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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JÓSE ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIA Y TRABAJO DE GRADO
El ABUSO DEL PODER POLICIAL,COMO FACTOR ATENTATORIO DE LOS DERECHOS HUMANOS
INSTITUCIÓN: Escritorio Jurídico VARGAS & ASOCIADOS
AUTOR:D´ANGELO, A.DANIEL E. C.I: V -20.384.201
SAN DIEGO, SEPTIEMBRE 2014
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JÓSE ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIA Y TRABAJO DE GRADO
El ABUSO DEL PODER POLICIAL,COMO FACTOR ATENTATORIO DE LOS DERECHOS HUMANOS
CONSTANCIA DE ACEPTACION
______________________________________________ Tutora Académico: Dra. HEGEL HERNANDEZ ______________________________________________ Tutora Institucional: Dra. MARITZA ACOSTA ______________________________________________ Tutora Metodológica:: Dra. CARMEN YOLANDA RODRIGUEZ
AUTOR:D´ANGELO, A. DANIEL ENRIQUE C.I: V -20.384.201
SAN DIEGO, SEPTIEMBRE 2014
AGRADECIMIENTOS
A mi Tutora Institucional por su grandiosa colaboración y asesoría en la
realización del presente Informe de Pasantías.
A mí Tutora Académica por sus recomendaciones, su receptividad y por dar
siempre un consejo sabio cuando necesite de él durante la realización del informe y
por ser profesor en esta prestigiosa Universidad.
Ala Tutora Metodológica, por sus clases de metodología impartidas a nosotros
sus alumnos.
A quienes fueron mis profesores en la Universidad José Antonio Páez, por sus
enseñanzas a lo largo de mi carrera.
DEDICATORIA
Dedico este Informe de Pasantía:
A Dios primeramente por brindarme la oportunidad y la dicha de vida,
protegerme y guiarme cada día de mi existencia, llenándome de fuerzas, valor y fe
para continuar siempre mis metas.
A mi madre, por demostrarme siempre su amor, apoyo, comprensión y
motivación en cada paso que doy, en darme mil consejos para que tenga plena fe en
que todo se puede lograr, luchando a mi lado, sus sabias palabras nunca las olvido
porque son la guía perfecta para que un hijo se sienta orgulloso y digno de recibirlas.
INDICE
Pág.
CONSTANCIA DE ACEPTACION………… .…………………………….iii
AGRADECIMIENTO……………………………………………………… iv
DEDICATORIA…………………………………………………………… v
INDICE GENERAL……… …………………………………………… .vi
RESUMEN INFORMATIVO… ………………………………………... ix
INTRODUCCION……………………………………………………….. 1
CAPITULO I LA INSTITUCION
1.1. Identificación………………………………………………. 3
1.2. Ubicación………………………………………………….. 3
1.3. Descripción…………………………………………………. 3
1.4. Objetivos…………………………………………………… 4
1.5. Misión……………………………………………………….. 4
1.6. Visión……………………………………………………….. 5
1.7. Valores………………………………………………………. 5
1.8. Actividades realizadas durante la Pasantía………………….. 5
CAPITULO II EL PROBLEMA
2.1. Planteamiento del Problema………………………………….. 7
2.2. Formulación del Problema…………………………………… 8
2.3. Objetivos de la Investigación……………………………….. 9
2.3.1. Objetivo General…………………………………… 9
2.3.2. Objetivos Específicos………………………………. 9
2.4.Justificación y Alcance………………………………………. 9
2.5. Limitaciones de Estudio……………………………………. 11
CAPITULO III MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
3.1. Antecedentes…………………………………………………. 12
3.2. Bases Teóricas…………..…………………………………….. 17
3.3. Bases Legales….……………………………………………... 31
3.4. Definición de Términos Básicos……………………………. 50
CAPITULO IV MARCO METODOLOGICO
4.1. Tipo de Investigación……………………………………….. 51
4.2. Métodos, Técnicas e Instrumentos…….…………………….. 52
4.3. Fases Metodológicas…………………………………………..53
CAPITULO V RESULTADOS CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1. Resultados……………………………………………………... 39
5.2. Conclusiones………………………………………………… 40
5.3 Recomendaciones……………………………………………. 40
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
ANEXOS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO
El ABUSO DEL PODER POLICIAL,COMO FACTOR ATENTATORIO DE LOS DERECHOS HUMANOS
AUTOR: D´ANGELO, A. DANIEL, E. C.I: V -20.384.201
RESUMEN INFORMATIVO
El presente trabajo de investigación lleva portítulo:Abuso del Poder Policial , como
factor atentatorio de los Derechos Humanos ”el tema a desarrollar tiene como
objetivo fundamental:Analizar el Abuso del Poder Policial,como factor atentatorio
de los Derechos Humanos.El trabajo investigativo se fundamenta en3 objetivos
específicos:1,- Diagnosticar la situación actual sobreel Abuso del Poder
Policia,como factor atentatorio de los Derechos Humanos2.- Verificar la Normativa
Legal sobreel Abuso del Poder Policial,como factor atentatorio de los Derechos
Humanos3. Diseñar un material informativo sobreel Abuso del Poder Policial,como
factor atentatorio de los Derechos Humanos. La investigación es de tipo documental
descriptiva y está estructurada en cinco (5) capítulos para su mejor análisis y
comprensión donde se presenta una descripción de la institución, el problema a
investigar, el marco conceptual referencial, las fases metodológicas, hasta los
resultados, conclusiones y recomendaciones y finalmente las referencias
bibliográficas
Descriptores:ABUSO DEL PODER POLICIAL,FACTOR ATENTA TORIO DERECHOS HUMANOS
INTRODUCCIÓN
El respeto de los funcionarios policiales a los Derechos Humanos es una obligación
esencial en el Estado de derecho. El Analisis del Abuso del Poder Policial en los
Derechos Humanos se desarrolla en países de todo el mundo. Siendo un tema
interesante por los presupuestos que contiene su configuración, como por la variedad
infinita de posibilidades para desarrollar los temas específicos del Abuso del Poder
Policial en los Derechos Humanos aplicados a cada situación de la vida diaria.
Ei abuso policial como fenómeno delictivo en el país durante los últimos años ha
convertido a. La policía de una instancia de control social formal, a una institución
violadora de los derechos humanos dotada de poder coactivo inmediato, que se
encarga primordialmente de restringir y prevenir conductas jurídicamente
inaceptables, no está reservada para la policía el “castigo” aunque algunos
funcionarios lo entienden entre sus funciones.
