ejecución de contrato
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Ejecución del contrato
¿Qué es el contrato?¿Qué es el contrato administrativo?¿Qué tipos de contratos administrativos existen?
Obligación de contratar
Tanto la Entidad como el postor ganador de la buena pro están obligados de contratar, excepto que:La EntidadRecorte presupuestal por norma expresa Desaparezca la necesidad. Debe acreditarse El postorLa Entidad, pese a haber sido requerida para la firma
del contrato, se niega ha hacerlo. Imposibilidad física o jurídica posterior a la firma del
contrato, declarada por el Tribunal.
Consecuencias de no contratar
La EntidadResponsabilidad del Titular de la Entidad y del jefe de
Administración o Logística.
El postor Inhabilitación para contratar con el Estado hasta por
tres años
Perfeccionamiento del contrato
Con la firma del contratoEn adjudicaciones de menor cuantía para bienes y
servicios, cuando el postor ganador de la buena pro, recibe la orden de compra o de servicio.
Proceso de selección por relación de ítems: las mismas reglas en función del valor referencial del ítem-
Suscripción del contrato
Funcionario de la Entidad competente o debidamente autorizado
Representante legal del postor ganador de la buena proEstá prohibido la cesión de posición contractualEsté permitido la cesión de derechos (consorcios: puede
cobrar el integrante que acuerden)
Requisitos para firmar contrato
Constancia vigente de no estar inhabilitado, excepto AMC o ítems, cuyo valor referencial equivalga a esta. No aplica para AMC derivadas.
Garantías, salvo excepciones.Contrato de consorcio con firma legalizada de los
representantes de sus miembros.Cuenta CCITraducción oficial de documentos en idioma extranjero
Procedimiento para firmar contrato
Una vez consentida la buena pro, dentro de los siete días siguientes, el ganador debe entregar todos los documentos.
Dentro de los tres días siguientes debe firmar el contrato, si no lo hace pierde la buena pro.
Si el primero no firma, se debe citar al que ocupó el segundo lugar.
En caso de orden de compra o de servicio, tres días para que el postor ganador de la buena entregue todos los documentos. En los cuatro días siguientes la entidad debe entregar la orden de compra.
Si la Entidad no firma el contrato, en los dos días siguientes al vencimiento del plazo, el postor ganador debe emplazarla para que lo haga en un plazo de 5- 10 días. Si la respuesta es negativa, en los cinco días siguientes, puede renunciar a la buena pro. Igual trámite ocurre en caso de orden de compra o de servicio.
Contenido del contrato
Documento que lo contieneBases integradasPropuesta ganadoraDocumentos derivados del proceso de selección que
establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados en el contrato
Modificación del contrato
Solo si el contratista ofrezca bienes y/o servicios con iguales o mejores características técnicas, de calidad y de precios, previa evaluación y siempre que tales bienes y/o servicios satisfagan su necesidad.
Tales modificaciones no deberán variar en forma alguna las condiciones originales que motivaron la selección del contratista.
Nulidad del contrato
Si en la propuesta ganadora se verifica la existencia de un documento falso o con contenido inexacto.
Si se firmó sin que se haya resuelto el recurso de apelación
Si el contratista está impedido de contratar con el Estado (Art. 10 de la Ley de Contrataciones del Estado)
Si no se realizó el proceso de selección que correspondíaFormalidadCon carta notarialImportanteNo es obligatorio¿Por qué?
Subcontratación
Esté previsto en las basesLa Entidad debe aprobarlo por escrito. Si no lo hace en
cinco días, se da por aprobado.Las prestaciones a subcontratarse con terceros no
excedan del cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato original.
El subcontratista se encuentre inscrito en el RNP y no esté suspendido o inhabilitado para contratar con el Estado.
En el caso de contratistas extranjeros, éstos se comprometan a brindar capacitación y transferencia de tecnología a los nacionales.
Si el subcontratista incumple ¿quién es responsable?
Cesión de Derechos y de Posición Contractual
La Cesión de derechos está permitidaEstá prohibido la cesión de posición contractual,
excepto en transferencia de bienes que estén arrendados a Entidades, cuando se produzcan fusiones o escisiones empresariales
Cómputo de plazos
Durante la ejecución del contrato, en días calendario, salvo que la Ley o el Reglamento se lo haya fijado en días hábiles.
