el nuevo siglo clasificados judicialesexpedición: 30/12/2020 la curadora urbana 1 de bogotá,...

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CLASIFICADOS JUDICIALES 26A EL NUEVO SIGLO JUEVES 31 DE DICIEMBRE 2020 - VIERNES 1 ENERO DE 2021 LICENCIAS CURADURIA URBANA 1 Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA CURADORA Expediente: 11001-1-20-1419 Expedición: 30/12/2020 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Conten- cioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de AMPLIACIÓN para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) CL 70 A S 104 41 BL 4 CA 23 (ACTUAL) con chip(s) AAA0194NXHY y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S40461059 en el lote 2, manzana 004573, de la urbanización CIUDADELA EL RECREO - TERCERA ETAPA (Localidad Bosa).. PARA LA AMPLIACIÓN PREVISTA DEL TERCER PISO DE LA CASA NO. 23 BLOQUE No. 4 Titular(es): PARAMO TOLOZA ROSA ANGELICA con CC 52070610-. Constructor responsable: OCAÑA ORTIZ FREDDY ARTURO con CC 1022957884 Mat: 25202-313021 CND Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los ve- cinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 1 Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA CURADORA Expediente: 11001-1-20-1580 Expedición: 23/12/2020 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Pro- cedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el De- creto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) AK 7 102 51 (ACTUAL) con chip(s) AAA0102CUXS y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50N20321970 en el lote UNICO, manzana 008410, de la urbanización ESCUELA DE INFANTERIA (Localidad Usaquén).. PARA UN (1) PROYECTO DESARROLLADO EN DOS (2) UNIDADES ESTRUCTURALES EN SIETE (7) Y TRES (3) PISOS PARA EL USO DOTACIO- NAL SERVICIOS URBANOS BASICOS DEFENSA Y JUSTICIA DE ESCALA METROPOLITANA. Titular(es): LA NACION MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL con NIT 899999003-1 (Representante Legal: SEPULVEDA CARVAJAL OMAR ESTEBAN con CC. 91258606). Constructor responsable: CABRERA MANRIQUE MARIO RAUL con CC 7434052 Mat: 17845. Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los ve- cinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. *P1-1-31 CURADURIA URBANA 4 Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arquitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) GALINDO PARRA FREDY quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario GALINDO PARRA FREDY CC 79461761 , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de MODIFICACIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONS- TRUCCIÓN para el predio localizado en la KR 23 A 30 20 S Actual con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica / Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica / Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica en 4 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2050 del 22/10/2020. Esta publicación se hace para que pueda cons- tituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404. CURADURIA URBANA 4 Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arquitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) sin titulares quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario y Poseedor MERCHAN SUAREZ JOSE SEGUNDO CC 19458822 , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la KR 10 D 34 78 S Actual con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica en 3 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2399 del 09/12/2020.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404. CURADURIA URBANA 4 Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arquitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) sin titulares quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario y Poseedor RIAÑO TELLEZ LUIS HERNANDO CC 4216997 , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de RECONOCIMIENTO DE LA EDIFICACIÓN Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la TV 20 F 69 A 01 S Actual con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Vivienda Bifamiliar Escala No Aplica / Vivienda Bifamiliar Escala No Aplica / Vivienda Bifamiliar Escala No Aplica en 2 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2303 del 27/11/2020.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito co- rrespondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404. CURADURIA URBANA 4 Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arquitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) sin titulares quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario y Poseedor GIRALDO MOLINA LAZARO CC 15958646 Repre- sentante Legal CC , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la CL 105 S 7 16 E Actual con las siguientes características básicas: Usos/Escalas sin usos en si pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-1981 del 15/10/2020.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito co- rrespondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404. *P1-2-31 NOTARIAS NOTARIA EDICTO LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE VILLA DE LEYVA BOYACA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, dentro del trámite notarial de liquidación de herencia del causante LUIS MARIO GUARDIOLA GARCÍA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 80.853.949, fallecido el día veinticinco (25) de octubre de 2020 en el municipio de Villa de Leyva, cuyo asiento principal de sus ne- gocios fue el Municipio de Villa de Leyva – Boyacá. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número CERO TRECE (013) de fe- cha VEINTINUEVE (29) de DICIEMBRE de DOS MIL VEINTE (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación Nacional y se difunda en una de las emisoras de la ciudad de Villa de Leyva, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy treinta (30) de di- ciembre de dos mil veinte (2020) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). LA NOTARIA, LILIA ESMERALDA MUÑOZ VARGAS HAY UN SELLO *P1-1-31 EDICTO NUMERO 096 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTÁ DC EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite no- tarial de liquidación de herencia de el(la) causante MARIA DEL CARMEN TORRES DE JIMÉNEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 41.525.683, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá D.C., quien falleció el día nueve (09) de septiembre de dos mil quince (2015). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número noventa y ocho (98) de fecha veintitrés (23) de diciembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintitrés (23) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las 8:30 a.m. LUZ MARINA CARDENAS PINZON NOTARIA TREINTA Y DOS (32 DE BOGOTÁ D.C. ENCARGADA Resolución No. 10230 de fecha 1 de diciembre de 2020 de la SNR HAY UN SELLO *J2-1-31 NOTARÍA 12 BOGOTA EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO DOCE (12) DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con de- recho a intervenir, en el trámite de LIQUIDACIÓN NOTARIAL de la LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y DE LA HERENCIA del causante HEINER ROJAS CASTELLANOS, (q.e.p.d.), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 19.106.674 expedida en Bogotá D.C, falle- cido en la ciudad de Bogotá DC el día veintinueve (29) de abril de Dos mil veinte (2020), su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número 084 de fecha Veintidós (22) de diciembre del año Dos mil veinte (2020); en ella se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. numeral 2do del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy a los veintitrés (23) días del mes de diciembre del año Dos mil veinte (2020) siendo las 8:00 a.m. MAURICIO EDUARDO GARCIA-HERREROS CAS- TAÑEDA NOTARIO DOCE (12) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C HAY UN SELLO *J2-2-31 NOTARIA 9 BOGOTÁ D.C. ELSA VILLALOBOS SARMIENTO NOTARIA EDICTO LA NOTARIA NOVENA (9a) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con dere- cho a intervenir dentro del trámite notarial de liqui- dación de herencia intestada de la Causante ANA FRANCISCA SILVIA BEJARANO MUÑOZ, quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 41.477.232, fallecida el veintidós (22) de octubre de dos mil diez (2010) en el Municipio de Gama (Cundinamarca), siendo la ciudad de Bogotá D.C, el asiento principal de sus negocios, para que lo hagan dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, y cuyo trámite sucesoral fue aceptado mediante ACTA NÚMERO 120 de fecha diez (10) de diciembre del año dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una emisora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su publicación en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. ELSA VILLALOBOS SARMIENTO NOTARIA NOVENA (9a) DEL CÍRCULO DE BO- GOTÁ D.C. Se fija hoy, once (11) de diciembre del año dos mil veinte (2020) HAY UN SELLO *J2-3-31 NOTARIA 27 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. MANUEL CASTRO BLANCO NOTARIO EDICTO EL NOTARIO VEINTISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia conjunta de LUIS ALEJANDRO RUIZ GARZON, identificado en vida con la cedula de ciudadanía número 1.065.639, fallecido el siete (7) de junio de dos mil diecisiete (2017), y ANA SOFIA FONSECA, identificada en vida con la cedula de ciudadanía número 40.412.931, fallecida el veinte (20) de enero de dos mil seis (2006), y siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el termino de diez (10) días se presenten en esta Notaria, a estar a derecho dentro del trámite notarial. La solicitud de liquidación de herencia fue aceptada mediante acta número doscientos ochenta y siete (287) del veintidós (22) de diciembre de dos mil veinte (2020). Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en sitio visible de la Notaria, por el termino de diez (10) días, el veintitrés (23) de diciembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publicada en un periódico de circulación nacional y otra se difundirá por una vez en una emisora de este lugar. El Notario Veintisiete (E), ANGELA DEL PILAR CONDE JIMENEZ EI EDICTO anterior, permaneció fijado en lugar visible de esta Notaria, por el termino de diez (10) días y se desfija hoy siete (07) de diciembre de dos mil veintiuno (2021), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notario Veintisiete, HAY UN SELLO *J2-4-31 NOTARIA 27 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. MANUEL CASTRO BLANCO NOTARIO EDICTO EL NOTARIO VEINTISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia de MARIA LUCINDA CHITIVA CORTES, identifi- cada en vida con la cédula de ciudadanía número 20.580.708, fallecida el diecisiete (17) de agosto de dos mil ocho (2008), siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el termino de diez (10) días se presenten en esta Notaria, a estar a derecho dentro del trámite notarial, La solicitud de liquidación de herencia fue acep- tada mediante acta número doscientos treinta (230) del diecisiete (17) de noviembre do dos mil veinte (2020). Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 902 do 1988, se fija el presento EDICTO en sitio visible de la Notaría, por el término de diez (10) días, el dieciocho (18) de noviembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publicada en un periódico de circulación nacional y otra se difundirá por una vez en una emisora de este lugar, El Notario Veintisiete (E). ANGELA DEL PILAR CONDE JIMENEZ El EDICTO anterior, permaneció fijado en lugar visible de esta Notaria, por el término de diez (10) días y se desfija hoy primero (01) de diciembre de dos mil veinte (2020), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notarlo Veintisiete, HAY UN SELLO *J2-5-31 NOTARIA 27 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. MANUEL CASTRO BLANCO NOTARIO EDICTO EL NOTARIO VEINTISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia de ELVIRA GARZON DE VANEGAS, identificada en vida con la cedula de ciudadanía número 35.400.590, fallecida el dos (02) de mayo de dos mil dieciocho (2018), siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el termino de diez (10) días se presenten en esta Notaria, a estar a derecho dentro del trámite notarial. La solicitud de liquidación de herencia fue acep- tada mediante acta número doscientos ochenta y nueve (289) del treinta (30) de diciembre de dos mil veinte (2020). Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en sitio visible de la Notaria, por el termino de diez (10) días, el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publicada en un periódico de circulación nacional y otra se difundirá por una vez en una emisora de este lugar. El Notario Veintisiete (E), ANGELA DEL PILAR CONDE JIMENEZ EI EDICTO anterior, permaneció fijado en lugar visible de esta Notaria, por el termino de diez (10) días y se desfija hoy dieciocho (18) de enero de dos mil veintiuno (2021), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notario Veintisiete, HAY UN SELLO *J2-6-31 NOTARIA 27 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. MANUEL CASTRO BLANCO NOTARIO EDICTO EL NOTARIO VEINTISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia conjunta de JOSE RODOLFO CAÑON CARRILLO, identificado en vida con la cedula de ciudadanía número 1.108.519, fallecido el treinta (30) de junio de dos mil veinte (2020), siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., y MARIA ZULINDA LANCHEROS DE CAÑON, identificada en vida con la cedula de ciudadanía número 23.804.300, fallecida el siete (07) de agosto de dos mil dieciocho (2018), siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el termino de diez (10) días se presenten en esta Notaria, a estar a derecho dentro del trámite notarial. La solicitud de liquidación de herencia fue acep- tada mediante acta número doscientos ochenta (280) del diecisiete (17) de diciembre de dos mil veinte (2020). Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en sitio visible de la Notaria, por el termino de diez (10) días, el dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publicada en un periódico de circulación nacional y otra se difundirá por una vez en una emisora de este lugar. El Notario Veintisiete (E), EI EDICTO anterior, permaneció fijado en lugar visible de esta Notaria, por el termino de diez (10) días y se desfija hoy cuatro (04) de enero de dos mil veintiuno (2021), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notario Veintisiete, HAY UN SELLO *J2-7-31 EDICTO NUMERO 093 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BIGOTA DC EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite notarial de liqui- dación de herencia de los causantes REINALDO TORRES TORRES e INÉS PEREZ DE TORRES, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciuda- danía números 201.917 y 20.473.138, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá D.C., quienes fallecieron el día nueve (09) de julio de dos mil nueve (2009) y el día veintitrés (23) de septiembre de dos mil veinte (2020), respectivamente. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número noventa y cinco (95) de fecha dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las 8:30 a.m. LUZ MARINA CARDENAS PINZON NOTARIA TREINTA Y DOS (32) DE BOGOTA D.C. ENCARGADA Resolución No. 10230 de fecha 01 de Diciembre de 2020 de la SNR HAY UN SELLO *J2-8-31 EDICTO NUMERO 097 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite no- tarial de liquidación de herencia de el(la) causante MANUEL ANTONIO ROJAS PADILLA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 17.159.695, cuyo último domicilio y asiento prin- cipal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá D.C., quien falleció el día dieciséis (16) de febrero de dos mil diecinueve (2019). Aceptado el trámite, respectivo en esta Notaría, mediante Acta número noventa y nueve (99) de fecha veintiocho (28) de diciembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintiocho (28) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las 8:30 a.m. LUZ MARINA CARDENAS PINZON NOTARIA TREINTA Y DOS (32) DE BOGOTA D.C. ENCARGADA Resolución No. 10230 de lecha 01 de diciembre de 2020 de la SNR HAY UN SELLO *J2-9-31 EDICTO NUMERO 092 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTA DC EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite notarial de liquidación de herencia de los causantes LUIS ARCADIO CAÑON DELGADO y MARIA DEL CARMEN CARDENAS DE CAÑON, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 1.108.011 y 41.319.517, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá D.C., quienes fallecieron el día quince (15) de julio de dos mil veinte (2020) y el día catorce (14) de noviembre de dos mil veinte (2020), respectivamente. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número noventa y seis (96) de fecha veintiuno (21) de diciembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintiuno (21) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las 8:30 a.m. --------- LUZ MÁRIMA CARDENAS PINZON NOTARIA TREINTA Y DOS (32) DE BOGOTÁ D.C. ENCARGADA Resolución No. 10230 de fecha 01 de Diciembre de 2020 de la SNR HAY UN SELLO *J2-10-31 EDICTO NUMERO 095 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTA DC EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite notarial de liquidación de herencia de el(la) causante JOSE HERNANDO ORDOÑEZ CAYCEDO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 17.192.833, cuyo último domicilio y asiento prin- cipal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá D.C., quien falleció el día veintiséis (26) de octubre de dos mil diecisiete (2017). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número noventa y siete (97) de fecha veintitrés (23) de diciembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintiocho (28) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las 8:30 a.m. LUZ MARINA CARDENAS PINZON NOTARIA TREINTA Y DOS (32) DE BOGOTÁ D.C. ENCARGADA Resolución No. 10230 de fecha 01 de diciembre de 2020 de la SNR HAY UN SELLO *J2-11-31 NOTARÍA 01 EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE YOPAL (E) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de liquidación de Sucesión In- testada de los señores HERMINIA DIAZ DE ROJAS (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No. 33.540.010 de Sirasi, fallecida el día Doce (12) de Febrero de 2017; JEREMIAS ROJAS ABELLA quien en vida se identificó con la C.C. No. 1.026.572 de Chamenza- Casanare fallecido el día Veinte (20) de Noviembre de 2015, siendo la ciudad de Yopal - Casanare lugar de su ul- timo domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido por este despacho mediante Acta No. 055 - 2020 de fecha de Veintinueve (29) de Noviembre del año dos mil Veinte (2020). Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento del artículo 3o del Decreto 902 de 1988 modificado por los artículos 3o y 4o del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy Treinta (30) de Diciembre del año dos mil veinte (2.020) por el termino de diez (10) días hábiles, siendo las Ocho de la mañana (08:00 A.M). CESAR GIOVANNI BARRERA BOHORQUEZ Notario Primero del Círculo de Yopal (E) Resolución No. 10221 de fecha 01/12/2020 SNR HAY UN SELLO *P1-2-31Y NOTARÍA 01 EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE YOPAL (E) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de liquidación de Sucesión In- testada de la señora OLIVIA ARCELINA NARANJO (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No. 23.826.324, fallecida el día Tres (03) de Febrero de 2019; siendo la ciudad de Yopal - Casanare lugar de su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido por este despacho mediante Acta No. 056 – 2020 de fecha de Veintinueve (29) de Noviembre del año dos mil Veinte (2020). Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento del artículo 3o del Decreto 902 de 1988 modificado por los artículos 3o y 4o del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy Treinta (30) de Diciembre del año dos mil veinte (2.020) por el termino de diez (10) días hábiles, siendo las Ocho de la mañana (08:00 AM). CESAR GIOVANNI BARRERA BOHORQUEZ Notario Primero del Círculo de Yopal (E) Resolución No. 10221 de fecha 01/12/2020 SNR HAY UN SELLO *P1-3-31Y NOTARIA 2ª CIRCULO DE TUNJA EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO- DE. TUNJA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de herencia y de Sociedad Conyugal de JESUS ANTONIO ESTUPIÑAN PERI- CO, quien se identificaba en vida con Cédula de Ciudadanía No. 19.304.310 de Bogotá. Aceptado el tramite respectivo en esta Notaria mediante Acta No 093 de fecha 17 de diciembre de 2.020, se ordena la publicación en un periódico que tenga amplia circulación en la localidad (BOYACA 7 DIAS, EL’ TIEMPO, LA REPUBLICA, EL NUEVO SIGLO, ETC), y en una radiodifusora local (RCN, SUPER, CARACOL, ARMONIAS, ETC), en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el termino de Diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 18 de diciembre de 2.020, siendo las ocho (8.00) de la mañana. El Notario Segundo: CARLOS ELIAS ROJAS LOZANO Notario Segundo del Círculo de Tunja HAY UN SELLO *S5-3-31 EDICTO EDICTO: La cooperativa Multiactiva del personal del SENA “COOPSENA” hace saber que el día 29/11/2020 falleció el señor Pedro Elías Carreño Botia identificado con la C.C No 6744751 asociado de esta cooperativa. Quien se crea con mejor o igual derecho a los aquí reclamantes, pueden acercarse a las oficinas de la cooperativa ubicada en la calle 57 No. 24 -11 Edificio las Palmas, de la ciudad de Bogotá a fin de presentar la respectiva reclamación dentro de los 30 días calendario siguientes a la publicación de este edicto. PRIMER AVISO FMC FUNDACION MI CASA – EN LIQUIDACION identificada con Nit. 901009655-3, representada legalmente por LUZ AMPARO BOTERO GIRALDO identificada con la cédula de ciudadanía No. 39524774 expedida en Bogotá. D.C., en mi condición de liquidador de la FMC FUNDACION MI CASA. –EN LIQUIDACION, me permito informar a los posibles acreedores de la fundación, que esta se encuentra en estado de liquidación como consecuencia de la decisión proferida por la dirección distrital de inspección, vigilancia y control de la Alcaldía Mayor de Bogotá – Secretaria Jurídica, mediante resolución 253 de fecha 11/29/2019. Cualquier interesado puede dirigirse a la Calle 89 No 21-80 de la ciudad de Bogotá, D.C.. LUZ AMPARO BOTERO GIRALDO Liquidador. FEDEF- FONDO DE EMPLEADOS AL SERVICIO DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR EMPRESARIAL COLOMBIANO Nit: 860.037.864-7 INFORMA Que el día 14 de diciembre de 2020, falleció estando asociado a esta entidad, el señor HERNANDO RUIZ SANABRIA, (q.e.p.d.), identificado con la cédula de ciudadanía No.17.221.204. Las personas que crean tener derecho a reclamar los ahorros en esta entidad como herederos, deben presentarse en la oficina del FEDEF, ubicada en la Carrera 14 No. 11-29 de Funza, Cundinamarca, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación de este único aviso. Damos así cumplimiento al artículo 212, numeral 2 del Código Sustantivo del Trabajo. ÚNICO AVISO AVISO Bogotá D.C. 31 de Diciembre de 2020 La señora BELARMINA RICO DE JURADO, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No. 20.529.527, falleció en la ciudad de Bogotá, el día 11 de Diciembre de 2020. Quienes crean tener derecho a solicitar el reintegro de los ahorros, aportes y demás derechos que el asociado tenía en CODEMA pueden acercarse a sus oficinas en la calle 39 B No. 19-15 en Bogotá D.C. Se establece un plazo máximo de dos (2) meses para la presentación de la solicitud del auxilio a partir de la fecha del deceso, según Artículo 15 parágrafos 1 del reglamento del Fondo de Solidaridad de la Cooperativa del Magisterio.