Se encuentra que ningún cuerpo policial o militar venezolano ha quedado exento de
cometer graves violaciones a los derechos humanos, lo cual habla claramente del
carácter represivo de nuestros funcionarios policiales, de la insuficiente pobre
formación recibida en materia de derechos humanos y de la poca importancia
asignada a las labores de prevención e inteligencia
Se hace necesario orientar a las instituciones del Estado, sobre el analisis del
Abuso del Poder Policial en los Derechos Humano en cuanto al conocimiento de las
leyes que protegena los ciudadanos, con el fin de evitar que se sigan cometiendo
abusos por parte de funcionarios policiales, que en ciertos casos llega hasta la muerte,
violando de esta forma el derecho más sagrado como es la vida.
Este informe de pasantia es una investigación documental descriptiva y se encuentra
estructurado en Cinco (05) Capitulos del siguiente modo: El Capítulo I, se refiere a
la Institución donde se realizó la pasantía, El Capítulo II comprende lo pertinente al
problema, planteamiento del mismo, objetivo general y objetivos específicos,
justificación y alcance, así mismo las limitaciones del estudio.
El Capítulo III, representa el marco referencial conceptual que muestra los
antecedentes de la investigación, las bases teóricas, las bases legales en que se funda
la investigación y contiene además la conceptualización y definición los términos
básicos relacionados con el tema de investigación. El Capítulo IV, lo forman las fases
metodológicas, el contenido de las fases metodológicas, el tipo y diseño de la
investigación, una síntesis completa de todas las fases de la investigación, los medios
a través del cual se logró llevar a cabo las pasantías efectuadas.
El Capítulo V se refiere a los Resultados, Conclusiones y Recomendaciones, las
cuales conllevan al proceso de la información obtenida mediante la búsqueda y el
proceso del análisis para presentar los resultados estudiados durante la investigación
realizada que conllevan a la presentación del informe de pasantías y finalmente las
referencias bibliográficas que sustentan las consultas de textos revisados sobre el
tema estudiado
CAPITULO I
LAINSTUCION
1 DENOMINACION:
ESCRITORIO JURIDICO VARGAS & ASOCIADOS
2 UBICACION
Avenida Bolivar Norte. Sector la Alegria, Torre Principal, Piso 4, Oficina 4-A.
Teléfono +58 041 8242130 / 8244353 Fax 0241 8244609. Valencia, Carabobo.
3 DESCRIPCION.
Vargas & Asociados, somos un Despacho de Abogados con mas de treinta años al
servicio de nuestra colectividad, orientado hacia el Derecho Civil, Arrendaticio,
Laboral, Mercantil y de Proteccion al Niño y Adolescentes, se distingue por la
metodologia, el profesionalismo, valores humanos y juridicos.
4 MISION
Proveer servicios legales integrales de alta calidad y eficiencia , con un excelente
equipo humano.
5 VISION
Ser reconocidos por nuestra calidad de servicios, capacidad de respuesta ymantener
el más alto nivel de ética profesional y ciudadana con un profundo compromiso de
responsabilidad social
.6 ORGANIGRAMA
ABOGADO
JEFE
1.5 Misión
7VALORES
Respeto al Cliente. Honestidad.
Equidad Decoro.
Lealtad Vocación de Servicio.
Disciplina.Puntualidad.
Transparencia. Eficacia
8 ACTIVIDADES REALIZADAS DURANTE LA PASANTIAS
Brindar orientación y asesorías legales a los clientes
Visitar los Tribunales para conocer el status de los expedientes llevados por el escritorio
Ofrecer un excelente servicio de información al público en general
Realizar Actividades de oficina tales como; Redactar documentos Legales y Archivar Expedientes y correspondencia en general
CAPITULO II
ABOGADO
AREA CIVIL
ABOGADO AREA ADMINISTRATIVA
ABOGADO AREA MERCANTIL
SECRETARIA
EL PROBLEMA
Planteamiento del Problema.
El Analisis del Abuso del Poder Policial en los Derechos Humanos se
desarrolla en países de todo el mundo. Siendo un tema interesante por los
presupuestos que contiene su configuración, como por la variedad infinita de
posibilidades para desarrollar los temas específicos del Abuso del Poder Policial en
los Derechos Humanos aplicados a cada situación de la vida diaria.
En nuestro País,elanalisis del Abuso del Poder Policial,como factor atentatorio de
los Derechos Humanosestablecidos en la Normativa Legal Vigente, se convierte en
un tema para el informe de pasantias importante para los estudiantes de la carrera de
Derecho y de los profesionales.
Venezuela que actualmente se encuentra en plena crisis política, económica,
Jurídico-social, moral y cultural a lo largo de sus más de doscientos años de vida
Republicana, cuyo estado de derecho constituido data de la misma existencia. Pero
también es cierto que, nuestro estado de derecho ya no responde a las necesidades
sociales, políticas, económicas y culturales del momento, por lo tanto, ya no se trata,
tan solo de un problema de derecho, es un tema que involucra a la sociedad en su
conjunto y que el verdadero conflicto apunta a una relación al parecer incompatible o
discutida entre derecho y modernidad.
Sin embargo, nuestros estudiosos de la ciencia jurídica, como siempre ya vienen
queriendo matizar nuestro estado de derecho “Globalizándolo” con sistemas jurídicos
foráneos, que sin embargo en ciertos casos no tienen la posibilidad de adaptación y
aplicabilidad en nuestra cultura e idiosincrasia jurídica, por lo que se convierten en
problemas o situaciones complejas, más que ser una solución a la situación existente,
lo que conlleva a parafrasear un refrán cultural que resulta peor la medicina que la
enfermedad.
Formulación del Problema.
Al analizar el problema presentado, se procederá a plantear la siguiente
interrogante:¿Cuál es la situación actual sobreel Abuso del Poder Policia como
factor atentatorio de los Derechos Humanos
Objetivo General.
Analizar el Abuso del Poder Policialcomo factor atentatorio de los Derechos
Humanos
Objetivos Específicos.
1,- Diagnosticar la situación actual sobreel Abuso del Poder Policial, como factor
atentatorio de los Derechos Humanos
2.- Verificar la Normativa Legal sobreel Abuso del Poder Policial,como factor
atentatorio de los Derechos Humanos
3. Diseñar un material informativo sobreel Abuso del Poder Policial,como factor
atentatorio de los Derechos Humanos
Justificación.
