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Artículo de Reflexión presentado para optar al título de Abogado, Universidad de San Buenaventura Medellín, Facultad de Derecho, Derecho, Medellín, 2016. Asesoras: Susana Valencia Cárdenas, Magíster (MSc) en Ciencia Política & Adriana María Ruiz Gutiérrez, Doctora en Derecho. Cita APA: (Orrego, Posso y Pulido, 2016) Referencia APA: Orrego, J.; Posso, A. & Pulido, F. (2016). El plagio académico: la letrada ilegalidad (Artículo como trabajo de grado). Universidad de San Buenaventura Medellín, Facultad de Derecho El plagio académico: la letrada ilegalidad Juan David Orrego Miranda, [email protected] Ángel Gabriel Posso Piedrahita, [email protected] Fabio Albeiro Pulido Páez, [email protected] Resumen El plagio académico: la letrada ilegalidad recoge variados puntos de vista de autores sobre esta práctica, hoy generalizada en las entidades y estamentos educativos, en los cuales, si su uso permanece, deslegitimaría la misión, visión, política y filosofía de los establecimientos de educación superior. Se puede afirmar que esta forma de fraude, deshonestidad o ilícito académico permea la vida universitaria y la trasciende. Por esta razón, las organizaciones, las entidades universitarias y el mismo Estado buscan poner freno a dichos comportamientos estipulando una serie de sanciones, para lo cual la doctrina y jurisprudencia han aportado importantes elementos de análisis. No obstante, las medidas tomadas siguen siendo insuficientes, ya que exigen una reforma progresiva de la sociedad misma que haga consciente a los individuos de la necesidad de incluir la ética en el campo académico, en aras de materializar una labor responsable. Palabras clave: Plagio académico, apropiación, obra original, copia.

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Artículo de Reflexión presentado para optar al título de Abogado,

Universidad de San Buenaventura Medellín, Facultad de Derecho, Derecho,

Medellín, 2016. Asesoras: Susana Valencia Cárdenas, Magíster (MSc) en

Ciencia Política & Adriana María Ruiz Gutiérrez, Doctora en Derecho.

Cita APA: (Orrego, Posso y Pulido, 2016)

Referencia APA: Orrego, J.; Posso, A. & Pulido, F. (2016). El plagio académico: la letrada ilegalidad

(Artículo como trabajo de grado). Universidad de San Buenaventura Medellín, Facultad de Derecho

El plagio académico: la letrada ilegalidad

Juan David Orrego Miranda, [email protected]

Ángel Gabriel Posso Piedrahita, [email protected]

Fabio Albeiro Pulido Páez, [email protected]

Resumen

El plagio académico: la letrada ilegalidad recoge variados puntos de vista de autores

sobre esta práctica, hoy generalizada en las entidades y estamentos educativos, en los cuales,

si su uso permanece, deslegitimaría la misión, visión, política y filosofía de los establecimientos

de educación superior. Se puede afirmar que esta forma de fraude, deshonestidad o ilícito

académico permea la vida universitaria y la trasciende. Por esta razón, las organizaciones, las

entidades universitarias y el mismo Estado buscan poner freno a dichos comportamientos

estipulando una serie de sanciones, para lo cual la doctrina y jurisprudencia han aportado

importantes elementos de análisis. No obstante, las medidas tomadas siguen siendo

insuficientes, ya que exigen una reforma progresiva de la sociedad misma que haga consciente

a los individuos de la necesidad de incluir la ética en el campo académico, en aras de

materializar una labor responsable.

Palabras clave: Plagio académico, apropiación, obra original, copia.

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EL PLAGIO ACADÉMICO: LA LETRADA ILEGALIDAD

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Abstract

Academic plagiarism: legal illegality, is a text where are collected varied points of view

of authors who have managed to make recognizable this practice, today very widespread in

institutions and educational sectors, in which, if their use remains, deslegitimaría mission,

vision, policy and philosophy of the, in this case higher education establishments.

It can be said that this form of fraud, dishonesty or illicit academic university life

permeates and transcends it, however organizations, institutions and the State seek to put a stop

to such abnormal behaviors and as response to these violations set forth penalties for which

doctrine and jurisprudence have contributed.

Another relevant aspect is plagiarism in relation to copyright, which is provided for in

the Constitution, the legislation, as well as looks political, economic and cultural ethics.

Also put in evidence the fragility of academic and curriculum of universities to these

anomalies, which take measures social, cultural, promoting the clean work and a great boost to

the field of ethics and politics to get to working life and the professional field to morally valid

individuals for this society.

Keywords: Academic plagiarism, appropriation, demerit, work, original, ignorance.

A modo de introducción

Abordar un tema como el plagio académico obliga necesariamente a reflexionar sobre

las implicaciones y las consecuencias que este tipo de prácticas genera en quien lo realiza de

manera fraudulenta, y en quien es objeto de éste. Para comprender los alcances de este acto

ilícito, es necesario pues partir de cuatro aspectos en los que se mueve indefectiblemente el

hombre, o en palabras más claras, quien toma como propio lo que es autoría de otro, a saber:

políticos entendido como el pacto de garantías de todos los integrantes de la sociedad; jurídicos,

o lo que es lo mismo, los aportes de la doctrina, la legislación, la jurisprudencia, las sentencias

y fallos de las cortes; educativos, esto es, los instrumentos pedagógicos de formación integral

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de los sujetos en la sociedad; éticos para el buen obrar o para el recto camino del sujeto social.

Aquí valdría la pena hablar de las incidencias económicas generadas por el detrimento de los

derechos patrimoniales que se generan cuando se vulnera el derecho de autor, y, en

consecuencia, el carácter de delito cuando se penaliza según la legislación. Además, se podría

exponer el factor psicológico o mental que lleva al individuo a incurrir en faltas que podrán

tipificarse como graves o gravísimas.

Sin embargo, en este ejercicio académico abordaremos el tema haciendo énfasis en la

educación y, obviamente, a los aspectos legales brindados para enfrentar el problema del plagio.

Para abordar esta cuestión, tan recurrente actualmente en las universidades, este trabajo busca

conceptualizar, argumentar y explicar las motivaciones y los efectos causados en el estudiante

o graduando que incurre en estas acciones ilegales, con el ánimo de plantear seguidamente

algunas alternativas de solución al problema de la letrada ilegalidad. De igual manera, se hace

necesario plantear los vínculos que se establecen entre el plagio académico y el derecho de

autor, ya que la tipificación del plagio se hace en relación con lo que lesiona, es decir, la

ilegalidad del plagio se presenta en conexidad con el derecho de autor que, en última instancia,

es aquello que termina siendo afectado. El análisis de este tema pretende evitar así la

especulación, y por ello se tomarán los aportes y las discusiones de algunos autores, lo cual se

realizó por vía de la consulta e investigación de textos escritos. Dichas ideas constituyen el hilo

conductor de este trabajo, en el cual convergen puntos de vista variados, que, por lo mismo,

presentan encuentros y distancias.

