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El proyecto comunicacional Hacia los medios de comunicación inclusivos y socialmente responsables

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El proyecto comunicacional

Hacia los medios de comunicación inclusivos y socialmente

responsables

Desarrollamos mecanismos para

mejorar la calidad y variedad de la

información y garantizar el ejercicio de los

derechos a la comunicación de la

ciudadanía.

Somos el Consejo articulador del sistema de comunicación

social.

Institución encargada de establecer

normativa a favor de una comunicación

incluyente

¿Quiénes somos?

Normativa

Const. Art. 384LOC Art. 46-1Reg. Gen. LOC Art. 20

Función en el Sistema de Comunicación Social

Normativa

Const. Art. 384LOC Art. 45-47-55Reg. Gen. LOC Art. 20

• PREVENCIÓN• Normativa

• Política pública

• Mecanismos

CORDICOM

• REPARACIÓN• Controla

• Audita

• Sanciona

SUPERCOM

• MEDIACIÓN• Inclusión progresiva de actores

públicos, privados y ciudadaníaSOCIEDAD

Espectro radioeléctrico

Públicos33%

Privados33%

Comunitarios34%

Distribución equitativa de frecuencias

Públicos Privados Comunitarios

Normativa

Const. Art. 261-313-408LOC Art. 105-106-111

El espectro radioeléctrico es un bien dedominio público del Estado, inalienable,imprescriptible e inembargable.

La administración para el uso yaprovechamiento de este recurso lo haráel Estado a través de la autoridad detelecomunicaciones.

En ningún caso la administración delespectro implica actividades de controlsobre los contenidos de los medios.

Frecuencias Concursables

Tipo de Medio Frecuencias Frecuencias exclusivaspara medios comunitarios

Radio FM 846 131

Radio AM 478 30

TV 148 45

TOTAL 1472 206

El artículo 17 de la Constitución indica que el Estado fomentará la pluralidad y la diversidad en la comunicación “a través de métodos transparentes y en igualdad de condiciones, de las frecuencias del espectro radioeléctrico, para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias”.

Modalidades

Adjudicación directa

Medios Públicos

Medios Públicos Oficiales

Adjudicación por concurso

Medios Privados

Medios Comunitarios

Modalidades de Adjudicación

Normativa

Const. Art. 17LOC Art. 108 -110

Adjudicación de las frecuencias temporales que sean necesarias para la migración de televisión abierta analógica a

digital terrestre.

Adjudicación para la operación de un canal local de los proveedores de un sistema de audio y video por suscripción

(AVS).

Términos básicos – Tipos de Medios

Medio público

Personas jurídicas de derecho público. Se crearán a través de decreto, ordenanza o resoluciónsegún corresponda a la naturaleza de la entidad pública que los crea. Pueden constituirsecomo empresas públicas al tenor de lo establecido en la Ley Orgánica de Empresas.

Medio público oficial

Tiene como objetivo difundir la posición oficial de la entidad pública que los crea en relación alos asuntos de su competencia y los de interés general de la ciudadanía, cumpliendo con lasresponsabilidades comunes a todos los medios de comunicación.

Medios comunitarios

Aquellos cuya propiedad, administración y dirección corresponden a colectivos uorganizaciones sociales sin fines de lucro, a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades.Los medios de comunicación comunitarios tienen rentabilidad social.

Medios privados

Personas naturales o jurídicas de derecho privado con o sin finalidad de lucro, cuyo objeto es laprestación de servicios públicos de comunicación con responsabilidad social.

Normativa

Const. Art. 17 (2) LOC Art. 78 – 83 – 84 - 85

Proceso concurso de frecuencias (Privados – Comunitarios)

Paso

1 Presentar los requisitos a la Autoridad de Telecomunicaciones:

1. Proyecto comunicacional;

2. Plan de gestión y sostenibilidad.

3. Estudio técnico.

Paso

2

La Autoridad de Telecomunicaciones remitirá al Cordicomlos expedientes de los 5 solicitantes mejor puntuados.

Paso

3

El Cordicom revisa el proyecto comunicacional de cada uno de ellos.

Paso

4

El Cordicom envía el informe vinculante a la Autoridad de Telecomunicaciones para proceder con la concesión.

