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EL DESPLAZAMIENTO FORZADO GENERANTE DE ASENTAMIENTO INFORMAL COMO ENERVANTE DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL SOSTENIBLE EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA PRESENTADA POR: MANUEL ANTONIO RAMÍREZ ORTIZ UNIVERSIDAD DE SANTANDER UDES FACULTAD DE DERECHO MAESTRÍA PARA EL URBANISMO Y EL DESARROLLO TERRITORIAL SOSTENIBLE BUCARAMANGA 2015

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EL DESPLAZAMIENTO FORZADO GENERANTE DE ASENTAMIENTO

INFORMAL COMO ENERVANTE DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

SOSTENIBLE EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA

PRESENTADA POR:

MANUEL ANTONIO RAMÍREZ ORTIZ

UNIVERSIDAD DE SANTANDER – UDES

FACULTAD DE DERECHO

MAESTRÍA PARA EL URBANISMO Y EL DESARROLLO TERRITORIAL

SOSTENIBLE

BUCARAMANGA

2015

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EL DESPLAZAMIENTO FORZADO GENERANTE DE ASENTAMIENTO

INFORMAL COMO ENERVANTE DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

SOSTENIBLE EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA

TRABAJO DE GRADO PARA OPTAR AL TITULO DE MAGISTER EN DERECHO

PARA EL URBANISMO Y DESARROLLO TERRITORIAL SOSTENIBLE

LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: SOSTENIBILIDAD TERRITORIAL

DIRECTOR JONATHAN DAVID MORALES MÉNDEZ

Ingeniero Industrial Magister en Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente

UNIVERSIDAD DE SANTANDER – UDES

FACULTAD DE DERECHO

MAESTRÍA PARA EL URBANISMO Y EL DESARROLLO TERRITORIAL

SOSTENIBLE

BUCARAMANGA

2015

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Contenido

RESUMEN ................................................................................................................................................... 8

ABSTRACT ............................................................................................................................................... 10

Introducción .............................................................................................................................................. 14

1. El ordenamiento territorial sostenible y el desplazamiento forzado: una revisión a sus

conceptos y antecedentes .......................................................................................................................... 23

1.1. Enfoques del ordenamiento territorial en la República de Colombia ................................ 23

1.2. El ordenamiento Territorial y el Desarrollo ......................................................................... 29

1.3. El ordenamiento Territorial y la gestión ambiental ............................................................. 30

1.4. El ordenamiento Territorial y lo Socio- Cultural ................................................................. 32

1.5. Los Asentamiento Informales: Una clasificación desde sus características ...................... 34

1.5.1. Asentamientos por Invasión ........................................................................................... 34

1.5.2. Asentamientos Consolidados .......................................................................................... 34

1.5.3. Asentamiento Semiconsolidados .................................................................................... 35

1.5.4. Asentamientos precarios ................................................................................................. 36

1.6. Aspectos Políticos – Administrativos del Ordenamiento Territorial ................................. 37

1.7. La gestión del Ordenamiento Territorial .............................................................................. 37

1.8. Antecedentes Normativos del Ordenamiento Territorial .................................................... 38

1.9. La ley 388 de 1997 .................................................................................................................... 40

1.10. Ley 1454 de 2011 ...................................................................................................................... 41

1.11. El desplazamiento Forzado en Colombia y sus Implicaciones legales .............................. 43

1.12. Enfoques de la Evaluación de la atención a Desplazados .................................................... 49

1.13. Antecedentes de Investigación sobre el Desplazamiento y la Relación Urbana ................ 50

1.14. Teoría jurídica sobre el Desplazamiento a nivel Internacional y en la República de

Colombia ................................................................................................................................................ 52

1.14.1. El derecho Internacional Humanitario y los principios Rectores de los

desplazamientos internos ................................................................................................................. 52

1.14.2. Principios Rectores del Desplazamiento Interno. ........................................................ 54

1.14.3. Jurisprudencia de orden Nacional sobre el Desplazamiento Forzado ....................... 54

1.14.4. Conceptos Jurisprudenciales sobre el desplazamiento forzado en la República de

Colombia 58

1.14.5. La sentencia T -025 de 2004 y su seguimiento .............................................................. 61

2. Análisis de los Asentamientos formados por Personas en situación de Desplazamiento .......... 67

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2.1. Asentamientos por Invasión .................................................................................................... 67

2.2. Asentamientos consolidados.................................................................................................... 70

2.3. Asentamientos Semiconsolidados ........................................................................................... 71

2.4. Asentamientos precarios ......................................................................................................... 72

2.5. El Barrio formal e Informal .................................................................................................... 75

3. Impactos generados por el fenómeno del desplazamiento forzado en el ordenamiento

territorial de Bucaramanga ..................................................................................................................... 79

3.1. Impactos ambientales generados por los asentamientos con población desplazada......... 79

3.2. Valoración Ecológica de la Urbanización Marginal............................................................. 90

3.3. Afectación de los impactos ambientales al Ordenamiento territorial ................................ 95

3.4. Impacto Socioeconómico y Político de los asentamientos formados por población

desplazada en el Ordenamiento territorial de Bucaramanga .......................................................... 98

3.5. Escolaridad ............................................................................................................................... 99

3.6. Salud ........................................................................................................................................ 100

3.7. Organización Comunitaria y Políticas de atención a desplazados ................................... 101

3.8. Efectos de las características socioeconómicas y políticas en el Ordenamiento Territorial

Sostenible. ............................................................................................................................................ 104

3.9. Aspectos Urbanísticos ............................................................................................................ 109

3.9.1. Servicios Públicos Básicos ............................................................................................. 112

3.9.2. Equipamientos Urbanísticos ......................................................................................... 113

3.10. Caracterización de la Vivienda de la Población Desplazada ............................................. 122

3.11. Costos de Informalidad ......................................................................................................... 125

3.12. Costos de desmarginalización ............................................................................................... 129

3.13. Evaluación Política e institucional para controlar la Informalidad y brindar atención

integral al desplazamiento. ................................................................................................................ 131

Conclusiones ............................................................................................................................................ 139

Bibliografía .............................................................................................................................................. 144

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Lista de Tablas

Tabla 1 Leyes asociadas al Ordenamiento territorial ........................................................... 40

Tabla 2 Investigaciones sobre el Desplazamiento ................................................................ 46

Tabla 3 Población desplazada entre 1985 y 2012................................................................. 48

Tabla 4 Otra normas relacionadas con el Desplazamiento Forzado ..................................... 58

Tabla 5 Conceptos Jurisprudenciales sobre el Desplazamiento Forzado ............................. 61

Tabla 7 Asentamientos Consolidados................................................................................... 70

Tabla 8 Asentamiento Semiconsolidados ............................................................................. 71

Tabla 9 Asentamientos Precarios ......................................................................................... 73

Tabla 33 Comparación entre Barrios Formales e Informales en Bucaramanga ................... 77

Tabla 10 Variables de Impacto ambiental en el territorio .................................................... 81

Tabla 11 Identificación de aspectos ambientales en asentamientos precarios ..................... 83

Tabla 12 Variables de Evaluación del Impacto Ambiental .................................................. 87

Tabla 13 Evaluación de Impacto ambiental ......................................................................... 88

Tabla 14 Valoración Cualitativa de la Evaluación de Impacto ambiental ........................... 89

Tabla 15 Valoración Cualitativa de la Evaluación de Impacto ambiental en Asentamientos

Precarios ............................................................................................................................... 89

Tabla 16. Equipamientos Colectivos .................................................................................. 114

Tabla 17 Equipamientos Recreativos ................................................................................. 115

Tabla 18 Equipamientos de Servicios Urbanos Básicos .................................................... 116

Tabla 19 Elemento de Servicios Público y de Transporte - Equipamientos de Servicios

Urbanos Básicos ................................................................................................................. 117

Tabla 20 Estándares de Equipamientos Educativos ........................................................... 118

Tabla 21 Estándares de Equipamientos de Salud ............................................................... 119

Tabla 22 Estándares de Equipamientos Institucionales ...................................................... 119

Tabla 23 Déficit de Equipamientos Educativos ................................................................. 119

Tabla 24 Déficit de Equipamientos en Salud ..................................................................... 120

Tabla 25 Déficit de Equipamientos en Justicia .................................................................. 120

Tabla 26. Categorías que se tienen cuenta para la construcción de Unidades residenciales

............................................................................................................................................ 127

Tabla 27 Costo de la Informalidad en Vivienda ................................................................. 128

Tabla 28 Proyección del Costo de desmarginalización en Bogotá ..................................... 129

Tabla 29 Proyección del Costo de des marginalización en Bucaramanga ......................... 130

Tabla 30 Costos de desmarginalización Bucaramanga ...................................................... 130

Tabla 31 Entidades para controlar la Informalidad en Bucaramanga ................................ 133

Tabla 32 Entidades con atención a desplazados ................................................................. 137

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Listado de Ilustraciones

Ilustración 1. Mapa de Asentamientos Consolidados .......................................................... 70

Ilustración 2 Asentamientos Semiconsolidados Bucaramanga ........................................... 71

Ilustración 3 Asentamiento Carlos Pizarro ........................................................................... 72

Ilustración 4 Asentamientos Precarios ................................................................................. 74

Ilustración 5 Quebrada Chimita ............................................................................................ 84

Ilustración 6 Quebrada Chimita 2 ......................................................................................... 85

Ilustración 7 Asentamiento Precario Rincón de la Paz......................................................... 85

Ilustración 8 Asentamiento Precario Rincón de la Paz......................................................... 86

Ilustración 9 Zonas de Control de Erosión – Bucaramanga ................................................. 91

Ilustración 10 Mapa del Municipio de Bucaramanga – Uso del Suelo .............................. 111

Ilustración 11 Mapa de Interacción de Instituciones para el control de la Informalidad ... 133

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Listado de Gráficos

Gráfico 1. Llegada de Desplazados a Bucaramanga ............................................................ 44

Gráfico 2 Asentamientos y barrios Precarios de Bucaramanga con amenazas ambientales 93

Gráfico 3 Nivel de escolaridad de la Población en situación de desplazamiento ............... 100

Gráfico 4 Afiliación al Sistema de Salud de PSD .............................................................. 100

Gráfico 5 Población desplazada por Comunas- Análisis de Pareto.................................... 110

Gráfico 6 Vivienda Población en Situación de Desplazamiento ........................................ 123

Gráfico 7 Vivienda Población en Situación de Desplazamiento ........................................ 123

Gráfico 8 Reubicación ........................................................................................................ 124

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RESUMEN

TITULO: EL DESPLAZAMIENTO FORZADO GENERANTE DE ASENTAMIENTO

INFORMAL COMO ENERVANTE DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

SOSTENIBLE EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA

AUTOR: Ramírez Ortiz, Manuel Antonio

PALABRAS CLAVES: Desplazamiento forzado, Ordenamiento territorial,

Asentamiento, Violencia, Impacto ambiental, Desarrollo social.

DESCRIPCIÓN

El desplazamiento forzado se ha constituido en uno de los grandes problemas que

hoy ocupan al Mundo, por cuanto ha trascendido en todas las áreas de la

ordenación estatal, correspondiendo el estudio de nuestro documento a la influencia

de éste en la imposibilidad del desarrollo adecuado del ordenamiento Territorial

sostenible. Los instrumentos internacionales, así como la Legislación y

jurisprudencia Nacional se han ocupado del desplazamiento que genera

asentamientos subnormales con los cuales se vulneran derechos fundamentales y

humanos, así como que se impide el mínimo desarrollo del ordenamiento que

resulta clave no solo en lo que atañe a la vivienda digna, sino que comprende el

desarrollo laboral, social y cultural de una Región.

Son diversas y graduales las clases de asentamientos antes de llegarse a la

conformación del barrio y por ende al concepto de Ciudad, integrada por todo el

compendio institucional que da lugar a la existencia de las instituciones, servicios y

atención que requiere tanto la población desplazada por la violencia como aquella

que de manera voluntaria opta por su instalación en un territorio determinado. La

legislación Nacional, así como Los Tribunales de Justicia han sentado los

requerimientos mínimos para la atención de la población víctima de desplazamiento

forzado centrándose en la atención humanitaria y la dignificación de la condición

humana en orden a lograr un ordenamiento sostenible basado en un compendio

normativo y de precedente judicial que equilibre la existencia de las desigualdades

sociales, económicas y culturales.

Este importante documento, estructurado en tres (3) capítulos centra su análisis en

la situación de desplazamiento forzado en la ciudad de Bucaramanga y sirve como

base y complemento para la generación del POT acorde con las necesidades del

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Área Metropolitana de Bucaramanga, pero en particular de la Ciudad Capital

propugnando por el respeto a la minoría, a la diversidad, al medio ambiente, a la

adecuada prestación del servicio público y en particular a la educación y derechos

humanos.

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ABSTRACT

TITLE: FORCED DISPLACEMETN AS GENERATOR OF INFORMAL

SETTLEMENTSEL IMPAIRING SUSTAINABLE TERRITORIAL ORGANIZATION

IN THE BUCARAMANFA BOROUGH

AUTHOR: Ramírez Ortiz, Manuel Antonio

KEY WORDS:

Forced Displacement

Territorial Organization

Settlement

Violence

Enviromental Impact

Social Developmentt

ABSTRACT

Forced displacement has become one of the greatest problems currently ailing the

World, because of how it has progressed regarding the state and social distribution

issue. This is the topic around which our paper revolves, since it impairs proper

territorial development.

International instruments such as laws and decrees, have been used to face this

issue, which creates unauthorized settlements which in time violate basic human

rights and impairs minimal land and territorial development, and this constitutes the

pillar of proper home ownership, jobs, social, and cultural development.

The kind of settlements which can exist are diverse and gradual before they can

reach the category of neighborhood, and the concept of an integrated city gives

place to all kinds of institutions and services, all of which demand attention for its

most vulnerable population, indifferently of how they came to be as such.

National legislation, such as justice tribunals, have set the requirements for the

attention of the victim population of forced displacement; centering in the proper

attention and dignifying of human condition, in order to achieve proper and efficient

state territory distribution based in a compendium of norms and judicial background,

which balances social, cultural, and economic gaps.

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This important document, organized in three chapters, centers its analysis in the

forced displacement issue in the city of Bucaramanga and serves as basis and

complement for the elaboration of the POT according to the necessities of the

metropolitan area of Bucaramanga, but it's capital as particular focus, seeking

respect for the minorities, the environment, diversity, proper public services, and

specially, education and human rights.

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Dedicatoria

A mi familia. Ella me enseñó que mi trabajo se refleja en cada uno de sus integrantes; que

los sueños se cumplen y que los sacrificios edifican. Para Lidu, porque nunca imaginó las

resultas de su obra; Para Rossy, abnegada y luchadora y para mis Juanes, los frutos que

entrego a esta Sociedad, para engrandecerla y continuar con su construcción.

Gracias.

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Agradecimientos

Mi sentimiento de aprecio y gratitud al Dr. Fernando Vargas Mendoza, quien ha soñado un

claustro tan grande que permite albergar el destino profesional de muchos.

Al Dr. Jaime Puentes Torrado, cuya dirección académica y cercanía con los maestrandos

posibilita un mejor accionar en los propósitos del programa cursado.

A este claustro UDES que cada día crece y se engrandece con la calidad de sus profesionales.

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Introducción

El desplazamiento forzado no es una problemática exclusiva de la República de

Colombia, sino que se ha traducido en un fenómeno orbital, que constituye actual

preocupación para la Organización de las Naciones Unidas (ONU), entidad que en un

informe de 2014 cuantificaba que el desplazamiento forzado a Diciembre del año 2013,

ascendía a un total de 51.2 millones de personas (ACNUR, 2014). Este fenómeno de

desplazamiento se ha venido incrementado por conflictos internos de nivel mundial como el

de la república Árabe Siria, la república de Sudán y la república de Irak; El problema ha

dejado millones de personas en situación de permanente desplazamiento, de tal manera que

se puede estimar según la Agencia de la ONU para los refugiados (ACNUR) en un aumento

de más de 5 millones de personas en los últimos cinco años, y ello sin cuantificar el proceso

migratorio de Siria, para lo que corresponde al año 2015.

En Latinoamérica y concretamente en países como la república de Nicaragua,

República de El Salvador, República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos, en algunas

ocasiones se ha presentado el fenómeno del desplazamiento forzado por causa de diversos

conflictos armados originados por subversión o grupos armados de delincuencia común

dedicados al narcotráfico, la extorsión y el secuestro, y en no pocas ocasiones por causa del

mismo Estado lo que ha generado que las personas se desplacen de sus lugares de origen con

el fin de preservar su integridad y la vida.

La República de Colombia no ha sido ajena a este fenómeno, el que desde la época de

los años 90´s se consolidó como un fenómeno social que ha tenido periodos de crecimiento,

que lo ha expandido a lo largo de la geografía colombiana en medio de una guerra irregular,

donde su diferentes actores, incluido el Estado han acudido a estrategias como el destierro,

el terror y el despojo de territorios para aumentar su control político y social. Es así como

los desplazados se constituyen en una proporción importante de la población civil afectada

por conflictos internos y externos de la República de Colombia, en los cuales la población

se sume en un entorno donde la impunidad, la indiferencia social y el estigma de desplazado

se convierten en factores que ahondan su problemática social (Consultoria para los Derechos

Humanos y el Desplazamiento - CODHES , 2003), sumado a esto y a pesar de que las

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acciones gubernamentales han mejorado sustancialmente a través de los años, todavía falta

mucho para crear condiciones de sustentabilidad a estas personas de forma que se pueda

alcanzar el desarrollo sostenible para la sociedad.

En el contexto regional y según datos de la Consultoría para los Derechos Humanos y el

Desplazamiento - CODHES (2014) en Santander a 2012 existían 131.275 personas

desplazadas, población que ha llegado al departamento desde el año 1999, lo cual deja

entrever que el 6,4% de la población del departamento se caracteriza por ser parte del

desplazamiento forzado, porcentaje que casi se duplica en la capital del departamento donde

la fuente citada estima que en el Municipio de Bucaramanga, se encuentran identificados

51.727 desplazados, lo que representa una cifra del 10.3% de la población bumanguesa

urbana y rural; en este municipio el 98,7% de los habitantes habitan en la zona urbana

(Municipio de Bucaramanga, 2013). Toda esta población es resultado de un proceso de

escalamiento del conflicto que ha venido llegando de forma paulatina a la ciudad y que en la

actualidad se consolida como un grupo de ciudadanos con unas características especiales de

vulnerabilidad social.

Todo esto evidencia como la ciudad de Bucaramanga, se constituye en un destino

atractivo para la población desplazada ya que de los municipios del área metropolitana es

donde más desplazados existen. Pero a pesar de que se ha disminuido este fenómeno no

quiere decir que ya no sea una problemática para la ciudad, pues esta población se asienta en

espacio urbano de la ciudad generando invasiones y asentamientos precarios sobre el mismo

borde de vías principales y en la periferia de barrios constituidos legalmente y donde se

genera un impacto social, económico, ambiental y político.

El área metropolitana de Bucaramanga es la urbe donde se recibe mayor población en

situación de desplazamiento del nororiente Colombiano; esta población tiene su origen en

municipios de Santander, Cesar, Bolívar, Arauca y Norte de Santander. Las estadísticas

oficiales registradas presentan generalmente un sub registro, lo cual no es coherente con la

realidad visible que se observa en los asentamientos, como tampoco en los fenómenos de

desplazamiento interurbano ( COMPROMISO-CODHES, 2006).

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Esta población se ubica principalmente en 17 asentamiento urbanos, como lo son

Corrales Unión- Café Madrid, Bodegas-, Caminos de Paz, Nueva Colombia, Claverianos,

El Cable - Altos de Transición, Cervunión, Luz de Esperanza, 12 de Octubre, Ciudadela,

Altos del Paraíso, Lebrija, Colinas de la Meseta, Villa Nazareth ,La Semilla, Guatiguará

Piedecuesta, Asolid.

Todos estos asentamientos han recibido gran volumen de desplazados por causa de la

acción de diversos grupos armados; en el caso de los provenientes de Santander y Norte de

Santander han sido originados por el paramilitarismo y en lo que toca con el departamento

de Arauca ha sido los grupos guerrilleros sus victimarios. Según cifras de CODHES, los

desplazados en Bucaramanga son en su mayoría del Magdalena Medio y de Norte de

Santander y en una menor proporción del departamento de Arauca.

El desplazamiento de estas poblaciones se ha presentado mediante dos fenómenos, el

primero, un desplazamiento concentrado, el cual consiste en invadir zonas marginales de la

ciudad, constituyendo asentamientos subnormales; el segundo fenómeno se denomina

disperso, y consiste en que las personas se ubican como población flotante en inquilinatos y

albergues.

Los desplazados que se asientan en zonas suburbanas, no cuentan con servicios públicos;

por lo general son zonas declaradas de alto riesgo por inundación o deslizamiento por

remoción en masa, éstas se encuentran desconectadas de la infraestructura urbana, haciendo

más difícil la situación de las familias que no pueden acceder a servicios de atención

humanitaria; además en la mayoría de los casos al estar ubicados allí no pueden acceder a

programas como el de subsidio a vivienda, el cual ha sido identificado por los mismos actores

como su principal necesidad.

El fenómeno del desplazamiento tuvo su mayor desarrollo en el periodo comprendido

entre 1998 -2002, en el cual se presentaron los mayores indicadores de violencia contra la

población civil, donde Santander y el Magdalena medio, fueron las zonas más afectadas y

según registros nacionales y locales el responsable de dicha situación fue en mayor parte el

paramilitarismo.

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Posteriormente entre los años 2005 y 2006, el fenómeno del desplazamiento, así como

la violación de derechos humanos, obtuvo una reducción significativa como consecuencia de

la desmovilización delas Autodefensas Unidas de Colombia – AUC (2003 -2006), pero en el

transcurso de los años se evidenció que dicha desmovilización fue parcial y que en los

territorios quedaron grupos armados, lo cuales ya no buscan poder político sino dominio

territorial para el desarrollo de actividades comerciales ilícitas.

Así entonces en el año 2008 se reactiva el fenómeno del desplazamiento por el actuar de

estos grupos armados, así como por la fumigación de cultivos ilícitos, la intensificación del

conflicto armado entre los grupos armados ilegales y las guerrillas.

Todo este contexto de desplazamiento, generó que en el año 2004, la Corte

Constitucional emitiera la sentencia T-025 de 2004 en la cual se exponía un estado de cosas

inconstitucional. Pero al pasar de los años esta situación se ha mantenido de forma intacta

“el gobierno no ha garantizado los derechos de la población desplazada por lo cual el estado

de cosas inconstitucional no ha sido superado” (COORDINACIÓN COLOMBIA-EUROPA-

ESTADOS UNIDOS, 2008).

De otra parte el proceso de restitución de tierras ha sido ineficiente, de las 6.8 millones

de hectáreas, solo se ha restituido a 2014, solo se ha restituido el 9,3% (UNIDAD DE

RESTITUCION DE TIERRAS, 2015), un valor muy bajo si se tiene cuenta que desde el año

2006 se está haciendo este proceso.

Bajo el contexto del desplazamiento, ahora se presenta la evolución urbana y territorial

del Municipio de Bucaramanga, el cual ha basado su desarrollo urbano desde hace 50 años,

teniendo en cuenta la vivienda popular como eje de su desarrollo y en el cual han existido

tres protagonistas; el Estado, las constructoras especializada en VIS y la urbanización

informal, en esta última han coexistido dos fenómenos la invasión por desplazamiento y la

urbanización ilegal.

La ciudad de Bucaramanga, ha sido un fenómeno complejo a nivel urbanístico, ya que

hacia los años 70, ocupó casi la totalidad de su suelo urbanizable y su población creció al

1.8% anual, lo cual desbordó su perímetro. Todo esto originó un proceso de renovación

urbana, pero además de ello ha venido creciendo un proceso de informalidad, el cual a través

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de los años se ha ubicado en suelos inadecuados en la escarpa y las riveras de los ríos, que

sufren principalmente de amenazas por inundaciones y deslizamientos. También en la

proximidad de las fronteras de intermunicipales aprovechando los vacíos jurisdiccionales.

Este proceso de urbanización informal representa hoy en día el 16% de la ciudad.

En el municipio de Bucaramanga, el desarrollo de los asentamientos informales se ha

dado en la zona norte y oriental de la ciudad, teniendo como referente dos principales ejes

viales, la vía al mar y la vía a Cúcuta. En un principio fueron originados por desplazados por

la violencia de las guerrillas en los años 50 y a través de los años se fueron consolidando con

invasiones y desplazamiento interurbanos. En la década de los 90, se agudizó este fenómeno

con el recrudecimiento del conflicto armado del paramilitarismo y las guerrillas, generando

mayor consolidación de asentamientos informales.

En este contexto se ha originado el crecimiento informal de los asentamientos precarios,

los cuales en forma general ocupan las periferias de la urbe y en los que se concentra la

pobreza histórica de las ciudades de Latinoamérica. Una característica de las personas que

habitan estos lugares es que por lo general poseen familias numerosas, con bajo niveles de

escolaridad, salubridad, organización comunitaria y por ende mano de obra poco calificada,

lo que ahonda más la problemática pues les es muy complicado acceder a un trabajo digno,

cuya remuneración les permita tener una vivienda también digna, dado que la dinámica del

mercado ha sobrevalorado los terrenos y no se permite la construcción flexible, porque la

estructura burocrática que plantea el sistema legal colombiano genera trámites engorrosos

para que personas de estas características puedan acceder fácilmente a ellos.

Por razones como las expuestas, los habitantes que se enfrentan a esta realidad y se

movilizan para buscar soluciones a sus necesidades de vivienda encuentran alternativas como

soluciones informales, dándole la espalda a toda planificación urbana y económica existente;

las personas acceden a esta opción a través de la compra u ocupación de tierras en las

periferias de los desarrollos urbanos, ya sea de forma legal o clandestina, o simplemente por

medio de la invasión de terrenos baldíos; allí desarrollan procesos de autoconstrucción con

profundas deficiencias de habitabilidad en cuanto a variables como infraestructura básica y

de servicios públicos, además de la profunda precariedad de su ecosistema.

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La dinámica del desplazamiento forzado ha hecho que el Municipio de Bucaramanga

enfrente toda esta problemática y se hayan consolidado muchos asentamientos urbanos,

algunos de ellos con presencia de desplazados, los cuales se ubican aledaños a 13 barrios del

municipio de Bucaramanga.

Al contextualizar la problemática del desplazamiento y la generación de asentamientos

informales se observa que existe un impacto directo en el ordenamiento territorial, porque al

existir estos fenómenos automáticamente se debe repensar la ciudad como una ciudad

inclusiva, que garantice el acceso a los derechos fundamentales de aquellas personas que

independientemente de su origen se convierten en habitantes de la urbe. Por tal razón desde

el ordenamiento territorial se debe plantear diversos frentes de trabajo que garanticen una

solución integral al fenómeno y que requiere de la inversión de recursos adicionales tanto de

la hacienda municipal como del fisco de la nación.

El principal impacto que debe darse en la construcción del ordenamiento territorial, es

la participación política de todos los actores de la ciudad, en este caso los desplazados se

deben convertir en parte activa de esa planificación de ciudad; además debe garantizarse que

sus necesidades y su opiniones sean tomadas en consideración en la planificación y

prospectiva de la ciudad de forma que se garanticen espacios que permitan el desarrollo

integral de la comunidad.

El desplazamiento forzado es un factor directo y causante de la urbanización ilegal, por

lo que desde el ordenamiento territorial se debe dar solución a este último fenómeno

garantizando que se generen soluciones y no represiones a esta población que ya ha sido

afectada social, cultural y emocionalmente por el conflicto armado.

Desde el ordenamiento territorial deben plantearse planes parciales que permitan

reubicar a las familias en situación de desplazamiento, pues la gran mayoría están ubicadas

en zonas de amenazas ambientales, y al estar allí ejerciendo tensión sobre el uso del suelo lo

que generan es que ese impacto ambiental negativo se ahonde, poniendo en riesgo la

sostenibilidad ambiental de la ciudad.

Otro componente e impacto del desplazamiento urbano en el Ordenamiento territorial es

la legalización de urbanizaciones ilegales que por su consolidación y condiciones son aptas

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para ser legalizadas, situación que se debe contemplar desde el ordenamiento territorial y su

principal instrumento, el POT. Esto significa que también se debe ampliar la red de Servicios

públicos y los equipamientos urbanos para atender la nueva población.

Como corolario y en procura de brindar una solución integral al fenómeno del

desplazamiento a través del Ordenamiento territorial sostenible, se debe garantizar que las

personas sean reubicadas en soluciones de vivienda digna, que siga un patrón urbanístico que

les permita acceder a necesidades básicas insatisfechas, puesto que los desplazados que han

generado invasiones y asentamientos informales, poseen viviendas con características

urbanísticas no adecuadas y con bajo nivel de cubrimiento de las NBI.

Dado lo anterior es fundamental determinar cuál ha sido el impacto del desplazamiento

forzado en el desarrollo territorial Sostenible, ya que esto permite determinar cómo ha sido

advertida la prevención del desplazamiento y la atención de las víctimas alineadas con el

desarrollo territorial del municipio de Bucaramanga, verificando la eficacia de las normativas

legales vinculantes y la aplicación de las teoría del desarrollo urbano sostenible.

Además incluir los aspectos del desplazamiento forzado a las políticas de desarrollo

territorial sostenible permite orientar propuestas que están acorde a las nociones del Estado

Social de Derecho, al igual que se convierten en una herramienta de planificación para

orientar la organización de la ciudad dirigiendo las acciones y los actores a lograr el

desarrollo sostenible e integral del territorio, garantizando la superación de las diversas

problemáticas generadas por este fenómeno que permitan el goce de los derechos de la

población.

Pero a pesar de esto, el análisis de la situación de desplazamiento no se ha realizado

dentro de un marco integral. La literatura existente se centra solo en el bienestar y la calidad

de vida, bajo un modelo utilitarista que utiliza el PIB per cápita para establecer dicho impacto,

pero en ningún momento utilizan metodologías que permitan evaluar el desarrollo humano o

las consecuencias de este fenómeno en el desarrollo territorial, razón por la que esta

investigación constituye un referente para el desarrollo del conocimiento y servirá de insumo

para la implementación de políticas para la ciudad de Bucaramanga.

