el primer constitucionalismo conservador 1836

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EL PRIMER CONSTITUCIONALISMO CONSERVADOR. LAS SIETE LEYES DE 1836 Pablo MIJANGOS Y GONZLEZ*SUMARIO : I. Constitucionalismo conservador? II. El fin de la I Repblica federal . III. Nuevo Congreso Constituyente, nueva teora constitucional. IV. Las Siete Leyes y el Supremo Poder Conservador. V. Vida y fracaso de la primera Constitucin conservadora.

Hace ya algunos aos, don Daniel Coso Villegas afirm que la historiael fuerte de los juristas mexicanos. A pesar de que no sera no era justo esta acusacin a todos los campos de nuestra ciencia jurdica, llevar la misma sigue siendo vlida para uno de los ms importantes y complejos: constitucional. Tomando como punto de partida la idea de que el derecho nuestra Constitucin actual es el fruto de un gran acuerdo histrico que ha padecido y superado tres etapas sucesivas: la carta federalista de la liberal de 1857 y la social de 1917, sus estudiosos han elaborado 1824, una artificiosa historia maniquea, llena de hroes formidables que derrotan asifilticos, y que ya ni siquiera en los discursos oficiales villanos puede utilidad. Actualmente, no contamos con una historia crtica ser de del constitucionalismo mexicano, que refleje las posibilidades, errores yci ertos de los di versos arreglos institucionales que se han presentado a en el devenir del Mxico independiente. trabajo, que busca ofrecer una alternativa a nuestra Este pequeo toria jurdica de bronce, est dedicado al est udio de las Siete Leyes hisconstitucionales de 1836, el primer modelo de organi zacin poltica el aborado por el conservadurismo en el siglo XIX. Adems de dar forma a un Es- centralista, estas leyes diseaban un complejo marco tado institucional* Licenciado en derecho por el ITAM. Actualmente cursa el programa de maestra y doctorado en historia en la Universidad de Texas en Austin. 217

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destinado a garantizar la estabilidad y el equilibrio de los poderes pblicos, coronado por la presencia de un Supremo Poder Conservador , encargado de asegurar el imperio definitivo del orden constitucional. No obstante, los objetivos y las previsiones de sus creadores, que pretendan este arreglo normat ivo los graves problemas que el resolver con sistema de 1824 haba generado, la vida de las Siete Leyes no dur federal de mscinco aos. Para 1841, el pas se hallaba sumido en una turbulenciasocial crnica, situacin que se mantuvo hasta que un poltica y masivo golpe militar, orquestado por los tres generales ms importantes del pas, fin a la vigencia de la Constitucin conservadora a finales de ese puso ao. Estudiar la hi storia de esta pri mera carta conservadora, hay que lo, decir- tarea sencilla, pues enfrenta restricciones de diversa ndole. no es Hay partir, en principio, de que el conservadurismo poltico y social que siglo del XIX ha sido uno de los grandes tabes o aguj eros negros de la historiografa nacional. Salvo honrosas excepciones, como el trabajo pio- de don Alfonso Noriega Cant, l os escasos estudios que existen nero so- el movimiento conservador han tendido a considerarlo como bre el representante de oscuras fuerzas retrgradas y parasitarias, cuyo destino ineludible era sucumbir ante la impertrrita y digna mirada de sus adver- liberales. En segundo trmino, desde que el gran Emilio sarios (quien, Rabasa por lo dems, ha si do la cumbre de la ciencia constitucional mexicana) llam monstruosa a la Constituci n conservadora de 1836, casi ningn tratadista jurdico ha dedicado siquiera unos breves prrafos a su estudio. Considerada extravagante y contraria al ntimo republicanismo del pueblo mexicano, pocos han visto en ella el primer intento serio de asentar el carcter plenamente normativo de la ley fundament al. Tambin me parece importante aclarar que una de las preocupaciones centrales al elaborar este trabajo, fue la de romper con el modo que dicionalmente se ha usado para explicar y estudiar el derecho en tranuestras Educados en una poca en que la constitucin era vista escuelas. comodecisin poltica y no como una norma, son muchos los una estudiosos que asumen implcitamente en sus trabajos que el derecho constitucional es fruto de meras especulaciones y que su efecto sobre los procesos histricos y sociales es nfimo. Con esa premisa en mano, tienden a reducir oria a un relato ms o menos erudito sobre disposiciones su hist constitucionales antiguas, o al anlisi s lgico y semntico de alguna de labor ellas, que slo puede ser de inters para algunos acadmicos y unos cuantos curiosos. En contrapartida a este saber ornamental y accesorio de los

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juristas, no son pocos los historiadores que han visto en las Constituciones textos inoperantes, frutos de la adopcin irreflexiva de modelos extranjeros, que se han ido sucediendo uno tras otro sin dejar mayor im- que su glorioso o nefasto recuerdo. Para la historia como para pacto otras ciencias sociales, el papel del derecho se reduce a legitimar formalmente moldeada por fuerzas econmicas profundas, que son una realidad que determinan inevitablemente el curso de los las acontecimientos. de vista, la historia del derecho no puede servir Desde mi punto nicamente para recordar a los ancestros venerables de nuestras instituciones importantsima di sciplina debe dar cuenta, sobre todo, actuales. Esta de historicidad de su objeto de estudio. Un lugar comn en las la discusiones jurdica contempornea es lamentar amargamente el de la ciencia abismo que existe entre ella y la realidad que pretende explicar, semejante al hay que entre las categoras kantianas del ser y el deber ser. Aunque es la misma ciencia del derecho la que ha sido responsable de esta situacin. constituirse como una disciplina abierta a la complejidad En vez de de factores que rodean al fenmeno jurdi co, se ha dedi cado a los elaborar casilleros en los que es imposible acomodar los problemas pequeos yeclamos que cotidianamente se presentan en la prctica del r derecho. Amparndose en el seguimiento a una falsa pureza metdica, ciencia nuestra no le ha dejado al estudioso de la norma sino dos opciones: oefugiarse en la comodidad de las abstracciones acadmicas, o r enfrentarse a la realidad que cruelmente contradice todo lo que ha ciegamente aprendido. Rescatar la historicidad del derecho es, a mi parecer, el primer paso para salir del atolladero en que se encuentran los estudios e investigacio- actuales. El derecho es creado y aplicado por hombres nes jurdicas que inmersos en un tiempo y espacio determinados, y en l se viven una multiplicidad de experiencias culturales, polticas y sociales. Sin recogen dar cuenta de ellas, es imposible entender cabalmente su significado y sus objetivos, su eficacia o las causas de su fracaso, su permanencia o sus transformaciones. El gran Francisco Toms y Valiente deca, con toda que si se quiere ser un verdadero jurista y no un simple razn, conocedor de las normas vigentes el cual reduce su labor a una aplicacin mecnica de mismas, carente de juicio crtico alguno, se debe pensar con las una conciencia histrica del derecho y su As, el evolucin. objetivo central de este ensayo ser, ms que describir analticamente el contenido de las Siete Leyes constitucionales de 1836, el de-

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terminar las razones que motivaron su creacin y explicar los fenmenos que llevaron a su estrepit osa cada, sealando claramente las consecuen- peculiar diseo tuvo en el funcionamiento de todo el cias que su sistema de entonces. Para ello, seguiremos un itinerario bastante poltico sencillo. En primer lugar, delimitaremos claramente el fenmeno que queremosel constitucionalismo conservador . Una vez determinado explicar: valor que los conservadores buscaban proteger utilizando una el Constitucin, veremos cmo y contra quines lo hicieron, y daremos tambin un vistazo al cuerpo terico en el que sustent aron su obra. Final mente, estudiaremos la vida y el fracaso de este complicado diseo institucional, dejando entrever las consecuencias que su implantacin tendra en el desarrollo poltico y jurdico del pas. Una ltima aclaracin: para hacer trabajo no hemos considerado indispensable el acudir este a todas las fuentes de la poca. Lejanos a la pretensin de construir directamente todo el conocimiento de un plumazo, lo que hicimos fue rescatar lo aprove-de la mayor parte de los estudios histricos y jurdicos que se chable han publicado sobre este tema hasta la fecha. Juzgue el lector si hemos jun- adecuadamente las piezas de este fascinante rompecabezas que tado es historia constitucional del siglo XIX la mexicano. I. CONSTITUCIONALISMOCONSERVADOR

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Constitucionalismo conservador: la expresin causa extraeza. efecto, el trmino constitucionalismo suele verse asociado, En ms a la filosofa liberal. El politlogo Stephen Holmes, por bien, ejemplo, ha sealado que el constitucionalismo es la clave para entender la interde pendenci a entre el liberalismo y la 1 As, el hablar democracia. de una constitucin conservadora, como lo haremos en este trabajo, podra en principio, un contrasentido. Sin embargo, a nuestro parecer, parecer, el constitucionalismo no es, ni ha sido, patrimonio exclusivo de una terminada t eora poltica o concepcin de la real idad. Los frenos dejurdicos han sido instituidos con la finalidad de salvaguardar ms de al poder una de l a libertad, y han seguido lgicas y teoras bien diferentes. visin En siglo XIX mexicano, conservadores y liberales elaboraron el propuestas con caractersticas propias, y sera francamente ideolgico pensar que1 Vase Holmes, Stephen, El precompromiso y la paradoja de la democracia , Constitucionalismo y democracia , Mxico, Fondo de Cultura Econmica, 1999, pp. 217-221.

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sl o a un grupo de ellas se l es puede dar el califi cativo de constitucionales . Para darnos a entender con mayor claridad, primero analizaremos con detenimiento los dos trminos que forman la expresin que nos ocupa. 1. El constitucionalismo: l a tcnica jurdica de la libertad Constitucin y consti tucionalismo , como seala Rolando yo,Tama- trminos unvocos. Todo lo contrario. Cualqui er estudioso no son la materia sabe bien que stas son expresiones muy problemticas, de cargadas con una multiplicidad de significados emotivos y 2 A descriptivos. no son pocos los que sostienen y entre ellos el pesar de ello, mismo Tamayo que existe un mnimo de elementos que nos permiten identi- una Constitucin. En este punto, casi todos coinciden en que ficar a los trminos Constitucin y constitucionalismo implican una limitacin jurdica al 3 un intento por establecer o sealar lmites gobierno, normativos a los detentadores del poder en una comunidad 4 La argumentacin que est detrs del constitucionalismo es poltica. sencilla: la experiencia demuestra que detentar el poder lleva a los hombres al exceso, los convierte en dspotas. Y el despotismo, a su vez, es la mayor a la libertad de la que debe gozar todo ser humano. Por ello, amenaza es indispensable limitar el poder con un mecanismo adecuado. Cul es el instrumento idneo para lograrlo? Los excesos del poderoso, dicta la misma experiencia, slo pueden ser eficazmente controlados por el recho. de- En este razonamiento tan simple est el principio de todo el constitucionalismo, que encuentra en la tcnica jurdica el modo ms adecuado para garantizar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos y libertades. Giovanni Sartori lo expresa bien: constitucin significa una estructura de la sociedad poltica, organizada a travs de y me- la le y, con el objetivo de limitar la arbitrariedad del poder y diante de someterlo al 5 Es importante insistir en que la caract erstica distintiva del derecho . constitucionalismo reside en que los lmites que pretende imponer al poder poltico son instrumentos o procedimientos jurdicos (constituciones, costumbres,Tamayo, Rolando, Introduccin al estudio de la Constitucin, Mxico, Fontamara, 1998, p. 89. Constitucionalismo antiguo y moderno , Madrid, Centro de 3 Howard McIlwain, Charles, Estudios Constitucionales, 1991, p. 37. 4 Tamayo, Rolando, op. cit. , p. 91. 5 Sartori, Giovanni, Elementos de teora poltica , Madrid, Alianza Editorial, 1992, p. 20.2