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Page 1: EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEsExpedición: 30/12/2020 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo

clasificados JUdicialEs26A EL NUEVO SIGLO JUEVES 31 DE DICIEMBRE 2020 - VIERNES 1 ENERO DE 2021

LICENCIAS

CURADURIA URBANA 1Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA

CURADORAExpediente: 11001-1-20-1419

Expedición: 30/12/2020La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Conten-cioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de AMPLIACIÓN para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) CL 70 A S 104 41 BL 4 CA 23 (ACTUAL) con chip(s) AAA0194NXHY y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S40461059 en el lote 2, manzana 004573, de la urbanización CIUDADELA EL RECREO - TERCERA ETAPA (Localidad Bosa).. PARA LA AMPLIACIÓN PREVISTA DEL TERCER PISO DE LA CASA NO. 23 BLOQUE No. 4 Titular(es): PARAMO TOLOZA ROSA ANGELICA con CC 52070610-. Constructor responsable: OCAÑA ORTIZ FREDDY ARTURO con CC 1022957884 Mat: 25202-313021 CND Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los ve-cinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 1Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA

CURADORAExpediente: 11001-1-20-1580

Expedición: 23/12/2020La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Pro-cedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el De-creto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) AK 7 102 51 (ACTUAL) con chip(s) AAA0102CUXS y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50N20321970 en el lote UNICO, manzana 008410, de la urbanización ESCUELA DE INFANTERIA (Localidad Usaquén).. PARA UN (1) PROYECTO DESARROLLADO EN DOS (2) UNIDADES ESTRUCTURALES EN SIETE (7) Y TRES (3) PISOS PARA EL USO DOTACIO-NAL SERVICIOS URBANOS BASICOS DEFENSA Y JUSTICIA DE ESCALA METROPOLITANA. Titular(es): LA NACION MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL con NIT 899999003-1 (Representante Legal: SEPULVEDA CARVAJAL OMAR ESTEBAN con CC. 91258606). Constructor responsable: CABRERA MANRIQUE MARIO RAUL con CC 7434052 Mat: 17845. Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de

Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los ve-cinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

*P1-1-31

CURADURIA URBANA 4Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORALa Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arquitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) GALINDO PARRA FREDY quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario GALINDO PARRA FREDY CC 79461761 , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de MODIFICACIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONS-TRUCCIÓN para el predio localizado en la KR 23 A 30 20 S Actual con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica / Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica / Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica en 4 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2050 del 22/10/2020.Esta publicación se hace para que pueda cons-tituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404.

CURADURIA URBANA 4Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORALa Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arquitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) sin titulares quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario y Poseedor MERCHAN SUAREZ JOSE SEGUNDO CC 19458822 , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la KR 10 D 34 78 S Actual con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica en 3 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2399 del 09/12/2020.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404.

CURADURIA URBANA 4Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORALa Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arquitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) sin titulares quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario y Poseedor RIAÑO TELLEZ LUIS HERNANDO CC 4216997 , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de RECONOCIMIENTO DE LA EDIFICACIÓN Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la TV 20 F 69 A 01 S Actual con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Vivienda Bifamiliar Escala No Aplica / Vivienda Bifamiliar Escala No Aplica / Vivienda Bifamiliar Escala No Aplica en 2 pisos de altura, trámite que

se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2303 del 27/11/2020.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito co-rrespondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404.

CURADURIA URBANA 4Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORALa Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arquitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) sin titulares quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario y Poseedor GIRALDO MOLINA LAZARO CC 15958646 Repre-sentante Legal CC , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la CL 105 S 7 16 E Actual con las siguientes características básicas: Usos/Escalas sin usos en si pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-1981 del 15/10/2020.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito co-rrespondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404.

*P1-2-31

NOTARIASNOTARIAEDICTOLA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE VILLA DE LEYVA BOYACAEMPLAZAA todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, dentro del trámite notarial de liquidación de herencia del causante LUIS MARIO GUARDIOLA GARCÍA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 80.853.949, fallecido el día veinticinco (25) de octubre de 2020 en el municipio de Villa de Leyva, cuyo asiento principal de sus ne-gocios fue el Municipio de Villa de Leyva – Boyacá.Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número CERO TRECE (013) de fe-cha VEINTINUEVE (29) de DICIEMBRE de DOS MIL VEINTE (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación Nacional y se difunda en una de las emisoras de la ciudad de Villa de Leyva, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.El presente Edicto se fija hoy treinta (30) de di-ciembre de dos mil veinte (2020) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.).LA NOTARIA,LILIA ESMERALDA MUÑOZ VARGAS

HAY UN SELLO *P1-1-31

EDICTO NUMERO 096 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTÁ DC EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite no-tarial de liquidación de herencia de el(la) causante MARIA DEL CARMEN TORRES DE JIMÉNEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 41.525.683, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá D.C., quien falleció el día nueve (09) de septiembre de dos mil quince (2015). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número noventa y ocho (98) de fecha veintitrés (23) de diciembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintitrés (23) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las 8:30 a.m. LUZ MARINA CARDENAS PINZON NOTARIA TREINTA Y DOS (32 DE BOGOTÁ D.C. ENCARGADA Resolución No. 10230 de fecha 1 de diciembre de 2020 de la SNR

HAY UN SELLO *J2-1-31

NOTARÍA 12 BOGOTAEDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO DOCE (12) DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con de-recho a intervenir, en el trámite de LIQUIDACIÓN NOTARIAL de la LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y DE LA HERENCIA del causante HEINER ROJAS CASTELLANOS, (q.e.p.d.), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 19.106.674 expedida en Bogotá D.C, falle-cido en la ciudad de Bogotá DC el día veintinueve (29) de abril de Dos mil veinte (2020), su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número 084 de fecha Veintidós (22) de diciembre del año Dos mil veinte (2020); en ella se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. numeral 2do del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy a los veintitrés (23) días del mes de diciembre del año Dos mil veinte (2020) siendo las 8:00 a.m. MAURICIO EDUARDO GARCIA-HERREROS CAS-TAÑEDA NOTARIO DOCE (12) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C

HAY UN SELLO *J2-2-31

NOTARIA 9 BOGOTÁ D.C. ELSA VILLALOBOS SARMIENTO NOTARIA EDICTO LA NOTARIA NOVENA (9a) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con dere-cho a intervenir dentro del trámite notarial de liqui-dación de herencia intestada de la Causante ANA FRANCISCA SILVIA BEJARANO MUÑOZ, quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 41.477.232, fallecida el veintidós (22) de octubre de dos mil diez (2010) en el Municipio de Gama (Cundinamarca), siendo la ciudad de Bogotá D.C, el asiento principal de sus negocios, para que lo hagan dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, y cuyo trámite sucesoral fue aceptado mediante ACTA NÚMERO 120 de fecha diez (10) de diciembre del año dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una emisora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su publicación en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. ELSA VILLALOBOS SARMIENTO NOTARIA NOVENA (9a) DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ D.C. Se fija hoy, once (11) de diciembre del año dos mil veinte (2020)