Inhabilidades para concursar (Privados y Comunitarios)

Normativa

LOC Art. 111

•Quienes tengan relación de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundode afinidad con cualquiera de los miembros del Cordicom y con la Autoridad deTelecomunicaciones.1

•Quienes estén asociados o tengan acciones o participaciones superiores al 6% del capitalsocial en una empresa en la que también son socios cualquiera de los miembros del Cordicomo la Autoridad de Telecomunicaciones.2

•Quienes personalmente se encuentren en mora o estén impedidos de contratar coninstituciones, organismos y entidades del sector público.3

•Quienes tengan acciones o participaciones de una empresa que se encuentre en mora o estéimpedida de contratar con instituciones, organismos y entidades del sector público.4

•Quienes personalmente o como accionistas de una empresa hayan sido concesionarios deuna frecuencia de radio o televisión y se la haya revertido al Estado por las infraccionesdeterminadas en la ley.5

Responsabilidades comunes de los medios de comunicación

Normativa

LOC Art. 71 - 80

1. Respetar los derechos humanos y promover su plena aplicabilidad.

2. Desarrollar el sentido crítico de los ciudadanos y promover su participación en los asuntosde interés general.

3. Acatar y promover la obediencia a la Constitución, a las leyes y a las decisiones legítimas delas autoridades públicas.

4. Promover espacios de encuentro y diálogo para la resolución de conflictos de interéscolectivo.

5. Contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad.

6. Servir de canal para denunciar el abuso o uso ilegítimo que los funcionarios estatales opersonas particulares hagan de los poderes públicos y privados.

7. Impedir la difusión de publicidad engañosa, discriminatoria, sexista, racista o que atentecontra los derechos humanos de las personas.

8. Promover el diálogo intercultural y las nociones de unidad y de igualdad en la diversidad yen las relaciones interculturales.

9. Promover la integración política, económica y cultural de los ciudadanos, pueblos ycolectivos humanos.

10. Propender a la educomunicación.

Proyecto Comunicacional

El proyecto comunicacional es una herramienta de diálogosocial, mediante la cual los medios de comunicación, paraobtener la concesión de una frecuencia, ofertan unaprogramación a sus audiencias y el Estado.

Es un requisito para el concurso de frecuencias que seconstituye en documento público mediante el cual el mediose compromete con la comunidad a brindar comunicaciónajustada a los principios del Buen Vivir.

Su finalidad es informar, formar, educar o entretener a laciudadanía, con ética y responsabilidad, en el marco de laLey Orgánica de Comunicación, el respeto a la libertad deexpresión y la garantía de los derechos a la comunicación einformación

Normativa

LOC Art. 49 (8) - 110 (1)

Obligaciones de cumplimiento de Ley

Derecho a la comunicación intercultural y plurinacional

Todos los medios de comunicación tienen el deber de difundir contenidos que expresen y reflejen la cosmovisión, cultura, tradiciones, conocimientos y saberes de los pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, por un espacio de 5% de su programación diaria.

Derecho al acceso de las personas con discapacidad

Los medios de comunicación social, las instituciones públicas y privadas del sistema decomunicación social y la sociedad desarrollarán progresivamente, entre otras, las siguientesmedidas: traducción con subtítulos, lenguaje de señas y sistema braille.

Espacio para la producción audiovisual nacional

Los medios de comunicación audiovisual, cuya señal es de origen nacional, destinarán demanera progresiva, al menos el 60% de su programación diaria en el horario apto para todopúblico, a la difusión de contenidos de producción nacional. Este contenido de origen nacionaldeberá incluir al menos un 10% de producción nacional independiente.

Difusión de los contenidos musicales

La música producida, compuesta o ejecutada en Ecuador deberá representar al menos el 50% delos contenidos musicales emitidos en todos sus horarios, con el pago de los derechos de autorconforme se establece en la ley. Están exentas de la obligación las estaciones de caráctertemático o especializado.

Además de todas las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica de Comunicación y su ReglamentoGeneral.

Art. 36

Art. 37

Art. 97

Art. 103

¿Qué información debe contemplar el Proyecto Comunicacional?

1. DATOS DEL MEDIO Clasificación de medio (radio o televisión). Tipo de medio (público, público oficial, privado o comunitario). Carácter del medio (nacional o demás medios: regional o local). Nombre Legal y nombre comercial del medio. Datos del representante legal del medio. Datos del administrador del medio.

2. LUGAR DE INSTALACIÓN Provincia. Cantón. Parroquia. Dirección de la matriz del medio. Cobertura: Declaración de los espacios territoriales a los que el medio llega con su señal. Audiencias (Art. 65 LOC)

3. RAZÓN DE SER DEL MEDIO (Parámetro de Libre Caracterización) Audiencia Objetivo Misión Visión Objetivos (general y específicos). Impacto social positivo que proyecta generar.