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Se escogió precisamente el municipio de Bucaramanga, porque el contexto que rodea la

Universidad de Santander – UDES, el del maestrando en Derecho para el Urbanismo y el

desarrollo territorial sostenible, es Bucaramanga y su área metropolitana y dentro de ella la

ciudad de Bucaramanga, porque de los 75.353 desplazados que tienen el área metropolitana,

el municipio de Bucaramanga hay una participación de Desplazados del 68.64%, siendo un

porcentaje representativo para poder determinar el impacto de esta población en el desarrollo

territorial sostenible.

Al analizar el componente práctico de esta investigación para el Municipio de

Bucaramanga encontramos, primero que se establece el impacto ambiental y el costo

ecológico de no atender el fenómeno del desplazamiento por la generación de asentamientos

informales, lo cual puede en un futuro resultar ambiental y económicamente con mayores

perjuicios ambientales y efectos irreversibles; por tal razón el proyecto evalúa el impacto

ambiental en los asentamiento informales con presencia de población en situación de

desplazamiento y cuantifica el valor de recuperar ambientalmente esas zonas, brindando una

solución integral de vivienda que garantice el acceso a los desplazados a su derechos como

ciudadanos.

Al Municipio necesariamente le sirve este estudio para visualizar a cuánto asciende el

componente económico para la recuperación de las zonas ocupadas por las personas en

situación de desplazamiento, así como la reubicación o la solución de vivienda de las

personas. Al igual teniendo claro estas cifras también podrá usar estas estadísticas para

calcular los costos adicionales para una atención integral a las personas víctimas del

desplazamiento, ya que desde el ordenamiento territorial se plantean zonas urbanas para

soluciones integrales de vivienda, equipamientos urbanos y zonas de desarrollo social, pero

la atención Psicoafectiva y el desarrollo humano se contemplan desde otras dimensiones.

Un tercer elemento que aporta al Municipio de Bucaramanga es la comprensión del

fenómeno del desplazamiento y su aporte a la informalidad, la cual genera multimillonarios

costos fiscales que afectan el equilibrio financiero del municipio.

Además esta investigación servirá de base para estructurar elementos de política pública,

elementos de entrada para la formulación del plan de desarrollo del próximo cuatrienio, y

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aún más allá en el mismo posconflicto, así como determinar cuál ha sido el impacto de las

políticas en el fenómeno de desplazamiento en el país.

Respecto a referentes sobre estudios de desplazamiento en el municipio de

Bucaramanga es de rescatar el trabajo realizado por la corporación para el desarrollo del

Oriente Compromiso, quienes han investigado por más de 20 años el desarrollo y la

caracterización de la población desplazada en Bucaramanga y su área metropolitana.

Por último, esta investigación tiene como objetivo general Determinar el Impacto del

Desplazamiento forzado en la generación de Asentamientos Informales en el Municipio de

Bucaramanga mediante el análisis de fuentes secundarias y primarias que determinen la

afectación del desarrollo territorial sostenible.

Esta labor se desarrollará y presentará en tres capítulos que contienen el desarrollo de

los objetivos específicos, el primero de ellos consistió en el trabajo de todo un proceso de

revisión de literatura mediante el estudio de textos científicos que permitiera el

establecimiento de las variables de análisis en desplazamiento y ordenamiento territorial

sostenible.

El segundo capítulo evidencia la identificación de los asentamientos Urbanos ilegales de

la ciudad de acuerdo a su origen, invasión y fraccionamiento, esto se realizará teniendo en

cuenta estudios anteriores e información suministrada por diversos entes gubernamentales

para su posterior análisis.

El tercer capítulo muestra el desarrollo del tercer objetivo que consistió en la

identificación de los ecosistemas de la ciudad que han sufrido alguna afectación por la

generación de asentamiento humano generado por el desplazamiento forzado. Se determinan

los impactos socioeconómicos y políticos de los asentamientos urbanos estableciendo su

efecto en las actividades económicas sociales y políticas del entorno que rodea los

asentamientos generados por desplazados.

Se demostrará entonces que el Desplazamiento forzado que genera asentamientos

territoriales, enerva la posibilidad de un ordenamiento territorial sostenible.

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1. El ordenamiento territorial sostenible y el desplazamiento forzado: una revisión

a sus conceptos y antecedentes

1.1.Enfoques del ordenamiento territorial en la República de Colombia

En Latinoamérica, los procesos de consolidación del Estado fueron imponiendo el

ordenamiento del territorio desde una visión centralista (Arocena, 1995). De esta forma la

centralización está caracterizada por un modelo que se basa en una directriz estructuralista,

el cual tiene como agente de operación el Estado, quien se convierte en un modelo gestor

elitista donde se debe centralizar el ordenamiento del territorio (Arocena, 1995).

Con base en lo expuesto, se establece que el Estado como responsable de la organización

del territorio aplica un enfoque descendente con una visión cartesiana del mismo

(Bonnemaison & Cambrézy, 1996). En esta dirección el territorio debe entenderse como

espacio geográfico sobre el cual se ejerce una soberanía, con carácter excluyente y no se

permite que actúen otros poderes, concediendo así una coacción legal, basada en unas

fronteras definidas. Igualmente se estipulan divisiones administrativas y políticas donde se

presenta una delegación del Estado para mantener el control y optimizar la administración

del territorio. (Domínguez, 1997).

En la República de Colombia, esta concepción de territorio se aplica desde la época

colonial. Este ejercicio de ordenamiento territorial descendente es recíproco a una cartografía

horizontal, impuesta por el imperio español y que se expandió desde la colonia hasta la

consolidación de la época republicana. Lo que se traduce en que en los dos últimos siglos la

República de Colombia ha seguido este modelo descendente para el ordenamiento de su

territorio (Serje, 2005).

Este modelo plantea un orden zonal, el cual divide el territorio en dos grupos de espacios;

los integrados y los excluyentes. El primero de ellos se ha desarrollado teniendo como eje

central la cordillera de los Andes finalizando en las zonas portuarias. En esta zona se

encuentran las principales ciudades del país como Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla.

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Esta teoría es coherente con la de exclusión e inclusión que plantea Zambrano (1992),

quien al reeditar lo dicho por Gonzáles en 1965 (Zambrano, 1992), plantea que en las

repúblicas independientes a través de su historia ha sido la característica esencial del

ordenamiento del territorio, siguiendo un principio paralelo de gobierno con alta cohesión

hacia el centralismo, excluyendo gran parte de las zonas geográficas, como es el caso del

pacífico, los llanos orientales, algunas partes de la costa atlántica y la Amazonia.

Todo lo anterior ha permitido que estas zonas geográficas hayan sido dominadas por

grupos ilegales, quienes eran la autoridad y la justicia en estas zonas excluidas, generándose

un problema social de devastadoras consecuencias, de las cuales hoy tenemos como uno de

los más representativos el desplazamiento forzado.

Pero el enfoque descendente no solo se ha establecido por la cartografía horizontal; en

este modelo también han influido diversas teorías como la del epicentrismo urbano y la

planeación, surgidas en la década de los años 60´s, los cuales marcaron el derrotero para la

formulación de las políticas de ordenamiento de la época (Borja, 1996). Sumado a esto otra

teoría fundamental para la formulación del ordenamiento territorial fue la de los llamados

polos de desarrollo expuesto por Francois Perroux (1964), quien planteaba el desarrollo

industrial como motor; teoría que fue aceptada e implementada por la tecnocracia colombiana

y por la clase dirigente de la época. Es así como el modelo de ordenamiento territorial

colombiano para dicha época fue basado en el alemán y francés, generando un ordenamiento

legal al ordenamiento espacial (Borja, 1996).

Este modelo de ordenamiento descendente se fundamenta en los polos de desarrollo ya

mencionados y en el Crecimiento polarizado de Boudeville (1966); lo que planteaban estas

teorías era generar desarrollo que permitiera la reducción de las desigualdades en ingresos y

calidad de vida en los diferentes niveles de la sociedad. Como la historia lo comprueba este

modelo descendente fracasó puesto que no dio los resultados esperados, dando como fruto el

fracaso del ordenamiento en los Estados latinoamericanos, donde aumentó la desigualdad,

las epidemias, la pobreza y en general generó la desigualdad en el bienestar de la población

(Stöhr, 2003).

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Estos elementos son los que han marcado la planificación del desarrollo en la República

de Colombia, y el modelo fue introducido en la década de los años 60´s; el que estuvo

fundamentado en la sustitución de las importaciones por un modelo de Industrialización, en

el cual se hizo necesaria la migración del campo a la ciudad, atendiendo los pactos que el

gobierno había aceptado, bajo el modelo de Kennedy, quien profesaba la política de Libertad

con progreso (Massiris, 2006; Grandin, 2006). Bajo estas políticas surgieron en la República

de Colombia los primeros planes de desarrollo que replicaban la aplicación de las teorías de

los polos de desarrollo, es por eso que se empezó a dar importancia al desarrollo urbano y

regional, con el objetivo de reducir la desigualdad entre la ciudad y el campo, así como la

reducción de la pobreza (Massiris, 2006).

En este orden, es necesario resaltar que los primeros Planes de desarrollo formulados a

nivel mundial se dieron en los años treinta, basados en la experiencia de Tennessee Valley

Authority (TVA) y años después en los modelos presentados por el geógrafo alemán Walter

Christaller sobre la teoría de los lugares centrales (Carvajal, 2011). Todo esto sirvió para

influenciar la construcción de planes de desarrollo; adicionalmente sirvieron como

fundamento de la planificación regional que dio origen a las corporaciones autónomas

regionales. La primera en crearse fue la Corporación Autónoma Regional del Valle del

Cauca.

Todos estos antecedentes permitieron en la República de Colombia un proceso de

descentralización y transformación del modelo centralista a un modelo de planificación

regional, en el cual han participado propuestas desde la academia hasta propuestas de carácter

técnico del Departamento Administrativo de Planeación Nacional.

Finalmente, este proceso de descentralización se consolida en la República de Colombia,

cuando el presidente ya no nombra los alcaldes y gobernadores lo cuales son elegidos por

voto popular, además se logra que las transferencias de ingresos corrientes se hagan

directamente a las administraciones locales, haciendo que los entes centrales como

Ministerios y Departamentos Administrativos pierdan influencia sobre el desarrollo de la

regiones.

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Pero este proceso de descentralización no tuvo lugar solo en Colombia, sino en toda

Latinoamérica, como consecuencia de la crisis de la deuda externa de los países (García,

2003).

Es así que este proceso de descentralización generó que hubiera una serie de reformas al

Estado, impulsado por lo modelos neoliberales donde se estipulaban tres principios: la

desburocratización, la descentralización y la privatización del aparato económico y de

gobierno. En este sentido la descentralización se da casi que de forma imperativa atendiendo

las solicitudes hechas por organismos supranacionales como el Banco Mundial y el Fondo

Monetario Internacional; el proceso condujo dentro de los mecanismos internos de cada país

a reformar su normatividad y estructura. En la República de Colombia, muy posiblemente

esto influyó para que se produjera la reforma constitucional de 1991.

La Constituyente abrió el espacio para discutir varios temas que afectaban el desarrollo

de la sociedad colombiana; uno de esos temas que quedó incluido en la versión aprobada de

la Constitución Política de Colombia (CPC) de 1991, fue el ordenamiento territorial.

El trabajo realizado por la asamblea constituyente, tomó como uno de sus temas centrales

el ordenamiento territorial como base para el desarrollo de las regiones, de forma tal que el

Título XI de la CPC, se titula “DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL”, en este apartado

de la carta magna se conforma la Comisión de Ordenamiento Territorial (COT), quien fuera

la encargada de definir el concepto de ordenamiento territorial en la República de Colombia,

la cual mediante boletines regulares entre los años 1992 y 1995, construyó las bases de este

tema. Precisamente en 1992, la COT, definió el ordenamiento territorial de la Nación como

“un conjunto de acciones que deben ser concertadas para orientar la transformación,

ocupación, utilización de los espacios geográficos, buscando su desarrollo socioeconómico,

teniendo en cuenta las necesidades e intereses de la población, las potencialidades del

territorio considerado y la armonía con el medio ambiente.” (Comisión de Ordenamiento

Territorial , 1992).

Esta definición da respuesta a dos vectores de influencia que se regían en la época, uno

la CPC, donde se indicaban los diferentes mecanismos de participación ciudadana y el

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segundo la presión internacional para enfocarse al desarrollo sostenible, dicha presión

provino de la Cumbre de la Tierra desarrollada en Rio de Janeiro.

Más adelante esta definición sirvió para que se cimentara y se reglamentara el

ordenamiento territorial con la Ley 388 de 1997 (Congreso de Colombia, 1997), cuyo

principal objetivo fue asignar la tarea a cada municipio para que elaborara su plan de

ordenamiento territorial, como un elemento base para la planificación territorial.

Esta ley permite construir una planificación de ciudad con base en la interacción de los

diferentes actores, los cuales también harían parte del Consejo Territorial de Planificación,

órgano que es de carácter consultivo y que a pesar de su importancia no ha sido efectiva su

influencia a la hora de desarrollar la planificación urbana, porque a pesar de que existe esta

instancia la decisión no se centraliza en el presidente, si no en el Alcalde y los Concejos

Municipales.

Como se observa el modelo de ordenamiento territorial en Colombia se ha venido

descentralizando, pero todavía el gobierno es quien debe generar las directrices de éste; se

tienen en cuenta las consultas con los diferentes actores quienes tienen voz pero no voto, por

lo cual las decisiones respecto al ordenamiento territorial siguen a discrecionalidad de los

Alcaldes y los Concejos Municipales.

En yuxtaposición con este modelo surge el modelo ascendente del ordenamiento

territorial tradicional, en el cual las estrategias de ordenamiento territorial son graduales y

flexibles, permitiendo pasar de una prioridad a otra (Stöhr, 2003) y estas se van

superponiendo atendiendo a realidades del contexto.

Este enfoque posee una perspectiva micro-desarrollista, el cual plantea como eje del

ordenamiento territorial, las prioridades de los actores locales en materia económica,

ambiental y social; estas necesidades prioritarias son tan fuertes que deben ser capaces de

imponerse por el beneficio de las comunidades y por lo tanto tienen la fuerza de modificar

las macro-estructuras del gobierno y las agremiaciones.

Contrario a la centralización, el enfoque ascendente crea estructuras político-

administrativas para generar espacios que permiten la planificación desde lo local. Esta visión

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del ordenamiento territorial no se ordena desde el centro, sino que se ordena a partir de las

necesidades y realidades de la comunidad, contribuyendo a que las estructuras sociales y sus

actores se autogobiernen.

En la República de Colombia, puede establecerse que el modelo de ordenamiento

territorial ha venido evolucionando y en la actualidad se presenta un enfoque híbrido entre el

modelo ascendente y el descendente. Pero hay diversos casos de modelo ascendente, sobre

todo en aquellos grupos mal denominados minoritarios.

En este texto se describirán de forma genérica tres casos de ordenamiento territorial

ascendente que han sido exitosos: la Asociación de Cabildos Indígenas de la Zona del Bajo

Atrato (Camizba), las comunidades negras organizadas del Pacífico y los campesinos de la

vereda Los Soches, en Bogotá (Carvajal, 2011). Este modelo ha cobrado importancia porque

cada día se eliminan más barreras y se amplía el reconocimiento de los grupos étnicos,

consolidándose como grupos sociales que deben ser incluidos en el desarrollo de la nación y

de las regiones.

El primero de ellos, Camizba, se creó en 1986 con el fin de preservar sus valores

culturales y hacer frente a los cambios que proponía la posmodernidad; sus fundamentos se

basaron en cuatro principios: la defensa de sus territorios, la unidad, la autonomía y la cultura.

Todo esto se ha institucionalizado en sus territorios a través de su organización y cohesión

social. Es de rescatar que este gran grupo social está integrado por diversos grupos indígenas.

Uno de los mayores logros de esta agrupación social fue la legalización en menos de dos

décadas del 90% de sus territorios; esto se obtuvo mediante la figura de resguardos. Otro

aspecto a destacar es la cultura que se da a través de la unidad de las cinco etnias que la

integran. Adicional a esto el Estado ha reconocido sus propias formas de gobierno y justicia

y todo esto se ha logrado gracias al principio de autonomía.

Ya en el caso de las comunidades negras organizadas del Pacífico, se observa también,

al igual que en el anterior un proyecto étnico territorial, cuyo principal éxito para sostenerse

es la autonomía alimentaria que permite la resistencia y sustentabilidad en el sitio que ocupan,

además dentro de su estructura se distinguen elementos como el territorio- región, territorios

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de vida, alegría y libertad, todo esto permite que desencadenen en el bienestar colectivo de

la comunidad (Escobar, 2008).

Este territorio fue legalizado bajo la luz de la ley 70 de 1993, sobre propiedad colectiva

y fue reconocido por las prácticas productivas que desarrollan las comunidades ribereñas de

la cuenca del pacifico y sus territorios se legalizaron bajo la figura y legalización de la

ocupación ancestral.

El último movimiento social, el de los campesinos de los Soches, este grupo social

ubicado en la periferia semiurbana de Bogotá. D.C. se ha opuesto a la expansión urbana de

la sociedad en sus territorios, ya que esta expansión se está dando en las zonas rurales que

alguna vez surtieron de alimentos a los habitantes de esta ciudad. Este caso también basa su

defensa del territorio en los aspectos culturales, sociales y de identidad.

En estos tres casos del modelo ascendente se evidencia cómo la lógica cultural del

territorio consiste en una relación afectiva con el territorio que le confiere una identidad, lo

que permite la creación de geosímbolos que orientan el ordenamiento territorial

(Bonnemaison & Cambrézy, 1996).

Además el reconocimiento legal del territorio y sus formas de autogobierno y de

desarrollo local, forman parte de elementos que le permiten al Estado producir una nueva

normatividad en cuanto al ordenamiento territorial.

1.2.El ordenamiento Territorial y el Desarrollo

El ordenamiento territorial cumple un papel clave en la puesta en marcha de un modelo

de desarrollo. El ordenamiento Territorial es un tema fundamental para el desarrollo de las

directrices regionales, ya que éste se debe plegar a la realidad, concentrándose en la solución

de problemas concretos y propios de cada región, permite maximizar el crecimiento

económico y aumentar el grado de equidad social en los procesos de desarrollo (Uribe, 1998).

Todo esto porque el ordenamiento territorial debe ser el resultado de una serie de políticas

económicas a nivel macro y sectoriales, que permitan plantear un modelo específico de

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desarrollo económico y social. El ordenamiento territorial debe concebirse como un

instrumento que facilita la planificación del territorio y su desarrollo, velando por el

equilibrio entre lo económico, lo social, el medio ambiente y la preservación de sus recursos

naturales.

Por tal razón el desarrollo exige que en la actualidad, este se centre en el territorio, es

decir en una territorialidad con un componente de interacción muy alto con sus componentes

básicos, en este caso el componente más importante es la localidad que se expresa en

términos generales en municipios.

Dentro del ordenamiento territorial se han establecido cuatro áreas estratégicas que

permiten una visión holística del desarrollo integral que se sintetizan así: desarrollo

económico, gestión ambiental, aspectos socioculturales y los aspectos político

administrativos.

1.3.El ordenamiento Territorial y la gestión ambiental

Diversos autores han asociado el concepto de ordenamiento territorial con el uso de la

tierra y su relación con las condiciones ambientales y el manejo del recurso hídrico, además

de esto desde diversas fuerzas políticas se ha hecho el llamado para adoptar procesos de

ordenamiento que garanticen el desarrollo sostenible. En este sentido se ha estructurado lo

que se denomina hoy en día el ordenamiento ecológico, ambiental o territorial, en el cual se

parte de dos conceptos: el ordenamiento del territorio y la gestión ambiental, lo cual permite

establecer el uso adecuado y eficiente de los recursos naturales, todo esto mediante la

zonificación funcional del territorio y un estándar de desarrollo que asocie las políticas de

manejo hacia el desarrollo sostenible (Salinas, Reflexiones acerca del papel del ordenamiento

territorial en la planificación y gestión ambiental, 2013).

Todo lo expuesto, se da como respuesta a una problemática de disminución de recursos

naturales, que son necesarios para la sustentabilidad de los territorios, recursos como

alimentos, leña y agua. Existen alrededor del mundo y en la República de Colombia, señales

de pérdida potencial de pesca, deforestación, erosión, pérdida de biodiversidad,

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contaminación de agua, suelos y aire, así como la salinización de los suelos (Salinas, 2001).

Todo lo anterior en razón a que el hombre se convierte en depredador para lograr la

subsistencia y no en pocas ocasiones para lograr sobrevivir en medio de un mundo inhóspito

que le agrede y lo obliga a lesionar el medio en el que interactúa con otros individuos y con

los propios elementos de la naturaleza.

Por tal razón el Estado ha asumido esta tarea de desarrollar el ordenamiento ambiental

del territorio a través de instituciones de carácter nacional como el Instituto Geográfico

Agustín Codazzi y las Corporaciones Autónomas Regionales, quienes a pesar de los

cuestionamientos de índole político, tienen como función principal afrontar esos problemas

ambientales de forma que se prevengan y contribuyan al ordenamiento territorial sostenible.

Además de lo anterior, el componente ambiental en el ordenamiento territorial sostenible

debe alinearse desde lo normado en la ley 99 de 1993 (Congreso de Colombia, 1993), en

la cual se concibe el ordenamiento ambiental del territorio como un componente básico de la

gestión del ordenamiento territorial, además en esta norma también se le atribuye al

Ministerio del Medio ambiente y a las corporaciones autónomas regionales, la función de

lograr un adecuada gestión del territorio.

Como complemento, el ordenamiento ambiental, aporta teóricamente al ordenamiento

territorial porque permite entre otras contribuciones las siguientes: guía en el uso y

evaluación de las acciones del ordenamiento territorial y su impacto en los ecosistemas;

también suministra un resumen de la estructura y dinámica que tienen cada uno de los

ecosistemas presentes en el territorio permitiendo la valoración de conflictos y su

superposición con las acciones que se quieren desarrollar en el territorio, previniendo

conflictos ambientales.

Por último una función imprescindible en el ordenamiento ambiental del territorio es

buscar el equilibrio entre la dimensión ambiental del desarrollo y la dimensión económica y

socio-política del ordenamiento territorial.

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1.4. El ordenamiento Territorial y lo Socio- Cultural

El concepto de ordenamiento territorial trata de cómo darle una interacción adecuada al

uso y ocupación del suelo; por tal razón concepto y contenido real debe estar estrechamente

relacionado con la realidad social pero también histórica de la comunidad que lo habita de

forma que permita superar sus heridas, conservar sus tradiciones y costumbres, pero siempre

garantizando que este ordenamiento, les va permitir alcanzar mayores niveles de calidad de

vida. Es fundamental para el Ordenamiento territorial sostenible contar con la participación

de los diversos actores, ya que ellos son los que deben en primera instancia orientar hacia

dónde se debe regir el desarrollo de su región; esto permitirá que a la hora de implementarlo

sea viable y fácil de desarrollar (Hernández Peña, 2010).

En cuanto al componente cultural en el ordenamiento territorial, éste ha sido un tema que

hasta ahora se ha empezado a tomar en cuenta por que se ha vuelto imperativo a través de

sentencias de la Corte Constitucional; en este sentido los ordenamientos territoriales en el

aspecto cultural se han enfocado en la protección y promoción de la diversidad étnica y

cultural.

Precisamente esa protección y promoción de la diversidad cultural es necesaria, ya que

en la República de Colombia, existen más de doscientos grupos étnicos (Departamento

Administrativo de Planeación Nacional, 2007), quienes poseen sus propias costumbres

lenguas, y su propia organización política y social. Por tal razón la CPC de 1991, reconoce

estas etnias, otorgándoles mecanismos políticos y administrativos para su desarrollo, claro

ejemplo de ello son las Entidades Territoriales Indígenas.

Pero el rol de la cultura en el ordenamiento territorial, no es solo reconocer estos aspectos

sino incluir y formular políticas integrales que permitan a estos grupos lograr el equilibrio

entre lo económico, lo social y lo ambiental, de forma tal que garanticen una mejor calidad

de vida.

Por tal razón, se debe ir más allá de reconocer simplemente el territorio, sino que es

necesario generar inclusión en las políticas de ordenamiento territorial que propongan y

evalúen alternativas de uso y ocupación de estos territorios, lo que puede significar la

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reconstrucción del mismo siempre con la premisa de garantizar la calidad de vida de sus

habitantes.

Además el componente cultural no se debe enfocar solamente en los indígenas, sino en

todos los grupos étnicos incluidos y reconocidos por la legislación colombiana, cuya

organización sociocultural tenga una significancia en el nuevo ordenamiento territorial, y ello

por demás claro y necesario que incluyan a esa población lesionada por la violencia y

obligada a asentarse en las grande urbes, pero desposeída de absolutamente todo, porque lo

poco que poseían lo perdieron en el momento en que los actores del conflicto los obligaron

a salir de su ámbito de acción laboral, social y cultural.

De otra parte, el ordenamiento territorial no solo debe enfocarse en la promoción de las

etnias, sino cómo la cultura contribuye al desarrollo regional y cómo ésta se consolida para

la conformación de regiones e instrumentos políticos que permitan solucionar las

problemáticas de la sociedad; debe entonces vincular a toda población victimizada, ya por el

olvido, la desatención política, administrativa, religiosa o de cualquier orden existente.

Es fundamental para consolidar el ordenamiento territorial la inclusión de los aspectos

culturales eliminando clivajes y que se desarrolle la percepción colectiva de forma

automática que garantice la pertinencia con los proyectos de desarrollo regional (Boisier,

Desarrollo (local):¿ de qué estamos hablando. , 2001).

Este concepto de proyecto cultural a través del ordenamiento territorial se orienta hacia

dos direcciones; la primera apropiarse desde el ámbito regional y la segunda acoplarse a la

cultura universal y las tendencias universales. Todo esto con el fin de humanizar la

internacionalización económica respondiendo de forma concreta a esas minorías étnicas y el

fortalecimiento de la cultura local.

Pero todo este aspecto cultural, debe ser la base para la consolidación de proyectos

políticos exitosos, para lo cual se debe tener en cuenta ciertos factores como; la cohesión de

la comunidad, el grado de participación de los actores sociales en los procesos de

ordenamiento y el sentido de pertenencia de la comunidad hacia el proyecto de desarrollo

(Boisier, 2005).

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1.5. Los Asentamiento Informales: Una clasificación desde sus características

En los numerales siguientes se encontrará una definición teórica de los asentamientos

desde sus características, más delante en el capítulo 2 se tendrá en cuenta estos conceptos

para evaluar la conformación de estos asentamientos en la ciudad.

1.5.1. Asentamientos por Invasión

La invasión se puede definir como la ocupación irregular de un lugar (García de

Hernández, 2006), esta autora además sugiere que los términos invasión y ocupación son

similares y sustenta que el término ocupación es tomar posesión de un territorio sin importar

su legalidad. También afirma que las invasiones son el principal hilo conductor de los

asentamientos Informales en Latinoamérica, aunque también es de resaltar que existen otros

factores como el loteo irregular de predios privados o fraccionamiento que se dieron en el

pasado para la denominada autoconstrucción.

Infortunadamente, una característica de los terrenos que se invaden en América latina, y que

constituye una particularidad, es que son suelos degradados, suelos con gran cercanía a

infraestructuras económicas fuertes, suelos fiscales, entre otros.

1.5.2. Asentamientos Consolidados

Los asentamientos que se encuentran en esta categoría, son aquellos que lograron acceder

a todos los servicios públicos básicos, además se estableció la culminación de sus

equipamientos. Una característica fundamental es que se da un dominio legal de la vivienda,

además existen rutas de transporte público que facilitan el acceso al asentamiento, por lo que

también se da la pavimentación de vías principales y por último la construcción de sus

viviendas con materiales duraderos. Pero a pesar de esto la consolidación no ha sido lo

bastante efectiva para lograr una uniformidad urbanística y mucho menos para mitigar el

impacto ambiental que genera el asentamiento.

En este caso, dicha consolidación representa formalidad en cuanto al dominio de la

vivienda, pero no en lo referente a la formalidad desde los principios del desarrollo urbano.

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35

En este sentido, es importante anotar que estos asentamientos, a pesar de la legalización del

dominio y de las mejoras urbanísticas realizadas, aún permanecen dentro de la informalidad

urbana.

La informalidad urbana, se evidencia en el déficit de equipamientos, espacios públicos,

sistemas de acueductos, drenajes y vías de interconexión y comunicación que permitan el

flujo normal de vehículos motorizados y de peatones. Otro aspecto que es reincidente con

otros niveles de asentamientos es la baja calidad de los servicios públicos, el irrespeto y abuso

del espacio público por parte de las viviendas; también es muy notable el impacto ambiental

causado por los ejes funcionales, como; canales de aguas servidas, basuras en vías, parque,

plazas. Además de esto también se genera contaminación al invadir el espacio público para

actividades mercantiles, se eleva el ruido ambiental generando contaminación auditiva.

También se depositan basuras, en los llamados lotes de engorde, que son espacios que

han adquirido en el tiempo como inversión, pero no se les presta ningún uso.

1.5.3. Asentamiento Semiconsolidados

Los asentamientos semiconsolidados presentan lagunas intervenciones a nivel urbano y

dotacional, así como gran parte de las viviendas que integran el asentamiento poseen una

finalización arquitectónica. El periodo de consolidación oscila entre 10 y 20 años, en algunos

casos se ha extendido hasta por 30 años. También presentan equipamientos de recreación,

canchas deportivas y multifuncionales para los diferentes grupos poblacionales. Una

característica particular, la cual consisten es que estas se construyen progresivamente, en la

mayoría de las ocasiones inician funcionando en equipamientos sin terminar.

En cuanto a los servicios públicos, se empiezan a construir redes básicas de servicio

público como acueducto y alcantarillado, adecuación de vías y demás. Por lo general la

calidad de los servicios públicos es baja y su cobertura depende del tamaño.

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36

1.5.4. Asentamientos precarios

Los asentamiento precarios, se pueden calificar como aquellos donde sus construcciones

se hace con materiales poco duraderos, lo que permite calificarlos como viviendas

transitorias, que a su vez están rodeados de condiciones ambientales y de salubridad

degradantes; poseen ciertas particularidades por que la cobertura de servicios públicos es

prácticamente nula o muy baja cobertura y ni hablar de calidad de los mismos. No poseen

equipamientos que les permita integrar el colectivo social y generar desarrollo, así como

tampoco hay espacios para que en un futuro se puedan crear.

