el aborto

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Dr. Jorge Luis Reyes Huamán

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Según el sistema jurídico concreto, la personalidad puede ser determinada por el mero nacimiento (teoría de la vitalidad), o bien el recién nacido debe de cumplir una serie de requisitos añadidos (teoría de la viabilidad).

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Page 1: El Aborto

Dr. Jorge Luis Reyes Huamán

Page 2: El Aborto

Según el sistema jurídico concreto, la

personalidad puede ser determinada por el

mero nacimiento (teoría de la vitalidad), o

bien el recién nacido debe de cumplir una serie de requisitos

añadidos (teoría de la viabilidad).

Page 3: El Aborto

Expulsión prematura y violenta del producto de la

concepción, con independencia de todas las

circunstancias de la edad, viabilidad y aún

formación regular de este producto.

“Aborto en Medicina Legal es la interrupción

provocada del embarazo con expulsión o no del

feto sin vida, fuera de las excepciones legales”

Page 4: El Aborto

Aborto Accidental (mecánicas)

•Caída

•Esfuerzo exagerado

•Golpes violentos

Aborto Espontáneo

•Enfermedades: Infecciosas.

•Parasitarias.

•Intoxicación.

Aborto provocado

•Terapéutico Art. 119° y 120°

•Criminal (doloso) es un homicidio

directo.

Page 5: El Aborto

En el capítulo II del Título I delLibro Segundo del CódigoPenal se contempla una seriede conductas que afectan a lavida humana dependiente. Elaborto provocado es un delitocontra la vida del embrión ofeto, es decir, contra la vidahumana dependiente (unavida humana que aún no tienela calidad de persona). Estotiene su fundamento en el inc.1 art. 2, donde se estableceque el concebido es sujeto dederecho en todo cuanto lefavorezca

Page 6: El Aborto

El Artículo 114 del Código Penal describe la figura del

autoaborto en los siguientes términos:

“La mujer que causa su aborto, o consiente que otro le practique, será

reprimida con pena privativa de la libertad no mayor de dos años o con

prestación de servicio comunitario de

cincuentidós a ciento cuatro jornadas”.

Page 7: El Aborto

La figura está prevista en el Artículo 115 del Código Penal

en los siguientes términos:

“El que causa el aborto de una mujer con el consentimiento

de la gestante, será reprimido con pena privativa de la

libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años”.

“Si sobreviene la muerte de la mujer y el agente pudo prever

este resultado, la pena será no menor de dos ni mayor de

cinco años”.

Page 8: El Aborto

El Código Penal en su Art. 116, describe el aborto no consentido de la siguiente

forma:

“El que hace abortar a una mujer, sin su

consentimiento, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de

tres ni mayor de cinco años.Si sobreviene la muerte de la

mujer y el agente pudo prever este resultado la pena será no menor de cinco ni mayor de

diez años”.

Page 9: El Aborto

El Artículo 117 del Código Penal precisa una

circunstancia agravante para un determinado grupo de

personas que abusivamente causen un aborto, el

mencionado artículo señala lo siguiente:

“El médico, obstetra, farmacéutic

o, o cualquier profesional sanitario, que abusa de su

ciencia o arte para causar el aborto, será reprimido con la pena de los Artículos 115 y

116 e inhabilitación conforme al Artículo 36 Incisos 4 y 8”.

Page 10: El Aborto

El que con violencia, ocasiona un

aborto, sin haber tenido el propósito de

causarlo, siendo notorio o constándole

el embarazo, será reprimido con pena

privativa de libertad no mayor de dos años o

con prestación de servicio comunitario de

52 a 104 jornadas

Page 11: El Aborto

Indiscutible es en la doctrina la impunidad del aborto

terapéutico. Sin embargo, los autores discrepan en cuanto al

fundamento de esta regla. Así, algunos consideran que la razón de la eximente está en el

derecho de impunidad de la profesión médica.

La madre representa un derecho adquirido a la vida, y el producto

de la concepción una simple expectativa. Planteada la

disyuntiva entre estos dos derechos, debe preferirse el de la madre, por ser más definido.

Page 12: El Aborto

Ser practicado por un profesional médico

Consentimiento de la agraviada

Que se cuente para la ejecución del aborto con la opinión favorable de dos médicos, distintos al practicante, que haya estudiado el caso en consulta

Que el aborto constituya el único medio disponible para poner a salvo la vida de la embarazada o para evitarle un mal grave y permanente a su salud

Page 13: El Aborto

Aborto Ético o sentimental

•Cuando el embarazo sea consecuencia de

violación sexual fuera del matrimonio o

inseminación artificial no consentida y

ocurrida fuera del matrimonio, siempre

que los hechos hubieran sido

denunciados o investigados, cuando

menos policialmente;

Aborto Eugenésico

•Cuando es probable que el ser en

formación conlleve al nacimiento graves

taras físicas o psíquicas, siempre que

exista diagnóstico médico (eugenésico).

Page 14: El Aborto