El formato CORDICOMes el único que servirá para la presentación

de los trámites a

ARCOTEL

Parámetros de evaluación del Proyecto Comunicacional

Programas

• Conjunto de sonidos, imágenes o lacombinación de ambos, que forman parte deuna programación o un catálogo de ofertas,emitidas por un medio de comunicación socialcon la intención de informar, formar oentretener.

Microprogramas

• Productos de radio y televisión de duraciónbreve, de uno a cinco minutos, que mantienenuna unidad argumental y continuidad temática.Pueden tratar cualquier tema o género y serincluidos en diferentes momentos de la parrillade programación.

Cápsulas

• Productos de radio y televisión más compactosque los microprogramas, menores a un minuto,que mantienen una unidad argumental ycontinuidad temática y pueden ser insertadosen las tandas de la programación, es decirintercalados entre autopromoción, publicidad,promociones u otros formatos.

1 • Promoción de Derechos

2 • Parámetro de Participación

3 • Parámetro de Diálogo

4 • Libre Caracterización del Medio

1. Promoción de Derechos

Los medios de comunicación deberán incorporar contenidos (microprogramas, programas o cápsulas) que promuevan, promocionen y difundan

a. Derechos humanos o enfoques de igualdad, pluralidad, diversidad e inclusión

b. Derechos y protección de niñas, niños y adolescentes y jóvenes o grupos de atención prioritaria y que presenten su voz, opiniones, intereses y puntos de vista, incentiven su autoestima o promocionen su integridad y respeto a su identidad

El cumplimiento de este parámetro deberá contemplar un mínimo del 5% de tiempo aire de la programación general.

El puntaje a obtener es hasta 40 puntos.

2. Parámetro de Participación

Los medios de comunicación deberán incorporar microprogramas, programas o cápsulas que promuevan:

a. El periodismo ciudadano, la comunicación pública, la participación e información comunitaria

b. Difundan contenidos de interés de la comunidad, que se enmarquen en contenidos formativos/educativos/cultural, que garanticen la promoción de participación colectiva en temas sociales y culturales.

El cumplimiento de este parámetro deberá contemplar un mínimo del 5%de tiempo aire de la programación general.

El puntaje a obtener es hasta 26 puntos.

2.1 Parámetro de Participación

Argumento

Periodo de ejecución

1. Plan de capacitación dirigido a sus audiencias (Plan de capacitación externo) que promueva y establezca los mecanismos de relacionamiento y participación. 2 puntos

• La elaboración de contenidos con la ciudadanía.

• Estimule el conocimiento de la gestión de medios de comunicación social.

• Permita el ejercicio de los derechos a la comunicación e información de las audiencias en el medio de comunicación social.

2. Plan de capacitación dirigido a periodistas, editores, productores y demás trabajadores de la comunicación, (Plan de capacitación interno). 2 puntos

• Promueva los derechos humanos y los enfoques de igualdad.

3. Parámetro de Diálogo

Los medios de comunicación deberán incorporar microprogramas, programas o cápsulas que fomenten:

a. La interacción del medio con sus audiencias para el ejercicio de sus derechos a la comunicación e información. Además, que traten temas relacionados a la transparencia de la información pública, de manera que se posibilite la participación ciudadana en temas de interés general y la rendición de cuentas periódica de la gestión institucional

b. Promuevan el diálogo intercultural y la organización de los colectivos, organizaciones sociales, comunas, comunidades, pueblos o nacionalidades.

El cumplimiento de este parámetro deberá contemplar un mínimo del 5% de tiempo aire de la programación general.

El puntaje a obtener es hasta 20 puntos.

4. Parámetro de Libre Caracterización

Expresa los objetivos, la razón de ser del medio de comunicación y suorientación. El parámetro será valorado, en su conjunto, por el Pleno delCordicom. El puntaje a obtener es de hasta 10 puntos.

1. Audiencia objetivo.

2. Misión del medio

3. Visión del medio.

4. Objetivos (general y específicos).

5. Impacto social que proyecta generar (promoción de derechos humanos y enfoques de igualdad)

Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional

El sistema mostrará el formulario donde se llena el Proyecto Comunicacional, el cualestará dividido en 5 módulos: Datos del Medio, Planes de Capacitación, Cumplimientode Ley, Propuesta de Programación y Resumen

Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional

DATOS DEL MEDIOClasificación de medio (radio o televisión).Tipo de medio (público, público oficial,privado o comunitario).Carácter del medio (nacional o demásmedios: regional o local).Nombre Legal y nombre comercial del medio.Datos del representante legal del medio.Datos del administrador del medio.