Su edad de maduración por lo general es relativamente corta, no supera los 10 años,

viéndose afectados por factores, entre los que se cuenta el contexto geográfico, condiciones

topográficas, los riesgos de remoción en masa, los riesgo de inundación, el nivel de

organización comunitaria y hasta las prácticas clientelistas que desarrollan los políticos y

gobernantes de la ciudad.

En los asentamientos precarios, las construcciones incipientes que presentan, son

elaboradas principalmente por materiales como plástico, cartón, madera y demás elementos

que se puedan encontrar y que permita el abrigo y la protección al agua. El acceso a los

servicios públicos es limitado, por lo general se obtienen de manera clandestina, el agua por

lo general se obtiene de fuentes hídricas naturales y de albercas colectivas que la almacenan.

La energía eléctrica se obtiene de forma ilegal haciendo instalaciones ilegales conectadas a

cables de alta tensión que después son distribuidas por todas las viviendas del asentamiento.

En cuanto al tema de dotaciones públicas, lo único que se puede aproximar a este

concepto son los caminos que se forman para desplazarse a través del asentamiento, en los

cuales es complicado que movilicen vehículos automotores. Se carece de sanitarios,

transporte público y el alumbrado público.

Las primeras construcciones en materiales duraderos, comienzan uno o dos años después

de estar asentado en dicho territorio, al igual que el desarrollo de las primeras actividades

económicas, cuando este fenómeno se empieza a dar se comienza el tránsito hacia la

semiconsolidación.

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37

1.6.Aspectos Políticos – Administrativos del Ordenamiento Territorial

En el ámbito de la Asamblea nacional Constituyente desarrollada en 1991, se entendió el

ordenamiento territorial como instrumento que permitía establecer una nueva distribución

política administrativa para la República de Colombia; algunos estudios del asunto afirman

que este fue uno de los principales temas en el que se centró dicha constituyente, ya que era

asunto prioritario para el desarrollo del país.

En la CPC de 1991, se definió que la República de Colombia es un Estado unitario que

goza de autonomía en sus entidades territoriales. Al mismo tiempo define que la entidad

territorial es un municipio, departamento, distrito, resguardo indígena y concibe la

posibilidad de conformar regiones. También describe las entidades administrativas y

planificación de las áreas metropolitanas y las asociaciones de municipios.

El objetivo del ordenamiento territorial es definir los aspectos administrativos y políticos

que permitan organizar el territorio, conciliar conflictos y determinar cómo implementa los

principios constitucionales de coordinación, la concurrencia y la solidaridad, es decir, que el

ordenamiento territorial es mucho más que la estructura arquitectónica de una región; es su

propia gente, la cultura y la cohesión entre todos los componentes sociales que conforman

una idiosincrasia.

1.7.La gestión del Ordenamiento Territorial

A partir de la modernización del Estado generada desde la constituyente de 1991, se

cuenta con dos funciones esenciales en el ordenamiento territorial; la primera de ellas la

intervención y la segunda la participación.

En la primera, esto es la intervención, el Estado debe desarrollar una política de

ordenamiento territorial, que contenga diversos elementos, entre los que se cuentan una

política territorial basada en la unificación de las políticas sectoriales, ya que a la fecha el

país no ha desarrollado una política unificada, por el contrario ha desarrollado políticas

independientes que a la hora de aplicarse en las entidades territoriales generan conflictos que

impiden el desarrollo eficiente y efectivo.

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El segundo elemento dentro del componente de Intervención, es la organización

gubernamental que asigne responsabilidades en materia de Ordenamiento territorial. En la

actualidad hay varias entidades que asumen este rol, pero no está definido claramente cuál es

su campo de aplicación. Entre las entidades encontramos Ministerio de Vivienda y desarrollo

Territorial, Ministerio del Medio Ambiente, Ministerio del interior, Ministerio de

Agricultura, Departamento Nacional de Planeación (DNP), IGAC, Instituto de Hidrología,

Meteorología y Estudios Ambientales de Colombia (IDEAM), Servicio Geológico

Colombiano (SGC, Antiguo INGEOMINAS), las entidades territoriales, las entidades

administrativas y de planificación y las Corporaciones autónomas regionales (CARS).

La segunda función del Estado en el ordenamiento territorial, es la participación,

garantizando la integración de sociedad civil en todos los proceso de planificación y

desarrollo del ordenamiento territorial; en la medida que se logre mayor participación mayor

será el éxito de estos procesos. Pero también es válido aclarar que no es participar porque si,

la idea es que en esa participación se logren acuerdos respecto a los uso de la tierra, en función

de que la población se beneficie y se logre un equilibrio entre el desarrollo, el medio

ambiente, la cultura y la preservación de los recursos naturales.

1.8.Antecedentes Normativos del Ordenamiento Territorial

En nuestro País las normas sobre el ordenamiento territorial se desarrollaron de manera

fragmentada, a pesar que la CPC de 1991, planteaba la necesidad una ley orgánica de

ordenamiento territorial, pero por el contrario lo que ha existido es una legislación en diversos

temas formulados de forma independiente.

Esta situación que ha sido opuesta a los países que han implementado el ordenamiento

territorial en los que se ha generado una ley estructural y de esta se desprenden las diversas

normas que coadyuvan a su implementación.

Actualmente la República de Colombia posee un marco normativo relacionado con el

ordenamiento territorial el cual se indica en la tabla 1.

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39

Norma Entidad Descripción

Ley 152 de 1994

(Congreso de

Colombia, 1994)

Congreso de Colombia Ley Orgánica del Plan de Desarrollo

Ley 99 de 1993

(Congreso de

Colombia, 1993) Art. 5, 10. 17, 31, 37 y

65

Congreso de Colombia Por la cual se crea el Ministerio del

Medio Ambiente, se reordena el

Sector Público encargado de la

gestión y conservación del medio

ambiente y los recursos naturales

renovables, se organiza el Sistema

Nacional Ambiental, SINA, y se

dictan otras disposiciones.

Ley 60 de 1993. Art 25.

(Congreso de

Colombia, 1993)

Congreso de Colombia Por la cual se dictan normas

orgánicas sobre la distribución de

competencias de conformidad con los

artículos 151 y 288 de la Constitución

Política y se distribuyen recursos

según los artículos 356 y 357 de la

Constitución Política y se dictan otras

disposiciones.

Ley 1625 de 2013. Art

2, 6-8, 12, 13, 20, 22, 23

(Congreso de

Colombia, 2013)

Congreso de Colombia Por la cual se deroga la Ley Orgánica

128 de 1994 y se expide el Régimen

para las Áreas Metropolitanas

Ley 142 de 994.

(Congreso de

Colombia, 1994)

Congreso de Colombia Por la cual se establece el régimen

de los servicios públicos

domiciliarios y se dictan otras

disposiciones.

Ley 136 de 1994. Art.

4, 91

Congreso de Colombia Por la cual se dictan normas

tendientes a modernizar la

organización y el funcionamiento de

los municipios.

Ley 388 de 1997

(Congreso de

Colombia, 1997)

Congreso de Colombia Por la cual se modifica la Ley 9 de

1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan

otras disposiciones.

Ley 1454 de 2011

(Congreso de

Colombia, 2011)

Congreso de Colombia por la cual se dictan normas

orgánicas sobre ordenamiento

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40

territorial y se modifican otras

disposiciones

Tabla 1 Leyes asociadas al Ordenamiento territorial

Fuente: Autor

1.9. La ley 388 de 1997

La ley 388 de 1997, plantea lineamientos básicos para el desarrollo del ordenamiento

territorial; su objetivo es alinear las dispersiones normativas contenidas en la CPC, la ley de

planeación, la ley que rige las áreas metropolitana y la ley 99 de 993 que conforma el Sistema

Nacional ambiental con las directrices del ordenamiento territorial.

Otro de sus objetivos es establecer mecanismos para que los municipios prevean el

ordenamiento territorial, el uso del suelo, la preservación del patrimonio ecológico y cultural

y la prevención de desastres en zonas de alto riesgo.

Un segundo objetivo es de la ley es garantizar el uso del suelo cumpla función social de

la propiedad, el acceso a los servicios públicos, el espacio público, la protección del ambiente

y la atención y prevención de desastres.

El tercer objetivo es promover la coordinación y concurrencia de la Nación, las entidades

territoriales y los órganos administrativos para que cumplan los mandatos constitucionales.

Por último la ley pretende orientar y facilitar la gestión política y urbana en todo el

territorio nacional.

Además de definir los objetivos de la ley y su contribución al ordenamiento territorial,

esta también define lo principios del ordenamiento territorial, los cuales se listan a

continuación:

La función ecológica de la propiedad.

La prevalencia del interés general sobre el particular.

La distribución equitativa de las cargas y los beneficios.

Estos principios a través de los años se han venido aplicando, pero el principio de la

función ecológica de la propiedad, todavía está muy incipiente en su desarrollo, primero debe

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definirse su alcance, para posteriormente definir variables que permitan aplicarlo y evaluar

su impacto en el ordenamiento territorial.

La ley 388 también establece las competencias de la nación y de las diferentes entidades

territoriales, quedando pendiente el establecimiento de los gestores, de estas competencias y

los procedimientos para aplicarlos, situación que fue subsanada con la ley 1454 de 2011.

Según la ley en mención, a la Nación le corresponde el ordenamiento territorial de zonas

protegidas, parques naturales, grandes proyectos de infraestructura, áreas delimitadas como

de seguridad y defensa; los lineamientos y directrices para la distribución equitativa de los

servicios públicos, áreas protegidas histórica y culturalmente todo esto de acuerdo a sus

competencias, a su alcance legal. En cuanto a la entidad territorial departamental, le

corresponde determinar las directrices para el ordenamiento territorial en zonas de

conurbación; orientar la distribución física y social en consenso con los diversos municipios;

integrar y dirigir la proyección de los planes sectoriales del departamento en concordancia

con los desarrollos regionales y nacionales. A nivel metropolitano corresponde desarrollar

la elaboración del plan integral de desarrollo metropolitano y el señalamiento de las normas

imperativas que deben adoptar los municipios en sus planes de ordenamiento territorial. En

los municipios se definen las competencias y obligación de formular un plan de ordenamiento

territorial junto con las implicaciones que esto conlleva.

Precisamente en la formulación y elaboración del Plan de ordenamiento territorial (POT)

y como consecuencia de que la República de Colombia funciona bajo un Estado social de

derecho, en el cual la democracia es fundamental para su eficiente funcionamiento,

precisamente ese principio también debe aplicarse a los POT, a través de derechos de

petición, audiencias públicas, interventorías al cumplimiento del POT. Todo esto con el fin

de construir modelos pluralistas basados en la realidad del entorno, además que se promueva

la veeduría ciudadana a sus gobernantes.

1.10. Ley 1454 de 2011

La llamada Ley orgánica de ordenamiento territorial que existía, era inoperante desde la

CPC de 1991, porque la República de Colombia, no tenía unas directrices que definieran la

integración de las regiones y la definición de competencias entre la nación y las entidades

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territoriales. Además con la formulación de esta ley se está dando cumplimiento al artículo

288 de la CPC de 1991, que ordenaba una acción transitoria que por dilaciones políticas fue

permanente por veinte años.

Con la aprobación y divulgación de esta ley se está afianzando en el cumplimiento del

artículo 2 de la CPC de 1991, que establece que la República de Colombia, es una nación

unitaria, descentralizada y con autonomía de sus entidades territoriales.

Por tal razón el objetivo de esta ley es contener normas para la organización del territorio

colombiano, estableciendo procedimientos, lineamientos que permitan fortalecer la

organización político-administrativa del Estado en el territorio, así como los instrumentos

para el desarrollo territorial, definiendo competencias de la nación, las entidades territoriales

y las áreas metropolitanas (Congreso de Colombia, 2011).

Los fundamentos de la ley se pueden resumir en los siguientes principios:

Desarrollo institucional

Fortalecimiento de la identidad cultural

Desarrollo territorial, entendido este como desarrollo económicamente

competitivo, socialmente justo, Ambientalmente y fiscalmente sostenible.

Promover la descentralización y la planeación, la gestión y administración de sus

propios intereses para las entidades, generando instancias de integración

territorial. Además de fomentar el traslado de competencias y poder de decisión

de los órganos centrales o descentralizados del gobierno en el orden nacional

hacia el nivel territorial pertinente, con la correspondiente asignación de recurso.

Uno de los elementos de resaltar en esta ley, es que exige que cada entidad territorial

defina sus necesidades regionales, diferentes a las comunes de toda la nación, es allí donde

se refleja la descentralización y la autonomía de cada ente. En ella también se definen ciertas

competencias de las entidades territoriales pero se deduce que sean leyes posteriores las que

permitirán profundizar en el alance y desarrollo de estas competencias.

Se plantea también en esta normativa la posibilidad de conformar regiones

administrativas, de planificación o de provincias y la asociación de varias regiones. También

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formula las bases para que las regiones se puedan constituir en entidades territoriales y

financiar proyectos con fondos de compensación, de desarrollo regional y de regalías.

También crea en derecho la Comisión de ordenamiento territorial, que será un organismo

asesor y técnico para vigilar la aplicación de proyectos.

De forma general se puede afirmar que lo que plantea esta ley es un marco normativo

para desarrollar regiones administrativas y de planificación, que tiene inmerso un

componente de regionalización del país, la ley es pertinente pero deja un gran vacío por su

carácter general, lo que conlleva que habrá que esperar el desarrollo de otras leyes y demás

elementos normativos para concretar su aplicación de forma efectiva.

1.11. El desplazamiento Forzado en Colombia y sus Implicaciones legales

El desplazamiento forzado se convirtió en uno de los problemas más graves de la

República de Colombia; la última década del siglo XX y la primera del siglo XXI se

caracterizaron por momentos álgidos en los cuales el número de ciudadanos expuesto a

afrontar el desplazamiento aumento. El desarrollo de valiosos estudios sobre este fenómeno

estudiado por científicos sociales, pueden ayudar a comprender esta problemática. Sumado a

esto los fallos de la Corte constitucional, las denuncias que realizaron y realizan

constantemente las ONG, los esfuerzos del Estado por responder a las necesidades de la

población desplazada y la indiferencia de la sociedad civil, son algunos de los matices que

pueden ayudar a comprender el fenómeno del desplazamiento.

El desplazamiento en Colombia no es algo reciente, su origen data de los años cincuenta

con su violencia política y se extiende hasta nuestros días con el accionar guerrillero y

paramilitar y ahora el éxodo obligado de Colombianos desde Venezuela hasta nuestro país,

con la aparente legalidad que demarca la figura de la deportación. Posterior al inicio de la

violencia política interna, en los años ochenta se promueve nuevamente cuando el Estado

inicia su lucha contra el narcotráfico y su estructura criminal. Pero es de resaltar que este

problema alcanzó mayor visibilidad al finalizar los años noventa, cuando se recrudece y se

vuelve centro de atención de los periodistas y objeto de investigación entre los académicos

(Romero, 2002). Como consecuencia de esto, el Estado empieza a atender esta problemática,

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ya sea por vía legislativa o través de la acción directa como acontece con la intervención en

las Fronteras Nacionales o el simple asistencialismo que transforma lo que comienza como

atención primaria en mendicidad y oportunismo creciente.

Tenemos entonces que pese a los esfuerzos del Estado, estos conflictos continúan en la

actualidad. El control y expansión territorial de los grupos delincuenciales como

consecuencia de la era paramilitar y la incursión de las guerrillas al negocio del narcotráfico,

la ocupación de territorios ancestrales por multinacionales, la política de seguridad del

Estado y la acción de los gobiernos extranjeros, son factores que agudizaron el fenómeno del

desplazamiento llegando según CODHES (Consultoría para los Derechos Humanos y el

Desplazamiento - CODHES, 2013) en 2006 a un total de 3.822.000 personas en situación de

desplazamiento. En Santander este fenómeno tuvo perdidoso crecientes que en algún

momento se estabilizaron pero que después se recrudecieron tal como lo indica la gráfica,

donde se describe el crecimiento anual de la llegada de personas desplazadas a la ciudad.

Gráfico 1. Llegada de Desplazados a Bucaramanga

Fuente: Autor con Información de (Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento - CODHES,

2013)

Pero todo este fenómeno no hubiera sido posible, si no se realizan procesos que se

visibilizarían desde lo periodístico, pero también desde lo académico, algunas de ellas han

aportado significativamente a comprender esta problemática, en la Tabla 2 se describen cada

una de ellas.

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Titulo Aporte

La pérdida de los derechos, del significado

de la experiencia y de la inserción social: a

propósito de los desplazados en Colombia.

(Pecaut, 1998)

Escribe en 1998 un artículo en el que no solo

denuncia la magnitud de este problema, sino

que también presenta una especie de

programa sobre los principales aspectos que

deben trabajarse en relación con el mismo

Poética del otro»: Antropología de la guerra,

soledad y exilio interior en Colombia

(Castillejo, 2000)

Las investigaciones sobre el desplazamiento

y la percepción del otro, presentan una

nueva perspectiva para la comprensión del

desplazamiento forzado.

Ciudadanía Y Desplazamiento Forzado En

Colombia: Una Relación Conflictiva

Interpretada Desde La Teoría Del

Reconocimiento. (Naranjo, 2004)

Con el fin de avanzar en la respuesta a la

pregunta ¿qué ciudades y cuáles ciudadanos

se están formando por la vía del

desplazamiento forzado en Colombia?, el

artículo retoma los conceptos de

ciudadanías mestizas y Estado de guerra, así

como destaca las experiencias de

denegación de reconocimiento de las

personas en situación de desplazamiento

forzado, y alude al sentido de las vivencias

y experiencias de estos sujetos en tanto

portadores de equipajes político-culturales

desplegados en su lucha por el derecho a la

ciudad. El texto trata finalmente de resaltar

la importancia epistemológica y política de

una gramática moral del ejercicio ciudadano

de la población en situación de

desplazamiento forzado en Colombia.

Impactos del desplazamiento forzado en la

construcción de ciudadanía en la historia

colombiana. (Rodríguez, 2013)

Muestra una aproximación a los procesos de

desplazamiento del último siglo en

Colombia, para interpretarlos a la luz de sus

efectos en la red social y en la construcción

de ciudadanía, indagando por el tipo de

ciudadanía que se instaura cuando

el desplazamiento es un fenómeno

recurrente. Se pretende evidenciar cómo

constituye un patrón de poblamiento y

construcción de territorio en el país. En una

segunda parte, se caracterizan de manera

somera las dinámicas de desplazamiento del

último cuarto de siglo, para evidenciar cómo

no pueden ser leídas solamente desde la

óptica de la confrontación entre actores armados, sino que son un repetido

procedimiento para la apropiación

exitosa de recursos. Se cierra el círculo con

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algunas reflexiones sobre el impacto del

desplazamiento en la configuración de la

ciudadanía.

Tabla 2 Investigaciones sobre el Desplazamiento

Fuente: Autor

Estas son algunas de las más importantes investigaciones académicas que han trabajado

y visibilizado el conflicto. También desde otras estructuras no indexadas se ha fortalecido la

visibiliziación del fenómeno de desplazamiento como lo es la Red de Solidaridad para el

desplazamiento forzado, al cual está integrada por diversos científicos sociales que se ocupan

rigurosamente de este problema, en las perspectivas disciplinares de la sociología, la

antropología, el trabajo social, entre otros. A esta red pertenecen universidades con gran

tradición y trayectoria académica.

Otros actores que se destacan han sido los precursores del trabajo de las ONG´S como

CODHES, al igual que la iglesia Católica, quienes han desarrollado un trabajo decisivo para

mostrar a la sociedad en general la dimensión, sentido, alcance y magnitud del

desplazamiento forzado en particular de los países como el nuestro, donde los actores del

conflicto se apropian de territorios, y con ello generan toda una calamidad de desposeídos

que se concentran en las urbes mendigando derechos o violentando los de otros, a quienes

consideran los responsables de su miseria.

Sin embargo el mecanismo más efectivo para el reconocimiento y atención del fenómeno

del desplazamiento, se ha logrado por vía judicial, donde diversos grupos organizados de

desplazados, usan el instrumento de la tutela para hacer respetar sus derechos. Esto permitió

que en el año 2004 mediante sentencia T – 025 (Corte Constitucional, 2004), la Corte

constitucional, hiciera un reconocimiento de la grave problemática del desplazamiento y los

correctivos que el Estado debe tomar para su resarcimiento. Con esta sentencia la Corte

afirma que hay cosas inconstitucionales en cuanto a las condiciones de vida de la población

internamente desplazada, por lo cual se debieron adoptar medidas judiciales respetando las

demás instancias gubernamentales encargadas y especializadas en atender este fenómeno.

Por tal razón instó a las autoridades nacionales y territoriales para que asuman correctivos en

cuanto al fenómeno del desplazamiento.

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Pero esta norma fue la cumbre del problema de desplazamiento, ya que en el año de

1997, se había dado un primer paso con la ley 387 de ese año. En esta ley se reconoce que

las personas afectadas por el desplazamiento forzado son víctimas civiles del conflicto

armado, a las cuales se les ha violado sus derechos fundamentales, por lo cual el Estado debe

restituirlos antes y después del desplazamiento, además debe concertar con los victimarios

las formas de reparación y que se comprometan a declarar la verdad. Por último la ley

conmina al Estado a prevenir la ocurrencia de este fenómeno. Así estos dos mecanismos, la

ley 387 y la sentencia T-025, se convierten en dos elementos históricos para cambiar el

enfoque de atención al desplazado, lo cual generó el desarrollo de políticas de Estado para

atender esta problemática, pero que no han sido suficientes para lograr el desarrollo integral

de las víctimas. Algunas cifras de desplazamiento en los últimos años se indican en la Tabla

3.

Año Población

Desplazada

Población en

situación de

desplazamiento

1985 27000 27000

1986 36000 63000

1987 59000 122000

1988 105000 227000

1989 119000 346000

1990 77000 423000

1991 110000 533000

1992 64000 597000

1993 45000 642000

1994 78000 720000

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1995 89000 809000

1996 181000 990000

1997 257000 1247000

1998 308000 1555000

1999 279218 1834218

2000 317375 2151593

2001 342243 2493836

2002 412553 2906389

2003 207607 3113996

2004 287581 3401577

2005 310237 3711814

2006 221187 3933001

2007 305966 4238967

2008 380863 4619830

2009 286389 4906219

2010 280041 5186260

2011 259146 5445406

2012 261907 5707313

Total

Acumulado

5707313

Tabla 3 Población desplazada entre 1985 y 2012

Fuente: CODHES

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Como se puede observar en la Tabla 3, al año 2012 el fenómeno del desplazamiento no

había disminuido significativamente a pesar de las políticas públicas, lo que deja entrever la

inefectividad de las políticas del Estado y su incapacidad para controlar el conflicto. Según

la ACNUR, el 12% de la población en Colombia es desplazada y de ella el 63% vive por

debajo del Umbral de la pobreza y el 33% en extrema pobreza (ACNUR, 2015). Cómo no

explicar entonces las causas y razones de la creciente violencia urbana y el incremento de los

delitos atentatorios contra el patrimonio económico.

Todo esto deja como conclusión, que las políticas de seguridad, sociales y de atención

integral de desplazados no han impactado, ni han permitido la solución integral del fenómeno

del desplazamiento; al contrario, el fenómeno crece, en tanto el Estado no se concentre en

que debe ser social de derecho, con primacía de atención de los más débiles.

1.12. Enfoques de la Evaluación de la atención a Desplazados

Existen cuatro enfoque principales para medir el impacto en la atención a los

desplazados, los cuales se basan en el principio de dejar de ser desplazado (Serrano, 2007).

Los enfoques son: el de pobreza, el de desarrollo humano el de vulnerabilidad y el enfoque

del Derecho. En el caso de la pobreza se enfoca de modo utilitarista, en el cual se plantea

que al aumentar los ingresos se mejora el bienestar de las familias; bajo este modelo la

situación de desplazado cesa cuando se supera la línea de pobreza (Serrano, 2007). En la

República de Colombia, este enfoque se mide con el cubrimiento de las necesidades básicas

insatisfechas, omitiendo variables importantes como el menor acceso a los sistemas de salud,

el daño psicológico a la población desplazada y el desarraigo de su territorio.

En el enfoque del desarrollo humano promovido por la Organización de Naciones

Unidas (ONU), se critica mucho la monetización del bienestar (Sen, 2004), en cambio

plantean la búsqueda de construir capacidades, creando oportunidades para ejercerlas (Haq,

2003), en este modelo se plantean tres indicadores: esperanza de vida al nacer, acceso al

sistema educativo, y el ingreso per cápita, este modelo se puede afirmar que solo se centra

en la capacidades, dejando de lado las oportunidades; adicional a esto el derecho a la

seguridad y el derecho a la vida, los cuales son fundamentales para determinar el impacto del

conflicto armado y el desplazamiento.

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En cambio, el enfoque de vulnerabilidad se puede establecer que es complementario al

de desarrollo humano, este enfoque incluye variables como amenazas, hambre, enfermedad,

represión y otros inesperados, los cuales pueden poner en riesgo la integralidad de la vida

humana. Este enfoque es más integral pero no posee relaciones jurídicas directas que

permitan su evaluación (Serrano, 2007).

Por último el enfoque del derecho promueve el cumplimiento de los derechos

fundamentales conforme a los estándares internacionales, por lo cual difiere del enfoque de

la pobreza, en el cual por ejemplo se supera el desplazamiento no solo superando el umbral

de pobreza, si no superando el umbral de diversos indicadores definidos por la ONU (ONU,

2006). En contraste con los enfoques anteriores, este plantea una evaluación holística, no solo

de las necesidades prioritarias, sino que también establece las responsabilidades del Estado.

Una de ellas que la población desplazada adquiera herramientas y capacidades que le

permitan reclamar jurídicamente su derechos, por lo cual el desplazamiento termina cuando

se reivindican y cumplen todos los derechos fundamentales (Serrano, 2007; Pérez, 2010).

1.13. Antecedentes de Investigación sobre el Desplazamiento y la Relación Urbana

En este apartado, se revisan algunas investigaciones realizadas, principalmente como

diagnósticos para entidades públicas; se escogió el tema del desplazamiento y su relación con

los aspectos urbanos, ya que no existen estudios o metodologías precisas sobre el

desplazamiento y el ordenamiento territorial explícitamente. Los estudios fueron elaborados

después del año 2000, el recorrido que se hace es ilustrativo y lo que pretende es analizar

fuentes que podrán servir para el desarrollo de la investigación.

El primer proyecto a destacar es la caracterización desarrollada por la Corporación para

el Desarrollo del Oriente Compromiso, con el apoyo de la ONG de la Consultoría para los

Derechos Humanos y el Desplazamiento CODHES, el cual fue terminado y publicado hacia

el año 2006. Este documento se considera de relevancia porque su objetivo era tratar de forma

detallada las causas del desplazamiento forzado y como se fue formando la población en

situación de desplazamiento que llego a Bucaramanga, su área metropolitana y el municipio

de Lebrija.

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Además realiza una comparación analítica de cifras oficiales publicadas por los entes

responsables en aquella fecha y los resultados de la caracterización, estableciendo las

diferencias sobre el registro de Personas en Situación de Desplazamiento (PSD).

También hace reflexiones sobre aspectos territoriales del desplazamiento y su relación

entre Bucaramanga y su área metropolitana y las zonas de donde proviene este tipo de

población, que terminan siendo las llamadas zonas de expulsión de PSD. Esta caracterización

fue realizada en 771 hogares asentado en las siguientes zonas (Corporación para el Desarrollo

del Oriente Compromiso., 2006).

Bucaramanga: Corrales, Unión, Bodegas, El Cable, Ciudadela (Barrio Café Madrid);

Caminos de Paz; Nueva Colombia; Claverianos; Altos de Transición; Cerviunión; Luz de

Esperanza; y 12 de Octubre.

Girón: Colinas de la Meseta.

Floridablanca: Villa Nazareth y La Semilla.

Piedecuesta: Guatiguará.

Por otra parte, un segundo estudio fue realizado por la Conferencia Episcopal

Colombiana, el cual se ejecutó mediante la gestión de la Sección de Movilidad Humana de

la Pastoral Social y el apoyo de ACNUR, este estudio consistió en una caracterización de la

PSD (Sección de Movilidad Humana del Secretariado Nacional de Pastoral Social, 2007). El

estudio en primer lugar presenta los datos históricos de cada uno de los municipios

analizados, destaca sus aspectos generales y los datos de composición demográfica.

Adicional a esto describe algunas particularidades del desplazamiento en el departamento de

Santander y los porcentajes de atención de las necesidades básicas insatisfechas.

Otro estudio fue elaborado por la Organización Panamericana de la Salud con la

colaboración de la Universidad de Antioquia y su facultad de salud pública, este informe fue

publicado en el año 2005 y su objetivo central fue la caracterización sobre las variables de

salud en el Municipio de Bucaramanga, también se desarrolló en otras entidades territoriales

de orden municipal como de Medellín, Cali, Cartagena, Montería y Soacha. El estudio se

estructuró en 13 módulos, donde se evaluaban variables como aspectos sociodemográficos,

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las condiciones sanitarias y ambientales de las viviendas, la morbilidad, el acceso a los

servicios de salud, los servicios materno-infantiles y la salud sexual y reproductiva.

Por último es de resaltar el estudio realizado por ADELCORPLAN (En la Actualidad

conocida como ADEL metropolitana), esta entidad desarrolló una caracterización de la

población en situación de desplazamiento. Esta investigación fue publicada en 2005, dividida

en dos partes: la primera analiza el comportamiento a nivel nacional del desplazamiento

forzado, sus lazos con el departamento de Santander y el comportamiento de recepción y

llegada al área metropolitana de Bucaramanga de la población desplazada; la Segunda parte

del estudio formula un inventario sobre cómo funciona el Sistema de atención Integral a la

población desplazada en el área metropolitana de Bucaramanga.

