el lavado de activos y su impacto en la actividad
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EL LAVADO DE ACTIVOS Y SU IMPACTO EN LA
ACTIVIDAD
HUMBERTO J. BERTAZZA
VIIIº COLOQUIO FEHGRA13 y 14 de Octubre de 2011
Cuestiones ¿El sector puede estar involucrado en
un proceso penal de lavado? ¿Por qué puede estarlo? ¿Qué efectos puede provocar el
tema? ¿Es posible prevenir? ¿Qué hay que hacer?
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¿Qué es el lavado? Proceso mediante el cual los
activos provenientes de actividades ilícitas se integran en el sistema económico legal con apariencia de haber sido obtenidos de forma lícita.
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Pasos del lavado de dinero
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Dinero proveniente
actividad ilícita
Colocación Decantación o estratificación Integración
Inserción del dinero en una
institución financiera legítima
Transacciones financieras
destinadas a cambiar su
forma y hacer más difícil su
origen
Reintegro al sistema
financiero legal con la
apariencia de una
transacción legal
PERSPECTIVASDEL LAVADODE ACTIVOS
PREVENTIVA
REPRESIVA
Diseño de un modelo normativo e institucional para evitar la comisión de hechos de lavado
Aplicar las normas legales y activar las instituciones para perseguir la comisión de hechos de lavado ya ocurridos
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Estructura de la ley Nuevo tipo penal de lavado de
activos Normas prevención lavado
o Sujetos obligadoso Reporte de operaciones
sospechosaso Régimen penal administrativo
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Nuevo tipo penal Art. 303 inc 1) CP
o Será reprimido con prisión de 3 a 10 años y multa de 2 a 10 veces del monto de la operación.
o el que convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare, disimulare o de cualquier otro modo pusiere en circulación en el mercado
o bienes provenientes de un ilícito penalo con la consecuencia posible de que el origen de los
bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito
o siempre que su valor supere la suma de $300.000, sea en un solo acto o por la reiteración de hechos diversos vinculados entre sí.
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Verbos típicos del tipo objetivo
CONVERSIÓNTRANSFORMACIÓN DE LA NATURALEZA DEL BIEN
TRANSFERENCIACESIÓN DEL BIEN A UN TERCERO POR CUALQUIER TÍTULO O FORMA
ADMINISTRACIÓN MANEJO DEL BIEN O DEL DINERO
GRAVARNEGOCIO JURÍDICO POR EL CUAL SE PRENDA O HIPOTECA UN BIEN
APLICARCONCEPTO GENÉRICO QUE INCLUYE A LOS OTROS
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Delito de lavado de receptación (Art. 303, inc 3, CP) El que recibiere dinero u otros bienes
provenientes de un ilícito penal con el fin de hacerlos aplicar en una
operación de las previstas en el inciso 1) que les de la apariencia posible de un
origen lícito será reprimido con la pena de prisión de 6
meses a 3 años.
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Lavado menor (Art. 303 inc 4, CP)
Si el valor de los bienes no superase la suma de $300.000el autor será reprimido con la pena de
prisión de 6 meses a 3 años.
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Configuración del tipo penal de lavado (Art. 303, inc 5, CP) Las disposiciones del Art. 303 del CP
regirán aún cuando el ilícito penal precedente hubiera sido cometido fuera del ámbito de aplicación especial del CP.
En tanto el hecho que lo tipificara también hubiera estado sancionado con pena en el lugar de su comisión.