En los últimos años, se han venido implementando una serie de aspectos legales sobre
el Analisis del Abuso del Poder Policial en los Derechos Humanos, situación que
obliga a su estudio y conocimiento. Así mismo, este trabajo servirá de referencia a
futuras investigaciones, como base, en cuanto a la aplicación del Ordenamiento
Jurídico Venezolano, Este proyecto se realizará a nivel jurídico, siguiendo una línea
de investigación teórica, donde se analizará la situación a objeto de estudio que afecta
a la sociedad en general.
Se busca orientar a las instituciones sobre el analisis del Abuso del Poder Policial en
los Derechos Humano en cuanto al conocimiento de las leyes que protegena los
ciudadanos, El presente informe beneficia al autor por la puesta en practica de los
conocimientos, adquiridos durante la formación académica, a futuros pasantes por el
material de consulta que se aporta a las instituciones involucradas en el proceso y
también beneficiará a todos los usuarios que acuden ante, los organismos
competentes en búsqueda de información sobre el tema desarrollado .
Limitaciones
Dentro de este orden de ideas la limitante de mayor peso es el tiempo estipulado para
la revisión bibliográfica y recaudar toda la información y su respectivo análisis para
la presentación de los datos y de esta forma presentar los resultados, las conclusiones
y las recomendaciones respectivas. De igual forma la falta de bibliografía para
consulta de la población estudiantil que necesitan de una orientación profesional y
ética para la realización del informe de pasantías como requisito parcial para obtener
el título de Abogado.
CAPITULO II
MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
ANTECEDENTES
Se trata de un proceso mediante el cual se realizara un análisis de la situación
presentada, para luego exponer las teorías y antecedentes que se relacionen con el
estudio propuesto, a través de, una revisión bibliográfica, trabajos de investigación y
leyes que sustenten el tema a indagar. La línea de investigación será documental
descriptiva estructurada de la siguiente manera: a) antecedentes de la investigación;
b) bases teóricas; c) bases legales d) definición de términos básicos
Eliécer Jiménez,(2014)Denuncia mediante artículo de los derechos Humanos en el
Periódico El Carabobeño Titulado:Violado derechos humanos de tres estudiantes
detenidos en La Isabelica
El abogado colaborador del Foro Penal Venezolano en Carabobo, Eliécer Jiménez,
denunció la violación de derechos humanos y presunta brutal agresión de
funcionarios de la Policía Bolivariana de Carabobo contra los tres estudiantes
detenidos el pasado 4 de agosto, en La Isabelica, en Valencia, durante protestas en
rechazo a las medidas económicas adoptadas por el Gobierno nacional.
Eliécer Jiménez, en rueda de prensa, acompañado por Marvinia Jiménez, Rosa
Orozco y Petra Rodríguez de Decca, quienes también exigen justicia por otros casos
de abuso por parte de las autoridades, condenó el presunto abuso de los efectivos al
momento de aprehender a la joven de 20 años Solangel Alejandra Rodríguez; así
como la supuesta golpiza propinada a Juan Carlos Esquera (22) y a Julver José Pulido
Godoy (21), quienes permanecen privados de libertad en el Comando Policial Zona 6
de La Isabelica. Jiménez dijo además que Rodríguez padece de diabetes y Esquera de
leucemia. “Estamos hablando de estudiantes venezolanos, del futuro de este país, por
lo que vamos a seguir ejerciendo, siempre en el marco de las leyes, todos los recursos
necesarios para que salgan en libertad. No solo porque están en su derecho, sino
porque son inocentes”, aseguró el defensor penal. Orozco, madre de la joven Geraldín
Moreno, fallecida en febrero durante una protesta, instó al gobernador Francisco
Ameliach a respetar a la mujer carabobeña y exigió el cese a la persecución y
vulneración de los derechos humanos, tras afirmar que tanto la Guardia Nacional
Bolivariana como la Policarabobo siguen agrediendo a jóvenes, amas de casa y
ciudadanos en su justo derecho a manifestar libremente.
SegúnLugo Delmoral, Leisy Carolina (2007) Presento su tesis para optar al título de
Abogado en la Universidad del Zulia titulado: Consideraciones acerca del
AbusoPolicial como fenómeno delictivo en elmunicipio Maracaibo del estado
Zuliadurante el año 2007 y cuyo resumen es el siguiente:Este trabajo tiene como
objetivo principal demostrar la presenciade abuso policial como fenómeno delictivo
en el Municipio Maracaibodel Estado Zulia durante el año 2007. Siendo la policía
una instancia de control social formal, dotado de poder coactivo inmediato,que se
encarga primordialmente de restringir y prevenir conductas jurídicamente
inaceptables, no está reservada para la policía el “castigo” aunque algunos
funcionarios lo entienden entre sus funciones. Encontramos que ningún cuerpo
policial o militar venezolano ha quedado exento de cometer graves violaciones a los
derechos humanos, lo cual nos habla claramente del carácter represivo de nuestros
funcionarios policiales, de la insuficiente pobre formación recibida en materia de
derechos humanos y de la poca importancia asignada a las labores de prevención e
inteligencia La gravedad de la situación por la que actualmente atraviesa Venezuela y
en este caso el municipio Maracaibo, requiere una respuesta de todos los sectores de
la sociedad partiendo del Estado venezolano, quien es responsable ante estos hechos.
El tipo de investigación es descriptivo con diseño documental, donde se utilizó como
técnica de recolección el método de análisis documental. El trabajo concluye con
algunas recomendaciones paraerradicar, en la medida de lo posible, este fenómeno
delictivo presenten nuestras instituciones policiales.
Palabras clave: Abuso, Policía, Castigo, Derechos Humanos, Fenómeno, Maracaibo, Responsabilidad del Estado. BASES TEÓRICAS
Ciudadanía vs. Policía
Según Sales (1985) el concepto de policía dentro de la actual doctrina del derecho
constitucional y administrativo “es el poder que tiene el Estado para intervenir en
todos los órdenes de la vida social con el fin de desarrollar de la mejor manera sus
funciones de orden y tutelaje; es el poder manifestado en normas o acciones que
tienden a promover, mantener y asegurar el orden público y garantizar eficazmente el
bienestar, prosperidad y felicidad de la comunidad social.”
En los últimos años, en correspondencia con la tendencia en otros países
iberoamericanos, la función legal atribuida a la policía se desplaza de la vieja noción
de “orden público”, que enfatizaría la preservación y defensadel orden legal y las
instituciones, hacia el concepto de “seguridad ciudadana”, de contenido más
progresista, que supone la protección de los ciudadanos y del libre ejercicio de sus
derechos, Sin embargo, tal como señala Borrego en su inventario normativo, esta
mutación no se verifica en las legislaciones locales (leyes estadales y ordenanzas),
que siguen sosteniendola centralidad de la preservación del orden público como
función de la actividad policial, y su asociación con una mayor intensidad y extensión
del control hacia materias y comportamientos no tipificados como delitos o
infracciones. De tal manera que la persistencia de normativas en clara contradicción
con el marco constitucional tiene implicaciones más allá de lo conceptual, pues
implican ámbitos de intervención y medidas (arrestos, sanciones administrativas) que
restringen las libertades y derechos de los ciudadanos.