1.14. Teoría jurídica sobre el Desplazamiento a nivel Internacional y en la

República de Colombia

1.14.1. El derecho Internacional Humanitario y los principios Rectores de los

desplazamientos internos

En el nivel Internacional los principales elementos jurídicos que se utilizan para abordar

el desplazamiento forzado son el Derecho Internacional Humanitario y los principios rectores

del desplazamiento interno creados por la ONU en 1998.

El Derecho Internacional Humanitario (DIH), plantea desde su perspectiva que existe

una actitud negligente e ineficiente de la actuación del Estado frente al desplazamiento

forzado. Todo esto porque los diferentes Estados han formalizado diversos tratados

internacionales, que los obligan a prevenir cualquier circunstancia que pueda afectar la vida,

la estabilidad la libre movilidad por los territorios; por tal razón si una persona se encuentra

en situación de desplazamiento es por responsabilidad del Estado, quien fue incompetente

para garantizar sus derechos. En este orden de ideas los gobiernos son los responsables del

fenómeno del desplazamiento por que como indica ACNUR, CODHES Y OANUCDH los

gobiernos…“tienen el deber supremo de prevenir guerras, actos de genocidio y otros actos

de violencia masiva” (ACNUR; CODHES;OACNUDH, 2001). Adicional a esto el Estado es

responsable solidariamente por las actuaciones de privados al no desarrollar mecanismos

idóneos que garanticen la prevención, sanción y reparación de dichos actos.

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Es así como el Estado también es responsable cuando se generan omisiones de sus

agentes, ya que el deber de éste es velar por la aplicación correcta ecuánime y transparente

de la ley, con el fin de impartir justicia, mantener el orden y cumplir con las disposiciones

jurídicas internacionales. El Gobierno también es responsable cuando particulares realicen

actos ilegales con la tolerancia de al autoridades civiles y militares. En la República de

Colombia este fenómeno fue muy frecuente en la reciente época del paramilitarismo.

Dado lo anterior se puede establecer que el desplazamiento forzado es un fenómeno que

ocurre por causa del abandono de las instituciones civiles y militares del Estado por no

desarrollar acciones que prevengan este suceso y no realizar juzgamiento a los actores

responsables de estos hechos. Si este fenómeno sigue sucediendo el Estado debe responder

como le ha correspondido ante instancias internacionales por el incumplimiento de

compromisos pactados en pro de la protección de la población civil.

Precisamente el DIH enuncia tres principios para el tratamiento de las personas en

condición de desplazamiento forzado, el primero el de Respetar, es decir, evitar que a los

individuos se les prive de recursos básicos para su subsistencia|; el segundo el de proteger las

víctimas de la privación; el tercero que debe ser resultado del primero y el segundo y es el

satisfacer las necesidades de la población desplazada.

El DIH, concibe las personas en situación de desplazamiento como sujetos de un derecho

nacional e internacional. Además las personas víctimas del desplazamiento forzado son

equivalentes a los refugiados, con la característica que los desplazados están en su país de

origen.

Un elemento fundamental relacionado directamente con el desplazamiento y el

ordenamiento territorial, es que el DIH le reconoce un entorno a la persona en situación

de desplazamiento forzado interno: (vivienda, tierras, ganado, instalaciones, circuitos

económicos, etc.) y por consiguiente el Estado, es responsable no sólo por el individuo que

pierde todo para salvar la vida, sino por la pérdida socioeconómica que genera el abandono

forzado del trabajo y la producción (cosecha, ganado e instalaciones individuales y

colectivas que quedan sin mantenimiento). En fin, por aquellas obras en las cuales se ha

objetivado el individuo o la comunidad; las transformaciones que se han generado a través

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del trabajo y que van a deteriorarse debido a su ausencia (Universidad Nacional de Colombia,

2015). Se establece una relación directa con el ordenamiento territorial porque al planificar

la ciudad, se deberían emplear primero la opción de devolverse a su región de origen, pero

en el caso que estos no accedan se convierten en un ciudadano más con la particularidad que

el Estado debe resarcir ese estatus socioeconómico que tenía la persona antes de desplazarse,

lo que lleva a que el Estado esté obligado a brindar soluciones de vivienda que garanticen el

acceso a la NBI, por ende cuando se planifique la ciudad y el ordenamiento territorial, el

Gobierno debe plantear elementos que permitan brindar soluciones integrales desde lo

urbano para esta población.

1.14.2. Principios Rectores del Desplazamiento Interno.

El 11 de febrero de 1998 la Comisión de Derechos Humanos planteo los principios

rectores del desplazamiento interno, los cuales fueron adoptados mediante la resolución 50

de la CDH del 17 de abril de 1998.

Estos principios contemplan las necesidades específicas de los desplazados internos de

todo el mundo. Además definen los derechos y garantías pertinentes para la protección de las

personas contra el desplazamiento forzado y para su protección y asistencia durante el

desplazamiento y durante el retorno o el reasentamiento y la reintegración (Comisión de

Derechos Humanos, 1998).

Como se puede observar estos principios rectores, tienen como objetivos, definir las

condiciones específicas de los desplazados internos a nivel mundial, definir los derechos de

las personas desplazadas internamente, definir las garantías para preservar la integridad de

las personas (antes, durante y después del desplazamiento), asignar roles y responsabilidad

en cuanto al desplazamiento forzado. En general esto principios lo que pretenden es orientar

la relación de las personas en desplazamiento forzado con la sociedad civil, el Estado y las

instancias internacionales, garantizando su desarrollo integral y la dignidad.

1.14.3. Jurisprudencia de orden Nacional sobre el Desplazamiento Forzado

La República de Colombia, ha sido un país en el cual se ha hecho del fenómeno del

desplazamiento forzado un derrotero de las causas sociales, gracias a la intervención de

organizaciones no gubernamentales, las cuales han hecho visible la cruda situación de este

fenómeno; esta ha sido una tarea que se ha asumido desde hace muchos años; el objetivo

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central de todos estos proceso ha sido que el Estado asuma su rol y brinde la garantías

constitucionales que permitan dignificar su condición humana.

A pesar de esta lucha, el Estado colombiano solo hasta el año 1995 empieza a formular

acciones concretas para afrontar este fenómeno, a sabiendas de que el crecimiento del

fenómeno comenzó desde el año de 1985.

El primer antecedente normativo en cuanto al desplazamiento forzado surge con el CONPES

2804 de 1995 (Consejo Nacional de Politica Economica y Social, 1995), en el cual se crea el

Programa Nacional de Atención Integral a Población Desplazada por la Violencia y se une

con programa de prevención y atención de desastres. Más adelante en el año de 1997, el

CONPES 2804 es sustituido por el CONPES 2924 de 1997 (DEPARTAMENTO

NACIONAL DE PLANEACIÓN, 1997), el cual plantea que es necesario cambiar toda la

estructura del sistema de atención a la población desplazada debido al aumento exponencial

de este fenómeno.

Con base en este CONPES surge la ley 387 de 1997, por la cual se adoptan medidas para

la prevención del desplazamiento forzado: la atención, la protección, la consolidación y

la estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la

República de Colombia (Congreso de Colombia, 1997). Esta ley es la que sienta las bases

para el desarrollo de las políticas en atención integral a población desplazada.

Esta ley asume la definición sobre desplazados hecha por la Consulta Permanente para el

Desplazamiento de las Américas. En esta ley se destaca la responsabilidad del Estado en

la formulación de políticas para la prevención del desplazamiento y a la atención integral de

la población en situación de desplazamiento.

Pese a que esta ley se promulgó antes de los principios rectores de los desplazamientos

Internos, la ley está acorde a ellos teniendo en cuenta que el articulado que la compone

plantea que “las necesidades específicas de los desplazados internos de todo el mundo y

define los derechos y garantías pertinentes para la protección de las personas contra el

desplazamiento forzado, así como su protección y asistencia durante el desplazamiento,

el retorno o el reasentamiento y la reintegración (Comisión de Derechos Humanos, 1998)”

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Uno de los principales logros de esta ley es la creación del Sistema Nacional de Atención a

Población Desplazada (SNAIPD), el cual integra además de los entes descentralizados a

todas las entidades territoriales de orden departamental y local; este sistema inicia su

operación en el año de 1999 asigna la coordinación del sistema a la Red de Solidaridad social

(RSS), hoy en día conocido como Departamento administrativo para la Prosperidad Social.

Más adelante en el año 2001 la Corte Constitucional mediante Sentencia T­327 de 2001,

obliga al gobierno a tomar acciones con respecto al funcionamiento del sistema por lo que

integra con metas y compromisos claros las entidades descentralizadas.

Esta ley ha sido reglamentada con los decretos 951, 2562 y 2569 de 2001 y complementada

con la Ley 1448 de 2011 (CONGRESO DE LA REPÚBLICA, 2011).

Además de esta normativa, han surgido a través de los años diversas normas que consolidan

la atención integral a personas en situación de desplazamiento. Estas normas se indican en

la tabla 4.

Norma Descripción

Decreto 290 de 1997

Dicta normas tendientes a facilitar la

inscripción en el registro civil de

nacimiento y la expedición de documentos

de identificación a PSD

Ley 418 de 1997 Consagra instrumentos para la búsqueda de

la convivencia, la eficacia de la justicia y

se dictan otras disposiciones

Decreto 489 de 1999

Designa a la Red de Solidaridad Social,

entidad adscrita al Departamento

Administrativo de la Presidencia de la

República, para realizar las actuaciones y

funciones que realizaba la Consejería

Presidencial para la atención de población

desplazada por la violencia.

Ley 548 de 1999 Garantiza la no inclusión de menores de

edad en el conflicto armado.

Ley 589 de 2000

Por medio de la cual se tipifica el

genocidio, la desaparición forzada, el

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desplazamiento forzado y la tortura; y se

dictan otras disposiciones.

Resolución 02045 de 2000

Establece funciones a las instituciones

públicas para la atención de población en

situación de desplazamiento.

Decreto 2007 de 2000

Reglamenta lo relativo a la atención

oportuna de población rural desplazada por

la violencia.

Decreto 951 de 2001

Reglamenta parcialmente las leyes 3ª de

1991 y 387 de 1997, en lo relacionado

con vivienda y subsidio de vivienda para

población desplazada

Directiva presidencial 07 de 2001

Respaldo, interlocución y colaboración

del Estado con las ONG que desarrollan

actividades humanitarias en el país

Directiva presidencial 06 de 2001 Instrucciones para fortalecer la atención

integral de la población desplazada por la

violencia

Resolución 0474 de 2003

Define cupos indicativos para la

distribución de los recursos de la

Subcuenta de Riesgos Catastróficos y

Accidentes de Tránsito, ECAT FOSYGA,

Subproyecto 4: “Apoyo Reclamaciones

Víctimas Población Desplazada”.

Directiva 09 de 2003

Políticas del Ministerio de Defensa

Nacional en materia de protección a los

derechos humanos de sindicalistas y

defensores de derechos humanos.

Ley 1448 de 2011 Por la cual se dictan medidas de atención,

asistencia y reparación integral a las

víctimas del conflicto armado interno y se

dictan otras disposiciones.

Decreto 4800 de 2011 Por el cual se reglamenta la Ley 1448 de

2011 y se dictan otras disposiciones.

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Decreto 3011 de 2013 Por el cual se reglamentan las Leyes 975 de

2005, 1448 de 2011 y 1592 de 2012.

Tabla 4 Otra normas relacionadas con el Desplazamiento Forzado

1.14.4. Conceptos Jurisprudenciales sobre el desplazamiento forzado en la

República de Colombia

La atención de la población en situación de desplazamiento ha sido ineficiente a través

de los años; el Estado a pesar del marco normativo y la diversas presiones nacionales e

internacionales, no ha sido competente para atacar de forma efectiva este fenómeno; esto ha

generado que mediante la figura de la tutela, las personas en situación de desplazamiento

reclamen su derechos, pero a estos fallo no se les ha dado total cumplimiento. Entre los

conceptos de la Corte se afirma que la presidencia de la Republica como máximo

representante del Estado es quien debe asumir este compromiso y garantizar el cumplimiento

de los derechos fundamentales a las PSD. En la Tabla 5 se describen las sentencias de la

Corte constitucional referentes al tema de desplazamiento forzado.

Sentencia Descripción

T227 de 1997

Las obligaciones de las autoridades territoriales de brindar

medidas de protección y seguridad a la población desplazada

para evitar su discriminación

SU1150 de 2000

Los criterios que deben regir la atención a población desplazada

para garantizar la vigencia de sus derechos fundamentales

T1635 de 2000

Las obligaciones recíprocas del Estado y la población desplazada

T258 de 2001

Los límites a la discrecionalidad, en lo referido a la calidad de

desplazado de un docente

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T327 de 2001

La presunción de buena fe en el trámite de inscripción al registro

nacional de desplazados y la importancia de los Principios

Rectores como parte del bloque de constitucionalidad

T0304 de 2001 Tutela la vulneración de los derechos económicos, sociales y

culturales – DESC, que hacen alusión al trabajo, la educación, la

salud, la vivienda, la igualdad, y que están amparados por el

Estado colombiano a través del Pacto Internacional de

Derechos Económicos, Sociales y Culturales (RUT, 2007).

T1346 de 2001

Las obligaciones de los municipios de construir el Comité para

la Atención de población desplazada, a fin de establecer

mecanismos de reubicación y estabilización socioeconómica

T098 de 2002

Reitera la jurisprudencia acerca de la protección de los derechos

a la educación, la vivienda, el trabajo y la salud para los

desplazados

T215 de 2002 El contenido del derecho a la educación de los menores

desplazados.

T232 de 2002 La legalidad de la pena de prisión en los casos de desplazamiento

forzado

T268 de 2003 El reconocimiento de la existencia del desplazamiento forzado

de carácter urbano

T339 de 2003 La garantía del derecho a la tierra

T377 de 2003 Los docentes amenazados

T419 de 2003 Ratifica la atención a población en situación de desplazamiento

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T602 de 2003 El derecho a la atención diferencial de la población desplazada;

El derecho al acceso a proyectos productivos; La prohibición de

regresiones en la política pública de atención a población

desplazada; y el acceso a la vivienda.

T645 de 2003 El acceso al derecho a la salud para población desplazada y el

derecho a obtener información clara precisa y oportuna

T025 de 2004 Sentencia central sobre la orden de priorización del fenómeno de

desplazamiento en Colombia.

T078 de 2004 Sentencia central sobre la orden de priorización del fenómeno de

desplazamiento en Colombia.

T770 de 2004 El deber de la autoridad municipal de reconocer la condición

material de desplazado forzado, pese a no estar inscrito en el

registro nacional.

ACU573 de 1999 La procedencia de la acción de cumplimiento para exigir el

acatamiento de normas de la Ley 387 de 1997, que permiten la

consolidación y la estabilización socioeconómica de los

desplazados

ACU 0080 de 2001 La procedencia de la acción de cumplimiento frente a las normas

de la Ley 387 de 1997.

Sentencia de tutela

1378 de 2001

La competencia del Estado para brindar protección militar a los

desplazados

ACU 4279 de 2001 La aplicación de las normas del Derecho Internacional

Humanitario, en el caso de los desplazados forzados por la

violencia

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ACU 1762 de 2001 La garantía a los desplazados para el acceso a los programas y

subsidios otorgados por el Gobierno Nacional.

Tabla 5 Conceptos Jurisprudenciales sobre el Desplazamiento Forzado

Fuente: Autor

1.14.5. La sentencia T -025 de 2004 y su seguimiento

Merced a la falta de cumplimiento y aplicación de la ley 387 de 1997 y normativa conexa,

promulgadas por los diversos gobiernos de turno, se presentaron demandas de personas en

situación de desplazamiento, al punto que se llegaron a acumular 108 expedientes de casos

de tutela que fueron interpuestas por 1150 familias de desplazados (Corte Constitucional ,

2004), todo este fenómeno se generó por que el Estado fue ineficiente, permisivo y ausente

en la atención a la población desplazada, pese a que tenía herramientas para desarrollar esta

atención.

Con base en la argumentación de esas tutelas impuestas por la PSD de diferentes zonas

del país, contra el gobierno y sus entes de carácter departamental y municipal, y por

considerar que estas autoridades no estaban cumpliendo con su misión, además de no dar

respuesta efectiva a sus necesidades de Vivienda y acceso a proyectos productivos que

garantizarán su sustentabilidad, se presenta el pronunciamiento de la Corte constitucional

mediante la Sentencia T – 025 de 2004.

Estas tutelas iban dirigidas a demandar instituciones específicas, tales como: _

- La Red de Solidaridad Social. (Hoy Departamento Administrativo para la Prosperidad

Social – DPS)

- El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

- El Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

- Los Ministerios de Salud y del Trabajo.

- El Ministerio de Agricultura.

- El Ministerio de Educación.

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- El INURBE.

- El INCORA.

- El SENA

Gran parte de estas acciones de tutela fueron negadas en primera instancia por jueces

argumentando improcedencia, ilegitimidad, ausencia de carga probatoria, ausencia de

vulneración de derechos, por la supuesta existencia de temeridad y por la limitación de lo

que se puede ordenar por el alcance de la acción de tutela.

La sentencia T – 025 de 2004, fallada por la Corte Constitucional, está dividida en cuatro

partes: primero. Los antecedentes, segundo. Las pruebas solicitadas por la Sala Tercera

revisión, tercero. Las consideraciones y los fundamentos, y cuarto la decisión.

Para fallar la sentencia, la Corte constitucional en primera instancia solicitó respuesta de

un cuestionario a las entidades involucradas en el tema de desplazamiento forzado y con estas

la Corte tuvo elemento de análisis para decidir sobre las pretensiones de los accionantes.

Dentro de las consideraciones que tuvo la Corte constitucional para fallar la sentencia, se

destacan 10 puntos importantes:

a. La competencia de la Corte para asumir y decidir en las demandas y las pretensiones

de los reclamantes de la PSD.

b. El segundo contiene dos elementos, el primero aborda todo el andamiaje jurídico que

soporta la decisión y el segundo el resumen de la argumentación y la decisión,

destacando que sí se han violado derechos fundamentales de la población desplazada

y además se han afectado la población con protección especial como madres cabezas

de familia, niños y personas de la tercera edad.

c. El tercer punto analiza la legitimación de la tutela presentada por asociaciones de

desplazados y cita el artículo 10 del decreto 2591 de 1991, que plantea que la tutela

se puede presentar por medio de apoderado y que ese poder se asume como legítimo.

Literalmente el artículo expresa: … “La acción de tutela podrá ser ejercida, en todo

momento y lugar, por cualquier persona vulnerada o amenazada en uno de sus

derechos fundamentales quien actuará por si misma o a través de representante. Los

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poderes se presumirán auténticos” (PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE

COLOMBIA, 1991)

d. El cuarto punto trata de la figura jurídica de Existencia de temeridad, que es

reglamentada por el artículo 38 del decreto 2591 de 1991 y se establece: …“cuando,

sin motivo expresamente justificado, la misma acción de tutela sea presentada por la

misma persona o su representante ante varios jueces o tribunales, se rechazarán o

decidirán desfavorablemente todas las solicitudes” (PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA DE COLOMBIA, 1991), en este caso la Corte en su decisión final no

toma en consideración este concepto.

e. El quinto punto es uno de los más importantes, porque la Corte hace un análisis de la

vulneración de los derechos de los desplazados, violación de los derechos

fundamentales, la gravedad del fenómeno del desplazamiento y las decisiones

proferidas para proteger los derechos de la PSD y por último se determinan formas

para la protección de esta población. De forma detallada este punto indica en primer

lugar las 17 veces que la Corte ha fallado para proteger la población desplazada desde

el año 1997 y hace hincapié en los principios rectores contra el desplazamiento

forzado promulgado en 1998. En el segundo punto cuando trató la gravedad del

fenómeno de desplazamiento interno, lo reconoce como un problema de política

pública que debe ser atendido en la actualidad y en el futuro próximo.

f. En el último elemento del punto cinco, la Corte ordena a las entidades incluir a los

accionantes en los programas y políticas existentes, además ordena al presidente

solucionar problemas de los demandantes y por último garantizar la protección de los

demandantes.

g. El sexto punto de análisis de la sentencia plantea la ineficiencia de las acciones del

Estado para dar respuesta a este fenómeno, lo cual evidencia que la política pública

no ha sido efectiva y que ha generado problemas protuberantes que han ahondado el

desplazamiento forzado. Textualmente la Corte concluye: “la respuesta estatal no ha

tenido como goce el efectivo ejercicio de los derechos constitucionales por parte de

todos los desplazados” (Corte Constitucional , 2004)

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h. En el punto siete, se trata la parte más importante de la sentencia y es el llamado

“estado de cosas inconstitucional”. Con la declaración del estado de cosas

inconstitucional obliga al Estado y a las entidades territoriales a diseñar políticas

públicas efectivas que garanticen el cumplimiento de los derechos de la PSD.

i. El punto ocho, Examina el Estado Social de Derecho y los deberes

constitucionales del Estado frente a la dimensión de los derechos. Adicionalmente

exige que hay una coherencia sistemática entre los objetivos de la política pública

y los recursos económicos y administrativos; en resumen las autoridades deben

garantizar el restablecimiento de los derechos a la PSD.

j. En el noveno punto, la Corte expresa “…las autoridades competentes deben

efectuar un ejercicio de ponderación y establecimiento de áreas prioritarias en las

cuales se prestará atención oportuna y eficaz a dichas personas”

k. En el último punto de análisis se distinguen las órdenes que emite la Corte, que

son de dos categorías: unas determinaciones de orden simple, enfocadas a dar

respuesta a las pretensiones de los demandantes; otras de orden complejo, las

cuales están relacionadas con el estado de cosas inconstitucional, en el cual se

busca que se protejan los derechos de toda la población en situación de

desplazamiento del país independientemente si hubiera utilizado o no la acción de

tutela.

La sentencia de la Corte Constitucional, ordena al Consejo Nacional de la Atención

Integral a la población desplazada diseñe y ponga en marcha un plan que dé solución al

fenómeno del desplazamiento forzado haciendo énfasis en la atención humanitaria.

La sentencia también ordena a los Alcaldes que destinen programas y recursos para

la atención integral de la PSD, con el fin de que se protejan sus derechos constitucionales.

El décimo punto de la sentencia hace énfasis en la solución de viviendas dignas para

la PSD, y ordena a los ministerios y las entidades territoriales atender esta necesidades,

con prioridad en la atención humanitaria y la dignificación de la condición humana;

precisamente al ordenar a las entidades territoriales de orden departamental y municipal

se afecta directamente el ordenamiento territorial, pues debe modificarse toda la

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65

estructura de ordenamiento territorial para acoger la realidad del desplazamiento y sus

necesidades.

Al analizar toda la estructura de la sentencia, se puede establecer que la Corte basó su

fundamento jurídico desde la corriente estructuralista y se acopla a las teorías de la

gobernanza de Renate Mayntz, quien plantea que todos los actores de la sociedad civil

deben ser tomados en cuenta para el diseño y la formulación de las políticas públicas

(Mayntz, 2001), en este caso la Corte está integrando todos los actores y presionando al

Estado para que formule políticas públicas que beneficien a la sociedad y mitiguen las

consecuencias de un conflicto interno.

Después de esta sentencia y debido a que no se ha cumplido integralmente lo

determinado por la misma, la Corte Constitucional percibiendo que la atención a la PSD

sigue generando controversia ha visto la necesidad de hacer autos de seguimiento, en total

desde su emisión y hasta el año 2015, ha proferido 38 autos de seguimiento al

cumplimiento de la sentencia.

1.15. Reflexión de los elementos teóricos

Después de analizar todo el componente teórico, el estado actual de las

investigaciones sobre el tema, se concluye que efectivamente la Republica de Colombia

se encuentra en un modelo de ordenamiento territorial que está en un proceso de

transición, que integra los conceptos sociales, económicos y urbanos, que permitirán

palmear territorios eficientes y sostenibles, todo esto se apoya en un marco normativo

creciente que incluye variables ambientales como una tendencia en el ordenamiento,; pero

que a un hace falta arduo trabajo para combatir la informalidad y fortalecer la

institucionalidad

También se puede concluir que el fenómeno del desplazamiento ha tenido un proceso

de desarrollo jurídico, cuyo objetivo central es restituir la sostenibilidad económica y

social a la población víctima, pero a pesar de ello este tipo de población se ha convertido

en un foco de invasiones y violaciones de derechos. Lo cual no ha permitido que no han

sido tenidas en cuenta en los proceso de desarrollo y ordenamiento.

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Por tal razón en el capítulo 2 se establecen los factores de informalidad que se han

generado al margen del ordenamiento territorial del municipio de Bucaramanga, sus

características, ubicación y elementos particulares.

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2. Análisis de los Asentamientos formados por Personas en situación de

Desplazamiento

El establecimiento de asentamientos informales en la ciudad de Bucaramanga, ha sido

marcado por diversas épocas de la historia en la cual debido a la falta de oportunidades, el

conflicto armado y proyectos de vivienda planificados y con normas urbanísticas básicas,

han generado la consolidación de estas figuras urbanas no legales. Gran parte de este

fenómeno se ha producido por el desplazamiento. En este capítulo se hace un análisis de los

asentamientos según la clasificación realizada en el capítulo 1 y al final se realiza una

reflexión sobre el impacto de la informalidad en el ordenamiento del municipio de

Bucaramanga, informalidad que en gran parte es generada por la población desplazada como

se ilustra a continuación.

2.1.Asentamientos por Invasión

En, la generación de asentamientos por invasión ha sido una serie de contrastes, las

primeras se dieron por la complicidad de entidades como Ferrocarriles de Colombia que

generó los asentamientos la playa y la playita, dando origen a lo que hoy se conoce como el

Barrio Café Madrid; la segunda fase originada por la invasión de terrenos por población en

situación de desplazamiento. Los asentamientos generados en el café Madrid, permitieron

que se poblara la rivera del Río de Oro.

Estos asentamientos que se formaron por invasión de población desplazada han surgido

por la incompetencia del Estado para dar soluciones dignas e integrales de vivienda a la

población desplazada, a pesar de que Ley 387 de 1997 (Congreso de Colombia, 1997),

contempla esta posibilidad, así como el punto 10 de la sentencia T -025 de 2004, en esta

última se especifica que es deber del Estado y las entidades territoriales dar esta clase

soluciones; este fenómeno de invasión afecta directamente el ordenamiento territorial pues

se invaden territorios que no están contemplados como urbanizables, territorios con alto

riesgo de deslizamiento y aumentando la tensión ambiental del territorio, violando todo el

marco jurídico de la ley 388 de 1997, la ley 1454 de 2011 y la circular de la procuraduría

donde se advierte del componente ambiental en el ordenamiento territorial. De esta forma se

puede observar que la inadecuada atención a la PSD genera asentamientos informales por

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invasión que están al margen de las medidas de atención integral a la población y de paso

vuelve inoperantes y vacías las normas de ordenamiento territorial.

De otra parte como se puede ver, los asentamientos no solo se generan por invasión sino

también por complicidad del gobierno, el cual, cuando no hace nada, los tolera y los admite;

entonces el Estado se convierte en un actor que encubre la generación de los asentamientos;

algunos autores han llegado a afirmar que si el Estado actuara de forma vertical y con firmeza

no existirían asentamientos (Clichevsky, 2003).

Dado lo anterior y analizando la división política de Bucaramanga, se establece que en el

municipio de Bucaramanga y atendiendo la división político administrativa, existen 27

asentamiento ilegales con presencia de población en situación de desplazamiento, ellos se

encuentran distribuidos en 7 de las 17 comunas que componen el municipio de Bucaramanga,

todos ellos han sido generados por invasión y en la tabla 4 se describen.

Asentamiento

Barrio Nuevo

Comuna 1

Norte

Divino Niño

13 de Junio

Altos del Progreso

María Paz

Mesetas del Santuario

Comuna 2

Nororiental

Villa María

Mirador del Norte

Primaveral

Olitas

Nuevos Horizontes

Granjitas Norte

Moneque.

Olas II

Puerto Rico

Comuna 3

Puerto Rico

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Camilo Torres

Comuna

4 Occidental

Zarabanda

Granjas de Palonegro Norte

Granjas de Palonegro Sur

Navas.

Carlos Pizarro

Comuna 5

García Rovira

Rincón de la Paz

5 de Enero

José Antonio Galán

Pantano I

Pantano II

Pantano III.

El Fonce

Comuna 8

Sur Occidente

Guacamaya

Laureles

La Islita

San Gerardo I y II

Manzana 10 del barrio Bucaramanga

Los Guayacanes Comuna 9 La pedregosa

Área de La Floresta

Comuna 11 (Sur) San José

Tabla 4 Asentamiento Humanos con presencia de Desplazados en Bucaramanga

Fuente: Autor

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70

2.2.Asentamientos consolidados

El periodo de tiempo para llegar a ser un asentamiento consolidado oscila entre 30 y 40

años, los asentamientos de Bucaramanga que están en proceso de consolidación y que ya

están en la transición de asentamiento a barrio son 10, los cuales se describen en la tabla 5 y

en la Ilustración 1.

Asentamiento Consolidado Comuna

13 de Junio Comuna 1

Norte Altos del Progreso

María Paz

Mirador del Norte Comuna 2

Nororiental Olitas

Olas II

Puerto Rico Comuna 3

Puerto Rico

Pantano I Comuna 5

García Rovira Pantano II

Pantano III.

Tabla 6 Asentamientos Consolidados

Fuente: Análisis autor

Es de resaltar que esta consolidación está contemplada en la división política

administrativa de Bucaramanga y en su plan de Ordenamiento Territorial (2012- 2027).

Ilustración 1. Mapa de Asentamientos Consolidados

Fuente: Autor con Google Earth

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2.3.Asentamientos Semiconsolidados

En Bucaramanga se puede establecer que existen 9 asentamientos semiconsolidados, los

cuales se especifican en la tabla 6 y se ilustran en la Ilustración 2.

Asentamiento Semiconsolidados Comuna

Primaveral Comuna 2

Nororiental Zarabanda

Carlos Pizarro Comuna 5 García Rovira 5 de Enero

José Antonio Galán

El Fonce Comuna 8 Sur Occidente

Guacamaya

Manzana 10 del barrio Bucaramanga

Los Guayacanes Comuna 9 La pedregosa

Tabla 7 Asentamiento Semiconsolidados

Fuente: Autor

Estos asentamientos están conformados por viviendas heterogéneas, las cuales cuentan

con materiales duraderos, tienen cerca de ellos equipamientos públicos.