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precedentes, recursos judiciales, pactos, tratados, 6 El hecho de etctera).lmites a los gobernantes sean j urdicos es lo que nos que los permite al constitucionalismo, propiamente hablando, de cualquier distinguir doc- o tendencia poltica que pretenda guiar, conducir, regular, trina criticar, o sustituir el poder poltico mediante otra va. Y tambin modificar es imprescindible resaltar, como lo hace Jess Silva-Herzog Mrquez, la quefuerza de la Constitucin viene de su carcter 7 La Consnormativo.es norma jurdica, y ello implica que el cumplimiento de titucin sus disposiciones no se deja al arbitrio o la buena voluntad de las autoridadescumpli rlas: el no obedecerlas trae aparejada la imposicin que deben de cast igo al sujeto un infractor. bi en, no perdamos de vista cul es el objetivo que se Ahora busca proteger con la tcnica constitucional. Lo que importa, dice el jurista espaol Ignacio de Otto, es el propsito: asegurar la garanta de la frente poder libertad al pblico.Que una sociedad tenga Constitucin, que un Estado sea constitucional, sig nifica, ante todo, q ue en l la organizacin de los poderes resp on da a un determinado fin, el aseguramiento y garanta de la libertad de los ciudadanos. Slo en el rgimen constitucional, o bajo un gobierno con stitucional, est la libertad asegurada. El carcter constitucional o no de las instituciones les viene, por tanto, de que estn configurad as de tal modo que el poder resulte 8 limitado y as la libertad garantizada.

Podramos resumir todo lo anterior afirmando que el moconstitucionalis- jurdica de l a 9 Ahora bien, si las tcnicas es la tcnica libertad. titucionales para limitar al gobierno cons- segn los tiempos y varan tradicio-cada pas, las diferencias que de hecho se presentan al nes de momento qu es la libertad pueden ser todava ms grandes. A de definir largo de la historia, han sido diversas e incluso contradictorias lo las doctrinas polticas que han reclamado el establecimiento de una consti- sus defensores han entendido por la libertad cosas tucin; completamente ello han propuesto tcnicas opuestas para asegurarla. diferentes, y por SiTamayo, Rolando, op. cit. , p. 92. Propuest , ao 2, nm. 4, 7 Silva-Herzog Mrquez, Jess, Constitucionalismo oficial, a febrero de 1997, pp. 77-81. 8 Otto, Ignacio de, Derecho constitucional. Sistema de fuentes , Barcelona, Ariel, 1988, p. 12. Diccionario de 9 La expresin la tomo prestada de Nicola Matteucci, Constitucionalismo, poltica, Mxico, Siglo XXI Editores, 1991, t. I, p. 336.6

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se toma esto en cuenta, el anlisis integral de un modelo constit ucional determinado debe involucrar el estudio de tres dimensiones complementarias 10 : a) La filosofa o concepcin del mundo que justifica su elaboracin. constitucional que inspira su contenido, entendiendo b) La teora sta un conjunto de hi ptesis o planteamientos que se por formulan con la finalidad de explicar los supuestos ms generales y comunes de las constituciones en general c) . La Constitucin que lo recoge y desarrolla. Dado que nuestra meta es expli car al primer modelo constit ucional conservador, lo primero que haremos es sealar claramente cules son ideas sobre la libertad que el propio conservadurismo pretenda las enar- y que indudablemente determinaron el texto constitucional que bolar, es materia de nuestro trabajo, las Siete Leyes de 1836. Una vez que abor- los significados que tena la libertad para sus redactores, demos mos en estare- la posibili dad de entender su relacin con los complejos meca- institucionales que se diseados para protegerla y las teoras nismos que inspiraron su contenido. 2. El temperamento conservador Ms que a un programa, el conservadurismo remite a un modo de plantarse en el mundo, a un temperamento determinado. En el terreno de las polti cas, este temperamento sali a la luz en un momento ideas preciso. histrico Segn algunos, el trmino conservador fue usado por primera Chateubriand y Lammenais, dos pensadores franceses que vez por en 1818 fundaron un clebre diario Le , a fin de llamado partidarios de la revolucin que haba transformado su pas Conservateur combatir a los 1 1 Para otros, el conservadurismo naci mucho tiempo 30 aos atrs. decenio de 1790, como reaccin al raci onalismo de l phil antes, en el os la Ilustracin y al sentimentalismo romntico de Rousseau y sus osophes de dis10 sta es una propuesta metodolgica de Jos Ramn Cosso. Al respecto vase su ensayo: La teora constitucional moderna (lecciones para Mxico), Metapoltica, Mxico, vol. 4, julio-septiembre de 2000, pp. 102-105. 11 Michels, Robert, Conservatis , citado por Hale, Charles A., El liberalismo mexicano en la poca de Mora , Mxico, Siglo XXI Editores, 1995, p. 18. m

224 PABLO MIJANGOS Y GONZLEZ1 2 Lo que se observa, en ambos casos, es que el cpulos jacobinos. servadurismo surgecon- una respuesta necesaria a la revolucin como inte- y poltica que sacudi a Europa a finales del siglo XVIII. Por lectual lo mismo, antes de entrar en detalles y explicar cules son los rasgos caractersticos del temperamento conservador, conviene referirnos breve- a lo que esta revoluci n mente En el propona. siglo XVIII, como sabemos, se vivi la ms plena delafirmacin racionalismo en la historia 13 Para ese entonces, el occidental. cultural i niciado con el Renacimiento en Italia que exalt gran movimiento aba el valor y el poder del hombre frente al teocentrismo de la Edad Mediahaba extendido a Francia, Holanda, Inglaterra y Alemania. ya se Los descubrimientos cientficos estaban a la orden del da y numerosos pensadores vean esos logros como una prueba irrefutable del potencial in- de la razn humana. En los trabajos de Newton, por ejemplo, finito chos mu- vean un manual invaluable para descifrar la naturaleza matemtica Universo, cuyas ltimas dimensiones y leyes podan ser y lgica del calcu- Los optimistas filsofos del XVIII pensaban que si el hombre, ladas. apli- la razn, era capaz de entender la naturaleza y someterl a a cando sus propios fines, tambin poda tener en sus manos el secreto de l a felicidad y el instrumento para alcanzarla. El siguiente paso que se deba dar, tonces, era repudiar todo conocimiento que no fuese resultado del uso ende facultad. Kant, quien haba sostenido en Crtica de la Razn esta su las categoras del pensamiento son las que permiten ordenar y Pura que siste- a un mundo aparentemente catico, expresara mejor que matizar nadieespritu del el siglo:

La ilustracin es la liberacin del hombre de su culpable incapacidad. La incapacidad significa la imposibilidad de servirse de su inteligencia sin la gua de otro. Esta incapacidad es culpable porque su causa no reside en la falta de in teligen cia sino de decisin y valor para servirse por s mismo de ella sin la tu tela de otro. Sapere aude! Ten el valor de servirte de tu propia razn!: he 14 aqu el lema de la ilustracin.

Vase Rossiter, Clinton, Conservadurismo, Enciclopedia Internacional de las Ciencias Sociale , Madrid, Aguilar, 1974, t. III, pp. 74-77. s 13 Vase Von Wiese, Benno, La cultura de la Ilustracin , Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1979, pp. 21-75. 14 Kant, Emmanuel, Filosofa de la historia, Mxico, Fondo de Cultura Econmica, 1979, p. 25.12

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Este espri tu ilustrado, que consideraba como supersti ciones infanti les a todas las creencias que por la medida de la razn no podan ser recon- o definidas, penetrara en todos los campos de la actividad ducidas humana. Los autores de filosofa poltica y jurdica del si glo XVIII estaban convencidos de que, por medio del intelecto abandonado a s mismo, era posible revisar, mejorar y transformar los principios de la vida social las y formas en que sta se organiza. El antiguo rgimen, en su opinin, salpicado de tradiciones y normas retrgradas que estaba obstaculizaban sin lmites del pensamiento y la libre iniciativa el desarrollo individual, paso para crear un mundo nuevo guiado por l a razn y el primer era removerlas. De esta manera, si era imperativo hacer que la sociedad se ajustase a lo que el intelecto humano dicta como deseable, lo nico que faltaba era la voluntad explcita de imponer en los hechos ese orden tuoso vir- imaginado por la minora ilustrada y libre de prejuicios. La Revolucin francesa se encargara de llevar a la prctica el maprograimaginado por los amigos del progreso 15 Iniciada como humano. un movimiento de la burguesa (el tercer Estado ) por encabezar la reforma fiscal y administrativa que requera la grave crisis econmica pade- Francia desde 1780, no tardara en proponer la creacin de cida por un orden totalmente nuevo, capaz de asegurar que los hombres permanecie- iguales en sus derechos. A partir de la revolucin de ran libres e el poder soberano residira exclusivamente en l a nacin: las leyes, 1789, expre- la razn encarnada en la voluntad general, se estableceran a t sin de ra- del consenso, directo o por medio de representantes, de todos vs los ciudadanos; y todo estamento o corporacin incluida la Iglesia, considerada baluarte del mundo feudal tendra que someterse a sus dictados supremos. Poco a poco, un espritu impaciente empezara a aduearse de revolucionarios. Devotos fanticos de la infalibilidad del pueblo, los miembros del club de los jacobinos llegaran a la conclusin de los que engendrar a la nueva soci edad requera sacrificar sin reservas todos los rastros del 1 6 El incorruptible Robespierre, pidiendo la pasado. para Luis XVI, muerte lo afirmara con claridad:

La poca de las 15 Vase Furet, Francois, La Francia revolucionaria (1787-1791), revoluciones europeas, 1780-1848 , Mxico, Siglo XXI Editores, pp. 25-42. La revolucin congelada. 16 En este punto, es muy recomendable la obra de Fehr, Ferenc, Ensayo sobre el jacobinismo , Madrid, Siglo XXI de Espaa Editores, 1989.

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No hay ningn proceso que instruir. Luis no es en absoluto un acusado. Vosotros no sois jueces. No sois, no podis ser, sino hombres de Estado y representantes de la Nacin. No tenis que dictar sentencia contra un hombre, sino tomar una medida de salud pblica, ejercer un acto de providencia nacional... Proponer que se procese a Luis XVI, de cualquier manera que se haga, es retroceder al despotismo real y constitucional; es una idea contrarrevolucionaria, pues se pone en cuestin a la Revolucin misma... Pronuncio a disgusto esta fatal verdad, p ero Lu is debe morir para que la patria viva... Yo pido que la Convencin Nacional le declare desde este momento traidor a la 17 nacin francesa y criminal contra la humanidad.