Ante todo esto, la relación actual entre la policía y los ciudadanos podría ser
caracterizada como una convivencia incomoda. Según Gabaldon y Birkbeck en una
investigación indicó percepciones concurrentes de insatisfacción frente a la
protección gubernamental, y de atribución a la policía de la función del
mantenimiento de la seguridad personal. Esta insatisfacción o desconfianza pareciera
estar justificada en que los patrones de relación entre losciudadanos y la policía, que
se expresan en las demandas ciudadanas, las situaciones que activan la intervención
policial, los tipos de interacción entre ciudadanos y policías, así como las
expectativas recíprocas y juicios que cada uno de los actores hace sobre el otro,
modulan tanto la actuación policial como las respuestas ciudadanas frente a ésta.
Según la bibliografía sobre la policía venezolana, los ciudadanos no acuden a la
policía sino cuando se trata de hechos graves que ocurren en el espacio público,
siendo factores como el tipo de delito (el robo, hurto y lesiones y otros hechos que
lesionan en forma directa a la víctima) y la relación con el victimario influyentes en la
probabilidad de acudir a la policía. Igualmente, el estatus socio-económico pesa en la
decisión de invocar a la policía: los ciudadanos de clase baja tienden a demandar la
actuación policialcon mayor frecuencia que los de estatus alto.
Detenciones en Manifestaciones VS. Violación del Derecho Constitucional a
Manifestar
Ahora bien, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
contempla en su artículo 68 que los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a
manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la
ley.
De forma más específica se puede decir que son las personas quienes deciden
manifestar y las que comunican a la autoridad gubernativa competente su intención
de hacerlo por las razones que crean más oportunas, y en consecuencia, comunicar es
avisar a fin de que la autoridad verifique los efectos que el ejercicio de este derecho
pueda tener sobre los intereses generales y particulares, al objeto de velar por las
libertades de la colectividad.
Es importante destacar, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala
Constitucional en la célebre sentencia 59/1990, FJ 5°, “el derecho de manifestaciónes
un derecho fundamental de eficacia inmediata y directa”. Además, este derecho
también es reconocido en el plano internacional en los tratados ratificados por la
República en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención
Americana de Derechos Humanos en su artículo 21, donde establece el
reconocimiento del derecho de reunión pacífica, y agrega que el ejercicio de tal
derecho sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean
necesarias en una sociedad democrática,
En interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden
público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los
demás. Por su parte, la Convención Americana establece en el artículo 15 el
reconocimiento del derecho de reunión pacífica y sin armas, y en términos similares a
los del Pacto, establece que el ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las
restricciones previstas por la ley, que sean necesarias en una sociedad democrática, en
interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger
la salud o la moral públicas o los derechos o libertades de los demás.
Durante el período de octubre 2006-septiembre 2007, se registró un total de
106 denuncias sobre violaciones al derecho a la libertad personal.El total de
denuncias evidenció un saldo de 1.506 víctimas, que en relación
Derechos Humanos y Función Policial
(16-Sep-2011) El diagnóstico realizado por la Conarepol en 2006 permitió
confirmar que los venezolanos y venezolanas, sobre todo de sectores populares,
sufrían desde hace por lo menos tres décadas, una relación inversamente proporcional
entre el ejercicio de la función policial y el respeto a los derechos humanos El
diagnóstico realizado por la Conarepol en 2006 permitió confirmar que los
venezolanos y venezolanas, sobre todo de sectores populares, sufrían desde hace por
lo menos tres décadas, una relación inversamente proporcional entre el ejercicio de la
función policial y el respeto a los derechos humanos. Para intentar transformar esta
realidad, se planteó la necesidad de construir un nuevo modelo que conceptualice a la
policía como una institución pública al servicio de la ciudadanía, dirigida a proteger
el libre ejercicio de los derechos de todas las personas, sin discriminación alguna.A
partir de allí, este anhelo colectivo se ha venido materializando con la aprobación de
diversos instrumentos que nos permiten, por primera vez en nuestra historia, disponer
de una política pública en esta importante materia, cuyos logros iniciales se concretan
con la creación de la Policía Nacional Bolivariana y la Universidad de la Seguridad.
Este nuevo modelo policial, de carácter civil y profesional,
predominantemente preventivo y basado en el respeto absoluto de los derechos
humanos, se encuentra ya en plena ejecución.Corresponde ahora a nuestro pueblo
compenetrarse con este proceso y ser implacables en su seguimiento y control. Por
nuestra parte, como Institución Nacional de Derechos Humanos, tenemos también un
importante rol que desempeñar para la efectiva aplicación de este modelo. No sólo
investigando los casos de abuso policial, sino también incentivando la participación
comunitaria en el control externo del desempeño policial, vigilando la estricta
aplicación de los estándares definidos por el órgano rector e incluso velando por el
respeto de los derechos de los funcionarios y funcionarias policiales.Cada uno de
nuestros servidores y servidoras públicas está consciente del papel que nos toca
desarrollar. Así quedó evidenciado en el primer seminario sobre "El Rol de la
Defensoría del Pueblo en la Aplicación del Nuevo Modelo Policial" que exitosamente
realizamos la semana pasada, conjuntamente con el Consejo General de Policía. Las
conclusiones de esta actividad nos dan valiosos insumos para continuar
profundizando nuestra actuación en procura de consolidar el nuevo modelo policial
propio del Estado Social de Derecho y de Justicia que consagra la
ConstituciónRepública Bolivariana de Venezuela.
La violación de los derechos humanos en Venezuela: ¿ficción o realidad?
Múltiples y variadas son las denuncias de violación de los derechos humanos que a
diario publica la prensa nacional, impresa, radial y televisiva. Es claro y notorio que
es la IMPUNIDAD uno de los caldos de cultivo de la escalada de violencia vivida en
los últimos 20 años, aunque es justo reconocer que en los últimos meses se observa
un evidente descenso. Por lo mismo, no podemos creer que el ministro El Aissami, a
quien se acusa de guardar silencio sobre lo ocurrido, no esté interesado en dilucidar
todos estos crímenes, al igual que el comisario Wilmer Flores Trosel, director de la
policía científica.