HAY UN SELLO *J2-3-31

NOTARIA 27 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.MANUEL CASTRO BLANCONOTARIOEDICTO EL NOTARIO VEINTISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia conjunta de LUIS ALEJANDRO RUIZ GARZON, identificado en vida con la cedula de ciudadanía número 1.065.639, fallecido el siete (7) de junio de dos mil diecisiete (2017), y ANA SOFIA FONSECA, identificada en vida con la cedula de ciudadanía número 40.412.931, fallecida el veinte (20) de enero de dos mil seis (2006), y siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el termino de diez (10) días se presenten en esta Notaria, a estar a derecho dentro del trámite notarial. La solicitud de liquidación de herencia fue aceptada mediante acta número doscientos ochenta y siete (287) del veintidós (22) de diciembre de dos mil veinte (2020). Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en sitio visible de la Notaria, por el termino de diez (10) días, el veintitrés (23) de diciembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publicada en un periódico de circulación nacional y otra se difundirá por una vez en una emisora de este lugar. El Notario Veintisiete (E), ANGELA DEL PILAR CONDE JIMENEZ EI EDICTO anterior, permaneció fijado en lugar visible de esta Notaria, por el termino de diez (10) días y se desfija hoy siete (07) de diciembre de dos mil veintiuno (2021), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notario Veintisiete,

HAY UN SELLO *J2-4-31

NOTARIA 27 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.MANUEL CASTRO BLANCONOTARIOEDICTO EL NOTARIO VEINTISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia de MARIA LUCINDA CHITIVA CORTES, identifi-cada en vida con la cédula de ciudadanía número 20.580.708, fallecida el diecisiete (17) de agosto de dos mil ocho (2008), siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el termino de diez (10) días se presenten en esta Notaria, a estar a derecho dentro del trámite notarial, La solicitud de liquidación de herencia fue acep-tada mediante acta número doscientos treinta (230) del diecisiete (17) de noviembre do dos mil veinte (2020). Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 902 do 1988, se fija el presento EDICTO en sitio visible de la Notaría, por el término de diez (10) días, el dieciocho (18) de noviembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publicada en un periódico de circulación nacional y otra se difundirá por una vez en una emisora de este lugar, El Notario Veintisiete (E). ANGELA DEL PILAR CONDE JIMENEZ El EDICTO anterior, permaneció fijado en lugar visible de esta Notaria, por el término de diez (10) días y se desfija hoy primero (01) de diciembre de dos mil veinte (2020), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notarlo Veintisiete,

HAY UN SELLO *J2-5-31

NOTARIA 27 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.MANUEL CASTRO BLANCONOTARIOEDICTO EL NOTARIO VEINTISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia de ELVIRA GARZON DE VANEGAS, identificada en vida con la cedula de ciudadanía número 35.400.590, fallecida el dos (02) de mayo de dos mil dieciocho (2018), siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el termino de diez (10) días se presenten en esta Notaria, a estar a derecho dentro del trámite notarial. La solicitud de liquidación de herencia fue acep-tada mediante acta número doscientos ochenta y nueve (289) del treinta (30) de diciembre de dos mil veinte (2020). Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en sitio visible de la Notaria, por el termino de diez (10) días, el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publicada en un periódico de circulación nacional y otra se difundirá por una vez en una emisora de este lugar. El Notario Veintisiete (E),

ANGELA DEL PILAR CONDE JIMENEZ EI EDICTO anterior, permaneció fijado en lugar visible de esta Notaria, por el termino de diez (10) días y se desfija hoy dieciocho (18) de enero de dos mil veintiuno (2021), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notario Veintisiete,

HAY UN SELLO *J2-6-31

NOTARIA 27 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.MANUEL CASTRO BLANCONOTARIOEDICTO EL NOTARIO VEINTISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia conjunta de JOSE RODOLFO CAÑON CARRILLO, identificado en vida con la cedula de ciudadanía número 1.108.519, fallecido el treinta (30) de junio de dos mil veinte (2020), siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., y MARIA ZULINDA LANCHEROS DE CAÑON, identificada en vida con la cedula de ciudadanía número 23.804.300, fallecida el siete (07) de agosto de dos mil dieciocho (2018), siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el termino de diez (10) días se presenten en esta Notaria, a estar a derecho dentro del trámite notarial. La solicitud de liquidación de herencia fue acep-tada mediante acta número doscientos ochenta (280) del diecisiete (17) de diciembre de dos mil veinte (2020). Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en sitio visible de la Notaria, por el termino de diez (10) días, el dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publicada en un periódico de circulación nacional y otra se difundirá por una vez en una emisora de este lugar. El Notario Veintisiete (E), EI EDICTO anterior, permaneció fijado en lugar visible de esta Notaria, por el termino de diez (10) días y se desfija hoy cuatro (04) de enero de dos mil veintiuno (2021), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notario Veintisiete,

HAY UN SELLO *J2-7-31

EDICTO NUMERO 093 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BIGOTA DC EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite notarial de liqui-dación de herencia de los causantes REINALDO TORRES TORRES e INÉS PEREZ DE TORRES, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciuda-danía números 201.917 y 20.473.138, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá D.C., quienes fallecieron el día nueve (09) de julio de dos mil nueve (2009) y el día veintitrés (23) de septiembre de dos mil veinte (2020), respectivamente. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número noventa y cinco (95) de fecha dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las 8:30 a.m.LUZ MARINA CARDENAS PINZONNOTARIA TREINTA Y DOS (32) DE BOGOTA D.C. ENCARGADA Resolución No. 10230 de fecha 01 de Diciembre de 2020 de la SNR

HAY UN SELLO *J2-8-31

EDICTO NUMERO 097 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite no-tarial de liquidación de herencia de el(la) causante MANUEL ANTONIO ROJAS PADILLA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 17.159.695, cuyo último domicilio y asiento prin-cipal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá D.C., quien falleció el día dieciséis (16) de febrero de dos mil diecinueve (2019). Aceptado el trámite, respectivo en esta Notaría, mediante Acta número noventa y nueve (99) de fecha veintiocho (28) de diciembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintiocho (28) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las 8:30 a.m. LUZ MARINA CARDENAS PINZONNOTARIA TREINTA Y DOS (32) DE BOGOTA D.C. ENCARGADA Resolución No. 10230 de lecha 01 de diciembre de 2020 de la SNR

HAY UN SELLO *J2-9-31

EDICTO NUMERO 092 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTA DC EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite notarial de liquidación de herencia de los causantes LUIS ARCADIO CAÑON DELGADO y MARIA DEL CARMEN CARDENAS DE CAÑON, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 1.108.011 y 41.319.517, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá D.C., quienes fallecieron el día quince (15) de julio de dos mil veinte (2020) y el día catorce (14) de noviembre de dos mil veinte (2020), respectivamente. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número noventa y seis (96) de fecha veintiuno (21) de diciembre de dos mil

veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintiuno (21) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las 8:30 a.m. --------- LUZ MÁRIMA CARDENAS PINZON NOTARIA TREINTA Y DOS (32) DE BOGOTÁ D.C. ENCARGADA Resolución No. 10230 de fecha 01 de Diciembre de 2020 de la SNR

HAY UN SELLO *J2-10-31

EDICTO NUMERO 095 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTA DC EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite notarial de liquidación de herencia de el(la) causante JOSE HERNANDO ORDOÑEZ CAYCEDO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 17.192.833, cuyo último domicilio y asiento prin-cipal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá D.C., quien falleció el día veintiséis (26) de octubre de dos mil diecisiete (2017). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número noventa y siete (97) de fecha veintitrés (23) de diciembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintiocho (28) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las 8:30 a.m. LUZ MARINA CARDENAS PINZON NOTARIA TREINTA Y DOS (32) DE BOGOTÁ D.C. ENCARGADA Resolución No. 10230 de fecha 01 de diciembre de 2020 de la SNR

HAY UN SELLO *J2-11-31

NOTARÍA 01 EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE YOPAL (E) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de liquidación de Sucesión In-testada de los señores HERMINIA DIAZ DE ROJAS (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No. 33.540.010 de Sirasi, fallecida el día Doce (12) de Febrero de 2017; JEREMIAS ROJAS ABELLA quien en vida se identificó con la C.C. No. 1.026.572 de Chamenza- Casanare fallecido el día Veinte (20) de Noviembre de 2015, siendo la ciudad de Yopal - Casanare lugar de su ul-timo domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido por este despacho mediante Acta No. 055 - 2020 de fecha de Veintinueve (29) de Noviembre del año dos mil Veinte (2020). Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento del artículo 3o del Decreto 902 de 1988 modificado por los artículos 3o y 4o del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy Treinta (30) de Diciembre del año dos mil veinte (2.020) por el termino de diez (10) días hábiles, siendo las Ocho de la mañana (08:00 A.M). CESAR GIOVANNI BARRERA BOHORQUEZ Notario Primero del Círculo de Yopal (E) Resolución No. 10221 de fecha 01/12/2020 SNR

