el domicilio como factor de conexion

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Participante Hugo José NORIEGA ALVAREZ El Domicilio como Factor de Conexión Universidad Fermín Toro Vice - Rectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

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Page 1: El DOMICILIO COMO FACTOR DE CONEXION

ParticipanteHugo José NORIEGA ALVAREZ

El Domicilio como Factor de Conexión

Universidad Fermín ToroVice - Rectorado Académico

Facultad de Ciencias Jurídicas y PolíticasEscuela de Derecho

DERECHO INTERNACIONAL

PRIVADO

Page 2: El DOMICILIO COMO FACTOR DE CONEXION

EL DOMICILIO COMO FACTOR DE CONEXIÓN

Etimológicamente proviene de Domus y significa “el lugar donde se tiene la casa”.

Varios autores lo precisan como el lugar donde el individuo es considerado siempre presente, aunque momentáneamente no lo esté, para el ejercicio

de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

Prevalecía el principio de la nacionalidad debido a las influencias de corrientes anglosajonas (Restatemet) y europeas.

Causaba inconvenientes y fue sustituido por el principio del Domicilio para que fungiera como vínculo entre el supuesto Internacional y un determinado

país y que el Juez o legislador lo utilice como Derecho Aplicable a la situación jurídica Internacional.

Vincula la persona y un lugar determinado que no supone necesariamente un asiento temporal fijo o permanente. No hay presencia de elemento

extranjero. Art. 27 CCV.

Art. 28 CCV (Domicilio de las sociedades). Art. 30 CCV (Domicilio de los F. Públicos).

Art. 31 CCV (Domicilio de los Transeúntes). Art. 32 CCV (Domicilio especial).

Art. 33 CCV (Domicilio de las conyugues, menor de edad , incapaz).

El Domicilio

El Domicilio en Venezuela

Tipos de Domicilio como

Factor de Conexión en Venezuela

Page 3: El DOMICILIO COMO FACTOR DE CONEXION

EL DOMICILIO COMO FACTOR DE CONEXIÓN

Vincula a un hecho físico de connotación temporal, como la residencia habitual o la residencia principal. Si hay presencia de elemento extranjero.

Art. 11 LDIP.

Art. 12 de la LDIP (domicilio de la mujer casada). Art. 13 de la LDIP (domicilio de los menores e incapaces).

Art. 14 de la LDIP (domicilio de los F. Públicos).

La Teoría Clásica El domicilio es una noción abstracta que supone una relación jurídica ente el sujeto y el lugar, por lo cual a la persona se le considera siempre presente en

dicho lugar.

La Teoría Concreta El domicilio es un lugar concreto en que la Ley supone que la persona se

encuentra siempre para los efectos jurídicos.

Los dos tipos de domicilio ya nombrados ,no entran en conflicto, no se derogan entre sí. Tampoco afecta la existencia de diversas formas de

entender el domicilio, contenidas en otras leyes, incluso la contenida en la CRBV (Disposición Transitoria Segunda)

Teorías

Tipos de Domicilio como

Factor de Conexión en Venezuela

Page 4: El DOMICILIO COMO FACTOR DE CONEXION

EL DOMICILIO COMO FACTOR DE CONEXIÓN

Es un Domicilio Político porque se atiende al principio territorialista.

Es un Domicilio Civil Especial porque se constituye para una o más relaciones jurídicas determinadas.

Es un Domicilio Civil Especial porque se constituye para una o más relaciones jurídicas determinadas.

Es un Domicilio Civil porque es relativo a cierta y determinada parte del Estado.

Es un Domicilio Legal porque es aquel que la Ley impone a determinadas personas en ciertos casos.

Características de Domicilio en

el CCV

Es un Domicilio Voluntario porque una persona es competente en decidir voluntariamente su domicilio.