El conservadurismo nacer como un claro rechazo a este furioso y revolucionario optimismo de los racionalistas. Testigos de las siniestras consecuencias de dar a la poltica la misin de inventar una nueva socie- conservadores van a defender una mentalidad reformista en dad, los donde tiene prioridad siempre l a iniciativa social, que imagina y prefiere un orden espontneo, de cambios lentos y cuentas largas. Aunque se festara mani- en cada pas de forma distinta, es posible detectar ciertos rasgos caractersticos del temperamento conservador, mismos que Russell Kirk y Clinton Rossiter sintetizaran en los siguientes principios, claramenteal radicalismo filosfico del siglo 1 8 opuestos XVIII: a) El conservador cree que existe un orden moral uni versal, sancionado y sustentado por una religin organizada. Frent e al progreso y diosa razn de los revolucionarios, el conservador postula la la Providencia de b) Dios. Los conservadores sostienen el principio de la imperfectibilidad delhombre. La irracionalidad y el pecado no pueden ser extirpadas de naturaleza, y por ello cualquier esquema utpico que pretenda su la regeneracin del ser humano a partir de s mismo conduce al desastre. Es un error enemistarse con l as circunstancias y la realidad del hombre concreto: hay que abrazar lo positivo en l afectuosamente .La revolucin francesa en sus 17 Discurso del 3 de diciembre de 1792 en la Convencin, texto , Madrid, Tecnos, 1989, pp. 82-85. s 18 Vase Russell, Kirk, The Politics of Prudence , Pennsylvania, Intercollegiate Studies Institute, 1993, pp. 15-29; y Rossiter, Clinton La teora poltica del conservadorismo norteamericano , Buenos Aires, Grupo Editor Latinoamericano, 1982, pp. 17-77.

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c) Los conservadores aborrecen la uniformidad y el igualitarismo predicado por los programas radicales. La sociedad civilizada requiere y clases, porque los hombres son desi guales en la rdenes mayorde sus cualidades fsicas y mentales. La nica igualdad parte verdadera es la moral: todos los dems intentos de ni velacin mediante de la ley conducen al fracaso y al la fuerza d) despotismo. Un conservador piensa que las reformas sociales deben ser fruto de la prudencia, de la experienci a histri ca, y deben servir para encau- procesos sociales en su sentido natural, evitando zar los innovaciones repentinas de consecuencias desastrosas. Cree que la providencia se mueve despacio, pero el diablo siempre tiene e) prisa. conservadores asignan a la propiedad privada un papel Los decisivola realizacin de la libertad personal y la defensa del para orden social f) . conservador tiene conciencia del alcance limitado de la El razn humana, y por ello entiende la importancia de conservar la expe- acumulada en las tradiciones, las instituciones, los riencia smbolos, las ceremonias y los g) prejuicios. Los conservadores apoyan un rgimen en el que se asegure el liderazgo de los mejores hombres, no necesariamente de los ms ricos. El gobierno de la mayora es falibl e y potencialmente h) tirnico. Los conservadores defi enden la import ancia de las comunidades voluntarias frente al individualismo o al colectivismo forzoso. i) El poder, en cuanto se halla confiado a los hombres, est dest inadodespotismo si carece de controles. Por ello, el conservador al entiende que es una necesidad repartir, limitar y equilibrar el poder poltico. Es necesario destacar que las ideas de este catlogo de principios deben ser referidas a una sociedad y a una tradicin particulares. Aunque el conservadurismo mexicano presentara tambin est os rasgos, es importante explicar la historia y los motivos que llevaran a su surgimiento. La nocin de l ibertad postulada por los conservadores de nuestro pas, fundamental para comprender sus proyectos constitucionales, slo se de conociendo la particular concepcin de la vida y la sociedad que entienpretendan defender de la vorgine revolucionaria.

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3. El conservadurismo mexicano en la primera mitad del siglo XIX El conservadurismo, en el sentido antes apuntado, es un trmino se que en Europa y que en Hispanoamrica fue entendido de un forj modoparticular. Aunque en Mxico no se utiliz sino hasta 1846, muy como tendencia polti ca fue visible desde las guerras de 19 Tra Independencia. s la cada de Napolen, en efecto, muchos novohispanos juzgaron tivo el destruc- pensamiento revolucionario que sus campaas haban propagadoEuropa, y creyeron que era conveniente levantar un dique por toda contra los movimientos polticos y sociales que empezaban a inspirarse en sus postulados. La formacin de la conciencia conservadora, sin embargo, se dara en forma paulatina e ira presentando propuestas especficas muy relacionadas con las circunstancias polticas de cada 20 Veamo momento. detalle cmo se presentara en las primeras dcadas del s con algn Mxico independiente . A. Quines eran los ? conservadores Antes de esbozar los temas fundamentales del pensamiento conservador mexicano, nos puede ser de utilidad identificar a quienes seran sus defensores, al menos en trminos sociales y geogrficos. En este punto, es importante advertir la dificultad de definir estrictamente el carcter las alineaciones polticas en el Mxico de la primera mit ad social de del XIX, debido a que la gente cambiaba de faccin sin muchos siglo blemas y a que las alianzas entre las mismas facciones se modi proficaban continuamente 21 Hecha esta aclaracin, es posible ver en trmi . aproximativos nos una gran parte de l os individuos que con el ti que empo se identificaran abiertamente como conservadores procedan de las zonas de la mesa central, donde la vieja sociedad criolla se urbanas 2 2 Fuertemente mantena firmemente tradicionalistas y devotas, arraigada. ciudades19 Chevalier, Francois, Conservadores y liberales en Mxico. Ensayo de sociologa y geografa polticas, de la Independencia a la intervencin francesa, Secuenci , ao 1, nm. 1, a p. 136; Romero, Jos Luis, El pensamiento conservador latinoamericano en el siglo XIX , Pensamiento conservador (1815-1898) , Caracas, Biblioteca Ayacucho, pp. XX y XXI. 20 Vase Arroyo, Israel, Conservatism, Encyclopedia of Mexico. History, Society & Culture , Chicago, vol. I, Fitzroy Dearborn Publishers, 1997, pp. 325-328. .),Historia de 21 Safford, Frank, Poltica, ideologa y sociedad, en Bethell, Leslie (ed Amrica Latina. Amrica Latina independiente 1820-1870 , Barcelona, Editorial Crtica, 1991, pp. 92-94. 22 Chevalier, Francois, op. cit., p. 141.

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como Mxico, Guadalajara, Guanajuato, Quertaro, Puebla, Orizaba yn la a lejana Campeche, haban sido importantes centros administrativos, econmicos y culturales durante el periodo colonial, y veran en el conservadurismo una alternativa natural para salir del estancamiento en queencontraban despus de las reformas borbnicas y la guerra de se Independencia. Las pequeas ciudades del norte escaparan a su as como muchas villas y pueblos predomi nantemente mestizos (pero influencia, no indgenas) 2 3 . Los lderes conservadores solan proceder de familias importantes o econmicamente poderosas, y su carrera poltica transcurra normalmente en las distintas reas del Poder Ej ecutivo nacional, sin participando pasar la gobernacin de los estados o la 2 4 Algunos por legislatura. terratenientes y empresarios industriales se alinearan a esta corriente, y su mayor apo-lo tendra en el conglomerado corporativista y eclesistico yo en la dominante sociedad 2 5 No eran pocos los miembros de las clases colonial. media baja que se encontraban mejor interpretados o popular o defendidos por los sectores superiores del antiguo rgimen corporativista que por los entusiastas abogados liberales, e incluso algunos jefes y caciques indgenas llegaran a apoyar ocasionalmente al partido conservador. Ms por razones estratgicas que ideolgi cas, los militares de alto rango se vincularon con este partido slo cuando las leyes nacionales pusieron en de juicio sus pri vilegi tela os. B. El ncleo de su pensamiento La primera cuestin que parece importante dilucidar para poder identificar la naturaleza del pensamiento conservador mexicano estriba en averiguar qu pretendan sus seguidores conservar. Llegados a este punto, lo primero que sorprende a cualquier estudioso del tema es descubrir que numerosas cuestiones tanto liberales como conservadores en postulados compartan similares. Ambos abogaban por el mejoramiento de los trans- y de la productividad agrcola y minera; deseaban el fomento portes de inversin extranjera, el saneamiento de la burocracia y librar al la goIbidem., p. 140. 24 Vase Stevens, Donald Fithian, Origins of Instability in Early Republican Mexico , Durham, Duke University Press, 1991, pp. 56-58. , Mxico, Fondo 25 Di Tella, Torcuato S., Poltica nacional y popular en Mxico, 1820-1847 de Cultura Econmica, 1994, pp. 24 y 25.23

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bierno de los prstamos usureros. No obstante estos importantes puntos de afinidad y coincidencia, es ineludible que exista entre ambos parti dos fuerte conflicto ideolgico. En qu descansaba?, qu cosa un pretendan defender los conservadores frente a sus enemigos polticos? Historiadores como Charles A. Hale y Jean Meyer han sealado la que Iglesia catlica fue el foco de combate poltico que opuso a y conservadores, mucho antes que cuestiones econmicas o debates liberales en torno a problemas 26 Mientras para los liberales el gubernamentales.primer obstculo al progreso de la razn y de la catolicismo era el virtud para los conservadores la situacin era completamente moral, diferente: la construccin del Mxico independiente, en su opinin, no poda ha- rechazando la piedra angular catlica e hispnica. Si hay algo cerse que caracteri za al conservador mexicano, de hecho, es la fuerte religiosidad toda su persona. El programa liberal, que buscaba una que define dad moderna y seculari zada donde la presencia de la Iglesia socieestuviera a su mnima expresin, atacaba los cimientos de su forma reducida de y de su visin del mundo. El que los conservadores tuvieran vida buenos recuerdos del pasado colonial slo es comprensible si se tiene en cuenta hacerlo ellos estaban aorando, sobre todas las cosas, la que al omnipre- la religin catli ca y de su Igl esia en la Nueva Espaa. sencia de observa Como Jean Meyer, del nacimient o a la muerte, y an ms all, el hom- aquella poca era enmarcado, educado, llevado al trabajo, al bre de esfuerzo y an al placer por la Iglesia, que se mezclaba inextricablemente27 Por tanto, relegarla a un papel secundario llevara con la sociedad . a los habitantes de la nueva nacin segn los conservadores a un desastre individual y colectivo de dimensiones inimaginables. el pensamiento de Lucas Alamn (1792-1853), La vida y indudablemente el mayor representante del conservadurismo mexicano, son digmticas a este 28 Hijo de un rico minero de Guanajuato pararespecto. trechamente vinculado con es- administ racin espaola y medio la hermano los cannigos de la catedral de Mxico, apenas era un de uno de nioVase Hale, Charles A., op. cit. , pp. 303-306; Meyer, Jean, Historia de los cristianos en Amrica Latina. Siglos XIX y XX , Mxico, Vuelta, 1991, pp. 69-75. 27 Meyer, Jean, op. cit ., p. 24. Los orgenes del nacionalismo 28 Aqu nos basamos en los trabajos de Brading, David, mexican , Mxico, Ediciones Era, 1988, pp. 109-115; Gonzlez Navarro, Moiss, El pensamiento o poltico de Lucas Alamn , Mxico, El Colegio de Mxico, 1952; y Lira, Andrs, La recepcin de la Revolucin Francesa en Mxico, 1821-1848. Jos Mara Luis Mora y Lucas Alamn , Relaciones. Estudios de historia y sociedad , vol. X, nm. 40, 1989, pp. 5-27.26