HAY UN SELLO *P1-2-31Y

NOTARÍA 01 EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE YOPAL (E) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de liquidación de Sucesión In-testada de la señora OLIVIA ARCELINA NARANJO (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No. 23.826.324, fallecida el día Tres (03) de Febrero de 2019; siendo la ciudad de Yopal - Casanare lugar de su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido por este despacho mediante Acta No. 056 – 2020 de fecha de Veintinueve (29) de Noviembre del año dos mil Veinte (2020). Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento del artículo 3o del Decreto 902 de 1988 modificado por los artículos 3o y 4o del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy Treinta (30) de Diciembre del año dos mil veinte (2.020) por el termino de diez (10) días hábiles, siendo las Ocho de la mañana (08:00 AM). CESAR GIOVANNI BARRERA BOHORQUEZ Notario Primero del Círculo de Yopal (E) Resolución No. 10221 de fecha 01/12/2020 SNR

HAY UN SELLO *P1-3-31Y

NOTARIA 2ª CIRCULO DE TUNJAEDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO-DE. TUNJA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de herencia y de Sociedad Conyugal de JESUS ANTONIO ESTUPIÑAN PERI-CO, quien se identificaba en vida con Cédula de Ciudadanía No. 19.304.310 de Bogotá. Aceptado el tramite respectivo en esta Notaria mediante Acta No 093 de fecha 17 de diciembre de 2.020, se ordena la publicación en un periódico que tenga amplia circulación en la localidad (BOYACA 7 DIAS, EL’ TIEMPO, LA REPUBLICA, EL NUEVO SIGLO, ETC), y en una radiodifusora local (RCN, SUPER, CARACOL, ARMONIAS, ETC), en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el termino de Diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 18 de diciembre de 2.020, siendo las ocho (8.00) de la mañana. El Notario Segundo: CARLOS ELIAS ROJAS LOZANO Notario Segundo del Círculo de Tunja

HAY UN SELLO *S5-3-31

EDICTOEDICTO: La cooperativa Multiactiva del personal del SENA “COOPSENA” hace saber que el día 29/11/2020 falleció el señor Pedro Elías Carreño Botia identificado con la C.C No 6744751 asociado de esta cooperativa. Quien se crea con mejor o igual derecho a los aquí reclamantes, pueden acercarse a las oficinas de la cooperativa ubicada en la calle 57 No. 24 -11 Edificio las Palmas, de la ciudad de Bogotá a fin de presentar la respectiva reclamación dentro de los 30 días calendario siguientes a la publicación de este edicto.

PRIMER AVISOFMC FUNDACION MI CASA – EN LIQUIDACION identificada con Nit. 901009655-3, representada legalmente por LUZ AMPARO BOTERO GIRALDO identificada con la cédula de ciudadanía No. 39524774 expedida en Bogotá. D.C., en mi condición de liquidador de la FMC FUNDACION MI CASA. –EN LIQUIDACION, me permito informar a los posibles acreedores de la fundación, que esta se encuentra en estado de liquidación como consecuencia de la decisión proferida por la dirección distrital de inspección, vigilancia y control de la Alcaldía Mayor de Bogotá – Secretaria Jurídica, mediante resolución 253 de fecha 11/29/2019.Cualquier interesado puede dirigirse a la Calle 89 No 21-80 de la ciudad de Bogotá, D.C..LUZ AMPARO BOTERO GIRALDO Liquidador.

FEDEF- FONDO DE EMPLEADOS AL SERVICIO DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR EMPRESARIAL COLOMBIANO

Nit: 860.037.864-7INFORMA

Que el día 14 de diciembre de 2020, falleció estando asociado a esta entidad, el señor HERNANDO RUIZ SANABRIA, (q.e.p.d.), identificado con la cédula de ciudadanía No.17.221.204. Las personas que crean tener derecho a reclamar los ahorros en esta entidad como herederos, deben presentarse en la oficina del FEDEF, ubicada en la Carrera 14 No. 11-29 de Funza, Cundinamarca, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación de este único aviso. Damos así cumplimiento al artículo 212, numeral 2 del Código Sustantivo del Trabajo.

ÚNICO AVISO

AVISOBogotá D.C. 31 de Diciembre de 2020La señora BELARMINA RICO DE JURADO, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No. 20.529.527, falleció en la ciudad de Bogotá, el día 11 de Diciembre de 2020. Quienes crean tener derecho a solicitar el reintegro de los ahorros, aportes y demás derechos que el asociado tenía en CODEMA pueden acercarse a sus oficinas en la calle 39 B No. 19-15 en Bogotá D.C. Se establece un plazo máximo de dos (2) meses para la presentación de la solicitud del auxilio a partir de la fecha del deceso, según Artículo 15 parágrafos 1 del reglamento del Fondo de Solidaridad de la Cooperativa del Magisterio.

Page 2: EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEsExpedición: 30/12/2020 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo

clasificados JUdicialEsJUEVES 31 DE DICIEMBRE 2020 - VIERNES 1 ENERO DE 2021 EL NUEVO SIGLO 27ANotaría 8 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA OCTAVA DEL CÍRCULO DE IBAGUE, DEPARTAMENTO DEL TOLIMA, REPUBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles si-guientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DE LA CAU-SANTE CONCEPCION PARRA DE CUPAJITA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.986.716 expedida en Pijao, fallecida el dia catorce (14) del mes de Diciembre del año 2.018 en la ciudad de Ibagué, siendo la ciudad de Ibague-Tolima, el último domicilio de la causante, y el asiento principal de sus negocios, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, se hagan presente en esta Notaria para hacer valer sus derechos e intervengan dentro de las diligencias respectivas. Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante Acta No. 072 de fecha 29 de Diciembre del dos mil veinte (2020), en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988, se ordena la publicación del presente Edicto por una vez en un periódico de amplia circulación en esta ciudad y en una Radiodifusora Local, así como la fijación del mismo en lugar visible de la Notaria por el termino de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy treinta (30) de Diciembre del dos mil veinte (2020), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). LA NOTARIA, ESPERANZA RODRIGUEZ ACOSTANOTARIA OCTAVA DEL CIRCULO DE IBAGUE.

HAY UN SELLO *I2-1-31

NOTARIA 69 DEL CIRUULO DE BOGOTA EDICTO LA NOTARÍA SESENTA Y NUEVE (69) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA Todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el TRAMITE NOTARIAL DE LIQUIDACION NOTARIAL DE SOCIEDAD CONYUGAL Y DE HERENCIA del causante: GERARDO DUARTE PINZON, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 79.058.756 expedida en Engativa, fallecido en la ciu-dad de Bogotá D.C., el primero (1°) de julio de dos mil diecisiete (2017). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número CERO SETENTA Y TRES (073) de fecha diecinueve (19) de diciembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y Artículo 3º del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy diecinueve (19) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las 9:00 a.m. CARLOS ALBERTO RAMIREZ PARDO - ENCARGADO NOTARIO SESENTA Y NUEVE (69) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.

HAY UN SELLO *V1-1-31

EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE MEDINA CUNDINAMARCA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Pretoria de la herencia intestada de los causantes RUBEN ALFONSO OSORIO Y MARGARITA CUBIDES DE ALFONSO quienes fallecieron, en su orden 21 de Febrero del 2004 y el 24 de Junio de 2020, en la ciudad de Tunja (Boyacá), y en el municipio de Garagoa (Boyacá) y en vida se identificaban con las cédulas de ciudadanía números 4.155.002 de San Carlos Macanal (Boyacá) y 23.422.203 de San Luis de Gaceno (Boyacá), sien-do su último domicilio y asiento principal de sus el Municipio de Medina (Cund) para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO EMPLAZATORIO se hagan parte en el proceso mencionado. La solicitud y documentación de que trata el Decreto 902 de 1988 fue aceptada por el suscrito Notario, mediante Acta No. 2020-043 del veintinueve (29) días del mes de Diciembre del año dos mil veinte (2020). Para efectos del inciso primero del numeral 2 del Artículo 3 del Decreto 902 de 1988 modificado por el Decreto 1729 de 1989, concordantes con el artículo 490 del CGP publíquese este Edicto en un diario de reconocida circulación Nacional y en la radiodifusora de la localidad de Medina y/o Paratebueno Cundina-marca. El presente Edicto se fija en un lugar visible de la Secretaria de la Notaria por el término de diez (10) días hábiles y se entregan dos (2) copias a los intere-sados para su publicación hoy veintinueve (29) días del mes de Diciembre del año dos mil veinte (2020) a las 8:30 de la mañana. La Notaria Encargada, JULIA BRIGIHT MENDEZ LINARES

HAY UN SELLO *S1-1-31

Notaria 1 de Facatativá (Cund.) NORBY FERNAN-DO MORA SANCHEZ NOTARIO EDICTO El Notario Primero del Círculo de Facatativá Departamento de Cundinamarca, EMPLAZA: a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante GRISELIO VILLAMIZAR MENDOZA quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 17.085.704 de Bogotá D.C., cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Facatativá (Cund.), quien falleció en la Ciudad de Villavicencio Departamento del Meta, el doce (12) de enero de dos mil once (2011). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta número cero sesenta y seis (066) del veintiocho (28) de diciembre de dos mil veinte (2.020), se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Emisora que elijan los interesados, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3°, del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintinueve (29) de diciembre de dos mil veinte (2.020), a las 8:00 am NORBY FERNANDO MORA SANCHEZ NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE FACATATIVA (CUND.).