Según Pablo Hernández Parra, revolucionario de siempre y perseguido por cuerpos
de inteligencia policial de todos los gobiernos desde Pérez Jiménez hasta la fecha,
recibí una comunicación que ha procurado plenamente mi atención: tiene que ver con
la violación de los derechos humanos por parte de los cuerpos policiales.
En efecto, el pasado 31 de mayo de 2011, llegó por correo electrónico una nota
informativa suscrita por la reportera Ronna Risques y los reporteros Erick S. Mayora
y Thabata Molina, con una leyenda de encabezamiento: Cicpc encabeza estadísticas
de violencia. Ante un grupo de 33 maestrantes de mi cátedra en LUZ discutiremos
este tema, aunque la misma no tiene entre sus objetivos el tratar esta temática. Pero,
¿a quién no ha de interesarle el tema de la VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS?
Más de 50 organismos de seguridad están denunciados por abuso de poder. Todavía
no hay sanciones por muerte de tres detenidos en los calabozos de la División de
Aprehensión. En el caso del video en que se observa a funcionarios de Polichacao
golpeando a detenidos en los calabozos de ese organismo, las instituciones del Estado
venezolano respondieron rápidamente. En menos de una semana 11 policías fueron
suspendidos y posteriormente imputados por lesiones.
La reacción no ha sido igual con el asesinato de tres hombres detenidos en la División
de Aprehensión del Cicpc la semana pasada. Las víctimas fueron torturadas y
golpeadas, presuntamente por funcionarios de este cuerpo policial a los que "se les
pasó la mano", según se comenta en los pasillos de la institución.
Tampoco el Estado ha actuado con contundencia en los casos de más de 50 cuerpos
de seguridad que también han sido denunciados por la misma causa: violación de
derechos humanos. En los últimos tres años, la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz
ha registrado un total de 191 denuncias de abusos cometidos por funcionarios
policiales y militares. Entre los organismos más denunciados están el Cuerpo de
Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, con 55 casos; Policía
Metropolita, con 19; Policía de Paz Castillo (Valles del Tuy), con 18; Policía del
Estado Lara, con 14; Policía de Tomás Lander (Valles del Tuy), con 12, y Guardia
Nacional y Policaracas, con 11 casos cada una.
La lista incluye un total de 28 cuerpos de seguridad. La mayoría de los registrados
por la Red de Apoyo también están señalados en el último informe de Provea como
instituciones en las que existen funcionarios involucrados en irregularidades.
A pesar de esto, se desconoce si en esos organismos de seguridad se está ejecutando
una investigación o se implementó la asistencia técnica por denuncias de abusos
policiales, como se hizo con Polichacao. El único cuerpo intervenido por el despacho
de Relaciones Interiores en los últimos tres años es Polilara, luego de las masacres de
Chabasquén y Sanare, ocurridas en 2008. Se trata de casos de violación del derecho a
la vida: ejecuciones, uso indiscriminado o excesivo de la fuerza, tortura o tratos
crueles; además de violación de la libertad personal, la seguridad personal (amenazas)
y la inviolabilidad del hogar.
Discrecionalidad Ministerial.
El martes 3 de mayo fue presentado en la Asamblea Nacional un video como prueba
de las agresiones cometidas por un grupo de funcionarios de la Policía de Chacao
contra varias personas detenidas en el área de calabozos del cuerpo policial. En
menos de una semana se solicitó el video a la AN, se consignó el material audiovisual
ante el Ministerio Público, el Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia ordenó en
Gaceta Oficial una medida de asistencia técnica para la investigación, además se llevó
a cabo la primera visita de la comisión al cuerpo policial y se suspendió a 22
funcionarios involucrados en el caso.
La semana siguiente, el ministro Tareck el Aissami dio a conocer la destitución de 10
funcionarios de Polichacao por habérseles comprobado violación de derechos
humanos, días después fueron citados como imputados y el martes 24 de mayo se
formalizó la imputación de 9 funcionarios y 2 ex agentes por lesiones.
Sin embargo, en el caso de los tres fallecidos en los calabozos de la División de
Aprehensión del Cicpc la única sanción que se conocía hasta ayer fue el traslado del
jefe de esa dependencia, comisario Rafael Caicedo, a los Valles del Tuy, y de otro
grupo de funcionarios a las delegaciones del interior del país. No ha habido
destituciones, suspensiones y mucho menos imputaciones. El ministro El Aissami ha
guardado silencio sobre lo ocurrido, pese a que el Cicpc está adscrito a su despacho.
Tampoco se conoce la versión del comisario Wilmer Flores Trosel, director de la
policía científica.
Las estadísticas de la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz y Cofavic ubican a la
policía judicial a la cabeza de los organismos de seguridad con más denuncias por
violaciones de derechos humanos. En los últimos tres años acumulan 55 reportes de
casos conocidos. El diciembre pasado, Provea solicitó la intervención de la policía
científica fundamentada en esas estadísticas. A comienzos de este año, la Red de
Apoyo cuestionó el operativo Madrugonazo.
Otra víctima de PoliAragua
El 28 de mayo en la noche fue asesinado Juan José Barrios, de 28 años de edad, el
séptimo miembro de esta familia que es presuntamente ajusticiado por agentes de la
policía de Aragua en 13 años. El cuerpo de la víctima fue hallado por sus hermanos el
domingo 29 de mayo en un charco, en las adyacencias del sector Las Casitas del
pueblo de Guanayén, en Aragua. Barrios había acudido al ambulatorio para
acompañar a su esposa, regresó a su casa y cuando fue a buscarla fue presuntamente
interceptado por hombres vestidos de negro que le dispararon, el sábado a las 8:30
pm.
Sobre esta nueva víctima también había medidas de protección otorgadas por la Corte
Interamericana de los Derechos Humanos, donde fue denunciado el caso de acoso que
han sufrido desde 1998 cuando mataron a Benito Barrios, de 28 años de edad, en la
jurisdicción de Barbacoa en el sur de la entidad, el cual ha sido denunciado en
reiteradas oportunidades por la Comisión de Derechos Humanos de Justicia y Paz del
estado Aragua. En 2003 mataron a Narciso Barrios, de 22 años de edad, en
circunstancias similares y, en este suceso, también fueron señalados supuestos
funcionarios de Poliaragua como los responsables del crimen.