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cuando en su ciudad natal se hablaba con angustia del curso de los acontecimientos en Francia y de su temida infl uencia en los territorios espa- A los 18 aos presenciara con horror el si tio de la Al hndiga oles. de Granaditas y la muerte de muchos de sus amigos y parientes a manos huestes de Hidalgo. Este acontecimiento lo marcara de por de las vida, l vera el ejemplo ms claro de la desolacin que traera el y en de la noche a la maana con el pasado hispnico del pas. Alamn romper estu- algn tiempo en el Colegio de Minera de la ciudad de Mxico, diara y los 20 aos ingresara en la Tercera Orden de Franciscanos, cosa a no- en un tiempo en el que buena parte de los intelectuales eran table francmasones. En plena poca de la Restauracin hara un viaje a Francia englaterra, y a su regreso a Mxico iniciara una brillante carrera I poltica y A Lucas empresarial. Alamn, como a los conservadores europeos, la Revolucin francesa le pareca un movimiento anarquista que haba arrastrado con- todas las instituciones polticas y que poda llegar a conmover sigo la sociedad civil en sus mismos fundamentos 2 9 Hombre de cultura . universal, acept de la filosofa moderna el valor pragmtico de las ciencias experimentales, aunque nunca dud en cali ficar como sofi stas y superfi- los ms destacados exponentes del pensamiento ilustrado ciales a francs. en un ambi ente catlico, hablaba mucho de los excesos Educado conduce el extravo de la razn humana cuando, dej ada sta a la que senda sealan las verdades reveladas, se obstina en tomar por nica que le gua loca su y soberbia 3 0 y censur constantemente el presuncinlas catstrofes que podra provocar su implementacin. programa liberal por , Ala- n no preconiz nunca la supremaca de la Iglesia, la m construccin de Dios o la realizacin de alguna utopa clerical; de la ciudad sin embargo, trat siempre de defender la independencia de la Iglesia respecto a cualquier interferencia secular y proteger su propiedad con yrivilegios contra los ataques radicales. Alamn pensaba, adems, p que el arraigo del catolicismo en Mxico era la nica muralla que conten- amenazas extranjeras, y que la conservacin de los dra las valores29 Alamn, Lucas, Disertaciones sobre la historia de Mxico , citado por Moiss Gonzlez Navarro, ibidem., pp. 105 y 106. 30 Alamn, Lucas, Defensa del ex ministro de Relaciones don Lucas Alamn en la causa formada contra l y contra los ex Ministros del vicepresidente don Anastasio Bustamante con unas noticias preliminares que dan una idea del origen de sta citado por Moiss Gonzlez Navarro, op. cit., p. 47.

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tradicionales de la colonia era la parte esencial de la nueva y 31 emergente nacionalidad mexicana. Estas ideas no sl o estaban presentes en el pensamiento de los de lderes este partido. En un estudio reciente, la hist oriadora Erika Pani ha de- entrever la manera en que otros grupos conservadores perciban jado la sociedad mexicana y la situacin del pas, ut il izando como fuent e cipal prin- algunos de los peridicos catlicos de la dcada de 32 La au1840. tora observa que en los artculos de la prensa catlica se adverta un rechazo patente a los nuevos gobernantes, campeones de principios como libertad y progreso , pero incapaces de altisonantes imponer y restaurar la armona gozada bajo el rgimen espaol. Para el orden sus redactores, gran parte de los males del pas radicaban en el espritu del siglo , inspirado en la impiedad desoladora conocida como la filosofa XVIII . Slo la religin poda salvar a la sociedad del siglo y ello dependa de que se reestableciera su lugar central en la mexicana, vida pblica y en la educacin. De este modo, su posicin apareca irrecon- con la subordinacin de la Iglesia al Estado propuesta por ciliable los liberales: los conservadores identificaban al catolicismo con la mexica- por ello su defensa representaba la parte central de su nidad, y proyecto de nacin. C. La cuestin de la libertad Llegados a este punto, lo nico que nos falta conocer es la nocin de la libertad que estuvo detrs de los proyectos constitucionales del c onservadurismo. Libertad , como observa Jaime del Arenal3 3 fue un , utilizado tanto por los conservadores como por concepto los liberales mexicanos XIX para elaborar sus propios y hasta cierto punto del siglo contradicto- polticos, aunque no si empre con el mismo significado rios discursos ni los mismos alcances. Si en el inci so anterior concluimos que el con cleo n- del pensamiento conservador mexicano fue la defensa del protagoVase Fowler, William y Morales Moreno, Humberto Introduccin: una (re)definicin del conservadurismo mexicano del siglo diecinueve , El conservadurismo mexicano en el siglo XIX , Puebla, Universidad Autnoma de Puebla, 1999, pp. 11-20. 32 Vase Pani, Erika, Una ventana sobre la sociedad decimonnica: los peridicos catlicos, 1845-1857 , Secuenci , nueva poca, nm. 36, septiembre-diciembre de 1996, pp. 67-88. a 33 Vase Arenal Fenochio, Jaime del, La libertad y otras divisas en los decretos, planes y manifiestos polticos mexicanos del siglo XIX, Revista de Investigaciones Jurdicas , ao 23, nm. 23, pp. 9-27.31

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nismo social de la Igl esia catlica en el nuevo pas, un modo adecuado para acercarnos a la nocin conservadora de la libertad y a sus consecuencias en el nivel de diseos institucionales es rastrear el significado valor se le ha dado en la filosofa poltica que a este catlica. respect o, es indispensable tener presente que el catolicismo A este parte de una visin antropolgica radicalmente contraria a la enarbolada la por mentalidad renacentista e ilustrada. Mientras que para esta mentalidad el ser humano aparece como un individuo aislado y autnomo en todos los sentidos, soberano sobre el mundo y las cosas, el pensamiento cris- parte de que el hombre es un ser ontolgicamente dependiente, tiano incapaz de darse la existencia a s 34 Para el catlico, por tanto, mismo. no puede ser reducida a una mera ausencia de vnculos. Una la libertad per- slo llega a ser libre cuando se desarrolla como tal, con todo y sona sus condicionantes concretos. Mucho ms que una capacidad de eleccin, libertad cristiana se identifica con la posibilidad de que el hombre la alcance infinito para el que ha sido creado. El ideal de autonoma, el destino de hecho, es impensable; en tanto ser dependiente, el individuo slo ti ene alternativas: o depender de Dios, o depender de los hombres y dos el Estado. En la visin catlica, la comunidad civil y eclesial es una dimensin y una condicin indispensable para que la semilla humana d su fruto 35 por lo mismo, el respeto a su existencia es una condicin para la ; libertad. importante resaltar que el mundo social cristiano no consiste Aqu es en archipilago de indivi duos aislados que un da pactaron un voluntaria- adhesin: est formado por una serie escalonada de mente su comunidades nat urales, ordenadas a la reali zacin de los fines trascendentes de hombre. La persona tiene una esfera de vida ntima que est todo intrn- fundamentalmente cerrada a la intervencin del Estado, y las seca y tidades en que su vida se desarrolla que no le deben a ste su enexistencia una cierta autonoma y derecho al propio gobierno. La han de tener organizacin estatal, en cuanto poder soberano, no puede jams cambiar ni transformar a las personas o a sus agrupaci ones, que crecen por propia iniciativa y sirven a fines sociales objetivos, como meros instrumentos movidos como si fueran piezas pasivas por mandato y sin derechos, coacPersona y 34 En este punto nos basamos en Carpintero, Francisco, Libertad y derecho, derech , nm. 30, pp. 41-111; y Giussani, Luigi, El sentido religioso , Madrid, Ediciones Encuentro, 1998, pp. 126-135. o 35 Giussani, Luigi, op. cit. , p. 188.

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cin.3 6 Clemente de Jess Mungua, vicari o general del Obispado de Michoacn hacia 1840, lo sealaba claramente en su Del derecho obra en sus principios comunes y en sus diversas ramificaciones, natura l considerada como uno de los textos en que se expresa de manera ms concisa el ideario del partido 3 7 conservador:...la constitucin social est fuera del dominio humano. Luego contra ella no hai poder legtimo entre los hombres, y por tanto, sus principios deben quedar siempre salvo en todo buen sistema de legislacion ...Ya que se quiere hacer una carta constituyente, conviene mucho no p erder de vista que debe hallarse en relaciones mui directas con los principios verdaderos, los fines legtimos y los medios naturales de accion de la sociedad: porque todo lo que sea salir de este paralelismo, digmoslo as, es poner la Constitucin poltica en una pugna mas mnos fuerte, pero siempre inevitable, con la sociedad misma, 38 y este es un mal de incalculables trascendencias.

Siendo as las cosas, es entendible que introducir la idea de libertad moderna, de fuerte inspiracin racionalista, habra de traer un conflicto de magnitudes extraordinarias en la nueva nacin. Si bi en y liberales aceptaron sin reservas liberta del nuevo Estado conservadores la Espaa que nadie cuestionara y d libertad respecto de con l a la consecuente prohibicin de la escl avitud,individual, la discusin acerca de las antiguas cristianas y estamentales (propias de una sociedad libertades corporativi- la novohispana) s acarreara una serie interminable de zada como tensiones, polmicas y luchas fratricidas. Mientras que el partido liberal 39 luchaba por fortalecer simultneamente al individuo y al Estado, destruyendo la influencia de los grupos intermedios que pusieran al ejercicio obstculos vertical del poder, el conservador tena sus miras en evitar concepciones tradicionales de la libertad fueran negadas que las oecha zadas. En este sent ido, la divisa de religin y fueros , muy r utili36 Rommen, Heinrich A., El Estado en el pensamiento catlico , Madrid, Instituto de Estudios Polticos, 1956, p. 22. 37 Gonzlez, Mara del Refugio, El pensamiento de los conservadores mexicanos , en Rodrguez O., Jaime E. (coord.), The Mexican and Mexican American Experience in the 19th Centur , Tempe, Bilingual Press, 1989, p. 64. y 38 Mungua, Clemente de Jess, Del derecho natural en sus principios comunes y en sus diversas ramificaciones, o sea, curso elemental de derecho natural y de gentes, pblico, poltico, constitucional, y principios de legislacin , Mxico, Imprenta de la Voz de la Religin, 1849, p. 176. 39 Vase Garciadiego, Javier, Dnde qued el liberalismo? , en Zoraida Vzquez, Josefina (coord.), Recepcin y transformacin del liberalismo en Mxico. Homenaje al profesor Charles A. Hale, Mxico, El Colegio de Mxico, 1999, pp. 79 y 80.

