente.Que estén inscritas en el registro correspondiente.8)8) Que se cumplan las obligaciones contables previstas.Que se cumplan las obligaciones contables previstas.9)9) Que cumplan la obligación de rendición de cuentas.Que cumplan la obligación de rendición de cuentas.10)10) Que elaboren anualmente una memoria económica en la Que elaboren anualmente una memoria económica en la

que se especifiquen los ingresos y gastos del ejercicio.que se especifiquen los ingresos y gastos del ejercicio.

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Page 6: EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS HERMANDADES Y COFRADÍAS DIÓCESIS DE MÁLAGA Septiembre 2012 Septiembre 2012

Ley 49/2002Ley 49/2002Trámites.Trámites.

Para poder optar a la aplicación del régimen fiscal previsto en la Para poder optar a la aplicación del régimen fiscal previsto en la Ley son necesarios los siguientes requisitos:Ley son necesarios los siguientes requisitos:

1)1) Decreto de erección canónica como asociación pública de fieles.Decreto de erección canónica como asociación pública de fieles.

2)2) Inscripción en el registro de entidades religiosas.Inscripción en el registro de entidades religiosas.

3)3) Declaración censal (Mod. 036) solicitando el CIF y optando por la Declaración censal (Mod. 036) solicitando el CIF y optando por la aplicación de los beneficios fiscales previstos en la Ley 49/2002.aplicación de los beneficios fiscales previstos en la Ley 49/2002.

4)4) No renunciar o haber quedado excluido por el no cumplimiento No renunciar o haber quedado excluido por el no cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos (por ejemplo la rendición de alguno de los requisitos establecidos (por ejemplo la rendición anual de cuentas).anual de cuentas).

5)5) Una vez que se ha optado por este régimen, es necesario que en Una vez que se ha optado por este régimen, es necesario que en cada periodo impositivo –anualmente-, se solicite del órgano cada periodo impositivo –anualmente-, se solicite del órgano competente de la Agencia Estatal de la Administración competente de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, un Tributaria, un certificadocertificado en el que se haga constar la vigencia en el que se haga constar la vigencia de tal opción y su no renuncia a él.de tal opción y su no renuncia a él.

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Ley 49/2002Ley 49/2002Incentivos fiscales al Incentivos fiscales al

mecenazgo.mecenazgo.La Ley 49/2002 establece los siguientes La Ley 49/2002 establece los siguientes

incentivos fiscales:incentivos fiscales:

Tributos locales:Tributos locales: Impuesto sobre bienes inmuebles:Impuesto sobre bienes inmuebles: EXENTO. EXENTO.

Condiciones.Condiciones. Impuesto sobre actividades económicas:Impuesto sobre actividades económicas: EXENTO.EXENTO.

Condiciones.Condiciones. Impuesto sobre IVT (si está exento de IBI)Impuesto sobre IVT (si está exento de IBI)EXENTO.EXENTO.

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Ley 49/2002Ley 49/2002Requisitos de las Requisitos de las

entidades.entidades. Obligaciones formales:Obligaciones formales:

Con fecha 24 de Octubre de 2011 el Consejo de Con fecha 24 de Octubre de 2011 el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 1491/2011 por el que Ministros aprobó el Real Decreto 1491/2011 por el que se adapta el Plan General de Contabilidad a las se adapta el Plan General de Contabilidad a las entidades sin ánimo de lucro. Quiere esto decir que entidades sin ánimo de lucro. Quiere esto decir que todas las Hermandades y Cofradías deben aplicar todas las Hermandades y Cofradías deben aplicar dicho Plan tanto a la contabilización de los asientos dicho Plan tanto a la contabilización de los asientos correspondientes como a la elaboración de los correspondientes como a la elaboración de los balances previstos.balances previstos.

Para evitar la exclusión de los beneficios fiscales Para evitar la exclusión de los beneficios fiscales establecidos en la Ley 49/2002, es necesaria la establecidos en la Ley 49/2002, es necesaria la rendición anual de cuentas presentándola en el rendición anual de cuentas presentándola en el Obispado según los requisitos establecidos.Obispado según los requisitos establecidos.

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Page 9: EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS HERMANDADES Y COFRADÍAS DIÓCESIS DE MÁLAGA Septiembre 2012 Septiembre 2012

Ley 49/2002Ley 49/2002Incentivos fiscales al Incentivos fiscales al

mecenazgo.mecenazgo.El Impuesto sobre sociedades.El Impuesto sobre sociedades.Las Hermandades y Cofradías son sujetos pasivos del Las Hermandades y Cofradías son sujetos pasivos del

Impuesto sobre Sociedades y, en consecuencia, Impuesto sobre Sociedades y, en consecuencia, tienen obligación de cumplimentarlo y presentarlo en tienen obligación de cumplimentarlo y presentarlo en tiempo y forma cada año.tiempo y forma cada año.