En agosto de 2004, la víctima fue Luis Barrios, de 24 años de edad, y en enero de
2005, Rigoberto Barrios, de 15 años de edad. Posteriormente las investigaciones
determinaron que en todos estos crímenes estaban implicados agentes de la policía
estadal de las comisarías de Guanayén y de Barbacoa; sin embargo, hasta los
momentos no se conoce que dentro de ese cuerpo de seguridad se hayan impuesto
sanciones contra los involucrados en las muertes de los miembros de la familia
Barrios, a pesar de las medidas dictadas por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos. Barrios, a pesar de las medidas dictadas por la Corte Interamericana de
Derechos Humanos.
BASES LEGALES
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Código Orgánico Procesal Penal
Código Orgánico Penal
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS.
Conniventes: Participación de una o más personas en una acción delictiva.//
Complicidad en la ejecución de una acción que daña a un tercero.
Contencioso: El juicio seguido ante un juez competente sobre derechos o cosas que
disputan entre sí varias partes contrarias./ Jurisdicción de los tribunales que deben
decidir contradictoriamente, en contraposición a los juicios de carácter administrativo
y a los actos de la jurisdicción voluntaria.
Controvertidos: Dicho de todo aquello que es objeto de una discusión y que genera
el espacio para la presentación de opiniones e ideas contrapuestas.
Facultativas: Capacidad o aptitud física o moral. Derecho subjetivo, poder, potestad.
Patrimoniales: Perteneciente al patrimonio. Perteneciente a alguien por razón de sus
padres, patria o antecesores.
Presunción: Sospecha que se tiene y que aún no ha sido probada. Conjetura.
Decisión legal.
Punibles: Merecedor de castigo. Penado en la Ley.
Titularidad: Cualidad o condición de aquel que es titular de algo, que legítimamente
está ligado a un cargo, derecho o deber, para su desarrollo, ejercicio y cumplimiento.
Propiedad de algo que es reconocida por la Ley
CAPITULO III
MARCO METODOLÓGICO
Tipo de Investigación.
Según a Nava (2004), la presente investigación se inscribe en los términos de un
estudio de segundo nivel, específicamente de características descriptivas. Para la
autora, la investigación descriptiva ocupa un segundo escalafón dentro de los estudios
científicos, puesto que: El objetivo principal es señalar en forma rigurosa y
sistemática las características, funciones, frecuencia, relaciones de asociación de
determinado fenómeno o hecho, a nivel interno o externo, por cuanto comprende,
además de la descripción señalada, el registro, análisis e interpretación de la
naturaleza actual y composición o procesos, relaciones internas y externas de los
hechos o fenómenos objeto de estudio.
Dentro de tal contexto, la investigación documental es aquella que se fundamenta en
la obtención de las informaciones necesarias a la sustentación de los supuestos
teóricos y objeto de estudio, por intermedio de fuentes documentales; es decir, de
formas escritas de comunicación del conocimiento. La manifestación escrita de los
contenidos que sirven para el análisis, estudio y verificaciones que la investigación
pretende, se patentiza de manera muy particular en la investigación jurídica; que
encuentra en la ley, doctrina y jurisprudencia, una pacífica explanación de las ideas
por medio del lenguaje escrito. Es por su carácter jurídico (en virtud de las fuentes
que servirán a la recolección de la información), que el presente estudio es de tipo
documental.
Autores como Chávez (2000), describen los estudios documentales como aquellos
“que se realizan sobre la base de documentos o revisión bibliográfica”. Según Sabino
(2000), las investigaciones documentales posibilitan al investigador cubrir una amplia
gama de fenómenos, ya que no sólo se basan en los hechos a los cuales el mismo
tiene acceso sino que pueden extenderse para abarcar una experiencia inmensamente
mayor que le proporcionan, todos aquellos que han tenido intervención en el
problema o contacto con el mismo y han plasmado en textos sus análisis o
experiencias.
En igual orden de ideas, Chávez (2000), analiza el modo como el estudio documental
se encuentra hermanado con la naturaleza “cualitativa” de las investigaciones, pues el
razonamiento sobre el que versa en nada respecta a lo numérico; sino por el contrario
a hechos y fenómenos generales de tipo social que imponen más bien un examen
mesurado sobre todos los agentes intervinientes en el mismo.
En este mismo orden, y para definir la tipología de la que se reviste la investigación
en desarrollo, es preciso señalar como el carácter documental se relaciona al
descriptivo, siendo ésta una indagación de tipo documental y descriptiva.
El último de estos caracteres viene dado por las expectativas de la investigación
descriptiva, sobre la observación del comportamiento de los fenómenos que son
objeto de estudio desde una óptica objetiva y exhaustiva; a partir de la cual procura
Desentrañar sus manifestaciones e implicaciones, es decir, su ser característico.
Según Finol y Nava (1996), la investigación documental es un proceso sistemático
de búsqueda, selección, lectura, registro,organización, descripción, análisis e
interpretación de datos extraídos de fuentes documentales existentes en torno a un
problema, con el fin de encontrar respuesta a interrogantes planteadas en cualquier
área del conocimiento humano.
Dado que la investigadora operará respecto del estudio, con base en aportes
documentales conseguidos en la doctrina, legislación y jurisprudencia, la producción
científica que obtenga será contextualizada en la documentación ya existente
pudiendo convertirse los resultados en una ampliación de las perspectivas existentes
acerca del problema abordado.
El tipo de investigación que se adelanta es documental y descriptiva, puesto que a
partir de la observación de documentos la investigadora desarrollará la recolección de
información y posterior análisis del objeto de estudio; teniendo basamento y
sustentación sólida, en el aporte de la ley, la doctrina y la jurisprudencia; fuentes que
posibilitan una examinación sistemática.
Así mismo, su atributo descriptivo es valorado por Nava (2004), del modo siguiente:
El objetivo principal es señalar en forma rigurosa y sistemática las características,
funciones, frecuencia, relaciones de asociación de determinado fenómeno o hecho, a
nivel interno o externo, por cuanto comprende, además de la descripción señalada, el
registro, análisis e interpretación de la naturaleza actual y composición o procesos,
relaciones internas y externas de los hechos o fenómenos objeto de estudio.
En igual sentido Chávez (1994), entiende a la investigación descriptiva como aquella
orientada a recolectar información relacionada con el estado real de las personas,
objetos, situaciones o fenómenos, tal como se presentan en el momento de la
recolección; descripción que ocurre objetivamente sin realizar a priori interferencias
ni verificar hipótesis. De allí que la investigación descriptiva aspira la observación del
comportamiento de los fenómenos que son objeto de estudio, desde una óptica
objetiva y exhaustiva; a partir de la cual procura desentrañar sus manifestaciones e
implicaciones, armonizando el problema observado con las significaciones que la
teoría da al mismo y a sus elementos.
Diseño de la Investigación.