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zada por los conservadores a partir de la dcada de los treinta, era un grito libertario. As, tenemos ya en las manos los element os para comprender cul ra se- objetivo central de todo el constitucionalismo conservador. el Desde punto de vista, los textos constitucionales creados por los nuestro conservadores mexicanos del siglo XIX no seran otra cosa que jurdicos para dispositivos organizar y limitar el poder pblico, de un modo tal que la preservacin de las libertades cristianas y tradicional es estuviera siempre garantizada en la nueva nacin. Lo dira tambin Clemente de Jess Mungua, al afirmar que el derecho constitucional y la organizacin del gobierno consisten en la disposicin particular de todos sus elementos fsicos, intelectuales y morales de accin, de la manera ms conforme los intereses bien entendidos de la sociedad . Veamos qu tenan estas significado palabras en la dcada de 1830, cuando la primera Repblica federal estaba llegando a su fin. II. E L FIN DE LA I R EPBLICAFEDERAL

Al igual que en otros lugares de Hispanoamrica, los miembros de la oligarqua criolla novohispana, heredera del poder tras la prolongada gue- Independencia que haba asolado su pas ms de diez aos, rra de tuvieron que afrontar el problema fundamental de construir un sistema poltico que ejerciera una autoridad efectiva y duradera. Los miembros de oligarqua pertenecan a una generacin que haba pasado sus aos esta formativos en medio de un fermento poltico sin precedente en la arena internaci onal, y que estaba plenamente imbuida de las tendencias ideol- la poca napolenica. Tenan un conocimiento detallado de gicas de la Revolucin francesa, tanto de su ideologa como de sus efectos, y algunos asistido a las Cortes de Cdiz, donde participaron en los haban debates que condujeron a la Constitucin liberal de 40 Sera casi entonces, que su primera preocupacin fuera la de redactar una 1812. natural, constitucin escrita en la cual basar la construccin del nuevo Estado poscolonial.

40 Costeloe, Michael P., La Repblica central en Mxico. Hombres de bien en la poca de Santa Anna, Mxico, Fondo de Cultura Econmica, 2000, p. 31.

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1. La Constitucin de 1824 Tras el fallido intento iturbidista de constituir un Imperio en mexicano,de 1824 se cre formalmente la primera Repblica octubre federal. momento, observa Jess Reyes Herol es, el ambiente En aquel poltico dominante se caracteri zaba por un opti mismo sin lmites. Muchos constituyentes crean sinceramente en que la primera Constituci n sera remedio de todos los males del pas, y pensaban que ello se lograra el retratando en su t exto un orden justo y bueno susceptible de ser descubierto 4 1 Este entusiasmo, expresado en una verdadera devocin por la razn. por los estudios constitucionales, era la sea inequvoca de la influencia que el racionalismo ilustrado tendra en la primera carta federalista, que adoptara como forma de gobierno la Repblica representativa, popular y 4 2 federal. fundamental de 1824 configuraba una legislatura bicameral La ley poderosa y un Ejecutivo dbil, muy vigilado por la primera. La Cmara Diputados estara compuesta por representantes elegi dos de directamente por los ciudadanos (a quienes no se les exiga un mnimo de ingresos ejercer el derecho de voto), y los miembros de la Cmara para poder de Senadores seran nombrados por las legislaturas de los Estados. Si n llegar a formar un sistema parlamentario, los constituyentes otorgaron al Con- general facul tades que revelan su papel preponderante en la greso mec- todo el sistema constitucional: era el encargado de velar por nica de observancia de la Constitucin y de establecer medidas para la sancionar a los funcionarios responsables de su quebrantamiento, y tena la facultad de resolver las dudas sobre la inteligencia de la ley exclusiva funda- . Algunas Constituciones estatales de la poca iran ms mental lejos, estableciendo la clara supremaca del rgano representativo: la Constitu-Puebla, por ejemplo, dispona que el supremo poder del cin de Estado en su Congreso. Este poder se divide para su ejercicio en reside lativo, Ejecutivo y 43 LegisJudicial . Ejecutivo, por su parte, estaba muy limitado El Se constitucionalmente. individuo, electo por las legislaturas locales depositaba en un solo y41 Reyes Heroles, Jess, El liberalismo mexicano , Mxico, Fondo de Cultura Econmica, 1982, t. I, p. 40. 42 El texto completo de la Constitucin de 1824 puede consultarse en Tena Ramrez, Felipe, Leyes fundamentales de Mxico, 1808-1998 , Mxico, Porra, 1998, pp. 167-195. 43 Zoraida Vzquez, Josefina, El federalismo mexicano, 1823-1847 , en Carmagnani, Josefina (coord.), Federalismos latinoamericanos: Mxico-Brasil-Argentina , Mxico, Fondo de Cultura Econmica, 1993, pp. 26 y 27.

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en casos de excepcin por el Congreso general, aunque estaba prevista la existencia de un vicepresidente de la Repblica. Este ltimo sera quien obtuviera el segundo mayor nmero de vot os, lo que implicaba colocarmisma oficina al presidente y a su principal adversario en la (tremendo despus habra de traer graves consecuencias). Exista error que tambin o de Gobierno, compuesto por la mitad de los senadores y un Consej el vicepresidente, quien t endra facult ades para instruir expedientes por de responsabilidad y emitir dictmenes en cuestiones de inters general. Ms como un auxilio al Ejecut ivo, el Consejo estaba concebido como que una institucin legislativa para controlarlo, pues funcionara nicamente du- los recesos del propio Congreso general. El presidente, adems, rante no contara con la facultad de disolver a las Cmaras, ni con la posibilidadmedi das de emergencia en caso de turbacin de dictar El Poder Judicial federal estaba integrado por una Corte Suprema poltica. de Justicia, y por tribunales de circuito y juzgados de distrito. La designa- los miembros de l a primera corresponda a l as legislaturas cin de locales junto con el Congreso general, y estaba prevista la posibilidad de crear un tribunal singular para juzgarlos. Por otro lado, la Constitucin no tena un ttulo expresament e dedicado a los derechos ciudadanos, aunque algunos de los estados s garantizaron los de igualdad, seguridad jurdica, berta d de imprenta y respeto a la 4 4 En cambio, su texto lipropiedad. claramente que la religin de la nacin era y sera prescriba s perpetua- catlica, apostlica y romana, prohibindose el ejercicio de mente la cual- otra. Aunque haca leves referencias al Patronato como una quier insti- vigente, no ofreca fundamento alguno para tomar medidas tucin contra las propiedades corporativas o el fuero 4 5 eclesistico. La ley fundamental dispona que la nueva nacin estaba integrada por Estados libres y soberanos en lo relativo a su rgimen interior, zando la garanti- forma republicana, representativa y popular de gobierno para uno de ellos. El federalismo, sin duda alguna, fue la decisin cl cada ave constituyente, y la que ms polmicas provocara. Aunque del muchos la adopcin del arreglo federal de Estados Unidos, es criticaron indudable incorporacin responda a la necesidad de dar forma que su constitucionalde hecho que existan en las regiones desde los aos de a los poderes la44 Zoraida Vzquez, Josefina, Los primeros tropiezos , Historia general de Mxico , Mxico, El Colegio de Mxico, 2000, p. 533. , 45 Margadant, Guillermo F. , La Iglesia ante el derecho mexicano. Esbozo histrico-jurdico Mxico, Miguel ngel Porra, 1991, p. 164.

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Independencia 4 6 El sistema federal institucionalizaba la . consolidada por fragmentacinborbnicas y el liberalismo espaol, y las reformas crea- gobierno nacional muy dependiente de los estados, supeditado ba un astos en dos reas vitales: la recaudacin de impuestos y el reclutamiento de tropas. 2. Los problemas de la nueva nacin Aunque la promulgacin del texto consti tucional de 1824 haba despertado un gran optimismo, el nuevo Estado federal se estrenara sobre endebles. Por aquellos aos, Mxico tena una enorme bases extensin una poblacin escasa y mal distribuda (cercana a los siete territorial, mi- de habitantes), pocas y malas vas de comunicacin, y una llones diver- lingstica acentuada. La guerra de Independencia haba sidad causado inmenso a la economa, y la prdida de la mitad de la fuerza un dao 4 7 muchas de trabajo en la lucha afectaba a todas sus propiedades industrias estaban destruidas, y los circuitos comerciales y crediticios ramas; e de Colonia haban dejado de 4 8 los campos presentaban un la funcionar; aspecto igualmente desolador, pues la gran mayora de la poblacin viva pobreza extrema, y la violencia y los robos eran cotidianos en una en casi todo el pas. crisis econmica y comercial priv al nuevo Estado de los La grandes recursos fi scales que el antiguo vi rreinato haba gozado; la de las entidades federativas era muy reducida, y la debilidad del colaboracin gobierno central lleg a ser tan notable que los asuntos de hacienda quedaron casi totalmente en manos de comerciantes y 49 Repleto de agiotistas.potencias mercantiles extranjeras, el pas enfrentaba deudas con las constantemente reclamaciones y amenazas, y la inseguridad que ello 50 provocaba la creacin y el sostenimiento de un gran ejrcito deriv en regular. embargo, estaba en ruinas y distaba mucho de constituir un ste, sin po coherente y disciplinado. A pesar de que en varios aos el cuerejrcito ms de la mitad del presupuesto nacional, los soldados recibi carecanLa Diputacin Provincial y 46 Sobre este tema, el texto clsico es el de Benson, Nettie Lee, el federalismo mexicano , Mxico, UNAM-El Colegio de Mxico, 1955. 47 Zoraida Vzquez, Josefina, op. cit., p. 551. , Mxico, Fondo de 48 Ibarra Bellon, Araceli, El comercio y el poder en Mxico, 1821-1864 Cultura Econmica, 1998, pp. 22 y 23. 49 Ibidem, p. 25. 50 Costeloe, Michael P., op. cit ., pp. 22 y 23.