Si el último día para cumplir con la obligación es día inhábil, el término del plazo se traslada al primer día hábil siguiente.
Vigencia del contrato
Desde el día siguiente a la firma del contratoDesde el día siguiente de haberse notificado la
orden de compra o de servicioDesde que se cumplen las condiciones previstas en
las bases o en el contrato.Hasta que se dé la conformidad y se realice el pagoEn consultorías y obras, hasta la liquidación y pago
Vigencia del contrato: Casos especiales
En las bases se puede prever uno de hasta tres ejercicios presupuestales. Plazos mayores, solo si está permitido por ley o que la naturaleza del contrato requiera de plazos mayores.
Consultoría de obras, hasta su culminación.Asesoría legal y patrocinio judicial: Duración del
encargo.Arrendamiento de bienes inmuebles: tres años,
prorrogables por igual o menor plazo. Reserva de resolución de contrato de forma unilateral por parte de la Entidad.
Fallas o defectos
Solo en adjudicaciones de menor cuantía de bienes y servicios
El contratista debe hacerlo dentro de los 7 días de haberse firmado el contrato
La Entidad debe pronunciarse en los 7 días siguientes
Si se aceptan las observaciones y se afecta el plazo, su inicio será con la notificación o los cambios realizados.
Si no acepta las sugerencias debe comunicarlo al contratista continúe bajo responsabilidad de la Entidad.
Responsabilidad de la Entidad
De las modificaciones que apruebe y ordeneLos autores de las fallas, defectos u omisiones que
causen la modificación también son responsablesDe la obtención de permisos, autorizaciones,
servidumbres o similares, excepto que en las bases se haya establecido que esta obligación será del contratista.
Garantías
Requisitos:
IncondicionalesSolidariasIrrevocablesSin beneficio de excusiónDe realización automática a solo requerimiento de
la Entidad
Garantías
Requisitos:
Emitidas por entidades supervisadas por la SBS y que estén autorizadas para ello.
La solicitud de ejecución de la garantía debe ser cumplido en el plazo máximo de tres días.
Garantías
De fiel cumplimientoDe monto diferencial de propuestaPor adelantos
Garantías
De fiel cumplimiento
Por el 10% del contratoCarta fianza vigente hasta la conformidad o
liquidación.Si el plazo del contrato es mayor a un año, la fianza
debe tener este plazo y luego renovarse.
Garantías
De fiel cumplimiento – MYPES
Retención:
En los contratos periódicos o de suministro, de bienes o servicios.
En obras, solo AMC y AD, siempre que plazo de ejecución sea mayor o igual a 60 días y, al menos dos valorizaciones.
La retención se realiza en la mitad de los pagos, de manera prorrateada
Garantías
De Prestaciones Accesorias
Mantenimiento, reparaciones o actividades afines.Debe cuantificarse10% del costo de las prestaciones accesoriasVigente hasta el cumplimiento de las prestaciones
accesorias.Directiva N° 09-2009-OSCE/CD
Garantías
Monto Diferencial de Propuestas
En servicios, si la oferta económica es menor al 90% del valor referencial. En bienes, si es menor al 80%.
25% de la diferencia entre el valor referencial y la oferta económica.
Vigencia: Hasta la conformidad.
Garantías
Excepciones:Contratos de bienes y servicios derivados de AMC o ítems,
cuyo valor referencial o la suma de ellos, no superen el monto de una AMC. No se aplica a AMC derivadas.
Contratos de servicios derivados de ADSC o ítems, cuyo valor referencial o la suma de ellos, no superen el monto de una ADS.
Adquisición de bienes inmueblesContratación ocasional de servicios de transporte, cuando
la Entidad recibe los boletos después de hacer el pago.Contratos de arrendamiento de bines muebles e inmueblesContratos complementarios, cuyos montos no superen el
de una AMC o ADS, según sea el caso.
Garantías
Por Adelantos:Plazo: Mínimo no menor a tres meses, salvo que el
contrato tenga un plazo menor.Se renueva trimestralmente por el monto
pendiente de amortizar.No hay excepcionesPor materiales, la garantía debe estar vigente hasta
la utilización a satisfacción de la Entidad. Puede reducirse de manera proporcional.