HAY UN SELLO *R1-1-31

Notaria 1 de Facatativá (Cund.) NORBY FERNANDO MORA SANCHEZ NOTARIO EDICTO El Notario Primero del Círculo de Facatativá Departamento de Cundinamarca, EMPLAZA: a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante ANA YOLANDA SEGURA RAMIREZ quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 51.656.474 de BOGOTA D.C., cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio

de Facatativá (Cund.), quien falleció en la Ciudad de Bogotá D.C. el doce (12) de diciembre de dos mil diecinueve (2.019). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta número cero sesenta y siete (067) del veintiuno (21) de diciembre de dos mil veinte (2.020), se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Emisora que elijan los interesados, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3°, del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintidós (22) de diciembre de dos mil veinte (2.020), a las 8:00 am NORBY FERNANDO MORA SANCHEZ NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE FACATATIVA (CUND.).

HAY UN SELLO *R1-2-31

Notaria 1 de Facatativá (Cund.) NORBY FERNANDO MORA SANCHEZ NOTARIO EDICTO El Notario Primero del Círculo de Facatativá Departamento de Cundinamarca, EMPLAZA: a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante JORGE ENRIQUE PEDRAZA CORTES quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 19.202.907 de Bogotá D.C., cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Facatativá (Cund.), quien falleció en la Ciudad de Bogotá D.C. el quince (15) de Agosto de dos mil diez (2.010). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta número sesenta y cuatro (64) del veintiuno (21) de diciembre de dos mil veinte (2.020), se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Emisora que elijan los interesados, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3°, del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintidós (22) de diciembre de dos mil veinte (2.020), a las 8:00 am NORBY FERNANDO MORA SANCHEZ NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE FACATATIVA (CUND.).

HAY UN SELLO *R1-3-31

EDICTO No 217 La Notaria Primera del Circulo de Soacha, Cundinamarca EMPLAZA: A todas las perso-nas que se consideren con derecho a intervenir, en el tramite Notarial de la Liquidación Herebcua intestada de los causantes MARIA EMILIANA FIGUEROA DE ALFARO quien se identificaba con la cédula de ciu-dadanía número 28.933.804 de San Luis (Tolima) y PROSPERO ALFARO CESPEDES quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 5.800.999 de Ibague Fallecidos el veintinueve (29) de enero del año dos mil dieciocho (2018) en la Ciudad de Bogotá D.C y el veinticinco (25) de enero del año mil novecientos ochenta y dos (1982) en el municipio de San Luis (Tolima), respectivamente siendo el municipio de Soacha, Cundinamarca, el ultimo domicilio de los causantes. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, se ordena la publicación de este EDICTO en un peribdico de Circulación Nacional y en la Emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto Artículo 3º. del Decreto 902 de 1988, modificado por el Artículo 3o. del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintinueve (29) de diciembre del año dos mil veinte (2020). MARTHA CECILIA AVILA VARGAS NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE SOACHA CUNDINAMARCA

HAY UN SELLO E2-1-31

NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE SOGAMOSO EDGAR ULLOA ULLOA Notario Tercero CARRERA 11 No. 14-14 TELEFONO 7705755 EDICTO El Notario Tercero del Círculo de Sogamoso EMPLAZA : A todos las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de liquidación sucesoral de la causante DINA ELVIRA GOMEZ SANCHEZ, quien se identificó con la cedula de ciudadanía No. 46.367.953 de Sogamoso, fallecida (s) el 17 de mayo de 2007 en la ciudad de Esmeraldas Ecuardor, siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Sogamoso. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría Mediante Acta No. 140 de fecha 28 de diciembre del 2020, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 2 del Art. 3º. Del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por término de diez (10) días El presente Edicto se fija hoy a los 29 días del mes de diciembre de 2.020 a las 8:00 AM EDGAR ULLOA ULLOA Notario Tercero Sogamoso

HAY UN SELLO *D3-1-31

NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE SOGAMOSO EDGAR ULLOA ULLOA Notario Tercero CARRERA 11 No. 14-14 TELEFONO 7705755 EDICTO El Notario Tercero del Círculo de Sogamoso EMPLAZA : A todos las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de liquidación sucesoral de los causantes RAFAEL SALAMANCA SALCEDO, quien se identificó con la cedula de ciudadanía No. 491.987 de Villavicencio; fallecido el 7 de diciembre de 1967 en la ciudad de Sogamoso y MARIA SILDANA NIÑO RIOS, quien se identificó con la cedula de ciudadanía No. 20.266.461 de Sogamoso en la ciudad de Tunja, siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el muni-cipio de Sogamoso. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría Mediante Acta No. 138 de fecha 28 de diciembre de 2020, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 2 del Art. 3º. Del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por término de diez (10) días El presente Edicto se fija hoy a los 29 días de diciembre de 2.020 a las 8:00 A.M. EDGAR ULLOA ULLOA Notario Tercero Sogamoso

HAY UN SELLO *D3-2-31

NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE SOGAMOSO EDGAR ULLOA ULLOA Notario Tercero CARRERA 11 No. 14-14 TELEFONO 7705755 EDICTO El Notario Tercero del Círculo de Sogamoso EMPLAZA : A todos las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de liquidación sucesoral de los causantes MIGUEL HURTADO PÁTIÑO, quien se identificó con la cedula de ciudadanía No. 1.177.254 de Tópaga; fallecido el 20 de enero del 2013 en la ciudad de Bogotá y MARIA DELFINA RODRIGUEZ DE HURTADO, quien se identificó con la cedula de ciudadanía No. 24.182.254 de Tópaga, siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Sogamoso. La ultima fallecida el 6 de enero del 2005. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría Mediante Acta No. 139 de fecha 28 de diciembre de 2020, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 2 del Art. 3º. Del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por término de diez (10) días El presente Edicto se fija hoy a los 29 días de diciembre de 2.020 a las 8:00 A.M. EDGAR ULLOA ULLOA Notario Tercero Sogamoso

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NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE SOGAMOSO EDGAR ULLOA ULLOA - NOTARIO Carrera 11 No. 14-14 Local 202 Sogamoso - Boyacá [email protected] Teléfonos: 7705755 - 7716202 EDICTO El Notario Tercero del Círculo de Sogamoso, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de la Sucesión de la causante MARIA LUISA MESA DE RUBIO, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No. 20.269.029 fallecida en las Antillas Holandesas Aruba, el día 21 de enero del año 2004, quien tuvo su último domicilio en la ciudad de Sogamoso. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número 136 de fecha veintidós (22) de Diciembre del año dos mil veinte ( 2020 ), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 2 del Art. 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintitrés (23) de Diciembre del año dos mil veinte (2.020) a las 8:00 a. m. EDGAR ULLOA ULLOA Notario Tercero de Sogamoso

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NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE SOGAMOSO EDGAR ULLOA ULLOA - NOTARIO Carrera 11 No. 14-14 Local 202 Sogamoso - Boyacá [email protected] Teléfonos: 7705755 - 7716202 EDICTO El Notario Tercero del Círculo de Sogamoso, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de la Sucesión del causante JULIO TOMAS TORRES ALARCON, quien en vida se identifi-có con cédula de ciudadanía No. 9.513.238 fallecido en la ciudad de Tunja – Boyacá, el día 26 de agosto del año 2020, siendo el Municipio de Sogamoso el lugar de su último domicilio Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número 137 de fecha veintidós (22) de Diciembre del año dos mil veinte (2020 ), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 2 del Art. 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en

lugar visible de la Notaria por el término de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintitrés (23) de Diciembre del año dos mil veinte (2.020) a las 8:00 a. m. EDGAR ULLOA ULLOA Notario Tercero de Sogamoso

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NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante JIMMY ALEXANDER COBA VACA quien se identificaba con la cédula No C.C 7.924.283 Quien falleció en la ciudad de Yopal-Casanare el 29 de marzo de 2020, Cuyo último domicilio fue la ciudad de Aguazul Casanare, donde tenía el asiento principal de sus negocios - Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta No. 109 /de fecha 29 DIC. 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días hábiles El presente EDICTO se publica hoy: 29 DIC. 2020 ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Unico de Aguazul

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NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante JOAQUIN TELESFORO NIÑO ROLDAN, quien se identificaba con la cédula No. 4.193.353 de Pajarito, quien falleció en BOGOTA, el dia 13 DE AGOSTO DE 2020, cuyo último domicilio fue la ciudad de AGUAZUL – CASANARE, donde tenía el asiento principal de sus negocios - Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta No. 109 / de fecha 30 DIC 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy: 30 DIC 2020 ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Único de Aguazul

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EDICTOEl Notario Segundo Encargado del Círculo de ZipaquiraEMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el tramite notarial de liquidación suce-soral de el(la)(los) causante(s)de ANA GRACIELA RODRIGUEZ DE GALVIS, CEDULA 21.157.264, quien falleció en la ciudad de Zipaquirá (Cundinamarca), el dia dos (02) de Noviembre del año dos mil diecisiete (2.017) Y HERNANDO GALVIS SIERRA, CEDULA 466.987, quien falleció en la ciudad de Zipaquirá (Cundinamarca), el dia veintitrés (23) de Julio del año mil novecientos noventa y ocho (1.998). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta No. 092 de fecha diecisiete (17) de Diciembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de alta audiencia en esta localidad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3°) del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy diecisiete (17) de Diciembre del año dos mil veinte (2020), a las 8:00 a.m. SANDRA PATRICIA GOMEZ BORBON NOTARIO SEGUNDO ENCARGADO DEL CIRCULO DE ZIPAQUIRA