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de uniformes, armas y municiones, y a menudo no reciban su paga durante varios meses. Esta situacin provocara constantes levantamientos dara un enorme poder a los caudillos militares y revueltas, y quienes sufragar por s mismos los gastos de sus podan tropas.Repblica federal, adems, habra de nacer en medio de una La agitacin poltica sin precedentes. El rompimiento del viejo orden pano haba desatado las aspiraciones contrapuestas de diversos novohisgrupos y la conflictividad aument cuando algunos empezaron a sociales, culpar instituciones y valores coloniales de la crisis que se est aba a las viviendo. de que haba sufrido grandes prdidas en ingresos y A pesar personal la guerra de Independencia, la Iglesia era todava la durante corporacin ms influyente del 51 y por ello ciertos liberales doctrinarios pas, que disponer de sus bienes sera el remedio ms adecuado para sostenan sa- las finanzas del inestable y empobrecido Est ado federal. El near conglomerado de corporaciones y actores colectivos heredados de la inmenso sociedad colonial segua si endo predominante, y querer suprimir sus pri vilegios y soberanas particulares supona dar pie al nacimiento de un conflicto de mayores 52 Las propuestas de los radicales, dimensiones. que pronto adquiriran un corte hispanofbico, polarizaron enormemente el escenario poltico, y durante los gobiernos de Vicente Guerrero (1828 y829) y Anastasio Bustamante (1830-1832), el irreductible 1 entre las propuestas de radicales y conservadores se hara ya antagonismo evidente. todo esto fuera poco, el documento constitucional de 1824 Por si trmos- rpidamente sus deficiencias para asentar sobre bases firmes muy el manejo institucional de los problemas sociales que se estaban viviendo.los aos de la Repblica federal, el presidente slo pudo Durante realizar sus funciones utilizando facultades de emergencia no previstas en el texto de la ley fundamental, con lo cual la Constitucin se fue do irrelevant e para el gobierno 53 Adems de ello, el titular volvienefectivo. tuvo que enfrentar las cont inuas conspiraciones fraguadas del Ej ecutivo en oficina contigua a su despacho; de hecho, los dos primeros la vicepresidentes encabezaran rebel iones para derrocar a los gobi ernos de los que formaban parte. El Legislativo, mientras tanto, se const ituy en el poderIbidem, p. 28. 52 Vase Lemprire, Annick, Reflexiones sobre la terminologa poltica del liberalismo , Construccin de la legitimidad poltica en Mxico , Zamora, El Colegio de Michoacn, 1999, p. 55. El manto liberal. Los poderes de emergencia en Mxico, 53 Aguilar Rivera, Jos Antonio, 1821-1876, Mxico, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurdicas, 2001, p. 117.51

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predominante, llegando a poner en prctica un verdadero asamblesmo. legaliz golpes de Estado en 1828 y en 1830, y en El Congreso muchas ocasiones se adjudic la solucin de casos 5 4 La Suprema judiciales. endeble, y sufri varias veces la intervencin de los Corte permaneci otrospoderes. El desequilibrio entre los poderes era patente, y no dos exista un medio para evitar que los fuertes conflictos entre los grupos enloquecieran l a marcha del gobierno. En ese contexto, el ascenso de polticos los radicales al poder en 1833 llevara al pas a un punto de inestabilidad existencia misma de todo el sistema federal se pondra extrema, y la en juego. 3. La reforma radical de 1833 A finales de 1832, un golpe mili tar encabezado por Antonio Lpez de Santa Anna dara fi n al gobierno de tendencias conservadoras del general Bustamante. Los Convenios de Zavaleta, suscritos tras la Anastasio pitulacin del presidente, disponan la renovacin del Congreso cafederal y las legislaturas estatales, y daban la presidencia interina a Manuel G- Pedraza. Al ao siguiente, el nuevo titular del Ejecutivo llevara mez aabo las elecciones previstas en los Convenios, en las que resultara c ven- el partido de los liberales radicales. Santa Anna, electo cedor presidente, el poder y se retirara a su haci enda en Veracruz. Como no asumira secuencia de ello, el vicepresidente Valentn Gmez Faras tomara conlas riendas del Poder Ejecutivo el 20 de abril de 1833, encabezando as el gobierno que lanzara la primera reforma liberal en la historia del Mxico independiente 55 . El nuevo Congreso, dominado por liberales radicales sin experiencia, tena la clara intencin de imponer cambios fundamentales en la vida poltica, social, econmica y cultural de la nacin. Desde el punto de de estos reformadores, la sociedad colonial heredada despus de vista siglos tres de dominacin espaola, sus instituciones y valores, deban ser destruidos y reemplazados por una sociedad secular dinmica a la altura tiempos modernos. Para Jos Mara Luis Mora, el pensador de los liberal54 Vase Zoraida Vzquez, Josefina, El federalismo mexicano, 1823-1847 en Carmagnani, Marcello (coord.), Federalismos latinoamericanos: Mxico-Brasil-Argentina , Mxico, Fondo de Cultura Econmica, 1993, pp. 34 y 35. 55 Sobre la reforma de Gmez Faras, vase Costeloe, Michael P. La primera Repblica federal de Mxico (1824-1835) , Mxico, Fondo de Cultura Econmica, 1975, pp. 371-412.

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ms influyente de Mxico y por entonces consejero del vicepresidente era indispensable llevar a cabo una revolucin mental Gmez Faras, n la masa del pueblo , una obra de reforma de las costumbres e conducida por las autoridades pblicas mediante la educacin y la afirmacin de la preponderancia de las leyes y de las autoridades civiles sobre los dogmas, los fueros y los medios de influencia social de la 56 a que consideraba responsable del atraso y los problemas del pas. En Iglesia, la otras palabras, los liberales de 1833 luchaban, segn Mora, por una reforma econmica y poltica que impidiera la existencia de...pequeas sociedades dentro de la general con pretensiones de independencia respecto de ella: por ltimo, lo que no se quera era que los poderes sociales destinados al ejercicio de la soberana se hiciesen derivar de los cuerpos o clases existentes, sino, por el contrario, que los cuerpos creados o por crear derivasen su existencia y atribuciones del poder soberano preexistente y no pudiesen, como los ciudadanos particulares, alegar ni tener derechos contra l. 5 7

As, entre juni o y diciembre de 1833, el Congreso emprendi una de serie reformas que at acaban de frente la omnipresencia social del mayor de cuerpos, la Iglesia catlica: secularizacin de las misi ones de estos Cali- (17 de agosto), creacin de una direccin de control general de fornia enseanza (16 de octubre), cierre del Colegio de Santa Mara de la Todos los Santos y de la universidad (16 de octubre), cese de la obligacin civil de pagar el diezmo eclesistico (27 de octubre), cese de la coaccin el cumpl imiento de los votos monsticos (3 de civil para noviembre),de la ltima provisin de 5 8 (6 de noviembre) y anulacin canonjas de curatos vacantes (17 de diciembre). Al mismo tiempo, ley de provisin ain de combatir a los opositores sospechosos, el Congreso decret la f mosa Ley del caso , que ordenaba que 51 individuos fueran faexpulsados por seis aos e impona el mismo castigo a cualquier de Mxico otra persona que estuviese en el mismo caso . Muchos estados imitaron al gobi erno federal y en sus constituciones adoptaron varias medidas anticlericales. Las Constituciones de Durango y del Estado de Mxico otorgaron al gobernador el ejerci cio del patroLemprire, Annick, op. cit. , p. 53. Luis Mora, Jos Mara, Obras , citado por Moiss Gonzlez Navarro, op. cit. , p. 61. sueltas 58 Una canonja es una dignidad o prebenda por la que se pertenece al cabildo de iglesia catedral o colegial.56 57

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nato; la de Michoacn le dio a su legislatura la facultad de reglamentar de los cnones y la disciplina externa del clero; y la la observancia de Yucatn declar la tolerancia de cultos. Los radicales de los estados, decididos por la reforma, solicitaron permiso al Congreso federal para for- una coal icin en defensa del federalismo, al tiempo que se mar discutan para la desamortizacin de l os bienes eclesisticos y la proyectos ganizacin del 59 reorejrcito. De enero a abril de 1834, Gmez Faras centrara sus fuerzas en hacer efectivas las reformas del ao anterior y en sacar adelante el proyecto de arreglar la deuda pblica mediante la enajenacin de los bienes de la Iglesia. A fin de lograr estos objetivos, el gobierno orden que se llevara una purga total de todos los opositores que ocupaban cargos a cabo p- 60 En los niveles nacional y local, centenares de personas se blicos. privadasvieron empleos y de su posicin en la sociedad. Por toda de sus Repblica, funcionarios principales y secundarios del Poder Judicial, la de burocracias locales y estatales, de los cabildos pueblerinos y de las un gran conjunto de otras reas pblicas fueron despedidos sin miramientos y reemplazados por l iberal es y simpatizantes del gobierno. De igual ma- se entabl una campaa contra l os espaoles que an se nera, encontra- pas, varios estados emitieron rdenes de destierro contra ban en el todos los partidarios del derrocado rgimen de Bustamante, y los obispos otros altos jerarcas del clero nacional fueron amenazados de y expulsin a aceptaran l as reformas liberal es. Mora llegara a pedir, menos que inclu- el presidente y las Cmaras ejercieran un acto dictatorial so, que empusieran sus reformas pasando por alto las formas i constitucionales,privilegios del ejrcito y la Iglesia no podran ser puesto que los destrui- la Constituci n vigente era observada 61 dos si rigurosamente.

Zoraida Vzquez, Josefina, Los primeros tropiezos , Historia general de Mxico , Mxico, El Colegio de Mxico, 2000, p. 539. 60 Costeloe, Michael P., La Repblica central en Mxico. Hombres de bien en la poca de Santa Anna, Mxico, Fondo de Cultura Econmica, 2000, pp. 52 y 53. 61 Aguilar Rivera, Jos Antonio, op. cit., pp. 158 y 159.59

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4. La reaccin conservadora y el fin del gobierno liberal Al cabo de pocos meses, los radicales parecan haber consolidado su posicin y estar firmemente arraigados en todos los rincones del poder. Sin embargo, la oposicin conservadora no tard en organizarse y comenz a conspirar contra el gobierno reformista. Ya desde mayo de 1833, clebre consigna de religin y fueros , se haban desatado bajo la queas revueltas a lo largo y ancho del pas, y a fines de ese ao peestall el descontento popular, que vea seales divinas contra las reformas temblores de tierra y una epidemia de clera que estaba en varios diezmando a la6 2 Tras el decreto del 17 de abril de 1834, que poblacin. un ultimtum sobre la provisin de curat os, los grupos daba a la Iglesia opues-Gmez Faras pediran la intervencin urgente del general tos a Santa quien a su regreso de Veracruz, el da 24 de ese mes, sera Anna, recibido salvador de la religin y la como el El 25 nacin. de mayo estallara en la villa de Cuernavaca una revuelta de mayores magnitudes. El Plan de Cuernavaca cargaba toda la responsabi- crisis en los cuerpos legislativos nacional y locales, la lidad de la dema- y las logias masnicas. Asimismo, defenda la Constitucin gogia de 1824, se opona a las reformas eclesisticas y a las proscripciones, peda la proteccin de Santa Anna, la derogacin de las leyes reformistas y la destitucin de los diputados, senadores y autoridades que hubieran ticipado en las reformas. El Plan empez a cundir entre los pueblos parainales de mayo. De los pueblos se extendi a las ciudades f importantes hasta triunfar en las capitales de los 6 3 De esta manera, en estados. la situacin de la Repblica era catica y estaba al borde de junio de 1834 una revolucin. En vista de esta situacin, Santa Anna cerr el Congreso y oblig a Gmez Faras a renunciar a la vicepresidencia. Durante junio y julio 1834, habiendo obtenido la promesa de un prstamo considerable por de par- clero, su gobierno tomara las primeras medidas necesarias te del para desmantelar el gobierno 64 Se suspendieron la Ley del caso liberal. y62 Vase Stevens, Donald F., Temerse la ira del cielo: los conservadores y la religiosidad popular en los tiempos del clera, El conservadurismo mexicano en el siglo XIX , Puebla, Universidad Autnoma de Puebla, 1999, pp. 87-102. 63 Vase Sordo Cedeo, Reynaldo, El Congreso en la primera Repblica centralista , Mxico, El Colegio de Mxico-ITAM, 1993, pp. 54-59. 64 Vase Costeloe, Michael P., op. cit., pp. 58-61.