Según Arias (1999), “el diseño de investigación es la estrategia que adopta el
investigador para responder el problema planteado”, Hernández y Col (2003),
coinciden con este planteamiento al expresar que “el diseño señala al investigador lo
que debe hacer para alcanzar sus objetivos de estudio, y para contestar las
interrogantes de conocimiento que se han planteado”.
Tamayo y Tamayo (2001), conceptúan el diseño de la investigación, como el
planteamiento de una serie de actividades sucesivas y organizadas que se adaptan a
las particularidades de cada modalidad de investigación, para indicar los pasos y
pruebas a efectuar, así como, las técnicas para la recolección y análisis de los datos
necesarios al objeto de estudio. Según Arias (1999), “el diseño de investigación es la
estrategia que adopta el investigador para responder al problema planteado”.
Hernández y Col. (2003), coinciden con este planteamiento al expresar como “el
diseño señala al investigador lo que debe hacer para alcanzar sus objetivos de estudio,
y para contestar las interrogantes de conocimiento que se han planteado”. En tal
sentido, el diseño de investigación que metodológicamente se compagina a las
pretensiones del estudio en desarrollo, es uno bibliográfico, hecho que responde a la
relación instrumental que existe entre un tipo de investigación documental y el
empleo sistemático y razonado de bibliografía como fuente indispensable de
información. Diseño bibliográfico quiere decir entonces, la instrumentación de
fuentes de información escritas representadas en bibliografía, como medio para la
adquisición de las informaciones necesarias, al análisis que permita la consecución de
los objetivos del estudio.
Por su parte Sabino (2000), entiende al diseño bibliográfico como aquel que “se
refiere a que los datos e informaciones a emplear, a fin de lograr los objetivos
planteados en los mismos, proceden de documentos escritos recolectados en otras
fuentes”. Del mismo modo Bavaresco (1997), explica como el diseño bibliográfico
consiste en una estrategia de investigación, cuya fuente principal de datos está
constituida por documentos escritos, seleccionados por el investigador, de acuerdo a
la pertinencia del estudio que realiza.
Otra característica propia del diseño de investigación seleccionado, consiste en lo que
Hernández (2003), define como no experimentalidad del estudio, y que se representa
en el hecho, de un investigador no interventor del conocimiento plasmado en las
fuentes de información (no lo confronta de modo práctico dentro de un contexto
vivencial); sino que por el contrario, contextualiza y aprecia las informaciones
arrojadas por las fuentes de información en virtud del entorno en que ha desarrollado
su estudio, siendo el eje de su tarea la observación documental y el análisis, mas no
así la manipulación del conocimiento, que viene de la mano de la experimentación.
En el marco del presente estudio, la investigadora procederá a observar las fuentes
bibliográficas y documentales en general, analizando el contenido de las mismas
según los objetivos pautados; más, las afirmaciones conseguidas serán valoradas
como fiables por su carácter científico en el plano teórico, sin reiteraciones prácticas
o experimentales en el proceso laboral.
Otro atributo del diseño de la investigación que se presenta, es su transeccionalidad.
Respecto de dicha condición señala Balestrini (2002), como los diseños
transaccionales son aquellos donde “la recolección de los datos se efectúa solo una
vez y en un tiempo único”. Es así que siguiendo el procedimiento diseñado para el
estudio, la observación de las fuentes se concreta en el momento preciso de
construcción de las bases teóricas de la investigación (Capitulo II).
Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos.
Respecto de la especialidad sobre la técnica de recolección de datos referida a
estudios jurídico-documentales, como es la presente, Nava (2007) expresa: “Para la
investigación jurídica la técnica por excelencia la constituye: La técnica del fichaje o
registro de referencias de autor o documental”, razón por la cual la investigadora
empleará el registro de los documentos-fuentes necesarios para el estudio,
referenciando las obras bibliográficas de doctrina administrativa y laboral.
De conformidad con lo señalado, la investigadora procederá a la construcción de
fichas bajo el Sistema Fólder para el acopio de la doctrina y legislación necesaria para
el estudio. El contenido de dichas fichas se fundamentará en la trascripción de los
contenidos, asociados a la identificación del autor y el texto del que provenían los
datos recogidos. La elaboración de las fichas se realizará con empleo de programa
informático de procesamiento de palabras y fueron archivadas conforme a los avances
Logrados en la revisión documental.
Se encuentra la que Hernández y Col. (2003), denominan técnica documental,
consistente en “una técnica social cuya finalidad es obtener datos e información a
partir de documentos escritos y no escritos, susceptibles de ser utilizados en
concreto”. En identidad de ideas con los autores citados, la investigadora se vale de la
observación del material bibliográfico y documental en general cuyos datos sea
posible recolectar por medio del empleo de fichas.
Ahora bien, adminiculada a la técnica ya mencionada, se encuentran los métodos para
el examen del contenido, efecto a los cuales se ha de emplear la observación
documental. Hernández (2003), sostiene acerca de la observación documental, su
identidad con el diseño bibliográfico-documental, pues el primero consiste en el
registro sistemático, válido y confiable de comportamientos o conductas manifiestas,
que puedan utilizarse como instrumentos de medición de las realidades y/o problemas
que se estudian.
Así mismo, como método para la recolección de informaciones, comporta
características muy similares al análisis del contenido. La observación se basa en la
determinación del carácter (atinente o no) de los documentos, descartando los no
correspondientes al objeto de estudio y rescatando aquellos cuyo contenido importa a
la materia, reduciendo así a términos manejables el ámbito de los datos.
Técnicas para el Análisis de la Información.
Según Galtung (1978), define el análisis de contenido como una técnica de
investigación para la descripción objetiva, sistemática y cuantitativa del contendido
manifiesto de la comunicación; al tiempo que Krippendorff (1980), afirma como la
técnica destinada a formular, a partir de ciertos datos, inferencias reproducibles y
válidas puedan aplicarse a un contexto. En correspondencia con lo antes señalado,
dicha técnica, sitúa al investigador respecto de la realidad en una triple perspectiva:
a) Los datos tal y como se comunican al analista,
b) b) El contexto de los datos y
c) c) Laforma en que el conocimiento del analista obliga a dividir la realidad.
Se tiene entonces, como el análisis de contenido permite una operación intelectual
objetiva, de examen, sobre la información contenida en documentos, donde se
produce la identificación y descripción de los elementos del contenido, el
establecimiento de sus formas, características, significado, implicaciones y
finalmente, la aportación del investigador por medio de la opinión, que su análisis
genera siempre fundado en las observaciones hechas.