El tema del plagio es tan complejo, amplio y antiguo, como delicado, ya que se ha hecho

más visible en la cultura científica y tecnológica, dado que casi todo es susceptible de plagio.

En efecto, es común oír o decir: es original, legítimo, pirata, siendo expresiones acuñadas

no sólo para lo tangible, cosa, mercancía o producto, sino también para la producción

académica, ciencia, arte y cultura, o sea para las expresiones del espíritu humano. Entre la

conclusión a las que llega este trabajo se encuentra la de que no se podrá hablar de un

mejoramiento en la cultura si no se revisan y formulan nuestras prácticas en el quehacer

académico. La sociedad habrá de soportarse en valores mayormente éticos que supriman el

exceso de ignorancia, el utilitarismo, el abuso y el aprovechamiento sin medida del saber del

otro.

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2. Noción del plagio

El plagio es una práctica muy antigua, y que no fue hasta la década de los noventa del siglo

pasado cuando se inició su estudio de forma sistemática en Norteamérica, con el objetivo de

combatir el plagio académico, que en aquellos años ya era alarmante (Sureda, Comas, Morey,

2009, p. 198).

Lejos de ser una novedad, el plagio se encuentra inmerso en la sociedad. En un principio

pareció ser una acción que incluye únicamente a dos actores, a saber: el individuo- creador y el

individuo-editor. A lo largo de su trayectoria, este hecho ha vinculado a estudiantes, profesores

e instituciones educativas. Desde la esfera de lo académico, hoy tenemos grandes potenciales

en la comisión del plagio, esto es, al individuo alumno, al individuo maestro, quienes son los

más responsables de estas prácticas, y, por supuesto, de las soluciones al problema. Este flagelo

es descrito como:

Copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias. Constituye un acto

susceptible de ser no solamente reprobado, sino también penalizado. En todo caso, la

característica que lo hace inaceptable nace del acto de tomar como propio algo que, de principio

a fin, no lo es (Londoño Isaza, 2013, p. 55). El “plagio” es un término que en la actualidad toma

mayor vigencia en los recintos universitarios, planteles educativos, sin dejar de estar presente

en las corporaciones políticas. Partiendo de la definición de La Real Academia Española (RAE),

el plagio supone la: “Acción y efecto de plagiar (II copiar obras ajenas)”. Y plagiar es: “Copiar

en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias” (Real Academia Española, 2014). Franco

Jaramillo, Ríos Álzate y Salazar Garzón señalan que, en la parte académica, el plagio alude a

tomar “un trabajo realizado por otra persona y se hace pasar como propio sin otorgar los debidos

créditos; esto se puede hacer en forma deliberada o sin conocimiento de que se está cometiendo

un error” (2008, p.110). Si nos refiriésemos a este tipo de errores en los niveles escolares básicos

o primaria, se puede aducir que los niños desconocen las normas sobre el tema y, por ende,

actúan sin intención de daño, casi completamente inocente. Pero no es lo mismo en el caso de

adolescentes de secundaria o jóvenes universitarios, porque si bien es cierto que ellos pueden

desconocer la norma, no podría negarse el conocimiento de que esto es algo inapropiado,

reprochable.

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Cada uno sabe, con independencia de las normas establecidas que tomar como propio

algo que no le corresponde va contra el orden común de las cosas y, además, vulnera la dignidad

e integridad de la persona al arrebatársele algo que le pertenece, consiguiendo para sí un

beneficio, con lo cual expone al dueño a la expropiación. El plagio está ampliamente difundido

en el ámbito académico: no se ejecuta tanto por desconocimiento. Hay conciencia de que tomar

lo que no me pertenece es indebido. Ahora, lo que se desconoce más bien es la manera de cómo

evitar incurrir en dicho hecho: por tanto, darles un manejo correcto a las citas, el uso de

bibliografías, el reconocimiento al autor, el cual debe quedar plasmado dentro del trabajo, la

referencia de las fuentes de consulta, las ayudas académicas y pedagógicas, constituyen

elementos sustanciales a la hora de escribir. Asimismo, se desconoce las consecuencias legales

de incurrir en este “delito”.

El concepto de plagio es claro: la copia parcial o total de trabajos, textos u obras ajenas,

con o sin modificaciones; sin darle el debido tratamiento, es decir reconocimiento de autoría,

queriéndolas hacer pasar como propias. Sin embargo, en un estudiante podría decirse que su

intención no es aparecer como el autor de una obra “x”, sino más bien salir del paso, es decir,

presentar un trabajo para cumplir con él, independientemente de las razones que tenga para esto.

No está en la mente del estudiante y menos en su conciencia que el plagio es un hecho grave,

reprochable y castigable, porque sencillamente la sociedad en general y las mismas instituciones

educativas en particular lo han permitido. Cuando el estudiante lo hace de manera continuada

y usando diversas y novedosas modalidades de plagio, como se ratifica en el siguiente

argumento de Comas y Sureda (2005), citado por (Franco, et al., 2008):

Formas de plagio ‘on line’, también se hace referencia al ‘ciberplagio’, cuando se toma

un texto disponible en internet, ya sea gratuito o no. Pero también tenemos plagio común en

la educación virtual, por ejemplo, escaneando un texto físico y presentándolo como propio,

tomando trabajos de compañeros y presentándolos como propios, a veces con ligeras

variaciones (p. 110).

Al reflejarse este tipo de situaciones repetidas, existen razones de fondo para quien las

practica. No queremos decir con esto que quien lo hace una vez ya está justificado, dado que

siempre será una falta. Pero es necesario hacer una diferencia en quien lo practica una y por

primera vez, a quien lo realiza de forma continuada y va modificando su modo de operar con

la intención de encubrirse. Este es un hecho mucho más grave. Los alumnos cometen plagio

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al dar muestra de un examen o un parcial dentro del aula de clase al presentar una previa, aunque

existen claro está, quienes están preparados para sustentar sus conocimientos y quienes no, por

una razón muy simple: no estudiaron, para lo cual la solución también es simple: copiarle el

examen al compañero, inclusive se da casos en que se le arrebata al otro el examen. Si el

profesor se percata de la situación, anula el mismo, expulsa al agresor por esa clase,

imponiéndole 0 o 1. Pero no pasa nada más: nadie le explica al estudiante que esto es una de

las formas de plagiar, que tanto la institución como el estudiante afectado, podrían tomar

medidas legales para que él responda por su conducta, de manera que dicho hecho no pasa de

un simple mal trance o mal día para quien cometió la falta o para el agredido.