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otros decretos del Congreso, se revocaron las rdenes de expulsin de algunos obispos y se permiti la reapertura de la universidad y los dems clericales que haban sido cerrados. La dbil oposicin de colegios los radicales en varias partes de la Repbl ica fue derrotada, y Santa Anna convoc a elecciones para formar un nuevo Congreso, las cuales se llevaran a cabo en enero del ao siguient e. 5. Las crti cas de Alamn a la Constituci n de 1824 Tras la experiencia de l as reformas de 1833, empez a la generalizarse el camino para la erradicacin del extremismo idea de que liberal y que, como se haba visto, amenazaban directamente las sus efectos libertades cristianas y tradicionales radicaba en el cambio de las estructuras polti cas vigentes, a l as que se consideraba causa fundamental de numerosos problemas del pas. En este punto, resulta muy los interesante analizar las crticas de Lucas Alamn, quien era ya una e ilustrativo las figuras ms prominentes del mundo poltico e intelectual de mexicano, a la Constitucin federal de 1824. Es en Examen imparcial de su administracin del general presidente la don Anastasio obra Bustamante, escrita y publicada tras ser acusado por el Congreso radical de haber participado en el asesinato de Vicente Guerrero, donde se denuncian de ma- ms precisa las deficiencias del diseo constitucional de 1824 y nera anuncian las modificaciones que habr de introducir el primer se modelo constitucional conservador. En principio de cuentas, es importante considerar que, para Alamn, lo que estaba ocurriendo en el pas tena un profundo paralelismo con la revolucin que haba asolado a Francia cuarenta aos atrs: algo slo comparable con la historia de Francia en la poca desventurada del dominio de los jacobi nos desde 1792 a65 En sus obras histricas 1795 . llegara a afirmar que en el gobierno radical de 1833 se de madurez, una hizo parodia de la Revolucin francesa, en la que el Congreso quiso representar el papel de la convencin, Santa Anna dej al vicepresidente la parte de Robespierre, haciendo recaer sobre l la Gmez Faras odio- de todas las medidas que ms chocaban al pbl ico . sidad Queriendo franceses, el partido liberal segn Alamn levant imitar a los la persecucin contra todo lo que haba de notable en la nacin y muy es65

Alamn, Lucas, op. cit. , citado por Gonzlez Navarro, Moiss

op. cit., p. 106.

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pecialmente [contra] los eclesisticos que podan oponerse a las reformas que se6 6 El grupo federalista, en el fondo, era un actor intentaban . en esta parodia ms liberal, y de ah que lo considerara como el paraso aspirantes y el terror del clero y los 67 de los propietariosde est a comparacin, es entendible que Alamn recurra Partiendo . su en Exame a las ideas del ms feroz de los crticos de la francesa, Edmund Burke, a quien considera el hombre que ha n Revolucin sabido mejor la tendencia y efectos de los movimientos polticos penetrar 6 8 Si de nuestra guiendo sus consejos, Alamn elabora un poca .de la Constitucin de 1824 basndose en la hi storia reciente profundo anlisis yn su propia experiencia. As, su primera gran crtica es sealar que e el texto federalista, lejos de partir de la realidad histrica nacional, era una copia de la Constitucin de Estados Unidos de mala Amrica:El modelo que se tuvo a la vista para la redaccin de nuestra Constitucin federal fue la Constitucin de los Estados Unidos del Norte, ms es una equivocacin el creer que el ejecutivo de nuestra Repblica est constituido de la misma manera que el de los Estados Unidos, y otra equiv ocacin mayor todava el figurarse que esa Constitucin aun cuando estuviese exactamente copiada deba producir los mismos efectos operando sobre distintos elementos.

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Y era una mala copia porque, segn Al amn, lo que en realidad se haba impuesto era el modelo constitucional espaol de 1812, en la temida Constitucin de la Asamblea francesa de inspirado 1791:El modelo... que se tom para constituir a la nacin fueron los Estados Unidos, pero de este modelo apenas se tena algu na tintura y lo que se haba visto practicar de alguna manera era la Constitucin espaola, que en s misma no era otra cosa que una imitacin de la de la Asamblea Constituyente de Francia y sta el resultado de todos los extravos metafsicos de los filsofo s especu70 lativos del siglo pasado.

Idem. Alamn, Lucas, Historia de Mxico , citado por Moiss Gonzlez Navarro, op. cit. , p. 119. 68 Ibidem, Examen imparcial de la administracin del general vicepresidente don Anastasio Bustamante , prlogo y seleccin de Lira, Andrs, Lucas Alamn , Mxico, Ediciones Cal y Arena, 1997, p. 168. 69 Ibidem., pp. 168 y 169. 70 Ibidem., p. 171.66 67

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Qu implicaciones tuvo que haber adoptado este modelo? Para el crtico conservador, este modelo constitucional implicaba una monstruosa de facultades en el cuerpo legislativo, haciendo acumulacin imposible y equilibrio que buscaron los legisladores modernos al el control adop- principio de divisin de tar el poderes: La Constitucin que dio a Francia la Asamblea Constituyente y copiaron servilmente las Cortes de Cdiz, no slo no distingui que debida-los poderes, no slo no estableci un equilibri o convenient e mente entre sino que debilitando excesivamente al Ejecutivo, traslad al ellos Legis- toda la autoridad, creando en lugar del poder absoluto del lativo monarca tan absoluto como aqul, y enteramente arbitrario, sin que un poder hu- para contenerlo ninguno de los frenos que podran en alguna biese ma- impedir la arbitrariedad de los monarcas. La Francia y la nera por semejantes constituciones no hicieron ms que pasar de la tirana Espaa de a la tirana infinitamente ms insoportable de muchos, y entre uno noso- hemos tros visto iguales 7 1 resultados. Crear este poderossimo rgano legislativo supona, entonces, un disear presidencial flojo y dependiente, casi inerme frente a los poder problemas que deba enfrentar como responsabl e ltimo de los destinos del El Ejecutivo tena que contar con la autorizacin del Congreso pas. para nombrar a sus empleados y sus act os eran vigilados y juzgados por Asimi smo, no tena un rgano consultivo propio para discutir los ste. asuntoscompet encia y en casos de gravedad tena que mendigar de su facultades extraordinarias al Congreso, cuyos miembros no eran responsables de la decisin colectiva que se tomase. As, la pobreza de los medios con los el sistema constitucional haba armado al presidente era una de que las causas principales que explicaban la catica situacin del pas:Esta causa no es otra que la impotencia del Ejecutivo para cumplir con las atribuciones necesarias de todo gobierno, y si alguna vez los mexicanos fatigados de los males de la anarqua, que han de ir cada da en aumento, pensaran seriamente en remediarlos, el primer paso que deben dar es vigorizar al gobierno, hacer que haya energa y fuerza donde no hay ms que languidez y debilidad. En suma, que haya gobierno, pu es que ahora no tiene ms que 72 una sombra o apariencia engaosa de l.

71 72

Idem. Ibidem., p. 186.

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Fortalecer el gobierno, sin embargo, no era la nica medida indispensable para combatir la anarqua y asegurar condiciones mnimas de liber- necesario tambin establecer limitaci ones constituci onales al tad: era po- absoluto del Congreso, tal como ya se haba hecho en der Estados Unidos.En los Estados Unidos del Norte este poder del Congreso est lejos de ser absoluto: l tiene limitaciones necesarias no slo en el texto de la Constitucin, las cuales siempre son ilusorias cuando es dueo de interpretarlas el mismo que est sujeto a ellas, sino principalmente... en el mayor poder del Ejecutivo y sobre todo en la organizacin y funciones de la Corte Suprema de Justicia. Los individuos de sta, a diferencia de lo que se halla establecido entre nosotros, son nombrados por el presidente como todos los dems empleados de la Federacin y en todos los asuntos de justicia se apela a ella de las determinaciones del Congreso general, el cual obran do simplemente como parte nombra a sus abogados y agentes que en juicio contradictorio va a sostener sus acuerdos contra quien lo ha demandado y en casi todos los casos 73 ocurridos hasta ahora el Congreso ha sido condenado.

Por todas estas razones, los mexicanos deban reformar su sistema constitucional y elaborar otro ms adecuado a su situacin. Para ello, lo primero que deba hacerse era det erminar con precisin quines participar en la vida poltica, pues para Alamn una completa deban democra- la cosa ms desvergonzada del mundo . El sufragio cia era universal, de Cdiz, haba dado lugar a congresos llenos de heredado legisladores irresponsables , autores de terribles desaciertos , que haban hecho de conquista de los puestos pblicos modus la . Lo que deba haun vivendi cerse, entonces, era desechar la ficcin metafsica de la voluntad gene- y restringir los derechos a votar y a ser electo para ocupar un ral cargo Asegurando que los congresos estuvieran en manos de los pblico. tivamente interesados en la preservacin de los derechos y libertades efecde sociedad los propietarios, en la visin de Alamn, se podran la crear Cmaras responsables y efectivas, pues los representantes acudiran a sus deberes motivados por su propio 7 4 inters. teniendo en cuent a las observaciones cont enidas en este As, importantsi mo escrito del ms influyente y respetado intelectual conservadorIbidem, pp. 182 y 183. Lira, Andrs, Lucas Alamn y la organizacin poltica de Mxico, seleccin y prlogo de Lira, Andrs, op. cit., pp. 44 y 45.73 74

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de aquellos aos, podemos entrever cules son los temas ms importantes a abordar el nuevo Congreso Constituyente, que algunos que llegara ya divisaban en el horizonte: A) Su primera tarea deba ser la de crear una Repblica centralizada en la que el acceso al poder poltico estuviese firmemente limitadoclases percept oras de sueldos y prsperas. La a las centralizacin ayudara a combatir a las facciones anrquicas que se haban adue- de l os gobiernos estatal es y que haban tomado partido ado por el programa radical. B) Esta Repblica no debera ser, sin embargo, fruto de extravos metafsicos , y deba inspirarse en un modelo que tomara en ta que cuen- la autoridad y efectividad de las normas es resultado de la experiencia y el tiempo. C) En cuanto a los poderes, deba fortalecerse al gobi erno y a la ju- dicatura, y establecer lmites precisos al poder incontrolado que pretenda representar la soberana voz del pueblo: el Legislativo. No deba olvidarse que los decretos de un Congreso abusivo, como 1833, haban dado lugar a todo cuanto el dspota el de oriental ms absoluto en estado de demencia pudiera imaginar ms arbitrario e 75 D) injusto . Finalmente, era necesario establecer un mecanismo que impidierala nueva divisin de poderes y el ejercicio de las que libertades fueran ilusorias : un instrumento capaz de ciudadanas asegurar el imperio definitivo del orden constitucional. III. N UEVO C ONGRESO C ONSTITUYENTENUEVA CONSTITUCIONAL ,TEORA

A pesar de que la propia Constitucin federal est ableca en su artculo 171 que no se podran reformar jams la forma de gobierno y la divisin de los poderes supremos de la Federacin y los estados, los res sobre una modificacin importante de la ley fundamental eran rumocada mayores a finales de 1834. El presidente Santa Anna, sin vez embargo,en que no permitira ataque alguno contra el texto insista constitucional75

Alamn, Lucas, Historia de Mjico , citado por Moiss Gonzlez Navarro,

op. cit., p. 40.