En este mismo sentido, aparecen como tres las tareas principales que implica la
técnica de análisis de contenido, estando estas referidas a las siguientes conductas: La
determinación de las categorías de análisis, el establecimiento de unidades de análisis
y la selección de una muestra a analizar. Las categorías de análisis, se corresponden
con los niveles donde serán caracterizadas las unidades de análisis, es decir, el
entorno de contenido a estudiar (la materia en específico), y las unidades, responden
con especificidad a cada fuente de contenido atinente a la materia.
Por su parte Hernández y Col. (2003), consideran que el análisis de la información
para la investigación documental se denomina “Análisis Descriptivo”, el cual está
basado en la determinación de los factores intervinientes en la investigación y su
descripción analítica, bajo el criterio del autor, que deberá siempre estar sustentado en
fuentes documentales.
Además del trabajo analítico que se realizará, conforme a las indicaciones hechas,
será parte integrante del método para analizar la información recabada, el que
Gadamer (1988), llama método hermenéutico. La hermenéutica se compadece con
una doctrina metódica que se encuentra dirigida, no a un saber teorético, sino a su uso
práctico, específicamente a la aplicación técnica de la interpretación correcta de un
texto. Para Jánez (1996), el método hermenéutico es aplicable a las ciencias humanas
y científicas, hace uso de los denominados enunciados cognoscitivos veritativos,
definidos como: Aquellos que en alguna manera, nos (sic) comunican verdad y gozan
de veracidad, han de apoyarse en algún dato o experiencia de lo real, han detener
algún fundamento predicativo controlable. Estos saberes o conocimientos los
distinguimos de las apreciaciones o meras opiniones, por ir acompañadas de algún
grado de objetividad y razón precisa defendibles.
Finalmente, se tiene como el análisis de contenido, se adminicula a las reglas para el
razonamiento, en términos de hermenéutica, de modo tal que el investigador con base
en lo deducido de las fuentes documentales, podrá proceder a construir un nuevo
conocimiento que actúe, posiblemente como un aporte a la realidad estudiada.
FASES METODOLOGICAS. 1ra. Fase:1,- Diagnosticar la situación actual sobreel Abuso del Poder
Policial,como factor atentatorio de los Derechos Humanos
En esta fase se realizara el proceso de Diagnosticar la situación actual sobreel Abuso
del Poder Policial,como factor atentatorio de los Derechos Humanos
Esta verificación se realizara sobre la base de datos y hechos recopilados para
abordar la problemática.
2da Fase, Verificar la Normativa Legal sobreel Abuso del Poder Policial,como
factor atentatorio de los Derechos Humanos
En esta fase se verificala Normativa Legal sobre la situación actual sobreel Abuso
del Poder Policial como factor atentatorio de en los Derechos Humanos a fin de
conocer el esquema legal establecido en la normativa legal vigente
3ra Fase Diseñar un material informativo sobreel Abuso del Poder Policial,como
factor atentatorio de los Derechos HumanosEn esta fase se diseñará un material
informativo sobre elAbuso del Poder Policialcomo factor atentatorio delos Derechos
Humanosde acuerdo a la Normativa Legal Vigente.
CAPITULO V
RESULTADOS CONCLUSIONES RECOMENDACIONES
Resultados
I Fase Diagnosticar la situación actual sobreel Abuso del Poder Policial,como factor
atentatorio de los Derechos Humanos
en la presente fase se proceso informacion para el diasgnostico de la situacion actual
sobreel Abuso del Poder Policial,como factor atentatorio de los Derechos Humanos,
lo cual queda evidenciado en articulos de prensa y de inrformes de instituciones de la
alta violacio0n de los derechos humanos a la ciudadania por parte de organismos
policiales. Para confirmar lo anteriormente enunciado se presenta la siguiente
informacion:Eliécer Jiménez,(2014)Denuncia mediante artículo de los derechos
Humanos en el Periódico El Carabobeño Titulado:Violado derechos humanos de
tres estudiantes detenidos en La Isabelica
II FaseVerificar la Normativa Legal sobreel Abuso del Poder Policial,como factor
atentatorio de los Derechos Humanos
En primer orden existe la Constitucion Nacional, que establece derechos
fundamentales en pro del ciudadano. De igual forma existen reglamentos internos en
los organismos del estsdo, los convenios internacionales sobre los derechos humanos.
III FaseDiseñar un material informativo sobreel Abuso del Poder Policial,como
factor atentatorio de los Derechos Humanos
Para la realización de la presente fase se procedió a la recolección de la información
necesaria para la elaboración del tríptico informativo, el cual formara parte del
presente informe de pasantías
Conclusiones
I FaseDiagnosticar la situación actual sobreel Abuso del Poder Policial,como factor
atentatorio de los Derechos Humanos
Se puede concluir que existe una total violación de los Derechos Humanos en la
ciudadanía por parte de organismos policiales, ya que el Estado no respeta los
derechos constitucionales del derecho a la protesta y reprime con violencia a los
ciudadanos.
II Fase Verificar la Normativa Legal sobreel Abuso del Poder Policial,como factor
atentatorio de los Derechos Humanos
Se puede concluir que exibte una amplia Normativa Legal sobreel Abuso del Poder
Policial en los Derechos Humanos, pero no tiene aplicabilidad por parte del Estado en
conplisidad con el poder judicial, estableciendose una alta impunidad lo que lleva a
una total inseguridad juridica para el ciudadano.
III FaseDiseñar un material informativo sobreel Abuso del Poder Policial,como
factor atentatorio de los Derechos Humanos
En la presente fase se procedió a la revisión, procesamiento y depuración de la
informaciónnecesaria para la elaboración del tríptico informativo, el cual formara
parte del presente informe de pasantías
Recomendaciones
I FaseDiagnosticar la situación actual sobreel Abuso del Poder Policial,como factor
atentatorio de los Derechos Humanos
Se recomienda en primer orden el reestablecimiento de una alta depuracion de los
organismos policiales del Estado.
II Fase.Verificar la Normativa Legal sobreel Abuso del Poder Policial,como factor
atentatorio de los Derechos Humanos
Realizar una formación profesional que involucre al funcionario en una cultura
holística en pro de una vida digna para la ciudadanía en general.
III FaseDiseñar un material informativo sobreel Abuso del Poder Policial,como
factor atentatorio de los Derechos Humanos
En la presente fase se elaboró el tríptico como material informativo para ser
presentado como anexo al presente informe de pasantías, el cual contribuirá como
elemento para futuras investigaciones sobre el tema desarrollado en la investigación,
y en la formación de fiscales públicos y defensores del pueblo.
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA . Publicada en Gaceta Oficial
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