Otra de las formas en que se presenta el plagio es con las tareas de consulta destinadas

a ser desarrolladas en tiempo libre y de entrega para próximos encuentros. Pasa además dentro

del desarrollo de los trabajos grupales cuando el número de integrantes es mayor a dos,

normalmente, y más especialmente, en grupos grandes entre cuatro y más personas en lo que

siempre hay uno o dos que esperan el desarrollo realizado por los otros sin ningún miramiento

o contribución. En otras ocasiones, también suele ocurrir que uno o dos realizaron el trabajo

que, posteriormente, les fue repartido a los demás para que sustentaran la parte que les

corresponde, aunque con mayor gravedad, suele pasar que quienes lo realizan, lo sustentan y

los demás dicen dos o tres frases y listo obtienen su nota. Entonces ¿qué pasa con los

profesores en las instituciones de educación universitaria que, en ocasiones, permiten por

indiferencia o por error con estas prácticas?

Es innegable la envergadura de esta problemática en las instituciones de educación

superior. En las universidades el fraude ha aumentado sustancialmente, tal como lo argumenta

Zack (1998), citado por (García, et al., 2009).

Quien refiere que ahora es más compleja la definición y medición del fraude académico,

no sólo por la diversificación del mismo, sino por las nuevas posibilidades con las herramientas

tecnológicas y virtuales como el “copy- paste”; haciéndose necesario orientar investigaciones

hacia estas nuevas modalidades (pp. 80-81)

3. Modos y maneras de plagiar

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En el encabezado anterior referimos algunas modalidades de plagio, sin embargo,

enunciaremos aquí algunas de manera puntual y las desarrollaremos dentro del contexto del

presente título. Como lo describen los autores Comas y Sureda (2005), citado por (Jaramillo, et

al., 2008), las siguientes son conductas de ciberplagio: comprar o descargar trabajos, artículos

o proyectos de una web, copiar un texto completo desde una web o un archivo descargado de

internet, copiar partes o párrafos de distintos textos extraídos de internet, copiar y traducir

trabajos completos, partes del mismo o resultados de investigaciones (p. 110). Por otro lado, la

deshonestidad académica, o fraude académico abarca diferentes prácticas como hacer trampa

en exámenes (tanto copiar como dejarse copiar), plagio, presentar excusas falsas para eludir

responsabilidades y la deshonestidad académica digital, usando las funciones de “copiar” y

“pegar” (Vaamonde, 2008, p. 7-27).

Existen modalidades de plagio difíciles de detectar, tal como ocurre cuando se recurre a

viejos escritos físicos no disponibles en la red, porque quien los hizo no sabía o no se

interesó nunca en manejar estas herramientas tecnológicas que disponemos ahora. Esto facilita

obviamente el plagio a otros: un plagiador o alguien que simplemente requiera presentar un

trabajo de “x”, se dé a la tarea de buscar un escrito que le sea útil, porque sabe que su tío, su

hermano, papá u otro, trabajaba sobre el mismo. Y aquí es posible que encuentre algo que

presenta como propio, ya que él no se tomó el tiempo de consultar, investigar, comparar,

analizar y concluir.

Cuando se está frente a expertos plagiadores, aunque se valgan de textos de internet,

también podría ser complejo detectar si el trabajo es plagio de una o varias obras originales,

porque tal puede ser su astucia, es decir, su especialidad en la selección de ideas, frases palabras

o ejemplos, entre líneas, lo cual requiere de disponer de gran cantidad de material para

confeccionar un solo trabajo, lo que requeriría por parte del plagiador disponer de tiempo.

Además de tener que leer para seleccionar la información, y mal que bien, hacer un poco de

análisis, lo que le resultaría casi en que gana tiempo y conocimiento si de plano desarrolla su

propio trabajo, pero pueden darse casos en que esto se convierta en una modalidad de sustento

económico, y la persona se vuelve experta en plagiar y vender su producto, el cual se hace

detectable cuando dos o más personas aparecen con el mismo trabajo en una misma institución

o en diferentes con el agravante de llegarse a publicar.

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Cuando se trata de trabajos escritos que el estudiante tendría que sustentar mediante la

oratoria y la argumentación, teniendo bien claro sus puntos de vista, para negar una posición,

apoyarla o hacer un avance, introducirle un análisis nuevo, un uso o utilidad diferente que a otro

se le escapó. Es ahí donde se acudiría a la agudeza, experiencia, conocimiento del profesor.

Porque si en la mera presentación del trabajo no dedujo con facilidad que se trataba de un trabajo

plagiado total o parcialmente, es en la sustentación donde tendría que concluirlo, ya que lo

contrario supondría que el profesor es descuidado con el trabajo de los estudiantes, o peor aún

complaciente con este tipo de comportamientos.

El plagio se ha convertido en algo natural dentro del entorno social, haciendo parte de la

misma, como se expone a continuación:

La cultura del fraude académico sigue estando profundamente arraigada en la

mentalidad de los estudiantes colombianos, desde el bachillerato. Siendo visto por las

instituciones educativas como una simple violación del reglamento académico, y no como una

práctica con hondas raíces pedagógicas y culturales (García, et al., 2009, p. 79).

Es complejo intentar poner freno a una situación tan generalizada, cuando se ha

permitido que este avance a grandes niveles, siendo ejecutado en su mayoría por toda la

comunidad estudiantil.