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o el sistema federal, y haba decidido esperar las seales que le daran los resultados finales de l as el ecciones a las que haba 76 sta convocado. en un clima de moderacin y escaso inters general, sin s se realizaron la presencia de los desprestigiados liberales radicales. El nuevo Congreso, formado por 81 diputados y 33 senadores, empezara a sesionar desde principios de 1835. La integracin del nuevo 7 7 dominado por conservadores, Congreso, liberales moderados y partidarios del general Santa Anna, anunciaba que del sistema federal era casi inevitable. En su mayor parte el fin estaba por abogados, aunque haba una importante cantidad de formado militares, hacendados, eclesisticos y funcionarios pblicos, con muy poca participacin de los profesioni stas y de las personas dedicadas a actividades literarias. Muchos tenan amplia experiencia poltica, y entre ellos haba centralistas destacados que haban formado parte del Congreso varios rante du- el primer gobierno de Bustamante, como Lucas Alamn y Manuel Snchez de Tagle. Habiendo visto la nueva fuerza de los partidarios del cambio constitucional, Santa Anna decidira abandonar su defensa del sistema federal, de enero anunciara su decisin de retirarse un tiempo a y a fines su hacienda de Veracruz. El general Miguel Barragn fue nombrado dente presi- interino, y conservara el cargo hasta febrero de 1836. Durante los primeros meses de su interinato, el nuevo Congreso derog la mayor par- las leyes reformistas an vigentes. Al mismo tiempo, se te de permiti de los exiliados y se reinstal a t odos los empleados que el retorno hubiesen sido degradados por razones 7 8 De igual manera, el polticas.desconoci a Gmez Faras Congreso como 79 y se vicepresidente tomaron nuevas medidas para reorganizar la milicia cvica. medidas que empezaban a tomarse para destruir la Federacin Las vocaron brotes de resistenci a militar en algunas regi ones. La mil icia prode Zacatecas decidi desafiar los decretos legislativos sobre reorganizacin cvicas y el gobierno federal no t uvo otro remedio de las milicias que imponerlos por la fuerza. En abril de 1835, Santa Anna decidi encabezarCosteloe, Michael P., op. cit ., pp. 63 y 64. op. cit.,pp. 67-69; y de Sordo, 77 Los datos del Congreso los tomo de Costeloe, Michael P., Reynaldo, El grupo centralista y la Constitucin de las Siete Leyes , en Patricia Galeana (comp.), Mxico y sus Constituciones , Mxico, Fondo de Cultura Econmica, 1998, pp. 101-103. 78 Vase Costeloe, Michael P., op. cit., pp. 80-93. 79 Al saber la noticia, Gmez Faras decidi autoexiliarse a Estados Unidos, pero viajando a travs de Coahuila y Texas donde los radicales an mantenan el poder.76

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la campaa del ejrcito nacional contra Zacatecas, y los federalistas zacatecanos considerados como el gran bastin del federalismo fueron derrotados en una batalla de unas cuantas 80 Una vez conocida horas. el movimiento centralista tomara mayoresta noticia, impulso. Orizaba, To- y Cuernavaca comenzaran por pronunciarse pacficamente por luca el cambio de forma de gobierno en mayo, y en junio habra una de pronunciamientos, fuertemente apoyados por ayuntamientos y avalancha peque-comunidades, por toda la 8 1 La peticin fundamental as Repblica. estos pronunciamientos era que el general de Santa Anna se declarara pro- de los pueblos y defensor de la religin y el orden, tector promoviendo ms acordes con las costumbres de la instituciones nacin. 1. Las bases constitucionales de 1835 Aprovechando el torrente de adhesiones al programa centralista, el Congreso se declar Constituyente el da 9 de septiembre de 1835, amplias facultades para variar la forma de gobierno y constituir a la con na- de nuevo . El Congreso confi el proyecto de reformas a una cin comisin de su seno, compuesta por Miguel Valentn, Jos Ignacio de Anzorena, Jos Mara Cuevas, Antonio Pacheco Leal y Manuel Snchez de Tagle. Aunque Alamn no tom posesin de su cargo de diputado, parece opiniones fueron sumamente influyentes en las labores de la que sus comisin.8 2 Un mes despus, la comisin present un proyecto de constitucionales, las cuales establecan un sistema provisional de bases gobierno mientras el Congreso redactaba la nueva ley fundamental. El 23 de octubre, el Congreso aprob las citadas bases, dando fin al sistema federal de 1824. Las Bases de 1835 adelantan puntos fundamentales de la nueva Constitucin y ofrecen una primera respuesta, sin duda parcial y provisional, tareas que Alamn consideraba deba resolver el nuevo a las cuatro greso. Con- 8 3 Sin decir nada sobre el fuero eclesistico, las bases que la prescriban nacin mexicana no profesaba ms religin que la catlica, apos- y romana, sin tolerar el ejercicio de cualqui er otra. En cuanto a tlica la forma de gobierno, se estableca una Repbli ca representativa popular80 81 82 83

Vase Costeloe, Michael P. , op. cit ., p. 76 y Sordo, Reynaldo , op. cit ., p. 107. Sordo, Reynaldo, op. cit., p. 107. Tena Ramrez, Felipe , op. cit. , pp. 201 y 202. Vase el apartado final del captulo 2.

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(ya no federal , como en la Constitucin de 1824). Asimismo, dispo- el supremo poder nacional se dividira para su ejercici o en nan que Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El Legislativo estara dividido en dos C- a las que se accedera por sufragio popular. El Ejecut ivo maras, lo ejercera un presidente elegido popular e indirectamente, y el Judicial es- integrado por una Corte Suprema de Justicia y por los tribunales tara jueces que estableciera la ley constitucional . Y sin entrar en y mayores las Bases sealan que, adems, se establecer... un arbitri o detalles, suficiente para que ninguno de los tres [poderes] pueda traspasar los lmi tes de sus at ribuciones . innovacin de estas Bases radica en la creaci n de un La mayor Estado mexicano centrali sta. En lugar de estados libres y soberanos, estas Bases Constitucionales proponan la existencia de departamentos, cuyos nadores gober- seran elegidos por el jefe del Ejecutivo. El gobernador de los departamentos estara asistido por un rgano consultivo con funciones econmicas, electorales y legislativas llamado junta departamental , cuyos miembros seran electos por la poblacin local. Y existira tambin un Poder Judicial local, cuyos funcionarios seran nombrados con interven-supremo Poder Ejecutivo. Lo que el nuevo sistema pretenda, cin del en sntesis, era dar unidad a la poltica nacional mediante la jurdica y polti ca, y al mismo t iempo crear una organi zacin centralizacin administrativa capaz de atender las necesidades y los intereses locales. das despus de la aprobacin de las Bases Constitucionales, Unos una convencin texana desconoci al gobierno nacional bajo el pret exto del establecimiento del 84 Desde principios del decenio de centralismo. el dominio del gobierno central sobre los colonos 1820, era claro que angloamericanos del distante estado de Texas era bastante dbil, y para muchos era predecible que se rebelaran contra la prdida de su autonoma A fin de virtual. combatir este levantamiento, Santa Anna emprendera en noviembre de 1835 una larga campaa hasta las tierras texanas, de donde regresara vencido y humillado en febrero de 1837. Sera en este largo de ausencia del general veracruzano cuando el Congreso periodo desarrollara sus labores constituyentes, concluyendo sus labores en diciembre de 1836.

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Zoraida Vzquez, Josefina, op. cit., p. 540.

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2. La teora constitucional del Congreso Constituyente de 18351836 Antes de entrar al anli sis de l as ideas y los resultados del Constituyente de 1836, es conveniente hacer una pausa y conocer con algn de- las teoras constituci onales a las que acudiran los redactores talle de la ley fundamental. Encargados de solucionar los problemas que nueva ha- denunciado Alamn en 1834 causados, en su opinin, por la ba fluencia del pensamiento revolucionario francs en l a Constitucin infede- 1824, los constituyentes tomaran como modelo a seguir los ral de remedios propios europeos haban implantado para contener los que los extravos de la temida revolucin. As, no es de extraar la autoritarios influencia que habran de tener en la nueva carta centralista las teoras constitucionales de Edmund Burke, Benjamn Constant y Emmanuel Sieys, tres de ms grandes pensadores pol ticos de la Europa de principios del los siglo marcados por su relacin con los acontecimientos que, desde XIX, alteraran por completo el rumbo de la historia 1789, occidental. A.Edmund Burke: el tradicionalismo constitucional Las ideas de Edmund Burke, el ms claro representante del conservadurismo poltico, fueron una referencia obligada de los constituyentes1836. 85 Nacido en Dubln en 1729, destac mexicanos de rpidamente como polemista y orador, y en 1766 obtuvo un escao en el Parlamentolado de whig . Apenas conocido en Francia antes de ingls al a los lido de los pocos meses delsestal 1789, la revolucin se convertira en uno de escritores ms ledos de su poca, tras la publicacin de sus los largu-Reflexiones sobre la revolucin de 86 reeditadas sima en s Francia, Pars once veces en menos de un ao. Escritas contra los ingleses que vean en los acontecimientos de ciaFran- reedicin de la Glorious Revolution de 1688, Reflexione una sus s constituyen la primera formulacin terica del pensamient o lucionario europeo. Para Burke, en efecto, la Revolucin francesa contrarrevohaba introducido en la historia una dolorosa ruptura que amenazaba con per85 Sobre Burke, vase Pocock, J.G.A., Introduction , Reflections on the Revolution in France , Indianapolis, Hackett Publishing Company, 1987, pp. vii-lvi; y Gengembre, Grard, Burke , Diccionario de la Revolucin francesa , Madrid, Alianza Editorial, 1989, pp. 770-776. 86 El ttulo completo de la obra es: Reflections on the Revolution in France and on the proceedings in certain societies in London relative to that event, in a letter intended to have been sent to a gentleman in Paris .

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turbar gravemente su curso. La pretensin de fundar una nueva sociedad mero jui cio raci onal era la causante de todos los excesos a partir del yesbordamientos que gobernaban Francia desde el derrocamiento de d la monarqua, y su desenlace obligado sera la instauracin de un Estado desptico cuyo poder no podra ser frenado ya. Nada que no fuese malo venir de esa cosa monstruosa a la que los franceses podra 8 equivocadamente, una 7 llamaban, Constitucin . de Burke, la mayor falta de los revolucionarios En opinin franceses haba sido atentar contra