Garantías
Ejecución:
Por falta de renovación ¿Debe requerirlo la Entidad?
Cuando la resolución del contrato haya quedado consentida o firme. Es una penalidad, por lo tanto no sirve para indemnización por daños y perjuicios.
Cuando el contratista tenga saldo pendiente, después de la conformidad o liquidación del contrato, y no lo devuelva en un plazo de tres días después de haber sido requerido.
Adelantos
En bienes y servicios, hasta el 30% del monto del contrato original
En obras: Hasta 20% adelanto directo y hasta 40% para materiales.
Requisitos:Debe estar previsto en las basesEl contratista debe solicitarlo y entregar una
garantía a cambio.El adelanto directo, en obras, debe ser solicitado en
los 8 días siguientes a la firma del contrato.El adelanto por materiales, de acuerdo al calendario
de adquisición de materiales.
Adicionales y reducciones
En bienes y servicios, hasta el 25% del monto del contrato original.
En obras, las reducciones no pueden ser mayores al 25% del contrato original.
En consultoría y ejecución de obras, los adicionales, restados los deductivos vinculantes, y hasta el 15% del contrato original, lo aprueba el Titular de la Entidad. Hasta el 50% la CGR.
La decisión de aprobar adicionales y reducciones es facultad unilateral de la Entidad.
¿Quién debe elaborar el expediente de las prestaciones adicionales de obra?
Ampliaciones de plazo en bienes y servicios
Cuando el contratista no es responsable del incumplimiento total, parcial o defectuoso.
En Bienes y servicios, el contratista debe solicitarlo dentro de los 7 días posteriores a la finalización de la causal.
La Entidad debe pronunciarse en 10 días, si no lo hace la solicitud sea aprueba.
En bienes y servicios, pago de mayores gastos generales debidamente acreditados.
En consultoría de obras: pago de mayores gastos generales debidamente acreditados y el costo directo
Penalidades
Por mora:Hasta por el 10% del contrato o del ítem vigentePor cada día de atrasoSe cobra deduciendo de los pagos a cuenta o del
pago final o de la ejecución de las garantíasCuando se alcance el monto máximo ¿Se debe
resolver el contrato?
Penalidades
Otras penalidades:Objetivas, razonables y congruentes con el objeto
de la convocatoria.Monto: 10% del monto del contrato vigente o del
ítem que debió ejecutarseSon independientes a la penalidad por mora
Recepción y conformidad
Responsabilidad del órgano de administración o del que se haya dispuesto en el ROF.
Informe del área usuariaSi hay observaciones, notificar al contratista para
que las subsane en un plazo no menor ni mayor a 10 días. Si no lo hace es causal de resolución de contrato.
No habrá observaciones si el bien o servicio no cumplen con las características y condiciones ofrecidas.
Pago
El plazo para dar la conformidad es de 10 días, y para el pago de 15.
La demora en el pago genera intereses legales.Los reclamos, en la vía arbitral, de la negativa a
pagar, debe iniciarse en el plazo de 15 días. El plazo es caducidad.
Resolución de contrato
Causales:El contratista haya incumplido injustificadamente
sus obligaciones contractuales, legales o reglamentarias, pese al requerimiento para ese fin.
Haya alcanzado el monto máximo de la penalidadParalice o reduzca de manera injustificadamente la
ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir la situación.
La Entidad incumpla con sus obligaciones, no obstante haber sido requerida para ello.
Resolución de contrato
Procedimiento:Carta notarial de requerimiento, excepto por
acumulación de penalidad máxima o cuando la situación del incumplimiento no pueda ser revertida.
Plazo máximo de 5 días en bienes y serviciosPlazo máximo de 15 días, dependiendo del monto
contractual y de la complejidad o se trate de obras.Carta notarial comunicando la resolución.¿Qué sucede si el notario no encuentra a nadie en
el domicilio del contratista?
Contrato complementario
Hasta por el 30% del monto del contrato originalPor única vez y en tanto culmine el proceso de
selección principal.No es requisito la convocatoria del proceso
principal, si es que con este contrato se agote la necesidad. Debe ser sustentado por el área usuaria al hacer su requerimiento.
Este tipo de contrato no es aplicable a consultorías de obra.