Ilustración 2 Asentamientos Semiconsolidados Bucaramanga

Fuente: Autor con Google Earth

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En esta fase los habitantes no poseen el dominio legal de las propiedades, pero se realizan

alquileres y compraventas, con documentos notariales; pero a pesar de que lo anterior brinda

una seguridad jurídica y algunas mejoras en los aspectos urbanos, pero no garantiza la

solución de manera precisa a los desequilibrios generados en la parte urbana como la

participación comunitaria, la atención en salud, el poco cuidado del ambiente y el desarraigo

por los principios urbanos.

Ilustración 3 Asentamiento Carlos Pizarro

Fuente: UNAB

2.4.Asentamientos precarios

En el caso del municipio de Bucaramanga, los asentamientos precarios permanecen en

este estado por más de 10 años. Sin embargo si se trata de definir criterio, se puede decir que

un asentamiento se mantiene en estas categorías, cuando más del 50% de sus viviendas

permanecen con materiales transitorios, también la redes de servicios públicos se tornan en

cierta manera un riesgo para la salud de los habitantes. Sus equipamientos son limitados y el

acueducto es a cielo abierto.

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Dado esto también se puede afirmar que el impacto ambiental generado por estas

condiciones, es un impacto negativo representado en malos olores, roedores, aguas negras

con contenido putrefacto, desmejoramiento de la salud pública y una modificación

lamentable del paisaje natural del territorio.

Los asentamientos precarios del Municipio de Bucaramanga, son en total 15, lo cuales se

enuncian en la Tabla 7 y se evidencia en la ilustración 4.

Asentamiento Precario Comuna

Barrio Nuevo Comuna 1 Norte

Divino Niño

Mesetas del Santuario Comuna 2 Nororiental

Nuevos Horizontes

Granjitas Norte

Moneque

Granjas de Palonegro Norte Comuna 4 Occidental

Granjas de Palonegro Sur

Navas.

5 de Enero Comuna 5 García Rovira

Laureles Comuna 8 Sur Occidente

La Islita

San Gerardo I y II

Área de La Floresta Comuna 11 (Sur)

San José

Tabla 8 Asentamientos Precarios

Fuente: Autor con Google Earth

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Ilustración 4 Asentamientos Precarios

Fuente: Autor con Google Earth

Después del análisis de los asentamientos precarios se puede establecer, que además de

las características urbanas ya mencionadas, se establece también que estos asentamientos

tiene riesgo de remoción en masa por erosión y otro de inundación, por lo cual muy

seguramente estos asentamientos no evolucionen, sino que tendrán que ser reubicados.

Estos asentamientos precarios no dignifican la condición humana, así como tampoco

cubren las necesidades básicas insatisfechas, no hay equipamientos de cómodo acceso que

garanticen el acceso a la salud y la educación, así como a espacios de desarrollo social,

humano y cultural. Por lo general en la primera fase del desplazamiento y cuando siguen la

tendencia de invadir terrenos se consolidan comunidades que se enfrentan a estas

deficiencias, por lo tanto y así el Estado tenga diversos programas para la atención de esta

clase de población, mientras existan estos asentamientos con población desplazada se está

evidenciando que sus acciones no han sido efectivas y vuelve a colación el incumplimiento

de la sentencia T-025, ya que no se están garantizando los derechos a la igualdad, el acceso

a una vivienda digna, el acceso a servicios de salud y educación y a la protección especial de

madres cabezas de familia, niños y de los adultos mayores.

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El fenómeno del desplazamiento en asentamientos precarios afecta directamente el

ordenamiento territorial por varias razones: la primera se viola las zonas urbanísticas y la

distribución geoeconómica del suelo contenidas en los POT, emanado como imperativo de

la ley 388 de 1997. Adicional a esto cuando se hagan revisiones de su ordenamiento territorial

deben pensar en dos opciones; la primera la reubicación de la población desplazada, lo cual

acarrearía inversiones adicionales que pueden ser financiadas con el gobierno nacional

basada en el ley 1448 de 2011, pero esto implicaría en el ordenamiento territorial ampliar la

base de uso del suelo urbanizable o generar un plan parcial, esta opción se debe contemplar

prioritariamente si la zona donde se ubica el asentamiento es zona en alto riesgo. También

en esta primera opción tendrán que modificar o adaptar su plan municipal de equipamientos

garantizando el acceso a salud, educación y desarrollo social. La segunda opción es válida si

en el suelo que están ubicados no hay ninguna amenaza ambiental, con lo cual se entra en un

proceso de legalización urbana, el cual también afectaría el ordenamiento territorial, porque

se debe planear nuevas redes de servicios públicos, adaptar y/o construir equipamiento que

permitan la cobertura de servicios de salud, así como proyectar la organización

geoeconómica del suelo que se está legalizando. De esta forma el Estado estaría cumpliendo

con lo contenido en la Sentencia T – 025 de 2004 y se puede financiar con la ley 1448 de

2011, esta última parte depende de la voluntad política y del presupuesto de la nación.

2.5. El Barrio formal e Informal

Como se expresó anteriormente, la informalidad urbana en el Municipio de

Bucaramanga, surgió por dos factores, la parcelación urbana de terrenos realizada por

urbanizadores piratas y segundo por la invasión de terrenos baldíos, abandonados y de alto

riesgo, como consecuencia de la llegada de población en situación de desplazamiento.

Esta parte de la investigación se enfocó bajo un modelo cualitativo usando el método de

grupos focales, con el fin de establecer la dinámica de la urbanización formal e informal, para

ello participaron residentes de barrios formales como la Joya y altos del Kennedy, al igual

que con personas de los asentamientos Rincón de la Paz y Olas II. En la tabla 30 se resumen

las principales conclusiones en cuanto a la dinámica de los dos tipos de urbanización.

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76

Eje de Desarrollo Origen

Formal Informal

Historia del

Barrio

Nodo Proyecto del Gobierno Invasión de habitantes

Locales

Proyectos desarrollado por

constructoras privadas

Desplazamiento

Venta de Procelas Ilegales

Causa Ubicación Bajos Ingresos- Inestabilidad

laboral

Bajos Costos Necesidad de una vivienda

Mecanismo de

Financiación

Desplazamiento Forzado

Desarrollo

físico y

urbano del

Barrio

Causas Tiempo Cohesión social

Cohesión colectiva de la

comunidad

Autoconstrucción

Formas Mejoramiento de espacio

Público y Equipamientos

Vivienda Ilegales

inicialmente

Mejoramiento en

condiciones de Vivienda

Búsqueda de adecuación de

servicios públicos para

legalización

Desarrollo

Urbano de la

Vivienda

Causas Inversiones Autoconstrucción

Ingreso de Hogares

Valorización

Formas Generación de área

construida

Generación de área construida

Renovación de materiales

de las viviendas

Renovación de materiales de

las viviendas

Tenencia de

la vivienda

Causas Hipotecas y embargos Tiempo

Menores ingresos - más

impuestos

Presión de las autoridades

Obligaciones Financieras Clientelismo

Tendencias Perdida por

incumplimiento de

obligaciones financieras

Legalización Gubernamental

Conformidad

del Barrio

Agrado Cercanía a lugares de

Trabajo y estudio

Vida comunitaria

Ambiente de seguridad para

sus habitantes

Cercanía a trabajo y estudio

Desagrado Desunión de la comunidad Malas condiciones de

salubridad

Deficiencia en la dotación

de equipamientos

Perdida de lazos de amistad y

familiares

Relación

comunidad-

Estado

Percepción Desconfianza Negativa

Causas Relaciones clientelistas Restricción en la prestación

de servicios públicos

Incumplimiento en la

realización de proyectos

Restricción en proceso de

legalización

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Confrontaciones por

desalojos

Tabla 9 Comparación entre Barrios Formales e Informales en Bucaramanga

Fuente: Autor con Información de Grupos Focales

Después de analizadas las respuestas de los grupos focales, se puede establecer que la

elección hacia un barrio formal o uno informal, está basada en el nivel de ingreso del hogar.

En la mayoría de los caso la población habitante de asentamientos informales se encuentra

en una situación de inestabilidad en la dimensión empleo.

Dado lo anterior y con la necesidad de acceder a una vivienda y así disminuir costos, la

informalidad se convierte en la opción a tomar, adicionalmente que esta posibilidad aumenta

si es una persona en situación de desplazamiento.

En cuanto al desarrollo urbano del barrio, se observa que en los asentamiento ilegales,

este se da por la cohesión social, pues se unen para generar un mayor bienestar; en cambio

en los formales el desarrollo urbano se ha dado por las inversiones realizadas por el tiempo

y las inversiones gubernamentales, la comunidad aporta es con el mejoramiento de las

vivienda.

Los servicios públicos en los barrios formales, se dan por que han estado planificados,

en cambio en los asentamientos informales se usan conexiones fraudulentas, en algunos, no

en todos, existen redes de alcantarillado.

Respecto a la tenencia de la vivienda, los habitantes de barrios formales, se quejan de las

obligaciones financieras adquiridas, lo que amenaza con embargos y/o pérdida de la vivienda

si no pagan, en cambio en los asentamientos informales existe gran expectativa por la

legalización de sus viviendas.

Finalmente al preguntar por la relación comunidad y Estado, en los asentamientos

ilegales se tiene una percepción negativa, originada por la presión de las autoridades para que

desalojen, en algunos caso han existido confrontaciones cuando las autoridades han intentado

desalojarlos; en los barrios formales la percepción no es negativa si no de desconfianza,

porque el manejo político en temas sociales por parte de las autoridades han hecho que se

generen prácticas clientelistas y se incumplan proyectos planeados para el desarrollo de la

comunidad.

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Al analizar la conformación de los asentamientos precarios conformados por población

en situación de desplazamiento se observa que tienen un impacto significativo en el

ordenamiento territorial, específicamente en sus aspectos urbanos como los servicios público,

los equipamientos, el valor del suelo y las zonas urbanizables definidas por el POT, por tal

razón teniendo en cuenta las características anteriores en el capítulo 3, en el cual se evaluá

el desplazamiento como un fenómeno integral que afecta de manera significativa todos los

elementos del ordenamiento territorial del Municipio de Bucaramanga, incluido los

elementos sociales, económicos, ambientales y urbanísticos.

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3. Impactos generados por el fenómeno del desplazamiento forzado en el

ordenamiento territorial de Bucaramanga

El ordenamiento territorial debe ser asumido desde una planificación integral de la ciudad

a través de sus elementos urbanos, por tal razón hay que conceptuarlo desde las dimensiones;

ambiental socioeconómica, urbanístico y social. Este apartado de la investigación tiene como

finalidad evaluar el impacto que ejerce el fenómeno del desplazamiento sobre todas las

dimensiones del ordenamiento territorial, por tal razón en primera instancia se evalúa la parte

ambiental, en segundo lugar las variables socioeconómicas y por último las variables urbanas

haciendo énfasis en la generación de la vivienda informal y los asentamientos precarios. Todo

ellos impactan de forma negativa el ordenamiento territorial de la ciudad y dejan en

entredicho la institucionalidad, la cual gira en torno a la aplicación efectiva del ordenamiento

territorial.

3.1.Impactos ambientales generados por los asentamientos con población desplazada

Para realizar la identificación y valoración de los aspecto ambientales se realizará un

análisis ambiental del territorio, para lo cual se tomará un estudio de caso que permita

identificar dichos impactos para después extrapolarlo a todos los asentamientos precarios. El

estudio de caso, que según Sampieri son “estudios que al utilizar los procesos de

investigación cuantitativa, cualitativa o mixta; analizan profundamente una unidad para

responder al planteamiento del problema, probar hipótesis y desarrollar alguna teoría”. En

este caso se utiliza una investigación descriptiva, usando el estudio de caso del barrio

asentamiento Rincón de la paz.

El objeto de esta evaluación es identificar el impacto ambiental generado por los

asentamientos humanos con presencia de desplazados, permitiendo el conocimiento del

ecosistema, lo que permitirá identificar las actuaciones correctas e incorrectas sobre el

mismo. Esto nos llevará a diseñar estrategias que permitan la conservación y

aprovechamiento los recursos naturales y demás elementos del entorno de forma efectiva, de

tal manera que se evidencie la menor afectación en la biodiversidad, el ciclo del agua, de la

materia y los flujos de energía. Así como el equilibrio entre los diferentes componentes de la

naturaleza.

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En cuanto al método para el análisis ambiental del territorio, se basa en las teorías Ortega

y Rodríguez (1997), ellos establecen que a la hora de desarrollar un estudio ambiental del

territorio, es necesario usar métodos sencillos, entendibles, pero que tengan en cuenta todos

los aspectos técnicos que permitan la valoración del impacto ambiental. En los estudios de

ordenamiento ambiental del territorio, se evalúan las características del entorno, para llegar

a las posibilidades de desarrollo socioeconómico, que se pueden presentar en una región

determinada.

En consecuencia, en este apartado se emitirá una identificación de aspectos ambientales

que pueden perturbar los ecosistemas; en este estudio de caso se describirán los espacios

bióticos y abióticos, haciendo énfasis en todos aquellos que hacen una afectación

socioeconómica con consecuencias ambientales y su interacción con el entorno físico.

Este estudio, se centra en determinar la tensión ambiental por vivienda que se genera en

el corregimiento, las cuales son causadas por problemáticas conocidas que en diversas

ocasiones no han sido resueltas.

Las variables de evaluación para establecer el impacto ambiental en el territorio, se

determinaron basadas en aquellas que afectan directamente el hábitat y el confort de la

población desplazada.

Todo esto se centra en evaluar aquellos factores que afectan el medio ambiente, que

tradicionalmente se ha venido deteriorando en todas las regiones; infortunadamente la

pobreza está asociada a este problema, ya que esta situación hace insostenible las condiciones

de vida de la población, lo que desencadena en una mayor degradación del ambiente. Las

variables analizadas en cuanto al impacto ambiental del hábitat se describen en forma

detallada en la tabla 8.

El análisis ambiental se realizó con la colaboración de personal técnico en medio

ambiente, para que fueran competentes y se pudiera articular la dimensión ambiental con lo

social y económico. La metodología desarrollada fue por medio de visitas de campo al

asentamiento Rincón de la Paz

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Como ya se estableció anteriormente, el análisis ambiental del territorio se realizaría por

medio de estudios de caso, se selecciona el asentamiento por su historia y tradición como

asentamiento precario con presencia de población desplazada y por qué es el que mayores

afectaciones al medio ambiente presenta según estudios de la Corporación Autónoma de

Bucaramanga (CDMB) (CITU EXPERIENCIA LOCAL: Laboratorio de Proyectos Urbanos,

2012).

Además este asentamiento, es de gran importancia para la región, a partir de él y de

fenómenos ambientales que han fragmentado el territorio, como deslizamiento y avalanchas

se han generado otros asentamientos.

Variable Definición Herramientas y fuentes de

Información

Zonas de Amenaza por

riesgo de inundación

Identificación de las Zonas

que poseen alguna amenazas

de alto Riesgo

Planimetría, observaciones

de los Expertos, observación

directa Zonas de Amenaza por

riesgo de deslizamiento

Ventilación y energía Establecen condiciones

ambientales que impactan

en el asentamiento

Fotografías, registros

Emisiones Atmosféricas

Ruido

Tabla 10 Variables de Impacto ambiental en el territorio

Fuente: Autor

El asentamiento Rincón de la Paz, se encuentra ubicado geográficamente en la comuna 5

del municipio de Bucaramanga, se estableció que están asentados en predios, cuya propiedad

corresponde a la CDMB, su estructura se determina que se encuentra aislada dentro de la

ciudad, entre la calle 45 y la quebrada Chimitá, su distribución solo suponen una entrada

vehicular y otra peatonal.

Ya en la dimensión ambiental este asentamiento presenta precisamente los dos

fenómenos que amenazan los asentamientos precarios en el municipio de Bucaramanga, uno

la remoción en masa por terreno erosionados y el riesgo de inundación por estar a las laderas

de la quebrada Chimitá. Actualmente posee una canalización hecha por el Área metropolitana

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82

de Bucaramanga (AMB), pero que evidentemente y según criterios ambientales se

desconocieron las características geológicas del terreno, lo que sumado al abandono y

mantenimiento del mismo, lo que generó fueron problemas de erosión que hoy en día

amenazan la comunidad. Este fenómeno ocasionó una socavación del terreno, generando

filtraciones de tipo subterráneo que atentan contra las paredes naturales de la zona.

Toda esta situación ha puesto en riesgo la vida de los habitantes, que así sean ilegales

hacen parte de la comunidad, hace muchos años, y como residuo del barrio precario Rincón

de la Paz. La Alcaldía de Bucaramanga en el año 2010 ha hecho inversiones para mitigar este

impacto.

Al evaluar el impacto de la quebrada Chimitá, se determina que las aguas negras se

depositan de varios asentamientos y desembocan en esta corriente hídrica. Sumado a esto a

esta quebrada también descargan vertimientos industriales y los residuos de aguas negras de

empresas y la cárcel de mujeres.

Igualmente en esta zona se encuentra una zona industrial, cerca se encuentran empresas

de gas, además se encuentran ductos subterráneos que pueden generar catástrofes pues

manejan líquidos inflamables. Sumado a esto, toda esta actividad genera malos olores que

contaminan el ecosistema.

Con base en lo anterior en la tabla 9, se describen los aspectos ambientales identificados

en este asentamiento.

Amenaza o Riesgo Descripción Aspectos ambientales

asociados

Remoción en masa Remoción de terrenos

invadidos, como

consecuencia de la erosión

del suelos

Contaminación del Suelo

Modificación del paisaje

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Inundaciones Inundaciones por

desbordamiento de la

quebrada chimita y la

generación de ductos de

agua subterránea

consecuencia de la erosión

Contaminación del Suelo

Contaminación Hídrica

Olores por actividad

Industrial

Generación de olores por

plantas de gas, empresa

industriales, generación de

humos y material

particulado

Emisiones Atmosféricas

Contaminación quebrada

Chimitá

Contaminación por la

disposición de aguas negras,

residuos sólidos y de difícil

degradación a la quebrada

chimita

Vertimientos

Disposición inadecuada de

Residuos Solidos

Contaminación por focos

contaminantes donde se

disponen los residuos

solidos

Contaminación del Suelo

Contaminación Hídrica

Tabla 11 Identificación de aspectos ambientales en asentamientos precarios

Fuente: Autor

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Algunas ilustraciones que apoyan el anterior se pueden observar en la ilustración 5 a la

8.

Ilustración 5 Quebrada Chimita

Fuente: Autor

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Ilustración 6 Quebrada Chimita 2

Fuente: Autor

Ilustración 7 Asentamiento Precario Rincón de la Paz

Fuente: Autor

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86

Ilustración 8 Asentamiento Precario Rincón de la Paz

Fuente: Autor

A partir de la identificación de aspectos ambientales, tabla 9, se evalúa el Impacto

ambiental y una adaptación de la metodología de matrices de interacción propuesta en la

matriz de transparencia, para ello se plantea las siguientes variables de Evaluación adaptadas

de diversos autores.

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Variable Descripción

Magnitud 1, Bajo: el Impacto no genera mayores

cambios en el ambiente

2, Medio: El cambio es peligroso con el

tiempo y genera cambio en el mediano plazo

en el entorno

3, Alto: Modifica características del

ambiente de forma Inmediata

Alcance 1, Comunitario: los impacto solo afectan a

personas de la comunidad

2, Comunal: los impacto afectan todo el

sector circundante

3, Regional: Los cambios generan

afectación en la ciudad

Mitigable 1, Inmediata: Se pude recuperar de forma

inmediata de formas que no efecto el

ambiente

2, Mediano Plazo: el impacto se puede

recuperar a medio plazo mediante al

estructuración de proceso

3, Irreversible: el daño causado por el

ambiente no se pude mitigar de ninguna

forma.

Acumulable 2, Acumulable: se puede complementar con

otro aspectos generando un impacto mayor

1, No acumulable: el impacto es

independiente

Después de valorar cada una de estas variables se suman y a esto se les denomina

Evaluación de los Aspectos ambientales.

Tabla 12 Variables de Evaluación del Impacto Ambiental

Fuente: Autor

Después de valorar cada una de estas variables se suman y a esto se les denomina

Evaluación de los Aspectos ambientales. Posterior a ello se realiza la evaluación del impacto

ambiental que consiste en multiplicar la Evaluación de aspectos ambientales por la

probabilidad de ocurrencia, en el cual se asigna 0.1 si el evento es poco probable y va

aumentando hasta 1 si la ocurrencia es inminente.

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Con base en lo anterior, en la tabla 11 se realizó la matriz de Evaluación de impacto

ambiental, teniendo en cuanta los aspectos identificados en la tabla 9, y los criterios definidos

en la tabla 10

.

Amenaza

o Riesgo

Aspecto

Mag

nit

u

d

Alc

ance

Mit

igab

l

e Acu

mul

able

EA

A1

Pro

bab

il

idad

EIA

2

Remoción en

masa

Contaminación

del Suelo

3 3 3 2 11 0.5 5.5

Remoción en

masa

Modificación

del paisaje

3 3 3 2 11 0.5 5.5

Inundaciones Contaminación

del Suelo

3 3 3 2 11 0.5 5.5

Inundaciones Contaminación

Hídrica

3 3 2 2 10 0.5 5

Olores por

actividad

Industrial

Emisiones

Atmosféricas

3 3 2 1 9 1 9

Contaminación

quebrada

chimita

Contaminación

Hídrica

3 3 2 1 10 1 10

Disposición

inadecuada de

Residuos

Solidos

Contaminación

del Suelo

3 1 1 2 6 1 6

Disposición

inadecuada de

Residuos

Solidos

Contaminación

Hídrica

3 3 2 1 10 1 10

Tabla 13 Evaluación de Impacto ambiental

Fuente: Autor

1 Evaluación de Aspectos Ambientales 2 Evaluación de Impacto Ambiental

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Con base en la Matriz de EIA, se establece una valoración cualitativa que pretende

orientar la propuesta de mejora en esta dimensión, esta valoración en la tabla 12.

Valoración Intervalo de

equivalencia Descripción Código

Bajo 1. a 3 El impacto necesita implementar medidas a

nivel de gestión en un periodo de 1 a 3 años

Medio 3.1 a 6

El impacto requiere de medidas de gestión y

medidas técnicas que deben ser

implementadas en plazos no menores a un

año

Alto > 6 se requiere medidas técnicas y de gestión

Tabla 14 Valoración Cualitativa de la Evaluación de Impacto ambiental

Fuente: Autores

Con base en la tabla 12, se evalúa cualitativamente el impacto ambiental de los

asentamientos precarios y se ilustra su valoración en la tabla 13.

Amenaza o Riesgo E

IA

Código

Remoción en masa 5.5

Remoción en masa 5.5

Inundaciones 5.5

Inundaciones 5

Olores por actividad Industrial 9

Contaminación quebrada chimita 10

Disposición inadecuada de Residuos Solidos 6

Disposición inadecuada de Residuos Solidos 10

Tabla 15 Valoración Cualitativa de la Evaluación de Impacto ambiental en Asentamientos

Precarios

Fuente: Autor

Después de analizar la valoración cualitativa, se puede determinar que los impactos

ambientales en la contaminación por residuos sólidos y la contaminación por emisiones, son

los de mayor injerencia y se pueden tomar medidas por la autoridades competentes, ya que

los que están en riesgo medio son acciones que implican mayores inversiones y están

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relacionados con factores ambientales que deben ser intervenidos por profesionales en el área

de la geotecnia ambiental y la ingeniería civil.

El impacto ambiental de este asentamiento, posee características similares a los demás

donde hay presencia de desplazados, y permite determinar que la tensión ambiental sobre el

uso del territorio aumenta generando mayores impactos ambientales al uso del suelo, además

de que las condiciones ambientales no garantizan el acceso a la vivienda digna, al agua

potable, a la recolección de residuos, a los servicios públicos, es decir a los desplazados que

allí habitan no se les está cubriendo las necesidades básicas insatisfechas; pues si fuera que

por voluntad estén allí, no se justifica la inoperancia del Estado y la inconstitucionalidad de

las cosas. Hoy día el gobierno nacional ha destinado mayores recursos para que estas

personas sean reubicadas mediante subsidios de vivienda, casas gratis, etc. Se dice que hay

inoperancia porque el aparato administrativo del gobierno nacional, ni de las entidades

territoriales ha sido capaz de diseñar programas que garanticen la reubicación de estas

familias.

Todo lo expuesto afecta el ordenamiento territorial puesto que este ya contiene una

dimensión ambiental donde tipifica las zonas ambientales, las zonas de alto riegos y al hacer

presencia en tales ámbitos los desplazados se está generando violación a lo determinado en

el plan de ordenamiento territorial; adicionalmente al aumentar la tensión ambiental sobre el

territorio, las entidades territoriales tendrán un mayor desgaste técnico y financiero para

mitigar el impacto ambiental generado por la ocupación ilegal de estos terrenos por parte de

familias desplazadas. En el ámbito jurídico se está dando incumplimiento al artículo 35 de la

ley 388 de 1997, que habla de los suelos de protección. A nivel desplazamiento no se observa

cumplimiento al artículo 17 de la ley 387 de 1997, que habla del acceso a la vivienda en

condiciones dignas y por supuesto a la sentencia T -025 de 2004.

3.2.Valoración Ecológica de la Urbanización Marginal

Para realizar la valoración ecológica de la urbanización marginal lo que se busca es

establecer la inversión ambiental para controlar los factores de erosión e inundaciones, en

aquellas zonas consideradas de alto riesgo y adicional a eso se especificará en aquellas donde

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hay presencia de población en Situación de desplazamiento. Para ello se tomaron datos de la

CDMB y el plan de control de la erosión de la meseta de Bucaramanga 2010 – 2035 (CDMB

- CONSORCIO M&CI, 2010).

El estudio establece dos áreas de intervención: la meseta de Bucaramanga y la escarpa

occidental del municipio, ya que son las dos zonas con mayor vulnerabilidad a procesos de

remoción en masa y problemas de erosión, tal como se indica en la ilustración 9.

Ilustración 9 Zonas de Control de Erosión – Bucaramanga

Fuente: (CDMB - CONSORCIO M&CI, 2010)

En la escarpa occidental confluyen 14 quebradas que desembocan en el río de oro y el río

Suratá, por lo cual allí se deberá realizar construcción de drenajes, taludes y gaviones que

garanticen la sostenibilidad ambiental, Por otra parte la meseta de Bucaramanga, es un

terreno semiplano, en el cual la erosión ha deteriorado 41 puntos que requieren estabilizar su

suelo para poder desarrollarlo.

Para el control y estabilización de las amenazas de riesgo ya identificadas y que son de

ejecución de entidades gubernamentales, se vienen realizando actividades desde el año de

1984, pero requieren que haya continuidad porque la ciudad ha crecido y porque no se han

alcanzado metas suficientes para garantizar la sostenibilidad ambiental de todo el municipio

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y la meseta de Bucaramanga. Estas actividades incluyen el Plan Maestro de Alcantarillado,

el cual será necesario para legalizar todos los asentamientos ilegales, tengan o no tengan

población desplazada; la estructura de vertimientos, puesto que la ciudad sigue creciendo y

hay nuevas organizaciones, barrios que requerirán se amplié esta red para disminuir la

contaminación; El control de cauces, el cual es fundamental para evitar las inundaciones y la

erosión por causa de estas; La estabilización de taludes para evitar deslizamientos, este es un

fenómeno de los que afectan a los asentamientos precarios; la compra de predios y

renovación urbana para evitar invasiones y la generación de asentamientos y por último la

reforestación. Es de resaltar que estos tres últimos aspectos han sido valorados como muy

deficientes desde 1984 a 2010 por la CDMB (CDMB - CONSORCIO M&CI, 2010).

Dado lo anterior y con base en datos de la CDMB, se establece que la valoración

ecológica, de los impacto ambientales en zonas de remoción en masa y riesgo de inundación

equivale a un total $501.115.043.125, hasta el año 2035. En la tabla 14, se describen en

detalle el valor y descripción de cada acción.

INVERSIÓN VALOR

ALCANTARILLADO DE LOS SISTEMAS

DE DRENAJE DE LA ESCARPA

OCCIDENTAL

7.054.914.106

REMODELACIÓN Y MANTENIMIENTO

DE ESTRUCTURAS DE VERTIMIENTO

875.000.000

CONTROL DE CAUCE 41.993.179.988

ESTABILIZACIÓN DE TALUDES 430.297.549.031

REFORESTACIÓN 11.500.000.000

MANTENIMIENTO 2.500.000.000

INSTRUMENTACIÓN Y MONITOREO 3.100.000.000

GESTIÓN SOCIAL Y AMBIENTAL 3.794.400.000

TOTAL $ 501.115.043.125

Como se puede observar acá no se está teniendo en cuenta la actualización y construcción

del plan maestro de alcantarillado ya que esto dependerá de las empresas de servicios

públicos y los asentamientos que entren en proceso de consolidación y legalización. Es válido

acotar que la administración central del municipio de Bucaramanga solo se ha propuesto la

legalización de 8 asentamientos humanos a barrios o urbanizaciones legales.

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Pero volviendo al tema de la valoración ecológica y el costo que representa la

urbanización marginal, se puede establecer que Bucaramanga posee 113 asentamientos y

barrios precarios, de los cuales 98 presenta alto riesgo ambiental según datos del observatorio

del área metropolitana, el cual se puede evidenciar en la gráfica 2.

Gráfico 2 Asentamientos y barrios Precarios de Bucaramanga con amenazas ambientales

Fuente: Autor con información de (CITU EXPERIENCIA LOCAL: Laboratorio de

Proyectos Urbanos, 2012)

Con base en esto y en los datos del capítulo 2, se establece que la participación de la

urbanización marginal en Bucaramanga es de 36 asentamientos en los cuales hay presencia

de desplazados; en ese orden de ideas el 31.85% de las inversiones en mitigación de impacto

ambientales se va a ver directamente relacionado con este tipo de asentamientos; con base en

este valor tomaremos la base para determinar la valoración ecológica de los asentamientos

subnormales del municipio de Bucaramanga, con la ecuación 1.