LUGAR DE INSTALACIÓNProvincia.Cantón.Parroquia.Dirección de la matriz del medio.Cobertura (declaración de los espaciosterritoriales a los que el medio llega con suseñal).Audiencias (Art. 65 LOC).

Datos del medio

Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional

Razón de ser del medio

Corresponde al Parámetro IV:Libre caracterización del medioe Impacto social.

Este parámetro será valoradopor el Pleno del CORDICOM,que verá la relevancia de losobjetivos propuestos por elmedio.

Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional

Plan de capacitación interno

Corresponden al Parámetro II: Participación

El medio puede escoger una o varias de lastemáticas propuestas.

Además, señalar el número de ejecucionesque tendrán los planes por año.

El cumplimiento otorga 2 puntos por cadaPlan de Capacitación (externo e interno). Esdecir, 4 puntos en total por ambos planes.

Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional

Plan de capacitación externo

Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional

Cumplimiento de LeyLa información que se presenta en este módulo simboliza el compromiso que los medios tienencon la sociedad y el Estado para cumplir con las obligaciones de Ley. Este compromiso deberáevidenciarse en los contenidos que el medio produzca para sus audiencias

Ingreso de la Propuesta de Programación

Ingreso de la Propuesta de Programación

Para que el medio postulante sea considerado para obtener la concesión de una frecuencia deberá alcanzar un mínimo de 70 puntos en la calificación.

Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional

FINALIZACIÓN DEL PROCESO

Metodología de Evaluación

Observación:

Los 5 mejores puntuados se ponderarán a partir del 5% de cumplimiento obligatorio para determinar el puntaje a obtener según las referencias del cuadro.

Notificación

Una vez notificados, los solicitantes y el concesionario, en el término de tres días, podrán recurrir con la motivación correspondiente a la instancia

del Cordicom en sede administrativa cuando consideren que se han afectado sus derechos. El Pleno del Cordicom resolverá el recurso en el

término de hasta cinco días y su decisión causará estado.

Art. 11 del Reglamento de elaboración y expedición del informe vinculante contemplado en los artículos 49 numeral 8 y 110 numeral 1 e inciso final de la Ley Orgánica de

Comunicación; y artículo 89 de su Reglamento General.

Rol de la ciudadanía

La ciudadanía tiene el derecho de organizarse para incidir en la gestión de los medios de comunicación.

Compromiso del medio con la comunidad

Concesión 15 años

renovables a 30 años

Art. 38 LOC.

En cualquier momento de la concesión, las personas naturales o jurídicas podrán, individual o colectivamente, denunciar el incumplimiento de los objetivos del proyecto comunicacional de un medio de comunicación social.

Art. 10 Reglamento Proyecto Comunicacional

Compromiso del medio con la comunidad

Términos básicos – Clasificación de medios

Radio temática o especializada.- Es aquella cuyo contenido de programación se centra

en un tema o especialidad y no es musical en un 90%.

Radio Generalista.- Es aquella que difunde una variedad de géneros y de contenidos

adaptados a las diferentes audiencias.

Radio Musical.- Es aquella cuya programación es musical en un 90%.

Canal de televisión.- Es una estación emisora de propiedad pública, privada o

comunitaria, que brinda el servicio de comunicación audiovisual, y que comprende un

conjunto de programas de televisión organizados dentro de un horario de programación

que no puede ser alterado por el público.

Canal de televisión abierta nacional.- Es una estación emisora de señal abierta, de

propiedad pública, privada o comunitaria, que cuenta con una programación organizada

dentro de las franjas horarias, cuya cobertura alcanza el 30% o más de la población del

país, de acuerdo al último censo nacional; o su sistema está conformado por una matriz y

seis o más repetidoras en al menos dos regiones, de conformidad con el artículo 6 de la

Ley Orgánica de Comunicación;

1. Promoción de Derechos

Promoción de Derechos Humanos

Se considerará los contenidos comunicacionales que fomenten e informen a sus

audiencias los derechos humanos que les asisten, especialmente los derechos

económicos, sociales y culturales.

Promoción de Enfoques de Igualdad

1. Equidad intergeneracional

2. Equidad género

3. Inclusión de personas con discapacidad

4. Derecho de las personas en situación de movilidad

5. Derechos de colectivos