Esto también acontece entre los estudiantes de arte, a pesar de la originalidad exigida

a su obra, porque abarca expresiones e interpretaciones muy particulares de quien la ejecuta de

acuerdo a su sensibilidad. Normalmente se escucha entre ellos: “no se puede plagiar; sería

burdo, cómo voy a igualar esa manera de expresar sino es la mía, no me corresponde, es el sello

que identifica a otro”. No obstante, sucede y, principalmente, cuando se trata de artistas

desconocidos, que quien esculpe para tener el diario de que vivir, y no sabe de leyes, registros

de obra o patentes y, si sabe no le interesa, no tiene tiempo, ni recursos para dedicarse a proteger

su trabajo, facilitando el incurrir en este tipo de prácticas. Esto sí que es absurdo, puesto que

aquel que trabaja en una obra cualquiera tiene que destinar recursos para protegerla, antes que

otro se la plagie. Y así el que pinta, dibuja o se dedica a la caricatura, u otra expresión artística

únicamente para sobrevivir, le deja vía libre a una mente aguzada en sacar provecho. Lo anterior

se puede ratificar con la siguiente expresión de Marsden, Carroll y Neill (2005), citado

por (Vaamonde, 2008) “la deshonestidad académica (DA) –también conocida como fraude

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académico- constituye un aspecto no deseado del proceso de enseñanza-aprendizaje. Con más

del 80% de los estudiantes universitarios que reconocen haber cometido actos de este tipo a

lo largo de su carrera” (p. 7). Asimismo, como lo manifiesta Lanier (2006), citado por

(Vaamonde, 2008) “La DA es una práctica más acentuada en los cursos online que en los

presenciales tradicionales” (p. 10-11).

Una de las características que ha hecho de la educación virtual una muy buena

alternativa para acceder a la educación superior, ha sido la flexibilidad de horarios: no se

requiere estar conectado a una hora determinada, sino interactuar en la plataforma educativa

durante determinado tiempo, además de la facilidad para el envío y entrega de trabajos por

correo o publicando dentro de la misma plataforma; evaluaciones virtuales; economía, entre

otros. Sin embargo, la misma interacción en internet conecta o da al estudiante, por las mismas

facilidades de estudio, la posibilidad de acceder y buscar en internet textos u otro tipo de trabajos

para presentar dentro del desarrollo de su carrera. Respecto al uso virtual como mecanismos

de consulta y búsqueda de información, Stephens, Young y Calabreseg (2007), citado por

Vaamonde (2008, pp. 10-11), argumentan que “la internet y otras herramientas digitales son

medios y no causas de DA”.: Evidenciando este problema como un constructo multidimensional

con diversidad de componentes.

Es preocupante como estas prácticas se han convertido en un hábito del estudiante,

propagándose con gran eficacia al punto que éste lo percibe desde sus aspectos culturales;

evidenciando graves fallas a nivel institucional y curricular, no sólo por las falencias en

cuanto a que no existe una claridad para afrontar el problema, sino porque no hay una

conformidad de parte del estudiantado con la manera como se ha planeado, organizado y

ejecutado los programas académicos, viéndose sometidos a recibir materias que dentro de la

carrera el aporte es pobre y muchas veces innecesario. Esto lleva a los estudiantes a la apatía y

la frustración frente a determinadas asignaturas y también a la deserción universitaria, y/o

cambios de carrera en los primeros semestres. No está demás referirnos a la frustración de

padres de familia frente a la situación académica de sus hijos, cuando éste hace un esfuerzo

por que su hijo ingrese y permanezca en la universidad, con la finalidad de obtener un título

universitario, esperando que ésta le brinde los medios y modos en pro de fortalecer

conocimientos, principios y valores y de esta manera adquirir las herramientas para defenderse

en su ámbito profesional.

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Desde luego, se espera que un plantel educativo sea el mejor centro de transferencia de

la enseñanza del alumno, pero sólo con hacer una mínima indagación del asunto nos damos

cuenta de lo errado que muchos padres y estudiantes están frente a esta concepción. En un

estudio de dos universidades colombianas los alumnos han manifestado algunas razones válidas

para cometer fraude como “tener mucho trabajo”, “que la evaluación mida sólo memoria”, “no

querer bajar el promedio”, “presiones familiares”, “falta de gusto por la materia y que ésta tenga

poca relación con la carrera” (García, et al., 2009, p. 98). Con extrañeza encontramos que una

de las causas del plagio por parte del estudiante reside en que el profesor o no explica o no se

hace entender bien, menos dedica un espacio para robustecer el conocimiento en el alumno.

Otro motivo, se presenta cuando éste impone el cumplimiento de alguna actividad relacionada

con redacción de algún tema o análisis del mismo, sin brindar elementos suficientes al

estudiante para hacerlo en debida forma, lo que da la sensación que el docente no tiene claro o

no se ciñe a protocolos frente este particular asunto.

Se observa pues que deja en el estudiante un vacío o dudas que tendrá que resolver

haciendo las veces de docente (auto enseñarse), y la única salida para defender su materia

consiste en apelar a escritos preexistentes que le den luces en su situación personal. Esta práctica

que, en principio, es autorizada, resulta ser frágil por cuanto la línea existente entre el uso

permitido y lo indebido lo pasan al campo de lo indebido el “plagio”, máxime cuando el

estudiante no ha recibido la más mínima orientación, o más complejo aún, la institución da

por sentado que todo lo sabe o debe saberlo de manera suficiente para cumplir con sus

exigencias. Siendo así que los estudiantes terminan valorando tanto la nota como sus profesores

y no el conocimiento adquirido. Y lo más importante es mantenerla, como es demostrado según

la siguiente exposición que ratifica este hecho “Yo creo que la nota es un incentivo importante

para hacer (fraude), porque…si uno sabe que no sabe, uno honestamente dice… no estudie y

ya. Pero si uno empieza a tener en cuenta que le va afectar la nota… que no puede, por

ejemplo, aplicar para un coterminal o para estudiar en el exterior” (Ordóñez, Mejía, Castellanos,

2006, p. 39).

De la misma manera, los profesores siempre utilizan el mismo test de preguntas, las

mismas fotocopias, el método que inclusive han usado en otros cursos propios o, a veces de

otros docentes, que sugieren alguna investigación hecha por otro colega para ser analizada, y

una vez los estudiantes cumplen con dicho compromiso, no se retroalimenta las ideas sustraídas

y trabajadas por los mismos; sin que se evidencia una argumentación, posición o nuevo aporte

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EL PLAGIO ACADÉMICO: LA LETRADA ILEGALIDAD

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desde la propia perspectiva del educador. Inclusive no se indaga las dificultades se le

presentaron, sin dar siquiera una mirada ni por sospecha de que tanto y debido reconocimiento

se le hizo al autor que fue objeto de consulta, creeríamos que este docente no está entregando

mucho, menos garantiza el aprendizaje en el alumno.

De acuerdo a lo anterior, entonces estaríamos en concordancia con el siguiente

comentario:

Las razones para hacer fraude se relacionaban sobre todo con creencias particulares de

los estudiantes acerca de lo académico. Estas creencias conforman toda una cultura en la que

el fraude se acepta, se justifica y se convierte en una práctica natural de la vida universitaria.