𝑉𝐸𝑈𝑀1 = %𝑃𝐴𝑆𝑁 ∗ 𝑉𝐼𝑀𝐼𝐴 Ecuación 1 Valoración Ecológica de la Urbanización Marginal

Fuente: autor

Con base en la Ecuación 1, se describe:

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VEUM1: Valoración Ecológica de la Urbanización Marginal sin reubicación

%PASN: Porcentaje de participación de Asentamientos Subnormales con población

desplazada

VIMIA: Valor de las Inversiones totales para la mitigación del impacto ambiental

Teniendo en cuenta la claridad de estas variables se procedió a realizar los cálculos

correspondientes, arrojando un valor ecológico de la urbanización marginal para el municipio

de Bucaramanga de $159.647.270.376,11, valor significativamente alto, teniendo en cuenta

que estos asentamientos no pagan ningún tipo de tributo a la administración central o a las

autoridades ambientales, lo que genera de por si dentro de un flujo de caja, un desequilibrio

descomunal, por el solo hecho de no legalizar estos asentamientos, además si se tiene en

cuenta que gran parte de esta población deberá ser reubicada porque son zonas de alto riesgo,

la valoración ecológica sube, teniendo en cuenta el costo de reubicación, para lo cual se

tomará solo el valor de una nueva vivienda promedio del programa de casa gratis del

Ministerio de vivienda, que proyectaba a 2014 el valor de una casa era de $43.000.000 de

pesos cada una (Ministerio de Vivienda y desarrollo Territorial, 2014).

Ahora teniendo en cuenta que en el Municipio de Bucaramanga, existen 19.415 hogares

en asentamientos precarios, lo cual significaría que habrá que realizarse una reubicación y

por lo tanto garantizarle una vivienda a cada hogar.

En ese orden de ideas la valoración ecológica de la urbanización marginal para el

municipio de Bucaramanga, es mayor si se tienen en cuenta el valor de la reubicación. Por

tal razón se calcula este valor teniendo en cuenta la Ecuación 2.

𝑉𝐸𝑈𝑀2 = (%𝑃𝐴𝑆𝑁 ∗ 𝑉𝐼𝑀𝐼𝐴) + (𝑁𝐻𝐴𝑆𝑁 ∗ 𝑉𝑉𝐺) Ecuación 2 Valoración Ecológica de la Urbanización Marginal con Reubicación

Fuente: autor

Con base en la Ecuación 1, se describe:

VEUM2: Valoración Ecológica de la Urbanización Marginal con reubicación

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%PASN: Porcentaje de participación de Asentamientos Subnormales con población

desplazada

VIMIA: Valor de las Inversiones totales para la mitigación del impacto ambiental

NHASN: Número de Hogares en Asentamientos Subnormales

VVG: Valor de una vivienda gratis

Teniendo en cuenta esta ecuación, se procedió a realizar los cálculos, se actualizó el

valor de la vivienda gratis a 2015 de acuerdo a la inflación del año 2014, la cual fue de 3.66%

(DANE, 2015), al realizar dicha actualización del precio de la vivienda gratis ofertada por el

Ministerio de Vivienda, dicho valor alcanzaría $44.573.800., al aplicar la ecuación 2 se

puede establecer que la valoración ecológica marginal, teniendo en cuenta la reubicación, es

de $1.025.047.597.376,11. Esta reubicación es necesaria porque si se tienen en cuenta que

son zonas de alto riesgo, debe disminuir la tensión que se ejerce sobre estos territorios para

facilitar la mitigación ambiental.

3.3.Afectación de los impactos ambientales al Ordenamiento territorial

Los municipios desde su dimensión del territorio interactúan con una colección de

ecosistemas naturales, que contienen elementos naturales como; aire, suelo, subsuelo, agua,

vegetación y biodiversidad, lo cual constituye la llamada base de sustentación, por lo cual el

ordenamiento territorial debe orientarse a lograr una utilización sostenible de los mismos,

generando unas políticas claras para la sostenibilidad del territorio.

Precisamente esa diversidad ecosistémica del territorio debe estar alineada con las

actividades humanas y los recursos naturales, con el fin de generar un equilibrio en su uso

funcional, por lo que el análisis ambiental del territorio se debe abordar desde una perspectiva

paralela que servirá de insumo para el ordenamiento territorial, orientando las zonas

urbanizables y las actividades económicas que se pueden desarrollar con base en las

capacidades ambientales.

Ahora bien, haciendo un análisis del primer plan de Ordenamiento territorial de

Bucaramanga, tenemos que este muestra grandes fracasos; el principal de ellos no poder

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evitar el asentamiento de hogares en zonas de alto riesgo, que están identificados desde hace

muchos años; para ser más preciso, los impactos ambientales en el territorio del municipio

de Bucaramanga, están identificados desde el año de 1968, estudios que se han venido

perfeccionando de acuerdo a las últimas tendencias tecnológicas que permiten hacer más

precisas las mediciones ambientales, pero que no han determinado las soluciones..

El primer impacto que se puede establecer es el uso del suelo urbanizable, este ha sido

fundamentalmente desarrollado por causa de la erosión dado que algunas zonas de la ciudad

no son urbanizables y según se propone la CDMB o la AMB, se deben adquirir 2034

hectáreas, lo que equivale al 12.55% del territorio de Bucaramanga, estos terrenos deben ser

del Estado con el objeto de reforestarlos y mitigar la Erosión; gran parte de ellos se han

adquirido pero han sido invadidos por pobladores de Bucaramanga y otros por población en

situación de desplazamiento, lo que no ha permitido que se desarrolle completamente este

proceso generándose una afectación al ordenamiento territorial del municipio.

Todo este fenómeno social y de degradación territorial ha generado que el suelo

urbanizable disminuya, por tal razón en el POT se crearon los llamados planes parciales, y

se han planteado en Bucaramanga, 6, incluido el último propuesto por el INVISBU en

Chapinero. Estos planes no han sido posibles ejecutarlos por diversos actores políticos que

no han permitido su desarrollo, de hecho este ha sido uno de los principales fracasos del

primer POT del municipio de Bucaramanga.

Todo este contexto se genera por causa de los impactos ambientales identificados

anteriormente, que crean zonas de alto riesgo para su uso, generándose una afectación directa

al ordenamiento territorial; además al existir menor disposición de suelos, los precios para la

construcción de la vivienda se incrementan gradualmente, lo que genera problemas de

inflación y afectan el bienestar de la población.

Otro efecto del impacto ambiental en el ordenamiento territorial que está directamente

relacionado con la ley 388 de 1997, ya que está en el numeral 2 del artículo 1 enuncia:

“…El establecimiento de los mecanismos que permitan al municipio,

en ejercicio de su autonomía, promover el ordenamiento de su territorio,

el uso equitativo y racional del suelo, la preservación y defensa del

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97

patrimonio ecológico y cultural localizado en su ámbito territorial y la

prevención de desastres en asentamientos de alto riesgo, así como la

ejecución de acciones urbanísticas eficientes…” (Congreso de

Colombia, 1997)

Adicional a esto el numeral 4 del artículo 3 de la ley 388 de 1997, también hace

referencia a los aspectos ambientales y las zonas de alto riesgo y describe lo siguiente:

Mejorar la seguridad de los asentamientos humanos ante los riesgos naturales (Congreso de

Colombia, 1997). Esto se complementa con las numerales 5 y 11 del artículo 8 de la

mencionada ley, el numeral 5 describe:

“…. Determinar las zonas no urbanizables que presenten riesgos para

la localización de asentamientos humanos, por amenazas naturales, o

que de otra forma presenten condiciones insalubres para la vivienda...”

(Congreso de Colombia, 1997)

Y se complementa con lo enunciado en el numeral 11, que dice:

“…Localizar las áreas críticas de recuperación y control para la

prevención de desastres, así como las áreas con fines de conservación y

recuperación paisajística…” (Congreso de Colombia, 1997)

Como consecuencia de todo esto, la evaluación ambiental del territorio y la identificación

de sus impactos, son insumos para la formulación del ordenamiento territorial, ahora es

claro que a pesar de que se han hecho estudios para identificar toda esta problemática, el

POT en el municipio de Bucaramanga no ha sido efectivo, puesto que a pesar de tener

identificados los asentamientos precarios, sus habitantes y ubicación de alto riesgo, el

sistema político administrativo no ha permitido atender de forma integral todas las amenazas,

la reubicación y la mitigación de los aspectos ambientales, sumado a ello el elevado número

de personas desplazadas, las cuales representa el 10.3% de la población de la población

bumanguesa como ya se había citado antes, hace que los costos para desarrollar el

ordenamiento territorial sean necesariamente muy altos respecto a lo asignado en los planes

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de desarrollo y en el equilibrio fiscal que debe procurar el municipio de Bucaramanga, lo

que deja entrever cómo el fenómeno del desplazamiento no ha permitido que se desarrolle

un ordenamiento territorial de forma efectiva y que permita el cumplimiento legal

proyectado.

Otro elemento más allá del ordenamiento territorial es el fenómeno del desplazamiento,

el cual y de forma por demás evidente, no ha sido tomado en consideración en el concepto

de ordenamiento territorial, puesto que a pesar de tenerse identificadas las zonas de alto

riesgo, el gobierno ha sido permisivo en la ocupación de terrenos ilegales, todo esto porque

en sus políticas públicas de ordenamiento territorial, no fueron consideradas las necesidades

de la población desplazada, incumpliendo lo dictado en el artículo 4 de la Ley 388 de 1997

que enuncia “…deberán fomentar la concertación entre los intereses sociales, económicos y

urbanísticos, mediante la participación de los pobladores y sus organizaciones” (Congreso

de Colombia, 1997), en este caso la población desplazada se convierte en un actor social, el

cual según sentencia T-025 de 2004 en su numeral 17, expresa que se debe garantizar el

cumplimiento de los derechos a la población desplazada al igual que a cualquier ciudadano

colombiano. Entonces el ordenamiento territorial que se plantee sin la consulta de todos los

actores tendría vicios de legalidad, puesto que se viola el derecho a la igualdad a los

desplazados y al debido proceso en la formulación del OT.

3.4.Impacto Socioeconómico y Político de los asentamientos formados por población

desplazada en el Ordenamiento territorial de Bucaramanga

El propósito de este capítulo es identificar las condiciones socioeconómicas de la

población en situación de desplazamiento, su capacidad y oportunidades de desarrollo

humano y estudiar las dinámicas políticas administrativas y su impacto en el desarrollo

territorial. Para el desarrollo de esta investigación se tomaron datos del Comité de Atención

Integral de Víctimas del municipio de Bucaramanga. Dentro de este rango los desplazados

corresponden a 67.073 personas y otras víctimas de la violencia a 25.665, lo que indica que

el 72.32% corresponde a personas desplazadas.

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99

Para el desarrollo de este acápite de la investigación se hizo necesaria la consulta de

fuentes secundarias de información que aportaron datos estadísticos sobre la situación

socioeconómica de las familias y el nivel de atención dispensado por parte de las entidades

del SNARIV. Para este proceso se contó con la base de datos construida en el Centro de

Atención Integral de Víctimas – CAIV, el informe de Caracterización por cruce de registros

administrativos expedido por la Unidad de Víctimas en Febrero de 2015, el reporte

estadístico de la Red Nacional de Información de la UARIV a Corte de Noviembre 1 de 2014

y algunas bases de datos complementarias entregadas por entidades que brindan atención a

la población víctima.

Posteriormente se analizó la tabulación de la encuesta de población víctima del conflicto

armado, realizada por el CAIV, la cual en el año 2015 aplicó la encuesta a 4.746 familias,

con lo cual se obtuvieron porcentajes muéstrales que se proyectaron al universo poblacional

entregado por la RNI, obteniendo estimativos sociodemográficos sobre género, edad,

ubicación en el municipio, nivel de escolaridad, entre otros.

Adicionalmente, se encontró que la base de datos elaborada en el CAIV no incluyó la

totalidad de variables requeridas en el informe de caracterización poblacional de víctimas,

por tanto, se complementó con datos reportados por la RNI, respecto a hechos victimizantes,

años en que ocurrieron los hechos y otros factores importantes que complementan la

investigación. En síntesis, se elaboró un compendio informativo que permite acercarse a la

realidad sociodemográfica y económica de la población víctima, instrumento útil para la

priorizar acciones en los componentes de atención, asistencia y reparación integral.

3.5. Escolaridad

Al evaluar el Nivel de escolaridad de las personas en situación de desplazamiento, el

mayor porcentaje de la población se encuentra en el nivel de Básica primaria (36,66%),

seguido de la educación media con (22,19%) y la básica secundaria con el (17,79%). Es de

destacar que el 1.28% de la población, manifestó acceder a la educación superior,

relativamente un indicador bajo en otro contextos, pero representativo en este tipo de

población por sus características.

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100

Gráfico 3 Nivel de escolaridad de la Población en situación de desplazamiento

Fuente: Autor con información recogida por el CAIV

3.6.Salud

Respecto a la afiliación al sistema de salud, se toma por hogares puesto que la afiliación

al sistema de salud se hace por núcleos familiares, es decir el miembro responsable de la

familia se afilia y los demás son beneficiarios de este, para ello se tomó un universo de

hogares de 30793.

Gráfico 4 Afiliación al Sistema de Salud de PSD

Fuente: Fuente: Autor con información recogida por el CAIV

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101

Al realizar el análisis de la Gráfica 4, se observa que el 67.68% pertenece o está afiliado

al sistema de salud, el 2.80% afirma no estar afiliado y el 29.52% no responde. Al comparar

estas cifras con el Registro Nacional de Información – RNI y con la Secretaría de Salud

Municipal, se encuentra que entre las tres mediciones. Por ejemplo el RNI, manifiesta según

sus registros que 28793 víctimas pertenecen a algún régimen de salud, 19542 al subsidiado

y 9122 al contributivo, además hay 129 en régimen de excepción. Por otra parte la Secretaría

de Salud Municipal afirma que solo 9.555 víctimas se encuentran afiliadas a algún régimen

del sistema de Salud.

Al observar estas estadísticas, solo queda por determinar cuál de ellas presenta mayor

certeza y cuál de ellas es la que se tiene en cuenta a la hora de desarrollar las mediciones.

3.7.Organización Comunitaria y Políticas de atención a desplazados

El problema del desplazamiento es una problemática de grandes y diversas magnitudes,

la cual da pie sin lugar a dudas a cuestionar el papel del Estamento como garante del Estado

social de derecho y de la sociedad civil, la cual con su indiferencia frente a lo que sucede en

su entorno, tolera sin mayor protesta todos los vejámenes que en nombre de diversas causas

particulares han lesionado a diversas comunidades por cuenta de los grupos armados,

subversivos, bandas criminales. También surgen otros actores que bajo la bandera de la

reparación de las víctimas, han asumido un papel asistencialista que no ha generado

desarrollo, si no lo que han hecho es dar soluciones inmediatistas, que en ningún momento

son pensadas en generar sustentabilidad para que a largo plazo estas comunidades afectadas

se conviertan en organismos comunitarios auto sostenibles.

Por tal razón en los último años, las organizaciones no gubernamentales (ONG), se han

venido incrementando con el fin de atender la problemática del desplazamiento y proteger

los derechos humanos de esta población, dando respuesta a urgencias humanitarias de tipo

asistencialista, que si bien es cierto son necesarias y adecuadas, no permiten que se generen

empoderamientos para que logre la restitución de los derecho de las víctimas; por el contrario

lo que han hechos estas organizaciones es estigmatizar a este tipo de población.

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102

En la República de Colombia es muy amplio el número de personas cuyos derechos no

se encuentran plenamente garantizados, por ello cada día es más creciente el fenómeno de

familias y comunidades en situación de desplazamiento forzado. Los derechos se violan tanto

por las acciones violentas de grupos ilegales, así como por la falta de oportunidades por parte

del Estado, condiciones como; la seguridad para acceder a oportunidades desarrollo

individual en servicios como educación y salud, lo cual impide el desarrollo integral de las

personas.

Pero en toda esta problemática del desplazamiento, hay por lo menos identificados los

factores que la generan a saber:

- Falta de cultura de valoración y apropiación de los derecho humanos y

constitucionales

- Inequidad de oportunidades y falta de garantías para ejercer los derechos

- Conflicto armado

- La cultura de la ilegalidad que se apodera de las comunidades con bajos recursos

económicos y nulo acceso a las políticas del Estado

Todo esto lo que deja entrever es que la atención hacia los desplazados ha sido más una

coyuntura, que atiende necesidades urgentes e inmediatas, pero en ningún momento proyecta

una visión a futuro que en realidad brinde un solución integral a la víctimas.

Esta estigmatización y asistencialismo, se produce al fragmentarse la comunidad, que

además no logra consolidar líderes que de verdad luchen por los beneficios colectivos en

contraposición a los particulares, además porque gran parte de los desplazados vieron como

aniquilaron a sus líderes por levantar la voz, para reclamar sus derechos.

Los mencionados factores han logrado que la organización comunitaria en los

asentamientos, se consolide de manera muy lenta, además al realizar invasiones en terrenos,

hacen que pierdan cierta autoridad moral para que las administraciones centrales los

escuchen, pero eso no es lo peor del caso, al ser deslegitimados por las autoridades, estas

comunidades y sus líderes comunales no alcanzan sino el primer nivel de participación

ciudadana, o sea el nivel de la información, pero los demás como el de consulta, el de

fiscalización, de iniciativa, de concertación y de gestión quedan prácticamente nulos.

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Dado lo expuesto, aquí es donde se presenta la principal afectación en el ordenamiento

territorial, porque cuando se evalúa la aplicación del POT y se generan los diversos ajustes y

reformas solo son tomados en cuenta por que ocupan territorios de alto riesgo, pero en ningún

momento son considerados para la definición de zonas urbanizables, económica y

comerciales, además de que la informalidad de sus asentamientos muy difícilmente podrían

catalogarse en algunas de esta tipologías.

Pero la pregunta fundamental que queda en el tintero es ¿qué hace el Estado y las

administraciones territoriales para que ese panorama de asistencialismo cambie y se generen

estructuras comunitarias que de manera efectiva permitan la organización comunitaria que

eleve los niveles de participación ciudadana y se logre que las necesidades de los

asentamientos con población desplazada se suplan de la manera adecuada?

Por otra parte, es necesario, que dentro del modelo asistencialista el Estado suministre

una serie de opciones dentro de lo que ha llamado reparación integral de las víctimas el cual

se articula con diferentes actores de orden nacional y territorial; estas actuaciones desde el

ámbito político puede precisarse que generan una atención del Estado pero en nada

contribuyen al ordenamiento territorial, cuyo objetivo primordial cuando se decidió adoptar

este enfoque era reducir las brechas de inequidad existentes en el país.

El enfoque de reparación a las víctimas plantea varias aristas, con el fin de lograr

prevención, protección y garantías de no repetición de violaciones de sus derechos y del

Derecho Internacional Humanitario (DIH), este componente es desarrollado por la Unidad

Nacional de protección, la Policía Nacional de Colombia, las secretarías departamentales,

municipales, el ICBF, el SENA, la Registraduría Nacional del Estado civil, entre otros

actores.

Dentro de los programas desarrollados para la atención de la población en situación de

desplazamiento, se encuentran:

Jóvenes en acción

Familias en Acción

Mujeres ahorradoras

Ruta de Ingreso y empresarismo

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Batuta

De estos programas, unos se centran en asistencialismo, otros en promoción de la

educación, otros orientados al desarrollo empresarial y otros centrados al desarrollo cultural

como mecanismos para la reconciliación, pero ninguno de ellos se centra en el

fortalecimiento de la ocupación del territorio, ni en el acceso a la vivienda digna.

3.8. Efectos de las características socioeconómicas y políticas en el Ordenamiento

Territorial Sostenible.

El ordenamiento territorial en Colombia, se centra en un enfoque participativo, en el cual

se tienen en cuenta los diversos territorios y las necesidades de sus habitantes, de forma que

se hable de un territorio socialmente construido.

Por tal razón, el ordenamiento debe ser entendido en dos dimensiones, una en la cual se

estructuran todas las actuaciones humanas y sus necesidades en particular y la otra desde una

construcción colectiva, en la cual se edifica el componente material del hábitat, el desarrollo

económico de la región, la construcción social basada en la solidaridad, y por último un

componente político que permite tomar decisiones sobre el presente y futuro del territorio

que se comparte.

Dado lo anterior, el ordenamiento territorial, debe surgir como un conjunto de acciones

individuales y colectivas, las cuales tienen como objetivo incidir en las políticas de

construcción del territorio y deben orientar el desarrollo socioeconómico de una región.

Para lograr esto, la legislación colombiana ha planteado diversos espacios de

participación:

a. Espacios de Participación ciudadana que afectan de forma indirecta el ordenamiento

territorial. A esta categoría pertenecen los consejos de Política Social, espacios de

participación creada por la ley de víctimas, como las organizaciones de víctimas y la

mesa nacional de víctimas, con su respectivas descentralización departamental y

municipal.

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b. Espacios de afectación directa al ordenamiento Territorial pero que no fueron

concebidos de esa forma. En este espacio corresponden las veedurías ciudadanas y

los comités de servicios públicos, los cuales tienen alta incidencia en la urbanización

del suelo y por lo tanto en el ordenamiento territorial.

c. Espacios de participación directa creados por la legislación en el ordenamiento

territorial. Esto espacios fueron creados por la ley 388 de 1997, la ley orgánica de

ordenamiento territorial y la ley de medio ambiente.

d. Otros instrumentos que pueden usar los ciudadanos para intervenir con el Estado en

materia de ordenamiento territorial son los espacios creados por la CPC, como la

consulta previa, el derecho de petición, la acción popular, la acción de cumplimiento,

las audiencias públicas, entre otras.

Después de analizar los diferentes mecanismo de participación, queda la inquietud en

torno del ¿por qué la participación ha sido poco frecuente?; es más en los registros de las

consultas y en el expediente de seguimiento al POT, la proporción de participación ciudadana

es mínima respecto del total de la población; ahora mucho menos se estudian las zonas donde

existe población en situación de desplazamiento; la tendencia definitivamente es la

subutilización de los instrumentos de participación y una instrumentalización por parte de las

entidades públicas responsables (Velazquez, 2011; Ibarra, 2007).

Es aquí donde se ve la principal afectación a los proceso de ordenamiento territorial, pues

este surge de unos procedimientos sesgados donde no se refleja la integralidad y la pluralidad

de actores sociales, que garanticen su integralidad y ecuanimidad.

Pero todo esto se produce por diversos factores, entre ellos y el principal el desinterés de

las autoridades, ya que gran parte de ellas lo consideran una construcción técnica, en la cual

el ciudadano común no tiene conocimiento, un agravante claro, como se pudo observar en la

caracterización del nivel educativo de la población desplazada, es que en su gran mayoría

no supera la básica primaria, en ese orden de ideas se puede afirmar ¿cómo pueden participar

en un tema tan complejo como el ordenamiento territorial?, pero lo que desconocen las

autoridades, es la memoria histórica que puede describir fenómenos longitudinales que

aporten a la construcción eficiente del territorio. En resumen el nivel educativo de las

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personas en situación de desplazamiento es un limitante para realizar consultas técnicas sobre

ordenamiento del territorio.

Otro factor que limita la injerencia de la población en situación de desplazamiento en el

ordenamiento territorial, es la poca incidencia de las consultas sobre las decisiones del

ordenamiento territorial; Esto lamentablemente porque la legislación colombiana deja la

discrecionalidad de las decisiones de este tipo a los mandatarios territoriales, quienes someten

el proyecto de acuerdo para su aprobación al Concejo Municipal; lo que deja claro que en la

República de Colombia, no existen mecanismos de concertación respecto al ordenamiento

territorial.

Ahora, si se tiene cuenta lo anterior, se puede establecer que en Bucaramanga, al no

contarse con la población en situación de desplazamiento, para la construcción del

ordenamiento territorial como fue el caso de Bucaramanga, lo que representa que el 10.3%

de la población de Bucaramanga fue excluida de este proceso, población que además ocupa

el 12.5% del territorio en alto riesgo ambiental; además que estas requieren inversiones

efectivas de casi un billón de pesos en los próximo 20 años. Es una población que debería

ser consultada, sobre todo porque las inversiones deben realizarse para evitar que el impacto

de estas siga poniendo en riego más territorio en Bucaramanga.

Lo antecedente solamente desde el punto de vista de la participación ciudadana y los

aspectos políticos de la población desplazada que habita en los asentamientos precarios;

ahora desde el punto de vista socioeconómico, a pesar de que el ordenamiento territorial y el

desarrollo territorial, se consideran independientes, la realidad es que se vuelven

complementarios, puesto que los limitantes que se establezcan en el ordenamiento territorial,

también limitarán el desarrollo territorial.

En ese orden de ideas si no existe participación ciudadana y representación política de

los actores de la personas en situación de desplazamiento en la formulación del POT o en las

políticas de ordenamiento territorial, se convertirá el fenómeno del desplazamiento en un

círculo vicioso, porque dentro de las estructuras del POT, se describen tanto las zonas

urbanizables, como las aptas para la actividad económica, pero si no se potencia el desarrollo

de capacidades humanas y no se es consciente de las necesidades que afrontan los

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asentamientos en general y en especial aquellos con personas en situación de

desplazamiento, se verán ahondadas variables como la pobreza, el incremento de necesidades

básicas insatisfechas , la inseguridad por la falta de oportunidades, el abandono del Estado y

la entrega de estos asentamientos a poderes ocultos donde la delincuencia forma sus propios

territorios y los ordena bajo el principio del terror.

Es así que si no se tienen en cuentan estos asentamientos y su habitantes, es muy difícil

que en un futuro sus territorios sean partícipes de las llamadas zonas geoeconómicas del

ordenamiento territorial, la falta de participación y el bajo desarrollo de los asentamientos en

el occidente y norte de la ciudad, la han sumido en una zona de precario desarrollo y por tal

razón la proyección de crecimiento económico se direcciona hacia el sur del municipio de

Bucaramanga y hacia los otros municipios del área metropolitana de Bucaramanga.

Merced a lo expuesto es urgente el desarrollo de Planes parciales que repotencien la

ciudad pero que tengan en cuenta la inclusión y reubicación de personas en situación de

desplazamiento con el fin de reforestar los territorios de alto riesgo que ocupan hoy las

personas en situación de desplazamiento, mitigando así el impacto tanto en el ordenamiento

como en el desarrollo territorial sostenible del Municipio de Bucaramanga.

De otra parte, si no se tienen en cuenta las características y necesidades de la población

en situación de desplazamiento, muy difícilmente se puede planear en el territorio la

ubicación de equipamientos urbanos educativos, culturales, recreativos y de salud. Es más en

este último, es claro que la administración central del municipio de Bucaramanga no tiene ni

la dimensión correcta de cuantas personas están afiliadas, por que la cifra de afiliación difiere

por más de 50.000 afiliados a la información recolectada por el Comité de Atención Integral

de Víctimas; precisamente nada más con este dato ¿cómo se puede planear un territorio y sus

equipamientos de salud si ni siquiera se tiene clara la dimensión de la problemática y no por

un margen de error del 3% o 5%, si no por que la cifra difiere por el 81,52% de la cifra real?.

Es decir el principal efecto de no vincular y tener en cuenta la población en situación de

desplazamiento y sus características socioeconómicas en la políticas de ordenamiento

territorial, será el aumento de brechas de inequidad, aumentará la tensión ambiental sobre el

territorio de la meseta y la escarpa occidental del Municipio de Bucaramanga y generará el

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aumento de variables macroeconómicas en relación con el uso del suelo, ya que si se sigue

la oferta y la demanda, cada vez va a existir menos oferta de suelo urbanizable, lo que hará

que los precios suban y se afecten variables macroeconómicas, las cuales van afectar el

ordenamiento del territorio y segregarán socialmente la ciudad.

Al establecer las características socioeconómicas de la población desplazada, se observa

que a la PSD, que se encuentra asentada en los asentamientos precarios se les dificulta el

acceso a una vivienda digna, así como el acceso a la educación y la salud es deficiente,

problemáticas que dieron origen a la Sentencia T -025 de 2004 y en la misma se ordena tutelar

esos derechos y proteger la población desplazada; a su vez en la sentencia se obliga al Estado

a garantizar el derecho a la salud y deroga las directrices emanadas en la circular 00042 de

2002, donde se negaba y condicionaba este derecho a la población desplazada, siendo que el

derecho a la salud es fundamental para garantizar la integridad de la PSD, puesto es un

derecho conexo al derecho a la vida. Por otra parte también se sigue vulnerando el derecho a

la educación, sobre todo de los menores de edad, atentando también contra los principios

Rectores 13 y 23 del desplazamiento forzado, pues según datos de la Corte entre el 25% y el

54% de los menores no asisten a un establecimiento educativo.

Dado lo anterior se puede establecer una relación directa entre el desplazamiento y el

ordenamiento territorial de la ciudad, desde dos aspectos fundamentales el de equipamientos

y el urbanístico. En los equipamientos porque la PSD, requiere del acceso a educación y

salud, por lo cual el POT debe garantizar en sus modificaciones incluir la construcción o

adaptación de estos, de tal forma que el gran volumen de población desplazada con el que

cuenta el municipio de Bucaramanga pueda acceder fácilmente a los servicios de Salud y

Educación. Para este último aspecto el Ordenamiento territorial puede complementarse con

las estrategias de cobertura que ha direccionado el Ministerio de Educación Nacional,

señalándose en el plan municipal de equipamientos urbanos cuales deben ser los

establecimientos educativos que pueden servir a las zonas donde hay presencia de

desplazados.

El segundo componente indicativo de que el desplazamiento puede afectar al

ordenamiento es el urbano y el suelo urbanizable, ya que la zona donde se ubican la mayoría

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de esta población requiere reubicación; la administración municipal desde el POT puede

plantear la construcción de un plan parcial para la reubicación de estas familias, ya que la ley

388 de 1997 en su artículo 27 y modificado por el artículo 180 del decreto 19 de 2012, faculta

a los alcaldes para formular planes parciales y después de aprobados por los diferentes actores

adoptarlos por decreto. Esto le permitiría a la administración municipal y al gobierno

nacional iniciar procesos de reubicación de la población desplazada, aunque por supuesto es

un gran impacto en el gasto de inversión del municipio.