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LICENCIASCURADURÍA URBANA No. 1 - TUNJA ARQ. MARTHA LIGIA BONILLA CURREA AVISO NOTIFICACIÓN VECINOS COLINDANTES CÓDIGO: PL-FOR-08 AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DE LOS PREDIOS UBICADOS EN LA CALLE 32 No. 140 /152/160 DE LA CIUDAD DE TUNJA. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los térmi-nos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A). la suscrita Curadora Urbana No. 1 se permite informar a los interesados que los señores CLAUDIA MERCEDES TORRES BERNAL ; identificada con la cédula de ciu-dadanía No. 33.368.815, CARMEN VICTORIA TORRES, identificada con la cedula No. 39.775.868 Y VICTOR JULIO QUINTERO identificado con la cedula No. 19.279.407,

en su condición de propietarios de los predios Nos. 010203670087000/0088000/0089000 Localizado en la calle 32 No. 3-140/152/160 sector Mesopotamia de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-1-250-0390URB-005 la solicitud de licencia de urbanismo. Por lo anterior, la Curaduría Urbana No.1 se permite citar a los vecinos colindantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Carrera 9 No. 19 - 92 Oficinas 101 - 102 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del proyecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 28 días del mes de diciembre de 2020 NOTA: Con ocasión a la Emergencia Sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y Local, y en atención a la resolución conjunta C1C2- 006 de 2020, para consultar el proyecto. objeto de citación podrá realizarla de manera virtual a través de cualquiera de los medios tecnológicos que posee la Curaduría, para lo cual le solicitamos que manifieste su interés en hacerse parte en el proceso de licenciamiento comunicándose con la curaduría a los teléfonos celulares 3153970889 - 3153449335, al teléfono fijo “7438000 o a los correos electrónicos [email protected] - [email protected], con el fin de poder coordinar la presentación y así usted conozca el proyecto. Cordialmente, MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana No. 1 de Tunja

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CURADURIA URBANA 2 TUNJA Arq. MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana en Provisionali-dad AVISO NOTIFICACION VECINOS COLINDANTES AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PREDIO UBICADO EN LA CALLE 74 No 9-06 Lote2 Mz B BARRIO BALCONES DE DON ESPIRITU DE LA CIUDAD DE TUNJAEn cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A). La suscrita Curadora Urbana No 2 en provisionalidad se permite informar a los interesados que el señor HECTOR JULIO GONZALEZ VEGA identificado con la cédula de ciudadanía No 7175897 de Tunja, en su condición de propietario del predio No 010210690002000 Localizado en la CALLE 74 No 9-06 Lote 2 Mz B barrio BALCONES DE DON ESPIRITU de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-2-20-0145 VNU la solicitud de Licencia de Construcción de una edificación en dos pisos para uso vivienda unifamiliar. Por lo anterior, la Curaduría Urbana No 2 se permite citar a los vecinos colindantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Calle 20 No 8-03 local 2 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del proyecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 28 días del mes Diciembre de 2020NOTA: Con ocasión a la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y Local; y en atención a la resolución conjunta C1C2 006 de 2020 para consultar el proyecto objeto de citación, podrán realizarla de manera virtual a través de cualquiera

de los medios tecnológicos que posee la Curaduria, para lo cual le sugerimos que se comuniquen con los teléfonos 3153970889 y 3185316135 teléfono fijo 7425219 y al correo electrónico [email protected] con el fin de poder coordinar la presentación del proyecto. Cordialmente,MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana No 2 En Provisionalidad

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ALCALDÍA MUNICIPAL DE CHÍA Secretaría de Planeación Publicación Citación a Vecinos ALCALDIA MUNICIPAL DE CHIA SECRETARIA DE PLANEACION Dirección de Urbanismo HACE SABER A: Propietarios, poseedor o tenedor de los predios colindantes, ESTHER FORERO PARRA Y HERNAN RAMOS CLEVES. Que YENY MARGOTH JIMENEZ PARRA, NELSON OVIDIO MELO CANO, GLADYS CECILIA BARBOSA DE SARMIENTO Y LEONOR BARBOSA HERNAN-DEZ, Presentaron una solicitud para licencia de construcción en la modalidad de AMPLIACIÓN A LA ON-091/19 en el predio Identificado con la cédula catastral 01-00-0026-0001-000 ubicado en la dirección CALLE 13 # 12-98, bajo la radicación No 20209999920645. La anterior citación dando cumplimiento a lo precep-tuado en el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del decreto 1077 de 2015 por cuanto los lotes se encuentran vacíos y se desconoce su dirección de correspondencia, con el fin que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Se expide la presente en la fecha: martes, 29 de diciembre de 2020-24 DE diciembre de 2020 Cordialmente: Arq.: FELIPE CORTÉS RESTREPO

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AVISOAvisoSEGUROS LA PREVISORA S.A informa al público en general, que se encuentra extraviada la papelería utilizada para la expedición del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) cuya numeración corresponde a:414058557-414058558-414058559-414058560-414058561-414058562—414058563-414058564-414511564-414567767-414568828-414571226-414572113-414572114-414572115-414572116-414572117-414572118-414572119-414572120-414572121-414572122-414572123-414572124-414572125-414572126-414572127-414572128-414572129-414572130-414572131-414572132-414572133-414572134-414572135-414572136-414572137-414572138-414572139-414572140-414572141-414572142-414567137-414567138-414567139-414568980-414568981-414568982-414568983-414568984-414568985-414508270 Total 52 pólizas.Por lo tanto, solicita abstenerse de comprar o ne-gociar con dicha papelería por cuanto la compañía no se responsabiliza por futuras eventualidades o siniestros que llegasen a ser reclamados. Vigilada Superintendencia Financiera de Colombia

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NOMBRE FALLECIDO CCFALLECIDO

FECHA FALLECIMIENTO

NOMBRE SOLICITANTE / BENEFICIARIO

CC SOLICITANTE/ BENEFICIARIO

MERCEDES BEDOYA MAYORLUIS ANTONIO GONZÁLEZ MOLANOCENON GARZÓN MORALESJOSÉ ORLANDO OCAMPO BONILLAMANUEL DEL CRISTO VIÑAS PAVASLEONIDAS BLANDÓN RAMÍREZVÍCTOR MOSQUERA GRANJACARMELO FORERO SANTANACARMELO FORERO SANTANAGUILLERMO ANTONIO DUEÑAS TORRESALFONSO GONZÁLEZ ENRÍQUEZMANUEL FRANCISCO LARA CAMACHOAMPARO PINEDA CARDONAHERMAN DÍAZTEÓFILO VALENZUELA

24-11-2003-05-1821-11-2001-12-2008-11-2011-11-2026-05-2017-05-2017-05-2027-11-2006-06-2016-09-2007-08-1907-11-2002-09-20

38.223.3945.806.9341.289.001

71.183.4213.780.4456.055.8242.493.8865.722.6925.722.6925.193.443

19.076.50013.804.72124.299.17413.806.5092.495.539

JAIME SOLÓRZANO ERAZOANA BEATRIZ GUZMÁN DE GONZÁLEZIDALIA NOREÑA DE GARZÓNRUTH MARIBEL CAMBEROYANETT DEL ROSARIO CORTÉS BERRIOLEONOR CORRALES DE BLANDÓNMARÍA VICTORIA CASTILLO DE MOSQUERAESPERANZA SIERRA TORRESMARÍA EUGENIA GARCÍA LUNAISABEL DEL CARMEN ROSAS JURADOBLANCA NIEVES CALVO DE GONZÁLEZFANNY BEATRIZ DAZA DE LARANELLY PINEDA CARDONAELSA CRUZELVIA DEL CARMEN LLANO GONZÁLEZ

2.283.97320.321.93528.903.20630.350.30445.437.03029.222.38229.212.88632.005.65228.334.72327.068.18141.399.74422.365.62924.290.14463.338.82131.386.553

LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL -UGPP-

Que habiendo ocurrido el deceso de los siguientes pensionados o afiliados, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por su fallecimiento las siguientes personas, como se relacionan a continuación:

INFORMA

Se avisa a las personas que consideren tener derecho a reclamar, lo hagan valer dentro del término de (30) días hábiles siguientes a esta publicación presentando las pruebas respectivas en la UNIDAD ADMNISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES

PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL –UGPP-, ubicada en la Calle 19 No. 68 A - 18, en la ciudad de Bogotá D.C.