Se sugiere que la universidad refuerza esta cultura desde las prácticas pedagógicas de

enseñanza de aula, de organización curricular y de la evaluación del conocimiento, todas

basadas en una concepción de aprendizaje básicamente cuantitativa y de información, que ya

debería haber cambiado desde hace varios años. (García, et al., 2009, p. 83).

Es innegable que el plagio se ha introducido en los campos universitarios, en principio,

de manera tal vez imperceptible. Desde mucho antes del auge y avances de la tecnología e

internet, ahora referidas como tecnología de la informática y comunicaciones o TICS. Sin

embargo, si en ese entonces no hubo un actuar drástico y ejemplar para quienes lo cometieron,

dejando por sentado un precedente, probablemente porque el mecanismo del reglamento de la

universidad no lo contemplaba. Entonces, hubo un punto en que la universidad debió tomar

unas medidas convenientes a prevenirlo y sancionarlo, cuando éste paso a ser un fenómeno que

se salió de control, puesto que no es aceptable que una persona considere que puede realizar

plagio en unas cosas y en otras no, al tener conciencia de que ciertas propiedades deben ser

respetadas, ya pone de antemano un conocimiento.

Aunque los autores dentro de sus investigaciones, profesores de las diferentes

instituciones educativas y estudiantes que reconocen o admiten el hecho de haber cometido

algún tipo de plagio, se describan diversas causas por las cuales se presenta el mismo o se

incurre en ello, dándolo como que se ha vuelto cultura. Se ha desconocido y no profundizado,

el aspecto ético y moral concerniente al mismo. Erradamente se ha confundido el concepto

ético y moral, considerando que son lo mismo, pero estos difieren realmente uno del otro.

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Lo ético hace referencia a los comportamientos y actitudes de las personas socialmente

aceptable, es decir, que no resulta ético que alguien robe, cometa actos de corrupción o mate.

Estos actos son vistos y tratados como delitos, más no son catalogados como actos de

inmoralidad; mientras que lo moral está directamente ligado a la conducta de la persona,

siendo en sí lo que, desde su interior, por naturaleza propia se consideraría incapaz de hacer,

sólo por valía a su integridad y a la integridad de los demás, por respeto a su dignidad

humana. El hilo que distancia lo ético de lo moral es muy delgado, porque además está

condicionado a creencias religiosas, culturales, políticas y personales. De manera que para el

tema que nos ocupa, apropiarse, usar, arrebatarle a otro lo que le pertenece, lo denigra a él como

persona, le disminuye su dignidad en relación a su capacidad creadora y de trabajo: ¿pero,

es un acto inmoral? Para la persona afectada pudiera ser que sí, pero no igual para quien

lo practica, pero socialmente es algo reprochable. De manera que encaja dentro de la lista

de delitos, dentro de maneras negativas de actuar, apuntando más a una falta a la ética. Sin

embargo, alguien con alto sentido de moralidad, claridad en sus principios y valores, respeto

hacia los demás en todo su contexto y estima de su valía y su capacidad, tiene claro que no

podría cometer plagio.

4. Marco legal

Sin embargo, s i endo también un derecho el acceder a la información disponible en

diferentes medios, ha sido requisito generar mecanismos que regulen el acceso a la misma,

tratando de equilibrar ese hilo delgado entre lo que a este respecto está bien o mal. Siendo así

que en países como EU el (fair use) “uso legítimo”, busca un equilibrio entre los derechos de

los autores y de los usuarios, autoriza que los usuarios utilicen obras con copyright, sin

perjudicar la explotación económica de las mismas por parte de los autores (Loredo, 2006).

Toda vez que le ha sido reconocido la autoría de una obra a su creador, se le ha inferido la

autonomía para decidir sobre ella, dándole la libertad de que ésta sea trasmitida y hecha de

conocimiento público. Sin embargo, acogiendo al buen juicio de las partes, se contaría con que

se guarde un nivel moderado tanto del interés particular y el interés colectivo, aduciendo

tanto que se debe proteger al autor, pero que el público pueda acceder a beneficiarse de dicha

obra, sin el detrimento moral, intelectual y económico del autor. El uso de los links enmarcados

dentro de esta condición es acertado.

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Para lo anterior ya se tiene de manifiesto referencias sobre el tema. Pabón Cadavid (2006)

“Links Protegidos por el derecho de autor” (p. 42). Manejar este concepto virtual desde una

perspectiva legal requiere tomar varios referentes. De momento analicemos lo argumentado por

la autora Báez Jiménez (2015). Al publicar total o parcialmente sin autorización previa y

expresa del titular, se violenta el derecho moral, el cual es un derecho humano fundamental y

por ende sancionable. Con este tipo de conducta también se afectan los derechos patrimoniales

del autor o titular, pudiendo argumentarse dolo o mala fe ya que se conoce la acción, se tiene la

intención y se realiza la conducta (pp. 121-123). “Copiar a otros y el falso original” (Lépera, A.

2013, pp. 18-21). La obra de un artista al momento de ser reproducida es vista como simple

objeto, único valor que podría darle su plagiario, siendo la copia un medio de apropiación

indebido, facilitándose ésta a través del uso de las herramientas tecnológicas: inclusive un artista

que lleva una trayectoria reconocida valiéndose del uso de propiedad intelectual ajena, es

aceptado y reconocido su trabajo como arte, denigrando no sólo el trabajo del artista original,

sino a él como ser humano, ya que su trabajo no vale por sí mismo, hasta que lo toma la persona

que ya está posicionada en el medio. Tanto aquí delinque no sólo el que se apropia de la obra,

sino la sociedad que lo acepta. Es contradictorio el hecho que la norma castigue a quien la

infringe, pero a la vez las esferas sociales acogen y da valor agregado a quien por su

reconocimiento artístico toma lo que no le corresponde.

Es complejo que, habiéndose ya definido este asunto desde el ámbito de la legislación

como un derecho, como lo manifiesta Loredo Álvarez (2006). Los derechos de autor son

facultades exclusivas otorgados por el Estado al autor, por un tiempo determinado, para

beneficiarse del uso y explotación de sus obras, siendo éstos personal e inalienable,

irrenunciable e imprescriptible, está legitimado por su origen: el acto de creación-expresado en

la obra y la relación del autor con ella, que le permite a aquél decidir qué hacer con ella (pp. 61-

75). Y estando incluidos en las declaraciones de derechos humanos, tratados dentro de la

categoría de propiedad intelectual, abarcando derechos inalienables de la persona, como la

paternidad e integridad, la moral, el reconocimiento, el derecho de reivindicación, el derecho

de divulgación, y, por ende, el derecho de beneficio económico de su trabajo. Éstos son

derechos que el Estado está obligado a proteger y garantizar, tal como consta en la

Constitución Política de 1991, en su art. 61: “El Estado protegerá la propiedad intelectual por

el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley” (...) “Propiedad intelectual,

expresión que cobija diferentes conceptos tales como el derecho de autor, el derecho de

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propiedad industrial, los derechos sobre descubrimientos científicos, así como otras formas y

manifestaciones de la capacidad creadora del individuo” (Gómez, s.f., pp. 102-105).