3.9. Aspectos Urbanísticos

Los aspectos urbanísticos son esenciales para el ordenamiento territorial, ya que parte de

su objetivo es organizar todos los elementos urbanos del territorio, para lo cual en aspectos

de vivienda se tomará la población completa con base en la información del CAIV, pero para

los demás aspectos se ha planteado un análisis de Pareto por comunas, con el fin de

seleccionar el 80% de las comunas que presentan mayor cantidad de personas en situación

de desplazamiento, de esta forma no se analizarán las 17 comunas, sino aquellas que son

vitales para este fenómeno, el diagrama de Pareto prioriza que el 80% de los problemas se

solucionan eliminando el 20% de las causas, en este caso si se atienden las comunas que

representan el problema del desplazamiento, se mitigará el impacto en el ordenamiento

territorial de forma significativa.

En el gráfico 5, se realiza un Pareto que muestra cuales son las comunas que aglutinan el

80% de la población desplazada.

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Gráfico 5 Población desplazada por Comunas- Análisis de Pareto

Fuente: Autor

Como se puede inferir del gráfico 5, las comunas que aglutinan el 80% de la población

en situación de desplazamiento son aquellas que se sitúan de la línea amarilla divisoria hacia

la izquierda, lo que permite determinar que las comunas Norte, Nororiental, Occidental,

García Rovira, San Francisco, Provenza y Sur, son las que aglutinan el 80% de la población,

haciendo énfasis en que porcentualmente la comuna norte casi triplica a la siguiente y su

relación se vuelve exponencial con las comunas subsiguientes. Por tal razón se hará énfasis

en el desarrollo de los aspectos urbanos de esta comuna.

Dejando de lado estas precisiones metodológicas y para evaluar el impacto urbanístico,

es necesario comenzar con el análisis del plano actual del Municipio de Bucaramanga y los

usos del suelo que plantea el POT aprobado para la vigencia 2013 -2027; es válido recordar

que según el decreto municipal 078 de 2008 (Alcalde de Bucaramanga, 2008), reclasifica el

suelo como: urbano. Expansión urbana y rural, bajo este esquemas el nuevo POT disminuye

el suelo urbano, aumenta el rural y dentro de este aumenta una proporción de treinta veces el

suelo de protección (Municipio de Bucaramanga - Secretaria de Planeación , 2014). En la

ilustración 10, se describe el mapa de uso de suelo basados en el nuevo POT.

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Ilustración 10 Mapa del Municipio de Bucaramanga – Uso del Suelo

Fuente: (Municipio de Bucaramanga - Secretaria de Planeación , 2014)

En la ilustración 10, el color amarillo representa el suelo Urbano, el color verde el suelo

rural y el naranja el suelo de expansión urbana. Con respecto al plano es preciso aclarar que

el suelo Urbano es de 3328 Ha, de las cuales 2919.69 son urbanas y 408.3 son de protección.

Estas cifras representa el 22% de la superficie del Municipio de Bucaramanga, en cuanto a

la expansión urbana está aprobada un área de 168.49 Ha que corresponde al 1% del área del

municipio. Respecto al área rural, en el POT de segunda generación se amplía este tipo de

suelo, pasando de 9814.03 Ha a 11716.21 Ha, representando el 77% del suelo de

Bucaramanga.

Al revisar las áreas protegidas, se encuentra que sumando el área de protección urbana y

rural se asciende a un total de 6898.9 Ha, que corresponden al 45.35% del suelo del

municipio, un valor significativamente alto, que invita repensar la ciudad en torno a generar

sustentabilidad para ser sostenibles.

Las tendencias de crecimiento y la ineficiencia en la recuperación de zonas de alto riesgo,

han hecho que el gran dinamismo que posee el crecimiento del Municipio de Bucaramanga,

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genere conflictos por el uso del suelo, sumado a esto la mayoría de los planes parciales ni

han funcionado, y ni siquiera se tiene fecha indicativa de cuándo terminará su ejecución.

Toda esta problemática, genera la coexistencia de dos tipos de ciudad, la ciudad formal

y la informal, por tal razón las inversiones que se hacen en equipamientos, agua potable, vías

y acueductos, no se reflejan en un desarrollo equilibrado, donde se observe una disminución

de las brechas de desigualdad y un equilibrio en lo social, ambiental, y económico.

3.9.1. Servicios Públicos Básicos

La CPC de 1991, establece en el artículo 365 que los servicios públicos son parte de la

finalidad del Estado y en el artículo 366 establece que su objetivo será la solución de

necesidades insatisfechas en áreas como la salud, la educación, saneamiento ambiental y agua

potable. En contraste y respecto a los servicios públicos domiciliarios, asigna

responsabilidades, cobertura, financiación, control, inspección y vigilancia; pero a pesar de

ello no define dichos servicios. La delimitación de estos últimos quedó definida en la ley 142

de 1994 (Congreso de Colombia, 1994).

La ley en mención define en su artículo 1: los servicios públicos domiciliarios públicos

que están integrados por acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica, distribución de

gas combustible, telefonía fija pública básica conmutada y la telefonía local móvil en el sector

rural. Además de esto designa la responsabilidad de velar por la eficiencia en la prestación

de estos servicios a las entidades territoriales de orden municipal, independientemente si es

prestada por el mismo municipio o por particulares.

En cuanto al municipio de Bucaramanga y según la evaluación del POT 2001-2012, se

encuentran ciertas falencias en la prestación de servicios públicos, entre ellas encontramos,

que no se establecen aislamientos normativos para energía eléctrica y alcantarillado; al igual

existe una desactualización de los proyectos de alcantarillado, adicional a esto no hay

identificados y autorizados sitios para escombreras (Municipio de Bucaramanga - Secretaria

de Planeación , 2014).

Dentro de esta dinámica, actualmente se propone ampliar la cobertura de servicios

públicos de alcantarillado, ampliando el perímetro sanitario, incluyendo aquellos

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asentamientos ilegales que después de su análisis sean aptos para desarrollar esta labor. Por

lo cual ya hay una directriz para que estas personas en situación de desplazamiento se vean

beneficiadas; ya queda que los mandatarios locales y los directivos de la EMPAS, destinen

los recursos necesarios para la ejecución de estos proyectos, pues el POT lo que orienta es la

ordenación del territorio y su desarrollo urbano, pero no es un elemento vinculante para la

construcción de proyectos y asignación de recursos, esto depende de la discrecionalidad del

Alcalde y su plan de desarrollo.

A pesar de la identificación de problemáticas, el POT no brinda soluciones claras a los

demás problemas encontrados, esto se puede deber a que las empresa de servicios públicos

de Bucaramanga, en su mayoría son de capital privado o mixto, tal es el caso de las empresa

de telefonía, de la empresa de aseo y la electrificadora. Ahora si hablamos del suministro de

gas, estos proyectos deben viabilizarse desde el ministerio de minas y energía y no son de la

discrecionalidad de las entidades territoriales.

3.9.2. Equipamientos Urbanísticos

El POT del Municipio de Bucaramanga, clasifica los equipamientos urbanos, en tres

grupos (Municipio de Bucaramanga - Secretaria de Planeación , 2014): de

a. Equipamiento Colectivo: Agrupa las instalaciones y equipos relacionados con la

prestación de servicios básicos a la comunidad.

b. Equipamiento deportivo y recreativo: Espacios destinado al desarrollo de las

actividades físicas, recreación y deporte, tanto a nivel aficionado como de alto nivel.

c. Servicios Urbanos Básicos: Equipamientos destinados a la prestación de servicios

administrativo y de atención al ciudadano.

Dentro de lo equipamiento colectivos, estos se clasifican en grupos como lo son;

Educación, Servicios de Salud, bienestar Social, Cultural, Culto. En la tabla 14, se

describen en forma específica dicha clasificación.

Grupo Unidades

Educación Preescolar

Educación básica Primaria

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Educación básica secundaria, media académica y formación

profesional a nivel técnica, tecnológica y profesional.

Educación Superior, formación técnica, tecnológica y

profesional

Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (Antes

Educación No formal)

Servicios de Salud Centros médicos de atención primaria, consultorios médicos y

odontológicos y demás centro de atención primaria.

Hospitales de Nivel 2, Clínicas y Sanatorios y otras

instituciones de salud con servicios de Internación

Hospitales de nivel 3, clínicas, sanatorios, y otras instituciones

equivalentes a este nivel

Bienestar Social Orfanatos, asilos, hogares de personas discapacitadas, centros

de atención a grupos vulnerables

Centros de Rehabilitación y atención social, reposo , centros

geriátricos

Hogares de Bienestar familiar

Centro regionales de Bienestar familiar

Cultural Bibliotecas, archivos, museos, y otras actividades culturales

Salas de Cine, teatros

Centro de Eventos feriales, centros de convenciones y

conciertos

Culto Conventos, casa parroquiales

Centros de culto y formación religiosa

Tabla 16. Equipamientos Colectivos

Fuente: Autor con información del DANE, Actividades Económicas, clasificación CIIU

En cuanto a los equipamientos recreativos, solo se clasifica un grupo denominado

Deportivo y recreativo, en la tabla 11 se describe lo que para el Municipio de Bucaramanga

se considera un equipamiento de esta clase:

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Grupo Unidades

Deportivo y

Recreativo-

Actividades

Deportivas

Piscinas, escuelas deportivas, canchas públicas o privadas

Clubes deportivos sociales y recreativos

Tabla 17 Equipamientos Recreativos

Fuente: Autor con información del DANE, Actividades Económicas, clasificación CIIU

El otro grupo en la clasificación es el de Servicios Urbanos Básicos, este grupo está

dividido en 5 elementos, servicio a la comunidad (Defensa, seguridad y administración),

abastecimiento de alimentos, Cementerio y servicios funerarios, centros feriales, servicios

Publico y de Transporte. Este último elemento se subdivide en Transporte, eliminación de

desperdicios y aguas residuales, actividades relacionadas con el saneamiento básico,

suministro de electricidad agua, gas, comunicaciones y demás servicios públicos o de

particulares. En la Tabla 16 se describe en forma general los equipamientos de servicios

urbanos básicos y en la tabla 17 se amplía el elemento de servicios Públicos y de Transporte.

Grupo Unidades

Servicio a la

comunidad

Servicios, oficinas. Dependencias de orden administrativo y

operativas de: administración pública, justicia, defensa y demás

servicios sociales

Guarniciones militares y de Policía, cárceles y centros

correccionales

Estaciones de Policía, CAI, Inspecciones de policía

Comisarías de Familia, casas de justicia, veedurías, juzgados,

casas de justicia, tribunales, contraloría, defensoría del pueblo,

consejos superiores y personerías

Bomberos

Cruz Roja

Defensa Civil

Juntas de Acción Comunal

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Grupo Unidades

Sedes descentralizadas de la administración pública, notarias,

curadurías.

Abastecimiento de

alimentos

Mataderos, Frigoríficos

Plazas de mercado y centrales de abasto

Cementerio y

servicios

funerarios

Preparación y Embalsamiento, Instituto de Medicina Legal,

cremación

Salas de velación

Cementerios

Servicios Publico y

de Transporte

Transportes

Eliminación de desperdicios y aguas residuales, actividades

relacionadas con el saneamiento básico

Suministro de electricidad agua, gas, comunicaciones y demás

servicios públicos o de particulares

Centros feriales

Tabla 18 Equipamientos de Servicios Urbanos Básicos

Fuente: Autor con información del DANE, Actividades Económicas, clasificación CIIU

Servicios

Públicos y de

Transporte

Subdivisión Unidad

Transporte Alquiler de transporte

Multimodal

Alquiler de equipo y

maquinaria agropecuaria y

para ingeniería civil

Actividades de Estaciones,

terminal de transportes,

estaciones ferroviarias,

peajes

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Eliminación de desperdicios y aguas

residuales, actividades relacionadas

con el saneamiento básico

Eliminación de desperdicios

y aguas residuales

Saneamiento y agua potable

Remoción y recolección de

escombros

Suministro de electricidad agua, gas,

comunicaciones y demás servicios

públicos o de particulares

Generación, transmisión, y

comercialización de energía

eléctrica, gas, combustibles,

vapor, agua y

comunicaciones

Escombreras

Recolección y eliminación

de Basuras

Antenas e infraestructura de

comunicación

Tabla 19 Elemento de Servicios Público y de Transporte - Equipamientos de Servicios

Urbanos Básicos

Fuente: Autor con información del DANE, Actividades Económicas, clasificación CIIU

Dada esta clasificación, se hará un análisis del Inventario de equipamientos por tipo, en

primer lugar y por considerarse una de las variables más importantes, se inició por los

equipamientos colectivos y dentro de ellos, los educativos. Respecto a este tipo de

equipamiento según el POT de segunda generación en total para la ciudad existen 219, de las

cuales 123 son de carácter privado, y los 101 restantes públicos, es de aclarar que aunque

instituciones educativas oficiales son 44 en todo el Municipio de Bucaramanga, estos tienen

diversas sedes por eso en total son 101 equipamientos. Además ya en cuanto a jardines

infantiles existen 24 en la ciudad.

Respecto a los equipamientos de salud, existen 814 equipamientos de salud, de los

cuales, tan solo 41 son oficiales o pertenecen al régimen subsidiado (Ministerio de Salud y

Protección Social , 2015), al que la gran mayoría de las personas en situación de

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desplazamiento puede acceder, lo cual deja entrever un alto desequilibrio en la prestación de

servicios de salud a esta población. Realzando un filtro más específico y tomando solo

centros médicos y hospitales de nivel 2; en el Municipio se cuentan tan solo 14 centros

médicos de salud y 13 clínicas y hospitales de nivel 2 o 3.

En cuanto a los equipamientos de servicios básicos urbanos o institucionales,

encontramos que existen un total de 86, los cuales están distribuidos en oficinas de pagos,

servicios de justicia estaciones de bomberos y de policía.

Teniendo en cuenta estos datos y las proyecciones de población del DANE, respecto a

la población de Bucaramanga, la cual para el año 2015 (DANE , 2015), se proyecta en

556.333 habitantes. Con este valor y con los estándares para equipamientos que plantean

Mario Noriega y asociados (Mesa de Planificación Regional Bogotá-Cundinamarca, Centro

de las Naciones Unidas para el Desarrollo Regional –uncrd, Departamento de Asuntos

Económicos y Sociales de la Secretaría de las, 2005), se determinarán la deficiencia en

equipamientos con los que cuenta el Municipio de Bucaramanga y por ende su afectación a

la población en situación de desplazamiento. En la Tabla 18,19 y 20 se describen los

estándares de equipamientos por habitantes.

Actividad Equipamiento Estándar (Habitantes/equipamiento)

Educación Jardines Infantiles 1500

Primaria 4250

Secundaria 6800

Superior 34000

Tabla 20 Estándares de Equipamientos Educativos

Fuente: (Mesa de Planificación Regional Bogotá-Cundinamarca, Centro de las Naciones

Unidas para el Desarrollo Regional –uncrd, Departamento de Asuntos Económicos y

Sociales de la Secretaría de las, 2005)

Actividad Equipamiento Estándar (Habitantes/equipamiento)

Salud Centros de Salud 15000

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119

Hospital de Nivel 2 800000

Tabla 21 Estándares de Equipamientos de Salud

Fuente: (Mesa de Planificación Regional Bogotá-Cundinamarca, Centro de las Naciones

Unidas para el Desarrollo Regional –uncrd, Departamento de Asuntos Económicos y

Sociales de la Secretaría de las, 2005)

Actividad Equipamiento Estándar (Habitantes/equipamiento)

Institucional Servicios Varios – Pagos 50000

Servicios de Justicia 100000

Estaciones de Bomberos 25000

Estaciones de Policía 25000

Tabla 22 Estándares de Equipamientos Institucionales

Fuente: (Mesa de Planificación Regional Bogotá-Cundinamarca, Centro de las Naciones

Unidas para el Desarrollo Regional –uncrd, Departamento de Asuntos Económicos y

Sociales de la Secretaría de las, 2005)

Ahora con base en esto estándares, se determinará el déficit de equipamientos teniendo

en cuenta la proyección realizada, para ello se realizaron los cálculos correspondientes, los

cuales se describen en la tabla 21 a la 23.

Equipamiento Estándar Equipamientos

Requeridos

Equipamientos

Actuales

Déficit

Jardines Infantiles 1500,00 371 24 347

Primaria 4250,00 131 47 84

Secundaria 6800,00 82 134 -52

Superior 34000,00 16 14 2

Total 381

Tabla 23 Déficit de Equipamientos Educativos

Fuente: Autor

Como se puede observar en la tabla 21, el déficit total de equipamientos educativos es de

381 unidades, el más preocupante de ellos es el valor contenido para la primera infancia que

representa un total de 347, lo cual representa el 91% del déficit; hay que también plantear

que hay un excedente en básica secundaria de 52 instituciones sobrantes, las cuales pueden

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120

pensarse cuando se formule el plan maestro de ordenamientos en readecuarlos para la

funcionalidad de primera infancia. Lo principal, si es claro que se requiere mayor área

dotacional para cubrir las necesidades de equipamiento de la ciudad.

Equipamiento Estándar Equipamientos

Requeridos

Equipamientos

Actuales

Déficit

Centros de

Salud

15000 37 14 23

Hospital de

Nivel 2

800000 1 13 -12

Total 12

Tabla 24 Déficit de Equipamientos en Salud

Fuente: Autor

En la tabla 22, se observa que hay un déficit en los centros de atención primaria en salud,

que llega a 11 equipamientos en toda la ciudad, ahora si se analiza en detalle las comunas

donde hay presencia de población en situación de desplazamiento es donde hay mayor

presencia de centros de salud porque existen 8 de los 14 centros actuales.

Equipamiento Estándar Equipamientos

Requeridos

Equipamientos

Actuales

Déficit

Servicios

Varios –

Pagos

50000 11 43 -32

Servicios de

Justicia

100000 6 29 -23

Estaciones de

Bomberos

25000 22 3 19

Estaciones de

Policía

25000 22 11 11

Total -25

Tabla 25 Déficit de Equipamientos en Justicia

Fuente: Autor

Con base en la tabla 23, se establece que de forma global no hay deficiencia de

equipamientos institucionales, pero si se analiza en detalle los renglones de Bomberos y

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121

estaciones de Policía, si es bastante representativo el déficit, ya que son dos actores

importante en la seguridad de los habitantes.

La relación entre los dos constructos de la tesis: el desplazamiento y el ordenamiento

territorial surge desde dos ámbitos, el primero los servicios públicos como garante del acceso

a una vivienda digna, puesto que incluye el saneamiento básico, el derecho al agua potable y

a gozar de un ambiente sano según indica la sentencia T -055 de 2011 (Corte Constitucional

, 2011). Si se observa la situación y características actuales de las viviendas y las zonas donde

se ubican los desplazados que se asentaron en terrenos precarios, ellos la PSD no están

recibiendo la prestación de estos servicios públicos por lo cual no tiene una vivienda digna,

equiparable a lo que ordena la Corte constitucional en su Sentencia T -025 de 2004 en su

numeral 14 del resumen de los argumentos, en el cual expresa el derecho a la vivienda digna;

acá entonces surgen dos elementos jurídicos, el incumplimiento de la sentencia de la Corte

Constitucional, además del incumplimiento de ley 388 de 1997, donde en su artículo tercero

plantea que el urbanismo es una función pública en el que se debe “…Posibilitar a los

habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructuras de transporte y demás espacios

públicos, y su destinación al uso común, y hacer efectivos los derechos constitucionales de

la vivienda y los servicios públicos domiciliarios.” Pero hemos de precisar que si se le diera

cumplimiento tendría que modificarse todo el POT, específicamente las zonas urbanas puesto

el parágrafo 2 del artículo 12 de la ley 388 de 1997, teniendo en cuenta el artículo 367 de la

CPC enuncia “….el perímetro urbano no podrá ser mayor que el denominado perímetro de

servicios”. Entonces si la administración gubernamental opta por reubicarlos, debe garantizar

que la zona donde los establezca tenga cobertura de servicios públicos o si escoge la opción

de legalizar esas urbanizaciones precarias con PSD tendrá que realizar nuevas y cuantiosas

inversiones para garantizar el acceso a la red de servicios públicos así como modificar su

POT, ya que el de segunda generación emitido en el 2013, por el contrario reduce el suelo

urbanizable. Por esta razón desde el punto de vista urbanístico el desplazamiento forzado

también afecta el desarrollo y ordenamiento territorial del Municipio de Bucaramanga.

El segundo elemento es el de equipamientos urbanos, el cual ya se había mencionado

anteriormente, pero al analizar en detalle los equipamientos urbanos de la ciudad lo que se

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122

debe es adaptar el plan de equipamientos urbanos y definir las coberturas de forma que los

existentes alcancen para cubrir la población desplazada. El impacto del desplazamiento en

los equipamientos urbanos y por ende en el ordenamiento territorial, como sería la

construcción de más estaciones de policía, puesto esto es vital para garantizar la seguridad y

el orden de la PSD, porque también al estar en asentamiento precarios, se genera la

posibilidad de fomento de grupos ilegales que tomen el control de esta zona para actividades

ilegales como el hurto y el microtráfico.

3.10. Caracterización de la Vivienda de la Población Desplazada

Para el proceso de la caracterización de la vivienda, se analizó la información recolectada

por el CAIV, en él se indagó por el tipo de vivienda en la que vivían los hogares, para ello se

obtuvo información del 56% de la población. En el gráfico 6, se observa en detalle dicha

caracterización.

En ella se observa, que se tiene información del 56% de los hogares, al realizar el filtro

de solo aquellos que se cuenta con información, se desglosa que el 77,8% vive en casa, el

14% en ranchos, el 3.2% en cambuche, el 3.5% en apartamento, y el 0,2% en albergues. Ver

Gráfico 7. Como se observa hay una alta participación de la vivienda tipo casa, que puede

ser construida con materiales duraderos, también hay que tener en cuenta que el concepto de

casa para estas personas que tienen bajo nivel de escolaridad puede variar respecto a lo que

los expertos consideran una casa.

Por el análisis que se ha realizado a través del documento, lo que esta población denomina

casa es una construcción con materiales duraderos pero sin normas urbanísticas, lo que es

natural puesto que esos asentamientos precarios ya se han venido semiconsolidando, dado

que llevan más de 10 años asentados.

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123

Gráfico 6 Vivienda Población en Situación de Desplazamiento

Fuente: Fuente: Autor con información recogida por el CAIV

Gráfico 7 Vivienda Población en Situación de Desplazamiento

Fuente: Autor con información recogida por el CAIV

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124

Después de caracterizar la vivienda se preguntó por su disposición para ser reubicados,

a lo que los hogares respondieron con un no el 67,64% (20827), en cambio en favor de la

reubicación fueron el 4,55% (1401) de los hogares plantearon necesitar una reubicación

para encontrar mayores oportunidades de bienestar. Ver Gráfico 8.

Gráfico 8 Reubicación

Fuente: Autor con información recogida por el CAIV

Las personas que manifestaron que no le interesa la reubicación por motivo de seguridad

(78.57%) y una minoría (4,5%) porque consideran que el municipio le ha brindado una mejor

calidad de vida. Esto quiere decir que esta población hace parte ya de la población del

municipio y su afectación al ordenamiento territorial se vincula desde que hay mayor

población que atender, por lo tanto la dotación de equipamientos colectivo es mayor, al igual

que la destinación de servicios públicos, como se ha detallado anteriormente.

Es evidente que el 95% de la población desplazada no desea retornar a su lugar de origen,

por lo cual la ciudad tendría alrededor de 90000 nuevos habitantes constantes, sin contar la

tasa de natalidad y crecimiento de esta población, y como estamos en un estado social de

derecho donde priman las libertades civiles y la construcción de sociedad, pues cual no existe

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125

forma de obligar a estas personas a que regresen a su lugar de origen; esto genera que todas

las políticas públicas se amplíen, los gasto de inversión en programas sociales aumenten y es

deber de la administración municipal garantizar los derechos fundamentales a esta población

desplazada. Por consiguiente al existir mayor población y con características de

vulnerabilidad desde el ordenamiento territorial se debe garantizar que la planificación de

ciudad sea inclusiva y tenga en cuenta las necesidades de este tipo de población.

Al establecerse la población desplazada en el municipio de Bucaramanga, afecta el

ordenamiento territorial, puesto que en el artículo 13, en el componente de planeación urbana

se ordena que deben existir a mediano plazo programa de vivienda de interés social, que al

analizar las directrices constitucionales y las leyes relacionadas con la protección de víctimas

del conflicto armado, ellos tendrían prioridad sobre los demás ciudadanos,

independientemente del tiempo que lleven viviendo en la ciudad.

A su vez y como mandato de la ley 3388 de 1997, en su numeral 3.2, ordena a las

administraciones municipales la reubicación de asentamientos precarios, condición que

cumple la PSD, porque tiene dos factores claves para el cumplimiento de sus derechos, el

primero la ley 388 de 1997 por que se encuentran en asentamientos precarios y dos la

sentencia T -025 de 2004 en la cual se ordena brindar vivienda digna y restablecimiento

socioeconómico para esta población.

Como se puede analizar, si existe un impacto del fenómeno del desplazamiento en el

ordenamiento territorial, y la solución en primera instancia es garantizar el acceso a la

vivienda digna prevaleciendo la asignación de vivienda de interés social sobre otros

ciudadanos, segundo el ordenamiento territorial debe modificarse para que se incluyan las

necesidades de la PSD y tercero es imperativo reubicar los asentamiento precarios, por

supuesto esto incluye inversiones adicionales que debe asumir el Estado.

3.11. Costos de Informalidad

La estimación de los costos de la informalidad, son de necesaria identificación y medición

con el fin de establecer el impacto de las políticas de ordenamiento territorial y el impacto de

las políticas sociales de un municipio; la metodología suele ser sencilla, si se cuenta con

información actualizada y de fácil acceso (Rocha, García, & Rueda, 2004).

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126

Dentro de esta informalidad en el ordenamiento territorial se tomará el tema de la

vivienda, ya que es un gran limitante para que las personas de estratos bajos y personas en

situación desplazamiento puedan acceder fácilmente a ellas, por dos razones: el incremento

de sus precios en los últimos años, sumado a ello que no tienen acceso al sistema financiero.

Esta última causa también es consecuencia de un círculo vicioso, porque primero no están

bancarizados, segundo la mayoría de los ingresos de estas personas no superan el salario

mínimo, por lo cual una entidad financiera determinará que no tienen capacidad pago para

un préstamo.

Entonces todo esto conlleva a que la informalidad crezca y con ella todos los problemas

sociales y económicos, que ahondan la precariedad y la pobreza. Este capítulo lo que pretende

determinar es el costo de la vivienda informal y compararla con el costo deferencia que se

tienen del Ministerio de Vivienda.

Esta parte de la investigación sigue un enfoque cualitativo donde no se pretende

universalizar el concepto, sino comprender la temática y hacer estimaciones que son válidas

solo para el municipio de Bucaramanga. Dentro de esta investigación se estructuró un grupo

focal en el cual participaron expertos y cuya finalidad era obtener categorías para evaluar el

costo de la vivienda formal y la informal.

Para determinar el costo de la vivienda informal y compararlo con la formal, de la cual

ya tenemos el precio de referencia del Ministerio de Vivienda, fue necesario realizar un grupo

focal con persona expertas en la construcción, ellos hacen parte de la ruta competitiva de la

construcción denominada “ Construcción Competitiva” , liderada por la cámara de Comercio,

CAMACOL y la Universidad de Santander – UDES”, ellos estimaron en el grupo focal

cuanto puede costar en Bucaramanga, una vivienda informal en las zonas donde esta ubicados

los asentamientos, para ello se tuvieron en cuenta las categorías descritas en la tabla 24.

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127

Categorías Sub Categoría

Terreno

Vías y andenes

Servicios Públicos Energía Eléctrica

Alcantarillado

Acueducto

Espacio Publico

Costos directos Materiales y Transporte

Mano de Obra

Costos Indirectos Licencias e impuestos

Tabla 26. Categorías que se tienen cuenta para la construcción de Unidades residenciales

Fuente: Autor

Después de definir las categorías, se establecieron los costos de la vivienda informal,

según lo indicado en la tabla 25. Allí se evidencia que el terreno es lo más importante para la

construcción de la vivienda informal y representa el 48. % del valor total, se observa que no

pagan ningún valor por la instalación de servicios públicos domiciliarios, así como tampoco

licencias, ni impuestos, lo que hace que la vivienda informal sea de menor costo que la

formal.

Categorías Sub Categoría Costo Participació

n

Terreno

15,000,000

48,1%

Vías y andenes

-

0,0%

Servicios Públicos Energía Eléctrica

-

0,0%

Alcantarillado

-

0,0%

Acueducto

-

0,0%

Espacio Publico 0,0%

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128

Costos directos Materiales y

Transporte

12,200,000

39,1%

Mano de Obra

4,000,000,

12,8%

Costos Indirectos Licencias e impuestos

-

0,0%

TOTAL $ 31,200,000,

Tabla 27 Costo de la Informalidad en Vivienda

Fuente: Autor con base en información recolectada en Grupo Focal con expertos en

Construcción

Si se analiza el valor proyectado a 2015 de la vivienda formal equivalente a una unidad

residencial de las que otorga la nación, la cual es de $44.573.800, si esto se compara con la

estimación realizada en la tabla 25, se encuentra que la vivienda informal está un 30,0037%

menos que la vivienda formal. Esto hace que sea más atractiva una vivienda de este tipo para

familias de bajo ingresos, ahora si la vivienda esta originada en una invasión como es el caso

de población en situación de desplazamiento, el costo sería de $16, 200,000, lo que sería un

63.65% menos que una vivienda formal.

Todo esto hace que el mercado informal se potencie y sea paralelo al mercado formal,

aunque en el mercado formal los terrenos son más costosos en un 3% el mercado informal

que el destinado para ahorradores VIPA (Observatorio Metropolitano, 2014), lo que solo deja

concluir que el mercado informal es un mercado creciente y por ello el valor de los terrenos

aumenta, siguiendo la dinámica de la oferta y la demanda.

De lo expuesto colegimos que el costo de la vivienda informal, sumado al difícil acceso

a créditos de vivienda, genera que la personas opten por invadir, asentar terrenos informales

que no están contemplados en el POT, lo cual permite que más adelante se tengan costos de

desmarginalización para poder legalizarlos y hagan parte integral del territorio, además de

todo el costo social que debe incurrir una administración para generar calidad de vida en la

comunidad.