“Se informa que la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante No. 81216 de 2020, abrió investigación y formuló pliego de cargos contra TRANSPORTES ESPECIALES FSG S.A.S. NIT 830.117.701, TRANSPORTES ESPECIALES ALIADOS S.A.S. NIT 900.444.852,

TRANSPORTES ESPECIALES NUEVA ERA S.A.S. NIT 901.056.044, GERMÁN SATURNINO SORIANO VELÁSQUEZ C.C. 19.462.127, SASO S.A. NIT 860.515.115, TOURS DE LAS AMÉRICAS S.A.S. NIT 830.122.688, LÍNEAS ESCOLARES Y TURISMO S.A. NIT 800.126.471, EMPRESA DE TRANSPORTE ESCOLAR Y TURISMO LTDA – ESCOLYTUR LTDA NIT 830.090.497, ESPECIALES CONDOR -ESCONDOR S.A. NIT 860.451.148, VIAJES NACIONALES DE TURISMO S.A.S. NIT 800.201.166, TRANS ARAMA S.A.S. NIT 816.007.544, MEGATOUR S.A.S. NIT 830.136.305, TRANSPORTES ESPECIALIZADOS JR S.A.S. NIT 830.033.581, BIP TRANSPORTES S.A.S. NIT 830.061.945, PLATINO VIP S.A.S. NIT 800.105.371, ORGANIZACIÓN ORT S.A.S. NIT 830.099.803, TRANSPORTES CALDERÓN S.A. NIT 890.211.325, ESTURIVANNS S.A.S. NIT 830.038.996, LÍNEAS PREMIUM S.A.S. NIT 900.461.872, TRANSPORTES ESPECIALES UNO A LTDA NIT 805.028.887, TRANSPORTES GALAXIA S.A. NIT 800.210.669, INVERSIONES TRANSTURISMO S.A.S. NIT 830.050.283, COOPERATIVA ESPECIALIZADA DE TRANSPORTE SERTRANS NIT 811.009.708, COOPERATIVA DE TAXIS EXPRESOS DEL CESAR NIT 824.000.953, VIAJEROS S.A. NIT 819.004.747, SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE ESCOLAR Y DE TURISMO S.A.S. NIT 830.115.149, RUTAS VERDE Y BLANCO S.A.S. NIT 811.010.525, INGETRANS S.A.S. NIT 811.030.521, TRANSPORTES Y VIAJES TURISCAR S.A.S. NIT 811.040.774, ASOCIACIÓN DE TRANSPORTADORES ESPECIALES NIT 811.036.515, COOPERATIVA MULTIACTIVA DE TRANSPORTADORES DEL VICHADA NIT 842.000.039, GUAINÍA TOURS S.A.S. NIT 900.430.529, TRANS ESPECIALES EL SAMÁN SERVIENCARGA S.A.S NIT 800.240.911, TRANS ESPECIALES BOTERO S.A.S. NIT 900.927.215, TRANSPORTE Y TURISMO 1A S.A.S. NIT 811.010.604, TRANSPORTES ESPECIALES A&S S.A.S. NIT 900.549.783, TRANSPORTE Y LOGÍSTICA EMPRESARIAL S.A.S. NIT 900.458.050, EFITRANS TRANSPORTES DE COLOMBIA S.A.S. NIT 811.028.194, ÓPTIMA LOGÍSTICA INTEGRAL S.AS. NIT 900.115.069, VIACOLTUR S.A.S. NIT 800.177.674, OPERACIONES SERVICIOS Y LOGÍSTICAS EN TRANSPORTES S.A.S. NIT 811.041.552, TRANSPORTES CSC S.A.S. -EN REORGANIZACIÓN NIT 900.470.772 y COOPERATIVA MULTIACTIVA DE TRANSPORTADORES DE COLOMBIA COOMTRANSCOL LTDA NIT 830.109.060 por presuntamente haber incurrido en el comportamiento de colusión en procesos de selección contractual, previsto en el numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992, y/o por presuntamente haber incurrido en una práctica, sistema o procedimiento tendiente a limitar la libre competencia económica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959, en el marco de distintos procesos de selección contractual adelantados por algunas entidades del Estado. Por último, a través de dicha Resolución también se abrió investigación y se formuló pliego de cargos contra FERNANDO SUÁREZ GONZÁLEZ C.C.19.450.358, ONEIVER RAMOS ÁLVAREZ C.C. 9.734.600, YENY YISED PÉREZ PÉREZ C.C. 23.946.312, CARLOS RODOLFO BOLAÑOS CORREA C.C. 19.113.011, JENISLISBED PACHÓN SOTO C.C. 65.715.223, DIANA CAROLINA LARA RODRÍGUEZ C.C. 1.015.392.057, OSCAR MAURICIO MORA DURÁN C.C. 80.136.794, LUIS ALFREDO RAMOS SUÁREZ C.C. 80.169.298, ERIC JOHAN GIRALDO SALAZAR C.C. 71.279.711, GUILLERMO MAHECHA PENAGOS C.C. 80.181.392, SANDRA YALI FLÓREZ REYES C.C. 51.866.803, LIDA CONSTANZA CHACÓN ORJUELA C.C. 52.493.549, DIANA MARCELA DÍAZ ALEMÁN C.C. 53.029.892, REINALDO CHACÓN CHÁVES C.C. 19.123.265, JORGE ARMANDO RIVEROS MENDIETA C.C. 1.030.542.860, NÉSTOR ARMANDO RIVEROS RIVEROS C.C. 4.216.327, ROGELIO HERRERA CUBILLOS C.C. 324.383, ROGELIO HERRERA MURCIA C.C. 80.002.296, WILLMAN ANTONIO LÓPEZ PEÑA C.C. 15.988.524, MARIA YENNY MUÑOZ BEDOYA C.C. 24.719.967, MAURICIO EUGENIO BETANCOURT HERNÁNDEZ C.C. 16.703.362, , NELSON ROBERTO PARRA PALENCIA C.C. 79.514.314, RAFAEL EDUARDO VARGAS ALBA C.C. 79.514.920, GONZALO LÓPEZ PINTO C.C. 14.324.756, LAURA CUEVAS SERRANO C.C. 37.942.797, LAURA MARCELA CALDERÓN CUEVAS C.C. 1.136.880.460, FRANK ALEXANDER ARDILA LUNA C.C. 79.999.837, LUIS FELIPE CÁRDENAS ÁVILA C.C. 7.178.653, MARÍA DEL CARMEN SALAS CASTRO C.C. 51.647.622, GERMÁN ULISES RODRÍGUEZ NÚÑEZ C.C. 80.409.335, ORLANDO TORRES ORJUELA C.C. 19.416.461, MARTHA MONTERO BUITRAGO C.C. 41.692.646, CÉSAR AUGUSTO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ C.C. 98.557.110, MARTHA ISABEL CABRERA MONTILLA C.C. 52.194.669, JAVIER VARGAS PRIETO C.C. 80.503.717, OSCAR LUIS SOTO LABORDE C.C. 85.459.480, JOSÉ FABIO CONTRERAS NARANJO C.C. 80.367.159, FABIO ALBERTO ARANGO ARANGO C.C. 71.905.162, JHON JAIME PULGARÍN ALZATE C.C. 98.498.925, JORGE IVÁN CARTAGENA RAMÍREZ C.C. 98.544.332, DIDIER OCHOA ARISTIZÁBAL C.C. 71.772.022, SANDRA MILENA RÍOS GARCÍA C.C. 44.159.731, FABIO CADIR CASTILLO HERNÁNDEZ C.C. 86.052.083, JOSÉ MILCIADES BUITRAGO QUINTERO C.C. 15.988.563, MARTHA LILIANA BOTERO FLÓREZ C.C. 41.928.757, JANETH CRISTINA PINILLOS PÉREZ C.C. 43.114.194, JORGE IVÁN TRUJILLO GIRALDO C.C. 8.392.025, JOAQUÍN ALONSO CADAVID JARAMILLO C.C. 98.667.949, EDISON ALEXANDER OSORIO ÁLVAREZ C.C. 98.594.821, CAROLINA GÓMEZ RESTREPO C.C. 43.970.262, FULVIO TORRES CHACÓN C.C. 79.452.891, LUZ ADRIANA CASTILLO RENDÓN C.C. 43.564.338, CARLOS AUGUSTO ROMERO FALLA C.C. 79.047.744, MANUEL RICARDO MAYORGA HERNÁNDEZ C.C. 79.545.886, LINA MARÍA MARGARITA HUARI MATEUS C.C. 46.450.534, CÉSAR AUGUSTO ORTEGA HEREDIA C.C. 1.032.440.574, ALBA CECILIA DUPONT CRUZ C.C. 39.613.158, DIANA PATRICIA RÍOS GARCÍA C.C. 39.570.432, LEONARDO ENRIQUE JIMÉNEZ CARRASQUILLA C.C. 72.270.560, CARLOS ANDRÉS SANJUAN VIDES C.C. 1.129.566.028, JOSÉ FERNANDO FLÓREZ SÁNCHEZ C.C. 91.258.229, DAVID DALBERTO DAZA DAZA C.C. 7.180.974, ANTONIO ALEXANDER MURILLO NÚÑEZ C.C. 79.758.591 y LUZ ELENA DUQUE SANTANA C.C. 52.353.201 por presuntamente haber incurrido en la responsabilidad prevista en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009, debido a que habrían colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado el comportamiento de colusión en procesos de selección contractual o la práctica, sistema o procedimiento tendiente a limitar la libre competencia económica, conforme lo dispuesto en la Resolución No. 81216 de 2020.

Por lo tanto, en los términos previstos en el artículo 19 de la Ley 1340 de 2009, modificado por el artículo 157 del Decreto 19 de 2012, los competidores, consumidores o, en general, aquel que acredite un interés directo e individual en la presente investigación, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la publicación de la apertura de la investigación en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, podrán intervenir aportando las consideraciones y pruebas que pretendan hacer valer, al expediente radicado con el número 14-287076, el cual reposa en la Superintendencia de Industria y Comercio.”