En dicha declaración deberán incluir tanto las rentas En dicha declaración deberán incluir tanto las rentas exentas como las no exentas.exentas como las no exentas.

A continuación se detallan tanto las rentas exentas en el A continuación se detallan tanto las rentas exentas en el impuesto sobre sociedades como qué explotaciones impuesto sobre sociedades como qué explotaciones económicas se consideran exentas:económicas se consideran exentas:

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Ley 49/2002Ley 49/2002Incentivos fiscales al Incentivos fiscales al

mecenazgo.mecenazgo.El Impuesto sobre sociedades.El Impuesto sobre sociedades.Están exentas del Impuesto sobre Sociedades las Están exentas del Impuesto sobre Sociedades las

siguientes rentas:siguientes rentas:

1.1. Los donativos y donaciones, las cuotas satisfechas por Los donativos y donaciones, las cuotas satisfechas por los asociados y las subvenciones si no van destinadas a los asociados y las subvenciones si no van destinadas a explotaciones económicas no exentas.explotaciones económicas no exentas.

2.2. Las procedentes del patrimonio mobiliario e Las procedentes del patrimonio mobiliario e inmobiliario de la entidad.inmobiliario de la entidad.

3.3. Las derivadas de adquisiciones o de transmisiones.Las derivadas de adquisiciones o de transmisiones.

4.4. Las obtenidas en el ejercicio de las explotaciones Las obtenidas en el ejercicio de las explotaciones económicas exentaseconómicas exentas

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Ley 49/2002Ley 49/2002Incentivos fiscales al Incentivos fiscales al

mecenazgo.mecenazgo.El Impuesto sobre sociedades.El Impuesto sobre sociedades.Explotaciones económicas exentas:Explotaciones económicas exentas:

1.1. Las explotaciones económicas de prestación de servicios Las explotaciones económicas de prestación de servicios de promoción social (hay una larga lista de actividades).de promoción social (hay una larga lista de actividades).

2.2. Las explotaciones económicas que tengan un carácter Las explotaciones económicas que tengan un carácter meramente auxiliar o complementario de las explotaciones meramente auxiliar o complementario de las explotaciones económicas exentas o de las actividades encaminadas a económicas exentas o de las actividades encaminadas a cumplir los fines estatutarios o el objeto de la entidad sin cumplir los fines estatutarios o el objeto de la entidad sin fines lucrativos (No se consideran de carácter auxiliar fines lucrativos (No se consideran de carácter auxiliar cuando el importe neto de la cifra de negocio exceda del 20 cuando el importe neto de la cifra de negocio exceda del 20 por 100 de los ingresos totales de la entidadpor 100 de los ingresos totales de la entidad

3.3. Las explotaciones económicas de escasa relevancia (que la Las explotaciones económicas de escasa relevancia (que la cifra de negocio no supere en conjunto 20.000 euros).cifra de negocio no supere en conjunto 20.000 euros).

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Page 12: EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS HERMANDADES Y COFRADÍAS DIÓCESIS DE MÁLAGA Septiembre 2012 Septiembre 2012

El Impuesto sobre el El Impuesto sobre el valor añadido (IVA).valor añadido (IVA).

En el momento en que se realicen actividades económicas, se En el momento en que se realicen actividades económicas, se tendrán las obligaciones previstas en la legislación fiscal. tendrán las obligaciones previstas en la legislación fiscal. Entre ellas figurarán:Entre ellas figurarán:

1)1) Las declaraciones periódicas del IVA (si se realiza alguna Las declaraciones periódicas del IVA (si se realiza alguna operación sujeta y no exenta –arrendamientos, por operación sujeta y no exenta –arrendamientos, por ejemplo).ejemplo).

2)2) Debe cumplimentarse el resumen anual del IVA.Debe cumplimentarse el resumen anual del IVA.

3)3) Igualmente deberá presentarse la declaración anual de Igualmente deberá presentarse la declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347).operaciones con terceros (modelo 347).

4)4) Del mismo modo deberá presentarse la declaración Del mismo modo deberá presentarse la declaración periódica de operaciones intracomunitarias si se ha periódica de operaciones intracomunitarias si se ha realizado alguna adquisición de este tipo.realizado alguna adquisición de este tipo.

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Page 13: EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS HERMANDADES Y COFRADÍAS DIÓCESIS DE MÁLAGA Septiembre 2012 Septiembre 2012

FIN DE LA FIN DE LA PRESENTACIÓNPRESENTACIÓN

DIÓCESIS DE MALAGADIÓCESIS DE MALAGA

Septiembre 2012Septiembre 2012

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