Toda esta dinámica de la informalidad y el costo asociado, se genera por que hay una

demanda existente y numerosa, gran parte de ella es la población en situación de

desplazamiento. Esto afecta directamente al ordenamiento territorial puesto que se viola el

suelo urbano declarado en el POT, se invaden zonas de protección ambiental y generan mayor

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129

contaminación. Es decir el impacto del desplazamiento conlleva a generar informalidad y

esto incumple las directrices del ordenamiento territorial a luz de la ley 388 de 1997.

3.12. Costos de desmarginalización

El fenómeno de la consolidación de Barrios Informales genera que las autoridades

municipales y las empresas de servicios públicos tengan la obligación de dotar de una

infraestructura mínima urbana a este tipo de asentamientos. Como los diseños tienen que

hacerse bajo una lógica construida, es decir se debe diseñar sobre lo ya existente, esto genera

que las dotaciones urbanísticas no puedan ser eficientes, por lo cual para realizar estos

trabajos se generan sobrecostos.

Además el costo social y fiscal en que se incurre para sacar todos los hogares de la

informalidad es alto, porque se deben destinar recursos de inversión para la legalización en

lugar de destinarlos para otras funciones sociales, es ahí donde las decisiones políticas de los

mandatarios priman a la hora de destinar este tipo de recursos.

Para estimar estos costos de desmarginalización, existe muy pocas experiencias

documentadas sobre el tema, el estudio más reciente que se encontró es de CAMACOL y

METROVIVIENDA, donde se estiman dichos costos por unidad habitacional para la ciudad

de Bogotá D.C., en dicho estudio se tasan estos costos en $12553621 en el año 2009, teniendo

en cuenta que los datos más recientes del Producto Interno Bruto son hasta 2013, se proyecta

dicho valor tomando como factor de incremento el índice de precios al consumidor (IPC),

desde el 2009 hasta 2013. Este cálculo se ilustra en la Tabla 26.

AÑO 2009 2010 2011 2012 2013

Inflación 2% 3,17% 3,73% 2,44% 1,94%

Costos de

Des

marginalización

$12.553.621 $12.804.693,4 13.210.602 13.703.357,66 14.037.720

Tabla 28 Proyección del Costo de desmarginalización en Bogotá

Fuente: Autor con datos del DANE y METROVIVIENDA

Tomando este referente se extrapola al departamento de Santander teniendo en cuenta el

Producto Interno bruto per cápita (PIB per cápita) del año 2013, el cual fue de $16.119.108

y se estableció la equivalencia con el costo marginal de Bogotá, también tomando en cuenta

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130

su PIB per cápita del año 2013 que fue de $16.616.747. (Centro de estudios de la construcción

y el desarrollo urbano y regional, 2015), realizar la respectiva operación matemática tomando

el costo de desmarginalización para Bogotá del año 2013, encontramos el costo de

desmarginalización para Bucaramanga en ese año equivaldría a $13.617.317,8. Pero como lo

que se desea es evaluar el impacto al año 2015, se proyecta con base en la inflación, lo cual

se describe en la Tabla 27.

AÑO 2013 2014 2015

Inflación 1,94% 3,66%

Costos de Desmarginalización $13.617.318 $13.881.494 $14.389.556

Tabla 29 Proyección del Costo de des marginalización en Bucaramanga

Fuente: Autor con datos del DANE

Con base en estas cifras se calculan los costos de desmarginalización de los hogares

asentados y que habitan en zonas de alto riesgo son 19415, si se hace el planteamiento de que

cada hogar requiere una unidad residencial el costo de marginalización se indica en la tabla

28.

Hogares en Alto

Riesgo

Costo Unitario Costo Total

de desmarginalización

Bucaramanga 19415 $14.389.556,44 $ 279.373.238.291,791

Tabla 30 Costos de desmarginalización Bucaramanga

Fuente: Autor

Adicional a esto, también existe un impacto sobre el impuesto predial, el Municipio de

Bucaramanga para el año 2014, tenía como meta el recaudo de 93.000.000.000 distribuidos

en 157.158 predios, lo que arroja un promedio de $ 591.761,16 (Municipio de Bucaramanga,

2014; IGAC, 2014), si se logra sacar de la informalidad los 19415 hogares, el recaudo por

impuesto predial asumiendo que estos pagarán el valor promedio, el recaudo por impuesto

predial aumentaría en $ 11,489,042,874,05, lo que permite inferir que la recuperación de los

costos de desmarginalización alcanzaría su punto de equilibrio hasta los próximo 25 años.

Si se evalúan los costos de desmarginalización referente solo a las personas en situación

de desplazamiento, se puede encontrar que aunque es bastante significativo su valor, al

hacerse en forma paulatina, se da cumplimiento a la sentencia T -025 de 2004 y con el paso

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131

del tiempo el desplazado va perdiendo esta condición ya que como lo menciona la ley 388

de 1997, este pierde la condición cuando se logra la estabilización socioeconómica y esto es

únicamente deber del Estado. Al lograr esta estabilización el ordenamiento territorial

funcionara de forma efectiva

3.13. Evaluación Política e institucional para controlar la Informalidad y

brindar atención integral al desplazamiento.

Para controlar el fenómeno de la informalidad es fundamental la capacidad institucional,

en este caso el Municipio de Bucaramanga, tiene una ventaja y es que posee un área

metropolitana que permite el control metropolitano y la conurbación entre las entidades

territoriales que hacen parte de ella.

Pero a pesar de ello la ocupación ilegal ha hecho una afrenta a los organismos municipales

como metropolitanos, porque entre ellos no han sido capaces de formular políticas unificadas

que permitan afrontar este fenómeno. Algunos atribuyen esta debilidad a lo endeble que

resulta el marco jurídico para gestionar instrumentos de planeación.

En Bucaramanga, ya existe un POT de segunda generación, donde se emiten las

directrices para el uso del suelo como uno de sus cientos de elementos. El control de este

aspecto fue designado a la Secretaria del interior, en cuanto a la autorización y disponibilidad,

además tienen como función la recuperación de ecosistemas estratégicos y la recuperación

del espacio público. Otros actores de control es el Área Metropolitana de Bucaramanga y la

Corporación para la defensa de la Meseta de Bucaramanga, la primera se encargara del

control urbano y la segunda del control rural

Estos son los principales actores en cuanto al control del ordenamiento territorial, aunque

existen diversos no solo a nivel de control, sino de otras funciones como: diseño, regulación,

jurídicas. En la Tabla 29 se indica las entidades relacionadas con el ordenamiento territorial

y el control de la Informalidad, así como su Interacción, la cual también se ilustra en la

Ilustración 11.

N° Entidad Función Institucional Alcance Interacción

Diseño Concertación Ejecución Control

1 Ministerio de

Vivienda

X X Nacional-

Administra

2,5,10

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132

tiva y

técnica

2 FONVIVIENDA X X Nacional-

Administra

tiva-

técnica y

económica

1.14

3 Fiscalía General

de la Nación

x Nacional –

Administra

tiva

10,11

4 Servicio

Geológico

Colombiano

(SGC) (Antes

INGEOMINAS)

X Nacional -

Técnica

5 CDMB X X Regional-

Administra

tiva-

técnica y

económica

1.6.7.10.14.16

6 AMB X X X Regional-

Administra

tiva-

técnica y

económica

5,8,10,14,16

7 Empresa de

Servicios

Públicos

domiciliarios

x x X Regional-

Administra

tiva-

técnica y

económica

5,6,10

8 Concejo

Municipal de

Bucaramanga

X X Municipal-

administrat

iva y

técnica

6,9,10 y 12

9 Personería X x Municipal

Técnica

8,10,13 y 16

10 Secretaria de

Planeación

X X x Municipal-

administrat

iva

1,3,5,6,7,8,9,1

4,15,16

11 Secretaria de

Interior

x Municipal

– Técnica

3,9,10,15

12 Secretaría de

infraestructura

X X Municipal

– Técnica y

Económica

8,10,14

13 Secretaría de

desarrollo

social

X Municipal

– Técnica

9,10,14

14 INVISBU X X Municipal

administrat

iva -

Técnica y

Económica

2,5,10,12,13 y

15

15 Curaduría x Municipal

administrat

9,10, 14

Page 133: EL DESPLAZAMIENTO FORZADO GENERANTE DE … · El desplazamiento forzado se ha constituido en uno de los grandes problemas que hoy ocupan al Mundo, por cuanto ha trascendido en todas

133

iva -

Técnica

16 Defensoría del

Espacio

Publico

X x Municip

al –

Técnica

5,10

Tabla 31 Entidades para controlar la Informalidad en Bucaramanga

Fuente: Autor

Ilustración 11 Mapa de Interacción de Instituciones para el control de la Informalidad

Fuente: Autor

Como se puede observar en la tabla 29 y la ilustración 11, las instituciones para el control

de la informalidad son amplias y suficientes, pero en tema de interacción y comunicación

entre ellas es bastante complejo, esto hace que si alguna falla el sistema se vea afectado.

Además que las instituciones necesitan mayores recursos, para controlar la informalidad, esto

recursos deben generarse desde la nación pues el conflicto armado y la seguridad de la

población es función misional del Estado.

Pero además de estas instituciones también existen otras del orden municipal y nacional

para la atención a la población desplazada, puesto que ha cambiado su orientación partir de

la ley 1448 de 2011 (Congreso de la República, 2011).

Page 134: EL DESPLAZAMIENTO FORZADO GENERANTE DE … · El desplazamiento forzado se ha constituido en uno de los grandes problemas que hoy ocupan al Mundo, por cuanto ha trascendido en todas

134

El componente de Atención a las Víctimas del Conflicto contempla las acciones de dar

información, orientación y acompañamiento jurídico y psicosocial a la víctima, con miras a

facilitar el acceso y cualificar el ejercicio de los derechos a la verdad, justicia y reparación

integral (Congreso de la República, 2011).

El componente de Asistencia tiene por objeto desarrollar el conjunto de medidas,

programas y recursos de orden político, económico, social, fiscal, entre otros, a cargo del

Estado, orientado a restablecer la vigencia efectiva de los derechos de las Víctimas, brindarles

condiciones para llevar una vida digna y garantizar su incorporación a la vida social,

económica y política, en el marco de la subsidiaridad y complementariedad. En la tabla 32

se describen las entidades que atienen den población desplazada y sus programa.

Entidad Programas Descripción

Unidad de Atención y

Reparación Integral

a las Víctimas -

UARIV

Atención

Humanitaria

Inmediata

Entrega de auxilios económicos para

asistencia alimentaria y alojamiento a las

familias Víctimas del desplazamiento

forzado que se encuentran en una

situación de alta vulnerabilidad y están en

proceso de inscripción en el RUV.

Atención

Humanitaria de

Emergencia

Entrega de auxilios económicos para

asistencia alimentaria y alojamiento a las

familias Víctimas del desplazamiento

forzado que se encuentran en una

situación de alta vulnerabilidad y dentro

de los tres meses siguientes a su

inscripción en el RUV

Atención

Humanitaria de

Transición.

Entrega de auxilios económicos para

asistencia alimentaria y alojamiento a las

familias Víctimas del desplazamiento

forzado que se encuentran en una

situación de alta vulnerabilidad, aun

después de transcurrido un año de su

inscripción en el RUV.

Instituto Colombiano

de Bienestar

Familiar - ICBF

Entrega de recursos

económicos para la

adquisición de

Alimentos (programa

por demanda y por

disponibilidad de los

Garantizar el apoyo para lograr el acceso

a alimentos de los hogares Víctimas de

desplazamiento forzado en Etapa de

Transición y de manera subsidiaria en la

atención humanitaria inmediata, de

forma temporal, en el marco de la ley

1448 de 2011 y su decreto reglamentario

Page 135: EL DESPLAZAMIENTO FORZADO GENERANTE DE … · El desplazamiento forzado se ha constituido en uno de los grandes problemas que hoy ocupan al Mundo, por cuanto ha trascendido en todas

135

recursos de la

nación).

4800 de 2011, contribuyendo a la

garantía de su derechos a la subsistencia

mínima

Acompañamiento a

los Hogares –

Atención

Alimentaria en etapa

de Transición

(atiende a la

población que ya ha

realizado cobro del

giro).

Garantizar el apoyo para lograr el acceso

a la alimentación de los hogares Víctimas

de desplazamiento forzado en Etapa de

Transición, de forma temporal, en el

marco de la ley 1448 de 2011 y el decreto

reglamentario 4800 de 2011,

contribuyendo a la garantía de su

derechos a la subsistencia mínima, a

través de un esquema de

acompañamiento dirigido a evaluar el

estado nutricional de niños, niñas de 0 a

5 años, mujeres gestantes y lactantes y a

orientar y fortalecer buenos hábitos

alimentarios en el hogar

Unidades de Apoyo y

fortalecimiento a

Familias con NNA

con Discapacidad y

en

situación de

Desplazamiento -

UNAFAS (programa

regular - oferta).

Generar procesos de transformación

social que promueven el restablecimiento

y goce efectivo de los derechos de los

NNA con discapacidad y sus familias,

desplazamiento, a partir de la

corresponsabilidad, con la participación

de las entidades públicas y privadas.

(Acompañamiento psicosocial por

facilitadoras diferentes a los equipos de

Defensoría de Familia para la autogestión

y auto sostenimiento).

Familias con

Bienestar (programa

regular - oferta)

Promover y fortalecer el desarrollo de

capacidades individuales, de las parejas,

de las familias y de las comunidades que

favorezcan el cumplimiento de las

funciones de reproducción social,

cuidado y convivencia familiar,

contribuyendo así a la consolidación de

familias democráticas, tolerantes de las

diferencias, respetuosas de la dignidad y

de los derechos de sus integrantes sin

distinción de edad, género, cultura o

Capacidad física y/o intelectual.

Ministerio de

Trabajo – Academia

Nacional de

Aprendizaje

Transfórmate Transformar la calidad de Vida de los

participantes por medio de la Educación

para el Trabajo

Page 136: EL DESPLAZAMIENTO FORZADO GENERANTE DE … · El desplazamiento forzado se ha constituido en uno de los grandes problemas que hoy ocupan al Mundo, por cuanto ha trascendido en todas

136

Servicio Nacional de

Aprendizaje – SENA

Orientación

Ocupacional

Fortalecer los procesos de orientación

ocupacional a las personas Víctimas del

conflicto con el fin de promover su

vinculación

laboral

Formación

Complementaria

Capacitar a las Víctimas del

desplazamiento y de otros hechos en los

diferentes programas del SENA

Formación Titulada Brindar orientación ocupacional con

enfoque

diferencial, según las características

socioculturales de la población víctima

que permita re direccionamiento de

acuerdo a la oferta institucional

Instituto Colombiano

de Desarrollo Rural -

INCODER

SIT- Subsidio para

compra de

tierras con Proyectos

Productivos

Otorgar subsidio para la compra de

Tierras con Proyectos Productivos para la

población Victima del Desplazamiento,

campesinos sin Tierras y Mujeres cabeza

de Familia

PDR-Entidad.

Implementación de

Proyectos de

Desarrollo Rural

Otorgar subsidios para implementar

proyectos de Desarrollo Rural (IPDR) de

la población Victima del

Desplazamiento, campesinos sin Tierras

y Mujeres cabeza de Familia

Departamento

Administrativo para

la Prosperidad Social

- DPS

Ruta de Ingresos y

Empresarismo (RIE)

Desarrollar habilidades y

capacidades sociales y empresariales

para emprendimiento de unidades

productivas

Capitalización

(Apoyo a

asociaciones

conformadas por

Víctimas del

desplazamiento)

Brindar recursos financieros para

fortalecer organizaciones o empresarios

Familias en Acción Contribuir a la reducción de la pobreza y

la desigualdad de ingresos, a la

formación de capital humano y al

mejoramiento de las condiciones de vida

de las familias pobres y vulnerables

mediante un complemento al ingreso.

Jóvenes en Acción Aportar recursos económicos para

mitigar el problema de la deserción de los

jóvenes del sistema educativo por causas económicas, brindándoles

acompañamiento adicional con

Page 137: EL DESPLAZAMIENTO FORZADO GENERANTE DE … · El desplazamiento forzado se ha constituido en uno de los grandes problemas que hoy ocupan al Mundo, por cuanto ha trascendido en todas

137

actividades complementarias de

formación integral.

Registraduría

Nacional del Estado

Civil

Jornadas de

Identificación

Realizar campañas para tramitar los

documentos de identificación, en barrios

y espacios cercanos a la comunidad.

Ejército Nacional Definición de

situación militar y

expedición de la

libreta militar

Realizar campañas para tramitar los

documentos de definir situación militar y

expedir documento.

Banco de Comercio

Exterior de

Colombia S.A -

BANCOLDEX

Cupo especial de

crédito asignado a la

banca financiera para

apoyar empresas de

Víctimas del

conflicto armado

Ofrecer créditos para fortalecer empresas

de las personas Víctimas del Conflicto

armado.

Fondo para el

Financiamiento del

Sector Agropecuario

FINAGRO

Fondo de reparación

para el acceso,

permanencia y

graduación en

educación superior

para la población

víctima del conflicto

armado

Ofrecer financiación para proyectos

productivos agrícolas de población

víctima o sus asociaciones o

agremiaciones.

Instituto Colombiano

de Crédito Educativo

y Estudios Técnicos

en el Exterior -

ICETEX

Fondo de reparación

para el acceso,

permanencia y

graduación en

educación superior

para la población

víctima del conflicto

armado

Ofrecer financiación para estudios

superiores en universidades nacionales y

del exterior.

Tabla 32 Entidades con atención a desplazados

Fuente: Autor

Como se puede observar el fenómeno del desplazamiento es atendido por diversas

entidades, pero al hablar de vivienda e informalidad, no se estipula ninguna entidad que

asuma este rol, por lo que se pude establecer que existe omisión del Estado ante esta

problemática, y ello no significa que no se hay identificado la problemática, sino que

prefieren hacer caso omiso a la misma, pues la inversión económica y los medios

administrativos para atacar esta dimensión de desplazamiento forzado son de cierta manera

exuberantes, y por ello quienes terminan asumiendo la posibilidad de solución son las

entidades territoriales quienes tampoco cuentan con el presupuesto para dar una solución

integral a toda la población desplazada, lo cual origina que sean permisivas con la ilegalidad

y con el incumplimiento de la planificación y ordenamiento del territorio. En general se puede

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138

decir que con la sentencia T – 025 de 2004 se han fortalecido los aspectos de atención social

y humanitaria, y que se han reforzado con la ley 1448 de 2015, pero todavía hay un aspecto

que está en el aire y es el acceso a una vivienda digna como componente del restablecimiento

de las condiciones socioeconómicas de la población en situación de desplazamiento. Es decir

para que el desplazamiento no deteriore el ordenamiento territorial debe plantearse un

programa de reubicación y legalidad de terrenos invadidos por esta población.

Page 139: EL DESPLAZAMIENTO FORZADO GENERANTE DE … · El desplazamiento forzado se ha constituido en uno de los grandes problemas que hoy ocupan al Mundo, por cuanto ha trascendido en todas

139

Conclusiones

El modelo de ordenamiento territorial en la República de Colombia por tradición desde

su época colonial y pasando a la republicana ha tenido un enfoque centralista enmarcado

desde uno descendente, que se ha ido modificando desde la década de los años 80´s y se ha

venido fortaleciendo con la Constitución Política de Colombia de 1991, donde se plantea una

estructura que permite el ordenamiento territorial desde un enfoque ascendente, el cual no ha

sido posible implementarlo en su totalidad por razones políticas y jurídicas, es decir no

existen todavía jurisprudencia vinculante que obligue a las entidades territoriales al

desarrollo de este enfoque, por lo que prevalece a un enfoque híbrido entre el modelo

ascendente y el descendente.

La normatividad y el ordenamiento territorial se desarrollaron de forma fragmentada, a

pesar que la CPC de 1991, planteaba la necesidad una ley orgánica de ordenamiento

territorial, por el contrario lo que ha existido es una legislación en diversos temas formulados

de forma independiente; situación que ha sido opuesta a los países que han implementado el

ordenamiento territorial con una ley estructural de la que se desprenden las diversas normas

que coadyuvan a su implementación. Las leyes más importante en cuanto al ordenamiento

territorial es la ley 388 de 1997 y la ley 1454 de 2011, estas dos definen las directrices para

el ordenamiento territorial.

En el fenómeno del desplazamiento forzado y su relación con el ordenamiento territorial,

no existen investigaciones que evalúen el impacto de este directamente con el ordenamiento,

lo que se han hecho es estudios relacionados con el impacto ambiental, con la situación de

variables socioeconómicas. Es de resaltar que el desplazamiento si genera grandes impactos

que deterioran el ordenamiento territorial, y esto se empieza a reflejar en Bucaramanga donde

según la última división política administrativa se encuentran 36 asentamientos en los cuales

existe presencia de desplazados, 15 de ellos son precarios, 10 semiconsolidados y 11

consolidados. Esto afecta el ordenamiento territorial desde los impactos ambientales,

socioeconómicos, urbanos y de formalización. En la parte ambiental se identifica que hay

impactos ambientales como consecuencia de ocupación del territorios por parte de estos

asentamientos, dicho impacto se clasificación en deslizamientos por remoción en masa,

Page 140: EL DESPLAZAMIENTO FORZADO GENERANTE DE … · El desplazamiento forzado se ha constituido en uno de los grandes problemas que hoy ocupan al Mundo, por cuanto ha trascendido en todas

140

deslizamientos por inundación, olores por actividad industrial, vertimientos por descarga de

aguas negras provenientes de los asentamientos, contaminación del suelo por disposición

inadecuada de residuos sólidos.

El impacto desde lo social, económico y político en el ordenamiento territorial se

convierte en la suma de diversos elementos que impiden la participación de las personas en

situación de desplazamiento en la ordenación del territorio. Es aquí donde se ve la principal

afectación a los proceso de ordenamiento territorial, pues este surge de un proceso sesgado

donde no se refleja la integralidad y la pluralidad de actores sociales, que garanticen su

integralidad y ecuanimidad. Pero todo esto se produce por diversos factores, entre ellos y el

principal el desinterés de las autoridades, ya que gran parte de ellas lo consideran una

construcción técnica, en la cual el ciudadano común no tiene conocimiento, un agravante

claro, que como se pudo observar en la caracterización del nivel educativo de la población

desplazada, en su gran mayoría no supera la básica primaria, pero lo que desconocen las

autoridades, es la memoria histórica que pueden describir fenómenos longitudinales que

aporten a la construcción eficiente del territorio.

Otro impacto desde el punto de vista político es la participación ciudadana en la

construcción del POT, en el cual la población desplazada pueden generar aportes que

permitan organizar el territorio de acuerdo a las necesidad colectivas y no de unos cuantos

particulares, si no existe participación ciudadana y representación política de los actores de

la personas en situación de desplazamiento en la formulación del POT o en las políticas de

ordenamiento territorial, convertirá el fenómeno del desplazamiento en un círculo vicioso,

porque dentro de las estructuras del POT, se describen tanto las zonas urbanizables, como

para la actividad económica, pero si no se potencia el desarrollo de capacidades humanas y

no se es consciente de las necesidades que afrontan los asentamientos en general y en especial

aquellos con personas en situación de desplazamiento, se verán ahondadas variables como la

pobreza, la disminución de necesidades básicas insatisfechas, la inseguridad por la falta de

oportunidades, el abandono del Estado.

En la dimensión urbana, el impacto al ordenamiento territorial se da en dos aspectos, los

servicios públicos domiciliarios y los equipamientos, en el primero de ellos la invasión y

creación de asentamiento urbanos, los cuales en la lógica del estado social de derecho se

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141

deben legalizar o reubicar, además considerando que Bucaramanga no posee una gran área

de expansión, por lo cual debe garantizarse que las zonas de los asentamiento precarios sean

habitables, entonces el perímetro sanitario debe ampliarse, quedando esto consignado en el

POT, ya el objetivo de este dependerá de los planes de desarrollo y de las empresa de

servicios públicos. A pesar de todo esto el POT del Municipio de Bucaramanga no toca

aspectos relacionados con otros servicios públicos, muy seguramente porque la mayoría de

los demás servicios públicos, se encuentran en poder de empresas de capital privado o mixto.

Un componente dentro del impacto urbano en el ordenamiento territorial, es la de

equipamientos, los cuales permiten el desarrollo integral de la comunidad, en primera

instancia el municipio de Bucaramanga, todavía no cuenta con un plan maestro de

equipamientos, pero si se tiene un inventario de equipamientos.

Mediante la Sentencia T-025 de 2004 la Corte Constitucional incidió directa y

positivamente en la formulación y aplicación de políticas públicas para la atención a la

población en situación de desplazamiento, pero en la actualidad todavía hay falencias en el

tema de acceso a la vivienda digna y restitución del estado socioeconómico de la población

en situación de desplazamiento.

La hipótesis de esta investigación se comprueba pues el desplazamiento forzado si afecta

directamente al ordenamiento territorial, esto se comprueba desde la conformación de

asentamientos precarios por invasión generada por población en situación de desplazamiento

que genera una violación a lo definido en ordenamiento territorial en cuanto al uso del suelo

y las zonas urbanizables; además el POT del municipio no logra su legitimidad y

cumplimiento. El desplazamiento forzado también afecta el ordenamiento territorial desde la

dimensión social, económica y política, con respecto a la población desplazada y se debe

procurar por el cumplimiento de la sentencia de la Corte T -025 de 2004, esto es se debe

garantizar el acceso a la educación y la salud; esto conlleva que desde el ordenamiento

territorial se adapten y zonifiquen los equipamiento urbanos para atender esta población, lo

cual genera que a nivel de ordenamiento territorial se tenga que modificar el plan maestro

municipal de equipamiento urbanos para garantizar que esta población pueda acceder a

servicios; En el nivel político también se observa que la construcción del plan de

ordenamiento territorial debe cambiar, pues como se evidencia en este estudio, la población

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142

desplazada casi en su totalidad no desea volver a su lugar de origen; esto conlleva a una

ciudad con nuevos actores sociales, los cuales deben ser escuchados, representados y

consultados para identificar sus necesidades; esto debe ser insumo para las actualizaciones

del plan de ordenamiento territorial. Desde el aspecto económico, la informalidad y la

desmarginalización afectan notablemente la aplicación del ordenamiento territorial de la

ciudad, así como promocionan la ilegalidad y la evasión de impuestos al fisco municipal.

Colombia es un estado vulnerable a choques políticos y conflictos internos, los cuales

generan grandes impactos económicos. Cuando ocurren fenómenos económicos negativos,

como lo acaecido en el 2008 o la de hoy día con la baja de los precios del crudo, todas las

variables macro económicas tienden a desmejorar, lo cual afecta directamente a la población

desplazada, generándose retrocesos significativos. Frente a esta problemática el Estado debe

diseñar mecanismos que eviten el retroceso de los derechos de la PSD, por ello debe recurrir

a subsidios en dinero y alimentos, mientras se establecen políticas efectivas que permitan el

restablecimiento de la sostenibilidad de las personas desplazadas, ya que a pesar de que ya

han pasado 18 años desde la ley 387 de 1997 y 11 años de la sentencia T -025 DE 2004, no

se ha encontrado la fórmulas efectivas para lograr el restablecimiento económico de la gran

mayoría de los desplazados. La PSD, no cuenta con adecuada generación de ingresos y poca

cobertura en educación, vivienda y alimentación. Hoy, solo el 6% de los desplazados recibe

a la vez subsidio de vivienda y de alimentación, y más de la tercera parte no recibe ninguno

de ellos (el 36%) (Mendoza Piñeros, 2012).

Lo anterior toca con el sistema actual de atención a desplazados, pero hay un componte

que está muy incipiente y es el de vivienda y planificación del ordenamiento territorial, de

forma que se incluya esta realidad del desplazamiento, por eso se puede establecer que las

entidades territoriales deben adoptar políticas fuertes y con componente imperativo para

logra la intervención del precio del suelo y urbanización de las periferias urbanas; así los

desplazados podrán adquirir mejores viviendas con los subsidios de vivienda actuales dentro

del marco de la legalidad y en zonas permitidas por el ordenamiento territorial del municipio.

La capacidad institucional para atender la PSD es deficiente, pues el estamento se

encuentra rebosado ante la cantidad de personas que sufren este flagelo; evidencia de esto es

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143

que en los municipios con alto índice de población desplazada se han obtenido menores

resultados en el cumplimiento del derecho de sostenibilidad.

Este estudio demostró que se requiere de manera imperativa una política que permita la

descentralización de recursos para que sean destinados a la atención de la población

desplazada en aspectos como generación de ingresos, construcción de vivienda, dando

prioridad a aquellos municipios donde hay mayor presencia de desplazados. Si no se da la

formulación de estas políticas, el desplazamiento en las grandes cabeceras será más

frecuente, generando una ampliación vertiginosa de los nichos de miseria en las grandes

urbes, que es donde generalmente llega este tipo de población, contando dentro de ellas a

Bucaramanga, ya que como se ha demostrado hasta el actual momento de discusión

investigativa, ha sido ciudad notablemente afectada en su ordenamiento territorial por el

crecimiento acelerado de asentamientos precarios de la población desplazada.

Las políticas de reparación integral deben contar con otros actores que han sufrido

efectos colaterales, pues la Republica de Colombia tiene número significativo de pobres

históricos no desplazados, quienes también estás muy lejos del goce pleno de sus derechos

fundamentales. Al pretender entonces dar atención integral solo a una población que creemos

con mayores desdichas, se prioriza un grupo de personas, y entonces la política de reparación

enfrenta un dilema moral y hasta jurídico por el derecho a la igualdad, esto es posible que

genere tensiones sociales, sublevaciones para reclamar la igualdad de estos derechos. Como

se evidencia la falta de políticas efectivas y de carácter constante, los subsidio y los diferentes

programas de estabilización, pueden generar que la población histórica pobre se haga pasar

por desplazados, como en efecto ha acontecido.

Por último el estado debe formular políticas que generen desarrollo a todos los

ciudadanos, especialmente a los desplazados y a los pobres históricos. El Estado no debe

permitir la perpetuación de la pobreza.

El desarrollo de esta investigación ha demostrado que el Desplazamiento forzado que

genera asentamientos territoriales en la Ciudad de Bucaramanga, enervan la posibilidad de

un ordenamiento territorial sostenible.

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144

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