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EL AUTOLAVADO (Art. 303 CP)
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ACCIONES TÍPICAS
DELITO PREVIO
BIENES PROVENIENTES
ACTIVIDAD ILÍCITA
AUTOLAVADO
ÁMBITO APLICACIÓN
ESPACIAL
>$300.000ART 303 inc 1)
3 a 10 años200% a 1.000%
= ó < $300.000ART 303 inc 2)
6 meses a 3 años
CONDUCTA AGRAVADA
ART 303 inc 26 meses a 3 años
Art. 303, inc 5)
MISMO AUTOR
LAVADO POR RECEPTACIÓN
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ACCIONES TÍPICAS
DELITO PREVIO
BIENES PROVENIENTES
ACTIVIDAD ILÍCITA
LAVADO POR RECEPTACIÓN
ÁMBITO APLICACIÓN
ESPACIAL
AUTOR DISTINTO
ART 303 inc 3)6 meses a 3 años
Responsabilidad personas jurídicas (Art. 304 CP) Multa 200% al 1000% Suspensión actividades (máximo 10 años) Suspensión participación concursos o
licitaciones Cancelación personería jurídica Pérdida o suspensión beneficios estatales Publicación extracto sentencia
condenatoria
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Impacto en el sector
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Empresas
No es sujeto
obligado
Puede ser informado
por terceros
Origen posible de información de operaciones sospechosas
Entidades financieras. Intermediación títulos valores, mercados de futuros y opciones. Registros públicos de comercio, propiedad inmueble, automotores, etc. Compraventa obras de arte, filatelia, numismática. Empresas aseguradoras. Empresas emisoras de cheques de viajeros, tarjetas de crédito y de
compra. Transporte de caudales. Giros de divisas. Escribanos. Despachantes de aduana. Administración pública. Productores de seguros. Contadores públicos. Agentes o corredores inmobiliarios. Compraventa de automóviles. Fiduciarios. Organización de deportes profesionales. 15
Deber de informar
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DEBER DE INFORMAR
REPORTE SISTEMÁTICO
INFORMACIÓN SISTEMÁTICA
PARA ANÁLISIS
REPORTE SELECTIVO
L, 21, b) 2º p
L, 21, b
• Mayor seguridad jurídica para los obligados
• Prácticas rutinarias• Enorme cantidad de información• No diferenciación operaciones
lícitas e ilícitas• Peligrosidad por el manejo de la
información
• Operaciones sospechosas• Reducción cantidad de información• Aumento “pureza” información• Mayor protección de privacidad
Puntos en conflicto
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Delito previo Evasión fiscal
Lavado de activos
Relación fraude fiscal y lavado
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FRAUDEFISCAL
LAVADOSI
LAVADONO
CASOSPRACTICOS
Relación fraude fiscal y lavado
Ajustes técnicoso Malos créditoso Valuación bienes de cambioo Disposición de fondoso Operaciones gravadas consideradas
exentas o no gravadas
Diferencias patrimoniales
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Incrementos patrimoniales no justificados
• Impugnación de pasivos contables• Adquisición de bienes (total o
parcial)• Depósitos bancarios• Aportes societarios
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Ingresos declarados en exceso (total o parcialmente) Intereses ganados
Sobrefacturación de venta de bienes o prestación de servicios (hoteles, restaurant, teatros, casinos, bingos, lavanderías)
Sociedades operativas de paraísos fiscales (derivados, intermediaciones, comisiones, prestaciones de servicios, triangulación de comercio exterior)
Venta de inmuebles
Venta de bienes (filatelia, numismática, antigüedades, objetos de arte, autos de colección)
Venta de títulos – valores
Ingresos inexistentes provenientes del juego (casino, lotería, bingo)
Usina de facturas APOC
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Consumos o disposición de bienes no justificados Consumos detectables no declarados
(tarjetas, viajes, expensas, fiestas, obsequios)
Donaciones a terceros no declaradas
Gastos no deducibles (intereses no deducibles, impuestos, multas, alimentos)
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Gastos, costos o inversiones reales no registrados
Gastos (documentados o no) no registrados (sueldos, mantenimiento y conservación, vigilancia)
Costos de mercadería directos e indirectos (materia prima, embalaje, productos en curso)
Inversiones no registradas (documentados o no) (bienes de uso, mejoras sobre inmuebles)
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Régimen penal cambiario Ingreso de moneda extranjera sin declarar ante
autoridades aduaneras por un importe superior a u$s10.000.
Salida de moneda extranjera del país fuera del mercado único y libre de cambios.
Escrituración de un inmueble adquirido en u$s 200.000 no declarado impositivamente y sin justificación de la tenencia de moneda extranjera.
Subfacturación y/o triangulación de exportaciones dejando una diferencia de moneda extranjera en el exterior.
Subfacturación de importaciones con pago de diferencias de precio por circuito no oficial.
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Conclusiones1) Lavado de activos vinculado a
un delito subyacente (fraude fiscal).
2) Importancia del monitoreo del Cash Flow.
3) Métodos de prevención y control.
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Muchas gracias por la atención