A pesar de ser objeto de protección, tanto en Colombia, como en otros Estados, los

derechos de autor se han visto amenazados históricamente por el uso indebido de las obras y el

desmérito del creador, tanto en el ámbito gubernamental, religioso y académico. Es así como

los derechos de autor nacen como una solución al problema que se desencadena al momento

que aparece la manifestación de la mente humana plasmada en un medio material a través del

cual se puede percibir o materializar su existencia. A la vez, y como consecuencia, surge el

interés público de acceder a dicha obra, dando origen también a usufructuarios en dos

modalidades. El que usufructúa en debida forma autorizado por el mismo creador, y el que se

beneficia de la creación desconociendo lo anterior. La constitución Política colombiana en su

art. 1º establece que “Colombia es un Estado social de derecho (…)”, lo que significa que se

está acordando que todos los ciudadanos gozarán ante la Ley de la protección de sus derechos,

valga decir de los derechos sociales, pero fundamentalmente los individuales o particulares. Y

es aquí donde entra el derecho a la propiedad intelectual.

En sociedades tan complejas como las actuales, donde los pactos sociales son

interrumpidos por los incumplimientos, las inadecuadas interpretaciones de la normatividad,

los esguinces y acomodos a beneficio de particulares o de grupos, o por intereses de índole

económico y político, las adecuadas formulaciones de la Constitución son violentadas,

primando entonces la ventaja y la competencia, donde “el fin justifica los medios”. Sin

desconocer lo anterior, entonces “(…) es necesario crear ámbitos de responsabilidad claros y

específicos para que no existan vacíos legales” (Pabón Cadavid, 2006, p. 44). Las creaciones

individuales de las personas en tanto estas consten de características de originalidad, novedad,

invento/mejora industrial tecnológico o científico, o cualquier aplicación en el campo del

conocimiento, está protegido desde la constitución política del país. Es incomprensible que un

derecho consagrado constitucionalmente esté tan vulnerado, cuando se esperaría que, mediante

el avance tecnológico de las sociedades, se avance también en los componentes sociales de la

misma y la garantía de sus derechos, no por la aplicación tanto de normas sancionatorias,

sino por la elevación de su estatus moral y ético, esperando un estado de conciencia apenas

elemental como es el respeto por las pertenencias ajenas.

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Colocando de presente que no hay normas específicas para castigar el plagio, en

Colombia se les ha dado tratamiento, valiéndose de las normas de protección de derechos de

autor, tomando en cuenta los delitos en que incurra el plagiador por violar derechos morales y/o

patrimoniales, pudiendo ser el infractor penalizado o sancionado por fraude, enriquecimiento

ilícito, contrabando, etc.

En Colombia, la legislación permite mediante diferentes jurisdicciones el ejercicio de

acciones judiciales (jurisdicción penal: acción penal, Ley 599 de 2000. Título VIII, Capitulo

único, artículos 270 a 272 (Nuevo Código Penal y de Procedimiento Penal, 2008, pp. 121-

123). Y en jurisdicción civil: medidas civiles, como procedimientos cautelares, procesos

ejecutivos o declarativos; jurisdicción contencioso administrativa: cuando una infracción al

derecho de autor es imputable a una entidad pública). (Báez, 2015, p. 131).

Estas medidas son aplicables en todo contexto. En la era de la modernidad, sería

irresponsable desconocer que las tecnologías en tanto se constituyen en la obra, como por decir

la selección de información dispuesta en links, la creación de plataformas, los softwares, entre

otros. Por la naturaleza cambiante de las tics se hace complejo el reconocimiento debido a su

propietario, lo que implicaría que el Estado garantice la creación de mecanismos que permitan

la protección de los derechos del autor. Este contexto implica a la vez un reto tanto económico,

como pedagógico, cultural y social, donde exista una inmersión sistémica de todos los factores

y elementos que componen una sociedad.

No siendo suficiente el apelar a la buena fe, basada en principios y valores, es necesario

“(…) contar con mecanismos jurídicos para la protección de autores y titulares de soporte lógico

(Software), que permita la defensa de sus intereses “siendo el derecho de autor lo que la doctrina

moderna y la práctica internacional sobre la materia consideran más adecuado” (Buitrago

Botero, 2002, p.55). En protección para cubrir programas de computación, la Ley 23 de 1982,

en su artículo 2 dice que:

Los derechos de autor recaen sobre las obras científicas, literarias y artísticas las

cuales se comprenden todas las creaciones (…), cualquiera que sea el modo o forma de

expresión y cualquiera que sea su destinación (…) que pueda reproducirse, o definirse por

cualquier forma de impresión o de reproducción (…) Los derechos de autor se reputan de

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interés social y son preferentes a los de los intérpretes o ejecutantes. (Colombia. Congreso

de la República, 1982, art. 2).

Respecto a protección de Software se encuentran las disposiciones-tipo de la OMPI

(Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), Colombia se adhirió a ellas en 1979 y hace

referencia a todo tipo de creación en que incurra o ejecute una persona, a las invenciones en

todos los campos de la actividad humana. (Colombia. Congreso de la República, Ley 46 de

1979).

Se podría afirmar que el plagio académico implica desconocer que en la sociedad existan

unos derechos que le pertenecen al individuo o a los particulares, en razón de su capacidad

creadora, de su dedicación a la producción intelectual, a la creatividad, en la que está puesta el

despliegue de la inteligencia y el saber hacer. Además de los recursos de la ciencia, el arte, la

tecnología, la técnica y la cultura, que la persona pueda utilizar para desarrollar sus ideas y

poder ponerlas en función para sí mismo, en el sentido del beneficio o lucro que estas pueden

generar, y de lo social, porque una vez una idea hecha producto, tendrá como finalidad el

beneficio social.

Aún sin la configuración del plagio como delito, y las especificaciones legales respecto

al tema, Báez Jiménez (2015) establece que la legislación no ha aclarado el concepto de plagio:

su estudio se ha hecho mediante la doctrina y la jurisprudencia. Y aunque este no ha sido tratado

con rigor la jurisdicción penal, ha tocado a fondo esta conducta (pp 116-120). La legislación

si lo ha abordado y fallado al respecto, sin embargo, es necesario una ley marco que no

sirva como mera referencia, sino que manifieste una manera clara, contundente, procedente

y aplicable que permita sancionar el plagio desde sus manifestaciones leves y graves, haciendo

énfasis en la prevención desde el punto de vista pedagógico, especialmente, cuando este no

vulnera gravemente el interés de un autor o propietario. En el marco de la ley sobre lo que el

hombre produce, se hablará del derecho de autor, cuando se trate de proteger un bien que le

corresponda a quien es creador de su obra. “En Colombia el plagio debe ser reconocido como

un ilícito penal”. (Báez Jiménez, 2015, p. 121).

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5. Afrontando el robo académico

En materia de fraude académico y para superar esta anomalía en el sistema educativo,

la Constitución política de 1991, y la actual legislación educativa, con la implementación de

nuevos modelos pedagógicos, no habla de castigo, reprimenda, sanción o expulsión por cuestión

del derecho a la educación y a la inclusión escolar, sino de correctivos pedagógicos y de

superación de dificultades, significando por tal la oportunidad de mejoramiento del estudiante

para reencaminarlo en su proceso de formación académica integral. Una de las maneras más

convenientes y de momento factibles de prevenir el plagio en los centros académicos, debe

partir del compromiso y responsabilidad de las instituciones de contrarrestar dicho fenómeno.

Al referirnos a los entes educativos como entes institucionales, estamos hablando que la

enseñanza sobre el plagio debe partir desde los niveles inferiores académicos (preescolar,

primaria, secundaria, técnico, tecnológico y universitario), puesto que este flagelo

prácticamente sólo se aborda y no como debe ser desde el nivel universitario.

Las estrategias para prevenir el plagio requieren un compromiso donde se involucre a

toda la comunidad institucional, es decir, a todas las personas que están inmersa en ella:

estudiantes, profesores, administrativos, directivos, rectores y consejo académico. Dicha

responsabilidad no recae sobre estudiante-profesor, como normalmente ocurre, sino que,

contrario a esto, podría existir una política clara sobre el mismo dada a conocer en todas sus

esferas y trabajada por todo profesor en su materia, no como una repetición, sino como un

trabajo ordenado bajo determinadas pautas, sincronizado de acuerdo a los intereses particulares

de cada asignatura. Debe generarse una cultura donde tanto el estudiantado como los ejecutores

de los programas académicos a todo nivel, les quede claro que no hay ninguna posibilidad de

cometer plagio, sin que este tenga unas consecuencias negativas sobre su imagen y la del plantel

educativo.

El estímulo y la motivación de los estudiantes por mínima que sea la producción

intelectual son opciones propicias para llevar al estudiante a descubrir sus propios valores y

habilidades conduciéndolo a un camino más seguro que el fraude escolar. No podría exigírsele

y sancionar a un estudiante por plagio si, a nivel institucional, profesorado y directrices cometen

tan grave falta violando los derechos de autor. En los manuales de convivencia o reglamentos

estudiantiles, el estudiante tiene derecho a los procesos de aprendizaje y tiene el deber de

aprender, sólo que no se estipula de qué manera hacerlo para que comprenda que la evaluación

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y sus formas hacen parte de ese proceso, por lo cual no hay que auto engañarse, mentir o

apropiarse fraudulentamente de lo que no es suyo, sino que la educación es un acto humano

formativo para la integralidad del ser.

Institucionalmente, se ha hecho muy poco desde la perspectiva de prevención del

problema y, menos aún, se ha abordado con miras pedagógicas, para generar un impacto

tendiente a disminuirlo y erradicarlo, siendo el plagio en estudiantes universitarios que incurren

en éste, desde una alternativa para dar cumplimiento a un trabajo de una materia, hasta usarlo

descaradamente para optar a un título, es así como en trabajos de grado que van desde la opción

de pregrado, maestrías y doctorados, están impregnadas por dicho mal.

6. Conclusiones

La implementación de correctivos con el propósito de combatir y erradicar el plagio,

obliga necesariamente a tener claramente definido este concepto, por lo tanto, las instituciones

tendrían que remitirse a las bases legales de definición del mismo; partiendo de estos conceptos

elaborarían sus códigos de ética donde se dé la importancia que el tema merece, pasando por el

reglamento institucional (o reglamento de trabajo para funcionarios). El reglamento estudiantil,

el establecimiento de normas claras para la elaboración y la presentación de trabajos académicos

de toda índole y, por último, las sanciones. Aquí se hace necesario describir muy bien cuáles

son faltas leves y el alcance de las mismas, al igual que las faltas graves, con una coherencia

intrínseca entre la falta y la sanción a aplicar. La institución debe adoptar mecanismos que le

permitan asegurarse que es suficiente la sensibilización, la información y el conocimiento de

los estatutos universitarios y su normatividad para toda su comunidad educativa. Podría dentro

de las alternativas ejecutar talleres con esta temática, hacer pedagogía contra la ilegalidad y la

corrupción, valiéndose de didácticas como la mímica, el cuento dramatizado, la chirimía, la

parodia, caricaturas y otras, dotando a los estudiantes de metodologías de investigación y de

seminarios especializados en estos temas, e insertar dentro del pensum académico este delicado

problema.

Para el logro conjunto de este propósito, se hace necesario hablar un mismo lenguaje, es

decir, que a nivel institucional un profesor no podría exigir la aplicación de unas normas en la

presentación de trabajos y otro de otra asignatura otras. Para aclarar, si la institución adopta

como norma el “Manual de la American Psychological Association (APA)” (American

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Psychological Association, 2010), normas americanas de referencia usadas por estudiantes,

educadores, escritores, editores para diferentes escritos, toda la comunidad académica

rigurosamente debe cumplir dicha regla.

De acuerdo a la selección institucional de que norma aplicar, entonces se deriva todo un

trabajo de enseñar al estudiantado bajo esa norma como elaborar y presentar sus trabajos dando

claridad de cómo y dónde deben usarse la comilla, las notas de pie de página, las citas y la

bibliografía, entre otros. Asimismo, el profesor tendría que estar muy bien documentado sobre

el asunto del plagio: manejar base de datos y herramientas informáticas de la internet que le

permitan detectar el plagio, además enseñarles a sus estudiantes a usar estas herramientas en el

internet para que él mismo pueda detectar si en su trabajo incurre en la citación de textos

plagiados o links no autorizados debidamente. Todo esto parece sencillo de describir, pero

requiere esfuerzos grandes e interdisciplinarios a nivel institucional, además de inversión en

herramientas de tecnología y comunicación que permitan contrarrestar y disminuir este

fenómeno de forma tendiente a ser efectiva.

Cuando se está aspirando a una certificación profesional, y ya existe un conocimiento

claro sobre los requisitos para otorgar el mismo, nace el interrogante sobre la cuestión del

plagio. Aquí no puede argumentarse desconocimiento de los aspectos legales al incurrir en

plagio, ni tampoco de los necesarios para desarrollar un trabajo de grado que debe basarse en

lo que el estudiante ya estudió, y sobre lo cual cuenta además con las herramientas para hacerlo,

ya que lleva una trayectoria académica donde fue preparado; por esto es al final del ciclo de

estudios que se solicita este requisito de grado. La razón obedece entonces a aspectos

intrínsecos del estudiante, a una falencia o a una equivocada interpretación y significancia

de los valores, pero además a una concepción errónea de que su trabajo de grado sea importante

dentro de su carrera. El profesional que plagia está pensando “lo que necesito es el título,

para salir al mercado”. En este orden de ideas, la Corte también ha hecho pronunciamientos

de índole moral con respecto al plagio en la vulneración del derecho de autor:

No en vano, ya parece lugar común tanto en el ámbito interno como en el externo,

hermanar la protección de los derechos de autor, en su vertiente moral, con la prohibición de

plagio, asociado a esa grosera vulneración del principio de paternidad que consiste en tomar

lo de otro y hacerlo parecer propio. (Colombia. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación

Penal, 28 de mayo de 2010, p. 74).

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Será entonces aquí donde deba dársele un giro al concepto de los requisitos de graduación

y motivar a los estudiantes para incursionar en ideas novedosas de aporte social, cultural,

político, económico y otros, que puedan y deban iniciar desde tempranos semestres o a mitad

de ellos, convirtiéndolos necesariamente en proyectos prácticos, con el objetivo de pasar

como requisito de grado, no sólo como en su mayoría los son trabajos de mero texto y consulta,

con muy poca investigación y aplicación.

El estudiante tiene aquí conocimiento de causa para no incurrir en ilegalidad a la hora

de obtener su título. Por tanto, la universidad debe ser rigurosa en la aplicación de las sanciones

tanto a nivel académico y administrativo, pudiendo y debiendo emprender las acciones legales

pertinentes con la convicción clara de evitar bajo cualquier argumento y en cualquier entorno,

que la expresión “el plagio solo puede conducir al estancamiento en todo sentido, esto es, nunca

se sabrá el estado en el cual se encuentran los conocimientos y talentos o virtudes propias”

(Londoño Isaza, 2013, p. 58), continúe siendo la realidad en las instituciones educativas. El

desarrollo de este trabajo deja abierta una ventana para nuevos escritos, artículos

investigaciones, a profesionales de todo campo, estudiantes y todo aquel que quiera abordar

este fenómeno, ampliar y profundizar desde otros ámbitos, con mira al mejoramiento académico

y social

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21

Referencias

American Psychological Association (APA). (2010). Manual de publicaciones de la American

Psychological Association. México: El Manual Moderno.

Báez Jiménez, D. C. (2015). El plagio. Especial referencia a la obra cinematográfica. Revista

La propiedad inmaterial, 19, 113-131.

Buitrago D. (2002). El Derecho y La Industria Informática: Aspectos Legales del Software E

Internet Complementado Con Las Leyes del Sector Informático. Medellín: señal Editora

Colombia. Congreso de la República. (1982). Ley No. 23: Sobre derechos de autor. Bogotá:

Diario Oficial

Colombia. Congreso de la República. (1979). Ley 46 de 1979: Por medio de la cual se autoriza

al Gobierno Nacional para suscribir la adhesión de Colombia al Convenio que

establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, firmado en Estocolmo

el 14 de julio de 1976. Bogotá: Diario Oficial

Colombia. Constitución (1991). Bogotá: Leyer

Colombia. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. (28 de mayo de 2010). Casación

No. 31403 [Magistrado Ponente: Sigifredo Espinoza Pérez]. Bogotá: Corte Suprema de

Justicia.

Colombia. Nuevo Código Penal y de Procedimiento Penal. (2008). Bogotá: Unión

Franco Jaramillo, A., Ríos Álzate, L. M., Salazar Garzón, A. (2008). La prevención del plagio

en la educación virtual. Revista Universidad Católica de Oriente, 25, 107-113.

García Villegas M., Henao A., Mejía J.F., Ordoñez C. (2009). Fraude Académico: Comparación

entre dos Universidades Colombianas. En: Normas de papel, la cultura del

incumplimiento de las reglas, 79-104. Bogotá: Siglo del Hombre

Lésper A., (2013). Robar, plagiar, mutilar cuatro formas de copia en el arte. Revista El

Malpensante, 144, 18-23

Londoño Isaza J. D. (2013). Sobre el plagio como fuente de la ignorancia. Revista Debates, 64,

55-61.

Loredo Álvarez, A. (junio 2006). Derecho de autor y copyright dos caminos que se encuentran.

Revista El derecho de autor. Estudios, 11, 62-72

Mendoza Pérez, D. (junio 2006). Reflexiones sobre el plagio. Revista El derecho de autor.

Estudios, 11, 19-30.

Page 22: El plagio académico: la letrada ilegalidad Resumenbibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/3249/3/... · 2016-11-25 · académica, ciencia, arte y cultura, o sea para las expresiones

EL PLAGIO ACADÉMICO: LA LETRADA ILEGALIDAD

22

Ordóñez, C. L., Mejía, J. F., Castellanos, S. (2006). Percepciones estudiantiles sobre el fraude

académico: hallazgos y reflexiones pedagógicas. Revista de Estudios Sociales, 23, 37-

44.

Pabón Cadavid, J. A. (junio 2006). Hipertexto, links y derecho de autor. Revista El derecho de

autor. Estudios, 11, 31-44.

Real Academia Española. (2014). Diccionario de la Lengua Española. Madrid: Autor.

Sureda, J., Comás, R., Morey, M. (2009). Las causas del plagio académico entre el alumnado

universitario según el profesorado. Revista Iberoamericana de Educación, 50, 197-220.

Vaamonde, J. D. (2008). La deshonestidad académica como un constructo multidimensional.

Revista CEE, 38(03-04), 7-27.